escuela lomas de putagÁn reglamento interno con normas de ... · para el cumplimiento de dichos...

49
ESCUELA LOMAS DE PUTAGÁN REGLAMENTO INTERNO CON NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 2018 DIRECTORA ESTABLECIMIENTO : Rocío Chacón Mestre. ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR :Wilson Vásquez Fuentes. REPUBLICA DE CHILE PROVINCIA DE LINARES I. MUNICIPALIDAD DE COLBÚN DEPARTAMENTO DE EDUCACION ESCUELA G-526 LOMAS DE PUTAGAN

Upload: trananh

Post on 28-Sep-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

ESCUELA LOMAS DE PUTAGÁN

REGLAMENTO INTERNO

CON NORMAS DE

CONVIVENCIA ESCOLAR.

2018

DIRECTORA ESTABLECIMIENTO : Rocío Chacón Mestre.

ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR :Wilson Vásquez Fuentes.

REPUBLICA DE CHILE

PROVINCIA DE LINARES

I. MUNICIPALIDAD DE COLBÚN DEPARTAMENTO DE EDUCACION

ESCUELA G-526 LOMAS DE PUTAGAN

Página 2

ANTECEDENTES GENERALES

.- Identificación:

- Establecimiento: Escuela G- 526 Lomas de Putagán

- Dirección: Camino Público S/N

- Comuna: Colbún

- Dependencia: Municipal

- Ubicación: Sector Rural

- R.B.D: 003345-6

- Decreto Cooperador:3283

- Tipo Enseñanza: Pre- Básica- Básica

- Jornada: Escolar Completa Diurna

- Número de Cursos: 05 Cursos (combinados)

- Proyecto de Integración: 01

- Nombre Directora: Rocío Alejandra Chacón Mestre.

- Número Total de Docentes: 9 Docentes.

Página 3

INTRODUCCION

La Escuela Lomas de Putagán, Establecimiento del departamento de Educación

Municipal de Colbún, es un organismo educacional, orientado en cumplir con las metas

y fines específicos de Mineduc y Departamento de Educación del cual depende.

Para el cumplimiento de dichos fines ofrecerá a sus alumnos las condiciones humanas,

culturales y materiales apropiadas que promuevan y faciliten el desarrollo de su

proceso educativo y lograr una educación democrática, equitativa e inclusiva en los

alumnos y demás participantes de la Unidad educativa, teniendo como fin, dar

cumplimiento al logo institucional del establecimiento “Educando en familia

ciudadanos inclusivos y respetuosos”.

Bajo estos lineamientos, nuestra unidad educativa, se estructura en relación a Objetivos

Curriculares o Pedagógicos, de Liderazgo Escolar, Convivencia, Recursos y Resultados

Educativos, los cuales dependen de objetivos generales que se presentan a

continuación.

Misión

Nuestra Unidad Educativa es una entidad formadora de personas que entrega una

educación académica, física, deportiva y artística, fomentando la actitud de

conocimientos y actitudes cívicas que los haga capaces de involucrarse cada día en el

medio que les corresponda desenvolverse, invitando y promoviendo la inclusión y el

respeto.

Visión

La Escuela básica Lomas de Putagán, está orientada en educar ciudadanos que

desarrollen capacidades cognitivas, físicas, emocionales y artísticas, en base a la

formación de personas con sentido cívico, participantes y responsables de ejercer sus

derechos y obligaciones, con conciencia crítica y pro actividad en generar cambios que

mejoren nuestra sociedad.

Sellos educativos

Aprender a conocer la importancia de la participación ciudadana.

Aprender a ser un ciudadano inclusivo y respetuoso.

Aprender a hacer uso de la democracia, para plasmar su propia

opinión.

Aprender a convivir en relación y respeto con el entorno natural.

Página 4

La unión de los sellos educativos da origen a nuestro logo institucional que es el

siguiente:

“EDUCANDO EN FAMILIA, CIUDADANOS INCLUSIVOS Y RESPETUOSOS”

3.3.1 Principios y enfoques educativos.

Nuestro enfoque educativo hace referencia a un estilo constructivista, que se

distingue por sostener que las personas, tanto en los aspectos cognitivos,

sociales y afectivos del comportamiento, van construyendo conocimientos a

través de la interacción entre sus disposiciones internas y el ambiente. Esta

construcción en definitiva se realiza con los esquemas que la persona ya posee

(conocimientos previos).

Este establecimiento busca potenciar actividades que fomenten las

interacciones personales de nuestros alumnos y alumnas, con el propósito de ir

creando día a día oportunidades que les permitan que ellos construyan sus

propios conocimientos, siendo el docente un facilitador y mediador entre los

aprendizajes y sus alumnos.

NORMATIVA LEGAL

El siguiente Reglamento Interno con normas de Convivencia Escolar se rige bajo la

normativa legal vigente, considerando las siguientes leyes y decretos.

Ley general de educación N° 20.370.

Ley calidad y equidad de la educación N°20.501

Ley de violencia escolar N° 20.536.

Ley de responsabilidad penal juvenil (niños menores de 14 años) N°20.084.

Ley 20.000, Drogas.

Plan Escuela Segura.

Ley SEP y sus modificaciones (alumnos prioritarios)

Decreto 170 (inclusión educativa)

Declaración universal de los derechos humanos.

Convención de derechos y deberes de los niños (artículo 27 al 32)

Código del trabajo.

Estatuto docente.

Estatuto de empleados municipales.

PEI. Proyecto Educativo Institucional.

Página 5

En la Escuela Lomas de Putagán G-526, los principales actores del proceso

educativo son nuestros alumnos y alumnas, quienes han de descubrir, escoger y decidir

con respecto a sus proyecciones a través de las opciones que esta Unidad Educativa y

la Comunidad le ofrecen, formándose como ciudadanos de bien con la ayuda que estas,

a través de sus principios y valores le inculcan diariamente.

A través del proceso educativo, el alumno o alumna debe desarrollar sus

habilidades y aptitudes, vencer sus inseguridades, cultivar sus intereses, asumir la

responsabilidad de sus actos y comprender la vida desde un enfoque constructivista y

social a fin de llegar a tomar decisiones como una persona libre, consciente y

responsable.

Criterios Generales

El objetivo del Reglamento de Convivencia Escolar es:

“Fomentar un clima escolar positivo, basado en los principios fundamentales de

una cultura ciudadana, en que se fortalezca el respeto y la inclusión.”

Los objetivos operativos de esta propuesta son:

Contar con un docente encargado del Área de Convivencia Escolar, que pueda

garantizar la aplicación efectiva del Reglamento con normas de Convivencia

Escolar y su Plan de Convivencia Escolar.

Analizar el Reglamento de Convivencia Escolar y actualizarlo, de acuerdo a las

exigencias y realidades de nuestra sociedad actual.

Estimular el actuar responsable de todos los actores de la comunidad,

principalmente de los estudiantes, que promuevan la prevención de cualquier

tipo de Bullying o situación que atente contra la integridad física o emocional de

nuestros estudiantes.

Enfatizar en la promoción y práctica de los sellos educativos del

Establecimiento.

Fortalecer la educación emocional, como una estrategia de prevención al

Bullying.

Página 6

Mejorar las rutinas diarias, asambleas escolares y hábitos, para reforzar

principios de la Convivencia Escolar.

Desarrollar en los Padres y Apoderados un sentido de pertenencia, que los haga

responsables y activos.

Instar a generar convivencia y compañerismo en reuniones de profesores, CGPA,

de apoderados, etc.

Normas de Convivencia Escolar

Las normas que se establecen a través de este reglamento proponen ser una ayuda para

que toda la comunidad educativa en general logre un compromiso dinámico, de

desarrollo y crecimiento gradual de una manera más responsable, asuma y supere sus

limitaciones para así brindar al estudiantado una educación de calidad, basada en los

principios fundamentales de la Convivencia Escolar.

Las normas disciplinarias están orientadas a hacer posible la convivencia

armónica de la Comunidad Educativa, junto con el ejercicio progresivo de la libertad

responsable, con un vasto conocimiento del área de Formación Ciudadana, que permita

que todos los alumnos y alumnas sean personas activas en nuestra sociedad,

fomentando el cumplimiento de un modo concreto los valores y exigencias

fundamentales que nuestra Escuela propone. Como Escuela consideramos que las

orientaciones a las faltas son necesarias y su finalidad es propiciar el cumplimiento de

las normas disciplinarias, crear consciencia de los errores cometidos y la necesidad de

su corrección en el futuro. Estas, serán aplicadas con criterios pedagógicos, justicia y

flexibilidad, señalando los valores propuestos por nuestro Proyecto Educativo

Institucional que son principalmente, el respeto y la inclusión.

La inclusión en nuestra Escuela

Conforme a la ley de inclusión propuesta por nuestro gobierno, La Escuela

Lomas de Putagán promueve la integración en su comunidad de todo alumno y alumna

sin realizar ningún tipo de discriminación. Respetará a quienes requieran Necesidades

Educativas Especiales y a la diversidad de género, credo religioso, etnia, nacionalidad,

raza, orientación sexual u otro. Por otra parte, luchará por erradicar todas las formas

de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación normal de

cada uno y propiciará que el establecimiento sea un lugar de acogida que fomente

buenas relaciones interpersonales entre todas las personas que conforman La Unidad

Educativa.

Página 7

En relación a lo propuesto en nuestra introducción y criterios generales, nuestro

Reglamento de Convivencia Escolar asume que:

Todos los alumnos y alumnas al matricularse en la escuela Lomas de Putagán, se

comprometen a respetar y aceptar los principios expuestos en el Proyecto Educativo

del Establecimiento Educacional y el Reglamento interno con normas de Convivencia

escolar, integrándose a una comunidad cuyo objetivo es convivir en un ambiente

agradable, donde prevalezca la inclusión y el respeto.

Por medio de la sana convivencia, pretendemos fortalecer y complementar la

visión de futuro y actitud positiva, instando al desarrollo de personalidades íntegras, a

través de la aplicación de metodologías constructivistas que darán como resultado la

formación de ciudadanos, que sean capaces de cumplir con sus deberes y ejercer sus

derechos, con iniciativa en mejorar cada día su calidad de vida y del sector, conocedores

de la justicia y libertad, que les permita ser personas emprendedoras, generando más

cultura y movilidad social.

Entregaremos a nuestros educandos diferentes experiencias, en actividades que

permitan compartir, con la localidad y comunidad educativa en general, rescatando las

tradiciones del entorno, el arte, la música, el deporte, la vida saludable, logrando

destacar el enorme valor que tiene la vida rural.

ARTICULO 1°. OBJETIVOS.

Objetivo General.

1.1. El propósito de este reglamento es promover y desarrollar un clima escolar

positivo, basado en los principios y elementos fundamentales de una cultura ciudadana,

fortaleciendo el respeto y la inclusión.

Objetivos Específicos.

1.2. Establecer protocolos de actuación en situaciones que se vulnere la Sana

Convivencia Escolar, los que deberán estimular el acercamiento y la mediación de las

partes en conflicto implementando acciones reparatorias para las y los afectados.

1.2. Servir de pauta y orientación para que el establecimiento educacional pueda

aplicar los protocolos directamente y de manera justa.

1.3. Complementar o modificar la respectiva normativa interna sobre

convivencia escolar durante el transcurso del año lectivo cuando el caso lo amerite.

1.4 Ayudar a instaurar una cultura ciudadana en toda la comunidad educativa,

que se refleje en todas nuestras actividades.

Página 8

ARTICULO 2°. CONCEPTOS

2.1. La sana convivencia escolar: Derecho y deber que tienen todos los

miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal, es la dignidad de las

personas y el respeto que estas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo, que contribuye

a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia,

orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su

personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes.

2.1.1 Cultura ciudadana: Conjunto de costumbres, acciones y reglas mínimas

compartidas que generan sentido de pertenencia, facilitan la convivencia urbana o rural

y conducen al respeto del patrimonio común y al reconocimiento de los derechos y

deberes ciudadanos.

2.2. Comunidad educativa: Agrupación de personas que atraídas por un

propósito común, integran el recinto institucional, incluyendo alumnos, alumnas,

padres, madres y apoderados, docentes, asistentes de la educación, directivos y

sostenedores.

2.3. Bullying o maltrato escolar: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea

físico o psicológico, realizado en forma escrita, verbal o través de medios tecnológicos,

en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, independiente del lugar

en que se cometa, siempre que se pueda:

Producir temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad

física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.

Crear un ambiente escolar intimidatorio, humillante o abusivo.

Dificultar o impedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño académico,

afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

2.3.1. Se consideraran constitutivas de Bullying o maltrato escolar, entre

otras las siguientes conductas:

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender

reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno/a o de

cualquier otro miembro de la comunidad educativa;

Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad

educativa;

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno o algún miembro de la comunidad educativa, por ejemplo: (utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas u otros);

Página 9

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o fisiológico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos o cualquier

otra circunstancia;

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro

integrante de la comunidad educativa, a través de chats, páginas sociales, mensajes de

texto, correos electrónicos u otro medio virtual tecnológico.

Exhibir, trasmitir o difundir por medios cibernéticos, cualquier conducta de

maltrato escolar;

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito.

2.4 Tipos de bullying.

Bloqueo social: Agrupa las acciones de acoso escolar, que buscan bloquear

socialmente a la víctima, ya que estas buscan el aislamiento social y la marginación

impuestas por estas conductas de bloqueo.

Hostigamiento: Agrupa conductas de acoso escolar que consisten en acciones

de hostigamiento y acoso psicológico, que manifiestan desprecio, falta de respeto y

desconsideración por la dignidad del niño o niña o adolescentes.

Manipulación social: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que

pretenden distorsionar la imagen social del niño o niña y “envenenar” a otros contra él.

Con estas conductas se trata de presentar una imagen negativa, distorsionada de la

víctima.

Coacción: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que pretenden que la

víctima realice acciones en contra de su voluntad. Mediante estas conductas quienes

acosan al niño o niña, pretenden ejercer un dominio y un sometimiento total de su

voluntad.

Exclusión social: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan excluir la

participación de la víctima.

Intimidación: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que persiguen

aminorar, amedrentar o consumir emocionalmente al niño o niña mediante una acción

intimidadora.

Amenaza a la integridad: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan

amedrentar mediante las amenazas contra la integridad física del niño o niña, familia o

mediante la extorsión.

Página 10

ARTICULO 3°. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

3.1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y

asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo un clima de

respeto mutuo y aceptación.

3.2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en

un ambiente sano y recibir la formación integral para construirlo. En caso de que dicho

ambiente no se perciba o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar,

reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en el resguardo de sus

derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de

situaciones de conflictos o maltrato en cualquiera de los integrantes de la comunidad

educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

Derechos:

1. Ser escuchados.

2. Conocer las observaciones que los profesores ingresen al libro de clases.

3. Que se reconozca su buen comportamiento y dedicación al estudio.

4. Tener sus clases en un ambiente motivador, limpio y ordenado.

5. Recibir los textos de enseñanza que otorga el estado.

6. Ser atendido en sus diferencias individuales, desarrollando sus competencias y

habilidades.

7. Recibir los programas de salud de JUNAEB cuando le corresponda.

8. Recibir su informe de rendimiento escolar semestral y certificado de estudio

anual, en forma oportuna.

9. Derecho a recibir atención oportuna por causa de algún accidente escolar.

Deberes:

1. Tener asistencia regular y puntualidad a la hora de llegada a la escuela.

2. Cumplir con las tareas y obligaciones escolares.

3. Cuidar su integridad personal, su mochila y útiles escolares.

4. Cuidar el mobiliario escolar e instalaciones de las salas y escuela en general.

5. Respetar a todos los individuos de la comunidad escolar.

6. Ser solidarios y demostrar espíritu de perseverancia, trabajo y superación.

7. Conocer y respetar los objetivos propuestos en este reglamento.

8. Permanecer en el recinto escolar toda la JEC, salvo situaciones excepcionales

expuestas por el profesor jefe y autorizadas por la dirección.

9. Si se le solicitare la presencia de su apoderado, deberá cumplir en la entrega de

la citación.

Página 11

10. Ocupar los recreos para su recreación y/o su esparcimiento.

11. En lo posible asistir al establecimiento con su uniforme y chaqueta institucional

entregada por la Escuela.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y

DIRECCION.

Derechos:

1. Trabajar en un ambiente tolerante y respeto mutuo.

2. Derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo

ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte

de la comunidad educativa.

3. Derecho a proponer las iniciativas que se estimaren útiles para el progreso del

establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

4. Disponer de los espacios y recursos adecuados para realizar de mejor forma su

trabajo pedagógico.

Deberes:

1. Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.

2. Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.

3. Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.

4. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a

cada nivel educativo establecido por los planes y programas de estudios.

5. Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan, tanto

como los derechos de los alumnos y alumnas.

6. Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y

demás miembros de la comunidad educativa.

7. Cumplir puntualmente con los horarios establecidos por el Establecimiento.

8. Ejercer diariamente, cada uno de los dominios y criterios presentes en el Marco

para la Buena Enseñanza.

9. Conocer y ejercer los perfiles establecidos del PEI.

10. Conocer y ejercer los Instrumentos de Gestión de la Escuela.

11. Cumplir con el trabajo administrativo escolar.

12. Mantener discreción y reserva del manejo de la información de la escuela.

Página 12

DEBERES Y DERECHOS DE PADRES Y APODERADOS

Derechos:

1. Conocer el Proyecto Educativo Institucional, objetivos y lineamientos generales

del Reglamento de Convivencia Escolar, Evaluación y promoción Escolar y del

Centro General de Padres y Apoderados.

2. Conocer el avance y aprendizaje de su pupilo, en forma periódica, a través de

reuniones mensuales, documentos y entrevistas con los profesores.

3. Ser escuchados y atendidos en sus peticiones.

4. Solicitar certificado de matrícula, para fines legales que se estimen convenientes,

al igual que certificados de estudio.

5. A tener voz y voto en las reuniones generales de curso y /o centro general de

padres y apoderados.

6. A elegir y ser elegido como directivos del curso de sus hijos y/o centro general

de padres y apoderados.

7. A ser informados de las observaciones negativas y positivas de su hijo e hija,

registradas en el libro de clases y de las sanciones que sean aplicadas en virtud

del reglamento.

8. Recibir orientaciones para resolver problemas puntuales que presente su hijo e

hija.

Deberes:

1. Respetar a todos los profesores y personal del establecimiento.

2. Sentirse identificados con el quehacer educacional y valorar la labor del

profesor, compartiendo la formación integral del alumno u alumna.

3. Conocer y cumplir los horarios establecidos de entrada y salida de las y los

estudiantes.

4. Asistir normalmente a citaciones puntuales, entrevistas y a las reuniones

ordinarias y extraordinarias de curso y/o generales.

5. Justificar oportunamente la inasistencia a reuniones.

6. Velar para que su hijo e hija asista diariamente y puntualmente a clase, cumplir

con las tareas y preparación de evaluaciones.

7. Motivar la participación de sus hijos en todas las Actividades Escolares

propuestas por el E.E.

8. Participar en todas las actividades escolares y transversales que la Escuela

proponga. (Bingos, Rifas, Muestras, Campeonatos u otros)

9. Fomentar hábitos de estudio y responsabilidad en su hijo e hija.

10. No descalificar ni desautorizar el trabajo pedagógico de la dirección, docentes y

asistentes de la educación.

11. No proferir insultos verbales ni agredir físicamente a ningún miembro del

Establecimiento Educativo (Docentes, asistentes, chofer microbús, etc.)

Página 13

12. Velar por la correcta presentación personal de su hijo e hija conformes a las

exigencias de este establecimiento educacional.

13. Apoyar y respetar los objetivos del PEI y los diversos Planes de Gestión del

Establecimiento.

14. Asistir individualmente o junto a su hijo/a, según corresponda, a las variadas

derivaciones que la Escuela recomienda. (PIE, JUNAEB, HPV u otras)

DE LAS REUNIONES DE PADRES Y APODERADOS DE CURSO.

La asistencia a reuniones de padres y apoderados, es un compromiso adquirido

al momento de matricular al alumno o alumna en el establecimiento. Por ende es de

carácter obligatoria. El alumno o alumna deberá informar oportunamente a su

apoderado, las citaciones a las reuniones de curso. Cualquier justificación deberá ser

presentada con anterioridad, las que fuesen posteriormente se verá con el profesor

jefe, quien fijara una entrevista informativa con el apoderado.

El apoderado/a que en ocasiones reiteradas no asista a reuniones fijadas por el

curso, sin la justificación requerida, será derivado a Asistencia social, de CESFAM

Panimávida, por vulneración de derechos al niño y adolescente.

ARTICULO 4° ROLES Y FUNCIONES DE DIRECTIVOS, DOCENTES Y ASISTENTES DE

LA EDUCACIÓN.

DE LOS DIRECTIVOS:

1. Visión compartida en la comunidad escolar:

1.1 Motivar constantemente y revisar en conjunto con su comunidad

educativa la adquisición y la práctica del proyecto educativo institucional y curricular,

enfocado en el mejoramiento de los logros de aprendizaje, de todos los estudiantes, así

como en los valores de la equidad, la inclusión y el respeto-

1.2 Traducir los propósitos y objetivos institucionales y articularlos

coherentemente con los distintos planes de gestión.

1.3 Difundir y explicar los objetivos, planes y metas institucionales, así como

sus avances a todos los actores de la comunidad educativa.

1.4 Promover y modelar activamente una cultura escolar inclusiva,

equitativa y de altas expectativas sobre los logros de aprendizaje de los estudiantes y

desempeño de todos los miembros del establecimiento.

1.5 Mantener una comunicación, coordinación estratégica y efectiva con el

sostenedor, para el logro de los objetivos institucionales y de las políticas locales.

2. Desarrollar capacidades profesionales;

2.1. Desarrollar en coordinación con su sostenedor, estrategias efectivas de

búsqueda, selección, inducción y retención de docentes y asistentes de la educación.

Página 14

2.2. Identificar las necesidades de fortalecimiento de las competencias de sus

docentes y asistentes de la educación y generar diversas modalidades de desarrollo

profesional continuo.

2.3. Reconocer y celebrar los logros individuales y colectivos del personal que

trabaja en el establecimiento.

2.4. Apoyar y demostrar consideración por las necesidades personales y el

bienestar de cada una de las personas de la institución.

2.5. Demostrar confianza en las capacidades de sus equipos y promover el

surgimiento de liderazgo al interior de la comunidad educativa.

2.6. Generar condiciones, espacios de reflexión, trabajo técnico y sistemático para

la construcción de una comunidad de aprendizaje profesional.

3. Liderar procesos de enseñanza;

4.1 Asegurar la articulación y coherencia del currículum, con las prácticas de

enseñanza y evaluación entre los diferentes niveles.

4.2 Monitorear la implementación integral del currículum y los logros de

aprendizaje de todos los estudiantes para el mejoramiento de los procesos de

enseñanza y la gestión pedagógica.

4.3 Acompañar, evaluar y retroalimentar las prácticas de enseñanza y evaluación

de los docentes.

4.4 Identificar las fortalezas y debilidades de cada docente de manera de asignarlo

al nivel, asignatura y curso en que pueda alcanzar su mejor desempeño.

4.5 Procurar que los docentes no se distraigan de los procesos de enseñanza y

aprendizaje, evitando las interrupciones de clases.

4.6 Asegurar la implementación de estrategias para identificar tempranamente y

apoyar a los estudiantes que presenten dificultades en los aprendizajes o en el ámbito

conductual, afectivo o social.

4.7 Identificar y difundir entre sus docentes, buenas prácticas de enseñanza y

aprendizaje, como de gestión pedagógica ya sean internas o externas, que respondan a

las necesidades de los estudiantes.

5. Gestionar la convivencia y la participación de la comunidad escolar;

5.1 Desarrollar e implementar una política que asegura una cultura inclusiva

y las condiciones para que las personas se traten de manera equitativa, justa, con

dignidad y respeto, resguardando los derechos y deberes de la comunidad escolar.

5.2 Modelar y promover un clima de confianza entre los actores de la

comunidad escolar, fomentando el dialogo y la colaboración, tanto entre los profesores

como de estos con los estudiantes.

Página 15

5.3 Implementar y monitorear normas y estrategias que aseguren una sana

convivencia, con un enfoque formativo y participativo, promoviendo la responsabilidad

colectiva para el logro de un clima escolar positivo.

5.4 Generar oportunidades de participación y de los actores de la comunidad

educativa, a fin de consolidar el logro de un clima escolar positivo y los objetivos

expresados en PEI.

5.5 Anticipar conflictos mediando entre los actores, con el fin de lograr

soluciones de manera oportuna y efectiva.

5.6 Desarrollar y mantener relaciones de comunicación y colaboración

permanente con los padres y apoderados del establecimiento, con el fin de

involucrarlos en el proceso educativo de sus niños y niñas.

6. Gestionar el establecimiento educacional;

6.1 Estructurar la institución, organizar sus procesos, definir roles en función del

proyecto educativo institucional y las prioridades de mejoramiento del

establecimiento.

6.2 Asegurar que el funcionamiento del establecimiento, responda a las normas

legales y las políticas educativas nacionales y locales.

6.3 Recolectar y analizar información y datos de procesos y resultados del

establecimiento, que le permita tomar decisiones informadas oportunas.

6.4 En conjunto con el sostenedor, asegurar la disponibilidad de los recursos

requeridos por el establecimiento y gestionar de manera eficiente a modo de maximizar

su uso en el proceso pedagógico y el logro de las metas institucionales.

6.5 Vincular el establecimiento con instituciones, organizaciones y actores de su

entorno que contribuyan al logro de los objetivos, metas del establecimiento y del

sistema escolar en su conjunto.

6.6 Informar y explicar de manera periódica y comprensible, los procesos y

resultados del establecimiento, a los distintos actores de la comunidad educativa.

De auxiliares de servicio:

1. Mantener el aseo y orden de las dependencias del establecimiento.

2. Colaborar en eventos, ceremonias y labores extraordinarias del centro

educativo.

3. Mantener, cuidar y almacenar los bienes materiales y equipamiento del

establecimiento.

4. Controlar la entrada y salida de personas al local escolar.

5. Integrar y participar en los consejos administrativos de los asistentes de la

educación.

6. Informar y comunicar a su jefatura en forma inmediata sobre irregularidades

que observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.

Página 16

7. Mantención de jardines y/o áreas verdes.

8. Cumplir con horarios de entrada y salida estipulados por el centro educativo.

9. Propiciar y fomentar el trabajo colaborativo entre pares, docentes, directivos y

con su unidad de servicio.

10. Manifestar capacidad e iniciativa para decidir y actuar acertadamente frente a

situaciones emergentes y de emergencia.

11. Mantener su presentación personal acorde con el cargo y la responsabilidad que

posee en el establecimiento.

12. Mantener discreción y reserva del manejo de la información de la escuela.

13. Manifestar capacidad de comunicación con todos los miembros de la comunidad

educativa.

14. Manifestar capacidad de contribuir a la solución de conflictos con los miembros

de la comunidad educativa.

15. Manifestar un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la

comunidad educativa.

16. Contribuir y fomentar la creatividad e iniciativa en la comunidad escolar.

De la persona encargada del laboratorio de computación:

1. Mantener al día el inventario del laboratorio de computación.

2. Dar atención oportuna a los usuarios que soliciten atención del laboratorio de

computación y mantener bitácoras al día.

3. Proponer y llevar a la práctica iniciativa que favorezcan el funcionamiento del

laboratorio de computación.

4. Informar y comunicar a su jefatura inmediatamente, irregularidades que

observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.

5. Participar en instancias de capacitación y / o auto perfeccionamiento propias de

su labor.

6. Colaborar en eventos, ceremonias y labores extraordinarias del centro

educativo.

7. Mantener y cuidar los bienes materiales y equipamiento asignado para cumplir

con las labores propias del laboratorio de computación.

8. Orientar a los alumnos en su comportamiento, conducta, actitudes, hábitos y

responsabilidades, de acuerdo a las normas establecidas por la escuela.

9. Integrar y participar de los consejos de reflexión cuando amerite su presencia.

10. Cumplir con los horarios de entrada y salida estipulados por el centro educativo.

11. Propiciar y fomentar el trabajo colaborativo entre pares, docentes y directivos.

12. Propiciar y fomentar el trabajo en equipo con su unidad de servicio.

13. Manifestar capacidad e iniciativa para decidir y actuar acertadamente frente a

situaciones emergentes y de emergencia.

Página 17

14. Mantener su presentación personal acorde con el cargo y la responsabilidad que

posee en el establecimiento.

15. Mantener discreción y reserva en el manejo de la información de la escuela.

16. Manifestar capacidad de comunicación con todos los miembros de la comunidad

educativa.

17. Manifestar capacidad para contribuir a la solución de conflictos con los

miembros de la comunidad educativa.

18. Manifestar un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la

comunidad educativa.

De la encargada de biblioteca:

1. Mantener al día el inventario de biblioteca y bitácora de trabajo.

2. Dar atención oportuna a los usuarios que soliciten atención de biblioteca y

material para las clases.

3. Proponer y llevar a la práctica iniciativa que favorezcan el funcionamiento de la

biblioteca.

4. Informar y comunicar a su jefatura inmediatamente, irregularidades que

observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.

5. Participar en instancias de capacitación y / o auto perfeccionamiento propias de

su labor.

6. Colaborar en eventos, ceremonias y labores extraordinarias del centro

educativo.

7. Mantener y cuidar los bienes materiales y equipamiento asignado para cumplir

con las labores propias de la biblioteca.

8. Orientar a los alumnos en su comportamiento, conducta, actitudes, hábitos y

responsabilidades, de acuerdo a las normas establecidas por la escuela.

9. Integrar y participar de los consejos administrativos de los asistentes de la

educación.

10. Cumplir con los horarios de entrada y salida estipulados por el centro educativo.

11. Propiciar y fomentar el trabajo colaborativo entre pares, docentes y directivos.

12. Propiciar y fomentar el trabajo en equipo con su unidad de servicio.

13. Manifestar capacidad e iniciativa para decidir y actuar acertadamente frente a

situaciones emergentes y de emergencia.

14. Mantener su presentación personal acorde con el cargo y la responsabilidad que

posee en el establecimiento.

15. Mantener discreción y reserva en el manejo de la información de la escuela.

16. Manifestar capacidad de comunicación con todos los miembros de la comunidad

educativa.

17. Manifestar capacidad para contribuir a la solución de conflictos con los

miembros de la comunidad educativa.

Página 18

18. Manifestar un trato deferente y respetuoso con todos los miembros de la

comunidad educativa.

19. Contribuir y fomentar la creatividad e iniciativa en la comunidad escolar.

ARTICULO 5°. PRESENTACIÓN PERSONAL DEL ESTUDIANTADO.

En los alumnos y alumnas de Pre-kínder y Kínder, se sugiere la utilización de

uniforme o buzo con chaqueta institucional.

A los alumnos y las alumnas de enseñanza básica se les sugiere asistir con buzo

el día que tengan clases de educación física, talleres deportivos u otros eventos

autorizados, trayendo ropa de cambio para realizar dichas actividades (pantalón largo

o corto azul o plomo, y útiles de aseo personal)

La camiseta que se sugiere utilizar será azul o blanca.

Los útiles y prendas de vestir, son responsabilidad de cada uno de los alumnos y

alumnas.

Se sugiere que los gorros, cuellos, bufanda, sean de color gris o azul marino, lizos

y sin diseño.

En las actividades deportivas, salidas a terreno y otros, en que los alumnos y

alumnas representen al colegio deberán asistir con el uniforme o chaqueta

institucional.

Alumnos de Enseñanza Pre – Básica:

Chaqueta y camiseta Institucional

Zapatillas Blancas o Negras

Delantal de Niña (Debidamente identificada)

Cotona de Niño (Debidamente identificado)

Varones de 1° a 8° Básico:

Chaqueta y polera institucional de color azul, bordada con el sello del

establecimiento.

Sweater escolar.

Pantalón gris de tela, si usa cinturón este deberá ser negro.

Zapatos o zapatillas negras colegiales.

Damas de 1° a 8° Básico:

Chaqueta y polera institucional de color azul, bordada con el sello del

establecimiento.

Sweater escolar.

Falda plisada en color azul marino (máximo dos dedos arriba de la rodilla).

Zapatos o zapatillas negras colegiales.

Página 19

Calceta o panty de color azul marino.

Pantalón azul marino, solo en meses de invierno.

Sweater escolar.

Educación física y talleres deportivos.

Damas y varones de 1° a 8° Básico;

Buzo deportivo y chaqueta institucional.

Polera institucional deportiva.

Polera de cambio oficial o blanca sin logo.

Zapatillas deportivas para educación física.

Respecto de la presentación personal

A las Alumnas se les sugiere:

Usar las uñas cortas, sin pintar y sin maquillaje ni adornos en el rostro.

permanecer con el cabello recogido, ordenado y sin teñir.

no portar joyas, piercings y/o expansiones. Sólo se sugiere el uso de aros que no

sean colgantes y que no sean de colores llamativos.

A los Alumnos se les sugiere:

Usar pelo corto (corte tradicional) sin teñir, peinado, sin patillas, moños, coletas

ni melenas.

No usar aros, joyas, cadenas, piercings, expansiones u otros accesorios

llamativos.

ARTICULO 6°. Horarios.

1° Ciclo.

Los horarios lectivos serán de lunes a jueves, de 08: 30 a 15:45 horas,

exceptuando el día viernes cuyo horario será de 08:30 a 13:40 horas

Horario de desayuno es de las 10:00 a 10:15 horas.

Horario de almuerzo es de las 13:30 a 14:15 horas.

Horario de tercera colación a las 14:00 para Pre-básica y a las 15:00 horas en 1°

y 2° ciclo.

Página 20

ARTICULO 7°. Puntualidad y asistencia.

El alumno y la alumna es una persona responsable de sus compromisos y busca

los medios para cumplir con lo que se compromete. Este hábito se adquiere con la

preocupación constante, tanto de la familia como de la Escuela.

Los alumnos y alumnas deben asistir a todas las clases del plan de estudios de

sus respectivos cursos. El requisito de asistencia está regulado por las normas de la

evaluación y promoción escolar.

Se pasará asistencia al término de cada hora y/o bloque, la cual quedará

consignada en el libro de clases.

El alumno o alumna debe llegar a la escuela sin retraso y cumplir su jornada

diaria.

Cabe mencionar, que si un alumno tiene atención médica, el estudiante puede

llegar atrasado y quedar presente siempre y cuando traiga consigo su comprobante de

atención.

Todas las horas de clases serán de 45 minutos.

El tiempo de recreación es de 15 minutos y el horario de colación de 45 minutos,

los alumnos no podrán colacionar fuera del establecimiento. En estos periodos de

tiempo los alumnos y alumnas serán resguardados por el Encargado de Convivencia

Escolar en coordinación con asistentes de la educación, quienes velarán el buen

comportamiento en comedores y patio.

Sanciones:

“Al tercer retraso mensual a clases, el alumno o alumna deberá ser justificado

por su apoderado pero bajo ninguna circunstancia será devuelto a su casa. La

inasistencia del alumno/a en forma injustificada y no presente certificado médico, se le

citará al apoderado por el profesor encargado de la asignatura, si el apoderado no

concurre, se notificará en hoja de vida del alumno y se citará nuevamente. Si el

apoderado no concurre a justificar en segunda instancia, se enviará notificación con el

apoyo de Seguridad Ciudadana o Carabineros”.

ARTICULO 8°. Seguridad.

El establecimiento no se hace responsable de la pérdida o deterioro de los

objetos de valor que los alumnos y alumnas porten (Celulares, tablets, laptops, juegos,

revistas, álbumes, dinero, entre otros) ya que está prohibido su uso dentro del

establecimiento.

Página 21

ARTICULO 9°. Cuidado del material del colegio.

Es obligación del alumno u alumna, cuidar los útiles y materiales de la escuela y

tener un claro concepto de la propiedad ajena, devolviendo oportunamente lo que se le

ha facilitado a la persona responsable de aquello. A si mismo deberá cuidar las

instalaciones del establecimiento, en caso de causar daños a estas, deberán ser

restituidas por el apoderado.

Infraestructura y/o equipamientos

Daños o deterioros

Material Rayar, quemar o romper: Libros de clases, guías, instrumentos de evaluación, trabajos propios o de otros, textos propios o de otros, cuadernos propios o de otros.

Equipamiento. Patear, rayar o romper: Mesas, sillas, estantes, escritorios, paredes, puertas, ventanas, vidrios, telón, u otros instrumentos al servicio del proceso escolar.

Agua Dejar abierta la llave o jugar con agua.

Luz Jugar con el interruptor, introducir dedos o elementos al interruptor.

Servicios higiénicos

Dejar inodoro sucio, mojar espejos, tirar agua, pararse en el inodoro, comer en el baño, entrar de a dos o más a un baño, rayar biombos o paredes, pegar papeles en el techo y paredes o dañar cualquier elemento de este servicio.

ARTICULO 10°. Comité de Convivencia Escolar.

10.1. Existirá un comité de convivencia escolar, que se encargará de velar por la

sana convivencia dentro del establecimiento.

Directora : Srta. Rocío Chacón Mestre.

Encargado de Convivencia Escolar : Sr. Wilson Abdon Vásquez Fuentes.

Suplente de Convivencia Escolar : Srta. Luz María Castro Garrido.

Psicólogo : Sr. Claudio Sepúlveda Chacón.

Representante Consejo de Profesores : Sra. Paulina Alfaro Retamal.

Representante de Asistentes : Srta. Claudia Sepúlveda.

Representante Alumnos : Srta. Javiera Tapia Contreras.

10.2. El comité de convivencia escolar tendrá entre otras, las siguientes

atribuciones:

Enfatizar sus acciones en relación a una cultura ciudadana.

Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de

un clima escolar sano.

Página 22

Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar en el

establecimiento.

Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa a cerca

de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de

conducta contraria a la sana convivencia.

Designar a uno o más encargados de convivencia escolar.

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de

convivencia escolar.

Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes,

reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

Determinar con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de su propia

competencia y aquellas que puedan resolverse directamente con los docentes u otras

autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.

Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

ARTICULO 11°. Encargado de convivencia escolar.

Existirá un encargado de convivencia escolar, quien deberá ejecutar de manera

permanente los acuerdos, decisiones y planes del comité de convivencia escolar,

investigar en los casos correspondientes, informar de acuerdo a los protocolos

establecidos y actuar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. Asimismo, será

función del encargado de convivencia, velar que se incorporen en el reglamento escolar,

las modificaciones y eventuales actualizaciones del instrumento, velando siempre para

que las prácticas contenidas en él, sean llevadas a cabo de forma adecuada.

ARTICULO 12°. Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar.

Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnere la sana convivencia.

La autoridad competente, encargado de convivencia escolar o suplente, investigará de

acuerdo a la conformidad de la normativa interna, las conductas consideradas como

maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y castigadas mediante

un sistema gradual de sanciones.

ARTICULO 13°. Medidas preventivas.

Definidas como toda acción realizada en pro de la sana convivencia al interior

del establecimiento, entre los distintos actores de la comunidad educativa, acciones

reforzadas por medio de la realización de jornadas de reflexión y trabajo, desarrollo de

un valor por mes, incorporación de temáticas de convivencia de forma permanente en

consejos de reflexión y reunión de apoderados, entre otras. Todas las acciones

contenidas y detalladas en el plan de gestión anual de convivencia escolar.

Página 23

ARTICULO 14°. Medidas, sanciones disciplinarias y protocolos.

FALTA GRAVEDAD DE LA

FALTA MEDIDA O SANCION

PROTOCOLAR

Permanecer fuera de

la sala de clases después de

los recreos.

Presentarse sin buzo

a clases de educación física.

Incumplimientos en

horarios de llegada, tareas,

trabajos grupales, materiales

solicitados o útiles escolares.

Maquillarse en la

escuela.

Vender en la escuela

sin autorización.

Traer celular a la

escuela.

Leve o menor.

(Aquellas actitudes o

comportamientos que alteren la convivencia

pero que no involucren daño físico o

psicológico a algún miembro de la

comunidad educativa)

Dialogo personal,

pedagógico y correctivo; a cargo del profesor jefe o del docente que le corresponda al estudiante. Luego se deberá registrar dicha falta en libro de clases.

Apoderado debe conocer la falta de su pupilo en entrevista personal citada por el o la profesora jefe.

El profesor jefe, registrará, firmas de alumno y apoderado asumiendo compromisos de mejora.

La reincidencia de las faltas leves (3), será considerada una agravante, por lo que serán faltas graves, en tal caso, su sanción se ajustará el procedimiento fijado para estos casos.

Página 24

FALTA GRAVEDAD DE LA

FALTA MEDIDA O SANCION

PROTOCOLAR

Reincidencia de 3 faltas leves.

Faltar a clases sin el conocimiento de los padres y apoderados.

Interferir la clase reiteradamente, haciendo caso omiso a los llamados de atención del profesor.

Contestar con palabras o actitudes inadecuadas al profesor o a cualquier miembro del establecimiento.

Copiar en una prueba. Alteración de la

disciplina, orden y perturbación del desarrollo de las clases.

Falta grave.

(Actitudes y comportamientos que

atenten contra la integridad psicológica de cualquier miembro

de la comunidad educativa y del bien

común así como acciones deshonestas

que afecten la convivencia).

Dialogo personal, pedagógico y correctivo; a cargo del profesor jefe y del encargado de Convivencia Escolar. Luego ambos docentes deberán registrar dicha falta en libro de clases.

Amonestación escrita, donde se hará llegar por escrito al apoderado la amonestación impuesta.

Citación al apoderado, por el profesor jefe, donde se informará respecto a los acontecimientos ocurridos.

El profesor jefe, registrará, firmas de alumno y apoderado asumiendo compromisos de mejora.

Servicios comunitarios, ayudantía a profesores, apoyo escolar a otros alumnos, entre otros.

Derivación psicosocial, instancias de derivación, según amerite, apoyo psicológico, talleres internos, derivación a instituciones externas.

La reincidencia de las faltas graves (3), será considerada una agravante, por lo que podrán ser consideradas como faltas gravísimas, en tal caso, su sanción se ajustará el procedimiento fijado para estos casos.

Página 25

FALTA GRAVEDAD DE LA

FALTA MEDIDA O SANCION

PROTOCOLAR

Reincidencia de 3 faltas

graves. Reiterar salidas sin

permiso del E.E o evasión de clases.

Atentar contra la seguridad e integridad física con actos considerados “bromas”. Ej: lanzar objetos proyectiles o sacarle silla al compañero/a

Actitud de rechazo, desobediencias y actos irrespetuosos ante avisos reiterados y correcciones por integrantes y/o funcionarios de la Escuela, donde se manifieste una actitud displicente e irrespetuosa.

Publicar hechos o situaciones ocurridas al interior de la Escuela que promuevan comentarios males intencionados y ofensivos en contra de la institución como de integrantes del Establecimiento.

Presentar conductas morales negativas y actitudes reñidas en su calidad de estudiante, dentro o fuera de la escuela como; fumar, consumir alcohol, drogas u otros estupefacientes, o así como agredir verbal o físicamente a otros.

Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros, amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Agredir verbal, física y/o psicológicamente a algún miembro de la comunidad educativa.

Falta gravísima.

( Aquellas actitudes y comportamientos que afecten la integridad física y psicológica de cualquier miembro de

la comunidad educativa, agresiones

sostenidas en el tiempo y conductas

tipificadas como delito)

El criterio de las faltas gravísimas, será definido con detención por el consejo de profesores, (luego de la amonestación por escrita al apoderado), quienes decidirán su respectiva derivación ya sea a carabineros, tribunales de familia, de justicia u otro organismo.

Dialogo personal, pedagógico y correctivo; a cargo del profesor jefe y Encargado de Convivencia Escolar. Luego ambos docentes se deberán registrar dicha falta en libro de clases.

Amonestación escrita, y citación al apoderado, donde se hará llegar por escrito al apoderado la amonestación impuesta.

Entrevista con apoderado, Encargado de Convivencia Escolar, profesor jefe, alumno y Director. Definiendo acuerdos y responsabilidad parental y firmarlo en libro de Convivencia Escolar.

Entrevista de apoderado y alumno con psicólogo del EE, estableciendo compromisos en mejorar la conducta.

Elaboración de trabajo pedagógico, monitoreado por el Encargado de convivencia, el cual debe ser notificado al apoderado, quien firmará la autorización correspondiente.

Proceso de reinserción en la comunidad escolar a través del cuidado y mantención de jardines y árboles del colegio,

Página 26

Amedrentar, chantajear, intimidar, injuriar, desprestigiar, hostigar o acosar a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea en forma verbal, escrita o por intermedio de redes sociales.

Causar accidentes de forma premeditada o por desobediencia, a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Falsificar firmas y adulterar justificativos.

Atacar, ofender o agraviar los símbolos patrios.

Adulterar, fotocopiar, fotografiar y/o duplicar materiales pedagógicos.

Utilización de vocabulario obsceno y gestos groseros frente a sus pares o cualquier integrante de la comunidad educativa.

Irrumpir ilegalmente al Establecimiento en días y horarios no establecidos.

Tirar alimentos en el comedor.

Exhibir, transmitir o difundir cualquier conducta de maltrato escolar.

Ejercer violencia física en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Hurtos o apropiación de cosas ajenas.

Acoso sexual, físico o psicológico, en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Difundir material pornográfico por medios tecnológicos (celular, Tablet y/o notebook) tanto al interior del establecimiento, como en el

elaboración del diario mural, elaboración de presentaciones para otros cursos (valores, respeto, solidaridad, igualdad de género, sana convivencia, entre otros)

Si el estudiante se niega a realizar estas actividades en pos de mejorar su actitud, será causal de condicionalidad de matrícula.

La suma de 2 faltas

gravísimas puede originar la “Condicionalidad de matrícula” y en casos de que la conducta sea reiterativa se sancionará incluso con la “Expulsión y/o caducidad de matrícula” a la tercera falta gravísima.

Previo al inicio del proceso de expulsión o no renovación de matrícula, la Directora de la Escuela en consenso resolutivo con el Consejo de Profesores, planteará a los padres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de las medidas indicadas. Cabe señalar que previo a las medidas a aplicar, se implementarán estrategias de apoyo pertinente a los alumnos o alumnas con el propósito de

Página 27

trayecto entre la escuela y el hogar.

Portar armas blancas, de fuego, cadenas u otras para agredir.

Bullying verbal, escrito o mediante redes sociales.

transformar la conducta específica positivamente.

En caso de ser aplicada

la medida de Expulsión o Caducidad de matrícula, el apoderado debe firmar el documento respectivo. En caso de no hacerlo, se considerará, igualmente, como resolución comunicada y acatada.

PROTOCOLO CANCELACION DE MATRICULA O EXPULSION DE UN ESTUDIANTE

El siguiente protocolo orienta la actuación de las medidas requeridas para enfrentar

situaciones conflictivas extremas. Esta es la sanción máxima que un establecimiento

educativo puede aplicar sobre un estudiante.

Definición

La expulsión de un estudiante o cancelación de matrícula, se aplicará cuando el

estudiante haya transgredido seriamente el Reglamento de Convivencia Escolar, siendo

incompatible esta conducta con el régimen escolar interno del EE.

Esta caducidad de matrícula, se aplicará al finalizar el año escolar, significando que el

alumno no tendrá continuidad en sus estudios para el año próximo a la sanción.

Esta medida excepcional y extrema se adoptará siempre y cuando el estudiante haya

dado evidencias de que constituye un peligro para la integridad física y/o psicológica

de la comunidad educativa y ya habiéndose agotado todas las medidas de apoyo

psicológico, pedagógico, derivaciones externas y medidas formativas que se le

brindaron por el establecimiento.

Página 28

FALTA GRAVEDAD DE

LA FALTA MEDIDA O SANCION

PROTOCOLAR

Toda agresión verbal,

expresiones obscenas y

grotescas en contra de

alumnos, docentes, asistentes

o funcionarios

administrativos del

Establecimiento.

Adulteración,

sustracción y/o destrucción

del libro de clases como de

documentos institucionales.

Agredir o atentar

violentamente la integridad

física o psicológica de

cualquiera de los miembros

de la Escuela.

Acoso y/o agresiones

sexuales al interior del

Establecimiento.

Todo acto

premeditado y planificado de

agresión física, verbal, escrito

o psicológico, realizado en

forma directa o indirecta o

por medios virtuales de un

alumno/a cualquier

integrante de la Escuela.

Incitar a otros a la

agresión verbal o física o

psicológica en forma directa o

por medios virtuales a

cualquier integrante de la

Unidad Educativa.

Faltas que originan

expulsión o caducidad

inmediata de matrícula.

(Aquellas

actitudes o faltas que por su dimensión,

afectan gravemente la

convivencia escolar y que ameritan la

sanción indicada.)

Se registra el hecho en libro de clases, crónicas y libro de Convivencia Escolar.

Se comunica vía escrita y telefónica el hecho al o la apoderada.

Se comunica la gravedad de la falta a Daem.

Se comunica la gravedad de la falta a Depto. Provincial de Educación.

Derivación del alumno a Depto social de CESFAM Panimávida.

La medida de caducidad de matrícula, será aplicada por la dirección del EE, previo acuerdo del consejo de profesores. Dicho acuerdo y una síntesis detallada de evidencias y causales que ameritan la aplicación de esta medida deberán quedar consignadas en el Libro de Actas del Consejo de Profesores.

Las medidas de cancelación o no renovación de matrícula, serán aplicadas por la dirección del establecimiento previo acuerdo racional y justo, con el consejo de profesores, quienes analizarán el informe, evidencias, y seguimiento del alumno que presentará la profesora o profesor jefe de curso con el apoyo y supervisión del Encargado de Convivencia Escolar. Si la directora considera que las medidas acordadas son pertinentes o deben ser desestimadas, lo comunicará personalmente y por escrito al apoderado y al alumno dentro de 3 días hábiles después de hecho el análisis correspondiente del caso.

Página 29

De las sanciones:

Toda medida disciplinaria, debe constituir para cada alumno y alumna, una

experiencia positiva, que contribuya eficazmente a la formación.

Toda falta debe quedar registrada en el libro de clases y dada a conocer por el

profesor jefe al apoderado.

Si el responsable fuese un funcionario del establecimiento, ya sea docente,

asistentes de la educación, manipuladora de alimentos u auxiliar, se aplicarán las

medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación correspondiente.

Si el responsable fuese, padre, madre o apoderado, en caso menos grave, se

solicitara cambio de apoderado y en casos graves se le prohibirá el ingreso al

establecimiento aplicando las normas internas del EE.

Se aplicara sanciones a quien incurra en conductas contrarias a la sana

convivencia y especialmente en los casos de maltrato; leves, graves y gravísimas.

Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica,

cometida por cualquier medio en contra de algún integrante de la comunidad

educativa, ya sea realizada por: el director, docente, asistente de la educación u

otro adulto de la comunidad educativa en contra de un alumno u alumna.

(Artículo 16 D Ley N°20.536).

En el caso de alumnos entre 14 y 18 años, de ser necesario, serán

sometidos los procedimientos reflejados y estimulados en la ley penal juvenil

vigente (N°20.084).

ARTICULO 15°. Criterios de aplicación.

15.1. Toda medida o sanción debe tener un carácter claramente formativo para

todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a

la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la

mayor protección y reparación del afectado así como la formación del responsable.

15.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o

medida, los siguientes criterios:

a. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

b. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado por factores:

La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.

El carácter vejatorio o humillante del maltrato. Haber actuado en

anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.

Haber obrado a actitud de un tercero o bajo recompensa.

Haber agredido a un docente o cualquier funcionario del establecimiento.

c. La conducta anterior del responsable.

Página 30

ARTICULO 16°. Obligación de denuncia de delitos.

Directivos, docentes, asistentes de la educación, tiene la obligación de

denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que

afecte a cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como: Agresiones,

amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de

sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar a Carabineros de Chile, Policía de

Investigaciones, Fiscalía o Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas, desde

que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175,

letra E y el 176 del Código Procesal Penal.

ARTICULO 17° Reclamos.

17.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia, deberá ser

presentado en forma escrita mediante el libro de convivencia escolar al encargado de

convivencia escolar o cualquiera de sus miembros, a fin de que se dé inicio al debido

proceso.

17.2. Deberá ser resguardada la identidad del denunciante.

ARTICULO 18°. Notificaciones a los apoderados.

Al inicio de todo proceso, en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a

sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio

idóneo, pero deberá quedar constancia de ello de manera escrita en hoja de vida del

alumno.

ARTICULO 19°. De investigación.

19.1 El encargado de convivencia escolar en conjunto con la directora del

establecimiento, deberán llevar adelante la investigación de los reclamos,

entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier

otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento

19.2 Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la

investigación, el encargado deberá presentar un informe al comité de convivencia

escolar para que este aplique una medida o sanción si procediere o bien para que

recomiende su aplicación a la dirección o autoridad competente del establecimiento.

19.3 Cada protocolo de actuación, según se señale, contará con plazos

establecidos en días hábiles para realizar las investigaciones que se requieran.

ARTICULO 20°. Citación a entrevistas.

20.1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la

dirección o quien la represente, deberá citar a las partes y en su caso a los padres y

apoderados a una reunión que tendrá como finalidad de buscar un acuerdo.

Página 31

20.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender la

indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de las determinadas condiciones

impuestas en un periodo de tiempo convenido para así dar por cerrado el caso, dejando

constancia de esto.

20.3. Si no hubiese acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes

deberán presentar todos los antecedentes que se estimen necesarios, también se podrá

citar a un profesional experto en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al

respecto.

ARTICULO 21°. Resolución.

La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para

imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar

constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución

debe ser notificada a todas las partes y en su caso al comité de convivencia escolar.

ARTICULO 22°. Medidas de reparación.

Tras la evaluación de los hechos y la entrega de la resolución del proceso se

entregara por escrito a las partes, según corresponda, las medidas preparatorias

enfocadas en la disminución y/o compensación de los daños o consecuencias sufridas

por parte del afectado u afectada. Dichas medidas serán determinadas por el consejo

de convivencia, siendo alguna de ellas disculpas públicas, entrega de apoyo psicosocial,

anotación positiva, entre otras.

ARTICULO 23°. Mediación.

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros

mecanismos similares, como alternativas para la solución pacífica y constructiva de los

conflictos. Este sistema incluirá a alumnos, alumnas, docentes, psicólogo, otros

miembros de la comunidad educativa, Jefe Daem y especialistas.

ARTICULO 24°. Recursos.

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir con fundamento en contra de

la resolución adoptada por el comité o autoridad competente, por medio del derecho a

apelación. Tras 48 horas de recibida la resolución, la parte afectada si así lo considera,

podrá presentar por escrito su apelación al encargado de convivencia escolar o al

director del establecimiento, quienes en conjunto con el comité de convivencia escolar,

analizaran lo expuesto, entregando una respuesta, con un plazo máximo de 72 horas

después de recibida la apelación.

Página 32

ARTICULO 25°. Difusión.

El establecimiento deberá implementar acciones necesarias para la correcta,

oportuna y completa difusión acerca de normas y planes relativos a la convivencia

escolar, a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad, este

permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. Conociendo

adecuadamente el manual de convivencia escolar, sus procedimientos y protocolos,

haciéndose participe de jornadas de reflexión, actividades recreativas, entre otras, las

que se describen en el plan de gestión de convivencia escolar.

Importante es señalar, que el Reglamento Interno, con Normas de Convivencia, así

como el PEI y otros Planes de Gestión y actuación, estarán disponibles para la

comunidad educativa, ya sea en plataformas virtuales o en físico en el Establecimiento.

ARTICULO 26°. Abordaje de situaciones críticas de agresión a estudiantes.

Esta normativa procedimental debe ser socializada, conocida y aplicada por

todos los funcionarios del establecimiento, a fin de prevenir situaciones de convivencia

escolar y/o paliar los posibles efectos de las mismas.

Junto a lo anterior, de acuerdo a lo señalado en la ley de violencia escolar, el

enfoque fundamental, es la mirada preventiva, es decir frente a una sospecha de

amenazas o agresión entre estudiantes, proceder adelantándose a la ocurrencia de la

misma, idealmente resolviendo cualquier tipo de conflicto en el establecimiento. Para

ello debe recurrirse a todas las herramientas y protocolos que el reglamento interno

otorga, al igual que la respectiva clasificación de las faltas, medidas pedagógicas y

eventual citación a los apoderados, por lo que son estos los responsables principales de

la seguridad de sus pupilos ante la Ley.

Si las autoridades del establecimiento no denunciaren situaciones ya habiendo

tomado conocimiento de estas, se exponen a ser sancionados por la Superintendencia

de Educación.

ARTICULO 27°. Criterios ante los protocolos de actuación en situaciones de

denuncia ante la vulneración de normas del Reglamento Interno con normas de

Convivencia Escolar.

27.1. Mientras se esté llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el

discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la

mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

27.2. De cada actuación y resolución, deberá quedar constancia escrita en los

instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual

de cada reclamo, no se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros, ajenos a

la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

Página 33

27.3. En el procedimiento se garantizara la protección del afectado y de todos

los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las

decisiones y posibilidad de impugnarlas.

27.4. Si el afectado fuera un alumno u alumna, se le deberá brindar apoyo,

protección e información durante el proceso.

27.5. Si el afectado fuese un docente u otro funcionario del establecimiento, este

será protegido y se le brindarán todas las medidas para que este pueda desempeñar

normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en riesgo su integridad.

27.6. Se velará en todo momento por el justo procedimiento en la investigación

y resolución del caso, reconociendo el derecho de todas las partes a ser escuchadas, a

que sus argumentos sean considerados en igualdad de condiciones y que se presuma

inocencia de los involucrados, hasta que la investigación termine.

27.7. Asimismo, se reconoce el derecho de los afectados a apelar a cualquier

resolución del caso o sanción impuesta, debiendo para ello seguir con el procedimiento

establecido.

27.8. En cada situación crítica detectada, ya sea de violencia escolar, maltrato,

agresiones físicas o psicológicas, burlas y bromas inadecuadas, bullying, abuso sexual,

entre otras situaciones críticas, se pondrán en ejecución las siguientes acciones:

Si hay detección por cualquier integrante de la comunidad educativa, este debe

remitir los antecedentes al encargado de Convivencia Escolar, quién debe procurar que

se registre el caso explicitado en cuaderno anexo de Convivencia Escolar.

Posterior a la denuncia, el encargado de Convivencia Escolar, informará a la

directora respecto de los hechos, quién tiene la obligación de acoger la denuncia y

brindar los espacios correspondientes para su desarrollo investigativo.

Será el encargado de Convivencia Escolar, quién convocará a Reunión

extraordinaria de equipo especial, a fin de generar soluciones y acciones para la

situación detectada, dicho equipo será conformado por: DIRECTORA UNIDAD

EDUCATIVA, ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, PSICÓLOGO, ADEMÁS DE LOS

PARTICIPANTES ATINGENTES DEL CASO.

Las acciones lleva das a cabo se registrarán en el Cuaderno Anexo de Apoyo a la

Convivencia Escolar.

Según el tipo de la situación deberá existir un monitoreo constante para velar la

finalización de dicha práctica por parte del equipo especial.

Funciones del trabajo de asistentes de la Educación en patio.

Durante el tiempo de recreo y horarios de colación del cuerpo docente, es

responsabilidad de los Asistes de la Educación, el cuidado y disciplina de los niños y

niñas al interior del establecimiento educacional.

Página 34

Las y los asistentes de educación llevarán un registro de las faltas realizadas por

los estudiantes, (Cuaderno de Registro Recreos Convivencia Escolar) las cuales serán

dadas a conocer a los respectivos profesores jefes.

Son los asistentes de la educación los encargados de avisar a los profesores jefes,

aquellas faltas graves o acumulación de éstas (3 faltas), siendo el profesor quién tome

las medidas correspondientes a cada caso y/o siga el protocolo de denuncia a

Convivencia Escolar.

ARTICULO 28° Definición y Protocolos frente a abuso sexual y maltrato infantil y

adolecente

Introducción

La unidad educativa está comprometida en proteger y resguardar los derechos de

niños, niñas y adolescentes, estableciendo criterios claros que definan como todos

aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en el

entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas y adolescentes, de manera

habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendida como falta

de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades y requerimientos del niño, sea

en alimentación, salud, protección física, estimulación, interacción social u otro),

supresión (que son las diversas formas en que se le niega al niño el ejercicio y goce de

sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la

escuela, etc.) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones o conductas

hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño, tales como malos tratos físicos,

agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos e incluye

el abandono completo y parcial.

Dentro del concepto maltrato se establecen distintas categorías, en función de diversas

variables:

MALTRATO INFANTIL Y ADOLESCENTE

1. Maltrato físico: Cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o

padres, que provoque daño físico o enfermedad en el niño/a o adolescente o signifique

un grave riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su

magnitud es variable (grave, menos grave o leve).

Tanto la calidad de las personas como las circunstancias del hecho, son criterios que

permiten establecer la mayor o menor gravedad de las lesiones considerando, por

ejemplo, la edad de los involucrados, la existencia de vinculo de parentesco o

Página 35

subordinación entre víctima y agresor, así como si la agresión ocurrió como defensa

propia, o fue cometida en complicidad con más agresores, etc.

2. Maltrato emocional o psicológico: Se trata del hostigamiento verbal habitual por

medio de insultos, criticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el

rechazo explícito o implícito hacia el niño/a o adolescente. Se incluye también en esta

categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o corromperlo. Ser testigo de violencia entre los

miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o psicológico.

Negligencia: se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes

tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y

educación de los niños/as y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades

básicas, sean estas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales.

3. Abuso sexual

El abuso sexual es una forma grave de maltrato. Que implica la imposición a un niño,

niña o adolescente, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una

gratificación, es decir, es una imposición intencional basada en una relación de poder.

Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza,

la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o

cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica.

El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño

o adolescente, intuyendo, entre otras, las siguientes:

Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño o adolescente.

Tocación de otras zonas del cuerpo del niño o adolescente por parte del abusador/a.

Incitación, por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales.

Contacto buco genital entre el abusador/a y el niño o adolescente.

Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del

cuerpo o con objetos, por parte del abusador/a.

Utilización del niño o adolescente en la elaboración de material pornográfico (fotos,

películas, imágenes en internet).

Exposición de material pornográfico a un niño o adolescente (ej.; revistas,

películas, fotos, imágenes de internet).

Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero

u otras prestaciones etc.

Responsabilidades del encargado:

El encargado reúne los antecedentes generales que permitan contextualizar la

situación; revisa el Libro de Clases, entrevista al profesor jefe u otro actor relevante

y se comunica con la familia. Si la situación lo requiere, realiza una entrevista

preliminar del niño/a o.

Página 36

Ante las situaciones descritas la Escuela Lomas de Putagán, establece el siguiente

protocolo de actuación para proteger y resguardar los derechos de todos nuestros

niños/as y adolescentes, incluyendo la comunicación inmediata con la familia y/o

tutores del alumno/a.

Protocolo de actuación ante detección o sospecha de situación de abuso o

maltrato infantil

1.-Ante la detección o sospecha de cualquier situación de abuso o maltrato infantil,

siempre se debe comunicar el hecho al Encargado de CE y Dirección.

2.-Ante la detección o sospecha siempre se debe informar la situación a

Superintendencia de Educación.

3.-Si se trata de una sospecha, de maltrato o abuso infantil, en donde se observen

cambios significativos en el alumno o alumna, respecto a su conducta, rendimiento o

algún indicio físico o psicológico que pueda relacionarse con alguna de estas

situaciones, se deriva inmediatamente a una red de apoyo externa, ya sea Posta Rural,

Hospital, Cesfam, Red SENAME, etc. El hecho se comunica de manera formal con

apoderado del alumno/a

4.-Si se trata de una certeza de maltrato o abuso infantil, ya sea si el niño se observa

con lesiones atribuibles a una agresión, o si bien el alumno o alumna relatan que fueron

víctima de situación de abuso o maltrato, los antecedentes se ponen inmediatamente a

disposición de la justicia. El hecho se comunica de manera formal al apoderado.

5.- Luego de disponer los antecedentes ante la justicia, se toma contacto inmediato con

Centros especializados, ya sea, Red de apoyo local y comunal, Red SENAME, Centros de

salud, etc.

6.-Cualquier omisión de este protocolo, será sancionado y comunicado a las entidades

pertinentes, haciendo cómplice del delito a quien incurra en no tomar en cuenta o no

comunicar el hecho de forma inmediata.

Página 37

Protocolo de actuación ante detección o sospecha de situación de abuso o

maltrato infantil

ARTICULO 29° Definición y Protocolo de actuación en caso de accidentes

escolares.

¿Qué es un accidente escolar?

SE INFORMA AL ENCARGADO: PROFESOR WILSON VÁSQUEZ FUENTES.

EL DOCENTE SIEMPRE DEBE COMUNICAR EL HECHO A LA DIRECTORA SRA ROCÍO CHACÓN

Página 38

Protocolo de actuación en caso de accidentes escolares

Al momento de producirse cualquier accidente, la Escuela debe aplicar procedimientos

que resguarden la integridad física y psicológica del estudiante, por esto toda la

comunidad educativa debe conocer y apropiarse de cada procedimiento a fin de

entregar una atención oportuna y eficaz ante el surgimiento de un accidente.

Toda lesión que un/a estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, y que le

produzca incapacidad o muerte, también se consideran como accidentes escolares, que

pueden ser de trayecto directo de ida o regreso de su casa y el establecimiento.

Al momento de producirse el accidente en el Establecimiento Educacional:

1.En primera instancia, se debe mantener la calma, luego, entregar primeros auxilios al

alumno o alumna.

2.Dar aviso a Dirección o un Profesor del Establecimiento.

3.Evaluar la gravedad del accidente, si es leve, se entregan primeros auxilios y puede

retornar a clases, comunicando inmediatamente vía telefónica o escrita o sucedido al

apoderado..

4. Si la gravedad del accidente es menos grave o grave, se entregan igualmente primeros

auxilios que puedan otorgarse, se avisa inmediatamente al apoderado y se traslada a la

Posta más cercana u Hospital, en compañía de un profesor y asistente. El procedimiento

debe ser registrado en la Declaración

Individual de Accidente Escolar, que es entregado por el Estado.

5.Una vez en el Centro Asistencial y luego de asegurarse de que el alumno/a esta fuera

de peligro, se entrega al cuidado del

apoderado, quien prosigue con los trámites solicitados en este.

6.Cuando se termina el proceso de atención del alumno, el apoderado

informa al Establecimiento sobre el diagnóstico del alumno.

Página 39

Protocolo de actuación en caso de accidentes escolares

Avisar a Apoderado de

manera Telefónica y/o

escrita

Página 40

ARTICULO 30° Definición y protocolo de acción ante Embarazo adolecente.

El embarazo y la maternidad en ningún caso ser impedimento para ingresar y

permanecer en el sistema escolar, debiendo los establecimientos otorgar las facilidades

académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos (Ley

N° 20.370/2009, Art.11).

Derechos de las estudiantes madres y/o embarazadas:

Facilidades académicas para asistir a su control prenatal, post parto y los que

requiera el lactante.

Facilidades en las evaluaciones.

Facilidades en asistencias y atrasos, no siendo exigido el 85% de asistencia,

siempre y cuando sea justificado.

Facilidades para compatibilizar su condición de madre y estudiante, en el

periodo de lactancia.

Ser tratadas con respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.

Al seguro escolar.

Participación de todas las actividades o eventos extra programáticos.

Se adaptará su uniforme a su condición de embarazo.

Asistir al baño cuantas veces lo requiera.

Acceder a dependencias del colegio que le permitan evitar estrés o posibles

accidentes.

Deberes de las estudiantes madres y/o embarazadas:

Asistir a los controles correspondientes, adjuntando la documentación

correspondiente.

Justificar inasistencia a clases con certificado médico y mantener informado al

docente.

Asistir a clases de educación física, debiendo ser evaluada de manera distinta o

ser eximida en caso de que fuese necesario.

Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, asistir a clases y

cumplir con el calendario de evaluaciones.

En caso de que sea necesario, debe apelar a la Secretaria Regional Ministerial, si

no está conforme con lo resuelto por el director, en temas de evaluación y asistencia.

Responsabilidad del apoderado.

Informar al establecimiento educacional, que la alumna se encuentra en

condición de embarazo, en esta instancia el director del establecimiento debe informar

de los derechos y obligaciones, tanto de la estudiante como de la familia y el colegio.

Página 41

Notificar al establecimiento educacional de situaciones como; cambio de

domicilio, cambio de tutor, entre otras.

Firmar un compromiso de acompañamiento a la adolecente, que señale el

consentimiento para que la niña asista a sus controles médicos u otras instancias que

ameriten atención de salud, cuidado del embarazo de la adolecente y del hijo nacido,

que implique la ausencia parcial o total de la estudiante, durante la jornada de clases.

Protocolo de apoyo a estudiantes madres y/o embarazadas.

La familia

1.- El padre, madre, tutor y/o apoderado, es el principal responsable de informar

oportunamente en situación de embarazo o maternidad de la alumna a la dirección de

la Unidad Educativa.

2.- La familia debe asumir ante la dirección del establecimiento la responsabilidad

de informar oportunamente todas las situaciones que deriven su condición de

embarazo, atención de salud y cuidados propios dentro como fuera del establecimiento.

La Escuela

1.- Todos los procedimientos a lo disciplinario y de Convivencia Escolar, en relación a

las alumnas en estado de embarazo, serán los mismos que se establecen para los demás

estudiantes, exceptuando en lo relativo a la asistencia, atrasos y sistemas de evaluación

y promoción, en cuyos aspectos habrá flexibilidad para facilitar su trabajo escolar y su

maternidad y así, asegurar la permanencia de la alumna en el sistema escolar.

2.- Toda alumna que se presente en situación de embarazo tendrá el derecho del apoyo

de una tutora que será la encargada de salud del establecimiento Educacional, Sra. Edith

Salas Sepúlveda, quién coordinará e informará las acciones de apoyo que el

establecimiento establecerá para garantizar la permanencia de la alumna en la Escuela.

3.- La tutora de la alumna tendrá que elaborar un programa especial de la asistencia a

clases, contemplándose tiempos de asistencia diferenciados según sus etapas de

embarazo; horarios flexibles de ingreso y/o retiro del establecimiento, el calendario de

los controles médicos para gestionar los permisos excepcionales o las ausencias no

programadas por las causales ligadas al embarazo o maternidad de la alumna.

4.- La alumna embarazada, tendrá derecho de ir al baño cuantas veces lo requiera. De

igual forma para una alumna en situación de post-parto.

5.- La alumna embarazada o en situación de maternidad, en situaciones especiales como

cambios de ánimo o dificultades en su proceso de aprendizaje, podrá ser apoyada por

el psicólogo de la Escuela Claudio Sepúlveda o por la Educadora diferencial Sra. Paulina

Alfaro, previa autorización de sus padres. En situación que los padres quieran que la

atención sea externa, la escuela proporcionará todas la facilidades que sean necesarias.

Página 42

6.- La alumna en situación de embarazo o maternidad, durante los tiempos de recreo, o

en actividades extra programáticas, previo acuerdo con su tutora, podrá permanecer

en la biblioteca o en otro lugar pedagógico que ella considere que es tranquilo evitando

su estrés.

7.- La alumna en situación de embarazo o maternidad, tendrá derecho a participar en

toda ceremonia o actividades extra programáticas dentro y fuera del establecimiento,

en las que participen los demás alumnos y alumnas sin excepción. La exclusión a la

participación será de acuerdo a las indicaciones médicas entregadas por el especialista

tratante.

8.- A la alumna en situación de embarazo o maternidad se le otorgará toda facilidad

para conciliar su situación de estudiante con la maternidad, como también en el periodo

de post-parto y lactancia de su bebé.

Medidas Pedagógicas exclusivas para alumnas en situación de embarazo o maternidad.

1.- La alumna en situación de embarazo o maternidad tendrá derecho a una evaluación

diferenciada, al apoyo oportuno, a la coordinación de tutoría entre pares (previa

autorización de los padres) y tenga derecho a eximición en actividades académicas.

2.- La alumna en situación de embarazo o maternidad, podrá ser promovida a un curso

superior con un porcentaje menor al 85% de asistencia pero con un porcentaje no

menor a un 50%. Siempre y cuando sus inasistencias correspondan a toda situación

derivada a su proceso de embarazo, parto, post-parto, control del niño sano y o

enfermedades del menor cuando es menor de un año. Todas estas deberán ser

previamente justificadas médicamente.

3.- El profesor jefe de la alumna en situación de embarazo o maternidad, deberá generar

todo el apoyo a la tutora de salud, para garantizar que este protocolo se cumpla.

ARTICULO 31° Protocolo frente a agresión física crítica entre estudiantes.

1.-Intentar calmar la pelea. 2.-El director del establecimiento debe proceder a llamar inmediatamente a los padres de los apoderados de nin os o nin as involucradas. 3.-Solo en caso de que en la agresio n se presenten armas blancas y los involucrados sean mayores de 14 an os se dara aviso a carabineros. 4.-El Consejo de profesores se reu ne en apoyo a la mediacio n que se generara entre encargado de convivencia, direccio n e involucrados. 5.-Encargado de CE registra la situacio n en libro de clases y Registro de Convivencia. 6.-Se convocara al psico logo del establecimiento para que aporte en la evaluacio n de riesgo y contencio n emocional. 7.-Se reu ne Comite de CE junto al encargado de CE, direccio n del establecimiento y consejo de profesores, definiendo en este caso como falta graví sima la resolucio n del

Página 43

caso. Lo anteriormente descrito, se realizara evaluando posible expulsio n de los involucrados o caducidad de matrí cula para pro ximo an o. 8.-Se extienden 3 dí as ha biles para que encargado de CE genere informe de la situacio n, y se resuelva el caso informando a los apoderados la sancio n que se aplicara , en su categorí a graví sima.

ARTICULO 32° Protocolo de actuación frente a situaciones de agresión física o

verbal entre profesores y asistentes de la educación, profesores o personal

asistente y apoderados, profesores o personal asistente de la educación y

estudiantes, profesores y personal asistente de la educación con integrantes de

la Comunidad local.

Ante el surgimiento de situaciones leves o mal entendidas se realizarán las siguientes

acciones:

1.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento

reúne a los involucrados.

2.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento

priorizan el diálogo escuchando diversas versiones de los involucrados.

3.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento,

propone a las partes llegar a acuerdos.

4.- Las partes involucradas deberán comprometerse a mejorar la situación en sana

convivencia, participando en las actividades recreativas que organice el

establecimiento.

ARTICULO 33° Protocolo de actuación frente a denuncias en contra de

funcionarios del EE, que afecten su honra y reputación profesional o que causen

desprestigio a esta institución educativa.

1.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección del establecimiento

recabarán información relevante a la situación puntual, identificando testigos de los

hechos.

2. Los testigos son fundamentales, ya que ellos deben declarar lo escuchado o visto que

atente en este artículo.

3. El Encargado de CE y/o Dirección realizan entrevista con testigos e involucrado/a,

registrando la situación en cuaderno de Convivencia Escolar.

4.- El Encargado de Convivencia Escolar junto con la dirección y consejo de profesores

analizarán la situación para determinar su gravedad.

5. Encargado de CE y Dirección, con un plazo de 3 días hábiles, deben redactar un

informe y comunicar lo sucedido a jefe Daem.

Página 44

6.- Jefe Daem contará con 3 días hábiles, para determinar de acuerdo a la evaluación del

caso las medidas legales necesarias que pueden ser sumarios administrativos y

demandas judiciales en contra de los responsables.

ARTICULO 34° Protocolo sobre uso de aparatos tecnológicos al interior del

establecimiento educacional.

No se permite el uso de celulares, tablet, notebook y otros al interior del

establecimiento en cualquier espacio u horario normal de las jornadas.

En casos meritorios de dichos aparatos tecnológicos al interior de la sala de

clases debe ser autorizado por el/la profesor/a para fines pedagógicos.

El mal uso de dichos medios tecnológicos será motivo de sanción, para primera

instancia ser requisado por el profesor, siendo entregado al finalizar la jornada escolar.

En segunda instancia, será retenido y llevado a la dirección del colegio, siendo el

apoderado el encargado de retirar dicho aparato.

Como bien se menciona en el presente reglamento, nuestro establecimiento no

se responsabiliza por pérdida, hurto o deterioro de los aparatos tecnológicos usados

por los estudiantes en casos meritorios.

ARTICULO 35° Protocolo de actuación en caso de porte o consumo de alcohol o

drogas.

El conducto regular a seguir en caso de que exista la certeza o sospecha en el caso de

porte o consumo de alcohol y drogas en nuestra Unidad educativa es la siguiente:

1. Detección o toma de conocimiento se informa al encargado de Convivencia

Escolar, quien debe informar en Dirección respecto de la situación.

2. Seguido a esto, la Encargada/o de Convivencia Escolar procede a recoger la

información, en donde se debe citar y acoger a la familia y/o apoderado, o al adulto

protector del estudiante. Posteriormente se cita a los demás implicados o cercanos al

alumno, con el objetivo de recoger mayor información, y se contrarresta la información

obtenida en las diversas entrevistas.

3. Adopción de medidas de urgencia para los implicados. En caso de que se trate de

una sospecha se debe realizar una entrevista inicial con el afectado.

4. Si se trata de consumo se realiza una derivación al SENDA, PREVIENE o CECOF

En el caso de que exista consumo infraganti se debe realizar una denuncia al organismo

competente.

5. Plan de intervención, en esta sección se debe informar a las familias las acciones

que se implementaran con el estudiante. Y se procederá a derivar a las redes de apoyo.

6. La última etapa corresponde a un proceso de evaluación donde se realiza un

seguimiento de las acciones implementadas, y mantener un contacto permanente con

Página 45

las redes de apoyo. Para terminar con la emisión de un informe final de la situación del

alumno.

ARTICULO 36° Otras medidas utilizables cuando una estudiante incurra en

conductas contrarias a la sana convivencia escolar y serán:

Servicio pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del estudiante o la

estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o

elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un

profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en

biblioteca según su contenido, apoyar a los estudiantes menores en sus tareas.

Servicio comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad

educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo

personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, gimnasio,

su sala, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad,

ordenar los materiales utilizados en las diversas clases.

Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal con el psicólogo de la

Unidad Educativa; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas

contrarias a la sana convivencia escolar.

Artículo 37° Protocolo de actuación frente a denuncias de falta a la ética

profesional o vulneración de derechos del niño por parte de algún funcionario de

la escuela.

La denuncia, puede realizarla algún apoderado, funcionario del Establecimiento o los

niños o niñas. En esta situación, se seguirá el siguiente procedimiento:

1) El encargado de convivencia, junto a la Directora del EE, realiza una entrevista,

para aclarar los hechos y escuchar ambas versiones, de la víctima y victimario.

2) Ambas entrevistas son registradas en cuaderno de Convivencia Escolar.

3) Se comunica de forma escrita lo ocurrido a Jefe Daem.

4) La Escuela contará con 3 días hábiles para realizar la investigación, registrarla y

enviar el comunicado a Jefe Daem.

5) El departamento de educación comunal, tendrá 3 días hábiles para entregar su

resolución a la Dirección del EE.

6) El resolutivo del Departamento de educación será decisivo ante los pasos a

seguir o las determinaciones siguientes.

Página 46

Artículo 38° Aplicación de reconocimientos a los alumnos y alumnas por

su destacada conducta, cumplimiento académico y asistencia a clases.

Así como se enfatiza en prevenir actitudes contrarias a la sana convivencia y se realizan

procedimientos formativos que sancionan las conductas adversas a la armonía escolar,

este Establecimiento educacional también promueve el incentivo, la motivación y el

reconocimiento a aquellos alumnos que se destacan en estos ámbitos.

38.1 Reconocimiento a la buena conducta

1) La buena conducta se destacará a través del “Cuadro de Honor de la Escuela

Lomas de Putagán”, en donde se publicarán por curso, las fotografías de los

alumnos y alumnas que son ejemplos a seguir y que fortalecen la Buena

Convivencia Escolar.

2) El reconocimiento también se anunciará a través de la plataforma virtual

www.appoderados.cl, con fotografías de los estudiantes (previa autorización de

los apoderados)

3) El reconocimiento a la buena conducta también será registrado en Hoja de vida

del estudiante.

4) En cada asamblea de día lunes, los docentes felicitarán a los alumnos y alumnas

que hayan presentado una actitud acorde a los principios de Convivencia Escolar

y también a aquellos que han demostrado un cambio positivo en su conducta.

5) En acto de finalización del año escolar, se entregará un diploma e incentivo a

aquellos alumnos y alumnas que más se destacaron durante el año.

38.2 Reconocimiento al logro académico

1) El logro académico se destacará a través del “Cuadro de Honor de la Escuela

Lomas de Putagán”, en donde se publicarán por curso, las fotografías de los

5 primeros alumnos y alumnas que han mejorado su rendimiento, como

también a aquellos que han permanecido con buenas calificaciones.

2) El reconocimiento también se anunciará a través de la plataforma virtual

www.appoderados.cl, con fotografías de los estudiantes (previa autorización

de los apoderados)

3) Al finalizar cada semestre, el logro académico, será registrado en Hoja de

vida del estudiante.

4) En acto de finalización del año escolar, se entregará un diploma e incentivo

a los 3 alumnos y alumnas, por curso que obtuvieron los mejores promedios

de notas.

Página 47

38.3 Reconocimiento a la buena asistencia a clases.

1) Al término de cada mes, el Encargado de Convivencia Escolar, identificará de

acuerdo a los registros formales, la mejor asistencia por curso y en asamblea

general entregará un diploma de reconocimiento a cada estudiante, en donde

toda la comunidad educativa lo felicitará por su responsabilidad y

cumplimiento.

2) En Cuadro de Honor se publicará en forma semestral la mejor asistencia por

curso.

Artículo 39° Reconocimiento al cumplimiento de deberes de los apoderados.

Una Escuela efectiva no puede prescindir de sus apoderados, ellos son fundamentales,

para poder lograr y avanzar en el proceso de enseñanza aprendizaje con los

estudiantes, ya que un alumno o alumna con apoyo familiar tiene muchas posibilidades

de alcanzar el éxito académico y un desarrollo integral. Tenemos excelentes

apoderados, que necesitan saber que se destacan, que se valoran y que esa actitud de

compromiso es la que queremos conseguir en todos y todas, la cual debe perdurar en el

tiempo y en la trayectoria educativa de sus hijos e hijas.

La manera de reconocer el compromiso de ellos será publicando sus nombres en diario

mural del Establecimiento, de manera semestral y en acto formal de fin de año se les

entregará un diploma y un reconocimiento que pueda rescatar la gran labor que

cumplen como padres y/o apoderados.

Página 48

Página 49