en la españa medieval - connecting repositories · en la españa medieval 155n: 0214-3038 2000,...

8
En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en los siglos XV y XVI Cristina SEGURA GRAÍÑO y Juan Carlos de MIGUEL RODRÍGUEZ A. C. Al-Mudayna. Universidad Complutense. Madrid La conquista cristiana del reino de Granada significó la casi inmediata sus- titución del poder político, autoridades e instituciones musulmanas por un nuevo poder y aparato de gobierno, implantado por los castellanos para garan- tizar la incorporación efectiva del territorio a la Corona de Castilla. Es cierto que subsistieron algunas instituciones de origen nazarita, primero bajo forma mudéjar y luego morisca, pero su capacidad operativa fue siempre muy limita- da y sirvieron esencialmente para asegurar y canalizar la política de los monar- cas hacia la población granadina autóctona. Los profundos cambios que se pro- dujeron en la organización social y en el sistema económico del reino fueron mucho más lentos y problemáticos. De hecho, la implantación de nuevas for- mas políticas y la actividad repobladora organizada por la monarquía en los años inmediatamente posteriores a la conquista, produjeron una importante desarticulación de las estructuras nazantas, pero no consiguieron imponer las nuevas formas sociales y económicas importadas de Castilla. De esta manera, todavía hacia 1570, cuando los moriscos del reino se sublevaron y Felipe II ordenó su deportación a tierras del interior peninsular, las estructuras socioe- conómicas islámicas seguían vivas y pugnando por permanecer frente a las cas- tellanas, que se imponían de forma lenta pero inevitable. En relación con estas transformaciones, en el presente artículo vamos a estudiar algunas prácticas económicas relacionadas con la gestión del agua de riego —un recurso primordial en la agricultura del Sudeste peninsular— que podrían haber aparecido en el sistema agrario granadino a lo largo de este período, los años que constituyen el tránsito desde la época nazarita a la rea- lidad social que se impone tras la conquista cristiana, es decir desde finales del XV hasta la segunda mitad del XVI. En concreto, nos ocuparemos de la com- praventa de agua destinada al riego que empieza a constatarse en los docu- mentos notariales de esa época y que puede estar relacionada con cambios importantes en los sistemas de regadío islámicos tradicionales. El espacio de

Upload: others

Post on 30-Apr-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

En la España Medieval 155N: 0214-30382000,23: 387-394

La Compraventade agua de riego en el valledelAndarax(Almería)en los siglosXVy XVI

CristinaSEGURA GRAÍÑO y JuanCarlosde MIGUEL RODRÍGUEZA. C. Al-Mudayna.UniversidadComplutense.Madrid

La conquistacristianadel reinode Granadasignificó la casi inmediatasus-titución del poder político, autoridadese institucionesmusulmanaspor unnuevopodery aparatodegobierno,implantadoporlos castellanosparagaran-tizar la incorporaciónefectivadel territorio a la CoronadeCastilla. Es ciertoque subsistieronalgunasinstitucionesdeorigen nazarita,primero bajoformamudéjary luegomorisca,perosu capacidadoperativafue siempremuy limita-day sirvieron esencialmenteparaasegurary canalizarla políticade los monar-cashacialapoblacióngranadinaautóctona.Losprofundoscambiosquesepro-dujeronen la organizaciónsocialy en el sistemaeconómicodel reino fueronmuchomáslentosy problemáticos.De hecho,la implantaciónde nuevasfor-mas políticas y la actividad repobladoraorganizadapor la monarquíaen losañosinmediatamenteposterioresa la conquista,produjeronuna importantedesarticulaciónde las estructurasnazantas,pero no consiguieronimponerlasnuevasformassocialesy económicasimportadasde Castilla. De estamanera,todavíahacia 1570, cuandolos moriscosdel reino se sublevarony FelipeIIordenósu deportacióna tierrasdel interior peninsular,las estructurassocioe-conómicasislámicasseguíanvivas y pugnandopor permanecerfrentea las cas-tellanas,quese imponíande forma lentaperoinevitable.

En relacióncon estastransformaciones,en el presenteartículo vamosaestudiaralgunasprácticaseconómicasrelacionadascon la gestióndel aguaderiego —un recursoprimordial en la agriculturadel Sudestepeninsular—quepodríanhaber aparecidoen el sistemaagrario granadinoa lo largo de esteperíodo,los añosqueconstituyenel tránsitodesdelaépocanazaritaa la rea-lidad socialquese imponetraslaconquistacristiana,esdecirdesdefinalesdelXV hastala segundamitad del XVI. En concreto,nos ocuparemosde lacom-praventade aguadestinadaal riego que empiezaa constatarseen los docu-mentosnotarialesde esaépocay que puedeestarrelacionadacon cambiosimportantesen los sistemasde regadíoislámicostradicionales.El espaciode

Page 2: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y Juan Carlos de Miguel Li Compravenía de agua de riego en el valle del Andaras,..

estudioelegidoes el valle medio y bajo del río Andarax,en la actual provin-cia de Almería, un áreageográficade gran aridezen la queel aguaalcanzaunaimportanciaeconómicatan grandecomopuedatenerla tierra,ya quesineste recursola agriculturaes impracticable.

Paraunamejor comprensióndel tema, estudiaremosdeforma someralasituaciónexistentebajo los musulmanesy cómo la recogierony llevaron a laprácticalos cristianos.No puedeolvidarsequeel reino deGranadafue el últi-mo territorio peninsularquelos musulmanesconservaronbajosu control y enel que sussistemaseconómicosse mantuvieronhastamástarde.Por tanto,lasformasde aprovechamientohidráulicoquelos castellanosencontrarontras laconquistasebasabanen las secularestradicioneshidráulicasandalusíes.Situa-dasen el extremoSudestede la PenínsulaIbérica,en unazonaen la quecon-fluyen las últimasestribacionesdel SistemaPenibéticoy dondese da la máxi-ma de insolacióny la mínimapluviométricade la Península,estastierras sonmuy áridasy el aguaes un bienescasoquehayque saberaprovechary cuyouso, para evitar abusosy despilfarros,estáperfectamentecontroladodesdetiemposremotos.

Pareceserquela economíanazaritase basabaen el desarrollode unaagri-culturade regadíodeproductosindustrializables,lamoreraparala alimenta-ción del gusanode seday lacañade azúcar,queaportabanlos beneficiossufi-cientesparala comprade los bienesde primeranecesidadqueescaseaban.Deesta manerase lograbauna estabilidaden la balanzade pagosy en muchosmomentossaneadosbeneficios.Estaprácticaeconómicarequeríaun aprove-chamientoexhaustivode los escasosrecursoshídricosparaaplicarlosal rega-dío. En el reino de Granadael secanoera muy poco rentabley se reducíaazonas dondeera imposible hacerllegar el agua. Por otra parte,no podemosolvidar que en esta región el aguaes escasa;a la bajapluviosidadde lazonahayqueañadirunagraninsolaciónqueprovocaunaintensaevaporación.Todoello acompañado,además,por unoscaucesde caudal muy pequeño,acusadairregularidady un estiaje que reducela cantidadde aguadisponible en losmesesde veranoa aquellaquese hayapodidoalmacenarduranteel otoño y elinvierno. En suma,unosrecursosquehabíaqueaprovecharcon gran cuidado.

En la etapaislámicael aprovechamientohidráulico fue unapreocupaciónconstantey se lograron muy buenosresultados.Los granadinoseranexpertosen los cultivos deregadíoy en la aplicaciónde los sistemasmejoresparaevi-tar el desperdiciodel agua.Todo ello requeríaunagran dedicacióny, sobretodo,eldominiodeunastécnicasbasadasen tradicioneseconómicasy socialesantiguasqueexigíanunosconocimientosempíricosmuy especializados.Cuan-do los ReyesCatólicosconquistaronestastierras,estesistemaeconómicofueabandonadoen parte,comodemuestrala documentación.Los motivos todavíano estántotalmentedeterminados.La teoríatradicionaldefiendeque los cam-pesinoscristianosquevinieron a repoblarlas tierras,quelosgranadinostuvie-ron queabandonarporimposicióndelaCoronacastellana,no eranexpertosenel regadíoy pretendieronintroducirsus prácticasagrícolashabitualesbasadas

388En lo España Medieval2000,23: 357-394

Page 3: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y Juan Carlos de Miguel Li co/apraventa de aguade riego en el valle del Anclaras...

en cultivosde secano,no aptosparaestastierras. Esteteínatiene tal importan-cia queésteno es elmomentoparatratarsobreél. Estáen cursola tesisdocto-ral de JuanCarlos de Miguel quelo estudiaen profundidad.

No obstante,es evidenteque la decadenciapronto se hizo sentiry de laprosperidadrelativade laagriculturade épocanazaritase pasóa unasituacióndeprimida, especialmenteen la zonaalmeriense,que se ha mantenidohastatiemposmuy recientesy que hanvenido a solucionarlas nuevastécnicasdecultivo en invernadero.Sin embargo,por otra parte,hayunarealidadinnega-ble y es la permanenciaen laactualidaddeprácticasde riegoquesabemosporlos documentosqueexistíanya enAI-Andalus.Lascausasdeladecadenciadeestastierrasson muchomáscomplejasy variadasquela simple sustitucióndelos musulmanespor los cristianos.Además,hayque teneren cuentaque lastierras granadinassiguieron estandocultivadas por los moriscoshasta suexpulsióna partir de 1571 trassu derrotaen la guerrade las Alpujarras,deforma que antesno podemosatribuir a su desapariciónla decadenciade laagricultura.Y, en última instancia,¿puedesostenerseracionalmenteque loshuertanoscristianosde Murcia y Valenciadondetambiénse hanconservadolas prácticashidráulicasmusulmanaserandiferentesde los campesinoscris-tianos querepoblaronAlmería?Tanto unoscomo otros procedíande lugaresdondepredominabaelcultivo de secano.Portanto,comoen elLevantela agri-culturase mantuvopróspera,no puedesólo responsabilizarsea la faltade unatradición de regantesen suspobladoresde la decadenciaeconómicade las tie-rrasde Almería.

La escasezdeaguadio lugara lacreaciónde unasprácticasconsuetudina-Has parasu aprovechamientoy, sobretodo, parasu uso y reparto.El agua,enprincipio, es un biencomunaldel quetodostienenderechoa aprovecharse.Apartir de estepresupuestose fueron originandoa lo largo de los tiempos ysegún las necesidadesuna seriede prácticasde uso y formas de propiedad,sobrelas quea continuacióntrataremos.Unasprácticasquedieron origen,entodo el reino, a sistemasderegadíode diversostipos segúnlas distintascondi-ciones físicas, pero que se fundamentanen las mismasbaseseconómicaseidénticastradicionesagrarias.

En el mundoislámicoel aguaes un bienmuy apreciadoalque se conside-ra conio un «don de Allah>s. Por ello, este recursono debíaserpropiedaddenadie y todoslos fieles musulmanespodíanaprovecharsede él, parabeber,paralavarsey, sobretodo, pararegarsus cultivos. En diversasocasiones,elCoránhacereferenciaaestacircunstancia:

«Él es Quienhacedescenderesteaguadel cielo, paraquevosotroslabebáis,y conellahacecrecerlos pastosparavuestrosrebaños.»

«Graciasa eseagua,El hacequecrezcanparavosotroslos trigales, losolivos, las palmeras,las videsy todaclasede árbolesfrutales.

¡Cuántasseñalesparael quesabe y reflexiona! (Corán,sura 16, aleyaslOy II).

389 En la España Medieval2000,23: 387-394

Page 4: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y Juan Carlos de Miguel La compraventa de agua de riego en el valle del Anclaras...

Pero,este aguaque usabanno era suya,no teníansu propiedad,el aguaseguíasiendode Allah. Ahora bien, sobresu uso y aprovechamientose desa-rrollaron unasprácticasque generaronderechosmuy semejantesa la propie-dad. Por ello, es necesariodistinguir la propiedadgenéricadel agua, que esdivina, y el aprovechamientode la misma quepronto pasaraa tenerla apa-rienciade propiedadprivada.Pero,en realidad,la propiedadno se tiene sobreel agua,sinosobresu uso ya queal serdeAllah todostienenderechoella. Nosestamosrefiriendoal aguade lluvia o al aguade los ríos. Diferentees el aguaquese hamanipuladoconalgúntipo deconstrucciónparapoderusarla,de ellatrataremosmásadelante.Peroenel campo,el aguaes de Allah y los campesi-nos son beneficiariosde su uso parariego. Fueronlas diferentesautoridades,centraleso locales,las encargadasde regularesteusoquedio lugar aunaseriede normasjurídicasdestinadasaevitar losconflictos y crearunasituaciónesta-ble y permanenteen lo referentea riegos.De forma, quela propiedadde unatierra conllevabasiempreel derechoa usarla mismacantidadde aguaduranteun tiempo determinado.Estasituaciónllevo a queel propietariodeunatierrase considerabatambiéncomopropietariodel aguade riegode la misma.

Paralos cristianosla situaciónes semejante.La tradición romanaconside-rabael agua como un bien público. Por ello, en los dominios romanosyaencontramosla inclusiónde las aguasentrelosbienesde uso comunal.En loslatifundios todoslosque cultivan lastierras tienenderechoa aprovecharsedelaguaparabeber,parapescary, sobretodo, pararegarCadaparcelade tierraconsuetudinariamentetieneuna porciónasignada,que es la quenecesitaparasuriego. Por tanto, en el inundocristianoel campesinono es dueñodel aguasino de su uso, igual queentrelos musulmanes.Aunquela unióndel riego alatierra,tambiénproducela aparienciade quese ostentala propiedaddel agua.

Estaconfluenciaentreconcepcionesislámicasy cristianasse va adaren elreinodeGranadatrassuconquista.A raíz deellalastierraspasarondelos pro-pietariosmusulmanesalos cristianos.Allí habíaunoscamposen producciónyparaqueésta semantuviera,teníanqueatenerseaunasnormasde uso y deres-petohaciatodo el sistemahidráulico. Estasituaciónquelos cristianosencon-traron tras la conquistadel reino de Granadano fue alteradaen esenciaporellos (Segura,1997).Cuandolos conquistadoresserepartenlas tierras,sehacereferenciaa su condiciónde regadíoo secano.Asimismo,haydocumentaciónen la quese recogenlos sistemasde riego, a laquedespuésharemosreferen-cia, en laque se insistequedebepermanecerel sistemade riegoislámico «porquees el quefuncionade antiguo»(Segura,1984: 1013).

Los testimoniosde laperduraciónde los sistemasislámicosderiego en elreino de Granadaduranteel siglo XVI no son muy abundantes,perosí muyexplícitos.Así, conservamosvariasordenanzasderiego de épocanazaritagra-cias a que fueroncopiadasparaserapodadascomopruebasen diversosplei-tos por la propiedady el uso del agua (AI-Mudayna, 1991: 168-169).Estadoctímentaciónpone en evidenciaque se pretendíamantenerlos sistemasnazaritasde explotacióndel agua. También se introdujeron novedadesen

En la España Medieval2000.23: 387-394

390

Page 5: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y Juan Carlos de Miguel La compraventa de agua de riego en el valle del Andaras..

algunossistemasderiego, perotalesnovedadesno afectabantantoa la orga-nizacióndel sistema,sino másbien a las personaso entidadesbeneficiariasdel uso del agua.Esto es lo queparecequepudoproducirseen Almería, en1561,cuandolos concejosdelos pueblosdel río, habitadostotal o mayorita-riamentepor moriscos,se querellaroncontrael alcaldemayory varios regi-doresde la ciudadquepretendíandesviarel aguadel río haciasustierrasdeAlmería y el Alquián, unalocalidadmuy próximaa la ciudad,englobadahoyen el municipio de la misma (Cabrillana, 1989: 72). Lo quepareceestarenjuegoen estecaso,no es la formadel uso del agua,sino unaaplicacióninte-resadade su aprovechamiento.

Perono todoslos recursoshidráulicostienenla mismaconsideración.Enladocumentaciónqueseha conservado,puedeconstatarseunadiferenciafun-damentalen el tratamientojurídicoquerecibenlas aguasfluviales,alas queenlos documentossedenominacomocomentes,seandecursopermanenteo no,de las procedentesde las depósitosfreáticos,fuentesy pozos. Lasprimeras,siempresonobjetode un aprovechamientocolectivo,deformaquesu usopar-ticular quedabaperfectamentereguladopor las diferentesordenanzasderiego.Sucedeasí,por ejemplo,en las queseestablecieronen la ciudad de Almería afinales del siglo XV (Segura,1984). El segundotipo de aguas,sin embargo,confrecuenciapodíapasaraserpropiedadprivadadel dueñodela tierraenqueseencontraban.Tal circunstanciano eraajenani ala tradiciónmusulmana,quepermitía la apropiaciónde las aguasalumbradaspor unapersona,en determi-nadascircunstancias(Epalza,1988: 16) ni alacristianafeudal,comoseconsta-ta tambiénen la legislaciónforal catalanay valenciana(Jaubertde Passá,1991:[221- [26]).

En el casoque estudiamos,la tierra de Almería y el valle del Andarax,tenemosalgunostestimoniosde queestosrecursoshídricos,al menosen oca-siones,podíanserde propiedadprivada.Por ejemplo, cuandoen 1571 se rea-lizó el libro de apeodel aguade Almería y pueblosde su río, al serexpulsadoslosmoriscosdel reino y repartidassustierrasentrerepobladorescristianospro-cedentesde otraszonasde la Península,se ordenóregistrarlas aguasqueeranpropiedadde moriscos,aunquede hechose incluyerontambiénaguasde cris-tianos viejos, constatándosequeen Huércalde Almería habíaalgunashereda-desqueteníanaguaspropias,comolas delos moriscosFranciscodeBelvís,delosherederosde Diegoel Caybsi,delBidigul, delmonasteriode SantoDomin-go de Almería, y del cristianodon Franciscode Molina. Segúnla declaraciónde FranciscodeBelvís, querecogeel libro deapeo,estasheredades«tomavanunaaguaque llamanel aguade la raya. Y estaaguala gozavande treintaentreintadíasunanocheo un día, y lapartíanentretodospor igualespartes,cadaunocomoteníaheredad»(AHPAL, S.1.3).

En los años anteriores,los protocolosnotarialesdel distrito almerienseconservantambiénalgunosdatosqueconfirmanestacircunstancia.En efecto,las transaccionesde tierraso heredades,bienfueran ventas,arrendamientosocensos,que poseíanalgúnelementoparticular de abastecimientohidráulico

En la España Medieval2000, 23: 387-304

391

Page 6: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y JuanCarlos deMiguel La compraventa de agua de riego en el valle del Anclaras...

especificabanel aguade que podíadisponerseen la propiedadcon bastantedetalle, cosaqueno sucedecuandose tratade aguasprocedentesdel río. Noson muchoslos ejemplosde estetipo, pero son muy significativos. En 1519,porejemplo, el monasteriodeSantoDomingovendióunacasa,conunatienday unahuertaen la calleRealde Almería, con «la fuentee cañodel aguaquetienen...»por 60.000maravedíes(AHPAL, Pl, fol. 35-37). En estoscasos,elaguaparecevendersecomoun elementomásde la propiedady es un elemen-to que,porcieno,suponeun valor añadidoimportantea dichapropiedad.

Queestasfuentespodíanserpropiedadprivada, lo ratifican las autoridadescastellanasen 1571, en el libro de apeodel aguade Almería, cuandoestable-cen que«dondeubierealgunafuenteo pozo, se a deadvertir queel aguadellaseaparael aprovechamientodel comun siendomenester;y dondeno lo fuere,se temaquentaconvalialle el aprovechamientode ladichaaguaa elquese leobierede dar». Es decir,que enel casode queexistieraunafuenteo pozo depropiedadparticular, si su aguaerala únicadisponibleparael riego de otraspropiedadesencasosextremos,el dueñodel aguaquedabaobligado a cederlaparael uso común. Perosi habíaotras posibilidades,se tendríaque pagaraldueñopor el usode esteagua(ARPAL, 5.1.1.)

Juntoa estoscasosde ventasde elementosde abastecimientohidráulicoincluidosenla totalidadde unapropiedad,encontramostambiénalgunastran-saccionesen las queel aguade uso colectivoes tratadacomo unapropiedadprivada.Decimosuso colectivopuesen estoscasosse tratade fuentesquesonutilizadaspor variaspersonaspararegarsustierrasy heredades,perono quedaclarosi el aguaera de propiedady uso comunalo solamentede variasperso-nas, es deciruna copropiedad,que, en todo caso,es privada.Por ejemplo,en1525 en Nijar, al Estede Almería,se vendieronunosbancalesde tierra conelagua que tenían «de la huente pequeñadel mismo marchal de Pixuela»(AHPAL, P. 8, s.f.; documentode 3 de septiembrede 1525), por preciode 5ducadosde oro.

Perolos casosmásinteresantesson, sin duda, aquellosen los que se pro-cedea venderel aguaseparadade la tierra. En 1557, en Tabernas,localidadsituadaenel extremoNorestedela Tierrade Almería,Jorgede Almaraz,negroy cristianonuevo, vendió a AndrésAlcaní, morisco, un moral dándole«delaguademi heredad»,laquenecesitarapararegarlo.Y, además,levendió«más,de la aguaque a mi pertenes~ede la fuentedel Michar, conque yo riego miheredad,de quetengo en dozedías los tres díastreshorasde agua,paraquedella regueisel dicho moral e másvuestraheredad,pues pararegar vuestraheredadcon lasdichastreshorasdeaguaquevosvendo,vos tengodedarpasopormi huerta,econelcaminoquemepertenesgedendemi huertafastala fuen-te de arriba, de do me pertenes~ela dichaagua...»(AHPAL, P. 37, doc. de 17de marzo 1557). El preciode ventadel moral y del aguafue de 6 ducados,enlos que creemosqueel montanteprincipal correspondíaal agua.No hay queolvidar queno solo sevendíael aguaasignadaal moral, sinootra cantidadpararegarlo queel compradorconsideraraoportuno.

En la España Medieval2000, 23: 387-394

392

Page 7: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y Juan Carlos de Miguel La compraventa ‘le agua de riego en el valle del Anclaras...

Las aguasfluviales, segúnhemosdicho, bien seancursospermanentesointermitentes,adiferenciadelas anterioresno podíanserobjetodeapropiaciónprivada.Estasaguas,tanto en latradiciónmusulmanacomoen lacristiana,sonsiemprede dominiopúblico o propiedadcomunal,deformaquesu usoqueda-ba reguladopor unasordenanzasque,procedentesde épocanazarita,en algu-nos casoshanllegadohastanuestrosdíasdeforma casi inalterada.El aguaque-dabaadscritaa la tierra queregaba,y, en principio,no eraun bienenajenablepor si mismosino quesólo se podíatransmitirsu uso con la tierra.Sinembar-go, a partir de estautilización, se fuerondesarrollandounascostumbres,quepodemosentreveren los protocolosnotarialesdel siglo XVI, que tendíanaconsiderarel aguadisponiblede unatierracomo propiedadprivada.No obs-tante, el aguano llega aprivatizarse,peroel derechode usode la misma, enalgunoscasossi setratacomoun bienprivado.Por ejemplo,alo lorgo del sigloXVI, cadavez es más frecuentequelas escriturasnotarialesintroduzcanunareferenciaexplícita a que la ventao arrendamientode una tierra incluya latransmisiónde su agua. Normalmente,estasreferenciasson de carácterbas-tantegeneral,se sueledecirqueunatierra,huerta,panal,etc, sevende«consuagua»o «con el aguaque le pertenesí~e»,pero a medidaque avanzael siglo,tambiénsueleespecificarsecuál es la cantidadde aguareal que poseela pro-piedaden cuestión,expresadaen la inmensamayoría de los casosen medidade tiempo.Por ejemplo, «unahorade aguade quinzeenquinzedías,y másenel veranola corrientede la azequiacuandola cortan encima»(AHPAL, P.45,fol. 227-228)o «un día e una nochecadasemana»(AI-IPAL, P. 45, fol. 414-415). No es extraño,por ello, que, incluso, aparezcaalgunaventadel derechode uso del aguaparasu utilizaciónen unapropiedaddiferentea la asignada,comola quehemoscitadoarriba,en Tabernas.Otro ejemploes la ventade trescuartosde un día de aguacadacuatrodías,que se documentaen Instinción,localidaddel valle medio del río Andaraxen 1555 (Archivo de la Alhambra,L-75-26).

Atendiendoa todo lo dicho es fácil deducirquela utilizacióndel aguadeunapropiedaden otra, debióser unaprácticarelativamentehabitual en Alme-ría a mediadosdel siglo XVI. En ese momento,en los contratosde arrenda-miento de tierrasempiezaa introducirseuna cláusulaen laque se especificaqueel aguade lapropiedadarrendadano podráserempleadaen otra sin elper-miso del propietariode laprimera.La introduccióndeestacláusulaen muchosarrendamientos,cosaqueenla primeramitaddel siglono sucede,tienealgunacausano especificada.Podríadebersea quealgunoscampesinosarrendatariosestuviesenvendiendopartedel aguade las heredadesque teníanen arriendo,obteniendoasí unosingresosquecomplementaríanlos beneficiosconseguidosconel cultivo de la tierra, O, quizás,unaposibleelevaciónde los censosy delas rentasde los arrendamientosllevaraa los campesinosempobrecidosa bus-carfuentesde ingresosen dineroparahacerfrentealpagodeaquellos.Estees,en todo caso,un temacomplejoquerebasalas cuestioneshidráulicasqueaquínos ocupan.Otra posibilidadpodíaserque la carenciade aguaera tal, que su

393 En la España Medina!2000,23: 387-394

Page 8: En la España Medieval - COnnecting REpositories · En la España Medieval 155N: 0214-3038 2000, 23: 387-394 La Compraventa de agua de riego en el valle del Andarax (Almería) en

Cristina Segura y Juc,n Carlos de Miguel La compraventa de agua de riego en el valle del Anclaras...

simpleventareportababeneficiossuficientesparahacerfrenteal arrendamien-to y podíadescuidarsela producciónagrícolay subsistircon la cosechaobte-nidaconfiandoen la lluvia. Si estaprácticaestabaextendidasuponíaun dete-noro del campoy a la larga la decadenciade la economíaalmeriense.Unastierras, las de los más pobres,se abandonabany otras, en cambio, se benefi-ciabancon mayor cantidadde agua.De esta manerael equilibrio que habíacaracterizadolos sistemasde riego nazaritasestabaentrandoen crisis. Estaprácticahabíaque tenerlaen cuentacomo unade las causasde la caídade laeconomíagranadinaapartir de fines del sigloXVI.

Los ejemploscitados,elegidosentretodaunaseriededocumentosde con-tenidosemejante,son sólo unamuestrade la realidadsocialgranadinay másconcretamentealmeriense.El usodel aguaestabaperfectamentereglamentadoy, comoya se ha indicado,haciaqueel propietariode unatierra pudieracom-portarsecomosi fuerapropietariodelaguaa ella asignaday, por ello, vender-la. Tampocopuedeolvidarsequeestasventassehacíanbienpor año,es decir,venderel uso del aguapor unacosecha,o bien vendersolamentela tandaderiego deforma esporádica,o bien,en último extremo,venderel aguadefiniti-va desligadade la propiedadde la tierra.Perodeunamanerao deotra,y segúnlas modalidadesquehemoscitado,elegidascomoejemplaresdeunasituación,la realidades queel uso del aguapararegarunatierraeraun bieneconómicofactiblede servendidoy, por tanto, deproporcionarbeneficios.

BIBLIOGRAFÍA

Agua: El enigmadelagua enAl-Andalus,Madrid. 1994AI-Mudayna:Historia de los regadíosen España (... a.C. - 1931),Madrid. 1991.Cabrillana,Nicolás:Almería morisca,Granada.1989.Epalza,Mikel de: Elaguaen el derecho musulmán, «Agua y poblamientomusulmán»,

Benissa,13-19. 1988Jaubertde Passá,F.: Canalesde riego de Cataluñay Reinode Valencia,Valencia,2

vols. Ed. facs.del original de 1844. 1991SeguraGraiño, Cristina: El abastecimientode agua en Almería a fines de la Edad

Media , «En laEspañamedieval»,4, 1005-1017.1984.SeguraGraiño,Cristina: Las transformaciones agrarias en el Reino de Granada tras

la conquista cristiana. Pervivencia o desaparición de los sistemasde riego islámi-cos, «La PenínsulaIbérica en la Era de los Descubrimientos(1391-1492)»,II,1631-1645.1997.

394En lo Espafia Medieval2000, 23: 387-394