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ESTADO DE GUANAJUATO La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez: «Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo relativo a la publicación del programa de manejo de la reserva de la biosfera Sierra Gorda, Guanajuato Honorable Asamblea: A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honora- ble Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 2350, que contiene la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a elaborar, publi- car e implementar el programa de manejo de la reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guanajuato, presentada por el diputado Juan Huerta Montero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, esta comisión legislativa, con base en las facul- tades que le confieren los artículos 39, numeral 1 y 45 nu- meral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 60 y 88 del Reglamento para el Gobier- no Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de los integrantes de es- ta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes Antecedentes Primero. En sesión celebrada el día 29 de abril de 2010 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado Juan Huerta Montero, del Grupo Parla- mentario del Partido Acción Nacional, presentó la proposi- ción con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a elaborar, publicar e implementar el programa de manejo de la reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guanajuato. Segundo. En esa misma fecha, dicha propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honora- ble Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguien- tes Consideraciones El diputado promovente del punto de acuerdo objeto del presente dictamen refiere la importancia de elaborar los programas de manejo de las áreas naturales protegidas (ANP), como instrumentos de planeación y conservación, que permiten evitar afectaciones a la biodiversidad, favore- ciendo el bienestar económico y social de las comunidades. De forma particular, refiere que está aún pendiente la ela- boración del plan de manejo correspondiente a la reserva de la biosfera Sierra Gorda Guanajuato. En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere los siguientes resolutivos: Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar a tra- vés de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Na- turales y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, los programas de manejo de cada una de las áreas naturales protegidas de carácter federal que aún no cuentan con ese instrumento rector. Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal a informar a esta soberanía, en un plazo no mayor de 30 días, sobre las razones que han impedido la elaboración y publica- ción del programa de manejo de la reserva de la biosfe- ra Sierra Gorda de Guanajuato, localizada en Atarjea, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Victoria y Xichú. Tercero. Se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar, pu- blicar e implantar a través de la Secretaría de Medio Am- biente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas el programa de manejo de la reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guanajuato an- tes que concluya 2010. En atención a dicha solicitud la comisión legislativa que elabora el presente dictamen proceden a iniciar su análisis. Diario de los Debates de la Cámara de Diputados Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 243 VOLUMEN III CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN No. 18 DEL 14 DE OCTUBRE DE 2010

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ESTADO DE GUANAJUATO

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y RecursosNaturales, con punto de acuerdo relativo a la publicacióndel programa de manejo de la reserva de la biosfera SierraGorda, Guanajuato

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales dela LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honora-ble Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio yelaboración del dictamen correspondiente, el expedientenúmero 2350, que contiene la proposición con punto deacuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a elaborar, publi-car e implementar el programa de manejo de la reserva dela biosfera Sierra Gorda de Guanajuato, presentada por eldiputado Juan Huerta Montero, del Grupo Parlamentariodel Partido Acción Nacional.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que sedictamina, esta comisión legislativa, con base en las facul-tades que le confieren los artículos 39, numeral 1 y 45 nu-meral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica delCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos; asícomo los artículos 60 y 88 del Reglamento para el Gobier-no Interior del Congreso General de los Estados UnidosMexicanos, somete a consideración de los integrantes de es-ta honorable asamblea, el presente dictamen, de acuerdocon los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada el día 29 de abril de 2010 porla Cámara de Diputados del honorable Congreso de laUnión, el diputado Juan Huerta Montero, del Grupo Parla-mentario del Partido Acción Nacional, presentó la proposi-ción con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federala elaborar, publicar e implementar el programa de manejo dela reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guanajuato.

Segundo. En esa misma fecha, dicha propuesta con puntode acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y

Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honora-ble Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración deldictamen correspondiente, de conformidad con las siguien-tes

Consideraciones

El diputado promovente del punto de acuerdo objeto delpresente dictamen refiere la importancia de elaborar losprogramas de manejo de las áreas naturales protegidas(ANP), como instrumentos de planeación y conservación,que permiten evitar afectaciones a la biodiversidad, favore-ciendo el bienestar económico y social de las comunidades.

De forma particular, refiere que está aún pendiente la ela-boración del plan de manejo correspondiente a la reserva dela biosfera Sierra Gorda Guanajuato.

En virtud de lo anterior, el diputado promovente sugiere lossiguientes resolutivos:

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar a tra-vés de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Na-turales y de la Comisión Nacional de Áreas NaturalesProtegidas, los programas de manejo de cada una de lasáreas naturales protegidas de carácter federal que aún nocuentan con ese instrumento rector.

Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal a informar aesta soberanía, en un plazo no mayor de 30 días, sobrelas razones que han impedido la elaboración y publica-ción del programa de manejo de la reserva de la biosfe-ra Sierra Gorda de Guanajuato, localizada en Atarjea,San Luis de la Paz, Santa Catarina, Victoria y Xichú.

Tercero. Se exhorta al Ejecutivo federal a elaborar, pu-blicar e implantar a través de la Secretaría de Medio Am-biente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacionalde Áreas Naturales Protegidas el programa de manejo dela reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guanajuato an-tes que concluya 2010.

En atención a dicha solicitud la comisión legislativa queelabora el presente dictamen proceden a iniciar su análisis.

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010243

VOLUMEN III

CONTINUACIÓN DE LA SESIÓN No. 18DEL 14 DE OCTUBRE DE 2010

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Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados244

La actual problemática ambiental por la que atraviesa nues-tro planeta es consecuencia necesaria de una serie de per-turbaciones ocasionadas por las actividades humanas desa-rrolladas desde tiempos muy tempranos. Sin embargo, hoylos efectos del deterioro ambiental son más contundentespor lo que el fortalecimiento y eficaz implementación de losdiversos instrumentos de política ambiental resultan unamedida oportuna para revertir los efectos del deterioro delmedio ambiente, cada vez más perceptibles por el hombre ynuestro planeta.

Uno de esos instrumentos de política ambiental para la con-servación de los ecosistemas, es el establecimiento de áreasnaturales protegidas (ANP), instrumento por excelencia deconservación de los biotas, los paisajes y la biodiversidad.

Las áreas naturales protegidas son definidas por la Ley Ge-neral del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente(LGEEPA) como aquellas zonas del territorio nacional yaquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y juris-dicción, en donde los ambientes originales no han sido sig-nificativamente alterados por la actividad del ser humano oque requieren ser preservadas y restauradas.1

Las ANP de carácter federal son zonas terrestres o acuáticasrepresentativas de los diversos ecosistemas del país, en lasque el estado natural del medio no ha sufrido una alteraciónsignificativa. De forma particular la LGEEPA en su artícu-lo 45 establece cuales son los objetivos de la determinaciónde ANP en México dentro de los cuales podemos referir: laconservación, preservación y restauración de los ecosiste-mas y especies que ahí habitan; salvaguardar los entornosnaturales; conservar los espacios propicios para la investi-gación científica y el estudio de los ecosistemas, por citaralgunos ejemplos.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se-ñaló que hasta el año 2005 en nuestro país se habían decre-tado 155 ANP federales en una superficie de 18,867,731hectáreas (equivalente al 9.6 por ciento del territorio nacio-nal). De esta superficie, 80 por ciento (más de 15 millonesde hectáreas) corresponde a ecosistemas terrestres, mientrasque el 20 por ciento restante (casi 3.8 millones de hectáre-as) a ecosistemas marinos.2 Actualmente, en la página deinternet de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Prote-gidas refieren que este órgano desconcentrado administra171 áreas naturales de carácter federal que representan másde 23,878,228 de hectáreas, distribuidas de la siguiente for-ma:

No obstante que se han decretado ANP en más del 12 porciento del total del territorio nacional, para lograr el desa-rrollo sustentable dentro de estos espacios y en sus zonas deinfluencia, se necesitan implementar estrategias y mecanis-mos institucionales que propicien la conservación y el usosustentable de la flora y la fauna, lo cual se logra a través delos Programas de Manejo de cada ANP.

Ciertamente la declaratoria que determina cada zona comoárea natural protegida es un acto de autoridad vertical en elcual la autoridad ha considerado previa elaboración de es-tudios técnicos que así lo acrediten, que la zona debe salva-guardarse y someterse a un régimen jurídico especial comolo es el de ANP, en tanto que el Programa de Manejo es unejercicio de Planificación que normará las actividades coti-dianas de la sociedad. El Programa es un ejercicio de plani-ficación que involucra obligatoriamente un proceso de par-ticipación de todos los sectores de la misma ANP.

En ese sentido, el diputado promovente remite al artículo 65de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protecciónal Ambiente, en que se establece que los programas de ma-nejo deben ser elaborados dentro del plazo de un año, con-tado a partir de la publicación de la declaratoria respectiva,artículo que a la letra precisa:

Artículo 65. La Secretaría formulará, dentro del plazode un año contado a partir de la publicación de la decla-ratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación,el programa de manejo del área natural protegida de quese trate…

No obstante lo anterior, la Comisión Nacional de Áreas Na-turales Protegidas señaló en una reunión de trabajo con es-ta comisión legislativa, que actualmente sólo 57 ANP cuen-tan con programas de conservación y manejo, lo querepresenta 12,205,165 hectáreas3 y una cobertura de 34.2por ciento del territorio sujeto a ese régimen.

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El diputado promovente señala que este hecho es preocu-pante, pues hace evidente que el 65.8 por ciento del área na-tural protegida de carácter federal en el país no cuenta conel programa de manejo, documento rector de planeación yregulación del ANP.

De forma particular, el diputado Juan Huerta Montero re-fiere que un caso representativo, se observa en la SierraGorda de Guanajuato, localizada en los municipios de Arta-jea, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Victoria y Xichú;municipios altamente marginados del Estado de Guanajua-to.

Esta región constituye un medio natural alto en biodiversi-dad y ecosistemas, sin embargo en éste se registran condi-ciones sociales y económicas muy diferenciadas, que evi-dencian pobreza, marginación, falta de empleos y opcionesproductivas, además de notorios procesos de transcultura-ción favorecidos por el constante flujo migratorio a otroslugares del país y a Estados Unidos de América.4

El decreto por el que se declara como ANP la reserva de labiosfera5 de Sierra Gorda, fue publicado en el Diario Ofi-cial de la Federación el 02 de febrero de 2007, por lo que elPlan de Manejo debió ser elaborado y terminado antes del 3de febrero del año 2008. Sin embargo, no se ha cumplido elmandato, contraviniendo así lo dispuesto por el artículo 65de la Ley antes transcrito y limitando el alcance de los ob-jetivos de conservación de los mecanismos ecológicos y larica biodiversidad que ahí habita.

Sin duda, los programas de manejo son los instrumentos deplaneación y conservación de las ANP y, su ausencia poneen riesgo la biodiversidad y el bienestar económico y socialde las comunidades.

En ese contexto, se considera procedente dirigir un respe-tuoso exhorto a la Secretaría de Medio Ambiente y Recur-sos Naturales a informar a esta soberanía, las razones quehan impedido la elaboración y publicación del programa demanejo de la reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guana-juato así como a elaborar, publicar e implementar dichoPrograma de manejo.

Ahora bien, por lo que hace a la solicitud del diputado pro-movente de dirigir un exhorto al Ejecutivo federal para queelabore los programas de manejo de cada una de las ANP decarácter federal, esta comisión legislativa considera que noes procedente por el momento, lo anterior atendiendo a lo

manifestado por el Comisionado de Áreas Naturales Prote-gidas, el Maestro Luis Fueyo Mac Donald, en una reunióncon esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Natura-les, la cual tuvo lugar el día 3 de junio de 2010 y en la quemanifestó, que si bien resulta importante la elaboración delos Programas de Manejo, lo que está obstaculizándola, sonlas capacidades institucionales limitadas, pues dicho pro-grama debe de reflejar todas las características naturales deun ecosistema, las relaciones ecológicas, además de que serequiere de un proceso social complejo. Asimismo, en dichoencuentro el Comisionado Luis Fueyo, propuso un progra-ma emergente de abatimiento del rezago en materia de pro-gramas de manejo, a través de potenciar las capacidades quetienen los centros de investigación, las universidades, orga-nizaciones de la sociedad civil, para efecto de lanzar con-vocatoria en términos de que quienes se sientan capaces dedesarrollar un programa de manejo, y que puedan recibirapoyo para desarrollar esta tarea a través de subsidios.

Finalmente, una vez que reconoció los problemas técnicosy jurídicos que limitan la labor de la Conanp en la elabora-ción de los programas de manejo, señaló que se hará el es-fuerzo para su elaboración y se comprometió, empezandopor este año, para publicar cerca de 23 programas de mane-jo. Hacer un esfuerzo similar en 2011, dejando únicamentelos pendientes que mayor dificultad jurídica tienen para elaño 2012, haciendo la aclaración de que todo va a dependerfundamentalmente de que se logren desencadenar los pro-cesos jurídicos y técnicos, lo que requerirá de recursos pre-supuestales extraordinarios, para que puedan obtener elapoyo de los centros de investigación para abatir este reza-go.

Atendiendo a lo anteriormente expuesto, los integrantes dela comisión legislativa que suscriben el presente dictamen,se permiten someter a la consideración de esta HonorableAsamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso dela Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales y, a la Comisión Nacionalde Áreas Naturales Protegidas a informar a esta soberaníalas razones que han impedido la elaboración y publicacióndel programa de manejo de la reserva de la biosfera SierraGorda de Guanajuato así como a elaborar, publicar e imple-mentar dicho programa de manejo.

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010245

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Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados246

Notas:

1 Artículo 3, fracción II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente.

2 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Gestión am-biental en México, p. 140.

3 http://www.conanp.gob.mx/que_hacemos/programa_manejo.php

4 http://sierragorda.conanp.gob.mx/cultura.php

5 Reserva de la biosfera (RB): Comúnmente de decenas de miles dehectáreas, incluyen diversos ecosistemas con especies endémicas, raraso en peligro de extinción. Por lo general incluyen asentamientos huma-nos, con los cuales se trabaja para desarrollar pautas de aprovecha-miento sustentable de los recursos naturales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días de septiembre de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rú-brica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rú-brica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), AgustínTorres Ibarrola, Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Ca-macho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime ÁlvarezCisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venus-tiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica),Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica), Francisco Alejandro More-no Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela RoblesMorales (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. EduardoYáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), ÓscarSaúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez (rúbri-ca), Jesús Giles Sánchez, José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leon-cio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rú-brica), Leticia Robles Colín, Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica).»

UNIDADES DE MANEJO PARA LA CONSERVACIONDE LA VIDA SILVESTRE

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y RecursosNaturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a laSemarnat a cumplir en coordinación con la Profepa políti-cas para la conservación de la vida silvestre mediante lasunidades de manejo ambiental

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales dela LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honora-ble Congreso de la Unión le fue turnado, para su estudio yelaboración del dictamen correspondiente, el expedientenúmero 2352, que contiene la proposición con punto deacuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Am-biente y Recursos Naturales a realizar las acciones necesa-rias para el correcto funcionamiento de las unidades de ma-nejo para la conservación de la vida silvestre, así como aque se trabaje coordinadamente con la Procuraduría Federalde Protección al Ambiente, a fin de permitir el monitoreoconstante y el mejoramiento de los procesos de inspeccióny vigilancia realizados en las mismas, presentada por la Di-putada Rosario Brindis Álvarez, del Grupo Parlamentariodel Partido Verde Ecologista de México.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuestopor los artículos 39 numeral 1, 45 numeral 6, incisos e) y f),y numeral 7, 86, 94, 103 y demás relativos de la Ley Orgá-nica del Congreso General de los Estados Unidos Mexica-nos, así como por los artículos 60, 88, 95 y demás aplica-bles del Reglamento para el Gobierno Interior del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la con-sideración de los integrantes de esta honorable asamblea, elpresente punto de acuerdo de conformidad con los siguien-tes

Antecedentes

Primero. El 29 de abril del 2010, la diputada Rosario Brin-dis Álvarez, integrante del Grupo Parlamentario del PartidoVerde Ecologista de México, presentó punto de acuerdo porel que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Re-cursos Naturales a realizar las acciones necesarias para elcorrecto funcionamiento de las unidades de manejo para laconservación de la vida silvestre, así como a que se trabajecoordinadamente con la Procuraduría Federal de Protecciónal Ambiente, a fin de permitir el monitoreo constante y elmejoramiento de los procesos de inspección y vigilanciarealizados en las mismas.

Segundo. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó lapropuesta citada a la Comisión de Medio Ambiente y Re-cursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorableCongreso de la Unión, para su análisis y elaboración deldictamen correspondiente, de conformidad con las siguien-tes

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Consideraciones

El presente dictamen tiene por objeto atender la solicitud dela diputada Rosario Brindis Álvarez, quien manifiesta en supunto de acuerdo que debido a la falta de seguimiento y co-rrecta aplicación de los programas federales aplicables a laconservación y manejo de vida silvestre en México, granparte de la biodiversidad en nuestro país se ha ido extin-guiendo, o está a punto de hacerlo.

Asimismo refiere que pese a la creación de Unidades deManejo para la Conservación de Vida Silvestre, que operancon un sistema diseñado para promover el desarrollo de al-ternativas de producción compatibles con el medio ambien-te, las cifras actuales indican un alza alarmante de desapari-ción de diversas especies.

De manera puntual, la diputada promovente, expone la im-portancia del cuidado en la aplicación de esquemas para laconservación de especies que por su uso irracional, se en-cuentran amenazadas; proponiendo la implementación deun sistema eficiente que garantice la protección y el apro-vechamiento sustentable de dichas especies, por lo que ins-ta operar y evaluar la política nacional en la materia.

En virtud de lo anterior, la diputada promovente sugiere lossiguientes resolutivos:

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría deMedio Ambiente y Recursos Naturales a cumplir con losobjetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo,y elaborar de manera detallada y concisa las listas e in-ventarios necesarios de las especies y poblaciones prio-ritarias para su identificación y debida protección, así co-mo el establecimiento de las unidades de manejo para laconservación de la vida silvestre en áreas donde se con-centre alta biodiversidad, a efectos de garantizar el desa-rrollo sustentable de las especies silvestres.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambientey Recursos Naturales a realizar las visitas técnicas nece-sarias a todas las unidades de manejo para la conserva-ción de la vida silvestre, a fin de mantener un constantemonitoreo de dichas áreas y su correcto funcionamiento.

Tercero. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente yRecursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Pro-tección al Ambiente que trabajen coordinadamente parapermitir el mejoramiento de los procesos de inspección y

vigilancia, y se dictaminen debidamente las irregularida-des que se llegaran a encontrar en dicho proceso.

En atención a dicha solicitud, la comisión legislativa queelabora el presente dictamen procede a iniciar el siguienteanálisis:

Por sus condiciones de geografía, clima, orografía y geolo-gía, México ocupa el cuarto lugar en países megadiversosen el mundo, pues en él coexiste una cantidad importante deecosistemas y especies, “…entre el 10 y 12 por ciento de lasespecies del planeta, se encuentran en nuestro país, suman-do más de 200 mil especies, de las cuales, muchas de ellasson endémicas, es decir, que tuvieron su origen en nuestroterritorio...”

Del mismo modo, contamos con datos que nos permiten re-conocernos en el primer lugar de riqueza de especies de rep-tiles en el mundo (707), el segundo en mamíferos (491), elcuarto en anfibios (282) y plantas (26,000), así como tam-bién nos encontramos en primer lugar en cactáceas.1

Esos recursos naturales proporcionan varios servicios am-bientales; entre los que destacan la degradación de desechosorgánicos, la formación de suelo y control de la erosión, fi-jación del nitrógeno, incremento de los recursos alimenti-cios de cosechas y su producción, control biológico de pla-gas, polinización de plantas, productos farmacéuticos ynaturistas, secuestro de dióxido de carbono entre otros.

No obstante lo anterior, la biodiversidad existente en nues-tro territorio, sufre diversas amenazas; entre las que desta-can la conversión de los ecosistemas naturales a sistemasproductivos (agrícolas o ganaderos), la contaminación, im-pactos del cambio climático, la sobreexplotación de pobla-ciones y la introducción de especies exóticas, por citar al-gunos ejemplos.2

En ese contexto, es preciso que el gobierno mexicano ins-trumente políticas públicas óptimas para la conservación dela biodiversidad con que contamos, pues actualmente segúnlo dispuesto la NOM 059-Semarnat-2001,3 2584 especiesse encuentran en alguna categoría de riesgo: sujetas a pro-tección especial, amenazadas, en peligro de extinción oprobablemente extintas en el medio silvestre.

Al respecto, diversos estudios en el tema refieren que laspolíticas instrumentadas para fomentar la conservación debiodiversidad en nuestro país han intentado compaginar es-

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ta figura con mecanismos de aprovechamiento sustentable,sin contar con las condiciones culturales, legales y de orga-nización que permitan su desarrollo de manera transversal.

Bajo esos criterios se han estructurado diversas figuras co-mo los centros de conservación e investigación de la vidasilvestre, las áreas naturales protegidas y las unidades demanejo para la conservación de la vida silvestre, previstasen la Ley General de Vida Silvestre. No obstante, la reali-dad es que continuamos perdiendo poblaciones y especiesde vida silvestre.

En ese contexto, en el año de 1997, surgen las unidades demanejo ambiental (UMA), con el propósito de contribuir ala conservación de especies silvestres, apoyadas en un mar-co legal que especifique la condición y forma de su opera-ción.

De este modo, las UMA pretenden promover esquemas al-ternativos de producción adecuados al cuidado del ambien-te, a través del uso racional, ordenado y planificado de losrecursos naturales renovables, con el objetivo de frenar y/orevertir los procesos de deterioro ambiental.

Actualmente, la Secretaría de Medio Ambiente y RecursosNaturales (Semarnat) indica que bajo el Sistema de Unida-des de Manejo Ambiental, se han incorporado 9,773 UMA,que representan una extensión de 33.96 millones de hectá-reas (17.28 por ciento del territorio nacional).4

En ellas, se autoriza el aprovechamiento de ejemplares, pro-ductos y subproductos mediante la utilización directa o in-directa de los recursos de la vida silvestre que requieren unmanejo para su operación. Existen UMA intensivas y ex-tensivas.

Por lo que hace a las UMA intensivas, su manejo se realizaen instalaciones generalmente cerradas, con control de losejemplares existentes. Como ejemplo de éstas, tenemos acriaderos intensivos de diversas especies, los zoológicos,viveros, jardines botánicos y circos. En tanto que, las ex-tensivas o llamadas también de vida libre, son aquéllas don-de los ejemplares se desplazan con menos control por el te-rreno. Por lo general se alimentan y cobijan bajo lascondiciones naturales del predio y en ocasiones, se les brin-da alimentación o resguardo. No existe ni certeza, ni controldel número de ejemplares, sólo estimaciones de estos. Losranchos cinegéticos se inscriben bajo esta categoría5

Al respecto, la Semarnat ha señalado que las UMA permi-ten a la sociedad contar con alternativas viables de desarro-llo socioeconómico, logrando así fuentes alternativas deempleo, ingreso para las comunidades rurales, generaciónde divisas, valorización de los elementos que conforman labiodiversidad biológica y el mantenimiento de los serviciosambientales focales que presentan al lugar y a sus áreas ale-dañas.6

En este esquema, dicha Secretaría otorga a los titulares delas UMA, (que son los propietarios de la tierra o legítimosposeedores del lugar en que ésta se establece), el derecho alaprovechamiento y corresponsabilidad en la preservacióndel hábitat y las especies que ahí habitan.7 En consecuencia,debe mantener un sistema específico de control y segui-miento de las unidades de manejo ambiental para el apro-vechamiento sustentable de vida silvestre. Además, habríaque garantizar la efectividad de dicho sistema.

En ese sentido, diversos estudios indican que el objetivoque deben cumplir las UMA en relación a la conservaciónde especies, no es del todo efectivo. Al respecto, el Institu-to Nacional de Ecología, refiere que “…recientemente, unpanel internacional de ecólogos concluyó que la implemen-tación de esta nueva política ha sido difícil y que en algunoscasos se han generado consecuencias indeseables (Sisk etal. 2007).8

Por ejemplo, se ha reconocido que la búsqueda de ganan-cias económicas con la administración de las UMA ha in-ducido a que los propietarios realicen prácticas de manejono sustentables, como cercar terrenos que antes eran de li-bre movimiento para la fauna, fomentar el cultivo de pastosexóticos, intentar la propagación en cautiverio y hasta mo-ver animales de caza entre ranchos cinegéticos para incre-mentar los éxitos de cacería.

En este sentido, se hace alusión a diversas deficiencias en elmanejo de estas Unidades, entre las que se señala que a pe-sar de que las Unidades de Manejo deben ser elementos cla-ve para asegurar la permanencia de las poblaciones silves-tres y su hábitat, en muchos casos, son elaboradas a partirde consultas bibliográficas, sin realizar trabajo de campo, yse hace mención de que al realizar informes de UMA paraanalizar sus resultados, tan sólo en algunos Estados del nor-te del país, se encontró como responsable de muchas de és-tas a un solo técnico, y se observa que en este sentido, re-sulta difícil que una sola persona tenga la capacidad delmanejo técnico de una gran cantidad de superficie, en hábi-

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tats diversos y con muchas poblaciones, lo que a la larga, le-jos de contribuir a la Conservación de las especies en luga-res, a veces estratégicos para tal caso, resultan en descuidosy deterioros de las mismas...”9

En el mismo sentido, el Instituto Nacional de Ecología re-fiere que “…las evidentes carencias en los planes de mane-jo ocasionan que las UMA operen de forma ineficiente, ge-nerando descrédito y desconfianza sobre su posibleviabilidad, tanto desde el punto de vista de la conservación,la sustentabilidad de los aprovechamientos y la rentabilidadeconómica. Esto genera condiciones que las hacen propi-cias a involucrarse en actividades ilegales, que pueden pro-vocar el deterioro genético de las poblaciones de interés ogeneran impactos negativos sobre la biodiversidad, al llevara cabo acciones como la eliminación de depredadores y laintroducción de especies exóticas de flora y fauna…”10

Del mismo modo, se hace mención de la limitada capacidadinstitucional de la autoridad ambiental para verificar el co-rrecto manejo y funcionamiento de las UMA, y lo ponderacomo uno de los “…principales obstáculos para que estasentidades cumplan con su cometido original…”

En ese sentido, la Procuraduría Federal de Protección alAmbiente, en coadyuvancia a sus facultades de inspeccióny vigilancia ha creado los Comités de Vigilancia AmbientalParticipativa, con la intención de establece formas de inter-acción con las comunidades, haciéndolas copartícipes de laobservancia en el desempeño de esta función, sin que enrealidad, esta figura se haya consolidado plenamente, por loque no ha logrado subsanar las deficiencias y fallos men-cionados.11

Dado lo anterior, es evidente que no obstante todos los es-fuerzos llevados a cabo por la Semarnat, prevalecen irregu-laridades en la implementación y operación de los sistemasgenerados para lograr esta finalidad.

A mayor abundamiento, como lo refiere la diputada promo-vente en el punto de acuerdo objeto del presente dictamen,la Auditoría Superior de la Federación,12 publicó en el mesde febrero de 2010 los resultados de la auditoría realizada ala Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, enla que, entre otras observaciones, de manera general, hacenotar el incumplimiento en los objetivos de formular, con-ducir, operar y evaluar adecuadamente la política nacionalen materia de vida silvestre, a fin de lograr la conservaciónde los recursos naturales a través de la protección y aprove-chamiento sustentable, al no contar al momento de la audi-

toría (entre otras cosas), con la constitución del ConsejoTécnico Consultivo Nacional para la Conservación y Apro-vechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, a que hacealusión el artículo 16 de la Ley General de Vida Silvestre, yque tiene en su haber jurídico atribuciones importantes pa-ra la complementación de la aplicación de políticas y obje-tivos encaminados a la conservación de las especies en Mé-xico, y que se transcribe a la letra para mejor proveer:

Artículo 16. La Secretaría contará con un Consejo Téc-nico Consultivo Nacional para la Conservación y Apro-vechamiento Sustentable de la Vida Silvestre, cuyas fun-ciones consistirán en emitir opiniones o recomendacionesen relación con la identificación de las especies en riesgoy la determinación de especies y poblaciones prioritariaspara la conservación, el desarrollo de proyectos de recu-peración, la declaración de existencia de hábitats críti-cos, así como con el otorgamiento de los reconocimien-tos y premios a los que se refiere el artículo 45 de lapresente ley.

Al respecto, cabe resaltar que atendiendo a las observacio-nes hechas por el citado órgano fiscalizador, en mayo de2009, se crea dicho Consejo, incluyendo en su reglamentointerior muchas de las observaciones de las que fue objetola Semarnat en la mencionada auditoría.13

En ese contexto, esta comisión legislativa considera perti-nente valorar el trabajo de dicho consejo, con la finalidad deque se fortalezcan las políticas de conservación de vida sil-vestre, para las que fue creado.

Asimismo, es oportuno atender lo dispuesto en el artículo46 de la Ley General de Vida Silvestre, en el que determinala función del Sistema Nacional de las Unidades de Mane-jo para la Conservación de la Vida Silvestre, que a la letraestablece:

Artículo 46. La Secretaría coordinará el Sistema Nacio-nal de Unidades de Manejo para la Conservación de laVida Silvestre, el cual se conformará por el conjunto dedichas unidades y tendrá por objeto:

a) La conservación de la biodiversidad y del hábitat na-tural de la vida silvestre, así como la continuidad de losprocesos evolutivos de las especies silvestres en el terri-torio nacional.

b) La formación de corredores biológicos que interco-necten las unidades de manejo para la conservación de la

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vida silvestre entre sí y con las áreas naturales protegi-das, de manera tal que se garantice y potencialice el flu-jo de ejemplares de especies silvestres.

c) El fomento de actividades de restauración, recupera-ción, reintroducción, y repoblación, con la participaciónde las organizaciones sociales, públicas o privadas, y losdemás interesados en la conservación de la biodiversi-dad.

d) La aplicación del conocimiento biológico tradicional,el fomento y desarrollo de la investigación de la vida sil-vestre, y su incorporación a las actividades de conserva-ción de la biodiversidad.

e) El desarrollo de actividades productivas alternativaspara las comunidades rurales y el combate al tráfico yapropiación ilegal de ejemplares, partes y derivados devida silvestre.

f) El apoyo para la realización de actividades de conser-vación y aprovechamiento sustentable de la vida silves-tre en el territorio nacional, mediante la vinculación e in-tercambio de información entre las distintas unidades,así como la simplificación de la gestión ante las autori-dades competentes con base en el expediente de registroy operación de cada unidad.

La Secretaría brindará asesoría y, en coordinación con lasdemás autoridades competentes, diseñará, desarrollará yaplicará instrumentos económicos previstos en los artículos21, 22 y 22 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológicoy la Protección al Ambiente, como incentivo para la incor-poración de predios al Sistema Nacional de Unidades deManejo para la Conservación de la Vida Silvestre y comoestímulo a la labor de los titulares de unidades de manejopara la conservación de vida silvestre reconocidas conformea lo previsto en el artículo 45 de la presente Ley.

Cabe hacer mención, que como parte de las facultades yatribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recur-sos Naturales, la de Inspección y Vigilancia, que realiza através de la Procuraduría Federal de Protección al Ambien-te (Profepa), en términos de los artículos 118 y 129 fraccio-nes VI, X, XII y XV del Reglamento Interior de la propiaSecretaría, es de vital importancia para la complementaciónde políticas públicas para la conservación de la vida silves-tre, pues como parte de los Programas Operativos Anuales,la Profepa tiene obligación por ley, de vigilar que las condi-cionantes establecidas por la Semarnat en las autorizaciones

que expide en materia de vida silvestre, se cumplan cabal-mente.

Más aún, es importante que esa Procuraduría a través de suDirección General de Inspección de Vida Silvestre, actúe enconsecuencia cuando así proceda, a fin de consolidar losprocedimientos administrativos generados por hechos uomisiones en la materia.

Lo anterior con fundamento en el artículo 129 del Regla-mento Interior de la Semarnat, que a la letra señala:

Artículo 129. La Dirección General de Inspección deVida Silvestre, tendrá las siguientes atribuciones:

VI. Vigilar el cumplimiento de disposiciones jurídicas yprogramas de manejo relativos al registro y desarrollo deactividades de las unidades de manejo para la conserva-ción de la vida silvestre, poblaciones exóticas y el esta-blecimiento de confinamientos de ejemplares que alefecto se establezcan;

X. Verificar el cumplimiento de las regulaciones al co-mercio internacional establecidas en la Convención so-bre el Comercio Internacional de Especies Amenazadasde Fauna y Flora Silvestre y demás convenios y tratadosinternacionales en la materia, sin perjuicio de las atribu-ciones que al respecto tenga la Secretaría de Economía;

XV. Acceder y analizar la información contenida en losregistros y base de datos de las unidades administrativasde la Secretaría, a efecto de investigar y detectar posiblesinfracciones a la normatividad ambiental;

De la lectura de los preceptos citados, se desprende que lasolicitud de la diputada promovente, es congruente con ladistribución de competencias establecida en nuestro sistemajurídico nacional.

Atendiendo a que la conservación de la biodiversidad ennuestro país es un tema fundamental de la agenda nacionalambiental, esta comisión legislativa considera procedenteexhortar a la Procuraduría Federal de Protección al Am-biente, a intensificar las visitas de inspección y vigilancia en

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las unidades de manejo para la conservación de la vida sil-vestre, a fin de asegurar su correcto funcionamiento.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de estacomisión, nos permitimos someter a la consideración delpleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congresode la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Me-dio Ambiente y Recursos Naturales a fortalecer las políticaspúblicas de conservación de vida silvestre, relativas a lasunidades de manejo ambiental sustentable. Asimismo, a fo-mentar y garantizar el adecuado funcionamiento y transpa-rencia de las actividades realizadas por el Consejo TécnicoConsultivo Nacional para la Conservación y Aprovecha-miento Sustentable.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congre-so de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal de Protec-ción al Ambiente a intensificar las visitas de inspección yvigilancia en las unidades de manejo para la conservaciónde la vida silvestre, a fin de asegurar su correcto funciona-miento.

Notas:

1 http://cruzadabosquesagua.semarnat.gob.mx/iii.html.

2 http://cruzadabosquesagua.semarnat.gob.mx/iii.html.

3 NOM-052-ECOL-2001.Protección Ambiental Especies Nativas deMéxico de Flora y Fauna Silvestre-Categorías de Riesgo y Especifica-ciones para su inclusión o exclusión o cambio lista de Especies en Rie-go. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de2002 y entró en vigor el 06 de mayo de 2002. La última modificaciónfue publicada el 5 de diciembre de 2008 en el Diario Oficial de la Fe-deración.

4 http://www.semarnat.gob.mx/gestionambiental/vidasilvestre/Pages/sumas.aspx. Sistema de Unidades de Manejo para la Conservación deVida Silvestre.

5 http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r48874.PDF. Unidades de Manejo Ambiental. Página 1.

6 http://www.semarnat.gob.mx/gestionambiental/vidasilvestre/Pages/sumas.aspx.

7 Semarnat. Ibídem.

8 Thomas D. Sisk, Alejandro E. Castellanos V, and George W. Koch.2007. Ecological impacts of wildlife conservation units policy in Mexi-co. Frontiers in Ecology and the Environment. 5: 209—212. Disponibleen http://www.frontiersinecology.org/specialissue/articles/sisk.pdf.

9 http://www2.ine.gob.mx/publicaciones/gacetas/627/unidades.pdf.

10 Instituto Nacional de Ecología. Sonia A. Gallina-Tessaro. Op. Cit.

11 Ibídem, p. 148.

12 Órgano superior, la cual es una institución autónoma, independientey neutral, que trabaja al margen de intereses partidistas, que revisa elorigen y aplicación de los recursos públicos, así como el cumplimientoy los objetivos del gobierno, lo cual la convierte en un órgano esencialpara la mejora sustancial de la gestión pública en los distintos nivelesgubernamentales.

13 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Disponible en:http://www.semarnat.gob.mx/gestionambiental/vidasilvestre/Pages/ConsejoT%C3%A9cnicoConsultivoNacionalparalaConservaci%C3%B3nyAprovechamientoSustentabledelaVidaSilvestre(CONAVIS).aspx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de septiembrede 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rú-brica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rú-brica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), AgustínTorres Ibarrola, Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Ca-macho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime ÁlvarezCisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug, Jorge Venus-tiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica),Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica), Francisco Alejandro More-no Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela RoblesMorales (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), J. EduardoYáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), ÓscarSaúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez (rúbri-ca), Jesús Giles Sánchez, José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Leon-cio Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rú-brica), Leticia Robles Colín, Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación eco-nómica, si se aprueban estos puntos de acuerdo.

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La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: En votación económica se pregunta si se apruebanestos puntos de acuerdo. Las diputadas y los diputados queestén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadasy los diputados que estén por la negativa sírvanse manifes-tarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Aprobados los puntos de acuerdo.

LEY DE REINSERCION SOCIAL

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: El siguiente punto del orden del día es la discusión dedictámenes negativos. En virtud de que se encuentran pu-blicados en la Gaceta Parlamentaria consulte la Secretaríaa la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lec-tura.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asam-blea en votación económica, si se dispensa la lectura. Lasdiputadas y los diputados que estén por la afirmativa sír-vanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados que es-tén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con pun-tos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con pro-yecto de decreto que expide la Ley de Reinserción Social

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislaturafue turnada para estudio y dictamen la iniciativa con pro-yecto de decreto que expide la Ley Federal de ReinserciónSocial.

La comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artícu-los 71, 72 y 73 de la Constitución Política; 39 y 45, nume-rales 6, incisos e) y f), y 7, de la Ley Orgánica; y 56, 60, 65,87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Inte-rior del Congreso General de los Estados Unidos Mexica-nos, y habiendo analizado el contenido de la iniciativa de

referencia, somete a consideración de esta asamblea el pre-sente dictamen, en sentido negativo, al tenor de los si-guientes

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de laUnión, celebrada el 23 de septiembre de 2009, el diputadoEduardo Mendoza Arellano, de Grupo Parlamentario, delPartido de la Revolución Democrática, en uso de la facultadque le confiere el artículo 71, fracción II, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante laComisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión,la Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Fe-deral de Reinserción Social.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva dela Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fueraturnada a la Comisión de Seguridad Pública para estudio ydictamen.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisiónde Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en senti-do negativo por 18 votos a favor, 0 en contra y 1 absten-ción.

Consideraciones

En Roma antigua, la prisión era desprovista del carácter decastigo, no constituía espacio de cumplimiento de una pena,incluso porque el papel de las sanciones se restringía casiúnicamente a las corporales o a la capital. Éste era un me-dio empleado para retener al acusado mientras se aguarda-ba el juzgamiento o la ejecución de la sentencia.

Por tanto, podemos decir que los antecedentes de la prisión,en sus aspectos preventivo y de pena, los encontramos en lavincula romana, lugar donde los atados, los vinculados (pri-sioneros de guerra) estaban custodiados. Sin embargo, cabemencionar que los antiguos no conocían la prisión como pe-na sino solo como medida precautoria asegurativa de la eje-cución de la pena, era una especie de antecámara de los su-plicios para esperar un juicio; se le puede equiparar a laactual prisión preventiva, no con fines de reinserción socialsino de castigo.

De la Edad Media al siglo XIX, la prisión se humanizó y secrearon las medidas de seguridad; se pugnó por la aplica-ción de un tratamiento al prisionero.

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Del siglo XIX a la actualidad se pugna por sustitutivos pe-nales; se consolida el sistema penitenciario, cuya finalidades la reinserción social. Es decir, el Estado cambia su acciónpenal para concretarla en retribución de sanciones penales,principalmente pena de prisión y medidas de seguridad, lafinalidad debe ser reinsertar en vez de castigar; pues si algonos ha dejado la experiencia con la historia de las prisionescomo lugar de encierro, aseguramiento, castigo, dolor, co-mo punto de explotación, y de corrección o entidad morali-zadora, hasta llegar a la etapa de reinserción; ya que es po-sible ir cambiando gradualmente la perspectiva tradicionalque gira en torno a la pena de prisión y a los centros peni-tenciarios. Dicha pena no puede tener ninguna utilidad po-sitiva para el ser humano, en comparación con la familia, laescuela, el trabajo, el deporte y la salud.

La pena entonces ha evolucionado, desde la idea que se re-laciona con el pecado, como venganza, como retribuciónabsoluta, segregación; hasta construir un medio para daruna nueva oportunidad de elección al sujeto que cumple sucondena en prisión y sale libre. Por ello se ha cambiado eltormento por la readaptación, fruto de una concepción espi-ritualista del hombre informada por el principio del libre ar-bitrio en su forma más abstracta e indeterminada, desarro-llan la idea de la poena medicinalis, según la cual loshombres que delinquen pueden ser no sólo castigados sinotambién constreñidos por el Estado a hacerse buenos. Estavisión pedagógica de la pena genera una concepción de laprivación de la libertad personal como pena orientada a lareeducación, y al mismo tiempo utilizable como medida deprevención y de orden publico, representa además el moti-vo inspirador de la primera doctrina orgánica de la diferen-ciación penal, que partiendo de una concepción ético-inte-lectualista del delito como fruto de la ignorancia, desarrollauna doctrina de la pena como sanción diferenciada en razónde la capacidad de reo de mostrar vergüenza y de tomarconciencia de sus culpas; es decir el fin de la enmienda esasignado a la pena y en adición a las finalidades preponde-rantes de prevención general. Esta postura parte de posicio-nes filosóficas que persiguen la prevención especial de delos delitos asignando a las penas y a las medidas de seguri-dad el doble fin de curar al condenado en la presuposiciónde que es un individuo enfermo o de segregarlo y neutrali-zarlo en la presuposición de que también es peligroso. Laidea central de esta orientación es que el delincuente es unser antropológicamente inferior, más o menos desviado odegenerado. En esta perspectiva las penas asumen el carác-ter de medidas técnicamente apropiadas para las diversasexigencias terapéuticas y ortopédicas de la defensa social.1

Por tanto, es importante mencionar que los objetivos de lacárcel han ido evolucionando con el transcurso del tiempo.Poco a poco, la idea de que el prisionero tenía que repararel daño que había causado a la sociedad, fue tomando con-ciencia en ésta. El encarcelamiento tenía que ir acompaña-do del trabajo, el delincuente pagaba, con la prisión, unadeuda, no directamente a sus víctimas, pero sí al daño quesu comportamiento había causado a toda la sociedad. Trashaber cumplido su condena y pagado su deuda, el delin-cuente quedaba exento de toda culpa y podía reemprenderuna nueva vida. Pero la aplicación de esta utopía todavía nose ha hecho realidad. El hecho de considerar la prisión co-mo un lugar de reeducación del delincuente, se contemplótiempo después. La prisión se fijó otros objetivos: el cam-biar a los delincuentes y adaptarlos para una vida normal enla sociedad. Su principal idea era la de reeducar y reformara los delincuentes que habían tomado un camino equivoca-do. Durante el cumplimiento de las penas, la óptima rein-serción social del interno condenado debe ser el objetivo defundamental en un estado social de derecho, fundado en elrespeto de la dignidad humana; el objeto del derecho penalde un estado de este tipo no es excluir al delincuente sinobuscar su reinserción en su contexto y en forma adecuada.La función resocializadora del sistema penal adquiere granimportancia constitucional no solo desde el punto de vistade la dignidad; sino también como expresión del libre desa-rrollo de la personalidad humana.2

Antecedentes legislativos

Específicamente nuestro país, durante el siglo XIX, no ca-reció de previsiones sobre privación penal de la libertad. Enla República Mexicana jamás desaparecieron las aspiracio-nes humanitarias de los espíritus más avanzados; la necesi-dad de aliviar la suerte de los presos, como lo propone ladignidad humana, siguió a nuestros legisladores en el cursode aquella centuria de formación nacional. Los estudiososestaban al tanto del desarrollo que este asunto tenía en Eu-ropa y sobre todo en Estados Unidos de América, país quese presentaba como modelo del penitenciarismo humanita-rio, aunque difícilmente sostendríamos, hoy día, que la pri-sión celular haya sido un ejemplo de trato benévolo o si-quiera racional. Sin embargo, acaso lo era o lo parecía paralos pueblos que apenas abandonaban la tradición represorade la monarquía absoluta o el desorden y la promiscuidadde las viejas prisiones en que se hacinaban individuos de to-da naturaleza, sanos y enfermos, adultos y menores, delin-cuentes y deudores. El Congreso Constituyente de 1856-1857 se propondría los asuntos más delicados en la relaciónentre el hombre y el poder político, y un poco menos los re-

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lativos a la relación entre los individuos; ésta sería recupe-rada, profundizada, renovada por el Congreso de 1916-1917. En todo caso, el tema de las penas corresponde a laprimera categoría. Hay que advertir, además, que el ilustreConstituyente liberal, compuesto por algunos de los mejo-res hombres de la república, no sólo tenía en mente las doc-trinas filosóficas con más hondo compromiso humanista,que sugerían racionalidad y benevolencia, sino tenía a lavista la difícil situación de un país atravesado por guerrasciviles, mal administrado y difícilmente gobernado, en cu-yos campos y en cuyas calles abundaban los delincuentes, yeste otro panorama sugería rigor y cautela. No parecía posi-ble, pues, que aquellos espíritus selectos cedieran comple-tamente a sus convicciones, sin hacer de paso alguna con-cesión a las exigencias de una sociedad agraviada.3

En 1916, año de cita del Congreso Constituyente revolucio-nario, la situación de las cárceles era ruinosa. Muchos de losdiputados reunidos en Querétaro habían padecido prisión ymaltrato. Por ende, clamaban contra la represión de la dic-tadura y solicitaban la destrucción de los viejos penales y laadopción de un nuevo sistema carcelario. En su mensaje alCongreso, Venustiano Carranza planteó un ambicioso pro-yecto centralizador. Así, el segundo párrafo del propuestoartículo 18 decía: “Toda pena de más de tres años de prisiónse hará efectiva en colonias penales o presidios que depen-derán directamente del gobierno federal y que estarán fuerade las poblaciones, debiendo pagar los Estados a la Federa-ción los gastos que correspondan por el número de reos quetuvieren en dichos establecimientos”.4

En el intervalo entre las reformas constitucionales iniciadas,respectivamente, en 1964 y 1976, hubo algunos aconteci-mientos notables en el ámbito penitenciario del país. Un es-tudio sobre trece reclusorios, en esa época, arrojó inquie-tantes resultados: “los edificios de las cárceles no eranapropiados y estaban superpoblados; en un mismo edificio,aunque separados, se alojaba a procesados, sentenciados,hombres, mujeres y menores de edad; no existían talleres oeran insuficientes para dar trabajo a todos los reos”; corrup-ción en los penales y dirección inadecuada. Por lo que en1971 se expidió la Ley que establece las Normas Mínimassobre Readaptación Social de Sentenciados. Este breve or-denamiento –sólo 18 artículos principales y 5 transitorios–impulsó la formación de la rama jurídica ausente en el sis-tema penal mexicano: el derecho penitenciario. A este fe-cundo texto siguieron numerosas leyes en las entidades fe-derativas; en algún caso se dispuso la internación al derechomexicano de los principios proclamados por la Organiza-ción de las Naciones Unidas en materia de ejecución de san-

ciones. La Ley de Normas Mínimas fijó el propósito de cre-ar un sistema penitenciario realmente nacional; pieza maes-tra de esta pretensión es la Dirección General de (ServiciosCoordinados, originalmente) Prevención y ReadaptaciónSocial, dependiente de la Secretaría de Gobernación.5

Sobre este último punto conviene subrayar que la ejecuciónde penas en México ha quedado a cargo de autoridades ad-ministrativas; en el ámbito federal, la autoridad ejecutora esla Secretaría de Gobernación por medio de las unidades,instituidas, reguladas y modificadas por la legislación de1929, 1931 y 1971; en los planos locales son bien conoci-das las direcciones o departamentos de prevención y rea-daptación social, organizados a la manera de la autoridadfederal. No se ha introducido aquí, pues, la intervención ju-dicial en la ejecución de sanciones, ampliamente aceptadaen otros países, más allá de alguna injerencia ocasional queno implica conducción del tratamiento. Empero, en los últi-mos años y con la reciente reforma, han surgido algunaspropuestas para adoptar la figura del juez de vigilancia oejecución, bajo diversas modalidades.

Derivado del decreto que reforma diversos artículos de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pu-blicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 18 dejunio del 2008, conocida como “reforma penal constitucio-nal”, mediante la cual se elimina el concepto de “readapta-ción social” y se incorpora el de “reinserción social” en elartículo 18 del citado ordenamiento. El mismo artículoconstitucional se adicionó: el sistema penitenciario se orga-nizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mis-mo, la educación, la salud y el deporte como medios paralograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procu-rar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios quepara él prevé la ley.

En pocas palabras, dicha reforma en la parte relativa al sis-tema penitenciario estableció en el artículo 18 constitucio-nal modificaciones sustanciales para poder trascender losproblemas de las cárceles en México, destacando de esta re-forma en materia penitenciaria lo que a continuación se ex-pone:

• Se incluye el derecho a la salud y al deporte de las per-sonas privadas de su libertad.

• Se sustituye el concepto de readaptación social por elde reinserción social para que se tenga como un nuevoobjetivo el procurar que los reclusos no vuelvan a delin-quir.

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• Los penales de máxima seguridad se reservan para losprocesados o sentenciados por delincuencia organizada yotros internos que requieran medidas especiales de segu-ridad.

• Se prohíbe que los indiciados y sentenciados por deli-tos de delincuencia organizada puedan compurgar suspenas en los centros penitenciarios más cercanos a su do-micilio.

• Se destinan centros de reclusión especiales para indi-ciados y sentenciados por delitos de delincuencia organi-zada.

• Se restringe la comunicación para indiciados y senten-ciados por delitos de delincuencia organizada, salvo consu defensor, imponiéndose medidas de vigilancia espe-cial, dada su alta peligrosidad.

• Se suprime al Ejecutivo federal la facultad de ejecutarlas penas, únicamente organizará y administrara el fun-cionamiento de los centros de reclusión.

• Se le otorga la facultad de ejecutar las sentencias al Po-der Judicial, lo que implica salvaguardar los derechos delos internos y corregir los abusos, desviaciones y cum-plimiento de los preceptos que en el régimen penitencia-rio puedan producirse.

De igual modo, el 23 de enero de 2009 se publicó en el DOFla reforma de diversas disposiciones en materia de seguri-dad pública y justicia, denominada “miscelánea penal”, enla cual se reformaron, adicionaron y derogaron nueve orde-namientos en temas de seguridad pública y justicia penal:

1. Código Federal de Procedimientos Penales;

2. Ley Federal contra la Delincuencia Organizada;

3. Ley que establece las Normas Mínimas sobre Rea-daptación Social de Sentenciados;

4. Código Penal Federal;

5. Ley de la Policía Federal Preventiva;

6. Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Repú-blica;

7. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas delos Servidores Públicos;

8. Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y107 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; y

9. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Adminis-trativo.

Evidentemente, los mencionados elementos, elevados arango constitucional, no son nuevos puesto que ya eran con-siderados en la Ley de Normas Mínimas sobre Readapta-ción Social de Sentenciados y en las legislaciones locales deejecución de sanciones. Sin embargo, hoy en día el reto delsistema penitenciario mexicano sigue consistiendo en el he-cho de implementar una estrategia para recuperar los cen-tros de reclusión de la crisis en la que están inmersos ytransformarlos en espacios que retribuyan a la sociedad,mediante la reinserción exitosa de las personas sentencia-das.

A continuación se enumera las reformas que desde su crea-ción y hasta hoy en día ha experimentado la Ley que Esta-blece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social deSentenciados:

Decretos de reforma

Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readapta-ción Social de Sentenciados.

DOF, 19 de mayo de 1971.

Decreto por el que se reforman diversas leyes para con-cordarlas con el decreto que reformó los artículos 43 ydemás relativos de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos.

DOF, 23 de diciembre de 1974.

Decreto por el que se reforma la Ley que establece lasNormas Mínimas sobre Readaptación Social de Senten-ciados.

DOF, 10 de diciembre de 1984.

Decreto que reforma y adiciona diversas disposicionesdel Código Penal para el Distrito Federal en materia de

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fuero común, y para toda la república en materia de fue-ro federal; y de la Ley que establece las Normas Míni-mas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

DOF, 28 de diciembre de 1992.

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones enmateria penal.

DOF. 17 de mayo de 1999.

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas dis-posiciones de la Ley que establece las Normas Mínimassobre Readaptación Social de Sentenciados.

DOF, 2 de septiembre de 2004.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan di-versas disposiciones del Código Federal de Procedi-mientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuen-cia Organizada, de la Ley que establece las NormasMínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados,del Código Penal Federal, de la Ley de la Policía Fede-ral Preventiva, de la Ley Orgánica de la ProcuraduríaGeneral de la República, de la Ley Federal de Responsa-bilidades Administrativas de los Servidores Públicos, yde la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-nistrativo.

DOF, 23 de enero de 2009.

Las últimas reformas de la Ley que establece las NormasMínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, pu-blicadas en el DOF el 23 de enero de 2009, establecieron lasmedidas de excepción que caracterizan el régimen de delin-cuencia organizada y no deben limitarse a la averiguaciónprevia y al proceso, su efectividad debe operar hasta la eta-pa ejecución de las penas, por ende, se proponen implantarmedidas como la reclusión en centros especiales, entiénda-se centros federales de máxima seguridad, así como de vi-gilancia especial. Además se propone que tales medidasoperen tanto para los indiciados o sentenciados por delitosde delincuencia organizada como para otros internos que re-quieran medidas especiales de seguridad.

La reclusión en centros especiales y la implantación de me-didas de vigilancia especial tratan de prevenir y evitar quelos delincuentes sujetos a estos tipos de medidas, sean libe-rados por los miembros de las organizaciones criminales o

mantenga una comunicación con las mismas, proporcionan-do de esta manera a la sociedad cierto grado de tranquilidaden relación a las actividades delictivas que pudieran seguirrealizando en internamiento, tiene además entre sus objeti-vos, prevenir y abatir circunstancias que pongan en peligrobienes relevantes, así como evitar que se ponga en peligroel desarrollo de la investigación o del proceso correspon-diente.

En razón de lo expuesto, las personas que delinquen y com-purgan una condena en prisión, deben ser objeto de reinser-ción social, lo que no siempre se ha considerado acertado ymenos tratándose de delitos menores, ya que las penas cor-tas de privación de la libertad resultan innecesarias e insufi-cientes para lograr en breve tiempo, la “reeducación o rein-serción social”, además de los efectos perniciosos delcontacto con otros internos.6

El Estado, a través de instituciones específicas, cuando pri-va de la libertad a un sujeto que ha violado alguna disposi-ción penal, se preocupar por proporcionarle trabajo, la ca-pacitación para éste, educación, salud y deporte comomedios que le permitan la reinserción a la sociedad paraprocurar que no vuelva a delinquir al salir de prisión; en esesentido, la función de la pena ya no es sólo el castigo por elcastigo mismo, sino que a través de ella se proporcionan alinterno los elementos que incidan en este objetivo. Algunosautores consideran que con estos elementos no se agotan lasposibilidades legales de tratamiento; aquellos sólo han sidorecogidos como simple mínimo constitucional, en el senti-do de que el Estado puede y debe tratar al delincuente yadoptar la práctica de otras medidas en la legislación se-cundaria, que enriquecen el reducido mínimo social, el de-porte, la terapia individual y grupal, la asistencia espiritual,etcétera; en definitiva no cabría hablar de reinserción social,ni sería posible establecer un certero sistema de educacióny de trabajo si no se procura aquélla y se hacen factibles és-tos por medio de otros numerosos apoyos institucionales.Luego entonces, el régimen penitenciario debe emplear, tra-tando de aplicarlos conforme a las necesidades del trata-miento individual de los delincuentes, todos los medios cu-rativos, educativos, espirituales y de otra naturaleza y detodas las formas de asistencia de que pueda disponer. El ob-jeto del tratamiento es inculcarle al interno la voluntad deser conforme a la ley, mantenerse con el producto de su tra-bajo y crear en él aptitud para hacerlo. Dicho tratamientoestará encaminado a fomentar el respeto por sí mismo ydesarrollar el sentido de responsabilidad al salir de prisión.7

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Marco teórico de técnica legislativa

Para el profesor Fernández Ruiz, citando a Manuel Atienza,el proceso de producción de las leyes se desarrolla dentro deciertos niveles de racionalidad como :La racionalidad lin-güística, según la cual el emisor u órgano legislativo, debeser capaz dentro de un esquema de comunicación, de trans-mitir de manera fluida un mensaje a sus destinatarios; por locual la nueva ley habrá de inscribirse dentro del contextodel sistema jurídico dado; La racionalidad Pragmática, serefiere a que la conducta de los destinatarios habrá de ajus-tarse a lo dispuesto en el nuevo ordenamiento jurídico; asípues, para la creación de una nueva ley, se debe tomar encuenta la existencia de otros cuerpos normativos, con el finde evitar contradicciones y distorsiones, con los cuales pue-de estar relacionada la legislación que se pretende incorpo-rar a un sistema jurídico preexistente. En este sentido se de-be considerar que la ley que se pretende expedir se integraa un sistema jurídico, cuyo objeto es que la impartición dejusticia penal contenga características del sistema acusato-rio. Para lograr lo anterior es necesario que todas las normasse sujeten a los principios establecidos en la Constitución yque cada uno de los elementos del sistema, incluyendo lanueva ley, interactúen entre si y no de manera dispersa. Envirtud de lo anterior surge la necesidad de que el nuevocuerpo normativo sea congruente con las normas jurídicascontenidas en la Constitución y los cuerpos normativos yaexistentes.8

Luego entonces, las características formales que deben con-tener los cuerpos normativos son las siguientes: el uso dellenguaje, su estructura lógica, brevedad, claridad, redac-ción; y la inserción armónica dentro del sistema jurídico, esdecir, de su cumplimiento con las reglas establecidas en laconstitución y las leyes relacionadas.

Por último, la doctrina refiere que en un sistema normativopueden existir normas redundantes, es decir, normas queprescriben las mismas soluciones para los mismos casos. Laredundancia entre dos o más normas puede ser total o par-cial; el hecho de que haya normas redundantes no impideel funcionamiento del sistema jurídico, pero la presenciade muchas normas redundantes conduce a una innecesariasuperabundancia de normas, lo cual hace más difícil sumanejo.9

Respecto a lo anterior, la presente iniciativa de ley muestralas siguientes deficiencias:

Primero. Aspecto importante para cualquier iniciativa deley, y del cual la presente iniciativa carece, es la exposiciónde motivos, la cual consiste en una amplia gama de necesi-dades, problemáticas, impulsos, razones o cualquier tipo decircunstancia que podrían llevar al legislador a expedir unanueva ley. Es decir, lo que se podría definir como el hechoo situación legislable que reclama la actividad del órganocon potestad para dictar leyes. Entre éstos podemos encon-trar entre otros, los siguientes motivos: jurídicos o por man-dato escrito; de órganos del Estado; parlamentarios y socia-les. Todos estos estímulos e impulsos en la mayor parte delos casos llegan al Congreso por una vía directa de decisión,ya sea, porque los actores legitimados para presentar la ini-ciativa de ley así lo hacen o por la vía de los programas degobierno.

No cabe duda de que ante una dificultad inminente, siemprese piensa en una nueva legislación para darle solución, loanterior sucede por diversas causas; entre otras, por el im-pacto que en la población causa la promulgación de de unanueva ley y los organismos que de esta deriven siempre se-rán seguidos con interés. En cuestión de costos, la ley es unmedio, podríamos decir, económico y barato. Lo cierto esque antes de plantear la promulgación de una ley, la prime-ra pregunta que, nuestra teoría de la legislación aconseja,es: ¿ciertamente dicha ley es necesaria? Es contundente queno siempre la creación de una ley es la mejor solución a unproblema, pues, la eficiencia de la misma no esta garantiza-da en la norma. De hecho se ha llegado a comprobar que laeficiencia de las leyes cuando estas son muchas esta es de-creciente. Por otro lado queda claro que, en muchas ocasio-nes, el derecho tiene limitaciones objetivas, es decir, ámbi-tos donde no suele dar resultados efectivos piénsese, porejemplo, en cuestiones genéricas. Por tanto, en este ámbito,que hemos llamado “diagnóstico del problema”, hay ciertotipo de consideraciones, de actos o medidas que deberándesarrollarse antes de pensar en emitir una norma legal.10

Cuando se ha tomado la decisión de redactar una ley, loselementos mínimos que se deben tener en consideración pa-ra redactar técnicamente bien una ley son los siguientes:

• Comprensión de los objetivos.

• Análisis de los objetivos

• Diseño de la estructura de las normas.

• Composición o redacción de la norma.

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• Examen crítico del resultado.

La comprensión de los objetivos exige del redactor de lanorma con rango de ley, un conocimiento preciso de lo queel legislador persigue a través del texto normativo. Cabríapreguntarse: ¿qué quiere el legislador? ¿Cómo va a actuarpara hacer frente al hecho legislable? ¿De qué mecanismosse valdrá para solucionar la problemática plantada? Convie-ne pues, distinguir los aspectos mas relevantes de la pro-puesta legislativa para comprender no solo el sentido en quese redactara la ley sino el problema que con esta se preten-de superar. Para ello resulta pertinente tener como ejes dedicha labor los siguientes aspectos:

1. Objeto de la norma legal = Ámbito que pretende regular.

2. Objetivo de la norma legal = Efectos deseados por ellegislador.

3. Motivos de la norma = Causas que han llevado al le-gislador a dictar una ley.

4. Razones de la norma = Valores que se tratan de prote-ger a través de la ley.

El objeto de la norma legal es un aspecto que debe ser bienentendido de lo contrario es muy probable que la ley no seaexitosa. Este asunto es muy importante porque tiene quever, en primer lugar, con que el o los responsables políticostransmitan al redactor de la norma una idea clara de lo quese quiere plasmar, regular o establecer en la misma. Es, asímismo, importante que este ámbito este bien determinado yperfectamente concretizado, a través de su redacción en elproyecto de ley, para que después, en el debate parlamenta-rio, no se desvirtúe dicho objetivo.

1. Por otra parte, la materia objeto de la ley también esimportante para que cada uno de los agentes que se en-cargaran de su aplicación entiendan, de manera clara, enqué consistirá su intervención, esto es, cuáles serán losalcances o la participación de la administración públicao de cualquier otro órgano del Estado. De igual forma, elobjeto de la ley debe ser claro para que el ciudadano pue-da cumplirla. En este momento lo que se debe perseguires desarrollar leyes accesibles que en sí mismas favorez-can su cumplimiento. Finalmente, resulta evidente que elobjeto de la norma está íntimamente vinculado al exa-men de resultados de la ley.

2. Objetivo de la norma legal. Un aspecto que debe que-dar claro para quien va a elaborar y redactar la ley es elrelativo a los efectos que con esta persigue el legislador.Toda decisión política que se pretende traducir en normalegal, parte de la premisa de modificación de una situa-ción de hecho, por lo tanto, el mecanismo por el que seha optado para dicha solución, que no pudo ser otro se-gún nuestro esquema, es una ley y esta debe en si mismaengendrar todas las soluciones, o al menos el mayor nú-mero de éstas, que plantea el hecho legislable.

3. Los motivos de la norma legal están perfectamenteasociados con las causas, razones o circunstancias quellevaron al legislador a hacer frente al hecho legislable através de una norma con rango de ley. Esto, desde luego,implica que existió todo un proceso de eliminación deopciones, que concluyo con la decisión de dictar una leyy, por ejemplo, se dejaron en el camino otras alternativasy opciones. El hecho mismo de optar por una norma conrango de ley y no por una norma inferior ha sido, llega-do este momento, valorado desde todas sus aristas.

4. Los anteriores momentos que han sido determinantespara que el legislador decida emitir una ley se conviertenen lo que hemos denominado las razones de la norma le-gal; esto es, los valores que por esta vía se tratan de pro-teger. De tal forma, no existe otra vía, o al menos estasson muy limitadas, para hacer frente de manera óptimaal hecho legislable.

Todos estos elementos, más los que el legislador considerepertinentes, deben ser trasmitidos a través de un instrumen-to central en el proceso de elaboración y redacción de las le-yes.

A falta de exposición de motivos en la presente iniciativa deLey, únicamente podemos desprender de su contenido queel objetivo es el expresado en los artículos 1o., el cual se-ñala lo siguiente:

Artículo 1. La presente ley es reglamentaria del artí-culo 18 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos en materia de reinserción social ytiene por objeto regular la asistencia de los procesa-dos, el tratamiento de los condenados a penas priva-tivas de la libertad y la ejecución de las sanciones pe-nales.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y deobservancia general en todo el territorio nacional.

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Luego entonces, la iniciativa con proyecto de decreto queexpide la Ley Federal de Reinserción Social, tiene por ob-jeto reglamentar el artículo 18 de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos a fin de regular la asistenciade los procesados, el tratamiento a los sentenciados a penasprivativas de la libertad y la ejecución de sanciones penales.Sin embargo, derivado de la revisión jurídica efectuada alpresente documento se advierte que dicho instrumento no seproyecta del todo en cumplimiento del mandato constitu-cional del

Artículo 18. Sólo por delito que merezca pena privativade libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio deésta será distinto del que se destinare para la extinción delas penas y estarán completamente separados.

El sistema penitenciario se organizará sobre la base del tra-bajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud yel deporte como medios para lograr la reinserción del sen-tenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir,observando los beneficios que para él prevé la ley.

Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separadosde los destinados a los hombres para tal efecto.

La federación, los estados y el Distrito Federal podrán cele-brar convenios para que los sentenciados por delitos del ám-bito de su competencia extingan las penas en estableci-mientos penitenciarios dependientes de una jurisdiccióndiversa.

La federación, los estados y el Distrito Federal establecerán,en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema in-tegral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya larealización de una conducta tipificada como delito por lasleyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menosde dieciocho años de edad, en el que se garanticen los dere-chos fundamentales que reconoce esta Constitución para to-do individuo, así como aquellos derechos específicos quepor su condición de personas en desarrollo les han sido re-conocidos. Las personas menores de doce años que hayanrealizado una conducta prevista como delito en la ley, soloserán sujetos a rehabilitación y asistencia social.

La operación del sistema en cada orden de gobierno estaráa cargo de instituciones, tribunales y autoridades especiali-zados en la procuración e impartición de justicia para ado-lescentes. Se podrán aplicar las medidas de orientación,protección y tratamiento que amerite cada caso, atendien-

do a la protección integral y el interés superior del adoles-cente.

Las formas alternativas de justicia deberán observarse en laaplicación de este sistema, siempre que resulte procedente.En todos los procedimientos seguidos a los adolescentes seobservará la garantía del debido proceso legal, así como laindependencia entre las autoridades que efectúen la remi-sión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser pro-porcionales a la conducta realizada y tendrán como fin lareintegración social y familiar del adolescente, así como elpleno desarrollo de su persona y capacidades. El interna-miento se utilizará solo como medida extrema y por el tiem-po más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente alos adolescentes mayores de catorce años de edad, por la co-misión de conductas antisociales calificadas como graves.

Los sentenciados de nacionalidad mexicana que se encuen-tren compurgando penas en países extranjeros, podrán sertrasladados a la república para que cumplan sus condenascon base en los sistemas de reinserción social previstos eneste artículo, y los sentenciados de nacionalidad extranjerapor delitos del orden federal o del fuero común, podrán sertrasladados al país de su origen o residencia, sujetándose alos Tratados Internacionales que se hayan celebrado paraese efecto. El traslado de los reclusos sólo podrá efectuarsecon su consentimiento expreso.

Los sentenciados, en los casos y condiciones que establez-ca la ley, podrán compurgar sus penas en los centros peni-tenciarios más cercanos a su domicilio, a fin de propiciar sureintegración a la comunidad como forma de reinserciónsocial. Esta disposición no aplicará en caso de delincuenciaorganizada y respecto de otros internos que requieran medi-das especiales de seguridad.

Para la reclusión preventiva y la ejecución de sentencias enmateria de delincuencia organizada se destinarán centrosespeciales. Las autoridades competentes podrán restringirlas comunicaciones de los inculpados y sentenciados pordelincuencia organizada con terceros, salvo el acceso a sudefensor, e imponer medidas de vigilancia especial a quie-nes se encuentren internos en estos establecimientos. Lo an-terior podrá aplicarse a otros internos que requieran medi-das especiales de seguridad, en términos de la ley.

En el presente proyecto, con relación al artículo 1o., es im-portante que el proponente se remita a la intención delConstituyente Permanente al reformar el artículo 18 consti-

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tucional, en términos del decreto publicado en el DOF el 18de junio de 2008, pues reincorporó no sólo el término rein-serción social sino el de sistema penitenciario, establecien-do las bases para su organización. Por ello, el hecho de quese señale en la presente ley que tiene por objeto regular laasistencia de los procesados, el tratamiento de los condena-dos a penas privativas de la libertad y la ejecución de lassanciones penales; resulta limitativo ante el imperativo degenerar un instrumento integral, que sirva de marco jurídi-co especifico para el funcionamiento especifico del sistemapenitenciario federal, y a la vez establezca líneas generalesque permitan la coordinación de la federación con las dife-rentes instancias nacionales en materia penitenciaria.

Segundo. Es importante destacar que del contenido del nu-meral 5o. se advierte que no se hace alusión a la ejecuciónde medidas de tratamiento a adolescentes que han delinqui-do; por lo que se hace indispensable estipular el régimen ad-ministrativo bajo el cual se regulara la relación de los cuer-pos de seguridad penitenciaria, atendiendo lo dispuesto enel artículo 5o., fracción X, de la Ley General del SistemaNacional de Seguridad Pública, que incorpora a los cuerposde vigilancia y custodia de los establecimientos penitencia-rios como instituciones policiales.

Tercero. Por lo que hace al artículo 12, es improcedente, enrazón de que se debió atender lo establecido en la Ley Or-gánica de la Administración Pública Federal y demás orde-namientos aplicables, en lo relativo a la administración delsistema penitenciario.

Cuarto. Para el artículo 31, las fracciones IV, V y VI de es-ta ley, se considera inviable en razón de que en ninguna par-te del documento se encuentra fundamentada la creación,integración y funcionamiento de los comités a los que sealude, por lo que debe ser establecido en la misma, o en sucaso remitir su integración y funcionamiento a lo que se es-tablezca en el reglamento respectivo.

Quinto. Por cuanto a los programas de educación, trabajo ygrupos de ayuda que se mencionan en las fracciones I, II yIII del artículo 34, se omite mencionar que dentro de dichosprogramas para la reinserción social que refieren, se en-cuentran también los de salud y deporte.

Sexto. En gran parte de las fracciones del artículo 35 se ha-ce uso de palabras sinónimas, reiterativas o de redacción esconfusa.

Séptimo. Respecto al artículo 40 es preciso señalar que di-cha figura no se encuentra debidamente fundamentada enesta ley, ya que únicamente se hace mención de ella, más node su establecimiento, facultades, atribuciones, requisitos oen su defecto la manifestación de que los conceptos citadosse expresaran en el reglamento respectivo.

Octavo. Respecto al artículo 42 es oportuno aclarar que elartículo 68 que se menciona no trata de las constancias aque se refiere el artículo 42 de la presente iniciativa sino,más bien, el artículo 40 el que maneja dicho concepto.

Noveno. Por otro lado y en concordancia con lo estableci-do en la reforma constitucional al respecto hay que atenderal cambio de denominación de readaptación a reinserciónsocial, pues la expresión “readaptación social” es inadecua-da para nombrar al momento en que los sentenciados termi-nan sus condenas y se insertan nuevamente en su entornosocial. Si tomamos como referente la esencia misma de laprisión, como una institución total y excluyente, inferire-mos que no es posible que los sentenciados logren durantesu estancia en ella una readaptación social. Una institucióncuya característica principal es la exclusión, no puede in-cluir o readaptar a nadie a la sociedad. No obstante lo ante-rior en diferentes artículos de la presente iniciativa, se sigueutilizando la expresión “readaptación social”, en vez de,“reinserción social”.

Décimo. Es necesario se precise, si el oficial de custodiaque se menciona en el artículo 64, es el oficial de vigilanciaque se establece en artículos anteriores, ya que se presta aconfusión. Y para el caso de ser una figura distinta se debe-ría determinar en tal forma: cual es la autoridad competen-te que deberá nombrarlo, las funciones y atribuciones quedesempeñara, y los requisitos que han de ser expresados enel reglamento correspondiente. Es decir, habrá que determi-nar la nomenclatura correcta, oficial de custodia, o bien devigilancia; especificando si se trata de dos figuras distintasentre sí.

Undécimo. El artículo 65 refiere que el trabajo que se de-sempeñe y las actividades que se realicen durante el perio-do en libertad condicional deberán recibir la aprobación deun consejo de preliberación, el cual no tiene fundamento enesta ley, toda vez que únicamente se faculta a la constitu-ción de comités, por lo cual es incorrecto y se debe corregiro aclarar lo pertinente al respecto.

Duodécimo. De nuevo con relación al artículo 2, cabe des-tacar que en el concepto de reinserción, se deben establecer

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las dos premisas básicas de la reinserción: el derecho delsentenciado a optar por una expectativa de vida que permi-ta desenvolverse en la sociedad y la obligación del Estado aproporcionar los medios para llevarla a cabo.

Por otro lado, es importante destacar que los establecimien-tos carcelarios a que se refiere el artículo 2 del presente pro-yecto de iniciativa, son los centros penitenciarios depen-dientes de la Coordinación General de Centros Federales,unidad administrativa del órgano administrativo desconcen-trado Prevención y Readaptación Social, en términos del ar-tículo 12 del reglamento de dicho órgano. En razón de loexpuesto, se debe replantear la definición y los elementosque integran y dan como resultado la reinserción social; asímismo, modificar el término instituciones civiles por el decentros penitenciarios, a efectos de evitar su confusión conaquellas organizaciones de carácter social, cuya naturalezajurídica y objeto es distinto al que da vida a los centros pe-nitenciarios.

Otro aspecto del anteproyecto en comento consiste en queno regula lo relativo a los establecimientos y medios mate-riales, en cuestiones de derecho comparado, como lo es enel caso de España en la Ley Orgánica 1/1979 General Peni-tenciaria, del 26 del septiembre, en la cual se establece quelos centros penitenciarios deberán comprender estableci-mientos preventivos, de cumplimiento de penas y especia-les. De forma tal que es conveniente regular, tanto la ubica-ción de los centros penitenciarios, así como el número depersonas a las que deberá acoger por unidad, y los servicioscon los que deberá contar para lograr una adecuada reinser-ción del sujeto; en general, todos aquellos que permitan de-sarrollar en ellos una vida de colectividad organizada y unaadecuada clasificación de los internos, en relación con losfines que en cada caso les están atribuidos. De esta maneralos establecimientos penitenciarios deben ser dotados de losmedios materiales y personales necesarios que aseguren elmantenimiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines.

En este sentido, la Ley Federal contra la Delincuencia Or-ganizada señala que la legislación que establezca las nor-mas sobre ejecución de penas y medidas de seguridad pre-verá la definición de centros especiales para la reclusiónpreventiva y la ejecución de sentencias, la restricción de co-municaciones de los imputados y sentenciados y la imposi-ción de medidas de vigilancia especial a los internos por de-lincuencia organizada. Por ello se sugiere incluir locorrespondiente a fin de armonizar ambas leyes con el man-dato constitucional.

Decimotercero. Respecto al artículo 9 del presente proyec-to de iniciativa, no se comparte su postura, toda vez que losordenamientos jurídicos vigentes en la materia establecenque es la Secretaría de Seguridad Pública federal, la depen-dencia facultada para administrar el sistema federal peni-tenciario, como se señala a continuación:

Al respecto, el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Ad-ministración Pública Federal:

Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad Públicacorresponde el despacho de los siguientes asuntos…

… XXIII. Ejecutar las penas por delitos del orden fede-ral y administrar el sistema federal penitenciario; así co-mo organizar y dirigir las actividades de apoyo a libera-dos…

La misma Ley General del Sistema Nacional de SeguridadPública establece con toda precisión que uno de los fines dela seguridad pública es la prevención especial y general delos delitos y la reinserción social del individuo:

Artículo 2. La seguridad pública es una función a cargode la federación, el Distrito Federal, los estados y losmunicipios, que tiene como fines salvaguardar la integri-dad y derechos de las personas, así como preservar las li-bertades, el orden y la paz públicos y comprende la pre-vención especial y general de los delitos, la investigaciónpara hacerla efectiva, la sanción de las infracciones ad-ministrativas, así como la investigación y la persecuciónde los delitos y la reinserción social del individuo, en tér-minos de esta ley, en las respectivas competencias esta-blecidas en la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos.

El Estado desarrollará políticas en materia de prevenciónsocial del delito con carácter integral, sobre las causas quegeneran la comisión de delitos y conductas antisociales, asícomo programas y acciones para fomentar en la sociedadvalores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la le-galidad y a la protección de las víctimas.

Además, el artículo 13, fracciones I, II y III, del Reglamen-to Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, ya que es-tablece que le corresponde a la Subsecretaría del SistemaPenitenciario Federal proponer las políticas, estrategias yprogramas que garanticen el adecuado funcionamiento delsistema penitenciario, supervisar y evaluar la operación delórgano administrativo desconcentrado Prevención y Rea-

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daptación Social; y verificar el cumplimiento de los progra-mas de readaptación social de sentenciados, de acuerdo a laley de la materia y a los ordenamientos correspondientes.

Conforme a lo establecido en el artículo 5, fracción II, delReglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado dePrevención y Readaptación Social, éste cuenta con la Coor-dinación General de Centros Federales, como unidad admi-nistrativa para la organización y funcionamiento de los pe-nales federales. De esta forma lo dispuesto en el artículo 12del mismo reglamento, la Coordinación General de CentrosFederales se advierte, que es la unidad administrativa com-petente para administrar el funcionamiento de los centrospenitenciarios.

Órgano administrativo desconcentrado Prevención yReadaptación Social de la Secretaría de SeguridadPública. Es la autoridad competente para estableceren qué medida opera la simultaneidad en la compur-gación de las penas tratándose de la prisión preventi-va prevista en el artículo 25 del Código Penal Fede-ral.

De acuerdo con el sistema de competencia constitucionalprevisto en los artículos 18 y 21 de la Constitución Polí-tica de los Estados Unidos Mexicanos, el ámbito de ac-tuación de cada una de las autoridades que intervienen enel procedimiento penal está definido con nitidez; así, laautoridad judicial tiene facultades exclusivas para impo-ner penas, en tanto que la administrativa es la encargadade su ejecución y de la organización del sistema peniten-ciario. Por otro lado, el artículo 25 del Código Penal Fe-deral, reformado mediante decreto publicado en el DOFel 26 de mayo de 2004, en su segundo párrafo, dispone:“La privación de libertad preventiva se computará parael cumplimiento de la pena impuesta así como de las quepudieran imponerse en otras causas, aunque hayan teni-do por objeto hechos anteriores al ingreso a prisión. Eneste caso, las penas se compurgarán en forma simultá-nea”. Como se observa la norma tiene aplicación en elámbito de ejecución de las penas, que concierne a la au-toridad administrativa, pues es aquella que tiene conoci-miento de la cantidad de sanciones corporales impuestasa un reo y busca favorecerlo para que se incluya el tiem-po de prisión preventiva simultánea de una o más causas.Por tanto, si el órgano administrativo desconcentradoPrevención y Readaptación Social de la Secretaría de Se-guridad Pública tiene conocimiento del estado real y ac-tual de las penas de cada sentenciado, sin duda es la au-

toridad competente para establecer en qué medida operala simultaneidad en la compurgación de las penas tratán-dose de la prisión preventiva prevista en el aludido artí-culo 25 de la ley sustantiva penal federal.

Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito

Amparo en revisión 368/2006. Comisionado del órganoadministrativo desconcentrado Prevención y Readapta-ción Social, 13 de septiembre de 2006. Unanimidad devotos. Ponente: María Guadalupe Molina Covarrubias.Secretaria: Hilda Irma Guerrero Herrera.

Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 176/2006-PS, que fue declarada sin materia por la Primera Sala, to-da vez que sobre el tema tratado existe la tesis 1a./J.100/2007, que aparece publicada en el Semanario Judi-cial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomoXXVI, agosto de 2007, página 241, con el rubro “Penasprivativas de la libertad. Corresponde a la autoridad ju-risdiccional la aplicación retroactiva en beneficio del reode los artículos 25, párrafo segundo, y 64, párrafo se-gundo, del Código Penal Federal, para modificar elquántum de aquéllas, aun cuando esté en ejecución lasentencia”.

Decimocuarto. El proyecto que se analiza hace mención ensu artículo 14, sobre el carácter progresivo del régimen pe-nitenciario, sin embargo no establece ningún apartado sobrela progresividad del mismo, como se ha hecho en materia dederecho comparado, el senado y la Cámara de Diputados dela Nación Argentina en la Ley de la Ejecución de la PenaPrivativa de la Libertad (Ley 24.660) que establece en su ar-tículo II los periodos del régimen carcelario aplicable alcondenado, cualquiera que fuera la pena impuesta, esta pro-gresividad se caracteriza por cuatro periodos ampliamentedescritos:

• Periodo de observación

• Periodo de tratamiento

• Periodo de prueba

• Periodo de libertad condicional

Cabe destacar que estos cuatro periodos comprenden la par-te más importante de todo el anteproyecto de la ley que seestudia, pues con ellos se estaría cumpliendo lo establecido

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por el artículo 18 constitucional, toda vez que es aquí don-de se establece la finalidad de la pena, es decir, la reinser-ción del condenado.

De acuerdo con la reforma constitucional del 18 de junio de2008, la reinserción pasa a ser un derecho del sentenciadopor lo que habrá que darle seguimiento gradual medianteestudios médicos, psicológicos y sociales con el objeto deproyectar y desarrollar su reinserción en la medida que lopermita la mayor o menor especialidad del establecimientopenitenciario.

Este periodo de tratamiento sistemático, puede ser fraccio-nado en fases que importen para el condenado una paulati-na atenuación de las restricciones inherentes a la pena.

Otra de las cuestiones que no se logran apreciar en el pro-yecto de referencia es lo concerniente al régimen peniten-ciario, que si bien se habla de la “ejecución de las penas ymedidas de seguridad”, en el no se describe lo relativo a losregímenes para esa ejecución de sanciones penales, es decir,no se mencionan los tipos de sistemas a través de los cualesse clasifica la forma en que se cumplen las penas (sistemacerrado, semiabierto o abierto) cuyo fundamento se en-cuentra en el principio de autodisciplina, que trae comoconsecuencia necesaria la obtención de beneficios peniten-ciarios.

Decimoquinto. En lo relativo a la justicia para adolescen-tes no se establece el marco de individualización de la me-dida de tratamiento, puesto que no se indican que criterioso parámetros utilizara el juez del juicio oral, en la ejecuciónde la medida de tratamiento, ya sea en internamiento o enexternación, en tal sentido se brinda el soporte necesariocon las siguientes tesis de jurisprudencia:

Menores infractores. La resolución que imponga lamedida de tratamiento en internación debe fijar suduración de forma determinada e individualizada

Conforme a la Ley para el Tratamiento de Menores In-fractores para el Distrito Federal en materia común y pa-ra toda la república en materia federal, cuando a los me-nores se les encuentre responsables de la comisión deconductas ilícitas que ameriten la aplicación de la medi-da de tratamiento en internación –la cual implica la pri-vación de su libertad– aquélla deberá fijarse de maneraindividualizada. Así, para que la resolución que impongael internamiento del menor en un centro de tratamientorespete la garantía de seguridad jurídica, deberá precisar

su duración, ya que la circunstancia de que para su apli-cación previamente deba tomarse en cuenta el dictamenelaborado por el Comité Técnico Interdisciplinario, conbase en el diagnóstico biopsicosocial del menor, no jus-tifica que el tiempo de internamiento quede señalado ge-nérica e indeterminadamente entre un mínimo y un má-ximo, pues por tratarse de una privación de la libertaddel infractor, tal medida debe individualizarse y determi-narse con la mayor precisión posible, a partir de los ele-mentos proporcionados en el dictamen del referido co-mité. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de losconsejeros para liberar al menor de la medida impuesta,si con motivo de nuevas evaluaciones apareciere que és-te ha sido readaptado a la sociedad, en términos del artí-culo 61 de la ley señalada.

Contradicción de tesis 35/2005-PS. Entre las sustentadaspor los Tribunales Colegiados Séptimo y Noveno, ambosen Materia Penal del Primer Circuito, 1 de junio de 2005.Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario:Pedro Arroyo Soto.

Tesis de jurisprudencia 68/2005. Aprobada por la Prime-ra Sala de este alto tribunal, en sesión de fecha primerode junio de dos mil cinco.

Inimputables. La autoridad judicial que imponga lamedida de tratamiento en internación debe indivi-dualizarla y fijar su duración (legislación del DistritoFederal)

El artículo 66 del nuevo Código Penal para el Distrito Fe-deral señala que, en ningún caso, la duración del tratamien-to para el inimputable excederá del máximo de la pena pri-vativa de libertad que se aplicaría por el delito cometido asujetos imputables. Por su parte, el numeral 72 de dicho có-digo establece los criterios a los que la autoridad judicial de-be atender para la individualización de las penas y medidasde seguridad, señalando al respecto que esto se hará dentrode los límites fijados por la propia Ley, con base en la gra-vedad del ilícito y el grado de culpabilidad del agente. Loanterior pone de manifiesto la intención del legislador deque la autoridad judicial, en cumplimiento a la garantía deseguridad jurídica para el inimputable mayor de edad, al re-solver la imposición de una medida de seguridad, la indivi-dualice y determine el tiempo del tratamiento con la mayorprecisión posible; esto, a partir de los elementos proporcio-nados en el procedimiento seguido y apoyado en los dictá-menes periciales que correspondan. Además, de conformi-dad con el artículo 64 del mencionado ordenamiento, la

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autoridad competente está facultada para resolver sobre lamodificación o conclusión de la medida, considerando lasnecesidades del tratamiento, las cuales se acreditarán me-diante revisiones periódicas, con la frecuencia y caracterís-ticas del caso.

Contradicción de tesis 189/2005-PS. Entre las sustenta-das por los Tribunales Colegiados Segundo y Quinto,ambos en Materia Penal del Primer Circuito. 15 de mar-zo de 2006. Cinco votos. Ponente: José Ramón CossíoDíaz. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles.

Tesis de jurisprudencia 14/2006. Aprobada por la Prime-ra Sala de este alto tribunal, en sesión de fecha quince demarzo de dos mil seis.

Decimosexto. En cuanto al artículo 25 de la presente ini-ciativa, esta comisión considera inconstitucional el criterioque se propone, para aplicar la privación de la libertad enpenales de máxima seguridad:

Artículo 25. Los traslados sólo podrán ser ordenados co-mo necesarios a los Ceferesos de alta seguridad, cuandose trate de personas sentenciadas para quienes las condi-ciones de seguridad en el Cereso de origen resulten fun-dadamente insuficientes. Estas decisiones no podránadoptarse a título de sanción disciplinaria; a partir de lagravedad del delito por el que hayan sido sentenciados,o de consideración sobre la personalidad de los internos.

La reforma del artículo 18 constitucional mencionada juzgóconveniente prohibir que los sentenciados por delitos de de-lincuencia organizada puedan compurgar sus penas en loscentros penitenciarios más cercanos a su domicilio, así co-mo aquellos internos que requieran medidas especiales deseguridad. Lo anterior por diversas razones, ya que los inte-grantes del crimen organizado deben compurgar sus penasen centros penitenciarios que se encuentren con la seguri-dad y las instalaciones necesarias para la protección de suintegridad, disminuyendo los riesgos de fuga o violencia in-terna.

En cuanto a los centros de alta seguridad, si bien la pena deprisión afecta uno de los mayores bienes que tiene el ser hu-mano como es la libertad, en ocasiones, la persona que vio-la la ley debe ser sancionada restringiéndosele ese preciadobien. Los penales de máxima seguridad deben estar reser-vados para los procesados o sentenciados por delincuenciaorganizada y otros internos que requieran medidas especia-les de seguridad. Con este último supuesto, nos referimos a

los casos en que el delito no sea de los previstos para el ré-gimen de delincuencia organizada, pero que tal medida pue-da justificarse dada la capacidad del interno para evadirsede la acción de la justicia o para seguir delinquiendo desdelos centros penitenciarios, así como cuando algún internoeste en riesgo por la eventual acción de otros, como en elcaso de es miembros de de instituciones policíacas o quehaya una afectación psicológica que pueda poner en riesgoal resto de de la comunidad penitenciaria, entre otros su-puestos, sin que nada pueda ser pretexto para aplicar este ti-po de medidas especiales a luchadores sociales, por el solohecho de serlo, situación que deberá estar prevista en la le-gislación secundaria.

De igual manera, la presente ley debería contemplar dentrode sus disposiciones las restricciones a las comunicacionescon terceros dentro de los penales de máxima seguridad(salvo el caso del defensor) e imponer medidas de vigilan-cia especial, respecto de los inculpados y sentenciados pordelitos que son considerados como delincuencia organizadaasí como de los referidos internos que requieran medidasespeciales de seguridad.

Decimoséptimo. Se consideran incorrectas las considera-ciones realizadas en el título II, “De los tratamientos peni-tenciarios”, capítulo I, toda vez que únicamente se pronun-cian con relación al trabajo a favor de la comunidad; nocontemplándose la libertad preparatoria, la libertad con re-misión; así como las finalidades que persiguen el trata-miento en libertad y semilibertad, así como las bases quedeterminan sus modalidades y lo relativo a los requisitos deprocedencia o revocación de los mismos, los cuales si se tie-nen determinados en la Ley que establece las Normas Mí-nimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Asimismo, debería incluir en el proyecto de mérito el trata-miento pospenitenciario, dentro del que deberán incluir laasistencia posterior al confinamiento, que deberá tener co-mo fin la reintegración del ejercicio de los derechos de losciudadanos que hayan cumplido su sentencia, la regulaciónde los antecedentes penales que en ningún caso podrán sermotivo de discriminación social o jurídica, de igual modo sedeberá prestar a los internos, liberados condicionales o de-finitivos y a los familiares de estos la asistencia social ne-cesaria.

Por último, con relación al artículo 35, debería incluir unafracción que retome la figura de la remisión parcial de la pe-na, contemplada en la Ley que establece las Normas Míni-mas sobre Readaptación Social de Sentenciados en el artí-

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culo 16, ya que se considera que es un incentivo mas paraque el sentenciado tenga voluntad de trabajar o capacitarsepara el trabajo; por tanto se considera desafortunada su eli-minación en este proyecto.

Decimoctavo. El artículo 38 hace referencia a los trabajosen favor de la comunidad como la ejecución de una pena,circunstancia que no se comparte puesto que se contradicecon lo dispuesto por el artículo 70 del Código Penal Fede-ral, ya que la figura de los “trabajos a favor de la comuni-dad”, es considerada como un sustitutivo penal otorgadopor el juzgador de primera o en su caso segunda instancia,este último en el caso de que el primero no lo haya otorga-do, en atención al principio in dubio pro reo; es decir, estara lo más favorable al sentenciado, por lo que se sugiere mo-dificar dicho artículo adecuándolo en su real contexto.

Decimonoveno. No menos importante y una de las princi-pales razones de la reforma ya mencionada al artículo 18constitucional, es la regulación de la figura de “juez de eje-cución de sanciones penales”. Dicho órgano jurisdiccionaldeberá actuar en materia de ejecución de penas, velando porla observancia en la legalidad de la ejecución de las sancio-nes penales, el control y vigilancia del cumplimiento ade-cuado del régimen penitenciario, así como en la solución delas controversias suscitadas entre la autoridad penitenciariay el sentenciado. Y si bien el artículo 43 del presente pro-yecto de decreto establece que “el juez de ejecución resol-verá las controversias relacionadas con el cumplimiento delas sanciones de tratamiento en libertad, semilibertad y detrabajo a favor de la comunidad, de acuerdo con la legisla-ción sustantiva y procesal aplicable”, el presente proyectocarece de un planteamiento sistemático para conseguir demanera paulatina la despresurización de las cárceles federa-les debido al hacinamiento que prevalece en la actualidad.Es decir, la presente in iniciativa de ley, no cuenta con la in-tervención del juez de ejecución de sanciones, en lo tocan-te a la sustitución, conmutación de sanciones y aplicaciónde ley más favorable; la reducción de sanción o el sobresei-miento que procedan sin perjuicio de la reparación del da-ño; en instaurar de manera especifica lo conducente a la re-habilitación de derechos, y en establecer lo conducente enmateria de ejecución de las medidas de seguridad, vigilan-do la aplicación de las medidas de tratamiento para adultosinimputables en internamiento o en libertad.

La presente iniciativa carece de lo referente a la ejecuciónde las sanciones no privativas de libertad, como lo es la san-ción pecuniaria; las sanciones privativas y restrictivas dederechos; la suspensión, destitución e inhabilitación.

Por otra parte, el presente proyecto de decreto no deja claroque el juez de ejecución de sanciones penales pueda cono-cer y, en su caso, otorgar de manera transparente los bene-ficios de preliberación, libertad preparatoria, remisión par-cial y reducción de la sanción; resolver los medios deimpugnación contra diferentes actos y resoluciones quesiendo injustificadas, causen agravios a los sentenciados, niestablece los requisitos para su procedencia.

Igualmente, la presente iniciativa carece de elementos quepermitan la debida integración de los expedientes de ejecu-ción y su seguimiento, hasta que se declare extinguidas lassanciones o las medidas de seguridad impuestas, así comoconocer sobre lo tocante a la personalización, adecuación ymodificación de la sanción de prisión, peticiones de trasla-do, declaración de la extinción de las sanciones de prisión yde trabajo a favor de la comunidad; de las medidas de se-guridad, de los incidentes y medios de impugnación quesurjan con motivo de la privación de la libertad por parte delas autoridades penitenciarias, así como con motivo de laejecución de las sanciones de prisión y de trabajo a favor dela comunidad, de la aplicación de las medidas de seguridady de la resolución de los conflictos que se pueden presentaren la tramitación de la rehabilitación de los derechos delsentenciado.

Por último, es importante mencionar que en la regulacióndel sistema penitenciario, se deben recoger una serie de dis-posiciones previstas en la Ley que establece las Normas Mí-nimas sobre Readaptación Social de sentenciados, con la fi-nalidad de agrupar y no dejar fuera elementos específicos yvaliosos, por lo que en términos generales se debe prever losiguiente en el dispositivo legal que se proponga:

1. Que el sistema penitenciario se organice sobre las ba-ses del trabajo, la capacitación para el mismo, la educa-ción, la salud y el deporte como medios para lograr lareinserción del sentenciado a la sociedad y procurar queno vuelva a delinquir, observando los beneficios que pa-ra él prevé la ley.

2. Se disponga lo relativo a los convenios de coordina-ción entre la federación y las entidades federativas.

3. En cuanto al personal penitenciario, se debe preverconsiderar su vocación, aptitudes, preparación académi-ca, adicionando lo relativo a antecedentes penales y laconvocatoria de las autoridades penales.

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4. La obligación del personal penitenciario de tomar cur-sos de formación y actualización; así como exámenes deselección.

5. La prohibición del autogobierno para que ningún in-terno pueda desempeñar funciones de autoridad o de-sempeñar cargo o empleo en el establecimiento.

6. El tipo de establecimientos que podrá haber: seguridadmáxima, media, mínima, colonias y campamentos pena-les, hospitales psiquiátricos e instituciones abiertas.

7. Que los lugares de prisión preventiva y el de extinciónde las penas estén completamente separados.

8. Que la reclusión de mujeres se haga en lugares sepa-rados de los hombres, igualmente el de los menores, delde los adultos.

9. Que el régimen penitenciario tenga carácter progresi-vo y técnico: periodo de estudio, diagnostico y trata-miento, dividido este ultimo en fases de tratamiento enclasificación de tratamiento y preliberacional.

10. Que el tratamiento se funde en los estudios de perso-nalidad.

11. Que se establezca en que consistirá el tratamientopreliberacional.

12. Lo referente a la comunicación con el exterior.

13. El derecho a la visita íntima.

14. El derecho a audiencia del interno por parte de losfuncionarios.

15. Se establezca la prohibición de la tortura y otros tra-tos crueles.

16. El derecho a impugnar determinaciones y actos quecausen agravios del sentenciado.

Vigésimo. En fecha 22 de abril del presente año, la Comi-sión de Presupuesto y Cuenta Pública remitió a esta comi-sión la opinión de impacto presupuestario elaborada por elCentro de Estudios de las Finanzas Públicas con relación ala iniciativa objeto del presente dictamen, observado queésta “tiene exclusivamente contenido jurídico regulato-rio, normativo y procedimental, por lo que no implicaría

un impacto presupuestal adicional, aun cuando considera lacreación de la Dirección General de Servicios Coordinadosde Prevención y Reinserción Social y del Centro de Certifi-cación y Acreditación, instituciones dependientes de la Se-cretaría de Gobernación”.

Continúa señalando que “la iniciativa en cuestión sustituyela Ley de Normas Mínimas de Readaptación Social de Sen-tenciados, la cual establece las funciones de las que actual-mente es responsable la Secretaría de Seguridad Públicamediante la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federaly los órganos administrativos desconcentrados cono el Con-sejo de Menores y Prevención y Readaptación Social”.

Derivado de lo anterior, la Comisión de Presupuesto yCuenta Pública señala que la iniciativa en comento “no im-plica un impacto presupuestario por tratarse de funcionesque actualmente lleva acabo la Secretaría de Seguridad Pú-blica, así como sus órganos desconcentrados, haciendo én-fasis en que dicha opinión se formula solamente en la ma-teria de la competencia de dicha comisión, tomando comobase la valoración del impacto presupuestario que elaboróel Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, por lo queel sentido del dictamen que se dicte respecto de la ini-ciativa en comento es de exclusiva competencia de la Co-misión de Seguridad Pública”.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la presenteiniciativa, los miembros de la Comisión de Seguridad Pú-blica de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados re-conocen y concluyen que es procedente aprobar en sentidonegativo, por lo que someten a consideración del pleno deesta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decretoque expide la Ley Federal de Reinserción Social, presenta-da por el diputado Eduardo Mendoza Arellano, del GrupoParlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el23 de septiembre de 2009.

Segundo. Archívese como asunto total y definitivamenteconcluido.

Notas:

1 Ferrajoli, Luigi. Derecho y razón. Teoría del garantismo penal, cuar-ta edición, Trotta, Valladolid, 2000, páginas 265-275.

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2 Ibídem.

3 García Ramírez, Sergio. El artículo 18 constitucional: prisión pre-ventiva, sistema penitenciario, menores infractores, UNAM, Coordina-ción de Humanidades, México, 1967, páginas 45 y siguientes.

4 García. Op. cit., nota 37, páginas 50 y siguientes.

5 García Ramírez, Sergio. Legislación penitenciaria y correccional co-mentada, Cárdenas, Editor y Distribuidor, México, 1978, páginas 21,27, 81 y siguientes.

6 Adelita de J. Murillo Chelín. La pena de prisión y la reinserción so-cial, reforma en materia de justicia penal y seguridad pública, foros departicipación ciudadana.

7 Ibídem.

8 Fernández Ruiz, Jorge. El Poder Legislativo, Porrúa, México, página451.

9 Pedroza de la Llave, Susana Thalía; y Cruz Velázquez, Jesús Javier.“Introducción a la técnica legislativa en México”, en Elementos de téc-nica legislativa, Porrúa-UNAM, México, 2000, página 104.

10 Nava Gomar, Salvador. Manual de técnica legislativa, tomo I, Ano-mac, México, 2005, página 228.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados: José Luis OvandoPatrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio He-rrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica),Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espino-sa (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre(rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica en absten-ción), Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica),Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gra-cia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hop-kins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando FrancoVargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica),Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde,Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rú-brica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puen-te, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica),Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.»

LEY GENERAL DEL SISTEMANACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública, con pun-tos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa con pro-yecto de decreto que reforma los artículos 7 y 39 de la LeyGeneral del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislaturafue turnada, para estudio y dictamen, iniciativa con proyec-to de decreto que reforma los artículos 7 y 39 de la Ley Ge-neral del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Esta comisión con fundamento en lo dispuesto en los artí-culos 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), y nu-meral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de losEstados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 56,60, 65, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobier-no Interior del Congreso General de los Estados UnidosMexicanos, y habiendo analizado el contenido de la inicia-tiva de referencia, somete a consideración de esta honora-ble asamblea el presente dictamen en sentido negativo, altenor de los siguientes

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de laUnión, celebrada el 6 de mayo de 2010, el diputado JorgeA. Kahwagi Macari, integrante del Grupo Parlamentario deNueva Alianza, haciendo uso de la facultad que le confiereel artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, presentó ante la Comisión Per-manente del honorable Congreso de la Unión iniciativa quereforma los artículos 7 y 39 de la Ley General del SistemaNacional de Seguridad Pública.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva dela Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativa fueraturnada a la Comisión de Seguridad Pública para estudio ydictamen.

III. El 11 de agosto del 2010, en sesión plenaria de la Co-misión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobadoen sentido negativo por 17 votos a favor, 2 votos en con-tra y cero abstenciones.

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Contenido de la iniciativa

1. El proponente expresa que el combate a la inseguridadpública no puede partir de la aplicación de medidas incom-patibles con un régimen democrático y republicano, talescomo la centralización de la información; el control estraté-gico, táctico y operativo desde la capital del país; o la ex-pansión de atribuciones y facultades constitucionales. Todoello ha dejado la sensación de que el problema se combatecon visión político-electoral y no con una dimensión de ges-tión política que permita que se planteen soluciones técni-cas eficaces.

2. Destaca que el riesgo que hoy se corre es grande pues al-gunos quieren atribuir la ineficacia de la acción del Estadoal diseño de la estrategia solamente. Realizar un análisis delas leyes federales en materia de seguridad, señalando queel modelo institucional no está hecho para facilitar la coo-peración, por el contrario, considera que sigue dentro de uncentralismo donde la información es el instrumento vital encuestiones de seguridad, ya que permite la ventaja operati-va, encontrándose celosamente guardada en cuatro paredesen la capital del país y difícilmente puede ser compartidaentre las instituciones si no es con la avenencia del centro.

3. Refiere que otro problema encontrado es que las institu-ciones encargadas de la seguridad no están facultadas paracelebrar convenios con otras instancias de seguridad tantonacionales como internacionales, para fomentar el inter-cambio académico y de experiencias para robustecer la pro-fesionalización de los elementos policiales, periciales y mi-nisteriales. Este hecho sucede en la práctica, pero no estápermeada en todas las instituciones por falta de una expre-sión clara en la ley. La profesionalización de las personasque integran este tipo de instituciones es necesaria y funda-mental para hacerle frente al crimen organizado y el que noesté implícito en la ley y apoyado como tal como una prác-tica del gobierno, lleva a obtener resultados como hasta losahora vistos en materia de Seguridad Pública.

Como ejemplo de la centralización de la información, elproponente señala los artículos 109 y 110 de la Ley Gene-ral del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y destacaque de estos artículos se desprende que la Federación, elDistrito Federal, los estados y los municipios proporcionane intercambian información pero sólo con la gran institu-ción catalizadora y centralizada que es el Centro Nacionalde Información que depende del Sistema Nacional de Se-guridad Pública, es decir, hay un intercambio de informa-ción de tipo jerárquico y en línea recta, pero la información

no puede fluir de manera horizontal entre instituciones deseguridad pública estatales.

5. Por otro lado, el proponente manifiesta que el marconormativo está llamado a un papel que apunte en dos direc-ciones: por una parte, como instrumento de resolución deconflictos y, por otra, como un instrumento actualizado quefacilite las actividades y no, por el contrario, entorpezca bu-rocráticamente. Asimismo, señala que desafortunadamentela falta de coordinación intersectorial de las diversas agen-cias públicas como consecuencia de la improvisación en eldiseño de estrategias para enfrentarse al crimen y la violen-cia han reducido las posibilidades de cumplir con las fun-ciones mencionadas.

6. En virtud de todo lo expuesto el proponente somete aconsideración de esta honorable soberanía el proyecto dedecreto por el que se reforman los artículos 7 y 39 de la LeyGeneral del Sistema Nacional de Seguridad Pública para losefectos anteriormente mencionados.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciati-va, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de laLXI Legislatura de la Cámara de Diputados que suscribenel presente dictamen exponemos las siguientes

Consideraciones

1. Que con base en los antecedentes antes expuestos y conlos elementos de información disponibles, la Comisión deSeguridad Pública, con las atribuciones antes señaladas, seavoco a dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto dereferencia.

2. Es importante conocer y tener siempre en cuenta el crite-rio básico para la distribución de competencias entre el ám-bito federal y el local, tal y como lo dispone nuestra Cons-titución en el artículo 124, donde establece que todoaquello que no esté expresamente atribuido a las autori-dades federales, se entenderá reservado a los estados.

Este principio es la primera fuente de descentralización, yaque la actuación del gobierno federal está limitada a aque-llo que expresamente le fue conferido en contraposición, losestados tienen atribuciones sobre todas las demás materiasno enunciadas.

4. Partiendo de que la seguridad pública es una materiaconcurrente entre las diferentes entidades federativas, elDistrito Federal y la federación, el reparto de competencias

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debe hacerse dentro de una ley marco expedida por el Con-greso de la Unión, tal y como lo señalan los artículos 21, 73,fracciones XXIII, y 122, Base Segunda, fracción II, incisoe), de la Constitución Federal.

Articulo 21. …

….

….

….

….

….

….

….

La seguridad pública es una función a cargo de la fe-deración, el Distrito Federal, los estados y los munici-pios, que comprende la prevención de los delitos, lainvestigación y persecución para hacerla efectiva, asícomo la sanción de las infracciones administrativas,en los términos de la ley, en las respectivas competen-cias que esta Constitución señala. La actuación de lasinstituciones de seguridad pública se regirá por losprincipios de legalidad, objetividad, eficiencia, profe-sionalismo, honradez y respeto a los derechos huma-nos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de caráctercivil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público ylas instituciones policiales de los tres órdenes de gobier-no deberán coordinarse entre sí para cumplir los objeti-vos de la seguridad pública y conformarán el SistemaNacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las si-guientes bases mínimas:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, per-manencia, evaluación, reconocimiento y certificación delos integrantes de las instituciones de seguridad pública.La operación y desarrollo de estas acciones será compe-tencia de la federación, el Distrito Federal, los estados ylos municipios en el ámbito de sus respectivas atribucio-nes.

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísti-cos y de personal para las instituciones de seguridad pú-blica. Ninguna persona podrá ingresar a las institucionesde seguridad pública si no ha sido debidamente certifi-cado y registrado en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendentes a pre-venir la comisión de delitos.

d) Se determinará la participación de la comunidad quecoadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluaciónde las políticas de prevención del delito así como de lasinstituciones de seguridad pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad públi-ca, a nivel nacional serán aportados a las entidades fede-rativas y municipios para ser destinados exclusivamentea estos fines.

A su vez, la fracción XXIII del artículo 73 y el artículo122 constitucionales advierten:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases decoordinación entre la federación, el Distrito Federal, losestados y los municipios, así como para establecer y or-ganizar a las instituciones de seguridad pública en mate-ria federal, de conformidad con lo establecido en el artí-culo 21 de esta Constitución.

Artículo 122. …

Son autoridades locales del Distrito Federal, la AsambleaLegislativa, el jefe del gobierno del Distrito Federal y elTribunal Superior de Justicia.

Base Segunda. Respecto al jefe del gobierno del Distri-to Federal:

II. El jefe del gobierno del Distrito Federal tendrá las fa-cultades y obligaciones siguientes:

e) Ejercer las funciones de dirección de los servicios deseguridad pública de conformidad con el estatuto de go-bierno.

5. En el caso de los municipios, también la Constitución esclara, al señalar en el artículo 115 que entre las funciones y

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Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados270

los servicios públicos que éstos tendrán a su cargo está elde seguridad pública, así como el de policía preventivamunicipal y de tránsito.

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen in-terior, la forma de gobierno republicano, representativo,popular, teniendo como base de su división territorial yde su organización política y administrativa, el munici-pio libre, conforme a las bases siguientes:

III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones yservicios públicos siguientes:

h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 deesta Constitución, policía preventiva municipal y tránsi-to;

VII. La policía preventiva estará al mando del presiden-te municipal en los términos de la Ley de Seguridad Pú-blica del estado. Aquélla acatará las órdenes que el go-bernador del estado le transmita en aquellos casos queéste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave delorden público.

El Ejecutivo federal tendrá el mando de la fuerza públi-ca en los lugares donde resida habitual o transitoriamen-te.

6. Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación haemitido el siguiente criterio:

Seguridad pública es una materia concurrente en laque todas las instancias de gobierno deben coordinaresfuerzos para la consecución del fin común de com-bate a la delincuencia, bajo una ley general expedidapor el Congreso de la Unión.

El artículo 21 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos establece que la seguridad públicaes una función a cargo de la federación, del DistritoFederal, de los estados y de los municipios, los cualesdeben coordinarse, en los términos señalados por laley, para fijar un sistema nacional de seguridad pú-blica. Por su parte, el artículo 73, fracción XXIII,constitucional prevé la facultad del Congreso de laUnión para establecer las bases de dicha coordina-ción en una ley general, de donde deriva que aquélladebe entenderse no sólo en referencia al ámbito ad-ministrativo, sino también al legislativo. Así, el Con-greso de la Unión puede coordinar legislativamente

mediante una ley general en la que se distribuyan lasfacultades competenciales de los distintos niveles degobierno, por ende, la seguridad pública constituyeuna materia concurrente inserta en el contexto del fe-deralismo cooperativo, en la que existe la obligaciónconstitucional para todas las instancias de gobiernode coordinar esfuerzos para la consecución del fin co-mún de combate a la delincuencia, bajo una ley gene-ral expedida por el Congreso de la Unión.

Controversia constitucional 132/2006. Asamblea Legis-lativa del Distrito Federal. 10 de marzo de 2008. Mayo-ría de seis votos. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz,Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando FrancoGonzález Salas, Sergio A. Valls Hernández y Olga Sán-chez Cordero de García Villegas. Ponente: Genaro DavidGóngora Pimentel. Secretarios: José María SoberanesDíez, Fabiana Estrada Tena y Marat Paredes Montiel.

El Tribunal pleno, el veintiséis de marzo en curso, apro-bó, con el número IX/2009, la tesis aislada que antecede.México, Distrito Federal, a veintiséis de marzo de dosmil nueve.

7. Por otro lado, el problema de los niveles jerárquicos, enrazón de la delegación de autoridad y de responsabilidadque éstas suponen, se relaciona con el problema de la cen-tralización o descentralización administrativa.

Debe tomarse en cuenta que es imposible tanto la totalcentralización como la descentralización absoluta, la ad-ministración más centralizada delega de manera necesaria alos jefes intermedios aunque sea las mínimas facultades desupervisar el trabajo y la mayor descentralización forzosa-mente exige que los superiores controlen aunque sea par-cialmente los resultados finales.

El problema real se presenta en el grado en que se debacentralizar o descentralizar. Por tanto, se trata de tendenciasmás o menos acusadas hacia uno de estos dos extremos, alas que de hecho nunca se llega.

8. Es importante mencionar que en octubre de 2009 se lle-vó a cabo la primera sesión de la Comisión Permanentede Información del Consejo Nacional de Seguridad Pú-blica, presidida por el secretario de Seguridad Pública Fe-deral, en su carácter de titular de la Comisión Permanentede Información del Consejo Nacional, en compañía de go-bernadores de diferentes estados de la republica. Asimismo,estuvieron presentes el secretario ejecutivo del Sistema Na-

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cional de Seguridad Pública y el titular del Centro Nacionalde Información.

Durante dicha sesión del comité, se llevaron a cabo los si-guientes acuerdos en materia de información sobre seguri-dad pública:

• Se aprueban las políticas para el suministro, inter-cambio, sistematización y actualización de la infor-mación que sobre seguridad pública generen las ins-tituciones de seguridad pública de los tres órdenes degobierno.

• El titular del Centro Nacional de Información deberávigilar el cumplimiento de las políticas mencionadas.

• El Centro Nacional de Información continuará con la re-copilación de información relativa a las bases de datoscriminalísticos y de personal del sistema, almacenándolaen los sistemas e infraestructura de Plataforma México.

• Verificar que la información relativa a los padrones ve-hiculares, trasmitidos por las entidades federativas y de-pendencias federales, sea integrada al Registro PúblicoVehicular.

• Promover que las instituciones de seguridad públi-ca de los tres órdenes de gobierno utilicen el sistemade gestión operativa. Dicha información estará apo-yada en los sistemas e infraestructura de PlataformaMéxico.

• Promover la integración de información del secuestro yextorsión a través de los módulos establecidos para di-cho fin.

• El Centro Nacional de Información promueva quelos tres órdenes de gobierno se coordinen, en térmi-nos de los convenios respectivos, con la CoordinaciónGeneral de Plataforma México para el registro, siste-matización y consulta de los incidentes relativos a laprotección civil.

• Que el Centro Nacional de Información implemente in-dicadores que midan el cumplimiento de metas previa-mente establecidas referentes a los avances en el sumi-nistro, intercambio, sistematización y actualización de lainformación de las bases de datos criminalísticas y depersonal establecidas en la Ley General del Sistema Na-cional de Seguridad Pública.

• Se aprobaron protocolos, formatos y estructuras dedatos para el manejo de la información consistentes:cédula única de registro de usuarios; cédula única deidentificación personal; modelo de datos para la inte-gración del registro nacional de armamento y equipo;modelos de datos para la integración del padrón ve-hicular; modelo de datos para la integración de vehí-culos recuperados; formato para la impresión dehuellas dactilares; modelos de datos para la integra-ción de licencias de conducir; formato del informepolicial homologado; protocolo para las instalacionesestratégicas; modelos de datos para la integración deinformación penitenciaria; modelo para la integra-ción biométrica de voces; estructura de la base de da-tos para el registro público vehicular; estructura dela bases de datos para el aseguramiento de vehículos;estructura de las bases de datos para el pago de te-nencia; formato para la calidad de datos de registrovehicular; y matriz de movimientos del registro pú-blico vehicular.

Lo anterior con base en el artículo 16 de la Ley General delSistema Nacional de Seguridad Pública, que establece lo si-guiente:

Artículo 16. Son comisiones permanentes del ConsejoNacional las siguientes:

I. De Información;

II. De Certificación y Acreditación; y

III. De Prevención del Delito y Participación Ciudadana.

Estas comisiones se coordinarán con el secretario ejecutivopara dar seguimiento al cumplimiento de las disposicionesaplicables por parte de los centros nacionales que integranel Secretariado Ejecutivo. El Consejo Nacional determinaráel objeto, integrantes, deberes y funcionamiento de las mis-mas.

En las comisiones podrán participar expertos de institucio-nes académicas, de investigación y agrupaciones del sectorsocial y privado relacionados con su objeto.

Los gobernadores y el jefe del gobierno del Distrito Federaldeberán designar por oficio a sus representantes permanen-tes ante el Secretario Ejecutivo del Sistema, los cuales de-berán ser servidores públicos con un nivel jerárquico igualo superior a director general en las secretarías competentes

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en la entidad federativa respectiva, para la aplicación de es-ta ley.

Asimismo, el artículo 19 del citado ordenamiento señala losiguiente:

Artículo 19. El Centro Nacional de Información será elresponsable de la operación del Sistema Nacional de In-formación de Seguridad Pública y tendrá, entre otras, lassiguientes atribuciones:

1. Establecer, administrar y resguardar las bases de datoscriminalísticos y de personal del Sistema en términosque señale el reglamento;

2. Determinar los criterios técnicos y de homologaciónde las bases de datos de los integrantes del sistema;

3. Emitir los protocolos de interconexión, acceso y segu-ridad de estas bases de datos;

4. Vigilar el cumplimiento de los criterios de acceso a lainformación y hacer del conocimiento de las instanciascompetentes cualquier irregularidad detectada;

5. Colaborar con el Instituto Nacional de Información deEstadística y Geografía en la integración de la estadísti-ca nacional en materia de seguridad pública, de confor-midad con la ley de la materia; y

6. Brindar asesoría a las instituciones de seguridadpública para la integración de información, interco-nexión, acceso, uso, intercambio y establecimiento demedidas de seguridad para las bases de datos.

9. Es importante recordar que de acuerdo con la reformaconstitucional de 18 de junio de 2008 en materia de seguri-dad pública y justicia, específicamente con relación a la se-guridad pública, el artículo 21 constitucional ya menciona-do tiene la finalidad de consolidar la operación yfuncionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pú-blica, es por ello que los estados tienen la obligación deproporcionará al Centro Nacional de Información delSecretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguri-dad Publica, la información que requiera para mante-ner actualizados los registros nacionales y las bases dedatos a que se refiere el título séptimo de la Ley Generaldel Sistema Nacional de Seguridad Pública, conforme alos acuerdos del consejo, los criterios técnicos, de homo-logación, así como protocolos, entre otros, que emitan la

Comisión Permanente de Información, el Centro Nacio-nal de Información, la Conferencia Nacional de Procu-ración de Justicia, la Conferencia Nacional de Secreta-rios de Seguridad Pública y la Conferencia Nacional delSistema Penitenciario.

Para tal fin es que los estados proporcionaran la intercone-xión entre las instituciones de seguridad pública, procura-ción de justicia, prevención, reinserción social y demás ins-tituciones que otorguen la información requerida paramantener actualizados los registros nacionales y bases dedatos, tanto del ámbito estatal como municipal con el Cen-tro Nacional de Información, de acuerdo a los estándares ylineamientos técnicos definidos por el Secretariado Ejecuti-vo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

10. Por ello, a efecto de homologar la operación y funcio-namiento del Sistema Nacional de Información sobre Segu-ridad Pública en el eje estratégico Plataforma México, el se-cretariado, por conducto del Centro Nacional deInformación, es el órgano facultado para definir los criteriosy protocolos que se requieran para su consecución, toman-do en consideración la normatividad emitida por la Comi-sión Permanente de Información de el Consejo Nacional deSeguridad Pública.

A fin de consolidar el sistema único de información crimi-nal para concentrar y compartir datos relevantes del fenó-meno delictivo en bases de datos completas y eficaces, co-mo los registros de automóviles y armas, perfiles dedelincuentes, modus operandi, estadísticas delictivas, Re-gistro del Personal de Seguridad Pública y el informe poli-cial homologado, resulta indispensable el intercambio entiempo real de datos de audio, video y texto, de conformi-dad con lo que se acuerde para el suministro, intercambio,sistematización y actualización de la información, así comoaspectos para la operación, funcionamiento, administracióny explotación de los registros de seguridad pública.

Por lo expuesto es que los gobiernos de los estados tienenla obligación de suministrar al Secretariado Ejecutivodel Sistema Nacional de Seguridad Pública de manerapermanente la información actualizada del personal de se-guridad pública, incluyendo a quienes tengan un nombra-miento o condición jurídica equivalente y al personal queintegran las empresas de seguridad privada con permiso es-tatal, mediante el cumplimiento del Programa de Calidad eIntegridad de la Información contenida en el Registro Na-cional de Personal de Seguridad Pública, de conformidadcon los acuerdos del Consejo, la Comisión Permanente de

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Información, el Centro Nacional de Información y de lasConferencias Nacionales de Procuración de Justicia y deSecretarios de Seguridad Pública.

En este mismo orden de ideas, los gobiernos de los estadostienen la obligación de dar cumplimiento a la actualiza-ción de las licencias oficiales colectivas otorgadas a lasinstituciones de seguridad pública de las entidades, deconformidad con lo establecido en la Ley Federal de Armasde Fuego y Explosivos, a fin de tener un registro nacionalde armamento y equipo que permita facilitar el inventario,control y vigilancia del armamento autorizado a las institu-ciones de seguridad pública del país, así como brindar ma-yor control y regulación de las armas de fuego y municio-nes dentro del país, e informar respecto de los extravíos,robo, destrucción, aseguramiento o decomiso.

11. De conformidad con los acuerdos establecidos en la pri-mera Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, losgobiernos de los estados continuarán realizando las ac-ciones que conlleven a facilitar los medios y recursos ne-cesarios para el cumplimiento del Censo Estatal Peni-tenciario y el suministro oportuno de la información enel sistema nacional de información penitenciaria que ali-mentará al sistema único de información criminal, asícomo la integración a la Plataforma México de los cen-tros de readaptación social, reclusorios y cárceles muni-cipales.

Por ello, esta comisión considera que la preocupación delproponente no tiene razón de ser, ya que las diferentesentidades federativas cuentan con acceso a los registrosnacionales y bases de datos de información sobre segu-ridad pública, conforme a lo establecido en los artículos109 y 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Se-guridad Pública, los cuales establecen lo siguiente:

Artículo 109. La federación, los estados, el Distrito Federaly los municipios suministrarán, intercambiarán, sistemati-zarán, consultarán, analizarán y actualizarán, la informa-ción que diariamente se genere sobre Seguridad Públicamediante los sistemas e instrumentos tecnológicos respecti-vos.

El presidente del Consejo Nacional dictará las medidas ne-cesarias, además de las ya previstas en la ley, para la inte-gración y preservación de la información administrada ysistematizada mediante los instrumentos de información so-bre seguridad pública.

Las instituciones de procuración de justicia tendrán ac-ceso a la información contenida en las bases de datoscriminalísticos y de personal, en el ámbito de su funciónde investigación y persecución de los delitos.

La información sobre administración de justicia, podráser integrada las bases de datos criminalísticas y de per-sonal, a través de convenios con el Poder Judicial de laFederación y los Tribunales Superiores de Justicia de lostres órdenes de gobierno, en sus respectivos ámbitos decompetencia y con estricto apego a las disposiciones le-gales aplicables.

El acceso a las bases de datos del sistema estará condi-cionado al cumplimiento de esta Ley, los acuerdos gene-rales, los convenios y demás disposiciones que de la pro-pia ley emanen.

Artículo 110. Los integrantes del sistema están obligadosa compartir la información sobre seguridad pública queobre en sus bases de datos con las del Centro Nacionalde Información, en los términos de las disposiciones nor-mativas aplicables.

La información contenida en las bases de datos del sis-tema nacional de información sobre seguridad pública,podrá ser certificada por la autoridad respectiva y ten-drá el valor probatorio que las disposiciones legales de-terminen.

Asimismo, toda vez que se ha demostrado su inviabilidaden razón de que ya se encuentra considerada la inquietuddel proponente dentro del mismo ordenamiento jurídico quese pretende reformar, e incluso ya se han celebrado variosacuerdos en materia de intercambio de información y estra-tegia de servicio, a través de un soporte sustantivo de cone-xión, operatividad y homologación de criterios y protocolosde operación para la federación, los estados, el Distrito Fe-deral y los municipios, así como la formación y profesiona-lización de los cuerpos policiales y la aplicación sistemáti-ca de controles de confianza.

Por último, respecto a la propuesta consistente en realizarconvenios con otras instituciones de seguridad pública, conobjeto de fomentar el intercambio académico y de expe-riencia, esta propuesta ya se encuentra considerada en el ar-tículo 16, fracción III, de la Ley General del Sistema Na-cional de Seguridad Publica, y nada impide que dichosacuerdos se puedan celebrar incluso con instituciones inter-nacionales.

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Por lo expuesto, la Comisión de Seguridad Pública someteal pleno de la Cámara de Diputados, para su análisis, discu-sión y, en su caso, aprobación, los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa que reforma los artículos7 y 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguri-dad Publica, presentada por el diputado Jorge A. KahwagiMacari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 6 demayo de 2010.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y de-finitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de agosto de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública, diputados: José Luis OvandoPatrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio He-rrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica),Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espino-sa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre,Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica en contra), AlejandroGertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Cí-rigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica encontra), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins,Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, LuisAlejandro Guevara Cobos (rúbrica), Aarón Irízar López (rúbrica), Fe-liciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rú-brica), Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín(rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo RamírezPuente (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo SantanaAlfaro, Ricardo Sánchez Gálvez, Ardelio Vargas Fosado.»

LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Medio Ambiente y RecursosNaturales, con punto de acuerdo por el que se declara sinmateria la iniciativa con proyecto de decreto que adicionalas fracciones XLVI y XLVII al artículo 3o., tres párrafos al60 Bis y la fracción VIII al 122 de la Ley General de VidaSilvestre

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales dela LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable

Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y ela-boración del dictamen correspondiente, el expediente nú-mero 4195 que contiene la iniciativa que adiciona al artícu-lo 3 las fracciones XLVI y XLVII; al artículo 60 Bis trespárrafos; y al artículo 122, la fracción VIII, recorriéndoselas subsecuentes, todos de la Ley General de Vida Silvestre,presentada por el entonces diputado Diego Cobo Terrazas,integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Eco-logista de México.

En virtud del análisis y estudio de la iniciativa que se dicta-mina, esta comisión ordinaria, con base en las facultadesque le confiere la fracción XXIX-G del artículo 73 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pa-ra expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobier-no federal, de los gobiernos de los estados y de los munici-pios, en el ámbito de sus respectivas competencias, enmateria de protección al ambiente y preservación y restau-ración del equilibrio ecológico; los artículos 39, numerales1, y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Or-gánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexi-canos; así como los artículos 60 y 88 del Reglamento parael Gobierno Interior del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos, somete a consideración de los integran-tes de esta honorable asamblea, el presente dictamen, deacuerdo con los siguientes

Antecedentes

1. El 11 de junio de 2008, el entonces diputado Diego Co-bo Terrazas, integrante del Grupo Parlamentario del PartidoVerde Ecologista de México, presentó ante la ComisiónPermanente, la iniciativa que adiciona las fracciones XLVIy XLVII del artículo 3; adiciona tres párrafos al artículo 60Bis 1; y adiciona la fracción VIII, recorriéndose las subse-cuentes, al artículo 122, todos de la Ley General de VidaSilvestre.

2. Con fecha 12 de junio de 2008, dicha Iniciativa fue tur-nada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Natura-les de la Cámara de Diputados del honorable Congreso dela Unión para su estudio, análisis y elaboración del dicta-men correspondiente.

3.- Durante el proceso de entrega recepción de la LX a laLXI Legislatura de la Comisión de Medio Ambiente y Re-cursos Naturales se recibió, como asunto de rezago, el ex-pediente referido.

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Contenido de la iniciativa

En la iniciativa con proyecto de decreto que se dictamina, ellegislador desarrolla la situación y las amenazas a las que seenfrentan las poblaciones de especies y subespecies de tor-tugas marinas que se distribuyen en mares de jurisdicciónmexicana, mismas que se encuentran clasificadas como enpeligro de extinción dentro de la NOM-059-SEMARNAT-2001 y enlistadas en el Apéndice I de la Convención Inter-nacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silves-tres (Cites), tales amenazas ocasionadas por las actividadesllevadas a cabo en las áreas de anidación. Para ello, señalala necesidad de llevar a cabo acciones de protección y con-servación a las diversas especies de tortugas y sus hábitatsnaturales.

En razón de lo anterior, el legislador presenta la iniciativaque adiciona las fracciones XLVI y XLVII del artículo 3;adiciona tres párrafos al artículo 60 Bis 1; y adiciona la frac-ción VIII, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 122,todos de la Ley General de Vida Silvestre. Para tal efecto sepropone la siguiente redacción:

Artículo 3

I. al XLV. …

XLVI. Zona de influencia terrestre. Franja adyacen-te a los hábitats naturales de anidación de las tortu-gas marinas, que abarcan las dunas costeras y zonasde vegetación. Misma que será delimitada por la Se-cretaría.

XLVII. Zonas de influencia marítima. Franja adya-cente a los hábitats naturales de alimentación de lastortugas marinas que abarcan una franja marina de10 millas de ancho alrededor de la zona de alimenta-ción.

Artículo 60 Bis 1. ...

La Secretaría solo podrá otorgar, autorizaciones, conce-siones o permisos en las zonas de anidación y alimenta-ción de las tortugas marinas, de acuerdo a las disposicio-nes previstas en el reglamento respectivo y las normasoficiales mexicanas aplicables.

Asimismo, en caso de que existan proyectos autorizadosa realizarse en la zona de influencia terrestre y marítima,la secretaria será la encargada de emitir los criterios eco-lógicos que permitan amortiguar los efectos negativos alas anidaciones de tortugas marinas, que deberán ser deestricto cumplimiento.

Todas las zonas de anidación de tortugas marinas que nocuenten con el decreto de Área Natural Protegida, la se-cretaría decretará áreas de refugio y hábitats críticos conla finalidad de proteger y conservar a estas especies y sushábitats naturales.

Artículo 122. Son infracciones a lo establecido en estaley:

I. a VIII. ...

IX. Realizar cualquier obra o actividad en la zona de in-fluencia terrestre o marina, contrarias a lo establecido enlos criterios ecológicos determinados por la Secretaría.

X. a XXIV. …

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Segundo. La secretaría deberá emitir los criterios ecoló-gicos que permitan amortiguar los efectos negativos a lasanidaciones de tortugas marinas, a más tardar 60 días há-biles, a la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. Se derogan todas aquellas disposiciones quecontravengan la presente disposición.

Consideraciones

En relación con la iniciativa del diputado promovente es deseñalar lo siguiente:

Las adiciones al artículo 3 de la Ley General de Vida Sil-vestre, referente a los conceptos de zona de influencia ma-rítima y zona de influencia terrestre, no cumplen con una delas características de la ley1, la abstracción, es decir la leyestá hecha para aplicarse en un número indeterminado decasos, para todos aquellos que caen en los supuestos esta-

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Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados276

blecidos por las normas, requisito que la propuesta de adi-ción de la Iniciativa que nos ocupa, no cumple, pues sólo sehace referencia a las tortugas.

Aun y cuando las diversas especies de tortugas marinas quese distribuyen en mares de jurisdicción mexicana, se en-cuentran clasificadas como en peligro de extinción dentrode la NOM-059-SEMARNAT-2001 y enlistadas en elApéndice I de la Convención Internacional de EspeciesAmenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Cites), no puedelimitarse sólo a una especie dentro del apartado de termino-logía de la Ley General de Vida Silvestre, ya que dentro delobjetivo de dicha Ley, contenido en el artículo 1o., hace re-ferencia a toda la vida silvestre y su hábitat: “la presente leyes de orden público y de interés social, reglamentaria delpárrafo tercero del artículo 27 y de la fracción XXIX, inci-so G, del artículo 73 constitucionales. Su objeto es estable-cer la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos delos estados y de los municipios, en el ámbito de sus respec-tivas competencias, relativa a la conservación y aprove-chamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat enel territorio de la República Mexicana y en las zonas endonde la nación ejerce su jurisdicción.”2

Asimismo, es de señalar que la definición de zona de in-fluencia se encuentra, adecuadamente plasmada, en el artí-culo 3o., fracción XIV, del Reglamento de la Ley Generaldel Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Ma-teria de Áreas Naturales Protegidas, como: “Superficies ale-dañas a la poligonal de un área natural protegida que man-tienen una estrecha interacción social, económica yecológica con ésta.3

Igualmente, relacionado al objeto de la iniciativa propuesta,es de trascendencia los siguientes reformas y adiciones a laLey General de Vida Silvestre. El decreto por el que se re-forman y adicionan los artículos 63 y 64 de la Ley Generalde Vida Silvestre, publicado en el Diario Oficial de la Fe-deración el 2 de septiembre del 20104, ya que busca forta-lecer las disposiciones jurídicas encargadas del estableci-miento de hábitats críticos para la conservación de la vidasilvestre, estableciendo, por un parte, que la conservacióndel hábitat natural de la vida silvestre es de interés públicoy no de utilidad pública, y por otro, incorporando la defini-ción de hábitat critico, que son áreas específicas terrestres oacuáticas, en las que ocurren procesos biológicos, físicos yquímicos esenciales, ya sea para la supervivencia de espe-cies en categoría de riesgo, ya sea para una especie, o parauna de sus poblaciones, y que por tanto requieren manejo yprotección especial. Son áreas que regularmente son utili-

zadas para alimentación, depredación, forrajeo, descanso,crianza o reproducción, o rutas de migración. Lo anterior,para ampliar el ámbito del establecimiento de hábitats críti-cos a los espacios acuáticos, ya sean marinos o de agua dul-ce; del mismo modo, con dicha modificación se estableceque mediante acuerdo secretarial. Con dicha modificaciónse busca implementar acciones de conservación de todas lasespecies de la vida silvestre en riesgo, dentro de las cualesquedan incluidas todas las especies de tortugas marinas,solventando así, la solicitud expuesta por el diputado pro-movente.

Asimismo, el decreto por el que se reforma el artículo 67 dela Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DiarioOficial de la Federación el 2 de Julio de 2010,5 cuyo obje-tivo es proteger especies acuáticas catalogadas en riesgo,dentro de la NOM 059, asimismo introducir la contamina-ción ya sea física, química o acústica, o también las coli-siones con embarcaciones; que pueda producir impactosnegativos en dichas especies en riesgo. Asimismo, la mo-dificación faculta a la Secretaría de Medio Ambiente y Re-cursos Naturales para solicitar opinión a las dependenciasde la Administración Pública Federal competentes en la ma-teria.

En lo que respecta a la adición al 60 Bis 1 que: en caso deque existan proyectos autorizados a realizarse en la zona deinfluencia terrestre y marítima, la Secretaria será la encar-gada de emitir los criterios ecológicos que permitan amor-tiguar los efectos negativos a las anidaciones de tortugasmarinas, es de señalar que la Ley General de EquilibrioEcológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), de formasupletoria establece en su artículo 3o., fracción X, que loscriterios ecológicos son: “Los lineamientos obligatorioscontenidos en la presente Ley, para orientar las acciones depreservación y restauración del equilibrio ecológico, elaprovechamiento sustentable de los recursos naturales y laprotección al ambiente, que tendrán el carácter de instru-mentos de la política ambiental”. Atendiendo al artículo an-tes expuesto, serán los lineamientos contenidos en la LGE-EPA, y de los que de ella se deriven, los criterios ecológicossobre los cuales la Semarnat se basará para orientar sus ac-ciones. Es así que la iniciativa en comento, ha quedado col-mada con la aprobación del Decreto por el que se reformany adicionan los artículos 63 y 64 de la Ley General de VidaSilvestre.

Finalmente, en razón de que las adiciones al artículo 3 delas fracciones XLVI y XLVII y las adiciones al artículo 60Bis 1, han quedado sin materia con el fin de no duplicar dis-

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posiciones, la referente al artículo 122 respecto a que: “Rea-lizar cualquier obra o actividad en la zona de influencia te-rrestre o marina, contrarias a lo establecido en los criteriosecológicos determinados por la Secretaría” sea consideradocomo infracción a lo establecido en la Ley General de VidaSilvestre, ésta corre la misma suerte, ya que contempla con-ceptos de las dos anteriores.

Por lo anteriormente motivado y fundado, los integrantes dela comisión dictaminadora, se permiten someter a la consi-deración de esta honorable asamblea, el siguiente

Acuerdo

Único. Se declara sin materia la iniciativa con proyecto dedecreto que adiciona al artículo 3 las fracciones XLVI yXLVII; al artículo 60 Bis tres párrafos; y al artículo 122 lafracción VIII, recorriéndose las subsecuentes, todos de laLey General de Vida Silvestre

Notas:

1 La ley se caracteriza por ser general, es decir, que sea para todas laspersonas que reúnan las condiciones previstas por ella; abstracta, queestá hecha para aplicarse en un número determinado de casos, para to-dos aquellos que caen en los supuestos establecidos por las normas; im-personal, está creada para aplicarse a un número indeterminado de per-sonas y no a alguna en específico.

2 Ley General de Vida Silvestre, publicada en el Diario Oficial de la Fe-deración el 3 de Julio del 2000.

3 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Noviembredel 2000.

4 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5157558&fe-cha=02/09/2010.

5 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5150487&fe-cha=02/07/2010.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días de septiembre de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diputados:Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rú-brica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rú-brica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), AgustínTorres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), MaríaAraceli Vázquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbri-ca), Jaime Álvares Cisneros (rúbrica), secretarios; María Estela de la

Fuente Dagdug, Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), SusanaHurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica),Francisco Alejandro Moreno Merino, José Ignacio Pichardo Lechuga(rúbrica), Adela Robles Morales (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón(rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Alejandro Bahena Flo-res (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Esco-bar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez, José Manuel Hinojosa Pé-rez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de laPaz Quiñones Cornejo (rúbrica), Leticia Robles Colín, Rafael Pacchia-no Alamán (rúbrica).»

ARTICULOS 107 Y 116 CONSTITUCIONALES

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, conpuntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa conproyecto de decreto que reforma los artículos 107 y 116 dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

A la H. Comisión de Puntos Constitucionales de la H. Cá-mara de Diputados del honorabilísimo Congreso de laUnión, de la LXI Legislatura, ha sido turnada para su estu-dio y dictamen la propuesta de iniciativa de proyecto de de-creto por el que se modifican los artículos 107 y 116 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,presentada por el diputado José Elías Romero Apis, delGrupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucio-nal.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45,numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 y de-más aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior delCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pre-senta a la honorable asamblea, el siguiente dictamen

I. Antecedentes legislativos

1. La propuesta de iniciativa de proyecto de decreto, estápublicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha 9 de abril delaño 2003 y turnada a esta H. Comisión de Puntos Constitu-cionales en la misma fecha; para efectos del análisis y ela-boración del dictamen, como está previsto por el artículo 60del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso delos Estados Unidos Mexicanos.

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II. Contenido de la Iniciativa

1. La iniciativa de decreto que se dictamina, se fundamentaen que confiar en la impartición de justicia, parte de la pron-ta y correcta aplicación de las leyes.

2. El diputado postulante asevera que el proceso de vigori-zar al federalismo es congruente con perfeccionar la demo-cracia a través de la división de los poderes federales, rei-vindicando institucionalmente la economía política en lasociedad mexicana.

III. Consideraciones

1. La comisión dictaminadora; realizó el estudio y análisisde los planteamientos contenidos en la iniciativa de decre-to; para valorar el contenido y así deliberar e integrar, elpresente dictamen.

2. La comisión dictaminadora después de valorar el conte-nido de la iniciativa de decreto presentada por el diputadopromovente, resuelve que, la reforma propuesta para el ar-tículo 107 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos en su fracción V, es arbitraria ya que sólo versaen atentados a la propia Carta Magna, derogando las dispo-siciones que para tal Juicio de Amparo, se admiten actual-mente, disminuyendo la esfera de protección jurídica queahora se conserva.

3. En cuanto a la reforma propuesta para el artículo 116 dela Ley Suprema Mexicana, es improcedente ya que de igualmanera reduce la competencia de los órganos jurisdicciona-les que resuelven actualmente sobre Juicios de Garantías.

IV. Metodología

1. Estudio y valoración en base a prácticas parlamentarias,técnica legislativa. Así como consulta en los anales de ju-risprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Co-misión de Puntos Constitucionales, somete a la considera-ción de la honorable asamblea, el siguiente:

Acuerdo

Primero. Esta H. Comisión de Puntos Constitucionales co-mo dictaminadora, determina que la iniciativa analizada esimprocedente, toda vez que falta homogeneizar los térmi-nos y las ideas expuestas, además que de ser aprobada aten-

ta con la actual esfera de actuación de los actores constreñi-dos al Juicio de Garantías Constitucionales.

Segundo. Se desecha la Iniciativa que reforma los artículos107 y 116 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, presentada por el diputado José Elías RomeroApis, del Partido Revolucionario Institucional.

Salón de sesiones de la Comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro,México, DF, a 6 de octubre de 2010.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: JuventinoCastro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rú-brica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera dela Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Gustavo Gon-zález Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Gui-llermo Cueva Sada, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secre-tarios; José Luis Jaime Correa (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto(rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (rúbrica), Fermín Ge-rardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño(rúbrica), Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fernando Ferreyra Oli-vares (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael Ro-dríguez González, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Miguel Er-nesto Pompa Corella (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica),Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rú-brica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Bal-deras Vaquera (rúbrica), Mario Alberto Becerra Pocoroba, Óscar Mar-tín Arce Paniagua, Sonia Mendoza Díaz, Camilo Ramírez Puente,Agustín Torres Ibarrola (rúbrica).»

ARTICULOS 51, 56, 57, 59, 60, 62, 63 Y 77 CONSTITUCIONALES

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, conpuntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativa conproyecto de decreto que reforma los artículos 51, 56, 59, 60,62, 63 y 77, fracción IV; y deroga el 57 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara deDiputados del H. Congreso de la Unión de la LXI Legisla-tura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguienteproposición con punto de acuerdo:

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1) Para que se excite en lo conducente a la Comisión dePuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del ho-norable Congreso de la Unión, para el efecto de que dicta-mine, conforme a la ley, la iniciativa que reforma y derogadiversas disposiciones de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado Helio-doro Díaz Escárraga, del Grupo Parlamentario del PartidoRevolucionario Institucional, el 13 de abril de 2004.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 dela Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Uni-dos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para elGobierno Interior del Congreso General de los Estados Uni-dos Mexicanos, la Comisión de Puntos Constitucionales so-mete a la consideración de esta honorable asamblea, el dic-tamen relativo al punto de acuerdo antes mencionado, elcual se realiza bajos los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 13 de abril de 2004 por la Cáma-ra de Diputados del H. Congreso de la Unión, el diputadoHeliodoro Díaz Escárraga, del Grupo Parlamentario delPartido Revolucionario Institucional, presentó iniciativaque reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. En sesión celebrada el 8 de octubre de 2009 por la Cá-mara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el diputa-do Heliodoro Díaz Escárraga, del Grupo Parlamentario delPartido Revolucionario Institucional, presentó solicitud pa-ra que se excite a la Comisión de Puntos Constitucionales afin de que dictamine la iniciativa que reforma y deroga di-versas disposiciones de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos, presentada el 13 de abril de 2004.

Consecuente con lo anterior, la proposición con punto deacuerdo listada en el proemio de este dictamen tienen porturno a la Comisión de Puntos Constitucionales, con el ca-rácter de comisión única y le corresponde en exclusiva ren-dir el dictamen relativo.

Contenido de la Iniciativa

Primero. La iniciativa propone la derogación de la figura dela suplencia de diputados y senadores federales, y las con-secuencias jurídicas que se derivarían de la vacancia de le-gisladores. Cuando se trate de vacantes que excedan el diezpor ciento de diputados y senadores elegidos por el princi-pio de mayoría relativa o de primera minoría, la Cámara

respectiva convocará a elecciones extraordinarias de con-formidad con lo previsto en la fracción IV del artículo 77constitucional. En cuanto a las vacantes de diputados y se-nadores electos por el principio de representación propor-cional, éstas no serán cubiertas.

Segundo. Se propone para los efectos anteriores la reformade los siguientes artículos constitucionales: 51, 56, 59, 60,62, 63 y 77, fracción IV, de la Constitución. Asimismo sepropone la derogación del artículo 57 de la Ley Fundamen-tal.

Consideraciones

Primera. La iniciativa recoge la posición doctrinal de Feli-pe Tena Ramírez que señala respecto a la figura de la su-plencia de los legisladores lo siguiente: “La suplencia esuna institución de origen español, que apareció por primeravez en la Constitución de Cádiz y que fue imitada por todasnuestras Constituciones, sin excepción. En sus orígenes lasuplencia obedeció a la idea de que el diputado representa asu distrito, de suerte que cuando aquél falta el distrito care-ce de representación. La teoría moderna no acepta esa tesis.Aunque la elección se hace sobre la base de demarcacionesterritoriales, ello obedece a simple técnica para lograr que elnúmero de representantes esté en proporción a la población,clasificada en zonas o distritos. Una vez que la elección seconsuma, los diputados electos representan a toda la nacióny no a sus distritos por separado.

El artículo 21 de la Constitución de Weimar consagró la te-oría en forma clara y terminante: “Los diputados son repre-sentantes de todo el pueblo”. “Toda otra construcción resul-ta imposible –dice Schmitt– porque haría del distrito unterritorio independiente, suprimiendo la unidad política”. Yes que la representación popular no es un mandato de dere-cho privado; el diputado no actúa en acatamiento a instruc-ciones u órdenes de sus electores. “Un mandato imperativoal estilo medieval –agrega el mismo autor–, con dependen-cia del diputado respecto de instrucciones y órdenes de or-ganizaciones y partidos estamentales y de otra especie, con-tradiría tanto el pensamiento de la unidad política comotambién el supuesto democrático fundamental, la homoge-neidad sustancial de un pueblo, cuya unidad natural y polí-tica hace considerarlo como idéntico.” La suplencia ha per-dido, pues, el fundamento teórico que utilizó para nacer. Nole queda sino la ventaja práctica de que en el remoto caso deque faltaren en forma absoluta los diputados o senadoresnecesarios para dar quórum, los suplentes fueran llamadospara integrar las Cámaras, tal como lo prevé el artículo 63

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en su último párrafo. Pero esta ventaja tan relativa desapa-rece si la Ley Electoral procura un procedimiento que per-mita hacer con rapidez las elecciones de los representantesque faltaren. Sin razón doctrinaria ni práctica que la justifi-que, la suplencia presenta los inconvenientes de hacer delsuplente, según los casos, un rival del propietario, codicio-so de su puesto, o un testaferro que reemplaza al propieta-rio, mientras éste ocupa puestos de mayor importancia, con-servándole la representación popular como una reservaburocrática”1.

Segunda. En el mismo sentido que Tena Ramírez, otros au-tores nacionales, esgrimen, con mayor o menor énfasis, elmismo tipo de razonamientos. Por ejemplo, Manuel Bar-quín Álvarez y Jorge Moreno Collado2.

Tercera. La suplencia es una figura que existe, sobre todo,en sistemas presidenciales, tal es el caso de las Constitucio-nes de Chile (artículo 47), Colombia (artículo 134), El Sal-vador (artículos 129 y 131), Guatemala (artículo 160), Pa-raguay (artículo 187), República Dominicana (artículos 19y 20) y, Uruguay (artículo 116), entre otros países latinoa-mericanos.

Cuarta. En otras Constituciones cuando se actualiza la va-cancia de un senador, el gobierno a quién corresponde la va-cante, hace proceder inmediatamente a la elección de unnuevo miembro (artículo 62 de la Constitución de Argenti-na). Tal precepto fue tomado del artículo I, sección 2, cláu-sula cuarta de la Constitución de los Estados Unidos deAmérica y existió en el Senado mexicano en la Constituciónde 1824. El principio se explica porque en los supuestosmencionados, no existe, al menos inmediatamente, eleccióndirecta de los senadores, sino que son los gobiernos o losCongresos locales quienes los eligen de forma indirecta.

Quinta. El autor de la iniciativa sostiene los siguientes ochoargumentos para proponer la derogación de la figura de lasuplencia en el poder legislativo: 1) La limitación de la par-ticipación ciudadana en la elección del representante quesustituye al propietario; 2) La confusión que se genera en elelector en caso de coaliciones, cuando el propietario y el su-plente representan partidos e ideologías distintas; 3) Se pro-picia una movilidad innecesaria de los integrantes del Con-greso; 4) El propietario y el suplente se pueden repartir elescaño, de manera alternada, antidemocrática y sin consul-ta a su partido; 5) Los suplentes suelen ser personas sin tra-yectoria y de perfil bajo; 6) Se pueden generar conductas defraude a la ley para vulnerar la cuota de género y, así se co-loca como propietaria a una mujer que después solicita li-

cencia para que asuma el escaño un hombre; 7) La suplen-cia tuvo razón de ser cuando el legislador representaba undistrito o a una entidad federativa y, hoy en día representana toda la nación; y, 8) La suplencia no existe en el poder ju-dicial ni en el ejecutivo.

Sexta. Sobre los argumentos descritos en la consideraciónanterior expresamos: 1) Es incorrecto que los ciudadanossean limitados en sus derechos político-electorales por ra-zón de la suplencia, pues éstos se pronunciaron el día de lajornada electoral, tanto por propietarios como por suplentesy, en el caso de los legisladores de representación propor-cional, conocieron los nombres de los de los candidatos dela lista de cada partido o coalición y, también manifestaronsu voluntad en torno de ellos. Además, cuando los suplen-tes no concurren, o por alguna otra razón prevista en laConstitución o en la ley, ninguno de los miembros de la fór-mula puede acceder al cargo (muerte, incompatibilidad, in-habilitación o incapacidad), el artículo 63 de la Constituciónestablece los supuestos de vacancia: en el caso de los legis-ladores de mayoría se convoca a elecciones extraordinariasen los términos del artículo 77 fracción IV de la Constitu-ción; 2) El segundo cuestionamiento no tiene relación conla suplencia. En todo caso, la confusión del elector sobre lasideologías del propietario y del suplente, se debe a la coali-ción, institución que por otra parte, deriva del derecho fun-damental de asociación política y, es recogida en casi todaslas legislaciones electorales del mundo. Lo importante enlas coaliciones, es que éstas sean ampliamente conocidaspor los electores para que no exista engaño ni manipulaciónhacia ellos. Las plataformas, programas, documentos bási-cos, así como los nombres de los candidatos propietarios ysuplentes deben ser ampliamente difundidos; 3) El proble-ma de la movilidad en el Congreso no se reducirá derogan-do la figura de la suplencia, hace falta limitar las causas delicencia al cargo de legislador, regular el estatuto del parla-mentario, perfeccionar el marco de las incompatibilidades,entre otras modificaciones constitucionales y legales queserían procedentes para enfrentar ese problema; 4) En cuan-to a la posibilidad de que se produzcan negociaciones inde-bidas entre propietario y suplente para alternarse el escañosin justificación alguna, el camino no es el propuesto, sinoimpulsar reformas a la Ley Orgánica del Congreso Generalde los Estados Unidos Mexicanos o, bien, establecer nor-mas severas de ética y disciplina parlamentaria para prohi-bir y sancionar esas prácticas, pero no eliminar la suplencia,que por sí, no motiva ese tipo de conductas; 5) Respecto ala trayectoria y perfil de los suplentes, la legislación electo-ral podría obligar a los partidos a difundir ampliamente losantecedentes curriculares de los candidatos propietarios y

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suplentes. Sin embargo, el que los ciudadanos cobren con-ciencia de que cuando votan, no sólo lo hacen por un pro-pietario sino por un suplente, es tarea de las autoridadeselectorales, de los partidos y de los respectivos candidatos;6) En tiempos recientes, hemos presenciado como se vulne-ra la cuota de género con el uso abusivo y en fraude a la leyde la suplencia. No obstante, la solución estriba en sancio-nar esas prácticas y en exigir que en materia de cuota de gé-nero, los suplentes sean del mismo sexo, pero no en derogarnecesariamente la suplencia; 7) El artículo 51 de la Consti-tución determina que el legislador representa a la nación,principio que deriva históricamente del famoso discursoque Edmund Burke3 pronunció a finales del siglo XVIII(jueves 3 de noviembre de 1774) a los electores de Bristol.En todos los países democráticos, se prohíbe el mandatoimperativo y los legisladores representan a todos los ciuda-danos de la nación. Lo anterior no es óbice para que el le-gislador se vincule de manera más estrecha y profunda conlos ciudadanos para promover democracias de calidad; y, 8)Es verdad que la suplencia no existe actualmente en el po-der ejecutivo ni en el judicial. Sin embargo, en el ejecutivoexistió y, en otras instituciones, por ejemplo, en los orga-nismos electorales, se prevé esta figura.

Séptima. Por todo lo anterior, consideramos que sin la su-plencia habría sectores de la población que carecerían de re-presentación plena. La democracia a la que aspiramos pre-tende que el mayor número de legisladores esté en relacióndirecta con los ciudadanos, no sólo en el ámbito de la ges-toría social, sino también en el de la información, la comu-nicación y, la rendición de cuentas4 permanente con la so-ciedad, principalmente con los electores que nos hanelegido5.

Octava. Derogar la figura de la suplencia entrañaría romperla correlación de las fuerzas electorales derivada de cadaproceso comicial. Habría partidos y grupos parlamentariosque se beneficiarían o perjudicarían con las vacantes que seproducirían. De esta suerte, podría utilizarse la derogaciónde la suplencia para modificar la integración en la composi-ción de los grupos parlamentarios, ya sea para sobre o su-brepresentarlos.

Novena. La derogación de la suplencia podría estimular ac-tos de corrupción. Partidos en los ejecutivos estatales o fe-deral, podrían ofrecer empleos u otras prebendas a legisla-dores de diversos signos ideológicos con el fin de generarlicencias o incompatibilidades, para restarles presencia po-lítica a sus partidos y grupos parlamentarios en el Congre-so.

Décima. Derogar la figura de la suplencia, implicaría tam-bién rediseñar la integración de las Cámaras. Actualmente,éstas se conforman con números precisos de legisladores.Las Cámaras federales en México y en un sistema presi-dencial no sitúan su integración entre un mínimo y un má-ximo como en algunos sistemas parlamentarios. De apro-barse la iniciativa, entrañaría aceptar que en las Cámaraspuede haber números variables de sus integrantes.

Décima Primera. El autor de la iniciativa propone que cuan-do existan más del diez por ciento de vacantes de legislado-res de mayoría y de primera minoría se convoque a eleccio-nes extraordinarias. La celebración de esos procesoselectorales, en caso de darse, representarían costos elevadosa cargo del contribuyente.

Décima Segunda. Según la iniciativa, en tratándose de le-gisladores de representación proporcional, las vacantes noserán cubiertas. Lo anterior significa la modificación artifi-cial de la correlación de fuerzas, contraria a la que fue deri-vada del último proceso electoral. Esta circunstancia ajenaa los comicios, como ya se ha señalado, sobre o subrepre-sentará a los grupos parlamentarios en el Congreso.

Décima Tercera. El marco teórico de la iniciativa se desen-tiende de las modificaciones que ha tenido la democraciarepresentativa en los dos últimos siglos. En especial, no setoma en cuenta el papel que los partidos vía los grupos par-lamentarios, previstos en el artículo 70 de la Constitución,desempeñan en el Congreso. De tal suerte que para refor-mular la figura de la suplencia debemos partir, no sólo delhecho de que el legislador representa a la nación y no a sudistrito, sino también de los vínculos insoslayables queexisten entre los legisladores y las fuerzas políticas. Cual-quier iniciativa en este tenor debe hacerse cargo de lo quelos teóricos llaman el Estado de Partidos6.

Décima Cuarta. Desde nuestro punto de vista, la suplenciasigue siendo fundamental en el sistema legislativo mexica-no, y las razones expuestas por el autor de la iniciativa noson suficientes para promover la derogación de esta figura.Los motivos principales de su permanencia residen en: laimportancia que tiene para integrar el quórum de las Cáma-ras, en propiciar el ahorro de recursos fiscales a efecto de noconvocar continuamente a elecciones extraordinarias y, enasegurar el funcionamiento de la institución legislativa me-diante la cobertura de las ausencias temporales o perma-nentes de los legisladores propietarios. Además y de mane-ra destacada, porque representa una manera de salvaguardarla correlación de fuerzas entre los grupos parlamentarios

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producto del resultado de la última elección, la que sólo po-drá ser modificada en términos generales en la siguienteelección federal.

Por lo anterior, la comisión dictaminadora no estima nece-sario entrar al análisis del fondo del asunto, realizar juiciosde valor y aprobar los puntos de acuerdo que se solicitan.

Consecuentemente, la Comisión de Puntos Constituciona-les considera que no ha lugar a aprobar los puntos de acuer-do materia de este dictamen y que procede el archivo de losexpedientes como asuntos definitivamente concluidos.

En mérito de lo expuesto, la Comisión d Puntos Constitu-cionales se permite someter a la consideración del pleno dela Cámara de Diputados el siguiente:

AcuerdoPrimero. Se desecha la iniciativa que reforma losartículos 51, 56, 59, 60, 62, 63 y 77, fracción IV; y que de-roga el artículo 57, todos de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, presentada por el diputado He-liodoro Díaz Escárraga, del Grupo Parlamentario del Parti-do Revolucionario Institucional, que propone eliminar lasuplencia de diputados y senadores federales, por conside-rarse que esta figura sigue siendo fundamental en el sistemalegislativo mexicano.

Segundo. Archívense los expedientes relativos como asun-tos total y definitivamente concluidos.

Notas:

1 TENA RAMÍREZ, Felipe, Derecho constitucional mexicano, México,Porrúa, 1980, pp. 266-267.

2 BARQUÍN ÁLVAREZ, Manuel, “Comentario al artículo 51”, en De-rechos del pueblo mexicano. México a través de sus constituciones, Mé-xico, Cámara de Diputados, LVII Legislatura y Miguel Ángel Porrúa,tomo VI, 2000, pp. 1054-1055; y, MORENO COLLADO, Jorge, “Su-plencia”, Diccionario universal de términos parlamentarios, México,Instituto de Estudios Parlamentarios Eduardo Neri, H. Congreso del Es-tado de Guerrero, México, 1998, pp. 1011-1016.

3 BURKE, Edmund, Textos Políticos, México, Fondo de Cultura Eco-nómica, 1984, pp. 311 a 314.

4 MORLINO, Leonardo, “Calidad de la democracia. Notas para unadiscusión”, México, Metapolítica, enero-febrero 2005, pp. 38-39.

5 PITKIN, Hanna F., El concepto de representación, Madrid, Centro deEstudios Constitucionales, 1985, p. 67.

6 GARCÍA PELAYO, Manuel, El Estado de Partidos, Madrid, Alianzaeditorial, 1986.

Palacio Legislativo, a 6 de octubre de 2010.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: JuventinoCastro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rú-brica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera dela Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Gustavo Gon-zález Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Gui-llermo Cueva Sada, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secre-tarios; José Luis Jaime Correa (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto(rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (rúbrica), Fermín Ge-rardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño(rúbrica), Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fernando Ferreyra Oli-vares (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael Ro-dríguez González, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Miguel Er-nesto Pompa Corella (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica),Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rú-brica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Bal-deras Vaquera (rúbrica), Mario Alberto Becerra Pocoroba, Óscar Mar-tín Arce Paniagua, Sonia Mendoza Díaz, Camilo Ramírez Puente,Agustín Torres Ibarrola (rúbrica).»

LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZUCAR

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntosde acuerdo por los que se desecha la iniciativa con proyec-to de decreto que reforma y adiciona el artículo 12 de la Leyde Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Dipu-tados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legis-latura, le fue turnada para su estudio y dictamen la iniciati-va con proyecto de decreto que reforma y adiciona elartículo 12 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Cañade Azúcar, presentada el 11 de agosto de 2010 por el dipu-tado Alfredo Villegas Arreola, integrante del Grupo Parla-mentario del Partido Revolucionario Institucional.

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Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45de la Ley Orgánica del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para elGobierno Interior del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos y 38, 39, 40, 48, 49 de las Normas rela-tivas al funcionamiento de las Comisiones y Comités de laCámara de Diputados corresponde a los integrantes de laComisión de Desarrollo Rural deliberar respecto el asuntopreviamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 11 de agosto de 2010, el diputado Alfredo Vi-llegas Arreola integrante del Grupo Parlamentario del Parti-do Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultadque le confiere el artículo 71, fracción II, de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante elpleno de la Comisión Permanente del Congreso de laUnión, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma yadiciona el artículo 12 de la Ley de Desarrollo Sustentablede la Caña de Azúcar.

II. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva dela Comisión Permanente dispuso que dicha iniciativa fueraturnada a la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara deDiputados para su estudio y dictamen.

Contenido de la iniciativa

La iniciativa tiene como objeto reformar el artículo 12 de laLey de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, a efec-to de incorporar a la integración de la Junta Directiva delComité Nacional para el Desarrollo de la Caña de Azúcar ala Comisión Federal de Competencia (Cofeco), así como alos representantes de las asociaciones, cámaras, confedera-ciones u otros organismos de representación de los indus-triales.

Con base en los antecedentes mencionados, los integrantesde esta comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidadde comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis delos planteamientos expuestos en la Iniciativa citada con elobjeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el pre-sente dictamen.

Segunda. En la exposición de motivos de la iniciativa quese dictamina, el legislador proponente hace referencia aque, con el fin de incrementar la producción, modernizar alsector y continuar fortaleciendo la cadena de la agroindus-tria azucarera, resulta necesario integrar a los representantesde las asociaciones, cámaras, confederaciones u otros orga-nismos de representación de los industriales en la Junta Di-rectiva del Comité Nacional para el Desarrollo Sustentablede la Caña de Azúcar.

Asimismo, argumenta el legislador proponente que, debidoa que las decisiones que toma la Junta Directiva en el ám-bito económico afectan no sólo a todo el sistema-productode la caña de azúcar, sino también a todos los sectores eco-nómicos que requieren de edulcorantes, la Comisión Fede-ral de Competencia debería participar en la toma de deci-siones como integrante de la Junta Directiva, con lafinalidad de evitar que se originen prácticas monopólicas yconcentraciones entre los agentes económicos.

En este orden de ideas, la iniciativa pretende reformar el ar-tículo 12 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña deAzúcar, con la finalidad de integrar en la Junta Directiva delComité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Cañade Azúcar a los representantes de las asociaciones, cámaras,confederaciones u otros organismos de representación delos industriales, así como a la Comisión Federal de Compe-tencia.

Tercera. Antes de proceder a determinar la procedencia dela Iniciativa, esta Comisión Dictaminadora identificó en lalegislación vigente que, el Comité Nacional para el Desa-rrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, en términos del ar-tículo 9 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña deAzúcar, es un organismo público descentralizado, depen-diente de la Administración Pública Federal que tiene porobjeto la coordinación y la realización de todas las activi-dades relacionadas con la agroindustria de la caña de azúcarprevistas en el ordenamiento antes mencionado.

La administración del Comité Nacional para el DesarrolloSustentable de la Caña de Azúcar está a cargo del directorgeneral y de la Junta Directiva, siendo ésta última la autori-dad suprema del Comité Nacional, de conformidad con lodispuesto en el artículo 12 de la Ley de Desarrollo Susten-table de la Caña de Azúcar.

Cuarta. Para el debido ejercicio de sus facultades y el cum-plimiento de sus obligaciones, la Junta Directiva está inte-

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grada por el titular de la Secretaría de Agricultura, Ganade-ría, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, quien ademásla preside; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; laSecretaría de Economía; la Secretaría de Medio Ambientey Recursos Naturales; la Secretaría del Trabajo y PrevisiónSocial; representantes de la Cámara Azucarera y represen-tantes de las organizaciones nacionales de abastecedores decaña de azúcar.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la LeyOrgánica de la Administración Pública Federal, la Secreta-ría de Economía está facultada para formular y conducir laspolíticas generales de industria, comercio exterior, interior,abasto y precios del país, así como para regular, promovery vigilar la comercialización, distribución y consumo de losbienes y servicios.

Bajo esta tesitura, la Ley Federal de Competencia Econó-mica, Reglamentaria del Artículo 28 Constitucional en Ma-teria de Competencia Económica, Monopolios y Libre Con-currencia, otorga atribuciones a la Secretaría de Economíapara concertar y coordinar con los productores o distribui-dores las acciones o modalidades que sean necesarias enmateria de imposición de precios a los productos y servi-cios, procurando minimizar los efectos sobre la competen-cia y la libre concurrencia.

En términos establecidos por la Ley Federal de Competen-cia Económica, la Comisión Federal de Competencia es unórgano administrativo desconcentrado de la Secretaría deEconomía, con autonomía técnica y operativa, que tiene asu cargo prevenir, investigar y combatir los monopolios, lasprácticas monopólicas y las concentraciones1.

La Ley Federal de Competencia Económica faculta a laComisión Federal de Competencia para investigar la exis-tencia de monopolios, prácticas monopólicas, estancos oconcentraciones; establecer mecanismos de coordinacióncon las autoridades federales, estatales y municipales parael combate y prevención de monopolios, concentraciones yprácticas prohibidas por esta ley; así como promover laaplicación de los principios de competencia y libre concu-rrencia, entre otras.

Aunado a lo anterior, cabe destacar que la Secretaría deEconomía, a través de su órgano administrativo desconcen-trado, denominado Comisión Federal de Competencia, lle-va a cabo acciones encaminadas a evitar que se originenprácticas monopólicas y concentraciones entre los agentes

económicos. Tomando en cuenta que la Secretaría de Eco-nomía participa en la toma de decisiones como integrantede la Junta Directiva, en cumplimiento con lo dispuesto enla Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, es-ta Comisión Dictaminadora considera que la incorporaciónde la Comisión Federal de Competencia a dicho órgano co-legiado, resulta innecesaria al no implicar un beneficio adi-cional al funcionamiento del Comité Nacional para el Desa-rrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

Quinta. En el contexto de las facultades y obligacionesconsignadas a la Junta Directiva de conformidad con el ar-tículo 14 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña deAzúcar, está prevista la aprobación de un Estatuto Orgáni-co, así como las disposiciones reglamentarias que rijan laorganización, funcionamiento, control y evaluación delComité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Cañade Azúcar.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14, fracciónVI de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azú-car, en la Novena Sesión Extraordinaria de 2010, celebradael 12 de julio de 2010, la Junta Directiva aprobó medianteel acuerdo 4-9EX-12/07/10, el “Estatuto Orgánico del Co-mité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña deAzúcar”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el25 de agosto de 2010, el cual tiene por objeto establecer lasbases de organización, funcionamiento y atribuciones con-forme a las cuales se regirán las diferentes unidades admi-nistrativas así como los órganos que integran el Comité Na-cional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.En términos de lo dispuesto en el “Estatuto Orgánico delComité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Cañade Azúcar”, la Junta Directiva se integra por el titular de laSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural,Pesca y Alimentación; el titular de la Secretaría de Hacien-da y Crédito Público; el titular de la Secretaría de Econo-mía; el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recur-sos Naturales; el titular de la Secretaría del Trabajo yPrevisión Social; representantes de la Cámara Azucarera ylos representantes de las organizaciones nacionales de abas-tecedores de caña de azúcar debidamente inscritas en el Re-gistro Nacional Agropecuario, adscrito a la Secretaría deAgricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimen-tación.

Sexta. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y noobstante la nobleza del objetivo del legislador proponente,la reforma planteada al artículo 12 de la Ley de Desarrollo

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Sustentable de la Caña de Azúcar resulta jurídicamente im-procedente en razón de que el “Estatuto Orgánico del Co-mité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña deAzúcar” ya prevé los términos en los que se incluye la par-ticipación de los representantes de las asociaciones, cáma-ras, confederaciones u otros organismos de representaciónde los industriales en la Junta Directiva del Comité Nacio-nal para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.

Asimismo, resulta innecesaria la incorporación de la Comi-sión Federal de Competencia en la toma de decisiones de laJunta Directiva, toda vez que ese órgano administrativo des-concentrado depende de la Secretaría de Economía, ésta úl-tima ya viene desempeñando las acciones encaminadas aevitar que se originen prácticas monopólicas y concentra-ciones entre los agentes económicos y participa, a través desu titular, en la toma de decisiones de la Junta Directiva entérminos de lo establecido en la Ley de Desarrollo Susten-table de la Caña de Azúcar y en el “Estatuto Orgánico delComité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Cañade Azúcar”.

En razón de lo expuesto, cabe destacar que esta comisióndictaminadora no está afirmando que el “Estatuto Orgánicodel Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de laCaña de Azúcar” sea superior a la Ley de Desarrollo Sus-tentable de la Caña de Azúcar, de hecho, se enfatiza que encumplimiento de dicha ley y en el ejercicio de una facultadlegal, la Junta Directiva se ha regulado a través de un Esta-tuto Orgánico que ha causado todos sus efectos jurídicos apartir de su entrada en vigor el 26 de agosto de 2010, enconsecuencia las reformas y adiciones propuestas al artícu-lo 12 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña deAzúcar, resultan improcedentes.

Conclusiones

Primera. En virtud de lo anterior y una vez que esta comi-sión dictaminadora ha entrado al análisis del fondo delasunto, valorando los argumentos que sustentan el conteni-do de la Iniciativa, se concluye que no resulta jurídicamen-te procedente su aprobación.

Segunda. Consecuentemente, la Comisión de DesarrolloRural considera que no ha lugar a aprobar la iniciativa ma-teria de este dictamen, por lo tanto es procedente el archivodel expediente como asunto definitivamente concluido.

En mérito de lo expuesto, los integrantes de esta Comisiónde Desarrollo Rural tenemos a bien expedir los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decretoque reforma y adiciona el artículo 12 de la Ley de Desarro-llo Sustentable de la Caña de Azúcar, presentada por el di-putado Alfredo Villegas Arreola, integrante del Grupo Par-lamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 11de agosto de 2010.

Segundo. Archívese como asunto total y definitivamenteconcluido.

Nota:

1 Artículo 23 de la Ley Federal de Competencia Económica. Diario Ofi-cial de la Federación de fecha 24 de diciembre de 1992, Primera Sec-ción, página 12.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados: Javier Bernardo Usa-biaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, MaríaEsther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio ManuelDíaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rú-brica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis MeillónJohnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), FedericoOvalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza, Ru-bén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, JoséErandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), MaríaHilaria Domínguez Arvizu, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Al-berto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francis-co Alberto Jiménez Merino, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), AlbaLeonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica),Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez(rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa(rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubía Ri-vera.»

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con puntode acuerdo por el que se desecha la minuta con proyecto dedecreto que reforma el artículo 14 de la Ley de DesarrolloRural Sustentable

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Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Dipu-tados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legis-latura, le fue turnada para su estudio y dictamen la minutacon proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Leyde Desarrollo Rural Sustentable, remitida por el Senado dela República el 7 de septiembre de 2010.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45de la Ley Orgánica del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos; 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para elGobierno Interior del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos, 38, 39 y 40, 48, 49 de las normas rela-tivas al funcionamiento de las comisiones y comités de laCámara de Diputados corresponde a los integrantes de laComisión de Desarrollo Rural deliberar respecto al asuntopreviamente citado, a partir de los siguientes

Antecedentes

I. En la sesión del 9 de octubre de 2007, el diputado CarlosErnesto Navarro López, integrante del Grupo Parlamentariodel Partido de la Revolución Democrática (PRD), presentóante el pleno de la Cámara de Diputados de la LX Legisla-tura la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el ar-tículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

II. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara deDiputados de la LX Legislatura acordó turnarla a la Comi-sión de Desarrollo Rural para su estudio y dictamen corres-pondiente.

III. El 19 de marzo de 2009, la Comisión de Desarrollo Ru-ral sometió a consideración del pleno de la honorable Cá-mara de Diputados de la LX Legislatura el dictamen co-rrespondiente a este proyecto de decreto, que fue aprobadopor el pleno con 291 votos en pro y 1 abstención. Se turnóal Senado de la República para los efectos constitucionalescorrespondientes.

IV. Con fecha 24 de marzo de 2009, se recibió en la Cáma-ra de Senadores de la LX Legislatura la minuta con proyec-to de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley de Des-arrollo Rural Sustentable. La Presidencia de la MesaDirectiva de dicha Cámara procedió a turnarla a las Comi-siones Unidas de Desarrollo Rural, y Estudios Legislativos.

V. El 27 de abril de 2010, las Comisiones Unidas de Desa-rrollo Rural, y Estudios Legislativos, sometieron a conside-

ración del pleno del Senado de la República de la LXI Le-gislatura el dictamen relativo a la minuta con proyecto dedecreto que reforma el artículo 14 de la Ley de DesarrolloRural Sustentable, que fue aprobado por dicho pleno con 79votos en pro y 1 en contra. Se procedió a turnarla a la Cá-mara de Diputados.

VI. En sesión celebrada el 7 de septiembre de 2010, la Pre-sidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dela LXI Legislatura turnó a la Comisión de Desarrollo Ruralla minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Contenido de la minuta

La minuta tiene como finalidad garantizar que en los proce-sos de planeación se mantenga y fortalezca el espíritu parti-cipativo de todas las organizaciones y actores sociales y pri-vados del medio rural, sin discriminación por motivos deafiliación política o intereses de cualquier otro tipo, y quesus propuestas previo análisis y argumentación científicasean no solo “consideradas” como lo establece actualmenteel artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, si-no que la Comisión Intersecretarial promueva la participa-ción y realice con el Consejo Mexicano de Desarrollo Ru-ral Sustentable los mecanismos para garantizar que dichasproposiciones de las organizaciones sociales y privadas, se-an propuestas al Ejecutivo federal para su incorporación alPrograma Especial Concurrente para el Desarrollo RuralSustentable.

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidadde comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis delos planteamientos expuestos en la citada minuta con el ob-jeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el presentedictamen.

Segunda. El Senado de la República en su calidad de Cá-mara revisora, valoró como adecuada la precisión que seformula en la minuta, respecto a que la orientación de laLey de Desarrollo Rural Sustentable, no está circunscritaúnicamente al aspecto productivo, económico o ambiental,sino también prevé en términos de su artículo 4o. que “Pa-ra lograr el desarrollo rural sustentable el Estado, con elconcurso de los diversos agentes organizados, impulsará unproceso de transformación social y económica que reconoz-ca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento

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sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la po-blación rural...”

Tercera. No obstante lo anterior, las Comisiones Unidas deDesarrollo Rural y Estudios Legislativos del Senado de laRepública, no coinciden con la Cámara de origen en que lapropuesta de reformar el segundo párrafo del artículo 14 dela Ley de Desarrollo Rural Sustentable resulte procedente,toda vez que el Consejo Mexicano para el Desarrollo RuralSustentable está integrado por los titulares de las Secretarí-as de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Ali-mentación, quien la preside; Economía; Medio Ambiente yRecursos Naturales; Hacienda y Crédito Público; Comuni-caciones y Transportes; Salud; Desarrollo Social; ReformaAgraria; Educación Pública; Energía, y las dependencias yentidades que se consideran necesarias, así como represen-tantes de las organizaciones nacionales del sector social yprivado rural, de organizaciones nacionales agroindustria-les, de comercialización y por rama de producción agrope-cuaria y de los comités de sistema producto, instituciones deeducación e investigación y organismos no gubernamenta-les, tal y como se prevé en el artículo 17 de la Ley de Desa-rrollo Rural Sustentable que a la letra dice:

Artículo 17. Se crea el Consejo Mexicano para el Desa-rrollo Rural Sustentable como instancia consultiva delGobierno Federal, con carácter incluyente y represen-tativo de los intereses de los productores y agentes dela sociedad rural. Este consejo se integrará con losmiembros de la comisión intersecretarial previstos en elartículo 21 de esta ley, representantes, debidamente acre-ditados, de las organizaciones nacionales del sector so-cial y privado rural; de las organizaciones nacionalesagroindustriales, de comercialización y por rama de pro-ducción agropecuaria; y de los comités de los sistemasproducto, instituciones de educación e investigación yorganismos no gubernamentales, de acuerdo a los temasa tratar, en los términos de las leyes y las normas regla-mentarias vigentes. Será presidido por el titular de la Se-cretaría y operará en los términos que disponga su regla-mento interior.

Cuarta. Bajo esta tesitura, el Reglamento Interior del Con-sejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, publi-cado en el Diario Oficial de la federación el 14 de julio de2008, establece en su artículo 4o. que el Consejo Mexicanoparticipará, haciendo propuestas a los programas, accionesy normas relacionadas con el Plan Nacional de Desarrollo,programas sectoriales, el programa especial concurrente, así

como de los sistemas y servicios especializados previsto enla Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

En este sentido, el Consejo Mexicano para el DesarrolloRural Sustentable tiene la encomienda de participar con laComisión Intersecretarial en la coordinación de las activi-dades de difusión y promoción dirigidas a los sectores so-ciales representados, con respecto de los programas, accio-nes y normas relacionadas con el Programa EspecialConcurrente así como en los Sistemas establecidos en laLey de Desarrollo Rural Sustentable1.

Quinta. En la opinión de la Cámara de Senadores, en lo querespecta a las consideraciones formuladas por la Cámara deorigen cuando aprobó la iniciativa, no se tomó en cuenta loque disponen las fracciones VI y VIII del artículo 13 de laLey de Desarrollo Rural Sustentable, que en la apreciaciónde la colegisladora era importante señalar, porque prevéncon claridad el mandato de la ley para considerar y recono-cer la participación democrática en la planeación del desa-rrollo rural sustentable, de “todas las organizaciones y acto-res sociales y privados del medio rural sin discriminaciónpor motivos de afiliación política o intereses de cualquierotro tipo” ya que en dichas fracciones se determina que:

Artículo 13. De conformidad con la Ley de Planeacióny el Plan Nacional de Desarrollo, se formulará la progra-mación sectorial de corto, mediano y largo plazo con lossiguientes lineamientos:

VI. El programa sectorial que en el marco del federalis-mo apruebe el Ejecutivo Federal especificará los objeti-vos, prioridades, políticas, estimaciones de recursos pre-supuestales, así como los mecanismos de su ejecución,descentralizando en el ámbito de las entidades federati-vas, municipios y regiones la determinación de sus prio-ridades, así como los agentes de la sociedad rural. Deigual forma, dicho programa determinará la temporali-dad de los programas institucionales, regionales, y espe-ciales en términos de los artículos 22, 23 y 40 de la Leyde Planeación y 19 de la Ley de Presupuesto, Contabili-dad y gasto Público Federal.

VIII. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 20 de laLey de Planeación, la participación social en la progra-

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mación sectorial se realizará a través de las organizacio-nes nacionales integradas en el Consejo Mexicano parael Desarrollo Rural Sustentable, a que se refiere el artí-culo 17 de la ley presente.

Sexta. Por otra parte, es conveniente destacar que del artí-culo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable vigente,se desprenden disposiciones congruentes con lo que estipu-la la legislación secundaria en materia de planeación y deprogramación, adicionalmente la referida Ley mandata quela Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sus-tentable con la participación del Consejo Mexicano, podráestablecer programas especiales, sectoriales y especialesconcurrentes de emergencia si ocurrieran contingencias queasí lo justifiquen, en la inteligencia de que dicha ComisiónIntersecretarial es la responsable de coordinar las accionesy programas de las dependencias y entidades, relacionadascon el desarrollo rural sustentable.

Séptima. En consecuencia, tomando en consideración losargumentos expuestos en los párrafos anteriores, ésta comi-sión dictaminadora coincide con la colegisladora en que lareforma planteada resulta improcedente, toda vez que care-ce de materia, en razón de que ya se encuentra previsto enla Ley de Desarrollo Rural Sustentable lo referente a tomaren cuenta las propuestas de los sectores social y privado pa-ra que sean consideras en el programa especial concurrente,ya que en la actualidad la Comisión Intersecretarial para elDesarrollo Rural Sustentable con la participación del Con-sejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable valorae incorpora las propuestas de dichos sectores tal y como lomarca la ley, por lo tanto esta reforma sobre regularía lasdisposiciones vigentes en la materia.

Por lo expuesto y, para los efectos de lo dispuesto en el ar-tículo 72, fracción d) de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisión deDesarrollo Rural de la LXI Legislatura sometemos a la con-sideración del pleno el siguiente:

Acuerdo

Único. Se desecha la minuta proyecto de decreto que refor-ma el artículo 14 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable,remitida por la Cámara de Senadores el 7 de septiembre de2010.

Nota:

1 Ver artículo 4o., segundo párrafo del Reglamento Interior del Conse-jo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable vigente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados: Javier Bernardo Usa-biaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, MaríaEsther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio ManuelDíaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rú-brica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis MeillónJohnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), FedericoOvalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza, Ru-bén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, JoséErandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), MaríaHilaria Domínguez Arvizu, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Al-berto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francis-co Alberto Jiménez Merino, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), AlbaLeonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica),Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez(rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa(rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubía Ri-vera.»

LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Desarrollo Rural, con pun-tos de acuerdo por los que se desecha la minuta con pro-yecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposi-ciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Desarrollo Rural de la Cámara de Dipu-tados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Le-gislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la mi-nuta con proyecto de decreto por el que se reforman yadicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarro-llo Rural Sustentable, remitida por la Cámara de Sena-dores el 7 de septiembre de 2010.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 ydemás relativos de la Ley Orgánica del Congreso Generalde los Estados Unidos Mexicanos; 60, 65, 87, 88 y demásaplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del

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Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 38,39, 40, 48 y 49 de las Normas Relativas al Funcionamien-to de las Comisiones y Comités de la Cámara de Diputa-dos, la Comisión de Desarrollo Rural somete a la conside-ración de sus integrantes el presente Dictamen, el cual serealiza bajo los siguientes:

Antecedentes

I. Con fecha 30 de abril de 2009, el diputado Miguel Án-gel Peña Sánchez del Grupo Parlamentario del Partido dela Revolución Democrática, haciendo uso de la facultadque le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentóante el Pleno de la Cámara de Diputados, la Iniciativa quereforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley deDesarrollo Rural Sustentable.

II. En la misma fecha, el Presidente de la Mesa Directivade la Cámara de Diputados dispuso que dicha iniciativafuera turnada a la Comisión de Desarrollo Rural para suestudio y dictamen.

III. El 9 de marzo de 2010, la Comisión de Desarrollo Ru-ral sometió a consideración del Pleno de la honorable Cá-mara de Diputados el dictamen correspondiente a este pro-yecto de Decreto, mismo que fue aprobado por laAsamblea con 359 votos en pro, 2 en contra y 1 absten-ción. Se turnó a la honorable Cámara de Senadores paralos efectos constitucionales correspondientes.

IV. Con fecha 11 de marzo de 2010, se recibió en la Cá-mara de Senadores la minuta con proyecto de decreto quereforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley deDesarrollo Rural Sustentable, que fue turnada por la Pre-sidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadoresa las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural, y de Estu-dios Legislativos.

V. El 22 de abril de 2010 se aprobó por 79 votos en pro y1 en contra en el pleno de la Cámara de Senadores el dic-tamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona di-versas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sus-tentable.

VI. En sesión celebrada el 7 de septiembre de 2010, la Pre-sidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputadosturnó a la Comisión de Desarrollo Rural la minuta conproyecto de decreto que reforma y adiciona diversas dis-posiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Contenido de la minuta

La presente iniciativa tiene por objeto homologar el con-cepto de “Cadenas Productivas” en la Ley de DesarrolloRural Sustentable, así como reforzar el acompañamientoinstitucional que actualmente contempla esta ley para in-cluir el financiamiento de los proyectos que se organicenen cadenas productivas y que detonen el desarrollo ruralsustentable a nivel local, regional o federal.

Bajo esta tesitura, la iniciativa propone reformar los artí-culos 116, segundo párrafo; 143, primer párrafo; 144, frac-ción IV; 182, 183, fracciones III y IV, y 185, fracción IV;así como adicionar los artículos 3o., con una fracción VII,recorriéndose en su orden las demás fracciones y 121, conuna fracción V a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Con base en los antecedentes mencionados, los integran-tes de esta comisión formulamos las siguientes

Consideraciones

Primera. La Comisión de Desarrollo Rural, en su calidadde comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis delos planteamientos expuestos en la citada minuta con elobjeto de valorar su contenido, deliberar e integrar el pre-sente dictamen.

Segunda. Del análisis practicado a la iniciativa, se des-prende que las modificaciones formuladas a la Ley deDesarrollo Rural Sustentable tienen como finalidad orga-nizar a los productores dentro de la dinámica de las cade-nas productivas, para que esto les permita ser más compe-titivos y obtener mayores beneficios del valor agregadocon los productos finales a partir del proceso de transfor-mación y comercialización.

Asimismo, el legislador proponente señala como necesariala aplicación de los recursos públicos para el fomento deldesarrollo rural teniendo en cuenta una visión integradorade los procesos productivos, de tal manera que la genera-ción de valor agregado vaya permitiendo la capitalizaciónde los productores para que logren su autosuficiencia pro-ductiva y financiera.

Tercera. Bajo esta tesitura, la colegisladora señala que, deconformidad con lo establecido en el artículo 3o., fracciónXXXI, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la defi-nición legal de sistema-producto refiere al conjunto deelementos y agentes concurrentes de los procesos produc-

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tivos de productos agropecuarios, incluidos el abasteci-miento de equipo técnico, insumos productivos, recursosfinancieros, la producción primaria, acopio, transforma-ción, distribución y comercialización, definición dentro dela cual de manera enunciativa y no limitativa se encuen-tran referidas las cadenas productivas.

A este respecto, cabe destacar que el Ejecutivo federal, através de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Des-arrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), medianteel programa denominado “Subprograma de Fortalecimien-to de los Sistemas-Producto (cadenas productivas)”, otor-ga apoyos a organizaciones productivas, de representaciónestatal, regional y nacional que participen en la integra-ción y consolidación de los sistemas-producto.

Aunado a lo anterior, y en cumplimiento de lo establecidoen el artículo 36, fracción X, inciso a) del Presupuesto deEgresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010,en la ejecución de los apoyos otorgados por la Sagarpa sepromueve la integración de cadenas productivas, atenuan-do los efectos nocivos que generan los intermediarios e in-crementando la competitividad de las mismas.

Cuarta. La Ley de Desarrollo Rural Sustentable mandataque el Ejecutivo federal, con la participación de los go-biernos de las entidades federativas y de los municipios,así como los sectores social y privado del medio rural,promueva las actividades económicas en el ámbito rural,para lo cual se prevé el impulso a la industria, agroindus-tria y la integración de cadenas productivas.

En este orden de ideas, la Sagarpa, a fin de elevar el nivelde desarrollo humano y patrimonial de la sociedad rural,orienta sus acciones y da continuidad a los apoyos guber-namentales para lograr una oferta de alimentos de calidad,sanos y accesibles, así como que los productores tenganmayor presencia en los mercados.

En razón de lo expuesto, esta comisión dictaminadoracoincide con los argumentos de la colegisladora en los queseñala que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable ya con-templa una serie de criterios y preceptos generales y espe-cíficos en materia de apoyo institucional para las cadenasproductivas, como lo disponen los artículos 11; 32, frac-ción IX; 62; 105, fracción II; y 149, fracción III, y antepe-núltimo párrafo.

Quinta. La Comisión de Desarrollo Rural, considera quela intención del legislador proponente de organizar a los

productores dentro de la dinámica de las cadenas produc-tivas, así como de reforzar el acompañamiento institucio-nal de las mismas es loable, no obstante ello, tomando encuenta los argumentos presentados por el Senado de la Re-pública que destacan la existencia de diversas disposicio-nes que establecen que los apoyos otorgados por la Sagar-pa, deberán estar orientados a promover la integración decadenas productivas, se deduce que la aprobación de lasreformas y adiciones propuestas a la Ley de DesarrolloRural Sustentable, resulta innecesaria e improcedente.

En consecuencia, esta comisión dictaminadora coincidecon la colegisladora en que la minuta objeto del presentedictamen resulta jurídicamente improcedente al carecer demateria, en razón de que el propósito que persigue el le-gislador proponente ya se encuentra previsto en diversasdisposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable ydel Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejer-cicio Fiscal de 2010.

Por lo expuesto y para los efectos de lo dispuesto por el ar-tículo 72, fracción d), de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Comisiónde Desarrollo Rural de la LXI Legislatura sometemos a laconsideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se desecha la minuta proyecto de decreto por elque se reforman y adicionan diversas disposiciones de laLey de Desarrollo Rural Sustentable, remitida por la Cá-mara de Senadores el 7 de septiembre de 2010.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de septiembre de 2010.

La Comisión de Desarrollo Rural, diputados: Javier Bernardo Usa-biaga Arroyo (rúbrica), presidente; Guillermina Casique Vences, MaríaEsther Terán Velázquez, Martín Enrique Castillo Ruz, Rogelio ManuelDíaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rú-brica), Alfonso Jesús Martínez Alcázar (rúbrica), Carlos Luis MeillónJohnston (rúbrica), Karla Verónica González Cruz (rúbrica), FedericoOvalle Vaquera (rúbrica), secretarios; Esteban Albarrán Mendoza, Ru-bén Arellano Rodríguez (rúbrica), Sabino Bautista Concepción, JoséErandi Bermúdez Méndez, Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), MaríaHilaria Domínguez Arvizu, Francisco Amadeo Espinosa Ramos, Al-berto Esquer Gutiérrez, Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Francis-co Alberto Jiménez Merino, Fermín Montes Cavazos (rúbrica), AlbaLeonila Méndez Herrera (rúbrica), Avelino Méndez Rangel (rúbrica),Norma Leticia Orozco Torres (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez(rúbrica), Arturo Ramírez Bucio (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa

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(rúbrica), Emiliano Velázquez Esquivel (rúbrica), Rolando Zubía Ri-vera.»

ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL - LEY GENERAL DE SALUD

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitu-cionales, y de Salud, con puntos de acuerdo por los que sedesecha la iniciativa con proyecto de decreto que reformalos artículos 18 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos y 56 de la Ley General de Salud

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y deSalud de la LXI Legislatura les fue turnada para su estu-dio y dictamen la iniciativa con proyecto de decreto por elque se reforman los artículos 18 de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos y 56 de la Ley Gene-ral de Salud, presentada por el diputado Fernando EnriqueMayans Canabal.

Las Comisiones Unidas, con fundamento en las atribucio-nes que les otorgan los artículos 39, numerales 1 y 3, 43,44, 45 y de los demás relativos de la Ley Orgánica delCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55,56, 60, 87, 88, 89 y 93 del Reglamento para el GobiernoInterior del Congreso General de los Estados Unidos Me-xicanos, someten a la consideración de esta honorableasamblea, el presente dictamen de acuerdo con la siguien-te metodología:

I. Antecedentes

1. Con fecha 30 de abril de 2008, se presentó la iniciativacon proyecto de decreto por el que se reforman los artícu-los 18 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y 56 de la Ley General de Salud, a cargo deldiputado Fernando Enrique Mayans Canabal, integrantedel Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución De-mocrática.

2. Con misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara deDiputados turnó dicha iniciativa a las Comisiones de Pun-tos Constitucionales y de Salud, para realizar el estudio yposterior dictamen.

II. Contenido

La iniciativa que se estudia propone mejorar la calidad delsistema penitenciario mexicano, ponderando el respeto alos derechos humanos, para lograr la plena reinserción so-cial de los sentenciados.

También se propone que los establecimientos penitencia-rios cuenten con servicio de atención médico-quirúrgica,así como personal médico suficiente e idóneo, y que en loscentros de reclusión para mujeres se cuente con instala-ciones para la atención del embarazo, parto y puerperio.

III. Consideraciones

Primera. Coincidimos con los siguientes argumentosplanteados en la exposición de motivos de la iniciativa:

• Es necesario actualizar las normas del sistema peni-tenciario mexicano, para garantizar la efectiva rehabili-tación social de los reclusos y respetar su derecho a lasalud; establecido como mandato constitucional y apo-yado por diversos pactos internacionales en derechoshumanos, de los que México forma parte.

• Entre los problemas principales de los centros de re-clusión, sobresalen las deficiencias en la prestación delservicio médico, caracterizado por la falta de odontólo-gos, enfermeros, medicamentos suficientes, médicosgenerales y especialmente, médicos gíneco-obstetras.

Segunda. La Secretaría de Salud, en su opinión institu-cional sobre la iniciativa, considera los siguientes puntosrelativos a las fracciones que se propone adicionar al pá-rrafo 1 del artículo 18 constitucional:

I. La pena privativa de libertad tiene como objeto lareinserción social y en ningún caso entrañará sufri-miento físico ni humillación a la dignidad personal, porlo que el tratamiento que se aplique estará exento de to-da violencia física o psíquica.

Es reiterativa, en virtud de que el párrafo segundo delartículo 18 ya se establece la finalidad de readaptaciónsocial del delincuente. Asimismo, el artículo 1º consti-tucional prohíbe toda discriminación que atente contrala dignidad humana, y el artículo 19 constitucional pro-híbe el maltrato en las prisiones.

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II. Se observará la garantía del debido proceso legal, yse garantizará el respeto y salvaguarda de los derechoshumanos de los internos.

Es reiterativa, puesto que los artículos 19 y 20 de laConstitución ya establecen la garantía y salvaguarda delos derechos humanos de los reclusos.

III. Se organizará sobre la base del trabajo, la capacita-ción para el mismo, la educación, la cultura, la salud yel deporte.

VI. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares se-parados de los destinados a los hombres para tal efecto;y la custodia de los mismos estarán exclusivamente acargo del personal femenino.

Son reiterativas, ya que actualmente el artículo 18, pá-rrafo segundo, contiene textualmente ambas propues-tas.

IV. El tratamiento penitenciario será progresivo, indivi-dualizado, integral y voluntario, e incluirá la atenciónpost penitenciaria.

No queda clara la intención de que el tratamiento peni-tenciario sea “voluntario”, ya que el espíritu de la ini-ciativa es la plena reinserción social del sentenciado.

V. Los establecimientos penitenciarios, deberán garan-tizar los espacios necesarios para la clasificación degrupos de los internos de acuerdo a con su capacidad,índice de peligrosidad, edad, salud mental y física.

VII. Se observarán y otorgarán en tiempo y forma losbeneficios que la ley prevé, de conformidad con lascondiciones y términos que la misma establezca.

VIII. La actuación de las autoridades y personal que in-tegran el sistema, se regirán por los principios de lega-lidad, eficiencia, profesionalismo y honradez. Para talefecto, la ley establecerá el servicio de carrera peniten-ciaria.

Se consideran viables estas propuestas; sin embargo,consideramos que esta adición no debería ser constitu-cional, sino en la Ley que establece las Normas Míni-mas de Readaptación Social de Sentenciados. Como esde conocimiento de los legisladores, el procedimientopara reformar la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos implica mayor complejidad para suaprobación y la ley en comento tiene precisamente lafinalidad de organizar el sistema penitenciario en todala República.

Tercera. La Secretaría de Salud, en su opinión institucio-nal sobre la iniciativa, considera los siguientes puntos re-lativos a la reforma del artículo 56 de la Ley General deSalud:

El contenido de la reforma propuesta ya existe en la nor-matividad vigente. El Reglamento de la Ley General deSalud en Materia de Prestación de Servicios de AtenciónMédica, señala lo siguiente:

Artículo 11. En todos los reclusorios y centros de rea-daptación social deberá existir un servicio de atenciónmédico-quirúrgico, que permita resolver los problemasque se presenten.

En caso de que un interno deba ser transferido a unaunidad médica con mayor poder de resolución, la cus-todia quedará a cargo de autoridad competente.

Artículo 100. Los reclusorios para mujeres deberáncontar con las instalaciones necesarias para la atencióndel embarazo, parto y puerperio, así como de recién na-cidos y establecer las medidas de protección tanto parala madre como para su hijo, de acuerdo con las normastécnicas que al efecto se emitan.

Resulta necesario destacar que en virtud de que la presta-ción de los servicios de atención médica está descentrali-zada, ésta corresponde a los servicios estatales de salud, ypor lo tanto, el respeto a la organización de los serviciosmédicos en los reclusorios y centros de readaptación so-cial es un asunto que se establece en la legislación de ca-da entidad federativa, en materia de salud.

Aunado a lo anterior, el Reglamento de los Centros Fede-rales de Readaptación Social contiene un capítulo V deno-minado “De los Servicios Médicos”, el cual contiene dis-posiciones adicionales para garantizar la calidad de losservicios de salud en los centros federales de readaptaciónsocial.

Con relación a los reclusorios para mujeres, nos adheri-mos a la opinión del Centro Nacional de Equidad de Gé-nero y Salud Reproductiva, en el sentido de que no es ne-cesario que en la plantilla del servicio médico de los

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reclusorios se deba contar con un gíneco-obstetra, sinoque en lugar de eso, resulta indispensable el desarrollo deactividades preventivas.

La Secretaría concluye su opinión institucional manifes-tándose en contra de la iniciativa.

Cuarta. Los puntos revisados anteriormente demuestranque la mayoría de las reformas propuestas ya están con-templadas en diferentes ordenamientos de la legislaciónmexicana. Estas comisiones dictaminadoras consideranque los puntos que faltan por cubrir merecen exponerse eniniciativas para reformar las leyes y reglamentos de salud,a nivel estatal.

En consecuencia, consideramos que las reformas propues-tas sobre la Constitución y sobre la Ley General de Saluddeben ser rechazadas en conjunto.

Por lo anteriormente expuesto los integrantes de las Co-misiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Salud,con las atribuciones que les otorga el artículo 73, fracciónXVI, de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos así como los artículos 45, numeral 6, inciso e)y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Esta-dos Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para elGobierno Interior del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos, ponemos a consideración de la asam-blea el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decretopor el que se reforman los artículos 18 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos y 56 de la LeyGeneral de Salud.

Segundo. Archívense los asunto como total y definitiva-mente concluidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2010.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: JuventinoCastro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rú-brica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera dela Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Gustavo Gon-zález Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Gui-llermo Cueva Sada, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secre-tarios; José Luis Jaime Correa (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto(rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (rúbrica), Fermín Ge-

rardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño(rúbrica), Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fernando Ferreyra Oli-vares (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael Ro-dríguez González, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Miguel Er-nesto Pompa Corella (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica),Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rú-brica), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Bal-deras Vaquera (rúbrica), Mario Alberto Becerra Pocoroba, Óscar Mar-tín Arce Paniagua, Sonia Mendoza Díaz, Camilo Ramírez Puente,Agustín Torres Ibarrola (rúbrica).

La Comisión de Salud, diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rú-brica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cris-tina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), RosalinaMazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José AntonioYglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), He-ladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo(rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; FelipeBorja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Es-pinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gó-mez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José ManuelHinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Mo-rales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Ar-ciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio TolentoHernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Ol-medo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica en contra).»

ARTICULO 107 CONSTITUCIONAL

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales,con puntos de acuerdo por los que se desecha la iniciativacon proyecto de decreto que reforma las fracciones II,VIII, XII y XVII, adiciona la XVIII y deroga la XIV delartículo 107 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionalesde la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Uniónde la LVII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dic-tamen, la iniciativa con proyecto de decreto, por el que sereforman y adicionan las fracciones II, VIII, XII, que tam-bién adiciona la fracción XVIII y deroga la fracción XIV,del artículo 107 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, presentada por el diputado Héctor F.

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Castañeda Jiménez; del Grupo Parlamentario del PartidoRevolucionario Institucional.

En la presente LXI Legislatura de la Comisión de PuntosConstitucionales, en base al programa de trabajo y confundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, nu-meral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 87, 88 ydemás aplicables del Reglamento para el Gobierno Inte-rior del Congreso General de los Estados Unidos Mexica-nos, presenta a la honorable asamblea, el siguiente dicta-men

Antecedentes legislativos

1. Última reforma que se practica al artículo 107 de nues-tra Constitución en su fracción II, fue promulgada el día20 de marzo de 1986, se publicó el día 7 de abril de 1986,para iniciar su vigencia sesenta días después de su publi-cación quedando como sigue: “Enfatiza la suplencia de ladeficiencia de la queja en el juicio de amparo, conforme ala ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitu-cionales.

En la reclamación de actos que puedan privar de la pro-piedad o posesión y disfrute de tierras, aguas, pastos ymontes a ejidos o núcleos de población en estado comunalo a ejidatarios, deberán recavarse pruebas que los benefi-cien.

2. La Comisión de Puntos Constitucionales, ha recibido lainiciativa con proyecto de decreto, por el que se reformany adicionan las fracciones II, VIII, XII, que también adi-ciona la fracción XVIII y deroga la fracción XIV, del artí-culo 107 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, presentada por el diputado Héctor F. Castañe-da Jiménez; del Grupo Parlamentario del Partido Revolu-cionario Institucional.

Publicada en la Gaceta Parlamentaria el 18 de abril del año2000 y turnada a esta H. Comisión de Puntos Constitucio-nales en la misma fecha. Para efectos del análisis y elabo-ración del dictamen, como está previsto por el artículo 60del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso delos Estados Unidos Mexicanos.

II. Contenido de la Iniciativa

1. La iniciativa de decreto que se dictamina, se fundamen-ta en que el Juicio de Amparo, es una creación meramen-

te mexicana, que como tal; debe ser actualizada conformeal avance de la nación, toda vez que la figura del Juicio deAmparo; está constreñida a los artículos 103 y 107 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,siendo éstos regidos por la Ley de Amparo.

El diputado postulante, acuerda que el amparo es el únicomedio legal de protección ante los actos inconstituciona-les de las autoridades de cualquier orden; asevera, que laCarta Magna y la Ley de Amparo, señalan una serie deconsecuencias; que hacen selectivo el acceso al procedi-miento de amparo y a la obtención de la protección de lajusticia federal, por lo que se pronuncia a favor de teneruna Constitución que verdaderamente sea la norma supre-ma de nuestro país, y a la cual todos los gobernados y au-toridades se sometan y que así; existan severas y verdade-ras sanciones, a quienes la violan y que exista un medioágil y eficaz para controlar los actos de autoridad.

La propuesta proyectada es, modificar el artículo 107constitucional y adicionar a él una disposición que provo-que que el legislador federal revise y adicione el catálogode delitos del Código Penal de aplicación federal y la mis-ma Ley de Amparo, a efecto de que existan sanciones pe-nales para las autoridades de incurran en cierto tipo de ac-tos inconstitucionales.

III. Consideraciones

1. La comisión dictaminadora; realizó el estudio y análisisde los planteamientos contenidos en la iniciativa de decre-to; para valorar el contenido y así deliberar e integrar, elpresente dictamen.

2. La comisión dictaminadora después de valorar el conte-nido de la iniciativa de decreto presentada por el diputadopromovente, resuelve que, la reforma propuesta para lafracción segunda del artículo 107 constitucional, redundacuando es claro que el amparo será procedente sobre cual-quier materia, además; al omitir el beneficio del sobresei-miento y la caducidad de la instancia por inactividad pro-cesal, se deja indefensos a los núcleos ejidales ocomunales y por ende, a los ejidatarios y comuneros, sien-do que actualmente gozan, de tal privilegio legal.

3. En cuanto a la reforma propuesta para el primer párrafode la fracción VIII, del artículo 107 constitucional, se re-duce la jurisdicción para revisar las sentencias pronuncia-das en amparo por los Jueces de Distrito, toda vez que seomite en el texto propuesto; que sean revisadas por la Su-

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prema Corte de Justicia de la Nación, las sentencias quepronuncian los Tribunales Unitarios de Circuito.

4. De la modificación propuesta para la fracción XII; delartículo 107 Constitucional; en su primer párrafo, derivaen una reducción jurisdiccional, cuando, pretende que lasviolaciones a las garantías previstas por los artículos 16;en materia penal, 19 y 20 constitucionales, se reclamen só-lo ante un Juez de Distrito, invalidando la actuación en ta-les casos, del Superior del Tribunal que comete la viola-ción y del Tribunal Unitario de Circuito que corresponde.Sin embargo; la reforma propuesta para el segundo párra-fo de la fracción analizada, es contradictoria a lo propues-to en origen, ya que el texto da opción a que cuando elJuez de Distrito resida en lugar diverso al lugar en que re-sida la autoridad responsable, la ley determina al Juez oTribunal ante el cual se deba presentar el escrito de ampa-ro.

5. La derogación del a fracción XIV del artículo 107 cons-titucional; invalida el decreto de sobreseimiento del am-paro o la caducidad de la instancia por inactividad del que-joso o del recurrente respectivamente precepto, que sí estácontemplado actualmente por los cuerpos legales, por loque de proceder, se reduce la esfera de promoción del Jui-cio de Amparo.

6. De la adecuación propuesta para la fracción XVII delartículo en comento; se agrega un párrafo segundo paraque la ley reglamentaria, determine los casos en que la au-toridad responsable deberá ser consignada por cometerviolaciones graves contra el quejoso en cualquier momen-to del Juicio de Amparo, lo que amplía las sanciones paralos actos violatorios defendidos por el artículo 107 Cons-titucional.

7. La adición que propone ésta iniciativa de decreto, enanálisis; en cuanto a la fracción XVIII, del artículo 107constitucional, actualmente derogada, versa en tanto, aque se haga la promoción luego de los quince días si-guientes a partir de la sentencia concedida por el amparo;para que solo se tengan efectos a partir de la fecha de pre-sentación del escrito de demanda, con lo que se pretendeampliar el tiempo de protección jurídica para el promo-vente.

Acuerdo

Primero. Esta H. Comisión de Puntos Constitucionalescomo dictaminadora, determina que la iniciativa analizada

es improcedente, toda vez que requiere un mayor trabajode análisis y concatenación a la realidad legal y social denuestro entorno inmediato.

Segundo. Se desecha la Iniciativa que modifica el artícu-lo 107 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, a cargo del diputado Héctor F. Castañeda Ji-ménez del Grupo Parlamentario del Partido Revoluciona-rio Institucional, toda vez que carece de lógica jurídica, einvade niveles de jurisdicción de las distintas esferas queconocen del Juicio de Garantías Constitucionales.

Salón de sesiones de la Comisión, Palacio Legislativo de San Lázaro,México, DF, 6 de octubre de 2010.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: JuventinoCastro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rú-brica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera dela Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Gustavo Gon-zález Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Gui-llermo Cueva Sada, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secre-tarios; José Luis Jaime Correa (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto(rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (rúbrica), Fermín Ge-rardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño,Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fernando Ferreyra Olivares (rú-brica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael RodríguezGonzález, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Miguel ErnestoPompa Corella (rúbrica), Guadalupe Pérez Domínguez (rúbrica), Ro-lando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rúbri-ca), Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Balde-ras Vaquera (rúbrica), Mario Alberto Becerra Pocoroba, Óscar MartínArce Paniagua, Sonia Mendoza Díaz, Camilo Ramírez Puente, Agus-tín Torres Ibarrola (rúbrica).»

ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales,con puntos de acuerdo por los que se desecha la minutacon proyecto de decreto que adiciona un segundo y tercerpárrafos, con lo que se recorre el orden de los subsecuen-tes, al artículo 16 de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos

Honorable Asamblea

A la Comisión de Puntos Constitucionales fue turnada pa-ra su estudio y elaboración del dictamen correspondiente,

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la minuta del Senado con proyecto de decreto que adicio-na un segundo y tercer párrafos recorriéndose los subse-cuentes en su orden, al artículo 16 de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos.

A tal efecto los integrantes de la Comisión de PuntosConstitucionales de la Cámara de Diputados del Congresode la Unión, procedieron al estudio de la minuta a efectode elaborar el dictamen que ahora se presenta de confor-midad con los artículos 39, 45 y demás relativos de la LeyOrgánica del Congreso General de los Estados UnidosMexicanos; y con los artículos 60, 65, 87, 88 y demás apli-cables del Reglamento para el Gobierno Interior del Con-greso General de los Estados Unidos Mexicanos. En con-secuencia, se somete a consideración de esta honorableCámara de Cámara de Diputados el presente dictamen

I. Antecedentes legislativos

1. El 5 de abril de 2006 el senador Antonio García Torresdel Partido Revolucionario Institucional, presentó en laCámara de Senadores la iniciativa con proyecto de decre-to que adicionan un segundo y tercer párrafos, recorrién-dose los subsecuentes en su orden, al artículo 16 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. En sesión celebrada en la Cámara de Senadores el día18 de abril de 2006 se aprobó el dictamen en las Comisio-nes Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legis-lativos con proyecto de decreto que adiciona un segundo ytercer párrafos recorriéndose los subsecuentes en su ordenal artículo 16 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos. Fue aprobado por 77 votos a favor, 4en contra y 2 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Dipu-tados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

3. La minuta fue recibida en la Cámara de Diputados el 19de abril de 2006. Su dictamen a discusión fue presentadoel 20 de septiembre de 2007. El proyecto de decreto, condos modificaciones al texto, fue aprobado por 332 votos.Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del in-ciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos. Las modificaciones consistie-ron:

En el primer párrafo, se suprimen las palabras “o destruc-ción” y se agrega la expresión “y manifestar su oposi-ción”. En el segundo párrafo, se cambió la posición deltérmino “público con el fin de calificar no sólo a la pala-

bra “orden”, sino también a las voces “seguridad” y “sa-lud”.

4. En sesión celebrada en la Cámara de Senadores el día25 de septiembre del mismo año, la Mesa Directiva de esaCámara turnó la minuta referida a las Comisiones Unidasde Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Se-gunda, para su estudio y elaboración del dictamen corres-pondiente, respecto de las modificaciones propuestas porla Cámara de Diputados.

Sobre el particular, es importante señalar que el 12 de no-viembre de 2008 se llevó a cabo una reunión de trabajo dela Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de laRepública, en la que al analizar la minuta en comento, entérminos generales se estuvo de acuerdo con las modifica-ciones propuestas por la colegisladora. La Cámara de Se-nadores por razones de redacción y síntesis, además paraexpresar de una manera más clara y sencilla, propuso laredacción de un sólo párrafo en vez de dos, de la siguien-te manera:

Toda persona tiene derecho a la protección de sus datospersonales, al acceso, rectificación y cancelación de losmismos, así como a manifestar su oposición, en los térmi-nos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de ex-cepción a los principios que rijan el tratamiento de datos,por razones de seguridad nacional, disposiciones de ordenpúblico, seguridad y salud públicas o para proteger los de-rechos de terceros.

Para ello, los senadores Santiago Creel Miranda y Alejan-dro González Alcocer (PAN), Pablo Gómez Álvarez(PRD) y Pedro Joaquín Coldwell (PRI) el 25 de noviem-bre de 2008 presentaron una nueva iniciativa. El dictamende la misma, fue presentado al pleno de la Cámara de Se-nadores el 4 de diciembre de 2008. El proyecto de decre-to aprobado por 97 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cá-mara de Diputados para los efectos del inciso a) delartículo 72 de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos.

5. La minuta del Senado correspondiente a esta nueva ini-ciativa, fue presentada en la sesión de la Cámara de Dipu-tados del 18 de noviembre de 2009. Se turnó a la comisiónde Puntos Constitucionales.

6. Tal minuta, origino un dictamen de la Comisión de Pun-tos Constitucionales con proyecto de decreto que adicionaun párrafo segundo al artículo 16 de la Constitución Polí-

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tica de los Estados Unidos Mexicanos. El jueves 11 de di-ciembre de 2008, fue aprobado en la Cámara de Diputadoscon 340 votos en pro y 2 abstenciones,. Por lo que en ba-se al artículo 72 constitucional paso a las legislaturas delos estados.

7. El 21 de abril de 2009 se declaró la aprobación del de-creto al contar con el voto favorable de 18 Congresos delos Estados (Aguascalientes, Baja California, Coahuila,Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Mi-choacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa, Tabas-co, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas).

F8. inalmente, esta reforma constitucional fue publicadaen el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2009.

II. Consideraciones

Por todo lo anterior, el 10 de noviembre de 2009, el Sena-do de la Republica sometió al pleno de su Cámara de Se-nadores un dictamen de las Comisiones Unidas de PuntosConstitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda, res-pecto a la minuta proyecto de decreto que adiciona un se-gundo y tercer párrafos recorriéndose los subsecuentes ensu orden al artículo 16 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, que remitió la Cámara de Di-putados respecto a la original iniciativa presentada por elsenador Antonio García Torres. Dicho dictamen contienela siguiente

Resolución

Primero. Se da por concluido el procedimiento legislati-vo de la minuta proyecto de decreto por el que se adicio-nan un segundo y tercer párrafos, recorriéndose los subse-cuentes en su orden, al artículo 16 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. Archívese el proyecto de decreto mencionadoen el presente dictamen como concluido y notifíquese a laCámara de Diputados.

El dictamen fue aprobado conjuntamente por 91 votos; 1abstención. Se instruyó descargar los asuntos de sus regis-tros, darlos por concluidos e informar a los promoventes.

El pasado 18 de noviembre, se recibió la minuta del Sena-do informando de dicha resolución y fue turnada a la Co-misión de Puntos Constitucionales.

De la evaluación efectuada por los miembros de la Comi-sión, ésta considera adecuada la resolución del Senado,por lo que en los términos del artículo 72 constitucional sepropone a esta asamblea aprobar el texto de la minuta conoficio del Senado, remitido a los secretarios de la H. Cá-mara de Diputados y signado por el senador Arturo NúñezJiménez, vicepresidente de la Mesa Directiva, que se re-produce a continuación:

“Me permito comunicar a ustedes que en sesión cele-brada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comi-siones Unidas de Puntos Constitucionales y de EstudiosLegislativos, Segunda, por el que se desecha la minutaproyecto de decreto por el que se adicionan un segundoy tercer párrafos, recorriéndose los subsecuentes en suorden, al artículo 16 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, originada en la iniciativadel senador Antonio García Torres, presentada el 5 deabril de 2006, con lo que su proceso legislativo quedaconcluido.”

Esta Comisión considera que el proceso legislativo de lainiciativa con proyecto de decreto que adiciona un segun-do y tercer párrafos, recorriéndose los subsecuentes en suorden, al artículo 16 de la Constitución Política de los Es-tados Unidos Mexicanos, que presentara el senador Anto-nio García Torres ha terminado, porque fue sustituida poruna nueva iniciativa, que la perfeccionó y cuyo resultadofue la modificación constitucional aprobada por ambasCámaras y cuyo decreto fue publicado en la página 4 delDiario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2009.

Por ello, esta Comisión de Puntos Constitucionales y paraefectos de lo dispuesto por la fracción D) del artículo 72de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, somete a la consideración de la honorable asamblea,el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la minuta con proyecto de decretoque adicionan un segundo y tercer párrafos recorriéndoselos subsecuentes en su orden al artículo 16 de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida el18 de noviembre de 2009.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmen-te concluido.

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de octubre de 2010.

La Comisión de Puntos Constitucionales, diputados: JuventinoCastro y Castro (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rú-brica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Reginaldo Rivera dela Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Gustavo Gon-zález Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Gui-llermo Cueva Sada, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secre-tarios; José Luis Jaime Correa (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto(rúbrica), Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez (rúbrica en absten-ción), Fermín Gerardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor HumbertoBenítez Treviño (rúbrica), Emilio Chuayffet Chemor (rúbrica), Fer-nando Ferreyra Olivares (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rú-brica), Rafael Rodríguez González, José Ricardo López Pescador (rú-brica), Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Guadalupe PérezDomínguez (rúbrica), Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), JustinoEugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera(rúbrica), Mario Alberto Becerra Pocoroba, Óscar Martín Arce Pania-gua, Sonia Mendoza Díaz, Camilo Ramírez Puente, Agustín TorresIbarrola (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Gracias. Informando que se retira del orden del día elque corresponde a la Comisión de Transportes por el que sedesecha la iniciativa con proyecto de decreto que reformay adiciona el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil.

Cconsulte la Secretaría a la asamblea si se aprueban estospuntos de acuerdo.

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:Por instrucciones de la Presidencia en votación económica,se pregunta a la asamblea si se aprueban estos puntos deacuerdo. Las diputadas y los diputados que estén por laafirmativa sírvanse manifestarlo. Las diputadas y los dipu-tados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Aprobados los puntos de acuerdo. Archívense losexpedientes como asuntos concluidos.

Continúe la asamblea con proposiciones de acuerdo de losórganos de gobierno de la Mesa Directiva.

COMISION PERMANENTE

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Re-volución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.—Mesa Directiva.

Acuerdo de la Mesa Directiva, relativo al trámite de losexpedientes que la Comisión Permanente del Congreso dela Unión del Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio,ha remitido a la Cámara de Diputados, y que contienen lasproposiciones con punto de acuerdo que no alcanzaron aser desahogadas en dicha instancia.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con funda-mento en el artículo 20 de la Ley Orgánica del CongresoGeneral de los Estados Unidos Mexicanos, y

Considerando

I. Que, de conformidad con el artículo 77, fracción I, de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,cada una de las Cámaras puede, sin intervención de la otra,dictar resoluciones económicas relativas a su régimen in-terior.

II. Que, como lo establece el artículo 20, numeral 2, inci-so b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Es-tados Unidos Mexicanos, es facultad de la Mesa Directivarealizar la interpretación de las normas y ordenamientosrelativos a la actividad parlamentaria que se requiera parael cumplimiento de sus atribuciones, así como para la ade-cuada conducción de las sesiones.

III. Que el artículo 78 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos señala que durante los recesosdel Congreso de la Unión, habrá una Comisión Permanen-te compuesta por 37 miembros de los que 19 serán diputa-dos y 18 senadores, entre cuyas atribuciones se encuentrala de recibir durante el receso del Congreso, las iniciativasy proposiciones dirigidas a las Cámaras y turnarlas paradictamen a las comisiones de la Cámara a la que vayan di-rigidas, a fin de que se despachen en el inmediato periodode sesiones.

IV. Que el artículo 127 de la Ley Orgánica del Congresodispone que la Comisión Permanente podrá tener hastatres comisiones para el despacho de los negocios de sucompetencia. Asimismo, que el artículo 129 de dicha Ley

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establece que este órgano, el último día de su ejercicio encada periodo, deberá tener formados dos inventarios, unopara la Cámara de Diputados y otro para la de Senadores,y que dichos inventarios se turnarán a las Secretarías delas respectivas Cámaras y contendrán las memorias, ofi-cios, comunicaciones y otros documentos que hubiere re-cibido durante el receso del Congreso.

V. Que la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados,recibió 138 expedientes que contienen proposiciones conpunto de acuerdo presentadas por diputadas y diputados enla Comisión Permanente durante el Segundo Receso delPrimer Año de Ejercicio de la LXI Legislatura, que no al-canzaron a ser dictaminadas por sus comisiones de traba-jo.

Dichas proposiciones abordan diversos temas, ejemplo esel relativo a los procesos electorales del año 2010 el cualya ha concluido, y se presentaron con el propósito de quefueran dictaminadas y aprobadas por el pleno de la propiaComisión Permanente, por lo que varias de ellas han per-dido vigencia o han quedado sin materia.

VI. Que con el objeto de evitar el envío a comisiones deasuntos que han perdido su vigencia o han quedado sinmateria, lo que traería como consecuencia incrementar elrezago legislativo innecesariamente, la Mesa Directivaconsidera oportuno establecer un procedimiento para quelas proposiciones que no fueron resueltas por la ComisiónPermanente sean actualizadas por sus autores y, en su ca-so, presentadas durante el actual periodo de sesiones de laCámara de Diputados.

Por lo antes expuesto y fundado, la Mesa Directiva some-te a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se acuerda que la Mesa Directiva, por conductode su Presidencia, remita a los grupos parlamentarios, lasproposiciones con punto de acuerdo que conforman los138 expedientes que la Comisión Permanente del Segun-do Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXI Legisla-tura, ha enviado a esta Cámara de Diputados, a efecto deque se actualicen y se decida su presentación ante el ple-no, toda vez que no alcanzaron a ser dictaminadas por suscomisiones de trabajo.

Segundo. La Presidencia de la Mesa Directiva, ordenarála publicación del listado de las proposiciones con puntode acuerdo que comprenden los expedientes remitidos.

Tercero. El presente acuerdo entrará en vigor a partir desu aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de octubre de 2010. DiputadoJorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Presidente; Diputado AmadorMonroy Estrada (rúbrica), Vicepresidente; Diputado Francisco JavierSalazar Sáenz (rúbrica), VicepresidenteDiputado José de Jesús Zam-brano Grijalva (rúbrica), Vicepresidente; Diputada María de JesúsAguirre Maldonado (rúbrica), Secretaria; Diputada María Dolores delRío Sánchez (rúbrica), Secretaria; Diputado Balfre Vargas Cortez (rú-brica), Secretario; Diputado Carlos Samuel Moreno Terán, Secretario;Diputado Herón Agustín Escobar García (rúbrica), Secretario; Diputa-da Cora Pinedo Alonso, Secretaria; Diputada María Guadalupe GarcíaAlmanza (rúbrica), Secretaria.»

«Comunicación de la Presidencia de la Mesa Directiva dela Cámara de Diputados, relativa a los expedientes que laComisión Permanente del Congreso de la Unión del se-gundo receso del primer año de ejercicio remitió a la Cá-mara de Diputados

En cumplimiento del punto segundo del acuerdo relativo altrámite de los expedientes que la Comisión Permanente delCongreso de la Unión del segundo receso del primer año deejercicio ha remitido a la Cámara de Diputados, y que con-tiene las proposiciones con punto de acuerdo que no alcan-zaron a ser desahogadas en dicha instancia, y con funda-mento en el artículo 23, numeral 1, inciso f), estaPresidencia hace del conocimiento a la honorable asambleala relación de expedientes por grupo parlamentario.

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Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2010.— Dipu-tado Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Presidente.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación eco-nómica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los di-putados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sír-vanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Aprobado. Comuníquese. Continúe la Secretaría.

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COMISIONES LEGISLATIVAS

La Secretaria diputada María Dolores del Río Sánchez:«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Re-volución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.—Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de laMesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.—Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, incisoc), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Esta-dos Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, tercerpárrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesio-nes, las discusiones de los dictámenes y la operación delsistema electrónico de votación, le pido atentamente quese sometan a consideración del pleno de la Cámara de Di-putados los siguientes movimientos, solicitados por el di-putado Francisco Rojas Gutiérrez, coordinador del GrupoParlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Baja: Diputada Graciela Ortiz González (secretaria)

Alta: Diputado Víctor Roberto Silva Chacón (secreta-rio)

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 14 de octubre de 2010.— DiputadaJosefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Re-volución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.—Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de laMesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.—Presente.

Por instrucciones de la diputada Josefina Vázquez Mota,presidenta de la Junta de Coordinación Política, y con fun-

damento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de laLey Orgánica del Congreso General de los Estados UnidosMexicanos, así como en el artículo 8, tercer párrafo, delacuerdo relativo al orden del día de las sesiones, las dis-cusiones de los dictámenes y la operación del sistemaelectrónico de votación, le pido atentamente que se some-tan a consideración del pleno de la Cámara de Diputadoslos siguientes movimientos, solicitados por el diputadoFrancisco Rojas Gutiérrez, coordinador del Grupo Parla-mentario del Partido Revolucionario Institucional.

Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de laFederación

Baja: Diputado Sebastián Lerdo de Tejada (secretario)

Comisión de Fortalecimiento al Federalismo

Baja: Diputado Jesús María Rodríguez Hernández (in-tegrante)

Comisión de Gobernación

Baja: Diputado Sami David David (integrante)

Comisión de Gobernación

Baja: Diputada Marcela Guerra Castillo (integrante)

Comisión de Gobernación

Alta: Diputado Sebastián Lerdo de Tejada (integrante)

Comisión de Gobernación

Alta: Diputado Jesús María, Rodríguez Hernández (In-tegrante)

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 14 de octubre de 2010.— MaestroCristián Alarcón Ojeda (rúbrica), secretario Ejecutivo.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—Bicentenario de la Independencia.— Centenario de la Re-

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volución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputados.—Junta de Coordinación Política.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente de laMesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados.—Presente.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, incisoc), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Esta-dos Unidos Mexicanos, así como en el artículo 8, tercerpárrafo, del acuerdo relativo al orden del día de las sesio-nes, las discusiones de los dictámenes y la operación delsistema electrónico de votación, le pido atentamente quese sometan a consideración del pleno de la Cámara de Di-putados los siguientes movimientos, solicitados por el di-putado Carlos Alberto Pérez Cuevas, vicecoordinador delGrupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:

Comisión de Seguridad Pública

Alta: Diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas (inte-grante)

Comisión de Gobernación

Alta: Diputado Liev Vladimir Ramos Cárdenas (inte-grante)

Comisión Especial sobre la no discriminación

Baja: Diputada Laura Elena Estrada Rodríguez (inte-grante)

Comisión Especial de seguimiento a las agresiones aperiodistas y medios de comunicación

Baja: Diputada Silvia Esther Pérez Cevallos (integran-te)

Alta: Diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (inte-grante)

Lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Palacio Legislativo, México, DF, a 13 de octubre de 2010.— DiputadaJosefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta.»

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación eco-nómica se pregunta si se aprueba. Las diputadas y los di-putados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sír-vanse manifestarlo.

Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Aprobadas. Comuníquese.

Dé lectura la Secretaría al acuerdo de la Junta de Coordi-nación Política.

OBESIDAD Y DESNUTRICION

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexica-nos.— Bicentenario de la Independencia.— Centenario dela Revolución.— LXI Legislatura.— Cámara de Diputa-dos.— Junta de Coordinación Política.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el quese modifica el resolutivo segundo del diverso por el que seconforma un grupo plural de trabajo para dar seguimientoa la problemática sobre obesidad y desnutrición que afec-ta a la población de nuestro país

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Dipu-tados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 33,34 numeral uno, inciso c); y 42 de la Ley Orgánica delCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos, so-mete a consideración del pleno el siguiente acuerdo, conbase en los siguientes

Antecedentes

1. Que en términos del artículo 34 de la Ley Orgánica delCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos, laJunta de Coordinación Política tiene la facultad para pre-sentar al pleno de la Cámara de Diputados proyectos depuntos de acuerdo;

2. Que en sesión del 5 de octubre del año en curso, el ple-no de esta Cámara aprobó la conformación del grupo detrabajo para dar seguimiento a la problemática sobre obe-sidad y desnutrición que afecta a la población de nuestropaís.

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3. Que dicho acuerdo en su resolutivo segundo estableceque el grupo de trabajo estará conformado por catorce di-putados, correspondiendo dos a cada grupo parlamentariocon representación en esta soberanía.

4. Que en reunión de la Junta de Coordinación Política del11 de octubre del presente, se obsequió la solicitud delGrupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institu-cional, para ampliar la integración del grupo de trabajo enmención.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lasdisposiciones referidas en el proemio, se somete a consi-deración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se modifica el resolutivo segundo del acuerdo porel que se conforma un grupo plural de trabajo que dé se-guimiento a la problemática sobre obesidad y desnutriciónque afecta a la población de nuestro país, aprobado por elpleno el 5 de octubre del año en curso para quedar comosigue

Segundo. El grupo plural de trabajo estará integradopor un total de dieciséis diputados, correspondiendocuatro al Grupo Parlamentario del Partido Revolucio-nario Institucional y dos a cada uno de los demás gru-pos parlamentarios con representación en esta Cámara.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2010.— Dipu-tada Josefina Vázquez Mota (rúbrica), Presidenta y Coordinadora delGrupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Diputado FranciscoJosé Rojas Gutiérrez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentariodel Partido Revolucionario Institucional; Diputado Alejandro de JesúsEncinas Rodríguez (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario delPartido de la Revolución Democrática; Diputado Juan José GuerraAbud (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Ver-de Ecologista de México; Diputado Pedro Vázquez González, Coordi-nador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Diputado Re-yes S. Tamez Guerra (rúbrica), Coordinador del Grupo Parlamentariode Nueva Alianza; Diputado Pedro Jiménez León, Coordinador delGrupo Parlamentario de Convergencia.»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Consulte la Secretaría a la asamblea, en votación eco-nómica, si se aprueba.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: En votación económica se pregunta si se aprueba.

Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativasírvanse manifestarlo. Las diputadas y los diputados queestén por la negativa sírvanse manifestarlo.

Señor presidente mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Gracias. Aprobada.

Con la precisión por parte de la Presidencia, que en el ca-so del diputado Sebastián Lerdo de Tejada causa baja comosecretario, pero permanece como integrante de la misma,en la Comisión de Vigilancia. Es una precisión necesaria.

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: El siguiente punto del orden del día es el relativo a ini-ciativas. Esta Presidencia recibió de la diputada MarcelaGuerra Castillo, del Grupo Parlamentario del PRI, iniciati-va con proyecto de decreto que reforma y adiciona diver-sas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego yExplosivos.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas dis-posiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explo-sivos, a cargo de la diputada Marcela Guerra Castillo, delGrupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Marcela Guerra Castillo, integrante del GrupoParlamentario del Partido Revolucionario Institucional enla LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Con-greso de la Unión, con fundamento en lo establecido enlos artículos 71, fracción II, de la Constitución Política, y55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interiordel Congreso General de los Estados Unidos Mexicanossomete a consideración de la honorable asamblea la pre-sente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se re-forman los artículos 5o. y 26, fracción I, apartados E y F;y se adicionan los artículos 26, fracción I, con un aparta-do G, y 57, con un segundo párrafo, de la Ley Federal deArmas de Fuego y Explosivos, al tenor de la siguiente

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Exposición de Motivos

La propagación y el uso indebido de las armas de fuegoque deriva muchas veces en violencia armada, es un pro-blema que no se puede resolver a través del esfuerzo asi-lado de las dependencias gubernamentales, agencias decumplimiento de las leyes o grupos de la sociedad civilque trabajan por su cuenta, requiere de la cooperación y lacoordinación entre todos los afectados por el problema oresponsables de afrontar este asunto.

De acuerdo con la resolución número 55/255, aprobadapor la Asamblea General de la Organización de las Nacio-nes Unidas, correspondiente al “Protocolo contra la fabri-cación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas ycomponentes y municiones como complemento de la con-vención de la ONU de 2001 contra el crimen transnacio-nal”, mejor conocida como “Protocolo de Armas de Fue-go”, del cual México es signatario, por “arma de fuego” seentiende toda arma que tenga cañón y que lance, esté con-cebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente paralanzar un balín, una bala o un proyectil por la acción de unexplosivo, excluidas las armas de fuego antiguas o sus ré-plicas. Las armas de fuego antiguas y sus replica se defi-nirán de conformidad con el derecho interno. En ningúncaso, sin embargo, podrán incluir armas de fuego fabrica-das después de 1899.

Y el tráfico ilícito se define como “la importación, expor-tación, adquisición, venta, entrega, traslado o transferen-cia de armas de fuego, municiones, explosivos y otros ma-teriales relacionados desde o a través del territorio de unEstado parte al de otro Estado parte si cualquier Estado nolo autoriza”.

Estados Unidos de América, con el que nuestro país com-parte su frontera norte (3 mil 152 kilómetros), no ha fir-mado ni ratificado el Protocolo de Armas de Fuego de laONU, y precisamente de ahí proviene el mayor tráfico dearmas de manera ilegal hacia México.

Las armas pequeñas o livianas son las que pueden ser usa-das y transportadas por una o dos persona; por ejemplo,pistolas, revólveres, escopetas, rifles y ametralladoras pe-queñas. También las lanzagranadas, morteros, armas anti-tanques y lanza cohetes, incluso lanzamisiles antiaéreosportátiles, son consideradas armas pequeñas. Éstas sonmucho más atractivas para los contrabandistas y crimenorganizado, ya que son más baratas, fáciles de ocultar ytransportar, además porque su destino final aunque sean

exportadas en forma legal, es difícil de rastrear, lo que fa-cilita que sean revendidas o contrabandeadas por terceroscompradores.

En dicho protocolo, por lo que corresponde a la penaliza-ción, se establece que cada Estado adoptará las medidaslegislativas o de otra índole que sean necesarias para tipi-ficar como delito la fabricación y tráfico ilícito de armasde fuego, sus piezas y componentes y municiones.

De igual manera, por lo que se refiere al decomiso, a la in-cautación y a la disposición, se establece que los Estadossignatarios adoptarán, de conformidad con su ordena-miento jurídico interno, las medidas necesarias para impe-dir que las armas de fuego, sus componentes, sus piezas ymuniciones que hayan sido de fabricación o tráfico ilícitoscaigan en manos de personas no autorizadas, en particularmediante su incautación y destrucción, a menos que se ha-ya autorizado oficialmente otra forma de disposición.

En el caso de medidas de seguridad y prevención, el refe-rido protocolo plantea la necesidad de aumentar la efi-ciencia de los controles de importación, exportación ytránsito, incluidos, cuando procedan los controles fronteri-zos, así como de la cooperación transfronteriza entre losservicios policiales y aduaneros.

Según el informe presentado por el Consejo General de laSecretaría General de Naciones Unidas en 2006, referentea armas pequeñas, no hay cifras exactas del número de ar-mas pequeñas y armas ligeras que circulan hoy en el mun-do. Las fuentes fidedignas estimas que el total ascienden a875 millones por lo menos, y la mayoría de estas, están enmanos privadas.

La crisis económica internacional, originada en EstadosUnidos de América, ha afectado fuertemente a nuestro país,y ha traído como consecuencia desempleo; caída en los in-gresos por remesas; reducción de volumen y precio de lasexportaciones; disminución de la inversión extranjera di-recta y una tendencia a la baja del turismo, provocandoque un mayor número de personas se dediquen al empleoinformal y desafortunadamente otras se suman a la redesdel crimen organizado, en sus modalidades de prostitu-ción, narcotráfico y tráfico de armas, entre otras.

En los últimos años, en nuestro país el tráfico ilegal de ar-mas entró en una creciente espiral que le permitió al cri-men organizado, principalmente a bandas de narcotrafi-cantes, superar a nuestras corporaciones policiacas.

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En nuestro caso se han hecho progresos considerables enla ejecución de programas de acción, hemos mejoradonuestra legislación relativa a la contención de la prolifera-ción incontrolada de armas pequeñas a nivel nacional, sehan elaborado y ejecutado programas de desarme porejemplo, sin embargo estos no han sido suficientes, niefectivos, puesto que cada vez va en aumento el númerode armas de procedencia ilícita en manos de particulares.

Entre las armas aseguradas en 2008 y 2009 por la Procu-raduría General de la República figuran los lanzacohetestierra-aire, diseñados para destruir vehículos blindados li-geros. También hay ametralladoras Barrett calibre 50 mi-límetros, capaces de atravesar blindajes convencionales yunidades militares ligeras. Se han incautado también ame-tralladoras Thompson (estadounidenses); Galil y Uzi (is-raelíes); HMPK (alemanas); FAL (francesas y belgas) ygranadas de fragmentación TOW y RPG, de manufacturarusa y china, a raíz de la aparición del Ejercito Zapatistade Liberación nacional y del Ejército Popular Revolucio-nario, el centro de inteligencia militar documentó la intro-ducción de lanzagranadas y lanzacohetes de fabricaciónrusa tipo RPG-2, RPG-/ y RPG-18.

Sin que realmente haya certeza en el número real, ciertasversiones sostienen que en todo el país hay 15 millones dearmas, mientras que cifras oficiales de la Auditoría Supe-rior de la Federación aseguran que entre 1972 y 2001 seotorgaron 5 millones 443 mil licencias de portación de ar-mas.

El secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna,dijo en su comparecencia de fecha 24 de septiembre de2009 en la Cámara de Diputados: “En un comparativo conlas dos últimas administraciones, los resultados son consi-derablemente superiores. Por ejemplo, hasta ahora hemosasegurado 52 mil armas de alto poder. En municiones he-mos asegurado casi 6 millones de unidades. Se han asegu-rado 3 mil 686 granadas fragmentarias y ofensivas”.

Un estudio del Instituto Brookings de Washington señalaque hasta 90 por ciento del arsenal utilizado por las orga-nizaciones de tráfico de drogas mexicanas fueron compra-das en la Unión Americana. De acuerdo con reportes de lamisma institución, el tráfico ilegal de armas hacia Méxicopodría ascender a 2 mil armas diarias, entre las que se en-cuentran cuernos de chivo, metralletas de guerra tipo Ba-rret (capaces de hacer más de 200 disparos por minuto),fusiles Barrett de 50 milímetros, armas tipo cohetes anti-tanque, lanzagranadas, granadas de fragmentación, armas

de fuego de “nueva generación” como la subametrallado-ra y la pistola FN Herstal (capaces de traspasar blindajes),etcétera.

Las cifras de este instituto coinciden con los reportes delas autoridades mexicanas, en los que se destaca que másde 90 por ciento de las de armas que han sido decomisa-das a los narcotraficantes, provienen precisamente de laUnión Americana, que son compradas legalmente en las12 mil 706 armerías legales que se encuentran en sus esta-dos fronterizos de California, Texas, Arizona y Nuevo Mé-xico, y que posteriormente se introducen en forma ilegalen nuestro país.

No hay duda de que la venta ilícita de armas está estre-chamente vinculada con actividades ilícitas del crimen or-ganizado, como el tráfico de drogas y el terrorismo.

También es cierto que la deficiencia de la capacidad regu-latoria y represiva del Estado, lo mismo que diversas for-mas de desigualdad social, política y económica, está co-múnmente relacionada con las causas estructurales de laviolencia , las líneas divisorias entre el subdesarrollo, lainestabilidad, la fragilidad, la crisis, el conflicto y la gue-rra se desdibujan cada vez más; por lo tanto la cuestión delas armas pequeñas está vinculada con los requisitos de se-guridad, desarrollo y derechos humanos de una paz soste-nible.

Por ello, la prevención y la solución de los conflictos y laconsolidación de la paz requieren intervenciones multidi-mensionales. Sobre todo, los gobiernos deben poder ejer-cer autoridad legítima y dar protección, seguridad y desa-rrollo a sus ciudadanos, si no lo hacen, estos pueden tratarde asegurar su protección mediante formas alternativas deautoprotección y justicia retributiva o mediante la violen-cia armada. Mientras la necesidad de seguridad humana delas poblaciones afectadas no sea atendida, tanto en el sen-tido de seguridad personal como en el de seguridad so-cioeconómica subsistirá el efecto negativo de las armaspequeñas.

A escala regional, se han adoptado marcos jurídicos ten-dientes a regular y combatir la venta ilícita de armas. Losmiembros de la Organización de los Estados Americanos,por ejemplo, firmaron en 1997 la Convención Interameri-cana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas deFuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Rela-cionados.

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Esa convención internacional es el único acuerdo regionalvinculante que se ocupa de impedir, combatir y erradicarla fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, muni-ciones, explosivos y otros materiales relacionados, que alser utilizados por terroristas, narcotraficantes, miembrosde la delincuencia transnacional organizada, y otros delin-cuentes, afectan la seguridad y crean graves problemas pa-ra la ciudadanía y las instituciones y por tanto la seguridadde cada Estado.

Cabe destacar que ese acuerdo regional no ha sido ratifi-cado por Estados Unidos de América, pese a la promesaque el presidente Barack Obama hizo en su visita a nues-tro país en abril de 2009 de ratificar el acuerdo y que en unprincipio fue presentado como una herramienta funda-mental para detener el tráfico de armas hacia México.

En la Unión Interparlamentaria se acordó que los parla-mentarios debían desempeñar un papel constructivo parareforzar el control del tráfico de armas ligeras, recomen-dando sus respectivos parlamentos participar activamenteen los esfuerzos destinados a luchar contra la proliferacióny el mal uso de las armas ligeras.

La creación de políticas sobre el control de armas puede ydebe ser esencialmente preventiva, con el objeto principalde reducir la violencia armada y las lesiones que ocurrenen primer lugar. A pesar de los esfuerzos en los diversosámbitos de gobierno, es muy probable que la violencia ar-mada sea una característica de las relaciones humanas ysea el panorama para los años venideros.

Los esfuerzos por sacar de circulación las armas, son par-te importante de las estrategias para prevenir la violenciaarmada y reducir la inseguridad, entre ellos, la recolecciónvoluntaria de armas de fuego táctica de prevención de de-litos y la incautación forzosa de armas ilegales.

La resolución 114 de la Unión Interparlamentaria, en suasamblea del 12 de mayo de 2006, “alienta a los parla-mentarios a solicitar a sus gobiernos que destruyan, en pú-blico y siempre que sea posible, todas las armas pequeñasy ligeras ilícitas recuperadas por las autoridades naciona-les en el contexto del conflicto y crimen armado, inclu-yendo las armas pequeñas y ligeras recuperadas en losprogramas Disarmament, Demobilization, Rehabilita-tion, and Reintegration, y deshacerse de las armas de ma-nera segura, responsable en cuanto al ambiente y renta-ble”.

La organización de actos públicos de destrucción ha de-mostrado ser exitosa para incrementar la confianza y laresponsabilidad. En ese sentido, los parlamentarios pue-den participar activamente en la implantación de esque-mas de recolección de armas y en la explicación del pro-ceso al público.

Una de las experiencias más exitosas es Brasil, tras laadopción del Estatuto de Desarme de 2003, con lo que selogró recolectar aproximadamente 470 mil armas, destrui-das todas en su totalidad y con una combinación de requi-sitos según la nueva legislación y la reducción de la dis-ponibilidad de armas a través del esquema de recompracondujo a una reducción de 92 por ciento del comercio le-gal de armas de fuego y una disminución de 8.2 por cien-to en el índice general de homicidios.

Otro aspecto importante es el control de las municiones,ya que las armas dependen de las municiones disponiblesy funcionales para ser efectivas, se deben hacer esfuerzosespeciales para recolectar, controlar, almacenar y destruirlas municiones en forma efectiva y segura.

El aumento del número de empresas de seguridad privaday los programas de recolección de armas son dos de lasáreas que permiten conocer mejor el tema de la prolifera-ción de armas pequeñas desde la perspectiva de la deman-da, ante la incapacidad de las fuerzas de seguridad públi-ca de proporcionar una sensación de seguridad a laciudadanía, estos servicios aumenta, de protección armadaque sienten muchos bancos, camiones de reparto, empre-sas y viviendas, entre otras, las armas utilizadas por lasagencias que ofrecen estos servicios alimentan el comer-cio legal, sin embargo, la falta de control gubernamentalsobre estas agencias, sus empleados y sus armas facilitaque estas últimas se desvíen hacia el mercado negro y ter-minen en manos de delincuentes.

En el país, la violencia generada en diversas regiones ge-neró entre 2007 y 2009 un aumento en el número de em-presas de seguridad privada registradas ante el gobiernofederal, al pasar de 421 a 665, con un registro de 127 guar-dias intramuros y de resguardo de valores, según la Secre-taria de Seguridad Pública, aunque los empresarios de es-te sector calculan que son un total de 10 mil empresas, lamayoría ilegal y con un registro de guardias de 900 mil, loque contrasta con el Registro de Armas y Equipo para Se-guridad Privada, ya que en 2007, se reportó la inscripciónde tan sólo 181 armas y para 2009 el número creció, ape-nas se dieron de alta 953 armas.

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Mientras no se controle y regule con mayor eficacia la for-ma en que estas empresas obtienen, almacenan y distribu-yen sus armas de fuego, es muy probable que una grancantidad de estas armas sigan pasando al mercado negro ycontribuyan al creciente nivel de violencia y de inseguri-dad en que vive nuestro país.

Entre las acciones que destacan de las dependencias gu-bernamentales involucradas, encaminadas a la reducciónde la posesión y el tráfico de armas, se encuentran los pro-gramas para canjear armas por despensas o de diferentestipos de bienes, emprendidas principalmente por la Secre-taría de la Defensa Nacional y los gobiernos de los esta-dos. El 11 de septiembre de 1999, dicha secretaría inició elPrograma Permanente de Canje de Armas por Despensa,en el que del 1o. de enero al 31 de octubre de 2003, se ha-bían recibido en donación 11 mil 709 armas de fuego, y afinales de 2005 gracias a este programa se habían asegu-rado 44 mil 569 armas de diversos calibres, por lo que sepropone reformar el artículo 5o. de la Ley federal de Ar-mas de Fuego y Explosivos, a fin de dotarles de más ins-trumentos legales tanto al Ejecutivo federal, los gobiernosde los estados, el Distrito Federal y los ayuntamientos, pa-ra la promoción y realización de dichas campañas.

En el mismo tenor, se propone reformar el artículo 26, enla fracción I, de la misma ley, con propósito de agregar unrequisito más para el otorgamiento de las licencias parti-culares para la portación de armas, a efecto de que no sedé dicha licencia a ninguna persona física que haya sido con-denada por violencia familiar, conforme a lo dispuesto en losartículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal.

De igual manera, se considera necesario reforzar la coor-dinación y actuación de la Secretaría de la Defensa Nacio-nal con las aduanas del país, por lo que se adiciona un se-gundo párrafo al artículo 57 de la misma ley, el cual si bienes cierto corresponde al artículo 66 del Reglamento de laLey Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el conteni-do de este párrafo considera la proponente que para darlecongruencia debe quedar en la ley respectiva.

Por lo expuesto, se somete a consideración de esta asam-blea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se reforman los artículos 5o. y 26,fracción I, apartados E y F; y se adicionan los artículos26, fracción I, con un apartado G, y 57, con un segun-do párrafo, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Ex-plosivos

Artículo Único. Se reforman los artículos 5o. y 26, frac-ción I, apartados E y F; y se adicionan los artículos 26,fracción I, con un apartado G, y 57, con un segundo párra-fo, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, pa-ra quedar como sigue:

Artículo 5o. El Ejecutivo federal, los gobiernos de los es-tados, del Distrito Federal y los ayuntamientos realizaráncampañas educativas permanentes que induzcan a reducirla posesión, la portación y el uso de armas de cualquier ti-po, de igual forma, la promoción y realización de cam-pañas de recolección y donación de armas de fuego ymuniciones, estableciendo los incentivos que permitanla entrega voluntaria de tales materiales.

Artículo 26. …

I. …

A. a D. …

E. No haber sido condenado por delito de violen-cia familiar, conforme a lo dispuesto en los artí-culos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal.

F. No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos;y

G. Acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defen-sa Nacional, la necesidad de portar armas por

a) La naturaleza de su ocupación o empleo; o

b) Las circunstancias especiales del lugar en queviva; o

c) Cualquier otro motivo justificado.

II. …

Artículo 57. Cuando las armas, objetos y materiales deimportación o exportación comercial se encuentren en po-der de la aduana respectiva, los interesados lo comunica-rán a la Secretaría de la Defensa Nacional para que ésta

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designe representante que intervenga en el despacho adua-nal correspondiente, sin cuyo requisito no podrá permitir-se el retiro del dominio fiscal o la salida del país.

Cuando los artículos de importación o exportación ex-cedan de la cantidad, o no coincidan con las especifica-ciones mencionadas en el permiso expedido por la se-cretaría, su representante lo comunicará a dichadependencia para que ésta resuelva sobre las irregula-ridades observadas. Las aduanas, en estos casos, nopermitirán el retiro del dominio fiscal o que la mer-cancía salga del país, hasta en tanto no reciban y re-suelvan las observaciones y recomendaciones corres-pondientes de la propia secretaría.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguien-te al de su publicación en el Diario Oficial de la Federa-ción.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de septiembre de 2010.— Di-putada Marcela Guerra Castillo (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Defensa Nacional.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió del diputado Leobardo Soto Martínez, delGrupo Parlamentario del PRI, iniciativa con proyecto dedecreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de laLey del Impuesto al Valor Agregado.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas dis-posiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, acargo del diputado Leobardo Soto Martínez, del GrupoParlamentario del PRI

Leobardo Soto Martínez, integrante del Grupo Parlamen-tario del Partido Revolucionario Institucional en la LXILegislatura de la Cámara de Diputados del honorableCongreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que leconfiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamen-

to en el artículo 55, fracción II, 56, 62, 63 y 64 del Regla-mento para el Gobierno Interior del Congreso General delos Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa conproyecto de decreto que reforma los artículos 1o., segun-do párrafo, 1o. C, fracciones IV, V y VI, primer párrafo;2o., primero, segundo y tercer párrafos; 2o. A, fracción I,último párrafo; y 5o., último párrafo, de la Ley del Im-puesto al Valor Agregado, de conformidad con la siguien-te

Exposición de Motivos

La presente iniciativa tiene como objeto de reformar laLey del Impuesto al Valor Agregado en los artículos 1o.,1o.C, 2o., 2o.A y 5o., que tienen impacto directo con la ta-sa, que se reduce de un 16 a un 15 por ciento y en la zonafronteriza de un 11 a un 10 por ciento, debido a la crisiseconómica que sufre el país. A esto le sumamos los gastosexcesivos del Ejecutivo federal en torno de los festejos delbicentenario, inyección de recursos en campañas políticasy la obesa estructura administrativa. Lamentablemente nosvendieron la idea que la reforma hacendaria sería en tornode los que menos tienen y que en nada han avanzado lasfinanzas públicas al contrario va en detrimento la rendi-ción de cuentas, la recaudación tributaria, el federalismocada día más débil y la falta de simplificación tributaria.

I. Antecedentes

El origen de las contribuciones comienza cuando el hom-bre decide vivir en sociedad, comunidades que en su con-junto forman un Estado, el cual tiene la necesidad de serorganizado por un gobierno que por medio de la adminis-tración pública, fijando objetivos para satisfacer las nece-sidades de la colectividad que hace necesario la implanta-ción de contribuciones.

El Diccionario Jurídico de la Universidad Nacional Autó-noma de México contiene dentro del tomo IV, página1949, lo referente a los antecedentes del impuesto al valoragregado. Menciona que lo sugirió en 1918 CF Von Sie-mens como alternativa al impuesto alemán sobre las ven-tas. En el ámbito estadounidense, TS Adams defendió ungravamen sobre el valor añadido en 1921, propuesta reco-gida con posterioridad por otros estudiosos que trataron deposibilitar la exigencia del impuesto con arreglo al princi-pio del beneficio. El IVA fue una de las figuras claves dela reforma fiscal propuesta para Japón por la MisiónShoup; otra modalidad de gravamen fue la formal imposi-ción sobre la renta en el estado estadounidense de Michi-

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gan de 1953 a 1968; fue la base del sistema de imposiciónfrancés, sostenida por Maurice Lauré, quien partió de lasideas de MJ Roger en la década de los treinta; la imposi-ción sobre las ventas referida en el informe Neumark queresultaba una modalidad preferente para la armonizaciónde los sistemas impositivos del mercado común europeo,hoy Unión Europea.

En México, la Ley del IVA se aprobó en diciembre de1978, y entró en vigor el 1 de enero de 1980. Este grava-men sustituyó al impuesto general sobre las ventas, así co-mo a algunos impuestos sobre consumos específicos.

Hugo Carrasco Iriarte, en su libro Derecho fiscal II, edita-do por IURE, menciona que esta contribución apareciópor primera ocasión en Francia y ulteriormente se exten-dió al mercado común europeo.

El impuesto al valor agregado tiene su antecedente en elimpuesto sobre ingresos mercantiles, el cual grava en cas-cada cada etapa de comercialización, desde el fabricante oproductor hasta el consumidor final, y resultaba suma-mente gravoso.

Para evitar el efecto de cascada, a partir de 1980 se esta-bleció el impuesto al valor agregado.

Los impuestos que se derogaron al entrar en vigor la Leydel Impuesto al Valor Agregado fueron los siguientes:

• Ley federal del impuesto sobre ingresos mercantiles.

• Ley del impuesto sobre reventa de aceites y grasas lu-bricantes.

• Ley del impuesto sobre compraventa de primera ma-no de alfombras, tapetes y tapices.

• Ley del impuesto sobre despepite de algodón en rama.

• Ley del impuesto sobre automóviles y camiones en-samblados.

• Decreto por el cual se fija el impuesto que causaran enbenzol, toluol, xoilol y naftas de alquitrán de hulla, des-tinados al consumo interior del país.

• Ley del impuesto a la producción del cemento.

• Ley del impuesto sobre cerillos y fósforos.

• Ley del impuesto sobre compraventa de primera ma-no de artículos electrónicos, disco, cintas, aspiradores ypulidoras.

• Ley del impuesto sobre llantas y cámaras de hule.

• Ley del impuesto sobre vehículos propulsados pormotores tipo diesel y por motores acondicionados parauso de gas licuado de petróleo.

• Ley de compraventa de primera mano de artículos devidrio o cristal.

• Ley federal del impuesto sobre portes y pasajes.

• Decreto relativo al impuesto de 10 por ciento sobrelas entradas brutas de los ferrocarriles.

• Decreto que establece un impuesto sobre uso de aguasde propiedad nacional en la producción de fuerza mo-triz.

• Ley de impuesto sobre la explotación forestal.

• Ley de impuesto y derechos a la explotación pesque-ra.

Características del IVA

– Indirecto, porque el sujeto pasivo puede trasladar aterceras personas la carga tributaria;

– Instantáneo, ya que se debe liquidar en el momentoen que se realiza el acto gravado;

– Real, porque recae sobre un bien sin considerar lascondiciones del sujeto que realiza el acto; y

– Proporcional, porque mantiene una constante relacióndirecta entre la base y la cuantía del impuesto.

En su origen, el IVA era un impuesto general de tasa úni-ca de 10 por ciento, sencillo de aplicar y con alto potencialrecaudatorio, sin embargo, el concepto original de un im-puesto moderno y eficaz se fue ensuciando con tratamien-tos especiales, excepciones, exenciones y tasas diferencia-das que dieron en su momento un rendimiento político,pero que fomentaron la elusión fiscal y dañaron la capaci-dad recaudatoria del impuesto.

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La ley original del IVA (que data del 29 de diciembre de1978, aunque el impuesto entró en vigor el 1 de enero de1980), obligaba en el artículo 32 a que en toda operacióngravada con el IVA se expidieran documentos comproba-torios que señalasen expresamente el impuesto al valoragregado trasladado a quien adquirió los bienes o servi-cios gravados.}La ley indicaba que esta documentacióncon el monto del IVA expresamente señalado incluía “alconsumidor final” y que dichos documentos comprobato-rios deberían expedirse a más tardar a los 15 días de reali-zada la transacción.

“Durante el periodo 1995-2000, uno de los aspectosmás importantes fue el aumento de la tasa general delimpuesto al valor agregado de 10 a 15 por ciento en1995, esto para compensar la caída en la captación derecursos por los problemas de evasión fiscal e informa-lidad económica que se vive en el país, tratando de quelos recursos recaudados no cayeran drásticamente.”

II. Consideraciones

El 7 de diciembre de 2009 fue publicado en el Diario Ofi-cial de la Federación el decreto por el que se reforman,adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyesdel Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitosen Efectivo, y del Impuesto al Valor Agregado, del Códi-go Fiscal de la Federación y del decreto por el que se es-tablecen las obligaciones que podrán denominarse en uni-dades de inversión; y reforma y adiciona diversasdisposiciones del Código Fiscal de la Federación y de laLey del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de1995, decreto mediante el cual se dieron a conocer una se-rie de modificaciones en materia fiscal, dentro de ellas; elaumento del 1 por ciento en la tasa de causación del im-puesto al valor agregado para pasar del 15 al 16 por cien-to la tasa general y del 10 al 11 por ciento la aplicable enla región fronteriza, aumento que para nada tiene razón deser porque el titular del Ejecutivo en conjunto con el titu-lar de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público nos hi-cieron creer que la recaudación adicional de este puntoporcentual sería repartido o presupuestado y gastado en elcombate a la pobreza de nuestro país.

Aumentar la carga tributaria en el IVA fue una decisión in-correcta por el momento histórico que estamos pasandolos mexicanos, con la fuerte crisis económica, la falta deempleos, la falta de Inversión, y le sumamos la inestabili-dad política del país, ha generado mayores conflictos que

beneficios para la colectividad de la sociedad. La necesi-dad de reformar a profundidad nuestro sistema fiscal, in-tentando imponer la llamada ley para combatir la pobrezaque consideraba un gravamen del 2 por ciento, y que afor-tunadamente no prosperó, porque era simple pantalla paraque la población no estallara en contra del gobierno mexi-cano, como nación estamos obligados a garantizar los in-gresos públicos necesarios para el desarrollo nacional,siempre y cuando no alterando el orden jurídico estableci-do.

Con el aumento porcentual al IVA, nunca alcanzamos uncrecimiento económico, ni para beneficio a la sociedad nipara mantener la solidez de las finanzas públicas del país.

La tasa del IVA en México no puede ser comparada con ta-sas de países desarrollados tal es el caso de Alemania, Di-namarca, Luxemburgo y Bélgica quienes tienen distintossistemas políticos y económicos.

Por otro lado es primordial alcanzar un crecimiento eco-nómico que se traduzca en mayores beneficios para la so-ciedad que mantenga la solidez de las finanzas públicas yque conserve la estabilidad de las principales variablesmacroeconómicas.

El gobierno federal lejos de crear mecanismos que nos lle-ven a derrotar la pobreza extrema y la falta de empleo co-mo se manejo en su momento, se ha dedicado a derrocharrecursos tales como los festejos del bicentenario de la In-dependencia, el centenario de la Revolución, proyecciónde campañas políticas del partido en el poder, y el obesoaparato gubernamental, nos genera incongruencia en eldecir y el actuar.

La conmemoración, que comenzó con un presupuesto de50 millones de pesos, cuenta ahora con 2 mil 971 millones600 mil.

Para muestra varios botones:

Un contrato con la empresa Ficticia, S de RL de CV, delaustraliano Ric Birch, para la producción y diseño em-presarial de los contenidos museográficos del proyectoMéxico, un paseo por la Historia, contempla un montode 1 millón 110 mil pesos.

140 millones 870 mil pesos a la adquisición de obras dearte, dos colecciones de la Independencia y de la Revo-

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lución para la exposición México 200 años de PalacioNacional. Asimismo, en estos conceptos se consideran,por ejemplo, gastos de viaje que ascienden a mil 53 mi-llones 401 pesos.

2 millones 387 mil 493 pesos en la ceremonia de exhu-mación de los restos de los héroes de la patria.

19 millones 253 mil 656 pesos en el lanzamiento delprograma de actos conmemorativos, que se transmitióen un programa del canal 2 de Televisa.

Expo Guanajuato Bicentenario (mil 100 millones de pe-sos), varias salas para exposiciones y espacios abiertosque pudieran ser utilizados en actos futuros. Se le pudieradar un uso similar al del recinto de la Feria de León, sóloque su ubicación (el limbo entre Guanajuato y Silao) com-plica un poco su acceso. Por si esto fuera poco, de los 12millones de visitantes que se esperaban se ha recibido só-lo la tercera parte. Remodelación del Palacio de Bellas Ar-tes (600 millones de pesos), uno edificios más emblemáti-cos del centro histórico del Distrito Federal. Aunque esimportante dar continuidad a esta nueva tendencia en laadministración pública de preservar el patrimonio cultural,creo que se pudo haber programado este gasto para el si-guiente año fiscal, cuando ya estuviéramos más desahoga-dos.

Por otro lado, las secretarías de Estado, departamentos, di-recciones y delegaciones federales, todas de la administra-ción pública centralizada, subordinadas al Ejecutivo fede-ral, generan un gasto administrativo muy alto, que al finalde cuentas no se refleja en nada, ni beneficia a los ciuda-danos del país, ya que un alto porcentaje del presupuestodestinado se destina a nomina, pago de rentas, vehículos,gasolina, papelería etcétera, por lo que pongo a considera-ción de este pleno el siguiente proyecto de

Decreto

Ùnico. Se reforman los artículos 1o., segundo párrafo; 1o.C, fracciones IV, V y VI, primer párrafo; 2o., primero, se-gundo y tercer párrafos; 2o. A, fracción I, último párrafo;5o. último párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agre-gado, para quedar como sigue:

Artículo 1o. …

El impuesto se calculará aplicando a los valores que seña-la esta ley, la tasa del 15 por ciento. El impuesto al valor

agregado en ningún caso se considerará que forma partede dichos valores.

Artículo 1o. C. …

IV. Cuando los adquirentes cobren los documentos pen-dientes de cobro, ya sea en forma total o parcial, deberánmanifestar el monto cobrado respecto del documento co-rrespondiente en el estado de cuenta que emitan, con elcual los cedentes de los documentos deberán determinarel impuesto al valor agregado a su cargo, sin descontar dedicho valor el monto correspondiente al cargo financierocobrado por el adquirente. Para tales efectos, el impuestoal valor agregado se calculará dividiendo la cantidad ma-nifestada en el estado de cuenta como cobrada por el ad-quirente entre 1.15 o 1.10, según se trate de documentosque deriven de operaciones afectas a la tasa del 15 o 10por ciento, respectivamente. El resultado obtenido se res-tará a la cantidad manifestada en el estado de cuenta co-mo cobrada y la diferencia será el impuesto al valor agre-gado causado a cargo del contribuyente que cedió losdocumentos pendientes de cobro.

V. Cuando hayan transcurrido seis meses a partir de la fe-cha de exigibilidad del pago de los documentos pendien-tes de cobro, sin que las cantidades reflejadas en dichosdocumentos se hayan cobrado por los adquirentes o untercero directamente al deudor original y no sean exigi-bles al cedente de los documentos pendientes de cobro,este último considerará causado el impuesto al valor agre-gado a su cargo, en el primer día del mes siguiente poste-rior al periodo a que se refiere este párrafo, el cual se cal-culará dividiendo el monto pagado por el adquirente en laadquisición del documento, sin descontar de dicho valorel monto correspondiente al cargo financiero cobrado porel adquirente, entre 1.15 o 1.10, según se trate de docu-mentos que deriven de operaciones afectas a la tasa del 15o 10 por ciento, respectivamente. El resultado obtenido serestará del monto pagado por el adquirente en la adquisi-ción de los citados documentos, sin descontar de dichovalor el monto correspondiente al cargo financiero, y ladiferencia será el impuesto al valor agregado a cargo delcontribuyente que cedió los documentos pendientes decobro.

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VI. Tratándose de recuperaciones posteriores al sextomes de la fecha de exigibilidad del pago de los docu-mentos pendientes de cobro a que se refiere la fracciónV anterior, de cantidades cuyo monto adicionado de lasque se hubieran cobrado con anterioridad correspon-dientes al mismo documento sea mayor a la suma de lascantidades recibidas por el cedente como pago por laenajenación de los documentos pendientes de cobro,sin descontar el cargo financiero, e incluyendo los anti-cipos que, en su caso, haya recibido, el adquirente de-berá reportar dichas recuperaciones en el estado decuenta del mes en el que las cobre. El contribuyentecalculará el impuesto al valor agregado a su cargo porel total de la cantidad cobrada por el adquirente, divi-diendo el valor del cobro efectuado entre 1.15 o 1.10,según se trate de documentos que deriven de operacio-nes afectas a la tasa del 15 o 10 por ciento, respectiva-mente. El resultado obtenido se restará del monto totalcobrado y la diferencia será el impuesto al valor agre-gado a cargo del cedente.

...

Articulo 2o. El impuesto se calculará aplicando la tasa del10 por ciento a los valores que señala esta ley, cuando losactos o actividades por los que se deba pagar el impuesto,se realicen por residentes en la región fronteriza, y siem-pre que la entrega material de los bienes o la prestación deservicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.

Tratándose de importación, se aplicará la tasa del 10 porciento siempre que los bienes y servicios sean enajenadoso prestados en la mencionada región fronteriza.

Tratándose de la enajenación de inmuebles en la regiónfronteriza, el impuesto al valor agregado se calculará apli-cando al valor que señala esta ley la tasa del 15 por cien-to.

...

Artículo 2o. A. ...

I. ...

Se aplicará la tasa del 15 o del 10 por ciento, según co-rresponda, a la enajenación de los alimentos a que serefiere el presente artículo preparados para su consumoen el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclu-sive cuando no cuenten con instalaciones para ser con-

sumidos en los mismos, cuando sean para llevar o paraentrega a domicilio.

...

Artículo 5. ...

Cuando el impuesto al valor agregado en la importación sehubiera pagado a la tasa de 10 por ciento, dicho impuestoserá acreditable en los términos de este artículo siempreque los bienes o servicios importados sean utilizados o en-ajenados en la región fronteriza.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguien-te al de su publicación en el diario oficial de la federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados del Congre-so de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 14 de octubre de2010.— Diputado Leobardo Soto Martínez (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Pú-blico.

LEY DEL IMPUESTO ESPECIALSOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió iniciativa con proyecto de decreto que refor-ma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, y se deroga el artículo décimotransitorio del decreto por el que se reforman y adicionandiversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial so-bre Producción y Servicios, publicado en el Diario Oficialde la Federación el 27 de noviembre de 2009, suscrita pordiputados integrantes del Grupo Parlamentario del PartidoVerde Ecologista de México.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Leydel Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, y de-roga el décimo transitorio del decreto por el que se refor-man y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Im-puesto Especial sobre Producción y Servicios publicadoen el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre

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de 2009, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentariodel PVEM

Los diputados que suscriben, del Grupo Parlamentario delPartido Verde Ecologista de México, integrantes de la LXILegislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejer-cicio de la facultad conferida por la fracción II del artícu-lo 71 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y de conformidad con lo previsto por el artícu-lo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Inte-rior del Congreso General, sometemos a la consideraciónde esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto dedecreto, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El consumo de alcohol tiene importantes afectaciones so-ciales y a la salud, debidas al estado de ebriedad y al alco-holismo.

La Organización Mundial de la Salud indica que el consu-mo de alcohol causa 2.5 millones de muertes anuales a ni-vel mundial1 Además, está ligado a más de 60 tipos de en-fermedades y lesiones, que pueden generar dañospermanentes, discapacidades y muertes. Entre las enfer-medades ligadas al consumo de alcohol sobresalen epilep-sia, cirrosis hepática, várices esofágicas, pancreatitis, dia-betes, hipertensión arterial, aborto espontáneo y diversostipos de cáncer.

El consumo de alcohol ha aumentado recientemente en to-do el mundo, particularmente en los países en desarrollo,de modo que en América Latina entre 5 y 10 por ciento delas muertes son atribuibles al consumo de alcohol.

En México, la Encuesta Nacional de Adicciones 2008(ENA 2008)2 indica que los problemas sociales más fre-cuentes asociados al consumo de alcohol son: detenciónbajo los efectos del alcohol 41 por ciento, dificultades conla familia 11 por ciento, peleas 6 por ciento, problemascon la policía 4 por ciento y problemas laborales 4 porciento.

Esta encuesta reveló que casi 27 millones de personas en-tre 12 y 65 años beben en grandes cantidades, pero conpoca frecuencia, y casi 4 millones beben en grandes canti-dades con alta frecuencia, es decir, una vez por semana omás. El consumo consuetudinario está en proporción de5.8 hombres por cada mujer, pero está aumentando de ma-nera importante entre las mujeres adolescentes. La ENA

2008 concluye que el 5.5 por ciento de la población mexi-cana presenta abuso o dependencia del alcohol, lo cual po-ne en grave riesgo a este sector.

De este modo, los niveles actuales de consumo de alcoholentre la población, conllevan la necesidad de financiar laatención médica, atender los problemas sociales y desa-rrollar medidas para la prevención y control del alcoholis-mo.

Cabe señalar que el artículo 117 de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos faculta explícitamen-te al Congreso de la Unión para dictar leyes encaminadasa combatir el alcoholismo.

Aunque en México no se ha estudiado del impacto econó-mico total del alcoholismo, un reporte a nivel mundial rea-lizado por el Ministerio de Salud Pública de Tailandia en2009, revela que la carga económica varía entre 0.45 y5.44 por ciento del producto interno bruto de los diversospaíses3. Dicho estudio considera factores directos comogastos médicos, daño a propiedad ajena y apoyo a vícti-mas, además de factores indirectos como mortalidad pre-matura, pérdida de la productividad, gastos en seguridadsocial, implementación de medidas de prevención y elcosto de reforzar las leyes y sanciones.

El estudio Alcohol y atención primaria de la salud4 emiti-do por la Organización Panamericana de la Salud, en2008, muestra un comparativo del impacto de las distintasopciones de políticas implementadas contra el alcoholis-mo: aumento de impuestos, alcoholímetros, restricción deventas, prohibición de publicidad e intervenciones preven-tivas breves. Se encontró que el aumento de impuestos esla medida individual más efectiva, como se muestra a con-tinuación:

Nota: El estudio ubica a México en la región B de América, por su ba-ja mortalidad infantil y adulta.

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Así pues, el aumento de impuestos a las bebidas alcohóli-cas permite cubrir los costos sociales y a la salud deriva-dos del alcoholismo, al mismo tiempo que desincentiva elabuso en el consumo de alcohol.

Adicionalmente, nuestro país aplica un impuesto bajo a lasbebidas alcohólicas, en comparación con otras naciones.El reporte Excise Duty Tables, Part I Alcoholic Beverages,de la Comisión Europea, publicado en julio de 2010, indi-ca que en los países de la Unión Europea la carga fiscalpor impuestos especiales equivale a un promedio de 8.5dólares por litro de bebida alcohólica de 38° GL, mientrasque en México la carga fiscal que actualmente significa elimpuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) pa-ra estas bebidas alcohólicas, utilizando un promedio pon-derado de precios, equivale a 4.1 dólares por litro.

Por estas razones, el legislador que suscribe, integrante delGrupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de Mé-xico considera necesario un aumento al IEPS que se apli-ca a las bebidas alcohólicas.

Actualmente, la Ley del IEPS prevé las siguientes tasasaplicables a la enajenación de bebidas alcohólicas en elejercicio fiscal actual y en los años subsiguientes:

Cervezas2010 a 2012: 26.5 por ciento2013: 26 por ciento2014 en adelante: 25 por ciento

Bebidas con más de 20º GL2010 a 2012: 53 por ciento2013: 52 por ciento2014 en adelante: 50 por ciento

Con las tasas vigentes del IEPS, el Centro de Estudios delas Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados prevéque el comportamiento de la recaudación por bebidas al-cohólicas sea el siguiente:

Valor total de ventas 2009*Cervezas: 67 mil 661.8Bebidas +20º GL: 18 mil 390.5Total: 86 mil 52.3

Recaudación real 2009*Cervezas: 18 mil 377.8Bebidas +20º GL: 5 mil 470.1Total: 23 mil 847.9

Recaudación esperada 2010*Cervezas: 20 mil 258.5Bebidas +20º GL: 6 mil 240.9Total: 26 mil 499.4

*millones de pesos

Nuestra propuesta es aumentar en un 47 por ciento la tasaactual de IEPS sobre las bebidas alcohólicas con más de20º GL, pasando del actual 53 por ciento a un 100 porciento. Con esta medida, la recaudación esperada en elejercicio fiscal de 2011 será de aproximadamente$11,767.15 millones, en vez de los $6,370.56 millones quese recaudan actualmente con la tasa vigente. Esto implicauna diferencia de 5 mil 528.74 millones de pesos.

Esta tasa sería aplicable en el ejercicio fiscal de 2011 ysubsiguientes, de modo que complementariamente, propo-nemos derogar las tasas previstas para los ejercicios fisca-les de 2011 a 2013, que habían sido fijadas al publicarse laLey de Ingresos del Ejercicio Fiscal 2010, en el artículotransitorio décimo del decreto por el que se reforman yadicionan diversas disposiciones de la Ley del ImpuestoEspecial sobre Producción y Servicios, publicado en elDiario Oficial de la Federación del 27 de noviembre de2009.

Por lo expuesto, y por considerar que es necesario otorgarmayores recursos a los sectores de salud y educación losdiputados que suscriben, integrantes del Grupo Parlamen-tario del Partido Verde Ecologista de México en esta so-beranía, sometemos a la consideración de este honorablepleno, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma el inciso A) de la fracción I del ar-tículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Pro-ducción y Servicios, y deroga el artículo transitorio dé-cimo del decreto por el que se reforman y adicionandiversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios, publicado en el DiarioOficial de la Federación del 27 de noviembre de 2009

Artículo Primero. Se reforma el inciso A) de la fracciónI del artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a con-tinuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotas si-guientes:

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I. En la enajenación o, en su caso, en la importación delos siguientes bienes:

A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:

1. a 2. …

3. Con una graduación alcohólica de más de20°G.L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100 por ciento

B) a H) …

II. …

Artículo Segundo. Se deroga el artículo transitorio déci-mo del decreto por el que se reforman y adicionan diver-sas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, publicado en el Diario Oficial dela Federación del 27 de noviembre de 2009.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enerode 2011.

Notas:

1 http://www.who.int/substance_abuse/facts/alcohol/en/index.html

2 http://www.insp.mx/Portal/Inf/ENA08_nacional.pdf

3 http://www.substanceabusepolicy.com/content/4/1/20

4http://www.paho.org/Spanish/DD/PUB/Alcohol_Aten_prim_web.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara deDiputados del honorable Congreso de la Unión, a los catorce días delmes de octubre del año 2010.— Diputados: Juan José Guerra Abud,Diego Guerrero Rubio, Pablo Escudero Morales, Eduardo LedesmaRomo, Alejandro del Mazo Maza, Norma Leticia Orozco Torres,Adriana Sarur Torre, Juan Carlos Natale López, Alberto Emiliano Cin-ta Martínez, Caritina Sáenz Vargas, Liborio Vidal Aguilar, Juan Gerar-do Flores Ramírez, Rafael Pacchiano Alamán (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Pú-blico.

LEY DE PLANEACION - LEY ORGANICA DELA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL -

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETROLEO -

LEY DE PETROLEOS MEXICANOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: También se recibió de la diputada Ifigenia Martha Mar-tínez y Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, inicia-tiva con proyecto de decreto que reforma y adicionadiversas disposiciones de la Ley de Planeación, de la LeyOrgánica de la Administración Pública Federal, de la LeyReglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramodel petróleo; y de la Ley de Petróleos Mexicanos.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma y adiciona diversas dis-posiciones de las Leyes de Planeación, Orgánica de la Ad-ministración Pública Federal, Reglamentaria del Artículo27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, y de PetróleosMexicanos, a cargo de la diputada Ifigenia Martha Martí-nez y Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Ifigenia Martha Martínez y Hernández,diputada a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputadosdel Congreso de la Unión, del Partido del Trabajo, confundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para elGobierno Interior del Congreso General de los EstadosUnidos Mexicanos, somete a consideración de esta sobe-ranía la presente iniciativa con proyecto de decreto, me-diante el cual se reforman el artículo 5o. de la Ley de Pla-neación; el artículo 33, fracción VI, párrafo quinto, de laLey Orgánica de la Administración Pública Federal; el ar-tículo 4o. Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27Constitucional en el Ramo del Petróleo; y el artículo 2o.de la Ley de Petróleos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. Situación económica y necesidad de la planeación

La presente iniciativa se elaboró a partir del análisis de unproblema abordado recientemente en esta Cámara, secto-rial y específico, de carácter económico y legal, en el con-texto más amplio de la situación estructural de la econo-mía y las disposiciones constitucionales que la orientan yconducen, en el marco de nuestro sistema de economía

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mixta, bajo la rectoría del Estado y mediante un sistemanacional de planeación democrática.

La riqueza petrolera de nuestro país y la renta pública quese obtiene a partir de su explotación, debiera ser utilizadapara impulsar el crecimiento económico del país, para lainversión infraestructural y productiva, para la industriali-zación y la ampliación del mercado interno, en primerainstancia del propio Pemex, el organismo descentralizadodel Estado encargado de su administración y en formasubsidiaria para el conjunto de la economía. Este objetivo,factible desde el punto de vista económico, fiscal y finan-ciero, no se ha cumplido, ni siquiera planteado en formaobjetiva, clara y específica, ni en el Plan Nacional de De-sarrollo, ni en los programas sectoriales, ni en la Estrate-gia Nacional de Energía que motiva esta iniciativa.

La planeación económica y social en nuestro país, esta-blecida en la Constitución que nos rige y en la Ley de Pla-neación, se ha convertido en un ejercicio neutral, en granmedida retórico y sin objetivos y metas específicos. EstaLey establece vinculaciones esenciales con los aspectosprogramáticos que se derivan del Plan Nacional de Desa-rrollo que debe elaborarse cada sexenio; con los docu-mentos económicos y fiscales de vigencia anual, la Ley deIngresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación;con las disposiciones de seguimiento, supervisión y eva-luación establecidas en la Ley de Presupuesto y Respon-sabilidad Hacendaria y otras disposiciones; y finalmentecon la fiscalización del origen y utilización de los recursospúblicos mediante la revisión de la Cuenta de la HaciendaPública Federal.

El no apreciar y aplicar la Constitución y la ley con esosobjetivos, es en buena medida la causa de que la economíanacional transcurra a la deriva, en un práctico estanca-miento, con cada vez una mayor desigualdad social. El noconsiderar las importantes vinculaciones entre los instru-mentos de la planeación, programación y presupuestacióny la supervisión vigilancia y fiscalización de los recursospúblicos, que en el marco de la división de poderes son fa-cultad del Congreso de la Unión, ha llevado a minimizarla actuación de sus Cámaras de representación nacional yfederal.

Es un momento adecuado para la rectificación histórica deesas circunstancias, e iniciarla con medidas sencillas y es-pecíficas, pero de gran trascendencia, a reserva de em-prender modificaciones de más profundidad para retomarla verdadera rectoría del Estado, basada en su propio for-

talecimiento económico para propiciar el de la Nación ensu conjunto.

En esta ocasión, no está de más recordar que el abandonode la rectoría del Estado en aras de las fuerzas del merca-do, característica del régimen neoliberal que nos dominadesde hace ya más de medio siglo, ha significado el magrocrecimiento del producto interno bruto, el estancamientodel ingreso nacional ante la carencia de empleos producti-vos formales y adecuadamente remunerados, y la cada vezmás desigual distribución de la riqueza que incrementa lapobreza y hunde a amplios grupos en la miseria.

El presente sexenio no es la excepción, sino más bien lamuestra palmaria de esta situación. En los tres años trans-curridos del actual gobierno, sólo por citar el principal in-dicador económico, el producto interno bruto ha disminui-do en casi -2 por ciento, resultado de las diminuciones de-6 por ciento en el sector industrial (-9.2 por ciento en lasmanufacturas) y de -8.3 por ciento en el comercio, a pesarde incrementos en la producción agrícola y en otras ramasde menor importancia.

Esos no sólo son los resultados de la crisis económica quenos asoló con singular virulencia el año pasado, sino re-sultado de condiciones estructurales, deformación de laplanta productiva, desaparición de cadenas productivas,hipertrofia económica hacia el exterior y abandono delmercado interno.

En el último año la crisis se reflejó en la disminución delPIB en -7.9 por ciento en el primer trimestre, el desplomede -10.1 por ciento en el segundo trimestre, -6.2 por cien-to en el tercero y -2.3 por ciento para terminar el año conuna disminución promedio alrededor del 6.8 por ciento, delas más acentuadas en el mundo.

En esas circunstancias, ante la caída de los ingresos delpetróleo y los de carácter tributario en todos sus rubros,sólo se ocurrió acudir a todos los fondos de estabilización,contingencia y emergencia disponibles hasta casi agotar-los, incluyendo el uso de los excedentes de operación delBanco de México, para mantener el nivel de ese gasto engran medida irracional y dispendioso. Todo ello emboza-do como ingresos no tributarios principalmente en el rubrode aprovechamientos, los cuales se triplicaron así artifi-cialmente sobre el nivel previsto.

En contrapartida, el gasto público en 2009 aumentó hastasuperar los 3 billones de pesos, 2.2 por ciento superior al

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del año anterior, incluyendo un considerable aumento enel rubro de servicios personales y el resto del gasto co-rriente. El gasto total rebasó el presupuesto en 1.5 porciento y en 5.1 por ciento se excedió el gasto programable.

Que la situación no mejora lo muestra el magro creci-miento del PIB en los primeros meses de este año, y queno mejorará sustancialmente lo denota el que se espera pa-ra este año y el siguiente. Resulta obvio que si la econo-mía cayó en casi 7 por ciento durante 2009, aún en el ca-so más optimista del crecimiento del 4 por ciento anualprevisto estos dos siguientes años sólo permitirán recupe-rar los niveles de producción previos a la crisis.

Y desde luego que eso no puede ser satisfactorio, ni acep-table, si se considera que subsiste la debilidad del merca-do interno, el desempleo, el subempleo, la pobreza y lamarginación, que lesionan a las familias mexicanas y em-pujan a su juventud a la ilegalidad, a la delincuencia, alnarcotráfico, que se pretende combatir con una guerra envez de atacar las causas de ese deterioro social.

Es imperativo revertir esta situación, cuya enumeración endetalle ampliaría excesivamente esta exposición de moti-vos, modificando los factores estructurales que la han cau-sado, para emprender una nueva etapa de progreso nacio-nal y de bienestar social para los habitantes del país, y sinduda que en este proceso debe juagar un papel importantela planeación económica y social plasmada en nuestras le-yes, con la intervención que debe corresponder al Congre-so de la Unión.

2. El sistema nacional de planeación democrática y laestrategia nacional de energía

El reciente debate sobre la Estrategia Nacional de Energíapuso en evidencia la necesidad de precisar las característi-cas de la planeación económica y social, en general y pa-ra programas específicos, así como el papel que corres-ponde al Poder Legislativo en el examen, evaluación ysanción aprobatoria de esos documentos elaborados por elPoder Ejecutivo, para el adecuado cumplimiento de susrespectivas funciones. El objetivo es que los decretos fi-nalmente resultantes reflejen fielmente las opiniones plu-rales y la decisión mayoritaria y cumplan con su objetivoprimordial de encauzar las actividades nacionales, de lasdependencias y entidades del sector público federal, en be-neficio de los intereses del país y su población.

Ese difícil y vigoroso debate se debió por una parte a queen general, por todos los grupos parlamentarios, se consi-deró que la Estrategia Nacional de Energía era insuficien-te para cumplir los objetivos plasmados en las Leyes Or-gánica de la Administración Pública Federal yReglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materiadel Petróleo. Asimismo, para la expedición del decreto co-rrespondiente, que contuvo las múltiples observacionesrealizadas por las dos Cámaras del Congreso de la Unión,tuvieron que salvarse los vacíos en la legislación para laplaneación económica y social en general y en particularla relativa al sector energético.

Esa relativa indefinición jurídica respecto al carácter de laEstrategia Nacional de Energía, puso al descubierto la de-bilidad de la participación del Poder Legislativo en el sis-tema nacional de planeación democrática plasmada en laLey de Planeación a partir de las disposiciones constitu-cionales vigentes en el llamado “capítulo económico” dela Constitución, así como las correlativas existentes en elmarco jurídico que norma al sector energético en generaly en particular al sector petrolero y a Petróleos Mexicanos.

El objetivo de esta iniciativa con proyecto de decreto esabordar esa problemática y elaborar una propuesta parasubsanarla, mediante la satisfacción de una vieja demandapara conferir al Poder Legislativo la facultad aprobatoriade los principales instrumentos de la planeación económi-ca y social, así como precisar el carácter que dentro delsistema nacional de planeación democrática tiene la Estra-tegia Nacional de Energía, plasmada en las leyes corres-pondientes como resultado de las arduas discusiones parala reforma energética en el año de 2008.

En primera instancia, es conveniente recapitular que el ar-tículo 26 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos establece que el Estado organizará un sistemade planeación democrática del desarrollo nacional cuyosobjetivos estarán determinados por los fines del proyectonacional contenidos en la propia Constitución, según setranscribe a continuación:

“Artículo 26.

A. El Estado organizará un sistema de planeación de-mocrática del desarrollo nacional que imprima solidez,dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de laeconomía para la independencia y la democratizaciónpolítica, social y cultural de la Nación.

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Los fines del proyecto nacional contenidos en estaConstitución determinarán los objetivos de la planea-ción. La planeación será democrática. Mediante la par-ticipación de los diversos sectores sociales recogerá lasaspiraciones y demandas de la sociedad para incorpo-rarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá unplan nacional de desarrollo al que se sujetarán obliga-toriamente los programas de la Administración PúblicaFederal.

La ley facultará al Ejecutivo para que establezca losprocedimientos de participación y consulta popular enel sistema nacional de planeación democrática, y loscriterios para la formulación, instrumentación, controly evaluación del plan y los programas de desarrollo.Asimismo, determinará los órganos responsables delproceso de planeación y las bases para que el EjecutivoFederal coordine mediante convenios con los gobiernosde las entidades federativas e induzca y concierte conlos particulares las acciones a realizar para su elabora-ción y ejecución.”

El último párrafo de dicho artículo estipula que “en el sis-tema de planeación democrática, el Congreso de la Unióntendrá la intervención que señale la ley.”

Al respecto, el artículo 4o. de la Ley de Planeación esta-blece como responsabilidad del Ejecutivo federal la con-ducción de la planeación nacional del desarrollo con laparticipación democrática, en los siguientes términos:

“Artículo 4o. Es responsabilidad del Ejecutivo Federalconducir la planeación nacional del desarrollo con la par-ticipación democrática de los grupos sociales, de confor-midad con lo dispuesto en la presente Ley.”

En tanto el artículo 5o. de esta ley estipula:

“Artículo 5o. El presidente de la república remitirá elplan al Congreso de la Unión para su examen y opi-nión. En el ejercicio de sus atribuciones constituciona-les y legales y en las diversas ocasiones previstas poresta ley, el Poder Legislativo formulará, asimismo, lasobservaciones que estime pertinentes durante la ejecu-ción, revisión y adecuaciones del propio plan.”

Esas diversas ocasiones previstas por la ley para que el Po-der Legislativo realice observaciones y adecuaciones du-rante la ejecución y revisión del plan se precisan respectoal informe presidencial (artículo 6o., primer párrafo de la

Ley de Planeación), el Informe de Ejecución del Plan Na-cional de Desarrollo (segundo párrafo del mismo artículo),la rendición de la Cuenta Pública (tercer párrafo), deacuerdo con las transcripciones siguientes:

“Artículo 6o. El Presidente de la República, al informarante el Congreso de la Unión sobre el estado generalque guarda la administración pública del país, harámención expresa de las decisiones adoptadas para laejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los Pro-gramas Sectoriales.

En el mes de marzo de cada año, el Ejecutivo remitiráa la Comisión Permanente del Congreso de la Unión elinforme de las acciones y resultados de la ejecución delplan y los programas a que se refiere el párrafo anterior,incluyendo un apartado específico con todo lo concer-niente al cumplimiento de las disposiciones del artícu-lo 2 Constitucional en materia de derechos y cultura in-dígena.

El contenido de las Cuentas anuales de la Hacienda Pú-blica Federal y del Departamento del Distrito Federaldeberá relacionarse, en lo conducente, con la informa-ción a que aluden los dos párrafos que anteceden, a finde permitir a la Cámara de Diputados el análisis de lascuentas, con relación a los objetivos y prioridades de laPlaneación Nacional referentes a las materias objeto dedichos documentos”

Asimismo, el artículo 7o. de la ley citada relaciona las ini-ciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de laFederación con los programas anuales para la ejecucióndel Plan Nacional de Desarrollo, en los siguientes térmi-nos:

“Artículo 7o. El presidente de la república, al enviar ala Cámara de Diputados las iniciativas de leyes de In-gresos y los proyectos de Presupuesto de Egresos, in-formará del contenido general de dichas iniciativas yproyectos y su relación con los programas anuales que,conforme a lo previsto en el artículo 27 de esta ley, de-berán elaborarse para la ejecución del Plan Nacional deDesarrollo”

Es decir, a lo largo de todo el proceso de planeación-pro-gramación-presupuestación y por ende vinculados con eldocumento fundamental que es el Plan, a partir del carác-ter multianual de éste, se vinculan los de similar periodi-cidad de los diferentes programas, así como las activida-

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des exante y expost que deben realizar los legisladores, yparticularmente la Cámara de Diputados dadas sus facul-tades exclusivas, para la aprobación del programa econó-mico anual plasmado en la Ley de Ingresos, el Presupues-to de Egresos y en su momento de la Cuenta de laHacienda del Sector Público Federal.

Todo ello hace evidente de la necesidad de una participa-ción más activa y eficiente del Congreso, sobre todo si seconsidera que los legisladores son los representantes de laNación y de la Federación, por lo cual debieran, expresa-mente, examinar y aprobar esos documentos a lo largo detoda la cadena de eventos relacionados con la captación yutilización de los recursos públicos, como ya está estable-cido para algunos de ellos.

Por otra parte, en el artículo 16 de la LEY DE PLANEA-CIÓN se establece la obligación de las dependencias de laadministración pública federal para elaborar y vigilar losprogramas sectoriales, en los siguientes términos:

“Artículo 16. A las dependencias de la administraciónpública federal les corresponde:

II. Coordinar el desempeño de las actividades que enmateria de planeación correspondan a las entidades pa-raestatales que se agrupen en el sector que, conforme ala Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,determine el Presidente de la República.

III. Elaborar programas sectoriales, tomando en cuentalas propuestas que presenten las entidades del sector ylos gobiernos de los estados, así como las opiniones delos grupos sociales y de los pueblos y comunidades in-dígenas interesados;

VII. Vigilar que las entidades del sector que coordinenconduzcan sus actividades conforme al Plan Nacionalde Desarrollo y al programa sectorial correspondiente,y cumplan con lo previsto en el programa institucionala que se refiere el Artículo 17, fracción II; y ………..”

Y en el artículo 17 de la LEY invocada la obligación co-rrespondiente a las entidades paraestatales para participaren la elaboración de dichos programas, según se cita acontinuación:

“Artículo 17. Las entidades paraestatales deberán:

I. Participar en la elaboración de los programas secto-riales, mediante la presentación de las propuestas queprocedan con relación a sus funciones y objeto obser-vando siempre las variables ambientales, económicas,sociales y culturales que incidan en el desarrollo de és-tos; …”

A mayor abundamiento, se prevé en el artículo 22 la ela-boración de programas sectoriales, institucionales, regio-nales y especiales, según el siguiente texto:

“Artículo 22. El plan indicará los programas sectoria-les, institucionales, regionales y especiales que debanser elaborados conforme a este capítulo.

Estos programas observarán congruencia con el plan, ysu vigencia no excederá del período constitucional dela gestión gubernamental en que se aprueben, aunquesus previsiones y proyecciones se refieran a un plazomayor.”

Y en el artículo 26 de la ley se especifica que esos progra-mas especiales se referirán a las prioridades del desarrollo,como lo es obviamente el del sector energético y petrole-ro:

Artículo 26. Los programas especiales se referirán a lasprioridades del desarrollo integral del país fijados en elplan o a las actividades relacionadas con dos o más de-pendencias coordinadoras de sector.

Como se aprecia, en la Ley de Planeación se precisa unsistema nacional de planeación democrática formalmentecompleto, que en la materia que nos ocupa incluye el Pro-grama Sectorial de Energía, en el cual la participación delCongreso de la Unión requiere ser precisada.

Es éste un aspecto que ha preocupado a diversas fuerzasdel campo democrático. El hecho de que el Poder Legisla-tivo ha tenido una participación escasa, por no decir nulaen la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo implicaque el Poder Legislativo no es tomado en cuenta ni antes,ni después de la elaboración del Plan Nacional de Desa-rrollo. Implica que las opiniones que sobre él se vierten,independientemente de su justeza o no, de ninguna mane-ra son consideradas para modificar la formulación de estedocumento fundamental. Lo que hace que para esta Cá-mara se establezca un carácter marginal, subordinado, in-cluso aleatorio, en el proceso de planeación económica y

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social, y esa es una de las cuestiones claves que nosotrostenemos que discutir y resolver.

Añejas han sido las demandas para que el Congreso de laUnión tenga una participación más amplia, adecuada yefectiva en el Sistema Nacional de Planeación Democráti-ca y no sólo examine y opine sobre el Plan Nacional deDesarrollo, sino lo apruebe, al igual que los programas deimportancia primordial como lo es la Estrategia Nacionalde Energía. Nosotros insistimos ahora, como lo hemos he-cho en ocasiones anteriores, en la necesidad de que se re-vise la organización del proceso de planeación, para darlea esta Cámara y al Congreso, el papel que le correspondey que no lo tiene.

3. Facultades de la Secretaría de Energía y estrategianacional de energía

Por su parte, el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Ad-ministración Pública Federal establece las facultades de laSecretaría de Energía y en la fracción V precisa el carác-ter de la planeación energética con los siguientes concep-tos:

“Ley Orgánica de la Administración Pública Fede-ral

Artículo 33. A la Secretaría de Energía corresponde eldespacho de los siguientes asuntos:

V. Llevar a cabo la planeación energética a mediano ylargo plazos, así como fijar las directrices económicasy sociales para el sector energético paraestatal.

La planeación energética deberá atender los siguientescriterios: la soberanía y la seguridad energéticas, el me-joramiento de la productividad energética, la restitu-ción de reservas de hidrocarburos, la reducción progre-siva de impactos ambientales de la producción yconsumo de energía, la mayor participación de las ener-gías renovables en el balance energético nacional, la sa-tisfacción de las necesidades energéticas básicas de lapoblación, el ahorro de energía y la mayor eficiencia desu producción y uso, el fortalecimiento de las entidadespúblicas del sector energético como organismos públi-cos, y el apoyo a la investigación y el desarrollo tecno-lógico nacionales en materia energética;”

La fracción VI precisa que la Estrategia Nacional de Ener-gía deberá ser elaborada con la participación del ConsejoNacional de Energía para ser enviada al Congreso (de laUnión) para su ratificación y en lo conducente establece:

“VI. …

El Consejo contará con un Foro Consultivo, en el queparticiparán, según los temas a considerar, representan-tes de los poderes legislativos federal y estatales, de au-toridades locales, de instituciones públicas de educa-ción superior e investigación científica y de los sectoressocial y privado, para contribuir al desempeño de las ta-reas de planeación que competen al Consejo y promo-ver la participación ciudadana.

El Ejecutivo Federal enviará al Congreso, en el mes defebrero de cada año, para su ratificación en un plazomáximo de 30 días hábiles, la Estrategia Nacional deEnergía con un horizonte de quince años, elaborada conla participación del Consejo Nacional de Energía;”

A partir de lo anterior, la Ley Reglamentaria del Artículo27 Constitucional en el Ramo del Petróleo detalla los cri-terios que deberán regir las actividades de Petróleos Me-xicanos, que son los siguientes:

“Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucionalen el Ramo del Petróleo

ARTICULO 4o. Bis. Las actividades de Petróleos Me-xicanos y su participación en el mercado mundial seorientarán de acuerdo con los intereses nacionales, in-cluyendo los de seguridad energética del país, sustenta-bilidad de la plataforma anual de extracción de hidro-carburos, diversificación de mercados, incorporacióndel mayor valor agregado a sus productos, desarrollo dela planta productiva nacional y protección del medioambiente. Esos criterios se incorporarán en la Estrate-gia Nacional de Energía”

Y siguiendo con claridad le jerarquía legal el artículo 2o.de la Ley de Petróleos Mexicanos estipula que:

“Ley de Petróleos Mexicanos

Artículo 2o. El Estado realizará las actividades que lecorresponden en exclusiva en el área estratégica del pe-tróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica,por conducto de Petróleos Mexicanos y sus organismos

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subsidiarios de acuerdo con la Ley Reglamentaria delArtículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo ysus reglamentos”

Por último, otras obligaciones de Petróleos Mexicanos pa-ra la rendición de cuentas al Congreso de la Unión quedanplasmadas en los artículos 70 y 71 de la ley que establecela presentación de informes anuales y trimestrales, respec-tivamente, respecto a su operación, gestión y resultados.

4. Resumen y propuesta

Varios aspectos deben destacarse de las disposicionestranscritas:

En primer término, que los criterios básicos de la planea-ción energética establecidos en la Ley Orgánica de la Ad-ministración Pública Federal para la Secretaría de Energíase concretan en la misma ley estableciendo la participa-ción de la Comisión Nacional de Energía (y un foro con-sultivo), así como se prevé su envío al Congreso de laUnión para su ratificación, como si esta debiera ser obli-gatoria y no el resultado de un proceso de análisis riguro-so y evaluación responsable, y a partir de ello incluir lasobservaciones y modificaciones conducentes, democráti-camente procesadas y consensuadas.

En segundo lugar, de acuerdo con la jerarquía de las leyes,que esos criterios de la planeación energética se especifi-can para Petróleos Mexicanos en la Ley Reglamentaria delArtículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, ade-más que en el artículo 2o. de la Ley de Petróleos Mexica-nos se reitera el mandato para que las actividades de la pa-raestatal se realicen de acuerdo con la ley reglamentariacitada, aunque se agrega en forma innecesaria, y en nues-tra opinión errónea e indebida, por sus reglamentos.

Adviértase aquí que algunos de esos “reglamentos “ yahan sido expedidos por el Consejo de Administración y eldirector general de Pemex e incluyen nada menos que elReglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos (publicadoen el Diario Oficial de la Federación del 4 de septiembrede 2009), el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Ar-tículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (publica-do en el Diario Oficial de la Federación del 22 de sep-tiembre de 2009), así como el Estatuto Orgánico dePetróleos Mexicanos (publicado en el Diario Oficial de laFederación del 24 de septiembre de 2009). Mediante estasnormas prácticamente se están estableciendo disposicio-nes para que, en los procesos que corresponden de mane-

ra exclusiva a Pemex, se posibilite la realización de loscontratos de riesgo o contratos de desempeño, prohibidospor la legislación con base en la Constitución.

Por estas razones, el 13 de octubre de 2009 la Cámara deDiputados aprobó el punto de acuerdo para interponer lacontroversia constitucional contra estos reglamentos. Noobstante que se encuentran en proceso judicial ante la Su-prema Corte de Justicia de la Nación, el seis de enero de2010 el Consejo de Administración de Pemex publicó enel Diario Oficial de la Federación las disposiciones admi-nistrativas de contratación en materia de adquisiciones,arrendamientos, obras y servicios de las actividades sus-tantivas de carácter productivo de Petróleos Mexicanos yOrganismos Subsidiarios, que van en sentido contrario alo que mandata la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos. Contra estos riesgos, en proceso dematerialización, resulta indispensable reforzar el papel delCongreso de la Unión y la precisión legislativa y jurídica.

Por último, debe destacarse que si bien las disposicionesanalizadas establecen la elaboración de la Estrategia Na-cional de Energía dentro de las facultades de la Secretaríade Energía con participación de la Comisión Nacional deEnergía y un foro consultivo nunca convocado, no se pre-cisa suficientemente el carácter de ese documento y el pa-pel que corresponde al Congreso para su análisis y los tér-minos de su aprobación e incluso hay cierta disparidadpara las disposiciones genéricas del sector y las específi-cas para Pemex que es conveniente subsanar.

En resumen, consideramos que es el momento para reencau-zar el sistema nacional de planeación democrática con unaparticipación más efectiva y democrática del Congreso de laUnión, para someter a éste el Plan Nacional de Desarrollo nopara una simple opinión, sino para su examen y aprobación,considerando que es el documento básico para conducir lasactividades económicas, sociales e incluso políticas del paísy del sector público. Del plan se desprenden los programasmás específicos y los documento anuales de programación ypresupuestación de origen, destino y adecuada utilización delos recursos públicos, cuya aprobación es facultad del Con-greso de la Unión y en los últimos casos exclusiva de estaCámara de Diputados, facultades que debemos ejercer condemocracia y responsabilidad.

En ese marco, debemos considerar la Estrategia Nacionalde Energía como un programa especial dentro del sistemanacional de planeación democrática y precisar los linea-mientos para su elaboración en la Ley de mayor jerarquía,

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eliminando la posibilidad de que disposiciones secunda-rias impidan su exacta observancia.

En las condiciones actuales del país, una política energéti-ca de Estado es inseparable de la construcción de un nue-vo modelo de desarrollo económico. Esta política tendríaque ser definida en función de los intereses nacionales, encontraposición a los lineamientos de organismos financie-ros internacionales, que presionan y aún obligan a paísesen desarrollo a aplicar una política de reformas, donde seprivilegia la ganancia privada sobre el desarrollo indepen-diente y el bienestar de la mayoría del pueblo.

Como lo han planteado correctamente los grupos parla-mentarios de la oposición democrática en la Comisión deEnergía de la Cámara de Diputados, la soberanía energéti-ca es, en la actualidad, un asunto estratégico de seguridadnacional. Por lo tanto, es imprescindible contar con unapolítica de largo plazo que asegure la autosuficiencia yconsidere en conjunto petróleo, petroquímica, gas, energíaeléctrica y fuentes renovables.

Asumir este compromiso representa la única opción parasostener a México como nación independiente en el largoplazo implica replantear radicalmente los objetivos y elfuncionamiento de las empresas públicas dedicadas al sec-tor, con una participación activa y democrática del Con-greso de la Unión.

Por lo expuesto y fundado, se propone el siguiente pro-yecto de

Decreto que reforma el artículo 5o. de la Ley de Plane-ación; el artículo 33, fracción VI, párrafo quinto, de laLey Orgánica de la Administración Pública Federal; elartículo 4o. Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; y el artícu-lo 2o. de la Ley de Petróleos Mexicanos

Único. Se reforman el artículo 5o. de la Ley de Planea-ción; el artículo 33, fracción VI, párrafo quinto, de la LeyOrgánica de la Administración Pública Federal; el artículo4o. Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitu-cional en el Ramo del Petróleo; y el artículo 2o. de la Leyde Petróleos Mexicanos, para quedar como sigue:

Ley de Planeación

Artículo 5o. El presidente de la república remitirá el Planal Congreso de la Unión para su examen y aprobación. En

el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legalesy en las diversas ocasiones previstas por esta Ley, el PoderLegislativo formulará, asimismo, las observaciones queestime pertinentes durante la ejecución, revisión y adecua-ciones del propio Plan.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Artículo 33. A la Secretaría de Energía corresponde eldespacho de los siguientes asuntos:

VI. ……

El Ejecutivo Federal enviará al Congreso, en el mes defebrero de cada año, para su examen y aprobación, enun plazo máximo de 30 días hábiles, la Estrategia Na-cional de Energía con un horizonte de quince años, ela-borada con la participación del Consejo Nacional deEnergía;

Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en elRamo del Petróleo

Artículo 4o. Bis. Las actividades de Petróleos Mexicanosy su participación en el mercado nacional y mundial seorientarán de acuerdo con los intereses estratégicos delpaís, incluyendo los de soberanía y seguridad energética,sustentabilidad de la plataforma anual de extracción de hi-drocarburos, restitución de reservas de hidrocarburos,producción de petrolíferos y petroquímicos para la in-corporación del mayor valor agregado a sus productosy abastecimiento del mercado nacional, mejoramientode la productividad, diversificación de mercados, desa-rrollo de la planta productiva nacional y protección delmedio ambiente. Esos criterios se incorporarán en la Es-trategia Nacional de Energía, la cual constituirá un pro-grama especial en los términos del artículo 26 de la Leyde Planeación.

Ley de Petróleos Mexicanos

Artículo 2o. El Estado realizará las actividades que le co-rresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo,demás hidrocarburos y la petroquímica básica, por con-ducto de Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidia-rios de acuerdo con la Ley Reglamentaria del Artículo 27Constitucional en el Ramo del Petróleo.

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Transitorios

Primero. La presente reforma entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opon-gan o contravengan el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de octubre de 2010.— Dipu-tada Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda yCrédito Público, de Gobernación y de Energía.

ARTICULO 26 CONSTITUCIONAL - LEY DE PLANEACION

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió de la diputada María Teresa Rosaura OchoaMejía, del Grupo Parlamentario de Convergencia, iniciati-va con proyecto de decreto que reforma los artículos 26 dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy 5o., 20 y 31 de la Ley de Planeación.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma los artículos 26 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y5o., 20 y 31 de la Ley de Planeación, a cargo de la diputa-da María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parla-mentario de Convergencia

Quien suscribe, diputada María Teresa Rosaura OchoaMejía, del Grupo Parlamentario de Convergencia, con lasfacultades que le confieren los artículos 71, fracción II, dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior de Con-greso General de los Estados Unidos Mexicanos, expone aconsideración de ésta honorable asamblea, la presente ini-ciativa de decreto que reforma el artículo 26 de la Consti-tución Política de los Estados Mexicanos y los artículos 5,20 y 31 de la Ley de Planeación, bajo el tenor de la si-guiente

Exposición de Motivos

1. El artículo 26 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, establece que “el Estado organizará unsistema de planeación democrática del desarrollo nacionalque imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidadal crecimiento de la economía para la independencia y lademocratización política, social y cultural de la nación.”

2. Esta planeación para que sea democrática tiene que dar-se con la participación social y política de la sociedad. Porlo mismo, la propia Constitución determina, en el mismoartículo, “la participación de los diversos sectores socia-les”; para recoger “las aspiraciones y demandas de la so-ciedad para incorporarlas al plan y los programas de desa-rrollo.”

3. De acuerdo con la propia Carta Magna, los procedi-mientos de participación y consulta los define la Ley dePlaneación. Así, en su artículo 40., la ley reitera que “esresponsabilidad del Ejecutivo federal conducir la planea-ción nacional del desarrollo con la participación democrá-tica de los grupos sociales ...” Por otra parte, en su artícu-lo 14, se establece que “la Secretaria de Hacienda yCrédito Público debe elaborar el Plan Nacional de Desa-rrollo, tomando en cuenta las propuestas de las dependen-cias y entidades de la administración pública federal y delos gobiernos de los estados, así como los planteamientosque se formulen por los grupos sociales y por los pueblosy comunidades indígenas interesados.” Finalmente, nues-tro ordenamiento legal define, también, la participación delos gobiernos estatales y municipales, con el propósito deproyectar una correcta planeación regional.

4. De una forma más especifica el artículo 20 de la Ley dePlaneación, nos remite como “las organizaciones repre-sentativas de los obreros, campesinos, pueblos y grupospopulares; de las instituciones académicas, profesionalesy de investigación de los organismos empresariales; y deotras agrupaciones sociales, participarán como órganos deconsulta permanente en los aspectos de la planeación de-mocrática relacionados con su actividad a través de forosde consulta popular ...” En estas consultas, se señala, par-ticiparán los diputados y senadores del Congreso de laUnión.

5. No obstante que el sustento legal es impecable para queel Plan Nacional de Desarrollo sea producto de una plane-ación democrática, en los hechos termina siendo un Plan

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de objetivos encomiables, que proyecta, elabora y apruebael Poder Ejecutivo federal.

Cuando la Ley de Planeación se expidió el 5 de enero de1983, propiciada por la reforma constitucional al artículo26 que obliga al Estado a organizar un sistema de planea-ción, fue con el objeto de darle una mejor conducción a laspolíticas públicas del Estado mexicano, para que la plane-ación económica ya no fuera una decisión unilateral delgobierno en turno. Hasta la fecha no se ha considerado así.Los contenidos del Plan de Desarrollo y los planes secto-riales respectivos terminan siendo propósitos, la mayor delas veces bien intencionados, del gobierno en turno sincontar con el respaldo del Congreso de la Unión que, a fi-nal de cuentas, aprueba o desaprueba la política fiscal y deegresos que le da viabilidad a los objetivos de los planesde desarrollo.

6. Además, la creación de la Ley de Planeación significa-ba, implícitamente, que el Poder Legislativo se convirtie-ra en un actor decisivo en la Planeación Democrática delDesarrollo Nacional. En esta lógica, posterior a la expedi-ción de la Ley de Planeación, se aprobaron sendas refor-mas constitucionales y reglamentarias para que el Legisla-tivo federal tuviese mayores facultades en materiapresupuestaria. Una de las más recientes tiene que ver conla reforma al artículo 74 de la Constitución Política, quefaculta a la Cámara de Diputados para modificar el pro-yecto de presupuesto enviado por el Ejecutivo Federal. Es-to significa, en los hechos, que la Cámara de Diputadosdetermina y aprueba la orientación del gasto que, al fin yal cabo, viene a ser la definición de ciertas variables de po-líticas económicas, que le dan sustento a cualquier sistemade planeación económica.

7. Dicho de otra forma, existe una gran paradoja, en elsentido que el Plan Nacional de Desarrollo es elaborado yaprobado por el Ejecutivo Federal, pero la política fiscal yde gasto que la da viabilidad a la concreción de los objeti-vos del Plan es delineada y aprobada por el Legislativo fe-deral. O sea, por un parte el Ejecutivo federal determineciertas políticas económicas para concretar los objetivosdel Plan Nacional de Desarrollo, y por otra parte, la Cá-mara de Diputados apruebe una política presupuestal quecontradice o dificulta los objetivos del Plan de Desarrollo.

8. Por ello, es imprescindible ir avanzando en el diseño deun nuevo régimen político de corresponsabilidades, queimplique no sólo la definición conjunta de políticas públi-cas, sino el establecimiento de compromisos claros res-

pecto a la evaluación y cumplimiento de los objetivos dela planeación democrática, en base al espíritu constitucio-nal del artículo 26 y de la ley respectiva.

En los actuales tiempos, la planeación del desarrollo na-cional es y debe ser inherente a cualquier proceso de mo-dernización económica, otorgándole a los poderes del es-tado las suficientes facultades rectoras, que signifiquegarantía y cumplimiento de los mandatos que nuestraConstitución Política le otorga al Estado Mexicano en ma-teria económica y social.

Por las razones expuestas y de conformidad con las facul-tades que me confieren los artículos 71, en su fracción II,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos, 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior deCongreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pre-sento el siguiente proyecto de

Decreto

De la Constitución Política de los Estados Unidos Me-xicanos

Primero. Se suprime el párrafo tercero del artículo 26constitucional.

Segundo. Se modifica el párrafo cuarto del artículo 26constitucional, para quedar como sigue:

En el sistema de planeación democrática, el Congreso dela Unión y el Ejecutivo tendrán la intervención que señalela ley.

De la Ley de Planeación

Primero. Se modifica el artículo 5to., para quedar comosigue:

Artículo 5. El Presidente de la República remitirá el pro-yecto de plan al Congreso de la Unión para su examen yaprobación. En el ejercicio de sus atribuciones constitu-cionales y legales, el Poder Legislativo realizará unaevaluación de la ejecución del plan, cuando menos unavez al año y deberá aprobar la revisión y adecuacióndel propio plan.

El Poder Legislativo convocará a los sectores económi-cos, sociales y políticos de la sociedad para participar

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en la planeación democrática, a través de foros de dis-cusión y revisión del proyecto del plan formulado porel Ejecutivo federal. El resultado de estas consultas se-rán puestas para la revisión y aprobación del plan porparte del Poder Legislativo federal.

Segundo. Se reforma el segundo párrafo del artículo 20,para quedar como sigue:

Artículo 20.

….

Las organizaciones representativas de los obreros, campe-sinos, pueblos y grupos populares; de las institucionesacadémicas, profesionales y de investigación de los orga-nismos empresariales; y de otras agrupaciones sociales,participarán como órganos de consulta permanente en losaspectos de la planeación democrática relacionados con suactividad a través de foros de consulta popular que al efec-to se convocarán. Los foros para la formulación del pro-yecto del Plan Nacional de Desarrollo serán organizadospor el Ejecutivo. Al Poder Legislativo le corresponde or-ganizar los foros para el examen del proyecto del PlanNacional de Desarrollo enviado por el Ejecutivo alCongreso para su aprobación.

Tercero. Se reforma el artículo 31, para quedar como si-gue:

Artículo 31. El plan V los programas sectoriales serán re-visados con la periodicidad que determinen las disposicio-nes reglamentarias. Los resultados de las revisiones V, ensu caso, las adecuaciones consecuentes al plan V los pro-gramas, previa su aprobación por parte del Congreso en elcaso del plan y del titular del Ejecutivo en el de los pro-gramas, se publicarán igualmente en el Diario Oficial de laFederación.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguien-te al de su publicación en el Diario Oficial de la Federa-ción.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los catorce días delmes de octubre de 2010.— Diputada María Teresa Rosaura Ochoa Me-jía (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a las Comisiones Unidas de Puntos Consti-tucionales y de Hacienda y Crédito Público.

LEY DEL IMPUESTO ESPECIALSOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió iniciativa con proyecto de decreto que refor-ma los artículos 2o. y 3o. de la Ley del Impuesto Especialsobre Producción y Servicios, suscrita por diputados inte-grantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecolo-gista de México.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma los artículos 2o. y 3o. dela Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servi-cios, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario delPVEM

Los diputados que suscriben, del Grupo Parlamentario delPartido Verde Ecologista de México, integrante de la LXILegislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejer-cicio de la facultad conferida por la fracción II del artícu-lo 71 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y de conformidad con lo previsto por el artícu-lo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Inte-rior del Congreso General, sometemos a la consideraciónde esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto dedecreto, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

1. La salud pública y el consumo de bebidas energi-zantes en México

La Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanosen su artículo 4o. establece que “Toda persona tiene dere-cho a la protección de su salud”, en tal virtud el derecho ala protección de la salud debe atender entre sus finalidadesel bienestar físico y mental del hombre, para contribuir alejercicio pleno de sus capacidades, la prolongación y me-joramiento de la calidad de la vida humana, así como laprotección y el acrecentamiento de los valores que coad-yuven a la creación, conservación y disfrute de condicio-nes de salud que contribuyan al desarrollo social.

Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados336

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En los últimos diez años en nuestro país, se ha puesto enriesgo la salud de las personas a partir de una comerciali-zación libre de las bebidas energizantes, cuyos ingredien-tes principales son la cafeína, la taurina y/o vitaminas, quepor sí mismas no causan daño en la salud.

Cabe decir que el consumo de estas bebidas está relacio-nando con un problema de salud pública en los jóvenes: elconsumo inmoderado de alcohol y la práctica dañina deadulterar para consumo las bebidas energizantes con el ob-jeto de rendir más, revitalizarse o recargarse de energía.

Estudios realizados por la Secretaría de Salud y la Comi-sión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios(Cofepris) han demostrado que las bebidas energizantesestán poco controladas, y no cuentan con el aval de las ins-tituciones de salud que aseguren que su consumo no dañala salud.

De hecho algunos análisis han demostrado que cuando semezcla las bebidas energéticas con alcohol se afecta di-rectamente al sistema cardiovascular y nervioso, por loque se provoca en el individuo ansiedad, insomnio, taqui-cardias e incluso intoxicación por ingesta excesiva.

Es por eso que, para proteger la salud en relación al con-sumo de las bebidas energizantes, el 18 de enero de 2010se aprueba el Proyecto de Norma Oficial MexicanaPROY-NOM-218-SSA1-2009, Productos y servicios. Be-bidas saborizadas no alcohólicas, sus congelados, produc-tos concentrados para prepararlas y bebidas adicionadascon cafeína. Especificaciones y disposiciones sanitarias;con el objeto de establecer la obligación de incluir leyen-das para advertir los consumidores sobre su uso, así como,establecer un límite máximo de cafeína en las bebidasenergéticas a fin de que no rebasen los 33 miligramos por100 mililitros de líquido.

Es decir que un envase de 250 mililitros se limitará a 82miligramos de cafeína. Actualmente estos productos seelaboran con entre 108 y 382 miligramos de cafeína porcada 100 mililitros.

Como se puede apreciar, la norma oficial mexicana citadaen el párrafo precedente, atiende el problema de la insufi-ciente información que se da a los consumidores para ad-vertir sobre los efectos del consumo de estas bebidas, co-mo lo han referido la Procuraduría Federal delConsumidor, el Instituto Mexicano del Seguro Social y laComisión Federal para la Protección contra Riesgos Sani-

tarios, y otras dependencias de la administración públicafederal del sector salud que han implementado accionespara informar a la población sobre los daños que la com-binación de estas bebidas con alcohol pueden ocasionar ala salud.

A pesar de estos avances, la norma en sí misma no es su-ficiente para frenar el consumo inmoderado entre los jó-venes ni para prevenir los daños a la salud que conlleva elconsumo inmoderado de estas bebidas, ya que el mercadode las bebidas energizantes está en ascenso según puedeadvertirse por los estudios de mercado sobre el consumode bebidas, a saber:

Las tendencias en México 2007, apuntan el crecimiento enventas por unidades de bebidas energéticas en 2005 fuedel 100 por ciento, en 2006 del 106.5 por ciento y en 2007del 113.8 por ciento. A su vez, de acuerdo con la exposi-ción de alimentos y bebidas realizada en 2008 por “Méxi-co Alimentaria”, el volumen de las bebidas energéticasconsumidas en México ascendió a aproximadamente 60millones de latas durante el 2007, siendo las principalesmarcas Red Bull, La Bomba, Boost y Gladiator. Lo ante-rior demuestra el rápido crecimiento que ha tenido el con-sumo de las bebidas energéticas adicionadas con cafeína1.

2. Bebidas energizantes, elementos básicos para su tri-butación

Podemos definir a las bebidas energizantes como un líqui-do que contiene algún estimulante, vitaminas y minerales,que dejan la impresión en el individuo que las consume dehaber obtenido un aumento en su energía en un cortotiempo derivado de su ingesta.

Haciendo una descripción general de los principales com-ponentes de las bebidas energizantes se tienen las siguien-tes consideraciones:

1. Taurina: su formula química se escribe NH2 – CH2– CH2 – SO3H, su nombre según la estequiometría, esácido aminoetilsulfónico. Es un aminoácido cristaliza-ble que se encuentra en la bilis y que se origina en la hi-drólisis del ácido taurocólico; se halla también en lostejidos en pequeñas cantidades, siendo incolora y solu-ble en agua.

En el momento de la tensión física extrema, el cuerpode la persona no produce la cantidad necesaria de esteelemento, por lo que, según los fabricantes de bebidas,

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el rendimiento es deficiente. La taurina funciona comoun transmisor metabólico y un desintoxicante, ademásde acelerar la contractibilidad cardiaca.

La taurina se sintetiza en el cerebro y en el hígado y laconcentración en el cerebro es extraordinariamente altadurante las primeras etapas del desarrollo, bajando lue-go considerablemente.

2. Guaraná: originario del amazonas brasileño, siendosu nombre científico paullinia cupana. El componenteactivo es una sustancia llamada guarina. Los indígenashan utilizado sus frutos, durante siglos, por sus propie-dades refrescantes y estimulantes. Contiene cafeína pe-ro es más ligero para el sistema digestivo que otras sus-tancias.

Es un estimulante del sistema nervioso central por sucontenido de cafeína. La cafeína se une a los receptorescerebrales adenosínicos, aumentando el estado de vigi-lia, y tiene un efecto ergogénico (aumenta la capacidadde realizar esfuerzo físico).

Produce estimulación cardiaca (efecto inotropo positi-vo), vasodilatación periférica y vasoconstricción crane-al, por lo que se ha sugerido su empleo como antimi-grañoso. Estimula el crecimiento muscular y el centrode la respiración. Además aumenta la secreción ácidagástrica y la diuresis.

El extracto acuoso de guaraná ha demostrado asimismodiferentes propiedades farmacológicas: mejora de esta-do físico (en el test de nado forzado), mejora de me-moria (frente a la amnesia provocada por escopolami-na), aumento de la actividad hipoglucemiante(hiperglucemia inducida por epinefrina), acción antio-xidante (en diferentes modelos) y antiagregante plaque-tario (inhibición de la síntesis plaquetaria de tromboxa-no in vitro).

3. Cafeína: sustancia famosa por su efecto estimulante,sobre todo en el sistema circulatorio y el cerebro. Suformula química es C8 H10 N4 O2; se extrae del café,del té de la guaraná, el maté, etcétera. Se presenta enforma de agujas brillantes, incoloras, inodoras y de sa-bor amargo.

Los efectos adversos de la cafeína son, en general, le-ves y transitorios, aunque frecuentes. Puede producirinsomnio y nerviosismo, si bien las diferencias en las

reacciones individuales pueden ser notables. El usoprolongado puede producir adicción en algunos casos.

4. Glucoronolactona: es una sustancia también origina-ria del cuerpo humano, que tiene una función esencial-mente desintoxicante.

5. Tiamina: uno de los nombres dados a la vitamina B1;se encuentra en la carne del cerdo, en el hígado y la car-ne de res. En los vegetales se encuentra en la levadura,el salvado de arroz, el maní, la cebada y el frijol. Parti-cipa en el metabolismo de los hidratos de carbono; fa-vorece la absorción de oxígeno en el cerebro e impidela acumulación de los ácidos láctico y pirúvico. En es-tados de avitaminosis se puede presentar: síndrome deWernicke, trastornos cardiovasculares y pérdida de losreflejos del tendón de Aquiles y el rotuliano.

De acuerdo a la legislación sanitaria, el término para refe-rirse a este tipo de productos es el de “bebidas adicionadascon cafeína”, por contener más de 20 miligramos de cafe-ína por 100 mililitros de producto. Cfr. artículo 101, frac-ción II Bis Reglamento de Control Sanitario de Productosy Servicios.

Entre los efectos en la salud que tienen las bebidas energi-zantes dependiendo de la susceptibilidad de cada persona,se encuentran:

• Intoxicación.

• Dolor de cabeza.

• Agitación psicomotora.

• Hipertensión arterial.

• Taquicardias.

• Hiperactividad.

• Nerviosismo.

• Vómito.

En la actualidad, no existe disposición legal en las leyestributarias que establezcan un impuesto especifico para lasbebidas gaseosas, isotónicas, fortificantes o energizantes,o bien, que establezcan la obligación para ninguno de lossujetos pasivos ni para cualquier otro agente económico

Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados338

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de contribuir en función del daño a la salud que puedentraer a los jóvenes, por lo que su venta es irrestricta.

En ese tenor proponemos como medida para prevenir ydesincentivar su consumo, el gravar a las bebidas gaseosasenergizantes y/o fortificantes con un impuesto con la fina-lidad de proteger el derecho a la salud de los individuos.

En efecto, las contribuciones son un medio eficaz para dis-minuir el consumo de bebidas energizantes en los jóvenes,y más aún, si los recursos de este impuesto se destinarán afortalecer los programas para la prevención contra las adi-ciones que desarrolla el estado, a la elaboración de estu-dios sobre su consumo en la población ya que se requierecontar con los recursos económicos necesarios para reali-zarlos; o en particular a advertir sobre los riesgos vincula-dos a su consumo desmedido. De esta manera el impuestohacer caer la balanza en la relación entre el espíritu de ga-nancia y el detrimento en la salud pública en lo colectivo.

Mediante la presente iniciativa se proponen acciones le-gislativas concretas que benefician a la sociedad, se regu-la con mayor claridad a estos productos, se protege a lapoblación bajo el mayor interés social de proteger la saludde las personas, y se fortalece el papel del estado de pro-motor del bienestar colectivo.

De poner un impuesto a este tipo de bebidas se tendrá unarecaudación del 100 por ciento que corresponderá a25,920 millones de pesos aproximadamente, tomando enconsideración que las ventas de estas bebidas fue de25,920 millones de pesos, monto que puede ser utilizadopara la educación y con ello la prevención de enfermeda-des.

Por lo anteriormente expuesto, y por considerar que es ne-cesario otorgar mayores recursos a los sectores de salud yeducación, los diputados que suscriben, integrantes delGrupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de Mé-xico en esta soberanía, sometemos a la consideración deeste honorable pleno, el siguiente proyecto de

Decreto

Por el que se reforma y adiciona la Ley del Impuesto Es-pecial sobre producción y servicios.

Artículo Primero. Se adiciona el inciso I), a la fracción Idel artículo 2o.; y se adiciona la fracción XVII al artículo

3o., de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción yServicios, para quedar como sigue

Artículo Segundo. Al valor de los actos o actividades quea continuación se señalan, se aplicarán las tasas y cuotassiguientes

I. En la enajenación o, en su caso, en la importación delos siguientes bienes

A) a H) …

I) Bebidas energizantes 100%

II. …

Artículo Tercero. Para los efectos de esta ley se entiendepor:

I. a XVI. …

XVII. Bebidas energizantes, las bebidas estimulantessaborizadas no alcohólicas, sus congelados, productosconcentrados para prepararlas que tengan en su compo-sición ingredientes tales como cafeína, taurina, gluco-ronolactona, tiamina, acompañados de vitaminas y/ominerales.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Fe-deración.

Notas:

1. Véase. “Elaborado por la consultoría Nielsen”; Fuente: Iniciativade Pilar Torre Canales que reforma y adiciona diversas disposicionesde la Ley General de Salud.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de octubre de 2010.— Dipu-tados: Adriana Sarur Torre, Juan José Guerra Abud, Diego GuerreroRubio, Pablo Escudero Morales, Carlos Samuel Moreno Terán, Eduar-do Ledesma Romo, Alejandro del Mazo Maza, Norma Leticia OrozcoTorres, Juan Gerardo Flores Ramírez, Juan Carlos Natale López, Al-berto Emiliano Cinta Martínez, Caritina Sáenz Vargas, Liborio VidalAguilar, Rafael Pacchiano Alamán, Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rú-bricas).»

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El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Pú-blico.

LEY DEL IMPUESTO ESPECIALSOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió iniciativa con proyecto de decreto que refor-ma el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobreProducción y Servicios, suscrita por diputados integrantesdel Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Leydel Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, sus-crita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Los que suscriben, diputados del Grupo Parlamentario delPartido Verde Ecologista de México en la LXI Legislaturadel Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad con-ferida en la fracción II del artículo 71 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformi-dad con lo previsto en el artículo 55, fracción II, del Re-glamento para el Gobierno Interior del Congreso General,someten a consideración de esta soberanía iniciativa conproyecto de decreto, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad, el tabaquismo es una adicción que sepresenta en millones de personas a pesar de que se sabeque es nocivo para la salud y la economía familiar. Desdehace varios años, estudios nacionales e internacionales lohan identificado como la principal causa prevenible de en-fermedades y muerte en el mundo; provoca casi 5 millo-nes de muertes al año en el mundo, y en México, cerca de60 mil.

De continuar la tendencia, según las proyecciones de laOrganización Mundial de la Salud (OMS) para 2020 secausará el doble de defunciones que las actuales; esto es,10 millones de muertes en el mundo y en México más de120 mil.1

Así, los riesgos por el consumo de tabaco y sus derivadoshan sido ampliamente subestimados por el público e in-cluso por muchas de las autoridades responsables de la

protección y promoción de la salud pública. Su aceptacióncomo parte de las costumbres de muchas sociedades, asícomo la incidencia que tiene su producción en la genera-ción de recursos sociales y económicos de los países, haimpedido que se pongan en marcha acciones más severaspara controlar y desincentivar su consumo, aun cuando sesabe que el daño que ocasionan en la salud es progresivoy a largo plazo irreversible.

El tabaquismo está relacionado con las cuatro enfermeda-des que representan las mayores causas de muerte en elpaís, que son: enfermedad isquémica del corazón, enfise-ma pulmonar y bronquitis crónica, enfermedad vascularcerebral y cáncer pulmonar, de bronquios y de tráquea.

En México, de acuerdo con el Instituto Nacional de SaludPública, los costos por atender las enfermedades señaladasse estima que van de 23 mil millones de pesos a 43 mil mi-llones. Estos montos no toman en cuenta los costos por to-das las enfermedades atribuibles al consumo activo del ta-baco, ni las pérdidas sustanciales de productividad.2

Estudios recientes señalan que los costos de atención mé-dica superan los 75 mil millones de pesos, si se consideraque los tratamientos por tabaquismo representan 10 porciento de los costos de atención médica.3

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público reporta queen 2009 la recaudación por el impuesto especial sobre pro-ducción y servicios aplicables a los productos del tabacofue de 22 mil millones de pesos, mientras que el gasto pa-ra la atención a problemas de salud podría acercarse a los45 mil millones de pesos, generándose una brecha de dé-ficit del orden de 23 mil millones de pesos, por lo menos.

De tal manera, no podemos continuar con esta indiferen-cia ante el grave problema que representa el tabaquismoen el país.

Más grave aún es el hecho que en los países industrializa-dos las tasas de consumo de tabaco han disminuido y enlos países en desarrollo, como el nuestro, ocurre un fenó-meno contrario que genera un fuerte problema de saludpública y grandes pérdidas económicas por gastos en aten-ción médica, así como por ausentismo laboral.

El Partido Verde Ecologista de México no puede ignorar larealidad de este mal que aqueja al grueso de la poblaciónmexicana, sin que se adopten compromisos y acciones se-rias.

Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados340

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La adicción al tabaco debe ser vista como una epidemia;por tanto, es y debe ser considerada una prioridad del país,como un gran reto para la salud pública nacional.

Más aun cuando los niños y los jóvenes son los principa-les afectados. De acuerdo con la Encuesta Nacional deAdicciones 2008, la edad promedio en que la poblaciónadolescente inicia el consumo es de 13.7 años.

La Encuesta Tabaco y Juventud realizada en Méxicomuestra que entre 20 y 31 por ciento de los estudiantes quenunca han fumado piensa que el siguiente año probará ci-garros o productos de tabaco.

Por lo anterior, proponemos una reforma consistente enelevar el impuesto al tabaco de manera que este hecho des-motive el consumo de cigarros y libere recursos para lu-char contra los efectos negativos que ocasiona en la saludy economía de los mexicanos.Específicamente estamosproponiendo elevar de 160 por ciento a 180 por ciento lastasas aplicables a los cigarros y a los puros y otros tabacoslabrados. Asimismo, proponemos elevar de 30.4 a 35 porciento la tasa aplicable a los puros y otros tabacos labra-dos hechos enteramente a mano.

Por último, proponemos elevar la cuota fija por cigarrillode 10 centavos a 50 centavos, lo que implicaría un au-mento de 10 pesos por cajetilla de cigarros.

Con esta propuesta sería posible tener una recaudaciónadicional del orden de 35 mil millones de pesos y una re-ducción de al menos 24 por ciento en el consumo.4

La OMS y el Banco Mundial señalan que la política fiscales el instrumento más efectivo no sólo para hacerse de re-cursos que pueden ser destinados a fondos de investiga-ción y campañas contra el consumo excesivo, sino ade-más, para incentivar a los consumidores a dejar de fumary prevenir que otros empiecen a adquirir el habito, parti-cularmente entre los jóvenes y las personas con menor ca-pacidad económica.

En el país se sabe que la sensibilidad del consumo del ta-baco al incremento en precios es mínima, lo que implicaque es posible y necesario aumentar el precio del produc-to a mayores niveles si se busca realmente disminuir elconsumo. Asimismo, se ha demostrado que el gravamen altabaco en México ha sido altamente efectivo en su capaci-dad recaudadora, toda vez que la estructura oligopólica en

la producción ha facilitado el control y vigilancia en la re-caudación.

Sin embargo, el artículo 73 constitucional, fracción XXIX,último párrafo, establece que las entidades federativas par-ticiparán en el rendimiento de las contribuciones especia-les, en la proporción que la ley secundaria federal deter-mine. Lo anterior ha provocado que la distribución de losingresos provenientes de la recaudación del impuesto es-pecial sobre producción y servicios de tabaco labrado, sedistribuyan, en programas que muchas veces no están re-lacionados con la lucha contra el tabaquismo y desarrollosocial, o de estarlo, representan una mínima proporción.

Por eso, para que la medida propuesta pueda surtir efectosen la lucha contra la adicción al tabaco de manera apro-piada se requiere desarrollar y fortalecer diversas activi-dades con un enfoque integral que abarque el ámbito de laprevención, la legislación, la educación, el tratamiento, larehabilitación y la investigación.

Por lo que toca al contrabando de cigarros y tabacos, au-mentar el impuesto especial a dichos productos no necesa-riamente se tiene que reflejar en un incremento de esteproblema.

La OMS señala en el Informe sobre la epidemia del taba-quismo 2008: “Contrariamente a lo que sostiene la indus-tria tabacalera, los aumentos de los impuestos no impulsanautomáticamente un aumento del contrabando. Duranteaños, en España los impuestos eran los más bajos y el con-trabando era más intenso (…). Cuando a fines de los añosnoventa España aumentó los impuestos al tabaco y forta-leció las medidas encaminadas a hacer cumplir la ley, elcontrabando disminuyó espectacularmente, mientras quelos ingresos procedentes del tabaco aumentaron 25 porciento”.5

En específico, respecto al comercio ilegal, los cálculosmás recientes consideran que en el país el contrabando re-presenta 5.9 por ciento del mercado total, el cual en com-paración con otros países está por debajo del promediomundial que es de 11.6 por ciento.

Aunque el Banco Mundial ha demostrado que los nivelesde contrabando de tabaco no se relacionan con los nivelesde los impuestos de tabaco, es necesario señalar que elcontrabando es un problema generalizado que las autori-dades tienen que atacar desde distintos frentes y un im-

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010341

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puesto no debe ser la excusa para la ineficiencia de las au-toridades aduaneras mexicanas.

Por ejemplo, pese al alto precio de los cigarrillos y de te-ner uno de los mayores impuestos sobre ellos, el contra-bando es casi inexistente en los países escandinavos. Encambio, los cigarrillos de contrabando se consiguen fácil-mente en Albania, Camboya y Europa oriental, donde pre-cios e impuestos son bajos.6

Con la iniciativa presentada, el Partido Verde Ecologistade México reafirma su compromiso con la población paraproteger su salud, por encima de intereses comerciales degrupos reducidos que resultan beneficiados con el negociodel tabaco en detrimento de la salud de los mexicanos.

Consideramos que el Estado tiene la responsabilidad deproteger la salud de la población, y el dilema entre ley ylibertad, a propósito del tabaco, debe resolverse cada vezmás a favor de la necesidad, el derecho y el deber de la so-ciedad de aprobar leyes congruentes con esta responsabi-lidad.

Por lo expuesto, y por considerar que es necesario otorgarmayores recursos a los sectores de salud y educación, losdiputados que suscriben, integrantes del Grupo Parlamen-tario del Partido Verde Ecologista de México en esta so-beranía, someten a consideración del pleno el siguienteproyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 2o. de la Leydel Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo Único. Se reforman los incisos 1) y 2) del incisoC) de la fracción I del artículo 2o. de la Ley del ImpuestoEspecial sobre Producción y Servicios, para quedar comosigue:

Artículo 2o. Al valor de los actos o actividades que a con-tinuación se señalan se aplicarán las tasas y cuotas si-guientes:

I. En la enajenación o, en su caso, en la importación delos siguientes bienes:

A) …

B) …

C) Tabacos labrados:

1. Cigarros . . . . . . . . . . . . . . . . . .180 por ciento

2. Puros y otros tabacos labrados .180 por ciento

3. Puros y otros tabacos labrados hechos entera-mente a mano . . . . . . . . . . . . . . . . .35 por ciento

Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral,se pagará una cuota de 0.50 pesos por cigarro enajenado oimportado. Para los efectos de esta ley, se considera que elpeso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, in-cluyendo el peso de otras sustancias con que esté mezcla-do el tabaco.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguien-te al de su publicación en el Diario Oficial de la Federa-ción.

Notas:

1 González-Roldán, Jesús Felipe; et al. “Epidemiología del tabaquis-mo en México”, en revista Salud Pública de México, volumen 48, su-plemento 1 de 2006, páginas 91-98 y siguientes.

2 Reynales, Luz Myriam; et al. Costos de atención médica atribuibleal consumo de tabaco en México, 2010.

3 Sáenz de Miera, Belén; Hugh Waters; et al. La economía del taba-co y los impuestos en México, Fundación Bloomberg-Fundación Billy Melinda Gate-Instituto Nacional de Salud Pública, 2010.

4 Cálculo con base en información proporcionada por la FundaciónInteramericana del Corazón México.

5 Organización Mundial de la Salud, Mpower. Informe OMS sobre laepidemia mundial de tabaquismo 2008, Ginebra, 2008, página 40.

6 OMS, Building blocks for tobacco control: a handbook, Génova,2004.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara deDiputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos,a 14 de octubre de 2010.— Diputados: Juan José Guerra Abud, DiegoGuerrero Rubio, Pablo Escudero Morales, Eduardo Ledesma Romo,Alejandro del Mazo Maza, Norma Leticia Orozco Torres, Adriana Sa-rur Torre, Juan Carlos Natale López, Alberto Emiliano Cinta Martínez,

Año II, Primer Periodo, 14 de octubre de 2010 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados342

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Caritina Sáenz Vargas, Liborio Vidal Aguilar, Juan Gerardo Flores Ra-mírez, Rafael Pacchiano Alamán, Lorena Corona Valdés, Carlos Al-berto Ezeta Salcedo (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Pú-blico.

LEY GENERAL DE EDUCACION

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió iniciativa con proyecto de decreto que refor-ma los artículos 14 y 33 de la Ley General de Educación,suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentariodel Partido Verde Ecologista de México.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma los artículos 14 y 33 de laLey General de Educación, suscrita por integrantes delGrupo Parlamentario del PVEM

Los diputados que suscriben, del Grupo Parlamentario delPartido Verde Ecologista de México, integrantes de la LXILegislatura del Congreso de la Unión, con fundamento enlos artículos 71, fracción II, 72, 73, fracción XXV y 78 dela Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de losEstados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56, 62, 179 ydemás relativos del Reglamento Interior del Congreso Ge-neral de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a con-sideración de esta soberanía, la presente iniciativa conproyecto de decreto, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. Introducción

Considerando la importancia actual de los derechos huma-nos, cuya base son los derechos y libertades para todos loshombres y, por lo tanto, la garantía de una vida digna, sehan creado instituciones y celebrado tratados internacio-nales incluyendo, directrices, criterios y resoluciones queforman parte de la normatividad interna de cada país fir-mante; no obstante, en algunos casos, la comunidad inter-nacional ha generado presión por medio de recomendacio-nes, y en ocasiones, realiza señalamientos o imponeobligaciones internacionales, de acuerdo a los compromi-sos asumidos en esta materia.

Para ejemplificar lo anterior, recordemos que la Carta delas Naciones Unidas encomienda a la Asamblea General lafunción de “fomentar la cooperación internacional en ma-terias de carácter [...] cultural y educativo [...] y ayudar ahacer efectivos los derechos humanos y las libertades fun-damentales de todos, sin hacer distinción por motivo deraza, sexo, idioma o religión”.

Asimismo, la Asamblea General proclamó en 1948 la De-claración Universal de Derechos Humanos “como idealcomún por el que todos los pueblos y naciones deben es-forzarse, a fin de que tanto los individuos como las insti-tuciones, inspirándose constantemente en ella, promue-van, mediante la enseñanza y la educación, el respeto aestos derechos y libertades, y aseguren, por medidas pro-gresivas de carácter nacional e internacional, su reconoci-miento y aplicación universales y efectivos [...]”; además,precisa que “la educación tendrá por objeto el pleno desa-rrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento delrespeto a los derechos humanos y a las libertades funda-mentales [...]”.

Por su parte, la Comisión Interamericana de DerechosHumanos, tiene como función principal el promover la ob-servancia y la defensa de estos derechos “formulando re-comendaciones para la adopción de medidas progresivasen favor de los mismos; elaborar estudios; solicitar infor-mes; y operar como órgano de consulta”. Así, existen granvariedad de organismos internacionales creados para ladefensa de estos derechos, como la Corte Interamericanade Derechos Humanos, entre otros.

De esta forma, no debemos perder de vista que a la par delconsenso internacional proteccionista de derechos funda-mentales, se han innovado tecnologías que nos permitenallegarnos de información útil en diversos temas; y, que ensu ausencia, no entenderíamos lo que significa formar par-te de un mundo crecientemente global, cuya tendencia re-sulta inevitablemente en la adopción de estos criterios hu-manistas, y de los avances tecnológicos, económicos,sociales y culturales que nos determinan; logrando conello formar individuos conscientes, tolerantes y competiti-vos. En consecuencia, es imposible apartarnos del avancemundial en el cual se encuentra México inmerso y preci-samente esta globalización motiva la creación de requisi-tos conexos a los estándares internacionales que Méxicono debe ignorar.

En este contexto humano, global y científico, considera-mos oportuno abordar el tema educativo en nuestro país,

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con el propósito de asegurarnos que nuestro sistema gene-re de manera efectiva las herramientas necesarias para in-tegrar a los mexicanos adecuadamente con la sociedad denuestro tiempo.

II. Panorama educativo actual en México

La mayor parte de los estudios elaborados en materia edu-cativa revelan los retos que nuestro país tiene pendiente,entre ellos, primordialmente satisfacer el acceso de todoslos mexicanos a la educación básica; garantizar la conti-nuidad entre los distintos niveles educativos, y más im-portante aún, la inclusión de los estándares suficientes decalidad educativa que doten al estudiante de habilidades yconocimientos adecuados para afrontar los desafíos ycompetitividad que la globalización exige.

De acuerdo con esta consideración, recordemos que ga-rantizar el acceso de todos a la educación básica es unaobligación constitucional para el Estado. En congruencia,desde 1990 los recursos se han destinado al cumplimientode este mandato; sin embargo, se ha olvidado la importan-cia de llevar a cabo acciones para crear un sistema educa-tivo integral y continuo; de esta forma, se ha abandonadola tarea de facilitar el paso de la educación básica a la me-dia superior, no apoyando de manera plenamente satisfac-toria a los estudiantes que han concluido el nivel básico yque deben transitar al siguiente nivel educativo.

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Es indiscutible que se han generado grandes triunfos en elacceso a la educación básica, entre ellos destaca por sumagnitud, las estimaciones para el 2009-2010 incluidas enel Tercer Informe de Gobierno relativas a 99.3 por cientode cobertura educativa, 93.8 por ciento de eficiencia ter-minal, 3.5 por ciento de tasa de reprobación y 1 por cien-to de deserción escolar. Tal como se indica en las siguien-tes tablas:

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No obstante los anteriores porcentajes, hay que reconocerla incapacidad del Estado Mexicano para asegurar un tra-yecto educativo regular para todos los estudiantes; espe-cialmente en los grados que brindan más oportunidades re-muneratorias como el bachillerato cuya coberturaeducativa representa el 58.4 por ciento, una tasa de efi-ciencia terminal de 62.5 por ciento, 32.3 por ciento de re-probación y 14.4 por ciento de deserción escolar; el pro-fesional técnico, con 6.1 por ciento de cobertura,eficiencia terminal del 48.8 por ciento, tasa de reprobaciónde 30.9 por ciento y 22.1 por ciento de deserción, ademásde la licenciatura, con una atención de la demanda de28.5 por ciento.

Esta irregularidad por parte de las autoridades educativas,ha fomentado la creación de un perfil juvenil académica-mente insuficiente, caracterizado por la ausencia de capa-cidades y aptitudes, lo cual limita las opciones de obtenerun empleo estable, útil, bien remunerado y satisfactorio.Por el contrario, la deserción escolar genera actitudes de-vastadoras que terminan subordinando al individuo, em-pobreciéndolo económica y anímicamente, eliminando to-da posibilidad que genere un patrimonio digno, en vista deque la mayor parte de su ingreso tendrá que destinarse asatisfacer sus necesidades básicas.

El acceso a la educación es el primer elemento a cubrir pa-ra garantizar este derecho, su ejecución y continuidad de-be acompañarse forzosamente de un sistema educativo decalidad, que permita desarrollar las potencialidades de ca-da persona a través de aprendizajes relevantes, rentables ypertinentes a las exigencias y características de los indivi-duos, así como de los contextos en los que se desenvuel-ven. En esta cuestión, creemos que no se trata única-mente de que todos asistan a la escuela, sino que suestancia se refleje positivamente en su aprendizaje.

Por otra parte, no debemos dejar de lado la preocupaciónreferente a la continuidad educativa, principalmente en elnivel medio superior, por tratarse de un grupo minoritarioy tomando en cuenta que para el ciclo escolar 2009-2010se estima que la matrícula del primer año de primaria seráde 2 millones 525 mil 18 alumnos, mientras que la esti-mación relativa al ingreso al nivel medio superior es de1,685,613 alumnos y egresarán únicamente 964 mil 214(38.2 por ciento) en contraste con la matrícula de ingresodel primer año de primaria.

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De esta suerte, parece lógico pensar que esta pequeña po-blación estudiantil tiene que tener la posibilidad de conti-nuar con los estudios superiores y concluirlos. Sin embar-go, al no ser esta la regla general, es indispensable tener lacerteza que los esfuerzos invertidos proveen al educandolos conocimientos y habilidades necesarias para competiren las mismas condiciones contra aquel que pudo costearlos gastos educativos de carácter privado que le dotan deestas habilidades con un alto grado de calidad.

No obstante, la realidad ha corroborado lo contrario, esdecir, la situación de desventaja es inminente, los empleosestán reservados para los más cualificados, lo que nos per-mite prever con seguridad cuáles serán los resultados deeste contexto de iniquidad.

En este sentido, Inés Aguerrondo ha enfatizado que la edu-cación de calidad debe permitir a todos la inclusión en elconocimiento válido para contrarrestar las tendencias deiniquidad, derivadas de la sociedad de la información yacentuadas como consecuencia del nuevo capitalismo glo-balizado. Por esto, considera que “el foco de atención es latransformación de los sistemas educativos y de las escue-las para que sean capaces de atender la diversidad de ne-cesidades de aprendizaje del alumnado y, a partir de ellas,puedan lograr su inclusión en el conocimiento”.

Así, no podemos ignorar que entre las principales habili-dades que un estudiante requiere para desenvolverse eneste contexto global, es el manejo de una lengua adicionalal español, preferentemente el inglés y el dominio de ha-bilidades informáticas; en vista de que ambas son indis-

pensables para interactuar con los conocimientos interna-cionales en diversas materias. En este sentido, pocas enti-dades han implantado medidas para la satisfacción de es-tas capacidades, entre ellas destacan

• Hidalgo. “la Secretaría de Educación Pública de Hi-dalgo […] trabaja en el diseño de material didácticoque utilizará en jardines de niños […] como parte delprograma Enseñanza del Idioma Inglés en la Educa-ción Básica en su fase piloto”.

• Durango. Considerando que en las escuelas secunda-rias “se recibe ya una cantidad muy considerable dealumnos que llegan al primer grado de secundaria conbastantes conocimientos de lengua extranjera, productodel Programa de Inglés en Primaria y las iniciativasde padres de familia de enviar a sus niños a tomarcursos de inglés en centros de idiomas u otras insti-tuciones, ha planteado retos importantes a los maes-tros de secundaria […]”

• Coahuila. “pionero en la incorporación de la enseñan-za del idioma inglés, Coahuila se ha distinguido en losúltimos años por ofrecer en los niveles de preescolar yprimaria la enseñanza de ese idioma, con la finalidad deque los alumnos de manera gratuita, obtengan las baseslingüísticas que en los niveles subsecuentes consolidensu aprendizaje, para que respondan con habilidad a losretos que les presenta el nuevo milenio. Es tal la tras-cendencia que ha adquirido el Programa de Inglés enEducación Básica, que se encuentra en proceso de re-visión su posible generalización en el país. […]”.

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En este orden de ideas, el informe Economist intelligenceunit, concerniente a las habilidades para competir en edu-cación post-secundaria en América Latina plantea que “losprofundos cambios en la economía mundial de los últimos20 años han enredado a las empresas latinoamericanas to-davía más en una red de relaciones que abarca todo elmundo. Para poder competir eficazmente […] las empre-sas de la región necesitan trabajadores cuyas habilidadesse adapten a un lugar de trabajo globalizado, colaborativoy en red”.

Asimismo, reitera que “la globalización es la fuerza queimpulsa la creciente importancia de las habilidades socia-les, a medida que los ejecutivos latinoamericanos se handado cuenta que necesitan un […] personal […] capaz deinteractuar con otros profesionales de todo el mundo”. Enconsecuencia, señala que “algunas universidades ya es-tán exigiendo que los estudiantes pasen al menos un se-mestre estudiando en el extranjero. Esto sin duda losayuda a comprender que vivimos en una economía glo-bal y qué debemos hacer para ser exitosos en el merca-do”.

Al parecer se ha perdido de vista lo ineludible, al carecerde mecanismos que aseguren la continuidad educativa decalidad; es decir, estudios sin calidad tienen el mismo re-sultado a no estudiar. No basta cursar muchos años de es-colaridad, si el modelo no es el adecuado, la inversión detiempo, empeño colectivo, desembolso familiar y socialno va a ser significativa para el nivel de ingreso posterior.El sistema no logra garantizar los mismos aprendizajes entodos los niños que acuden a las escuelas públicas y pri-vadas; por eso, en el largo plazo, alcanzar los mismos añosde escolaridad puede no tener los mismos efectos para to-dos, los años de escolaridad de los pobres siguen sin valerlo mismo que los de aquellos estudiantes de contextos conmejor ingreso.

La siguiente gráfica muestra la situación a la que se en-frentan las generaciones actuales en el plano laboral deacuerdo con su preparación profesional:

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Si consideramos que la escolaridad promedio de la pobla-ción de entre 25 y 64 años del país es de 8.9 años, estamosintegrados por una sociedad que cuenta con un nivel aca-démico menor que la secundaria, y por tanto se concluyeque por una jornada laboral normal de 8 horas diarias, unindividuo que cuenta con la primaria (concluida) percibi-rá únicamente alrededor de 117.6 pesos al día.

A la par, el nivel de ingresos de la población ocupada ennuestro país es alarmante, pues 5 millones 960 mil 486personas perciben 1 salario mínimo diario, es decir, deacuerdo con el área geográfica, mensualmente obtienenmil 723.80 pesos (A), mil 675.20 (B) o mil 634.10 (C),mientras que 8 millones 909 mil 670 reciben como máxi-mo 5 mil 171.40 (A), 5 mil 25.60 (B) y 4 mil 902.30 (C)mensuales; por su parte, 3 millones 951 mil 620 no reci-ben ingresos y 7 millones 586 mil 649 (17 por ciento) tie-nen como ingreso máximo 8 mil 619 (A), 8 mil 376 (B) y8 mil 170.5 (C), mientras que estas cantidades representanel monto mínimo que perciben los mejor remunerados (9por ciento de la población).

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Consecuentemente, la posibilidad de alcanzar una vidadigna parece cada vez más lejana, quedando a su alcanceexclusivamente la opción de realizar actividades que norequieran habilidades intelectuales, como los trabajos dealto desgaste físico, rutinarios, sin posibilidades de ascen-so, ni aprendizajes diferenciados; o en su caso, la elecciónde caminos más peligrosos como la delincuencia, prevale-ciendo de esta forma un sistema de convivencia abusiva,violenta y perpetuando liderazgos corruptos y excluyen-tes.

En opinión de Pedro José Peñaloza, “el Estado mexicanoha fallado en la atención a los jóvenes […], sin considerarpolíticas públicas de largo plazo con las que se cubrieransus necesidades, […] los muchachos en la actualidad sonuno de los grupos más vulnerables en materia de violen-cia, empleo y educación”.

En síntesis, la educación que se imparte en nuestro paísdebe contemplar un modelo educativo basado en el pro-greso científico, garantizando los derechos que tiene todapersona de gozar de sus beneficios y aplicaciones; impul-sar un sistema de vida fundado en el constante mejora-miento económico; y fomentar el desarrollo y cooperaciónde las relaciones internacionales en cuestiones científicasy culturales.

En vista de que el progreso científico se manifiesta día adía velozmente, es de suma importancia que el alumno uti-lice la tecnología como cualquier otro estudiante en elmundo desarrollado, por lo que el Estado mexicano debe-rá implementar acciones que garanticen al educando la ad-quisición de habilidades computacionales y de idiomas.No podemos permitir que los empleos mejor remuneradosestén reservados exclusivamente para los estudiantes quesi pudieron desarrollar estas habilidades, debemos encon-trar los mecanismos que promuevan altos niveles de de-sempeño y una distribución equitativa de las oportunida-des de aprendizaje.

III. Medidas implantadas

III.1. Ámbito nacional

Ante este panorama educativo, el Estado mexicano haconferido como misión a la Secretaría de Educación Pú-blica (SEP) crear las condiciones que permitan asegurar elacceso de todos los mexicanos a una educación de cali-dad, en el nivel y modalidad que la requieran y en el lugardonde la demanden.

A pesar de esto, la formación escolar prevaleciente en elnivel medio superior, no ha logrado todavía desarrollar

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plenamente las habilidades que le permitan al estudianteenfrentar los desafíos que se le presentan en la inserción almercado laboral.

De acuerdo con el Programa Sectorial de Educación 2007-2012 (PSE), en la sociedad del conocimiento, la competi-tividad de los países depende, en buena medida, de la for-taleza de sus sistemas educativos y de su capacidad degenerar y aplicar nuevos conocimientos. Así, México de-be hacer de la educación, la ciencia y la tecnología los ejesde su desarrollo, en los que se encuentra la solución a losmás acuciantes problemas nacionales, de ellos depende elincremento de la calidad de vida de la población.

Ante esta problemática, el PSE plantea seis objetivos es-tratégicos, para efectos de esta propuesta se retoman úni-camente los relacionados con la educación media superioren el ámbito de habilidades computacionales:

Objetivo 1. Elevar la calidad de la educación para que losestudiantes mejoren su nivel de logro educativo, cuentencon medios para tener acceso a un mayor bienestar y con-tribuyan al desarrollo nacional.

• Indicador

- Eficiencia terminal.

• Estrategias y líneas de acción

- Entre otras, definir un perfil básico del egresado,por medio del cual se establezcan las competenciasbásicas que los alumnos deben obtener, así comovincular a los jóvenes y a las instituciones educati-vas con su ambiente laboral.

• Acciones implantadas. La Alianza por la Calidad dela Educación busca crear este perfil en el nivel básico através de la capacitación a los docentes y la creación deinstalaciones pertinentes para la impartición educativa.

Objetivo 2. Ampliar las oportunidades educativas parareducir desigualdades entre grupos sociales, cerrar bre-chas e impulsar la equidad.

• Indicadores

- Becas educativas en educación media superior pa-ra alumnos que provienen de hogares cuyo ingresofamiliar no rebasa la línea de pobreza patrimonial

establecida por el Coneval y que no reciben becadel programa Oportunidades.

- Cobertura educativa

• Estrategias y líneas de acción

- Consolidar los programas de becas existentes me-diante el establecimiento de un sistema integrado debecas con un padrón único de beneficiarios, la revi-sión de mecanismos para asignarlas y su ampliacióna los grupos de población en situación de vulnera-bilidad que aún no han sido beneficiados.

- Aumentar la cobertura de la educación media su-perior, dando prioridad a las entidades federativascon mayor rezago y demanda social.

• Acciones implantadas

1. Alianza por la Calidad de la Educación, eje 3, “Bie-nestar y desarrollo integral de los alumnos (condicionessociales para mejorar el acceso, permanencia y egresooportuno)”:

- 2008-2009. 75 mil becas adicionales al programade Oportunidades.

- Diseñar el primer bloque del programa de capaci-tación sobre la concurrencia de programas de desa-rrollo social para el acceso y permanencia en edu-cación básica (plan interinstitucional, SEP-SNTE-Conafe-Sedesol Oportunidades).

2. Becas federales

- Programa de Becas de Nivel Medio Superior.

- Becas para Familias en Pobreza Extrema.

- Becas de retención, apoyo y excelencia para estu-dios de bachillerato. Estas becas pertenecen al Pro-grama Nacional de Becas para la Retención de Estu-diantes de Educación Media Superior (nobeneficiados por otro programa).

- Programa Nacional de Becas de Apoyo a Estudian-tes en Educación Media Superior y al Programa Na-cional de Becas de Excelencia Académica en Educa-ción Media Superior.

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- Becas del Programa de continuidad Educativa delConafe.

- Programa Nacional de Becas a la Excelencia Aca-démica y al Aprovechamiento Escolar.

- Becas Fonabec.

- Becas Conalep.

La siguiente gráfica sintetiza lo indicado

Objetivo 3. Impulsar el desarrollo y utilización de tec-nologías de la información y la comunicación en el sis-tema educativo para apoyar el aprendizaje de los estu-diantes, ampliar sus competencias para la vida yfavorecer su inserción en la sociedad del conocimiento.

• Indicador

- Alumnos por computadora con acceso a Internetpara uso educativo en planteles federales de educa-ción media superior.

• Estrategias y líneas de acción

- Capacitar al profesorado en el acceso y uso de las tec-nologías de la información y la comunicación.

- Promover en las aulas la utilización de espaciosvirtuales para acercar a los docentes y estudiantes ala tecnología de punta, así como desarrollar compe-tencias para su uso.

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- Emplear de manera sistemática en los ambientesescolares dichas tecnologías, para apoyar la inser-ción de los estudiantes en la sociedad del conoci-miento y ampliar sus capacidades para la vida, in-cluyendo la educación y capacitación a distancia yel desarrollo de una cultura informática.

- Modernizar las instalaciones, ampliar la dotaciónde equipos de cómputo y actualizar los sistemasoperativos.

- Establecer convenios entre escuelas para compar-tir instalaciones y equipos.

- Extender el acceso de todos los planteles escolaresa las redes electrónicas de información.

• Acciones implantadas

Alianza por la Calidad de la Educación, eje 1, “Mo-dernización de los centros escolares”:

- Equipamiento con conectividad de centros escola-res para cubrir 75 por ciento de la matrícula de edu-cación básica.

- Durante 2010 se pretende equipar 217 aulas de se-cundarias generales y técnicas instaladas para la fa-se experimental del programa Habilidades Digitalespara Todos.

- Primer informe de la primera fase de expansiónexperimental (finales de 2010).

Como se aprecia, el PSE no considera específicamenteninguna acción relacionada con la enseñanza de una len-gua adicional al español. No obstante, el eje 4 de la Alian-za por la Calidad de la Educación ha creado una serie demetas para la enseñanza del inglés, programadas de la si-guiente forma:

2008-2009

• Contar con los programas de estudio y realizar laprueba piloto de tercero de preescolar a segundo deprimaria.

• Versión final de los programas de estudio de ter-cero a sexto grado de primaria.

• Versión preliminar de los programas de secunda-ria.

2010-2011

• Fortalecer el aprendizaje del idioma inglés en se-cundaria.

Para tal efecto, se aplicará una evaluación diagnóstica de6 mil 375 docentes por la Universidad Nacional Autóno-ma de México (UNAM) y se implantará una etapa deprueba de estancias en el extranjero para capacitar a do-centes en competencias didácticas y lingüísticas en el idio-ma inglés. Así, los compromisos para el siguiente ciclo es-colar consisten en iniciar el proceso de formacióncontinua de 34 mil docentes de secundaria e implementarlas estancias en el extranjero para capacitar en competen-cias didácticas y lingüísticas de este idioma.

El estudiante de educación media superior cuenta con unmínimo de recursos a comparación de los que se otorgan ala educación básica, razón por la que nuestra propuesta seenfoca en los estudiantes de este nivel, al considerar queson el grupo al que se le debe brindar apoyo para darlecontinuidad y calidad a sus estudios y orientándolos paraque adquieran herramientas que les ayuden a incorporarsede manera exitosa en el mercado laboral.

De acuerdo con las acciones consideradas en la Alianzapor la Calidad de la Educación, podemos concluir que ha-ce falta garantizar los siguientes puntos previstos en elPSE:

Considerar acciones para la creación de un perfil educati-vo en el nivel medio superior, por lo cual deben crearseprogramas adicionales para cubrir esta deficiencia queprovoca la falta de continuidad educativa.

Actualmente se destina 19 por ciento de becas educativasal nivel de educación medio superior. De esa proporción,13 por ciento corresponde al programa Oportunidades. Envista a esto, la Alianza por la Calidad de la Educación hadecidido otorgar 75 mil becas adicionales a este programa;sin embargo, es evidente que estos recursos son insufi-cientes para garantizar la continuidad del nivel básico almedio superior. Además, al considerar únicamente el nivelbásico, es indispensable generar un programa adicional aeste programa, mediante el cual se destinen recursos sufi-cientes para cumplir con la creación de un perfil educati-vo que tenga acceso a un mayor bienestar, generando un

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modelo educativo que impulse el desarrollo y utilizaciónde las tecnologías de la información para media superior.

Por otra parte, la inclusión del inglés en el nivel básico, através de la Alianza por la Calidad de la Educación, cons-tituye un gran avance para la sociedad globalizada de laque México es parte, no obstante, al igual que es necesa-rio crear un programa para desarrollar las habilidadescomputacionales descritas en el párrafo anterior, es nece-sario que este mismo programa contemple lo relativo a es-te idioma en el nivel medio superior.

Lo expuesto anteriormente demuestra que los recursos pa-ra la enseñanza de inglés y computación en el nivel mediosuperior son prácticamente inexistentes, habida cuenta quelos esfuerzos se encuentran focalizados en su totalidad alnivel de educación básico; pese a esto, siguen existiendoen el mismo importantes carencias de equipo tecnológico,rezagos en la infraestructura de aulas educativas y la ca-pacitación de los docentes en estas materias iniciará des-pués de 2011.

Con base en las consideraciones anteriores, es prioritarioque el programa que se desarrolle en materia computacio-nal e inglés en el nivel medio superior considere un meca-nismo idóneo para su implantación, tomando en cuenta di-versas propuestas nacionales e internacionales paragarantizar la calidad y continuidad educativa consideradaen el PSE para este nivel educativo.

III.2. Ámbito internacional

En otros países se han implantado medidas para equiparary brindar a todos los estudiantes las mismas oportunidadesde acceder a una educación de calidad.

Entre ellas podemos retomar la idea expuesta por MiltonFriedman –economista estadounidense ganador del Pre-mio Nobel de Economía en 1976– en el artículo “The ro-le of government in the education”, recogido de su obraEconomics and the public interest, relativa a una políticapública, en la que el Estado entrega un bono educativo ca-da ciclo escolar, el cual cubre los gastos educativos del es-tudiante. De esta forma, su peculiaridad radica tanto en sucarácter intransferible como en su finalidad, pues única-mente puede utilizarse para pagar la colegiatura en la es-cuela de su elección. La ventaja que se puede apreciar deeste proyecto deviene del hecho que el Estado continúa fi-nanciando la educación gratuitamente, con la salvedad deque no invierte dinero en infraestructura pública –lo cual

permite obtener beneficios en el corto plazo– sino que loentrega directamente al beneficiario.

Acerca de esta propuesta, se ha dicho que el Bono Educa-tivo debería otorgarse a través de la banca comercial, paraque el alumno pueda cambiar de escuela si no recibe unservicio educativo adecuado o de calidad. Lo anterior, ge-nera la necesidad de que cada institución educativa com-pita contra otras escuelas (sistema público y privado) y enconsecuencia se incremente la calidad educacional, gene-rando una especie de mercado educativo que dependeráúnicamente de si es buena o mala escuela. Por esta razón,el alumno puede elegir entre una institución pública o pri-vada, como lo haría cualquier estudiante que cuenta conlas posibilidades económicas para optar por la escuela conmayor nivel académico. En este punto hay que recalcarque los centros privados, al adherirse a esta política, nopueden cobrar más de lo que el bono ofrece.

El sistema del bono educativo se ha implantado en algu-nos países; como España, específicamente el caso de Va-lencia, donde se le conoce como “cheque escolar”, el cual“es un sistema de ayudas económicas a la escolarizacióninfantil, destinadas a sufragar los gastos de enseñanza deaquellos menores empadronados en el municipio de Va-lencia, que reúnan las condiciones que las Bases Regula-doras del Cheque Escolar disponen anualmente. Este sis-tema intenta contribuir así a la importancia decisiva dedicha etapa escolar en la compensación de desigualdadesen educación”.

En el modelo alemán, además de existir pocas escuelasprivadas cuyo pago es deducible de impuestos, se consi-dera un sistema muy parecido al bono educativo, con lasalvedad de que los recursos se les otorgan a los niños des-de que nacen hasta que cumplen 18 años o más, siempre ycuando continúen con los estudios universitarios. El mon-to que se otorga varía en función del número de hijos y dela necesidad que se demuestre.

Milawaukee (Estados Unidos de América) únicamentedestina el bono educativo a las familias de ingresos másbajos.

Como se aprecia, estos modelos son muy pretenciosos, locual hace prácticamente imposible efectuarlo en un paíscomo México, pero no toda política de bonos tiene quefuncionar igual, ya hemos visto que la implementación havariado dependiendo del lugar en que se lleva a cabo. Elprincipio rector del bono educativo consiste en que se uti-

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liza para mejorar el desempeño y nivel académico de loscolegios públicos y privados, con la finalidad de incre-mentar la equidad (cuando la población beneficiaria es se-leccionada bajo algún criterio de focalización como géne-ro, nivel de ingresos o pobreza, entre otros); reducir labrecha de logro académico; y, equilibrar los cupos (la tasaestudiantes por profesor) entre estos tipos de institucioneseducativas.

Además, no podemos ignorar que nuestro país se enfrentaa muchas otras dificultades que superar como: la crecien-te disminución en el gasto educativo que destinan los ho-gares, situación que se acentúa en los de menor ingreso; elingreso total de los salarios se destina en su mayor pro-porción a la adquisición de alimentos; y los alumnos en lasescuelas menos favorecidas perpetúan los círculos vicio-sos de la pobreza al no adquirir las capacidades indispen-sables en inglés y computación, para estar en condicionesequitativas de competencia en el mercado laboral. Preci-samente por estas razones, es claro que el fomento de es-tas capacidades en la generalidad de los mexicanos dotaráde habilidades que convertirán a la mano de obra mexica-na en un factor de trabajo mucho más competitivo en com-paración a otros países en vías de desarrollo.

A pesar de que la idea genérica del bono educativo puedeser atractiva, nosotros estamos convencidos que la tareadel Estado mexicano no es destinar recursos a las institu-ciones privadas, sino garantizar la misma calidad educati-va desde el sector público, para que de esta forma se ma-terialicen eficazmente las exigencias que hemosdesarrollado en la presente iniciativa y que resultan impe-riosas en nuestro contexto actual. Sin embargo, tampocohay que perder de vista que debido a la carente infraes-tructura educativa en la educación media superior, el obje-tivo parece una tarea difícil de conseguir en el corto plazo,a la par que no podemos darnos el lujo de no brindarle es-ta oportunidad a los estudiantes que hoy conforman el ci-clo educativo, pues entre más tiempo dejemos transcurrir,la omisión acarreará más consecuencias que repercuten di-rectamente en el desarrollo de nuestro país y en la vida deestos estudiantes.

Con la implantación de esta propuesta se estaría reforzan-do y por lo tanto apoyando a la continuidad y calidad de laeducación media superior, al garantizar efectivamente elprogreso científico; de esta manera, México habrá dado ungran paso en el ámbito de derechos humanos, sentandolas bases para la competitividad de la formación, termi-nando con una situación que redunda en la inequidad, la

desigualdad y el deterioro institucional, cumpliendo tantocon los compromisos internacionales, como con las de-mandas que afligen a nuestro país.

IV. Viabilidad de la iniciativa

De acuerdo con lo planteado, nuestra propuesta consisteen incorporar al progreso científico, reconocido en trata-dos internacionales, traducido en educación de calidad encomputación e inglés en el nivel medio superior a travésde la implementación de un programa que garantice sucumplimiento.

De esta forma, hay que señalar en primer lugar, que el Es-tado Mexicano al reconocer el derecho que tiene toda per-sona a gozar de los beneficios del progreso científico y desus aplicaciones, se obligó a adoptar las medidas que ase-guren su pleno ejercicio, entre las que figurarán las nece-sarias para la conservación, el desarrollo y la difusión dela ciencia y de la cultura; de acuerdo a los beneficios quederivan del fomento y desarrollo de la cooperación y delas relaciones internacionales en cuestiones científicas yculturales.

En consecuencia, se ha comprometido a adoptar providen-cias, especialmente económicas y técnicas, para lograrprogresivamente la plena efectividad de los derechos quese derivan de las normas económicas, sociales y sobreeducación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de laOrganización de los Estados Americanos, reformada porel Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursosdisponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.Asimismo, de conformidad con la Convención Americanasobre Derechos Humanos, México, de nueva cuenta, asu-mió el compromiso de adoptar […] las medidas legislati-vas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerefectivos los derechos y libertades que no estuviesen ga-rantizados internamente”.

Así, el sustento jurídico de esta propuesta tiene como ba-se lo establecido en la Carta Magna, la cual prevé que lasleyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y to-dos los tratados internacionales que estén de acuerdo conella, celebrados por el presidente de la República, conaprobación del Senado, serán la ley suprema de toda launión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dichaConstitución, leyes y tratados, a pesar de las disposicionesen contrario que pueda haber en las Constituciones o leyesde los Estados.

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De lo expuesto se desprende que “los tratados interna-cionales [independientemente de su denominación] seubican jerárquicamente abajo de la Constitución Fe-deral y por encima de las leyes generales, federales ylocales, en la medida en que el Estado Mexicano al sus-cribirlos, […] contrae libremente obligaciones frente ala comunidad internacional que no pueden ser desco-nocidas invocando normas de derecho interno y cuyoincumplimiento supone, por lo demás, una responsabi-lidad de carácter internacional”.

Consecuentemente, en materia educativa, nuestro sistemajurídico a través del artículo 3o. de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos atribuye como obli-gación del Estado el impartir y, por consiguiente, el corre-lativo derecho de todo individuo a recibir un modeloeducativo con un criterio orientador que tenga como baselos resultados del progreso científico y que luche contra laignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismosy los prejuicios, adicionalmente, tenderá a desarrollar ar-mónicamente todas las facultades del ser humano y fo-mentar en él, a la vez, el amor a la patria y la concienciade la solidaridad internacional, en la independencia y en lajusticia. Además, será democrático, considerando a la de-mocracia no solamente como una estructura jurídica y unrégimen político, sino como un sistema de vida fundadoen el constante mejoramiento económico, social y culturaldel pueblo; nacional, en cuanto –sin hostilidades ni exclu-sivismos– atenderá a la comprensión de nuestros proble-mas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defen-sa de nuestra independencia política, al aseguramiento denuestra independencia económica y a la continuidad yacrecentamiento de nuestra cultura; y contribuirá a la me-jor convivencia humana, tanto por los elementos que apor-te a fin de robustecer en el educando, junto con el apreciopara la dignidad de la persona y la integridad de la fami-lia, la convicción del interés general de la sociedad, cuan-to por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fra-ternidad e igualdad de derechos de todos los hombres,evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, desexos o de individuos.

Para la consecución de esos fines, la Constitución federalestablece que “el Congreso tiene facultad […] para dictarlas leyes encaminadas a distribuir convenientemente entrela federación, los estados y los municipios el ejercicio dela función educativa y las aportaciones económicas co-rrespondientes a ese servicio público, buscando unificar ycoordinar la educación en toda la República […]”.

En concordancia, la jurisprudencia emitida por la SupremaCorte de Justicia de la Nación (SCJN) determina que “elórgano reformador de la Constitución determinó, en di-versos preceptos, la posibilidad de que el Congreso de laUnión fijara un reparto de competencias, denominado “fa-cultades concurrentes”, entre la Federación, las entidadesfederativas y los Municipios e, inclusive, el Distrito Fede-ral, en ciertas materias, como son la educativa (artículos3o., fracción VIII; y 73, fracción XXV¨[…] Esto es, en elsistema jurídico mexicano las facultades concurrentes im-plican que las entidades federativas, incluso el DistritoFederal, los Municipios y la Federación, puedan actuarrespecto de una misma materia, pero será el Congreso dela Unión el que determine la forma y los términos de laparticipación de dichos entes a través de una ley general”.

De esta forma, la Ley General de Educación (LGE) esta-blece lo siguiente:

Artículo 1. Esta ley regula la educación que impartenel Estado –federación, entidades federativas y munici-pios–, sus organismos descentralizados y los particula-res con autorización o con reconocimiento de validezoficial de estudios. Es de observancia general en toda laRepública y las disposiciones que contiene son de or-den público e interés social.

Lo anterior significa que su objeto es la regulación de laeducación del Estado en todos sus niveles, esto es emitirlineamientos o directrices para que la educación funcioneen cada nivel, la LGE se divide en capítulos que corres-ponden a cada una de las facultades y competencias quetiene cada autoridad, sin olvidar las facultades concurren-tes que llegan a tener dichos niveles y que según se expli-ca en el párrafo anterior la Suprema Corte de Justicia hadefinido de manera clara el significado de “facultadesconcurrentes”.

De acuerdo con este punto, el Capítulo II de la LGE, “Delfederalismo educativo” establece el reparto de competen-cias en materia educativa del siguiente modo:

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De este reparto de facultades se advierte que la educaciónmedia superior no se considera de manera exclusiva enninguno de los artículos anteriores.

De una lectura puntual, se desprende que estas atribucio-nes se dirigen únicamente a la educación básica y todo lorelacionado con ella, omitiendo cualquier referencia a laeducación media superior; sin embargo, en el artículo 14,al plantear explícitamente la concurrencia de facultades,provoca que aquello que no se considera como exclusivopara ninguna autoridad en particular sea concurrente, deconformidad a lo dispuesto en las siguientes jurispruden-cias.

Registro número 921386Localización: Novena época Instancia: Pleno Fuente: Apéndice (actualización 2002) Tomo I, Const., P.R. SCJN Página: 156 Tesis: 32 JurisprudenciaMateria(s): Constitucional

Educación. El artículo 4o. de la ley relativa del Dis-trito Federal, que establece la obligación del gobier-no de esa entidad de impartir la educación preesco-lar y media superior, no contraviene la distribuciónde la función social educativa establecida en la LeyGeneral de Educación. El artículo 3o. de la Ley Ge-neral de Educación establece la obligación del Estadode prestar servicios educativos para que toda la pobla-ción pueda cursar la educación preescolar, la primaria yla secundaria, dentro del marco de la concurrencia pre-vista en la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos y conforme a la distribución de la funciónsocial educativa que establece la propia ley en men-ción; y el numeral 14 de dicho ordenamiento gene-ral dispone que corresponde a las autoridades edu-cativas, federal y locales, de manera concurrente,entre otras atribuciones, la de prestar servicios edu-cativos distintos a los previstos en las fracciones I yIV del artículo 13 de tal ordenamiento, esto es, losrelativos a los de educación inicial, básica, indígena,especial, normal y demás para la formación demaestros, así como los de actualización, capacita-ción y superación profesional para los maestros deeducación básica. Por tanto, el artículo 4o. de la Leyde Educación del Distrito Federal, al señalar comoobligatoria la impartición de la educación preesco-

lar, primaria, secundaria y media superior, lejos detransgredir aquella legislación, se apega a la distri-bución de la función social educativa que establece.

Novena Época:

Controversia constitucional 29/2000.- Poder Ejecutivofederal.- 15 de noviembre de 2001.- Once votos.- Po-nente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.- Secretario:Pedro Alberto Nava Malagón.

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomoXV, enero de 2002, página 1036, pleno, tesis P./J.145/2001; véanse la ejecutoria y el voto en las páginas919 y 1026, respectivamente, de dicho tomo.

Registro número 187996Localización: Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Ga-ceta XV, enero de 2002 Página: 1037 Tesis: P./J. 149/2001 JurisprudenciaMateria(s): Constitucional

Educación. El artículo 9o. de la ley relativa del Dis-trito Federal no transgrede el orden constitucional,pues el criterio que orientará la educación que im-parta el gobierno de esa entidad es coincidente condiversos principios rectores del Estado establecidosen la ley fundamental. El artículo 3o. de la Constitu-ción Política de los Estados Unidos Mexicanos estable-ce el criterio que orientará la educación que imparta elEstado, previendo que será democrático, nacional ycontribuirá a la mejor convivencia humana, y seña-lando cómo se integran y logran esos aspectos; asi-mismo, del análisis al artículo 9o. de la Ley de Educa-ción del Distrito Federal, se desprende que, auncuando incluyen en el criterio que orientará la edu-cación que imparta el gobierno de esa entidad, cues-tiones que no prevé o refiere la Norma Fundamen-tal, no es inconstitucional, ya que además de reiterarlos principios rectores de la educación que estableceel artículo 3o. constitucional, sin contravenirlos enforma alguna, al añadir otros criterios que regiránla educación local también reitera diversos princi-pios que se contienen en los artículos 1o., 2o., 4o., 25y 27 constitucionales, por lo que al ser coincidentes

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los criterios que orientarán la educación que impar-ta el Gobierno del Distrito Federal, en términos delartículo 9o. de la Ley de Educación de la entidad, conlos principios rectores del Estado establecidos en elorden constitucional, lejos de transgredirlo, se ajus-tan a su mandato.

Controversia constitucional 29/2000. Poder Ejecutivofederal. 15 de noviembre de 2001. Once votos. Ponen-te: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Pe-dro Alberto Nava Malagón.

El tribunal pleno, en la sesión privada celebrada hoy,once de diciembre en curso, aprobó, con el número149/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. Méxi-co, Distrito Federal, a once de diciembre de dos miluno.

Registro número 187999Localización: Novena ÉpocaInstancia: PlenoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su Ga-cetaXV, enero de 2002Página: 1035Tesis: P./J. 146/2001JurisprudenciaMateria(s): Constitucional

Educación. El artículo 4o. de la ley relativa del Dis-trito Federal cumple el mandato contenido en el di-verso 32 de la Ley General de Educación, al permi-tir que el gobernado ejerza en forma plena suderecho a la educación y logre una efectiva igualdaden oportunidades de acceso y permanencia en losservicios educativos. De lo dispuesto en el artículo 32de la Ley General de Educación se desprende que la in-tención del legislador fue que la función de las autori-dades educativas permitiera el ejercicio pleno del dere-cho a la educación de cada individuo, así como unamayor equidad educativa y el logro de la efectiva igual-dad en oportunidades de acceso y permanencia en losservicios educativos, por lo que es inconcuso que si elartículo 4o. de la Ley de Educación del Distrito Federalestablece la obligación de impartir la educación prees-colar y media superior por parte del gobierno de dichaentidad, se cumple con ese mandato.

Controversia constitucional 29/2000. Poder Ejecutivofederal. 15 de noviembre de 2001. Once votos. Ponen-

te: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Pe-dro Alberto Nava Malagón.

El tribunal pleno, en la sesión privada celebrada hoy,seis de diciembre en curso, aprobó, con el número146/2001, la tesis jurisprudencial que antecede. Méxi-co, Distrito Federal, a seis de diciembre de dos mil uno.

En consecuencia, cabe aclarar que la modificación queproponemos, se debe incorporar en una facultad concu-rrente (según el termino se ha explicado), en virtud de queel nivel medio superior está actualmente compuesto pormaterias aisladas y será más fácil que cualquier autoridad,ya sea, federal o local implemente o ejecute esta nuevaobligación con la finalidad de permitir la implementaciónde estas herramientas de manera eficaz.

Por lo anterior, la traspolación en la LGE de los linea-mientos del progreso científico, con las características queya se han mencionado, son imprescindibles, en el entendi-do de que hasta el momento su implantación se consideraen la educación secundaria pero no a nivel media superior,esto es, independientemente de que es absolutamente ne-cesario el apoyo a la continuidad educativa que obvia-mente no se ha podido lograr del sexto año de primaria ala secundaria, no debemos olvidar que con el ánimo deque esta continuidad en la educación se pueda llevar a ca-bo de manera satisfactoria es absolutamente necesario laincorporación de estos lineamientos en el nivel medio su-perior.

Ahora bien, para cumplir lo que se pretende adicionar enel artículo 14, es necesario que el artículo 33 incorpore unprograma que incluya estas acciones, para asegurarnos dela continuidad educativa, especialmente la media superior,apoyando el progreso científico con las herramientas tec-nológicas indispensables para desarrollar habilidadescomputacionales y el manejo de un idioma extranjero, conla finalidad de formar estudiantes competentes en el mer-cado laboral, y así garantizar “el derecho de toda personaa tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un tra-bajo libremente escogido o aceptado” para hacerse de unaremuneración que proporcione, entre otras, las condicio-nes de existencia dignas.

V. Propuesta

La presente iniciativa tiene como objetivo adecuar el ac-tual marco jurídico en materia educativa, con la finalidadde permitir la implantación de acciones, que eficazmente

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permitan al estudiante que cursa estudios de nivel mediosuperior, contar con las herramientas tecnológicas indis-pensables para generar habilidades computacionales y elmanejo de una lengua extranjera, preferentemente inglés,garantizando así condiciones de equidad e igualdad conlas que cuenta aquel que procede de una escuela privada yle posicionan en una situación ventajosa en diversos cam-pos económicos como el acceder a un empleo bien remu-nerado, interactuar en el ámbito de los negocios interna-cionales y las innovaciones científico-tecnológicas.

De esta manera, se propone incorporar en artículo 14 de laLey General de Educación los compromisos internaciona-les que nuestro país ha reconocido y se ha comprometidoa asumir; específicamente, los enumerados en el artículo15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, So-ciales y Culturales que a la letra señala:

Artículo 15

1. Los Estados partes en el presente pacto reconocen elderecho de toda persona a

a) Participar en la vida cultural;

b) Gozar de los beneficios del progreso científico yde sus aplicaciones;

c) Beneficiarse de la protección de los intereses mora-les y materiales que le correspondan por razón de lasproducciones científicas, literarias o artísticas de quesea autora.

2. Entre las medidas que los Estados partes en elpresente pacto deberán adoptar para asegurar elpleno ejercicio de este derecho, figurarán las nece-sarias para la conservación, el desarrollo y la difu-sión de la ciencia y de la cultura.

3. Los Estados partes en el presente pacto se compro-meten a respetar la indispensable libertad para la inves-tigación científica y para la actividad creadora.

4. Los Estados partes en el presente pacto reconocenlos beneficios que derivan del fomento y desarrollode la cooperación y de las relaciones internacionalesen cuestiones científicas y culturales.

Lo anterior se materializará con la creación de un progra-ma que otorgue los apoyos económicos que aseguren el

desarrollo de las habilidades informáticas y de idiomasque permitan al educando interactuar en temas internacio-nales de carácter científico y cultural de acuerdo al pro-greso científico, a través de la adición de una fracción alartículo 33 de este ordenamiento.

Estamos convencidos que tras la aprobación de esta refor-ma, se crearán las condiciones necesarias para que los mé-ritos académicos determinen las oportunidades laborales yno como sucede hoy, que en función de privilegios cir-cunstanciales los empleos mejor remunerados son paraunos cuantos.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados que suscri-ben, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Ver-de Ecologista de México en esta soberanía, someten a con-sideración de este honorable Pleno, el siguiente proyectode:

Decreto que adiciona una fracción IX al artículo 14 yuna fracción XV al artículo 33 de la Ley General deEducación, relativo al vale educativo

Artículo Único. Se adiciona la fracción IX, recorriéndoseun lugar las subsiguientes, del artículo 14 y se adiciona lafracción XV, recorriéndose un lugar la subsiguiente, delartículo 33, ambos de la Ley General de Educación, paraquedar como sigue:

Artículo 14. Adicionalmente a las atribuciones exclusivasa las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde alas autoridades educativas federal y locales de maneraconcurrente, las atribuciones siguientes:

I. a VIII. …

IX. Promover e implementar dentro de la educacióntipo media-superior las medidas que aseguren el de-recho que tiene toda persona a gozar de los benefi-cios del progreso científico y de sus aplicaciones de-sarrollando las habilidades informáticas y deidiomas que le permitan al educando interactuar entemas internacionales de carácter científico y cultu-ral, a través de convenios en el ámbito de cada com-petencia, según lo establecido en esta ley.

Para alcanzar dicho objetivo las instituciones edu-cativas de tipo medio-superior tanto escolarizadascomo de educación abierta, a distancia o por cual-quier otro medio tecnológico, establecerán en sus

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planes educativos asignaturas para la enseñanza delenguas extranjeras y computación.

En los casos en que no cuenten con la infraestructu-ra para su enseñanza, entregarán a los estudiantes,en forma directa, un vale educativo canjeable porlos cursos que por cada materia les impartirán ins-tituciones educativas especializadas en idiomas y/ocomputación, mismos que deberán instrumentarseen programas diseñados en módulos con duraciónde por lo menos una hora por semana por cada asig-natura, para lo cual las autoridades competentescelebrarán los convenios respectivos con las institu-ciones educativas especializadas en cada entidad fe-derativa.

X. al XIV. …

Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículoanterior, las autoridades educativas en el ámbito de susrespectivas competencias llevarán a cabo las actividadessiguientes:

I. a XIV. …

XV. Desarrollarán los programas para otorgar losapoyos económicos, por medio de vales educativos, afin de instrumentar las medidas que aseguren eldesarrollo de las habilidades informáticas y de idio-mas que le permitan al educando interactuar en te-mas internacionales de carácter científico y culturalde acuerdo al progreso científico de conformidad alartículo 14 de esta ley.

XVI. ….

Transitorios

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día 1º de enero de 2011.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara deDiputados del honorable Congreso de la Unión, a los 14 días del mesde octubre del año 2010.— Diputados: Juan José Guerra Abud, DiegoGuerrero Rubio, Pablo Escudero Morales, Eduardo Ledesma Romo,Alejandro del Mazo Maza, Norma Leticia Orozco Torres, Adriana Sa-

rur Torre, Juan Carlos Natale López, Alberto Emiliano Cinta Martínez,Caritina Sáenz Vargas, Liborio Vidal Aguilar, Juan Gerardo Flores Ra-mírez, Rafael Pacchiano Alamán, Lorena Corona Valdés, Carlos Al-berto Ezeta Salcedo (rúbricas).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Educación y ServiciosEducativos.

LEY DE PLANEACION

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Se recibió de la diputada Adriana Sarur Torre, del Gru-po Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México,iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo2o. de la Ley de Planeación.

La Secretaria diputada María Guadalupe García Al-manza: «Iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Leyde Planeación, a cargo de la diputada Adriana Sarur Torre,del Grupo Parlamentario del PVEM

La suscrita, Adriana Sarur Torre, diputada de la LXI Le-gislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantedel Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista deMéxico, con fundamento en los artículos 71, fracción II,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos; 55 fracción II y 62 del Reglamento para el GobiernoInterior del Congreso General de los Estados Unidos Me-xicanos, presenta ante el pleno de esta honorable asam-blea, la presente iniciativa que contiene proyecto de de-creto, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La planeación es una función de la administración queconsiste en identificar los objetivos generales a corto, me-diano o largo plazos, para definir las políticas o estrategiaspara alcanzar esos objetivos, y ordenarlos de acuerdo aprioridades; y establece el marco normativo dentro delcual se desenvuelven las acciones de la entidad que se hapropuesto la planeación.

En México se alude a la planeación a partir del contenidode los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, que hacen referencia a la pla-neación del desarrollo y a las directrices de la economía,que encierran la variable ecológica.

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El artículo 25 de la Constitución vigente, reza:

Articulo 25. Corresponde al Estado la rectoría del de-sarrollo nacional para garantizar que éste sea integral ysustentable, que fortalezca la soberanía de la nación ysu régimen democrático y que, mediante el fomento delcrecimiento económico y el empleo y una más justadistribución del ingreso y la riqueza, permita el plenoejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos,grupos y clases sociales, cuya seguridad protege estaConstitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará laactividad económica nacional, y llevará a cabo la regula-ción y fomento de las actividades que demande el interésgeneral en el marco de libertades que otorga esta Consti-tución.

Al desarrollo económico nacional concurrirán, con res-ponsabilidad social, el sector público, el sector social y elsector privado, sin menoscabo de otras formas de activi-dad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva,las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, pá-rrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre elgobierno federal la propiedad y el control sobre los orga-nismos que en su caso se establezcan.

Asimismo podrá participar por sí o con los sectores socialy privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organi-zar las áreas prioritarias del desarrollo.

Bajo criterios de equidad social y productividad se apoya-rá e impulsará a las empresas de los sectores social y pri-vado de la economía, sujetándolos a las modalidades quedicte el interés público y al uso, en beneficio general, delos recursos productivos, cuidando su conservación y elmedio ambiente.

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organi-zación y la expansión de la actividad económica del sectorsocial: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, coo-perativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayo-ritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general,de todas las formas de organización social para la produc-ción, distribución y consumo de bienes y servicios social-mente necesarios.

La ley alentará y protegerá la actividad económica que rea-licen los particulares y proveerá las condiciones para queel desenvolvimiento del sector privado contribuya al de-sarrollo económico nacional, en los términos que estable-ce esta Constitución.

Por su parte el artículo 26 del mismo ordenamiento, men-ciona:

Artículo 26. El Estado organizará un sistema de plane-ación democrática del desarrollo nacional que imprimasolidez, dinamismo, permanencia y equidad al creci-miento de la economía para la independencia y la de-mocratización política, social y cultural de la nación.

Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Consti-tución determinarán los objetivos de la planeación. La pla-neación será democrática. Mediante la participación de losdiversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y de-mandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los pro-gramas de desarrollo.

Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetaránobligatoriamente los programas de la administración pú-blica federal.

La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los pro-cedimientos de participación y consulta popular en el sis-tema nacional de planeación democrática, y los criteriospara la formulación, instrumentación, control y evaluacióndel plan y los programas de desarrollo. Asi mismo deter-minará los órganos responsables del proceso de planea-ción y las bases para que el Ejecutivo Federal coordinemediante convenios con los gobiernos de las entidades fe-derativas e induzca y concierte con los particulares las ac-ciones a realizar para su elaboración y ejecución.

En el sistema de planeación democrática, el Congreso dela Unión tendrá la intervención que señale la ley.

La planeación fue integrada como parte de la política am-biental como referencia normativa en lo general, y en loparticular, a través de todos los programas e instrumentos,locales o regionales, implantados por el Estado en materiade medio ambiente.

La planeación en materia ambiental en sus inicios se in-cluyó como parte del Plan Nacional de Desarrollo para losaños 1983, 1988, se enfatiza aún más en 1990, con el Pro-

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grama Nacional para la Protección del Medio Ambiente(1990-1994), en ese entonces realizado por la Secretaríade Desarrollo Urbano y Ecología (Sedue).

En 1992, la Sedue se transformó en Secretaría de Desa-rrollo Social (Sedesol), creándose dentro de ésta dos Or-ganismos Desconcentrados: El Instituto Nacional de Eco-logía (INE), y la Procuraduría Federal de Protección alAmbiente (Profepa); dos años mas tarde estos dos orga-nismos pasan a formar parte de la Secretaría del MedioAmbiente, Recursos Naturales y Pesca (Semarnap)1, pordecreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el28 de diciembre de 1994.

La política ambiental articulada a la llamada área de cre-cimiento ambiental, ambas con fuerza jurídica, son los dosprincipales instrumentos del Plan Nacional de Desarrollo2001-2006, en los que podemos ubicar las premisas gene-rales que orientan a tomar en consideración la normaliza-ción dentro de las acciones específicas de planeación a es-te respecto el objetivo tercero, dentro objetivosprimordiales para el crecimiento con calidad del planindica:

3. Crear condiciones para un desarrollo sustentable.

El crecimiento que busca el plan es un crecimiento con ca-lidad, que ocurra con tasas altas, sostenidas y estables, yque excluya la recurrencia de crisis. Se trata de un creci-miento ecológicamente sustentable, que sea capaz de ba-lancear la expansión económica y la reducción de la po-breza con la protección del medio ambiente; de uncrecimiento que avance en la equidad de oportunidadesentre personas, regiones y sectores. Es decir, una dinámi-ca que permita generar y canalizar recursos suficientes pa-ra combatir los rezagos y financiar proyectos de inclusiónen el desarrollo.”2

El objetivo de crear condiciones para un desarrollo sus-tentable, promueve la normalización y la metrología, inci-sos F y N, de la siguiente manera:

“f. Promover el uso y aprovechamiento de la tecnologíay de la información.

Es imprescindible promover acciones para el uso y apro-vechamiento de las tecnologías como recursos estratégi-cos que contribuyan a la satisfacción de las necesidades dela sociedad mexicana y adoptar los mejores estándares

tecnológicos y medidas que protejan la propiedad intelec-tual. El Ejecutivo federal fortalecerá el sistema nacionalde metrología, normalización y evaluación de la confor-midad.

n. Aplicación de nuevas tecnologías para la producción,así como políticas para inhibir el uso de técnicas y cos-tumbres dañinas al medio ambiente.”3

Otras disposiciones constitucionales relevantes para laplaneación y la formulación de la política ambiental delpaís, son las disposiciones relativas a las facultades paracelebrar convenios de las partes de la Federación, pues losecosistemas deben tratarse como patrimonio común puesde sus actividades dependen la vida y las posibilidadesproductivas del país, a saber:

El artículo 116, fracción VII, primer párrafo, relativo a losconvenios entre la federación y los estados.

VII. La federación y los estados, en los términos de ley,podrán convenir la asunción por parte de estos, del ejerci-cio de sus funciones, la ejecución y operación de obras yla prestación de servicios públicos, cuando el desarrolloeconómico y social lo haga necesario.

El artículo 116, fracción VII, segundo párrafo, relativo alos convenios entre los estados y los municipios.

“Los estados estarán facultados para celebrar esos con-venios con sus municipios, a efecto de que estos asu-man la prestación de los servicios o la atención de lasfunciones a las que se refiere el párrafo anterior.”

En paralelo la planeación se extiende en la normatividadsecundaria, en el caso de la Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente en su Título Pri-mero.- Disposiciones Generales, Capitulo IV, enumera losInstrumentos de la Política Ambiental:

Los principales instrumentos de política ambiental son:

1) Planeación ambiental.

2) Ordenamiento ecológico del territorio.

3) Instrumentos económicos.

4) Regulación ambiental de los asentamientos humanos

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5) Evaluación del impacto ambiental.

6) Normas oficiales mexicanas en materia ambiental

7) Autorregulación y auditorías ambientales.

8) Investigación y educación ecológicas.

Siguiendo el texto del artículo 17 de la LEGEEPA, la po-lítica ambiental se incorpora como parte de la planeaciónnacional, a saber:

Artículo 17. En la planeación nacional del desarrollose deberá incorporar la política ambiental y el ordena-miento ecológico que se establezcan de conformidadcon esta ley y las demás disposiciones en la materia.

En la planeación y realización de las acciones a cargo delas dependencias y entidades de la administración públicafederal, conforme a sus respectivas esferas de competen-cia, así como en el ejercicio de las atribuciones que las le-yes confieran al gobierno federal para regular, promover,restringir, prohibir, orientar y en general inducir las accio-nes de los particulares en los campos económico y social,se observarán los lineamientos de política ambiental queestablezcan el Plan Nacional de Desarrollo y los progra-mas correspondientes.”

Por lo tanto para adelantarnos en el contenido de la plane-ación para el cambio climático, sin pretender agotar el te-ma, se advierte ya que forma parte de la política ambien-tal y que existe una relación con los otros instrumentos depolíticas públicas.

Dentro de la estructura normativa de la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se in-corporan los fundamentos de desarrollo sustentable, losaspectos ambientalmente relevantes para la industria y delmismo modo las variables ambientales relacionadas alcrecimiento.

En ese orden de ideas el debate actual de la relación desa-rrollo, recursos naturales y empresas gira en torno a:

a) La relación entre producción y transformación delambiente.

b) La relación entre el grado de bienestar y el deterioroambiental.

c) La relación entre el ambiente, el desarrollo y lastransformaciones tecnológicas en los procesos indus-triales.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protecciónal Ambiente, en lo sucesivo LEGEEPA, es el instrumentojurídico de protección integral del ambiente; desde su pu-blicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 deenero de 1988, formó un sistema normativo para regularlas problemáticas ambientales y el aprovechamiento sus-tentable de los recursos naturales.

La atmósfera es un bien público, que puede considerarsecomo recurso ambiental común, excluido de un sistema deregulación de acceso; es también una externalidad econó-mica, la cual indistintamente de quien contribuya a su cui-dado o mantenimiento, transfiere los deterioros creadospor el hombre a todos los que se ven o se verán afectadospor los cambios en la atmósfera.

El efecto invernadero es un fenómeno que se presenta por-que la atmósfera capaz de absorber radiación infrarrojapor medio de gases tales como el dióxido de carbono(CO2), el vapor de agua, el ozono (O3), el óxido nitroso(N3O), el metano (CH4) y los clorofluoruros (CFC), cono-cidos como gases efecto invernadero. Al aumentar lasconcentraciones atmosféricas de gases efecto invernaderose registra una mayor absorción de radiación inflarroja y,por ende, incrementos en la temperatura de la Tierra, a estefenómeno se le conoce como Cambio Climático.

El cambio climático es un fenómeno que cada vez másatrae la atención de los gobiernos, bajo la idea de riesgopotencial para la economía, pues de este fenómeno se de-rivan sequías, precipitación excesiva y afectación generalen los ecosistemas. Estos cambios impactan en la econo-mía afectando la industria eléctrica, petrolera, siderúrgica,celulosa, cemento, entre otras, industrias en general que secaracterizan por ser intensivas en insumos “energéticos” yestán asociadas a las emisiones significativas de efecto in-vernadero.

El incremento anual de las concentraciones de CO2, se rela-ciona principalmente con las emisiones producidas por laquema de combustibles fósiles, es decir, bióxido de carbonoproducto del consumo energético de la industrialización.

Actualmente la mayor parte de las emisiones provienen delos países industrializados, en contrapeso algunos de elloshan adquirido compromisos de mitigación ambiental.

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En 1988 el Programa de Naciones Unidas para el MedioAmbiente creó el Panel Intergubernamental sobre CambioClimático, cuyo objeto fue el evaluar los impactos am-bientales y socioeconómicos del cambio climático. Deacuerdo a este panel de no implantarse políticas que re-duzcan las emisiones de gases invernadero, la temperatu-ra de la Tierra podría incrementar de 1 a 3.5 grados centí-gradas y el nivel del mar crecería entre 15 y 95centímetros para el año 2100, estos cambios pronosticadosafectan potencialmente el clima y por tanto resultan perju-diciales tanto para la economía, como para la calidad devida (escasez de agua, alimentos, ecosistemas degradadosy problemas de salud) etcétera.4

Los costos de mitigación y adaptación pueden reducirseutilizando políticas flexibles y costo-efectivas basadas enincentivos económicos, así como instrumentos coordina-dos internacionalmente.

El 9 de mayo de 1992, en la ciudad de Nueva York, seadoptó la Convención de las Naciones Unidas sobre elCambio Climático, la cual ha sido ratificada por 175 paí-ses (entre ellos México el 21 de marzo de 1994), conside-rando que su objetivo y el de todo instrumento jurídicoconexo que adopte su la Conferencia es lograr la estabili-zación de las concentraciones de gases de efecto inverna-dero en la atmósfera a un nivel que impida interferenciasantropogénicas peligrosas en el sistema climático. Laadaptación natural de los ecosistemas al cambio climático,es la calve del desarrollo sostenible.

La implantación de la Convención se ha revisado en tresocasiones, 1995 Berlín, 1996 Ginebra, y 1997 Kyoto, Ja-pón, en donde se concretó el Protocolo de Kyoto, con lacual se aprobaron los compromisos legales cuyo origendebe situarse en los trabajos de la Cumbre de la Tierra ce-lebrada en la Ciudad de Río de Janeiro, Brasil en 1992;donde los países desarrollados se comprometieron a redu-cir antes de 2010, sus emisiones de gases de efecto inver-nadero a los niveles que tenían antes de 1990.

El 16 de febrero de 2005, entró en vigor el Protocolo deKyoto, instrumento que cuenta con 28 artículos y, aparta-dos que tocan temas como el de los mecanismos de desa-rrollo limpio para evaluaciones de emisiones contaminan-tes, promoción del desarrollo sostenible, nuevas yrenovables formas de energía, incentivos fiscales y exen-ciones tributarias, etc. Tiene como objetivo fundamental lareducción de las emisiones de seis gases de efecto inver-nadero que provocan el calentamiento de la tierra, éstos

son: el dióxido de carbono, el metano, el protoxido de ni-trógeno y tres gases fluorados, pretendiendo, además, dis-minuir considerablemente el uso de energías fósiles comoel carbón, el petróleo y el gas, que representan el 80 porciento de dichas emisiones.

Este protocolo ya ha sido ratificado por al menos 171 paí-ses (México lo ratificó 29 de abril de 2000). La ratifica-ción de Rusia el 18 de noviembre de 2004, oficializada el16 de febrero por la ONU, ha permitido que este protoco-lo entre en vigor.

La convención marco de Cambio Climático y el Protoco-lo de Kyoto constituyen un esfuerzo por desarrollar nue-vas instituciones (normas, acuerdos, organizaciones ycompromisos) capaces de regular el uso de la atmósferacomo bien público. El cambio climático es un fenómenocon consecuencias inciertas, la racionalidad económicamarcaría la adopción de un esquema de política global enque la prevención debe tener un papel preponderante.

En este orden de ideas, resolver el problema del calenta-miento global significa internalizar los costos a través delsistema de precios, estímulos fiscales o instrumentos eco-nómicos; siguiendo esta lógica se requiere un esquema deregulación internacional que limite el uso de la atmósferamediante restricciones o reducciones en la emisión de ga-ses efecto invernadero. Lo anterior implica diseñar una se-rie de instrumentos de política ambiental, mismos que de-berán optar los países por que los que ofrezcan mejoresniveles de eficiencia económica y equidad.

Por otra parte, la Unión Europea mediante la directiva pu-blicada el 13 de octubre de 2003, implantó el primer me-canismo ad hoc al Protocolo de Kyoto, a saber, el Régimende comercio de derechos de emisión, el cual a través de losllamados sectores regulados, se asignarán a las empresascuotas para sus emisiones de gases efecto invernadero,que posteriormente pueden intercambiar con otras empre-sas, siendo la cantidad global de cuotas para las empresasreguladas junto con la cuota para los sectores no reguladosfija y coincidente con el objetivo de reducción de Kyoto.

Es pertinente recapitular algunos de los puntos mas rele-vantes obtenidos de la Cumbre de Kyoto, que se han plas-mado en el Protocolo de Kyoto:

En el lenguaje de la Convención, los países desarrolladosson conocidos como “Anexo 1” y los países en desarrollocomo “No Anexo 1”.

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Con relación a los países del Anexo I:

Se comprometieron a reducir entre los años de 2008 y2012 sus emisiones por debajo de lo registrado en 1990.(Artículo 3.1. Países: EUA 7 por ciento, Japón 6 por cien-to, Europa 8 por ciento).

Reducirán en total 5.2 por ciento de sus emisiones de ma-nera conjunta y no diferenciada (Artículo 3.1.)

Deberán demostrar para el año 2005 un esfuerzo verifica-ble por cumplir los compromisos adquiridos (Artículo3.2.)

Podrán cumplir en bloques sus compromisos, de formaque las emisiones totales del bloque no sobrepasen a la su-ma de las emisiones individuales (Artículo 4.1.)

Incorporarán en sus programas nacionales medidas parafacilitar la transferencia de tecnología y el apoyo técnico yfinanciero a países en vías de desarrollo.

Con relación a los países del No Anexo I:

Formularán programas nacionales y, en su caso, regiona-les para mejorar la calidad de los factores de emisión, da-tos de actividad y/o modelos locales para la realización yla actualización periódica de los inventarios nacionales delas emisiones de origen humano por las fuentes y la ab-sorción por los sumideros de los gases de efecto inverna-dero. (Artículo 10)

Formularán, aplicarán, publicarán y actualizarán periódi-camente programas nacionales y, en su caso, regionalesque contengan medidas para mitigar el cambio climático ypara facilitar una adaptación adecuada al cambio climáti-co. Tales programas guardarán relación, entre otras cosas,con los sectores de la energía, el transporte y la industriaasí como la agricultura, la silvicultura y la gestión de losdesechos. (Artículo 10)

Cooperarán en la promoción de modalidades eficaces pa-ra el desarrollo, la aplicación y la difusión de tecnologías,conocimientos especializados, prácticas y procesos ecoló-gicamente racionales en lo relativo al cambio climático, yadoptarán todas las medidas viables para promover, facili-tar y financiar, según corresponda, la transferencia de esosrecursos o el acceso a ellos, en particular en beneficio delos países en desarrollo. (Artículo 10)

Cooperarán en el plano internacional para la creación decapacidad nacional, en particular capacidad humana e ins-titucional, en particular para los países en desarrollo. Fa-cilitarán en el plano nacional el conocimiento público dela información sobre el cambio climático y el acceso delpúblico a ésta. (Artículo 10)

Los países en desarrollo como México no tienen compro-misos de reducción de emisiones. Sus compromisos antela Convención son el desarrollo de inventarios de gasesefecto invernadero y la publicación de comunicacionesnacionales.

En cierta medida la Secretaría de Medio Ambiente y Re-cursos Naturales (en lo sucesivo, Semarnat), ha dado cum-plimiento a los compromisos de la Convención Marco delas Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Pro-tocolo de Kyoto, sus acciones comprenden:

• El inventario de emisiones antropogénicas (gases deefecto invernadero).

• Los escenarios de emisiones futuras y climáticos.

• Los estudios relativos a la vulnerabilidad potencialdel país al cambio en el clima sobre: la agricultura, losbosques, la hidrología, las zonas costeras, la desertifi-cación y sequía, asentamientos humanos; y el sectorenergía e industria.

En este contexto, se crea el 25 de abril de 2005 la Comi-sión Intersecretarial de Cambio Climático, con el objetode coordinar, en el ámbito de sus respectivas competen-cias, las acciones de las dependencias y entidades de laAdministración Pública Federal, relativas a la formulacióne instrumentación de las políticas nacionales para la pre-vención y mitigación de emisiones de gases de efecto in-vernadero. Esta Comisión es presidida por el titular de laSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ycuenta con representantes de las siguientes dependencias:Secretaría de Energía, Secretaría de Relaciones Exterio-res, Secretaría de Economía, Secretaría de Agricultura,Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Se-cretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría deDesarrollo Social.

Asimismo el Comité Mexicano de Reducción y Capturade Gases de Efecto Invernadero (Comegei), fue creado el23 de enero de 2004, es un grupo de trabajo de la Comi-sión Intersecretarial. De acuerdo con su decreto de crea-

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ción, el objetivo del Comité es el de facilitar, promover,difundir, evaluar y, en su caso aprobar proyectos de re-ducción de emisiones y captura de gases de efecto inver-nadero en México.

Las funciones de la comisión son, entre otras:

Fungir como autoridad nacional designada para fines rela-tivos a la Convención Marco de las Naciones Unidas so-bre el Cambio Climático y el Protocolo de Kyoto.

Emitir la carta de aprobación para proyectos de reduccióny captura de emisiones de gases de efecto invernadero,dando constancia de que los mismos promueven el desa-rrollo sustentable del país.

Promover y facilitar el desarrollo de proyectos.

Desarrollar funciones de registro de proyectos, así comode reducciones y captura de gases de efecto invernadero.

Promover la suscripción de memorandos de entendimien-to y acuerdos de colaboración en asuntos relativos a pro-yectos de reducción de emisiones de gases de efecto in-vernadero y de captura de carbono.

En función de su naturaleza y atribuciones, la Comisión esel principal vínculo en el país entre las entidades interesa-das en desarrollar un proyecto, el Gobierno Federal y laConvención. En su decreto de creación se reconoce quelos proyectos Mecanismo Desarrollo Limpio “podríanaportar el ingreso de fondos adicionales a sectores estraté-gicos y actividades prioritarias del país, así como consti-tuir vías para la transferencia de tecnologías adecuadas”.5

Alternativas para el cumplimiento de Kyoto

Existe un número considerable de instrumentos que per-miten cumplir con el Protocolo de Kyoto sin impactos des-favorables sobre los sectores productivos y la economía:

Instrumentos económicos: Subvenciones a las empre-sas, exenciones fiscales, etc. para facilitar la adquisi-ción de nuevos equipos más eficientes por parte de lasempresas.

Instrumentos reglamentarios, normativos y de nor-malización: Establecen un orden en el proceso técnicoy administrativo para alcanzar unos objetivos en mate-ria de eficiencia energética.

Instrumentos de información y promoción: Tratande informar al ciudadano de la situación concreta e in-tentan crear conciencia de ahorro; es necesario que es-ta estrategia sea única. Se debe fomentar la labor edu-cativa y formativa para conocer las diferentesalternativas.

Por último debe enfatizarse que un sistema de certifica-ción confiable y eficiente que aliente y facilite el desarro-llo de proyectos de Mecanismos de Desarrollo Limpio,6 esuna alternativa ya que los organismos que certifican pue-den contribuir a manejar estándares para la implementa-ción y seguimiento de proyectos, programas nacionales yaún en menor escala; sistemas de indicadores; certifica-ción de productos y emisiones; ecoetiquetado en eficien-cia energética; y sistemas de reporte. Para eso será nece-sario recurrir a la planeación democrática que se alude enla constitución.

El derecho ambiental puede definirse como el conjunto denormas jurídicas que regulan las conductas humanas quepueden influir de una manera relevante en los procesos deinteracción y transformación del medio ambiente.

El proceso de adaptación del derecho ambiental en la Car-ta Magna se confiere esencialmente en el artículo 4o. y enla legislación secundaria a partir de diversas disposicio-nes, la mas trascendental La Ley General del EquilibrioEcológico y Protección al Ambiente.7

El 28 de junio de 1999, se publicó en el Diario Oficial dela Federación el decreto por el que se adicionó el párrafoquinto al artículo 4o. y se reformó el primer párrafo del ar-tículo 25 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, el primero para establecer el derecho a un me-dio ambiente adecuado y el segundo para incorporar al sis-tema nacional de planeación democrática el principio deldesarrollo integral y sustentable.8

El párrafo quinto adicionado al artículo 4o. constitucionalseñala:

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente ade-cuado para su desarrollo y bienestar.”

Por su parte, el primer párrafo del artículo 25 constitucio-nal reformado establece:

Corresponde al estado la rectoría del desarrollo nacionalpara garantizar que éste sea integral y sustentable, que

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fortalezca la soberanía de la nación y su régimen demo-crático y que, mediante el fomento del crecimiento econó-mico y el empleo y una más justa distribución del ingresoy la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y ladignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuyaseguridad protege esta Constitución.

Así el reconocimiento, a de rango constitucional, del de-recho a vivir en un medio ambiente adecuado, constituyela manifestación de que el derecho como instrumento nor-mativo de la sociedad, significativamente debe normar to-da actividad en torno al medio ambiente.

Por lo que esta reforma que introduce el concepto “desa-rrollo sustentable” en el mencionado artículo 25, de modoexplícito compromete el modelo de crecimiento a seguir,con el largo plazo. En ese tenor podemos situar el derechoa un medio ambiente unido a la finalidad de lograr un mo-delo de desarrollo que sea capaz de satisfacer adecuada-mente las necesidades materiales de la población, de unamanera equitativa e incluyente, sin comprometer la posi-bilidad de satisfacer de igual manera las necesidades delas generaciones futuras.

Consecuentemente, la adición al artículo 4o. constitucio-nal, esto es, el derecho a un medio ambiente adecuado, re-presenta un reconocimiento constitucional como garantíaindividual y social del derecho a vivir en un ambiente sa-no, equilibrado y adecuado para el desarrollo, la salud y elbienestar de los individuos.

De la lectura de la adición al mencionado artículo 4o.constitucional y del artículo 170 de la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se des-prende que si bien la Constitución no establece la forma ytérminos de hacer valer el derecho a un medio ambienteadecuado, podemos decir que este derecho es exigible,pues la legislación secundaria, la ley en materia, si esta-blece los instrumentos procesales para la apropiada tutelade tal derecho fundamental, ya que señala que la autoridadadministrativa ambiental puede adoptar medidas de segu-ridad entre las que se incluye la clausura temporal cuandoexista el riesgo inminente de desequilibrio ecológico o dedaño grave o deterioro grave a los recursos naturales, con-taminación con repercusiones peligrosas para los ecosiste-mas, sus componentes o para la salud pública.

En ese orden de ideas, los legisladores del Partido VerdeEcologista de México proponemos que se reforme la Leyde Planeación a efecto de que se considere las políticas

contra el Cambio Climático como parte de la planeacióndemocrática, y de esta forma el establecer desde la Ley elreconocimiento de una asignatura pendiente tocante almedio ambiente, el cambio climático.

México ha asumido el compromiso del crecimiento eco-nómico sostenido con la sociedad y más recientemente detomar acciones contra el calentamiento global, para ello sediseñan las estrategias económicas a largo plazo, con au-tonomía de valoración, las cuales convienen en revertir eldeterioro ambiental, la creciente desigualdad social, y al-canzar una congruencia general entre fines y medios.

Aunque México ha registrado grandes avances, algunas desus industrias no han podido adaptarse a tiempo a los agre-sivos cambios de política para poder evitar problemas deproducción, y los consiguientes problemas económicos(devaluaciones) han pesado más que los requisitos en tér-minos del cumplimiento con los reglamentos ambientales.La experiencia mexicana confirma que la regulación am-biental en una democracia emergente debería ser realista,ejecutarse por etapas, y equilibrarse contra las condicioneseconómicas imperantes.

Podemos enfatizar las siguientes prioridades para la pla-neación ambiental, para alcanzar un crecimiento sostenidoy equitativo:

Luego de formular y nombrar autoridades ambientales, laprimera tarea de una democracia emergente es la de prio-rizar los interrogantes ambientales. Una vez identificadaslas prioridades, deberían desarrollarse niveles de regula-ción y ejecución ambiental para lograr un equilibrio entrela salud, las consideraciones económicas y el uso sosteni-ble de los recursos naturales.

Manejo del impacto ambiental. Se requieren rigurosas po-líticas sobre los impactos ambientales y el crecimientosostenible a fin de suavizar el impacto de nuevos proyec-tos de infraestructura, proyectos que agotan los recursosnaturales y la privatización de instituciones nacionalesexistentes. El crecimiento económico en muchas demo-cracias emergentes está basado en el financiamiento exter-no, y con frecuencia el financiamiento privado o multila-teral está condicionado a la realización de medidas deprotección ambiental.

Reducción de los desechos y control de la contaminación.Después de establecer legislación sobre el impacto am-biental y políticas sobre el manejo de recursos naturales,

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los países relativamente industrializados deberían concen-trarse en medidas orientadas a minimizar los desechos ycontrolar la contaminación. Al principio, la mayoría de lospaíses se concentran en mejorar el acceso al agua potable,afianzar la capacidad para el tratamiento eficaz de lasaguas sucias y establecer instalaciones para la eliminaciónde desechos sólidos. Los reglamentos y normas que rigenel agua potable y el tratamiento de las aguas sucias sonmás o menos corrientes.

Rehabilitación ambiental. A diferencia de los impactosambientales y el uso sostenible de los recursos nacionales(financiados por cargos a usuarios y por el producto de lasventas de recursos), el agua potable, el tratamiento de lasaguas sucias o las instalaciones de manejo de desechos só-lidos (que pueden financiarse a través de la base impositi-va de la comunidad), o las medidas de control de la conta-minación (financiadas con impuestos y cargos aplicados alos que contaminan), el financiamiento de las operacionesde limpieza de botaderos de desechos peligrosos o muni-cipales, vías fluviales, cuerpos de agua y otras áreas, re-sulta difícil.

Conforme al artículo 3o. de la Ley de Planeación, la pla-neación nacional del desarrollo es la ordenación racional ysistemática de acciones que, con base en el ejercicio de lasatribuciones del Ejecutivo federal en materia de regula-ción y promoción de la actividad económica, social, polí-tica, cultural, de protección al ambiente y aprovechamien-to racional de los recursos naturales, tiene como propósitola transformación del país, de conformidad con las nor-mas, principios y objetivos que la propia Constitución y laley establecen. Mediante las propuestas de planeación sefijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asig-narán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución;se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

La Ley de Planeación determina también que es responsa-bilidad del Ejecutivo federal conducir la planeación na-cional del desarrollo con la participación democrática delos grupos sociales.

Así, las dependencias federales deberán planear y realizarsus actividades con sujeción a los objetivos y prioridadescontenidos en el Plan Nacional de Desarrollo, a fin decumplir con la obligación del Estado de garantizar que és-te sea integral y sustentable. Para ello, deben elaborar susprogramas sectoriales tomando en cuenta las propuestasque presenten las entidades del sector y los gobiernos de

los estados, así como las opiniones de los grupos socialesy de los pueblos y comunidades indígenas interesados.

La planificación se revela como una técnica idónea para lamateria ambiental. Con la presente iniciativa se reconocela necesidad de contar con programas, proyectos, y princi-pios rectores atenientes a la planeación para la protecciónmedioambiental y el cambio climático.

Esta situación motiva a presentar la presente iniciativa quetiene como objetivo principal que en la Ley de Planeaciónse reconozca como uno de sus principios rectores y funda-mentales para su elaboración la protección del medio am-biente y de los recursos naturales.

Por lo expuesto, la que suscribe, Adriana Sarur Torre, di-putada a la LXI Legislatura del honorable Congreso de laUnión, en nombre del Grupo Parlamentario del PartidoVerde, para garantizar lo dispuesto en los artículos 1o. y4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Me-xicanos, y demás disposiciones jurídicas aplicables, some-to a la consideración de esta asamblea, la siguiente inicia-tiva con proyecto de

Decreto por el que se adiciona la Ley de Planeación

Artículo Primero. Se adiciona una fracción VII al artícu-lo 2o. de la Ley de Planeación, para quedar como sigue:

Artículo 2o. La planeación deberá llevarse a cabo como unmedio para el eficaz desempeño de la responsabilidad delEstado sobre el desarrollo integral y sustentable del país ydeberá tender a la consecución de los fines y objetivos po-líticos, sociales, culturales y económicos contenidos en laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Para ello, estará basada en los siguientes principios:…

I. a VI. …

VII. La protección del medio ambiente y el combate alcalentamiento global.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguien-te al de su publicación en el Diario Oficial de la Federa-ción.

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Notas

1Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales desde 2001.

2 Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006. Presidencia de la Repúbli-ca. Página 101.

3 Ibídem Plan Nacional de Desarrollo 2000-2006. Página 121.

4 Otros avances se obtuvieron del protocolo de Montreal al Conveniode Viena relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, que en-tró en vigor en 1989 y tenía 182 Partes para diciembre de 2001, es unode los mejores ejemplos de cooperación internacional. Las partes delprotocolo de Montreal se obligan a entregar al secretariado informesnacionales con datos estadísticos sobre la producción, importación yexportación de las sustancias agotadoras de Ozono. Éste protocolo su-frió modificaciones en Londres 1990, Copenhague 1992, Montreal1997 y Beijing 1999.

5 A finales del 2005 de publicó el Tercer inventario de emisiones degases de efecto invernadero de México con datos obtenidos al año2002. Dicho inventario formó parte de la 3ª. Comunicación Nacionalde México ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre elCambio Climático.

6 El 22 de octubre de 2004, se firma el Acuerdo sobre el Mecanismode Desarrollo Limpio Francia-México.

7 Existen otros principios fundamentales en la Carta Magna, a saber:Principio de modalidades ambientales a la actividad industrial (artícu-lo 25); Principio de conservación de los recursos naturales (artículo27); Principio de preservación y restauración del equilibrio ecológico(artículo 27); Propiedad originaria de la nación sobre las tierras yaguas comprendidas dentro del territorio nacional (artículo 27); Siste-ma de concurrencias en materia ambiental (artículo 73, fracciónXXIX-G); Atribuciones a los municipios en materia ambiental (artí-culo 115) y facultades de la Asamblea de Representantes del DistritoFederal (artículo 122, fracción IV-G).

8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, EditorialPorrúa, México. 2006.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara deDiputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados UnidosMexicanos, a los catorce días de octubre del año dos mil diez.— Di-putada Adriana Sarur Torre (rúbrica).»

El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijal-va: Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Pú-blico.

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