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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA ESCUELA NACIONAL DE BIBLIOTECONOMÍA Y ARCHIVONOMÍA IDENTIFICACIÓN, VALORACIÓN SECUNDARIA Y SELECCIÓN DE LA SERIE REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS POLICIALES DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN (1984-1999) REPORTE DE INVESTIGACIÓN QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN ARCHIVONOMÍA PRESENTAN: MARCIA CERECERO MARTÍNEZ LETICIA EULOPA DOMÍNGUEZ EDGAR FLORES ALVARADO RICARDO LUGARDO GARCÍA JONHY MENDOZA BARRIENTOS MARÍA EUGENIA ORDUÑA FLORES LUIS OSCAR ROJAS MORALES MARTHA PATRICIA JIMÉNEZ GARDUÑO ASESORES: Mtra: Laura Cristina Torres Martínez Lic. Silvia Guillermina García Santiago MÉXICO, D. F. 2010

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE

EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA

ESCUELA NACIONAL DE

BIBLIOTECONOMÍA Y ARCHIVONOMÍA

IDENTIFICACIÓN, VALORACIÓN SECUNDARIA Y

SELECCIÓN DE LA SERIE REGISTRO NACIONAL DE

SERVICIOS POLICIALES DE LA SECRETARÍA DE

GOBERNACIÓN (1984-1999)

R E P O R T E D E I N V E S T I G A C I Ó N

Q U E P A R A O B T E N E R E L T Í T U L O D E

L I C E N C I A D O E N A R C H I V O N O M Í A

P R E S E N T A N :

MARCIA CERECERO MARTÍNEZ LETICIA EULOPA DOMÍNGUEZ

EDGAR FLORES ALVARADO RICARDO LUGARDO GARCÍA

JONHY MENDOZA BARRIENTOS MARÍA EUGENIA ORDUÑA FLORES

LUIS OSCAR ROJAS MORALES MARTHA PATRICIA JIMÉNEZ GARDUÑO

ASESORES: Mtra: Laura Cristina Torres Martínez Lic. Silvia Guillermina García Santiago MÉXICO, D. F. 2010

i

PREFACIO

La elección del proyecto se derivó principalmente por inquietudes en relación al tema de

valoración y todos los procesos teóricos-metodológicos a los que conlleva, porque la

valoración es un tema complejo y en la mayoría de los casos sólo se basa en los plazos

de vigencia para establecer el destino final de la documentación. Además éste trabajo

podría ser de utilidad para futuras generaciones que se interesen en realizar trabajos en

materia de valoración ya que en la actualidad son pocos los trabajos elaborados por

alumnos; así mismo puede enriquecer otras investigaciones acerca del estado que

guarda el Registro Nacional de Servicios Policiales en este periodo.

Los principales problemas a los que se enfrentó el equipo de trabajo durante el

desarrollo de este no fue una cuestión sencilla, debido a que la documentación

pertenece a una Dirección extinta de la Secretaría de Gobernación y por tal motivo fue

necesario indagar información dentro del Archivo de Concentración misma que no fue

localizada con éxito en primera instancia; por lo que se acudió al Archivo General de la

Nación y al Archivo Histórico del Distrito Federal, Biblioteca de Investigaciones Jurídicas

y Biblioteca Central de la UNAM. Cabe mencionar que como primer trabajo formal de

investigación, fue una experiencia grata el hecho de descubrir y entrelazar la razón de

ser de los servicios policiales y conocer la estructura de la administración pública en

materia de seguridad nacional a través de la historia institucional de la Secretaría de

Gobernación, además de saber y entender que va más allá de tener organizada la

documentación.

Durante la estadía en el Archivo de Concentración enfrentamos el mal estado de

conservación de la documentación, condiciones ambientales no idóneas, y la falta de

muebles adecuados para el resguardo de la documentación y las medidas de seguridad

son insuficientes, pero a pesar de todos los inconvenientes se pudo realizar el trabajo

de manera satisfactoria.

Agradecemos a la Secretaría de Gobernación y a los encargados del Archivo de

Concentración las facilidades prestadas para desarrollar el proyecto de investigación ya

que sin su apoyo éste trabajo no hubiera sido posible.

ii

A las Asesoras de tesis de manera especial, porque siempre estuvieron cerca del

equipo de trabajo, dando su punto de vista y apoyándonos en el desarrollo de cada fase

del proyecto.

iii

INTRODUCCIÓN

En los últimos treinta años la producción documental en el ámbito de los archivos de la

administración tanto pública como privada ha tenido constantes cambios debido a

diferentes factores como son el incremento de la población y con ello la necesidad de

crear obras y servicios que satisfagan sus demandas y los crecientes avances

tecnológicos han generado una considerable cantidad de documentos difícil de

controlar.

Si a esto agregamos la falta de control en la producción de documentos y de políticas

nacionales que fundamenten el cómo deben estar los archivos y quienes tienen la

responsabilidad de vigilar todo el proceso de flujo documental como: la identificación,

valoración secundaria y selección documental, tenemos como resultado la saturación

de los espacios destinados para resguardar la documentación, además de la falta de

personal capacitado en las instituciones para organizar los archivos, lo antes

mencionado son sólo algunos de los problemas a los que nos enfrentamos día a día

quienes nos dedicamos al quehacer archivístico como una forma de vida y de desarrollo

profesional.

Por ello la importancia de crear a profesionistas capaces de implementar sistemas

archivísticos que enfrenten los nuevos retos científicos y tecnológicos con la finalidad

de crear criterios y políticas objetivas que velen por la conservación del patrimonio

documental nacional pues la situación nos lleva a implementar un tratamiento

archivístico basado en los principios fundamentales para la organización de los archivos

como: Principio de procedencia y orden original, organización, clasificación, ordenación,

descripción, valoración y conservación con la finalidad que la institución y usuarios

adquieran los documentos necesarios de forma eficiente y eficaz.

Ante la problemática mencionada la Secretaría de Gobernación no es ajena, ya que a

lo largo de su vida institucional ha desarrollado funciones y atribuciones definidas que

generan documentación con valor institucional y social los cuales se encuentran

resguardados en el Archivo de Concentración, el cual cuenta con un volumen

documental aproximado de 18,000 cajas de diversos tamaños, estos documentos

iv

fueron generados por las diversas áreas pertenecientes a direcciones, órganos

desconcentrados y oficialía mayor que la conforman; a éste se han transferido

documentos producto de la actividad institucional, entre ellos el generado por la

Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, de la serie

Registro Nacional de Servicios Policiales la cual es el eje para la elaboración del

presente trabajo.

Como parte del primer acercamiento a la serie se detectó que los documentos se

encuentran en mal estado de conservación como: deteriorados, sucios (exceso de

polvo), algunos con hongos, grapas con óxido, ligas y condiciones ambientales

extremas lo que ocasionó con el paso del tiempo acidez en el papel. La documentación

presentó en ciertos casos ordenación alfabética, aparentemente así mismo había

documentos sueltos, además no tenia instrumentos que permitieran llevar un control

documental. Las dificultades encontradas marcan la pauta para establecer el

planteamiento del problema de manera específica.

Es así que el objetivo general del presente trabajo es “realizar la identificación,

valoración secundaria y selección de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales”.

Para realizar las actividades encaminadas al logro del objetivo general, fue necesario

trabajar sobre los objetivos específicos los cuales son:

1. Identificar la historia institucional, actividades y funciones a través de la

aplicación del principio de procedencia y orden original.

2. Identificar las tipologías documentales, para determinar la serie documental que

la constituye.

3. Elaborar un inventario general que permita determinar el volumen documental y

periodo que comprende la documentación.

4. Establecer la clave archivística y ordenación de la serie.

5. Aplicar el catálogo de disposición documental para indicar la vigencia y selección

en base a la legislación existente.

v

6. Proponer criterios de valor a utilizar para la elección de la transferencia o

destrucción de los documentos.

Al inicio del proyecto el equipo de trabajo manifestó una serie de cuestionamientos en

relación a los procedimientos archivísticos que se podrían aplicar a la serie Registro

Nacional de Servicios Policiales, los cuales se enumeran a continuación.

1.- ¿La Secretaría de Gobernación aplica la valoración primaria antes de realizar sus

transferencias documentales?

2.- ¿Por qué ha pasado más de una década y no se ha realizado valoración a la

documentación resguardada?

3.- ¿Para realizar la valoración secundaria es necesario identificar, valorar y

seleccionar?

4.- ¿Debemos valorar para satisfacer la demanda de espacios físicos en el archivo de

concentración o la necesidad de investigación social?

5.- ¿Para determinar la clave archivística es necesario establecer un cuadro general de

clasificación archivística?

6.- ¿La valoración secundaria sólo depende de las vigencias establecidas en el

catálogo de disposición documental para determinar el destino final de las series?

7.- ¿Es necesario considerar la perspectiva de otras profesiones para determinar si la

documentación cuenta con valores secundarios?

8.- ¿Es necesario realizar instrumentos de control y descripción para realizar la

valoración secundaria?

9.- ¿Para determinar el destino final de la documentación es necesario consultar a

personal del área generadora?

10.- ¿Es necesario establecer un grupo multidisciplinar para establecer criterios de

valoración?

vi

A continuación se describe la estructura del presente trabajo de investigación el cual se

desarrolla en cuatro capítulos:

El capítulo uno: Teoría Archivística, presenta el marco teórico que sustenta el trabajo,

en el cual se desglosan temas como la identificación, principio de procedencia y orden

original, clasificación, ordenación, descripción, ciclo vital del documento, valoración,

etcétera.

El capítulo dos denominado La Secretaría de Gobernación y su Archivo de

Concentración, el cual aborda los antecedentes de la Secretaría de Gobernación, los

cambios en su estructura orgánica a partir de la creación de la Dirección General de

Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, su misión, visión y atribuciones,

el marco normativo que regula las funciones de la Secretaría en lo que respecta a la

protección de sus archivos, del archivo de concentración, su creación, fondos que lo

constituyen, servicios y usuarios; así mismo se plantea el contexto que motivó la

creación Registro Nacional de Servicios Policiales.

El capítulo tres contempla la Metodología para la identificación y valoración secundaria

de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales, conformado por cuatro etapas que

son identificación de la documentación, construcción de la clave archivística, catálogo

de disposición documental y valoración secundaria cada una de ellas con sus

respectivas subetapas.

El capítulo cuatro desarrolla los resultados del proyecto entre los cuales se encuentran:

el inventario general, el inventario de transferencia secundaria, clave archivística,

catálogo de disposición documental; a partir de estos instrumentos se obtuvieron datos

para elaborar tablas y gráficas para sustentar el valor que tiene la serie, las cuales son:

Sexenio Presidencial en el que se tuvo mayor personal policial, estados con mayor

número de registros y estados con menor número de registros mismos que se

interpretaron de acuerdo al contexto económico, político y social que vivía México en

éste periodo.

Finalmente se desarrollan las conclusiones, la bibliografía y los anexos.

TABLA DE CONTENIDO

Pág. Prefacio

i

Introducción

iii

Capítulo 1 Teoría Archivística

1.1 Identificación del Fondo

1

1.2 Clasificación

2

1.2.1 Sistemas de Clasificación

3

1.3 Ordenación

4

1.3.1 Métodos de Ordenación

5

1.4 Descripción Archivística

6

1.5 Ciclo Vital del Documento

9

1.6 Fase Activa

10

1.6.1 Archivo de Trámite

11

1.7 Valoración

12

1.8 Fase Semiactiva

17

1.8.1 Archivo de Concentración

18

1.9 Catálogo de Disposición Documental

20

1.10 Valoración Secundaria

21

1.11 Archivo Histórico

26

Capítulo 2 La Secretaría de Gobernación y su Archiv o de Concentración

2.1 Antecedentes Generales

28

2.2 Organización Administrativa

32

2.3 Misión, Visión y Atribuciones

35

2.4 Marco Normativo

36

2.5 Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación

41

2.5.1 Antecedentes

42

2.5.2 Fondos

43

2.5.3 Servicios

43

2.5.4 Usuarios

44

2.6 Archivo del Registro Nacional de Servicios Policiales

45

Capítulo 3 Metodología para la identificación y val oración secundaria de la serie Registro Nacional de Servic ios Policiales

3.1 Conformación del Equipo de trabajo

59

3.2 Primera etapa: Identificación de la Documentación

60

3.3 Segunda Etapa: Construcción de la Clave Archivística

64

3.4 Tercera Etapa: Catálogo de Disposición Documental

64

3.5 Cuarta Etapa: Valoración Secundaria

67

Capítulo 4 Resultados de la identificación, valor ación secundaria y selección de la serie Registro Na cional de Servicios Policiales

4.1 Presentación de la serie documental del periodo 1984-1999

68

4.2. Identificación de la serie – inventario general

73

4.2.1 Sexenio Presidencial en el que se tuvo mayor personal policial

75

4.2.2 Estados con mayor número de registros

77

4.2.3 Estados con menor número de registros

80

4.2.4 Inventario de documentación contaminada 83

4.3 Aplicación de la clave archivística

85

4.4 Catálogo de Disposición Documental

89

4.5 Valoración secundaria

94

4.5.1 Selección Conservación de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales

96

Conclusiones

98

Bibliografía

Anexos

Anexo 1 Entrevista

Anexo 2 Cronograma de Actividades

Anexo 3 Inventario General

Anexo 4 Inventario de Transferencia Secundaria

Anexo 5 Catálogo de Disposición Documental

1

Capítulo 1

Teoría Archivística

Antes de entrar de lleno a la teoría archivística, se puede decir que el valor de los

archivos para la sociedad y ante todo como memoria de la humanidad, es relevante

porque se ha hecho conciencia de que el archivo no es ese lugar recóndito y sucio

donde se guardan papeles, hoy sabemos que los documentos son de vital importancia

para la toma de decisiones y desarrollo de la sociedad, por ello el presente apartado

describirá y sustentará, de acuerdo a los diferentes autores consultados en archivística,

el cómo llevar a cabo los procesos por los cuales tiene que pasar la documentación

para su debido tratamiento, conservación y eliminación de los archivos en sus

diferentes unidades de resguardo, lo cual implica una serie de actividades que deben

desarrollarse principalmente en el archivo de concentración, un primer aspecto es la

identificación del fondo, porque es el reflejo del diagnóstico documental con el cual se

busca conocer aspectos trascendentales en relación con el uso, funcionamiento y

organización del archivo su principio de procedencia y principio de orden original,

porque proporciona el origen y orden en que se generan los documentos, así mismo se

indican cuales y que son los sistemas de clasificación (orgánico, funcional, asuntos y

materias); también se mencionan los métodos de ordenación, (alfabética, cronológica y

alfanumérica). Se desarrolla el ciclo vital del documento y sus diferentes actividades en

cada una de sus fases las cuales incluyen la valoración documental y transferencias.

La teoría es relevante puesto que en ella se sustenta la metodología de cómo se

organizan los archivos.

1.1 Identificación del Fondo

Denominamos fondo a la totalidad de la documentación producida por una institución,

la cual suele estar resguardada en un archivo, cabe mencionar que una institución

puede producir varios fondos, y es fundamental la identificación de éste fondo, como

primer paso para la organización de un archivo; con el objeto de conocer la historia

institucional, tipología documental, soporte, periodo documental y estado de

conservación.

2

Algunos criterios para identificar el fondo son:

• “Debe ser un organismo público o privado con existencia jurídica propia quien

genere la documentación.

• La dependencia o entidad debe tener funciones o atribuciones definidas.

• La propia institución debe contar con una organización interna para el desarrollo

de las funciones”1.

Principio de Procedencia y Principio de Orden Origi nal

El principio de procedencia se le atribuye al francés Natalis de Wailly que en el año de

1841,lo definió como “aquél según cada documento debe estar situado en el fondo

documental de que procede, y en este fondo en su lugar de origen”2 en donde se señala

que, todo documento debe tener un orden lógico y natural; de esta manera el principio

de procedencia es fundamental en la archivonomía, dado, que los documentos

generados por una institución no deben mezclarse con otros manteniendo así el orden

natural en que se han generado los documentos atendiendo al principio de orden

original, que establece que los documentos deben guardarse de acuerdo al orden en

que se generaron.

1.2 Clasificación

Etimológicamente la palabra clasificar “procede del latín classis facere, hacer clases”3,

No obstante desde la perspectiva archivística la clasificación consiste en “agrupar

jerárquicamente los documentos de un fondo mediante agregados o clases, desde los

más amplios a los más específicos, con base en los principios de procedencia y de

1 ALDAY GARCIA, Araceli. Introducción a la Operación de Archivos en Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo Federal. México: Archivo General de la Nación, 2004. p. 52. 2 HEREDIA HERRERA, Antonia. Archivística General. Teoría y Práctica. 5ª. ed. España, Sevilla: Diputación Provincial de Sevilla, 1991. p. 33-34. 3 CRUZ MUNDET, José Ramón. Manual de Archivística. 2ª ed. España, Madrid: Germán Sánchez Ruipérez, 1999. p. 229.

3

orden original”4; de acuerdo con esta definición para poder clasificar se debe respetar el

principio de procedencia y el de orden original, de esta manera se procede a organizar

la documentación generada a través de las categorías establecidas previamente en un

sistema de clasificación determinado.

1.2.1 Sistemas de Clasificación

Un sistema de clasificación se realiza de acuerdo a criterios objetivos, ya sea, por

estructura orgánica, funciones, asuntos y materias. Cruz Mundet dice que la

clasificación se basa en tres criterios, los cuales son: “las acciones, estructura orgánica,

los asuntos y materias”5.

Orgánico

Este sistema de clasificación agrupa a las series de acuerdo a la estructura orgánica de

la entidad, dividiendo jerárquicamente en grupos, “desde las unidades administrativas

básicas hasta las divisiones más amplias”6, en otras palabras la documentación se

organiza jerárquicamente de acuerdo a las oficinas, áreas, jefaturas, o departamentos

que las producen y estas a su vez se encuentran sujetas a una dirección general, de tal

forma que el sistema de clasificación, se aplica de acuerdo a la estructura orgánica de

la institución, tomando como fondo el nombre de la jerarquía más alta, secciones como

direcciones y series como áreas de manera jerarquizada; pudiendo agregar

subsecciones y subseries según convenga el caso.

Funcional

La clasificación funcional, se determina por las actividades y atribuciones de acuerdo a

la institución, tomando en consideración las funciones sustantivas y las facilitativas,

cabe mencionar que las sustantivas están determinadas como la razón de ser de la

institución y las facilitativas o comunes, como aquellas actividades que ayudan a

cumplir con las primeras.

4 Ibíd. p. 239. 5 Ibíd. p. 240. 6 Ibíd. p. 241.

4

Para tal sistema de clasificación es necesario establecer, “series o agrupaciones

documentales, de acuerdo con un esquema piramidal o jerarquizado de las mismas”7,

es decir tomar como base las funciones o actividades de la institución, ya sean

sustantivas o comunes, así se determinarán las clases o series que componen el fondo,

y éstas corresponderán a las series documentales identificadas y a su vez deben

ubicarse en forma jerarquizada.

Para Araceli Alday García “esté tipo de sistema de clasificación es recomendable para

archivos de instituciones de larga vida, con complejidad orgánica, en que las funciones

son más claras y lineales”8, se dice que de larga vida porque permanecerán las

funciones, así como su estructura.

Por Asuntos y Materias

Este sistema de clasificación es más complejo, al momento de aplicarlo, por esta razón

es recomendado para colecciones o archivos particulares, porque es el “resultado del

análisis de contenido de los documentos, esto es de los asuntos o materias sobre los

que versan”9. Para una institución éste sistema de clasificación no es útil, pues

fragmenta la estructura de los fondos y disemina la organización de los documentos.

Cabe mencionar que las principales características para establecer un sistema de

clasificación es ser objetivo, sólo debe basarse en criterios sólidos y estos a su vez son

proporcionados por los documentos; un aspecto importante es, no basarse en

suposiciones o cuestiones subjetivas, ya que el sistema elegido puede ser entendido de

distintas formas para su aplicación, así mismo el sistema debe ser independiente de los

demás instrumentos que se elaboran para la organización de un archivo.

1.3 Ordenación

Para organizar un archivo es necesario clasificar, pero también es esencial ordenar si

no quedaría incompleta está labor, por tal motivo se hace necesario ordenar la

7 Idem. 8 ALDAY GARCIA, Araceli. Op. Cit. p. 53. 9 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 242.

5

documentación. La ordenación es la “operación de unir un conjunto de documentos

relacionados justo con los otros, de acuerdo con una unidad de orden establecida de

antemano”10, esto significa que los documentos se agrupan de acuerdo a una

secuencia lógica de generación del propio documento.

1.3.1 Métodos de Ordenación

Los métodos de ordenación se establecen de diferentes formas, una puede ser por

letras (alfabético), por fechas del documento (cronológico), numérico sucesivo

(numérica), ó en su caso combinando letras y números (alfanumérica). Por otro lado la

elección del método de ordenación debe ser la que mejor convenga o se adapte al

objeto de la ordenación.

Alfabético

Esté método utiliza las letras del abecedario, las letras colocadas deben estar sujetas o

hacer referencia sobre el nombre del expediente, otro método aceptado es el de

ordenación por materias la cual “no supone necesariamente una relación sistemática de

las mismas, sino que puede ser simplemente la sucesión alfabética”11, por lo que es

aplicada dependiendo de la conveniencia para la ordenación del archivo.

Cronológico

El método de ordenación cronológico toma en cuenta la fecha del documento (día, mes

y año) es decir “comenzando por el año más remoto, los elementos se suceden hasta la

fecha más reciente, dentro de cada año por mes y dentro de éstos por días, si se

desconoce el día el elemento se colocará hasta el final de cada mes”12, así mismo los

documentos se deben acomodar de acuerdo al orden cronológico de la tramitación del

expediente.

10 ALDAY GARCÍA, Araceli. Op.Cit. p. 56. 11 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 250. 12 Idem.

6

Alfanumérico

La ordenación alfanumérica consiste en ordenar de acuerdo a combinaciones de letras

y números, formando así códigos para ordenar, y de esta forma se permite asignar

números de manera sucesiva para que la combinación no se repita con las demás.

1.4 Descripción Archivística

La descripción archivística en México en los últimos diez años se basa en la Norma

Internacional de Descripción Archivística ISAD (G) principalmente en el centro del país,

y se define como “la creación de una representación exacta de una unidad de

descripción y de las partes que la componen, en caso de haberlas, por el procedimiento

de captación, cotejo, análisis y de organización de cualquier información que sirva para

identificar la documentación y explicar el contexto que la produjo”13. La descripción

como se menciona, es una representación sobre el contenido del documento y debe ser

realizada a través del análisis objetivo de los documentos.

Instrumentos de Descripción

Dentro del trabajo archivístico, se deben utilizar las diferentes herramientas que brindan

apoyo en la recuperación y control de la información en los archivos, tal es el caso de la

guía, inventario y catálogos, estos instrumentos facilitan el conocimiento total de la

información contenida en los archivos, de acuerdo a su uso y contenido.

Guía

La guía es uno de los instrumentos auxiliares, más utilizados dentro del ámbito

archivístico, puesto que proporciona información general de un archivo, y presenta

datos como: ubicación del fondo, secciones y croquis de ubicación.

Cruz Mundet, hace referencia a la utilidad de las guías porque “proporcionan

información sobre todos o parte de los fondos de uno o más archivos, describen

13 Consejo Internacional de Archivos, ISAD (G) Norma Internacional General de Descripción Archivística. Madrid, 2000. p. 16.

7

globalmente las grandes agrupaciones documentales, esbozan la historia de los

organismos productores y facilitan información auxiliar acerca del archivo o archivos y

los servicios disponibles”14. Tiene una función específica, la cual es el conocimiento

general de los fondos de uno o varios archivos.

Para Carmen Pescador del Hoyo la guía “es el instrumento de descripción de fondos

que sirve para orientar al investigador en el conocimiento y exploración del contenido de

todos, o parte, de los fondos, de uno o varios archivos”15. La guía es un instrumento,

que permite conocer de forma general el contenido de un fondo de archivo. La

realización de está, permitirá al usuario identificar la información que le es útil, de tal

manera que la guía es un instrumento importante para el desarrollo de las actividades

dentro del archivo.

Inventario

El inventario es parte fundamental, para el conocimiento de la documentación dentro

del archivo.

Describe un fondo, colección o sección tomando las series como unidades descriptivas

sus objetivos son: “Reflejar, a partir de las series documentales, la estructura,

organicidad, funciones y servir como instrumento de control de la documentación y,

asimismo, coadyuvar en la actividades de quien recopiló la documentación, sea

institución o persona, y consulta de la información que ésta contiene para su

presentación”16.

Cruz Mundet menciona dos tipos de inventario; somero y analítico; el somero

comprende los elementos mínimos y esenciales para la descripción del documento de

archivo. “Su utilidad es ante todo de uso interno como procedimiento de control sobre

14 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 173. 15 PESCADOR DEL HOYO, María Del Carmen. El Archivo: Instrumentos de Descripción. 1ª. ed. España, Madrid: Ediciones Norma, 1986. p.116. 16VILLANUEVA BAZÁN, Gustavo. Manual de Procedimientos Técnicos para Archivos Históricos de Universidades e Instituciones de Educación Superior. 1ª. ed. México, DF: Universidad Autónoma de México, Centro de Estudios sobre la Universidad del Archivo Histórico de la UNAM. p. 130.

8

las existencias, pero el interés para los usuarios es mínimo pues les ofrece una

información excesivamente genérica y apenas si les orienta acerca de la

documentación que pueden encontrar”17. El inventario somero es utilizado para grandes

volúmenes documentales y dentro de la descripción podemos encontrar el mínimo de

sus elementos, para su manejo.

A diferencia del somero, el inventario analítico:

Describe los fondos con mayor profundidad al descender hasta los expedientes. Con los

mismos elementos mínimos obligatorios y algunos más optativos, ofrece información

suficiente para localizar la documentación en el tiempo y en su ubicación física, conocer

su organización, e individualizarla para que cada cual elija entre todas las opciones las de

su interés18.

De esta forma el inventario analítico es aquel que describe de manera completa el

expediente, este instrumento permite conocer el total de los expedientes contenidos en

los archivos a través de una descripción detallada.

Catálogo

El catálogo es herramienta útil en la labor archivística ya que es un “instrumento de

información en el cual es dado el contenido y la descripción de los documentos (por

series o por unidades), pero siempre en orden escogido y no preexistente en los

respectivos fondos”19. De tal manera que el archivista no debe hacer criterios subjetivos

al realizar esta actividad porque requiere el análisis profesional al momento de describir

las piezas documentales.

17 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 277.

18 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 173. 19 GUTIÉRREZ MUÑOZ, Cesar. Archivística. 1ª. ed. Perú, Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú. Materiales de Enseñanza de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas, 1991. p. 3.

9

El catálogo describe las piezas documentales de forma detallada, individualizando el

conjunto documental, que presenta una afinidad tipológica, temática o institucional.

Ayuda en la realización de una investigación de información, sin manipular los

expedientes, facilitando a los usuarios un acceso eficaz y eficiente de acuerdo a sus

demandas de información.

1.5 Ciclo Vital del Documento

El ciclo vital del documento surge en Estados Unidos a partir de la Segunda Guerra

Mundial a consecuencia de la gran explosión documental que generaron los servicios

de guerra y la administración pública, dando como resultado, el poder planificar el

volumen documental, desde una nueva perspectiva de la archivística, adoptando un

nuevo modelo para organizar los archivos llamado “Record Management” traducido por

los Archivistas Españoles como “Gestión de Documentos” quien adopta cuatro puntos

básicos.

1. Aplicación del «ciclo vital» de la documentación a la planificación

administrativa.

2. Aplicación de programas y planes de seguimiento y control de toda la

documentación producida.

3. Aplicación de métodos de control de los records management.

4. Aplicación de técnicas especializadas en gestión y organización de

documentos20.

El ciclo vital contempla el tiempo de vida de los documentos, desde el momento de su

creación hasta su selección o expurgo, para su conservación permanente o eliminación

total del archivo. De ahí que este ciclo se divide en tres edades: primera etapa o fase

20 NÚÑEZ FERNÁNDEZ. Eduardo, Organización y gestión de archivos. 1ª. ed. España: Trea, 1999. p.136.

10

activa (Archivo de Trámite), segunda etapa o fase semiactiva (Archivo de

Concentración) y tercera etapa o fase inactiva (Archivo Histórico).

1.6 Fase Activa

La fase activa correspondiente a la primera etapa del ciclo vital del documento, y da

lugar al archivo de trámite.

Enrique Pérez Herrero en su obra El Archivo y el Archivero dice:

Una sociedad, una institución pública o privada sin archivo que constate su

actividad, es como un hombre sin memoria, sin experiencia, sin pasado, y, por

tanto, sin personalidad suficiente, por lo que no podrá ser considerada en el

futuro por ser ignota21 o, al menos, incierta. Desaparece el hombre, el actor, el

artífice, pero queda su obra, de la que podrán beneficiarse sus descendientes o

sus continuadores22.

Los documentos son generados por una necesidad administrativa, y corresponden a la

fase activa perteneciente al Archivo de Trámite (AT), para llevar a cabo un control de la

documentación en gestión es necesario realizar actividades primordiales como:

recepción, apertura, registro del expediente, inventario general, valoración primaria y

transferencia primaria; por su naturaleza este archivo es utilizado frecuentemente, para

la toma de decisiones.

La documentación en la fase activa: “Es aquella necesaria para el ejercicio de las

atribuciones de las unidades administrativas y de uso frecuente, que se conserva en el

archivo de trámite”23. Dicha documentación es necesaria para el desarrollo de

actividades a nivel institucional.

21 Para ENRIQUE PÉREZ HERRERO la palabra ignota significa desconocido, extraño o inédito. 22 PÉREZ HERRERO, Enrique. El Archivo Y El Archivero. 1ª. ed. Islas Canarias: Viceconsejería de Cultura y Deportes, 1997. p. 120. 23 ALDAY GARCIA, Araceli. Op. Cit. p 64.

11

1.6.1 Archivo de Trámite

El Diccionario de Terminología Archivística del Ministerio de Cultura en Madrid define al

archivo de trámite como: la unidad productora de los documentos, y corresponde a la

primera etapa de la vida de los documentos y en ella deben permanecer mientras dura

la formación de los expedientes e incluso al terminar ésta si las necesidades de

consulta son continuas”24, otra definición del mismo diccionario dice que, el archivo de

trámite es el que se halla “vigente, activo, que guarda con carácter temporal los

documentos que se encuentran al servicio exclusivo de la institución a la cual

pertenecen”25.

Araceli Alday lo define como: la “Unidad responsable de la administración de

documentos de uso cotidiano y necesario para el ejercicio de las atribuciones de una

unidad administrativa”26.

Después de analizar el concepto anterior podemos definir al archivo de trámite, como el

lugar destinado para la documentación en gestión o en constante uso, misma que da

pie al ciclo vital y posteriormente a su transferencia primaria. Esta documentación tiene

tres características principales: el documento es único, lo genera una necesidad

administrativa y tiene valores primarios.

Importancia

Es imprescindible contar con un archivo en cualquier empresa o institución, sea pública

o privada, porque ayudan a proporcionar información rápida y oportuna para la toma de

decisiones si se encuentran debidamente organizados, puesto que en un futuro nos

proporcionará su historia, funciones y actividades así mismo los documentos son la

materia prima de los archivos, y el objeto sobre el cual el archivónomo desarrolla su

actividad profesional, de tal manera que los documentos dan lugar a la existencia de

archivos haciendo necesaria la presencia de profesionales en el área de la información.

24 DIRECCIÓN DE ARCHIVOS ESTATALES. Diccionario de Terminología Archivística.1ª. ed. España, Madrid: Ministerio de Cultura, 1993. p.11. 25 Ibíd. p. 12. 26 ALDAY GARCÍA, Araceli. Op. Cit. p. 63.

12

Funciones

Las funciones desarrolladas en el archivo de trámite son el inicio para el debido

tratamiento documental, dando pauta y seguimiento de las actividades aplicadas a cada

una de sus fases del ciclo vital del documento, de ahí que el Sistema Red de Archivos

establece lo siguiente.

• “Organizar la documentación administrativa en apoyo a la toma de decisiones.

• Aplicar principios y técnicas de valoración, selección y baja de documentos.

• Ubicar a los archivos en áreas y locales adecuados para garantizar su

conservación.

• Mantener organizada la documentación en sus diferentes etapas”27.

Además se pueden agregar dos actividades:

• Controlar las salidas y entradas de los expedientes y documentos.

• Crear instrumentos descriptivos para agilizar el acceso a la información.

1.7 Valoración

A consecuencia del gran desarrollo de las nuevas tecnologías en cuanto a la

reproducción documental, intercambio y manejo de información, esto ha ocasionado un

creciente volumen documental, para atender a esta problemática se hace necesario

realizar el proceso de valoración para determinar el destino final de la documentación,

cabe mencionar que este proceso es complejo y es necesario porque permite conservar

aquella documentación realmente importante para la institución ó empresa.

Para establecer el concepto y finalidad primordial de este proceso archivístico, se

revisarán las siguientes definiciones.

27 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN. Manual de Procedimientos de las Unidades de Documentación en Trámite del Sistema Red de Archivos. Vol. 4. México, D.F: Dirección de Administración de Documentos del Gobierno Federal. Archivo General de la Nación, 1986. p. 37.

13

Cruz Mundet define la valoración como el “estudio de series documentales una por

una: su origen, la tipología documental, el valor que han tenido o puedan conservar en

adelante para la entidad que los ha creado, el que pueden ofrecer para su propia

historia”28.

El Archivo General de la Nación en el libro Entre Archivistas e Historiadores: el dilema

de la valoración documental alude al “proceso de análisis y selección que tiene como

objetivo establecer plazos de transferencia, acceso y conservación de las series

documentales”29; por lo que para realizar el proceso de valoración es necesario tomar

en cuenta los plazos de conservación, con el fin de establecer criterios de valoración y

selección documental.

Para Molina Nortes es “la fase del tratamiento archivístico que consiste en analizar y

determinar los valores primarios y secundarios de las series documentales, fijando los

plazos de transferencia, acceso y conservación o eliminación total o parcial”30.

Los autores antes mencionados, en esencia coinciden en decir que la valoración

documental consiste en efectuar un análisis de las series documentales que conforman

el fondo, además de justificar la funcionalidad de la documentación para la institución,

asimismo como para la sociedad con el objetivo de que a futuro sea útil para las

investigaciones. En base a ello, nos permitirá determinar los tiempos de guarda y el

destino final de la documentación.

Este proceso archivístico, requiere efectuar un trabajo analítico, detallado y minucioso,

ya que implica entender y analizar aspectos como la historia institucional del órgano

generador de documentos, las funciones, atribuciones legales, para determinar los

valores documentales en cada serie documental, por ello se establecen dos tipos de

valoración: valoración primaria y valoración secundaria.

28 CRUZ MUNDET, José Ramón. Información y Documentación Administrativa. 1ª ed. Madrid: Tecnos, 1998. p. 250. 29 ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN. Entre Archivistas e Historiadores. El Dilema de la Valoración Documental, México: Archivo General de la Nación, 1995. p. 195. 30 MOLINA NORTES, Juana y LEYVA PALMA, Victoria. . Técnicas de Archivo y Tratamiento de la Documentación Administrativa. 1ª. ed. España: ANABAD, 1996. p. 164.

14

Valoración Primaria

En el archivo de trámite es donde se realiza la valoración primaria que consiste en el

proceso donde se identifican y determinan los plazos y utilidad de los documentos por

parte de las instituciones que lo producen o conservan, es decir atiende exclusivamente

las vigencias o valores primarios y su carácter es estrictamente institucional. Es decir, la

valoración primaria, busca establecer ciertos parámetros de utilidad institucional de la

documentación.

Durante la etapa activa del ciclo vital del documento, pueden determinarse los

expedientes que tienen utilidad continua como documentos activos y semiactivos, para

los propósitos del quehacer de un organismo. Para ello, es necesario considerar tres

aspectos que determinan los criterios a los que se deben someter los expedientes en la

valoración primaria.

Valores Primarios: “Son aquellos que poseen los documentos para el organismo de

origen y que persisten incluso después de haber perdido su valor corriente de gestión”31

son de carácter interno básicamente los siguientes:

• Valor Administrativo: Está relacionado al trámite o asunto que motivó su

creación. Se encuentra en todos los documentos, son importantes por su utilidad

referencial para la planeación y la toma de decisiones, es decir; es el valor

asignado a los documentos que sirven para realizar operaciones administrativas

cotidianas propias del organismo.

• Valor Legal: “Es el que tienen todos los documentos que sirven de testimonio

ante la ley. Sirve para documentar las obligaciones legales y proteger los

derechos de los individuos y de la entidad”32, por ejemplo: actas del registro civil,

contratos, escrituras, actas constitutivas notariadas, decretos, acuerdos,

documentos relacionados con la propiedad.

31 CRUZ MUNDET, José Ramón. Manual de Archivística. 2ª. ed. España, Madrid: Germán Sánchez Ruipérez, 1999. p. 213. 32 ALDAY GARCIA, Araceli. Op. Cit. p.135.

15

• Valor Fiscal o Contable: “Corresponde al valor de los documentos de archivo que

justifican, explican o comprueban el cumplimiento de obligaciones tributarias”33,

así mismo el valor fiscal, lo tienen aquellos documentos que brindan la

conducción y certificación de asuntos financieros que justifican ingresos y

egresos de dinero.

Para realizar el análisis de los valores primarios, es imprescindible contar con la

información suministrada por los productores de los documentos quienes establecen los

plazos de vigencia administrativa, valor legal o probatorio que pueden tener los

documentos.

El conocimiento del periodo de vigencia administrativa de los documentos puede

conocerse a través de diversos factores como:

• Frecuencia de consulta que tienen estos por parte de los usuarios (oficinas

generadoras).

• Los plazos que estén señalados por la normatividad oficial.

Transferencia

La transferencia es el procedimiento habitual de ingresos de fondos en un archivo,

mediante el traslado de las series documentales, los documentos pasan de un archivo a

otro en la medida en que van disminuyendo sus valores primarios y secundarios cuales

quiera que sea el caso. La transferencia como proceso archivístico debe estar planeada

para poder garantizar un adecuado traslado de los fondos.

La Escuela Iberoamericana de Archivos (EIA) define la transferencia como: “el

procedimiento habitual de ingreso de fondos en un archivo, mediante el traslado de

fracciones cronológicas de series documentales, una vez que éstas han cumplido el

33 ídem.

16

plazo de permanencia fijado por las normas de valoración para cada una de las etapas

del ciclo vital de los documentos”34.

Pérez Herrero Enrique, nos dice que la transferencia es el “Procedimiento habitual de

ingreso de fondos en un archivo mediante traslado de las fracciones de series

documentales, una vez que éstas han cumplido el plazo de permanencia en la etapa

anterior dentro de la red de archivos en la que esté integrado”35. Ante lo expuesto por

estos autores, todos los documentos, se transfieren por serie documental al término de

sus plazos de vigencia y valores, dependiendo de la unidad de archivo a la que

corresponda, y para tal transferencia se debe realizar una valoración previa misma que

determina el destino final de la documentación.

Objetivo de la Transferencia

El objeto de la transferencia es evitar la acumulación excesiva, saturación o como

normalmente se le conoce explosión documental en las oficinas y eliminar aquellos que

no son de uso frecuente, y de esta manera lograr que aquellos documentos transferidos

reciban el tratamiento adecuado en el archivo al que corresponde.

Para realizar la transferencia es necesario establecer criterios que permitan transferir de

forma objetiva, sistemática y oportunamente la documentación susceptible en el archivo

al que corresponde.

Criterios para Realizar la Transferencia

Ahora bien, la transferencia debe hacerse atendiendo a criterios bien establecidos, de

esta manera evitaremos la pérdida de información que puede ser valiosa no solo para la

institución generadora, sino para la sociedad. Algunos de estos criterios a tomar en

cuenta, de acuerdo a Núñez Fernández son los siguientes:

34 DE LA TORRE MERINO, José Luis y PALOMINO Y BENITO, Mercedes Martin. Metodología para la Identificación y Valoración de Fondos Documentales. 1ª ed. Madrid, España: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2000. p. 28. 35 PÉREZ HERRERO, Enrique. Op. Cit. p. 331.

17

Identificar las series documentales que contengan fracciones cronológicas que

hayan cumplido su plazo de permanencia. Previamente se debe seleccionar y

expurgar físicamente la documentación agrupada en un mismo lugar. Transferir

las cajas de acuerdo a su número correlativo de asignatura de series

cronológicas. Para agrupar por procedencias cada fragmento cronológico de las

series documentales trasferidas, es necesario elaborar un índice. Además de la

descripción de la documentación transferida, debe remitir toda aquella

información obtenida sobre cada serie documental36.

La transferencia debe utilizarse para:

Descongestionar las oficinas de documentos, con lo cual se agiliza la gestión y

permite ganar espacio para los documentos que se van produciendo. Hace

posible dar un tratamiento y servicio adecuado a los documentos en cada fase de

Archivo, lo que redundará en un eficaz servicio a las unidades productoras.

Agiliza el servicio a las unidades productoras mediante la consulta o préstamo de

los documentos. Facilita y garantiza la consulta de los documentos a los

ciudadanos para la gestión de sus intereses. Garantiza la conservación de los

documentos al situarlos en lugares adecuados y al estar controlados y tratados

convenientemente por profesionales. Toda transferencia implica el conocimiento

de las estructura de las instituciones productoras de documentos (organigrama

administrativo) y de sus tipos documentales37.

Solamente tras el conocimiento de estos elementos, el archivista podrá valorar la

importancia de dicha actividad.

1.8 Fase Semiactiva

Esta fase inicia al termino del asunto administrativo por el cual fue creada la

documentación, esta comienza cuando la vigencia primaria ha concluido aunque la

razón por la cual fue generada haya terminado; no significa que el documento tenga

que ser eliminado inmediatamente, pues éste puede tener un valor, se debe conservar

durante un plazo llamado precaucional para fines de consulta y referencia.

36 NUÑEZ FERNÁNDEZ, Eduardo. Op. Cit. p. 215. 37 DUPLÁ DEL MORAL, Ana. Manual de Archivos de Oficina para Gestores. 1ª. ed. Madrid, España: Ediciones Jurídicas y Sociales, 1997. p. 138.

18

La característica de la documentación en esta fase es que se encuentra en los archivos

de concentración y es poca la consulta por el área generadora, además poco a poco va

decreciendo más el valor primario de la documentación y puede que adquiera el valor

secundario según sea el caso.

1. 8.1 Archivo de Concentración

El Archivo de Concentración se ubica en la segunda etapa o fase semiactiva del ciclo

vital del documento, en este archivo se reciben los documentos que el archivo de

trámite, transfirió por su baja consulta o cumplimiento de vigencia, en esta fase se

realiza una descripción del documento en base al contenido, utilizando, instrumentos de

control y descripción como: el inventario general, cuadro general de clasificación

archivística, catálogo de disposición documental; el cual dictamina el tiempo de vigencia

bajo un sustento legal, para posteriormente efectuar la valoración secundaria con el fin

de determinar la eliminación de dicho documento o bien su transferencia al archivo

histórico.

También llamado archivo intermedio por Cruz Mundet ya que lo identifica como “el lugar

donde se resguarda la documentación que ha perdido prácticamente la utilidad por la

cual había sido creada”38. Molina Nortes lo define como “el archivo intermedio y se

presenta en su segunda etapa del ciclo vital del documento, es así como se le

denomina documento semiactivo”39, estos mismos, presentan valores primarios y

secundarios, su periodo de permanencia en el archivo varía ya que las características

de los documentos no son las mismas, en cuanto a su guarda puede estar en el local o

instalaciones que se ubican en la misma institución.

El Diccionario de Términos Archivísticos dice que “son los que se integran con

expedientes depurados de los archivos de transferencia y donde se habrá de

38 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 181. 39 MOLINA NORTES, Juana, y LEYVA PALMA, Victoria. Op. Cit. p. 166.

19

seleccionar el material que pasará a formar parte del acervo del archivo histórico, y

aquellos que deban ser eliminados o dados de baja”40.

El archivo de concentración está formado por expedientes semiactivos cuya consulta es

esporádica y que han sido transferidos para su conservación y administración mientras

concluye en su fase semiactiva y se decide su eliminación o su transferencia al archivo

histórico, baja definitiva o eliminación parcial o total de acuerdo a la tipología

documental, vigencia y utilidad del documento.

Este tipo de archivo permite desahogar los archivos de trámite de las distintas oficinas

de la institución y es documentación que ha concluido su trámite y se deben conservar

por un tiempo precaucional en el archivo de concentración para hacer consultas por

parte del órgano productor; cabe mencionar que para dar seguimiento a la organización

del archivo de concentración es necesario establecer las principales funciones como:

Custodiar y establecer tiempos de guarda, conservación, y valorar la documentación

para su transferencia al archivo histórico. Cruz Mundet en su Manual de Archivística,

menciona como funciones:

Liberar a las administraciones de los documentos que ya no son necesarios para

su trabajo diario, a fin de mejorar el funcionamiento de sus sistemas

documentales. Evitar el colapsar los archivos históricos con documentos que

todavía no son de libre acceso para el público. Asegurar la selección de los

documentos que van a ser conservados y los que van a ser eliminados.

Garantizar a las administraciones de origen la plena disponibilidad de sus

documentos, es decir, el acceso a los mismos cuando sea necesario. Realizar

dichas funciones a bajo costo mediante el aprovechamiento intensivo del espacio,

ubicado en suelos e instalaciones más baratos que los de las oficinas41.

Las funciones del archivo de concentración no sólo se ven reflejadas en estos puntos

sino también en un proceso intelectual y de análisis por profesionales en la materia

como describe María Luisa Conde Villaverde. “Desde la perspectiva global de las cuatro

40 ARÉVALO JORDÁN, Víctor Hugo. Diccionario de Términos Archivísticos. 1ª. ed. Santa Fé, Argentina: Asociación de Archiveros de Santa Fé, 2000. p. 48. 41 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 183-184.

20

etapas en que se subdivide el tratamiento y control de los fondos documentales -

Identificación, Valoración, Descripción y Difusión”42.

Para darle seguimiento al cumplimiento de las funciones del archivo de concentración,

es necesario elaborar un catálogo de disposición documental, el cual determina el

tiempo de guarda de los documentos y se detalla a continuación.

1.9 Catálogo de Disposición Documental

El catálogo de disposición documental es un instrumento de descripción archivística y

es elaborado por el archivista para determinar los plazos de conservación de la

documentación que integra el fondo y debe presentar las series documentales.

De acuerdo al Diccionario de Terminología Archivística el catálogo de disposición

documental es el “Instrumento que establece las políticas y criterios sobre la

conservación y vigencia de los documentos de archivo a lo largo de su ciclo de vida. Y

en el cual se debe tomar en cuenta el tratamiento que por ley o disposición jurídica se

da a ciertos documentos”43.

Para Aracely Alday el catálogo de disposición documental es “el registro general,

sistemático y normalizado de los valores de disposición de todos los documentos

existentes, ya sean producidos o recibidos en un sistema administrativo”44.

Dicho catálogo de disposición documental tiene las siguientes características:

• General: Porque engloba la totalidad de las series.

• Sistemático: Porque realiza la valoración de los documentos de manera

permanente llevando un control sobre la disposición de la documentación.

42 CONDE VILLAVERDE, María Luisa. Manual de Tratamiento de Archivos Administrativos. 1ª. ed. Madrid, España: Dirección de Archivos Estatales, 1992. p.75. 43

DIRECCIÓN DE ARCHIVOS ESTATALES. Op. Cit. p. 22. 44 ALDAY GARCÌA, Araceli. Op. Cit. p. 63.

21

• Normalizado: Por la aplicación de normas, para indicar de forma organizada y

reglamentada los plazos de conservación de acuerdo a las funciones de la

institución.

Una vez elaborado dicho instrumento, es utilizado para describir las series que integran

el fondo, el cual específicamente determina el plazo de vigencia de los documentos,

para con ello decidir el destino final de la documentación a través de los criterios de

valoración.

1.10 Valoración Secundaria

Tiene como fin garantizar la protección de la documentación que tiene valor social, más

allá de la necesidad institucional, es decir, garantizar la utilización para fines distintos a

los que respondió su creación, esta valoración busca básicamente la identificación y

aplicación del uso del documento para la investigación, su utilidad como fuente de

información de carácter único permanente.

Schellenberg, en su libro Archivos modernos: principios y técnicas, establece que los

valores secundarios del documento son:

Valor testimonial. Documentos con información sobre la historia, la organización y

las funciones de la administración de origen y evolución del organismo

administrativo que los creo. Valor informativo: son aquellos que contienen el

desarrollo de las personas o de los grupos sociales, así como lugares, objetos

físicos o algún suceso importante para la institución45,

la información es utilizada para diversos campos de estudio. Su uso es meramente

social ya que se recurren a ellos para reconstruir la evolución de la institución.

Valor evidencial: aquellos que dejan “prueba de los hechos y circunstancias

significativos relacionados con la existencia de un organismo o dependencia”46 entre

45 SCHELLENBERG, Theodoore R. Archivos Modernos: principios técnicas. 2ª. ed. México: Archivo General de la Nación, 1987. p. 199. 46 Ibíd. p. 200.

22

ellos los que hacen referencia a los orígenes. Son documentos que por su contenido

dan información acerca del origen, organización, funcionamiento, cambios, así como

normas de acción, sus programas para tratar toda clase de asuntos.

Además nos menciona que los documentos y expedientes que deben conservarse

perpetuamente son los que evidencian o dan testimonio de las actividades sustantivas

o vitales del organismo; por ello menciona tres pruebas de los valores informativos:

• “Exclusividad que la información no está en otras series documentales tan

completa ni disponible.

• La forma en cómo se encuentra diversificada, extensiva o intensiva.

• La importancia que los documentos pueden tener para la investigación y la

cultura”47.

Como podemos observar la valoración secundaria incluye cuestiones de objetividad ya

que consiste en realizar un trabajo analítico, minucioso y objetivo porque implica

entender y analizar factores como: la historia del creador de los documentos, funciones,

atribuciones legales, estructura organizacional, para determinar los valores

documentales que integran las series para decidir el destino final.

Determinar el valor no es algo inherente al documento, por lo que no se deberá

considerar como una pieza documental sino como un conjunto de documentos de una

determinada actividad.

Por ello es importante contemplar algunos elementos que nos ayuden a efectuar mejor

la valoración como:

Saber si los expedientes que componen la serie documental corresponden a

documentos activos, semiactivos, o inactivos, esta información se obtendrá

conociendo la frecuencia de consulta por parte de las oficinas administrativas. Si

se trata de una serie que corresponde a funciones generales o especificas del

organismo. Si se trata de ejemplares principales o secundarios, el primero será

aquel que conserva la unidad de origen del expediente, mientras que el

secundario es acumulado por una oficina diferente a la productora. La tradición

47 Ibíd. p. 220.

23

documental, es decir, la forma en la que se han transmitido los documentos:

originales, copias, duplicados fotocopias48.

Una vez analizados los valores y los elementos anteriores es necesario establecer

técnicas de valoración para determinar el destino final de la documentación, para su

conservación total o parcial o la eliminación de la misma.

La conservación Total. Trata de documentación evidencial, testimonial e informativa,

constituida por ejemplares primarios, y la documentación deberá conservarse

íntegramente.

En este caso, deberá figurar la documentación que permita conocer los orígenes del

organismo, su organización, evolución y actividades, asimismo aquellos documentos

que permitan conocer los procesos de elaboración de leyes y reglamentos del

organismo, también los que responden a las necesidades del análisis estadístico, y los

que contienen datos significativos sobre un acontecimiento, individuo, institución o

lugar, sobre tendencias de la historia política o económica.

Eliminación Parcial. Cuando se trata de series documentales homogéneas y

voluminosas, que aún siendo ejemplares primarios son susceptibles de selección, pero

no en su totalidad, conservando una muestra de las mismas, para ello se utiliza la

técnica del muestreo, dentro del cual se pueden utilizar distintos métodos:

• Método del ejemplar

• Método selectivo o cuantitativo

• Método sistemático (Cronológico, Geográfico, Alfabético, Numérico)

• Método aleatorio

Eliminación Total. Cuando son series formadas por ejemplares secundarios sin valor

histórico, y cuya información está recogida en otros organismos49, además también se

considera lo que establece la legislación al respecto.

48 MOLINA NORTES, Juana, y LEYVA PALMA, Victoria. Op. Cit. p. 166. 49 Ibíd. p. 167.

24

Selección

Es la tarea por la cual se determina el destino de los documentos a partir de su valor, es

decir, los plazos de tiempo límite para su conservación o destrucción. La selección para

el autor Argentino Manuel Vázquez Murillo “es un proceso técnico por el cual se

establece el tiempo en que los documentos de archivo sirven a fines administrativos y

cuáles de ellos han de conservarse para que sirvan a fines de investigación”50.

El autor español Cruz Mundet señala que es “la tarea por la cual se determina el

destino de los documentos a partir de su valor, también los plazos de tiempo límites

para su conservación o destrucción”51.

Como se observa la selección es una técnica documental que implica identificar y

separar dentro de un conjunto de expedientes los documentos que deben de

conservarse permanentemente por su valor de aquellos que pueden eliminarse por su

irrelevancia, por ello Cruz Mundet menciona que se produce en dos etapas:

La primera etapa es de carácter conceptual, donde se parte de los valores identificados,

se deciden y establecen los plazos y modalidades de selección para cada serie

documental; ésta depende de la propia valoración y participa de sus criterios y

procedimientos.

La segunda con carácter práctico actúa directamente sobre las series aplicando el

método de selección apropiado a cada caso. Este tipo de selección aplica cuando las

dimensiones del fondo son muy grandes y pueden ser: selección pieza por pieza,

selección cualitativa y selección por muestreo.

Los métodos empleados para efectuar la conservación de los documentos

seleccionados varían en función de diversos factores, tales como la dimensión del

fondo documental, la etapa del ciclo de vida en la que se realice, las características de

50 VÁZQUEZ MURILLO, Manuel. Como Seleccionar Documentos de Archivo. 1ª .ed. Córdoba, Argentina: Sidera, 2002. p. 19. 51 CRUZ MUNDET, José Ramón. Op. Cit. p. 215.

25

cada serie documental, de modo que no siempre se aplica el mismo, ni siquiera uno

concreto sino en combinación, las cuales pueden ser:

• Selección por pieza, se trata de un procedimiento previo realizado en las

administraciones de origen, donde los propios administradores deben depurar su

documentación, antes de remitirlos al archivo, revisándolos pieza por pieza a fin de

eliminar los borradores, duplicados, copias de referencia y todos aquellos

documentos innecesarios en los expedientes.

• Selección cualitativa, en función de la naturaleza puede ser empleada como:

Intrínseca depende de factores tales como su contenido, circunstancias de su

producción, la presencia o número de firmas así como de sellos.

Extrínseca se toma en cuenta de acuerdo al criterio ya sea por nombre, fecha,

localización geográfica, o bien combinada.

• Selección por muestreo: También denominado muestreo estadístico o simplemente

muestreo, consiste en la aplicación del procedimiento matemático, mediante el cual

se obtienen una o más muestras de la población.

Depuración Documental

El término depuración se usa en México para definir el “proceso de selección final de

los documentos que serán conservados permanentemente; de aquellos otros que por

su irrelevancia deben eliminarse”52.

Esta eliminación se efectuará considerando la correcta evaluación y disposición de la

documentación, detectándose los valores de vigencia o prescripción de cada uno de los

grupos documentales de la institución

La depuración “es la eliminación física de documentos, los cuales ya cumplieron su

función y plazos determinados en el catálogo de disposición documental”53, este

52 ALDAY GARCIA, Araceli. Op. Cit. p. 46.

26

proceso deberá estar acompañado del criterio de eliminación y ésta debe asentarse en

una Acta de Baja Documental.

Con base en estos conceptos la depuración documental es una parte fundamental de

las tareas archivísticas que debe cumplir con toda la responsabilidad el archivista, ya

que impide que se dé la explosión documental dentro del archivo impidiendo su

organización y conservación de lo necesario.

Transferencia Secundaria

Es el conjunto de procedimientos mediante los cuales la documentación es remitida de

una etapa a otra del archivo, siguiendo el ciclo vital del documento, de esta forma la

transferencia es controlada y la documentación es archivada sistemáticamente en el

archivo histórico, porque ha dejado de tener valores primarios para la unidad

administrativa que la generó, lo cual permite ser desechada ó enviada al archivo

histórico, por tener valores secundarios, es decir, son los documentos enviados al

archivo histórico.

1.11 Archivo Histórico

Los documentos son apreciados como forma de conocimiento y susceptibles a ser

utilizados como objeto de estudio y como prueba de un hecho o función, el archivo

histórico pertenece a “la tercera etapa de los documentos dentro del ciclo vital, al que

se han de transferir desde el archivo de concentración para su conservación

permanente”54 sus fondos están compuestos por las series que han sido transferidas

por el archivo de concentración y los documentos poseen valores secundarios los

cuales pueden ser, evidencial, testimonial, informativo y referencial.

53SECRETARIA DE GOBERNACIÓN. Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. México: Archivo General de la Nación, 1994. p. 3. 54 ALDAY GARCÌA, Araceli. Op. Cit. p. 48.

27

Funciones y Actividades del Archivo Histórico

Las principales actividades que debe desarrollar el personal que está a cargo del

archivo histórico son:

Adquisiciones.- Pueden ser por transferencias programadas, o donaciones

regularmente por los familiares, por depósito legal cuando por derecho le corresponde

si se basa en la administración pública, otra forma es por legado y compra, esto con la

finalidad de enriquecer el acervo histórico.

Las principales actividades al organizar el archivo histórico son, la identificación,

clasificación, ordenación y descripción: La elaboración de instrumentos de descripción y

control es fundamental para el manejo de la documentación histórica.

Conservación: Se realizan programas preventivos y de restauración en función al

estado físico de los documentos así mismo de la migración del soporte que permite la

consulta de los documentos para no utilizar los originales y así evitar su deterioro.

Difusión: La atención a usuarios, préstamo, exposiciones y publicaciones son labor

fundamental para este tipo de archivo, para que de esta forma el usuario se interese en

visitar y consultar el archivo.

Lo expuesto a lo largo de éste capítulo brinda un panorama de la bibliografía consultada

de varios autores que han escrito en materia archivística. La finalidad es sustentar el

marco teórico donde se muestran los principios archivísticos necesarios para realizar la

valoración secundaria incluyendo todos los elementos que intervienen en el ciclo vital

del documento. Lo descrito se presenta con la finalidad de dar validez y fiabilidad a los

procedimientos que deben regular la organización de un archivo como un todo.

28

Capítulo 2

La Secretaría de Gobernación y su Archivo de Concen tración

Para conocer la historia de la Secretaría de Gobernación es necesario tener presentes

aspectos fundamentales de la administración pública ya que ambas están

estrechamente relacionadas entre sí. Por tal motivo las múltiples funciones de ésta

Secretaría de Estado dieron origen a funciones y facultades diversas con la finalidad de

crear una conducción adecuada de la política interior y exterior en México.

La Secretaría de Gobernación, depende del Ejecutivo Federal, desde sus orígenes

asume cabalmente los esfuerzos del Estado para propiciar el desarrollo de la nación y

responsable de atender el desarrollo político, social así como coadyuvar en la

conducción de las relaciones del poder ejecutivo con los otros poderes de la unión y

con los demás niveles de gobierno, para lograr la convivencia armónica, la paz social, el

desarrollo y bienestar de los mexicanos en un estado de derecho a través de una

vocación de servicio y de la administración eficaz y eficiente de los recursos asignados.

2.1 Antecedentes Generales

El primer antecedente de la Secretaría de Gobernación está plasmado en la

Constitución de Apatzingán el 22 de octubre de 1814, ya que después de la

consumación de la independencia se enfocaron los esfuerzos para organizar la nueva

Nación Independiente. En el artículo 134 de la Constitución, se menciona que habría

tres Ministerios los cuales fueron: Guerra, Hacienda y Gobierno.

Con el firme propósito de organizar a la nueva nación el día 24 de febrero de 1821 se

firma el Plan de Iguala, en el cual se proclama la independencia apoyado por los

tratados de Córdoba, se conforma una junta provisional Gubernativa el día 8 de

noviembre de ese mismo año, esta junta provisional dicta el “Reglamento para el

Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del despacho universal” en el

cual se instauraban cuatro nuevas secretarías de estado las cuales fueron la Secretaría

de Relaciones Interiores y Exteriores, Secretaría de Justicia y Negocios Eclesiásticos,

Secretaría de Guerra y Marina, por último la Secretaría de Hacienda Pública. En lo que

29

respecta a las atribuciones que distinguen actualmente a la Secretaría de Gobernación

podemos mencionar que recayeron en las dos primeras.

“La Secretaría de Relaciones Interiores y Exteriores tenía a su cargo las funciones de

Gobierno General, este término refleja la prolongación de las atribuciones que en el

antiguo régimen correspondían al virrey”55.

En el reglamento interior de la Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones en

aquel entonces se dividió en dos secciones. La primera de ellas se ocupó del aspecto

de las Relaciones Exteriores e Interiores del Estado Nacional y en cuanto a la segunda

en lo referente al Gobierno del Distrito Federal el cual se estableció como sede de los

poderes de la federación.

El día 29 de diciembre de 1836 con la puesta en marcha de las Siete Leyes de Reforma

se estableció el Ministerio del Interior en el artículo 28 de la cuarta ley. El 28 de

septiembre de 1841 “se expidió el decreto de bases de la organización para el Gobierno

Provisional de la República y una circular del Ministerio de Relaciones Exteriores y

Gobierno, en la que se comunicaba que los negocios de lo exterior quedaban

agregados desde esa fecha a los de Gobierno”56.

El 13 de junio de 1843, la Junta Nacional Legislativa estableció las bases de la

organización política para la entonces República Mexicana. En donde se asignaron los

negocios de gobierno en seis Ministerios los cuales fueron: Relaciones Exteriores;

Gobernación y Policía; de Justicia, Negocios Eclesiásticos; Instrucción Pública e

Industria; de Hacienda; y de Guerra y Marina.

En el decreto del 22 de abril de 1853 denominado Bases para la Administración de la

República se establecen las siguientes secretarías de estado: Relaciones Exteriores y

Relaciones Interiores, Justicia, Negocios Eclesiásticos e Instrucción Pública; Fomento;

Colonización; Industria y Comercio; Guerra y Marina, y Hacienda. El 12 de mayo de ese

55 SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación. México. 1999, p.2. 56 Ibíd. p. 3.

30

mismo año se separa lo relativo a las relaciones interiores para crear una Secretaría

más, la de Estado y del Despacho de Gobernación.

El Decreto de Gobierno, “Distribución de los ramos de la Administración Pública”,

expedido por el Presidente Benito Juárez el 23 de febrero de 1861 divide las

Secretarías de estado en: “Secretaría de Estado y del Despacho de Gobernación y por

la Secretaría de Estado y del Despacho de Justicia e Instrucción Pública”57.

En ese mismo año por decreto del día 6 de abril se redujeron a cuatro secretarías de

estado las cuales fueron: Relaciones Exteriores y Gobernación; Justicia, Fomento e

Instrucción Pública; Hacienda y Crédito Público; Guerra y Marina. El 12 de junio se

restablecieron las 6 originales por decreto.

“Con esa estructura, el gobierno liberal de Juárez, enfrentó la Intervención Francesa y el

Segundo Imperio que en su Estatuto Provisional de 10 de abril de 1865 preveía la

creación de un Ministerio de la Casa Imperial de Gobernación, además de contar con

una cartera de Gobernación en el gabinete de Maximiliano”58.

El día 13 de mayo de 1891 se expide la Ley que Reorganiza las funciones del estado en

siete secretarías las cuales fueron: Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de

Gobernación; Secretaría de Justicia e Instrucción pública; Secretaría de Fomento;

Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas; Secretaría de Hacienda, Crédito

Público y Comercio ; y Secretaría de Guerra y Marina. Posteriormente con el ascenso al

poder de Francisco I. Madero en el año de 1911, la distribución de las atribuciones fue

similar.

Por decreto publicado el día 3 de diciembre de 1913, expedido por el Primer jefe del

ejército constitucionalista, Venustiano Carranza, se crean ocho Secretarías de Estado

que fueron: Relaciones Exteriores; Gobernación; Justicia; Instrucción Pública y Bellas

57 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Manual de Organización del Gobierno Federal 1982. México: Coordinación General de Estudios Administrativos, 1982. p. 53. 58SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. Antecedentes Históricos de la Secretaría de Gobernación. [En línea] Disponible en: [http://www.gobernacion.gob.mx/Portal/PtMain.php?pagina=segob-antecedentes-historicos]. Consultado el (17 de agosto de 2009).

31

Artes; de Fomento; Comunicaciones y Obras Públicas; Hacienda, Crédito Público y

Comercio; y por último Guerra y Marina. En este periodo se le asignaron a la Secretaría

de Gobernación los asuntos relacionados con el registro civil.

Con la promulgación en el año de 1917 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, se estableció en su artículo 90, que el número de secretarías lo fijaría el

Congreso de la Unión a través de una ley; el 14 de abril de ese año se expidió la “Ley de

Secretarías de Estado” en dicha Ley se indicó que habría seis Secretarías y tres

Departamentos; un mes después, se publicó en el Diario Oficial, la nueva Ley de

Secretarías de Estado en la que se da una separación de los asuntos de la política

interior de los de la política exterior, creándose así las Secretarías de Gobernación y

Relaciones Exteriores.

En el año de 1935, se modifica la Ley de Secretarías de Estado mediante la cual se

adicionan a la Secretaría de Gobernación funciones tales como asistencia social y anales

de jurisprudencia. Después de la consolidación de los gobiernos surgidos de la

Revolución Mexicana, las dependencias administrativas se institucionalizaron y

fortalecieron, tal es así que en el año de 1938, se expide el primer Reglamento Interior

de la Secretaría de Gobernación en el cual se establece la estructura orgánica de la

Secretaría así como sus funciones y atribuciones.

Más tarde en 1958 con una modificación a la Ley, se le atribuyó a la Secretaría de

Gobernación la función de conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros

poderes de la Unión, con los gobiernos de los estados y con las autoridades municipales.

De esta manera se mantuvo el funcionamiento de la Secretaría de Gobernación hasta

1973 cuando se dio a conocer un nuevo reglamento interior publicado en el Diario Oficial

el 16 de agosto de ese año en el cual se incorporan atribuciones relacionadas con la

seguridad interior; la cinematografía, radio, televisión y la coordinación de participación

ciudadana.

32

[En el periodo] de 1973 a 1989 la Secretaría de Gobernación se reestructura de acuerdo

con las necesidades políticas y sociales que prevalecían en el país, quedando plasmados

los cambios en los Reglamentos Interiores publicados en el Diario Oficial de la

Federación el 6 de julio de 1977, el 14 de junio de 1984, 21 de agosto de 1985 y el 13 de

febrero de 1989 con sus reformas adicionales59.

En esta línea de cambios de la Secretaría de Gobernación el día 4 de junio de 1993 se

vuelve a modificar su Reglamento Interior mediante el cual se crea la Subsecretaria de

Desarrollo Político y de la Dirección General de Apoyo a Instituciones y Organizaciones

Políticas.

En diciembre de 1994, se modificó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

en la que se incorporaron nuevas funciones a la Secretaría de Gobernación. Un año

más tarde en 1995, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General que

establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Publica, y

posteriormente en el año de 1998 se publica en el Diario Oficial de la Federación el

nuevo reglamento interior de la Secretaría de Gobernación. “De igual forma el actual

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (del 30 de julio de 2002) establece

los lineamientos para la consolidación de la cultura de la legalidad y el fortalecimiento

del Estado democrático de Derecho”60.

2.2 Organización Administrativa

La Secretaría de Gobernación, como se ha mencionado ha cambiado a través del

tiempo, donde se ven reflejados en su estructura orgánica y funciones.

Este apartado hará mención de algunos cambios que tuvo la Secretaría de

Gobernación a partir de la creación de la Dirección General de Supervisión de los

Servicios de Protección Ciudadana, el 13 de febrero de 1989 quien era la encargada de

organizar y operar el Registro Nacional de Servicios Policiales, así como lo relacionado

a la protección de las garantías individuales y lo referente a la seguridad pública, hasta

59 SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. Op. Cit. p. 5. 60 Antecedentes Históricos de la Secretaría de Gobernación. [En línea]. Op. Cit.

33

el momento de su separación el 30 de noviembre del año 2000, en el que se crea la

Secretaría de Seguridad Pública.

Cabe señalar que en el periodo de 1989 a 1997, la Dirección General de Supervisión de

los Servicios de Protección Ciudadana dependía directamente de la Subsecretaría de

Protección Civil y de Prevención y Readaptación Social, cuya estructura orgánica fue la

siguiente:

Secretario

• Dirección General de Asuntos Jurídicos

• Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía

• Dirección General de Comunicación Social

Subsecretaría de Gobierno

Subsecretaría de Desarrollo Político

Subsecretaría de Población y de Servicios Migratorios

Particularmente la Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención y Readaptación Social

• Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana

• Dirección General de Protección Civil

• Dirección General de Prevención y Tratamiento a Menores

• Dirección General de Prevención y Readaptación Social

El siguiente organigrama refleja la estructura antes mencionada.

34

ORGANIGRAMA DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

FUENTE: Manual de organización de la Secretaría de Gobernación. Diario Oficial de la Federación, 12 de marzo de 1994. p. 51.

35

En 1997 se reforma la Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención y

Readaptación Social quedando como Subsecretaría de Prevención y Readaptación

Social.

En el año de 1998 ante el problema desmedido del crimen, se creó la Subsecretaría de

Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación. “Su estructura absorbió a la anterior

Subsecretaría de Prevención y Readaptación Social, así como a los órganos

desconcentrados: Consejo Tutelar de Menores, Policía Federal Preventiva (PFP),

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP)”61.

En enero de 1999, se promulgó la Ley de la Policía Federal Preventiva, en su origen la

PFP fue un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación y agrupó a las

policías fiscal, migratoria y federal de caminos, a miembros del Centro de Inteligencia y

Seguridad Nacional (CISEN) y a elementos de las fuerzas armadas, y finalmente, en el

año 2000 se deslindan las funciones correspondientes a la seguridad nacional, a cargo

de la Subsecretaría de Seguridad Pública.

Con ello surge la necesidad de crear por disposición oficial el 30 de noviembre de ese

mismo año la Secretaría de Seguridad Pública, y es a partir de su creación, que ésta

integra los órganos administrativos pertenecientes a la Secretaría de Gobernación, que

a continuación se nombran:

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, teniendo como

órganos desconcentrados:

• Policía Federal Preventiva y

• Consejo de Menores.

2.3 Misión, Visión y Atribuciones

Misión. Contribuir a la gobernabilidad democrática y al desarrollo político de México a través de una buena relación del Gobierno Federal con los Poderes de la Unión y los

61SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA. Creación de la Secretaría de Seguridad Pública. [En línea] Disponible en [http://www.amlo.org.mx/50compromisos/34.php]. Consultado el (26 de septiembre de 2009).

36

demás niveles de gobierno para garantizar la seguridad nacional, la convivencia armónica y el bienestar de los mexicanos en un Estado de Derecho.

Visión. Ser el motor principal para que México tenga una sociedad abierta, libre, plural, informada y crítica, con una sólida cultura democrática y una amplia participación ciudadana; reconociendo que el Estado de Derecho es la única vía que permite a los mexicanos vivir en armonía.

Atribuciones. La Secretaría de Gobernación es la dependencia del Ejecutivo Federal responsable de atender el desarrollo político del país y de coadyuvar en la conducción de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los otros poderes de la Unión y de los demás niveles de gobierno para fomentar la convivencia armónica, la paz social, el desarrollo y el bienestar de los mexicanos en un Estado de Derecho62.

2.4 Marco Normativo

El marco normativo es el conjunto de disposiciones jurídicas que regulan las actividades

realizadas por las organizaciones e instituciones políticas, sociales y civiles. El marco

normativo que regula las actividades y funciones de la Secretaría de Gobernación para

la protección de sus archivos son:

Leyes

Ley General de Bienes Nacionales

Ley que señala como patrimonio nacional a los documentos y expedientes de oficinas y

manuscritos considerando también los archivos.

Artículo 6°. Están sujetos al régimen del dominio público de la Federación:

XVIII. Los muebles de la Federación que por su naturaleza no sean normalmente sustituibles,

como los documentos y expedientes de las oficinas, los manuscritos, incunables, ediciones,

libros, documentos, publicaciones periódicas, mapas, planos, folletos y grabados importantes

o raros, así como las colecciones de estos bienes; las piezas etnológicas y paleontológicas;

los especímenes de tipo de la flora y de la fauna; las colecciones científicas o técnicas de

armas, numismáticas y filatélicas; los archivos, las fonograbaciones, películas, archivos

fotográficos, magnéticos o informáticas, cintas magnetofónicas y cualquier otro objeto que

contenga imágenes y sonido, y las piezas artísticas e históricas de los museos.63

62SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. Misión. [En línea] Disponible en: [http://www.segob.gob.mx/accesibilidad/antecedentes.php]. Consultado el (14 de Septiembre del 2009). 63

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN. Ley general de Bienes nacionales. Reforma 31-08-2007. México: Secretaría de Gobernación, 2007. p. 61.

37

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Esta ley obliga a la transparencia de la información en poder de la administración pública

federal y de los órganos constitucionales autónomos; e impulsa, vigila y garantiza su

acceso a la ciudadanía, con sus respectivas restricciones.

Artículo 1°. [Esta] Ley es de orden público. Tiene como finalidad proveer lo necesario

para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes

de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier

otra entidad federal.

Artículo 5°. …es de observancia obligatoria para los servidores públicos federales…

II. Datos personales: [Son] La información concerniente a una persona física,

identificada o identificable, entre otra, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté

referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar,

domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o

convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las

preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad;

V. Información: [Se refiere a] La contenida en los documentos que los sujetos obligados

generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título;

Artículo 4°. Son objetivos de esta Ley:

I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información

mediante procedimientos sencillos y expeditos;

III. Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados;

V. Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos, y

VI. Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del

Estado de derecho.

Sobre la información reservada y confidencial:

Artículo 13. Como información reservada podrá clasificarse aquélla cuya difusión pueda:

I. Comprometer la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional;

IV. Poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona, o

38

V. Causar un serio perjuicio a las actividades de verificación del cumplimiento de las

leyes, prevención o persecución de los delitos, la impartición de la justicia, la recaudación

de las contribuciones, las operaciones de control migratorio, las estrategias procesales en

procesos judiciales o administrativos mientras las resoluciones no causen estado.

Artículo 14. También se considerará como información reservada:

III. Las averiguaciones previas;

IV. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma

de juicio en tanto no hayan causado estado;

Artículo 15. La información clasificada como reservada según los artículos 13 y 14,

podrá permanecer con tal carácter hasta por un periodo de doce años. Esta información

podrá ser desclasificada cuando se extingan las causas que dieron origen a su

clasificación o cuando haya transcurrido el periodo de reserva…

Artículo 16. Los titulares de las unidades administrativas serán responsables de clasificar

la información de conformidad con los criterios establecidos en esta Ley, su Reglamento

y los lineamientos expedidos por el Instituto o por la instancia equivalente…

Artículo 18. Como información confidencial se considerará:

II. Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su

difusión, distribución o comercialización en los términos de esta Ley.

Sobre la protección de datos personales:

Artículo 20. Los sujetos obligados serán responsables de los datos personales y, en

relación con éstos, deberán:

VI. Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales

y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado.

Artículo 21. Los sujetos obligados no podrán difundir, distribuir o comercializar los datos

personales contenidos en los sistemas de información, desarrollados en el ejercicio de

sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento expreso, por escrito o por un

medio de autenticación similar, de los individuos a que haga referencia la información.

Artículo 22. No se requerirá el consentimiento de los individuos para proporcionar los

datos personales en los siguientes casos:

39

II. Los necesarios por razones estadísticas, científicas o de interés general previstas en la

ley, previo procedimiento por el cual no puedan asociarse los datos personales con el

individuo a quien se refieran;

III. Cuando se transmitan entre sujetos obligados o entre dependencias y entidades,

siempre y cuando los datos se utilicen para el ejercicio de facultades propias de los

mismos;

IV. Cuando exista una orden judicial;

V. A terceros cuando se contrate la prestación de un servicio que requiera el tratamiento

de datos personales. Dichos terceros no podrán utilizar los datos personales para

propósitos distintos a aquéllos para los cuales se les hubieren transmitido.64

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Regula y establece la distribución de la administración del país en sus diferentes ramos.

Contiene los diferentes ramos en los que se divide y organiza la administración pública

del país; cada una de las Secretarías de Estado, departamentos administrativos y

órganos desconcentrados que las componen, además de las funciones sustantivas que

competen a cada una de ellas. Fundamenta legalmente el ser y quehacer de las

Secretarías de Estado.

Artículo 17.- Para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su

competencia, las Secretarías de Estado y los Departamentos Administrativos podrán

contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente

subordinados y tendrán facultades especificas para resolver sobre la materia y dentro del

ámbito territorial que se determine en cada caso, de conformidad con las disposiciones

legales aplicables.

Artículo 18.- En el reglamento interior de cada Secretaría de Estado y Departamentos

Administrativos, aprobado por el Presidente de la República, se determinarán las

atribuciones de sus unidades administrativas, así como la forma en que los titulares

podrán ser suplidos en sus ausencias.

Artículo 20.- Las Secretarías de Estado y los departamentos administrativos

establecerán sus correspondientes servicios de apoyo administrativo en materia de

64 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en Diario Oficial de la Federación, México, 06 de Junio de 2006. p. 6-7.

40

planeación, presupuesto, informática, recursos humanos, recursos materiales,

contabilidad, fiscalización, archivos y los demás que sean necesarios en los términos que

fije el Ejecutivo Federal65.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

Esta ley vela por el cumplimiento de las obligaciones de los trabajadores al servicio del

estado y los ciudadanos.

Capítulo I, Artículo 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

Fracción V.- Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su

empleo, cargo o comisión, conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso,

impidiendo o evitando su uso, las sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización

indebidas de aquellas66.

Reglamentos

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación

Es el instrumento normativo que regula las actividades y competencias, particularmente

de la Secretaría de Gobernación, los departamentos y órganos desconcentrados que la

componen.

Artículo 1.- La Secretaría de Gobernación es una dependencia del Poder Ejecutivo

Federal que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que le asignan las leyes, así

como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de los Estados

Unidos Mexicanos.

Capítulo III, Artículo decimoséptimo,- … el titular del área coordinadora de archivos, o

el titular del archivo de concentración de cada dependencia o entidad, actualizará

periódicamente el catálogo de disposición documental

[En él] se establecerán los periodos de vigencia de las series documentales, sus plazos

de conservación, así como su carácter de reserva o confidencialidad.

65 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en Diario Oficial de la Federación, México, 29 de diciembre del 2008. p. 5. 66 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en Diario Oficial de la Federación, México, 21 de agosto de 2006. p. 3.

41

Las dependencias y entidades enviaran al Archivo General de la Nación, para su

validación y registro, una copia de su catálogo de disposición documental actualizado.

Artículo Decimonoveno. - al concluir los plazos [de conservación] las dependencias y

entidades, a través del área coordinadora de archivos o del responsable del archivo de

concentración, solicitará al Archivo General de la Nación un dictamen de valoración para

determinar el destino final de los documentos67.

Lineamientos

Lineamientos Generales para la Organización de Archivos de las Dependencias

y Entidades de la Administración Pública Federal.

Sobre el archivo de concentración en las dependencias gubernamentales:

Capítulo II, Sección III, Artículo 11 .- Las dependencias y entidades contarán con un

archivo de concentración, adscrito, en su caso, al área coordinadora de archivos. El

responsable de éste deberá contar con conocimientos y experiencia en archivística…

quien tendrá las siguientes funciones:

II.- Conservar precautoriamente la documentación semiactiva hasta cumplir su vigencia

documental conforme al catálogo de disposición documental;

IV.- Coadyuvar con el área coordinadora de archivos en la elaboración del cuadro de

clasificación, el catálogo de disposición documental y el inventario general;

VI.- Valorar en coordinación con el archivo histórico, en su caso, los documentos y

expedientes de las series resguardadas conforme al catálogo de disposición documental;

VII.- Realizar las transferencias secundarias al archivo histórico de la dependencia, o al

Archivo General de la Nación68.

2.5 Archivo de Concentración de la Secretaría de Go bernación

El archivo de concentración de la Secretaría de Gobernación ha tenido y tiene la tarea

de custodiar la documentación proveniente de las áreas generadoras de la información

67 Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación. [En línea] Disponible en: [http://www.gobernacion.gob.mx/Portal/PtMain.php?pagina=segob-reglamentointerior]. Consultado el (30 de octubre del 2009). 68 Idem.

42

perteneciente a esta institución, con la finalidad de resguardar precautoriamente la

documentación para posteriores consultas como parte de una gestión administrativa.

2.5.1 Antecedentes

El Archivo de Concentración, surge por la necesidad de conservar y reunir la

documentación en un lugar específico para tal fin. Por este motivo la Secretaría de

Gobernación como nos mencionó en entrevista el C. Luis Ponciano Noriega Reyes (Ver

anexo No.1), cuyo cargo dentro del archivo es Auxiliar Administrativo, comenta que el

Archivo de Concentración se crea el 16 de agosto de 1996, el cual se encontraba

ubicado en la calle Miguel Domínguez, Colonia Morelos, a cargo de la Profesora

Graciela Arteaga Vigueras quien fungía como encargada de éste y como titular ante la

Secretaría se encontraba el Ingeniero Gerardo Uribe que para ese año se encontraba a

cargo de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.

Es en el año 2000 cuando se toma la decisión de trasladar la documentación al

domicilio actual en Calle Alarcón No. 52 Colonia 10 de Mayo en la Delegación

Venustiano Carranza a cargo del Lic. Alfredo Guzmán España, quien tiene a su cargo

ocho personas de las cuales tres realizan funciones administrativas y cinco actividades

operativas, logrando de esta manera la ardua labor del archivo que consiste en la

organización de los diversos fondos documentales que contiene este archivo de

concentración.

El personal administrativo tomó cursos de capacitación y actualización en materia

archivística por parte del Archivo General de la Nación.

El archivo está adscrito a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales siendo su titular el Ingeniero Gabriel Fernández Anaya.

Orgánicamente y a partir del año 2009 el archivo funge como Subdirección de Archivo

de Concentración dependiente de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e

Inventarios.

En el archivo se realizan labores de organización a diversos fondos documentales a

través del servicio social y proyectos.

43

2.5.2 Fondos

El Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación resguarda documentación perteneciente a las direcciones, órganos desconcentrados y oficialía mayor que la conforman; el archivo transfiriere documentación al Archivo General de la Nación.

El archivo cuenta con un volumen documental aproximado de 18,000 cajas de diversos tamaños, algunos de los fondos que concentra son:

• Dirección General de Gobierno

• Dirección General de Juegos y Sorteos

• Dirección General de Recursos Humanos

• Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana

• Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal

• Dirección General de Obras

• Dirección General de Radio Televisión y Cinematografía

• Subsecretaría de Seguridad Pública

• Subsecretarías

• Oficialía Mayor

• Contraloría

• COMAR (Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados)

• CONAPO (Consejo Nacional de Población)

• IMER (Instituto Mexicano de la Radio)

• CEFERESOS (Centro Federal de Readaptación Social) entre otros.

2.5.3 Servicios

El Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación es una institución que

resguarda documentación de carácter confidencial y en algunos casos reservados, los

44

servicios que proporciona esta unidad son limitados y restringidos a personas que no

pertenezcan a la institución gubernamental.

Los servicios que ofrece son:

• Consulta interna: comprende préstamo de expedientes al personal de las

Unidades Administrativas productoras de la información.

• Préstamo externo: comprende préstamo de expedientes a los productores de la

información en su unidad administrativa, especificando fecha de solicitud y fecha

de entrega.

Los requisitos que deben cubrir son:

• Solicitud por escrito enviada al Archivo de Concentración (especificando que

área y quien solicita, así como el día que acudirá al archivo por la

documentación).

• Fecha de ingreso de la transferencia que se solicita

• Número de caja y número de expediente.

• Nombre del área solicitante.

• Llenar vale de préstamo.

2.5.4 Usuarios

Los usuarios que asisten a consultar los fondos que resguarda el Archivo de

Concentración, es el personal adscrito a las áreas que generan la documentación, este

tipo de usuarios lo conforman directivos, mandos medios y personal de apoyo. En la

entrevista mencionada anteriormente, el personal del archivo nos mencionó que

algunas consultas se realizan con la finalidad de actualizar la documentación, es decir

agregar documentación a expedientes y obtener información que permita el

funcionamiento de las unidades administrativas en la toma de decisiones.

45

2.6 Archivo del Registro Nacional de Servicios Poli ciales

Uno de los fondos que resguarda el Archivo de Concentración, de la Secretaría de

Gobernación es, el Fondo Dirección General de Supervisión de los Servicios de

Protección Ciudadana, dicho fondo generó como serie documental el Registro Nacional

de Servicios Policiales.

Este archivo tiene sus antecedentes en el Plan Nacional de Desarrollo en el periodo del

presidente Miguel de la Madrid Hurtado (1982-1988). En el cual se

Estableció reforzar las corporaciones encargadas de la Seguridad Pública a través de la

profesionalización y del incremento de los medios necesarios para combatir la

delincuencia. Ya que se tenía deficiente capacitación y profesionalización, así mismo

faltaba una verdadera vocación de servicio a la comunidad por parte de los elementos

que integran los cuerpos de Seguridad Pública69.

Posteriormente se creó el Programa Nacional de Seguridad Pública (1983-1988), y

obtuvo recursos del convenio único de Coordinación a través de la Secretaría de

Gobernación, dicho programa carecía de personalidad jurídica.

El Programa Nacional de Seguridad Pública buscaba ser el instrumento del Plan

Nacional de Desarrollo, el cual respondiera de manera efectiva a las demandas de la

población en todo el país en materia de Seguridad Pública. Con este propósito se

buscaba coordinar el esfuerzo de las entidades políticas del país mediante la

celebración de convenios con la Federación y promover la participación ciudadana,

para la mejora de la Seguridad Pública.

El objetivo del Programa fue, “garantizar al pueblo mexicano el desempeño coordinado,

racional, eficiente, honesto y profesional de los cuerpos de Seguridad Pública, en el

marco que establece la ley y asegurando la preservación de los derechos

ciudadanos”70.

69 CÁMARA DE DIPUTADOS HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN. Plan Nacional de Desarrollo 1982. [En línea]. Disponible en: [http://www.cdpn.gob.mx]. Consultado el (25 de septiembre de 2009). 70 Dirección General de Supervisión del Registro Nacional de Servicios Policiales, Programa Nacional de Seguridad Pública 1983-1988. México, Distrito Federal, 1983. p 13.

46

Para alcanzar el objetivo planteado, se fundamentaron en las siguientes políticas

básicas:

• Los cuerpos de Seguridad Pública deben ser entidades de servicio a la comunidad,

siendo su razón de ser la de garantizar al ciudadano el libre y pacífico ejercicio de los

derechos que la ley otorga, protegiendo los valores fundamentales de la convivencia

social.

• Las corporaciones policiales deben constituirse como elemento fundamental en el

proceso de consolidación y fortalecimiento de la identidad y conciencia nacionales, al

ser salvaguarda del funcionamiento y sentido de las instituciones de la República.

• Los cuerpos de Seguridad Pública deben ser un servicio democrático, impulsando y

manteniendo la participación de toda la sociedad para plantear la solución de sus

problemas en el marco del derecho. Las políticas policiales deben definirse con la

participación del conjunto de la población71.

Con las políticas señaladas y el objetivo antes mencionados, se determinó la dirección y

sentido de las estrategias y acciones para lograrlo. Las estrategias fueron:

• Moralización de las fuerzas de Seguridad Pública del País.

• Modernización de las corporaciones Policiacas.

• Coordinación en el campo Jurídico, Administrativo y Operativo.

• Participación de la sociedad.

• Optimización del aprovechamiento de los recursos existentes 72.

Estás estrategias dan origen a seis áreas de acción, identificadas con el fin de ordenar

y estructurar el Programa Nacional de Seguridad Pública, facilitando la asignación de

responsabilidades y su control.

• Marco Jurídico.

• Organización, Tecnología y Sistemas.

• Recursos Humanos.

• Recursos Materiales.

• Recursos Financieros.

• Participación Social.

71 Ibíd. p. 14-15. 72 Dirección General de Supervisión del Registro Nacional de Servicios Policiales. Op. Cit. p. 16-17.

47

Las acciones agrupadas en cada una de estas áreas constituyeron subprogramas de

trabajo de los esfuerzos de moralización, modernización, coordinación y en general,

optimización del aprovechamiento de los recursos disponibles. Se firmaron convenios, y

se establecieron compromisos recíprocos entre los Estados y la Federación, para

determinar las obligaciones y responsabilidades asumidas por los Gobiernos Federal y

Estatal para la ejecución del objetivo del Programa.

La metodología que se tuvo para cada uno de los subprogramas, se resumen en los

siguientes puntos:

• Auto diagnóstico de las corporaciones policiales tanto preventivas como

judiciales de las entidades federativas.

• Evaluación por parte de las autoridades estatales, en amplia consulta con las

municipales, de las necesidades complementarias de sus corporaciones en

relación con los subprogramas.

De los subprogramas antes mencionados sólo se abordarán dos de ellos, el

“Subprograma de Marco Jurídico porque es la base del sustento normativo del

Programa, y el Subprograma de Recursos Humanos porque dentro de este se crea el

Registro Nacional de Servicios Policiales”73.

Subprograma Marco Jurídico

Este subprograma tuvo como objetivo promover la renovación del marco jurídico que

sustenta a los cuerpos de Seguridad Estatales y Municipales. Y establecer criterios

homogéneos en las leyes orgánicas o reglamentarias, con el propósito de contar con la

congruencia funcional que en materia de seguridad pública se requiere en el ámbito

nacional.

La renovación del Marco Jurídico parte de los siguientes puntos:

• Realizar el menor cambio posible a las Leyes fundamentales de los Estados.

73 Dirección General de Supervisión del Registro Nacional de Servicios Policiales. Op. Cit. p. 24.

48

• Considerar, en el ámbito de la Seguridad Pública y Administración de la Justicia

Estatal y Municipal, las nuevas concepciones normativas contempladas en los

artículos 21 y 115 de la Constitución Política.

Las medidas normativas se plasmaron en los artículos:

Artículo 21. Las investigaciones de los delitos corresponden al Ministerio Público y a las

policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta

función.

La Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los

Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y

persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de infracciones administrativas,

en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.

La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de

legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos

reconocidos en esta Constitución.

Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno

republicano, representativa, popular, teniendo como base de su división territorial y de su

organización administrativa el Municipio Libre74.

Subprograma Recursos Humanos

El personal de las corporaciones de policía, no debe limitarse a relaciones que

comprenden edad, sexo, antecedentes, escolaridad y situación físico-anatómica, sino

que deben extenderse hacia características psicológicas y anímicas, espíritu de servicio

y entrega al bienestar colectivo.

El objetivo de este subprograma consistía en formar policías profesionales con alto

sentido de integridad y participación social, mediante la creación de los sistemas

técnico científico de selección, incentivación, educación integral y adecuados

regímenes de estabilidad laboral y seguridad social, para que coadyuven a la

consecución de la seguridad pública, de que la sociedad está solicitando en ese

contexto.

74 CÁMARA DE DIPUTADOS HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN. Programa Nacional de Seguridad Pública. [En Línea]. Disponible en: [http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf]. Consultado el (26 de septiembre de 2009).

49

Las acciones que se contemplaron para este subprograma se establecieron en cuatro

grupos, atendiendo principales puntos para el desarrollo de los Recursos Humanos:

Sistematización de análisis y asignación de puestos, Sistematización del reclutamiento

y selección, Instrumentación de un Sistema integral de educación y Sistematización

integral de la evaluación del desempeño profesional y otorgamiento de estímulos.

El grupo de sistematización del reclutamiento y selección, se encargaba del

reclutamiento de nuevos elementos, el perfil realista del individuo requerido con base en

condiciones verídicas de carácter social y económico de la región. Lo expuesto hizo

posible elevar los niveles físicos, educativos, psicológicos y socioeconómicos de

quienes integran los cuerpos policíacos. Las acciones que se siguieron fueron:

• Determinar los requerimientos mínimos que deben satisfacer los aspirantes al cuerpo de

policía, según el análisis de puestos efectuado.

• Determinar los salarios y prestaciones a que tienen derecho los integrantes de los

cuerpos de policía.

• Crear el Registro Nacional de Servicios Policiales, como instrumento fundamental para el

aprovechamiento y control de los Recursos Humanos disponibles en las corporaciones

policiales del país. Las altas en el servicio deberán incorporarse a este sistema, tanto

para registrarlas, como para verificar los antecedentes policiales de los candidatos 75.

Terminado el periodo del Presidente Miguel de la Madrid, y para seguir con los

esfuerzos que se venía haciendo en materia de Seguridad Pública, en el periodo del

Presidente Carlos Salinas de Gortari (1988-1994), en el Plan Nacional de Desarrollo, se

define la importancia de atender con oportunidad la problemática de Seguridad Pública,

creándose así en 1989 la Dirección de Supervisión de los Servicios de Protección

Ciudadana.

[Para tal fin], se realizó un diagnóstico de la situación que guardaba la seguridad pública

en la Nación. Del resultado de este diagnóstico se definieron en coordinación con todos

los responsables de la Seguridad Pública en el País, seis vertientes que sustentaban el

75 CÁMARA DE DIPUTADOS HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN. [En Línea]. Op. Cit. p. 55-56.

50

Programa Nacional de Protección Ciudadana: capacitación, tecnología, equipamiento,

informática, modernización y organización, normatividad y participación ciudadana76.

Para obtener los recursos necesarios para la realización del programa, se firmaron 31

convenios de coordinación con acciones que comprometían a las extintas Secretarías

de Programación y Presupuesto, y de la Contraloría General de la Federación, de

Gobernación y las 31 Entidades de la República al cumplimiento de políticas, acciones

y programas en materia de Seguridad Pública. La estructura Orgánica de la Dirección

General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana se conformó de la

siguiente manera:

76Dirección General del Registro Nacional de Servicios Policiales, Antecedentes del Programa Nacional de Seguridad Pública 1984-1992, México, Distrito Federal: Secretaría de Gobernación. p. 7.

51

52

Conformada la estructura Orgánica en el año de 1992, se asignaron funciones para la

Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana,

establecidas dentro del reglamento interior de la Secretaría de Gobernación:

Artículo 21.- Corresponde a la Dirección General de los Servicios de Protección

Ciudadana.

I. Ejercer las atribuciones que sobre asuntos de protección ciudadana contribuyan

a salvaguardar las garantías individuales en los términos que se señalen las

leyes, reglamentos y demás disposiciones legales. La protección ciudadana

consiste en garantizar la seguridad, combatir el crimen, y prevenir los riesgos

delictivos;

II. Establecer los mecanismos de coordinación entre la Federación. Los Estados y

los Municipios, para establecer el Sistema Nacional de Seguridad Pública que la

ley señale;

III. Supervisar en coordinación con los Estados, el Distrito Federal y los Municipios el

cumplimiento de la normatividad que regula a los servicios de protección

ciudadana en base a los principios de la legalidad, eficiencia, profesionalismo y

honradez;

IV. Realizar estudios comparativos de disposiciones en materia de seguridad pública

y proponer reformas y adecuaciones a fin de lograr niveles mínimos de

homologación nacional;

V. Analizar la organización de las corporaciones policiales del país a nivel federal,

estatal y municipal concertadamente, proponiendo adecuaciones que resulten

convenientes para la mejor utilización de sus recursos;

VI. Coordinar en los niveles de gestión pública federal, estatal y municipal, la

adquisición de equipo y material para proveer a las diferentes corporaciones de

seguridad pública y realizar las acciones y trámites correspondientes;

VII. Elaborar estudios integrales de análisis y promover la modernización

administrativa y profesional, de los cuerpos de seguridad pública;

VIII. Organizar, en coordinación con los diferentes niveles de gobierno, la Academia

Nacional de Seguridad Pública estableciendo criterios generales para lograr la

formación, actualización, y especialización de los cuerpos policiales;

IX. Establecer y operar el banco de datos de las Academias programas de estudios,

recursos, material didáctico, capacitadores y personal capacitado;

53

X. Establecer los mecanismos necesarios para conocer con oportunidad los

avances tecnológicos que existan sobre seguridad pública y proponerlos para su

utilización en las corporaciones respectivas;

XI. Promover en coordinación con cada Entidad Federativa y el Distrito Federal la

adopción de criterios y disposiciones legales en el ámbito de la Seguridad

Pública, con el objeto de establecer el Padrón Estatal de Empresas Particulares

de Seguridad, cuya información se concentrará en el Padrón Nacional y el

Registro Nacional respectivos;

XII. En los convenios celebrados con las Entidades Federativas y el Distrito Federal,

se establecerán las normas y los requerimientos que sobre la formación,

actualización y especialización de personal, deberán satisfacer las Empresas

Privadas que presten servicios de seguridad. Asimismo, se instituirán los

mecanismos de supervisión que hagan efectivo el cumplimiento de dichos

ordenamientos;

XIII. Autorizar y supervisar la impartición de cursos, programas de estudio y de

capacitación en materias de seguridad privada, ofrecidos por personas físicas o

morales, en coordinación con las Entidades Federativas y el Distrito Federal;

XIV. Organizar y operar el Registro Nacional de Servicios Policiales, así como de

identificación de sus miembros.

XV. Organizar y operar el registro nacional de equipo y material de que dispongan

todas las instituciones de seguridad pública;

XVI. Organizar y operar el Registro Nacional de Información Policial que contengan

los datos referentes a formas delictivas, bandas de delincuentes, y los recursos

humanos y materiales usados para la organización y comisión de delitos;

XVII. Integrar y operar el Centro de Consulta Jurídico Documental en materia de

Seguridad Pública;

XVIII. Integrar y operar, en coordinación con las Entidades Federativas y el Distrito

Federal, un comité editorial encargado de publicar ensayos, análisis,

investigaciones y, en general, textos relacionados con la protección ciudadana;

XIX. Promover el agrupamiento y participación organizada de las Empresas

Particulares que presten servicios de seguridad;

XX. Supervisar la operación y funcionamiento de las Empresas Particulares que

prestan servicios de seguridad, cuidando que no invadan la esfera de

competencia de las policías constitucionales; y aplicar las sanciones que, en su

caso, establezcan la ley y demás disposiciones aplicables;

XXI. Tramitar y, en su caso, expedir las licencias para la portación de armas de fuego

para servidores públicos federales;

54

XXII. Recibir y dar seguimiento a la información sobre los registros y licencias para uso

y portación de armas que le remita la Secretaría de la Defensa Nacional;

XXIII. Establecer programas, políticas y acciones que permitan la reducción del uso y

portación de armas, conforme a la Ley de la Materia;

XXIV. Dictar las medidas administrativas que le correspondan en la esfera de su

competencia para que se cumplan las disposiciones que en materia de Seguridad

Pública y Protección Ciudadana emita el Ejecutivo Federal.

XXV. Las demás funciones que las disposiciones legales y reglamentarias le atribuyan,

así como aquellas que le confiere el Titular del Ramo77.

En el año de 1994, la Secretaría de Gobernación se encontraba estructurada con las

siguientes áreas: una Contraloría Interna, cuatro Subsecretarías; y tres Direcciones

Generales. Dentro la Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención y Readaptación

Social, dependía cuatro Direcciones Generales: Dirección General de Supervisión de

los Servicios de Protección Ciudadana, Dirección General de Protección Civil, Dirección

General de Prevención y Tratamiento de Menores y la Dirección General de Prevención

y Readaptación Social; del cual dependían tres Órganos Desconcentrados.

El 11 de julio de 1994 se expidió el “Acuerdo por el cual la Secretaría de Gobernación, a

través de la Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección

Ciudadana”, se encargaría de manejar los Registros Nacionales de Servicios Policiales

y de Equipo y Material Policial, que menciona:

Que la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Supervisión de los

Servicios de Protección Ciudadana, se encargaría de manejar el Registro Nacional de

Servicios Policiales y de Equipo y Material Policial, que tenían como fin primordial

mantener un control estricto, eficaz y confiable de las Bases de Datos que lo

conformaban.

PRIMERA. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, con

excepción de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, que tengan personal a

su cargo que desarrolle funciones de Seguridad, vigilancia custodia en el traslado de

77 Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación. Dirección General de los Servicios de Protección Ciudadana, Artículo 21, 1994. México, Distrito Federal. No. de fojas 7.

55

bienes y valores, deben inscribir las altas y bajas de personal que desempeñe dichos

servicios en el Registro Nacional de Servicios Policiales, a cargo de la Secretaría de

Gobernación.

SEGUNDO. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal a que

se refiere este acuerdo. Registrarán el equipo de seguridad y armamento de que

dispongan en el Registro Nacional de Equipo y Material, a cargo de la Secretaría de

Gobernación.

TERCERO. Previamente a su alta, las Dependencias y Entidades deberían consultar al

Registro Nacional de Servicios Policiales los antecedentes de los aspirantes.

CUARTO. Los servidores Públicos a cuyo cargo esté la contratación del personal a que

se refiere este acuerdo y no den cumplimiento a lo reglamentado en el mismo, fueron

responsables en los términos de la Ley Federal de responsabilidades de los Servidores

Públicos78.

En 1999, la Subsecretaría de Protección Civil y Prevención y Readaptación Social se

desintegra, creándose la Subsecretaría de Seguridad Pública, teniendo a su cargo tres

Direcciones: Dirección General de Normatividad y Supervisión en Seguridad, Dirección

General de Prevención y Readaptación Social y la Dirección General de Prevención y

Tratamiento de Menores. También se crea la Coordinación General de Protección Civil,

que tiene a su cargo la Dirección General de Protección Civil.

78 Acuerdo por el cual la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, se encargaría de manejar los Registros Nacionales de Servicios Policiales y de Equipo y Material Policial . Expedido el 11 de julio de 1994. [En línea]. Disponible en: [www.jurídicas.unam/diagnostico_acuerdo/julio/PtMain.php?1994]. Consultado el (28 de septiembre de 2009).

56

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1999

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4.

57

La Dirección General de Normatividad y Supervisión en Seguridad, adquiere funciones

de la desaparecida Dirección General de Supervisión y de los Servicios de Protección

Ciudadana, ya que a través de está dependía el Registro Nacional de Servicios

Policiales. Algunas funciones son las siguientes:

• Verificar los datos del Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, así como la

identificación del personal del mismo.

• Regular los servicios de seguridad privada a cargo de particulares en la República

Mexicana, conforme a lo dispuesto en la Ley General que Establece las Bases de

Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y por la Ley Federal de Armas

de Fuego y Explosivos; dichos servicios comprenden la protección, vigilancia o custodia

de personas, inmuebles e instalaciones; establecimiento y operación de sistemas y

equipos de seguridad; bienes o valores, incluido su traslado, y en general todo lo

relacionado con actividades vinculadas en los servicios de seguridad.

• Llevar el Registro Nacional de Empresas de Seguridad Privada.

• Supervisar el funcionamiento de las empresas de seguridad privada se adecuen a las

disposiciones legales en los términos de la autorización expedida 79.

El Registro Nacional de Servicios Policiales ha cambiado y modificado algunas de sus

funciones a través de los diferentes años y mandatos presidenciales. Sin embargo su

finalidad en funciones es la de mantener actualizada y controlada la información,

concerniente a la Seguridad Pública a nivel Federal. Cabe señalar que actualmente el

Registro Nacional de Servicios Policiales, está a cargo de la Secretaría de Seguridad

Pública, con el nombre de Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública80.

A continuación sintetizamos la historia de esta subsecretaría en un cuadro-resumen.

79 SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación. México, 1999. p. 35. 80

Cfr. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Diario Oficial, 02 de enero de 2009.

58

Cuadro que sintetiza la evolución del Registro Naci onal de Servicios Policiales

Año Evolución Funciones Estructura Orgánica

1982-1988

Creación del Programa de Seguridad Pública. Creación del Registro Nacional de Servicios Policiales.

Creado el Programa Nacional de Seguridad Pública, se desprende el Subprograma de Recursos Humanos, que pretendía la sistematización, reclutamiento y selección de personal. Creando el Registro Nacional de Servicios Policiales que servía como instrumento fundamental para el aprovechamiento y control de los recursos humanos disponibles en las corporaciones policiales del país. Las altas en el servicio deberían incorporarse a este sistema, tanto para registrarlas como para verificar los antecedentes policiales de los candidatos.

Aún no se contaba con estructura Orgánica.

1988-1994

1989. Creación de la Dirección de Supervisión General de los Servicios de Protección Ciudadana.

El Registro Nacional de Servicios Policiales, dependía de la Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana. Una de las funciones de está Dirección fue: organizar y operar el Registro Nacional de Servicios Policiales, así como la identificación de sus miembros.

Secretaría de Gobernación. Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención y Readaptación Social. Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana. Dirección de Normatividad. Registro Nacional de Servicios Policiales.

1994

Se expide Acuerdo, “por el cual la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana”, se encargaría de manejar los Registros Nacionales de Servicios Policiales y de Equipo y Material Policial del 11 de julio de 1994.

El cual menciona que, la Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, se encargaría de manejar los Registros Nacionales de Servicios Policiales y de Equipo y Material Policial, que tenían como fin primordial mantener el control estricto, eficaz y confiable de las Bases de Datos que lo conformaban.

Secretaría de Gobernación. Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención y Readaptación Social. Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana. Dirección de Normatividad. Registro Nacional de Servicios Policiales.

1999

Creación de la Subsecretaría de Seguridad Pública.

El Registro Nacional de Servicios Policiales cambia a Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública.

Está Subsecretaría tiene a su cargo la Dirección General de Normatividad y Supervisión en Seguridad que tiene como función verificar los datos del Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública, así como la identificación del personal del mismo.

Secretaría de Gobernación. Subsecretaría de Seguridad Pública Dirección General de Normatividad y Supervisión en Seguridad. Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública.

2000-2009

Creación de la Secretaría de Seguridad Pública, el 30 de noviembre de 2000.

Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada el 02 de enero de 2009.

La Ley establece que el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública: contiene la información actualizada, relativa a los integrantes de las Instituciones de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios.

Secretaría de Seguridad Pública Sistema Nacional de Seguridad Pública. Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública.

Fuente: Cuadro elaborado por tesistas.

59

Capítulo 3

Metodología para la identificación y valoración sec undaria de la serie Registro

Nacional de Servicios Policiales

Éste capítulo abordará las etapas que se siguieron para llevar a cabo el proyecto

denominado “Identificación, valoración secundaria y selección de la serie Registro

Nacional de Servicios Policiales de la Secretaría de Gobernación (1984-1999)”.

Las etapas que a continuación se mencionan van encaminadas al logro del objetivo

inicial, que consiste en realizar la identificación, valoración secundaria y selección de la

serie Registro Nacional de Servicios Policiales, la cual se localizó bajo custodia de la

Secretaría de Gobernación a través de su Archivo de Concentración.

El proyecto comprendió un periodo de seis meses comenzando de manera formal el 16

de julio de 2009 hasta el 20 de enero del 2010; determinando para ello un cronograma

de actividades (Ver anexo No.2) que nos permitió ejecutar éstas en tiempo y forma.

3.1 Conformación del equipo de trabajo

Para llevar a cabo el proyecto se tuvo la necesidad de conformar un equipo de trabajo,

el cual cumpliera con conocimientos profesionales, habilidades, actitudes, aptitudes y

competencias específicas para el desarrollo y culminación del objetivo planteado.

La coordinación del proyecto corrió a cargo de dos profesoras de la Escuela Nacional

de Biblioteconomía y Archivonomía, la Maestra Laura Cristina Torres Martínez y la

Licenciada Silvia Guillermina García Santiago. Sus funciones fueron: coordinar, dirigir y

supervisar el proyecto teórico como el trabajo metodológico.

Las asesoras del proyecto convocaron a ocho estudiantes del noveno semestre de la

Licenciatura en Archivonomía mismos que cuentan con el siguiente perfil archivístico:

trabajo en equipo, disponibilidad de tiempo, conocimientos archivísticos, habilidad de

compresión, análisis y manejo de paquetería básica de office.

60

Las actividades a desarrollar por parte del equipo de trabajo fueron: identificación,

organización (clasificación y ordenación), descripción (elaboración de instrumentos),

valoración, selección y captura de documentos.

La función representativa quedó a cargo del Licenciado Alfredo Guzmán España quien

fue encargado de proporcionar los medios y recursos para el desarrollo del proyecto

dentro de la unidad de Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación.

3.2 Primera etapa: Identificación de la documentac ión

Consistió en identificar al organismo productor, su historia institucional, funciones,

tipología, volumen, soporte y estado de conservación de la documentación. La etapa de

identificación, cubrió cuatro subetapas.

Primera subetapa: Identificación de cajas

Consistió en identificar parte de la información contenida en las cajas, como: sellos y

rótulos, donde estaba asentado el nombre del productor (Dirección General de

Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana).

Segunda subetapa: Investigación documental

Se realizó la investigación documental exhaustiva recabando información de diferentes

fuentes bibliográficas, las primordiales fueron: Plan Nacional de Desarrollo de los años

1982-1988, Programa Nacional de Protección Ciudadana de 1989, Ley Orgánica de la

Administración Pública Federal del 2008, Manual de Organización de la Secretaría de

Gobernación de 1994 y el Acuerdo del 11 de julio de 1994.

Documentos que permitieron identificar la historia institucional, funciones tanto de la

Secretaría de Gobernación como de la Dirección General de Supervisión de los

Servicios de Protección Ciudadana y del Registro Nacional de Servicios Policiales81.

81 Cfr. CAPÍTULO 2. La Secretaría de Gobernación y su Archivo de Concentración.

61

Para conocer los antecedentes del Archivo de Concentración de la Secretaría de

Gobernación fue necesario realizar una entrevista al señor Luis Ponciano Noriega

Reyes, quien ha estado laborando en éste archivo desde su creación, a la fecha.

Obteniendo información de los antecedentes del Archivo de Concentración (Ver anexo

No.1).

Tercera subetapa: Identificación de tipologías docu mentales

Consistió en identificar las tipologías documentales, es decir, se realizó un análisis

documental a los expedientes contenidos en las cajas.

Cuarta subetapa: Inventario General

Se procedió a levantar el inventario general, el cual tuvo como finalidad conocer el

volumen documental, fechas extremas y estado de conservación de los documentos.

Los elementos del inventario se enumeran a continuación:

1. Unidad administrativa tramitadora: Corresponde a la unidad que realiza el trámite de

transferencia.

2. Área de procedencia: Se refiere al área generadora de la documentación.

3. Valor primario: Se anota el valor primario que corresponda a la serie documental.

4. Serie: Se coloca el nombre de la serie documental.

5. Subserie: Se asienta el nombre de la subserie correspondiente.

6. Clasificación archivística: Se asentará la clave archivística de acuerdo al nivel de

descripción que corresponda.

7. Fecha: Se colocará la fecha de elaboración final del inventario (dd/mm/aa).

62

8. No. secuencial: Corresponde al número consecutivo de expedientes para la

transferencia.

9. Clasificación y No. de expediente: Corresponde a la clave interna del expediente

(Registro Federal de Contribuyentes), lo que en el contexto archivístico corresponde a

la ordenación dada al documento generado, así como el número consecutivo dentro de

la caja.

10. Nombre del expediente: Asentar el nombre del miembro de la corporación policial.

11. Entidad federativa: Corresponde al Estado donde laboraba el miembro de la

corporación.

12. Original: Marcar con X, si el expediente cuenta con documentación original.

13. Copia: Marcar con X, si el expediente cuenta con fotocopias simples.

14. Periodo de trámite: Asentar el año del llenado del cuestionario.

15. Vigencia documental: Marcar con número arábigo el total de años de conservación

de la serie.

16. Observaciones: Asentar cualquier otro dato que no se encuentre en los demás

elementos.

17. Datos de cierre del inventario: Se refiere al total de hojas del inventario; cajas

totales que lo conforman.

18. Rúbricas: Se asentará nombre y firma de quien elabora, revisa y autoriza el

inventario.

A continuación se muestra el formato del inventario general.

63

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64

3.3 Segunda etapa: Construcción de la clave archiví stica

Se construyó la clasificación archivística de la serie Registro Nacional de Servicios

Policiales, con la finalidad de utilizarla para la localización y recuperación de la

información; así como dato indispensable para el llenado de los instrumentos de control

como son: inventario general, inventario de transferencia secundaria, inventario de

documentación contaminada y el catálogo de disposición documental.

Como se mencionó la documentación perteneciente a ésta serie no cuenta con la

clasificación archivística, por ello se dio paso a su construcción, más no a la

construcción del cuadro general de clasificación porque sólo se trabajó está única serie.

Se tomó como guía el Instructivo para elaborar el Cuadro General de Clasificación

Archivística, publicado por el Archivo General de la Nación, para establecer los niveles

jerárquicos del archivo Registro Nacional de Servicios Policiales.

3.4 Tercera etapa: Catálogo de Disposición Document al

Esta tercera etapa consistió en elaborar el catálogo de disposición documental el cual

permitió establecer los valores y plazos de conservación de la serie, para determinar el

destino final de la documentación.

Cabe señalar que el formato de catálogo fue diseñado en base a la Guía de los

Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos de las

Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal 82, y el instructivo para

la elaboración del catálogo de disposición documental, publicado por el Archivo General

de la Nación, debido a que éste debe ser aplicado a todas las dependencias de la

Administración Pública Federal.

Los elementos que contiene el formato son los siguientes:

82 Vid. ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN. Guía para el cumplimiento de los Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. México, D.F: Archivo General de la Nación, 2004. p. 57.

65

Contexto documental

1.- Sección: Anotar el nombre de la sección.

2.- Código: Clasificador con el que se identifica la serie y en su caso la subserie, de acuerdo con el cuadro de clasificación archivística.

Nivel

3.- Serie documental: Nombre de la serie.

Plazos de conservación

Valoración primaria

4.- Administrativo: Marcar con una (x) si es el caso el valor documental de la serie.

5.- Legal: Marcar con una (x) si es el caso el valor documental de la serie.

6.- Fiscal: Marcar con una (x) si es el caso el valor documental de la serie.

Vigencia

7.- Archivo de trámite (AT): Indicar con número los años de conservación en el archivo de trámite.

8.- Archivo de concentración (AC): Indicar con número los años de conservación en el archivo de concentración.

9.- Total (T): Indicar con número total de años de conservación (AT+AC).

Técnicas de selección

10.- Eliminación: Marcar con una (x) si corresponde.

11.- Conservación: Marcar con una (x) si corresponde.

12.- Muestreo: Marcar con una (x) si corresponde.

13.- Observaciones: Indicar las anotaciones que no se registran dentro de los demás elementos.

Información

14. Reservada: Indicar con número los años de reserva si es el caso.

15. Confidencial: Marcar con una (x) si corresponde.

66

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67

Primera subetapa; plazos de conservación

Para realizar la valoración secundaria fue necesario identificar los plazos de vigencia o

conservación de la documentación, para determinar si la serie aún tiene que

resguardarse, por ello se revisó el catálogo de disposición documental de la Secretaría

de Seguridad Pública, publicado en su página de Internet83, debido a que el Registro

actualmente está a su cargo, con el nombre de Supervisión de Registros Policiales.

3.5 Cuarta etapa: Valoración secundaria

La etapa de valoración secundaria va acompañada de la subetapa selección

documental.

Para realizar el análisis y determinar los valores secundarios de la serie se conformó un

grupo multidisciplinar integrado por estudiantes de la licenciatura en archivonomía

(tesistas), historiadora (coordinadora de proyecto), socióloga (asesora) y el licenciado

en contaduría publica (encargado del archivo de concentración).

Para comenzar con el proceso de valoración secundaria el equipo de trabajo retomó lo

dicho por los autores españoles, estadounidenses y de los estudios publicados por el

Archivo General de la Nación, para la aplicación de los valores secundarios

(informativo, evidencial y testimonial), así como el análisis de las tipologías

documentales de los expedientes del Registro Nacional de Servicios Policiales

Primera subetapa: Selección Documental

Este apartado es el producto del análisis de valores secundarios, los cuales permitieron

asignar la técnica de selección apropiada a la serie Registro Nacional de Servicios

Policiales para su eliminación, conservación ó muestreo.

83 Cfr. SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA. Catálogo de Disposición Documental. http://www.ssp.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/92773//archivo. [En línea]. Consultado el (20 noviembre de 2009).

68

Capítulo 4

Resultados de la identificación, valoración secunda ria y selección de la serie

Registro Nacional de Servicios Policiales

El capítulo muestra los resultados de los procesos de identificación, valoración

secundaria y selección de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales; entre los

cuales se encuentran: el inventario general, inventario de transferencia secundaria,

inventario de documentación contaminada, clave archivística y el catálogo de

disposición documental. Los datos obtenidos fueron de gran utilidad para elaborar

tablas y gráficas con el objetivo de demostrar y sustentar el valor documental de la

serie.

4.1 Presentación de la serie documental

En los siguientes apartados se hará énfasis en la información que se puede obtener de

la serie Registro Nacional de Servicios Policiales y que debido a su valor informativo

puede ser de utilidad para fines de investigación.

La información proveniente de esta serie es de vital importancia ya que marcó una

época en que la inseguridad pública a nivel federal iba en aumento, por ello la

necesidad de crear el Registro Nacional de Servicios Policiales, como mecanismo

fundamental para el aprovechamiento y control de los recursos útiles en las

corporaciones policiales del país.

En la serie se identificaron las siguientes tipologías documentales: acta de nacimiento

certificada y copia fotostática, carta de pasante, cartilla del servicio militar nacional,

cédula profesional, certificado de estudios (secundaria, bachillerato y universidad), carta

de buena conducta, constancia de estudios y Registro Federal de Contribuyentes

(R.F.C.), contrato de ingreso, cuestionario penitenciario, credencial de elector, diplomas

o reconocimientos, ficha de baja, ficha de datos personales y el cuestionario básico del

Registro Nacional de Servicios Policiales.

69

El cuestionario contiene 33 preguntas relacionadas con datos personales, grado de

escolaridad, dependencias donde laboró y el nivel de capacitación.

De los datos que contiene el cuestionario se identificó, que procedía de la Secretaría de

Gobernación, que pertenece al Registro Nacional de Servicios Policiales, cuenta con un

número de folio y cuatro preguntas claves para saber, fechas y procedencia de la

documentación, mismo que se especifica a continuación:

CUESTIONARIO DEL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS POL ICIALES

Hoja 1: anverso.

70

Hoja 1: reverso.

71

Hoja 2: anverso.

72

Hoja 2: reverso.

Fuente: Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación. Dirección General de los Servicios

de Protección Ciudadana, Cuestionario del Registro Nacional de Servicios Policiales, caja 26, expediente

199.

73

El cuestionario más los documentos que integran cada expediente proporcionaron

datos para realizar gráficas y para dar mayor validez a la conservación de la serie, es

decir, la utilidad de la serie para futuras investigaciones. Las gráficas representan las

funciones de la serie sustantiva como:

1. Total del volumen documental.

2. Sexenio presidencial en el que se tuvo mayor personal policial.

3. Estados con mayor número de registros.

4. Estados con menor número de registros.

Para realizar las gráficas se tomaron en cuenta las siguientes variables:

Entidades federativas, año en que se realizó el registro y volumen documental.

4.2 Identificación de la serie inventario general

La identificación de la serie documental Registro Nacional de Servicios Policiales, se

realizó por medio de la elaboración del inventario general que arrojó en primera

instancia el volumen documental de 34,531 expedientes con un corte cronológico de

1984-1999 (Ver anexo No.3).

A partir del inventario general se obtuvo la siguiente tabla y gráfica que muestra el

número de expedientes producidos por año así como el porcentaje correspondiente.

74

Tab

la 1

. Inc

rem

ento

D

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enta

l por

Año

GR

ÀF

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1. I

NC

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999)

Fue

nte:

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bora

ción

pro

pia

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en

el in

vent

ario

ge

nera

l

75

Partiendo de los datos proporcionados por dicho instrumento, se elaboró la gráfica

anterior, de donde se obtuvieron los siguientes resultados:

Como se puede observar la gráfica consta de dos ejes, el horizontal denominado “x”

que se encuentra representado por los años de la documentación manejada (1984-

1999), mientras que la vertical “y” describe los porcentajes de documentación generada

por año.

Podemos inferir que al empezar a operar el Registro Nacional de Servicios Policiales

(1984-1988) fue por iniciativa del ex Presidente de la República Mexicana Miguel de la

Madrid Hurtado, había una necesidad de reforzar las corporaciones encargadas de la

seguridad pública del país, a través de la capacitación y profesionalización del personal

policial con la finalidad de combatir la delincuencia que iba en aumento a raíz de la

difícil situación económica que imperaba en el país, marcando con esto el inicio del

registro, donde se refleja un bajo ingreso de integrantes.

Continuando con el, análisis la gráfica muestra un mayor incremento de expedientes de

(1989-1996), momento en que transcurrieron los periodos presidenciales de los ex

Presidentes Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo Ponce de León, sobresale el

año de 1993 porque es el que registra un mayor porcentaje de documentación; mientras

que en el periodo 1997-1999 se registra una disminución notable de acumulación

documental.

4.2.1 Sexenio Presidencial en el que se tuvo mayor personal policial

Continuando con el análisis para determinar la importancia de la documentación, en

este apartado se consideró graficar la variable: año de llenado del cuestionario, esto

nos permitió saber en qué Periodo Presidencial hubo más altas a nivel federal.

Para ello se conforman los siguientes datos:

76

Fue

nte:

Ela

bora

ción

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pia

con

base

en

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ario

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GR

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ncia

l

77

Como se puede observar en la gráfica anterior el periodo en que se muestra un mayor

incremento de expedientes es de (1989-1999), momento en que transcurrieron los

periodos presidenciales de los ex Presidentes Carlos Salinas de Gortari y de Ernesto

Zedillo Ponce de León, mientras que en el periodo 1984-1988 se registra una

disminución de registros.

Durante la década de los 90´s se reanudaron, las relaciones diplomáticas entre México

y la Santa Sede para dar paso, finalmente, a la promulgación de nuevas leyes

reglamentarias de las relaciones Estado-Iglesia y con ello la visita en 1993 del Jefe del

Estado Vaticano Juan Pablo II, la firma del Tratado de Libre Comercio, además de que

el país se veía amenazado por un conflicto guerrillero no resuelto y por si fuera poco el

declive financiero que sufría el país, fueron factores que generaron aún más la

necesidad de fortalecer la seguridad en el país.

Mientras que en el Gobierno del ex Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León centra

sus esfuerzos en problemas de orden económico derivados del error de diciembre de

1994, poniendo poca atención a la lucha contra el crimen organizado y la inseguridad;

en su último informe de gobierno es uno de los pendientes del sexenio (1994-2000),

pese al poco esfuerzo que las autoridades dedicaron a éste rubro84, destacando con

esto la disminución de registrados en el periodo de 1997-2000.

4.2.2 Estados con mayor número de registros

Otro aspecto relevante que nos permitió identificar el valor informativo fueron las

entidades, las cuales ejemplifican mayor número de altas ante el Registro Nacional de

Servicios Policiales.

Para graficar esta información, se consideró a las entidades federativas que tuvieron un

mayor número de registros. Para tomar el rango de altas se consideró como referencia

84 Cfr. Cronología de México por presidentes. http://www.azc.uam.mx/csh/sociologia/sigloxx/cronologiademexico.html [En línea]. Consultado en (12 de enero de 2009).

78

a los estados que registraron más de 1,001 incorporados, ya que estos mostraron un

incremento considerable en comparación a los otros estados de la República Mexicana

lo que marco la pauta para constituir la Tabla Nº 3.

Tabla 3. Entidades Federativas con mayor número de registros

Fuente: Elaboración propia con base en el inventario general

GRÁFICA 3. ENTIDADES FEDERATIVAS CON MAYOR NÚMERO DE ALTAS AL REGISTRO NACIONAL DE SERVICIOS POLICIALES

79

La gráfica No. 3 indica el número de registrados por entidad federativa, lo cual reflejó

que el Distrito Federal representó el mayor índice de registros obteniendo 9,402

incorporados que representan el 41%, mientras que Sinaloa comprende el segundo

estado con mayor índice de registros 3,547 correspondiente al 16%; de un total de 8

estados que representan la mayor incidencia de registros.

Durante el sexenio del ex Presidente Miguel de la Madrid Hurtado (1982-1988) fueron

periodos difíciles ya que se venían arrastrando problemas económicos políticos y

sociales inestables. La crisis económica trajo como consecuencia diversos ajustes,

como fueron: recorte de gasto público, aumento a los precios de los productos básicos

(tortilla, pan, leche y gasolina), así como un tipo de cambio orientado al alza de resto de

los productos; y como consecuencia las necesidades sociales aumentaban.

En el sexenio del ex Presidente Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) se caracterizó

por ideas neoliberales, la economía mexicana dio un giro hacia una economía de

mercado y de privatización; se puso en marcha el Programa Nacional de Solidaridad y

se firmó el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá, al final de su

mandato presidencial se devalúa el peso mexicano.

Finalmente el ex Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León toma posesión de la

presidencia (1994-2000) y con él comienza el error de diciembre. Por lo anterior se tuvo

la necesidad de contratar un mayor número de policías para asegurar los servicios de

protección ciudadana85.Todos estos hechos se ven manifestados en los resultados, ya

que el mayor número de influencia se tuvo en el Distrito Federal

85 Cfr. Consecuencias políticas y económicas de México en la década de los 80`s y 90`s. http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lri/monroy_m_jm/capitulo1.pdf. [En línea]. Consultado en (12 de enero de 2009).

80

4.2.3 Estados con menor número de registros

Este apartado contiene los registros de las entidades federativas con menor número de

altas en el periodo comprendido de 1984 a 1999.

Para representar esta información, se tomó como referencia a todas las entidades

federativas que cumplieran con la condicionante del rango inferior a los 1,000

incorporados, por lo que se observa en la tabla No 4 que sólo 23 estados estuvieron

dentro del rango. Cabe señalar que también se consideraron aquellas altas que no

especificaron la entidad federativa.

A continuación se hace una representación mediante una gráfica de barras con los

resultados obtenidos.

Tabla 4: Entidad es Federativas con menor número de altas

81

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ÁF

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4. E

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Fue

nte:

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ción

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con

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el in

vent

ario

gen

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82

Se puede apreciar en la gráfica anterior que las entidades federativas con menos

concentrados policiales, fue principalmente el estado de Baja California Norte, en

segunda posición Yucatán, mientras que en el resto de las entidades federativas como

Chiapas, Michoacán, Veracruz, Morelos, Hidalgo, Nuevo León, y Quintana Roo, reúnen

5,861 registros que representan el 59%; por lo que en el resto de las entidades

federativas concentraron 3,910 registros que constituyen el 40%, el 1% está compuesto

por las altas que no indicaron la entidad federativa.

Este declive de concentrados que presenta el Registro Nacional de Servicios Policiales

principalmente en estas entidades federativas correspondiente al periodo 1984-1999, se

puede deber a los constantes cambios políticos, económicos y sociales que

acontecieron en México.

Ejemplo de ello, fue el estado de Chiapas ya que una de las causantes del descenso de

altas, pudo ser, que durante el régimen del Partido Revolucionario Institucional (PRI) se

desencadenaron diversos movimientos campesinos, obreros y populares que se

oponían al modelo de nación priista, como el surgimiento de grupos guerrilleros

particularmente del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), ya que Chiapas

era el lugar propicio para la aparición de una guerrilla, por años de explotación y

pobreza que sufrieron miles de comunidades indígenas, generando resentimiento y

malestar en dichas comunidades86.

El Gobierno federal respondió a la insurrección zapatista con un despliegue de fuerza

que motivó que buena parte de la sociedad civil con posiciones ideológicas más

identificadas a la izquierda del espectro político saliera a las calles demandando el cese

de las hostilidades y el comienzo de un proceso de diálogo para alcanzar la paz.

El incluir y representar de forma gráfica las características globales del archivo Registro

Nacional de Servicios Policiales fue, reflejar los hechos y fenómenos sociales como

parte fundamental de la realidad social, ya que se generaron dentro de un espacio y

86 Cfr. HERRERA PEÑA, José. Guerrillas en México en la década de los 90´s. http://jherrerapena.tripod.com/guerrilla.html [En línea]. Consultado en (12 de enero de 2009).

83

tiempo definido, es decir, que ocurrieron en lugares y tiempos determinados. Los datos

que se presentaron fueron recopilados por medio de los instrumentos de control y

descripción archivística, a través de los cuales puede ser posible obtener la información

de la realidad social del pasado.

A esta información obtenida se le aplicó la técnica de análisis de datos, teniendo en

consideración que el documento fue creado para dar seguimiento a una gestión

administrativa en ese tiempo y no elaborado para ser sometido a un análisis de

contenido, por ello el equipo de trabajo realizó éste análisis.

Dicho análisis de contenido define la inserción de personas y actores, dentro de la serie

documental se distinguieron características como fueron: volumen documental de la

serie, así como número de registros por Entidad Federativa, etcétera. Las categorías

mencionadas quedaron registradas en la elaboración del inventario general.

Para la representación del análisis de contenido se utilizaron gráficas de barras ya que

estas fueron el indicador más fiable para demostrar que la serie analizada contiene el

valor secundario suficientemente para fines de investigación, presentando una

frecuencia alta para comprobar que la serie analizada tiene cualidades de valor

informativo y que este quedó plasmado en el análisis realizado a la base de datos.

Lo anterior supone que puede abrir nuevas líneas de investigación en torno a la edad,

sexo, antecedentes penales, nivel de escolaridad, que presentó el personal policial para

ese periodo.

4.2.4 Inventario de documentación contaminada

Se identificaron cajas con documentación infectada por hongos y exceso de polvo,

debido a la humedad y al descuido de la documentación; la detección a tiempo evitó la

contaminación del resto de la documentación, de lo cual se realizó un inventario de las

cajas donde se retomaron los datos del inventario general, quedando de la siguiente

forma:

84

Fue

nte:

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abor

ado

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.

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EN

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85

Se contabilizó un total de 4 cajas con un total de 2,629 expedientes contaminados que

comprenden los años de 1988-1994. Cabe mencionar que estas cajas no se

consideraron para efectuar las gráficas de resultados por los daños que presenta la

documentación y los riesgos para la salud de quienes la manipulen, sobre todo si no se

tienen las condiciones de higiene recomendadas.

4.3 Aplicación de la clave archivística

Para elaborar la clave archivística de la serie fue necesario partir del conocimiento del

sujeto productor, estructura y funciones, que son la fuente principal de información, lo

que permitió ubicar el nivel de descripción al que pertenece el Registro Nacional de

Servicios Policiales, misma que nos permitiera identificarlo para su posterior aplicación

en el llenado de los elementos de procedencia de los instrumentos de control obtenidos.

Los elementos para la clave clasificatoria se obtuvieron de la siguiente forma:

Identificación del primer nivel de la estructura: fondo

1. Decreto por el cual la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección

General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, se

encargaba de manejar el Registro Nacional de Servicios Policiales y de

Equipo y Material Policial, que tenía como fin primordial mantener un control

estricto, eficaz y confiable de las bases de datos que lo conformaban.

Expedido el 11 de Julio de 1994.

2. Revisión del Manual de Organización de la Secretaría de Gobernación para

identificar que la Dirección se encontraba dentro de la estructura orgánica.

Se tomó como fondo la Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección

Ciudadana (DGSSPC), y no la Secretaría de Gobernación, porque ésta contaba con

una identidad, estructura y atribuciones propias legalmente establecidas, además de

que sólo se trabajó con documentación perteneciente a ésta dirección que sólo abarca

un periodo y sería innecesario elaborar un cuadro general de clasificación archivística

de la institución, por ello sólo se construyó la clave de la dirección.

86

Identificación del segundo nivel de la estructura: sección

3. La Dirección cuenta con una estructura organizacional interna.

4. Revisión del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, Artículo

21, correspondiente a la Dirección General de Supervisión de los Servicios de

Protección Ciudadana.

Se identificó al área de Normatividad (NOR), como la sección.

Identificación del tercer nivel de la estructura: serie

5. Identificación de funciones sustantivas de la dirección.

Como función sustantiva de la Dirección General de Supervisión de los Servicios de

Protección Ciudadana, se identificó la serie, Registro Nacional de Servicios Policiales

(RNSP).

La clave archivística quedó representada de la siguiente manera:

CLAVE ARCHIVÍSTICA

CLAVE NIVEL FONDO

DGSSPC DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS D E PROTECCIÓN CIUDADANA

CLAVE NIVEL SECCIÓN

NOR NORMATIVIDAD

CLAVE NIVEL SERIE

RNSP Registro Nacional de Servicios Policiales

Fuente: Cuadro elaborado por tesistas.

La clave archivística se construyó con las siglas identificadas de cada nivel de la

estructura:

87

Dicha clave fue aplicada al inventario general, inventario de documentación

contaminada, catálogo de disposición documental e inventario de transferencia

secundaria.

Como se ejemplifica a continuación en el formato de transferencia secundaria:

DGSSPC/NOR/RNSP

Sección

Fondo Serie

88

Fue

nte:

For

mat

o el

abor

ado

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stas

.

Inve

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rans

fere

ncia

Sec

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ria

89

Unidad administrativa tramitadora: Archivo de concentración

1) Área de procedencia: Dirección General de Supervisión de los Servicios de

Protección Ciudadana (DGSSPC)

2) Serie: Registro Nacional de Servicios Policiales (RNSP)

3) Subserie: No aplica.

4) Clasificación archivística: DGSSPC/NOR/RNSP (Ver anexo No.4).

4.4 Catálogo de disposición documental

Como resultado del inventario general y la clave archivística se procedió con la

elaboración del catálogo de disposición documental del Registro Nacional de Servicios

Policiales.

Los elementos que contiene el catálogo son:

Contexto documental

1. Sección: Se especificó el nombre de la sección a la cual pertenece. Normatividad

2. Código: Clave con la que se identifica la serie RNSP.

Nivel

3. Serie Documental: Nombre de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales.

Plazos de conservación

Valoración primaria

4. Administrativo: Se consideró este valor porque fueron producto de un trámite o

asunto administrativo.

5. Legal: No aplica.

6. Fiscal: No aplica.

90

Vigencia

Para determinar la vigencia de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales se

establecieron plazos de conservación que indican el tiempo de guarda de la

documentación en archivo de trámite y archivo de concentración, se revisó el catálogo

de disposición documental de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en su

página de internet87, debido a que el Registro actualmente está a su cargo, se identificó

el nombre de la serie, Supervisión de Registros Policiales, con una vigencia documental

en él:

7. Archivo de trámite: se indicó el número de años de conservación, que para este caso

fueron dos años.

8. Archivo de concentración: Se indicó el número de años de guarda el cual fue de

cuatro años.

9. Total: Se indicó el número total de años de conservación que fue el resultado de la

suma de dos años de guarda en el archivo de trámite y cuatro para archivo de

concentración, sumando seis años.

Técnicas de selección

10. Eliminación: No aplica.

11. Conservación: Se marcó con una X la totalidad de los expedientes.

A pesar de que el catálogo de disposición documental de la Secretaría de Seguridad

Pública establece la eliminación de la serie, el equipo de trabajo estableció conservarla

por el valor informativo que presenta la serie ya que puede ser útil para otras áreas de

estudio.

12. Muestreo: No aplica.

87 Vid. SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA. Catálogo de disposición documental. http://www.ssp.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/92773//archivo [En línea]. Consultado en (20 de noviembre de 2009).

91

13. Observaciones: No aplica.

Información

14. Reservado: No aplica.

15. Confidencial: No aplica.

Para los elementos 14 y 15 del catálogo, se determinó no aplicarlos porque la

documentación como se mencionó anteriormente es de un periodo del cual no se

habían publicado los Lineamientos para la organización y conservación de archivos de

la administración pública federal del 20 de febrero de 2004, ni la Ley Federal de

Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada el 11 de

julio de 2002, que hablan de información reservada y confidencial. Dicha Ley en su

artículo 13 se considera como información reservada:

I. La que comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa

nacional.

II. Menoscabar la conducción de las negociaciones o bien, de las relaciones

internacionales.

III. Dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria del país.

IV. Poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona.

Estos son algunos puntos importantes de este artículo. Esta información marca la Ley

que contendrá este carácter de reservado por un periodo de 12 años.

Revisada la documentación, esta no proporciona datos para clasificarla como lo antes

mencionado.

Para el punto 15 “confidencial” se revisó el artículo 18, que menciona, se considera

como información confidencial:

I. La entregada con tal carácter por los particulares a los sujetos obligados, de

conformidad con lo establecido en el artículo 19.

92

II. Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para

su difusión, distribución o comercialización en los términos de esta Ley.

El artículo 22, menciona, que no se requerirá el consentimiento de los individuos para

proporcionar los datos personales en los siguientes casos:

I. Los necesarios por razones estadísticas, científicas o de interés general

previstas en esta ley, previo procedimiento por el cual no pueden asociarse

los datos personales con el individuo a quien se refieran.

Por datos personales, los Lineamientos Generales para la Clasificación y

Desclasificación de la Información de las Dependencias y Entidades de la

Administración Pública Federal, publicados el 18 de agosto de 2003. En el trigésimo

segundo artículo, del capítulo III, menciona que:

Será confidencial la información que contenga datos personales de una persona física

identificada o identificable relativos a: I. Origen étnico o racial, II. Características físicas,

III. Características morales, IV. Características emocionales, V. Vida afectiva, VI. Vida

familiar, VII. Domicilio particular, VIII. Número telefónico particular, IX. Patrimonio, X.

Ideología, XI. Opinión política, XII. Creencia o convicción religiosa, XIII. Creencia o

convicción filosófica, XIV. Estado de salud física, XV. Estado de salud mental. XVI.

Preferencia sexual y XVII. Otras análogas que afecten su intimidad como la información

genética.

La documentación revisada del Registro Nacional de Servicios Policiales, se

encontraron los siguientes datos confidenciales:

1. Características físicas (seña particular, estatura, constitución física, color de ojos,

color de su cabello, color de piel).

2. Vida afectiva (estado civil).

3. Vida familiar (nombre de padres).

4. Domicilio particular.

93

5. Estado de salud física. (enfermedades que ha padecido o padece).

6. Otras (sexo, fecha de nacimiento, escolaridad, profesión, antecedentes penales,

huella digital).

Por lo anterior, la documentación adquiere el carácter de confidencial pero, reiterando

que es parte de un periodo en donde no había una normatividad que regulara la

protección a los datos personales, este elemento no se aplicó, y se deja a

consideración de la valoración final por parte del Archivo General de la Nación.

A continuación se ejemplifica como fue llenado el Catálogo de Disposición Documental

el cual se encuentra completo en el anexo. (Ver Anexo No.5).

94

4.5 Valoración secundaria

La teoría de la administración de documentos señala que la valoración documental se

divide en dos momentos; la primera corresponde a la valoración primaria donde se

identifican los valores: administrativo, legal, fiscal. La segunda es la valoración

secundaria donde será necesario detectar si hay documentos con valor evidencial,

testimonial e informativo.

A la serie Registro Nacional de Servicios Policiales no le fue aplicada una valoración

primaria debido a la falta de normatividad en los archivos en la época en que fue

enviada al archivo de concentración de la Secretaría de Gobernación, por lo que se

realizó la valoración primaria obteniendo lo siguiente:

• Valor administrativo. La documentación presenta éste valor porque, es producto

de una función sustantiva y debido a esto se realizó la apertura del expediente

para el trámite administrativo correspondiente y tuvo un seguimiento. El Registro

se encargaba del control de altas y las bajas del personal policial y como tal, el

expediente sólo tenía vigencia si el miembro de la corporación policial estuviera

laborando, al término de su relación laboral el expediente concluía su trámite.

Asimismo la documentación contenida en el expediente era meramente para

llevar el registro de altas y bajas ante el Registro Nacional.

Para la valoración secundaria:

Se formó un grupo multidisciplinar con estudiantes de archivonomía (integrantes del

equipo de trabajo), historiadora (asesora del proyecto), socióloga (asesora de proyecto)

y licenciado en administración pública (encargado del archivo de concentración) Se

realizaron varias sesiones para establecer criterios sólidos para determinar si la

documentación del Registro Nacional se conservaba o se eliminaba. Primero se

establecieron criterios archivísticos para determinar si la documentación contaba o no

con valores secundarios, siendo:

• Valor evidencial. Como menciona Schellenberg, este valor es referente a los

documentos que por motivo de la evidencia que contengan de la organización y

95

funciones tendrán este valor, es decir, el origen y los programas sustantivos de

la dependencia que produjo los documentos. La documentación de la serie

Registro Nacional de Servicios Policiales, es derivado de una función

sustantiva, es decir, es única y revela el origen y desarrollo de la Dirección

General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana. Esta

documentación puede reconstruir una de las funciones de dicha dirección. Por

tanto, la serie tiene éste valor.

Siguiendo lo que menciona Schellenberg, con respecto a la valoración y en

especial al valor informativo, se procedió aplicar pruebas a la documentación:

exclusividad , forma e importancia . En cuanto a la exclusividad , esta

información es única o exclusiva, porque basados en la investigación no hay

otras fuentes documentales donde se recupere información sobre el Registro

Nacional de Servicios Policiales, y la información encontrada fue rastreada

precisamente en el Archivo de Concertación de la Secretaría de Gobernación,

donde se encuentra resguardada, también la documentación no se encuentra

en otro soporte documental. Forma , como está es la única forma (soporte

papel) en que se encuentra la información se debe conservar. Importancia ,

Esta documentación es útil, porque puede servir para estudios sociales. Por lo

antes mencionado, se determinó que la documentación adquiere este valor.

• Valor testimonial. La documentación y la investigación realizada proporcionó

información sobre los cambios que tuvo la Dirección General de Supervisión de

los Servicios de Protección Ciudadana. Esto se puede observar a través de los

organigramas de la Secretaría de Gobernación, así como en los manuales de

organización. Por tanto, la documentación adquiere éste valor.

• Valor informativo. La documentación hace referencia a expedientes de

personal de distintas corporaciones policiales a nivel Federal. Dicha

documentación contiene datos sobre: nombre, edad, sexo, grado escolar y

entidad federativa, como datos importantes para obtener estadísticas. Esta

información es importante para la Secretaría de Seguridad Pública, porque

pueden buscar y localizar a ex-miembros que requieran reingresar a cualquier

96

corporación. También este valor representa una fuente de investigación social,

obteniendo información sobre el sector policial en cuanto a la edad promedio

de miembros policiales al ingreso a la corporación, grado de escolaridad,

promedio de hombres y mujeres en el sector policial, entidad federativa con

alto índice de ingresos al Registro Nacional, etcétera. Por tal, la serie debe

formar parte del patrimonio documental de la Secretaría de Seguridad Pública.

Hecho el análisis de los valores tanto primarios como secundarios, la serie Registro

Nacional de Servicios Policiales cuenta con valores secundarios y por lo tanto debe ser

conservada en su totalidad porque ofrece información única de acuerdo a sus

características de relevancia y utilidad para la investigación en distintas áreas de

estudio ya que los criterios de valoración no pueden ser desarrollados para satisfacer

las cambiantes tendencias de investigación de un pequeño público de investigadores

sino para preservar la evidencia documental de nuestra sociedad.

4.5.1Selección: Conservación de la serie Registro N acional de Servicios Policiales

Actualmente la Secretaría de Seguridad Pública cuenta con la serie Supervisión de

Registros Policiales, que anteriormente se llamaba Registro Nacional de Servicios

Policiales y se encuentra establecida en su Catálogo de Disposición Documental el cual

señala que terminados los plazos de conservación, la técnica de selección es la

eliminación.

El resultado de la investigación realizada a lo largo de éste proyecto sustenta la técnica

de selección elegida que fue la conservación, ya que la serie adquiere valor informativo,

dicho valor presenta características que permitieron hacer una interpretación de

algunos de los datos obtenidos como fue: Sexenio Presidencial en el que se tuvo mayor

personal policial, estados con mayor número de registros, estados con menor número

de registros; asimismo la serie debe ser conservada porque puede ser utilizada para

realizar estudios sociales acerca de capacitación del personal policial, antecedentes

policiales, personal femenino por sexenio presidencial, etcétera, por citar algunos

ejemplos.

97

Derivado de la investigación la serie debe ser conservada y no eliminada como lo

señala el catálogo por lo que el Archivo General de la Nación deberá considerar con

más detalle su aprobación.

98

CONCLUSIONES

La problemática que se encuentra en los archivos de las instituciones públicas, es el

rezago en el tratamiento adecuado de la documentación generada antes de la

publicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental del 11 de junio de 2002, y que se encuentra en el olvido, situación que

se presentó en el Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación.

Nuestro objetivo principal fue realizar la identificación, valoración secundaria y selección

de la serie Registro Nacional de Servicios Policiales, se tuvo que retomar la teoría

archivística, que nos sirvió de guía para sustentar los procesos aplicados, además de

apoyarnos de otras disciplinas como la historia y la propia administración pública para

entender y conocer la evolución de la Secretaría de Gobernación y así identificar la

procedencia de la documentación.

En este tema de investigación se observó que en la profesión archivística no sólo se

aplican procesos técnicos si no que va más allá, es decir, se tuvieron que aplicar

conocimientos teóricos en temas como la identificación, iniciando con el principio de

procedencia y orden original para conocer el sujeto o sujetos productores de la

documentación a través de la historia institucional. Otro tema central que se tuvo que

estudiar a fondo fue la valoración documental, tema que hasta hoy en pleno siglo XXI

se sigue retomando lo escrito por Schellenberg, uno de los pioneros en desarrollar los

valores primarios y secundarios de la documentación siendo uno de los ejes principales

para este proceso, actualmente también se debe retomar la normatividad vigente y lo

que señalan las instituciones rectoras de archivos y de la información.

Este proceso de la valoración documental fue complejo, porque se tuvo que identificar

las tipologías documentales para detectar los valores primarios y secundarios, para

determinar su conservación, coincidiendo con diversos autores, que mencionan que la

valoración documental debe ser un proceso intelectual.

La valoración documental no sólo la debe realizar el archivista, sino conformar un grupo

multidisciplinario para que en conjunto se analice, cuestione y valore la documentación

y de esta forma determinar su destino final.

99

De lo antes mencionado, recalcamos que en la teoría archivística se aplican procesos

como son: identificación, clasificación, ordenación, valoración y descripción pero, dichos

procesos no se encuentran o no se tienen en este mismo orden, porque cada grupo

documental tiene sus peculiaridades. Este proceso al aplicarlo correctamente con una

base y sustento sólido apegado a la normatividad vigente, se podrá conservar el

patrimonio documental de la institución y asimismo considerar la utilidad para posibles

investigaciones sociales.

El Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación resguarda

documentación que por sus características aún poseen valores primarios de vital

importancia en el desarrollo de la política y la democracia mexicana, estos documentos

son testimonio del cumplimiento de las funciones que a realizado la Secretaría de

Gobernación a lo largo de su existir.

El primer proceso aplicado para la identificación de la documentación fue el inicio de un

inventario general que describiera las características de los documentos que integraban

la serie.

La elaboración del inventario general, permitió conocer el volumen documental, periodo

que comprende la serie, soporte y estado de conservación en el que se encuentra la

documentación, datos externos que contenía el expediente (RFC y Nombre del policía),

tipologías documentales principalmente el cuestionario básico del Registro Nacional de

Servicios Policiales, información que resultó indispensable para llevar a cabo la

organización, clasificación, valoración (primaria y secundaria) y selección documental.

Posteriormente se tuvo que construir una clave clasificatoria debido a que no se

contaba con ella y con ello determinar el nivel de descripción en que se encontraba la

documentación del Registro Nacional de Servicios Policiales. No se construyó un

Cuadro de Clasificación Archivística del fondo porque sólo se trabajo esta única serie.

El Catálogo de Disposición Documental, fue de utilidad para el establecimiento de los

valores primarios y con ello los plazos de conservación tanto para archivo de trámite

como para el archivo de concentración, así como la conservación y/o baja de la serie.

Cabe mencionar que el Catálogo de Disposición Documental de la Secretaría de

100

Seguridad Pública se retomó porque contiene la función del Registro Nacional de

Servicios Policiales marcando los plazos o vigencias documentales y establece la

técnica de selección que es la eliminación. Técnica que no se tomó en consideración

porque la valoración arrojó como resultado la conservación, asimismo porque es una

serie sustantiva ya que ninguna otra institución la tiene.

La técnica de selección como muestreo no se eligió, porque implica conservar una

muestra representativa de la totalidad de la documentación, en este caso la totalidad de

la documentación fue pequeña y si sólo se conserva esta muestra no tendría utilidad

para fines estadísticos o de investigación porque la documentación sólo data de dos

décadas.

Por otra parte la valoración secundaria nos permitió identificar que la serie cuenta con

un valor informativo innegable, por tal motivo se decidió no eliminarla, con la finalidad

de ofrecer al investigador un grado de confiabilidad considerable para el tipo de estudio

que desee realizar.

La situación de la eliminación o conservación, no depende de los archivistas, es decir,

nosotros sólo determinamos el destino final de la documentación. Pero, la institución

quién decide que eliminar o conservar es el Archivo General de la Nación, órgano rector

a nivel nacional en materia de archivos desde 1980.

El proyecto de investigación nos dio un panorama real de la situación en la que se

encuentran la mayoría de los archivos de las instituciones públicas, por lo que la tarea

fundamental fueron las bases teóricas, metodológicas y prácticas para el mejoramiento

del archivo, estas bases estuvieron respaldadas en la teoría archivística permitiendo

tener un conocimiento profesional para el tratamiento documental ahí manejado,

adecuando las actividades desarrolladas en el archivo en base a las necesidades

requeridas por el mismo, fue imprescindible ajustar dichas actividades en el archivo

para poder llevar a cabo de forma eficiente y eficaz el manejo de la documentación para

el cumplimiento de los objetivos planteados al principio del proyecto, así también poder

normalizar las actividades en la unidad, lo cual beneficia a la institución, además servirá

a futuras generaciones en el desarrollo de trabajos de identificación, valoración y

101

selección, lo cual dará una idea global del trabajo arduo que exige esta profesión,

valorando más nuestra labor archivística.

Por último cabe señalar que los resultados presentados objeto de nuestra investigación

están abiertos a discutirse entre la comunidad archivística además de servir como

motivación para seguir investigando sobre lo no propuesto en este trabajo.

102

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Acuerdo por el cual la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de

Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana, se encargaría de manejar los

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Anexo No. 1 Entrevista

ENTREVISTA

Objetivo

• Conocer los antecedentes del Archivo de Concentración de la Secretaría de

Gobernación para identificar el ingreso del fondo Dirección General de

Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana.

Nombre del entrevistado: C. Luis Ponciano Noriega Reyes

Cargo: Auxiliar administrativo

Lugar de la entrevista: Archivo de Concentración de la Secretaría de Gobernación,

Alarcón 52 Col. 10 de mayo delegación Venustiano Carranza.

Fecha de entrevista: 03/08/2009.

Horario de entrevista: 10:00 am. a 10:45 am.

Teléfono: 55-22-22-89.

1.- ¿En qué lugar y en qué año se crea el Archivo de Concentración de la Secretaría de

Gobernación?

R= Se crea en la calle Miguel Domínguez, colonia Morelos aproximadamente el día 16

de agosto de 1996, en un local destinado como bodega de almacenamiento para la

Secretaría de Gobernación.

Posteriormente en agosto del año 2000 fue ubicado en la Calle de Alarcón 52.

2.- ¿Quién fungía como responsable cuando se creó esta unidad administrativa?

R= Lic. Graciela Arteaga Vigueras quién fungía como encargada del archivo y como

titular el Ingeniero Gerardo Uribe.

Actualmente el titular de este archivo es el Ingeniero Gabriel Fernández Anaya y como

responsable el Lic. Alfredo Guzmán España.

3.- ¿De qué áreas principalmente proviene la información que se concentra en esta

unidad de archivo?

R= Principalmente proviene de la Dirección de Recursos Materiales y Asuntos

Jurídicos, Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPYP), Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG), Secretario de

Gobernación y Unidad de Asuntos Jurídicos.

4.- ¿Cuáles son los fondos con los que cuenta el archivo y que periodos comprende?

R= Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), Consejo Nacional de

Población (CONAPO), Oficialía Mayor, Radio Televisión y Cinematografía (RTC),

Instituto Mexicano de la Radio (IMER), Contraloría Interna, Centro Federal de

Readaptación Social (CEFERESOS), Consejo Tutelar de Menores Infractores, Dirección

de Obras, Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPYP), Dirección

General de Programación Organización y Presupuesto (DGPOP), Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG), Dirección General de Gobierno,

Dirección de Juegos y Sorteos, Dirección de Presupuesto (DP), Dirección General

Recursos Humanos y Sentenciados.

Desconozco las fechas extremas que se manejan para el ingreso más antiguo pero las

transferencias más recientes son de 2008.

5.- ¿Cuáles son los más consultados?

R= Dirección de juegos y sorteos, Jurídico, Obras y Recursos materiales

6.- ¿Se tienen instrumentos de descripción y control?

Si (mencionar cuales) No (pasa a la siguiente pregunta)

CUALES:

• Guía

• Inventario

• Catálogo

• Cuadro general de clasificación

• Catálogo de disposición documental

• Índice

7.- ¿Existe un procedimiento para realizar consultas a la documentación dentro del

archivo de concentración?

R= Sí, él usuario debe traer una solicitud por escrito y especificar la caja, años,

trasferencia, vale de préstamo, fecha de elaboración, hora de préstamo, hora de

entrega.

8.- ¿En qué año se realizó la trasferencia de la documentación perteneciente a la

Dirección General de Supervisión de los Servicios de Protección Ciudadana?

R= La fecha de trasferencia es en el año de 1997.

9.- ¿En específico se ha consultado el Archivo Registro Nacional de Servicios

Policiales? (de ser negativa la respuesta pasar a la pregunta 13)

R= Este fondo no recibe consultas.

10.- ¿Podía mencionar quienes son los usuarios que lo han consultado?

R=

11.- ¿Aproximadamente cuantas consultas al año se han realizado a este registro?

R=

12.- ¿Qué importancia considera que tiene esta documentación para la Secretaría de

Gobernación?

R= Para la Secretaría no tiene ninguna validez ya que el área generadora de la

documentación quedó extinta en el año 2000, no es de relevancia para otras áreas, lo

que busca la secretaría y por lógica el archivo es eliminarla con la finalidad de liberar

espacio físico.

Pero no existen medidas de conservación específicas para la documentación.

13.- ¿Qué tipo de iluminación se utiliza en el archivo?

R= La natural y la luz artificial que es tipo fría.

14.- ¿Cuál es el tratamiento que se le da a la documentación con hongos?

R= Cambio de caja, mensualmente se realiza una Nebulización, la cual no deja que el

hongo se expanda y la fumigación contra plagas y roedores.

15.- ¿Se realizan fumigaciones en el archivo de concentración?

R= Si se realizan 2 fumigaciones al año y es hecha por una empresa especializada.

Con las preguntas antes realizas damos por concluida la entrevista.

Gracias por su colaboración

Anexo No. 2 Cronograma de actividades.

Disco formato CD contiene:

Anexo No. 3 Inventario General

Anexo No. 4 Inventario de transferencia Secundaria

Anexo No. 5 Catálogo de disposición documental