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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016. 1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos mil dieciséis, se reunieron en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para celebrar sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento, el Presidente Municipal, Héctor Germán René López Santillana y los integrantes del mismo. Iniciada la sesión por el Presidente pasa lista de presentes el Secretario del H. Ayuntamiento, Felipe de Jesús López Gómez; asistiendo las siguientes personas: Síndicos: Carlos Medina Plascencia y Luis Ernesto Ayala Torres; y los Regidores: Salvador Sánchez Romero, Ana María Esquivel Arrona, Federico Zermeño Padilla, Ana María Carpio Mendoza, Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, Alejandro Alaniz Rosales, José de Jesús Vázquez García, Norma Patricia López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote, Sergio Alejandro Contreras Guerrero y Jorge Arturo Cabrera González; declarando que hay quórum. En uso de la voz, el Secretario manifiesta que el Regidor José Luis Manrique Hernández, aviso previamente su inasistencia quedando justificada su ausencia. En seguida, el Secretario da lectura al Orden del Día: I.- Lista de presentes y declaración de quórum. II.- Orden del Día y aprobación. III.- Aprobación del acta de la sesión ordinaria celebrada en fecha 11 de abril del año en curso. IV.- Presentación de los Estados Financieros del mes de marzo de 2016. V.- Modificación al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, en el mes de abril; y aprobación en su caso. VI.- Modificación al Programa de Inversión Pública del Municipio de León, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2016, en el mes de abril; y aprobación en su caso. VII.- Presentación del informe anual de resultados de la Feria Estatal de León, Guanajuato. VIII.- Respuesta a la circular número 33 enviada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado a los Integrantes de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la Iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato, y de reformas a la Ley de Protección de Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato; y aprobación en su caso. IX.- Respuesta a la circular número 39 enviada

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

1

En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete

horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos mil dieciséis, se

reunieron en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para celebrar

sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento, el Presidente Municipal,

Héctor Germán René López Santillana y los integrantes del mismo.

Iniciada la sesión por el Presidente pasa lista de presentes el

Secretario del H. Ayuntamiento, Felipe de Jesús López Gómez;

asistiendo las siguientes personas: Síndicos: Carlos Medina

Plascencia y Luis Ernesto Ayala Torres; y los Regidores: Salvador

Sánchez Romero, Ana María Esquivel Arrona, Federico Zermeño

Padilla, Ana María Carpio Mendoza, Beatriz Eugenia Yamamoto

Cázares, Alejandro Alaniz Rosales, José de Jesús Vázquez García,

Norma Patricia López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote, Sergio

Alejandro Contreras Guerrero y Jorge Arturo Cabrera González;

declarando que hay quórum. En uso de la voz, el Secretario manifiesta

que el Regidor José Luis Manrique Hernández, aviso previamente su

inasistencia quedando justificada su ausencia. En seguida, el

Secretario da lectura al Orden del Día: I.- Lista de presentes y

declaración de quórum. II.- Orden del Día y aprobación. III.-

Aprobación del acta de la sesión ordinaria celebrada en fecha 11 de

abril del año en curso. IV.- Presentación de los Estados Financieros

del mes de marzo de 2016. V.- Modificación al Presupuesto de

Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, en el mes de abril; y aprobación

en su caso. VI.- Modificación al Programa de Inversión Pública del

Municipio de León, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2016, en el

mes de abril; y aprobación en su caso. VII.- Presentación del informe

anual de resultados de la Feria Estatal de León, Guanajuato. VIII.-

Respuesta a la circular número 33 enviada por la Comisión de

Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado a los

Integrantes de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la

Iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

para el Estado de Guanajuato, y de reformas a la Ley de Protección de

Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato; y

aprobación en su caso. IX.- Respuesta a la circular número 39 enviada

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

2

por la Comisión de Fomento Agropecuario del Congreso del Estado a

los Integrantes de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la

Iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas

disposiciones de la Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato; y

aprobación en su caso. X.- Reformas al Reglamento de Deporte y

Cultura Física para el Municipio de León, Guanajuato; y aprobación en

su caso. XI.- Reformas al Reglamento del Consejo de Participación

Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato; y

aprobación en su caso. XII.- Reglamento del Sistema de Protección

Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de León,

Guanajuato; y aprobación en su caso. XIII.- Informe de Comisiones.

XIV.- Asuntos Generales. Acto seguido, el Presidente somete a la

consideración del Honorable Ayuntamiento, el Orden del Día al que

fue dado lectura, mismo que es aprobado por unanimidad. Habiendo

pasado lista de presentes, con la declaración de quórum y aprobado

por unanimidad que fue el Orden del Día, se tienen por desahogados

los puntos I y II del mismo.

En el punto III del Orden del Día, el Presidente somete a la

consideración del Honorable Ayuntamiento la aprobación del acta de

la sesión ordinaria celebrada el día 11 de abril de 2016, la cual queda

aprobada por unanimidad.

Antes de continuar con el desahogo del Orden del Día, el Presidente

solicita al Cuerpo Edilicio que en los términos previstos por los

artículos 37 y 55 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León,

Guanajuato, se sirva autorizar la comparecencia del Contador Público

Gilberto Enríquez Sánchez, Tesorero Municipal, para que realice una

breve exposición de los puntos IV y V, posterior a la lectura del informe

y dictamen correspondiente; misma que es aprobada por unanimidad.

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

3

En el punto IV del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Carlos

Medina Plascencia, da lectura al Informe de la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública y Desarrollo Institucional, relativo a los

Estados Financieros del mes de marzo de 2016 (se agrega al

apéndice del acta), que comprende los renglones de Ingresos,

Impuestos, Derechos, Aprovechamientos, Participaciones y otros

Ingresos, así como los rubros de Egresos; todos del mes y año en

comento, mismos que a continuación se insertan:

H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE ACTIVIDADES

PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO DE 2016

MARZO SALDO ACUMULADO

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

IMPUESTOS

52,559,400 610,572,658

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS

264,401

273,981

DERECHOS

28,270,450 63,378,253

PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE

4,911,747 12,804,247

APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE

10,439,191 33,686,015

PARTICIPACIONES

117,767,440 398,673,037

APORTACIONES

85,917,171 257,446,567

CONVENIOS

29,060,031 29,671,409

Total de Ingresos

329,189,831 1,406,506,167

GASTOS Y OTRAS PERDIDAS

SERVICIOS PERSONALES

140,314,158 376,462,737

MATERIALES Y SUMINISTROS

15,860,579 39,071,057

SERVICIOS GENERALES

73,766,070 165,077,332

TRANSFERENCIAS, ASIG, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

47,351,335 133,615,773

INTERESES, COMIS Y OTS GTOS DE DEUDA PUBLICA

5,493,318 15,608,474

OTROS GASTOS Y PERDIDAS EXTRAORDINARIAS

36,055 1,792,530

Total de Egresos y Otras Pérdidas

282,821,515 731,627,903

Ahorro/desahorro Neto del Ejercicio

46,368,316 674,878,264

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA

AL 31 DE MARZO DEL 2016

ACTIVO MARZO

CIRCULANTE 1,420,110,810

FONDO FIJO 652,000

BANCOS 527,275,437

INVERSIONES 775,090,480

DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES 9,483,663

ANTICIPO A PROVEEDORES 3,885,272

ANTICIPO A CONTRATISTAS POR OBRA PÚBLICA 58,713,097

ALMACÉN 45,010,861

NO CIRCULANTE 14,952,688,717

INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO 331,292,601

(Estimación para cuentas incobrables) - 17,429,136

OBRA EN PROCESO EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO 3,035,977,902

OBRA EN PROCESO EN BIENES PROPIOS 147,820,949

ACTIVOS FIJOS 11,352,977,240

ACTIVOS INTANGIBLES 52,926,695

OTROS DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 46,535,165

VALORES EN GARANTÍA 2,587,301

TOTAL ACTIVO 16,372,799,527

PASIVO

A CORTO PLAZO 318,170,986

CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO 222,540,339

RET Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO 55,291,692

PORCIÓN A CORTO PLAZO DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA 40,338,955

A LARGO PLAZO 1,354,932,907

CUENTAS POR PAGAR A LARGO PLAZO 18,922,306

PORCIÓN A LARGO PLAZO DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA 1,336,010,601

TOTAL DE PASIVO 1,673,103,893

PATRIMONIO

PATRIMONIO DEL EJERCICIO 674,878,265

PATRIMONO EJERCICIOS ANTERIORES 2,032,308,024

PATRIMONIO BIENES MUEBLES E INMUEBLES 11,992,509,348

TOTAL DE PATRIMONIO 14,699,695,637

TOTAL DE PASIVO Y PATRIMONIO 16,372,799,527

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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H AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE USO DE EFECTIVO

PERIODO COMPRENDIDO DEL 01/03/2016 AL 31/03/2016

SALDO INICIAL EN BANCOS E INVERSIONES

1,282,889,530

ORIGEN DE EFECTIVO: INGRESOS:

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS 232,744,642

IMPUESTOS 52,559,400 DERECHOS 28,270,450 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 10,439,191 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 4,911,747 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 264,402

INGRESOS:

329,189,830

MOVIMIENTOS ACREEDORES

DONACIONES DE CAPITAL 17,259,289 PROVEEDORES POR PAGAR 10,795,351 IMP S NOM Y Q DERV D REL LAB P PAG A

CP 7,519,442 CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS

POR PAGAR 4,818,446 INVENTARIOS 2,336,863 SERV PERSONALES POR PAGAR A CORTO

PLAZO 2,246,553 RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR

CP 53,352

45,029,296 374,219,126 TOTAL DE INGRESOS:

1,657,108,656

Uso de efectivo: SERVICIOS PERSONALES 140,314,158

TRANS ASIG SUBSIDIOS Y OTS AYUDAS 47,351,335 SERVICIOS GENERALES 73,766,069 MATERIALES Y SUMINISTROS 15,860,579 DEUDA PUBLICA 5,493,318 OTROS GASTOS Y PERDIDAS

EXTRAORDINARIAS 36,055

Total de egresos:

282,821,515 MOVIMIENTOS DEUDORES

ACTIVO NO CIRCULANTE RET DEL SIST DE SEG SOCIAL P PAGAR A CP

26,283,034 23,214,218

CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR PAGA 11,239,576

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

6

RESULTADO DEL EJER AHORRO/DESAHORRO 5,850,321

PORCIÓN A CORTO PLAZO D LA DEUDA PUB INT 2,740,363

CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO 1,059,700 DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 779,968 DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A

CORTO PLA 68,322 OTS DER A RECIBIR EFE O EQUIVA A CP 33,722

71,269,223

TOTAL DE EGRESOS:

354,090,738

SALDO FINAL EN BANCOS E INVERSIONES:

1,303,017,918

H AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE USO DE EFECTIVO

PERIODO COMPRENDIDO DEL 01/01/2016 AL 31/03/2016

SALDO INICIAL EN BANCOS E INVERSIONES

712,209,960

ORIGEN DE EFECTIVO: INGRESOS:

IMPUESTOS 610,572,658 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS 685,791,013 DERECHOS 63,378,253 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 33,686,015 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 12,804,247 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 273,981

INGRESOS:

1,406,506,167

MOVIMIENTOS ACREEDORES

SERV PERSONALES POR PAGAR A CORTO PLAZO 33,429,808

CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR PAGA 29,641,376

DONACIONES DE CAPITAL 29,571,060 INVENTARIOS 12,872,431 IMP S NOM Y Q DERV D REL LAB P PAG A

CP 6,600,085 RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR

A CP 110,696

112,288,457 1,518,794,624 TOTAL DE INGRESOS:

2,231,004,583

Uso de efectivo: SERVICIOS PERSONALES 376,462,738

SERVICIOS GENERALES 165,077,331

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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TRANS ASIG SUBSIDIOS Y OTS AYUDAS 133,615,773 MATERIALES Y SUMINISTROS 39,071,058 DEUDA PUBLICA 15,608,473 OTROS GASTOS Y PERDIDAS

EXTRAORDINARIAS 1,792,530

Total de egresos:

731,627,903 MOVIMIENTOS DEUDORES

PROVEEDORES POR PAGAR A CORTO PLAZO 44,308,442

DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 44,782,494 CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR

PAGA 29,760,438 ACTIVO NO CIRCULANTE 44,106,286 RET DEL SIST DE SEG SOCIAL P PAGAR A CP 19,501,524 PROCIÓN A CORTO PLAZO D LA DEUDA

PUB INT 8,170,016 RESULTADO DEL EJER

AHORRO/DESAHORRO 4,763,500 CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO 635,515 DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A

CORTO PLA 206,562

OTS DER A RECIBIR EFE O EQUIVA A CP 123,985

196,358,762

TOTAL DE EGRESOS:

927,986,665

SALDO FINAL EN BANCOS E INVERSIONES:

1,303,017,918

En consecuencia, comparece el Contador Público Gilberto Enríquez

Sánchez, Tesorero Municipal quien da una breve explicación al Pleno

del Honorable Ayuntamiento de la situación financiera que guarda la

Administración Municipal, manifestando entre otros aspectos, que el

total de ingresos ascendió a la cantidad de $329´189,831 y por

concepto de egresos y otras pérdidas a la cantidad de $282´821,515.

En el punto V del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Carlos

Medina Plascencia, da lectura al dictamen de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y Desarrollo Institucional (se

agrega al apéndice del acta), que contiene lo siguiente: PRIMERO.-

Con fundamento en los artículos 115 fracción IV de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción VII de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76 fracción IV

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

8

incisos a) y b) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; 23, 24, 25, 28, 36 y 38 de la Ley para el Ejercicio y

Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de

Guanajuato se autoriza la tercera modificación al Presupuesto de

Egresos del Municipio de León, Guanajuato para el ejercicio 2016, en

el mes de abril, en los términos, conceptos y cantidades que se

detallan en el documento que como anexo forma parte integral del

presente acuerdo y que a continuación se insertan:

GOBIERNO MUNICIPAL DE LEÓN

TESORERÍA MUNICIPAL

MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL AL 18 DE ABRIL DE 2016

CONCEPTO Presupuesto

autorizado el 07 de Abril 2016

Presupuesto modificado

Diferencia

INGRESOS

Impuestos 905,792,312 905,792,312 -

Contribuciones de mejoras 29,020 29,020 -

Derechos 199,746,210 199,746,210 -

Productos de tipo corriente 46,818,983 46,818,983 -

Aprovechamientos de tipo corriente 147,819,284 147,819,284 -

Participaciones y Aportaciones 2,916,206,996 2,973,577,701 57,370,705

SUBTOTAL DE INGRESOS 4,216,412,805 4,273,783,510 57,370,705

Entradas:

Refrendos y remanentes 2015 782,060,230 782,060,230 -

SUBTOTAL ENTRADAS 782,060,230 782,060,230 -

-

TOTAL DE INGRESOS MAS ENTRADAS 4,998,473,035 5,055,843,740 57,370,705

EGRESOS -

Servicios Personales 1,717,373,579 1,717,373,579 -

Materiales y Suministros 219,526,583 219,608,583 82,000

Servicios Generales 637,256,784 637,116,784 (140,000)

Ayudas y transferencias 353,910,961 353,910,961 (0)

Bienes Muebles e Inmuebles 31,981,735 32,039,735 58,000

Obra Pública y Proyectos Estratégicos 1,795,751,145 1,853,121,849 57,370,704

Deuda Pública (intereses) 72,763,277 72,763,277 0

Deuda Pública(Capital) 48,508,970 48,508,970 0

TOTAL EGRESOS 4,877,073,035 4,934,443,740 57,370,705

SALIDAS:

Anticipo de participaciones 121,400,000 121,400,000 -

TOTAL SALIDAS 121,400,000 121,400,000 -

TOTAL DE EGRESOS MAS SALIDAS 4,998,473,035 5,055,843,740 57,370,705

EXCESO DE INGRESOS/EGRESOS 0 0 (0)

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

9

R Nombre Capítulo Nombre de Capítulo Presupuesto Autorizado.

Presupuesto Modificado.

Diferencia.

1009 PRESIDENTE MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,384,336.78 2,384,336.78 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 84,937.58 84,937.58 0.00

Total 1009

2,469,274.36 2,469,274.36 0.00

1010 SÍNDICOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,530,529.01 2,530,529.01 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,372.12 3,372.12 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 336,720.78 336,720.78 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

Total 1010

2,870,621.91 2,870,621.91 0.00

1011 REGIDORES 1000 SERVICIOS PERSONALES 13,809,488.18 13,809,488.18 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 538,462.09 538,462.09 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 798,808.07 798,808.07 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 750,000.00 750,000.00 0.00

Total 1011

15,896,758.34 15,896,758.34 0.00

1012

DELEGADOS Y SUBDELEGADOS MUNICIPALES 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,069,064.00 2,069,064.00 0.00

Total 1012

2,069,064.00 2,069,064.00 0.00

1195

DESPACHO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 9,812,527.29 9,812,527.29 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,115,912.41 1,115,912.41 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 2,514,292.20 2,514,292.20 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1195

13,442,731.90 13,442,731.90 0.00

1196

DIRECCION DE AGENDA Y EVENTOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 5,575,352.25 5,575,352.25 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 389,987.14 389,987.14 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 3,826,934.73 3,826,934.73 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1196

9,792,274.12 9,792,274.12 0.00

1197

DIRECCION ADMINISTRATIVA Y GESTIÓN SOCIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 0.00 0.00 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 21,024.70 21,024.70 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 58,349.64 58,349.64 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1197

79,374.34 79,374.34 0.00

1198

DIRECCION DE ATENCION CIUDADANA 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,296,133.44 4,296,133.44 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 193,706.88 193,706.88 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 1,783,324.66 1,783,324.66 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 16,499,999.96 16,499,999.96 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 4,000.00 4,000.00 0.00

Total 1198

22,777,164.94 22,777,164.94 0.00

1199

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 87,263.96 87,263.96 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 190,017.48 190,017.48 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1199

277,281.44 277,281.44 0.00

Page 10: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

10

1210 SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO

1000 SERVICIOS PERSONALES 6,088,550.82 6,088,550.82 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 546,370.15 546,370.15 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 61,036,128.00 61,036,128.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 63,000.00 63,000.00 0.00

Total 1210

67,734,048.97 67,734,048.97 0.00

1211

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,936,666.42 10,936,666.42 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 494,470.16 494,470.16 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 771,292.26 771,292.26 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 85,000.00 85,000.00 0.00

Total 1211

12,287,428.84 12,287,428.84 0.00

1212

DIRECCION GENERAL DE GOBIERNO 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,278,771.87 6,278,771.87 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 92,855.85 92,855.85 0.00

Total 1212

6,371,627.72 6,371,627.72 0.00

1213

DIRECCION DE ASUNTOS INTERNOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,747,549.89 4,747,549.89 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 339,930.07 339,930.07 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 534,597.59 534,597.59 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 23,500.00 23,500.00 0.00

Total 1213

5,645,577.55 5,645,577.55 0.00

1214

DIRECCION DE FUNCION EDILICIA Y NORMATIV 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,316,508.47 10,316,508.47 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 126,742.42 126,742.42 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 468,498.69 468,498.69 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 3,000.00 3,000.00 0.00

Total 1214

10,914,749.58 10,914,749.58 0.00

1215

DIRECCION GENERAL DE VERIFICACION NORMAT 1000 SERVICIOS PERSONALES 13,955,530.99 13,955,530.99 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,516,065.62 1,516,065.62 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 1,157,347.54 1,157,347.54 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 30,000.00 30,000.00 0.00

Total 1215

16,658,944.15 16,658,944.15 0.00

1216

DIRECCION DEL ARCHIVO HISTORICO 1000 SERVICIOS PERSONALES 5,014,404.72 5,014,404.72 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 131,896.21 131,896.21 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 656,521.43 656,521.43 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1216

5,802,822.36 5,802,822.36 0.00

1217 DIRECCIÓN DE MEDIACIÓN 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,318,888.80 6,318,888.80 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 442,749.00 442,749.00 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 393,911.38 393,911.38 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 45,000.00 45,000.00 0.00

Total 1217

7,200,549.18 7,200,549.18 0.00

1310 TESORERIA MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,795,923.95 4,795,923.95 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 358,831.52 358,831.52 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 6,196,114.31 6,196,114.31 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 622,587.42 622,587.42 0.00

Total 1310

11,973,457.20 11,973,457.20 0.00

1311

DIRECCION GENERAL DE EGRESOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,742,457.80 10,742,457.80 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 310,678.11 310,678.11 0.00

Page 11: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

11

3000 SERVICIOS GENERALES 4,924,947.89 4,924,947.89 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 397,000.00 397,000.00 0.00

Total 1311

16,375,083.80 16,375,083.80 0.00

1312

DIRECCION GENERAL DE GESTION ADMINISTRA 1000 SERVICIOS PERSONALES 11,166,999.85 11,166,999.85 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 5,508,493.68 5,508,493.68 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 5,646,076.34 5,646,076.34 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 570,766.00 570,766.00 0.00

Total 1312

22,892,335.87 22,892,335.87 0.00

1313

DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INMOBILIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 0.00 0.00 0.00

Total 1313

0.00 0.00 0.00

1314

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS 1000 SERVICIOS PERSONALES 53,588,702.91 53,588,702.91 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,365,807.19 2,365,807.19 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 27,151,866.37 27,151,866.37 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 300,000.00 300,000.00 0.00

Total 1314

83,406,376.47 83,406,376.47 0.00

1315

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES 1000 SERVICIOS PERSONALES 36,013,088.56 36,013,088.56 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,755,015.81 1,755,015.81 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 7,762,071.47 7,762,071.47 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 100,000.00 100,000.00 0.00

Total 1315

45,630,175.84 45,630,175.84 0.00

1316

DIRECCION GENERAL DE INVERSION FINANCIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,857,080.42 6,857,080.42 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 203,361.51 203,361.51 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 968,578.77 968,578.77 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 86,400.00 86,400.00 0.00

Total 1316

8,115,420.70 8,115,420.70 0.00

1410 CONTRALORIA MUNICIPAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 27,091,506.99 27,091,506.99 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 751,739.49 751,739.49 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 2,583,138.39 2,583,138.39 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 150,000.00 150,000.00 0.00

Total 1410

30,576,384.87 30,576,384.87 0.00

1510

SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA 1000 SERVICIOS PERSONALES 14,586,385.41 14,586,385.41 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,073,936.80 1,073,936.80 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 5,191,679.72 5,191,679.72 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1510

20,852,001.93 20,852,001.93 0.00

1512 DIRECCION DE POLICIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 504,554,536.97 504,554,536.97 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 100,698,285.25 100,698,285.25 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 41,527,775.10 41,527,775.10 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 8,219,427.00 8,219,427.00 0.00

Total 1512

655,000,024.32 655,000,024.32 0.00

1513

DIRECCION GENERAL DE TRANSITO 1000 SERVICIOS PERSONALES 231,889,792.05 231,889,792.05 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 37,746,716.27 37,746,716.27 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 15,847,625.11 15,847,625.11 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 8,140,400.07 8,140,400.07 0.00

Total 1513

293,624,533.50 293,624,533.50 0.00

Page 12: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

12

1514

DIRECCION DE PROTECCION CIVIL 1000 SERVICIOS PERSONALES 17,530,666.80 17,530,666.80 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,397,301.73 3,397,301.73 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 1,709,799.66 1,709,799.66 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 155,000.00 155,000.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 150,000.00 150,000.00 0.00

Total 1514

22,942,768.19 22,942,768.19 0.00

1515

DIRECCION DE ARBITROS CALIFICADORES 1000 SERVICIOS PERSONALES 37,461,952.41 37,461,952.41 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,491,366.37 1,491,366.37 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 949,361.79 949,361.79 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 160,000.00 160,000.00 0.00

Total 1515

40,062,680.57 40,062,680.57 0.00

1516

SUBSECRETARIA DE PREVENCION SOCIAL 3000 SERVICIOS GENERALES 0.00 0.00 0.00

Total 1516

0.00 0.00 0.00

1517

DIRECCION GENERAL DE PREVENCION DEL DELI 1000 SERVICIOS PERSONALES 16,555,536.49 16,555,536.49 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,682,038.76 1,682,038.76 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 1,005,361.99 1,005,361.99 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1517

19,242,937.24 19,242,937.24 0.00

1519

DIRECCION DE CENTRO DE FORMACIÓN POLICIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 14,088,245.73 14,088,245.73 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 0.00 0.00 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 241,562.39 241,562.39 0.00

Total 1519

14,329,808.12 14,329,808.12 0.00

1520

DIRECCION DE SISTEMA DE COMPUTO COMANDO 1000 SERVICIOS PERSONALES 38,313,232.61 38,313,232.61 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 650,379.46 650,379.46 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 7,564,657.16 7,564,657.16 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 2,296,199.95 2,296,199.95 0.00

Total 1520

48,824,469.18 48,824,469.18 0.00

1610

DIRECCION GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,397,024.82 10,397,024.82 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 392,563.38 392,563.38 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 60,934,047.24 60,934,047.24 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 200,000.00 200,000.00 0.00

Total 1610

71,923,635.44 71,923,635.44 0.00

1710

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO INSTITUC 1000 SERVICIOS PERSONALES 62,883,267.42 62,883,267.42 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 1,123,890.76 1,273,890.76 150,000.00

3000 SERVICIOS GENERALES 12,091,177.89 11,941,177.89 -150,000.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 5,500,000.00 5,500,000.00 0.00

Total 1710

81,598,336.07 81,598,336.07 0.00

1810

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO RURAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 11,726,484.03 11,726,484.03 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,714,499.63 2,714,499.63 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 3,145,889.16 3,145,889.16 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 3,700,000.04 3,700,000.04 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 100,000.00 100,000.00 0.00

Page 13: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

13

Total 1810

21,386,872.86 21,386,872.86 0.00

1815

DIR. GRAL. DE DESARROLLO HUMANO 1000 SERVICIOS PERSONALES 4,457,020.67 4,457,020.67 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 70,877.05 70,877.05 0.00

Total 1815

4,527,897.72 4,527,897.72 0.00

1910

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL 1000 SERVICIOS PERSONALES 49,477,543.55 49,477,543.55 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 7,661,382.59 7,661,382.59 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 12,526,896.01 12,526,896.01 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 6,997,216.00 6,997,216.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 1910

76,663,038.15 76,663,038.15 0.00

2010

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO 1000 SERVICIOS PERSONALES 46,536,717.88 46,536,717.88 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,331,368.36 2,331,368.36 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 3,283,263.50 3,283,263.50 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 215,000.00 215,000.00 0.00

Total 2010

52,366,349.74 52,366,349.74 0.00

2110

DIRECCION GENERAL DE ECONOMIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 13,226,751.65 13,226,751.65 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 485,220.35 485,220.35 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 5,913,740.14 5,913,740.14 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 55,230.00 55,230.00 0.00

Total 2110

19,680,942.14 19,680,942.14 0.00

2111

DIRECCION DE COMERCIO Y CONSUMO 1000 SERVICIOS PERSONALES 18,324,517.23 18,324,517.23 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 2,195,503.61 2,195,503.61 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 2,106,861.88 2,106,861.88 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 26,000.00 26,000.00 0.00

Total 2111

22,652,882.72 22,652,882.72 0.00

2210

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION 1000 SERVICIOS PERSONALES 21,973,677.58 21,973,677.58 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 941,988.15 941,988.15 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 7,451,030.76 7,451,030.76 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 5,754,864.76 5,754,864.76 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 48,000.00 48,000.00 0.00

Total 2210

36,169,561.25 36,169,561.25 0.00

2310

DIRECCION GENERAL DE MEDIO AMBIENTE SUST 1000 SERVICIOS PERSONALES 38,177,753.21 38,177,753.21 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 4,037,555.84 3,969,555.84 -68,000.00

3000 SERVICIOS GENERALES 41,572,999.30 41,572,999.30 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 186,225.00 254,225.00 68,000.00

Total 2310

83,974,533.35 83,974,533.35 0.00

2410

DIRECCION GENERAL DE MOVILIDAD 1000 SERVICIOS PERSONALES 42,849,944.75 42,849,944.75 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 4,879,542.77 4,879,542.77 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 31,624,329.03 31,624,329.03 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 130,000.00 130,000.00 0.00

Total 2410

79,483,816.55 79,483,816.55 0.00

2510

DIRECCION GENERAL DE OBRA PUBLICA 1000 SERVICIOS PERSONALES 64,421,493.59 64,421,493.59 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 15,978,715.69 15,978,715.69 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 220,646,796.94 220,646,796.94 0.00

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

14

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 775,000.00 775,000.00 0.00

Total 2510

301,822,006.22 301,822,006.22 0.00

2610

DIRECCION GENERAL DE SALUD 1000 SERVICIOS PERSONALES 42,528,395.40 42,528,395.40 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 3,969,886.61 3,969,886.61 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 5,726,666.51 5,726,666.51 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 122,500.00 122,500.00 0.00

Total 2610

52,347,448.52 52,347,448.52 0.00

2615

SERV DE LIMPIA RECO TRAS DISP Y APRO DE 1000 SERVICIOS PERSONALES 34,302,040.07 34,302,040.07 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 464,976.30 464,976.30 0.00

Total 2615

34,767,016.37 34,767,016.37 0.00

2810

EGRESO APLICABLE A DIVERSAS DEPENDENCIAS 1000 SERVICIOS PERSONALES 87,850,000.00 87,850,000.00 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 8,323,327.21 8,323,327.21 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 19,439,676.06 19,439,676.06 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 1,314,637.41 1,314,637.41 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 3,000,000.00 3,000,000.00 0.00

Total 2810

119,927,640.68 119,927,640.68 0.00

3010 DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL 9000 DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL 121,272,246.98 121,272,246.98 0.00

Total 3010

121,272,246.98 121,272,246.98 0.00

3110

DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO 1000 SERVICIOS PERSONALES 9,097,247.02 9,097,247.02 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 174,441.99 174,441.99 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 4,623,488.33 4,623,488.33 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 550,000.00 550,000.00 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 57,500.00 57,500.00 0.00

Total 3110

14,502,677.34 14,502,677.34 0.00

4010

UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLIC 1000 SERVICIOS PERSONALES 2,365,466.35 2,365,466.35 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 126,901.46 126,901.46 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 615,737.82 625,737.82 10,000.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 50,000.00 40,000.00 -10,000.00

Total 4010

3,158,105.63 3,158,105.63 0.00

4011

JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES 1000 SERVICIOS PERSONALES 6,266,106.39 6,266,106.39 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 177,053.80 177,053.80 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 518,098.83 518,098.83 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 70,000.00 70,000.00 0.00

Total 4011

7,031,259.02 7,031,259.02 0.00

4012

DEFENSORIA DE OFICIO EN MATERIA ADMINIST 1000 SERVICIOS PERSONALES 974,342.20 974,342.20 0.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 70,836.50 70,836.50 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 232,997.90 232,997.90 0.00

5000

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 0.00 0.00 0.00

Total 4012

1,278,176.60 1,278,176.60 0.00

4013

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 21,165,788.31 21,165,788.31 0.00

Total 4013

21,165,788.31 21,165,788.31 0.00

5010 PATRONATO DE BOMBEROS 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 45,022,629.19 45,022,629.19 0.00

Total 5010

45,022,629.19 45,022,629.19 0.00

Page 15: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

15

5011

COMISIÓN MUNICIPAL DE DEPORTE Y CULTURA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 16,407,773.31 16,407,773.31 0.00

Total 5011

16,407,773.31 16,407,773.31 0.00

5012 DIF - LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 76,056,256.74 76,056,256.74 0.00

Total 5012

76,056,256.74 76,056,256.74 0.00

5013 PATRONATO EXPLORA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 12,565,213.08 12,565,213.08 0.00

Total 5013

12,565,213.08 12,565,213.08 0.00

5017

INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 50,672,771.94 50,672,771.94 0.00

Total 5017

50,672,771.94 50,672,771.94 0.00

5018

INSTITUTO CULTURAL DE LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 40,513,173.42 40,513,173.42 0.00

Total 5018

40,513,173.42 40,513,173.42 0.00

5019

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 6,430,676.92 6,430,676.92 0.00

Total 5019

6,430,676.92 6,430,676.92 0.00

5021

PATRONATO DEL PARQUE ZOOLÓGICO DE LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 11,922,801.09 11,922,801.09 0.00

Total 5021

11,922,801.09 11,922,801.09 0.00

5050 PROMOTURÍSTICA 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 3,447,356.40 3,447,356.40 0.00

Total 5050

3,447,356.40 3,447,356.40 0.00

5051 FIDOC 1000 SERVICIOS PERSONALES 10,648,567.81 10,648,567.81 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 154,644.44 154,644.44 0.00

4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

Total 5051

10,803,212.25 10,803,212.25 0.00

5052 FIDEICOMISO CONVIVE 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 14,223,192.75 14,223,192.75 0.00

Total 5052

14,223,192.75 14,223,192.75 0.00

5053

PATRONATO DEL PARQUE ECOLÓGICO METROPOLI 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 4,985,039.44 4,985,039.44 0.00

Total 5053

4,985,039.44 4,985,039.44 0.00

5054 FIDAPIM 1000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 9,518,805.60 9,518,805.60 0.00

3000 SERVICIOS GENERALES 137,435.90 137,435.90 0.00

Total 5054

9,656,241.50 9,656,241.50 0.00

5056

MUSEO DE LA CIUDAD DE LEÓN 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 2,969,483.82 2,969,483.82 0.00

Total 5056

2,969,483.82 2,969,483.82 0.00

5057

SISTEMA INTEGRAL ASEO PUBLICO 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 11,807,086.77 11,807,086.77 0.00

Total 5057

11,807,086.77 11,807,086.77 0.00

5058

ACADEMIA METROPOLITANA DE LEON 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

Total 5058

0.00 0.00 0.00

5059

FIDEICOMISO CIUDAD INDUSTRIAL 4000 AYUDAS Y TRANSFERENCIAS 0.00 0.00 0.00

Total 5059

0.00 0.00 0.00

PPTO INV

Obra Pública y Proyectos Estratégicos

Obra Pública y Proyectos Estratégicos 1,795,751,144.81 1,853,121,849.74 57,370,704.93

Total PPTO INV

1,795,751,144.81 1,853,121,849.74 57,370,704.93

Total general

4,877,073,036.60 4,934,443,741.53 57,370,704.93

Page 16: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

16

RAMO 33 EJERCICIO 2016

TECHOS FINANCIEROS RAMO 33

Concepto Fondo I Fondo II Total

Recursos Ramo 33 209,686,488 725,644,920 935,331,408

Reducción x disminución de aportaciones -4,819,062

-4,819,062

Diferencia por monto asignado 2016 49,037,439 49,037,439

Autorizado 2016 POF 204,867,426 774,682,359 979,549,785

Mas:

Remanente no comprometido

11,678,459

4,383,048

16,061,507

Remanente comprometido

184,866,680

3,137,188

188,003,869

productos financieros 2015

1,531,278 -

1,496,812

34,466

Productos financieros 2016 4,912,818 1,139,078 6,051,896

Total recursos Ramo 33 202,989,236 7,162,502 210,151,738

Total 407,856,662 781,844,861 1,189,701,523

RAMO 33 FONDO I FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

CONCEPTO PRESUPUESTO AUTORIZADO

OBRA PÚBLICA Y PROY. ESTRATÉGICOS 407,856,662

RAMO 33 FONDO II FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL

CONCEPTO PRESUPUESTO

INICIAL INCREMENTO

PRESUPUESTO AUTORIZADO

SERVICIOS PERSONALES: 348,098,664 0 348,098,664

Policía Municipal

346,959,586 346,959,586

productos financieros 2013 0 0

productos financieros 2015 0 0

Productos financieros 2016 1,139,078 1,139,078

Remanente 2014 0

DEUDA PÚBLICA 121,272,247 0 121,272,247

DEUDA PÚBLICA CAPITAL

48,508,970.00 48,508,970

DEUDA PÚBLICA INTERESES

72,420,449.00 72,420,449

REMANENTES COMPROMETIDOS

342,828.00 342,828

INVERSIÓN FÍSICA:

6,520,400.00

-

6,520,400.00

Tránsito

5,500,000.00 5,500,000

REMANENTE SIN COMPROMETER

1,020,400.00 1,020,400

OBRA PUBLICA:

305,953,550.89 0 305,953,551

SIAP Recolección de Basura

183,812,225.89 183,812,226

SIAP Barrido de Calles 27,706,388

27,706,388

SIAP Remanente COMP. 224 224

Gestión Ambiental Mantto. Y conserv espacios 88,277,928 88,277,928

Gestión Ambiental REM COMP. Mantto. Y conserv espacios 2,794,137 2,794,137

Gestión Ambiental REM NO COMP. Mantto. Y conserv espacios

715,068 715,068

Gestión Ambiental REM NO COMP. Servicio Limpieza 2,647,580 2,647,580

TOTAL 781,844,862 0 781,844,862

Page 17: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

17

INTEGRACIÓN OBRA PÚBLICA AUTORIZADO

INICIAL MODIFICACION PRESUPUESTAL

TOTAL

MUNICIPAL

717,087,704.58 717,087,704.58

RAMO 33 F I

407,856,660.94 407,856,660.94

RAMO 33 F II

305,953,551.00 305,953,551.00

ESTATAL

62,729,354.57 57,370,704.93 120,100,059.50

FEDERAL

302,123,873.59 302,123,873.59

TOTAL

1,795,751,144.68 57,370,704.93 1,853,121,849.61

ENTIDADES PRESUPUESTO AUTORIZADO

INGRESOS EGRESOS

SAPAL 1,893,517,955 1,893,517,955

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACION 20,829,309 20,829,309

INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 140,070,088 140,070,088

INSTITUTO CULTURAL DE LEON 50,097,029 50,097,029

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER 10,699,226 10,699,226

COMISION MUNICIPAL DEL DEPORTE DE LEÓN Y 69,500,724 69,500,724

PARQUE ZOOLOGICO DE LEON 45,062,644 45,062,644

PATRONATO DE BOMBEROS 50,121,432 50,121,432

PATRONATO EXPLORA 35,030,265 35,030,265

D.I.F. LEON 87,587,541 87,587,541

PATRONATO DE LA FERIA Y PARQUE ECOLÓGICO 119,508,806 119,508,806

SAPAL RURAL 43,692,612 43,692,612

SISTEMA INTEGRAL DE ASEO PUBLICO 28,755,666 28,755,666

PARQUE ECOLÓGICO METROPOLITANO 42,072,827 42,072,827

ACADEMIA METROPOLITANA DE LEON 14,340,960 14,340,960

FIDEICOMISOS:

PROMOCION JUVENIL (CONVIVE) 13,808,925 13,808,925

FIDEICOMISO DE OBRAS POR COOPERACIÓN 13,527,999 13,527,999

Page 18: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

18

MUSEO DE LA CIUDAD 2,914,094 2,914,094

PROMOTURISTICA 3,346,948 3,346,948

FIDEICOMISO CIUDAD INDUSTRIAL DE LEON 4,152,573 4,152,573

SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal para que realice todos

los ajustes necesarios a la estructura programática, resultado de la

modificación presupuestal, con base en la información que las

Entidades y Dependencias proporcionen para tal efecto; asimismo con

fundamento en el artículo 38 de la Ley para el Ejercicio y Control de

los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato,

para que remita copia certificada de la presente modificación al

Congreso del Estado, para los efectos de su competencia.

TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del

Gobierno del Estado de Guanajuato de conformidad al artículo 36 de

la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el

Estado y los Municipios de Guanajuato. En seguida, el Contador

Público Gilberto Enríquez Sánchez, Tesorero Municipal, realiza una

breve exposición sobre el punto en mención. En uso de la voz, el

Presidente manifiesta que conforme a derecho, la modificación

requiere para su aprobación mayoría absoluta, asimismo, someterse a

consideración primeramente en lo general y seguido de ello en lo

particular, en el entendido que las áreas o partidas presupuestales que

no sean reservadas se tendrán por aprobadas en lo particular. Por lo

anterior, el Presidente somete a la consideración del Cuerpo Edilicio,

en lo general, la modificación al Presupuesto de Egresos del Municipio

de León, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2016 en el mes de abril, la

cual es aprobada por unanimidad y al no haber reservas en lo

particular se tiene por aprobada en dicho sentido.

En el punto VI del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Carlos

Medina Plascencia, da lectura al dictamen de la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública y Desarrollo Institucional (se

agrega al apéndice del acta), que contiene lo siguiente: PRIMERO.-

Page 19: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

19

Con fundamento en los artículos 115 fracción IV de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción VII de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76 fracción II

inciso g) y IV inciso a) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato; 1 fracción II, 3, 5, 15, 18 y 21 de la Ley de

Obra Pública y Servicios Relacionados con la misma para el Estado y

los Municipios de Guanajuato se aprueba la tercera modificación del

Programa de Inversión Pública para el Municipio de León, Guanajuato,

para el ejercicio fiscal 2016 en el mes de abril, en los términos del

documento que como anexo forma parte integral del presente acuerdo

y que a continuación se insertan:

PRESUPUESTO AUTORIZADO, PROGRAMA DE INVERSIÓN, TERCERA MODIFICACIÓN, ABRIL 25, 2016.

FEDERAL

Ramo 33 OTROS

RAMOS DATOS

DEPENDENCIA INFORMACIÓN DEL

PROYECTO MODIFICACIÓN

UR

NOMBRE DE LA

DEPENDENCIA

NÚMERO DE

PROYECTO 2016

NOMBRE DEL PROYECTO

(ACORDE AL PROGRAMA DE

GOBIERNO)

TECERA MODIFICACIÓN ABRIL 25,

2016

TOTAL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN A LA TERCERA MODIFICACIÓ

N

MUNICIPAL ESTATAL FISM FAFM OTROS RAMOS

1 Seguridad Ciudadana

5058

Academia Metropolitana de Seguridad Pública de León

5058

Academia Metropolit

ana de Seguridad Pública de

León

405

Capacitación Institucional para Futuros Elementos de Seguridad Pública

$21,000,000.00 $21,000,000.

00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5058

Academia Metropolit

ana de Seguridad Pública de

León

406

Programa de Fortalecimiento de la Academia Metropolitana de Seguridad Pública de León

$0.00 $1,800,000.00 $1,800,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5058

TOTAL Academia Metropolitana de Seguridad Pública de León

$0.00 $22,800,000.00 $22,800,000.

00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5010

Patronato de Bomberos de León

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

20

5010

Patronato de

Bomberos de León

516

Fortalecimiento de protección civil en materia de incendios (Bomberos)

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5010

TOTAL Patronato de Bomberos de León

$0.00 $500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1217

Dirección de Mediación- Dirección General de Gobierno

1217

Dirección de

Mediación- Dirección

General de Gobierno

464 Mediación, una Enseñanza para la Vida

$112,500.00 $112,500.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1217

TOTAL Dirección de Mediación- Dirección General de Gobierno

$0.00 $112,500.00 $112,500.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de Seguridad Pública

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

320

Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. (Seguridad Pública)

$154,527.53 $154,527.53 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

465

Actualización de Padrón Vehicular de la Secretaria de Seguridad

$300,000.00 $300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

466

Equipamiento de Equipo Tecnológico a la Secretaría de Seguridad Pública (Combate a la Inseguridad)

$21,000,000.00 $21,000,000.

00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

467

GPS Para Unidades Operativas de la SSP

$1,250,000.00 $1,250,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

478 SUBSEMUN 2015

$4,000.00 $4,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 21: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

21

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

508

Programa de Certificación Internacional en Calidad (Comisión de Acreditación para Corporaciones de Seguridad Pública, Triple arco e Iso 9001:2008). SSP

$700,000.00 $700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

509

Programa "Homologación de instrumentos normativos"

$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

903 SUBSEMUN (Remanente 2014)

$3,335.65 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $3,335.65

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

950 SUBSEMUN (Remanente 2015)

$2,013,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,013,000.0

0

1510

Secretaría de

Seguridad Pública

955 FORTASEG 2016

$103,687,274.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

$103,687,274.00

1510

TOTAL DE Secretaría de Seguridad Pública

$0.00 $129,312,137.1

8 $23,608,527.

53 $0.00 $0.00 $0.00

$105,703,609.65

1520

Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando, Comunicaciones y Control

1520

Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando,

Comunicaciones y Control

468

Programa de respuesta inmediata a emergencias.

$6,650,000.00 $6,650,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1520

Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando,

Comunicaciones y Control

526

Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. C4

$3,539,999.87 $3,539,999.8

7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1520

Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando,

Comunicaciones y Control

507

Programa de Certificación Internacional en Calidad (Comisión de Acreditación para Corporaciones de Seguridad Pública, Triple arco e Iso 9001:2008). C4

$1,700,000.00 $1,700,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1520

TOTAL Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando, Comunicaciones y Control

$0.00 $11,889,999.87 $11,889,999.

87 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 22: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

22

1515

Dirección General de Oficiales Calificadores

1515

Dirección General de

Oficiales Calificadore

s

469

Programa de Dignificación y Equipamiento de las Dependencias de la SSP (Oficiales Calificadores)

$1,820,000.00 $1,820,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1515

TOTAL General de Oficiales Calificadores

$0.00 $1,820,000.00 $1,820,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1517

Dirección de Prevención del Delito, Combate a las Adicciones y Participación Civil

1517

Dirección de

Prevención del Delito, Combate a

las Adicciones

y Participació

n Civil

470 1,2,3 Por mi Colonia

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1517

Dirección de

Prevención del Delito, Combate a

las Adicciones

y Participació

n Civil

471

Programa Integral de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia

$2,731,803.28 $2,731,803.2

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1517

TOTAL Dirección de Prevención del Delito, Combate a las Adicciones y Participación Civil

$0.00 $2,731,803.28 $2,731,803.2

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1514

Dirección General de Protección Civil

1514

Dirección General de Protección

Civil

472 Cultura en Materia de Protección Civil

$72,702.61 $72,702.61 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1514

Dirección General de Protección

Civil

473

Fortalecimiento de las operaciones de Protección Civil

$1,836,691.84 $1,836,691.8

4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1514

TOTAL Dirección General de Protección Civil

$0.00 $1,909,394.45 $1,909,394.4

5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1513

Dirección General de Tránsito Municipal

Page 23: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

23

1513

Dirección General de

Tránsito Municipal

474 Programa Integral de Semaforización

$1,540,000.00 $1,540,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1513

Dirección General de

Tránsito Municipal

502 Señalamiento Vial

$5,460,000.00 $5,460,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1513

Dirección General de

Tránsito Municipal

503 Seguridad Vial (Alcoholímetro)

$700,000.00 $700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1513

Dirección General de

Tránsito Municipal

504 Vigilancia vial digital

$1,400,000.00 $1,400,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1513

TOTAL Dirección General de Tránsito Municipal

$0.00 $9,100,000.00 $9,100,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1512

Dirección General de Policía Municipal

1512

Dirección General de

Policía Municipal

366

Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. (Policía)

$905,000.10 $905,000.10 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1512

Dirección General de

Policía Municipal

525

Programa de dignificación y equipamiento las dependencias de la Secretaria de Seguridad Pública. (Policía)

$1,500,000.00 $1,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1512

Dirección General de

Policía Municipal

506

Programa de inteligencia, coordinación y fuerza contra delitos de alto impacto.

$2,000,000.00 $2,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1512

TOTAL Dirección General de Policía Municipal

$0.00 $4,405,000.10 $4,405,000.1

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1510-1512-1513-1514-1515-1517-1520

TOTAL GLOBAL Secretaría de Seguridad Pública

$0.00 $161,168,334.8

8 $55,464,725.

23 $0.00 $0.00 $0.00

$105,703,609.65

1 Total Seguridad Ciudadana

$0.00 $184,580,834.8

8 $78,877,225.

23 $0.00 $0.00 $0.00

$105,703,609.65

2 Inclusión al Desarrollo

5011

Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León (COMUDE)

Page 24: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

24

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

322

Programa de fomento a la infraestructura deportiva (FOPADEM)

$1,268,902.88 $1,268,902.8

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

401

Fortalecimiento del deporte de alto rendimiento (Becas)

$1,500,000.00 $1,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

402 Programa de deporte y activación física

$300,000.00 $300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

403

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva

$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

367

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva

$492,767.04 $492,767.04 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

360

Construcción, Rehabilitación y Equipamiento de Instalaciones Deportivas

$615,343.45 $615,343.45 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

361

Rescate, Reactivación y Modernización de Canchas Deportivas

$535,844.87 $535,844.87 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

404

Fortalecimiento del deporte de alto rendimiento (Competencias Deportivas)

$700,000.00 $700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 25: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

25

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

491

Programa de atracción de grandes eventos deportivos

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

492

Programa de Deporte y Activación Física(Servidores Públicos)

$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

814

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" (Remanente 2015) (Canchas Deportivas)

$527,379.54 $0.00 $527,379.54 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

815

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" (Remanente 2014)

$15,739.64 $0.00 $15,739.64 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

816

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" (Remanente 2015) Instalaciones Deportivas)

$949,876.26 $0.00 $949,876.26 $0.00 $0.00 $0.00

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

918

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva "Luis Rodríguez y Remodelación Auditorio Fernández Martínez (Remanente 2014)

$1,264.90 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,264.90

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

919

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva Centro Comunitario San Nicolás de los González en León (FOPEDEP) (Remanente 2014)

$568,036.45 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $568,036.45

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

920

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva" Infraestructura del Centro Comunitario San Nicolás de los González en el Municipio de León (FID) (Remanente 2014)

$583,093.58 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $583,093.58

Page 26: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

26

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

921

Programa de Fomento a la infraestructura Deportiva (FOPADEM) (Remanente 2015)

$3,251,959.69 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $3,251,959.6

9

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

925

FORTALECE 2016 (Parques de la Salud, San Sebastian)

$2,013,003.26

$2,013,003.26 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,013,003.2

6

5011

Comisión Municipal

de Deporte y Cultura Física de

León (COMUDE)

926

FORTALECE 2016 (Parques de la Salud, Santo Domingo)

$2,638,585.95

$2,638,585.95 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,638,585.9

5

5011

TOTAL Comisión Municipal de Deporte y Cultura Física de León (COMUDE)

$4,651,589.2

1 $17,361,797.51

$6,812,858.24

$1,492,995.44

$0.00 $0.00 $9,055,943.8

3

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León Gto.

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

412

Asistencia social a personas en situación de vulnerabilidad: entrega auxiliares auditivos y hemodiálisis

$280,000.00 $280,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

302 Espacios de calidad en la vivienda

$1,500,000.00 $1,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

362

Capillas de velación y Servicios Funerarios las Joyas

$1,993.81 $1,993.81 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 27: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

27

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

622

Comedores comunitarios (Remanente 2015)

$3,464,119.73 $0.00 $0.00 $3,464,119.7

3 $0.00 $0.00

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

651 Programas Varios del DIF

$4,924,147.01 $0.00 $0.00 $4,924,147.0

1 $0.00 $0.00

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

655

Comedores comunitarios(Rendimientos Financieros de Ramo 33 FISM por $ 42,531.14) (Remanente 2015)

$160,840.96 $0.00 $0.00 $160,840.96 $0.00 $0.00

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

413

Remodelación y Equipamiento del centro Especializado de Estimulación Múltiple

$140,000.00 $140,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5012

Sistema de Desarrollo Integral de la Familia

en el Municipio de León,

Gto.

414 Taller de Lengua de Señas

$80,000.00 $80,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5012

TOTAL DEL Sistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Gto.

$0.00 $10,551,101.51 $2,001,993.8

1 $0.00

$8,549,107.70

$0.00 $0.00

1810-1816-1910

Dirección General de Desarrollo Humano

1810

Dirección de Desarrollo Rural, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Humano

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

331

Programa de infraestructura y servicios básicos

$308,908.76 $308,908.76 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 28: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

28

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

332

Conectividad y Accesibilidad en comunidades rurales

$104,216.57 $104,216.57 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

333 Apoyo al campo

$267,412.71 $267,412.71 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

416 Agroecología y Reconversión Productiva

$1,000,000.00 $1,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

417 Apoyo al Campo

$1,500,000.00 $1,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

513 3x1 Migrantes Rural

$1,500,000.00 $1,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

514 Empleo Temporal

$1,000,000.00 $1,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

6001

Programas Rural (Remanente 2012)

$1,096,616.64 $0.00 $0.00 $1,096,616.6

4 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

607

Apoyos a la vivienda (Techo Digno, Piso Firme y Baño Digno) (Incluye $ 5´331,579.62 de Rendimientos financieros del Ramo 33)(Remanente 2014)

$512,490.96 $0.00 $0.00 $512,490.96 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

625

Redes de Agua Potable (Remanente 2013)

$657,184.07 $0.00 $0.00 $657,184.07 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

626

Redes de Alcantarillado (Remanente 2013)

$148,080.61 $0.00 $0.00 $148,080.61 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

627

Construcción de Redes de Agua y Alcantarillado (Remanente 2014)

$8,205,177.46 $0.00 $0.00 $8,205,177.4

6 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

656 3x1 Migrantes R-33

$3,000,000.00

$3,000,000.00 $0.00 $0.00 $3,000,000.0

0 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

802

Fider (Electrificaciones y otros) (Remanente 2013)

$16,324.80 $0.00 $16,324.80 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

803

Apoyos al campo con programas federales (Remanente 2014)

$125,252.09 $0.00 $125,252.09 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

804

Fider (Electrificaciones y Otros) (Remanente 2014)

$866,132.67 $0.00 $866,132.67 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

850

Apoyos al campo con programas federales (Remanente 2014)

$421,006.55 $0.00 $421,006.55 $0.00 $0.00 $0.00

1810

Dirección de

Desarrollo Rural

951

Apoyos al campo con programas federales (Remanente 2014)

$546,774.67 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $546,774.67

Page 29: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

29

1810 TOTAL DESARROLLO RURAL

$3,000,000.0

0 $21,275,578.56

$5,680,538.04

$1,428,716.11

$13,619,549.74

$0.00 $546,774.67

1816

Dirección de Programas Estratégicos, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Humano

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

304 3x1 Migrantes $4,026,093.46 $4,026,093.4

6 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

328 Empleo Temporal

$2,000,000.00 $2,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

334

Programa de Infraestructura (Hábitat, PDZP, PREP)

$18,943,444.55 $18,943,444.

55 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

335 Pavimentación de Calles PEF 2015

$1,229,649.00 $1,229,649.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

505

Programa de infraestructura y servicios básicos (Plantas de Tratamiento)

$1,975,000.00 $1,975,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

529

Programa de Construcción y Rehabilitación de Bordería

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

601 Fider ( Electrificaciones y Otros) R-33

$5,000,000.00 $0.00 $0.00 $5,000,000.0

0 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

602 Adrenel y electrificaciones R-33

$29,200,000.00 $0.00 $0.00 $29,200,000.

00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

603

Programa de Infraestructura (HABITAT, PDZP, PREP) R-33

$10,000,000.00 $0.00 $0.00 $10,000,000.

00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

604 Techo Digno R-33

$55,079,981.01 $0.00 $0.00 $55,079,981.

01 $0.00 $0.00

Page 30: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

30

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

605 3x1 Migrantes R-33

-$3,000,000.0

0 $5,000,000.00 $0.00 $0.00

$5,000,000.00

$0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

628 Vivienda MEVI (Remanente 2015)

$7,998,422.39 $0.00 $0.00 $7,998,422.3

9 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

629

Adrenel Municipal (antes Fider Urbano)(Incluye $ 747,023.71 de rendimientos Financieros de ramo 33) (Remanente 2015)

$59,141,368.54 $0.00 $0.00 $59,141,368.

54 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

630 FIDER Rural (Remanente 2015)

$6,124,422.00 $0.00 $0.00 $6,124,422.0

0 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

631

Adrenel Municipal (antes Fider Urbano) (Remanente 2013)

$3,114,575.98 $0.00 $0.00 $3,114,575.9

8 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

632

Adrenel Municipal (antes Fider Urbano) (Remanente 2014)

$2,815,964.39 $0.00 $0.00 $2,815,964.3

9 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

633

Adrenel Municipal (antes Fider Urbano) (Remanente 2011)

$305,894.31 $0.00 $0.00 $305,894.31 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

635

Rehabilitación de la Red de Agua Potable de la Colonia Las Huertas (Remanente 2014)

$4,354,812.63 $0.00 $0.00 $4,354,812.6

3 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

636

Rehabilitación de la Red de agua potable (Remanentes 2013)

$2,862,971.14 $0.00 $0.00 $2,862,971.1

4 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

6003 Caminos (Rehabilitación)

$2,800,000.00 $0.00 $0.00 $2,800,000.0

0 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

801

Programa de impulso al desarrollo del hogar (Remanente 2015)

$1,525,049.96 $0.00 $1,525,049.9

6 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

805

3X1 Migrantes (Calle Madre Ángela tramo oriente-poniente Col. 10 de mayo) (Remanente 2015)

$204,142.79 $0.00 $204,142.79 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

806

Impulso al desarrollo para la sana convivencia (PIECIS) (Remanente 2015)

$6,679,490.55 $0.00 $6,679,490.5

5 $0.00 $0.00 $0.00

Page 31: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

31

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

807

Programa impulso al desarrollo de mi comunidad (Remanente 2015)

$4,500,000.00 $0.00 $4,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

808

Programa impulso a los servicios básicos en mi colonia y mi comunidad (Remanente 2015)

$23,207,868.31 $0.00 $23,207,868.

31 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

809

Programa impulso a los espacios para la sana convivencia en mi colonia (Remanente 2015)

$1,789,829.16 $0.00 $1,789,829.1

6 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

851

Impulso al desarrollo para la sana convivencia (PIECIS) (Remanente 2015)

$1,182,005.52 $0.00 $1,182,005.5

2 $0.00 $0.00 $0.00

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

905

3x1 Migrantes (calle Antera tramo Estambre- Madre Madrina, col. Arboledas de San Hilarión) (Remanente 2015)

$505,223.89 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $505,223.89

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

906

Pavimentación de Calles PEF 2015 (FOPADEM)

$4,225,464.79 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $4,225,464.7

9

1816

Dirección de

Programas Estratégico

s

907

Programa de Desarrollo Regional (Remanente 2015)

$299,694.41 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $299,694.41

1816

TOTAL Dirección de Programas Estratégicos

-

$3,000,000.00

$266,591,368.78

$28,674,187.01

$39,088,386.29

$193,798,412.39

$0.00 $5,030,383.0

9

1910

Dirección de Desarrollo Social, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Humano

1910

Dirección de

Desarrollo Social

305

Programa de Infraestructura (HABITAT, PDZP, PREP) (ramo 33)

$697,092.00 $697,092.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

336 Adrenel $3,332,794.20 $3,332,794.2

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

337 Proyectos de Desarrollo Social

$89,813.48 $89,813.48 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

338

Desarrollo y espacios de expresión para los jóvenes

$216,809.23 $216,809.23 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

520 Desarrollo integral de la persona

$3,255,813.73 $3,255,813.7

3 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 32: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

32

1910

Dirección de

Desarrollo Social

521

Desarrollo y espacios de expresión para los jóvenes

$71,512.20 $71,512.20 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

522

Programa de infraestructura y servicios básicos

$160,000.00 $160,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

613

Mejoramiento de vivienda Municipal (Remanente 2014)

$606,932.80 $0.00 $0.00 $606,932.80 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

614

Adrenel infraestructura Básica (Remanente 2012)

$3,676,271.47 $0.00 $0.00 $3,676,271.4

7 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

615

PDZP (Piso Firme) (Remanente 2014)

$1,368,188.83 $0.00 $0.00 $1,368,188.8

3 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

637

Adrenel y Electrificaciones (Remanente 2014)

$2,557,096.56 $0.00 $0.00 $2,557,096.5

6 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

638

Adrenel Municipal (Remanente 2014)

$5,771,184.16 $0.00 $0.00 $5,771,184.1

6 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

639

Adrenel Municipal (Remanente 2013)

$14,217,607.76 $0.00 $0.00 $14,217,607.

76 $0.00 $0.00

1910

Dirección de

Desarrollo Social

811

Adrenel y Electrificaciones (Remanente 2014)

$5,133,736.71 $0.00 $5,133,736.7

1 $0.00 $0.00 $0.00

1910

TOTAL Dirección de Desarrollo Social

$0.00 $41,154,853.13 $7,823,834.8

4 $5,133,736.7

1 $28,197,281.

58 $0.00 $0.00

1810-1816-1910

TOTAL Dirección General de Desarrollo Humano

$0.00 $329,021,800.4

7 $42,178,559.

89 $45,650,839.

11 $235,615,243

.71 $0.00

$5,577,157.76

2210

Dirección General de Educación

2210 Dirección

General de Educación

426

Programa de Fortalecimiento a la Educación (Becas y Útiles Escolares)

$4,231,766.60 $4,231,766.6

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

427

Cruzada Municipal por la Alfabetización y Atención al rezago educativo

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

428

Equipamiento Plazas de la Ciudadanía Biblioteca Digital

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

306

Programa de Espacios Educativos Dignos

$3,168,689.78 $3,168,689.7

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

307

Programa de Espacios Educativos Dignos

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

429

Programa de Fortalecimiento a la Educación

$1,677,291.09 $1,677,291.0

9 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 33: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

33

2210 Dirección

General de Educación

480

Implementación de circuitos de servicios integrales en el ámbito Rural (Campo verde y Educado)

$400,000.00 $400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

481

Vinculación con instituciones de nivel medio superior y superior (Fórum Educativo)

$1,300,000.00 $1,300,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

606

Programa de Espacios Educativos Dignos R-33

$18,328,568.20 $0.00 $0.00 $18,328,568.

20 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

606

Programa de Espacios Educativos Dignos R-33

$6,330,319.82 $0.00 $0.00 $6,330,319.8

2 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

616

Mantenimiento, Rehabilitación y Construcción de Nuevos Espacios Educativos (Remanente 2015)

$18,342,776.46 $0.00 $0.00 $18,342,776.

46 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

640

Escuelas de Vanguardia (Rendimientos Financieros R-33 FISM por $ 4´106,181.09)(Remanente 2015)

$6,330,319.82 $0.00 $0.00 $6,330,319.8

2 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

6004

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)

$616,334.34 $0.00 $0.00 $616,334.34 $0.00 $0.00

2210 Dirección

General de Educación

908

Programa de espacios educativos dignos (EscuelaN°62 “General Francisco Villa” Colonia San Francisco de Asís PEF) (Remanente 2015)

$418,410.11 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $418,410.11

2210 Dirección

General de Educación

909

Programa de espacios educativos dignos (Construcción de Aulas) (Remanente 2014)

$277,656.80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $277,656.80

2210 TOTAL EDUCACION

$0.00 $61,422,133.02 $10,777,747.

47 $0.00

$49,948,318.64

$0.00 $696,066.91

5018 Instituto Cultural de León

5018 Instituto

Cultural de León

446 León: Centro de encuentros Culturales

$2,000,000.00 $2,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5018 Instituto

Cultural de León

359

Actualización y mejora del patrimonio cultural tangible

$756,726.18 $756,726.18 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 34: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

34

5018 Instituto

Cultural de León

363

Rehabilitación y Equipamiento del Teatro Maria Grever.

$2,547,537.07 $2,547,537.0

7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5018 Instituto

Cultural de León

922

Accesibilidad al Teatro Manuel Doblado (Remanente 2014)

$168.74 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $168.74

5018 Instituto

Cultural de León

904

Rehabilitación y equipamiento del teatro Maria Grever. (remanente 2015)

$2,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,000,000.0

0

5018 Instituto

Cultural de León

924

Remodelación del Centro Cultural Plaza de Gallos PEF 2016 (ICL)

$13,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $13,000,000.

00

5018 Instituto

Cultural de León

930 FORTALECE 2016 (Plaza de Gallos)

$15,000,000.00

$15,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $15,000,000.

00

5018

TOTAL Instituto Cultural de León

$15,000,000.

00 $35,304,431.99

$5,304,263.25

$0.00 $0.00 $0.00 $30,000,168.

74

5056 Museo de la Ciudad

5056 Museo de la Ciudad

365

3a etapa de remodelación del inmueble del Museo de la Ciudad de León

$822,204.84 $822,204.84 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5056 Museo de la Ciudad

$0.00 $822,204.84 $822,204.84 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5052

Instituto Municipal de la Juventud

5052

Instituto Municipal

de la Juventud

447 Pandillas con Causa

$280,000.00 $280,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5052

TOTAL Instituto Municipal de la Juventud

$0.00 $280,000.00 $280,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5019

Instituto Municipal de las Mujeres

5019

Instituto Municipal

de las Mujeres

448

Redes de Mujeres sin Violencia Urbano y Rural

$1,511,355.03 $1,511,355.0

3 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5019

Instituto Municipal

de las Mujeres

449

Programa de Integración económica para las mujeres del medio Rural

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5019

Instituto Municipal

de las Mujeres

490 Nuevas Masculinidades

$359,120.00 $359,120.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 35: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

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35

5019

Instituto Municipal

de las Mujeres

450

Proyecto de vida: Prevención de embarazo en adolescentes

$359,120.00 $359,120.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5019

TOTAL Instituto Municipal de las Mujeres

$0.00 $2,229,595.03 $2,229,595.0

3 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5013

Patronato del Parque Explora

5013 Patronato del Parque

Explora 456

Mantenimiento mayor a los Centros del Saber

$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5013 Patronato del Parque

Explora 457

Remodelación y/o Equipamiento de los Espacios Educativos-Museográficos del Centro de Ciencias Explora: Sala de Innovación

$300,000.00 $300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5013

TOTAL Patronato del Parque Explora

$0.00 $500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5021

Patronato del Parque Zoológico de León

5021

Patronato del Parque Zoológico de León

364 Barda perimetral

$7,749.39 $7,749.39 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5021

TOTAL Patronato del Parque Zoológico de León

$0.00 $7,749.39 $7,749.39 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610

Dirección General de Salud

2610 Dirección

General de Salud

459

Seguimiento al proyecto agua con calidad bacteriológica para uso y consumo humano en comunidades rurales del municipio.

$600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

460

Salud Comunitaria (Captura, Rescate y Esterilización de Mascotas, Dengue)

$1,600,000.00 $1,600,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

461

Salud Comunitaria (Compra y Equipamiento con Unidades Móviles para la Captura y Rescate de Mascotas en la Vía Pública)

$410,180.90 $410,180.90 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 36: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

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36

2610 Dirección

General de Salud

316 Mejoramiento Servicio Público de Panteones

$2,330,990.86 $2,330,990.8

6 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

358

Certificación de rastro de aves tipo inspección federal (TIF)

$105,061.81 $105,061.81 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

483 Atención a las adicciones y salud mental

$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

484 Apoyo a las y los adultos mayores

$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

462 Detección oportuna de enfermedades

$1,555,057.88 $1,555,057.8

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610 Dirección

General de Salud

463 Estilos de vida saludable

$1,300,000.00 $1,300,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2610

TOTAL Dirección General de Salud

$0.00 $8,101,291.45 $8,101,291.4

5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2 Total Inclusión al Desarrollo

$19,651,589.21

$465,602,105.21

$79,016,263.37

$47,143,834.55

$294,112,670.05

$0.00 $45,329,337.

24

3 Desarrollo Económico y Competitividad

3110

Dirección General de Hospitalidad y Turismo

3110

Dirección General de Hospitalidad y Turismo

415

Programa de Fortalecimiento de la Oferta Turística

$0.00 $12,700,100.01 $12,700,100.

01 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

3110

Dirección General de Hospitalidad y Turismo

510 Programa de Profesionalización

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

3110

Dirección General de Hospitalidad y Turismo

511 Programa de Competitividad

$600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

3110

Dirección General de Hospitalidad y Turismo

512

Programa de diversificación de la oferta turística

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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37

3110

Dirección General de Hospitalidad y Turismo

303 Ruta del Peatón

$6,062,865.61 $6,062,865.6

1 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

3110

TOTAL Dirección General de Hospitalidad y Turismo

$0.00 $20,362,965.62 $20,362,965.

62 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110

Dirección General de Economía

2110 Dirección

General de Economía

329 León ciudad estratégica

$3,000,000.00 $3,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110 Dirección

General de Economía

341 Modernízate $516.70 $516.70 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110 Dirección

General de Economía

418

Impulso a MIPYMES (Apoyo a Eventos e Instituciones que Fomenten la Cultura Empresarial)

-$84,000.00 $4,400,000.00 $4,400,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110

Dirección General de Economía

419 Empléate $84,000.00 $1,700,000.00 $1,700,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110 Dirección

General de Economía

420 Conectividad Virtual

-$492,703.05 $161,607.10 $161,607.10 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110 Dirección

General de Economía

421

Impulso a MIPYMES (Impulso a PYMES)

$900,000.00 $900,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110

Dirección General de Economía

422

Modernízate ("programa de Reactivación de Zonas Específicas")

$900,000.00 $900,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 38: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

38

2110 Dirección

General de Economía

423 León ciudad estratégica

$1,400,000.00 $1,400,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110 Dirección

General de Economía

524 León Global $3,000,000.00 $3,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110 Dirección

General de Economía

530

Fortalecimiento a la Ventanilla Virtual

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2110

TOTAL Dirección General de Economía

-$492,703.05 $15,962,123.80 $15,962,123.

80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2111

Dirección de Comercio y Consumo

2111

Dirección de

Comercio y Consumo

424

Modernízate (Comercio y Consumo Imagen y Mantenimiento Preventivo en Mercados, Tianguis y Zona Urbana)

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2111

Dirección de

Comercio y Consumo

425

Modernízate (Comercio y Consumo Obra, Comercialización y Capacitación en Mercados)

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2111

Dirección de

Comercio y Consumo

330 Modernízate $1,883,070.04 $1,883,070.0

4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2111

TOTAL Dirección de Comercio y Consumo

$0.00 $2,383,070.04 $2,383,070.0

4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

3

Total Desarrollo Económico y Competitividad

-$492,703.05 $38,708,159.46 $38,708,159.

46 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4 Desarrollo Ordenado y Sustentable

Page 39: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

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39

2010

Dirección General de Desarrollo Urbano

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

301

Mejoramiento de la imagen urbana de la Ciudad Histórica

$1,649,242.14 $1,649,242.1

4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

339 Rescate de la Plaza de Gallos

$4,040,357.00 $4,040,357.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

493 Mejora de placas de nomenclatura

$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

494 Regularización de anuncios publicitarios

$2,022,399.89 $2,022,399.8

9 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

495

Mantenimiento a esculturas y monumentos históricos de la ciudad

$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

496

Programa de fortalecimiento a la Ventanilla Virtual

$400,000.00 $400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

497 Conoce tus sitios arqueológicos

$250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

498 Fraccionamientos Web Siterra

$2,350,000.00 $2,350,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

499

Tu fraccionamiento, nuestra prioridad

$1,000,000.00 $1,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

326

Mantenimiento a esculturas y monumentos históricos de la ciudad

$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

411 Verificación $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

523 Fortalecimiento del Catastro Multifinalitario

$1,097,377.77 $1,097,377.7

7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 40: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

40

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

527 Rescate de la Plaza de Gallos

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

528 Infraestructura tecnológica y de servicios

$1,000,000.00 $1,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

Dirección General de Desarrollo

Urbano

901

Remodelación del Centro Cultural Plaza de Gallos PEF 2016

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2010

TOTAL Dirección General de Desarrollo Urbano

$0.00 $15,609,376.80 $15,609,376.

80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de Gestión Ambiental

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

430

Eficiencia Administrativa en Trámites de Gestión Ambiental

$336,000.00 $336,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

531 Mejora de Calidad del Aire

$420,000.00 $420,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

431

Programa Integral de Eficiencia Energética

-$400,000.00 $100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

432 Programa de Fondo Ambiental

$164,571.04 $164,571.04 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

433

Manejo integral de micro cuencas y preservación forestal

$400,000.00 $3,635,000.00 $3,635,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

532 Tecnologías sustentables en viviendas

$360,000.00 $360,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

434

Programa de Áreas Verdes y Espacios Naturales (Planeación)

$0.00 $250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

435

Programa de Áreas Verdes y Espacios Naturales

$3,049,443.77 $3,049,443.7

7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

436

Programa de Gestión Integral de Residuos sólidos urbanos y fomento al manejo integral de residuos

-$400,000.00 $3,650,000.00 $3,650,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 41: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

41

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

482

Programa de educación ambiental ciudadana

$400,000.00 $400,000.00 $400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

500

Programa de atención a la Industria Ladrillera.

$235,000.00 $235,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

342

Programa de áreas verdes y espacios naturales

$5,886,149.40 $5,886,149.4

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

343 Proyectos Medio Ambiente

$102,196.81 $102,196.81 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

700

Programa de Áreas Verdes y espacios naturales (Incluye $32,561.78 2011, $262,462.72 -2012) ($3´309,372.33.Remanente 2015)

$3,604,396.83 $0.00 $0.00 $0.00 $3,604,396.8

3 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

701

Programa de áreas verdes y espacios naturales (Remanente 2013)

$206,248.59 $0.00 $0.00 $0.00 $206,248.59 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

703

Programa de áreas verdes y espacios naturales (Remanente 2014)

$2,341,131.25 $0.00 $0.00 $0.00 $2,341,131.2

5 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

750

Programa de Áreas Verdes y Espacios Naturales (Ramo 33)

$58,877,841.01 $0.00 $0.00 $0.00 $58,877,841.

01 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

754

Programa de áreas verdes y espacios naturales (Remanente 2014)

$5,008.00 $0.00 $0.00 $0.00 $5,008.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

437

Programa de Adopción y Vinculación de Fuentes Renovables de Energía

$1,171,425.31 $1,171,425.3

1 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2310

Dirección General de

Gestión Ambiental

931 FORTALECE 2016 (Parque Hidalgo)

$20,000,000.00

$20,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $20,000,000.

00

2310

TOTAL Dirección General de Gestión Ambiental

$20,000,000.

00 $104,794,412.0

1 $19,759,786.

33 $0.00 $0.00

$65,034,625.68

$20,000,000.00

4013

Instituto Municipal de Planeación

Page 42: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

42

4013

Instituto Municipal

de Planeación

438

Anteproyectos geométricos de intersecciones conflictivas.

$1,000,000.00 $1,000,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

439

Elaboración de los programas para los polos de desarrollo rural de la comunidad de Duarte y Loza de los Padres

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

440 Plan maestro de la zona piel

$406,000.00 $406,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

441

Elaboración del programa para el polo de desarrollo rural de la comunidad de San Rosa Plan de Ayala

$250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

442

Elaboración del programa para el polo de desarrollo rural de la comunidad de Santa Ana del Conde

$250,000.00 $250,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

443

Anteproyecto Parque Lineal Arroyo del Muerto (Av. Antonio de Silva, en dos tramos, el primer: Blvd. Juan Alonso de Torres a Blvd. Congreso de Chilpancingo, y el segundo: Blvd. Guanajuato a Blvd. Vicente Valtierra)

$450,000.00 $450,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

444

Campaña para el posicionamiento y difusión del IMPLAN

$269,000.00 $269,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 43: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

43

4013

Instituto Municipal

de Planeación

445

Publicaciones de Estudios e Instrumentos de Planeación

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

517

Comisión para la Generación de información para la planeación y seguimiento de indicadores

$528,800.00 $528,800.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

518

Anteproyectos para el desarrollo de la primera etapa de parques lineales en los polígonos de Medina y San Francisco

$600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

Instituto Municipal

de Planeación

519

Estudio para la definición de criterios del sistema vial secundario en zona oriente (definir polígono)

$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4013

TOTAL Instituto Municipal de Planeación

$0.00 $5,053,800.00 $5,053,800.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal de Vivienda de León

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

608

Programa de Certeza Jurídica, Regularización y Acceso a Servicios Básicos (Agua Potable y Alcantarillado)

$22,080,000.00 $0.00 $0.00 $22,080,000.

00 $0.00 $0.00

5017 IMUVI 609

Programa de Certeza Jurídica, Regularización y Acceso a Servicios Básicos (Electrificación)

$5,400,000.00 $0.00 $0.00 $5,400,000.0

0 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

308

Pago de Derechos de Servicios de Agua Potable y Drenaje

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

309

Programa de Fomento a la Vivienda: Vivienda Vertical

$7,419,942.61 $7,419,942.6

1 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

610

Proyectos Ejecutivos de Agua Potable y Alcantarillado (gastos indirectos R-33)

$2,400,000.00 $0.00 $0.00 $2,400,000.0

0 $0.00 $0.00

Page 44: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

44

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

623

Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza (Incluye $1´531,278.02 de Rendimientos Financieros) (Remanente 2015)

$4,165,863.52 $0.00 $0.00 $4,165,863.5

2 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

624

Proyectos Ejecutivos de Alcantarillado y Agua Potable (Gastos Indirectos R-33) (Remanente 2015)

$1,185,472.28 $0.00 $0.00 $1,185,472.2

8 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

649

Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza (Remanente 2014)

$13,879,287.01 $0.00 $0.00 $13,879,287.

01 $0.00 $0.00

5017

Instituto Municipal

de Vivienda de León

6002

Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza (Remanente 2013)

$63,729.00 $0.00 $0.00 $63,729.00 $0.00 $0.00

5017

TOTAL Instituto Municipal de Vivienda de León

$0.00 $56,594,294.42 $7,419,942.6

1 $0.00

$49,174,351.81

$0.00 $0.00

2410

Dirección General de Movilidad

2410 Dirección

General de Movilidad

451

Consolidación del Sistema Integrado de Transporte, Fortalecimiento SIT 3ª y 4ª Etapa

$76,298.95 $76,298.95 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

310

Consolidación del Sistema Integrado de Transporte, Fortalecimiento SIT 3ª y 4ª Etapa

$11,446,296.17 $11,446,296.

17 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

344

Impulso a la movilidad sustentable (Los Gómez)

$102,311.52 $102,311.52 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

452

Proyecto de Ampliación de Transporte de León (SIT-OPTIBUS) 3a y 4a Etapa

$900,250.26 $900,250.26 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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45

2410 Dirección

General de Movilidad

321

Proyecto de Ampliación de Transporte de León (SIT-Optibús) 3a y 4a Etapa

$500,408.02 $120,941,708.0

1 $120,941,708

.01 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

453

Consolidación del Sistema Integrado de Transporte, Fortalecimiento SIT 3ª y 4ª etapa (PARABUS)

$1,898,573.04 $1,898,573.0

4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

501 Seguridad en Transporte Público

$8,107,176.78 $8,107,176.7

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

533

(Deuda) Sistema de Monitoreo y Prepago

-$500,408.02 $21,499,591.98 $21,499,591.

98 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

534

Programa de Comunicación Social para Fase III y IV

$45,841.37 $45,841.37 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

454

Programa del Sistema de Bicicleta Pública

$3,009,106.92 $3,009,106.9

2 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2410 Dirección

General de Movilidad

927 FORTALECE 2016 (Ciclovía Juárez Norte)

$7,348,410.79

$7,348,410.79 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $7,348,410.7

9

2410 Dirección

General de Movilidad

928

FORTALECE 2016 (Ciclovía Vicente Valtierra)

$9,000,000.00

$9,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $9,000,000.0

0

2410

TOTAL Dirección General de Movilidad

$16,348,410.

79 $184,375,565.7

9 $168,027,155

.00 $0.00 $0.00 $0.00

$16,348,410.79

2510

Dirección General de Obra Pública

2510

Dirección General de

Obra Pública

311 Ampliaciones y escalatorias

$23,588,563.53 $23,588,563.

53 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

312 Obra institucional

$45,786,243.32 $45,786,243.

32 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

313 Pro Obra $500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

314 Programa de Alumbrado Público

$3,155,322.98 $3,155,322.9

8 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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46

2510

Dirección General de

Obra Pública

455 Programa de desazolve de arroyos

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

315 Proyectos ejecutivos diversos

$34,967,815.75 $34,967,815.

75 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

317 Proyectos de Presupuesto Participativo

$325,591.47 $325,591.47 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

323 Afectaciones $87,949,474.31 $87,949,474.

31 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

324 Remediaciones $5,081,000.00 $5,081,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

325 Mantenimiento Vial

$10,366,264.31 $10,366,264.

31 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

327

Obras varias crédito comprometido 2010

$6,166,683.74 $6,166,683.7

4 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

345

Colector Timoteo Lozano (Recurso proporcionado por SAPAL)

$17,380,889.70 $17,380,889.

70 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

346 Plazas de la Ciudadanía

$5,188,530.50 $5,188,530.5

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

347

Mantenimiento y Rehabilitación. Malecón

$486,968.08 $486,968.08 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

348

Mejoramiento de la Imagen de la Ciudad de León

$1,854,415.67 $1,854,415.6

7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

349

Obra Av. Patria-Madre Tierra-Blvd Atotonilco

$789,359.41 $789,359.41 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

350 Obra Menor $175,969.22 $175,969.22 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

352 Proyecto Ejecutivo Súper Escuela

$525,208.67 $525,208.67 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Page 47: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

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47

2510

Dirección General de

Obra Pública

353

Reacondicionamiento de áreas y Eficiencia Administrativa

$20,932.09 $20,932.09 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

357 Supervisión externa

$15,509,420.54 $15,509,420.

54 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

356

Supervisión de pavimentación programa mi calle

$245,633.80 $245,633.80 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

355

Ruta del Peatón Calzada, Progreso-Malecón

$524,014.79 $524,014.79 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

351 Obras de pavimentación

$11,929,990.67 $11,929,990.

67 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

354

Rehabilitación del Blvd. Juan José Torres Landa

$198,728.88 $198,728.88 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

535 Programa de Alumbrado Público

$6,400,000.00 $6,400,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

536 Ampliaciones y escalatorias

$12,012.08 $12,012.08 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

537 Obra Institucional

$1,485,741.60 $1,485,741.6

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

902

Proyectos de Desarrollo Regional PEF 2016

-$64,000,000.

00 $64,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

$64,000,000.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

611

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )

$1,916,066.74 $0.00 $0.00 $1,916,066.7

4 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

617

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)

$616,334.34 $782,995.85 $0.00 $0.00 $166,661.51 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

619

Mantenimiento Vial 2013 (Incluye $ 54,317.48 de recurso 2014)

$54,317.48 $0.00 $0.00 $54,317.48 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

620

Programa Mi Calle (Remanente 2012)

$161,349.32 $0.00 $0.00 $161,349.32 $0.00 $0.00

Page 48: En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 ...1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 17:00 diecisiete horas del día 25 veinticinco de abril de 2016 dos

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

48

2510

Dirección General de

Obra Pública

621

Supervisión R.RAMO 33 F I 2013 (incluye $28,817.64 recurso 2014 y $ 117,113.03 de 2012 ) (Remanente 2012 y 2013)

$146,000.23 $0.00 $0.00 $146,000.23 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

641

Supervisión externa (Remanente 2014)

$82,283.88 $0.00 $0.00 $82,283.88 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

642

Programa Mi Calle (Remanente 2014)

$2,880,896.99 $0.00 $0.00 $2,880,896.9

9 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

643

Programa Mi Calle 2013 (Incluye recurso 2012 por $ 228,295.17)(Remanente 2012 y 2013)

$1,295,052.78 $0.00 $0.00 $1,295,052.7

8 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

644

Pavimentación de Vialidades 2012 por $ 205.32 y recurso 2011 por $ 22,554 (Remanente 2012 y 2011)

$22,759.32 $0.00 $0.00 $22,759.32 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

645

R.Ramo 33 FI comprometido 2010 (Incluye $62,596.89 de recurso 2012) (Remanente 2010 y 2012)

$167,667.63 $0.00 $0.00 $167,667.63 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

646

Provisiones económicas ramo 33 FI (Remanente 2014)

$149,277.65 $0.00 $0.00 $149,277.65 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

647

Av. Madre Patria (Remanente 2013)

$3,127,008.61 $0.00 $0.00 $3,127,008.6

1 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

648

Indirectos Ramo 33 2013 (incluye recurso por $ 42,684.55 de 2014) (Remanente 2013 y 2014)

$90,994.86 $0.00 $0.00 $90,994.86 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

812

Remanente Comprometido Convenio Estado Obra (Remanente 2011)

$500,774.40 $0.00 $500,774.40 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

813

Rehabilitación. Sanitarios CECYTEG (Remanente 2012)

$84,745.41 $0.00 $84,745.41 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

817 Afectaciones $15,000,000.00 $0.00 $15,000,000.

00 $0.00 $0.00 $0.00

2510

Dirección General de

Obra Pública

910

Proyecto Ejecutivo Tajo de Santa Ana (Remanente 2014)

$1,480,515.44 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,480,515.4

4

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

49

2510

Dirección General de

Obra Pública

911 Varios Fimetro (Remanente 2009)

$890,592.08 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $890,592.08

2510

Dirección General de

Obra Pública

912

Blvd. Timoteo Lozano y Vasco Quiroga (Remanente 2013)

$10,130,508.28 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $10,130,508.

28

2510

Dirección General de

Obra Pública

913

Fideicomiso del Fondo para la Zona Metropolitana de León (Remanente 2014)

$1,726,092.74 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,726,092.7

4

2510

Dirección General de

Obra Pública

914

Obra Institucional (Remanente 2012)

$2,671,719.28 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $2,671,719.2

8

2510

Dirección General de

Obra Pública

915

Pavimentación de Calles (Remanente 2011)

$391,784.19 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $391,784.19

2510

Dirección General de

Obra Pública

916

Fideicomiso Fondo de Apoyo en Infraestructura y Productividad (FAIP) (Remanente 2015)

$14,911,853.90 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $14,911,853.

90

2510

Dirección General de

Obra Pública

917

Proyecto ejecutivo del Blvd. Siglo XXI (Tajo de Santa Ana) tramo de Blvd. Aeropuerto a Blvd. Vicente Valtierra (Pavimento existente) y (Tajo de Santa Ana) tramo de Blvd. Guanajuato - Juan Alonso de Torres (Pavimento existente), FIMETRO (Remanente 2015)

$4,895,100.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $4,895,100.0

0

2510

Dirección General de

Obra Pública

923

Liberación derecho de vía Tajo de Santa Ana (Blvd. Siglo XXI) tramo de Blvd. Timoteo Lozano a Blvd. Aeropuerto (primera etapa)(Fimetro 2015)

$5,644,350.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $5,644,350.0

0

2510

TOTAL Dirección General de Obra Pública

-

$63,383,665.66

$413,819,482.17

$280,614,775.11

$15,585,519.81

$10,260,337.00

$0.00 $106,742,515

.91

5053

Patronato del Parque Ecológico Metropolitano

5053

Patronato del Parque Ecológico

Metropolitano

515

Modernización de procesos y Equipamiento del Parque Metropolitano

$800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

50

5053

TOTAL Patronato del Parque Ecológico Metropolitano

$0.00 $800,000.00 $800,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5051

Fideicomiso de Obras por Cooperación (FIDOC)

5051

Fideicomiso de Obras

por Cooperación (FIDOC)

612 FIDOC -Programa mi calle

$29,477,949.90 $0.00 $0.00 $29,477,949.

90 $0.00 $0.00

5051

Fideicomiso de Obras

por Cooperación (FIDOC)

6005

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)

-$616,334.34 $482,718.86 $0.00 $0.00 $1,099,053.2

0 $0.00 $0.00

5051

Fideicomiso de Obras

por Cooperación (FIDOC)

618

Programa mi calle (Remanente 2015)

$10,811,520.50 $0.00 $0.00 $10,811,520.

50 $0.00 $0.00

5051

Fideicomiso de Obras

por Cooperación (FIDOC)

818 Pavimentación de calles (ITS Estatal)

$57,370,704.93

$57,370,704.93 $0.00 $57,370,704.

93 $0.00 $0.00 $0.00

5051

Fideicomiso de Obras

por Cooperación (FIDOC)

929

FORTALECE 2016 (Pavimentación en Balcones de la Joya)

$8,000,000.00

$8,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $8,000,000.0

0

5051

TOTAL Fideicomiso de Obras por Cooperación (FIDOC)

$64,754,370.

59 $106,142,894.1

9 $0.00

$57,370,704.93

$41,388,523.60

$0.00 $8,000,000.0

0

5057

Sistema Integral de Aseo Público (SIAP)

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

475

Gestión integral de residuos sólidos urbanos y fomento al manejo integral de residuos (Lixiviados y Papeleras)

$2,302,689.17 $2,302,689.1

7 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

751

Recolección de Basura (concesionadas, contratadas y cuadrillas)

$15,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $15,000,000.

00 $0.00

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

51

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

751

Recolección de Basura (concesionadas, contratadas y cuadrillas)

$187,576,832.6

6 $0.00 $0.00 $0.00

$187,576,832.66

$0.00

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

479

Recolección de Basura (concesionadas, contratadas y cuadrillas)

$5,970,864.62 $5,970,864.6

2 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

476 Recolección de Basura en rutas comerciales

$311,005.41 $311,005.41 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

753 Zonas de Barrido

$38,341,868.33 $0.00 $0.00 $0.00 $38,341,868.

33 $0.00

5057

Sistema Integral de

Aseo Público (SIAP)

756

Zonas de barrido (Remanente 2015)

$223.68 $0.00 $0.00 $0.00 $223.68 $0.00

5057

TOTAL Sistema Integral de Aseo Público (SIAP)

$0.00 $249,503,483.8

7 $8,584,559.2

0 $0.00 $0.00

$240,918,924.67

$0.00

1198

Dirección de Atención Ciudadana

1198

Dirección de

Atención Ciudadana

317 Proyectos de Presupuesto Participativo

$777,019.94 $777,019.94 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1198

TOTAL Dirección de Atención Ciudadana

$0.00 $777,019.94 $777,019.94 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

4

Total Desarrollo Ordenado y Sustentable

$37,719,115.72

$1,137,470,329.19

$506,646,414.99

$72,956,224.74

$100,823,212.41

$305,953,550.35

$151,090,926.70

5 Innovación y buena Gobernanza

1410 Contraloría Municipal

1410 Contraloría Municipal

407

Modelo Integral para la administración pública municipal

$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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52

1410 Contraloría Municipal

408 Programa anticorrupción

$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1410 Contraloría Municipal

409

Programa Con ética para la administración pública

$100,000.00 $100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1410 Contraloría Municipal

410

Programa de supervisión, evaluación y control de obra pública

$200,000.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1410 TOTAL Contraloría Municipal

$0.00 $600,000.00 $600,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo Institucional

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

650

Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (PRODIMDF)

$3,930,393.32 $0.00 $0.00 $3,930,393.3

2 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

653

Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (PRODIM ) (Remanente 2015)

$3,930,393.33 $0.00 $0.00 $3,930,393.3

3 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

654

Programa de Desarrollo Institucional Municipal (Remanente 2014)

$147,174.43 $0.00 $0.00 $147,174.43 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

485

Programa de Conectividad Virtual (SMART CITY, INTERNET PLAZAS PÚBLICAS)

$492,703.05 $2,000,703.05 $2,000,703.0

5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

486 Programa León Digital

$3,500,000.00 $3,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

487

Programa de profesionalización y permanencia en el servicio público municipal

$300,000.00 $1,500,000.00 $1,500,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

488

Programa municipal para mejorar la atención y servicio de León

$500,000.00 $500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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53

1710

Dirección General de Desarrollo

Institucional

489

Programa León Gobierno Abierto y transparente, evaluación, seguimiento y gestión de resultados al Programa de Gobierno.

-$300,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1710

TOTAL Dirección General de Desarrollo Institucional

$492,703.05 $15,508,664.13 $7,500,703.0

5 $0.00

$8,007,961.08

$0.00 $0.00

1315

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

1315

Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales

458

Programa de dignificación, equipamiento y modernización de las dependencias de Tesorería (RMySG)

$1,680,000.00 $1,680,000.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1315

Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales

477

Digitalización de documentos para entrega recepción

$3,484,600.00 $3,484,600.0

0 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1315

Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales

319

Proyecto Ejecutivo para Almacenes de Servicios Generales

$493,940.25 $493,940.25 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1315

TOTAL Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

$0.00 $5,658,540.25 $5,658,540.2

5 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1312

Dirección General de Gestión, Administración y Enlace Gubernamental

1312

Dirección General de

Gestión, Administra

ción y Enlace

Gubernamental

318 Adecuaciones en Plazas de la Ciudadanía

$80,398.75 $80,398.75 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

54

1312

TOTAL Dirección General de Gestión, Administración y Enlace Gubernamental

$0.00 $80,398.75 $80,398.75 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

1310 Tesorería Municipal

1310 Tesorería Municipal

652 Provisiones económicas

$4,912,817.62 $0.00 $0.00 $4,912,817.6

2 $0.00 $0.00

1310 TOTAL Tesorería Municipal

$0.00 $4,912,817.62 $0.00 $0.00 $4,912,817.6

2 $0.00 $0.00

5

Total Innovación y buena Gobernanza

$492,703.05 $26,760,420.75 $13,839,642.

05 $0.00

$12,920,778.70

$0.00 $0.00

TOTAL GENERAL a 3RA. Modificación

$57,370,704.93

$1,853,121,849.50

$717,087,705.10

$120,100,059.29

$407,856,661.17

$305,953,550.35

$302,123,873.59

TECHOS FINANCIEROS PRESUPUESTO DE INVERSIÓN, 3RA. MODIFICACIÓN, ABRIL 25, 2016.

INTEGRACIÓN PRESUPUESTO DE

INVERSIÓN

AUTORIZADO A 2DA. MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

AUTORIZADO A 3RA. MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

3RA. MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

DIFERENCIA

MUNICIPAL $717,087,705.07 $717,087,705.07 $0.00

FAIS $407,856,661.17 $407,856,661.17 $0.00

FAFM $305,953,550.24 $305,953,550.24 $0.00

ESTATAL $62,729,354.36 $120,100,059.29 $57,370,704.93

FEDERAL $302,123,873.59 $302,123,873.59 $0.00

TOTAL GENERAL $1,795,751,144.43 $1,853,121,849.36 $57,370,704.93

CAPÍTULO DEL GASTO

NOMBRE DEL CAPÍTULO

Autorizado a Segunda

Modificación Presupuestal

Autorizado a Tercera

Modificación Presupuestal

Diferencia

1000 SERVICIOS PERSONALES $22,667,735.20 $22,667,735.20 $0

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS $57,238,634.88 $57,501,634.88 $263,000.00

3000 SERVICIOS GENERALES $404,682,965.89 $376,532,965.89 -$28,150,000.00

4000

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $307,017,651.68 $337,517,243.66

$30,499,591.98

5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $107,026,896.37 $106,913,896.37

-$113,000.00

6000 INVERSION PUBLICA $771,763,142.93 $826,634,255.88 $54,871,112.95

7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES $125,354,117.61 $125,354,117.61 $0

Total general

$1,795,751,144.56 $1,853,121,849.49 $57,370,704.93

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55

Corrección de UR

UR/ ENTIDAD CORRECTA UR/ DEPENDENCIA PLASMADA EN SÁBANA NÚMERO DE PROYECTO NOMBRE DEL PROYECTO

MONTO QUE SE TRASPASÓ EN 2DA.

5051 Fideicomiso de

Obras por Cooperación (FIDOC)

2510 Dirección General de Obra

Pública 617

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)

-$616,334.34

Cambio de número de Proyecto

UR Dependencia/Entidad Número anterior

Número nuevo

Nombre del Proyecto

5051 Fideicomiso de Obras por Cooperación

(FIDOC) 617 6005

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )(Remanente 2015)

SEGUNDO.- Se autoriza la ejecución de las obras públicas y la

realización de las acciones y proyectos que forman parte del Programa

de Inversión; así como la expedición de licencias y permisos que se

requieran para tal efecto. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la

Dirección General de Inversión Pública para que realice el desglose de

capítulos del gasto y la incorporación de los movimientos materia de la

presente modificación al Programa de Inversión Pública para el

Municipio de León, Guanajuato, que deberán certificarse para efectos

de dar cumplimiento a la normativa aplicable en materia de

contabilidad gubernamental, en el ejercicio fiscal 2016, ello en el

marco del documento que como anexo forma parte de este dictamen.

CUARTO.- Se autorizan todos aquellos actos jurídicos, administrativos

y contables que resulten necesarios para el cumplimiento del presente

acuerdo; además de instruirse al Tesorero Municipal para que realice

los movimientos presupuestales que se requieren para el mismo fin.

En uso de la voz, el Presidente manifiesta que conforme a derecho, la

modificación requiere para su aprobación mayoría simple, asimismo

someterse a consideración primeramente en lo general y seguido de

ello en lo particular, en el entendido que las áreas o partidas que no

sean reservadas se tendrán por aprobadas en lo particular. Por lo

anterior, el Presidente somete a la consideración del Cuerpo Edilicio,

en lo general, la modificación al Programa de Inversión Pública del

Municipio de León, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2016 en el mes

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

56

de abril, misma que queda aprobada por unanimidad y al no haber

reservas en lo particular se tiene por aprobada en dicho sentido.

En el punto VII del Orden del Día, el Presidente conforme a lo

establecido en los artículos 153 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato y Noveno párrafo segundo del Reglamento del

Patronato de la Feria Estatal de León y Parque Ecológico, y en

cumplimiento a lo señalado en el Acuerdo del H. Ayuntamiento de

fecha 30 de junio del año 2011, solicita al Licenciado José de Jesús

Padilla Moreno, Presidente del Consejo Directivo del Patronato de la

Feria Estatal de León y Parque Ecológico, comparezca ante el Pleno

para presentar el informe anual de resultados de la Feria Estatal de

León, Guanajuato. A continuación, el Licenciado José de Jesús Padilla

Moreno realiza la presentación del informe (se agrega al apéndice del

acta), que a continuación se inserta:

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

58

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

59

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

60

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

61

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

62

En seguida, el Presidente agradece y reconoce al Licenciado José de

Jesús Padilla Moreno, Presidente del Consejo Directivo del Patronato

de la Feria Estatal de León y Parque Ecológico, así como a todos los

integrantes del mismo, por los resultados obtenidos y por ser

ciudadanos comprometidos que trabajan de manera desinteresada por

la construcción del Municipio, de nuestra Feria y obviamente de todas

las familias; comentando además que pueden contar con el apoyo

indiscutible de todos. Asimismo, en uso de la voz el Regidor Alejandro

Alaniz Rosales agradece a Jesús Padilla Moreno, pues al formar parte

desde el inicio de su Consejo le consta la forma como se manejó como

Presidente, su manera honorable y su forma de hacer equipo con todo

el Consejo del Patronato, siempre viendo por el bien de la Feria y de

los leoneses. De igual manera, la Regidor Beatriz Yamamoto Cázares

se suma a la felicitación del gran equipo encabezado por un hombre

justo, honesto, respetable y activo que mostro un perfil muy proactivo y

que hizo un gran equipo, quedándose con una grata impresión con lo

poco que le toco estar en el Consejo estos 6 meses; asimismo felicita

a Esthela y a todo el equipo de trabajo que básicamente son los que

hacen la Feria posible. A continuación, el Regidor Salvador Ramírez

Argote felicita al Consejo Directivo de la Feria y en particular a su

Presidente, con quien le tocó trabajar en la anterior administración, así

como a la Directora Esthela, agradeciéndoles por el trabajo y entrega

que manifestaron durante estos 3 años; asimismo comenta que en la

exposición realizada se manifiesta un remanente de $38’000,000.00

de pesos, la diferencia entre los ingresos y los egresos, por lo que

pregunta ¿Qué ocurre con esos remanentes que va teniendo la Feria

año con año? Sobre el particular, en uso de la voz el C. José de Jesús

Padilla Moreno señala que en esos remanentes una parte se va a la

operación del Patronato, de la oficina y de todo lo que se lleva donde

se trabaja todo el año, ya que muchas veces piensan que en la Feria

se trabaja durante unos poquitos meses pero en realidad es un trabajo

de todo un año; agregando que le faltó comentar por ejemplo el

ingreso durante la no Feria el cual crecieron de $4.5 millones a casi

cerca de $9’000,000.00 pesos, es decir que duplicaron ese ingreso,

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pues están trabajando durante todo el año, teniendo 110 personas de

base donde también le invierte al Parque Explora, que es parte de la

labor social que se lleva en la Feria y en donde todo el año están

otorgando y gastando o invirtiendo, ya que es un parque totalmente

gratuito y financiado al 100% por el Patronato de la Feria; agregando

que otro gasto que tienen es que mensualmente hacen una

transferencia de alrededor de $670,000.00 pesos al Museo de Ciencia

Explora, donde se hacen mejoras en las instalaciones. Manifestando

por último que hicieron una aportación a la Escuela anexa a la Normal

donde invirtieron $4’000,000.00 pesos, siendo en lo que generalmente

se invierte todo el remanente. A continuación, sobre este mismo

asunto, en uso de la voz el Regidor José de Jesús Vázquez García

felicita al Señor José de Jesús Padilla, pues a todos les consta su

entrega y su dedicación.

En el punto VIII del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se

presenta la respuesta a la circular número 33 enviada por la Comisión

de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado a

los Integrantes del Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la

Iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

para el Estado de Guanajuato, y de reformas a la Ley de Protección de

Datos Personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato; por

lo que solicita al Presidente de la Comisión de Gobierno, Seguridad

Pública y Tránsito se sirva dar lectura al dictamen respectivo. En uso

de la voz, el Síndico Luis Ernesto Ayala Torres da lectura al dictamen

(se agrega al apéndice del acta), que contiene lo siguiente:

PRIMERO.- Para efectos del último párrafo del artículo 56 de la

Constitución Política para el Estado de Guanajuato, envíese la

respuesta correspondiente al oficio circular número 33, suscrito por

Ricardo Torres Origel y Jorge Eduardo de la Cruz Nieto, Diputado

Presidente y Diputado Secretario respectivamente de la Comisión de

Gobernación y Puntos Constitucionales, a través del cual se remite a

este Ayuntamiento la iniciativa de Ley de Transparencia y Acceso a la

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Información Pública para el Estado de Guanajuato y de reformas a la

Ley de Protección de Datos Personales para el Estado y los

Municipios de Guanajuato suscrita por el Gobernador del Estado, la

Diputada Presidenta del Congreso del Estado, la Diputada y los

Diputados integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política

y Magistradas y Magistrados integrantes del Pleno del Supremo

Tribunal de Justicia del Estado. Lo anterior, a fin de manifestar las

observaciones y aportaciones que se señalan en el anexo que forma

parte del presente acuerdo, las cuales contribuirán a enriquecer el

contenido de la iniciativa de referencia y que a continuación se

insertan:

OBSERVACIONES Y APORTACIONES TÉCNICO JURÍDICAS A LA INICIATIVA DE LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO.

a) Relativo a las fracciones II y XXXIII del artículo 7:

La fracción II del referido artículo define “áreas” como las instancias que cuentan o puedan contar con la información y la fracción XXXIII define “unidades administrativas” como las áreas de los sujetos obligados, lo cual puede dar a entender que el concepto de área y de unidad administrativa es el mismo, esa similitud en ambos conceptos puede llegar a causar confusión en la aplicación de la ley, por lo cual se sugiere reconsiderar la necesidad de conservar ambos conceptos, o en su defecto clarificar las definiciones.

b) En lo que respecta a la fracción X del artículo 7:

La definición de “formatos abiertos” se encuentra contenida en la fracción a que se refiere el presente inciso, así también se contiene en el inciso i) de la fracción VI del mismo artículo en la cual se habla de los “datos abiertos” por lo cual se sugiere conservar únicamente una de dichas definiciones.

c) Tocante a la fracción X del artículo 24:

El artículo 24 establece los sujetos que se encuentran obligados al cumplimiento de la ley y en su fracción X hace referencia a los fondos públicos, sin embargo por fondos públicos se puede entender como el patrimonio público, el cual se ejerce a través de figuras como el fideicomiso público, por ello queda duda acerca de la intención de incluir el concepto de “fondo público” dentro del listado de los sujetos obligados.

d) Referente a la fracción III del artículo 26:

El principio de legalidad implica la conformidad de cualquier acto de autoridad con el ordenamiento jurídico que le da fundamentación, es decir que la ley es el único mecanismo que atribuye facultades u obligaciones a la autoridad, en este sentido en la fracción de referencia se establece como parte de la información que tienen que

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publicar los sujetos obligados las facultades de cada área, pero dado que el concepto facultad implica potestad de hacer o no hacer se sugiere modificar la fracción para que se refiera a las atribuciones de las áreas, con lo que quedarían incluidas las facultades y las obligaciones, no sólo las primeras.

e) En cuanto al inciso q) de la fracción XV del artículo 26:

Dicho dispositivo hace referencia a la obligación de poner oficiosamente a disposición de la autoridad la información referente a los programas, subsidios, estímulos y apoyos, siendo parte de esta información el padrón de beneficiarios incluyendo en este, nombre, edad y sexo de los beneficiarios, datos que conforme a la ley debe tener tratamiento especial por su calidad de confidencialidad, por ello se sugiere reconsiderar la necesidad de incluir dichos datos en la información pública de oficio. Adicionalmente, en el mismo inciso se indica como parte de la información del padrón de beneficiarios, la unidad territorial, al respecto se sugiere clarificar dicha referencia, a efecto de facilitar la aplicación de la norma.

f) Respecto a la fracción XVIII del artículo 26:

Continuando con la información que los sujetos obligados deben hacer pública de oficio, en dicha fracción se incluye el listado de las personas servidoras públicas con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición, sin que quede claro a qué información se refiere el término “disposición”.

g) En cuanto a la fracción XXXVII del artículo 26:

Dicha fracción se refiere a la información de los programas que los sujetos obligados ofrecen como parte de la información pública de oficio, se sugiere eliminar esa fracción en razón de que en la fracción XV del mismo artículo ya se contiene dicha obligación, detallando de mejor manera la forma de dar cumplimiento a la misma.

h) Tocante al inciso a) de la fracción I del artículo 28:

El artículo hace referencia a obligaciones específicas del Poder Ejecutivo y los municipios, estableciendo en su inciso a) “los planes estatales de desarrollo, según corresponda”, al respecto se sugiere modificar dicha redacción para establecer la obligación a los municipios de publicar sus planes y programas, adicionalmente a la obligatoriedad de los Estados de publicar su plan estatal de desarrollo.

i) En cuanto al inciso b) de la fracción I del artículo 28:

Otra de las obligaciones de publicidad de información específicas para el Estado y los municipios es la relativa al presupuesto de egresos y a las fórmulas de distribución, quedando duda sobre cuáles son las fórmulas de distribución que se deben publicar, por lo que se sugiere clarificar el dispositivo de referencia para facilitar a la autoridad el cumplimiento de dicha obligación.

j) Referente al inciso a) de la fracción II del artículo 28:

El inciso se refiere a la obligación de los municipios de publicar el contenido de las gacetas municipales, al respecto se sugiere considerar que diversos municipios han optado por hacer pública su información a través de medios electrónicos, mediante el uso de sus respectivos portales.

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k) En lo que hace a la fracción VIII del artículo 49:

Se establece como atribución de la unidad de transparencia el proponer al personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información, respecto a dicha atribución se sugiere clarificar a quien se presentará dicha propuesta y qué autoridad es la facultada para tomar la determinación, además de especificar si dicha disposición se refiere al personal que forma parte de la estructura asignada de la unidad o a personal adicional.

l) Tocante al artículo 52:

Con la intención de facilitar la aplicación de la norma se sugiere reconsiderar la redacción del artículo, a efecto de dar mayor claridad al mismo.

m) Respecto a las fracciones II y III del artículo 73:

En cuanto a esas fracciones se sugiere modificar su redacción a efecto de hacer en ellas una acotación que permita la interpretación de los mismos de manera que facilite su aplicación a nivel municipal.

n) Referente a la fracción IV del artículo 73:

En dicha fracción se califica como reservada la información que pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física, al respecto se sugiere incluir como parte de esa clasificación la información que pueda poner en riesgo la honra y reputación de las personas, obligación que el Estado Mexicano ha adoptado al adherirse al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

o) En lo que respecta a la fracción II del artículo 81:

La fracción de referencia establece la forma en que los sujetos obligados deben tratar la información personal, sin embargo consideramos que al darle una redacción distinta se facilita a la autoridad la interpretación de dicho dispositivo y por ende asegura su mejor aplicación.

p) Relacionado al artículo 82 en relación con el 197:

Dicho artículo establece la prohibición de la difusión de los datos personales salvo que exista consentimiento expreso, y dada la relevancia de dicho dispositivo se sugiere contemplar dentro de las sanciones aquella a que se haga acreedor el sujeto obligado en caso de no observar dicha prohibición.

q) Concerniente a la fracción IV del artículo 83:

La prohibición de la difusión de los datos personales tiene determinadas excepciones, las cuales se consagran en dicho artículo, siendo una de ellas las razones de salud pública o para proteger los derechos de terceros caso en el cual se requiere una prueba de daño, sin embargo tomando en consideración que la divulgación de dicha información puede lesionar los derechos de las personas a las cuales pertenecen se sugiere especificar en qué consiste la prueba de daño.

SEGUNDO.- Tomando en consideración el plazo establecido por la

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para dar respuesta

al Oficio Circular No. 33 y en atención a que por las fechas establecidas

en el calendario aprobado de sesiones ordinarias del H. Ayuntamiento,

no es posible agotar el procedimiento municipal dentro de dicho plazo,

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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se acuerda solicitar al H. Congreso del Estado que a efecto de dar

cumplimiento al artículo 56 constitucional, se tome como opinión el

presente dictamen, enviando con posterioridad la certificación que al

efecto emita el H. Ayuntamiento. En seguida, el Presidente somete a la

consideración del Honorable Ayuntamiento la respuesta a la circular

número 33 en los términos del dictamen al que se dio lectura, misma

que queda aprobada por unanimidad.

En el punto IX del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se

presenta la respuesta a la circular número 39 enviada por la Comisión

de Fomento Agropecuario del Congreso del Estado a los Integrantes

de este Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la Iniciativa por la

que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley

Ganadera para el Estado de Guanajuato; por lo que solicita a la

Presidenta de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, Educación,

Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud Pública y de

Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito se sirva dar lectura al

dictamen respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana María Esquivel

Arrona da lectura al dictamen (se agrega al apéndice del acta), que

contiene lo siguiente: PRIMERO.- Para efectos del último párrafo del

artículo 56 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato,

envíese la respuesta correspondiente al oficio circular número 39,

suscrito por Jesús Gerardo Silva Campos y Alejandro Flores Razo,

Diputados Presidente y Secretario respectivamente de la Comisión de

Fomento Agropecuario, mediante el cual se remite a este

Ayuntamiento la iniciativa formulada por el Gobernador del Estado, por

la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la

Ley Ganadera para el Estado de Guanajuato. Lo anterior, a fin de

manifestar las observaciones y aportaciones que se señalan en el

anexo que forma parte del presente acuerdo, las cuales contribuirán a

enriquecer el contenido de la iniciativa de referencia y que a

continuación se insertan:

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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OBSERVACIONES Y APORTACIONES TÉCNICO JURÍDICAS A LA INICIATIVA POR LA QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GANADERA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO.

a) Relativo al artículo 13 fracción XVI:

Se sugiere regular dicha atribución de forma más concreta con la finalidad de no incurrir en actos violatorios al proceso penal o transgredir el principio del debido proceso, así como las garantías en materia de legalidad consagradas en el artículo 14 y 16 de la CPEUM. Sin perjuicio de lo anterior y con la intención de dar claridad al texto, se propone la siguiente redacción: “Poner a disposición del Ministerio Público en calidad de presentado a las personas que movilicen especies pecuarias sobre las cuales no se acredite su propiedad”.

b) Relativo al artículo 13 fracción XVII: Para dar mayor claridad al texto normativo se sugiere la siguiente redacción:

“Retener y poner a disposición de las autoridades competentes a las especies pecuarias y sus productos que sean movilizados con documentos oficiales mal elaborados, sin sello, firmas, tachaduras o enmendaduras”.

c) Relativo al artículo 46 fracción V:

Se sugiere considerar que al realizar la cancelación de la patente que tenga el titular por el simple hecho de que haya una investigación en su contra por la presumible imputación que se le hace por el posible delito de robo de ganado, se da a lugar a que por una acusación no acreditada reciba una sanción. El gobernado no está obligado a probar la licitud de su conducta cuando se le imputa la comisión de un delito, en tanto que el acusado no tiene la carga de probar su inocencia. Si se parte de esa premisa, la presunción de inocencia es un derecho que surge para disciplinar distintos aspectos del proceso penal, empero, debe trasladarse al ámbito administrativo sancionador, en tanto ambos son manifestaciones de la potestad punitiva del Estado.

d) Relativo al artículo 85 en relación con el artículo 87: Se sugiere considerar dentro del catálogo de infracciones a la Ley, el uso de guías de tránsito o de certificados zoosanitarios falsificados.

SEGUNDO.- Tomando en consideración el plazo establecido por la

Comisión de Fomento Agropecuario para dar respuesta al Oficio

Circular No. 39 y las fechas establecidas en el calendario aprobado de

sesiones ordinarias del H. Ayuntamiento, no es posible agotar el

procedimiento municipal dentro del plazo otorgado, por este motivo se

acuerda solicitar al H. Congreso del Estado que a efecto de dar

cumplimiento al artículo 56 constitucional, se tome como opinión el

presente dictamen, enviando con posterioridad la certificación que al

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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efecto emita el H. Ayuntamiento. A continuación, el Presidente somete

a la consideración del Honorable Ayuntamiento la respuesta a la

circular número 39 en los términos del dictamen al que se dio lectura,

misma que queda aprobada por unanimidad.

En el punto X del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se

presentan las reformas al Reglamento de Deporte y Cultura Física

para el Municipio de León, Guanajuato; por lo que solicita a la

Presidenta de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, Educación,

Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud Pública y de

Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito, se sirva dar lectura al

dictamen respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana María Esquivel

Arrona da lectura al dictamen (se agrega al apéndice del acta), que

contiene lo siguiente: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos

115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 117 fracción I de la Constitución Política para el Estado de

Guanajuato; 76 fracción I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato; y 16, 62, 67, 79, 81 y 89 del

Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León, Guanajuato; se

aprueban diversas reformas al Reglamento de Deporte y Cultura

Física para el Municipio de León, Guanajuato, con el objeto de

fortalecer la estructura administrativa de la Entidad, así como

armonizar el texto legal con las disposiciones jurídicas aplicables, en

los términos del documento que como anexo forma parte del presente

acuerdo y que a continuación se insertan:

ANEXO ÚNICO QUE FORMA PARTE DEL DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN DIVERSAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE DEPORTE Y CULTURA FÍSICA PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Diversos sociólogos han reconocido el valor del deporte como medio de desarrollo social, pues reporta grandes beneficios a nivel individual y social, por ello es de vital importancia en la formación educativa de los individuos, en este sentido, la política deportiva se convierte en una herramienta invaluable de intervención social.

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En este reconocimiento a la importancia social de la práctica deportiva, la administración municipal 2015-2018, en su programa de gobierno ha incluido en el eje “Inclusión al desarrollo” el tema del deporte como formación de ciudadanos, a través del cual se busca promover y fortalecer la activación física de la población. Para poder lograr los objetivos plasmados en dicho programa, resulta necesario que el organismo encargado de conducir la política municipal en materia de educación física, deporte y recreación, cuente con una base normativa, que le permita, en coordinación con la administración centralizada cumplir con mayor alcance sus objetivos. Por ello, y en reconocimiento a la naturaleza heterónoma de los reglamentos, bajo la cual, estos siempre deben encontrar fundamento y soporte en las leyes estatales y federales, se modifica el Reglamento de Deporte y Cultura Física para el Municipio de León, Guanajuato a fin de que las relaciones laborales de la COMUDE-León, se rijan por la Ley Federal del Trabajo. La modificación antedicha encuentra su sustento en el pronunciamiento que ha realizado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante jurisprudencia por contradicción de tesis, en el sentido de que las relaciones laborales de los organismos descentralizados de carácter municipal, como lo es la COMUDE-León, se rigen por el apartado A del artículo 123 Constitucional, apartado que hace referencia a los contratos de trabajo en general, ello al considerar que “si bien es cierto que los organismos descentralizados de carácter municipal integran la administración pública paramunicipal, y por ello pertenecen al Municipio, también lo es que no forman parte del Ayuntamiento, en tanto que no tienen por objeto despachar los negocios del orden administrativo, sino prestar auxilio para la ejecución de cuestiones atinentes al desarrollo económico y social, como es la atención de los servicios públicos”. (160673. 2a./J. 169/2011 (9a.). Segunda Sala. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro II, Noviembre de 2011, Pág. 328). En otro orden de ideas se modifican las atribuciones que al H. Ayuntamiento confiere el reglamento, reforzando con ello la transversalidad de las acciones al hacer hincapié en la coordinación entre éste y la paramunicipal. Con la misma intención se faculta al titular de la Presidencia Municipal para proponer acciones de mejora en cuanto al funcionamiento e integración del organismo, no se omite hacer mención que con dicha modificación no se transgrede en forma alguna la autonomía de la COMUDE-León, sino al contrario, se robustecen los lazos entre la administración centralizada y la paramunicipal lo que indudablemente deriva en una mejora en el servicio recibido por la ciudadanía. A fin de privilegiar la libertad de la paramunicipal en cuanto a su organización administrativa, se modifica el artículo que regula su estructura orgánica, eso le permitirá a la paramunicipal determinar libremente la denominación y el número de las unidades administrativas que requiera para dar cumplimiento a su objeto, siempre que se atiendan las áreas de Cultura física, Recreación, Deporte selectivo, Deporte de alto rendimiento, Infraestructura deportiva, Eventos y Administración, con este cambio la organización de la COMUDE-León se podrá adecuar, más fácilmente, a las necesidades actuales de la ciudadanía y por ende, podrá responder con mayor alcance a las mismas. No obstante lo anterior y en apego al principio de legalidad permanece la disposición que establece que las funciones y atribuciones de las unidades administrativas de la COMUDE-León, serán las que se establezcan en su reglamento interior y las que determine el Consejo.

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Por último, y con la intención de dar mayor claridad al texto normativo, se modifican las atribuciones del Consejo y de quien ocupe la titularidad de la Dirección General, a efecto de plasmar de manera específica la intervención de cada uno en cuanto al nombramiento y remoción de los servidores públicos de la COMUDE-León. Por lo anteriormente expuesto se ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

Único. Se reforman los artículos 6 fracción IV; 7 fracción IV; 11 fracción

XVIII; 33 fracción VII; 34 y 35 todos del Reglamento de Deporte y Cultura Física para el Municipio de León, Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 164, tercera parte, de fecha 13 de Octubre de 2015, en los términos siguientes:

“Atribuciones del…

Artículo 6. El Ayuntamiento tiene…

I. a III. …

IV. En coordinación con la COMUDE-León, gestionar y promover ante

organismos públicos o privados, recursos y financiamiento para los

programas y proyectos en materia de deporte, cultura física y

recreación;

V. a VIII. …

Atribuciones de la…

Artículo 7. La persona titular…

I. a III. …

IV. Vigilar la correcta integración y el adecuado funcionamiento de la

COMUDE-León y, en su caso, sugerir acciones de mejora; y,

V. …

Atribuciones del Consejo

Artículo 11. Son atribuciones del…

I. a XVII. …

XVIII. Aprobar, a propuesta de la Dirección General, la designación de

quienes sean responsables de las unidades administrativas de la

COMUDE-León;

XIX. y XX …

Atribuciones de la…

Artículo 33. La persona titular…

I. a VI. …

VII. Nombrar y remover de su cargo a los servidores públicos de la

COMUDE-León, a excepción del nombramiento de los responsables

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de las unidades administrativas, el cual se realizará conforme a la

fracción XVIII del artículo 11;

VIII. a XI. …

Estructura orgánica de la COMUDE-León

Artículo 34. La COMUDE-León contará con la estructura orgánica que autorice el Consejo, debiendo contar, como mínimo, con las unidades administrativas que atiendan las siguientes funciones:

I. Cultura física;

II. Recreación;

III. Deporte selectivo;

IV. Deporte de alto rendimiento;

V. Infraestructura deportiva;

VI. Eventos; y

VII. Administración.

Las funciones y atribuciones de las unidades administrativas de la COMUDE-León, serán las que se establezcan en su reglamento interior y las que determine el Consejo.

Relación laboral

Artículo 35. Las relaciones laborales entre la COMUDE-León y sus trabajadores, se regirán por la Ley Federal del Trabajo.”

Artículo transitorio

Único. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial

del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo

240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En

consecuencia, el Presidente manifiesta que conforme a derecho, las

reformas al reglamento mencionado requieren para su aprobación

mayoría calificada, asimismo someterse a consideración primeramente

en lo general y seguido de ello en lo particular, en el entendido que el

artículo o artículos que no sean reservados se tendrán por aprobados

en lo particular. Por lo anterior, el Presidente somete a la

consideración del Cuerpo Edilicio en lo general, las reformas al

Reglamento de Deporte y Cultura Física para el Municipio de León,

Guanajuato, mismas que quedan aprobadas por unanimidad y en lo

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particular se deriva la reserva del Regidor Salvador Ramírez Argote al

artículo 35 manifestando que entre las reformas que se proponen al

reglamento, está la del artículo 35 que consiste en que las relaciones

de trabajo de los empleados de la COMUDE, de acuerdo con esta

reforma, se regirían por la Ley Federal del Trabajo y actualmente se

rigen por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del

Estado y los Municipios, por lo que entonces lo que se intenta con la

reforma es que ya se rijan por la Ley Federal del Trabajo, y como

todos saben la Ley Estatal de Servidores Públicos es más benéfica

desde el punto de vista de las prestaciones para los trabajadores que

la Ley Federal del Trabajo, de tal manera que al hacer este cambio

estarían perjudicando a los trabajadores de la COMUDE al disponer

que ya sus relaciones de trabajo se rijan por la Ley Federal, siendo su

propuesta concreta no tocar el artículo 35, es decir que lo dejen como

esta y se sigan rigiendo por la Ley del Trabajo de los Servidores

Públicos al Servicio del Estado y los Municipios, pues se parte del

artículo 132 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato que

dice: “Artículo 132...Las relaciones de trabajo entre el Estado, Municipios y sus

trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del

Estado y de los Municipios...”, que es una disposición general de la

Constitución del Estado, y luego viene la propia Ley del Trabajo de los

Servidores Públicos al Servicio del Estado y los Municipios, que en su

artículo 1 empieza a clarificar y dice: “ARTÍCULO 1. La presente ley rige las

relaciones de trabajo entre el Estado y sus trabajadores y entre los municipios y

sus trabajadores...”. Asimismo, menciona que saben perfectamente que

la administración pública municipal se divide en administración

centralizada y paramunicipal, considerando que en la centralizada no

hay duda de que rige esta ley, pero donde puede haber duda es en la

paramunicipal, pues el segundo párrafo dice: “ARTÍCULO 1....Cuando las

empresas u organismos paraestatales, municipales o descentralizadas (que es el

caso de la COMUDE) del estado o de los municipios se encarguen de la atención

de los servicios públicos o de actividades sociales que las leyes encomiendan al

Estado o a los municipios, las relaciones con sus trabajadores se regirán también

por esta ley”, es decir que aquí ponen una condición para que

tratándose de paramunicipales se rijan por esta ley, y la condición es

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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que se encarguen estos organismos de la atención de servicios

públicos o actividades sociales que las leyes le encomienden al

municipio, pareciéndole que el asunto del deporte sí es una actividad

social que las leyes le encomiendan al municipio desde el momento

que existe una Ley General de Deporte y Cultura Física, que le da

atribuciones a los municipios en esta materia, y luego se deriva una

Ley Estatal que en el mismo sentido le da las atribuciones al municipio

y este se las encomienda a la COMUDE, siendo ese el silogismo y

argumento para concluir que sí se deben regir por la Ley del Trabajo

de los Servidores Públicos; siendo esa la razón por la que pide se

quede como está el artículo 35. Sobre el particular, en uso de la voz el

Secretario del Ayuntamiento manifiesta que si bien es cierto son claros

los preceptos en materia de la jurisdicción estatal hacia las propias

paramunicipales y descentralizados del estado y en consecuencia del

municipio, le informan que tratándose de la interpretación en casos

concretos que se han estado ventilando hacia los Tribunales Labores,

el criterio con el que se ha adoptado es la aplicación de la Ley Federal

del Trabajo, que en reiteradas ocasiones han sido puestos incluso por

la benevolencia que en algunos casos la propia Ley Estatal establece,

pero que sin embargo ha sido criterio de los Tribunales Federales la

aplicación de la Ley Federal, siendo por ello que se incluye en la

modificación que la vigencia de la relación laboral sea por la propia

Ley Federal. En ese tenor, el Regidor Ramírez Argote pregunta

¿quiénes han determinado esto, el Tribunal Burocrático, las Julcas, en

amparo los Tribunales Federales o quiénes?. Respondiendo al efecto

el Secretario del Ayuntamiento tener entendido que cuando se ha

instado al Tribunal Burocrático se ha declarado incompetente, y son

las Juntas de Conciliación y Arbitraje las que han entrado a sostener

esa competencia. En seguida, el presidente manifiesta que

aprovechando la presencia del Licenciado José Luis Sánchez Castillo,

Director de Relaciones Laborales, somete a la consideración del

Cuerpo Edilicio su comparecencia a fin de que profundice sobre el

tema, la cual es aprobada por unanimidad. En uso de la voz, el

Licenciado José Luis Sánchez Castillo menciona que efectivamente

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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como dice el Secretario en el tema de los descentralizados, aunque

efectivamente está contemplado que su relación laboral se rige a

través de la Ley Burocrática-Ley del Trabajo de los Servidores

Públicos al Servicio del Estado y los Municipios, pues existe una

jurisprudencia en contradicción de tesis que interpreta la Suprema

Corte de Justicia de la Nación, si mal no recuerda del año 1992, y en

ese sentido ha determinado que el tema de los organismos públicos

descentralizados tanto de la federación, los estados y los municipios,

por ser entes que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio, sus

relaciones de trabajo se rige por el apartado A) del artículo 123 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en todo caso

por su reglamentaria Ley Federal del Trabajo, es decir que los trata

como trabajadores de empresa privada y que en este caso la

competencia para conocer de los asuntos laborales se llevan ante las

Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje o Juntas Federales en su

caso de organismos públicos descentralizados de Gobierno Federal,

como es el caso de Petróleos Mexicanos o el Instituto Mexicano del

Seguro Social, por decir algún ejemplo; en el caso de los organismos

públicos descentralizados tanto del gobierno del estado y de los

municipios se rigen por el apartado A) y se tratan en las Juntas

Locales de Conciliación y Arbitraje, siendo la razón que consideró la

Suprema Corte de Justicia de la Nación que sí bien es cierto forman

parte de la administración pública, es decir no son entes aislados, no

son independientes pero finalmente tienen su propio régimen de

administración y su propio patrimonio, y en ese sentido se considera

que no forman parte de la administración centralizada tanto de los

municipios como de Gobierno del Estado. En ese mismo tenor, el

Regidor Ramírez Argote manifiesta que la jurisprudencia que

menciona el Director es anterior a la promulgación de la ley de la que

hablaban hace un momento, entendiendo bien que el Tribunal

Burocrático se declara incompetente cuando se dan este tipo de

situaciones porque es quitarse trabajo y que otros atiendan esos

asuntos en lugar de atenderlos ellos. Agregando que hay un principio

en todas la leyes laborales, incluyendo esta, en el cual se debe estar

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siempre a la norma que le resulte más favorable al trabajador en caso

de duda, por lo que entonces, agradeciendo los comentarios del

Director de Relaciones Laborales, mantendría la propuesta de que se

quede tal como está, y finalmente que sean los trabajadores los que

lleven a cabo sus asuntos donde les corresponde, y que es a donde a

ellos más les beneficia, pues ellos estarán en posibilidad de litigarlo

más arriba si es que se declara incompetente el Tribunal Burocrático,

pero de entrada pide que se quede como está por ser lo más benéfico

para el trabajador. Asimismo sobre este asunto, en uso de la voz el

Regidor Salvador Sánchez Romero comenta que estuvo presente en

esa comisión y precisamente la Regidora Norma hizo la pregunta al

abogado de COMUDE, quien les hizo referencia a esa jurisprudencia y

que estaban en lo correcto al aprobarlo; recordando además que se

recomendó que quedara asentado que los trabajadores que están

actualmente trabajando conservaran sus beneficios anteriores y esto

aplicaría solamente a las nuevas contrataciones, siendo en ese

sentido como lo aprobaron en Comisiones. Después, nuevamente en

uso de la voz el Licenciado José Luis Sánchez Castillo comenta que

en ese sentido también la Corte, derivando esto de un mandato

constitucional, quien tiene la facultad únicamente para legislar en

materia laboral es a nivel Federal el Congreso de la Unión tratándose

de leyes reglamentarias de la Constitución como la Ley Federal del

Trabajo y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; y

que en el caso de la competencia para emitir leyes laborales por parte

de los estados que regulen las relaciones del trabajo de los propios

servidores públicos de los estados y de los municipios no deriva del

123 sino de la facultad que otorga el artículo 115 Constitucional que es

el que refiere a la autonomía de los municipios y el 116 que refiere a la

autonomía de los estados, pero que sin embargo en este sentido

afirma que la Corte ha determinado que el único que tiene facultad

para legislar son estos órganos: a nivel federal el Congreso de la

Unión y a nivel local las legislaturas de los estados; pareciéndole que

en un reglamento de carácter municipal o estatal, tanto un Poder

Ejecutivo como un Ayuntamiento no tienen la facultad para determinar.

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Agregando que estas relaciones de trabajo tienen que acordar a lo que

dice la ley y por excepción lo que dijo la jurisprudencia en esta

interpretación de la ley, y en el caso de los derechos de los

trabajadores que pasan de un organismo público descentralizado y

que ahora si se determina que haya como parte de la administración

centralizada, tiene que haber un reconocimiento de derechos de sus

trabajadores, sobre todo en el tema de la antigüedad, pareciéndole

que en ese sentido tienen que regirse primero por lo que dice la ley y

la jurisprudencia, reiterando que serían los órganos competentes,

tanto en este caso, tratándose de las leyes, el Congreso del Estado

tratándose de la Ley Burocrática y a nivel Federal el Congreso de la

Unión o bien la Suprema Corte de Justicia en interpretación de estas

leyes, siempre respetando los derechos de los trabajadores, pues no

pueden pasar por encima de los derechos además de que también ya

está en texto constitucional en la reforma que se hizo en cuanto al

respeto de los derechos humanos y la interpretación sobre la norma

que sea más favorable, pero que en este sentido el que tiene la última

palabra y la única interpretación es la Suprema Corte de Justicia de la

Nación que ha establecido el caso de las competencias y si tienen un

organismo público descentralizado definitivamente la competencia

para conocer de su conflicto será ante una Junta Local y la ley

aplicable será la Ley Federal del Trabajo. Por último, en relación con

este tema, el Regidor Salvador Ramírez Argote menciona que en

materia laboral la ley no es el límite, la ley es apenas el piso, lo

mínimo, y a partir de ahí lo que determinen entre el patrón y el

trabajador hacía arriba es lo que rige, de tal manera que si en su

reglamento ponen con base en la ley, que en este caso las relaciones

se rigen por una ley más benéfica para el trabajador, entonces es a lo

que habría que estar. En seguida, El Presidente somete a la

Consideración del Honorable Ayuntamiento la propuesta presentada

por el Regidor Salvado Ramírez Argote para que el artículo 35 se

conserve tal cual está en el Reglamento de la COMUDE, la cual no es

aprobada por contar únicamente con tres votos a favor emitidos por

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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los Regidores Norma Patricia López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote

y Sergio Alejandro Contreras Guerrero.

En el punto XI del orden del Día, el Presidente manifiesta que se

presentan las reformas al Reglamento del Consejo de Participación

Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato; por lo que

solicita a la Presidenta de las Comisiones Unidas de Desarrollo Social,

Educación, Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y Salud

Pública y de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito, se sirva dar

lectura al dictamen respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana

María Esquivel Arrona da lectura al dictamen (se agrega al apéndice

del acta), que contiene lo siguiente: PRIMERO.- Con fundamento en

los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 117 fracción I de la Constitución Política para el

Estado de Guanajuato; 76 fracción I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; y 16, 62, 67, 79, 81

y 89 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León,

Guanajuato; se aprueban diversas reformas y adiciones al Reglamento

del Consejo de Participación Social en la Educación del Municipio de

León, Guanajuato, con el objeto de plantear una política educativa

amplia de carácter transversal, incluyendo en ella las diferentes

modalidades de educación, en los términos del documento que como

anexo forma parte del presente acuerdo y que a continuación se

insertan:

ANEXO ÚNICO QUE FORMA PARTE DEL DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN DIVERSAS REFORMAS Y ADICIONES AL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN DEL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Programa de Gobierno 2015-2018 contempla en su eje número 2 “Inclusión al desarrollo” el reducir las desigualdades sociales como una de las principales responsabilidades para ampliar las oportunidades de desarrollo para todos, así también señala que la justicia social implica que todas las personas tengan acceso a los beneficios del desarrollo social en materia de educación. Por ello, como uno de los objetivos dentro de dicho eje se encuentra el relativo a la educación para la vida y el trabajo, en el cual se visualiza la importancia de promover la formación integral en la población.

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La formación integral, implica entonces un proceso que se refiere a todas las facetas del individuo, en este sentido, la educación no puede sólo entenderse como la educación escolarizada, sino que debe referirse a los diferentes aspectos en los que se desenvuelve la persona en sociedad, Montesquieu citaba la existencia de tres formas de educación, la de los padres, la de los maestros y la del mundo, esta concepción de educación pone de manifiesto la relevancia de contemplar la educación no escolarizada en el proceso formativo, y por ende, la necesidad de nuevas y diferentes formas de educación. Para transformar el proceso educativo de la sociedad leonesa, se deben reconocer los diferentes modelos de educación existentes, de manera que las acciones del gobierno se planifiquen con una visión que vaya más allá de los sistemas tradicionales. En este contexto, resulta de vital importancia considerar en el quehacer municipal que la educación debe ser formal, no formal e informal, entendida la educación formal como la impartida por el tradicional sistema escolarizado, la informal como la obtenida mediante enseñanzas no escolares a través de actividades extracurriculares y la informal como aquella que deriva de la experiencia cotidiana de las personas. El municipio de León forma parte de la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras, cuyos principios básicos se recogen en la carta de ciudades educadoras, conforme a la cual las ciudades que son parte se comprometen, entre otros aspectos, a plantear una política educativa amplia de carácter transversal e innovador, incluyendo en ella todas las modalidades de educación formal, no formal e informal y las diversas manifestaciones culturales, fuentes de información y vías de descubrimiento de la realidad que se produzcan en la ciudad. Para el municipio de León, representa entonces un doble compromiso el transformar la visión educativa de la ciudad, pues además de dar cumplimiento al pacto que aceptó al formar parte de la Asociación, tiene el de proteger el derecho fundamental a la educación de sus gobernados. Cabe mencionar, que el Consejo que se regula con el ordenamiento que en este acto se modifica, encuentra su origen en la Ley General de Educación, y para su organización la Secretaría de Educación Pública Municipal emitió el acuerdo número 716 que contiene los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación. En atención a todo lo anteriormente planteado, se ajusta el texto normativo a los lineamientos mencionados en supra líneas, reduciendo el tiempo que duran los consejeros en su encargo de tres a dos años. En ese mismo tenor se reduce el número de consejeros para quedar en veinticinco. Con dicho ajuste, se modificó la integración del Consejo, a efecto de lograr, la participación de los actores cuya intervención resulta prioritaria para lograr los objetivos del mismo, incluyendo a representantes de los consejos escolares y representantes del nivel medio superior y superior, en atención a la obligación constitucional en materia de educación conforme a la cual el Estado, entendido como federación, estado y municipio impartirá educación preescolar, primaria y secundaria, por lo que en este enfoque integral del proceso formativo, no se puede dejar de lado, como parte de la educación formal, la necesidad de contemplar los diferentes niveles educativos. Con la intención de fortalecer la participación de la ciudadanía en los trabajos del Consejo y lograr la transversalidad y la visión integral que se busca, se modifica el esquema de funcionamiento del Consejo, al efecto, se organizará en mesas temáticas, las cuales sesionarán bimestralmente y tienen por objeto el ejecutar las

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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acciones necesarias para el funcionamiento del Consejo, informando permanentemente al Presidente de las mismas. Con este esquema se facilita y agiliza el funcionamiento y la toma de decisiones. Así también, con la intención de crear en la ciudad un proceso formativo integral, se amplían las atribuciones del Consejo, a efecto de que tenga las herramientas necesarias para coadyuvar con la Dirección General de Educación del Municipio, en el fortalecimiento de los procesos no formales e informales de la educación. Por lo anteriormente expuesto se ha tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

Artículo único. Se reforman los artículos 5; 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV; 9; 13; 16 fracción XXV; 19 fracción V; 22; 23; y 27; y se adicionan la fracción XVI al artículo 6; las fracciones XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX y XXX al artículo 16 y un artículo 27-A; todos del Reglamento del Consejo de Participación Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 55, segunda parte de fecha 06 de abril del 2010, para quedar en los términos siguientes: “Artículo 5. El Consejo se integrará con un presidente, un secretario técnico y veintitrés vocales con sus respectivos suplentes quienes ocuparan el cargo en el supuesto del artículo 13 del presente reglamento.

Artículo 6. El Consejo estará…

I. El Presidente de la Comisión de Educación del Ayuntamiento o su

equivalente;

II. El titular de la Dirección General de Educación Municipal;

III. Tres representantes de los niveles educativos de educación básica, que

comprende preescolar, primaria y secundaria;

IV. El Delegado de la Secretaría de Educación de Guanajuato en el

Municipio;

V. Un representante de la Delegación Federal de la Secretaría de

Educación Pública en el Estado de Guanajuato;

VI. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de

Participación Social de Educación Especial;

VII. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de

Participación Social de Educación Preescolar;

VIII. Dos representantes de los Presidentes de los Consejos Escolares de

Participación Social de Educación Primaria;

IX. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de

Participación Social de Educación Secundaria modalidad general;

X. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de

Participación Social de Educación Secundaria modalidad técnica;

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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XI. Un representante de los Presidentes de los Consejos Escolares de

Participación Social de Educación Secundaria en modalidad

Telesecundaria;

XII. Un representante del Consejo Nacional de Fomento Educativo

(CONAFE);

XIII. Dos representantes sindicales:

a) Un representante de la Sección 13 del Sindicato Nacional de

Trabajadores de la Educación; y

b) Un representante de la Sección 45 del Sindicato Nacional de

Trabajadores de la Educación;

XIV. Dos representantes del Nivel Medio Superior;

XV. Tres representantes del Nivel Superior; y

XVI. Tres representantes de la Sociedad Civil Organizada, interesados en el

mejoramiento de la educación.

El Consejo, en…

El Consejo tendrá… Todos los miembros… Artículo 9. Los consejeros durarán en su encargo dos años, pudiendo ser reelectos por otro periodo igual, en los cuales establecerán mecanismos de autoevaluación, referidos a las actividades desempeñadas con la finalidad de observar el alcance de los objetivos y acciones propuestas, verificando que los resultados sean acordes con lo establecido o bien sugerir los ajustes necesarios, así mismo deberá informar de forma anual, por conducto de sus representantes los resultados obtenidos durante el período de su gestión al Ayuntamiento. Artículo 13. La falta injustificada de cualquiera de los consejeros a más de dos sesiones de manera continua o de cuatro de manera discontinua sin causa justificada dentro de un año calendario, tendrá el carácter de abandono definitivo del cargo. Para tal efecto el Secretario Técnico realizará el cómputo respectivo y lo notificará al Presidente del Consejo y al integrante en cuestión, llamando en forma inmediata al Consejero Suplente para su integración. Los suplentes ocuparán el cargo de los propietarios únicamente en caso de abandono definitivo de éstos. Artículo 16. Son atribuciones del…

I. a XXIV. …

XXV. Impulsar el servicio social de alumnos de nivel medio superior y superior,

en las comunidades y localidades que demanden mayor atención y

participación colaborativa;

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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XXVI. Propiciar el diálogo intergeneracional en espacios públicos,

considerándolos como puntos de encuentro social bajo la vertiente de la

educación en su sentido más amplio;

XXVII. Impulsar la certificación de ciudadanos como promotores para la gestión

de buenas prácticas comunitarias;

XXVIII. Coadyuvar con la Dirección General de Educación en el desarrollo e

implementación de proyectos educativos de ciudad;

XXIX. Establecer convenios con instancias federales, estatales y municipales

para el impulso de la educación comunitaria; y

XXX. Las demás que le confiere el presente ordenamiento y otras

disposiciones jurídicas vigentes.

Artículo 19. Los vocales tendrán…

I. a IV…

V. Asumir y tomar parte de las mesas temáticas que integren; y

VI. …

Artículo 22. El Consejo debe elaborar dentro de los primeros cinco meses posteriores a su instalación, el plan de trabajo anual, estableciendo acciones a desarrollar, metas, calendarización de sesiones y la conformación de mesas temáticas; en este plan se deberá de prever la coordinación de las instancias municipales, estatales y de la sociedad civil, de la misma forma coadyuvarán en la elaboración e instrumentación del proyecto educativo municipal. Artículo 23. El Consejo deberá sesionar en forma ordinaria cuando menos una vez al año y de manera extraordinaria cuando haya asuntos que así lo ameriten, este último a solicitud del presidente o de la mayoría de los integrantes del Consejo. Artículo 27. Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo se organiza a través de mesas temáticas, las cuales serán conformadas de entre sus integrantes. Las mesas temáticas tienen como objeto ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de las atribuciones del Consejo informando de los acuerdos generados al Presidente y Secretario Técnico del Consejo a través de las actas respectivas. Artículo 27-A. Las mesas temáticas se integran por un coordinador, un secretario técnico y los vocales que el Consejo determine. Sesionarán bimestralmente, o de manera extraordinaria, cuando haya asuntos que así lo requieran y su funcionamiento se sujetará a las disposiciones que regulan el funcionamiento del Consejo, contando el coordinador y el secretario técnico con las atribuciones que respecto a las sesiones se confieren en el presente reglamento al Presidente del Consejo y al Secretario Técnico respectivamente”.

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Artículos transitorios

Primero. Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Segundo. Por única ocasión, dentro de los siguientes tres meses a la entrada en vigor de las presentes modificaciones se deberá realizar la designación de los integrantes del Consejo Municipal de Participación Social en la Educación del Municipio de León, Guanajuato, los cuales durarán en su encargo hasta que conforme al presente Reglamento deba renovarse.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial

del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo

240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En

seguida, el Presidente manifiesta que Conforme a derecho, las

reformas al reglamento mencionado requieren para su aprobación

mayoría calificada, asimismo someterse a consideración primeramente

en lo general y seguido de ello en lo particular, en el entendido que el

artículo o artículos que no sean reservados se tendrán por aprobados

en lo particular. Por lo anterior, el Presidente somete a la

consideración del Cuerpo Edilicio, en lo general, las reformas al

Reglamento del Consejo de Participación Social en la Educación del

Municipio de León, Guanajuato, mismas que son aprobadas por

unanimidad y al no haber reservas en lo particular se tienen por

aprobadas en el mismo sentido.

En el punto XII del Orden del Día, el Presidente manifiesta que se

presenta el Reglamento del Sistema de Protección Integral de las

Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de León, Guanajuato; por lo

que solicita a la Presidenta de las Comisiones Unidas de Protección

de los Derechos de los Niños y Adolescentes y de Gobierno,

Seguridad Pública y Tránsito, se sirva dar lectura al dictamen

respectivo. En uso de la voz, la Regidora Ana María Esquivel Arrona

da lectura al dictamen (se agrega al apéndice del acta), que contiene

lo siguiente: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 115 fracción

II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117

fracción I de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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fracción I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley Orgánica Municipal para

el Estado de Guanajuato; y 16, 62, 67, 79, 81 y 89 del Reglamento

Interior del H. Ayuntamiento de León, Guanajuato; se aprueba el

Reglamento del Sistema de Protección Integral de las Niñas, Niños y

Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato, con el objeto de

facilitar la coordinación y el trabajo intersectorial entre dependencias y

entidades municipales responsables de respetar, promover, proteger y

garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia, en los términos

del documento que como anexo único forma parte del presente

acuerdo y que a continuación se insertan:

ANEXO ÚNICO QUE FORMA PARTE DEL DICTAMEN MEDIANTE EL CUAL SE

APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE

NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN,

GUANAJUATO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los derechos humanos se aplican a todos los grupos de edad; las niñas, niños y adolescentes tienen los mismos derechos humanos en general que los adultos. Pero como son especialmente vulnerables, es necesario que tengan derechos concretos que reconozcan su necesidad de recibir una protección especial.

La Convención sobre los Derechos del Niño establece los derechos que es preciso convertir en realidad para que las niñas, niños y adolescentes desarrollen su pleno potencial y no sufran a causa del hambre, la necesidad, el abandono, los malos tratos, la desigualdad, la discriminación, entre otras. Refleja una nueva visión sobre la infancia. Una visión del niño como un individuo y como miembro de una familia y una comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados para su edad y su etapa de desarrollo.

La Convención y su aceptación en tantos países ha servido para defender la dignidad humana fundamental de todas las niñas, niños y adolescentes, necesidad urgente de asegurar su bienestar y su desarrollo. La Convención deja muy clara la idea de que una calidad básica de vida debe ser el derecho de todos los menores, en lugar de un privilegio que disfrutan solamente unos cuantos.

El papel de los gobiernos.

Los gobiernos están obligados a reconocer la gama completa de los derechos humanos de todas las niñas, niños y adolescentes; a tenerlos en cuenta en la agenda legislativa y en sus políticas. Aunque muchos Estados han comenzado escuchar seriamente los puntos de vista de la infancia acerca de numerosas cuestiones importantes, el proceso de cambio se encuentra todavía en sus primeras etapas.

Cumplimiento a la convención.

Bajo la Convención referida, los Estados parte tienen la obligación de enmendar y promulgar leyes y políticas destinadas a poner plenamente en práctica la protección de los derechos de los menores. Como resultado, este documento ha inspirado un proceso de implementación jurídica y de cambio social en todas las regiones del mundo. Los gobiernos locales y nacionales han enmendado leyes

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para tener en cuenta el interés superior del niño y han adoptado políticas sociales que promueven la puesta en vigor de los derechos de la infancia. Tanto las comunidades como los individuos, entre ellos niños y niñas, han participado activamente ofreciendo sus puntos de vista y pidiendo cambios.

Para ello El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) ha llevado a cabo labores de promoción, ha cooperado con los gobiernos y las organizaciones y ha proporcionado asistencia técnica para la aplicación de la Convención en todo el mundo. Otros organismos de las Naciones Unidas, como la Agencia de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR); la Organización Mundial de la Salud (OMS); y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, promueven activamente los derechos consagrados en la Convención. Y muchas organizaciones no gubernamentales trabajan para implementar mejor la Convención, procurando con ello una mejor aplicación en defensa de los derechos de los menores.

Marco Normativo.

En diciembre de 2014 y noviembre de 2015 se publicaron la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato respectivamente, mismas que tienen por objeto garantizar el ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos, tomando como principio rector el interés superior de la niñez, la corresponsabilidad de los miembros de la familia, la sociedad y las autoridades y la transversalidad en la legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales que fortalecen y complementan al referido principio rector.

La publicación de ambas leyes posiciona a los derechos de la infancia y la adolescencia como un asunto prioritario en la agenda pública. Además, establece los criterios que deben orientar la política en materia de la niñez creando mecanismos institucionales que permitan facilitar la comunicación, coordinación y toma de decisiones entre los sectores público, privado y social, a fin de garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Mediante ellas se reconoce la importancia de asignar recursos en los términos de las disposiciones aplicables para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, estableciendo con ello un sistema de rendición de cuentas, que incluye el monitoreo y la evaluación de las políticas, programas y acciones que impactan a la minoría.

Además, ambas leyes señalan que los gobiernos municipales serán responsables de conformar un Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, como modelo de organización de las dependencias y entidades municipales responsables de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos de la niñez y la adolescencia, que será responsable de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Sistemas de protección integral.

Un sistema de protección integral es un diseño organizacional y operativo concebido para la implementación de las políticas públicas enfocadas en la niñez y adolescencia, que tiene como objetivo fundamental el cumplimiento de la Convención Sobre los Derechos del Niño así como, en el caso de México, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a todas las demás leyes que se encuentren relacionadas para hacer efectivos sus derechos.

Así un sistema de protección integral puede definirse como el conjunto de órganos, entidades, mecanismos, instancias, leyes, normas, políticas, servicios y presupuestos a nivel nacional, estatal y municipal orientados a respetar, promover, proteger, restituir y restablecer los derechos de los niñas niños y adolescentes y reparar el daño ante la vulneración de los mismos.

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Necesidad de la implementación de los Sistemas de Protección en sus distintos niveles.

Actualmente todos los esfuerzos para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes están focalizados y divididos según las problemáticas o situaciones más usuales a las que se enfrentan la niñez y adolescencia en el país. Esto lleva a que existan múltiples programas o, incluso, subsistemas (relacionados principalmente con la violencia, el trabajo infantil, la niñez en situación de calle, los adolescentes en conflicto con la ley, entre otros), que difícilmente pueden atender de forma integral las causas de tales situaciones.

Respecto a ello, es necesario crear un Sistema de Protección de carácter municipal que deje atrás este conjunto de esfuerzos y programas aislados a nivel municipal, que junto con los sistemas nacional y estatal de lugar a un conjunto de instituciones organizadas y relacionadas entre sí, conformado por los distintos órdenes de gobierno, que formen un todo al servicio de un solo objetivo, que es la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, ello con la intención de asegurar la efectividad de las disposiciones reglamentarias, en coordinación entre los diferentes sectores y niveles de gobierno responsables de garantizar tales derechos.

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS,

NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO

Capítulo I Disposiciones generales

Sección única

Objeto del Reglamento Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, interés social y observancia general en el Municipio. Tiene por objeto definir la organización, estructura y funcionamiento del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato.

Glosario Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, además de los conceptos contenidos en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, se entenderá por:

I. Adolescentes: Las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad;

II. Ayuntamiento: El H. Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato; III. Dependencias: Órganos de la administración pública municipal

centralizada, encargados del estudio, planeación, programación, ejecución y despacho de las funciones y atribuciones que las normas legales o reglamentarias le confieren al municipio;

IV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación

municipal, fideicomisos públicos municipales, comisiones, patronatos y comités, creados por el Ayuntamiento bajo la naturaleza jurídica de un ente paramunicipal;

V. Municipio: El Municipio de León, Guanajuato;

VI. Niñas y niños: Las personas menores de doce años;

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VII. Reglamento: El Reglamento del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato;

VIII. Procuraduría Estatal de Protección: La Procuraduría Estatal de

Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; IX. Programa Estatal de Protección: El Programa de Protección de Niñas,

Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato;

X. Programa Municipal de Protección: El Programa Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes;

XI. Sistema Estatal de Protección: Sistema de Protección Integral de Niñas,

Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; y XII. Sistema Municipal de Protección: El Sistema de Protección Integral de

Niñas, Niños y Adolescentes para el Municipio de León, Guanajuato.

Naturaleza Artículo 3. El Sistema Municipal de Protección es la instancia rectora encargada de establecer e implementar instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones encaminadas al diseño de la política municipal de infancia y adolescencia, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato y las demás disposiciones legales aplicables.

Principios rectores Artículo 4. Las dependencias y entidades que tengan la responsabilidad de aplicar el presente Reglamento; así como los encargados de la ejecución de los programas y acciones en favor de las niñas, niños y adolescentes deberán en todo momento atender a los principios rectores establecidos en el artículo 6 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el artículo 4 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato.

Derechos de las niñas, niños y adolescentes Artículo 5. Para efectos del presente Reglamento son derechos de las niñas, niños y adolescentes aquellos reconocidos en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forme parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato.

Capítulo II Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes para el

Municipio de León, Guanajuato

Sección Primera Objeto y facultades

Objeto del Sistema

Artículo 6. Se crea el Sistema Municipal de Protección como la instancia encargada de establecer e implementar instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones que permitan una adecuada protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

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Integrantes del Sistema Artículo 7. El Sistema Municipal de Protección estará integrado por:

I. El Presidente Municipal;

II. El Titular de la Secretaría del H. Ayuntamiento; III. El Titular de la Tesorería;

IV. El Titular de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal;

V. El Titular de la Dirección General de Desarrollo Humano;

VI. El Titular de la Dirección General de Educación;

VII. El Titular de la Dirección de Prevención del Delito, Combate a las

Adicciones y Participación Civil;

VIII. El Titular de la Dirección General de Salud; IX. El Titular del Órgano Administrativo encargado de la política de juventud

en el municipio;

X. El Titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato;

XI. El Titular de la Dirección General del Instituto Municipal de las Mujeres;

XII. Un representante de la Procuraduría Estatal de Protección;

XIII. El Procurador del Menor del Sistema para el Desarrollo Integral de la

Familia en el Municipio de León, Guanajuato;

XIV. Un representante del H. Ayuntamiento, presidente de la Comisión de Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes; y

XV. Tres representantes de la sociedad civil.

Para el mejor desarrollo de sus funciones, el Sistema Municipal de Protección contará con una Secretaría Ejecutiva.

Facultades del Sistema Municipal de Protección Artículo 8. El Sistema Municipal de Protección tendrá, además de las facultades contenidas en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, las siguientes:

I. Diseñar, articular e instrumentar las políticas municipales de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en concordancia con la política nacional y la política estatal;

II. Colaborar con el Estado y la Federación en la formulación, instrumentación

y ejecución de políticas, programas, estrategias y acciones en materia de protección y ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes con la participación de los sectores público, social y privado, así como de niñas, niños y adolescentes;

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III. Elaborar, y ejecutar el Programa Municipal de Protección, con la participación de los sectores público, social y privado, así como de niñas, niños y adolescentes;

IV. Monitorear y evaluar, el Programa Municipal de Protección, en el marco del

Programa de Gobierno Municipal.

V. Hacer efectiva la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas

y acciones de las dependencias y entidades, con los objetivos, estrategias y prioridades de la política pública nacional y estatal de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

VI. Proponer, promover e impulsar reformas, en el ámbito de su competencia,

para el cumplimiento de los objetivos del presente Reglamento;

VII. Difundir el marco jurídico municipal, estatal, nacional e internacional de

protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes;

VIII. Generar los mecanismos necesarios para garantizar la participación directa

y efectiva de niñas, niños y adolescentes en los procesos de elaboración de programas y políticas para la garantía y protección integral de sus derechos;

IX. Promover y ejecutar el establecimiento de presupuestos destinados a la

protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

X. Impulsar la incorporación de la perspectiva de derechos de niñas, niños y

adolescentes en la planeación municipal de desarrollo;

XI. Promover la celebración de instrumentos de colaboración y coordinación,

así como acciones de concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales, que contribuyan al cumplimiento del Reglamento;

XII. Establecer mecanismos de coordinación y colaboración con otros sistemas

municipales de protección de niñas, niños y adolescentes;

XIII. Realizar acciones encaminadas a la formación y capacitación de manera

sistémica y continua sobre el conocimiento y respeto de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

XIV. Coadyuvar por medio de actividades enfocadas en la coordinación y

colaboración para la consolidación del Sistema Estatal de Protección;

XV. Participar mediante propuestas en la elaboración del Programa Estatal de

Protección en coordinación con el Sistema Estatal de Protección; y

XVI. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables.

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Presidencia Artículo 9. El Sistema Municipal de Protección será presidido por el Presidente Municipal de León, Guanajuato, quien podrá ser suplido por el funcionario que este designe de las dependencias o entidades que integran al Sistema Municipal de Protección.

Facultades del Presidente Artículo 10. El Presidente del Sistema Municipal de Protección tendrá las facultes siguientes:

I. Representar al Sistema Municipal de Protección;

II. Suscribir convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales;

III. Presidir y dirigir las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

IV. Supervisar la ejecución de los lineamientos que el Sistema Municipal de Protección acuerde;

V. Emitir el voto de calidad, en el caso de empate;

VI. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Sistema Municipal

de Protección;

VII. Autorizar el orden del día para las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

VIII. Instruir a la Secretaría Ejecutiva para convocar a las sesiones del Sistema Municipal de Protección;

IX. Invitar a las sesiones del Sistema Municipal de Protección a otras dependencias o entidades, así como a personas o instituciones, nacionales o internacionales, especializadas en la materia;

X. Informar cada seis meses al Ayuntamiento sobre las actividades y acuerdos que genere el Sistema Municipal de Protección; y

XI. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras disposiciones legales aplicables.

Facultades de los integrantes

Artículo 11. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección tendrán las siguientes facultades:

I. Compilar y facilitar la información necesaria para el adecuado

funcionamiento del Sistema Municipal de Protección;

II. Participar en la elaboración del Programa Municipal de Protección;

III. Votar y participar en las sesiones del Sistema Municipal de Protección

solicitando y haciendo uso de la palabra;

IV. Presentar propuestas de temas de trabajo, para su estudio y dictaminación;

V. Sugerir a la Secretaría Ejecutiva asuntos que deban tratarse en las

sesiones del Sistema Municipal de Protección, para incluirlos en la orden del día;

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VI. Cumplir y ejecutar los acuerdos del Sistema Municipal de Protección;

VII. Solicitar al Presidente del Sistema Municipal de Protección se convoque a

sesión extraordinaria si hubiere necesidad; y

VIII. Las demás que le señale el presente Reglamento y otras disposiciones

legales aplicables.

Suplencia de los integrantes

Artículo 12. Los integrantes del Sistema Municipal de Protección, deberán nombrar a un suplente que deberá tener el nivel inmediato inferior al que le corresponda a su titular, el nombramiento deberá ser informado por escrito a la Secretaría Ejecutiva. Tanto los titulares como los suplentes que integren el Sistema Municipal de Protección, desempeñarán el cargo en forma honorífica por lo que no recibirán retribución, emolumento ni compensación alguna por su labor.

Sección Segunda Secretaría Ejecutiva

Naturaleza y adscripción

Artículo 13. La coordinación operativa del Sistema Municipal de Protección recaerá en una Secretaría Ejecutiva.

Facultades de la Secretaría Ejecutiva

Artículo 14. La Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes facultades:

I. Coordinar las acciones entre las dependencias y las entidades competentes de la Administración Pública Municipal que deriven del presente Reglamento;

II. Elaborar el anteproyecto del Programa Municipal de Protección para someterlo a consideración de los miembros del Sistema Municipal de Protección;

III. Llevar a cabo el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Programa Municipal de Protección;

IV. Compilar los acuerdos que se tomen en el Sistema Municipal de Protección, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de los mismos;

V. Apoyar al Sistema Municipal de Protección en la ejecución y seguimiento de los acuerdos y resoluciones emitidos;

VI. Promover la celebración de convenios de coordinación, colaboración y concertación con instancias públicas y privadas, nacionales e internacionales;

VII. Realizar y promover estudios e investigaciones para fortalecer las acciones en favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes con el fin de difundirlos a las autoridades competentes y a los sectores social y privado para su incorporación en los programas respectivos;

VIII. Difundir entre las autoridades correspondientes y la población en general los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella

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información pública que tienda a la generación, desarrollo y consolidación de perspectiva en la materia, desagregada por lo menos, en razón de edad, sexo, entidad federativa, escolaridad y discapacidad;

IX. Asesorar y apoyar a las dependencias y entidades que lo requieran para el ejercicio de sus atribuciones en la materia;

X. Informar cada tres meses al Sistema Municipal de Protección y a su Presidente, sobre sus actividades;

XI. Fungir como instancia de interlocución con organizaciones de la sociedad civil, academia y demás instituciones de los sectores social y privado;

XII. Coordinarse con las Secretarías Ejecutivas del Sistema Estatal y de los municipios del Estado para la articulación del Programa Estatal de Protección, así como el intercambio de información necesaria a efecto de dar cumplimiento con el objeto del presente Reglamento, y

XIII. Las demás que le encomiende el Presidente o el Sistema Municipal de Protección.

Designación del Titular de la Secretaría Ejecutiva

Artículo 15. La figura de la Secretaría Ejecutiva recaerá para tales efectos en el titular de la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato.

Sección Tercera Sesiones del Sistema Municipal de Protección

Sesiones y quórum

Artículo 16. El Sistema Municipal de Protección sesionará de manera ordinaria cada tres meses, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias en cualquier tiempo, previa convocatoria de la Secretaría Ejecutiva.

Para sesionar válidamente será indispensable la asistencia de la mayoría de los integrantes del Sistema Municipal de Protección.

La Secretaría Ejecutiva notificará la convocatoria de las sesiones ordinarias a los integrantes del Sistema Municipal de Protección, por lo menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración; por su parte, las sesiones extraordinarias se podrán convocar en cualquier momento cuando la importancia o urgencia del asunto que se trate así lo requiera.

La convocatoria a que se refiere el párrafo anterior podrá realizarse por escrito o a través de medios electrónicos, y contendrá como elementos mínimos el lugar, día y hora de la sesión, así como el orden del día.

Sesiones en segunda convocatoria Artículo 17. De no integrarse el quórum a que se refiere el artículo anterior, se convocará a una segunda sesión dentro de los cinco días naturales siguientes para el caso de las sesiones ordinarias y de un día natural para las extraordinarias, las cuales podrán celebrarse con el número de miembros que se encuentren presentes. Invariablemente se deberá contar con la asistencia del Presidente o su suplente, y de la Secretaría Ejecutiva.

Calendario de sesiones Artículo 18. La Secretaría Ejecutiva elaborará la propuesta de calendario anual de sesiones ordinarias para su aprobación.

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Del orden del día Artículo 19. El orden del día para las sesiones del Sistema Municipal de Protección, sean ordinarias o extraordinarias, deberá contener al menos:

I. Lista de asistencia y declaración de quórum legal;

II. Lectura y aprobación en su caso, del orden del día;

III. Dar cuenta del acta de la sesión anterior y, en su caso, aprobación de la

misma;

IV. Informe de la Secretaría Ejecutiva, quién dará cuenta de los acuerdos pendientes por solucionar y de las actividades realizadas;

V. Acuerdos; y

VI. Asuntos generales, tratándose de sesiones ordinarias.

Inicio y desarrollo de las sesiones Artículo 20. Una vez reunidos, la Secretaría Ejecutiva iniciará la sesión dando cuenta del orden del día. Éste podrá ser adicionado o modificado si la mayoría de los integrantes presentes así lo acuerdan, tratándose de sesiones ordinarias; de no modificarse se dará por aprobado y a éste se sujetará la sesión.

Invitados permanentes Artículo 21. Serán invitados permanentes a las sesiones del Sistema Municipal de Protección los integrantes del Ayuntamiento en turno, un representante de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato, un representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, así como un representante del Poder Judicial del Estado de Guanajuato; quienes intervendrán con voz pero sin voto. Con relación al párrafo anterior el integrante del H. Ayuntamiento, presidente de la Comisión de Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes por efectos de su integración al Sistema Municipal de Protección contará con voz y voto.

Invitados especiales Artículo 22. El Presidente podrá invitar a las sesiones del Sistema Municipal de Protección a representantes de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal y Estatal, así como personas o instituciones nacionales o internacionales especializadas en la materia, según la naturaleza de los asuntos a tratar, quienes intervendrán con voz pero sin voto.

Participación de niñas, niños y adolescentes Artículo 23. En las sesiones del Sistema Municipal de Protección participarán de forma permanente, sólo con voz, niñas, niños y adolescentes, que serán seleccionados por el propio Sistema Municipal de Protección previa convocatoria la cual marcará las bases para efectos de llevar a cabo la selección correspondiente.

Acuerdos Artículo 24. Los acuerdos que determine el Sistema Municipal de Protección en sesión ya sea ordinaria o extraordinaria, se tomarán por mayoría de votos de los integrantes presentes y en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Los acuerdos que tome el Sistema Municipal de Protección serán de carácter obligatorio para los titulares de las Dependencias y Entidades que conforman la Administración Pública Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias,

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salvo aquellos que para su validez, previamente tengan que ser aprobados por el Ayuntamiento de conformidad con la legislación vigente.

De cada sesión deberá levantarse acta debidamente circunstanciada, la cual contendrá los acuerdos aprobados por el Sistema Municipal de Protección y será firmada por cada uno de los asistentes, cuya copia deberá remitirse a los integrantes del Sistema Municipal de Protección dentro de los siete días hábiles posteriores a su firma.

Sección Cuarta

Comisiones Conformación

Artículo 25. Para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Sistema Municipal de Protección podrá constituir comisiones encargadas de atender asuntos o materias específicas.

Integración Artículo 26. Las comisiones se integrarán con el número de miembros que determine el Sistema Municipal de Protección, pudiendo ser integrantes o no del mismo y serán dirigidas por un coordinador electo de entre quienes formen parte de ellas.

Facultades de las comisiones Artículo 27. Las comisiones tendrán las siguientes facultades:

I. Elaborar los análisis, diagnósticos y propuestas de los asuntos que les

encomiende el Sistema Municipal de Protección así como llevar a cabo las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de sus objetivos;

II. Invitar a participar en las comisiones, por conducto del Presidente, a los

especialistas que consideren convenientes para el cumplimiento de los objetivos de los mismos;

III. Rendir informes de los resultados de los trabajos encomendados

cuando le sean solicitados por el Presidente; y

IV. Las demás que le confiera el Sistema Municipal de Protección y las

demás disposiciones legales aplicables.

Acuerdos de las comisiones

Artículo 28. Los acuerdos de las comisiones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el coordinador de las mismas tendrá voto de calidad.

Las comisiones no tendrán facultades ejecutivas, debiendo en todo caso someter a consideración del Sistema Municipal de Protección los acuerdos relacionados a las áreas a que correspondan.

Sección Quinta Elección de los representantes de la sociedad civil

Artículo 29. En la integración del Sistema Municipal de Protección habrá tres representantes de la sociedad civil, los cuales deberán contar con sus respectivos suplentes, serán nombrados por el Ayuntamiento, a propuesta generada por el Presidente Municipal, los cuales durarán tres años en el cargo y no recibirán

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emolumento o contraprestación económica alguna por su desempeño como miembros del Sistema Municipal de Protección. Para el nombramiento de los representantes de la sociedad civil, se requerirá mayoría simple del Ayuntamiento. Artículo 30. Para ser representante de la sociedad civil deberán acreditar el cumplimento de los requisitos siguientes:

I. Tener la ciudadanía mexicana y gozar plenamente de sus derechos civiles y políticos;

II. No haber sido condenado por la comisión de un delito culposo o doloso

en el que el sujeto pasivo o víctima del mismo haya sido una niña, niño o adolescente;

III. Experiencia mínima de tres años comprobada en la defensa o

promoción de los derechos de la infancia o derechos humanos; IV. No haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de

dirección estatal o municipal en algún partido político, por lo menos dos años antes de su postulación; y

V. Acompañar a su solicitud escrito mediante el cual se expongan las

razones por las cuales considera su inclusión en el Sistema Municipal de Protección.

Artículo 31. La calidad de representante de la sociedad civil en el Sistema Municipal de Protección se pierde por renuncia expresa o tácita, entendiendo como renuncia expresa la que el representante emita por escrito ante el Presidente, y como renuncia tácita la inasistencia injustificada por parte de un representante a tres sesiones del Sistema Municipal de Protección, ya sean continuas o discontinuas, sin causa justificada. Para el caso de los supuestos contemplados en el párrafo anterior, cubrirán la ausencia de los titulares, los suplentes respectivos.

Capítulo III Programa Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes

Sección Única

Elaboración del Programa

Naturaleza del Programa Municipal de Protección Artículo 32. El Programa Municipal de Protección es la herramienta de planeación estratégica de la Administración Pública Municipal que organiza las acciones de gobierno de forma sistemática y coordinada con el fin de orientar el trabajo del Sistema Municipal de Protección y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Elaboración del Programa Municipal de Protección Artículo 33. Las Dependencias y Entidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través del Sistema Municipal de Protección, así como los sectores privado y social, participarán en la elaboración y ejecución del Programa Municipal de Protección.

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Congruencia del Programa Municipal de Protección Artículo 34. El Programa Municipal de Protección deberá alinearse con los objetivos, estrategias, líneas de acción prioritarias e indicadores de los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo y los Programas Nacional y Estatal de Protección a las niñas, niños y adolescentes.

Contenido del Programa Municipal de Protección Artículo 35. El Programa Municipal de Protección deberá contener:

I. Objetivos;

II. Estrategias prioritarias;

III. Líneas de acción; IV. Plazos concretos;

V. Indicadores de desempeño; y

VI. Dependencia y Entidad responsable de la implementación de cada una de

las acciones.

Características del Programa Municipal de Protección Artículo 36. El Programa Municipal de Protección deberá:

I. Garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos para el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno;

II. Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los

aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez;

III. Contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural,

ambiental y cívica de niñas, niños y adolescentes; y

IV. Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación de implementación de políticas, programas gubernamentales y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.

Diseño y Aplicación del Programa Municipal de Protección Artículo 37. En el diseño y aplicación del Programa se tomarán en cuenta las condiciones particulares de niñas, niños y adolescentes en los diferentes grupos de población, a fin de proteger el ejercicio igualitario de todos sus derechos.

Aprobación del Programa Municipal de Protección

Artículo 38. Una vez concluida la elaboración del Programa Municipal de Protección, deberá ser puesto a consideración del pleno del Ayuntamiento para su aprobación. El Programa Municipal de Protección, deberá ser publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

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TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato. Artículo segundo. El Sistema Municipal de Protección deberá quedar instalado en un plazo no mayor a los sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. Con motivo de la integración de los representantes de la sociedad civil, los cuales se sumarán de manera posterior a la instalación del Sistema Municipal de Protección, una vez realizado el procedimiento que para tales efectos establece el presente reglamento y en el plazo señalado en el párrafo anterior. Artículo tercero. El Presidente del Sistema Municipal de Protección realizará las acciones necesarias para que el Programa Municipal de Protección se elabore y apruebe dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a la instalación del Sistema Municipal de Protección. Artículo cuarto. Las dependencias y entidades que actualmente ya implementan políticas para niñas, niños y adolescentes, seguirán a cargo de su ejecución y tendrán su propio presupuesto para ello. Artículo quinto. El Procurador del Menor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato., tendrá las atribuciones que le establezca para tal efecto el Reglamento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Guanajuato.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial

del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo

240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En

seguida, el Presidente manifiesta que conforme a derecho, el

reglamento mencionado requiere para su aprobación mayoría

calificada, asimismo someterse a consideración primeramente en lo

general y seguido de ello en lo particular, en el entendido que el

artículo o artículos que no sean reservados se tendrán por aprobados

en lo particular. Por lo anterior, el Presidente somete a la

consideración del Cuerpo Edilicio, en lo general, el Reglamento del

Sistema de Protección Integral de las Niñas, Niños y Adolescentes del

Municipio de León, Guanajuato, el cual queda aprobado por

unanimidad y una vez analizado en lo particular se deriva la reserva

presentada por el Regidor José de Jesús Vázquez García respecto del

Artículo Segundo Transitorio, quien manifiesta que el objeto de su

propuesta es en virtud de que el Sistema de Protección Integral de las

Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de León, Guanajuato será

instalado el próximo 30 de abril, día en que a nivel nacional se festeja

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el Día del Niño, siendo lo mejor que esta Administración Municipal

instale este organismo que definirá la política pública de la niñez en

este municipio, el cual no solo es el que cuenta con la mayor población

infantil del Estado sino del país, con la población menor de 18 años

que asciende a poco más de 540,000 niñas, niños y adolescentes;

razón por la que se considera es urgente la instalación del Sistema,

pues con ello seríamos el primero a nivel estatal. Siendo la propuesta

siguiente:

Dice: Artículo segundo. El Sistema Municipal de Protección deberá quedar instalado en un plazo no mayor a los sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. Con motivo de la integración de los representantes de la sociedad civil, los cuales se sumarán de manera posterior a la instalación del Sistema Municipal de Protección, una vez realizado el procedimiento que para tales efectos establece el presente reglamento y en el plazo señalado en el párrafo anterior. Debe decir: Artículo segundo. El Sistema Municipal de Protección deberá quedar instalado dentro de los cinco días siguientes a la entrada en vigor del presente Reglamento. A efecto de lo anterior, el Presidente Municipal, por única ocasión, realizará la designación directa de los Representantes de la Sociedad Civil.

Acto seguido, el Presidente comenta que dada la relevancia del tema

en el ámbito internacional, nacional, estatal y municipal es conveniente

poder adelantar estos procesos, estableciendo una serie de diálogos

con diferentes organismos de la sociedad especializados en el tema

de la atención a niñas, niños y adolescentes, por lo que si dan su voto

de confianza propone para su consideración tres instituciones, la

primera de ellas es el Centro de Promoción de los Derechos Humanos

de Niñas, Niños y Adolescentes A.C., quien propone al Doctor en

Ciencias Raymundo Sandoval Bautista, la segunda es la propuesta de

un consultor independiente experto en infancia el Maestro en

Psicoterapia Gaudencio Rodríguez Juárez, y la tercera es la

Confederación Nacional Niños de México A.C. CONANIMAC, que

propone a la Hermana María del Socorro Pulido Pérez. Asimismo

señala que en el caso de Raymundo Sandoval Bautista es Doctor en

Ciencias Políticas y Sociales por la UNAM, Maestro en Derechos

Humanos y Democracia por la Facultad Iberoamericana de Ciencias

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Sociales y Licenciado en Psicología, además de contar con más de 15

años de trabajo en Derechos Humanos con reconocimientos a nivel

nacional e internacional, y actualmente es profesor de asignatura en la

Universidad Iberoamericana y coordina el Centro de Promoción de los

Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes de Guanajuato,

proyecto de la Universidad de La Salle Bajío y de la Casa Hogar

Loyola. En el caso de Gaudencio Rodríguez Juárez es Maestro en

Psicoterapia Analítica de Grupo por el Centro de Estudios Superiores

de Análisis Grupal y Psicólogo Clínico por la Universidad de

Guanajuato, entre 1997 y 2007 se desempeñó como Psicólogo y

Director de la Casa Cuna Niño Daniel A.C., y es fundador y miembro

de la Red Estatal de Organismos a favor de la infancia y miembro de

la Red Pro Niñez León; también es autor de los libros “Cero Golpes” y

“Cien Ideas para la Erradicación del Maltrato Infantil”, y actualmente es

asesor, consultor y ejecutor de proyectos en instituciones que atienden

a niñas, niños y adolescentes en situaciones de violencia y desventaja

social. Por último, la Hermana María del Socorro Pulido Pérez es

Licenciada en Educación Primaria por el Instituto América, y desde

hace 10 años es Directora de Casa Hogar San Antonio; asimismo

colabora desde hace 9 años en la Confederación Nacional Niños de

México, en donde se desempeña como Presidenta desde el año 2013.

De igual manera, el Presidente manifiesta que cada una de las

Instituciones propuso a sus respectivos suplentes, tal como lo prevé el

reglamento, por lo que en el caso del Doctor Raymundo Sandoval se

propone como suplente a Paulina Villanueva, quien está al frente de la

Biblioteca Imagina; en el caso del Maestro Gaudencio Rodríguez se

propone a la Licenciada Liz Esparza de la Casa Amigo Daniel A.C.; y

en el caso de la Hermana Socorro se propone como suplente a

Virginia Becerra de VIFAC. En seguida, el Presidente somete a

consideración la propuesta del Regidor Jesús Vázquez García para

que por esta única ocasión, de acuerdo al segundo transitorio del

citado reglamento, se le faculte para designar a los representantes de

la sociedad ante el Consejo a favor de Niñas, Niños y Adolescentes,

misma que es aprobada por unanimidad. Después, sobre este mismo

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asunto, en uso de la voz el Regidor Salvador Ramírez Argote felicita a

la Presidenta de la Comisión y a la Directora del DIF, Alma Cristina

Rodríguez, por haber impulsado el establecimiento de este sistema

que se deriva de una obligación legal a nivel federal, siendo este

municipio de los primeros, si no es que el primero del Estado de

Guanajuato en establecerlo; asimismo menciona que el respetar y

garantizar los derechos humanos es una obligación de toda autoridad,

pero el promover los derechos humanos de los niños y las niñas es

algo que enaltece a cualquier gobierno, y en este caso al

Ayuntamiento, por lo que reitera su felicitación a la Presidenta de la

Comisión, a toda la Comisión y a la Directora del DIF.

En el punto XIII del Orden del Día, relativo a Informe de Comisiones.

Una vez que el Síndico Luis Ernesto Ayala Torres da lectura a unos

dictámenes de la Comisión de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito

(se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman los

siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 76 fracción III inciso c) y 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato; 1 fracción III, 16 fracción VI,

177, 179, 180, 183, 185, 186 y 187 de la Ley del Sistema de

Seguridad Pública del Estado de Guanajuato; 38 del Reglamento en

Materia de Servicios de Seguridad Privada para el Estado de

Guanajuato y sus Municipios; se otorga la conformidad municipal a las

personas morales enunciadas en la siguiente tabla, para que presten

los servicios de seguridad privada en este municipio, con una vigencia

al 25 de abril del 2017, en los términos siguientes:

SOLICITANTE

Modalidades autorizadas conforme al artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato y 62 del Reglamento de Policía para el Municipio de León, Guanajuato

“PROTECCIÓN INTEGRAL AMBAR, S. DE R.L. DE C.V.”.

Fracción III.- Transporte, custodia y protección de fondos y valores.

“INTEGRACIÓN DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN KÖSMOS, S.A. DE C. V.”.

Fracción I.- Protección y vigilancia de bienes.

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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Fracción II.- Protección y vigilancia de personas.

“RASTREO TERRITORIAL S.A. de C.V.”

Fracción III.- Transporte, custodia y protección de fondos y valores.

SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 37 fracción V del

Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León,

Guanajuato, se instruye a la Dirección Técnica de la Secretaría del H.

Ayuntamiento para que elabore las certificaciones del presente

acuerdo de manera individual para cada una de las personas

mencionadas en el punto de acuerdo anterior. TERCERO.- Se instruye

y se faculta a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que

supervise y verifique que las personas mencionadas en el punto

primero de acuerdo, obtengan las autorizaciones correspondientes por

parte de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal y presten los

servicios de seguridad privada en el Municipio bajo las condiciones y

términos de la normativa vigente. CUARTO.- Se instruye y se faculta a

la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que vigile y

supervise el cumplimiento de las obligaciones de los prestadores de

servicios y notifique a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las

anomalías y contravenciones así como la imposición de medidas de

seguridad o determinación de sanciones, inmediatamente después de

tomar conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos

y condiciones del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 76 fracción I inciso n) y 81

de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 2, 9, 10,

10-A, 11, 12 y 18 de la Ley de Alcoholes para el Estado de Guanajuato

y 15, 16 y 17 del Reglamento para el Funcionamiento de

Establecimientos Comerciales y de Servicios en el Municipio de León,

Guanajuato; se otorga la conformidad municipal al C. Alfonso Muñoz

de la Torre, para que realice el trámite de cambio de domicilio del

establecimiento, que ampara la licencia de funcionamiento de alto

impacto en su modalidad de discoteca con venta de bebidas

alcohólicas, ante la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración

de Gobierno del Estado de Guanajuato para funcionar ahora en el

domicilio ubicado en la calle Blvd. Campestre número 59 interior 23 de

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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la colonia La Florida de este municipio. SEGUNDO.- Se instruye y se

faculta a la Dirección General de Fiscalización y Control para que ésta

supervise y verifique el cabal cumplimiento de la normativa aplicable

para el correcto funcionamiento del citado establecimiento.

Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen

respectivo. En seguida, en uso de la voz el Regidor Jorge Arturo

Cabrera González, menciona que en la comisión su voto fue en contra

porque no tenía un documento solicitado respecto al cumplimiento del

Reglamento de Desarrollo Urbano, pero que sin embargo dicho

documento se lo hicieron llegar cumpliendo con lo que estaba

buscando, razón por la que ahora su voto es a favor. Después, el

Síndico Luis Ernesto Ayala Torres da lectura a otro dictamen de la

Comisión de Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito (se agrega al

apéndice del acta), por unanimidad se toman los siguientes acuerdos:

3.- PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 20 y 228 tercer

párrafo del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el

Estado y los Municipios de Guanajuato, se aprueba la regularización

del procedimiento del recurso de inconformidad SHA/001/2015-RI-

DGAJ para que sea el propio ayuntamiento el que instaure, substancie

y resuelva. SEGUNDO.- Se aprueba emitir un acuerdo que contenga

los puntos siguientes: 1. Se tenga por recibido y se registre el Recurso

de Inconformidad presentado por el C. Bulmaro Regalado Cedillo, en

su calidad de representante legal del Fideicomiso denominado

“Colinas de León II”, en contra de las autoridades y actos señalados

en el recurso. 2. Se prevenga al recurrente para que exhiba las

documentales de los actos que impugna, consistentes en el Acuerdo

de Ayuntamiento de fecha 13 de agosto de 2015, del oficio de

notificación y de la constancia de la misma y se le aperciba para que

en caso de no dar cumplimiento al requerimiento se le tenga por no

presentado su escrito de recurso de inconformidad. 3. Se realice el

requerimiento al recurrente para que señale domicilio en la ciudad de

León, Guanajuato para recibir notificaciones. 4. Se ordene notificar al

el C. Bulmaro Regalado Cedillo, en su calidad de representante legal

del Fideicomiso denominado “Colinas de León II”, mediante correo

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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certificado con acuse de recibo en el domicilio que señaló en el

Municipio de Silao, Guanajuato. En los términos que a continuación se

insertan:

EXPEDIENTE NÚMERO: SHA/001/2015-RI-DGAJ.

En la ciudad de León Guanajuato, a los 19 diecinueve días del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis.-------------------------------------------------------------------------------------------------

VISTO el estado que guarda las constancias del presente Recurso de Inconformidad; y conforme a lo dispuesto en el artículo 20 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, así como para el efecto de no violentar la Garantía de Legalidad contenida en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cumplimiento, además, de la garantía de debido acceso a la justicia previsto por el artículo 17 Constitucional el gobernado impetrante del recurso se le respete el derecho de acudir a las instancias materialmente jurisdiccionales a fin de someter dicho recurso a la consideración de la autoridad competente, siendo este Órgano de Gobierno; en tal razón resulta necesario regularizar de oficio el procedimiento administrativo en cuestión, por lo que este H. Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato, ACUERDA: -------------------------------------

PRIMERO.- Se regulariza el procedimiento administrativo para el efecto que

el mismo sea sustanciado y resuelto por la Autoridad Competente, que en el caso que nos ocupa los es este H. Ayuntamiento; lo anterior, toda vez que de las constancias que obran en el mismo, se aprecia que el Auto de Radicación de fecha 21 veintiuno de septiembre de 2015 dos mil quince, lo acordó y firmó el Licenciado Leonel Charnichart Célis, en su carácter de Representante Legal del Ayuntamiento en los litigios en que este sea parte, conforme lo señala el artículo 20 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León Guanajuato, del mismo numeral se desprende que carece de competencia Jurisdiccional para dictar las resoluciones que competen a este Órgano Colegiado de Gobierno; por lo que en este acto el H. Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 165 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa, ordena la recepción del escrito que contiene el Recurso de Inconformidad, quedando a disposición de esta Autoridad el expediente respectivo, para el efecto de determinar lo procedente en cuanto al fondo de la inconformidad planteada por el promovente respecto de los actos administrativos impugnados.-----------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- De igual forma, hágasele saber al promovente, que todas y

cada una de las documentales que agregó posteriormente al escrito de Presentación del Recurso de Inconformidad, quedan a su disposición en la Secretaría del H. Ayuntamiento, para el efecto de que, previa razón que se deje en el expediente respectivo, se le realice la entrega de las mismas.-----------------------------------------------------------------------------------------

TERCERO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto PRIMERO de este

acuerdo y visto el escrito presentado por el C. BULMARO REGALADO CEDILLO, el día 08 ocho de septiembre de 2015 dos mil quince, a través del cual interpone RECURSO DE INCONFORMIDAD en contra del Acto Administrativo consistente en el acuerdo de fecha 13 trece de agosto de 2015 dos mil quince, emitido por el

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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H. Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato; así como contra el oficio de fecha 17 diecisiete de agosto de 2015 dos mil quince emitido por la Dirección General del Instituto Municipal de Planeación de León, Guanajuato; primeramente reconózcasele su carácter de Representante Legal del Fideicomiso denominado COLINAS DE LEÒN II, identificado administrativamente bajo el número 16732-15-097, lo cual acredita en términos del PODER ESPECIAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS LIMITADO EN CUANTO A SU OBJETO, contenido en la escritura pública número 10,504 diez mil quinientos cuatro, otorgado ante la fe del Licenciado Jesús César Santos del Muro Amador, titular de la Notaría Pública número 15 quince, con residencia y ejercicio en el Partido Judicial de esta ciudad; y consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 188 ciento ochenta y ocho del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, REGÍSTRESE EL CITADO RECURSO DE INCONFORMIDAD EN EL LIBRO RESPECTIVO Y HÁGASE SABER QUE LE CORRESPONDE EL NÚMERO DE EXPEDIENTE: SHA/001/2015-RI-DGAJ.------------------------------------------------------------------

CUARTO.- A efecto de acordar lo conducente acerca de la admisión del RECURSO DE INCONFORMIDAD, con fundamento en los artículos 230 doscientos treinta fracción III tercera y 231 doscientos treinta y uno, párrafo primero del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, se requiere al recurrente C. BULMARO REGALADO CEDILLO para que en el término de CINCO DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente día hábil al que surta efectos la notificación del presente acuerdo, aclare y complete su escrito de inconformidad, en el sentido de que:-----

A) Exhiba el documento a que se refiere en el Recurso de marras, como el

que sirvió de notificación, consistente en el oficio emitido el día 19

diecinueve de agosto de 2015 dos mil quince, por la Directora General

del Instituto municipal de Planeación de León, Guanajuato a través del

cual se hace del conocimiento de su poderdante el acto administrativo

que recurre.--------------------------------------

B) Exhiba el original de la constancia de notificación del acto o resolución

impugnado de la fecha que señala; o bien en su defecto, justifique

suficientemente la imposibilidad de dar cumplimiento a dicho

requerimiento;-------

Lo anterior, en el entendido que de no dar cumplimiento a los

requerimientos señalados en supralíneas, se le tendrá por no presentado su escrito de recurso de inconformidad.-----------------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTO.- Requiriéndole además, para que en el término de tres días

contados a partir de la presente notificación, señale domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en esta ciudad, apercibiéndole que para el caso de no dar cumplimiento a dicho requerimiento, las subsecuentes notificaciones se le harán mediante publicación en los estrados del edificio de Presidencia Municipal.------------------------------------------------------

De la misma, manera se hace del conocimiento del promovente, que de acuerdo al artículo 243 de la ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el acto del que se duele puede impugnarlo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ya que este numeral literalmente establece:-------------------------------------------------------------------------------

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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“Artículo 243. Los actos y resoluciones administrativas dictadas por el Ayuntamiento, podrán ser impugnados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo cuando afecten intereses de los particulares.

Los actos y resoluciones administrativas dictadas por el presidente municipal y por las

dependencias y entidades de la administración pública municipal podrán ser impugnados optativamente ante los juzgados administrativos municipales o ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, cuando afecten intereses de los particulares. Ejercida la acción ante cualquiera de ellos, no se podrá impugnar ante el otro el mismo acto.

Las resoluciones de los Juzgados Administrativos Municipales que pongan fin al proceso administrativo podrán ser impugnados por las partes, mediante el recurso de revisión ante las Salas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.”

Asimismo, se hace saber al promovente, que toda vez que el H.

Ayuntamiento de León, Guanajuato no tiene Superior Jerárquico que deba

resolver el presente recurso de Inconformidad, será éste quien resolverá el mismo

en caso de dársele cause conforme a Derecho; lo anterior de acuerdo a lo que

establece el artículo 228 doscientos veintiocho del Código de Procedimiento y

Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mismo que

a la letra dice:---------------------------------------------------------------------

“ARTÍCULO 228. El escrito de interposición del recurso deberá presentarse ante el

superior jerárquico de la autoridad administrativa que emitió, ejecutó o trate de ejecutar el acto impugnado, dentro de los quince días siguientes al en que surta efectos su notificación o de que el recurrente tenga conocimiento del mismo. También podrá enviarse el recurso por correo

certificado con acuse de recibo, caso en que se tendrá como fecha de presentación del escrito la del día en que se deposite en la oficina de correos.

La presentación por los medios electrónicos se sujetará a la conformidad del particular y a lo dispuesto por la Ley de la materia.

En caso de que el acto o resolución que origine la inconformidad lo hubiese emitido un

órgano que no se encuentre sujeto a relación de jerarquía, el recurso se tramitará y resolverá por él mismo.

Es indelegable la facultad de resolver los recursos.”

Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por los artículos 20, 41, 42, 43 fracción I, 164, 165 y 228 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato y en observancia a lo dispuesto en los numerales 14, 16, 17, 115 fracciones II y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 117 fracciones I y II incisos a) y d) de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 76 fracción VI de la vigente Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; y en uso de la facultad concedida a este H. Ayuntamiento en los artículos 16 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de León Guanajuato. ------------------------------------------------------

SEXTO.- Notifíquese en el domicilio que tiene señalado en autos, por esta

única ocasión por correo certificado, asentándose razón en el expediente de dicha notificación y agregando las piezas de la certificación en el orden respectivo al expediente en que se actúa, de conformidad a lo dispuesto en los artículos ordenan artículos 41, 42 y 43 fracción I del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

Así lo acordó y firma el H. Ayuntamiento de León, Guanajuato. - - - - - -

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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TERCERO.- Se faculta al Presidente Municipal Lic. Héctor Germán

René López Santillana y al Secretario del H. Ayuntamiento Lic. Felipe

de Jesús López Gómez, para que suscriban el acuerdo citado en el

punto que antecede. CUARTO.- Se instruye y se faculta a la Dirección

General de Asuntos Jurídicos para que proceda a realizar todo el

trámite del recurso de inconformidad, y una vez hecho lo anterior de

cuenta al H. Ayuntamiento para su resolución. Autorización que se

otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo. En

seguida, en uso de la voz el Regidor Salvador Ramírez Argote

manifiesta que solicitó al Secretario del Ayuntamiento el expediente

del Recurso de Inconformidad, agradeciéndole por habérselo hecho

llegar, teniendo la oportunidad de leerlo y quedarle claro de qué se

trata el tema, en el mes de agosto el Ayuntamiento aprobó dar la

asignación de uso de suelo, estableciendo para esto una serie de

condicionantes que el particular en este caso el Fideicomiso considera

excesivas, pudiendo inconformarse el particular directamente en el

Contencioso Administrativo o bien ante el Ayuntamiento, que es lo que

hizo en este procedimiento que se llama “recurso de inconformidad”,

correspondiéndole por lo tanto al Ayuntamiento resolverlo, y en este

momento van a votar una cuestión que le parece meramente de forma.

Asimismo señala que hubo algún error de cómo se empezó a tramitar

y hay que corregirlo, pero que en el futuro tendrán que llegar al fondo,

y este mismo Ayuntamiento tendrá que emitir la resolución en cuanto a

si considera que el particular tiene o no razón, estando de acuerdo que

sea la Dirección General de Asuntos Jurídicos quien lleve a cabo la

sustanciación de todo el procedimiento para que luego lo ponga a

consideración del Ayuntamiento y lo resuelvan en su momento, pero

que le gustaría que para ese procedimiento pongan a disposición de

todos los miembros del Ayuntamiento y primero de la Comisión en la

que pase, todo el expediente para poder en su momento emitir un voto

razonado con conocimiento pleno de lo que van a votar. Asimismo

sugiere que la Directora del IMPLAN les de la información suficiente,

pues afortunadamente quien dirigía al IMPLAN en ese momento, que

es el Órgano Técnico que provee de todos los elementos al

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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Ayuntamiento a través de su Comisión, es la misma persona que

actualmente es Directora del IMPLAN, por lo que entonces de entrada

le parecen excesivas todas esas condicionantes que le pusieron al

particular, y le gustaría escuchar la versión de la Directora del IMPLAN

para que les diga porqué le impusieron al particular todas esas

condicionantes, y si en realidad ella estaba proponiendo otra cosa y

fue el Ayuntamiento el que cambio va a ser fundamental clarificarlo;

razón por la que desde ahora solicita tengan esa reunión con la

Directora para tener un conocimiento amplio del tema. En uso de la

voz, el Síndico Luis Ernesto Ayala Torres previo a la lectura del

dictamen que corresponde al presente punto del orden del día, señala

que en respeto a la confidencialidad de los datos personales y la

afectación que por su divulgación pudiera darse a la vida privada del

ex servidor público correspondiente, se omitirá el nombre y cargo

público; a continuación, da lectura al dictamen de la Comisión de

Gobierno, Seguridad Pública y Tránsito (se agrega al apéndice del

acta), que contiene los siguientes acuerdos: 4.- PRIMERO.- De

conformidad con los artículos 76 fracción VI de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato y 8 párrafo segundo de la Ley

de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del

Estado de Guanajuato y sus Municipios, este H. Ayuntamiento es

competente para resolver el procedimiento de responsabilidad

administrativa CM/PRA/04/2015, y sus acumulados instaurados y

sustanciados en contra al exfuncionario público C. Fidel García

Granados, quien ocupó el cargo de Director General de Gestión

Ambiental durante la administración 2012 – 2015 del Municipio de

León, Guanajuato. SEGUNDO.- Se acredita de manera fehaciente las

faltas administrativas motivo del procedimiento y la plena

responsabilidad administrativa del ex funcionario público C. Fidel

García Granados, en virtud de estar probado que omitió contestar

oportunamente los requerimientos del Órgano de Control Municipal

dentro de los plazos establecidos por éste. TERCERO.- Se aprueba

imponer al ex funcionario público referido, la sanción de inhabilitación

por un término de 8 meses, consistentes en el impedimento absoluto

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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para ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público,

durante dicho periodo. CUARTO.- Se faculta al Presidente Municipal

para que en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 77

fracción I de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato,

dé cumplimiento al presente acuerdo firmando la resolución anexa al

presente dictamen con la autenticación del Secretario del H.

Ayuntamiento, ordenando además a la Dirección General de Asuntos

Jurídicos, que en auxilio a sus funciones, realice la notificación

correspondiente al ex servidor público. En seguida, en uso de la voz el

Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero manifiesta que

efectivamente abandonaron la sesión, en particular por este tema en

razón de que solicitaron la comparecencia del Contralor para realizarle

una serie de cuestionamientos referentes a dudas sobre este asunto,

ya que lamentablemente una vez más se les citó a una comisión

extraordinaria en la que únicamente tenían una sinopsis a través de

fichas respecto a los motivos por los cuales se llegaba a esa

conclusión, pero no se puso a consideración de los integrantes de la

Comisión el expediente para su revisión y análisis, razón por lo que en

sentido de la revisión se pidió la comparecencia del Contralor, y sin

someterlo a votación únicamente les señalaron que no sería en ese

momento porque existía precisamente esta sesión de Ayuntamiento y

que aquí pudiera estar presente, estando en audio a expreso del

Presidente de la Comisión, por lo que entonces pide al Honorable

Ayuntamiento pudiera comparecer el Contralor para realizarle varias

preguntas respecto a la sustanciación del procedimiento, pues sin ello

difícilmente se puede llegar a un juicio de valor para este asunto. En

ese tenor, en uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento manifiesta

que el Contralor Municipal no se encuentra presente, ya que le

informan se encuentra en una cita médica y no le es posible

comparecer en este momento. A continuación, nuevamente en uso de

la voz el Regidor Sergio Contreras Guerrero menciona que esa parte

es importante ponerla a consideración del conocimiento de los que no

estuvieron en la Comisión de Gobierno, esto es que el proceso de

sustanciación del procedimiento de sanción adolece de

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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inconsistencias e irregularidades, y que lamentablemente el Contralor

no está aquí para hacerle las preguntas correspondientes ya que fue

la autoridad competente para la revisión del procedimiento, y ante ello

y ante la existencia de muchas dudas pide remitir de nueva cuenta el

expediente y que el Presidente lo turne a las Comisiones Unidas de

Contraloría y de Gobierno para que el Contralor lo exponga por ser la

autoridad municipal correspondiente y realicen un análisis exhaustivo

del procedimiento tomando la decisión apegada a derecho; agregando

que esta cuestión es importante por ser un derecho humano a lo que

ya todos se han expresado en diversos momentos al estar sujetos a

un procedimiento con los principios de seguridad y certeza jurídica,

razón por la que pide se someta a consideración que el expediente se

reenvíe o turne de nueva cuenta a la Comisión de Contraloría y de

Gobierno. En seguida, el Presidente somete a la consideración del

Cuerpo Edilicio la propuesta presentada por el Regidor Sergio

Contreras en el sentido de volver a turnar a las Comisiones Unidas el

expediente, la cual no es aprobada por contar únicamente con cuatro

votos a favor emitidos por los Regidores José de Jesús Vázquez

García, Norma Patricia López Zuñiga, Salvador Ramírez Argote y

Sergio Alejandro Contreras Guerrero. Después, nuevamente en uso

de la voz el Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero manifiesta

que dentro del expediente se notan inconsistencias en las

notificaciones de los procedimientos, ya que se contrarían los artículos

40 y 41 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los

Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios, no

habiendo certeza jurídica, violándose el derecho al debido proceso del

implicado, lo que demuestra que el expediente número

CM/PRA/04/2015 y sus acumulados fue llevado de manera irregular

desde el inicio hasta el cierre de instrucción, tanto que llegó al

Ayuntamiento 6 meses después, contrariando el artículo 60 de la Ley

de Responsabilidades, que dice: “Artículo 60.- Desahogadas las pruebas, la

autoridad dictará auto de cierre de instrucción, otorgando diez días hábiles al

sujeto a procedimiento para que rinda alegatos y concluido dicho término la

autoridad dictará, dentro de los diez días hábiles siguientes, la resolución

respectiva...”; comentando al respecto que esto fue en el mes de

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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octubre, razón por la cual se debió haber dado el cierre y la resolución

diez días posteriores, si mal no recuerda, a la fecha del 14 de octubre

de 2015, no existiendo dentro del expediente un oficio donde se turne

a los miembros del Ayuntamiento para que se resuelva tal y como lo

manifiesta la Ley de Responsabilidades en su artículo 8 que dice:

“Artículo 8.-...Tratándose de los titulares de las dependencias o entidades de la

administración pública municipal, la contraloría municipal instaurará y sustanciará

el procedimiento de responsabilidad administrativa y turnará el expediente al

ayuntamiento para que éste resuelva lo procedente....”. Asimismo señala que

como ha leído se viola el artículo 73 fracción XII del reglamento de

esta administración, que dice que se van a remitir los expedientes

integrados con motivo de la sustanciación del procedimiento al

Ayuntamiento, haciendo mención que el procedimiento se remitió por

parte de Contraloría al Secretario del Ayuntamiento como consta en el

oficio CM/DCSS/64/2016, donde el Contralor responde que turnó el

mencionado expediente al Secretario de Ayuntamiento para que en los

términos del artículo 8 segundo párrafo de la Ley de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del

Estado de Guanajuato y sus Municipios se emitiera la resolución

correspondiente, y que lamentablemente la Secretaría del

Ayuntamiento, que le es turnado de manera indebida por la

Contraloría, lo turna también de manera indebida a la Comisión de

Gobierno cuando realmente no tuvo que haber sido este el

procedimiento, sino que tuvo que haber sido en la Comisión de

Contraloría o en su defecto de Contraloría y de Gobierno en donde el

Contralor tenía la obligación de exponer todas y cada una de las

inquietudes y observaciones que se dieron durante este

procedimiento. Agregando que de igual manera si se entra a resolver

la situación del procedimiento de responsabilidad administrativa y se

llegara a sancionar al implicado, estarían todos en una conducta

violatoria a la ley y al procedimiento marcado en la Ley de

Responsabilidades Administrativas, pues siempre están en pro de la

legalidad y en que las autoridades cumplan lo que la ley les señala en

el principio del estado de derecho, pero que también como autoridad,

deben cerciorarse de que se cumpla el debido proceso, lo que

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lamentablemente no se dio en este acto y que por lo cual y debido a

los errores del procedimiento es que su voto será en contra porque

existen violaciones reiteradas por parte de la Contraloría y por parte

del actuar de todo el proceso sustanciado, y que de aprobarse esta

resolución sería totalmente violatoria de los derechos humanos de

sujeción a un procedimiento correcto. Por último, en relación al tema,

en uso de la voz el Regidor Salvador Ramírez Argote da lectura a un

documento en los términos que a continuación se insertan:

“Sr. Presidente: Para argumentar mí voto en contra de la resolución que se somete a la aprobación de este Ayuntamiento. Primero he de decir que lo normal hubiera sido que a cada miembro de la comisión y luego a cada miembro del Ayuntamiento nos entregaran una copia del expediente a fin de estudiarlo y después de contar con todos los elementos de convicción emitiéramos un voto responsable y apegado a la legalidad. No fue así, de tal manera que mis compañeros del PAN que voten esto a favor, votarán a ciegas sin contar con los elementos para sancionar a un ciudadano. Por mi parte, hube de solicitar copia de todo el expediente. Agradezco al secretario del Ayuntamiento que se me haya hecho llegar dicho expediente el fin de semana. Al analizarlo, ya que antes no hubo oportunidad en la comisión, ni antes de ella, me percaté de que ese legajo de hojas no es lo que se espera de un órgano técnico y profesional. Desafortunadamente la Contraloría no hizo un trabajo pulcro sino que sus actuaciones dejaron mucho qué desear. Por ejemplo, hay una serie de notificaciones de los oficios, que no están correctamente realizadas. De la lectura simple de esos documentos, no se produce en mí la certeza de que el imputado haya sido realmente notificado del inicio de los procedimientos de responsabilidad, porque las supuestas actas de notificación sólo contienen las manifestaciones hechas por los supuestos notificadores, pero no hay firmas, sellos ni ningún otro elemento que nos produzca certidumbre de que el servidor público fue notificado. Además, se violó la Ley de Responsabilidades al no notificar al Ayuntamiento del inicio de cada uno de los procedimientos de responsabilidad. En efecto, el artículo 47 prevé esta formalidad de notificar al superior jerárquico del servidor público sujeto al

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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procedimiento, y en este caso, como todos sabemos, se trata del Ayuntamiento, como superior jerárquico del servidor público, cosa que no ocurrió o, por lo menos, no consta en autos. Finalmente, se vulnera la garantía de certeza jurídica y de legalidad en perjuicio del ciudadano. En efecto, el artículo 60 de la Ley de Responsabilidades ordena que se emita la resolución dentro de los 10 días hábiles siguientes al término del plazo de 10 días para rendir alegatos, mismo que a su vez corre a partir del cierre de la instrucción. Todo esto ocurrió desde el mes de octubre. En consecuencia, más de 6 meses después, estamos evidentemente fuera del término de esos diez días hábiles para emitir la sanción. Compañeros síndicos, regidores, presidente: el Ius Puniendi, esto es, la facultad sancionadora del Estado nuca debe ser utilizada con ligereza, ni en el ámbito penal ni en el administrativo. La ley nos ha dado esa facultad y tenemos que ser sumamente responsables, porque podemos afectar derechos fundamentales de las personas. Por eso yo los invito a que votemos en contra de este dictamen pues se trata de un procedimiento que está mal de principio a fin, viciado de origen y que viola los derechos del imputado. Demostremos que somos un órgano Edilicio responsable y que no actuamos con arbitrariedad, gracias Presidente”.

En seguida, el Presidente somete a la consideración del Honorable

Ayuntamiento el dictamen en los términos al que se dio lectura, mismo

que queda aprobado por mayoría con cuatro votos en contra emitidos

por los Regidores: José de Jesús Vázquez García, Norma Patricia

López Zúñiga, Salvador Ramírez Argote y Sergio Alejandro Contreras

Guerrero. Autorización que se otorga en los términos y condiciones del

dictamen respectivo. De la misma manera, la Regidora Ana María

Esquivel Arrona da lectura a un dictamen de la Comisión de Desarrollo

Social, Educación, Cultura, Recreación, Deporte, Asistencia Social y

Salud Pública (se agrega al apéndice del acta), por unanimidad se

toman los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Con fundamento en los

artículos 76, fracciones I inciso k), IV, inciso a) y V, inciso a) de la Ley

Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; se autoriza la

suscripción de un convenio así como de los respectivos anexos de

ejecución AE-20-ITS-2016-Q1606-002 y AE-20-ITS-2016-Q1606-0012,

con motivo de la asignación y participación concurrente de recursos

para el programa Impulso a la Infraestructura para la Reconstrucción

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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del Tejido Social para el Ejercicio fiscal 2016, con una aportación de la

Secretaría de Desarrollo Social y Humano del Gobierno del Estado de

Guanajuato, por la cantidad de $57,370,704.93 millones de pesos y de

$28,685,352.47 millones de pesos por parte del municipio, con la

finalidad de llevar a cabo la ejecución de 31 obras de pavimentación

de calles y vialidades de zonas urbanas, suburbanas y rurales que

presentan marginación, rezago social o deterioro en la seguridad

comunitaria; instrumentos jurídicos que habrán de celebrarse en los

términos y condiciones de los documentos que como anexos, forman

parte del presente acuerdo. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta al

Tesorería Municipal para que realice los movimientos presupuestales,

contables y financieros que se requieran para dar cumplimiento al

presente acuerdo, sujetándose en todo momento a la suficiencia

presupuestal disponible en el presupuesto de egresos autorizado para

el ejercicio fiscal correspondiente. TERCERO.- Se instruye y se faculta

a las Direcciones y Entidades de la Administración Pública Municipal

para que en el ámbito de su respectiva competencia y en los términos

del convenio aprobado en el punto primero del presente acuerdo,

realicen las gestiones y acciones necesarias para dar cumplimiento al

mismo. Autorización que se otorga en los términos y condiciones del

dictamen respectivo. En uso de la voz, el Regidor Salvador Sánchez

Romero solicita autorización al Pleno del Honorable Ayuntamiento

para presentar en bloque tres dictámenes relativos a asignaciones de

uso de suelo. Lo anterior con el fin de que puedan ser sometidos a

votación del Cuerpo Edilicio en un solo acto; propuesta que queda

aprobada por unanimidad una vez sometida a la consideración del

Honorable Ayuntamiento por el Presidente. A continuación, el Regidor

Salvador Sánchez Romero da lectura a los tres dictámenes de la

Comisión de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Ecológico y Territorial

e IMPLAN (se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman

los siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Con fundamento en los

artículos 76 fracción II, incisos a) y h) y 81 de la Ley Orgánica

Municipal para el Estado de Guanajuato; 33 fracción IV del Código

Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato; 14 fracción

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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IV, 78, 128-C, 128-D, 128-E, 128-F y 128-G del Código Reglamentario

de Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato, se

aprueba la asignación de uso de suelo, para el lote de terreno ubicado

en Blvd. Vicente Valtierra, de la colonia “Fracciones de Cañada de

Alfaro”, de este Municipio, con una superficie de 3,969.026 M². (Tres

mil novecientos sesenta y nueve punto veintiséis metros cuadrados),

de ser una Zona de Consolidación Urbana (ZCU) a ser Habitacional de

densidad alta con usos mixtos de comercio y servicio de intensidad

media e industria ligera y mediana (H8), cuyo croquis de localización,

medidas y colindancias se detallan en el documento que como anexo

uno forma parte del presente acuerdo y que a continuación se

insertan:

Al noreste en línea quebrada que parte de noroeste a sureste en 25.419

metros, continúa en 12.70 metros, con fusión 1, quiebra al noreste en

56.31 metros, con fusión 2 quiebra al sureste en 19.06 metros, continua

en 3.92 metros, con Blvd. Vicente Valtierra; al sureste en línea en dos

tramos qua parte en 55.94 metros y finaliza en 42.93 metros, con División

8 ocho; al suroeste en línea en tres tramos que parte en 25.32 metros,

continúan en 25.40 metros y final en 11.47 metros, con calle Doctor

Baldomero Sánchez; y, al noroeste en línea en dos tramos que parte en

32.69 metros y finaliza en 9.18 metros, con propiedad privada. La

superficie, medidas y colindancias quedan sujetas al deslinde en campo

que para tal efecto realicen las autoridades competentes. Esta

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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asignación queda sujeta al cumplimiento de las condicionantes

señaladas en el anexo dos de este acuerdo y que a continuación se

insertan: I. La presente autorización queda condicionada al cumplimiento de las

restricciones señaladas en la Constancia de Factibilidad con número de control

DU/DEU-33-44207/2016 emitida por la Dirección General de Desarrollo Urbano de

fecha 16 de marzo de 2016. II. En caso de existir diferencias entre superficies,

medidas, invasiones o problemas en linderos, así como de daños a terceros será

única y exclusivamente responsabilidad del propietario. III. El propietario deberá

urbanizar con la sección y especificaciones constructivas que le determine la

Dirección General de Desarrollo Urbano lo siguiente: a) La banqueta del Blvd.

Vicente Valtierra dentro de su predio. IV. Cumplir con las especificaciones que

determinó el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, en el

oficio de factibilidad de servicios con la referencia PLAN/253/’16 de fecha 13 de

abril de 2016. V. Cumplir con lo señalado en el Código Reglamentario de

Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato. Las condicionantes

antes señaladas no podrán ser modificadas sin la autorización del Ayuntamiento

previo análisis del Instituto Municipal de Planeación. SEGUNDO.- Publíquese

este acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, ello a

efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 128-G del

Código Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de

León, Guanajuato, por lo que se instruye al Instituto Municipal de

Planeación para que realice las gestiones necesarias a fin de que el

solicitante de mérito, realice el pago de los derechos de publicación.

TERCERO.- Se instruye al instituto Municipal de Planeación para que

realice los trámites necesarios, a efecto de que se inscriba el presente

acuerdo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ello de

conformidad con el artículo 128-G del Código Reglamentario de

Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato.

Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen

respectivo. 2.- PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 76

fracción II, incisos a) y h) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato; 33 fracción IV del Código Territorial para el

Estado y los Municipios de Guanajuato; 14 fracción IV, 78, 128-C, 128-

D, 128-E, 128-F y 128-G del Código Reglamentario de Desarrollo

Urbano para el Municipio de León, Guanajuato, se aprueba la

asignación de uso de suelo para la fusión de 2 predios de la parcela

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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47 del Ejido de San Carlos de este Municipio, con una superficie de

6,456.86 M². (Seis mil cuatrocientos cincuenta y seis punto ochenta y

seis metros cuadrados), de ser una Zona de Reserva para el

Crecimiento (ZRC) a ser Habitacional de densidad Alta (H7), cuyo

croquis de localización, medidas y colindancias se detallan en el

documento que como anexo uno forma parte del presente acuerdo y

que a continuación se insertan:

Al noreste en 111.50 metros, con la parcela 38; al sureste en 98.97

metros, con Circuito Siglo XXI Oriente; al suroeste línea que va de

sureste a noreste en 45.00 metros, quiebra al noreste en 71.41

metros, quiebra al noroeste en 20.00 metros, quiebra al noreste en

4.00 metros, y finalmente quiebra al noroeste en 26.00 metros, linda

con resto de la parcela 47; y, al poniente en 21.50 metros, con resto

de la parcela. La superficie, medidas y colindancias quedan sujetas al

deslinde en campo que para tal efecto realicen las autoridades

competentes. Esta asignación queda sujeta al cumplimiento de las

condicionantes señaladas en el anexo dos de este acuerdo y que a

continuación se insertan: I. La presente autorización queda condicionada al

cumplimiento de las restricciones señaladas en la Constancia de Factibilidad con

número de control DU/DEU-33-44590/2016 emitida por la Dirección General de

Desarrollo Urbano de fecha 1 de abril de 2016. II. En caso de existir diferencias

entre superficies, medidas, invasiones o problemas en linderos, así como de

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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daños a terceros será única y exclusivamente responsabilidad del propietario. III.

El propietario deberá urbanizar con la sección y especificaciones constructivas que

le determine la Dirección General de Desarrollo Urbano lo siguiente: a) El cuerpo

poniente del Blvd. Circuito Siglo XXI OTE. dentro de su predio. IV. El propietario

deberá realizar el mejoramiento del Blvd. La Laborcita en el tramo comprendido

del Blvd. Aeropuerto hasta el límite sur de su predio con las especificaciones que

le determine la Dirección General de Desarrollo Urbano. V. Cumplir con las

especificaciones que determinó el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de

León, Guanajuato, en el oficio de factibilidad de servicios con la referencia

PLAN/259/’16 de fecha 11 de abril de 2016. VI. Cumplir con lo señalado en el

Código Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de León,

Guanajuato. Las condicionantes antes señaladas no podrán ser modificadas sin la

autorización del Ayuntamiento previo análisis del Instituto Municipal de Planeación.

De acuerdo a la Constancia de Factibilidad con número de control

DU/DEU-33-44590/2016, emitida por la Dirección General de

Desarrollo Urbano, la superficie que se encuentra dentro del inmueble

materia de esta asignación y que corresponde al trazo del Blvd.

Circuito Siglo XXI oriente, se le otorga el destino de vialidad pública.

SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Periódico Oficial del

Gobierno del Estado, ello a efecto de dar cumplimiento con lo

dispuesto por el artículo 128-G del Código Reglamentario de

Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato, por lo que

se instruye al Instituto Municipal de Planeación para que realice las

gestiones necesarias a fin de que el solicitante de mérito, realice el

pago de los derechos de publicación. TERCERO.- Se instruye al

instituto Municipal de Planeación para que realice los trámites

necesarios, a efecto de que se inscriba el presente acuerdo en el

Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ello de conformidad

con el artículo 128-G del Código Reglamentario de Desarrollo Urbano

para el Municipio de León, Guanajuato. Autorización que se otorga en

los términos y condiciones del dictamen respectivo. 3.- PRIMERO.-

Con fundamento en los artículos 76 fracción II, incisos a) y h) y 81 de

la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; 33 fracción

IV del Código Territorial para el Estado y los Municipios de

Guanajuato; 14 fracción IV, 78, 128-C, 128-D, 128-E, 128-F y 128-G

del Código Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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León, Guanajuato, se aprueba la asignación de uso de suelo para la

parcela 229 Z-1 P1/2 del Ejido La Loza de los Padres, de este

Municipio, con una superficie de 28,826.49 M² (Veintiocho mil

ochocientos veintiséis punto cuarenta y nueve metros cuadrados), de

ser una Zona de Reserva para el Crecimiento (ZRC) a ser Servicio de

Intensidad Alta (S3), cuyo croquis de localización, medidas y

colindancias se detallan en el documento que como anexo uno forma

parte del presente acuerdo y que a continuación se insertan:

Al noreste 138.42 metros, linda con brecha; al sureste 173.56

metros, linda con terracería a entronque Carretera Federal León -

Silao, a la Loza de los Padres; al suroeste 201.30 metros, linda con

brecha; y, al noroeste 171.67 metros, linda con parcela 228. La

superficie, medidas y colindancias quedan sujetas al deslinde en

campo que para tal efecto realicen las autoridades competentes. Esta

asignación queda sujeta al cumplimiento de las condicionantes

señaladas en el anexo dos de este acuerdo y que a continuación se

insertan: I. La presente autorización queda condicionada al cumplimiento de las

restricciones señaladas en la Constancia de Factibilidad con número de control

DU/DEU-33-41665/16 emitida por la Dirección General de Desarrollo Urbano de

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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fecha 13 de enero de 2016. II. En caso de existir diferencias entre superficies,

medidas, invasiones o problemas en linderos, así como de daños a terceros será

única y exclusivamente responsabilidad del propietario. III. El propietario deberá

urbanizar con la sección y especificaciones constructivas que le determine la

Dirección General de Desarrollo Urbano lo siguiente: a) El cuerpo norte del Blvd.

Puente Milenio dentro de su predio. IV. Cumplir con las especificaciones que

determinó el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León, Guanajuato, en el

oficio de factibilidad de servicios con la referencia PLAN/215/’16 de fecha 01 de

abril de 2016. V. Cumplir con lo señalado en el Código Reglamentario de

Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato. Las condicionantes

antes señaladas no podrán ser modificadas sin la autorización del Ayuntamiento

previo análisis del Instituto Municipal de Planeación. De acuerdo a la

Constancia de Factibilidad con número de control DU/DEU-33-

41665/16, emitida por la Dirección General de Desarrollo Urbano, la

superficie que se encuentra dentro del inmueble materia de esta

asignación y que corresponde al trazo del Blvd. Puente Milenio, se le

otorga el destino de vialidad pública. SEGUNDO.- Publíquese este

acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, ello a efecto

de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 128-G del Código

Reglamentario de Desarrollo Urbano para el Municipio de León,

Guanajuato, por lo que se instruye al Instituto Municipal de Planeación

para que realice las gestiones necesarias a fin de que el solicitante de

mérito, realice el pago de los derechos de publicación. TERCERO.- Se

instruye al instituto Municipal de Planeación para que realice los

trámites necesarios, a efecto de que se inscriba el presente acuerdo

en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ello de

conformidad con el artículo 128-G del Código Reglamentario de

Desarrollo Urbano para el Municipio de León, Guanajuato.

Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen

respectivo. Igualmente, el Regidor Salvador Sánchez Romero da

lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Desarrollo

Económico y Rural y Obra Pública, Servicios Públicos y Vivienda (se

agrega al apéndice del acta), por mayoría con un voto en contra

emitido por el Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero se toman

los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto

en los artículos 76 fracciones IV inciso a) y V inciso a) de la Ley

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; se reconoce y

ratifica el compromiso adquirido por el Municipio sobre la obra

correspondiente a la Construcción de la Línea de Transmisión de

115kV en el convenio de colaboración celebrado con el objeto de

impulsar el desarrollo del proyecto Parque Industrial “Las Colinas de

León” autorizado por acuerdo tomado por el Ayuntamiento en sesión

ordinaria de fecha 16 de enero del 2014. SEGUNDO.- Ante la falta de

suficiencia presupuestal y con el propósito de que se concluyan lo

antes posible las obras referidas (eléctricas y civiles), se autoriza

convenir con el Desarrollador, mediante su colaboración a través de

aportaciones económicas y/o la ejecución de las mismas; definiendo al

efecto entre ambas partes un esquema para que éste recupere su

inversión. TERCERO.- Se autoriza la celebración de los instrumentos

jurídicos necesarios para lograr la conclusión de las obras antes

señaladas, instruyéndose a las Direcciones Generales de Economía,

Obra Pública y Desarrollo Urbano para que definan los alcances y

términos de los mismos, poniendo en conocimiento de ello a estas

Comisiones Unidas. CUARTO.- Se autoriza a la Dirección General de

Economía y a la Dirección General de Obra Pública, para que realicen

las gestiones necesarias ante la empresa concesionaria de la

autopista de cuota León-Aguascalientes a efecto de lograr la

modificación en favor del Municipio, de las condiciones establecidas

en los instrumentos jurídicos suscritos para el cumplimiento de las

obligaciones relacionadas con la construcción de los accesos, gazas y

vialidades que conecten al Parque con la autopista de cuota León-

Aguascalientes. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo.

En el punto XIV del Orden del Día. Asuntos Generales. En uso de la

voz, el Regidor Sergio Alejandro Contreras Guerrero manifiesta que

presenta dos asuntos, el primero relativo a la Contraloría Social, en

relación al expediente sancionador que se votó en esta sesión de

Ayuntamiento, poniendo a consideración un cuestionario al Contralor

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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del Municipio, del cual solicita dé contestación por escrito fundando y

motivando cada una de las preguntas; solicitando además que la

respuesta se externe en copia a cada uno de los integrantes del

Ayuntamiento; siendo las preguntas que a continuación se enlistan (se

transcribe cuestionario proporcionado):

“1.- ¿Conoce usted el trámite para la instauración y sustanciación de los procedimientos de responsabilidad administrativa marcado en la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios? 2.- ¿Revisó usted el expediente (se omite el nombre completo) que contiene el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa que se instauró y sustanció? 3.- ¿Qué puede usted fundamentar acerca de la sustanciación de ese Procedimiento de Responsabilidades Administrativas? 4.- ¿Tiene usted o notó alguna inconsistencia o irregularidad sustancial en ese Procedimiento de Responsabilidades Administrativas? 5.- ¿Puede usted decir si las notificaciones de los procedimientos se realizaron conforme a la Ley? 6.- ¿Por qué el implicado dentro del expediente manifiesta la indebida notificación de los procedimientos de responsabilidad administrativa? 7.- ¿Usted como Contralor Municipal verificó, constató que las notificaciones del procedimiento de responsabilidad administrativa se hubieran realizado en forma debida al implicado?, y en caso afirmativo demuestre o explique cómo constató tal situación fáctica y jurídica. 8.- ¿Por qué se acumularon 16 procedimientos?, si estos ya se encontraban en periodo probatorio, y conforme al artículo 46 quinquies de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Público del Estado de Guanajuato y sus Municipios plasma que no podrá decretarse la acumulación una vez que se hubieren desahogado todas la pruebas, explique por qué no subsano su dependencia tal irregularidad sustancial. 9.- ¿Cumplió la Contraloría Municipal con su deber legal de turnar a los miembros de este Ayuntamiento el expediente respectivo que hoy nos convoca? 10.- Explique si se cumplió con ese requisito de procedibilidad, y ¿a quién fue dirigido y entregado? 11.- Podría usted decir ¿por qué fue turnado el expediente al Secretario del Ayuntamiento si no es su competencia y no a los miembros del Ayuntamiento? ya que estaríamos ante una regularidad sustancial y un desconocimiento de la Contraloría de su deber legal frente a este Ayuntamiento. 12.- ¿Sabe usted si esos presuntos objetivos de ordenar el turno del expediente respectivo no se cumplen a cabalidad, se genera un vicio sustancial en el trámite para que este Ayuntamiento pueda resolver conforme a los parámetros legales? 13.- ¿Por qué la Contraloría actuó contraria a la ley sobrepasando los términos de procedimiento que contempla el artículo 60 de la Ley?

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14.- ¿Por qué solo hasta el 19 de abril de 2016 se presenta ante la Comisión de Gobierno el expediente para que sea resuelto por este Ayuntamiento sobrepasando los 6 meses donde el deber legal eran 10 días hábiles siguientes a la conclusión del término de la presentación de alegatos?”

Asimismo manifiesta el Regidor Sergio Contreras que formula las

preguntas ante la ausencia del Contralor tanto en comisión como en la

sesión de Ayuntamiento sabiendo que este tema sería tocado en esta

sesión, por lo que tuvo que comparecer, pues es un tema muy

sensible porque se violan los derechos de un ex servidor público y que

todo mundo está sujeto a un debido procedimiento, por lo que

entonces pide que en un breve término el Contralor pueda dar

contestación debidamente fundando y motivando la respuesta al

cuestionamiento, ya que de lo contrario tendrá que solicitar que se

instaure un procedimiento de sanción. Sobre el particular, en uso de la

voz el Regidor Salvador Ramírez Argote indica que se suma a la

petición del Regidor Contreras, aunque sabe que muchas de esas

preguntas el Contralor tendrá que preguntárselas a la anterior

Contraloría, porque realmente fue Beto Padilla quien llevó acabo todo

este procedimiento tan desaseado, y ya no está aquí, pero sí está el

anterior Director de Asuntos Jurídicos de la Contraloría, Cuauhtémoc

Lizaola, que ahora lo tienen trabajando en Función Edilicia, por lo que

cree que el Contralor se puede asesorar muy bien con él para dar

respuesta a esta serie de interrogantes. En seguida, el Presidente

somete a la consideración del Cuerpo Edilicio la propuesta del Regidor

Sergio Contreras en el sentido de turnar el cuestionario al que ha dado

lectura a la Contraloría para que sea atendido y contestado a la

brevedad, remitiendo copia a todos y cada uno de los integrantes de

este Honorable Ayuntamiento, misma que es aprobada por

unanimidad. Después, nuevamente en uso de la voz el Regidor Sergio

Alejandro Contreras Guerrero manifiesta que el segundo asunto que

presenta es relativo al evento denominado “PiroMusic Fest”, pidiendo

al Cuerpo Edilicio puedan solicitar a la Dirección de Gestión Ambiental

realice una revisión a la organización del tema, ya que desconoce si

existe alguna revisión respecto a la realización del festival que tiene

juegos pirotécnicos y se da en el Foro del Lago, en donde existe una

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cantidad considerable de especies animales, debiendo tener una

regulación conforme lo marcan ciertas disposiciones, y que si como

municipio están tomando las medidas pertinentes en la celebración del

festival para no dañar o generar un impacto negativo a la biodiversidad

de la zona del Foro del Lago varias veces han comentado integrantes

del Ayuntamiento la probidad y precaución que deben tomar respecto

a los festivales o acciones que se realicen en el municipio, ello para

tomar las medidas precautorias que se pueda antes de que digan

“híjole lo hubiera previsto antes”. Sobre el particular, el Presidente

pregunta al Regidor Contreras Guerrero si estaría esperando que la

respuesta se presente ante el Honorable Ayuntamiento o ante la

comisión correspondiente, ello dado que está presente el Director de

Gestión Ambiental. En ese tenor, el Regidor Sergio Contreras

responde que no, ello en virtud de que el festival arranca el 28 de abril,

por lo que propondría que de una manera de obvia resolución se

solicite a la Dirección de Gestión Ambiental revisé el tema de

inmediato, y entonces el Ayuntamiento pueda tomar las medidas

precautorias y de provisiones necesarias para no generar una cuestión

nociva en la fauna que existe en el Foro del Lago de Explora. Sobre

este mismo tema, en uso de la voz el Regidor José de Jesús Vázquez

García señala que como es un evento que inclusive toca a la Comisión

de Turismo, se debe tener mucho cuidado, pues ya se promocionó, y

en lo personal considera trae muchos beneficios para la ciudad y se

debe ver el cómo sí, no el cómo no. Asimismo sobre este asunto, en

uso de la voz la Regidora Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares

agradece la preocupación del Regidor Contreras, comentando al

respecto que durante la Feria también hay pirotecnia día a día, no

habiendo problema ni impacto negativo hacia las aves, entendiendo la

parte del Foro de Lago donde se concentran, pero que son 4 días del

festival, tiene entendido que la comisión encargada de eventos y

espectáculos solicitó los estudios pertinentes a la Dirección de Gestión

Ambiental, debiendo contar ya con un estudio del famoso MIR de

impacto ambiental, considerando que a este respecto, hasta donde

sabe, no hay legislación en materia de pirotecnia dentro de Gestión

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 25 de abril de 2016.

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Ambiental y aun así se emitieron algunas recomendaciones. Después,

nuevamente en uso de la voz el Regidor Sergio Contreras Guerrero

manifiesta que no está diciendo que se quite o se prohíba el evento, lo

único que pide al Cuerpo Edilicio es que tomen las precauciones y

medidas pertinentes para evitar que posteriormente pueda darse un

daño, pues en diversas ocasiones ya ha pasado que por generar un

evento padre, impactante, bonito o económico se dan daños a las

instalaciones, como ocurrió en el Foro del Lago, concretamente con un

concierto hace varios años, siendo lo importante que como

Administración puedan revisar que un evento destinado únicamente a

juegos pirotécnicos, que se da de manera constante y reiterada en un

lugar donde tienen muchas especies vivas, no se vaya a generar un

daño al entorno, siendo eso lo que pide al Cuerpo Edilicio, que se

genere esa recomendación, porque hasta donde tiene entendido el día

viernes no se había realizado por parte de la Dirección ninguna

inspección, porque no es su obligación, y precisamente por eso pide

que como no está contemplado dentro de sus atribuciones directas o

establecidas se realice una revisión por parte de la Administración

correspondiente para tomar las medidas que se puedan dar en el

ámbito de sus facultades. A continuación, respecto de este mismo

asunto, nuevamente en uso de la voz la Regidora Beatriz Yamamoto

menciona que ya está emitida la recomendación por parte de Medio

Ambiente, pues en su oportunidad lo hizo el Comité Ejecutivo del

festival, durando 25 minutos la pirotecnia, por lo que considera hay

tranquilidad en el tema, asimismo agradece la preocupación por cuidar

tanto del entorno como del medio ambiente y por generar la seguridad

para todos los que están ahí, como en cualquier otro evento, pero que

hasta el momento sí se contó con todas las previsiones. Después,

nuevamente en uso de la voz el Regidor Sergio Contreras Guerrero

pide le puedan compartir a la brevedad ese documento porque ha

habido mucha inquietud por parte de los ambientalistas y poderles

entregar una copia al respecto. Por último, sobre este mismo asunto el

Presidente pide al Director de Gestión Ambiental que junto con los

organizadores del festival y del propio Patronato de la Feria, tome las

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medidas preventivas a efecto de asegurar que el evento no dañe el

entorno y la fauna, y si ya se han tomado algunas de estas medidas

preventivas las comparta a todos los integrantes del Ayuntamiento

para su conocimiento.

Sin otro asunto que tratar, se da por terminada la sesión a las 19:35

diecinueve horas y treinta y cinco minutos, del día de su fecha. Se

levanta la presente acta para constancia. Damos fe.

PRESIDENTE MUNICIPAL

C. Héctor Germán René López Santillana

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

C. Felipe de Jesús López Gómez

SÍNDICOS:

C. Carlos Medina Plascencia

C. Luis Ernesto Ayala Torres

REGIDORES:

C. Salvador Sánchez Romero

C. Ana María Esquivel Arrona

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REGIDORES:

C. Federico Zermeño Padilla

C. Ana María Carpio Mendoza

C. Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares

C. Alejandro Alaniz Rosales

C. José de Jesús Vázquez García

C. Norma Patricia López Zúñiga

C. Salvador Ramírez Argote

C. Sergio Alejandro Contreras Guerrero

C. Jorge Arturo Cabrera González