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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 3 MONOGRÁFICO Estadísticas españolas de exportación de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso en 2004 Introducción Este informe, referido a las estadísti- cas de las exportaciones realizadas de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso del año 2004, ha sido elaborado en cumpli- miento del Acuerdo del Pleno del Congre- so de los Diputados de 18 de marzo de 1997 sobre transparencia en el comercio de armas (Anexo I). En dicho Acuerdo se instaba al Gobier- no, entre otras cuestiones, a: Divulgar con carácter anual los datos esenciales de las exportaciones a partir del año 1991, incluyendo las estadísticas por países de destino de aquellas ya rea- lizadas, de acuerdo con la normativa española y los compromisos internacio- nales asumidos por España. • Enviar semestralmente los datos esenciales de las exportaciones de mate- rial de defensa y de doble uso a las Comisiones de Defensa y Asuntos Exte- riores del Congreso de los Diputados. Dicho acuerdo se vio complementado con la aprobación por el Congreso el 11 de diciembre de 2001 del Acuerdo sobre transparencia y mejora de los controles en el comercio de armas ligeras(Anexo I). Éste instaba al Gobierno en su punto pri- mero a continuar avanzando en la política de transparencia informativa en las expor- taciones de material de defensa, de segu- ridad y policial, para lograr una mayor concreción de los productos por países. Con este informe se da cumplimiento a los dos acuerdos mencionados, y se plas- ma la voluntad del Gobierno español de ofrecer una detallada y transparente infor- mación tanto de las operaciones de exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no proli- feración durante el año 2004. Antes de entrar en el análisis de los datos concretos de exportación de mate- rial de defensa, de otro material y de pro- ductos y tecnologías de doble uso, es preciso explicar la metodología que se ha seguido en la elaboración y presentación de las estadísticas a las que se refiere el informe. El órgano encargado de autorizar cada una de las operaciones de comercio exte- rior de material de defensa, de otro mate- rial y de productos y tecnologías de doble uso, previo informe de la Junta Interminis- terial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU), es la Secretaría General de Comercio Exterior adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Cabe recordar que ésta tiene los datos de todas las licencias de exportación autori- zadas, mientras que los datos correspon- dientes a las exportaciones efectivamente realizadas están disponibles en el Depar-

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 3

MONOGRÁFICO

Estadísticas españolasde exportación de material

de defensa, de otro materialy de productos y tecnologías

de doble uso en 2004

Introducción

Este informe, referido a las estadísti-cas de las exportaciones realizadas dematerial de defensa, de otro material y deproductos y tecnologías de doble uso delaño 2004, ha sido elaborado en cumpli-miento del Acuerdo del Pleno del Congre-so de los Diputados de 18 de marzo de1997 sobre transparencia en el comerciode armas (Anexo I).

En dicho Acuerdo se instaba al Gobier-no, entre otras cuestiones, a:

• Divulgar con carácter anual los datosesenciales de las exportaciones a partirdel año 1991, incluyendo las estadísticaspor países de destino de aquellas ya rea-lizadas, de acuerdo con la normativaespañola y los compromisos internacio-nales asumidos por España.

• Enviar semestralmente los datosesenciales de las exportaciones de mate-rial de defensa y de doble uso a lasComisiones de Defensa y Asuntos Exte-riores del Congreso de los Diputados.

Dicho acuerdo se vio complementadocon la aprobación por el Congreso el 11de diciembre de 2001 del Acuerdo sobretransparencia y mejora de los controlesen el comercio de armas ligeras(Anexo I).Éste instaba al Gobierno en su punto pri-mero a continuar avanzando en la políticade transparencia informativa en las expor-taciones de material de defensa, de segu-

ridad y policial, para lograr una mayorconcreción de los productos por países.

Con este informe se da cumplimiento alos dos acuerdos mencionados, y se plas-ma la voluntad del Gobierno español deofrecer una detallada y transparente infor-mación tanto de las operaciones deexportación de este tipo de productoscomo de las acciones acometidas en losforos internacionales de control y no proli-feración durante el año 2004.

Antes de entrar en el análisis de losdatos concretos de exportación de mate-rial de defensa, de otro material y de pro-ductos y tecnologías de doble uso, espreciso explicar la metodología que se haseguido en la elaboración y presentaciónde las estadísticas a las que se refiere elinforme.

El órgano encargado de autorizar cadauna de las operaciones de comercio exte-rior de material de defensa, de otro mate-rial y de productos y tecnologías de dobleuso, previo informe de la Junta Interminis-terial Reguladora del Comercio Exteriorde Material de Defensa y de Doble Uso(JIMDDU), es la Secretaría General deComercio Exterior adscrita al Ministeriode Industria, Turismo y Comercio. Caberecordar que ésta tiene los datos detodas las licencias de exportación autori-zadas, mientras que los datos correspon-dientes a las exportaciones efectivamenterealizadas están disponibles en el Depar-

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 28494 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

tamento de Aduanas e Impuestos Espe-ciales de la Agencia Estatal de Adminis-tración Tributaria adscrita al Ministerio deEconomía y Hacienda.

El presente informe incluye los datos delas operaciones realizadas, habiendo sidoobtenida esta información contrastandouna a una las licencias de exportaciónconcedidas, y comprobando cada uno delos envíos realizados. Para el comerciointracomunitario, al no haber aduanas enfrontera, la información se obtiene a travésde las posiciones arancelarias mediante elsistema Intrastat. Por otra parte, la Secre-taría General de Comercio Exterior recabadirectamente de las empresas informaciónsobre las exportaciones efectuadas paraasí poder corregir cualquier divergencia enlos datos.

Hay que precisar que en estas estadís-ticas no se han incluido las exportacionestemporales (envíos para reparaciones,homologaciones, pruebas, ferias, devolu-ciones a origen por material defectuoso)sin valor comercial.

El informe correspondiente a las esta-dísticas del año 2004 se compone de dosbloques. En el primero se incluye la infor-mación comentada relativa a la legisla-ción española, la normativa comunitaria,los datos de las exportaciones españolasde material de defensa, de otro material yde productos y tecnologías de doble usoen el mencionado año y las principalesacciones acometidas en los foros interna-cionales de control. El segundo bloqueestá compuesto por ocho anexos coninformación referida a los cuadros esta-dísticos que contienen las cifras deexportación en este tipo de productosdurante el año 2004, los textos de losacuerdos del Pleno del Congreso a losque se ha aludido al comienzo del infor-me, los criterios y disposiciones operati-vas del Código de Conducta de la UniónEuropea en materia de exportación de

armas, los principales foros internaciona-les de control y no proliferación, la rela-ción de embargos de material de defensay la bibliografía publicada en esta materiapor la Secretaría General de ComercioExterior. Se incorpora también en estosanexos información acerca de las cifrasde comercio exterior sobre armas peque-ñas y ligeras que se han remitido porparte española a la OSCE. Sin embargo,no se incluye en esta ocasión la contribu-ción española al Informe Anual del Códi-go de Conducta, por no haberse acorda-do todavía, en la fecha de elaboración deestas estadísticas, la información que seproporcionará en el año 2005. En relacióncon informes de años anteriores, tampo-co se ha podido incorporar la contribuciónespañola al Registro de Naciones Unidassobre las siete categorías de armas con-vencionales. Ello se debe a que dichosdatos no estaban disponibles en la fechade finalización de este informe.

Las principales novedades introduci-das en el presente informe se encuentranen los Anexos II y III, en los que se incor-pora un cuadro con el número de licen-cias concedidas y el valor de lo autoriza-do por países de destino. Se detalla enun segundo cuadro el valor de lo efectiva-mente exportado por categorías de pro-ductos y países de destino. Los datos delas exportaciones de lo conceptuadocomo «Otro material» se incluyen en uncuadro adicional en el Anexo II.

Las estadísticas españolas de exporta-ción de material de defensa, de otromaterial y de productos y tecnologías dedoble uso son publicadas en el BoletínEconómico de la Revista InformaciónComercial Española, publicación delMinisterio de Industria, Turismo y Comer-cio. El contenido íntegro de estos artícu-los está incluido en la página web de laSecretaría General de Comercio Exterior.(http://www.mcx.es/sgcomex/mddu)

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 5

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

PARTE I

EXPORTACIONES DE MATERIAL DE DEFENSA Y DE OTRO MATERIAL

1. Legislación aplicable.Nuevo Reglamento

La Ley Orgánica 3/1992 introdujo porprimera vez en la normativa nacional losdelitos e infracciones administrativas enmateria de contrabando para el materialde defensa y de doble uso. La Ley 3/1992tipificaba el delito de contrabando en losmismos términos que la actual Ley Orgá-nica 12/1995 de Represión del Contra-bando, como los que exporten materialde defensa o de doble uso sin autoriza-ción o habiéndola obtenido mediantedeclaración falsa o incompleta.

Debido a lo anterior, fue necesario en sumomento promulgar una nueva normativaque se confió a una norma con rango deReal Decreto según se indicaba en la cita-da Ley Orgánica 3/1992. Ello tuvo lugarmediante la publicación del Real Decreto824/1993, de 28 de mayo, por el que seaprobaba el Reglamento del comercio exte-rior de material de defensa y de material dedoble uso. En este Reglamento se agrupóla dispersa normativa existente hasta esemomento: Registro, comercio exterior deexportación e importación, Junta Interminis-terial, listas en las que estaba relacionadoel material de defensa y de doble uso queiba a ser sometido a control, tipos de licen-cias y documentos de control.

El Real Decreto 824/1993 fue sustitui-do por el Real Decreto 491/1998, de 27de marzo. Es de destacar que esta legis-lación ha sido a su vez reemplazada porel Real Decreto 1782/2004, de 30 dejulio, por el que se aprueba el Reglamen-to de control del comercio exterior dematerial de defensa, de otro material y deproductos y tecnologías de doble uso.

Esta nueva legislación, que entró envigor el 1 de octubre de 2004, responde ados necesidades fundamentales comoson, en primer lugar, el refuerzo de loscontroles en la exportación y, en segundotérmino, la consecución de una mayor fle-xibilidad en los envíos derivados de pro-gramas de cooperación en el ámbito de ladefensa, programas en los que Españaparticipa de forma creciente.

Es importante destacar que el nuevoReglamento se ha visto acompañado deuna propuesta al Ministerio de Economíay Hacienda para la modificación de la Ley12/1995 de Represión del Contrabando.

Los cambios más relevantes incluidosen el nuevo Reglamento son los siguien-tes:

• Introducción de un registro y controlde las operaciones de intermediación enel comercio de armas. España se adelan-ta así a otros países de la Unión Europeaque no cuentan todavía con un marcoregulador en esta materia y adapta laPosición Común 2003/468/PESC, de 23de junio, sobre el control del corretaje dearmas, a su legislación. Se contemplatambién un mecanismo de consulta conotros países antes de autorizar una ope-ración de estas características.

• Adaptación del Acuerdo Marco de laCarta de Intenciones para la Reestructu-ración e Integración de la Industria Euro-pea de Defensa (LoI), con el estableci-miento de una nueva figura de LicenciaGlobal de Proyecto (LGP) para progra-mas cooperativos de defensa. Esta nuevalicencia permite que toda una serie deenvíos y recepciones, tanto de productocompleto como de componentes y equi-pos, de las empresas españolas que par-

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 28496 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

ticipan de forma creciente en programasde este tipo se efectúen de maneramucho más simplificada y ágil. La autori-zación se expide una sola vez (con laLGP) y por un período de plazo ampliadohasta cinco años, prorrogable.

• Creación de una cláusula «escoba»(catch-all) para material de defensa simi-lar a la ya existente en el Reglamentocomunitario de doble uso. Con este ins-trumento, las autoridades españolas pue-den someter a autorización una exporta-ción de equipos que no figuren en laslistas españolas de control de material dedefensa si se tiene conocimiento quedicha exportación puede tener como des-tino un país embargado y un uso finalmilitar o ser empleados los productosexportados en un programa de fabrica-ción de armas de destrucción masiva.

• Creación de un nuevo Registro de-nominado de Operadores de ComercioExterior de Material de Defensa y de Do-ble Uso, que incluye a importadores eintermediarios.

• Separación en un anexo nuevo delllamado «Otro Material», que incorporalos equipos «paramilitares y de seguri-dad» (equipos policiales, de seguridad yantidisturbios). España introdujo ya elcontrol de estos equipos, como artículo23 de la Relación de Material de Defensa(Real Decreto 491/1998), antes de quese aprobase el Código de Conducta de laUnión Europea en materia de exportaciónde armas.

Los equipos incluidos en este anexoson los siguientes:

• Armas de fuego o de proyección porgas.

• Visores y miras.• Artificios de humo y agentes antidis-

turbios.• Lanzadores de artificios antidisturbios.• Bombas, granadas y dispositivos ex-

plosivos, y sus lanzadores.

• Vehículos blindados equipados conprotección antibalística.

• Equipos de luz y acústicos aturdido-res para el control de disturbios.

• Dispositivos limitadores del movi-miento de seres humanos.

• Equipos portátiles y cinturones pro-vocadores de descargas eléctricas.

• Vehículos equipados para el controlde disturbios.

El material de defensa sometido a con-trol dentro de la legislación española sebasa en la Lista Militar del Arreglo deWassenaar, la Lista Común de EquiposMilitares del Código de Conducta de laUnión Europea en materia de exportaciónde armas, además de incorporar las cate-gorías I y II del Régimen de Control de laTecnología de Misiles.

Entre los productos que no están clasifi-cados como material de defensa convienehacer mención a determinados casos par-ticulares. Así, los aviones de transporteque no tengan especificaciones ni equiposmilitares y que estén catalogados por laDirección General de Aviación Civil comoaeronaves civiles están excluidos expresa-mente de las listas internacionales, ya quesus usos y aplicaciones se correspondencon la naturaleza civil de los mismos. Conrespecto a navíos o buques de carga otransporte, si no tienen especificaciones niequipos militares, tampoco están someti-dos a control. Por último, las armas decaza y deportivas con cañón de ánimalisa, y sus municiones, que por sus especi-ficaciones técnicas no hagan posible unuso militar y que no sean totalmente auto-máticas, no son material de defensa y noestán sometidas a control en la exporta-ción. Lo mismo se puede decir de determi-nadas pólvoras y explosivos de uso indus-trial y de las armas blancas.

Por último, conviene mencionar tam-bién la Ley 49/1999, de 20 de diciembre,sobre medidas de control de sustancias

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 7

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

químicas susceptibles de desvío para lafabricación de armas químicas. El nuevoReglamento incorpora el desarrollo de lacitada Ley en el ámbito del control de lasimportaciones/introducciones de sustan-cias de las Listas 1, 2 y 3 de la Conven-ción de Armas Químicas, incluido conanterioridad en el Real Decreto1315/2001, de 30 de noviembre.

En los últimos dos meses del año 2004se realizó una intensa labor de divulgacióncon las asociaciones de los sectores dedefensa y de doble uso de la nueva legis-lación española (Real Decreto 1782/2004,de 30 de julio).

2. Órganos de control

A) La Junta InterministerialReguladora del Comercio Exteriorde Material de Defensa y de DobleUso (JIMDDU)

Se constituyó por primera vez en 1988como órgano administrativo interministe-rial y está adscrita funcionalmente alMinisterio de Industria, Turismo y Comer-cio. La JIMDDU se reúne una vez al mes,salvo en el mes de agosto, existiendo unGrupo de Trabajo preparatorio de las ope-raciones e informes.

Su composición está regulada por elartículo 13 del Reglamento, donde se esta-blece que estarán representadas aquellasUnidades de la Administración que esténdirectamente implicadas en el control delcomercio exterior de material de defensa,de otro material y de productos y tecnolo-gías de doble uso (Ministerios de Industria,Turismo y Comercio, de Asuntos Exterioresy de Cooperación, de Economía y Hacien-da, de Defensa y de Interior).

La función más relevante de la JIMDDUconsiste en informar, con carácter precep-tivo y vinculante, las autorizaciones admi-

nistrativas y acuerdos previos tanto dematerial de defensa como de productos ytecnologías de doble uso que se soliciten.

B) La Secretaría General de ComercioExterior

La autorización de las operaciones deexportación e importación de material dedefensa, de otro material y de productosy tecnologías de doble uso, previo infor-me de la JIMDDU, corresponde a laSecretaría General de Comercio Exterior.El proceso de tramitación de las licenciasy de los documentos de control es reali-zado por la Subdirección General deComercio Exterior de Material de Defen-sa y de Doble Uso, que actúa a su vez deSecretaría de la JIMDDU.

3. Análisis de las estadísticas

A) Datos de exportaciones realizadas

Los cuadros con las cifras de exporta-ción de material de defensa y de otromaterial se incluyen en el Anexo II deeste informe.

Antes de entrar en el análisis concretode los datos, hay que resaltar que Espa-ña es un país exportador modesto en elcomercio internacional de armas y quesus ventas han fluctuado de manera sig-nificativa de año en año dependiendo delos contratos alcanzados por las empre-sas del sector. No obstante, en los últi-mos años los flujos de exportación eimportación han tenido un carácter másregular como consecuencia de la entradade varias empresas españolas en progra-mas de cooperación conjunta en el ámbi-to militar (programas Eurofighter, avión detransporte A 400M, carro de combateLeopard y programa de comunicacioneselectrónicas MIDS).

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 28498 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

En el año 2004 se produjo un aumentodel 5,9 por 100 en las exportaciones dematerial de defensa con respecto a 2003,incremento que hizo que se mantuviesela tendencia al alza en estas exportacio-nes observada desde el año 2000. Elvalor de lo exportado ascendió a 405,9millones de euros.

Los principales mercados de la expor-tación española se detallan en la siguien-te tabla. Ésta ha sido elaborada a partirde los datos estadísticos del Anexo II,incluyendo en ella una agrupación porpaíses y grupos de países (OTAN y UE),además del valor, el porcentaje en laexportación total y las principales catego-rías exportadas en cada caso.

Se observa, pues, cómo las exporta-ciones se concentraron en los países de

la Unión Europea con un 79,6 por 100 deltotal, mientras que si éstas se refieren alos países OTAN, el porcentaje ascendióal 81,0 por 100 (Países OTAN en 2004:países UE, excluidos Irlanda, Suecia, Fin-landia y Austria, además de Estados Uni-dos, Canadá, Turquía, Noruega, Islandia,Rep. Checa, Hungría, Polonia, Bulgaria,Rumanía, Estonia, Letonia y Lituania).

Las ventas a países de la UE se eleva-ron a 322,9 millones de euros, distribui-das principalmente entre Polonia, elReino Unido, Alemania e Italia. La partidaprincipal correspondió a cuatro aeronavescon destino a Polonia y partes y piezaspara el avión EF-2000 al Reino Unido,Alemania e Italia. Otra categoría destaca-da en las expediciones a Alemania fue lade partes y piezas de los carros de com-bate Leopard y Pizarro.

Estados Unidos experimentó como des-tino de exportación una caída del 17,5 por100 (6,0 millones de euros frente a los 7,3millones del año 2003). La exportación dematerial de defensa a este país estuvo dis-tribuida entre muy diversos productos. Lasprincipales categorías exportadas corres-pondieron a componentes de misiles,componentes y repuestos de aeronaves ycarros de combate y arma pequeña.

Las ventas restantes (75,9 millones deeuros y un 18,8 por 100), una vez des-contadas las expediciones/exportacionesa países de la UE y países OTAN, serepartieron entre 17 países, entre los quedestacaron Arabia Saudita con 23,3 millo-nes de euros en munición, disparos y gra-nadas; Jordania con 20,3 millones deeuros en un avión militar, y Ecuador con20,1 millones de euros en un avión paravigilancia de zonas fronterizas y quincevehículos blindados. Otros mercados,pero de menor importancia, se encontra-ron en países árabes y del Sudeste Asiá-tico. La exportación efectuada a Zimbab-we correspondió a un rifle de caza.

CUADRO 1

Año Valor (millones de euros)

1998.................................................1999.................................................2000.................................................2001.................................................2002.................................................2003.................................................2004.................................................

163,85141,38138,27231,18274,71383,10405,90

CUADRO 2

Países Valor % Categorías

Países UE OTAN ...............Polonia ............................Reino Unido ....................Alemania .........................Italia ................................Resto...............................

321,5197,9087,7363,0459,4813,36

79,2124,1321,6115,5314,653,29

104,8,10,152,4,5,6,10

6,10,11,152,3,4,6,8

Países UE no OTAN .......... 1,39 0,34 3,4,6

Países OTAN (no UE)........Estados Unidos ...............Canadá............................Resto OTAN (no UE) ......

7,226,000,660,56

1,781,480,160,14

1,2,4,6,84,5

OTAN + UE ........................ 330,12 81,33

Otros países.......................Arabia Saudita.................Jordania ..........................Ecuador...........................

63,6623,2620,2520,15

15,685,734,994,96

1,3,4,1510

6,10

Resto de países ................. 12,12 2,99

TOTAL ............................... 405,90 100

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 9

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

Por categorías de productos, destaca-ron las exportaciones de «Aeronaves mili-tares» con 222,8 millones de euros y un54,9 por 100 del total. Ello es lógico si setiene en cuenta la participación españolaen el programa Eurofighter y que éste seencuentra en una fase de crecientesintercambios de componentes completospara su ensamblaje final. También fueronrelevantes las ventas de «Equipos de for-mación de imagen o de contramedidas»con 78,6 millones de euros y un 19,4 por100. La tercera categoría en orden deimportancia fue la de «Vehículos terrenosmilitares» con 37,6 millones de euros yun 9,3 por 100, correspondiendo la mayo-ría de las operaciones a envíos de piezasy componentes de los carros de combateLeopard y Pizarro a Alemania y Scorpional Reino Unido.

El siguiente cuadro incluye una compa-ración de las tres categorías más expor-tadas en el año 2004 y su peso respecti-vo en el año anterior.

Por lo que respecta al llamado «OtroMaterial», lo exportado ascendió a 1,3millones de euros, destacando como paí-ses de destino Argentina (0,6 millones deeuros y un 44,5 por 100) y Venezuela (0,5millones de euros y un 37,6 por 100).

B) Datos de operaciones tramitadas

En el año 2004 se tramitaron 473 solici-tudes de licencias de exportación de ma-

terial de defensa, correspondiendo 322 alicencias individuales, 10 a licencias globa-les (permiten la realización de varios envíosa diferentes países y destinatarios), 2 alicencias globales de proyecto (similares alas licencias globales, pero derivadas deprogramas cooperativos en el ámbito de ladefensa) y 139 a licencias temporales. Ade-más de las anteriores, se tramitaron 4 tráfi-cos de perfeccionamiento activo y 203 rec-tificaciones de licencias concedidas conanterioridad (la rectificación se refiere a unaampliación del plazo de validez o a un cam-bio de la aduana de despacho). En «Otromaterial» se tramitaron y aprobaron 18licencias individuales y 16 rectificaciones.

De las 322 licencias individuales, 273fueron aprobadas, 4 denegadas, 9 desisti-das por el propio exportador, 19 caducaronpor expiración del plazo de presentacióndel documento de control del uso final aso-ciado a la licencia y 17 quedaron pendien-tes. Las 10 licencias globales y las 2 globa-les de proyecto fueron aprobadas, mientrasque de las 135 licencias temporales, 1caducó y 1 fue desistida. De las rectifica-ciones de licencias, 1 fue denegada y 4desistidas. Todos los tráficos fueron apro-bados. Hay que decir también que en 2004se aprobaron 12 acuerdos previos deexportación, desistiendo el exportador de 1acuerdo adicional. Ésta es una figura admi-nistrativa que supone la conformidad inicialde la Administración a envíos futuros (suje-tos a licencia individual), siempre que en elmomento de efectuar dichos envíos las cir-cunstancias no hayan cambiado.

C) Inscripciones en el RegistroEspecial de Operadores deComercio Exterior de Material deDefensa y de Doble Uso

En el año 2004 se produjeron 4 ins-cripciones de empresas de material dedefensa y de otro material en el Registro.

CUADRO 3

Categoría

Año

2003 2004

Valor % Valor %

Aeronaves militares..........Equipos de formación

de imagen o decontramedidas...............

Vehículos terrenosmilitares.........................

215,17

17,56

30,41

56,20

4,58

7,90

222,78

78,60

37,59

54,90

19,36

9,26

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284910 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

D) Datos de denegaciones

Durante el año 2004 hubo 5 denega-ciones como resultado de la aplicacióndel Código de Conducta. Todas corres-pondieron a arma pequeña, siendo el cri-terio aplicado en 4 de ellas el 7 (riesgo dedesvío, en estos casos por no presentarel usuario final suficientes garantías). Enla denegación restante se aplicaron loscriterios 4 (situación regional) y 7.

Las 5 denegaciones fueron comunica-das a los Estados miembros de la UE.

El Ministerio de Asuntos Exterioresespañol denegó 9 tránsitos de un total de276 operaciones sujetas a tramitacióndurante el año 2004.

Durante el año 2004 se procedió ainvestigar una expedición de revólveresdesde España a otro país de la UE y pos-terior reexportación a un país de Centroa-mérica. Con estos envíos, la empresaespañola trataba de evitar la existenciade denegaciones españolas referidas aeste producto y destino.

Asimismo, como consecuencia de lainquietud expresada en la Comisión deDefensa del Congreso de los Diputados yen algunos medios de comunicación enaños anteriores, la Secretaría General deComercio Exterior solicitó en tres ocasio-nes al Departamento de Aduanas e Im-puestos Especiales que aplicase unaserie de filtros en las exportaciones a paí-ses concretos del África subsahariana dedeterminados envíos de las subpartidas9306.21.00 (cartuchos para escopeta),9306.29.40 (vainas) y 9396.30.91 (cartu-chos de percusión central).

Como resultado de estas intervenciones,se pudo comprobar que, por las unidadesexportadas, por su peso y por su valor uni-tario, los envíos correspondían a municiónde caza y no a arma ligera como se habíadado a entender por parte de algunas orga-nizaciones no gubernamentales.

Por último, se estudió la posible acu-mulación de envíos de armas pequeñasen un determinado destino, solicitando lacolaboración de las autoridades de estepaís en el análisis de la solvencia de losdestinatarios de dichas exportaciones.Como resultado de lo anterior, se decidiócondicionar la autorización de estas ope-raciones a la presentación de un docu-mento de control con una cláusula espe-cífica de no reexportación.

A la hora de autorizar las operacionesen el año 2004, la JIMDDU llevó a caboun análisis caso por caso de las mismas,aplicando los siguientes parámetros:

a) Respeto escrupuloso y absoluto delos embargos vigentes de las NacionesUnidas, la Unión Europea y la OSCE(Anexo VI).

b) Cumplimiento de los compromisosasumidos en los foros internacionales decontrol y no proliferación en los queEspaña participa.

c) Aplicación de los ocho criterios delCódigo de Conducta de la Unión Europeaen materia de exportación de armas a lasexportaciones de material de defensa.

d) Adopción de principios restrictivosen la aprobación de exportaciones adeterminados países inmersos en unasituación de conflicto interno o regional,impidiendo los envíos de armas o equi-pos que por sus características pudiesenutilizarse para atentar contra la vida y laintegridad física de las personas o quepudiesen ser empleados en la represióninterna o como material antidisturbios.

e) En lo referente a las operacionesde arma pequeña y ligera, la JIMDDUtomó la decisión durante el año 2001 decondicionar la autorización de las expor-taciones de estas armas, en el caso depaíses con una especial sensibilidad oen los que existiese riesgo de desvío enel uso final, a que el destinatario/usua-rio final tuviese una naturaleza pública

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(fuerzas armadas y cuerpos de seguri-dad).

Durante el año 2004 se ha seguido exi-giendo un documento de control en elque se especifique este extremo antes deautorizar la licencia.

f) Desde diciembre de 2001 están pro-hibidas las exportaciones desde Españade determinados dispositivos restrictivosdel movimiento de los seres humanos,tales como grilletes para pies y cadenaspara cintura. Esta prohibición se incorpo-ró como disposición adicional duodécimaen la Ley 24/2001 de Medidas Fiscales,Administrativas y del Orden Social, de 27de diciembre.

4. Principales accionesacometidas e intercambios de información realizados en el ámbito de las armasconvencionales en el año 2004

A) Grupo COARM del Consejo sobreexportaciones de armasconvencionales

El cometido del grupo COARM es elestudio de aquellas iniciativas basadasen el refuerzo de los controles en elcomercio de armas convencionales. Ade-más de ello, tiene como punto central dedebate la discusión de aspectos relacio-nados con el Código de Conducta de laUnión Europea en materia de exportaciónde armas. El Código de Conducta secompone de ocho criterios y de una seriede disposiciones operativas que estánrecogidos en el Anexo IV.

Entre los avances más importanteshabidos durante el año 2004 cabe desta-car los siguientes:

• Se prosiguió con el proceso de ar-monización de las contribuciones nacio-nales al Informe Anual del Código de

Conducta. El Grupo COARM examinó lasituación planteada por algunos Estadosmiembros ante la incapacidad para pro-porcionar datos tanto de licencias conce-didas como de expediciones efectivas.Por otra parte, se acordó la incorpora-ción, de forma voluntaria, al VI InformeAnual del desglose del valor de lo expedi-do por categorías de productos y paísesde destino.

• El Consejo había adoptado en el año2003 la Posición Común 2003/468/PESC,de 23 de junio, sobre el control del corre-taje de armas. Ésta contiene los criterios,instrumentos (licencias, autorizacionesescritas, registro de la actividad, consul-tas) y definiciones que los Estados miem-bros se han comprometido a incluir ensus legislaciones nacionales. Los Estadosmiembros han venido adaptando suslegislaciones a esta posición común. Espreciso recordar que España ha incorpo-rado a su nueva legislación todos estosinstrumentos.

• Un aspecto de notable relevancia havenido dado por la revisión del Código en2004, siendo la primera vez que ello seproducía desde su aprobación. En esteproceso participaron no solamente losEstados miembros, sino también algunasorganizaciones no gubernamentales. Lasprincipales propuestas de modificación serefirieron a los criterios 6 (actitud del paísde destino ante la comunidad internacionaly en particular ante el terrorismo), 7 (ries-go de desvío) y 8 (adecuación económicay técnica de la exportación en el país dedestino), y a las disposiciones operativas.

Asimismo, durante el año 2004 seconstituyó un grupo de trabajo, por mediodel cual se planteó el estudio de la inter-pretación que hacen los Estados miem-bros del criterio 8 del Código (adecuacióneconómica y técnica de la exportación enel país de destino) y el posible empleo deindicadores de desarrollo económico.

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• La entrada el 1 de mayo de 2004 dediez nuevos países en la Unión Europeasupuso el incremento en el número dedenegaciones y consultas derivadas de laaplicación del Código por parte de aqué-llos. Ello se ha traducido también en laconvergencia de las políticas y los proce-dimientos de exportación aplicables entrelos veinticinco países.

En lo que concierne a los aspectosdivulgativos, cabe destacar que se man-tuvieron los contactos con otros países yorganismos internacionales interesadosen adherirse al Código, intercambiando almismo tiempo información sobre las res-pectivas denegaciones de equipos milita-res en aplicación del Código. Un ejemplode lo anterior lo constituyó Noruega, alentrar a participar en 2004 en el mecanis-mo de intercambio de información delCódigo. Desde la adopción del Código el8 de junio de 1998, seis países —Bulga-ria, Rumanía, Islandia, Noruega, Canadáy Croacia— se han adherido al mismo.

• La «Guía del Usuario» del Código yla base de datos central de denegacio-nes, elaboradas durante el año 2003, fue-ron plenamente operativas a partir del 1de enero de 2004. La Guía contiene acla-raciones sobre los procedimientos quedeben aplicarse en la comunicación delas denegaciones y en las consultas deri-vadas de éstas, además de directricessobre la interpretación de determinadoscriterios y requisitos para el suministro dedatos al Informe Anual. En la base dedatos se incluyen todas las denegacionesde los veinticinco Estados miembros,ordenadas por país denegador, paísdenegado y criterios. También, en el año2004, se procedió al cambio en el siste-ma de comunicaciones entre los Estados.

• Los Estados miembros acordaron en2004 el establecimiento de un instrumen-to temporal (toolbox), que pueda servirde complemento del Código, en el caso

del levantamiento de un embargo de laUE a la exportación de armas. Así, du-rante un período de tiempo, los Estadosmantendrán consultas periódicas y unintercambio de información relativo a lasdenegaciones (últimos tres años) y lasautorizaciones (últimos cinco años), ade-más de notificar cada tres meses lasnuevas licencias otorgadas al país al quese le ha levantado el embargo.

Los trabajos planteados por el COARMen el año 2005 se pueden resumir comosigue:

• Culminación del proceso de revisióndel Código de Conducta y su posibletransformación en una posición común.En el año 2003 se inició el debate acercadel posible refuerzo del rango del Códigomediante su transformación en una posi-ción común, sobre todo a partir de laadopción de la posición común sobre elcontrol del corretaje de armas. Asimismo,el Parlamento Europeo reiteró, en la valo-ración efectuada del V Informe Anual, sullamamiento a que el Código sea jurídica-mente vinculante y se estudie cómoadaptar el mismo a las legislacionesnacionales.

• Continuación del proceso de armoni-zación de los informes nacionales deestadísticas.

• Seguimiento de la aplicación de laPosición Común sobre el control delcorretaje de armas.

• Estudio del posible control de lastransferencias intangibles de tecnologíaasociadas a los equipos de la ListaComún.

• Elaboración de posibles directricescomunes en los controles de uso final yverificación de llegada de las mercancías.

• Mantenimiento de la asistencia a lospaíses adherentes con el fin de garanti-zar la armonización de las políticas enmateria de control de exportación dearmas y la plena aplicación de los crite-

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rios y disposiciones del Código de Con-ducta.

• Mejora de la «Guía del Usuario» yde la base central de denegaciones.

B) Grupo de Cuestiones Comerciales

En el año 2003 se planteó en el GrupoCOARM la posible elaboración de unalista común de equipo no militar de segu-ridad y policial cuya exportación deberíacontrolarse de conformidad con el criterio2 del Código (respeto de los derechoshumanos en el país de destino). Esta pro-puesta tenía su origen en el deseo porparte de algunos países de llegar a intro-ducir determinados equipos de estascaracterísticas en la Lista Militar del Arre-glo de Wassenaar. Desde ese año se havenido debatiendo en el Grupo de Cues-tiones Comerciales del Consejo un textode Reglamento elaborado por la Comi-sión relativo al comercio de determinadosmateriales y productos que pueden utili-zarse en la aplicación de la pena demuerte o infligir torturas u otros tratos openas crueles, inhumanos o degradantes.

El proyecto de Reglamento se estruc-tura en dieciséis artículos y cuatro ane-xos. El Anexo II incluye la lista de produc-tos relacionados con la aplicación de lapena de muerte cuyo comercio estáprohibido (horcas y guillotinas, sillas eléc-tricas, cámaras de gas, sistemas deinyección de sustancias químicas letales,cinturones de electrochoque). Hay dosexcepciones a esta prohibición: su expo-sición en museos o el tener un uso médi-co. El Anexo III está compuesto por aque-llos equipos relacionados con la tortura(esposas, cadenas colectivas, grilletes,dispositivos portátiles antidisturbios dis-pensadores de sustancias químicas inca-pacitantes, sustancias químicas emplea-das en gases lacrimógenos). Pueden serexportados e importados, pero necesitan

una autorización previa y documento decontrol del destino, uso y usuario finales.

En este Reglamento no se han incluidolos tránsitos ni las operaciones de inter-mediación. Se ha establecido un procedi-miento de denegaciones y consultas simi-lar al existente en el Código de Conductade la UE en materia de exportación dearmas. Por último, el régimen de sancio-nes previsto obligará en el caso española la modificación de la Ley 12/1995 deRepresión del Contrabando.

C) Acción Común de la Unión Europeasobre Armas Ligeras y de PequeñoCalibre

La Acción Común 1999/34/PESC,adoptada por la Unión Europea el 18 dediciembre de 1998, y actualizada por laAcción Común 2002/589/PESC, de 12 dejulio, refuerza otras iniciativas ya existen-tes en la Unión Europea, fundamental-mente el denominado Programa de Pre-vención y Lucha contra el Tráfico Ilícito deArmas Convencionales de 26 de junio de1997, así como el Código de Conductaen materia de exportación de armas de 8de junio de 1998.

Dicha Acción Común está enfocadahacia regiones en conflicto y tiene comoobjetivos el tratar de evitar las acumula-ciones desestabilizadoras y la prolifera-ción de armas de pequeño calibre, ade-más de contribuir a la reducción de lasexistencias de este tipo de armas. Losproyectos desarrollados al amparo deesta Acción Común son financiados a tra-vés del presupuesto PESC (artículo espe-cífico de «no proliferación y desarme»).

En la aplicación de la Acción Comúnse está poniendo un énfasis especial enla concesión de ayuda financiera y técni-ca para la eliminación de existencias. Laprimera intervención concreta fue aproba-da en 1999 con destino a Camboya y las

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dos siguientes en 2001 a Albania y a paí-ses de Latinoamérica y del Caribe. Lascantidades asignadas en el año 2001 aestos programas fueron de 1,7 millonesde euros a Camboya, 550.000 euros aAlbania y 345.000 euros al último progra-ma mencionado. En el año 2002, se lleva-ron a cabo intervenciones en Camboyade 1.568.000 euros y en Serbia-Montene-gro de 200.000 euros. Camboya, con1.436.953 euros y Albania, con 820.000(a los que hay que sumar 500.000 dóla-res de Estados Unidos y 400.000 librasesterlinas del Reino Unido) fueron losproyectos financiados en el año 2003.

Otros proyectos en los que participó laUE fueron los siguientes: Centro Regionalde Documentación sobre Armas Peque-ñas y Ligeras creado en el marco delPNUD en Belgrado (300.000 euros), Cen-tro Regional de las Naciones Unidas parala Paz, el Desarme y el Desarrollo enAmérica Latina y el Caribe en Lima(700.000 euros) y cuatro proyectos por untotal de 48.760.000 euros para el desar-me, desmovilización y reinserción en paí-ses ACP (Tanzania, Costa de Marfil, Libe-ria y Sierra Leona).

El cuarto Informe Anual de aplicaciónde la Acción Común fue publicado enseptiembre de 2004. En este informeaparecen descritas las actuaciones deri-vadas de esta Acción Común por parteespañola en el año 2003, que se resu-men en las siguientes líneas.

Las autoridades españolas siguieronorganizando, como en años anteriores,seminarios para el entrenamiento de laspersonas a las que afecta directamente laAcción Común. Bajo la coordinación de laIntervención Central de Armas y Explosi-vos de la Guardia Civil, se procedió a laintervención de 231.880 armas de fuegode diferentes tipos y características (delas cuales, 27141 fueron destruidas y17.768 subastadas), la incautación de

215 armas de fuego ilegales, la realiza-ción de 10.099 inspecciones en las plan-tas de fabricación y almacenaje de estasarmas y de 7.742 en plantas y almacenesde explosivos. El Departamento de Adua-nas e IIEE lleva a cabo una vigilancia demanera permanente en los puertos yaeropuertos en su programa de luchacontra el contrabando en la exportaciónde armas.

Las Fuerzas Armadas y la GuardiaCivil participaron en acciones internacio-nales desarrolladas en Afganistán, Bos-nia-Herzegovina, Kuwait, Guatemala, R.D. Congo, Etiopía, Eritrea, Georgia, Koso-vo y Macedonia. Asimismo, la AgenciaEspañola de Cooperación Internacional(AECI) financia desde 2001 en Bogotá unproyecto de erradicación de la violencia,mediante un proceso voluntario de entre-ga y posterior destrucción de armas defuego a cambio de bonos para alimentos.

En el año 2003, la Dirección Generalde la Guardia Civil prestó asistencia téc-nica a la Policía del Principado de Ando-rra en la elaboración de una nueva nor-mativa sobre armas de fuego, firmandoambos un protocolo de cooperación.

Aparte de las anteriores intervencio-nes, funcionarios españoles estuvieronpresentes en la I Reunión del Foro Parla-mentario Permanente sobre Armas Pe-queñas y Ligeras compuesto por miem-bros de la Comisión de Defensa delCongreso de los Diputados y parlamenta-rios de Suecia y países centroamerica-nos. Esta reunión tuvo lugar del 1 al 3 demayo de 2003 en Panamá. España parti-cipó también en la Conferencia para elseguimiento del Programa de Acción deri-vado de la I Conferencia de Naciones Uni-das para Prevenir, Combatir y Erradicar elTráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Lige-ras en Todos Sus Aspectos. Dicha confe-rencia tuvo lugar en Nueva York los días 7a 11 de julio de 2003. Se asistió, por últi-

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mo, a las reuniones en Bruselas sobre laDirectiva Europea de Armas de Fuego.

Finalmente, cabe decir que el Ministe-rio del Interior tiene previsto aprobar en elaño 2005 la modificación del Reglamentode Armas (Real Decreto 137/1993, de 29de enero). En el año 2004, se puso enfuncionamiento una nueva operativa querefuerza las actividades de inspección delas plantas y fábricas de armas de fuegoy explosivos. De esta manera, dichoslugares pasan a ser inspeccionados tresveces al año.

D) Conferencia de Naciones Unidassobre el Tráfico Ilícito de ArmasPequeñas y Ligeras. Programa de Acción

España concede una gran importanciaa la cooperación internacional para com-batir y erradicar el tráfico ilícito de estetipo de armas. Desde la Administraciónespañola se ha venido apoyando todo eltrabajo llevado a cabo en este campo enel ámbito de Naciones Unidas y en otrosámbitos (OSCE, Arreglo de Wassenaar),tal y como se puede comprobar en losdiferentes apartados de este informe.

La I Conferencia se celebró en NuevaYork los días 9 a 20 de julio de 2001,teniendo como objetivo el promover elcontrol del tráfico ilícito de armas peque-ñas y ligeras, especialmente el comerciorealizado por intermediarios.

Los trabajos se reflejaron en un Pro-grama de Acción que está siendo desa-rrollado en la actualidad como comple-mento a la firma de un Protocolo contra laFabricación y el Tráfico Ilícito de Armasde Fuego, Municiones y Material Conexoy el Proyecto de Convención de lasNaciones Unidas contra la DelincuenciaOrganizada Transnacional. Dicho Progra-ma de Acción cuenta con los siguienteselementos:

• Introducción de criterios de exporta-ción, tomando como base los estableci-dos en el Código de Conducta de la UE.

• Marcaje de estas armas, de formaque sean singulares para cada arma yéstas puedan ser reconocidas internacio-nalmente, desarrollando el actual Proto-colo Internacional de Marcaje.

• Desarrollo de un acuerdo internacio-nal que sea jurídicamente vinculante yque permita el control efectivo de las ope-raciones de los intermediarios.

• Cooperación en la recogida, controly destrucción de estas armas, así comola integración y readaptación de comba-tientes.

• Incremento de la cooperación poli-cial.

El citado Programa de Acción contieneen su Parte II una serie de disposicionesque deben ser adoptadas en el ámbitonacional. La mayor parte de ellas sonmucho menos exigentes que la normativaactualmente aplicada por España, porejemplo, en lo que se refiere al control delas exportaciones de material de defensay de doble uso. El Programa de Acciónexige implantar un sistema de autoriza-ción de las exportaciones de estas armasque tenga en cuenta «el riesgo de que sedesvíen al tráfico ilícito». España aplica,para autorizar o denegar sus exportacio-nes de material de defensa, el Código deConducta en materia de exportación dearmas aprobado por el Consejo de laUnión Europea en junio de 1998. Ésteintroduce criterios mucho más estrictosque la referencia incluida en el Programade Acción. Análogamente, en otros as-pectos como el marcaje, registro y segui-miento de estas armas, las normas espa-ñolas y europeas son más completas yambiciosas que las disposiciones del Pro-grama de Acción. De hecho, en Españaes obligatorio el marcaje desde el año1929.

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Una segunda categoría de disposicio-nes contenidas en el Programa de Acciónson las que imponen a los Estados la obli-gación de recoger en su ordenamientojurídico ciertas normas. Así, por ejemplo,el Programa de Acción obliga a tipificarcomo delito el tráfico ilícito de armas. Éstaes una norma que ya existe en el ordena-miento jurídico español (Ley 12/1995 deRepresión del Contrabando), por lo que laaplicación de dicho Programa de Acciónno ha exigido ningún cambio.

Una tercera categoría de disposicioneses la que obliga a tomar medidas de tipoadministrativo para facilitar la coordina-ción y la transmisión de información en elámbito del comercio de armas pequeñasy ligeras. De esta forma, se insta a losEstados a designar un «punto de contac-to» o se solicita que éstos voluntariamen-te remitan información sobre las armasconfiscadas o destruidas a las Organiza-ciones Internacionales. El Ministerio deAsuntos Exteriores y de Cooperacióncomunicó en diciembre de 2003 el puntode contacto español.

Finalmente, el Programa de Accióncontiene una serie de disposiciones decarácter político. En estas disposicionesse insta a los Estados a cooperar para laeliminación del tráfico ilícito de armaspequeñas y ligeras, a prestar asistenciatécnica y financiera en este campo a losEstados que lo precisen y a promover enun ámbito regional medidas de transpa-rencia y cooperación aduanera. En elseno de la Unión Europea, la AcciónComún sobre Armas Ligeras y de Peque-ño Calibre y el Programa para Prevenir yCombatir el Tráfico Ilícito de Armas Con-vencionales ya recogen estas cuestionescon mayor amplitud que el Programa deAcción analizado.

En lo referente a los trabajos acometi-dos, cabe mencionar que del 7 al 11 dejulio de 2003 tuvo lugar en Nueva York la I

Reunión Bienal de Estados para conside-rar la aplicación del mencionado Progra-ma de Acción. En esta reunión se hizo unexamen de la ejecución del Programa apartir sobre todo de los informes naciona-les de los 79 Estados. Entre los aspectosde mayor relevancia se puede destacar,en primer lugar, la coincidencia generali-zada en la necesidad de desarrollar uninstrumento internacional sobre marcaje yseguimiento de estas armas. Españaestuvo presente en la Primera Sesión delGrupo de Trabajo de Composición Abierta(GTCA) encargado de negociar este ins-trumento internacional en Nueva Yorkentre los días 14 y 25 de junio de 2004, yen la Segunda Sesión que se desarrollóen enero/febrero de 2005.

El segundo punto más interesante fueel referido a la propuesta por una serie deONG, englobadas en la International Ac-tion Network on Small Arms (AINSA),consistente en la elaboración de un Trata-do Internacional sobre el comercio dearmas pequeñas y ligeras, basado en elprincipio de que los exportadores deestas armas no las suministren a paíseso grupos que violan el Derecho Interna-cional Humanitario y los Derechos Huma-nos. La Unión Europea se ha adelantadoa propuestas de estas características consu Código de Conducta que incluye lasarmas pequeñas y ligeras en la ListaComún de productos a los que se lesaplica los ocho criterios en la exportación.Este instrumento puede considerarsecomo el sistema internacional más ex-haustivo de control de la exportación dearmas, lo que no ha impedido su mejoradesde que resultó aprobado el 8 de juniode 1998.

Se participó en un seminario relativo ala aplicación del Programa de Acción deNaciones Unidas sobre armas pequeñasy ligeras en Iberoamérica. El seminario secelebró del 31 de mayo al 4 de junio de

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2004 en Antigua (Guatemala). En el mis-mo, los representantes españoles realiza-ron diversas presentaciones sobre el sis-tema de control del comercio exterior deestos productos.

Por último, cabe recordar que Españaparticipa, desde su constitución en Ma-drid en octubre de 2002, el Foro Parla-mentario sobre Armas Pequeñas y Lige-ras, con presencia de parlamentariosespañoles, suecos y centroamericanos.Los objetivos principales del Foro residenen la mejora de la legislación y los meca-nismos de control sobre este tipo dearmas; la armonización y homologaciónde las leyes correspondientes; el fomentodel intercambio de información entre losparlamentarios y las comisiones relacio-nados con el tema de las armas de fuego,y el refuerzo del papel de los Parlamen-tos nacionales en todo lo que concierne ala estabilización y consolidación de lademocracia y los procesos de paz ydesarrollo en América Latina y el Caribe.

La reunión correspondiente al año2004 tuvo lugar los días 1 a 3 de mayo enPanamá.

E) Documento OSCE relativo a armaspequeñas y ligeras

El Documento OSCE fue adoptado enel Plenario de 24 de noviembre de 2000, yen él se plantea como objetivo fundamen-tal acabar con la excesiva acumulación delas armas pequeñas y ligeras y su uso endeterminados conflictos regionales. A tra-vés de este documento los Estados parti-cipantes se comprometen a desarrollar lasnormas, medidas y principios necesariospara conseguir dicho objetivo. En concreto,se persigue el tráfico ilícito de este tipo dearmas, se acuerdan medidas para impedirsu acumulación y se recomienda autorizarúnicamente los envíos por motivos deseguridad interna, legítima defensa o parti-

cipación en fuerzas de paz bajo el auspiciode Naciones Unidas o de la OSCE.

Uno de los instrumentos más impor-tantes dentro de esta iniciativa es el inter-cambio de información e incremento de latransparencia, según el cual, anualmentey no más tarde del 30 de junio de cadaaño empezando en el año 2002, todoslos países deben informar al resto sobresus exportaciones e importaciones dearma pequeña y ligera a/desde el restode Estados participantes. La última infor-mación aportada por España a la OSCEse refiere a las exportaciones autorizadasy realizadas en el año 2004 y puede con-sultarse en el Anexo VII que acompaña aeste informe.

Se incluyen en la clasificación de «ar-ma pequeña»: revólveres y pistolas, riflesy carabinas, subametralladoras, rifles deasalto y ametralladoras ligeras. En «armaligera» se incluyen: lanzagranadas, ame-tralladoras pesadas, armas antiaéreasportátiles, armas anticarro portátiles, sis-temas de lanzamiento de misiles y cohe-tes portátiles, sistemas de lanzamientode misiles antiaéreos portátiles y morte-ros con calibre inferior a 100 mm.

Conviene precisar que el intercambiode información en la OSCE se limita, pri-mero, a fuerzas armadas y cuerpos deseguridad en cuanto a los destinatariosde las armas y, segundo, a países OSCEen lo relativo a los países de origen y dedestino, por lo que las exportacionesespañolas contenidas en este anexo sonuna parte de las exportaciones totales dearma pequeña y ligera. Asimismo, lascifras incluidas en los cuadros referidos alas licencias autorizadas no tienen porqué coincidir con las de los cuadros delas operaciones realizadas, ya que notodas las licencias acaban traduciéndoseen envíos o incluso envíos realizados enun ejercicio lo son con cargo a licenciasautorizadas en el año anterior.

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En la vertiente de la exportación, en laque se centra este informe, ha habido úni-camente diez operaciones autorizadas aBélgica, Alemania, Canadá, Estados Uni-dos, Países Bajos y Turquía, todas ellas encantidades muy poco significativas. Encuanto a las operaciones realizadas en elaño 2004, sólo se materializó una exporta-ción de una pistola a Países Bajos.

En el seno de la OSCE se está discu-tiendo desde los últimos meses de 2003la elaboración de un instrumento contrala intermediación ilícita de armas peque-ñas y ligeras en línea con lo desarrolladoen la Posición Común de la Unión Euro-pea y los trabajos de Naciones Unidas yel Arreglo de Wassenaar.

F) Carta de Intenciones para lareestructuración e integración de la industria europea de defensa (LoI)

La firma del Acuerdo Marco que desa-rrolla esta Carta de Intenciones tuvo lugarel 27 de julio de 2000, coincidiendo con laferia aeroespacial de Farnborough (ReinoUnido). Este Acuerdo fue elaborado apartir de las conclusiones alcanzadas enseis subcomités, creados como conse-cuencia de la firma el 8 de julio de 1998por seis países —Francia, Reino Unido,Alemania, Italia, Suecia y España—, dela Carta de Intenciones (LoI) para la rees-tructuración e integración de la industriade defensa europea.

En la Carta de Intenciones se persiguefavorecer la creación de una estructuraindustrial europea competitiva y flexible,que afronte en las mejores condicionesposibles los futuros retos del sector dedefensa. El Acuerdo Marco sienta lasbases para la creación de un marco polí-tico y jurídico dentro de este sector y elloen una triple vertiente: la reestructuraciónindustrial del sector de defensa europeo,

el impulso a la creación de empresastransnacionales europeas en este ámbitoy la promoción de una base tecnológicamás fuerte y competitiva.

Durante el año 2004 España ha segui-do participando en las actividades desa-rrolladas en los seis subcomités antesmencionados. En lo que concierne al Sub-comité nº 2 de Procedimientos de Exporta-ción, los seis países han firmado un Con-venio de Aplicación del Acuerdo Marco. ElConvenio desarrolla los dos instrumentosesenciales aplicables a los programascooperativos en el ámbito del comercioexterior: la Licencia Global de Proyecto(LGP) y la gestión de las listas de paísespermitidos asociadas a las LGP.

Las LGP son expedidas por cada paísde acuerdo con su legislación y prácticasnacionales, permitiendo la realización deun número ilimitado de envíos de produc-tos y equipos derivados de un programadeterminado al resto de países LoI involu-crados en dicho programa. Las autorida-des de cada país deben calificar previa-mente aquellos programas a los que seles aplica el Acuerdo Marco y, por consi-guiente, los instrumentos descritos en elConvenio. En el caso español, la LGPincluida en la nueva legislación cubretanto las expediciones como las introduc-ciones. Las listas de destinos permitidosreferidas a terceros países deberán seraprobadas por las autoridades de los paí-ses LoI dentro de cada programa.

El Subcomité nº 2 ha estudiado tam-bién a lo largo del año 2004 otros aspec-tos de indudable interés en la tramitaciónde las operaciones de comercio exteriorderivadas de tales programas de coope-ración:

• Definición de criterios de admisiónde nuevos miembros en la LoI.

• Posible armonización de las LGP.• Simplificación de los trámites en los

tránsitos intracomunitarios.

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• Estudio de la sustitución de las LGPpor otros requisitos más flexibles (autori-zaciones generales, licencias abiertas,libre circulación de equipos militares).

• Armonización de la información con-tenida en las estadísticas nacionales re-mitidas a los parlamentos en relación conlos envíos de los programas LoI.

Se describen a continuación otras ac-tuaciones destacadas que no han sidoincluidas en los anteriores epígrafes.

Las autoridades estadounidenses (USCustoms Services) presentaron en elaño 2002 la llamada Iniciativa de Seguri-dad de los Contenedores (ISC) quecomprende aspectos tanto de aplicaciónde nuevas tecnologías en la inspecciónde los contenedores como de firma deacuerdos con los países de tránsito que

cuenten con puertos en los que su volu-men de contenedores de paso a Esta-dos Unidos es significativo. En el año2004 se siguieron manteniendo contac-tos bilaterales entre España y EstadosUnidos para analizar la aplicación deesta iniciativa.

Se mantuvo también un encuentro enWashington con representantes de laAdministración de Estados Unidos conobjeto de desarrollar la Declaración dePrincipios entre ambos países para elDesarrollo de la Cooperación en materiade Equipamiento e Industria de Defensa.

Por último, se participó en la VI Confe-rencia Internacional sobre el Control de laExportación, organizada por Estados Uni-dos y el Reino Unido en Londres del 8 al10 de noviembre.

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AVISO PUBLICOSUB. GRAL. COMERCIO EXTERIOR DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS

SOLICITUD DE DEVOLUCION DE FIANZASPLAZOS PARA PRESENTACION DE PRUEBAS

Aplicación a los Certificados concedidos desde el día 1 de octubre de 2000,salvo que exista reglamento específico que lo modifique

Plátanos TREINTA DIAS siguientes a la expiración Rgto. CE n.° 896/01del período de validez del Certificado.

Productos Agrícolas Transformados (PAT) NUEVE MESES siguientes a la expiración Rgto. CE n.° 1520/00del período de validez del Certificado. Art.

Productos agrícolas:DOS MESES siguientes a la expiración del Rgto. CE n.° 1291/00período de validez del Certificado.

— En todos los productos el PLAZO MAXIMO para solicitar la resolución de los expedientes es de VEINTICUATRO MESES desde el día siguiente a la expira-ción del Certificado. Transcurrido este plazo no se efectuará la devolución del importe de la Fianza, aun en el caso de que se presente la correspon-diente prueba de realización de las operaciones.

Materias grasas, plantas vivas, productos flo-ricultura, leche y productos lácteos, carne va-cuno, semillas, frutas y hortalizas, carne por-cino, huevos, carne de ave, arroz, azúcar, sec-tor vitivinícola, cereales, etc.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIOSecretaría General de Comercio Exterior

SUB. GRAL. COMEX. PRODUCTOSAGROALIMENTARIOS. SERVICIO DE FIANZAS

Solicitudes de devolución de fianzas constituidas(Importación y Exportación)

La Orden de 26 de febrero de 1986 («BOE, 7 de marzo»), modificada por laOrden de 27 de julio de 1995, establece que la devolución de las fianzas se rea-lizará por la Secretaría General de Comercio Exterior a solicitud del interesado.

Las solicitudes de devolución de las fianzas constituidas ante los ServiciosCentrales, deberán dirigirse a la Secretaría General de Comercio Exterior (Servi-cio de Fianzas, Paseo de la Castellana, 162, planta cuarta, 28071 Madrid).

Las solicitudes de devolución de las fianzas, constituidas ante las DireccionesRegionales y Territoriales de Comercio y CATICES, deberán presentarse en lamisma Dirección o CATICE que concedió los correspondientes certificados.

El no solicitar, los interesados, la resolución de los expedientes de devoluciónde las fianzas con la aportación de las pruebas, en los plazos establecidos en lalegislación nacional y comunitaria en vigor, para los diversos productos agríco-las, dará lugar al oportuno Acuerdo Declarativo de Incumplimiento.

Con el fin de agilizar la resolución de los expedientes de devolución delas fianzas constituidas a disposición de la Secretaría General de ComercioExterior, es recomendable se adjunte a las solicitudes la fotocopia del co-rrespondiente «Resguardo de depósito o Garantía en Efectivo», o «Res-guardo de Garantía Otorgada mediante Aval o Seguro de Caución».

SERVICIO DE FIANZASAcuerdo declarativo de incumplimiento(Fianza constituida en las operaciones

de Importación y Exportación)Ingreso de las liquidaciones

Las cantidades a ingresar en el Tesoro Público-Recursos Eventuales,como consecuencia de los expedientes de Acuerdo Declarativo de Incum-plimiento de Resguardos de Garantías Otorgadas por Terceros, puedenhacerse efectivas por la EMPRESA TITULAR DE LOS CERTIFICADOS.

— En MADRID:MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDADIREC. GRAL. DEL TESORO Y POLITICA FINANCIERAPaseo del Prado, 428071 MADRID— En PROVINCIAS:INTERVENCION DE HACIENDA de la localidad en que resida la Entidad

Delegada que constituyó la Garantía Otorgada por Terceros (Aval o Certi-ficado de Seguro de Caución).

Realizado el ingreso y expedida la CARTA DE PAGO, esta CARTA DEPAGO original deberá remitirse a:

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIOSERVICIO DE FIANZASP.° Castellana, 162, Pl. 4.a28071 MADRID

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Secretaría General de Comercio Exterior

SUB. GRAL. COMERCIO EXTERIOR DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOSSERVICIO DE FIANZAS

Paseo de la Castellana, 162, cuarta planta, 28071 MadridTeléfonos: (91) 349 38 67 y 349 39 13

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 21

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

PARTE II

EXPORTACIONES DE PRODUCTOS Y TECNOLOGÍAS DE DOBLE USO

1. Normativa aplicable

Por lo que respecta a la regulación delcomercio exterior de productos y tecno-logías de doble uso, ésta viene recogidaen el Reglamento (CE) 1334/2000, de22 de junio, modificado por los Regla-mentos 2432/2001, de 20 de noviembre,880/2001, de 27 de mayo, 149/2003, de27 de enero, 885/2004, de 26 de abril, y1504/2004, de 19 de julio. El Reglamentocomunitario establece un régimen por elcual deben ser controlados en la expor-tación los productos y tecnologías dedoble uso incluidos en su Anexo I (listade control de 10 categorías de productosy tecnologías de doble uso), así comootros no incluidos en esta lista según suartículo 4 (cláusula escoba o catchall).En su Anexo IV se incluye el subconjuntode productos y tecnologías de doble usocuyas expediciones dentro de la UniónEuropea deben ser sometidas a controlpor su especial sensibilidad.

El Reglamento fue acompañado por laAcción Común 2000/401/PESC, de 22 dejunio, para el control de la asistencia técni-ca con determinados fines militares. Enella, se presta una especial atención alcontrol de la asistencia técnica (incluida latransmisión oral de la misma) que pudierafomentar o servir de base para el desarro-llo de armas de destrucción masiva. LaAcción Común introduce la sujeción a con-trol de la asistencia técnica prestada a paí-ses no comunitarios, permitiendo a losEstados miembros elegir entre un sistemade autorización o uno de prohibición. Porotra parte, se insta a los Estados miem-bros a que consideren la posible imposi-ción de controles cuando la asistencia téc-

nica tenga un uso final militar convencionaly vaya dirigida a países sometidos a em-bargos internacionales.

2. Análisis de las estadísticas

A) Datos de exportaciones realizadas

Los cuadros de estas exportaciones seincluyen en el Anexo III.

Las exportaciones realizadas de pro-ductos y tecnologías de doble uso serecuperan en 2004, con un aumento del23,8 por 100 con respecto al año 2003 y28,05 millones de euros exportados. Lacaída en las exportaciones experimenta-da en el año 2003 se explica por el cierrede la planta en España de una conocidamultinacional extranjera. Hasta el primersemestre de 2001, su filial había sido elprimer exportador en doble uso merced alas ventas de circuitos electrónicos a paí-ses del Sudeste Asiático (fundamental-mente Singapur y Tailandia).

Los diez primeros destinos fueron losque se relacionan en el Cuadro 5.

De entre estos destinos destacaron lasexportaciones a China de condensadoresde potencia para minas de carbón y plan-tas eléctricas, de acero y de cemento; cen-

CUADRO 4

Año Valor (millones de euros)

1998.................................................1999.................................................2000.................................................2001.................................................2002.................................................2003.................................................2004.................................................

209,66327,14319,6575,2881,4022,6628,05

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284922 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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tros de control numérico para fabricaciónde relojes; máquinas fresadoras y preim-pregnado de fibra de carbono para laindustria del automóvil, y máquinasherra-mienta para la producción de moldes ybotellería a presión. Este país absorbió7,45 millones de euros, con un 26,6 por100 del total exportado. Al margen de estedestino, otros cuatro países —Irán, Vene-zuela, Brasil y Estados Unidos— repre-sentaron un 38,8 por 100, con 10,89 millo-nes de euros en conjunto. El reducidoporcentaje restante estuvo muy distribuidoentre 47 países de diversas áreas.

En el año 2004 las ventas se concen-traron en dos categorías: «Tratamiento delos materiales» y «Materiales, sustanciasquímicas, microorganismos y toxinas»,con 19,36 y 6,57 millones de euros res-pectivamente y un 92,4 por 100 entre lasdos del total exportado.

B) Datos de operaciones tramitadas

En el año 2004 se tramitaron 363 soli-citudes de licencias de productos y tecno-logías de doble uso, correspondiendo 359a licencias individuales, 3 a licencias glo-bales y 1 a exportaciones temporales.Asimismo, fueron aprobadas 28 rectifica-ciones de licencias concedidas con ante-rioridad y 1 tráfico de perfeccionamientoactivo. Hubo 2 autorizaciones generalesconcedidas de acuerdo con el artículo 6del Reglamento comunitario de dobleuso. De las 359 licencias individuales,

330 fueron aprobadas, 18 denegadas y11 desistidas por el propio exportador.Las 3 licencias globales y la exportacióntemporal resultaron aprobadas. Fueronautorizados 3 acuerdos previos durante elaño 2004.

C) Inscripciones en el RegistroEspecial de Operadores deComercio Exterior de Material deDefensa y de Doble Uso

En el año 2004 se produjeron 14 ins-cripciones de empresas de productos ytecnologías de doble uso.

D) Datos de denegaciones

En el ámbito del doble uso, se produje-ron 18 denegaciones, 8 de ellas de má-quinas-herramienta y el resto de sustan-cias químicas. Dichas denegacionestuvieron como justificación el riesgo dedesvío a la fabricación de armas de des-trucción masiva. También, durante el año2004, España comunicó al Grupo Austra-lia su decisión de renovar 26 denegacio-nes cuyo plazo había expirado y, por elcontrario, no renovar 6 denegaciones ca-ducadas.

La JIMDDU decidió aplicar en 5 oca-siones la cláusula catch-all, tal y comoaparece contemplada en el artículo 4 delReglamento europeo de doble uso, enexportaciones de máquinas-herramienta,válvulas y equipos de análisis químicos.

En el año 2004 se inició también unainvestigación sobre posibles envíos des-de España de máquinas-herramienta y sudesvío a programas de proliferación endos países.

Se realizaron diversas gestiones en elúltimo trimestre del año para el levanta-miento de las sanciones impuestas porotro país a una empresa española, a laque aquél acusaba de exportar a un des-

CUADRO 5

Países Valor (millones de euros)

China ...............................................Irán...................................................Venezuela........................................Brasil ................................................Estados Unidos................................Turquía ............................................Suiza................................................Cuba ................................................Argelia..............................................Marruecos........................................

7,454,103,022,061,711,131,091,000,960,79

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tino de proliferación. Las gestiones culmi-naron con un resultado positivo.

Por último, fueron informados un recur-so de alzada y un recurso de responsabi-lidad patrimonial. Éstos se habían pre-sentado en respuesta a denegaciones deexportación de sustancias y equipos quí-micos decididas en años anteriores.

3. Principales accionesacometidas en los forosinternacionales de control y no proliferación en el año 2004

Las características específicas deestos foros se explican en el Anexo V.

A) Grupo ad hoc del Consejo sobreexportaciones de productos ytecnologías de doble uso

El grupo ad hoc de doble uso tienecomo principal cometido la revisión delReglamento comunitario y la actualiza-ción de sus anexos. Para ello, se tienenen cuenta los cambios decididos en losprincipales foros internacionales de con-trol y no proliferación.

Los principales temas tratados duranteel año 2004 han sido los que se detallana continuación.

1. Seguimiento del Plan de Acciónpara el desarrollo de los principios bási-cos de una estrategia europea contra lasarmas de destrucción masiva. Este plande acción fue adoptado por el ComitéPolítico y de Seguridad a partir de laDeclaración de Tesalónica sobre no proli-feración de armas de destrucción masiva.Como resultado de ello, se creó en el últi-mo trimestre del año 2003 una task force,formada por la Comisión, el Consejo yFinlandia, que tenía como labor el coordi-nar y elaborar los objetivos y la metodolo-gía de los grupos de países que han lle-

vado a cabo la revisión de las legislacio-nes de doble uso de los diez nuevosEstados miembros en el período 2004-05(ejercicio denominado peer review). Es-paña ha participado conjuntamente conFrancia en la revisión de la legislación dePolonia. En el año 2004 se dio por con-cluida la primera fase de revisión y en el2005 tendrá lugar una segunda fase apartir de las recomendaciones elabora-das en la anterior y su calendario de apli-cación.

2. Actualización de los Anexos I y IVdel Reglamento comunitario de dobleuso. Ésta se llevó a cabo a partir de loscambios acordados durante el año 2003en el Arreglo de Wassenaar, el Régimende Control de la Tecnología de Misiles, elGrupo de Suministradores Nucleares, elGrupo Australia y la Convención de Ar-mas Químicas. La mayoría de estos cam-bios supusieron la eliminación o la eleva-ción de los umbrales de control endeterminados productos y tecnologíasque tienen un uso civil e industrial cadavez más amplio. Como consecuencia delo anterior, se publicó el Reglamento1504/2004 del Consejo, de 19 de julio,que actualiza y consolida los citados ane-xos del Reglamento 1334/2000.

Se ha eliminado del Anexo II, relativo ala Autorización General, la referencia aPolonia, Hungría y República Checa, unavez que ya son parte de la Unión Europea.

3. Control de las operaciones de inter-mediación en el comercio de productos ytecnologías de doble uso. Durante la Pre-sidencia española se inició en este grupo,como ya se venía produciendo en el senodel grupo COARM, la discusión referida alcontrol de los intermediarios. En el año2004 los avances en este campo han con-tinuado siendo muy poco significativos.

4. Mejora de los canales de comunica-ción para el intercambio de informaciónsobre denegaciones e información sensi-

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ble. Se ha decidido en el año 2004 elcambio de las comunicaciones de lasdenegaciones para su remisión porCOREU. Asimismo se ha producido unaactualización e intercambio de las mis-mas entre todos los países de la UEampliada.

5. Apoyo a las demandas de adhesiónde los países candidatos en los forosinternacionales de control y no prolifera-ción. Los Estados miembros han defendi-do la conveniencia de la entrada de losnuevos países de la UE —Estonia, Leto-nia, Lituania, Eslovenia, Chipre y Malta—que todavía no son miembros de estosforos. La candidatura de Eslovenia fueaceptada en el plenario del Arreglo deWassenaar.

Durante el año 2005, además de lostemas antes citados, se seguirá con elestudio de las propuestas pendientessobre la reducción de controles a laexportación de equipos derivados delprograma europeo de posicionamientopor satélites Galileo, el control de lastransferencias intangibles de tecnología yla posible modificación de la cláusulacatch-all para productos y tecnologías dedoble uso no recogidos en las listas decontrol y con posible uso final por indivi-duos o grupos terroristas.

B) Arreglo de Wassenaar (AW)

El Arreglo es el principal foro interna-cional de control y no proliferación, ha-biendo sustituido el 19 de diciembre de1995 al Comité de Coordinación para elControl Multilateral de las ExportacionesEstratégicas (COCOM).

Los principales aspectos debatidosdurante el año 2004 fueron los siguientes:

1. Terrorismo. En el Plenario de 2002se creó el Subgrupo de Expertos enSeguridad e Inteligencia, en el que Espa-ña se encuentra representada junto con

otros 14 países. La presencia españolaen el Subgrupo de Expertos en Seguri-dad e Inteligencia es el resultado del acti-vo papel que España ha tenido en Was-senaar en este campo, lo que llevó en elPlenario de 2001, con el apoyo decisivoespañol, a la inclusión en los ElementosIniciales (directrices) de un objetivo adi-cional basado en la prevención de laposible adquisición de armas convencio-nales y de productos y tecnologías dedoble uso por individuos, grupos u organi-zaciones terroristas.

Los trabajos de este subgrupo dieroncomienzo en el año 2003 con el estudio ypreparación de una lista de productos ytecnologías de posible uso por terroristas(estos productos no tienen que estarnecesariamente incluidos en las listas decontrol del Arreglo). La mayoría de lospaíses participantes ha presentado unapropuesta específica de control aplicable,incluso en algunos casos, a nuevos pro-ductos y tecnologías.

En el año 2004 se ha continuado conlos trabajos basados en la identificación deproductos y tecnologías susceptibles deser utilizados por los terroristas. Se ha lle-vado a cabo un intercambio de informaciónen asuntos de contraterrorismo y se hamejorado la coordinación con el Grupo deOficiales de Aduanas y Licencias (LEOM).

2. Intercambio de información específi-ca. Éste ha sido el aspecto crucial objetode debate en los últimos años en el senodel Arreglo, estando constituido por diver-sas propuestas para un incremento de latransparencia en el ejercicio de intercam-bio específico de la información. Es funda-mental destacar que en el Plenario de2003 se consiguió incorporar a este ejer-cicio una octava categoría de armapequeña y ligera similar a la existente enla OSCE. Ello fue posible gracias, entreotras aportaciones, a una propuesta espa-ñola de revisión de la categoría 3 (siste-

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mas de artillería de gran calibre) y deinclusión de una nueva categoría 8 (másdetallada que la definición de armapequeña y ligera contenida en el Docu-mento OSCE). Sin embargo, no existióconsenso en llegar a notificar de formaindividualizada las denegaciones deriva-das de las 7 categorías de armas conven-cionales, así como el empleo de un meca-nismo de consulta antes de autorizar unasolicitud «esencialmente idéntica» a otra/sdenegada/s por otro/s país/es (no under-cut policy). Tampoco se aprobó la aplica-ción de este mecanismo a las denegacio-nes de los productos de la Lista Sensibley la Lista Muy Sensible de doble uso.

En el año 2004 se ha continuado conel estudio de la posible inclusión de cinconuevas categorías (submarinos y fragatascon torpedos, vehículos blindados, vehí-culos anfibios, tanques transportadores ysistemas de artillería de gran alcance) enel apéndice 3 de los Elementos Iniciales.Asimismo, se ha perseverado con el aná-lisis de la producción bajo licencia en elexterior y la comunicación individual paratransferencias y denegaciones de produc-tos de doble uso de las listas antes men-cionadas.

3. Transferencia intangible de tecnolo-gía. La recomendación principal realizadapor los coordinadores de esta task forcereside en la generalización de un sistemade acuerdos previos y análisis por dife-rentes departamentos de estos envíos,complementado con controles a posterio-ri. El Plenario había aprobado en su reu-nión de 2003 un documento de «MejoresPrácticas» en este campo.

4. Divulgación y participación. Se apro-bó la celebración de reuniones en 2005con China y Sudáfrica. En lo concernientea la entrada de nuevos países, se aceptóa Eslovenia como nuevo miembro delArreglo y se estableció un procedimientode silencio hasta el 15 de abril de 2005

para los demás candidatos (Letonia, Li-tuania, Estonia, Chipre y Malta).

Otros temas discutidos durante el año2004 fueron los siguientes: se acordóreforzar el Grupo de Oficiales de Licenciasy Aduanas (LEOM) con un presidente pro-pio, estudio de la posible introducción deuna cláusula catch-all para terrorismo, fle-xibilización de los procedimientos de con-trol para aquellos productos de doble usomenos sensibles, revisión de los mecanis-mos y las directrices para la modificaciónde las listas de control, información por lospaíses miembros de la aplicación de sen-dos SoU basados en el control de losdenominados sistemas portátiles de defen-sa antiaérea (MANPADS), cambios en laslistas de control (tanto militar como dedoble uso), desarrollo de elementos comu-nes en los documentos de control, revisióndel Sistema Informativo del Arreglo deWassenaar (WAIS) y, por último, aspectosadministrativos y presupuestarios.

C) Grupo de SuministradoresNucleares (GSN)

El Grupo de Suministradores Nuclea-res, tiene como objetivo el asegurar queel comercio de equipos nucleares no con-tribuya a la proliferación de las armas dedestrucción masiva, facilitando la coope-ración en el uso pacífico de la energíanuclear.

El Grupo acordó en su reunión plena-ria anual, celebrada del 24 al 28 de mayoen Goteborg (Suecia), la introducción delprincipio de catch-all en las Directrices dedoble uso, además de apoyar el reforza-miento del intercambio interno de infor-mación, los contactos con países nomiembros y las relaciones de coopera-ción con el Organismo Internacional de laEnergía Atómica (OIEA).

Asimismo, se consideró convenientellevar a cabo la revisión de los sistemas

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de control a la exportación, reforzando lascondiciones de suministro, en especiallas de productos y tecnologías sensiblesque puedan contribuir más directamentea la producción de material fisionable,siempre dentro del contexto del Tratadode no Proliferación (TNP) y de otras ini-ciativas internacionales.

Por último, se enfatizó la importancia dela decisión voluntaria tomada por Libia deabandonar su programa nuclear, a la vezque se mostraba una gran preocupaciónpor el descubrimiento de la existencia deredes de tráfico nuclear internacionales através de las cuales se había suministradomaterial sensible a Libia. Como conse-cuencia de lo anterior, se recomendó a losEstados ejercer una extrema vigilancia ensus exportaciones para evitar su empleoen programas de armas nucleares, enespecial en países que, como Irán o Coreadel Norte, han perdido la confianza inter-nacional en el cumplimiento de sus obliga-ciones internacionales.

Durante el año 2004 se admitió comonuevos miembros a Estonia, Lituania,Malta y la República Popular de China,quedando el GSN compuesto por 44miembros y la Comisión de la UE comoobservador.

La reunión plenaria de este foro en elaño 2005 tendrá lugar en Oslo (Noruega).

D) Régimen de Control de laTecnología de Misiles (RCTM)

El Régimen está compuesto por 34miembros, incluyendo a Bulgaria, paísque fue admitido en la reunión plenariade 2004, celebrada del 4 al 8 de octubreen Seúl (Corea). El Régimen ha contribui-do a los esfuerzos internacionales de noproliferación de misiles, al mismo tiempoque se reconoce que el riesgo de prolife-ración de armas de destrucción masiva yde sus sistemas de transporte sigue sien-

do la mayor amenaza para la seguridadglobal y regional.

El RCTM reafirmó en el año 2004 sudeterminación a continuar desalentando eldesarrollo de programas de misiles y deproliferación, en especial en las áreas demayor preocupación como son determina-das regiones de Asia y Oriente Medio.

La mejora de los controles a la expor-tación, su estricta aplicación y su puestaal día, incluyendo bajo consideración lostemas de transferencia intangible de tec-nología, tránsito, trasbordo y actividadesde intermediación, fueron consideradasactividades prioritarias en el año 2004.

La Resolución 1540 de las NacionesUnidas, que declara que la proliferaciónde los sistemas de transporte de armasde destrucción masiva constituyen unaamenaza a la paz y seguridad internacio-nal y que requiere a todos los Estadosque establezcan medidas efectivas decontroles a la exportación para impedirdicha proliferación, fue enfatizada en elseno del RCTM, invitando a todos losEstados no miembros que apliquen laslistas de control y directrices de este foro.

Por último, el Régimen dio la bienveni-da al ofrecimiento de España para hospe-dar y presidir la próxima reunión plenariadel RCTM en el otoño de 2005 y conti-nuar con su presidencia durante el año2006.

E) Grupo Australia (GA)

Los días 7 a 10 de junio de 2004 tuvolugar en París la asamblea plenaria delGrupo Australia, dirigida a reforzar lasmedidas de control de las exportacionesaplicadas por los países participantes,con el fin de impedir la producción y difu-sión de armas químicas y biológicas. Aesta reunión asistieron los nuevos miem-bros de la Unión Europea que no eranmiembros del Grupo con anterioridad:

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Lituania, Letonia, Estonia, Eslovenia yMalta, lo cual eleva a 38 los países miem-bros, más la Comisión Europea, queactúa como observadora. Ucrania presen-tó su solicitud de admisión.

Las medidas del Grupo Australia go-zan de una aceptación cada vez mayorcomo referencias internacionales enmateria de control de las exportacionesrelativas a armas químicas y biológicas yrevisión de las listas de control de pro-ductos de doble uso. En este sentido, sepresentaron diversas propuestas de inclu-sión de nuevos productos químicos, que-dando aplazadas para ser discutidas enel período entre los dos plenarios. En elárea biológica se aceptó la inclusión enlas listas de control de cinco nuevosagentes patógenos para las plantas y seampliaron las exenciones médicas aplica-bles a las conotoxinas. También se estu-dió la posibilidad de incluir sistemas depulverización y de nebulización aéreascapaces de dispersar agentes biológicosa través de aerosoles.

El Plenario de 2005 se celebrará enSidney (Australia), ya que se conmemorael 20 aniversario desde su creación.

F) Convención de Armas Químicas(CAQ)

A fecha 4 de abril de 2005, el númerode Estados Parte que han firmado y ratifi-cado la Convención asciende a 156, trasla ratificación de Chad, Libia, Madagas-car, Islas Marshall, Ruanda, San Cristó-bal y Nieves, Sierra Leona, Islas Salomóny Tuvalu. Aproximadamente el 95 por 100de la población mundial y más del 98 por100 de la industria química se localiza enel territorio de los Estados Parte de laConvención. Hay, además, 11 EstadosSignatarios.

Las actividades de la Organizaciónpara la Prohibición de las Armas Quími-

cas (OPAQ) han continuado en 2004 diri-gidas al campo del desarme y la no proli-feración de armas químicas. En febrerose inició en Libia el proceso de destruc-ción de su arsenal químico e instalacio-nes de producción, bajo la supervisión deinspectores de la OPAQ, quienes igual-mente supervisarán la reconversión delas instalaciones para fines no prohibidospor la Convención, como son la produc-ción de vacunas y medicinas para com-batir enfermedades.

El Consejo Ejecutivo de la OPAQ, ensu 38 Sesión (12 a 15 de octubre), adop-tó un cambio técnico en el párrafo 72,Parte V, del Anexo de Verificación de laCAQ, de tal manera que la conversión deuna instalación de producción de armasquímicas quede completada lo antesposible, en ningún caso después de seisaños desde que la CAQ entre en vigor enun Estado Parte.

Entre el 29 de noviembre y el 3 dediciembre tuvo lugar en La Haya la Con-ferencia Anual de Estados Parte de laCAQ, con asistencia de los 167 Estadosque integran la Convención, siendo invita-dos los Estados no Parte como observa-dores. Esta Conferencia es el órganoprincipal de la OPAQ. En esta sesión, losdelegados consideraron las solicitudes deextensión en los plazos intermedios parala destrucción de armas químicas pro-puestas por Albania y Libia. Asimismo, seratificó la puesta en práctica universal yeficaz de la CAQ por parte de los Esta-dos Parte, promoviendo al mismo tiempola cooperación internacional en el usopacífico de la química.

Por lo que respecta a las actividadesdesarrolladas por la Autoridad Nacionalpara la Prohibición de las Armas Quími-cas (ANPAQ), ésta llevó a cabo tres ins-pecciones a empresas en 2004 y organi-zó un curso sobre asistencia y protecciónfrente a las armas químicas del 13 al 23

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de septiembre en el Grupo de Escuelasde la Defensa (Madrid).

Como cada año, la Secretaría Generalde la ANPAQ envió a la OPAQ en La Hayalas Declaraciones Anuales con sustanciasde las tres listas de la Convención.

G) Convención de Armas Biológicas yToxínicas (CABT)

A fecha 4 de abril de 2005, los EstadosParte de la Convención eran 153, otros 16Estados habían firmado, pero no ratifica-do. En la V Conferencia de Revisión, cele-brada del 10 al 14 noviembre de 2002 enGinebra, se acordó que cada año se orga-nizaría una reunión de una semana deduración, hasta la VI Conferencia de Revi-sión, que tendrá lugar antes de finales de2006.

La Reunión de Expertos se celebró enGinebra del 19 al 30 de julio, en la que sedebatió fundamentalmente sobre el forta-lecimiento de las capacidades internacio-nales de respuesta, investigación y miti-gación de efectos, con respecto a loscasos de supuesta utilización de armasbiológicas o toxínicas y los brotes deenfermedades de carácter sospechoso.

Del 6 al 10 de diciembre tuvo lugar enGinebra la reunión de Estados Parte dela Convención, siguiendo los temas trata-dos en el Grupo de Expertos. Españapresentó un documento sobre esfuerzosnacionales e internacionales para la vigi-lancia, detección, diagnóstico y combatede las enfermedades infecciosas queafecten a humanos, animales y plantas.

El proceso de ratificación del protocolode verificación de la Convención siguependiente.

Por último, se celebraron 6 reunionescon empresas y asociaciones, la mayoríacentradas en la divulgación de los meca-nismos de control de las exportacionesde sustancias químicas y biológicas, asícomo de máquinas-herramienta.

El presente informe, junto con los diezanexos que se incorporan a continuación,tiene como finalidad el suministrar informa-ción oficial, completa y fiable, a las Comi-siones de Defensa y de Asuntos Exterio-res del Congreso de los Diputados y, unavez conocida por éstas, a la opinión públi-ca, de las exportaciones de material dedefensa y de doble uso en España, asícomo de las actuaciones del Gobierno enmateria de control de estas operaciones.

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284928 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

Page 27: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

El Congreso de los Diputados insta alGobierno a:

1. Incorporar a la legislación españolay desarrollar los ocho criterios sobretransparencia y control de las actividadesde exportación de material de defensa ymaterial de doble uso aprobados por laUnión Europea en 1991 y 1992.

2. Incorporar en la legislación y en lainformación referida al comercio de arma-mentos todas las transferencias militaresde seguridad y policiales, tanto de mate-rial como de personal, formación o tecno-logía.

3. Divulgar con carácter anual los datosesenciales de las exportaciones a partirdel año 1991 incluyendo las estadísticaspor países de destino de aquéllas ya reali-zadas, de acuerdo con la normativa espa-

ñola y los compromisos internacionalesasumidos por España.

4. Enviar semestralmente los datosesenciales de las exportaciones de mate-rial de defensa y de doble uso a lasComisiones de Defensa y Asuntos Exte-riores del Congreso de los Diputados.

5. Facilitar a las Comisiones de Defen-sa y Asuntos Exteriores del Congreso delos Diputados la lista de países que porsu situación de derechos humanos, con-flictividad o militarización, se encuentransometidos a embargo por las NacionesUnidas, la Unión Europea y las demásorganizaciones internacionales a las quepertenece España y que deberían estarsujetos a restricciones en cuanto a expor-tación de material de defensa y de dobleuso.

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 29

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

ANEXO I

Acuerdos del pleno del Congreso de los Diputados sobre transparencia en el comercio de armas

Texto del Acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados de 18 de marzo de 1997

El Congreso de los Diputados insta alGobierno a:

1. Continuar avanzando en la políticade transparencia informativa en las expor-taciones de material de defensa, de segu-ridad y policial, para lograr una mayorconcreción de los productos por países,en la línea de lo aprobado por el Plenodel Congreso de los Diputados el 18 demarzo de 1997.

2. Aplicar de forma individualizada,operación a operación, el Código de Con-ducta de la Unión Europea aprobado en1998, manteniendo la postura firme de noautorizar exportaciones cuando no se

cumplen los criterios señalados en elCódigo.

3. Promover, durante la próxima Presi-dencia de la Unión Europea y en elmarco del COARM, el estudio de todasaquellas iniciativas que aumenten el nivelde transparencia y el control de la expor-tación de armamento convencional, y enconcreto sobre las siguientes: una mejoray reforma del Código de Conducta sobrelas transferencias de material de defensa,de seguridad y policial; un impulso a laampliación de los productos que debetratar dicho Código siguiendo la definiciónestablecida por las Naciones Unidas en

Texto del Acuerdo del Pleno del Congreso de los Diputados de 11 de diciembre de 2001

Page 28: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

1997 e incluyendo el material para tortu-rar y aplicar la pena de muerte; una mejo-ra de los mecanismos de control sobrelos agentes intermediarios, promoviendola utilidad de la creación de un registrosobre los mismos y del estudio y controlde las operaciones; el establecimiento decontroles sobre la producción bajo licen-cia y de mecanismos efectivos de controlde uso final de las transferencias y laextensión del Código de Conducta de laUnión Europea a todos los países de laOSCE.

4. Seguir participando en los diferen-tes foros internacionales que tratan elproblema de la proliferación y control delas armas ligeras.

5. Promover en el seno de la UniónEuropea y del grupo de trabajo a tal efec-

to el estudio de iniciativas de recompra,recolección y destrucción de armas enpaíses o zonas concretas.

6. Comparecer ante la Comisión deDefensa del Congreso de los Diputadospara detallar las operaciones de Comer-cio Exterior de Material de Defensa y deDoble Uso y las actuaciones llevadas acabo por el Gobierno para contribuir a unmejor control de las armas ligeras.

7. Proponer, en el ámbito de la UniónEuropea, un debate sobre el control delos tránsitos aéreos, marítimos o terres-tres de armamento por el territorio de losEstados miembros.

8. Aplicar los resultados de la Conferen-cia de Naciones Unidas celebrada el pasa-do mes de julio en Nueva York sobre el trá-fico ilícito de armas pequeñas y ligeras.

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284930 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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ANEXO II

Estadísticas de exportación de material de defensa y de otro material,año 2004

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 31

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

EXPORTACIONES AUTORIZADAS DE MATERIAL DE DEFENSA POR PAÍSES

País Nº Lic. Valor tt

Alemania........................................................................................................Andorra..........................................................................................................Angola ...........................................................................................................Arabia Saudita ...............................................................................................Argelia ...........................................................................................................Argentina .......................................................................................................Australia.........................................................................................................Austria ...........................................................................................................Bélgica...........................................................................................................Brasil..............................................................................................................Canadá ..........................................................................................................Chile ..............................................................................................................Chipre ............................................................................................................Colombia .......................................................................................................Cuba ..............................................................................................................Ecuador .........................................................................................................Egipto ............................................................................................................El Salvador ....................................................................................................Estados Unidos .............................................................................................Filipinas .........................................................................................................Francia...........................................................................................................Grecia ............................................................................................................Indonesia .......................................................................................................Israel..............................................................................................................Italia ...............................................................................................................Kazajstán.......................................................................................................Kenia .............................................................................................................Kuwait............................................................................................................Luxemburgo...................................................................................................Malasia ..........................................................................................................Marruecos......................................................................................................Mauritania......................................................................................................México ...........................................................................................................Mozambique ..................................................................................................Noruega.........................................................................................................Nueva Zelanda ..............................................................................................Omán.............................................................................................................Países Bajos..................................................................................................Pakistán.........................................................................................................Paraguay .......................................................................................................Perú ...............................................................................................................Polonia...........................................................................................................Portugal .........................................................................................................Qatar..............................................................................................................Reino Unido...................................................................................................Rumanía ........................................................................................................Singapur ........................................................................................................Sri Lanka .......................................................................................................Sudáfrica .......................................................................................................Suecia............................................................................................................Suiza..............................................................................................................Tailandia ........................................................................................................Tanzania........................................................................................................Túnez.............................................................................................................Turquía ..........................................................................................................Venezuela......................................................................................................Zimbabwe ......................................................................................................

5821191942

13545171221

552

44525

192117452517356111175

50131215412711

145.924.88252.150

185.00023.304.742

018.317

2.601.6640

5.255.4330

1.913.4514.071.433

80.0003.421.774

31.85048.506.9561.947.517

7.50018.180.285

444.3037.945.1892.251.587

757.518175.537

5.175.2816.098

177.2353.5006.305

274.4478.033.420

1.18810.850

0586.660

5.368.79656.080

195.748132.000

5.568.279543.900

119.348.589522.834316.397

20.166.9941.000

822.250420

0440.97535.450

894.4130

368.0003.498.322

00

TOTAL ........................................................................................................... 422 439.632.519

NOTA: El número de licencias autorizadas es inferior al número de licencias tramitadas, puesto que no se incluyen en las primeras las que hansido denegadas por la JIMDDU, desistidas por parte de las empresas o cadudadas por expiración del plazo de presentación del documento decontrol.

Page 30: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284932 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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EXPORTACIONES REALIZADAS DE MATERIAL DE DEFENSA POR PAÍSES Y CATEGORÍAS DE PRODUCTOS 2004

PaísCategorías

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

Alemania.............Andorra...............Angola ................Arabia Saudita ....Argentina ............Australia..............Austria ................Bélgica................Brasil...................Canadá ...............Chile ...................Chipre .................Colombia ............Costa Rica ..........Ecuador ..............Egipto .................El Salvador .........Emiratos Árabes .Estados Unidos ..Filipinas ..............Francia................Grecia .................Indonesia ............Israel...................Italia ....................Jordania..............Kazajstán............Kuwait.................Luxemburgo........Malasia ...............Marruecos...........México ................Noruega..............Omán..................Países Bajos.......Perú ....................Polonia................Portugal ..............Qatar...................Reino Unido........Singapur .............Sri Lanka ............Suiza...................Tailandia .............Túnez..................Turquía ...............Venezuela...........Zimbabwe ...........

7.616

1.80010.871

29.385

1.773

5.150

1.787.08481.377

5.548

35.257

6.098

2.5572.1003.428

14.160

4203.530

652

1.500

54.000

6.200

1.367.161

3.500

7.261

574.05822.450

223.00022.982

9.183.562

3.8881.561.248

770

42.240

19.000

419.4307.290

1.040470.000

1.671.425

399.756

13.523.787

318.405

610.141557.81180.000

955.217

12.2902.693.085

1.391.23915.858

1.280.526

47.800

274.447

193.264

813.12253.985

1.007.238

2.000

1.004.455

51.464

24.443.797

1.308.621

3.463.123

3.883

4.056.000

14.423

3.635.420

204.261442.929

14.339

1.425

30.374

142.022

75

29.641

1.575.3842.984.232

1.797

124.983

8.748

4.585.390

6.837.629

23.462.244

185.001

92.419

16.690.755628.469

99.916

257.935

33.575.66420.250.000

172.502

97.903.741

29.464.819

157.064

10.423

21.321

401.288

6.753.553

TOTAL ................ 2.000.306 2.034.990 13.625.875 24.244.626 1.055.919 37.586.796 31.799 16.289.901 222.783.465 7.343.649

Page 31: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 33

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

EXPORTACIONES REALIZADAS DE MATERIAL DE DEFENSA POR PAÍSES Y CATEGORÍAS DE PRODUCTOS 2004 (cont.)

PaísCategorías

Valor tt12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22

Alemania.............Andorra...............Angola ................Arabia Saudita ....Argentina ............Australia..............Austria ................Bélgica................Brasil...................Canadá ...............Chile ...................Chipre .................Colombia ............Costa Rica ..........Ecuador ..............Egipto .................El Salvador .........Emiratos Árabes .Estados Unidos ..Filipinas ..............Francia................Grecia .................Indonesia ............Israel...................Italia ....................Jordania..............Kazajstán............Kuwait.................Luxemburgo........Malasia ...............Marruecos...........México ................Noruega..............Omán..................Países Bajos.......Perú ....................Polonia................Portugal ..............Qatar...................Reino Unido........Singapur .............Sri Lanka ............Suiza...................Tailandia .............Túnez..................Turquía ...............Venezuela...........Zimbabwe ...........

12.847.345

553.113

15.021.219

50.174.359

302.144 63.035.82730.598

185.00123.262.262

10.87110.423

1.312.5091.879.728

30.155661.605650.32080.000

961.4171.773

20.153.878628.469

5.15012.290

6.002.09181.377

3.625.8463.047.8781.280.526

35.25759.475.03320.250.000

6.0983.500

186.925274.447

3.637.977195.364547.841

7.29016.36914.160

97.903.7414.586.815

204.26187.733.898

523.985420

3.5301.581.296

22.45014.991

1.703.7991.500

TOTAL ................ 78.596.036 302.144 405.895.506

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DESCRIPCIÓN DE LOS 22 ARTÍCULOS DE LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA(REAL DECRETO 1782/2004, DE 30 DE JULIO)

Categoría Descripción 22 artículos Relación de productos incluidos

1 Armas con cañón de ánima lisa con uncalibre inferior a 20 mm.

Fusiles, carabinas, revólveres, pistolas, pistolas ametralladoras,ametralladoras, silenciadores, cargadores, visores y apagafogonazos

2 Armas con cañón de ánima lisa con uncalibre igual o superior a 20 mm.

Armas de fuego (incluidas las piezas de artillería), obuses, cañones,morteros, armas contracarro, lanzaproyectiles, lanzallamas, cañones sinretroceso, dispositivos para la reducción de la firma, proyectores ogeneradores militares para humos, gases, material pirotécnico y visores

3 Municiones, dispositivos y componentes Municiones para las armas sometidas a control por los artículos 1, 2 ó12. Dispositivos para el armado de los cebos, se incluyen las vainas, loseslabones las cintas, las fuentes de alimentación de elevada potencia desalida, los sensores, las submuniciones

4 Bombas, torpedos, cohetes, misiles Bombas, torpedos, granadas, botes de humo, cohetes, minas, misiles,cargas de profundidad, cargas de demolición, «productos pirotécnicos»,cartuchos y simuladores, granadas fumígenas, bombas incendiarias,toberas de cohetes de misiles y puntas de ojiva de vehículos dereentradas

5 Sistemas de dirección de tiro Visores de armas, ordenadores de bombardeo, equipo de puntería paracañones, sistemas de control para armas y sistemas de adquisición dedatos, de vigilancia o rastreo, reconocimiento o identificación

6 Vehículos terrenos Carros y otros vehículos militares armados y vehículos militaresequipados con soportes para armas o equipos para el sembrado deminas, vehículos blindados, vehículos anfibios, los neumáticos a pruebade bala

7 Agentes químicos o biológicos tóxicos Agentes biológicos y materiales radiactivos, agentes nerviosos,vesicantes, gases lacrimógenos

8 Materiales energéticos y sustanciasrelacionadas

Explosivos, propulsantes, productos pirotécnicos, combustibles ysustancias relacionadas, percloratos, cloratos y cromatos, oxidantes,aglomerantes, aditivos y precursores

9 Buques de guerra Buques de combate y buques de superficie o subacuáticos, equiposnavales, motores diesel diseñados especialmente para submarinos,motores eléctricos diseñados especialmente para submarinos, aparatosde detección subacuática, redes antisubmarinos y antitorpedos

10 Aeronaves Aeronaves de combate, vehículos aéreos no tripulados, motoresaeronáuticos, vehículos aéreos teledirigidos, abastecedores decombustible, equipos de respiración presurizados, paracaídas, sistemasde pilotaje automático

11 Equipos electrónicos Equipos de contramedidas y contracontramedidas electrónicas, materialacústico submarino, equipos de seguridad de los datos, equipos queutilicen cifrado, equipos de guiado y navegación

12 Sistemas de armas de energía cinética Sistemas de armas de energía cinética, instalaciones de ensayo y deevaluación y modelos de prueba, sistemas de propulsión, sistemas debúsqueda de objetivos, de guiado o de propulsión derivada paraproyectiles

13 Equipos y construcciones blindadas Planchas de blindaje, construcciones de materiales metálicos o no,cascos militares, vestuario y prendas de protección

14 Equipos para el entrenamiento o simulaciónmilitar

Entrenadores de ataque, de vuelo, de blancos radar, de guerraantisubmarina, para el lanzamiento de misiles, de generación de imagen

15 Equipos de formación de imagen o decontramedida

Registradores y equipos de proceso de imagen, cámaras, equipofotográfico, equipo para la intensificación de imágenes, equipo deformación de imagen de infrarrojos o térmica, equipo sensor de imagenpor radar

16 Piezas de forja, fundición y productossemielaborados

Piezas de forja, piezas de fundición y productos semielaborados

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284934 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

Page 33: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

DESCRIPCIÓN DE LOS 22 ARTÍCULOS DE LA RELACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA(REAL DECRETO 1782/2004, DE 30 DE JULIO) (cont.)

Categoría Descripción 22 artículos Relación de productos incluidos

17 Equipos misceláneos, materiales ybibliotecas

Aparatos autónomos de inmersión y natación subacuática, aparatos decircuito cerrado y semicerrado, robots, transbordadores

18 Equipo para la producción Instalaciones de ensayo ambiental, nitruradores de tipo continuo,equipos o aparatos de ensayo por centrifugación, prensas extruidoras dehusillo

19 Sistemas de armas de energía dirigida Sistemas láser, de haces de partículas, de radiofrecuencia, aceleradoresde partículas

20 Equipos criogénicos y superconductores Equipos diseñados especialmente o configurados para ser instalados envehículos para aplicaciones militares terrestres, marítimas, aeronáuticaso espaciales, equipos eléctricos superconductores

21 Equipo lógico (software) Equipo lógico (software) para la modelización, la simulación o laevaluación de sistemas de armas militares o de simulación deescenarios de operaciones militares, para las aplicaciones de Mando,Comunicaciones, Control e Inteligencia

22 Tecnología Tecnología para el desarrollo, producción o utilización de los materialessometidos a control

EXPORTACIONES AUTORIZADAS DE «OTRO MATERIAL» POR PAÍSES2004

País Nº Lic. Valor tt

Argentina .......................................................................................................Camerún........................................................................................................Costa Rica .....................................................................................................Ecuador .........................................................................................................Irán ................................................................................................................México ...........................................................................................................Nicaragua ......................................................................................................Panamá .........................................................................................................Perú ...............................................................................................................Portugal .........................................................................................................Serbia y Montenegro .....................................................................................Venezuela......................................................................................................

23111132411

15

546.700462.992

0000

126.000219.28594.240

085.920

4.457.090

TOTAL ........................................................................................................... 35 5.992.227

NOTA 1. Valor 0 t, indica exportación sin cobro.Nota 2. El número de licencias autorizadas es inferior al número de licenciastramitadas, puesto que no se incluyen en las primeras las que hansido denegadas por la JIMDDU, desistidas por parte de las empresas o caducadas por expiración del plazo de presentación del documento decontrol.

EXPORTACIONES REALIZADAS DE «OTRO MATERIAL» POR PAÍSES2004

País Valor tt

Argentina ............................................................................................................................................Ecuador ..............................................................................................................................................Marruecos...........................................................................................................................................Nicaragua ...........................................................................................................................................Perú ....................................................................................................................................................Serbia y Montenegro ..........................................................................................................................Venezuela...........................................................................................................................................

603.70099

6.80099.32050.72385.920

509.229

TOTAL ................................................................................................................................................ 1.355.791

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 35

Page 34: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284936 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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DESCRIPCIÓN DE «OTRO MATERIAL«(REAL DECRETO 1782/2004, DE 30 DE JULIO)

Armas de fuego o de proyecciónVisores y miras, telescópicos o de intensificación de luz o imagenArtificios generadores, proyectores, emisores o dispensadores de humos, gases, «agentes

antidisturbios» o sustancias incapacitantesLanzadores de los elementos descritos anteriormenteBombas, granadas y dispositivos explosivosVehículos blindados y vehículos que estén equipados con materiales, metálicos o no metálicos,

que proporcionen protección antibalísticaEquipos de luz y sonido provocadores de aturdimiento, para el control antidisturbiosDispositivos restrictivos del movimiento de los seres humanos, con inclusión de grilletes para pies

y/o de cintura, con o sin cadenas, y los dispositivos inmovilizadotes rígidos a distanciaEquipos portátiles y cinturones, para provocar descargas eléctricasVehículos para el control de disturbios

Page 35: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

ANEXO III

Estadísticas de exportación de productos y tecnologías de doble uso,año 2004

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 37

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

EXPORTACIONES AUTORIZADAS DE PRODUCTOS Y TECNOLOGÍAS DE DOBLE USO POR PAÍSES 2004

País Nº Lic. Valor tt

Antillas Holandesas .......................................................................................Arabia Saudita ...............................................................................................Argelia ...........................................................................................................Argentina .......................................................................................................Australia.........................................................................................................Bosnia-Herzegovina ......................................................................................Brasil..............................................................................................................Bulgaria .........................................................................................................Canadá ..........................................................................................................Chile ..............................................................................................................China .............................................................................................................Colombia .......................................................................................................Corea del Sur ................................................................................................Costa Rica .....................................................................................................Croacia ..........................................................................................................Cuba ..............................................................................................................Ecuador .........................................................................................................Emiratos Árabes ............................................................................................Estados Unidos .............................................................................................Etiopía ...........................................................................................................Filipinas .........................................................................................................Guatemala .....................................................................................................India...............................................................................................................Irán ................................................................................................................Israel..............................................................................................................Japón.............................................................................................................Jordania.........................................................................................................Kazajstán.......................................................................................................Kenia .............................................................................................................Libia ...............................................................................................................Lituania ..........................................................................................................Madagascar...................................................................................................Malasia ..........................................................................................................Mali ................................................................................................................Marruecos......................................................................................................México ...........................................................................................................Myanmar........................................................................................................Nigeria ...........................................................................................................Noruega.........................................................................................................Nueva Zelanda ..............................................................................................Países Bajos..................................................................................................Pakistán.........................................................................................................Perú ...............................................................................................................Polonia...........................................................................................................Qatar..............................................................................................................República Dominicana...................................................................................Rumanía ........................................................................................................Senegal .........................................................................................................Serbia y Montenegro .....................................................................................Singapur ........................................................................................................Sudáfrica .......................................................................................................Suiza..............................................................................................................Tailandia ........................................................................................................Taiwán ...........................................................................................................Túnez.............................................................................................................Turquía ..........................................................................................................Uzbekistán.....................................................................................................Venezuela......................................................................................................

21

27797

10615

338122

191291314

133311461153

32111141

19851234125567941

13

565.432100

591.936877.611

1.5472.887

4.660.3421.6236.178

22.35013.417.447

347.74926.50038.6351.015

1.003.35120.1051.459

1.056.264108

151.37754.000

1.640.7975.748.7011.515.636

2.07036.500

065.159

66450

1171.758.658

163.2602.332.894

610.42920

56.160557.225

4363.0004.0056.031

977.606104

62.886327.71232.40158.000

47602.157

6.1351.4161.691

31.4481.209.635

163.422.753

TOTAL ........................................................................................................... 338 44.083.835

NOTA: El número de licencias autorizadas es inferior al número de licencias tramitadas, puesto que no se incluyen en las primeras las que hansido denegadas por la JIMDDU, desistidas por parte de las empresas o cadudadas por expiración del plazo de presentación del documento decontrol.

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284938 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

EXPORTACIONES REALIZADAS DE PRODUCTOS Y TECNOLOGÍAS DE DOBLE USO POR PAÍSES DE DESTINO Y CATEGORÍAS. 2004

PaísCategorías

Valor tt0 1 2 3 4 5 6 7 8 9

Antillas Holandesas......Arabia Saudita..............Argelia ..........................Argentina......................Australia .......................Bosnia-Herzegovina.....Brasil ............................Bulgaria ........................Canadá.........................Chile .............................China............................Colombia ......................Corea del Sur ...............Costa Rica....................Croacia.........................Cuba.............................Ecuador........................Estados Unidos ............Filipinas ........................Guatemala....................Hungría ........................India .............................Irán ...............................Israel ............................Japón ...........................Jordania .......................Kazajstán .....................Kenia ............................Libia..............................Madagascar .................Malasia.........................Mali...............................Malta ............................Marruecos ....................Nigeria..........................Noruega .......................Nueva Zelanda.............Países Bajos ................Pakistán .......................Perú..............................Polonia .........................Rep. Dominicana ..........Rumanía.......................Senegal ........................Singapur.......................Sudáfrica ......................Suiza ............................Tailandia.......................Taiwán..........................Túnez ...........................Turquía.........................Venezuela ....................

100495

690

22719.927

894

1.184.483

2.454

339.73217.52393.837

466.6967.1411.789

339.43240.170

21.55551.635

135.1405.6726.0551.0153.9935.437

333.63339.7477.704

31.664

3.560

6.585

26.208606117

26.48587.180

38368.527100.63236.119

633.1722.8586.084

88.4945.920

201.15510.261

13295.142

2.9472.2651.217

12.260290.159

3.022.153

865.355

1.689.000

7.122.954

420.000

1.000.000

120.000

479.2394.098.408

424.500

557.225

696.250

1.046.320

840.000

31.680

180.243

72.194

40.000

2.604

91.996

340.497

94.106

74.000

0

339.73217.623

959.687469.300

7.1412.479

2.060.11240.39719.92721.555

7.446.828135.140425.672

6.0551.015

1.004.8875.437

1.710.31039.7477.704

31.664479.239

4.098.408344.05774.0006.585

026.208

606117

120.59187.180

38793.027100.632593.344

633.1722.8586.084

784.7445.920

201.15510.261

13295.142

1.091.7212.2651.217

12.2601.130.1593.022.153

TOTAL ........................... 1.209.270 6.568.173 19.359.251 324.117 510.820 74.000 0 28.045.631

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 39

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

RELACIÓN ENTRE LAS 10 CATEGORÍAS DE LAS ESTADÍSTICAS Y LAS CATEGORÍAS DE PRODUCTOS YTECNOLOGÍAS DEL REGLAMENTO CE 1334/2000 Y SUCESIVAS MODIFICACIONES

Categoría Descripción 10 categorías Relación de productos incluidos

0 Materiales, instalaciones y equiposnucleares

Reactores nucleares, plantas para la separación de isótopos de uranionatural, uranio empobrecido y materiales fisionables, centrifugadoras degas, espectrómetros de masas y electrodos de grafito

1 Materiales, sustancias químicas,«microorganismos» y «toxinas«

Máscaras antigás, trajes blindados, dosímetros personales,preimpregnados, herramientas, troqueles, moldes, mezcladorascontinuas, máquinas para el devanado de filamentos, fluidos ysustancias lubricantes, fluoruros, sulfuros, cianuros y derivadoshalogenados

2 Tratamiento de los materiales Rodamientos, crisoles, máquinas herramienta, prensas isostáticas,instrumentos de medida, robots, simuladores de movimientos y centrosde mecanizado

3 Electrónica Componentes electrónicos, circuitos integrados, microcircuitos demicroprocesador, conjuntos de puertas programables, componentes demicroondas, mezcladores y convertidores y detonadores explosivosaccionados eléctricamente

4 Ordenadores Ordenadores electrónicos, híbridos, digitales, analógicos, de conjuntosistólico, neuronales y ópticos

5 Telecomunicaciones y «seguridad de lainformación«

Equipos y sistemas de transmisión para telecomunicaciones, sistemasde comunicaciones subacuáticos, equipos de radio, cables de fibraóptica, equipos de telemedida y telecontrol y sistemas de seguridad

6 Sensores y láseres Acústica, tubos intensificadores de imagen, sensores ópticos, cámarasde instrumentos, óptica, láseres, gravímetros y gradiómetros degravedad y sistemas de radar

7 Navegación y aviónica Acelerómetros para navegación inercial, giroscopios, GPS y GLONASS,sistemas de control de vuelo hidráulicos, mecánicos, electroópticos yelectromecánicos incluidos los de control por señales eléctricas (fly bywire)

8 Marina Vehículos sumergibles o buques de superficie, hidroplanos, sistemas devisión subacuática, aparatos de buceo y natación subacuática

9 Sistemas de propulsión, vehículosespaciales y equipos relacionados

Motores aeronáuticos o marinos de turbina de gas, lanzaderasespaciales y vehículos espaciales, sistemas de propulsión de cohetes depropulsante sólido o líquido, motores estatorreactores, turborreactores yturbofanes, cohetes de sondeo, motores híbridos para cohetes, equiposde apoyo al lanzamiento, cámaras ambientales y anecoicas y vehículosde reentrada

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EL SECTOREXTERIOR

Información:Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Paseo de la Castellana, 162-Vestíbulo28071 Madrid

Teléf. 91 349 36 47

97

70

21

33

76

80

3

02

84

7

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Núm. 2847 • 4,70 8Del 6 al 26 de junio de 2005

INFORMACIÓN COMERCIAL

ESPAÑOLA

EL SECTOR EXTERIOR 2004-2005EL SECTOR EXTERIOR 2004-2005

• Capítulo 1ANÁLISIS MACROECONÓMICO DEL SECTOR EXTERIOR ESPAÑOL

• Capítulo 2EL COMERCIO MUNDIAL EN 2004

• Capítulo 3EL COMERCIO EXTERIOR DE ESPAÑA EN 2004

• Capítulo 4EL COMERCIO DE SERVICIOS

• Capítulo 5INVERSIONES EXTRANJERAS

• Capítulo 6LA POLÍTICA COMERCIAL ESPAÑOLA

• APÉNDICE ESTADÍSTICOEvolución históricaComercio exterior por sectoresComercio exterior por secciones arancelariasComercio exterior por capítulos arancelariosComercio exterior por áreas geográficasComercio exterior por paísesComercio exterior por Comunidades AutónomasTurismoInversiones extranjerasBalanza de pagosComercio internacionalCompetitividad

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 41

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

ANEXO IV

Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas

El Consejo de la Unión Europea,Basándose en los criterios comunes

acordados en los Consejos Europeos deLuxemburgo y Lisboa de 1991 y de 1992,

Reconociendo la especial responsabili-dad de los países exportadores de ar-mas,

Decididos a establecer normas comu-nes rigurosas para la gestión y reducciónde las transferencias de armas conven-cionales de todos los Estados miembrosde la UE, y a acrecentar el intercambiode información perteneciente al objeto dealcanzar una mayor transparencia,

Decididos a impedir la exportación deequipos que pudieran utilizarse para larepresión interna o la agresión internacio-nal, o contribuir a la inestabilidad regio-nal,

Deseosos, en el marco de la PESC, dereforzar su cooperación y de promover suconvergencia en el sector de la exporta-ción de armas convencionales,

Tomando nota de las medidas adopta-das por la UE contra las transferencias ilí-citas, plasmadas en el programa de la UEpara prevenir y luchar contra el tráfico ilí-cito de armas convencionales,

Reconociendo el deseo de los Estadosmiembros de la UE de mantener una in-dustria de defensa como componentetanto de su base industrial como de suesfuerzo de defensa,

Reconociendo que los Estados tienenderecho a transferir sus medios de auto-defensa, derecho que es coherente conel derecho a la autodefensa reconocidopor la Carta de las Naciones Unidas,

Han adoptado el Código de Conductay las disposiciones operativas siguientes:

Criterio 1

Respeto de los compromisos interna-cionales de los Estados miembros de laUnión Europea, en particular las sancio-nes decretadas por el Consejo de Seguri-dad de las Naciones Unidas y las decre-tadas por la Comunidad, los acuerdos deno proliferación y otros temas, así comootras obligaciones internacionales

Deberá denegarse la licencia de expor-tación en caso de que su aprobación nosea compatible, entre otras cosas, con:

a) las obligaciones internacionales delos Estados miembros y sus compromi-sos de respetar los embargos de armasde la ONU, la OSCE y la UE;

b) las obligaciones internacionales delos Estados miembros con arreglo al Tra-tado de No Proliferación de Armas Nucle-ares, a la Convención sobre Armas Bac-teriológicas y Toxínicas y a la Convenciónsobre Armas Químicas;

c) sus compromisos en el marco delGrupo Australia, el Régimen de Controlde la Tecnología de Misiles, el Grupo deSuministradores Nucleares y el Arreglode Wassenaar;

d) su compromiso de no exportar nin-guna forma de mina antipersonal.

Criterio 2

Respeto de los derechos humanos enel país de destino final

Tras evaluar la actitud del país receptorcon respecto a los principios pertinentesestablecidos por los instrumentos interna-cionales de derechos humanos, los Esta-dos miembros:

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a) no expedirán una licencia de expor-tación cuando exista un riesgo manifiestode que la exportación propuesta pueda uti-lizarse con fines de represión interna;

b) ponderarán con especial deteni-miento la concesión de licencias, caso porcaso, y según la naturaleza de los equi-pos, a países en los que los organismoscompetentes de las Naciones Unidas o laUnión Europea hayan constatado gravesviolaciones de los derechos humanos.

A tal efecto se considerarán equiposque pueden utilizarse con fines de repre-sión interna, entre otros, aquéllos respectode los cuales existan indicios de la utiliza-ción de éstos o de equipos similares confines de represión interna por parte deldestinatario final previsto, o respecto delos cuales existan motivos para suponerque serán desviados de su destino o de sudestinatario final declarados con fines derepresión interna. En consonancia con elapartado 1 de las disposiciones operativasdel presente Código, deberá examinarsecon cuidado la naturaleza de los equipos,en particular si van a ser empleados por elpaís receptor con fines de seguridad inter-na. Se considerará represión interna, entreotros, la tortura y otros tratos o sancionescrueles, inhumanos y degradantes, las eje-cuciones sumarias o arbitrarias, las desa-pariciones, las detenciones arbitrarias ytoda violación grave de los derechoshumanos y de las libertades fundamenta-les como se definen en los instrumentosinternacionales pertinentes de derechoshumanos, incluida la Declaración Univer-sal de Derechos Humanos y el Pacto Inter-nacional de Derechos Civiles y Políticos.

Criterio 3

Situación interna del país de destinofinal, en términos de la existencia de ten-siones o conflictos armados

Los Estados miembros no permitiránlas exportaciones que provoquen o pro-longuen conflictos armados o que agra-ven las tensiones o los conflictos exis-tentes en el país de destino final.

Criterio 4

Mantenimiento de la paz, la seguridady la estabilidad regionales

Los Estados miembros no expediránuna licencia de exportación cuando exis-ta un riesgo manifiesto de que el recep-tor previsto pueda utilizar el productoexportado para agredir a otro país opara imponer por la fuerza una reivindi-cación territorial.

Al estudiar dichos riesgos, los Esta-dos miembros de la UE tendrán encuenta, entre otras cosas:

a) La existencia o la probabilidad deun conflicto armado entre el país recep-tor y otro país;

b) la reivindicación de territorio de unpaís vecino que el receptor haya intenta-do imponer o haya amenazado con obte-ner por la fuerza en el pasado;

c) si existe la probabilidad de que elequipo sea utilizado con fines distintosde la seguridad nacional y la legítimadefensa del receptor;

d) la necesidad de no perjudicar deforma importante la estabilidad regional.

Criterio 5

Seguridad nacional de los Estadosmiembros y de los territorios cuyas rela-ciones exteriores son responsabilidad deun Estado miembro, así como de lospaíses amigos y aliados

Los Estados miembros tendrán encuenta:

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 43

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

a) El efecto potencial de la exporta-ción propuesta en sus intereses deseguridad y defensa y en los de sus ami-gos, aliados y otros Estados miembros,reconociendo al mismo tiempo que estefactor no puede influir sobre la conside-ración de los criterios de respeto de losderechos humanos y de la paz, la segu-ridad y la estabilidad regionales;

b) el riesgo de utilización de los pro-ductos de que se trate contra sus pro-pias fuerzas o las de sus amigos, alia-dos u otros Estados miembros;

c) el riesgo de compilación inversa ode transferencia tecnológica no intencio-nada.

Criterio 6

Comportamiento del país compradorfrente a la comunidad internacional, enespecial por lo que se refiere a su acti-tud frente al terrorismo, la naturaleza desus alianzas y el respeto del DerechoInternacional

Los Estados miembros tendrán encuenta, entre otras cosas, los antece-dentes del país comprador en materiade:

a) Su apoyo o fomento del terrorismoy de la delincuencia internacional organi-zada;

b) el respeto de sus compromisosinternacionales, en especial sobre la noutilización de la fuerza, incluso con arre-glo a las normas internacionales dederecho humanitario aplicables a losconflictos, sean o no internacionales;

c) su compromiso de no proliferacióny en otros ámbitos del control de armasy el desarme, en particular la firma, laratificación y la aplicación de los corres-pondientes convenios de control dearmas y de desarme a los que se refierela letra b) del Criterio 1.

Criterio 7

Existencia del riesgo de que el equipose desvíe dentro del país comprador o sereexporte en condiciones no deseadas

Al evaluar la repercusión de la exporta-ción propuesta en el país importador y elriesgo de que los productos exportadospuedan desviarse a un destinatario finalno deseado, se tendrán en cuenta lossiguientes elementos:

a) los legítimos intereses de defensa yseguridad interior del país receptor, inclui-da su participación en actividades demantenimiento de la paz de la ONU uotras organizaciones;

b) la capacidad técnica del país recep-tor para utilizar el equipo;

c) la capacidad del país receptor deejercer controles efectivos sobre la expor-tación;

d)el riesgo de que las armas seanreexportadas o desviadas a organizacio-nes terroristas (en este contexto deberíaexaminarse cuidadosamente el caso delequipo antiterrorista).

Criterio 8

Compatibilidad de las exportacionesde armas con la capacidad económica ytécnica del país receptor, teniendo encuenta la conveniencia de que los Esta-dos satisfagan sus necesidades legítimasde seguridad y defensa con el mínimodesvío de recursos humanos y económi-cos para armamentos

Los Estados miembros estudiarán, a laluz de los datos de fuentes pertinentestales como el PNUD, el Banco Mundial, elFMI y los informes de la OCDE, si laexportación propuesta obstaculizaría deforma importante el desarrollo sostenibledel país receptor. En este contexto ten-drán particularmente en cuenta los nive-

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284944 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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les relativos de gasto militar y social ytendrán en cuenta también cualquierayuda bilateral o de la UE.

Disposiciones Operativas

1. Todos los Estados miembros coteja-rán una por una las solicitudes de licenciade exportación de equipo militar que reci-ban con los criterios del Código de Con-ducta.

2. Este Código no irá en contra delderecho de los Estados miembros deaplicar normas nacionales más estrictas.

3. Los Estados miembros de la UEdifundirán por cauces diplomáticos losdatos de las licencias denegadas en vir-tud del Código de Conducta para equipomilitar junto con una explicación del moti-vo de la denegación de la licencia. Losdetalles que deberán notificarse se reco-gen en forma de un proyecto de formula-rio en el Anexo A. Antes de que cualquierEstado miembro conceda una licenciaque haya sido denegada por otro u otrosEstados miembros para una transacciónesencialmente idéntica en los tres añosanteriores, consultará al Estado o Esta-dos miembros que hayan pronunciado ladenegación. Si después de celebrar con-sultas, el primer Estado miembro decidie-ra expedir la licencia, notificará este he-cho al Estado o Estados miembros quehayan denegado la licencia, exponiendodetalladamente sus motivos.

La decisión de transferir o de denegarla transferencia de cualquier producto deequipo militar será competencia de cadauno de los Estados miembros. Se enten-derá que existe denegación de licenciacuando el Estado miembro se haya nega-do a autorizar la venta efectiva o la expor-tación física del elemento del equipo mili-tar de que se trate, cuando de otro modose habría realizado una venta, o la cele-

bración del contrato pertinente. Para ello,una denegación notificable podrá, deacuerdo con los procedimientos naciona-les, incluir la denegación del permiso deiniciar negociaciones o una respuestanegativa a la solicitud inicial formal res-pecto de un pedido específico.

4. Los Estados miembros de la UEmantendrán la confidencialidad de lasmencionadas denegaciones y consultas yno las utilizarán con fines comerciales.

5. Los Estados miembros de la UEobrarán para la pronta adopción de unalista común de equipo militar incluido enel Código, basada en listas nacionales einternacionales similares. Mientras tanto,el Código funcionará sobre la base de lis-tas de control nacionales que incorporencuando convenga elementos de las listasinternacionales pertinentes.

6. A los productos de doble uso espe-cificados en el Anexo 1 de la Decisión delConsejo 94/942/PESC en su versiónmodificada también se les aplicarán loscriterios del Código y el procedimiento deconsulta establecido en el apartado 3 delas disposiciones operativas cuando hayamotivos fundados para creer que las fuer-zas armadas o los cuerpos de seguridadinterna u organismos similares del paísreceptor serán el destinatario final dedichos productos.

7. Con objeto de optimizar la eficaciadel Código, los Estados miembros de laUE trabajarán en el marco de la PESCpara reforzar su cooperación y fomentarsu convergencia en el ámbito de lasexportaciones de armas convencionales

8. Cada Estado miembro de la UE dis-tribuirá a los demás socios de la UE concarácter confidencial un informe anualsobre sus exportaciones de armas ysobre su aplicación del Código. Estosinformes se debatirán en una reuniónanual que se celebrará en el marco de laPESC. En la reunión se analizará también

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

el funcionamiento del Código, se determi-narán las mejoras necesarias y se pre-sentarán al Consejo un informe común,basado en las aportaciones de los Esta-dos miembros.

9. Los Estados miembros de la UEevaluarán según convenga, en el marcode la PESC, la situación de los recepto-res existentes o potenciales de las expor-taciones de armas de los Estados miem-bros de la UE, a la luz de los principios ycriterios del Código de Conducta.

10. Se reconoce que los Estados miem-bros, cuando proceda, podrán tambiéntener en cuenta el efecto de las exportacio-nes propuestas en sus intereses económi-cos, sociales, comerciales e industriales,pero estos factores no afectarán a la apli-cación de los criterios anteriores.

11. Los Estados miembros utilizaránsus mejores recursos para alentar a otrosEstados exportadores de armas a queacepten el presente Código de Conducta.

12. El presente Código de Conducta,así como las disposiciones operativassustituirán toda elaboración previa de losCriterios Comunes de 1991 y 1992.

Anexo A

(Nombre del Estado miembro) tiene elhonor de comunicar a sus socios lasiguiente denegación en virtud del Códi-go de Conducta:

País de destino: ....................................

Breve descripción del equipo, incluidala cantidad y, en su caso, las especifica-ciones técnicas: ........................................

Destinatario propuesto: ........................

Destinatario final propuesto (en el casode que sea diferente): ...............................

Motivo de la denegación: .....................

Fecha de la denegación: ......................

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ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

ANEXO V

FOROS INTERNACIONALES DE CONTROL

A. Arreglo de Wassenaar (AW)

El Arreglo de Wassenaar nace el 19 dediciembre de 1995 en sustitución delComité de Coordinación para el ControlMultilateral de las Exportaciones Estraté-gicas (COCOM). Este último había desa-rrollado su actividad desde 1950 hastamarzo de 1994, tomando como funda-mento una serie de acuerdos informalesentre los gobiernos de 17 países —paí-ses OTAN, junto con Japón y Australia—y los de 6 países colaboradores (Austria,Finlandia, Irlanda, Nueva Zelanda, Sueciay Suiza). Con la caída del Muro de Berlínen noviembre de 1989 y el final de laGuerra Fría, los Estados miembros delCOCOM consideraron que ya no teníasentido perseverar en un sistema de con-trol común para la exportación de produc-tos y tecnologías sensibles frente a lospaíses del antiguo Pacto de Varsovia.

Sin embargo, la existencia de conflic-tos regionales y la amenaza latente cons-tituida por la posible acumulación dearmas de destrucción masiva en algunasregiones, aconsejaban mantener un tipode acuerdo general basado en el controlde las exportaciones de armamento yproductos y tecnologías de doble uso.Después de prolongadas discusiones sedecidió negociar un nuevo acuerdo quefuese menos restrictivo y no estuvieseorientado hacia un bloque de «paísesproscritos». Finalmente se alcanzaría el19 de diciembre de 1995 en la reunióncelebrada en la localidad holandesa deWassenaar un acuerdo «de mínimos» lla-mado «Arreglo de Wassenaar». Ademásde los países pertenecientes al COCOMy de los seis países colaboradores, el

acuerdo fue suscrito por Rusia y otras 4naciones del extinto bloque socialista(Hungría, Polonia, República Checa yEslovaquia). A esos 28 países fundado-res se les añadieron otros 5 (Argentina,Bulgaria, Corea, Rumanía y Ucrania).Eslovenia fue admitida en diciembre de2004, siendo 34 los miembros actuales.

España entró en el COCOM en 1985.El Secretariado del Arreglo se encuentraen Viena.

Dentro del Arreglo hay dos listas decontrol de las exportaciones: la Lista Mili-tar (Munitions List) y la Lista de Produc-tos y Tecnologías de Doble Uso (DualUse List). La Lista de Doble Uso tienedos anexos: el primero corresponde a«productos y tecnologías sensibles»(Sensitive List), y el segundo es el relati-vo a «productos y tecnologías muy sensi-bles» (Very Sensitive List).

La lista Wassenaar de doble uso secorresponde en esencia con las Categorí-as 1 a 9 del Anexo I del Reglamento (CE)1334/2000 (modificado por los Regla-mentos 2432/2001 de 20 de noviembre,880/2001, de 27 de mayo y 149/2003, de27 de enero), incluyendo aquélla unacategoría 0 de «nuclear duro» y una rela-ción más extensa de productos de otrosforos (Grupo Australia y Régimen deControl de la Tecnología de Misiles).

El principal objetivo del Arreglo esfomentar la transparencia internacional,desarrollar sistemas eficaces de coopera-ción e información y promover una mayorresponsabilidad en el comercio exteriorde material de defensa y de doble uso,evitando acumulaciones de armamentoque pudieran poner en peligro la seguri-dad mundial y la estabilidad en las regio-

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284948 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

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SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

nes más conflictivas. El Arreglo ha tenidodos revisiones desde su creación, en1999 y 2003.

B. Grupo de SuministradoresNucleares (GSN)

El GSN es un grupo formado por paí-ses suministradores nucleares cuyo obje-tivo es contribuir a la no proliferación delas armas nucleares mediante el cumpli-miento de dos conjuntos de Directricesaplicables a la exportación de productosnucleares, así como de materiales, soft-ware y tecnología relacionados, todo ellosin impedir el comercio y la cooperacióninternacional en el uso pacífico de laenergía nuclear.

Las Directrices del GSN, Parte 1, ex-ponen que los principios fundamentalesrelativos a salvaguardias y controles a laexportación son de aplicación a las trans-ferencias nucleares con fines pacíficos acualquier Estado no poseedor de armasnucleares y, en el caso de los controlessobre las retransferencias, a las transfe-rencias a cualquier Estado. Las citadasdirectrices exigen obtener garantías forma-les del gobierno receptor que garanticen eluso pacífico de los productos a exportar(política de no proliferación, salvaguardiasgeneralizadas, protección física, etcétera).Este primer conjunto de Directrices seaplica a una lista inicial denominada Trig-ger List, que incluye material nuclear yequipo específico de uso nuclear, asícomo la tecnología relacionada.

Las Directrices del GSN, Parte 2,gobiernan la exportación, a cualquierpaís, de una lista de equipos, materialesy tecnología de doble uso nuclear (nu-clear-industrial) que podrían tener unacontribución importante en actividadesexplosivas nucleares o del ciclo del com-bustible nuclear no sometido a salvaguar-

dias, pero que son también de extendidouso industrial.

El GSN dispone de un Grupo de Con-sultas, creado en el año 2001, para elestudio de las directrices y anexos técni-cos de ambas partes. La reunión plenariase celebra una vez al año, tomándose lasdecisiones por consenso. El GSN notiene sede, sino un punto de contactosituado en la Misión Permanente deJapón en Viena. Está compuesto por 44países miembros. España ingresó en elGSN en 1988.

La aplicación de las Directrices delGSN es responsabilidad de cada Estadoparticipante de acuerdo con sus leyes yprácticas nacionales. Las decisiones deexportación son tomadas en el ámbitonacional.

Además del GSN, existe el llamadoComité Zangger (CZ) o Comité de Expor-tadores Nucleares, constituido como otroforo de no proliferación nuclear con lafinalidad de aplicar de manera consisten-te las obligaciones derivadas del ArtículoIII.2 del Tratado de No ProliferaciónNuclear (TNP).

Las Directrices y Listas de Control delGSN y del Comité Zangger están publica-das por el OIEA como INFCIRC 254/Parte 1ª, INFCIRC 254/ Parte 2ª e INF-CIRC 209, respectivamente.

C. Régimen de Control de laTecnología de Misiles (RCTM)

El RCTM es un régimen de control deexportaciones orientado a restringir laproliferación de ciertos sistemas de misi-les, vehículos aéreos no tripulados, y sutecnología relacionada, de sistemascapaces de transportar una carga de 500kg. a 300 km. de distancia, así como desistemas capaces de transportar armasde destrucción masiva.

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 49

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

El Grupo fue creado en 1987 por 7 paí-ses preocupados por la proliferación demisiles capaces de transportar armasnucleares. Actualmente está formado por34 Estados miembros. España entró aformar parte del Régimen en 1989. Elpunto de contacto del Régimen seencuentra en París.

El RCTM supone la adopción de unasDirectrices comunes sobre la política deexportación aplicable a un Anexo de equi-pos, software y tecnología, que incluye unamplio rango de productos, militares y dedoble uso, que son relevantes para eldesarrollo, producción y utilización demisiles.

Las Directrices del RCTM exigen laaplicación de restricciones en la aproba-ción de todas las transferencias de losproductos incluidos en el Anexo. Estastransferencias deben ser consideradascaso a caso.

El Anexo (lista de productos sometidosa control) del RCTM está dividido en doscategorías:

• «Productos de Categoría I»: Com-prenden los sistemas de cohetes comple-tos y de vehículos aéreos no tripuladoscon una capacidad de «alcance/cargaútil» superior a 300 km/500 kg., instala-ciones para su producción y sus subsiste-mas principales. Se trata de productosmuy sensibles sujetos a una «alta pre-sunción de denegación de exportación».Las transferencias de instalaciones deproducción para productos de la Catego-ría I están absolutamente prohibidas.

• «Productos de Categoría II»: Com-prenden el resto del Anexo, e incluye lossistemas de cohetes completos y de vehí-culos aéreos no tripulados, no incluidos enal Categoría I, con un alcance igual osuperior a 300 km., así como una ampliavariedad de equipos, material y tecnología,muchos de los cuales tienen otros usosdistintos a su aplicación en los misiles

objeto del RCTM. En general, aunqueexisten restricciones a su exportación, nose dan grandes trabas a su autorizaciónsiempre que su uso final no sea el desa-rrollo de los misiles regulados en el RCTM.

El Régimen no está designado paraimpedir programas espaciales nacionaleso de cooperación internacional en tantoque dichos programas no contribuyan aldesarrollo de sistemas de transporte dearmas de destrucción masiva.

El RCTM no toma decisiones sobrelicencias de exportación como grupo. Lasdecisiones de exportación son responsa-bilidad nacional de acuerdo con las leyesy prácticas nacionales.

D. Grupo Australia (GA)

El Grupo Australia fue creado en juniode 1985 como resultado de un acuerdoinformal, y su finalidad es permitir que lospaíses con sus exportaciones o sus trán-sitos minimicen el riesgo de contribuir a laproliferación de armas químicas y biológi-cas. El Grupo limitó sus encuentros a unasola reunión plenaria hasta el año 2001,habiendo tenido lugar diversas reunionesdesde febrero del año 2002 debido a lacreciente preocupación con motivo de losatentados del 11 de septiembre de 2001.

El Grupo Australia está formado por 38Estados miembros y su punto de contac-to es la Embajada de Australia en París.Este foro dispone de seis anejos de pro-ductos sobre los que se ejerce el control(precursores químicos, productos y equi-pos químicos de doble uso, agentes pató-genos para las plantas y los animales, yequipos biológicos de doble uso). Españaingresó en el Grupo Australia en diciem-bre de 1985.

Los participantes en el Grupo Australiano contraen obligaciones jurídicamentevinculantes. La eficacia de la cooperación

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MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

entre sus participantes depende única-mente de su compromiso con los objeti-vos de no proliferación de armas quími-cas y biológicas y de la efectividad de lasmedidas que cada uno de ellos adopte enel ámbito nacional. Así, los participantesen el Grupo deben tener en cuenta quedichas medidas deben ser eficaces a lahora de poner trabas a la producción dearmas químicas y biológicas, que debenser razonablemente fáciles de aplicar yque no deben obstaculizar el comercionormal de materiales y equipos utilizadoscon fines legítimos. Todos los Estadosparticipantes en el Grupo Australia sonEstados Parte en la Convención de Ar-mas Químicas y en la Convención sobreArmas Biológicas y Toxínicas.

E. La Convención de ArmasQuímicas (CAQ)

La Convención para la Prohibición delDesarrollo, la Producción, el Almacena-miento y el Empleo de Armas Químicas ysobre su Destrucción, firmada en París el13 de enero de 1993, constituye un instru-mento jurídico internacional único en la his-toria del desarme y de la no proliferación,que entró plenamente en vigor el 29 deabril de 1997. Cuenta a fecha 27 de julio de2005 con 184 Estados signatarios y 170Estados Parte ratificadores. El organismointernacional encargado de su aplicaciónefectiva es la Organización para la Prohibi-ción de las Armas Químicas (OPAQ), consede en La Haya (Países Bajos).

La CAQ establece la prohibición abso-luta de desarrollar, producir, adquirir deotro modo, almacenar o conservar armasquímicas y transferir tales armas directa oindirectamente. Los productos controla-dos por la CAQ no sólo incluyen lasarmas químicas sino también las sustan-cias químicas tóxicas y sus precursores,

salvo cuando se destinen a fines noprohibidos por la CAQ, y siempre que lostipos y cantidades de que se trate seancompatibles con esos fines.

Dentro de la CAQ existen tres listas desustancias químicas:

• Lista 1: Compuestos y precursoresque son considerados como armas quí-micas por no tener un uso civil, salvo laricina y la saxitoxina. Su comercio, inclu-so dentro de los países de la OPAQ, estáestrictamente prohibido salvo para canti-dades limitadas y determinadas aplicacio-nes específicas (uso médico y de investi-gación en laboratorios).

• Lista 2: Sustancias químicas y pre-cursores de doble uso. Su exportación apaíses fuera de la OPAQ está prohibida.

• Lista 3: Sustancias químicas y pre-cursores de gran difusión comercial. Sepermite su exportación, incluso a paísesno pertenecientes a la OPAQ, pero bajoestrictos controles que incluyen la solici-tud de licencia y la presentación de certi-ficado de último destino.

No obstante, la Convención no sóloestablece ciertas normas de comporta-miento entre Estados Parte —en guerra oen paz—, sino también un conjunto deestrictas medidas de verificación para ase-gurar su cumplimiento. Concretamente,cada Estado Parte ha de hacer una seriede declaraciones periódicas a la OPAQ,proporcionando información exhaustivareferente a las instalaciones civiles o mili-tares afectadas por la CAQ, así como delos datos relativos a las operaciones decomercio exterior realizadas. Tomandocomo base estas declaraciones, la Organi-zación tiene la potestad de llevar a caboinspecciones de rutina, o incluso pordenuncia, con el objeto de comprobar laveracidad de los datos suministrados porlos Estados, evitando así el desvío ilícitode sustancias químicas para la fabricaciónde ADM.

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 51

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

En España, la Ley 49/1999, de 20 dediciembre, ha regulado la composición yfuncionamiento de la Autoridad Nacionalpara la Prohibición de Armas Químicas(ANPAQ), órgano colegiado de la Admi-nistración General del Estado, presididopor el Subsecretario del Ministerio deAsuntos Exteriores y de Cooperación ycompuesto por los Subsecretarios de losocho Departamentos Ministeriales direc-tamente implicados en la CAQ.

Como órgano ejecutivo de la ANPAQse constituyó una Secretaría General per-manente adscrita al Ministerio de Indus-tria, Turismo y Comercio y como órganode asistencia se creó un Grupo de Traba-jo. Asimismo, existe una RepresentaciónPermanente de España ante la OPAQ, enla Embajada de La Haya.

F. La Convención de ArmasBiológicas y Toxínicas (CABT)

Firmada en 1972 y ratificada hasta el27 de julio de 2005 por 153 Estados Par-te (169 países firmantes), la Convenciónde Armas Biológicas y Toxínicas adquirióun nuevo impulso a partir de mediados delos años 90.

La Convención prohíbe desarrollar, pro-

ducir, acumular, adquirir y retener agentesmicrobiológicos y otros agentes biológicos,o toxinas, cualquiera que sea su origen ométodo de producción, del tipo o en canti-dades que no justifiquen fines pacíficos,así como las armas, equipos o medios detransmisión diseñados para empleardichos agentes o toxinas para fines hosti-les o en conflicto armado. Los Estados fir-mantes se comprometen a destruir o des-viar para fines pacíficos todos los agentes,toxinas y armas prohibidas, a no transferirdirecta o indirectamente dichos materialesy a no inducir o dar asistencia técnica anadie para que los desarrolle, produzca,acumule, adquiera o retenga.

El problema fundamental reside en quela Convención no contiene procedimien-tos de verificación y de cumplimiento obli-gatorio, ya que en el momento de su ela-boración (período de la Guerra Fría) nose consideraba la guerra biológica comouna amenaza. Así, se hacía necesario unrégimen más fuerte para detectar y pre-venir las violaciones de la Convención, ylos países firmantes comenzaron en 1995las negociaciones para establecer unProtocolo de Verificación que incluyesedisposiciones de declaración, verificacióne inspección similares a los de la Con-vención de Armas Químicas.

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G. Lista de países pertenecientes a foros internacionales de control delas exportaciones de material de defensa y de productos y tecnologíasde doble uso

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284952 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

Países AW RCTM GSN GA CZ

Alemania .................................................................................Argentina.................................................................................Australia ..................................................................................Austria.....................................................................................Bélgica ....................................................................................Bielorrusia ...............................................................................Brasil .......................................................................................Bulgaria...................................................................................Canadá ...................................................................................Rep. de Corea.........................................................................Rep. Checa ............................................................................China.......................................................................................Chipre .....................................................................................Croacia....................................................................................Dinamarca...............................................................................Rep. Eslovaca.........................................................................Eslovenia ................................................................................España....................................................................................Estados Unidos.......................................................................Estonia ....................................................................................Finlandia .................................................................................Francia ....................................................................................Grecia .....................................................................................Hungría ...................................................................................Irlanda .....................................................................................Islandia....................................................................................Italia ........................................................................................Japón ......................................................................................Kazajstán ................................................................................Letonia ....................................................................................Lituania ...................................................................................Luxemburgo ............................................................................Malta .......................................................................................Noruega ..................................................................................Nueva Zelanda........................................................................Países Bajos ...........................................................................Polonia ....................................................................................Portugal...................................................................................Reino Unido ............................................................................Rumanía .................................................................................Fed. Rusia...............................................................................Sudáfrica.................................................................................Suecia .....................................................................................Suiza .......................................................................................Turquía....................................................................................Ucrania....................................................................................

XXXXX

XXXX

XXXXXXXXXXX

XX

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XXXX

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X

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XXXXXXXXXXXXXX

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XXXX

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XXXXX

XXXXX

XXXXX

XX

X

X

XXXXXXXXXXX

Comisión Europea .................................................................. OBS OBS OBS OBS

— 27 de julio de 2005.

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 53

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

ANEXO VI

Embargos vigentes de material de defensa

Países Naciones Unidas Unión Europea OSCE

Armenia...................................... Julio 1993 (v) Marzo 1992 (*)

Azerbayán .................................. Julio 1993 (v) Marzo 1992 (*)

Bosnia-Herzegovina...................Febrero 1996

Octubre 2001 (Mod.)

Costa de Marfil ........................... Noviembre 2004

China.......................................... Junio 1989 (v)

Irak .............................................Agosto 1990

Mayo 2003 (Mod.)Agosto 1990

Julio 2003 (Mod.)

Liberia ........................................Marzo 2001

Diciembre 2003 (Mod.)Mayo 2001

Febrero 2004 (Mod.)

Myanmar (Birmania)...................Julio 1991

Abril 2004 (Mod.)

Rep. Dem. Congo (Zaire)........... Julio 2003Abril 1993

Septiembre 2003 (Mod.)

Ruanda.......................................Mayo 1994

Agosto 1995

Sierra Leona...............................Junio 1998

Mayo 2000 (Mod.)Junio 1998

Somalia ......................................Enero 1992

Julio 2002 (Mod.)Diciembre 2002

Sudán.........................................Marzo 1994

Enero 2004 (Mod.)

Zimbabwe...................................Febrero 2002 Febrero 2004

(Mod.)

Naciones Unidas (enero 2002) y la Unión Europea (mayo 2002) acordaron prohibir la exportación de armas y toda clase de equipos relacionadoscon éstas a Osama Bin Laden, miembros de Al-Qaida y Talibanes, así como otros individuos, grupos y organizaciones vinculados a ellos. Los embargos reflejados en esta tabla excluyen de la prohibición las exportaciones de equipos no letales para uso humanitario o para ciertosOrganismos Internacionales y personal de las Naciones Unidas, así como aquellos destina-dos a acciones de desminado, salvo en el caso deChina. En los embargos a Irak, Ruanda y Sierra Leona quedan ex-cluidos de la prohibición los envíos de armas a sus Gobiernos.(*) La región de Nagorno-Karabakh está sometida a embargo por la OSCE.(v) Embargo voluntario.(Mod.) Fecha de modificación.— 27 de julio de 2005.

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Todas las publicaciones deINFORMACION COMERCIAL ESPAÑOLA

se pueden adquirir enMinisterio de Industria, Turismo y Comercio

Paseo de la Castellana, 162, vestíbulo. 28071 MADRIDTeléfonos: 91 349 49 68 y 91 349 36 47

E-mail: [email protected]

PUNTOS DE INFORMACION DE LAS PUBLICACIONES ICE

03002 ALICANTERambla Méndez Núñez, 4Teléfono: (96) 514 52 89 - Fax: (96) 520 31 66

04071 ALMERIAHermanos Machado, 4, 2.ºTeléfonos: (950) 28 16 88 y (950) 28 16 89Fax: (950) 25 85 48

06002 BADAJOZRonda del Pilar, 4, 3.º dcha.Teléfono: (924) 22 92 12 - Fax: (924) 23 96 52

08021 BARCELONAVía Augusta, 197-199Teléfono: (93) 216 50 36 - Fax: (93) 216 51 89

48009 BILBAOPlaza Federico Moyúa, 3, 5.ºTeléfonos: (94) 415 53 05 y (94) 415 53 00Fax: (94) 416 52 97

39001 CANTABRIAJuan de Herrera, 19, 6.ºTeléfono: (942) 22 06 01 - Fax: (942) 36 43 55

51001 CEUTAAgustina de Aragón, 4Teléfono: (956) 51 29 37 y (956) 51 17 16Fax: (956) 51 86 45

26003 LA RIOJAVillamediana, 16Teléfono: (941) 27 18 90 - Fax: (941) 25 63 53

35007 LAS PALMASFranchy Roca, 5, 3.ºTeléfono: (928) 47 26 55 - Fax: (928) 27 89 75

28001 MADRIDRecoletos, 13, 1.º Dcha.Teléfono: (91) 781 14 20 - Fax: (91) 576 49 83

30008 MURCIAAlfonso X El Sabio, 6, 1.ªTeléfono: (968) 27 22 00 - Fax: (968) 23 46 53

33007 OVIEDOPlaza de España, s/n.Teléfono: (985) 96 31 19 - Fax: (985) 27 24 10

07007 PALMA DE MALLORCACiudad de Querétaro, s/n.Teléfono: (971) 77 49 84 - Fax: (971) 77 18 81

20005 SAN SEBASTIANGuetaria, 2, triplicado, entresuelo izqda.Teléfono: (943) 43 35 92 - Fax: (943) 42 68 36

38002 SANTA CRUZ DE TENERIFEPilar, 1 (Apdo. Correos, 54 - 38080)Teléfono: (922) 53 40 10 - Fax: (922) 27 19 02

41013 SEVILLAPlaza de España. Puerta de NavarraTeléfono: (95) 429 80 70 - Fax: (95) 423 21 38

45071 TOLEDOPlaza Alfonso X el Sabio, 1 (Atención al público por Plaza de las Tendillas, 1)Teléfono: (925) 28 53 90 - Fax: (925) 22 11 10

46002 VALENCIAPascual y Genis, 1, 4.ºTeléfono: (96) 350 91 48 /- Fax: (96) 351 18 24

47014 VALLADOLIDJesús Rivero Meneses, 2, 3.ºTeléfono: (983) 36 03 40 - Fax: (983) 34 37 67

36201 VIGOPlaza de Compostela, 29, 2.ºTeléfono: (986) 44 12 40 - Fax: (986) 43 20 48

50004 ZARAGOZAPaseo Independencia, 12, 2.ºTeléfono: (976) 48 28 30 - Fax: (976) 21 41 15

Y también en el Centro de Publicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y ComercioPaseo de la Castellana, 160, planta 0. 28071 MadridTeléfono: 91 349 49 68

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De acuerdo con del documento OSCErelativo a arma pequeña y ligera, España,como Estado participante, debe presentaranualmente, en el formato acordado, lainformación relativa a exportaciones eimportaciones a/desde el resto de Esta-dos participantes.

Dicho documento define arma peque-ña como aquella destinada a uso demiembros individuales de fuerzas arma-das o de cuerpos de seguridad. Se inclu-yen bajo esta denominación revólveres ypistolas, rifles y carabinas, subametralla-doras, rifles de asalto y ametralladorasligeras. Por otro lado, en este mismodocumento, se define arma ligera comoaquella destinada al uso de varios miem-bros de fuerzas armada o de cuerpos de

seguridad actuando como grupo; inclu-yéndose, lanzagranadas, ametralladoraspesadas, armas antiaéreas portátiles,armas anticarro portátiles, sistemas delanzamiento de misiles y cohetes portáti-les, sistemas de lanzamiento de misilesantiaéreos portátiles y morteros con cali-bre inferior a 100 mm.

En este anexo se presentan los datosde autorizaciones y realizaciones del ejer-cicio 2004. Los datos ofrecidos en esteapartado no tienen necesariamente quecoincidir con los de los cuadros anteriores,ya que el intercambio de información en laOSCE se limita, primero, a fuerzas arma-das y de seguridad en cuanto a los desti-natarios de las armas, y a países OSCEen lo relativo a países de destino.

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 55

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

ANEXO VII

Estadísticas españolas referidas al comercio exterior de armas pequeñas yligeras del Documento OSCE

Page 54: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284956 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

EXPORTACIONES AUTORIZADAS 2004Información Anual sobre Exportaciones de Armas Pequeñas y Ligeras

País Informador: España Informe del Año: 2004Idioma Original: Español Fecha del informe: Mayo 2005

Estado final Número deEstado de origen Situación Comentario

Categoría y subcategoríaimportador productos

(si no es el intermedia sobre laimportador) (si la hubiera) transferencia*

A. Armas pequeñas1. Revólveres y pistolas automáticas ...................... Bélgica 1 España Exenta2. Rifles y carabinas ................................................3. Subfusiles ........................................................... Bélgica 3 España Exenta4. Fusiles de asalto ................................................. Alemania 3

Bélgica 1 España Exenta” ”

5. Ametralladoras ligeras ......................................... Bélgica 4 España ExentaCanadá 1 ” CII

B. Armas ligeras1. Ametralladoras pesadas ......................................2. Lanzadores portátiles de granadas, con y sin

soporte ................................................................. Bélgica 1 España Exenta3. Cañones antiaéreos portátiles .............................4. Cañones contracarro portátiles............................5. Cañones sin retroceso .........................................6. Lanzadores de sistemas portátiles de misiles

y cohetes contracarro...........................................7. Lanzadores de sistemas portátiles de misiles

antiaéreos ............................................................8. Morteros de calibres inferiores a 100 mm............ EEUU 4 España Exenta

Países Bajos 1 ” CIITurquía 3 ” CUD

* Documento de control.

EXPORTACIONES REALIZADAS 2004Información Anual sobre Exportaciones de Armas Pequeñas y Ligeras

País Informador: España Informe del Año: 2004Idioma Original: Español Fecha del informe: Mayo 2005

Estado final Número deEstado de origen Situación Comentario

Categoría y subcategoríaimportador productos

(si no es el intermedia sobre laimportador) (si la hubiera) transferencia*

C. Armas pequeñas6. Revólveres y pistolas automáticas ......................7. Rifles y carabinas ................................................8. Subfusiles ...........................................................9. Fusiles de asalto .................................................

10. Ametralladoras ligeras .......................................

D. Armas ligeras9. Ametralladoras pesadas .....................................

10. Lanzadores portátiles de granadas, con y sin soporte ................................................................

11. Cañones antiaéreos portátiles .............................12. Cañones contracarro portátiles............................13. Cañones sin retroceso .........................................14. Lanzadores de sistemas portátiles de misiles y

cohetes contracarro .............................................15. Lanzadores de sistemas portátiles de misiles

antiaéreos ............................................................16. Morteros de calibres inferiores a 100 mm............ Países Bajos 1 España CII

* Documento de control.

Page 55: Estadísticas españolas de exportación de material de ... · exportación de este tipo de productos como de las acciones acometidas en los foros internacionales de control y no

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 57

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

ANEXO VIII

PUBLICACIONES DISPONIBLES

Artículos publicados(Secretaría de Estado de Turismo y Comercio)

1. El Control del Comercio Exterior deMaterial de Defensa y Material de DobleUso en España (Boletín Económico deInformación Comercial Española nº2.409, del 18 al 24 de abril de 1994).

2. Régimen Comunitario de Control delas Exportaciones de Productos de DobleUso (Boletín Económico de InformaciónComercial Española nº 2.468, del 4 al 10de septiembre de 1995).

3. Comercio Exterior Español de Mate-rial de Defensa y de Doble Uso 1991-1994 (Boletín Económico de InformaciónComercial Española nº 2.478, del 13 al19 de noviembre de 1995).

4. Informe sobre Autorizaciones deExportación de Material de Defensa y deDoble Uso concedidas por la DirecciónGeneral de Comercio Exterior en el año1995 (Boletín Económico de InformaciónComercial Española nº 2.527, del 16 al22 de diciembre de 1996).

5. Exportaciones de Material de De-fensa por países de destino. Período1991-1996 (Boletín Económico de Infor-mación Comercial Española nº 2.566, del2 al 15 de febrero de 1998).

6. Exportaciones de Material deDefensa y de Doble Uso en 1997, porpaíses de destino (Boletín Económico deInformación Comercial Española nº2.589, del 5 al 11 de octubre de 1998).

7. El Control del Comercio Exterior deMaterial de Defensa y de Doble Uso enEspaña (Boletín Económico de Informa-ción Comercial Española nº 2.594-2.596,del 9 al 22 de noviembre de 1998).

8. El Comercio Exterior de Material deDefensa y de Doble Uso en España 1er

semestre de 1998 (Boletín Económico deInformación Comercial Española nº 2.625del 2 de agosto al 5 de septiembre de1999).

9. El Comercio Exterior de Material deDefensa y de Doble Uso 2º semestre de1998 (Boletín Económico de InformaciónComercial Española nº 2.638, del 20 dediciembre de 1999 al 2 de enero de 2000).

10. La Convención de Armas Químicas(CAQ) y el comercio exterior (Boletín Eco-nómico de Información Comercial Españo-la nº 2.649, del 10 al 23 de enero de 2000).

11. El Código de Conducta de laUnión Europea en materia de exportaciónde armas (Boletín Económico de Informa-ción Comercial Española nº 2.644, del 21al 27 de febrero de 2000).

12. Estadísticas de Comercio Exteriorde Material de Defensa y de Doble Uso,del año 1999 (Boletín Económico de In-formación Comercial Española nº 2.666,del 9 al 15 de octubre de 2000).

13. El futuro de los regímenes de noproliferación de armas de destrucciónmasiva. El régimen de control de las ex-portaciones (Boletín Económico de Infor-mación Comercial Española nº 2687, del2 al 15 de abril de 2001).

14. Estadísticas de Comercio Exteriorde Material de Defensa y de Doble Uso,del año 2000 (Boletín Económico de Infor-mación Comercial Española nº 2.708, del2 al 18 de noviembre de 2001).

15. El comercio exterior y la no prolife-ración de armas químicas y biológicas(Boletín Económico de Información Comercial Española nº 2.723, del 18 al 31de marzo de 2002).

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BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 284958 DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005

MONOGRÁFICO

SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO Y COMERCIO

16. El comercio exterior de material dedefensa y de doble uso, año 2001 (Bole-tín Económico de Información ComercialEspañola nº 2.745, del 28 de octubre al 3de noviembre de 2002).

17. Exportaciones españolas realizadasde material de defensa y de doble uso enel primer semestre de 2002 (Boletín Eco-nómico de Información Comercial Españo-la nº 2.771, del 16 al 22 de junio de 2003).

18. El comercio exterior de material dedefensa y de doble uso del año 2002(Boletín Económico de Información Co-mercial Española nº 2.780, del 29 de sep-tiembre al 5 de octubre de 2003).

19. Estadísticas españolas de expor-tación de material de defensa y de dobleuso en 2003 (Boletín Económico de Infor-mación Comercial Española nº 2.827, del13 al 19 de diciembre de 2004).

20. Nueva legislación española decontrol del comercio exterior de materialde defensa, de otro material y de produc-tos y tecnologías de doble uso (BoletínEconómico de Información ComercialEspañola nº 2.829, del 27 de diciembrede 2004 al 9 de enero de 2005).

Otros artículos

«El sector industrial de Defensa». In-forme Anual 2005, AFARMADE.

Informes de países disponibles en Internet

1. España

http://www.mcx.es/sgcomex/mddu— link a publicaciones

2. Alemania

http://www.bmwi.de/Homepage/Startsei-te.jsp— y seleccionar «Politikfelder».

3. Bélgica

http://diplobel.fgov.be/Politics/policy_exportation_d´armes_FR.htm

4. Dinamarca

http://www.um.dk

5. Finlandia

http://www.vn.fi/plm/evkas.htm(informe 2000)

6. Irlanda

http://www.entemp.ie/export/military.htm(informe 2000)

7. Noruega

http://www.odin.dep.no

8. Países Bajos

http://www.minez.nl/ezenglish/export.htm

9. Reino Unido

http://www.fco.gov.uk/news/newstext

10. Suecia

http://www.utrikes.regeringen.se/prefakhttp://www.utrikes.regeringen.se/prefak/document.jsp

11. Australia

http://www.dmo.defence.gov.au/id/export/ar2000.pdf

12. Canadá

http://www.dfait-maeci.gc.ca

13. Estados Unidos de América

http://www.state.gov/www/global/arms/bureauac.html

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Páginas en Internet de forosinternacionales

1. Grupo de Suministradores Nucleares(GSN)

http://www.nsg-online.org

2. Régimen de Control de la Tecnologíade Misiles (RCTM)

http://www.mtcr.info

3. Arreglo de Wassenaar (AW)

http://www.wassenaar.org

4. Grupo Australia (GA)

http://www.australiagroup.net

5. Convención de Armas Químicas(CAQ))

http://www.opcw.orghttp://www.mcyt.es/anpaq

BOLETÍN ECONÓMICO DE ICE N° 2849DEL 11 AL 31 DE JULIO DE 2005 59

MONOGRÁFICO

ESTADÍSTICAS ESPAÑOLAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL DE DEFENSA, DE OTRO MATERIAL...

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