escenarios digital incudef (enero 2012-1)

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un lati' qu' no Dpto. Asuntos Públkos AnaT. Flons Jefe del Departamento JMICl*inos Periodista Rob«t FIOI'Is Fotógrafo C4isar S.las Diseñador Gráfi co Ellna Df az Asistente PROYECTO DE LEY DE FOMENTO Y PROTECCiÓN DE LA ACTIVIDAD ARTESANAL La artesanía mós alió de ser un producto suscepti ble al intercambio comercial. encierra un importante con t enido cultu ral. ya que es la expresión creativa y auténtica de los cánones simbólicos y estéticos de una localidad . Es la concreción material de tradiciones. costumbres y herencias, la memoria y producción tangible de un colectivo, de sus formas de vida, de sus relaciones con el medio ambiente físico, social y de sus creencias; la artesanía expresa en forma ma terial lo que somos; los objetos únicos que producimos son síntesis y resumen de nuestro modo de vida, de nuestra his toria y nuestras características crea tivas. Adapta ci ón a los pro cesos de cambi o de nuestro país El Proyecto de Ley constituye una reforma de forma y de fondo de la Ley de F omento y Protección al Desarrollo Artesanal, publicada en Gaceta Oficial W 4.623 E xtraordina ri o, de fecha 3 de septiembre de 1993, para adecuarla al actual proceso de transición socialista, que deriva de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, vigente por manda to popular en referendo del 15 de diciembre de 1999. El artesano legislador El proyecto de Ley se propone, siguiendo el mandato del pueblo legislador, en susti tución de la vieja normativa del año 1993, desarrolla normativa men te un componente del siste ma de cul turas populares de bri nda identidad a la Nación, que integra el modelo socioproductivo, con el propósito de dar cumplimiento a los mandatos constitucionales i ndicados y en continuidad con las denomi nadas "Leyes del Poder Popular" sancionadas y promulgadas n diciembre del 2010. Impo rtancia del pro yect o Gira en torno al reconocimiento de los artesanos y artesanas como t rabajadores y trabajadoras, autónomos, no dependientes o por cuenta propia, anteponiendo la lógica del t rabajo creativo y liberador, así como del saber y la virtuosidad, sobre la lógica y la dinámica del capital y I egoísmo capitalista . De ello se deriva el compromiso de las instituciones del Estado por asegurar una atención integral que contribuya a mantener y profundizar la identidad cultural, al t iempo que facilita la inclusión socioproductiva de forma permanen te y regular a estos trabajadores y t rabajadoras, permitiendo la satisfacción de sus necesidades fundamentales . Estructuro y co ntenido El proyecto de Ley se encuentra integrado por ochenta y tres (83) artículos. incluyendo cinco (05) disposiciones transitorias y dos (02) disposiciones finales y deroga torias. t odo ello organ izado en ocho (08) títulos. LA ARTESANíA MÁS ALlÁ DE SER UN PRODUCTO SUSCEPTIBLE AL INTERCAMBIO COMERCIAL, ENCIERRA UN IMPORTANTE CONTENIDO CULTURAL, VA QUE ES lA EXPRESiÓN CREATIVA V AUTÉNTICA DE LOS CÁNONES SIMBÓLICOS V ESTÉTICOS DE UNA LOCALIDAD.

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Órgano Informativo Digital, de publicación Quincenal, del Instituto de Cultura del Estado Falcón

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Page 1: Escenarios Digital INCUDEF (Enero 2012-1)

-~.~~ un lati' qu' no oesa~

Dpto. Asuntos Públkos

AnaT. Flons

Jefe del Departamento

JMICl*inos

Periodista

Rob«t FIOI'Is

Fotógrafo

C4isar S.las

Diseñador Gráfico

Ellna Dfaz

Asistente

PROYECTO DE LEY DE FOMENTO Y PROTECCiÓN DE LA ACTIVIDAD ARTESANAL

La artesanía mós alió de ser un producto susceptible al intercambio comercial. encierra un importante contenido cultural. ya que es la expresión creativa y auténtica de los cánones simbólicos y estéticos de una localidad.

Es la concreción material de tradiciones. costumbres y herencias, la memoria y producción tangible de un colectivo, de sus formas de vida, de sus relaciones con el medio ambiente físico, social y de sus c reencias; la artesanía expresa en forma material lo que somos; los objetos únicos que producimos son síntesis y resumen de nuestro modo de vida, de nuestra historia y nuestras características c reativas. Adaptación a los procesos de cambio de nuestro país

El Proyecto de Ley constituye una reforma de forma y de fondo de la Ley de Fomento y Protección al Desarrollo Artesanal, publicada en Gaceta Oficial W 4.623 Extraordinario, de fecha 3 de septiembre de 1993, para adecuarla al actual proceso de transición socialista, que deriva de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, vigente por mandato popular en referendo del 15 de diciembre de 1999.

El artesano legislador El proyecto de Ley se propone,

siguiendo el mandato del pueblo legislador, en sustitución de la vieja normativa del año 1993, desarrolla normativa mente un componente del siste ma de culturas populares de brinda identidad a la Nación, que integra el modelo socioproductivo, con el propósito de dar cumplimiento a los mandatos constitucionales indicados y en continuidad con las denominadas "Leyes del Poder Popular" sancionadas y promulgadas n diciembre del 2010. Importancia del proyecto

Gira en torno al reconocimiento de los artesanos y artesanas como trabajadores y trabajadoras, autónomos, no dependientes o por cuenta propia, anteponiendo la lógica del trabajo creativo y liberador, así como del saber y la virtuosidad, sobre la lógica y la dinámica del capital y I egoísmo capitalista . De ello se deriva el compromiso de las instituciones del Estado por asegurar una atención integral que contribuya a mantener y profundizar la identidad cultural, al tiempo que facilita la inclusión socioproductiva de forma permanente y regular a estos trabajadores y trabajadoras, permitiendo la satisfacción de sus necesidades fundamentales .

Estructuro y contenido El proyecto de Ley se

encuentra integrado por ochenta y tres (83) artículos. incluyendo cinco (05) disposiciones transitorias y dos (02) disposiciones finales y derogatorias. todo ello organizado en ocho (08) títulos.

LA ARTESANíA MÁS ALlÁ DE SER UN PRODUCTO

SUSCEPTIBLE AL INTERCAMBIO

COMERCIAL, ENCIERRA UN IMPORTANTE

CONTENIDO CULTURAL, VA QUE ES lA EXPRESiÓN

CREATIVA V AUTÉNTICA DE LOS CÁNONES

SIMBÓLICOS V ESTÉTICOS DE UNA LOCALIDAD.

Page 2: Escenarios Digital INCUDEF (Enero 2012-1)

GRACIAS Al TRABAJO MANCOMUNADO ENTRE PDVSA LA ESTANCIA E INCUDEF

,

LA MAGIA LLEGO AL MONUMENTO A LA MADRE

Santa Ana de Coro se incluye como uno de los espacios donde PDVSA La Estancia Paraguanó. lIevaró a cabo diversas actividades socioculturales. con el apoyo del Instituto de Cultura del Estado Falcón.

En este sentido, el pasado domingo 22 y el 29 de enero, el Monumento a la Madre, ubicado en el Paseo Monseñor Iturriza, vibró con los impresionantes actos de prestidigitación del Mago Chezco y el Mago Jorge, quienes deleitaron a un gran número de adultos. jóvenes y niños.

INCUDEF inicia así la programación prevista para este 2012, en la que se prevé la toma de espacios públicos para nevar la Cultura al alcance de todos, razón por la cual se estima la prosecución de eventos similares, no solo en el paseo Monseñor Iturriza sino en otros lugares y municipios de la geografía falconiana, los cuales se estarón informando posteriormente.

Jorge Luis Puerta, Gerente Operativo del Incudef, señaló que la participación durante el evento, del extraordinario Payaso Tripita, fue largamente aplaudida por la multitud presente en ambas fechas, haciendo reír a carcajadas al nutrido grupo apostado frente al Cine Teatro Móvil deIINCUDEF.

Finalmente, Simón Petit, director del INCUDEF, invita a la colectividad falconiana a que acuda, el próximo 5 de febrero, a partir de las 5:()() PM, a seguir disfrutando de la programación prevista, y que para la nueva fecha se dislumbra llena de música y esparcimiento para toda la familia.

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08 de Enero de 1980 Nueva Racionalización en Venezuela El 8 de enero de 1980 se produce un nuevo decreto sobre regionalización, mediante el cual se crean nueve regiones administrativas: Región Capital : Distrito Federal y Estado Miranda; Región Central: Aragua, Cara bobo y Cojedes; Región de los Llanos: Guórico y Apure (excepto el entonces Distrito Póez); Región Centro-Occidental: Falcón, Lara, Portuguesa y Yaracuy; Región Zuliana: Zulia; Región de los Andes: Barinas, Mérida, Tóchira, Trujillo y Distrito Póez del estado Apure; Región Nor-Oriental: Anzoótegui, Monagas y Sucre; Región Insular: Nueva Esparta y Dependencias Federales; Región de Guayana: Bolívar, Delta Amacuro y Amazonas. Este decreto deroga los anteriores de 1969 (N° 72) Y de 1972 (W 929).

10 de Enero de 1860 Muerte de Ezequiel Zamora Militar, dirigente popular y primer caudillo social del siglo XIX; líder del Partido Liberal, al lado de Juan Crisóstomo Falcón y Jefe del Movimiento Federalista. Ezequiel Zamora nació en la población de Cúa, estado Miranda, el l° de febrero de 1817. De él dice Gil Fortoul que {(tuvo todas las cualidades buenas o malas del héroe popular: bravura, fanatismo partidario, constancia indomable, odio sincero o, como él mismo de decía, horror a la oligarquía)). Perteneció a una clase social conocida con el nombre de «blancos de orilla)). Al trasladarse a Caracas continúa la escuela primaria al estilo de Lancaster.

15 de Enero de 1932: Día del Maestro El 15 de enero de 1932, en la sede del antiguo {(Colegio Vargas)), ubicado entonces en la esquina de Cují, se fundó la Sociedad Venezolana de Maestros de Instrucción Primaria, que cuatro años mós tarde se convirtió en la Federación Venezolana de Maestros. Su primer Presidente fue el notable educador y dirigente gremio! Miguel Suniaga. Luis Beltrón Prieto Figueroa fue el Secretario de esta primera Directiva, y mós tarde lo eligieron tercer Presidente de la Sociedad como sucesor de Roberto Martínez Centeno. El Presidente Medina Angarita decretó el 13 de enero de 1945 la celebración del Día del Maestro el 15 de enero de cada año, como un homenaje permanente a los educadores venezolanos . Esta celebración se trasladó en 1952 al 29 de noviembre, natalicio de Andrés Bello, por su condición de maestro del Libertador. A partir de 1959 se vuelve a la fecha fijada por Medina, la del 15 de enero. La idea inicial había surgido en el seno de la Primera Convención del Magisterio, celebrada en Caracas entre el 25 de agosto y el 5 de setiembre de 1936. Esta Asamblea soberana creó la Federación Venezolana de Maestros, cuyo primer Presidente fue Luis Beltrón Prieto Figueroa.

5 de Enero Creada La Biblioteca Nacional 25 de Enero Nace Manuel Cabré; pintor del Ávila 26 de Enero Nace Mariano Picón Salas