estado de excepción en venezuela

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OCTUBRE DE 2014 EL ESTADO DE EXCEPCIÓN EN VENEZUELA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD «FERMIN TORO» VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA «SAIA» PROF. DRA. ANA MARQUÉZ. ALUMNA: KEYLA MARIVI SUÁREZ RIVAS C.I. 17.254.078

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Page 1: Estado de Excepción en Venezuela

OCTUBRE DE 2014

EL ESTADO DE EXCEPCIÓN EN VENEZUELA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD «FERMIN TORO»VICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA«SAIA»

PROF. DRA. ANA MARQUÉZ.ALUMNA: KEYLA MARIVI SUÁREZ RIVAS

C.I. 17.254.078

Page 2: Estado de Excepción en Venezuela

el estado de excepción en venezuela

Situaciones o acontecimientos inusitados o infrecuentes que influyen de manera significativa en la seguridad de la Nación, las instituciones y por ende

a todos los ciudadanos

Situaciones de orden social, económico, político, natural o

ecológico.

Estado de conmoción interior: establecido en

escenarios internos donde se expone a un

peligro inminente la seguridad de la Nación, sus instituciones y sus

ciudadanos.

son

Causadas por:

Clases

Estado de Alarma:

obedece a sucesos

provenientes de catástrofes, calamidades

publicas o hechos

similares, donde se puede

desarrollar una situación de

peligro.

Supuestos facticos para su declaración:

Corresponde a circunstancias objetivas,

donde se evidencia la crisis del caso.

Los dictámenes que se presenten deben ser

ajustadas de acuerdo a la situación.

Se debe establecer el tiempo necesario para

concluir con las causas que propiciaron tal eventualidad.

Corresponde a la A.N. y al T.S.J.

Regular lo dispuesto en los Decretos sobre El Estado de

Excepción, con el propósito de prever abusos y salvaguardar

los Derechos Humanos.

Estado de emergencia económica:

Originadas por eventos

económicos inauditos que

representan de gran manera a

la Nacion.

Estado de conmoción exterior:

Se decreta cuando se desarrolla un conflicto

externo, que signifique o

represente una amenaza o peligro al dominio territorial o a

la soberanía.

Características:

Decretado por:

El Presidente de la República, según Ordinal 7

del Art. 236 C.R.B.V.

Su control: