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ESCUELA DE FORMACIÓN DE MAESTROS SIMÓN BOLÍVAR UNIDAD ACADÉMICA “CARANAVIUNIDAD DE FORMACION comprensión y atención a la discapacidad Docente: Lic. Viviana Blanco Mamani Gestion:2021 Nombres y Apellidos: …………………………………………………………………………………………………….. Año de Formación: …………………………………………………………………………... Especialidad: Educación Inicial en Familia Comunitaria.

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Page 1: ESCUELA DE FORMACIÓN DE MAESTROS SIMÓN BOLÍVAR

ESCUELA DE FORMACIÓN DE MAESTROS SIMÓN BOLÍVAR

UNIDAD ACADÉMICA “CARANAVI”

UNIDAD DE FORMACION

comprensión y atención a la discapacidad

Docente: Lic. Viviana Blanco Mamani

Gestion:2021

Nombres y Apellidos:

……………………………………………………………………………………………………..

Año de Formación: …………………………………………………………………………...

Especialidad: Educación Inicial en Familia Comunitaria.

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TEMA 1

Historia de la Educación Especial en Bolivia, AbyaYala y

Mundial.

CUADRO DE HISTORIA CRONOLOGICA DE EDUCACIÓN ESPECIAL EN BOLIVIA

DOCUMENTO AÑO

Creación del Patronato Nacional de ciegos y sordomudos, con el objetivo de promover la rehabilitación de las personas ciegas y sordas.

Por la ley del 25 de septiembre de 1945 Presidencia de Gualberto Villarroel

Código Nacional de la Educación Boliviana, que contempla la creación del Departamento de Educación Especial.

La Paz, 20 de enero de 1955

Ley de 22 de enero de 1957, que crea el Instituto Boliviano de la Ceguera para la atención de personas ciegas.

La Paz, 22 de enero de 1957 Gobierno de Hernán Siles Zuazo

Decreto Supremo 08083 (Instituto Boliviano de la Ceguera –

IBC)

La Paz, 1967 Gobierno de René Barrientos Ortuño.

Decreto Supremo 18003 (Declaración Día del impedido)

La Paz, 17 de septiembre de 1981 Gobierno de Gral. Div. Celso Torrelio Villa

Ley Nº 1565 de Reforma Educativa Promueve el modelo de integración de niños (as) con Necesidades Educativas Especiales a la escuela regular sin haber logrado resultados satisfactorios debido a que no se contemplaron los procesos de sensibilización a la comunidad educativa, la formación docente y la inversión

La Paz, 7 de julio de 1994 Gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada

Para reflexionar

Una palabra

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económica que esta tarea requiere, por tanto, no se tiene

resultado alguno.

Reglamento de Organización y funcionamiento de Centros de Educación Alternativa ( Ministerio de Educación)

Resolución Ministerial 235/03 del 11 de septiembre de 2003.

La ley 1678 de la Persona con discapacidad La Paz, 15 de diciembre de 1995. Gonzalo Sánchez de Lozada

Decreto Supremo24807 (Decreto reglamentario de la ley

1678)

La Paz, 4 de agosto de 1997 Gonzalo Sánchez de Lozada

Código del niño, niña y Adolescente 27 de octubre de 1999

Decreto supremo 27477. Inserción laboral de personas con discapacidad del 4% en instituciones públicas y privadas

La Paz, 6 de mayo de 2004 Carlos De Mesa Gisbert

Decreto Supremo 28521(Registro Nacional de personas con

discapacidad)

La Paz,16 de diciembre de 2005 Gobierno de Eduardo Rodríguez Veltze

Plan Nacional de Desarrollo Carlos Villegas Quiroga MINISTERIO DE DEL DESARROLLO Bolivia, junio de 2006

Decreto Supremo Nº 29409 Re categorización, exención de años de provincia y dispone la equiparación de condiciones en examen de ascenso de categoría en maestros no videntes.

La Paz, 9 de enero de 2008 Gobierno de Evo Morales Ayma

Decreto Supremo Nº 29608

Modifica el DS 327477 y mejora la Inserción Laboral de

personas con discapacidad del 4%en instituciones públicas

y/o privadas.

La Paz, 18 de junio de 2008 Gobierno de Evo Morales Ayma

Decreto Supremo Nº 0328 Reconocimiento de la lengua de Señas Boliviana

La Paz, 14 de octubre de 2009 Gobierno de Evo Morales Ayma

Ley Avelino Siñani y ElizardoPérez 070/2010 Aprueba el nuevo modelo educativo sociocomunitario productivo e inclusivo

20 de diciembre de 2010 Gobierno de Evo Morales Ayma

Ley Nº 3925 Elimina el financiamiento estatal a partidos políticos y crea el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad a favor de las personas con discapacidad.

21 de agosto de 2008 Gobierno de Evo Morales Ayma

Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia

Art. 70, 71, 72 y 85

7 de febrero de 2009

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Actividad de investigación 2.

Analiza los documentos señalados en el cuadro, indaga la historia de la Educación Especial en Bolivia

hasta nuestros tiempos, realizando mapa conceptual jerárquico.

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Actividad de reflexión. 3.

Analiza e interpreta el siguiente video valorando la importancia de educación especial en Bolivia.

https://www.youtube.com/watch?v=YxPpI65E1q4&t=239s

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Historia de AbyaYala y Mundial.

ÉPOCA DETALLE PREHISTORIA En la esparta Antigua, las personas con discapacidad fueron eliminadas de

inmediato. Se les negaba todo tipo de derecho.

SIGLOS XIV-XV

En esta época se les consideraba como locos, monstruos o endemoniados, debido a la influencia de la Religión.

SIGLOS XVI-XVII

Surgen las Instituciones Asistenciales para atender a todo tipo de deficientes. No lo hacían por justicia, sino por caridad religiosa. A esto se le conocía con el nombre de Tratamiento Médico Asistencial. Las primeras deficiencias atendidas en este tipo de centros, son las sensoriales.

SIGLOS XVI-XVII

Por la influencia de la Revolución Francesa, las personas con discapacidad son consideradas con derechos, especialmente a la educación, debido que son considerados sujetos educables.

SIGLO XVIII

En esta época las personas con discapacidad son educadas en instituciones ubicadas fuera de las ciudades en medio de verjas y jardines. Todas las personas en una sola institución sin clasificarlas según sus discapacidades. Posteriormente, proceden estudios para clasificarlas de acuerdo a la discapacidad.

SIGLO XIX

Influye la universalización de los Derechos Humanos, las personas deficientes tienen los mismos derechos que el resto de las demás personas, aunque no estaba reconocido por las leyes. La sociedad se sensibiliza poco a poco.

XX

En los años 70, las personas deficientes se benefician de las leyes que les permite acceso a la educación. El currículo es cerrado, donde no se permite las adaptaciones curriculares. Surge el modelo de Emplazación: tratan de ubicar a todo tipo de niños en un mismo centro, y así surgen dos tipos de centros:

Específicos para deficiencias (sordos, ciegos, mudos...). Aulas de Educación Especial en centros ordinarios con sus propias aulas.

También se establece el “derecho a la integración laboral” para las personas con discapacidad. El informe Warnock de 1978 supone el paso definitivo a lo que hoy se conoce como alumnos con Necesidades Educativas Especiales, aquí queda explícita la idea de que los fines de la educación son los mismos para todos los niños y niñas, cualesquiera sean los problemas con que se encuentren en sus procesos de desarrollo y, en consecuencia, la educación queda configurada como un continuo de esfuerzos para dar respuesta a las diversas necesidades educativas de los alumnos para que estos puedan alcanzar los fines propuestos. A partir de

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estos argumentos, en forma progresiva el objetivo de esta modalidad educativa comienza a dar un giro en el sentido que no sólo se trata de optimizar los avances en el desarrollo de la persona en función de su discapacidad, sino también y especialmente de proporcionar un conjunto de apoyos y recursos que han de implementarse en el sistema educativo regular para dar respuesta educativa adecuada y favorecedora del máximo desarrollo global. AÑOS 80: En esta época se intenta mejorar la calidad de los centros Educativos Especiales en España. Aparece la Ley LISMI (1982). En España, aparece la Ley LISMI (1982). Esta habla sobre diagnósticos, rehabilitación..., entendida como intervención médica, psicológica y educativa. Pretende conseguir la integración educativa y laboral de estas personas. Esta ley se convirtió en un hito de la educación española. En esta etapa también se crean Equipos Multiprofesionales, es decir equipos formados por profesionales de diferentes ámbitos: psicológicos, pedagógicos y médicos, que se encargan de hacer diagnósticos y valoraciones de las deficiencias. Esto es importante, porque hasta esta década, en España reciben una educación segregada. La integración obedece a tres principios:

Normalización: el alumno tiene que usar los mismos servicios que el resto.

Individualización: atender a cada alumno en particular. Dar las respuestas según las necesidades.

Sectorialización: hace alusión a los recursos materiales (audífonos, lupas...) y personales (pedagogos, médicos, psicólogos..) que hay que implantar para atender adecuadamente a estos alumnos. AÑOS 90: Esta es una etapa educativa marcado por la LOGSE. Los objetivos se ven formulados de una manera diferente. Se manejan dos conceptos importantes:

Comprensividad Diversidad

En esta etapa el currículo es abierto. Surgen las ESTRUCTURAS COLABORATIVAS, y es que los profesores de un centro tienen

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que elaborar en equipo un proyecto curricular organizado de área y las correspondientes adaptaciones curriculares. También hay cambios organizativos didácticos y de desarrollo pedagógico.

SIGLO XXI La educación especial nace impulsada por los movimientos sociales se ha ido incorporando poco a poco en el sistema educativo ordinario, facilitando la integración de los alumnos con algún tipo de discapacidad. Actualmente se parte de un enfoque interactivo donde es la escuela la que asume la responsabilidad ante los problemas de aprendizaje de sus alumnos. Aquí tenemos que abordar un nuevo concepto el de “escuelas inclusivas” que nacen como defensa de los derechos de integración y supone el desarrollo de una reforma profunda en los centros docentes. En la primera mitad del siglo XX se considera que las deficiencias tienen un carácter orgánico. es decir inherentes al individuo, y por lo tanto inmodificables. En esta época se abusa del uso de los test de inteligencia y así se lleva a cabo la segregación de los alumnos que no las superaban a los centros específicos, considerándose esta como la mejor alternativa. Este cambio de perspectiva incide en una concepción más amplia de la Educación Especial que se asocia con la acción educativa a las personas de todas las edades y en ámbitos educativos formales y no formales. Poco a poco, las visiones que consideran la Educación Especial y la Educación General como realidades separadas comenzarán a confluir entendiendo que la educación especial debe ponerse al servicio del alumnado para satisfacer sus necesidades educativas especiales, destacando su papel en el estudio y análisis de los procesos de enseñanza aprendizaje de esta población

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Actividad de reflexión. 4.

Este momento en la Historia de la Educación Especial ameritaría realizar un proceso de investigación bibliográfico que permita ampliar conocimientos, que instituciones establece la atención a educación especial en Bolivia. Realice un boletín de información .

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2. Legislación en Bolivia, AbyaYala y Mundial

Constitución Política del Estado

En la Sección VIII; sobre los DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 70

Toda persona con discapacidad goza de 1. A ser protegido por su familia y por el Estado. 2. A una educación y salud integral gratuita. 3. A la comunicación en lenguaje alternativo. 4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, remuneración justa que le asegure una vida digna. 5. Al desarrollo de sus potencialidades individuales. Artículo 71

I. Se prohibirá y sancionará cualquier tipo de discriminación, maltrato, violencia y explotación a toda persona con discapacidad. II. El Estado adoptará medidas de acción positiva para promover la efectiva integración de las personas con discapacidad en el ámbito productivo, económico, político, social y cultural, sin discriminación alguna. III. El Estado generará las condicion las personas con discapacidad. Artículo 72

El Estado garantizará a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación, así como otros beneficio Articulo 85

El estado promoverá y garantizara la educación permanente de niñas y niños y adolescentes con discapacidad, o con talentos extraordinarios en el aprendizaje, bajo la misma estructura, principio y

valores del sistema educativo, y establecerá una organización y desarrollo curricular especial

Actividad de reflexión. 5.

Reflexionamos sobre lo que nos indica la Constitución Política del Estado y la actual situación de las personas con discapacidad en nuestro contexto realizando una comparación de lo que es y de lo que se espera según la ley.

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Ley 070 Avelino Siñani y Elizardo Pérez.

En la Sección II Ley Avelino Siñani y Elizardo Pérez; sobre la EDUCACIÓN ESPECIAL, se menciona: Artículo 25. (Educación Especial) I. Comprende las acciones destinadas a discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario en el Sistema Educativo Plurinacional. Entiéndase a efectos de la presente Ley a personas con aprovechamiento y toda niña, niño y adolescente con talento natural destacado de acuerdo al parágrafo III del Artículo 82 de la Constitución Política del Estado Plurinacional. II. Responde de manera oportuna discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario, desarrollando sus acciones en articulación con los subsistemas de Educación Regular, A Superior de Formación Profesional. Artículo 26. (Estructura de la Educación Especial) Son áreas de la Educación Especial: a) Educación para Personas con Discapacidad. b) Educación para Personas con Dificultades en el Aprendizaje.

c) Educación para Personas con Talento Extraordinario.

Artículo 27. (Modalidades y centros de atención educativa) I. La Educación Especial se realizará bajo las siguientes modalidades generales en todo el Sistema Educativo Plurinacional, y de manera específica a través de la: a) Modalidad directa, para las y los estudiantes con discapacidad que requieren servicios especializados e integrales. b) Modalidad indirecta, a través de la inclusión de las personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario en el Sistema Educativo Plurinacional, sensibilizando a la comunidad educativa. II. La atención a estudiantes con necesidades educativas específicas se realizará en centros integrales multisectoriales, a través de programas de valoración, detección, asesoramiento y atención directa, desde la atención temprana y a lo largo de toda su vida. En el caso de los estudiantes de excelente aprovechamiento, podrán acceder a becas, y toda niña, niño y adolescente con talento natural destacado, tendrá derecho a recibir una educación que le permita desarrollar sus aptitudes y destrezas. III. IV. La certificación de las y los estudiantes que desarrollan sus acciones educativas bajo la modalidad directa se realizará en función de su desarrollo personal mediante una evaluación integral que brindará parámetros de promoción y transitabilidad hacia los otros subsistemas.

Actividad de reflexión. 5.

Analizamos e interpretamos los artículos de la ley Avelino Siñani y Elizardo Pérez y compartimos en plenaria.

Describa la importancia de su aplicabilidad:

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Referencia Bibliográfica: BAUTISTA, Rafael, Necesidades Educativas Especiales, Edit. Aljibe S.L. Málaga, 1993 Defensor del Pueblo. (2002). Ley de la persona con discapacidad (2º Ed.). La Paz Bolivia: Offset boliviana Ltda. “Edobol”. DIONISIO A.N. (2001). “Lúdico-vivencial” lecto–escritura–I, (1ºed.). Lima Perú: “San Rafael” GUIDUGLI S. (2000). Adaptaciones curricularespara niños y niñas con necesidades educativas especiales para el nivel inicial y primario, (1º ed.). La Paz Bolivia: Reforma Educativa MECD-BOLIVIA. PEREZ, Isabel Paula, Educación Especial “Técnicas de Intervención”, Ed. Mc. Graw. Hill., Barcelona. LAURA J. Tórrez Cano, Guia de Orientación para Padres de niños con Discapacidad, Ed. Asociación XXI, La Paz, Bolivia 2004. Ministerio de Educación. Lineamientos Curriculares y Metodológicos de Educación Inclusiva del ámbito de Educación Especial. La Paz – Bolivia 2012.