energías renovables: aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones Humberto Astete Miranda Socio de Impuestos

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Page 1: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

Energías renovables:Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

Humberto Astete Miranda

Socio de Impuestos

Page 2: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

Página 2

Agenda

2

3

Depreciación acelerada aplicable

al negocio de energías renovables

Adquisición y uso de activos

4Construcción del activo: contratos

EPC y EPCM

1Últimas modificaciones al régimen

tributario

5 Financiamiento

6 Recuperación anticipada del IGV

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1. Reducción de la tasa del IR empresarial e incremento del IR a los dividendos

Hasta el 31.12.2014 A partir del 01.01.2015

Tasa IR empresarial: 30%

Ejercicios Gravables Tasa

2015 - 2016 28%

2017 - 2018 27%

2019 en adelante 26%

Se reduce gradualmente la tasa del IR empresarial y, paralelamente, se incrementa la tasa del

IR a los dividendos, conforme al siguiente cronograma:

Tasa IR a los dividendos: 4.1%

Ejercicios Gravables Tasa

2015 - 2016 6.8%

2017 - 2018 8%

2019 en adelante 9.3%

Page 4: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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1. Reducción de la tasa del IR empresarial e incremento del IR a los dividendos

► De acuerdo al objetivo del Ejecutivo, la “tasa combinada” sigue siendo de 33%.

► Las nuevas tasas del IR a los dividendos son de aplicación a cualquier forma de

distribución de dividendos y a otras formas de distribución de utilidades que se adopten o se

pongan a disposición en efectivo o en especie, lo que ocurra primero, a partir del

01/01/2015.

► Los resultados acumulados u otros conceptos susceptibles de generar dividendos gravados,

obtenidos hasta el 31/12/2014 y que formen parte de la distribución de dividendos o de

cualquier otra forma de distribución de utilidades, se les aplicará la tasa de 4.1%.

Page 5: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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2. Depreciación acelerada aplicable al negocio de generación con energías renovables

Características

►La tasa anual de depreciación será no mayor

de 20% como tasa global anual.

►Régimen aplicable hasta el 2025.

►La tasa podrá ser variada anualmente por el

titular de generación, previa comunicación a

SUNAT, sin exceder el límite señalado,

excepto en los casos en que la propia LIR

autorice porcentajes mayores.

► La actividad de generación de energía eléctrica a

base de recursos hídricos o a base de otros

recursos renovables, tales como el eólico, el

solar, el geotérmico, la biomasa o la mareomotriz.

► Las centrales que entren en operación comercial a

partir del 29 de junio del 2008.

► Aplica a las maquinarias, equipos y obras civiles

necesarias para la instalación y operación de la

central de generación, que sean adquiridos y/o

construidos a partir de dicha fecha.

¿Quiénes son beneficiarios del

régimen?

Page 6: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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3. Adquisición y uso de activos

Concesión de

generación►Activo intangible de duración ilimitada –

no amortizable

►Se da de baja el costo cuando se

cancela la concesión

►Igual condición cuando es otorgada por

el Estado a cuando es adquirida de un

tercero.

►Debe distinguirse del valor de los activos

tangibles adquiridos

Activos fijosDEPRECIACIÓN ACELERADA

►Ver filmina anterior.

RÉGIMEN GENERAL

►Tasas de depreciación de la Ley del IR

(edificaciones y construcciones: 5%,

otros bienes: según vida útil,

considerando tasas máximas que

establece la Ley del IR)

ARRENDAMIENTO FINANCIERO

►Plazo de depreciación igual al del

contrato (inmuebles no menos de 5

años, muebles no menos de 2 años)

Page 7: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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4. Construcción del activo: contratos EPC y EPCM

Asistencia Técnica (retención del 15%).

Prestación de servicios: a) si se presta en el extranjero: no hay retención;

b) si se presta en el país: renta gravada (30%).

Venta de bienes: a) si se venden fuera del país: no está gravada;

b) si se venden en el país: ganancia de capital (30%).

Usualmente prestado por un sujeto domiciliado (no domiciliados no pueden

aprovechar crédito fiscal). Riesgo de EP en caso sea un no domiciliado

Ingeniería /

Engineering

Usualmente prestado por un sujeto domiciliado (no domiciliados no pueden

aprovechar crédito fiscal). Riesgo de EP en caso sea un no domiciliado

Procura /

Procurement

Construcción /

Construction

Gestión /

Construction

management

Page 8: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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5. Financiamiento

Tipo de

financiamientoEfecto en la empresa Efecto en el “prestador”

Préstamo de

banco localInterés: gasto deducible Renta gravada

Préstamo de

banco no

domiciliado

Interés: gasto deducible

IR asumido: gasto deducible

Interés: retención de 4.99% o 30% si no se

cumplen requisitos

(salvo que apliquen convenios para evitar la doble

imposición)

Préstamo de

partes

vinculadas

locales o no

domiciliadas

Interés: gasto deducible sujeto a reglas de

subcapitalización y normas de Precios de

Transferencia

IR asumido: gasto deducible

Interés: retención de 30%

(salvo que apliquen convenios para evitar la doble

imposición)

Aporte de capital No se genera interés 6.8% de retención sobre dividendos distribuidos

Page 9: Energías renovables: Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

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6. Recuperación anticipada del IGV

Características

► Recuperación del IGV pagado en importación y/o

adquisición local de bienes, servicios y contratos de

construcción.

► Lista de bienes y servicios materia de recuperación

anticipada debe ser aprobada por Resolución

Ministerial.

► IGV acogido es aquel que se genera desde la solicitud

de suscripción del convenio de inversión.

► Si no se inicia la etapa productiva, debe hacerse la

devolución del monto recuperado al Estado.

► PN o PJ que realicen inversiones en cualquier

sector de la actividad económica.

► Monto de inversión mayor a USD 5,000,000.

► Plazo de etapa preoperativa mayor a 2 años.

► Suscripción de convenio de inversión con el

Estado.

¿Quiénes pueden acogerse?

Régimen de recuperación anticipada del IGV

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Proyectos de Generación Eléctrica:Aspectos fiscales a considerar en el planeamiento de inversiones

Humberto Astete Miranda

Socio de Impuestos