espesor de pared recipientes a presión

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De acuerdo a la NRF-028-PMEX-2004 6.7 Espesor de pared.- a) Espesor requerido. Es el espesor calculado con esta norma antes de agregar el valor permisible de corrosión. b) Espesor de diseño. Es la suma del espesor requerido más el valor permisible de corrosión. c) Espesor nominal. Es el espesor seleccionado de los rangos comerciales disponibles. Para placas, el espesor nominal debe ser, a criterio del fabricante, el indicado en el informe de pruebas de material o certificado de cumplimiento antes del proceso de formado, o el espesor medido del metal base en la junta de soldadura en consideración. 8.1.2.7 Espesores mínimos de pared de envolventes y cabezas. a) En todos los casos, el espesor mínimo debe ser el mayor de lo siguiente: 1. El espesor, sin considerar tolerancia por corrosión, no debe ser menor de t= 2.54 mm + D/1000 (t=0.1+D/1000 plg) D es el diámetro del recipiente. 2. Para recipientes de acero al carbón y baja aleación: 5 mm (3/16) más la tolerancia por corrosión. 3. Cuando el recipiente se construye con materiales de acero inoxidable, el espesor mínimo debe ser de 3 mm (1/8 plg). b) Envolventes. Para determinar el espesor mínimo de las envolventes sometidas a presión interna o externa, debe aplicarse la metodología descrita en UG-27 a UG-31 del Código o equivalente. En diseño a presión externa, se debe analizar el uso de anillos atiesadores en la envolvente como se indica en Ug-29 y UG—30. c) Cabezas. El espesor mínimo de las cabezas formadas debe determinarse tomando en cuenta, además de la presión lado cóncavo o convexo, las cargas adicionales indicadas en 8.1.2.1. Lo anterior conforme a UG-32 y UG-33 del Código equivalente.

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De acuerdo a la NRF-028-PMEX-2004

6.7 Espesor de pared.-

a) Espesor requerido. Es el espesor calculado con esta norma antes de agregar el valor permisible de corrosión.

b) Espesor de diseño. Es la suma del espesor requerido más el valor permisible de corrosión.c) Espesor nominal. Es el espesor seleccionado de los rangos comerciales disponibles. Para

placas, el espesor nominal debe ser, a criterio del fabricante, el indicado en el informe de pruebas de material o certificado de cumplimiento antes del proceso de formado, o el espesor medido del metal base en la junta de soldadura en consideración.

8.1.2.7 Espesores mínimos de pared de envolventes y cabezas.

a) En todos los casos, el espesor mínimo debe ser el mayor de lo siguiente:

1. El espesor, sin considerar tolerancia por corrosión, no debe ser menor de t= 2.54 mm + D/1000 (t=0.1+D/1000 plg) D es el diámetro del recipiente.

2. Para recipientes de acero al carbón y baja aleación: 5 mm (3/16) más la tolerancia por corrosión.

3. Cuando el recipiente se construye con materiales de acero inoxidable, el espesor mínimo debe ser de 3 mm (1/8 plg).

b) Envolventes. Para determinar el espesor mínimo de las envolventes sometidas a presión interna o externa, debe aplicarse la metodología descrita en UG-27 a UG-31 del Código o equivalente. En diseño a presión externa, se debe analizar el uso de anillos atiesadores en la envolvente como se indica en Ug-29 y UG—30.

c) Cabezas. El espesor mínimo de las cabezas formadas debe determinarse tomando en cuenta, además de la presión lado cóncavo o convexo, las cargas adicionales indicadas en 8.1.2.1. Lo anterior conforme a UG-32 y UG-33 del Código equivalente.

d) Cabezas y cubiertas planas. Se permiten cabezas, cubiertas y bridas ciegas planas sin esfuerzo (tirantes o riostras), siempre que se cumpla con los arreglos de las figuras y procedimientos para determinar el espesor mínimo descritos en UG-34 del Código o equivalente. Cuando por el espesor mínimo se determine el uso de tirantes o riostras para atiesar la superficie, debe aplicarse los requisitos descritos en 8.1.2.8.

e) Otros tipos de cierres. Cuando se requieran cubiertas esféricas cóncavas bridadas o cierres de abertura rápida, el diseño debe cumplir con los requisitos descritos en UG-35 del Código o equivalente. Las cubiertas y bridas ciegas con un peso de 34 kg (75 lbs) o mayor, deben suministrarse con pescante, bisagras y/o accesorios para desmontaje manual.

f) en el caso de envolventes fabricados a partir de tubería, como se permite en 8.1.1.3 el espesor determinado conforme a 8.1.2.7b) debe incrementarse cuando se usan extremos roscados en una proporción de 20/n mm (0.8/n), n es el número de roscas cada 25 mm (1 plg).