esquema del comercio de emisiones de gases de efecto invernadero en la ue y directiva de enlace
DESCRIPTION
Esquema del Comercio de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero en la UE y Directiva de Enlace. Wilfredo Jara Tirapegui Gerente de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de Endesa Chile Taller sobre Mecanismo de Desarrollo Limpio y desarrollo del Sector Eléctrico Guayaquil, Ecuador - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
Esquema del Comercio de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero en la
UE y Directiva de Enlace
Wilfredo Jara TirapeguiGerente de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de Endesa Chile
Taller sobre Mecanismo de Desarrollo Limpio y desarrollo del Sector Eléctrico
Guayaquil, Ecuador28-29 Septiembre 2004
2
Esquema del Comercio de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero en la UE y Directiva de Enlace
1. Introducción2. Papel de la UE3. Bases de funcionamiento 4. Calendario de aplicación5. Planes Nacionales de Asignación6. Directiva de Enlace de Mecanismos de Kioto
3
TRES NIVELES NORMATIVOS PARA LA GESTIÓN DE EMISIONES DE GEI
Nota: GEI: gases de efecto invernadero
Naciones Unidas
Unión Europea
Estados miembros
Protocolo de Kioto
Conferencias de las Partes
Aprobación del Protocolo de Kioto• Acuerdo de compromiso de
reducción para cada Estado miembro
Directiva sobre comercio de derechos de emisión
Principales elementos
Transposición de la Directiva
Plan Nacional de Asignación
Países
Empresasde la UE incluidas
en la Directiva
Ámbito de aplicación
INTRODUCCIÓN
4
LA UE TIENE UN PROTAGONISMO IMPORTANTE EN LA IMPLANTACIÓN CONCRETA DE KIOTO EN LOS ESTADOS MIEMBROS
Compromiso de Kioto con
objetivo global para la UE
Modificación de la Directiva
para incluir créditos
procedentesde CDM/JI
Directivasobre comercio
de derechosde emisión
dentro de la UE
Ratificaciónde Kiotopor partede la UE
Repartodel esfuerzo
entre Estados miembros
5
LA DIRECTIVA DEL COMERCIO DE EMISIONES ESTÁ APROBADABases de funcionamiento
• Inicialmente emisiones de CO2
- en el futuro podrán incluirse otros gases responsables del "efecto invernadero“
• 2005-2007: instalaciones de combustión (>20 MW), refinerías, coquerías, cementeras, fabricas de papel, vidrio, cerámica y acero
- 5.000 instalaciones afectadas en Europa- posibilidad de excluir temporalmente algunas instalaciones
• 2008-2012: Es posible incluir nuevos sectores de actividad (ej. químicas, aluminio, etc)
• Asignación de derechos de emisión basados en t equivalentes CO2 y transferibles- cada instalación deberá presentar anualmente un nº de derechos igual a las
cantidades de CO2 emitidas• 2005-2007: Asignación gratuita de al menos el 95% de los derechos (resto por
subasta)• 2008-2012: Asignación gratuita de al menos el 90% de los derechos (resto por
subasta)
• El exceso de emisión sobre los derechos que se lanzan supondrá una sanción económica
- 40 €/t CO2 durante 2005-2007- 100 €/t CO2 a partir 2008
Emisiones afectadas
Instalaciones afectadas
Bases del funciona-
miento
Sanciones
Fuente: EU; análisis BCG
6
FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO DE COMERCIODE DERECHOS DE EMISIÓN
Asignación de derechos acada instalación por cada país
• Plan Nacional por periodo
Control/multa
Estado Empresas
Derechos asignadosa nivel instalación
Entrega de derechospara las emisiones
realesdel año N
Compra/venta de derechos
en el mercadoMedidas de reducción
Derechos
Control
7
2003
Dic. 2002Acuerdo político
del Consejo
2 Jul.2003
Aprobada por el
Parlamento
Dic.2003
Transposición de la Directiva
Mar.2004Notificación
1º Plan Nacional de Asignación
Junio 2006
1º Informe aplicación
Junio 2006
Revisión de mecanismos
Sep.-Oct.2003
ConclusionesI.Klein
Dic.2003Guía de la Comisión sobre los planes de
asignación
Jun.2004
Aprobación Planes por la
Comisión
Jun. 2006Publicación
2º Plan Nacional de Asignación
Primer período deaplicación 2005-2007
Segundo período deaplicación 2008-2012
•Asignación nacional de derechos•Trading – EU
•Posible adición de otros sectores y gases
Procesonormativo
Implantación
2002 2004 2005-2007
DIRECTIVA 2003/87/CE_CEGEIEL NUEVO SISTEMA INICIARÁ SU FUNCIONAMIENTO EN 2005
8
LA GUÍA DEFINE LOS CRITERIOS BÁSICOS CON LOS QUE REALIZAR EL PLAN NACIONAL DE ASIGNACIÓN (I)
Criterios aplicables Principales implicaciones
Compromiso de Kioto1La asignación de derechos debe ser consistente con el compromiso de Kioto adquirido por el país
Evolución de las emisiones2 El PNA debe ser consistente con la evaluación del progreso real y previsto hacia el cumplimiento de Kioto
Potencial de reducción3La asignación debe ser coherente con el potencial de reducción de emisiones de cada actividad
Coherencia con la legislación4La asignación de derechos debe ser coherente con el resto de instrumentos legislativos y políticos
No discriminación entre compañías y sectores5 El PNA no debe favorecer indebidamente
a determinadas empresas o actividades
Nuevos entrantes El PNA debe informar sobre cómo participarán los nuevos entrantes en el comercio de emisiones
6
9
LA GUÍA DEFINE LOS CRITERIOS BÁSICOS CON LOS QUE REALIZAR EL PLAN NACIONAL DE ASIGNACIÓN (II)
Criterios aplicables Principales implicaciones
Acciones tempranas7 El plan debe definir si se tienen en cuenta acciones tempranas y su tratamiento
Tecnologías limpias8 El PNA debe definir si se tienen en cuenta las tecnologías limpias y su tratamiento
Información al público9El plan de asignación debe recoger la forma en que se tienen en cuenta las observaciones del público
Lista de instalaciones10El PNA debe contener un listado de las instalaciones cubiertas por la Directiva y los derechos de emisión asignados a c/u
Competencia de países exteriores a la Unión Europea11
El plan debe definir si se tiene en cuenta la competencia de países exteriores a la U.E. en la asignación por actividad
10
LOS PNAs PUBLICADOS REALIZAN UNA ASIGNACIÓN MODERADA Y FLEXIBLE
La mayoría de los PNAs publicados realizan una asignación gratuita por instalación calculada según emisiones históricas
Todos los PNAs incluyen una bolsa para nuevos entrantes que varía entre el 0,6% y el 8,1% de la asignación total
Portugal, Dinamarca, Austria y Francia permiten el pooling de derechos al menos en 2005-2007
Portugal, Holanda, Irlanda, Italia, Bélgica y España prevén utilizar mecanismos de flexibilidad para cumplir con Kioto
– Irlanda lo financiará a través de una tasa y Holanda a través de los presupuestos de los Ministerios implicados
La mayoría de los PNAs asignan en 2005-2007 generosamente– Por encima del nivel correspondiente a la línea de tendencia para alcanzar el objetivo de Kioto en
2012– Únicamente Alemania, Reino Unido y España realizan una asignación inferior a las emisiones
recientes
Todos los PNAs muestran el esfuerzo de reducción de emisiones sobre un escenario de referencia o BAU exigido al conjunto de sectores de la Directiva
– Que asciende hasta un 15% en el caso de Dinamarca
El esfuerzo de reducción de emisiones sobre el escenario de referencia o BAU exigido al sector eléctrico suele ser superior al de los restantes sectores
La generación con carbón está siendo protegida en los PNAs de países relevantes (Alemania, Portugal, Italia y Francia)
Met
odol
ogía
Trat
amie
nto
del c
onju
nto
de
las
Dire
ctiv
aTr
atam
ient
o de
l sec
tor e
léct
rico
11
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que enmienda la Directiva 2003/87/EC que establece un esquema de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero dentro de la Comunidad, respecto a los proyectos de los mecanismos del Protocolo de Kioto.
Bruselas, 23 Julio 2004
DIRECTIVA DE ENLACE DE MECANISMOS DE KIOTO
12
QUÉ DICE LA DIRECTIVA?
Para el periodo 2008-2012 y para cada uno de los siguientes de cinco años, los Estados Miembros podrán permitir a los operadores el uso de CERs y ERUs procedentes de proyectos MDL y AC en el comercio de emisiones europeo hasta un porcentaje de los derechos asignados a cada instalación y que será especificado por el Estado Miembro en su Plan Nacional de Asignación de ese periodo. Esto tendrá lugar por el cambio de un derecho por un CER o un ERU y registrado por el operador en el registro del Estado Miembro.
Durante el periodo 2005-2007, los Estados Miembros podrán permitir a los operadores el uso de CERS procedentes de proyectos MDL en el esquema europeo de comercio de emisiones.
AC= Acción Conjunta
ERU= Unidad de reducción de emisiones de proyectos AC
13
QUÉ DICE LA DIRECTIVA?
AC&MDL: Basados en proyectos que permitan transferencia de tecnologías respetuosas con el medio ambiente, y que contribuyen al desarrollo sostenible del país anfitrión.
AC ERUDirectamente convertibles en DE
MDL CER
PARIDAD 1:1
DE = Derechos de emisión
AC= Aplicación Conjunta
ERU= Unidades de reducción de emisiones procedentes de los proyectos AC
Directamente convertibles en DE
14
PROYECTOS
No se reconocerán como válidas las URE/RCE de:
Sumideros: no suponen reducciones permanentes de emisiones y no son proyectos de transferencia o desarrollo tecnológicos
En general: proyectos con efectos ambientales y sociales negativos (ej, producción hidroeléctrica a gran escala)
Actividades nucleares: de acuerdo al Protocolo de Kioto
En el caso de proyectos de producción hidroeléctrica con un potencia superior a 20 MW, los Estados Miembros deberán tener en cuenta, al aprobar esos proyectos, si se cumplen los criterios de las guías internacionales, incluidas las del informe de la comisión mundial de grandes presas de Noviembre del 2000. “Presas y desarrollo. Un nuevo marco de decisión”.
15
OTRAS CONSIDERACIONES
• Los CERs que se podrán utilizar en el comercio de emisiones europeo tienen que porvenir de proyectos MDL aprobados por una o más partes del Anexo I del Protocolo de Kioto.
• La Directiva también incluye las reglas para evitar la doble contabilidad de CREs, y asegurar la máxima transparencia en el uso de créditos procedentes de proyectos MDL y JI.
• Ayuda a actividades de formaciónDe acuerdo con UNFCCC, el Protocolo de Kioto, y por tanto, la decisión adoptada para su implementación, la Comisión y los Estados Miembros, se esforzarán para apoyar las actividades de formación en los países en desarrollo con economías de transición para ayudarles en los proyectos MDL y JI de manera que se apoye su desarrollo sostenible y se facilite el compromiso de las entidades implicadas en el desarrollo e implementación de los proyectos MDL y AC.