equidad

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SEDE GOGOTÁ FACULTAD DE INGENIERIA DEPARTAMENTO DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INDUSTRIAL ECONOMIA GENERAL Prof. JUAN SEBASTIAN RAMIREZ CAROLINA BRICEÑO CARDENAS C.C. 1118565286 27 DE NOVIEMBRE DE 2015 pág. 1 -Diferencia salarial y oportunidad laboral para los nuevos profesionales JUSTICIA SOCIAL VERSUS EQUIDAD. El domingo 8 de febrero, el diario El Espectador publicó en su sección de noticias económicas, un artículo que tituló: “A salario igual, trabajo igual”. El periodista Guesguan (2015), hizo el relato sobre el fallo de la corte suprema de justicia que ordena a las empresas públicas de Medellín a pagar los reajustes salariales que le correspondían a un trabajador que, desempeñando iguales labores que otro, recibía un menor salario porque no contaba con estudios académicos similares o de alguna índole como su compañero referenciado. La corte sustenta su decisión en el principio contemplado en el código sustantivo colombiano que en su artículo 10 (modificado por el artículo 2 de la ley 1496 del 2011), expresa: “Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen las mismas protecciones y garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la Ley.” Principio que además es respaldado por acuerdos con la organización internacional del trabajo. A razón de la letra menuda que expresa la ley, no hay razones válidas para diferenciar la retribución que deban recibir dos personas que desempeñan labores similares, y deja entender que es el resultado o labor solicitada y cumplida, lo que determina su retribución. Actuando en derecho, la corte constitucional respaldó los reclamos del trabajador y sentenció a la empresa al pago de las indemnizaciones

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ECONOMIA GENERAL

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CAROLINA BRICEÑO CARDENAS

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27 DE NOVIEMBRE DE 2015

pág. 1

-Diferencia salarial y oportunidad laboral para los nuevos profesionales

JUSTICIA SOCIAL VERSUS EQUIDAD.

El domingo 8 de febrero, el diario El Espectador publicó en su sección de noticias

económicas, un artículo que tituló: “A salario igual, trabajo igual”. El periodista

Guesguan (2015), hizo el relato sobre el fallo de la corte suprema de justicia que

ordena a las empresas públicas de Medellín a pagar los reajustes salariales que le

correspondían a un trabajador que, desempeñando iguales labores que otro, recibía

un menor salario porque no contaba con estudios académicos similares o de alguna

índole como su compañero referenciado.

La corte sustenta su decisión en el principio contemplado en el código sustantivo

colombiano que en su artículo 10 (modificado por el artículo 2 de la ley 1496 del

2011), expresa:

“Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen las mismas protecciones y

garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los

trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o

retribución, salvo las excepciones establecidas por la Ley.” Principio que además

es respaldado por acuerdos con la organización internacional del trabajo.

A razón de la letra menuda que expresa la ley, no hay razones válidas para

diferenciar la retribución que deban recibir dos personas que desempeñan labores

similares, y deja entender que es el resultado o labor solicitada y cumplida, lo que

determina su retribución. Actuando en derecho, la corte constitucional respaldó los

reclamos del trabajador y sentenció a la empresa al pago de las indemnizaciones

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correspondientes. Esta es una visión de justicia social puesto que se respetan los

derechos del trabajador contemplados en la ley y se refuerza el compromiso del

estado para compensar las diferencias sociales existentes.

Pero, ¿es equitativa esta decisión? El diccionario de la real academia de la

lengua española, RAE (2012), define a la equidad en los siguientes términos:

“Propensión a dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la

conciencia, más bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto

terminante de la ley”. ¿Es consiente la corte de los esfuerzos y sacrificios que

adelanta una persona y su núcleo familiar para alcanzar como meta la

profesionalización en un área específica? ¿Es el deber de la empresa premiar estos

esfuerzos con una mejor retribución en busca de un producto o labor con mejor

aceptación en el resultado?

El ser profesional requiere de un enorme esfuerzo, dedicación, y en el mejor de

los casos por cinco años en los cuales se toma un amplio conocimiento técnico

sobre alguna disciplina por sencilla y simple que parezca. La mayoría de los que

toman la decisión de estudiar una carrera profesional entre sus objetivos está el de

tener una mejor calidad de vida como recompensa por el esfuerzo realizado durante

la etapa académica.

Si bien es cierto muchas personas adquieren conocimiento sobre alguna

disciplina solo con algunos años de experiencia pero sin ningún nivel de estudio

profesional, y estas personas llegan a ocupar cargos importantes en los que su

desempeño puede ser excelente. Pero esto no quiere decir que el incentivo salarial

deba ser igual al de un profesional, ya que esto es lo que está generando el

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pensamiento en los jóvenes de “¿para qué estudio?”, lo que lleva a que el número

de profesionales en Colombia no aumente si no que por el contrario disminuya.

Aclaro que esto no quiere decir que se vaya a discriminar y a irrespetar el

derecho al trabajo o el de igualdad, si bien una persona empírica tiene derecho al

trabajo y a estar en un cargo importante y a tener un salario digno por su labor,

pero no llegar a tener el mismo salario de un profesional en ese cargo.

En Colombia según el artículo 143 del código sustantivo del trabajo se establece

que:

1. “A trabajo igual desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia

también iguales, debe corresponder salario igual, comprendiendo en este todos los

elementos a que se refiere el artículo 127”.

2. “No pueden establecerse diferencias en el salario por razones de edad, género,

sexo nacionalidad, raza, religión, opinión política o actividades sindicales”.

3. “Todo trato diferenciado en materia salarial o de remuneración, se presumirá

injustificado hasta tanto el empleador demuestre factores objetivos de

diferenciación”.

Lo anterior nos dice que en Colombia una persona empírica debe tener el mismo

salario que una persona profesional en el mismo cargo, pero en el artículo no están

bien claras las diferencias profesionales, por esto debería modificarse aclarando

con una excepción la diferencia salarial entre una persona profesional y una

empírica; lo que haría incentivar más a los colombianos a formarse

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profesionalmente por una búsqueda de su aumento salarial, por ende una mejor

calidad de vida; pero además de ello, esto llevaría a las empresas y al país como

tal a ser más competitivos desde un nivel profesional con respecto a otros países.

Otra cosa es que durante el tiempo de servicio de los dos trabajadores, uno de

ellos busque mejorar sus conocimientos de tal forma que al aplicar éstos mejoren la

calidad y desempeño de su producto o servicio y la empresa considere equitativo

mejorar sus ingresos como motivación por el valor agregado aportado.

¿Y qué pasa con aquellos que recién graduados les resulta difícil entrar al

mercado laboral? Hoy en día, otro factor influyente es el hecho de que para poder

desempeñarse en un puesto jerárquico importante ya no resulta suficiente tener

solamente estudios superiores, sino también contar con algún tipo de experiencia

laboral, lo que quiere decir que los estudiantes Colombianos que están cursando

sus estudios a su vez, deben estar trabajando y adquiriendo algún tipo de

experiencia; y ¿por cuánto dinero? En su gran mayoría por ningún monto que se

asemeje a lo debidamente pagado valorando el esfuerzo de los estudios realizados.

Todo esto por poder entrar al mercado laboral sin convicción alguna sobre una

buena remuneración en su inicio. “Atrás quedaron las carreras dedicadas

enteramente al estudio, sobre todo en el ámbito comercial. Hoy en día es necesario

realizar ambas actividades (estudio y trabajo) simultáneamente para poder competir

por un buen empleo” [5]

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Grafica 1.

Gruía para estudiar y trabajar al mismo tiempo [6]

Dicho lo anterior, se puede inferir que en muchos de los casos tienen mayor

cabida los trabajadores con solamente experiencia laboral que los profesionales

recién graduados; claro, es necesario y casi que obligatorio que la persona que vaya

a desarrollar un cargo sea especialista en dicho tema, pero ¿por qué no brindar la

oportunidad a personas jóvenes a que adquieran experiencia, y con un salario justo?

Hago referencia al salario porque lamentablemente en los únicos casos en que se

brinda prioridad a un joven profesional es cuando no existe voluntad alguna por

parte de los empleadores de invertir más para el salario de los nuevos trabajadores,

o dicho en otras palabras cuando existe interés de contratar jóvenes nuevos con el

único fin de pagarles poco. Todo lo anterior sin profundizar en la informalidad, el

empleo por prestación de servicios y situaciones en que no se incluyen las

prestaciones de ley.

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Grafica 2.

[7]

La grafica muestra la relación entre los conocimientos adquiridos y las

actividades laborales que desempeñan los trabajadores profesionales en el año

2014. Como se puede observar allí, en los diferentes momentos siempre es mayor

la proporción de la relación de lo académico con la labor de los empleados. Dichos

datos revelan que la mayoría de los encuestados estiman que los conocimientos

son proporcionales a lo que se necesita saber para el empleo en que se encuentran,

lo que conlleva a decir que independientemente de contar o no con experiencia

laboral, las personas con preparación superior tienen ciertos conocimientos que les

permiten estar en la capacidad de desarrollar competencias iguales y en algunos

casos un poco mejores que los trabajadores empíricos; y por ende, están es su

derecho de ser bien remunerados.

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Actualmente el tener estudio es un factor importante a la hora de conseguir

empleo; el ser profesional requiere de gran sacrificio que debería ser bien

remunerado por supuesto contando con el desempeño de la persona misma. Las

personas profesionales a pesar de haber adquirido un conocimiento teórico y

técnico también están en las capacidades de adquirir experiencia y mayor

conocimiento del que se tiene previamente; de ahí en razón de hacer énfasis en la

diferencia salarial, en la discusión sobre si una persona con formación profesional

debería ganar más o lo mismo de una con formación empírica, porque ahora bien,

si en Colombia no se brindan nuevas oportunidades de trabajo y si no se incentiva

al estudio ya que en consecuencia de ello no se ve reflejado el valor ni la

importancia de los nuevos profesionales, resultaría más difícil posicionar al país en

un nivel más competitivo.

Justo o equitativo, lo cierto es que el mercado laboral exige cada vez mejores y

mayores conocimientos de los aspirantes con el fin de aprovechar al máximo sus

habilidades en favor de los intereses económicos apostados.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

[1] Guesguan S, O (2015). Noticias Económicas del Espectador, A salario igual,

igual remuneración. Consultado el 27 de noviembre de 2015 en,

http://www.elespectador.com/noticias/economia/trabajo-igual-salario-igual-articulo-

542828

[2] Alcaldía Mayor de Bogotá (s.f.). Código Sustantivo del Trabajo. Consultado el

27 de noviembre de 2015 en,

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104

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[3] Alcaldía Mayor de Bogotá (s.f.). Ley 1496 de 2011. Consultado el 27 de

noviembre de 2015 en,

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45267#2

[4] Real Academia Española (2012). Diccionario de la lengua española.

Consultado el 27 de noviembre de 2015 en, http://lema.rae.es/drae/?val=equidad.

[5] Anónimo (2012). Formación profesional vs Experiencia laboral. Consultado el

27 de noviembre de 2015 en,

http://www.taringa.net/posts/info/15083400/Formacion-profesional-vs-Experiencia-

laboral.html

[6] Petrer, P (2014). Guía para estudiar y trabajar al mismo tiempo. Consultado el

27 de noviembre de 2015 en,

http://poligonosalinetaspetrer.blogspot.com.co/2014/08/guia-para-estudiar-y-

trabajar-al-mismo.html (Imagen)

[7] Graduados Colombia, Observatorio Laboral para la educación (2014). ¿Qué

piensan los graduados? Consultado el 27 de noviembre de 2015 en,

http://www.graduadoscolombia.edu.co/html/1732/w3-article-346742.html#