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En el Salón de usos múltiples del edificio A del Instituto Nacional Electoral, siendo las
8:00 horas del día 3 de septiembre de 2015, se reunieron para celebrar sesión
extraordinaria de la Junta General Ejecutiva las señoras y señores integrantes de la
misma: Doctor Lorenzo Córdova Vianello, Consejero Presidente del Consejo General
del Instituto Nacional Electoral y Presidente de la Junta General Ejecutiva; Licenciado
Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General
Ejecutiva; Ingeniero René Miranda Jaimes, Director Ejecutivo del Registro Federal de
Electores; Maestro Patricio Ballados Villagómez, Director Ejecutivo de Prerrogativas y
Partidos Políticos; Profesor Miguel Ángel Solís Rivas, Director Ejecutivo de
Organización Electoral; Doctor José Rafael Martínez Puón, Director Ejecutivo del
Servicio Profesional Electoral Nacional; Maestro Sergio Santiago Galván, Director de
Educación Cívica y Participación Ciudadana, en representación de la Dirección
Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica; Licenciado Bogart Cristóbal
Montiel Reyna, Director Ejecutivo de Administración; Contador Público Eduardo
Gurza Curiel, Director de la Unidad Técnica de Fiscalización; Maestro Carlos Alberto
Ferrer Silva, Director de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y Licenciada
Olga Alicia Castro Ramírez, Directora de la Unidad Técnica de Vinculación con los
Organismos Públicos Locales. De la misma forma, concurrieron a la sesión el
Licenciado Alberto García Sarubbi, Coordinador Nacional de Comunicación Social;
Licenciado Rafael Riva Palacio Galimberti, Director de Vinculación y Cooperación
Internacional, en representación de la Coordinación de Asuntos Internacionales;
Licenciado Gabriel Mendoza Elvira, Director Jurídico; Licenciada Cecilia del Carmen
Azuara Arai, Directora de la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos
Personales; Maestro José Luis Rodríguez Herrera, Director de la Unidad Técnica de
Planeación; Maestra Maira Melisa Guerra Pulido, Encargada del Despacho de la
Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación; así como el Licenciado
Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Buenos días, damos inicio a la sesión extraordinaria de
la Junta General Ejecutiva que ha sido convocada para este día, por lo que le pido al
Secretario Ejecutivo, verifique si hay quórum legal para sesionar.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Hay quórum, Consejero Presidente.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Colegas, está a su consideración el orden del día.
Al no haber más intervenciones, Secretario Ejecutivo, le pido que consulte a la Junta
General Ejecutiva si se aprueba el orden del día.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Se consulta si se aprueba el orden del día, quienes estén
a favor sírvanse manifestarlo si son tan amables.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del Registro
Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos
Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; del Servicio Profesional Electoral
Nacional, Doctor José Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart
Cristóbal Montiel Reyna; de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización,
Contador Público Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos
Alberto Ferrer Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada
Olga Alicia Castro Ramírez; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General
Ejecutiva, Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y
Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no
estando presente durante la votación el Director Ejecutivo de Organización Electoral,
Profesor Miguel Ángel Solís Rivas, asimismo no estando presente durante el
desarrollo de la sesión el Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación
Cívica, Maestro Luis Javier Vaquero Ochoa), Consejero Presidente.
(Texto del orden del día aprobado)
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
JUNTA GENERAL EJECUTIVA
SESIÓN EXTRAORDINARIA
ORDEN DEL DÍA
3 DE SEPTIEMBRE DE 2015
8:00 HORAS
1.- Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
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1.1.- Proyecto de Resolución de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral por el que se emite la Declaratoria de Pérdida de Registro del Partido del
Trabajo, por no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación emitida
en la Elección Federal Ordinaria para Diputados, celebrada el siete de junio de dos mil
quince.
1.2.- Proyecto de Resolución de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral por el que se emite la Declaratoria de Pérdida de Registro del Partido
Humanista, en virtud de no haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la
votación emitida en la Elección Federal Ordinaria para Diputados, celebrada el siete
de junio de dos mil quince.
2.- Dirección Ejecutiva de Administración
2.1.- Informe de la situación financiera y de las operaciones realizadas,
correspondiente al segundo trimestre del 2015 del Fideicomiso: “Fondo para Atender
al Pasivo Laboral del Instituto Federal Electoral”.
2.2.- Informe de la situación financiera y de las operaciones realizadas,
correspondiente al primer trimestre de 2015 del Fideicomiso: “Fondo para el
Cumplimiento del Programa de Infraestructura Inmobiliaria y para la Atención
Ciudadana y Mejoramiento de Módulos del Instituto Federal Electoral”.
2.3.- Informe de la situación financiera y de las operaciones realizadas,
correspondiente al segundo trimestre de 2015 del Fideicomiso: “Fondo para el
Cumplimiento del Programa de Infraestructura Inmobiliaria y para la Atención
Ciudadana y Mejoramiento de Módulos del Instituto Federal Electoral”.
2.4.- Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva por el que se aprueban, los
Lineamientos del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al personal de las
ramas Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto
Nacional Electoral, para el ejercicio 2015.
2.5.- Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral, por el que se establece la Jornada Laboral para el personal de la Rama
Administrativa y del Servicio Profesional Electoral en los Órganos Delegacionales y
Subdelegacionales y en las Oficinas Centrales del Instituto.
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3.- Unidad Técnica de Planeación
3.1.- Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral, por el que se aprueban las modificaciones de los Proyectos, IN02300
denominado “Sistema Contable en Línea de Partidos Políticos, Aspirantes,
Precandidatos y Candidatos”; IN01200 denominado “Innovación y Cambio
Institucional Mejoramiento a la Infraestructura de Captación de Señales”; e IN70800
denominado “Sam V3 Integración de Información Estadística Institucional, Geográfica
y Demográfica”, mismos que forman parte de la Planeación Táctica (Cartera
Institucional de Proyectos) del Instituto Nacional Electoral, para el ejercicio fiscal 2015,
de diversas Unidades Responsables.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario Ejecutivo, continúe con la sesión.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Me permito solicitar su autorización para que esta
Secretaría consulte si se dispensa la lectura de los documentos que se hicieron
circular previamente con el propósito de evitar la votación del permiso
correspondiente, y así entrar directamente a la consideración de los asuntos.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Secretario Ejecutivo, proceda a formular la consulta
sobre la dispensa que propone.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores integrantes de la Junta General
Ejecutiva, en votación económica se consulta si se dispensa la lectura de los
documentos que contienen los asuntos previamente circulados, y así entrar
directamente a la consideración de los mismos, en su caso.
Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del Registro
Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos
Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; del Servicio Profesional Electoral
Nacional, Doctor José Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart
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Cristóbal Montiel Reyna; de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización,
Contador Público Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos
Alberto Ferrer Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada
Olga Alicia Castro Ramírez; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General
Ejecutiva, Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y
Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no
estando presente durante la votación el Director Ejecutivo de Organización Electoral,
Profesor Miguel Ángel Solís Rivas, asimismo no estando presente durante el
desarrollo de la sesión el Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación
Cívica, Maestro Luis Javier Vaquero Ochoa), Consejero Presidente.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario Ejecutivo, dé cuenta del primer
asunto del orden del día.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: El primer punto del orden del día, corresponde a los
asuntos solicitados por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y
se compone de dos apartados.
El primer apartado de este punto del orden del día, es el relativo al Proyecto de
Resolución de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se
emite la Declaratoria de Pérdida de Registro del Partido del Trabajo, por no haber
obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación emitida en la elección federal
ordinaria para Diputados, celebrada el siete de junio de dos mil quince.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Señoras y señores integrantes de la Junta General
Ejecutiva, está a su consideración el Proyecto de Resolución mencionado.
Tiene el uso de la palabra el Maestro Patricio Ballados.
El C. Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio
Ballados Villagómez: Gracias, Consejero Presidente.
Buenos días.
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El Proyecto de Resolución que se pone a su consideración deriva de la atribución
legal y reglamentaria de esta Junta General Ejecutiva para emitir la Declaratoria de
Pérdida de Registro de los Partidos Políticos Nacionales, fundada en los resultados de
los cómputos y declaraciones de validez de los Consejos del Instituto Nacional
Electoral, así como de las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.
Como es de su conocimiento, en este caso el Partido del Trabajo obtuvo su registro
como Partido Político Nacional el 13 de enero de 1993, así como el Partido Humanista
a partir del año 2014, lo que tenemos es que posterior a la Jornada Electoral, se
efectuaron los cómputos que fueron revisados derivados de los distintos juicios de
inconformidad y recursos de reconsideración del Tribunal Electoral, y para el caso del
Partido del Trabajo tenemos dos resultados, en la elección de mayoría relativa obtuvo
el 2.8494 de la votación y en la de Representación Proporcional el 2.8449.
Derivado de esto, también el Consejo General el pasado 23 de agosto sesionó a fin
de determinar la votación para Representación Proporcional, este Acuerdo junto con
una interpretación solicitada por el Partido del Trabajo fue impugnado ante el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, y en ambos casos confirmó las
determinaciones de este Instituto Nacional Electoral.
En consecuencia lo que se está proponiendo a esta Junta General Ejecutiva es
aprobar la Declaratoria de Pérdida de Registro.
En segundo lugar, extinguir los derechos derivados del registro de este partido
político, con excepción de las cuestiones de fiscalización, que en el periodo de
liquidación tendrán que ser cumplidas.
Adicionalmente, se está solicitando a esta Junta General Ejecutiva, el instruir a la
Dirección Ejecutiva a efecto de que someta a consideración del Comité de Radio y
Televisión, lo relativo a las pautas pendientes, como saben ustedes, el día de hoy se
notifican a todo el país pautas que incluyen todavía promocionales del Partido
Humanista y el Partido del Trabajo, con lo cual se instruye a la Dirección Ejecutiva
para que acuda al Comité de Radio a fin de modificar la pauta, y en tanto no se
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modifica la pauta, sustituir los promocionales de los partidos políticos por
promocionales de la autoridad electoral.
Asimismo, se deja claro que los partidos políticos del Trabajo y Humanista, al haber
presentado candidatos a la elección ordinaria en el Distrito 01 de Aguascalientes,
podrán así mismo, participar en la elección extraordinaria, y finalmente se instruye la
notificación a los distintos órganos del Instituto Nacional Electoral, Organismos
Públicos Locales Electorales, así como a las Cámaras del Congreso de la Unión, para
los efectos legales conducentes.
Me parece que, y a fin de no hacer otra vez uso de la voz, Consejero Presidente, en el
caso del Partido Humanista, se comparten así todas las demás consideraciones, salvo
por los porcentajes de votación, que en el caso del Partido Humanista son de 2.1453,
en Mayoría Relativa, y 2.1491 en la elección de Representación Proporcional.
Agradecer a la Dirección Jurídica, a la Secretaría Ejecutiva los comentarios que
enriquecieron este Proyecto de Resolución.
Gracias, Consejero Presidente.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Maestro Patricio Ballados.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Gabriel Mendoza.
El C. Director Jurídico, Licenciado Gabriel Mendoza Elvira: Gracias, Consejero
Presidente.
Para dos cuestiones, básicamente. Una, enfatizar algo que mencionaba el Maestro
Patricio Ballados; a diferencia de otras ocasiones, a consulta del Partido del Trabajo,
el Consejo General emitió un criterio sobre el Concepto “votación válida emitida” que
prevé tanto la Constitución Política como el artículo 94 de la Ley General de Partidos
Políticos, que es el parámetro o el referente conforme al cual se mide el 3 por ciento
para efectos de la decisión que se va a tomar en esta mesa.
La determinación del Consejo General, como bien lo señaló el Maestro Patricio
Ballados, fue impugnada y confirmada por la Sala Superior, lo cual me parece da
certeza y blinda la decisión que tome esta Junta General Ejecutiva.
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El segundo aspecto, tiene que ver con el tema de la nulidad de la elección en
Aguascalientes, el artículo 24, párrafo 3, como se señala en el Proyecto de
Resolución, permite que los partidos políticos que están perdiendo el registro puedan
participar, si es que tuvieron candidatos en la elección ordinaria correspondiente como
fue el caso.
Para tales efectos, me parece que hay, dicho con todo respeto, una laguna, porque la
ley otorga este derecho pero no señala cuáles son los procedimientos o cuáles son
las modalidades en las cuales puede participar.
Está previsto ya legalmente el tema de la liquidación, la cuestión de los
financiamientos entra en este periodo el partido político, sin embargo, las decisiones
políticas o de otra índole que tenga que tomar el partido político no están previstas en
la norma cómo deben de hacerse.
Entonces, la propuesta de un servidor es que se agregue en el Punto Cuarto de
ambos Proyectos un párrafo que más o menos diga que, para efectos del artículo 24,
párrafo 3 y en todo caso para el ejercicio del derecho que otorgue el 95 párrafo 5 de la
Ley, que es poder optar por el registro local donde sí obtuvieron el 3 por ciento, que
se nombre a un órgano responsable del Partido Político conforme a los criterios,
reglas, Lineamientos que en su momento dicte este Instituto.
Me parece que tendría que ser el Consejo General al momento de la Convocatoria o
más bien el calendario, dictar estas directrices para que los partidos políticos tengan
certeza de cómo actuar ante esta autoridad frente a ese tipo de decisiones.
Es cuanto, Consejero Presidente.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Licenciado Gabriel Mendoza.
Tiene el uso de la palabra la Licenciada Olga Alicia Castro.
La C. Directora de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos
Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia Castro Ramírez: Gracias, Consejero
Presidente.
Buenos días.
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Un poco en el mismo tenor de lo que ha referido el Licenciado Gabriel Mendoza, de
ciertas lagunas en la normatividad y asumiendo que la decisión que hoy toma esta
Junta General Ejecutiva tiene repercusiones en el ámbito local, particularmente, en las
próximas elecciones.
No sé si correspondería y es tal vez la pregunta a este órgano, dar alguna mínima
información, pauta o directriz para efectos del registro local, es decir, quien tenga
alguno de estos dos partidos políticos que tenga el derecho de obtener registro local
en algunas de las entidades que tienen elecciones próximamente, seguramente se
van a enfrentar al problema de qué instancia podrá hacer la acreditación, es decir, a
quién podrían reconocer como legítimo representante para solicitar la acreditación
local.
Entiendo, que es el Instituto Nacional Electoral quien tiene, al menos, el registro de las
últimas dirigencias o comisiones políticas estatales y no sé si sea esa figura la que
podríamos comunicar a los Organismos Públicos Locales Electorales para efectos de
la solicitud que se pudiese hacer en cada Estado de la acreditación local.
En esos términos, no sé si valdría la pena posteriormente pensar en la figura que
deba usarse en las Legislaciones, porque en el caso de los Partidos Políticos
Nacionales la Ley General solamente habla de que tienen el derecho de participar en
las elecciones locales, sin embargo no les otorga una figura específica.
De tal manera, que algunos le llaman reconocimiento, acreditación o registro y
dependiendo también ese tipo de figura es lo mejor el tipo de procedimiento que
establecen para efectos también de liquidaciones en el ámbito local.
Entonces, creo que pudiésemos también tomar una medida al respecto para prever
los efectos que esta decisión va a tener en el ámbito de los Organismos Públicos
Locales.
Gracias, Consejero Presidente.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Licenciada Olga Alicia Castro.
Permítanme intervenir, a propósito de este planteamiento que hacía la Licenciada
Olga Alicia Castro.
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Me parece que no nos corresponde a nosotros determinar lo conducente o que ocurre
en el ámbito local; sin embargo la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales establece una directriz general, que como norma general no nos
corresponde, me da la impresión aplicar a nosotros, sino en todo caso las autoridades
correspondientes de llevar a cabo los registros de los partidos políticos que son
precisamente los Organismos Públicos Locales Electorales.
El párrafo 5 del artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos establece que
justamente si un Partido Político Nacional pierde su registro por no haber alcanzado el
porcentaje mínimo de votación, puede optar por el registro como Partido Político Local
en aquellas entidades federativas en donde la elección inmediata anterior hubiera
obtenido el tres por ciento, con lo que por cierto está homologando el porcentaje para
eventualmente mantener los registros locales.
Me parece que es pertinente que esta prevención, lo que está establecido en el
artículo 5, en la medida en la que se hará el Proyecto de Acuerdo, éste y el del Partido
Humanista, establece el mandato de notificar a los Organismos Públicos Locales
Electorales, se haga un alcance en esta notificación en la que se haga mención, sin
más, de lo que establece este precepto legal para que sea el órgano local el que, en
su caso, determine lo que corresponde, porque además entiendo que, de una lectura
literal del término, pero insisto, no creo que sea competencia nuestra instrumentarlo.
La potestad de optar por un registro como Partido Político Local es del Partido Político
y consecuentemente tiene que haber un acto positivo, una actuación de parte del
Partido Político que se encuentre en estas circunstancias.
Por lo demás, lo que tiene que ver con la liquidación en el plano local y demás no creo
que sea conveniente que nos metamos nosotros, de todos modos.
Pero, quiero aprovechar para hacer una breve intervención, visto el motivo que nos
ocupa en esta sesión, en este punto.
He sido siempre un defensor del Sistema de Partidos Políticos y del pluralismo que
caracteriza, en particular, a nuestra sociedad, creo que en la medida en la que el
pluralismo que permea, que existe en una sociedad encuentra traducción en el
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Sistema de Partidos Políticos, se robustece el principio democrático en esa sociedad
determinada.
Creo que, el proceso de cambio político, además en México comenzó precisamente
con una lógica democratizadora, si entendemos por democracia como la teoría
política lo hace, como un régimen político que parte de la premisa de inclusión del
mayor número de ciudadanos en el proceso de toma de las decisiones.
Las democracias representativas, esta participación ocurre no de manera directa, sino
mediata a través de los partidos políticos que, como lo dice el propio artículo 41
constitucional tienen, entre otros propósitos, el de ser un puente de acceso de los
ciudadanos al poder público.
Creo, en consecuencia, que cuando sale del Sistema de Partidos Políticos por las
razones que prevé la Ley alguna opción política, hay una merma en el en las
posibilidades, en las alternativas de representatividad del pluralismo político, sin
embargo, también me queda claro que cada sociedad determina cuáles son los
parámetros, convencionalismos, son eso son convencionalismos pactados, traducidos
y plasmados en la legislación, que permiten determinar cuándo una opción política es
mínimamente representativa y consecuentemente tiene el derecho de gozar de
prerrogativas y participar en la conformación del Sistema de Partidos Políticos.
Estamos hablando del Partido del Trabajo y Partido Humanista, uno que tiene una
trayectoria consolidada en la vida política del país, otro que obtuvo en el último
Proceso de obtención de partidos políticos su registro, que han obtenido un número
considerable de votos, si la Reforma Electoral del año 2014 no hubiera incrementado
el umbral del 2 al 3 por ciento, ambos partidos políticos habrían conservado con las
cifras que nos mencionaba el Maestro Patricio Ballados su registro, sin embargo,
estamos hablando de normas pactadas que constituyen las reglas del juego, sobre las
reglas se puede discutir mucho, su pertinencia, es más, aprovecho este punto para
reiterar algo que he dicho en numerosas ocasiones, me parece un desatino de la
Reforma Electoral del año 2007, que el proceso de abrir puertas a nuevas alternativas
a los partidos políticos ocurra sólo cada 6 años y no de cara a cada elección, como
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había venido ocurriendo desde el año 1977 hasta entonces, durante 30 años, y sin
embargo son las reglas del juego que nos hemos dado.
Nosotros como autoridad electoral nos corresponde como a todos los ciudadanos
emitir juicios y consideraciones en torno a las reglas, pero como autoridad electoral
aplicarlas; las reglas son las que son, establecen ahora un 3 por ciento, establecen la
incorporación sólo cada 6 años, creo que es algo que tiene que discutirse en términos
de su pertinencia, hay un falso debate a propósito de lo que implica el acceso de
nuevas alternativas o la salida de algunas alternativas.
Hoy lo pueden ver en la prensa a propósito de la Convocatoria a esta sesión de la
Junta General Ejecutiva para el propósito de la pérdida de registro de estos 2 partidos,
en donde se plantea que habrá un ahorro en la inversión pública que se hace a los
partidos políticos lo cual como saben es absolutamente falso, el número de partidos
políticos, no determina el monto que se destina por parte del Estado a financiar la
política, que es una venturosa decisión; otra cosa son los montos que siempre es
pertinente discutir y eventualmente revisar, pero de nueva cuenta, estamos hablando
de las reglas del juego, y las reglas para bien o para mal son las que son.
Creo que, la característica del juego democrático es que las reglas se pueden discutir,
se pueden revisar, es pertinente y sano que esto ocurra, es pertinente y sano que
ocurra sin los atavismos, sin los prejuicios, sin las distorsiones retóricas que en un
contexto de crisis de la credibilidad de los partidos políticos abundan, pero eso creo
que es una tarea del Instituto Nacional Electoral fomentar, pero una cosa es la
discusión pública sobre las reglas, estamos a un momento al cabo del Proceso
Electoral Federal pasado, en el que es pertinente revisar las reglas, discutir las reglas,
pero las reglas una vez pactadas también, y en eso consiste el juego democrático, en
el apego de todos los actores a las mismas, y creo que el Instituto Nacional Electoral
como autoridad, ceñida por el principio de legalidad, no pueda hacer otra cosa sino
apegarse a las mismas.
Insisto, para mí es una circunstancia triste, no por las filias o fobias respecto de los
partidos políticos que se encuentran en esta circunstancia, sino simple y
sencillamente porque el Sistema de Partidos Políticos hoy se verá más mermado que
en el pasado, pero en todo caso, insisto, la aplicación de la Ley es la que es, y
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ninguna de estas 2 opciones, obtuvo como lo mandata la Ley el 3 por ciento para
preservar el registro.
Por último, creo que es muy pertinente la incorporación del adendum que hace el
Licenciado Gabriel Mendoza, creo que es una decisión que tendrá que discutirse, y
sobre la que el Consejo General tenga que pronunciarse en breve.
Tiene el uso de la palabra el Maestro Patricio Ballados.
El C. Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio
Ballados Villagómez: Gracias, Consejero Presidente.
Lo que parecería muy importante y es de total relevancia, y me parece que es lo que
tiene que hacer esta autoridad, es dotar de la mayor información posible tanto a
nuestras Juntas Distritales como a los Organismos Públicos Locales y a otras
instituciones; así se está haciendo y me parece que en el Proyecto de Resolución se
dan una serie de indicaciones, la Unidad de Vinculación ya hará del conocimiento de
los Organismos Públicos Locales, el día de hoy esta Resolución con el agregado que
ha solicitado el Consejero Presidente, la Secretaría Ejecutiva, estoy en el entendido
que también hará una comunicación respecto a los partidos políticos que mantienen
su registro y los que no, el mismo día de hoy, previo al inicio de los Procesos
Electorales; la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, así lo hará del
conocimiento de nuestros Vocales Ejecutivos, con lo cual, lo que tenemos es
precisamente que dar la mayor información.
Ya hemos recibido de parte de muchos Organismos Públicos Locales Electorales
consultas respecto de quienes son las dirigencias acreditadas de los distintos partidos
políticos, ya la Unidad Técnica de Fiscalización ha recibido y ha sometido a
consideración de la Comisión de Fiscalización, cuestiones relativas a liquidaciones y
diversas reglas que se han dado contestación, entonces, me parece que en efecto, se
trata de atribuciones que son de los Órganos Públicos Locales Electorales, no, ahí no
podemos meternos en su ámbito de competencia, pero sí me parece que lo que dice
la Licenciada Olga Alicia Castro, es muy relevante en el sentido que tenemos que dar
la mayor de las informaciones y los elementos para que cada quien en el ámbito de
sus atribuciones pueda determinar las reglas que considere pertinentes.
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Un agregado, simplemente, también señalar Consejero Presidente, que esta
Resolución se haría del conocimiento y se pondría a consideración del Consejo
General en la siguiente sesión para cumplir lo perceptuado por el artículo 48, párrafo 1
de la Ley General.
Es cuanto, Consejero Presidente.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Maestro Patricio Ballados.
Si no hay alguna intervención más, le pido al Secretario Ejecutivo, que someta a
votación este apartado.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Con gusto, Consejero Presidente.
Se consulta si se aprueba el Proyecto de Resolución de la Junta General Ejecutiva del
Instituto Nacional Electoral identificada en el orden del día como el apartado 1.1,
tomando en consideración la propuesta del Director Jurídico a fin de incorporar un
adendum en el Punto Resolutivo Cuarto en los términos por él presentados.
Quienes estén a favor, sírvanse manifestarlo, si son tan amables.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del Registro
Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos
Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de Organización Electoral, Profesor
Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor José
Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna;
de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público
Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer
Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia
Castro Ramírez; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva,
Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y Presidente de la
Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no estando presente
durante el desarrollo de la sesión el Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y
Educación Cívica, Maestro Luis Javier Vaquero Ochoa), Consejero Presidente.
(Texto de la Resolución aprobada INEJGE110/2015) Pto. 1.1
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INE/JGE110/2015 RESOLUCIÓN DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DE PÉRDIDA DE REGISTRO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, POR NO HABER OBTENIDO POR LO MENOS EL TRES POR CIENTO DE LA VOTACIÓN EMITIDA EN LA ELECCIÓN FEDERAL ORDINARIA PARA DIPUTADOS, CELEBRADA EL SIETE DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE
A N T E C E D E N T E S I. El Partido del Trabajo obtuvo su registro como Partido Político Nacional, ante
el otrora Instituto Federal Electoral, con fecha trece de enero de mil novecientos noventa y tres. En tal virtud, el partido político mencionado participó, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la preparación, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Federal ordinario correspondiente al año dos mil quince, y ejerció su derecho a postular candidatos a diputados por ambos principios.
II. De acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales, el siete de junio de dos mil quince se celebraron elecciones ordinarias federales para elegir diputados. En ellas participaron los Partidos Políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena, Humanista y Encuentro Social, así como la coalición conformada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México y la coalición de Izquierda Progresista integrada por los Partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo.
III. El doce de agosto de dos mil quince, en sesión extraordinaria, fue aprobado
el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da respuesta a la consulta planteada por el Mtro. Pedro Vázquez González,
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en su carácter de Representante Propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relacionada con el concepto de votación válida emitida”, identificado con el número INE/CG641/2015, cuyo contenido fue confirmado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-430/2015.
IV. Con fecha diecinueve de agosto de dos mil quince el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, concluyó la Resolución de los medios de impugnación interpuestos por los Partidos Políticos y las Coaliciones, respecto a los resultados de la elección de diputados federales realizada el siete de junio de dos mil quince.
V. Con fecha veintidós de agosto de dos mil quince, mediante oficio
INE/DEOE/1027/2015 la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, remitió a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los resultados de la elección de diputados, conforme a lo siguiente:
MAYORÍA RELATIVA
PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION TOTAL EMITIDA
PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,291,728 21.0044PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,539,118 29.2306PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,293,411 10.8760
PARTIDO DEL TRABAJO 1,124,818 2.8494PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,736,730 6.9326
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,412,817 6.1121NUEVA ALIANZA 1,462,983 3.7060
MORENA 3,303,252 8.3677PARTIDO HUMANISTA 846,885 2.1453ENCUENTRO SOCIAL 1,309,570 3.3174
CANDIDATO INDEPENDIENTE 11 221,240 0.5604CANDIDATO INDEPENDIENTE 22 3,789 0.0096CANDIDATOS NO REGISTRADOS 51,531 0.1305
VOTOS NULOS 1,878,249 4.7579TOTAL 39,476,121 100%
1 Candidato Independiente 1, comprende la suma de votos de los candidatos independientes que contendieron como únicos o fueron registrados en primer lugar. 2 Candidato Independiente 2, comprende la suma de votos de los candidatos independientes que fueron registrados en segundo lugar en los distritos Veracruz 10 y 11.
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REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION TOTAL
EMITIDA PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,377,535 21.0152PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,636,957 29.1916PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,335,321 10.8753
PARTIDO DEL TRABAJO 1,134,101 2.8449PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,757,170 6.9164
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,431,063 6.0984NUEVA ALIANZA 1,486,626 3.7292
MORENA 3,345,712 8.3928PARTIDO HUMANISTA 856,716 2.1491ENCUENTRO SOCIAL 1,325,032 3.3239
CANDIDATO INDEPENDIENTE 1 221,240 0.5550CANDIDATO INDEPENDIENTE 2 3,789 0.0095
CANDIDATOS NO REGISTRADOS 52,371 0.1314VOTOS NULOS 1,900,449 4.7673
TOTAL 39,864,082 100%
VI. En sesión extraordinaria de fecha veintitrés de agosto de dos mil quince, el
Consejo General de este Instituto, mediante Acuerdo INE/CG804/2015, efectuó el cómputo total, la declaración de validez de la elección y la asignación de diputados por el principio de representación proporcional; publicado el dos de septiembre de dos mil quince en el Diario Oficial de la Federación.
VII. Con fecha veintiocho de agosto de dos mil quince, la H. Sala Superior del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió el Recurso de Reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-573/2015 y acumulados, en el cual confirmó el Acuerdo referido en el Antecedente que precede.
En virtud de los antecedentes descritos; y
C O N S I D E R A N D O
1. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base V, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el numeral 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales,
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establece que el Instituto Nacional Electoral en el ejercicio de su función, tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
2. Que de acuerdo con los cómputos efectuados por el Instituto Nacional
Electoral y con las Resoluciones emitidas en última instancia por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejos de este Instituto declararon la validez de las elecciones ordinarias para diputados por ambos principios.
3. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base I, último párrafo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “El partido político que no obtenga, al menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro”.
4. Que el artículo 94, párrafo 1, inciso b), de la Ley General de Partidos
Políticos, establece como causal de pérdida de registro de un partido político, “no obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos (…)”.
5. Que según lo establecido por el artículo 95, párrafo 1, de la Ley General de
Partidos Políticos, para la pérdida de registro a que se refieren los incisos a) al c) del párrafo 1 del artículo 94 de dicha Ley, la Junta General Ejecutiva del Instituto emitirá la declaratoria correspondiente, misma que deberá fundarse en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de los consejos del Instituto, así como en las Resoluciones del Tribunal Electoral, debiéndola publicar en el Diario Oficial de la Federación.
6. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15, párrafo 1, de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relación con lo determinado por este Consejo General en el Acuerdo INE/CG641/2015 y confirmado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la sentencia dictada en el expediente SUP-RAP-430/2015, se entiende por votación válida emitida la que resulte de deducir
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de la suma de todos los votos depositados en las urnas, exclusivamente, los votos nulos y los correspondientes a los candidatos no registrados.
7. Que al deducir de la votación total emitida los votos nulos y los
correspondientes a los candidatos no registrados, de conformidad con las cifras señaladas en el antecedente V de la presente Resolución, según se desprende de los cómputos nacional y distritales y de las Resoluciones que en última instancia emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se obtiene que el Partido del Trabajo no alcanzó cuando menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección de diputados, por lo que se coloca en el supuesto establecido en el artículo 94, párrafo 1, inciso b), de la Ley General de Partidos Políticos, como consta en el cuadro siguiente:
MAYORÍA RELATIVA
PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION VÁLIDA EMITIDA
PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,291,728 22.0840
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,539,118 30.7330
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,293,411 11.4350
PARTIDO DEL TRABAJO 1,124,818 2.9958
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,736,730 7.2889
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,412,817 6.4262
NUEVA ALIANZA 1,462,983 3.8965
MORENA 3,303,252 8.7978
PARTIDO HUMANISTA 846,885 2.2556
ENCUENTRO SOCIAL 1,309,570 3.4879
CANDIDATO INDEPENDIENTE 1 221,240 0.5892
CANDIDATO INDEPENDIENTE 2 3,789 0.0101
TOTAL 37,546,341 100%
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REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION VÁLIDA
EMITIDA PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,377,535 22.0977%
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,636,957 30.6953%
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,335,321 11.4354%
PARTIDO DEL TRABAJO 1,134,101 2.9915%
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,757,170 7.2727%
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,431,063 6.4125%
NUEVA ALIANZA 1,486,626 3.9213%
MORENA 3,345,712 8.8251%
PARTIDO HUMANISTA 856,716 2.2598%
ENCUENTRO SOCIAL 1,325,032 3.4951%
CANDIDATO INDEPENDIENTE 1 221,240 0.5836%
CANDIDATO INDEPENDIENTE 2 3,789 0.0100%
TOTAL 37,911,262 100%
8. Que conforme a lo señalado por el artículo 96, párrafo 1, de la Ley General
de Partidos Políticos, al partido político que pierda su registro le será cancelado el mismo y perderá todos los derechos y prerrogativas que establece dicha Ley.
9. Que conforme a lo previsto por los artículos 95, párrafo 1, de la Ley General
de Partidos Políticos; y 48, párrafo 1, inciso i), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, cuenta con la atribución de emitir la declaratoria de pérdida de registro de los Partidos Políticos Nacionales.
10. Que según lo establecido en el artículo 96, párrafo 2, de la Ley General de
Partidos Políticos, “la cancelación o pérdida del registro extinguirá la personalidad jurídica del partido político, pero quienes hayan sido sus dirigentes y candidatos deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establece esta Ley, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio”.
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En atención a los Antecedentes y Considerandos expresados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 41, párrafo segundo, bases I y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, párrafo 1; y 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 94, párrafo 1, inciso b); 96, párrafos 1 y 2, de la Ley General de Partidos Políticos, así como en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de los Consejos General y Distritales del Instituto Nacional Electoral y en las Resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y en ejercicio de la atribución que le confiere los artículos 48, párrafo 1, incisos i) y o) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 95, párrafo 1, de la Ley General de Partidos Políticos; la Junta General Ejecutiva emite la siguiente:
R E S O L U C I Ó N PRIMERO.- Se declara la pérdida de registro como Partido Político Nacional, del Partido Trabajo, en virtud de que al no haber obtenido el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones federales del siete de junio de dos mil quince, se ubicó en la causal prevista en el numeral 94, párrafo 1, inciso b), de la Ley General de Partidos Políticos. SEGUNDO.- En consecuencia, a partir del día siguiente a la aprobación de la presente Resolución, el Partido del Trabajo pierde todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Partidos Políticos, y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2015, que deberán ser entregadas por este Instituto al Interventor respectivo, de conformidad con lo establecido por el artículo 389 del Reglamento de Fiscalización. TERCERO.- La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos deberá someter a consideración del Comité de Radio y Televisión la sustitución de los spots del partido político por promocionales institucionales en tanto se aprueba la modificación de la pauta correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la aprobación de la presente Resolución.
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CUARTO.- El Partido del Trabajo, para efectos del artículo 24, párrafo 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, podrá participar en la elección extraordinaria que se convoque, siempre y cuando hubiere participado con candidato en la elección ordinaria que fue anulada. Para tal efecto, así como para el ejercicio del derecho que le otorga el artículo 95, párrafo 5, de la Ley General de Partidos Políticos, deberá nombrar un órgano responsable, conforme con los criterios y directrices que dicte este Instituto. QUINTO.- El Partido del Trabajo deberá cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la Ley General de Partidos Políticos y el Reglamento de Fiscalización, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio. SEXTO.- Notifíquese al Partido del Trabajo e inscríbase la presente Resolución que declara la pérdida de registro, en el libro correspondiente. SÉPTIMO.- Hágase del conocimiento de todas y cada una de las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales del Instituto la presente Resolución, para los efectos a que haya lugar. OCTAVO.- Dése vista a la Comisión de Fiscalización para efectos de lo establecido en el artículo 97 de la Ley General de Partidos Políticos, en relación con los diversos 192, párrafo 1, inciso ñ), y 199, párrafo 1, inciso i), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. NOVENO.- Comuníquese la presente Resolución a los Organismos Públicos Locales, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con dichos órganos, para los efectos legales conducentes. DÉCIMO.- Comuníquese la presente Resolución a las cámaras del Congreso de la Unión. DÉCIMO PRIMERO.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial de la Federación, así como en la página de Internet de este Instituto.
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El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva,
Doctor Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Sírvase proceder a lo conducente para la publicación de la Resolución
aprobada en el Diario Oficial de la Federación, y continúe con el siguiente
apartado de este punto de este orden del día.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva,
Licenciado Edmundo Jacobo Molina: El siguiente apartado de este punto del
orden del día, es el relativo al Proyecto de Resolución de la Junta General
Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral por el que se emite la Declaratoria de
Pérdida de Registro del Partido Humanista, en virtud de no haber obtenido por
lo menos el tres por ciento de la votación emitida en la elección federal
ordinaria para Diputados, celebrada el siete de junio de dos mil quince.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva,
Doctor Lorenzo Córdova Vianello: Señoras y señores, integrantes de la
Junta General Ejecutiva está a su consideración el Proyecto de Resolución
mencionado.
Al no haber intervenciones y pidiendo que para todos los efectos mi
intervención sea considerada también para este punto; le pido Secretario
Ejecutivo, que con el agregado que había planteado la Dirección Jurídica y el
Maestro Patricio Ballados y las consideraciones que se hicieron en el apartado
anterior, tome la votación que corresponda.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva,
Licenciado Edmundo Jacobo Molina: Con gusto, Consejero Presidente.
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Se consulta si se aprueba el Proyecto de Resolución de la Junta General
Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral identificado en el orden del día como
el apartado 1.2 tomando en consideración en esta votación la argumentación
vertida por los miembros de la Junta General Ejecutiva en el apartado 1.1 y en
particular, agregar el adendum al Punto Resolutivo Cuarto propuesto por el
Director Jurídico y la propuesta hecha también por el Director Ejecutivo de
Prerrogativas y Partidos Políticos.
Quienes estén a favor, sírvanse manifestarlo, si son tan amables.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del
Registro Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de
Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de
Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio
Profesional Electoral Nacional, Doctor José Rafael Martínez Puón; de
Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna; de los Directores
de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público Eduardo Gurza
Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer Silva y de
Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia
Castro Ramírez; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General
Ejecutiva, Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y
Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no
estando presente durante el desarrollo de la sesión el Director Ejecutivo de
Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Luis Javier Vaquero
Ochoa), Consejero Presidente.
(Texto de la Resolución aprobada INEJGE111/2015) Pto. 1.2
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INE/JGE111/2015 RESOLUCIÓN DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITE LA DECLARATORIA DE PÉRDIDA DE REGISTRO DEL PARTIDO HUMANISTA, EN VIRTUD DE NO HABER OBTENIDO POR LO MENOS EL TRES POR CIENTO DE LA VOTACIÓN EMITIDA EN LA ELECCIÓN FEDERAL ORDINARIA PARA DIPUTADOS, CELEBRADA EL SIETE DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE
A N T E C E D E N T E S I. El Partido Humanista obtuvo su registro como Partido Político Nacional, ante
este Instituto Nacional Electoral, con fecha nueve de julio de dos mil catorce, surtiendo sus efectos a partir del primero de agosto del mismo año. En tal virtud, el partido político mencionado participó, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la preparación, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral Federal ordinario correspondiente al año dos mil quince, y ejerció su derecho a postular candidatos a diputados por ambos principios.
II. De acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales, el siete de junio de dos mil quince se celebraron elecciones ordinarias federales para elegir diputados. En ellas participaron los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, Morena, Humanista y Encuentro Social, así como la coalición conformada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México y la coalición de Izquierda Progresista integrada por los Partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo.
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III. El doce de agosto de dos mil quince, en sesión extraordinaria, fue aprobado
el “Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da respuesta a la consulta planteada por el Mtro. Pedro Vázquez González, en su carácter de Representante Propietario del Partido del Trabajo ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relacionada con el concepto de votación válida emitida”, identificado con el número INE/CG641/2015, cuyo contenido fue confirmado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-430/2015.
IV. Con fecha diecinueve de agosto de dos mil quince el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, concluyó la Resolución de los medios de impugnación interpuestos por los partidos políticos y las coaliciones, respecto a los resultados de la elección de diputados federales realizada el siete de junio de dos mil quince.
V. Con fecha veintidós de agosto de dos mil quince, mediante oficio
INE/DEOE/1027/2015 la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, remitió a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los resultados de la elección de diputados, conforme a lo siguiente:
MAYORÍA RELATIVA
PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION TOTAL EMITIDA
PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,291,728 21.0044PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,539,118 29.2306PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,293,411 10.8760
PARTIDO DEL TRABAJO 1,124,818 2.8494PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,736,730 6.9326
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,412,817 6.1121NUEVA ALIANZA 1,462,983 3.7060
MORENA 3,303,252 8.3677PARTIDO HUMANISTA 846,885 2.1453ENCUENTRO SOCIAL 1,309,570 3.3174
CANDIDATO INDEPENDIENTE 11 221,240 0.5604CANDIDATO INDEPENDIENTE 22 3,789 0.0096
1 Candidato Independiente 1, comprende la suma de votos de los candidatos independientes que contendieron como únicos o fueron registrados en primer lugar.
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PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION TOTAL EMITIDA
PORCENTAJE
CANDIDATOS NO REGISTRADOS 51,531 0.1305VOTOS NULOS 1,878,249 4.7579
TOTAL 39,476,121 100%
REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION TOTAL EMITIDA
PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,377,535 21.0152PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,636,957 29.1916PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,335,321 10.8753
PARTIDO DEL TRABAJO 1,134,101 2.8449PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,757,170 6.9164
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,431,063 6.0984NUEVA ALIANZA 1,486,626 3.7292
MORENA 3,345,712 8.3928PARTIDO HUMANISTA 856,716 2.1491ENCUENTRO SOCIAL 1,325,032 3.3239
CANDIDATO INDEPENDIENTE 1 221,240 0.5550CANDIDATO INDEPENDIENTE 2 3,789 0.0095
CANDIDATOS NO REGISTRADOS 52,371 0.1314VOTOS NULOS 1,900,449 4.7673
TOTAL 39,864,082 100% VI. En sesión extraordinaria de fecha veintitrés de agosto de dos mil quince, el
Consejo General de este Instituto, mediante Acuerdo INE/CG804/2015, efectuó el cómputo total, la declaración de validez de la elección y la asignación de diputados por el principio de representación proporcional; publicado el dos de septiembre de dos mil quince en el Diario Oficial de la Federación.
VII. Con fecha veintiocho de agosto de dos mil quince, la H. Sala Superior del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió el Recurso de Reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-573/2015 y acumulados, en el cual confirmó el Acuerdo referido en el Antecedente que precede.
2 Candidato Independiente 2, comprende la suma de votos de los candidatos independientes que fueron registrados en segundo lugar en los distritos Veracruz 10 y 11.
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En virtud de los antecedentes descritos; y
C O N S I D E R A N D O
1. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el numeral 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Nacional Electoral en el ejercicio de su función, tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
2. Que de acuerdo con los cómputos efectuados por el Instituto Nacional
Electoral y con las Resoluciones emitidas en última instancia por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejos de este Instituto declararon la validez de las elecciones ordinarias para diputados por ambos principios.
3. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base I, último párrafo, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “El partido político que no obtenga, al menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro”.
4. Que el artículo 94, párrafo 1, inciso b), de la Ley General de Partidos
Políticos, establece como causal de pérdida de registro de un partido político, “no obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos (…)”.
5. Que según lo establecido por el artículo 95, párrafo 1, de la Ley General de
Partidos Políticos, para la pérdida de registro a que se refieren los incisos a) al c) del párrafo 1 del artículo 94 de dicha Ley, la Junta General Ejecutiva del Instituto emitirá la declaratoria correspondiente, misma que deberá fundarse en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de
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los Consejos del Instituto, así como en las Resoluciones del Tribunal Electoral, debiéndola publicar en el Diario Oficial de la Federación.
6. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 15, párrafo 1, de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en relación con lo determinado por este Consejo General en el Acuerdo INE/CG641/2015 y confirmado por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la sentencia dictada en el expediente SUP-RAP-430/2015, se entiende por votación válida emitida la que resulte de deducir de la suma de todos los votos depositados en las urnas, exclusivamente, los votos nulos y los correspondientes a los candidatos no registrados.
7. Que al deducir de la votación total emitida los votos nulos y los
correspondientes a los candidatos no registrados, de conformidad con las cifras señaladas en el antecedente V de la presente Resolución, según se desprende de los cómputos nacional y distritales y de las Resoluciones que en última instancia emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se obtiene que el Partido Humanista no alcanzó cuando menos el tres por ciento de la votación válida emitida en la elección de diputados, por lo que se coloca en el supuesto establecido en el artículo 94, párrafo 1, inciso b), de la Ley General de Partidos Políticos, como consta en el cuadro siguiente:
MAYORÍA RELATIVA
PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION VÁLIDA EMITIDA
PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,291,728 22.0840
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,539,118 30.7330
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,293,411 11.4350
PARTIDO DEL TRABAJO 1,124,818 2.9958
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,736,730 7.2889
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,412,817 6.4262
NUEVA ALIANZA 1,462,983 3.8965
MORENA 3,303,252 8.7978
PARTIDO HUMANISTA 846,885 2.2556
ENCUENTRO SOCIAL 1,309,570 3.4879
CANDIDATO INDEPENDIENTE 1 221,240 0.5892
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PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION VÁLIDA EMITIDA
PORCENTAJE
CANDIDATO INDEPENDIENTE 2 3,789 0.0101
TOTAL 37,546,341 100%
REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACION VÁLIDA EMITIDA
PORCENTAJE
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 8,377,535 22.0977%
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 11,636,957 30.6953%
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 4,335,321 11.4354%
PARTIDO DEL TRABAJO 1,134,101 2.9915%
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2,757,170 7.2727%
MOVIMIENTO CIUDADANO 2,431,063 6.4125%
NUEVA ALIANZA 1,486,626 3.9213%
MORENA 3,345,712 8.8251%
PARTIDO HUMANISTA 856,716 2.2598%
ENCUENTRO SOCIAL 1,325,032 3.4951%
CANDIDATO INDEPENDIENTE 1 221,240 0.5836%
CANDIDATO INDEPENDIENTE 2 3,789 0.0100%
TOTAL 37,911,262 100%
8. Que conforme a lo señalado por el artículo 96, párrafo 1, de la Ley General
de Partidos Políticos, al partido político que pierda su registro le será cancelado el mismo y perderá todos los derechos y prerrogativas que establece dicha Ley.
9. Que de acuerdo con lo previsto por los artículos 95, párrafo 1, de la Ley
General de Partidos Políticos; y 48, párrafo 1, inciso i), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, cuenta con la atribución de emitir la declaratoria de pérdida de registro de los partidos políticos nacionales.
10. Que según lo establecido en el artículo 96, párrafo 2, de la Ley General de
Partidos Políticos, “la cancelación o pérdida del registro extinguirá la personalidad jurídica del partido político, pero quienes hayan sido sus dirigentes y candidatos deberán cumplir las obligaciones que en materia de
30
fiscalización establece esta Ley, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio”.
En atención a los Antecedentes y Considerandos expresados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 41, párrafo segundo, Bases I y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, párrafo 1; y 30, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 94, párrafo 1, inciso b); 96, párrafos 1 y 2, de la Ley General de Partidos Políticos, así como en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de los Consejos General y Distritales del Instituto Nacional Electoral y en las Resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y en ejercicio de la atribución que le confiere los artículos 48, párrafo 1, inciso i) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 95, párrafo 1, de la Ley General de Partidos Políticos; la Junta General Ejecutiva emite la siguiente:
R E S O L U C I Ó N PRIMERO.- Se declara la pérdida de registro como partido político nacional, del Partido Humanista, en virtud de que al no haber obtenido el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones federales del siete de junio de dos mil quince, se ubicó en la causal prevista en el numeral 94, párrafo 1, inciso b), de la Ley General de Partidos Políticos. SEGUNDO.- En consecuencia, a partir del día siguiente a la aprobación de la presente Resolución, el Partido Humanista pierde todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Partidos Políticos, y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2015, que deberán ser entregadas por este Instituto al interventor respectivo, de conformidad con lo establecido por el artículo 389 del Reglamento de Fiscalización. TERCERO.- La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos deberá someter a consideración del Comité de Radio y Televisión la sustitución de los spots del partido político por promocionales institucionales en tanto se aprueba la
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modificación de la pauta correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la aprobación de la presente Resolución. CUARTO.- El Partido Humanista, para efectos del artículo 24, párrafo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, podrá participar en la elección extraordinaria que se convoque, siempre y cuando hubiere participado con candidato en la elección ordinaria que fue anulada. Para tal efecto, así como para el ejercicio del derecho que le otorga el artículo 95, párrafo 5, de la Ley General de Partidos Políticos, deberá nombrar un órgano responsable, conforme con los criterios y directrices que dicte este Instituto. QUINTO.- El Partido Humanista deberá cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la Ley General de Partidos Políticos y el Reglamento de Fiscalización, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio. SEXTO.- Notifíquese al Partido Humanista e inscríbase la presente Resolución que declara la pérdida de registro, en el libro correspondiente. SÉPTIMO.- Hágase del conocimiento de todas y cada una de las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales del Instituto la presente Resolución, para los efectos a que haya lugar. OCTAVO.- Dése vista a la Comisión de Fiscalización para efectos de lo establecido en el artículo 97 de la Ley General de Partidos Políticos, en relación con los diversos 192, párrafo 1, inciso ñ), y 199, párrafo 1, inciso i), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. NOVENO.- Comuníquese la presente Resolución a los Organismos Públicos Locales, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con dichos órganos, para los efectos legales conducentes. DÉCIMO.- Comuníquese la presente Resolución a las cámaras del Congreso de la Unión. DÉCIMO PRIMERO.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial de la Federación, así como en la página Internet de este Instituto.
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El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario Ejecutivo.
También en este caso sírvase proceder a lo conducente para la publicación de la
Resolución aprobada en el Diario Oficial de la Federación.
Continúe Secretario Ejecutivo, con el siguiente punto del orden del día.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: El siguiente punto del orden del día, corresponde a los
asuntos solicitados por la Dirección Ejecutiva de Administración y se compone de 5
apartados.
El primer apartado de este punto del orden del día, es el relativo al Informe de la
situación financiera y de las operaciones realizadas, correspondiente al segundo
trimestre del año 2015 del Fideicomiso: “Fondo para Atender al Pasivo Laboral del
Instituto Federal Electoral”.
El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor
Lorenzo Córdova Vianello: Gracias, Secretario Ejecutivo, señoras y señores
integrantes de la Junta General Ejecutiva, está a su consideración, el Informe
mencionado.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Bogart Cristóbal Montiel.
El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel
Reyna: Gracias, Consejero Presidente.
Estimadas y estimados integrantes de la Junta General Ejecutiva.
A continuación me permito hacer del conocimiento de esta Junta General Ejecutiva la
situación financiera y las operaciones realizadas en el segundo trimestre del año 2015
del Fideicomiso “Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Federal Electoral”.
En el segundo trimestre del año 2015, los ingresos obtenidos ascendieron a 2
millones 069 mil 404 pesos, de los cuales 50 mil 002 pesos correspondieron a
aportaciones al patrimonio que se integraron principalmente de la retención del 1 por
ciento del importe total de los créditos otorgados al personal del Instituto.
La cantidad de 1 millón 981 mil 456.56 pesos a los rendimientos financieros
generados de la inversión de los recursos y 37 mil 945.54 a reintegros derivados de la
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cancelación de pago de compensación por término de la relación laboral y el reintegro
del Impuesto sobre la Renta (ISR) de una trabajadora.
Respecto a los pagos con cargo al patrimonio del Fideicomiso, corresponde la
cantidad de 25 millones 621 mil 684 pesos con 63 centavos, mismos que se integran
por 25 millones 505 mil 267 pesos con 03 centavos de pagos autorizados por el
Comité Técnico del Fideicomiso, así como por 116 mil 417 pesos de pago de
administración y operación del fiduciario.
Por lo anterior, el saldo del Fideicomiso al 30 de junio del año 2015, ascendió a la
cantidad de 300 millones 534 mil 884 pesos, representando una disminución neta en
el segundo trimestre del año 2015 en el patrimonio del Fideicomiso por 23 millones
552 mil 280 pesos, que representa un decremento del 7.84 por ciento, respecto al
saldo reportado al 31 de marzo del año 2015, por la cantidad de 324 millones 87 mil
165 pesos con 17 centavos.
Es cuanto, Consejero Presidente.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel.
El Consejero Presidente tuvo que salir a atender un compromiso institucional, por lo
que me pide que de acuerdo al Reglamento de la Junta General Ejecutiva continúe
presidiendo esta sesión.
¿Alguna consideración sobre el Informe que se ha presentado? Si no hay comentarios
ni consideraciones lo damos por recibido.
El siguiente apartado de este punto del orden del día, es el relativo al Informe de la
situación financiera y de las operaciones realizadas, correspondiente al primer
trimestre del año 2015 del Fideicomiso: “Fondo para el Cumplimiento del Programa de
Infraestructura Inmobiliaria y para la Atención Ciudadana y Mejoramiento de Módulos
del Instituto Federal Electoral”
Está a su consideración el Informe.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Bogart Cristóbal Montiel.
El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel
Reyna: Gracias, Consejero Presidente.
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Antes de iniciar la exposición de estos temas, me permitiría solicitar a la Junta
General Ejecutiva obviar el análisis del apartado 2.2, dado que se refiere al Informe
correspondiente al primer trimestre del año 2015 y el apartado 2.3 se refiere al
segundo trimestre, de manera tal que las cifras son más actualizadas en el apartado
2.3.
En ese sentido, en el segundo trimestre del año 2015, los ingresos obtenidos
ascendieron a la cantidad de 34 millones 269 mil 537 pesos 62 centavos, de los
cuales 28 millones 165 mil 274 correspondieron a aportaciones a las subcuentas del
fondo, la cantidad de 6 millones 29 mil 455 pesos con 23 centavos a los rendimientos
financieros generados de la inversión total de los recursos y, 74 mil 808 pesos
correspondientes a reintegros y recuperaciones por concepto de recursos no ejercidos
por las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas.
Respecto a los egresos con cargo al patrimonio del Fideicomiso, ascendieron a 20
millones 011 mil 434 pesos, los cuales se integraron por 19 millones 756 mil 691
pesos correspondientes a gastos diversos autorizados por los Comités Técnicos del
Fideicomiso, así como por 254 mil 743 pesos por gastos de administración y
operación del Fiduciario.
Por lo anterior, el saldo activo del Fideicomiso al 30 de junio del año 2015, fue de 976
millones 907 mil 249 pesos, que reflejó un aumento de 16 millones 854 mil 615 pesos,
en el patrimonio del Fideicomiso en el segundo trimestre del año 2015, mismo que
representó un incremento del 1.76 por ciento, respecto del saldo activo reportado al
31 de marzo, por la cantidad de 960 millones, 52 mil 633 pesos.
Con la presentación de este Informe, cabe reconocer la participación de la Dirección
Ejecutiva del Registro Federal de Electores, que recordarán ustedes en la sesión
anterior, veíamos la necesidad de poner al día los Informes relacionados con este
Fideicomiso, y como bien lo anunciamos hemos estado trabajando fuerte a afecto de
lograr que nos pusiéramos al corriente junto con la Fiduciaria para tener los Informes
al día, también en atención a la petición de la Contraloría General.
Es cuanto, Consejero Presidente.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel.
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Si no hay comentarios, damos por recibidos los 2 Informes indicados en el orden del
día como los apartados 2.2 y 2.3.
El siguiente apartado de este punto del orden del día, es el relativo al Proyecto de
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva por el que se aprueban, los Lineamientos del
Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al personal de la rama Administrativa
y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral, para el
ejercicio 2015.
Está a su consideración el Proyecto de Acuerdo mencionado. Tiene el uso de la
palabra para su presentación el Licenciado Bogart Cristóbal Montiel, Director Ejecutivo
de Administración.
El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel
Reyna: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Conforme al Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto
Nacional Electoral, vigente, una de las causas de separación del Servicio Profesional
Electoral es la renuncia, y la integración a un Plan de Retiro, y como una causa de
término de la relación laboral del personal administrativo lo es el Retiro Voluntario por
programas establecidos en el Instituto, de tal forma que un Programa Especial de
Retiro que reconozca económicamente al personal del Instituto, hará posible mostrar
el agradecimiento del Instituto a quienes decidan dejar de prestar sus servicios a la
institución.
En función de ello, se prevé un Programa cuyos beneficios consistirían en otorgar una
compensación por término de la relación laboral, equivalente a 3 meses de percepción
bruta mensual, más 20 días por cada año de servicio laborado en el Instituto.
Un reconocimiento especial en razón de los años de servicios prestados al Instituto
Nacional Electoral, de hasta 70 días de la percepción bruta mensual conforme a la
tabla siguiente:
30 días, a quienes hayan laborado de 10 a 15 años.
60 días a quienes hayan laborado de 16 a 20 años.
70 días para quienes acumulen más de 20 años de antigüedad.
Así como en su caso el pago anticipado total o parcial en efectivo de 45 días de la
percepción bruta mensual y el pago anticipado como compensación equivalente a la
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licencia con goce de sueldo previsto para trámites de pensión ante el Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 434, fracción 4 del Estatuto del Servicio
Profesional Electoral, y del personal del Instituto.
En razón de lo anterior, con el objeto de establecer las disposiciones específicas para
la operación del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al personal de la
rama administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional
Electoral, para el ejercicio 2015, se solicita la aprobación de los Lineamientos para
llevar a cabo la implementación transparente y eficaz del Programa referido.
Es cuanto, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel.
Tiene el uso de la palabra el Doctor Rafael Martínez Puón.
El C. Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor
Rafael Martínez Puón: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Buenos días a todos los miembros de este órgano colegiado.
Simplemente el reiterar lo que comenté la vez anterior ya fuera de sesión, y no está
demás señalarlo en ésta, en la que se está presentando formalmente el Programa,
decir que: Bienvenida esta propuesta; me atrevo a decir que este es un Programa
exitoso, esta es la tercera ocasión que se emite, de hecho, es un Programa esperado
por mucha gente, me atrevo a decir, no solamente del Servicio Profesional Electoral,
sino también de la rama administrativa, y lo más relevante por destacar está en que
esta medida no es menor porque forma de todo un concepto de política en materia de
gestión de personal o de recursos humanos, como lo había comentado, este es un
primer paso de otros más que se hilvana a lo que es este esquema.
En el caso del Servicio Profesional Electoral, este Programa es útil porque nos va a
permitir avanzar en una segunda etapa en lo que es un Programa de cambios de
adscripción, seguramente pensado para el próximo año, para que de todas las
vacantes que se vayan generando, podamos avanzar en lo que sería la realización ya
de los concursos públicos abiertos, todo esto de manera ordenada y en una idea,
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decía, de política, de decisión de personal integral y reitero también el agradecimiento
al Secretario Ejecutivo, al Consejero Presidente, porque en su momento, esta
Dirección Ejecutiva lo solicitó formalmente, y agradecerle, por supuesto al Director
Ejecutivo de Administración que también estuvo atento a la petición, y de verdad
reconocer que en tan poco tiempo ya se haya podido concretar esto.
Muchas gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Doctor Rafael Martínez Puón.
Tiene el uso de la palabra el Profesor Miguel Ángel Solís.
El C. Director Ejecutivo de Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís
Rivas: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Primero, felicitar a la Dirección Ejecutiva de Administración porque el paquete que se
está ofreciendo, me parece que es muy atractivo. Luego quisiera pasar al otro punto,
en razón de que cuando se vienen los Procesos Electorales, resulta una situación
cuesta arriba, el que se estén incorporando nuevos Vocales, incluso nuevos en el
Instituto a los Procesos Electorales ya iniciados.
Por eso, viendo 2 o 3 años hacia adelante, es importante, desde luego, Doctor Rafael
Martínez lo está Considerando, pero es importante decirlo aquí, toda esta cadena de
acciones que se vienen en la parte del Servicio Profesional Electoral y prevenirlos
porque especialmente en estos años de elecciones cada año, se complica más el
poder, por ejemplo, hacer pronto, después del retiro voluntario, los cambios de
adscripción, la declaración de vacantes, iniciar el Concurso de Incorporación al
Servicio Profesional Electoral, digamos, federal no nacional, que es otra complicación
mayor, para poder estar con nuevos integrantes del Servicio, nuevos Vocales en las
Juntas Locales y Distritales Ejecutivas previamente al Proceso Electoral del año 2018.
Entonces, es todo un reto, me importa por eso dejar constancia de su relevancia y de
la necesidad de poder eslabonar pronto acciones en este sentido, reitero, finalmente
mi reconocimiento, me parece que va haber una mayor cantidad de Vocales
interesados en poder y no sólo Vocales también otros compañeros de la rama
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administrativa interesados en aprovechar este paquete de estímulos para el Retiro
Voluntario.
Muchas gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Profesor Miguel Ángel Solís.
Tiene el uso de la palabra la Maestra Maira Melisa Guerra.
La C. Encargada del Despacho de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No
Discriminación, Maestra Maira Melisa Guerra Pulido: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Buenos días a todos.
También unirme al reconocimiento sobre la importancia de este Programa, sin duda
es de relevancia el esfuerzo institucional que se hace al reconocer aquellas personas
que desean retirarse y reconocer el trabajo que han desempeñado en esta institución
y, seguramente antes en el Instituto Federal Electoral, que no es una labor solamente
de un trabajo, implica mucho más y en ese sentido, me parece muy importante el
reconocimiento que se hace.
Solamente quisiera sugerir dos adendas, si es que así se quieren ver: En el Punto
Primero incluir de manera correcta “Servicio Profesional Electoral Nacional” que no se
está incluyendo el “Nacional” en el Primer Punto de Acuerdo.
En el Punto Cuarto del Acuerdo, me parece muy bien que se haga la difusión por
parte de la Dirección Ejecutiva de Administración a las y los coordinadores y enlaces
administrativos. Creo que, sería muy prudente poder incluir la instrucción de la mayor
difusión posible de este Programa de Retiro Voluntario, para que las personas tengan
las mejores condiciones y la mejor información para tomar las decisiones.
En ese sentido, insisto, me parece muy importante reconocer este esfuerzo
institucional que se hace y reconocer, a su vez, al personal el trabajo que ha
desempeñado en la institución.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Maestra Maira Melisa Guerra.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Bogart Montiel.
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El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel
Reyna: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Tomo la palabra nuevamente sólo para, digamos, naturalizar un poco más el
Programa que me parece muy importante señalar el esfuerzo que hace el Instituto
Nacional Electoral otorgando este reconocimiento económico que, por supuesto, no
es el regular en cuanto a un Retiro Voluntario sin un Programa de esta naturaleza,
definitivamente está orientado por las peticiones tanto del personal que ha venido
laborando en los Procesos Electorales, pero también inspirado en el deseo de nuestro
Consejero Presidente, de nuestro Secretario Ejecutivo y apoyado también desde la
Contraloría General para reconocer la causa que siempre representa un símbolo
distintivo del personal del Instituto Nacional Electoral.
Entonces, la verdad sirva esto para desde aquí, desde la Junta General Ejecutiva
reconocer al personal que decida incorporarse a este Programa.
Por lo que hace a los comentarios vertidos por la Maestra Maira Melisa, me parece
que son dignos de recogerse y por lo que hace a la instrucción de su difusión, dejarles
la tranquilidad de que se dará, se establecerá una campaña intensiva para que se
pueda difundir en todos los centros de trabajo que integran el Instituto Nacional
Electoral.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Bogart Montiel.
Permítanme intervenir, primero que nada para coincidir en que se trata de un Proyecto
de Acuerdo muy relevante, no solamente para el justo reconocimiento al personal de
la Rama Administrativa y del Servicio Profesional Electoral de la institución después
de muchos años de servicio en la misma y que se le den condiciones de retiro
adecuadas, dignas y de pleno reconocimiento a su trayectoria y entrega a la
institución, sino además como parte, y bien se señalaba en alguna otra intervención,
este proceso de una política de recursos humanos que permite la renovación del
personal en la institución, fundamental para ésta y para cualquier otra institución en la
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renovación que constantemente tiene que hacerse del personal que trabaja en la
misma.
De ahí que el esfuerzo que se hará es extremadamente importante en esta Dirección.
Segundo, retomar los comentarios del Profesor Miguel Ángel Solís, efectivamente y lo
hemos comentado para otros casos y aquí se evidencia con mayor claridad, los ciclos
trianuales que vivía el Instituto Federal Electoral se traducían también en este tipo de
programas, de convocatorias a renovación de la Rama del Servicio Profesional
Electoral.
Ahora, al estar permanentemente el Instituto Nacional Electoral en elecciones, habrá
que revisar con mucho cuidado la estrategia, de manera tal que lleguemos al Proceso
Electoral Federal próximo, en el año 2018, como en otras ocasiones, cubierta la
mayor cantidad de plazas del Servicio Profesional Electoral de la institución, de
manera tal de hacer frente a nuestras responsabilidades.
Esto en medio justamente de nuestra participación en Procesos Electorales Locales.
Tercero, justamente iba a hacer referencia al comentario de la Maestra Maira Melisa
Guerra y por eso se trajo el día de hoy este Proyecto de Acuerdo. La institución como
sabemos, inicia un período vacacional a partir de mañana y hasta el 21 de septiembre
y la Convocatoria para aquellos interesados en formar parte del Programa va a correr
del 28 de septiembre al 15 de octubre.
Justamente por eso traerlo en este momento para que antes de salir de vacaciones,
incluso los miembros de la institución que podrían acogerse al Programa, estén
enterados del mismo, incluso puedan aprovechar estos días para allegarse de la
documentación que se requiere en el Programa para ser parte del mismo.
Así que, como ya lo indicaba el Director Ejecutivo de Administración, habrá que hacer
desde el mismo día de hoy una muy amplia difusión del Programa, de manera tal que
todos los miembros de la institución estén enterados y aquellos que cumplan con los
requisitos y estén interesados puedan acogerse a los beneficios del mismo.
Tiene el uso de la palabra el Profesor Miguel Ángel Solís.
El C. Director Ejecutivo de Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís
Rivas: Gracias, Secretario Ejecutivo.
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Me parce que más que un comunicado como oficio, el que aparezca hoy mismo una
nota en “Entérate”, es fundamental, eso se ve rápidamente y un oficio puede
quedarse por ahí sin multiplicarse.
Es cuanto, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Profesor Miguel Ángel Solís
Me parece muy buena idea, de manera tal que le pedimos al Licenciado Alberto
García Sarubbi que hoy mismo en los medios de comunicación interna, como
“Entérate”, o cualquier otro medio que se pudiera utilizar, se difunda este Proyecto de
Acuerdo, para que antes de salir de vacaciones puedan conocer de los beneficios del
Programa y en todo caso prepararse para allegarse al mismo.
Si no hay más comentarios, se consulta si se aprueba el Proyecto de Acuerdo de la
Junta General Ejecutiva identificado en el orden del día como el apartado 2.4,
tomando en consideración las propuestas presentadas por la Maestra Maira Melisa
Guerra.
Quienes estén a favor, sírvanse manifestarlo.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del Registro
Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos
Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de Organización Electoral, Profesor
Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor José
Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna;
de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público
Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer
Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia
Castro Ramírez y del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva,
Licenciado Edmundo Jacobo Molina, no estando presente durante la votación el
Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo
Córdova Vianello; asimismo no estando presente durante el desarrollo de la sesión el
Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Luis Javier
Vaquero Ochoa), muchas gracias.
(Texto del Acuerdo aprobado INE/JGE112/2015) Pto. 2.4
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INE/JGE112/2015 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA POR EL QUE SE APRUEBAN, LOS LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RETIRO Y RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DE LAS RAMAS ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO 2015
A N T E C E D E N T E S 1. En sesión de fecha 17 de mayo de 2010, mediante el Acuerdo JGE47/2010,
la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral aprobó los Lineamientos para la implementación del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento para el Personal del Instituto Federal Electoral.
2. La Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, en sesión
ordinaria, de fecha 22 de octubre de 2012, aprobó mediante Acuerdo JGE126/2012 los Lineamientos para la Implementación del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento para el Personal del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio 2012.
3. El 17 de diciembre del 2012, en sesión ordinaria la Junta General Ejecutiva
a través del Acuerdo JGE146/2012 modificó, el Acuerdo JGE126/2012, mediante el cual se aprobaron los Lineamientos para la Implementación del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento para el Personal del Instituto Federal Electoral para el ejercicio 2012, a petición de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral.
4. En sesión ordinaria de fecha 24 de mayo de 2013, la Junta General
Ejecutiva con Acuerdo JGE80/2013, aprobó el Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio del 2013, el cual entró en vigor a partir del 6 de agosto de 2013.
43
5. El 11 de diciembre del 2013, en sesión ordinaria la Junta General Ejecutiva
aprobó, mediante Acuerdo JGE185/2013, las modificaciones y adiciones al Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral.
6. El 23 de mayo de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación
los correspondientes Decretos por los que se expidieron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales “LGIPE”, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
7. El Consejo General expidió, en sesión extraordinaria del 19 de noviembre
del 2014, mediante Acuerdo INE/CG268/2014, el Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.
C O N S I D E R A N D O S I. Que de conformidad con los artículos 41, párrafo segundo, Base V,
Apartado A, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la Ley. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones; todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad; además, es la autoridad en materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño.
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II. Que el párrafo segundo párrafo, de la Base V, Apartado A del precepto constitucional citado, determina que, el Instituto Nacional Electoral contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para el ejercicio de sus atribuciones. Las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral que con base en ella apruebe el Consejo General, regirán las relaciones de trabajo con los servidores del organismo público; esto es, goza de plena autonomía.
III. Que el Transitorio Sexto, segundo párrafo del Decreto por el cual se
promulga la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que las disposiciones generales emitidas por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral, con antelación a la entrada en vigor del Decreto seguirán vigentes, en lo que no se oponga a la Constitución y a la Ley, hasta en tanto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral no emita aquellas que deban sustituirlas.
IV. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 30, párrafos 2 y 3 de la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. Asimismo, para el desempeño de sus actividades, el Instituto y los Organismos Públicos Locales contará con un cuerpo de servidores públicos en sus órganos ejecutivos y técnicos, integrados en un Servicio Profesional Electoral Nacional que se regirá por el Estatuto que al efecto apruebe el Consejo General. El Servicio Profesional Electoral Nacional, tendrá dos sistemas, uno para el Instituto y otro para los Organismos Públicos Locales, que contendrán los respectivos mecanismos de selección, ingreso, capacitación, profesionalización, promoción, evaluación, rotación, permanencia y disciplina, así como el catálogo general de los cargos y puestos del personal ejecutivo y técnico. El Instituto regulará la organización y funcionamiento de este Servicio, y ejercerá su rectoría. El Instituto ejercerá la rectoría del Sistema y regulará su organización, funcionamiento y la aplicación de los mecanismos a los que se refiere el presente artículo.
45
V. Que el artículo 31, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales, establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones de la Ley Electoral
VI. Que el artículo 31, párrafo 4 de la LGIPE, establece que el Instituto se
regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las demás aplicables. Además se organizará conforme al principio de desconcentración administrativa.
VII. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34, párrafo 1 de la
LGIPE, los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva.
VIII. Que de conformidad con el artículo 47, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, la Junta
General Ejecutiva del Instituto será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los directores ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral Nacional, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Administración, así como los titulares de la Unidad Técnica de Fiscalización, de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales. El Contralor General podrá participar, a convocatoria del Consejero Presidente, en las sesiones de la Junta General Ejecutiva.
IX. Que tal como lo establece el artículo 48, párrafo 1, inciso b) de la LGIPE, es
atribución de la Junta General Ejecutiva fijar los procedimientos administrativos, conforme a las Políticas y Programas Generales del Instituto.
46
X. Que el Secretario Ejecutivo coordina la Junta General, conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, párrafo 1 de la LGIPE
XI. Que son atribuciones del Secretario Ejecutivo, proveer a los órganos del
Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como las demás que le encomienden el Consejo General, su presidente, la Junta General Ejecutiva y la Ley Electoral, en cumplimiento a lo señalado por el artículo 51 párrafo 1, incisos l) y w) de la LGIPE .
XII. Que el artículo 57, párrafo 1, inciso b) de la LGIPE, establece que es
atribución de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos del Servicio Profesional Electoral Nacional.
XIII. Que el artículo 59, párrafo 1, incisos a), b), d), h) y k) de la LGIPE, otorga a
la Dirección Ejecutiva de Administración las facultades de aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto; organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales en el Instituto, establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales; y atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.
XIV. Que conforme el artículo 50, párrafo 1, incisos b), e), f) y w) del Reglamento
Interior del Instituto Nacional Electoral, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Administración, establecer y aplicar las políticas generales, criterios técnicos y Lineamientos a que se sujetarán los programas de administración de personal; recursos materiales y servicios generales; recursos financieros y de organización del Instituto; proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto; organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros, así como la administración del personal del Instituto e informar semestralmente a la Junta sobre las medidas tomadas o por realizar para el cuidado del medio ambiente.
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XV. Que el artículo 556 del Manual de Normas Administrativas en Materia de
Recursos Humanos de Instituto Federal Electoral, establece que se considera motivo de baja, entre otros, el retiro voluntario.
XVI. Que de conformidad con los artículos 41, fracción VI, y 348, fracción V del
Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral “Estatuto”, la renuncia y la integración a un plan de retiro son causas de separación del Servicio Profesional Electoral, mientras el retiro voluntario por programas establecidos en el Instituto es causa de término de la relación laboral del personal administrativo.
XVII. Que para coadyuvar al fortalecimiento del Instituto, bajo la premisa de
propiciar oportunidades y abrir espacios para el desarrollo e incorporación del personal con la preparación requerida para responder a los retos institucionales, es necesaria la renovación y reorganización de las estructuras ocupacionales en sus diversas áreas.
XVIII. Que para favorecer la evolución de los equipos de trabajo en el
cumplimiento de las metas institucionales, se estima conveniente incorporar personal con preparación y experiencia adecuada a los nuevos retos que enfrenta el Instituto, mediante un programa que contemple diversas acciones orientadas a este fin.
XIX. Que aun cuando pudieran presentarse al interior del Instituto Nacional
Electoral, situaciones tales como: la pérdida de experiencia y talento de servidores públicos, un impacto a los recursos del fideicomiso, la coincidencia de varios casos en una misma área central, delegación o subdelegación que amerite redoblar esfuerzos para cumplir con los objetivos, con el consecuente costo extra por la suplencia en posiciones críticas; también es una realidad que los servidores públicos que se acojan al programa recibirán mayores beneficios y podrán tener un reconocimiento público a su trayectoria y permanencia. Asimismo, el Instituto podrá planear de mejor manera la cobertura de sus servicios, promover círculos virtuosos en los grupos de trabajo y, finalmente posibilitar una capacidad óptima para
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mejorar la atención a la ciudadanía y la organización de los comicios federales y locales.
XX. Que el Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos
Humanos de Instituto Federal Electoral, en su artículo 594, inciso b), señala que el personal que se integre a programa de retiro, se le otorgará la compensación por término de relación laboral, con base en el total de las precepciones brutas mensuales que recibió por nómina a la fecha de su separación equivalente a tres meses y adicionalmente veinte días por cada año de servicio o la parte proporcional correspondiente al tiempo efectivo de servicios.
XXI. Que el programa cubre las necesidades de las áreas y las apoya en el
cumplimiento de sus objetivos, dado que cada Unidad Responsable deberá cancelar como mínimo el número de plazas vacantes generadas en la Rama Administrativa, conforme a lo establecido por el numerales 32, 33 y 34 de los Lineamientos del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al Personal de las Ramas Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral, para el ejercicio 2015, además de significar una oportunidad para los trabajadores a quienes se orienta el reconocimiento especial, puesto que incluye un pago adicional como mínimo de treinta días de las percepciones brutas mensuales que reciba el personal a la fecha de su baja.
XXII. Que en razón de los Lineamientos que propone la Dirección Ejecutiva de
Administración del programa aludido, esta Junta considera que su aplicación dará oportunidad al desarrollo de los trabajadores y a la generación de espacios para la incorporación de personal que coadyuve a superar los retos institucionales, así como hará posible el reconocimiento económico a favor de quienes con motivo de su edad y antigüedad, dejen de prestar sus servicios a la institución; en tal virtud, se estima pertinente la aprobación e implementación de los Lineamientos materia del presente Acuerdo.
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XXIII. Que la Dirección Ejecutiva de Administración, en su carácter de Presidente del Fideicomiso denominado “Fondo para atender el Laboral del Instituto Nacional Electoral”, señala que existen los recursos para atender las erogaciones que se deriven de la implementación del presente Programa por concepto de Indemnización y prima de antigüedad.
XXIV. Que en razón de lo anterior, es necesario que la Junta General Ejecutiva
emita el presente Acuerdo. De conformidad con los Considerandos vertidos y con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29; 30, párrafos 2 y 3; 31, párrafos 1, 2 y 4; 34, párrafo 1; 47, párrafos 1 y 2; 48, párrafo 1, inciso b); 49, párrafo 1; 51, párrafo 1, incisos l) y w); 57, párrafo 1, inciso b); 59, párrafo 1, incisos a), b), d), h) y k) y sexto transitorio, segundo párrafo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 41, fracción VI y 348, fracción V del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral; 50, párrafo 1, incisos b), e), f) y w) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; 556 y 594, inciso b) del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:
A C U E R D O PRIMERO.- Se aprueban los Lineamientos del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al Personal de las Ramas Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral, para el Ejercicio 2015, los cuales se anexan al presente y forman parte integrante del mismo. SEGUNDO.- Se aprueba un techo financiero total de 200 millones de pesos para la instrumentación del Programa.
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TERCERO.- Se autoriza a la Dirección Ejecutiva de Administración para que el pago por los conceptos de reconocimiento, vacaciones, monedas de plata, los gastos que genere la implementación del programa y en su caso, el pago en efectivo total o parcial de la licencia con goce de sueldo para trámites de pensión ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, será cubierto con el capítulo 1000 del presente ejercicio; y los recursos para el pago de la Compensación por término de la relación laboral provendrán del Fideicomiso “Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Nacional Electoral”. CUARTO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración realizar las acciones necesarias para instrumentación de este Programa en los términos establecidos en los Lineamientos anexos al presente Acuerdo y hacer del conocimiento el presente Acuerdo a los Coordinadores y/o Enlaces administrativos de los Órganos Centrales y Desconcentrados a más tardar al día siguiente de la aprobación del mismo. Asimismo, la Dirección Ejecutiva de Administración difundirá entre los trabajadores el Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al Personal de las Ramas Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral, para el Ejercicio 2015, con la finalidad de que cuenten con toda la información al respecto y puedan tomar la decisión que más les convenga a sus intereses. QUINTO.- El ejercicio del derecho de retiro voluntario sustentado en el presente Acuerdo, excluye el pago de cualquier otra compensación por término de la relación laboral, distinta a la contenida en los Lineamientos. SEXTO.- Se abrogan los Lineamientos para la implementación del programa especial de Retiro y Reconocimiento para el personal del Instituto Federal Electoral aprobados mediante Acuerdos JGE126/2012 y JGE146/2012 de la Junta General Ejecutiva en sesión de fechas 22 de octubre y 17 de diciembre del 2012. SÉPTIMO.- El presente Acuerdo y los Lineamientos entrarán en vigor el día de su aprobación. OCTAVO.- Publíquese en la Gaceta Electoral, en la página web del Instituto Nacional Electoral y en la NormaINE.
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LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RETIRO Y RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DE LAS RAMAS ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO 2015.
Objetivo
1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones específicas para la operación del Programa Especial de Retiro y Reconocimiento al Personal de las Ramas Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio 2015 (Programa), con el fin de reconocer la trayectoria laboral a través del otorgamiento de un beneficio económico, así como promover la renovación y modernización de la estructura del Instituto.
Ámbito Institucional de aplicación: 2. Los Lineamientos del Programa están dirigidos al Personal del Servicio
Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa del Instituto, adscrito a los Órganos Centrales, Delegacionales y Subdelegacionales.
Personal Sujeto del Programa: 3. Son sujetos de los presentes lineamientos los servidores públicos del
Instituto, que estén contratados en una plaza presupuestal.
4. El personal deberá tener una antigüedad mínima de diez años de servicio en el Instituto en plaza presupuestal al 31 de diciembre del 2015.
5. El personal deberá ser susceptible de pensionarse en términos de la Ley del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
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Base de Cálculo de la compensación económica para el personal del Instituto que opte por el Programa:
6. Para realizar el cálculo de los beneficios del Programa, se acumularán todos los años efectivamente laborados en el Instituto, sin interrupción, excluyendo los de servicios prestados bajo el régimen de honorarios de carácter eventual.
Recursos para cubrir la compensación económica que se otorgue por el Programa:
7. El Programa estará sujeto a un techo financiero de doscientos millones de pesos para el pago de la Compensación por Término de la Relación Laboral y el pago de la Compensación Especial de Retiro y Reconocimiento.
8. El techo financiero aprobado para el Programa, no podrá ser modificado y se asignará conforme al registro consecutivo de inscripción, hasta agotarse dicho techo.
9. El pago por los conceptos de vacaciones, monedas de plata, los gastos que genere la implementación del programa y en su caso, el pago en efectivo total o parcial de la licencia con goce de sueldo para trámites de pensión ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, será cubierto con el capítulo 1000 del presente ejercicio; y los recursos para el pago de la Compensación por término de la relación laboral y de la Compensación Especial de Retiro y Reconocimiento provendrán del Fideicomiso “Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Nacional Electoral”.
Procedimiento para la Inscripción en el Programa
10. La inscripción al Programa será de voluntaria. 11. El registro de solicitudes de incorporación al Programa para el ejercicio fiscal
2015 será del 28 de septiembre al 15 de octubre de 2015.
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12. El personal que se registre en el Programa, deberá presentar ante su Coordinación Administrativa y/o Enlace Administrativo, dentro del plazo señalado en el numeral anterior, los siguientes documentos:
a. Solicitud de incorporación al Programa debidamente requisitada;
b. Carta de recomendación del Titular de la Unidad Responsable, dirigida
al Titular de la Dirección Ejecutiva de Administración (DEA), a través de la cual manifiesta el consentimiento;
c. Hoja(s) de Servicio de otras dependencias o Entidades que complementen los años de servicio en el Instituto, para acreditar la antigüedad mínima necesaria para pensionarse conforme a la Ley del ISSSTE; o en su caso, el formato de elección de régimen pensionario expedido por el ISSSTE con el mismo propósito;
d. Renuncia sujeta a la procedencia de la Compensación Especial de
Retiro. En caso de no proceder la solicitud queda sin efecto la renuncia, por lo que el trabajador seguirá gozando de sus derechos y obligaciones laborales que tenía hasta antes de presentar su solicitud;
e. Solicitud de Licencia para trámites de pensión, cuyo término podrá ser
hasta el 31 de diciembre del 2015;
f. En su caso, notificación de los adeudos del personal susceptible de ser incorporado al Programa.
13. Una vez recibida la solicitud, la Coordinación Administrativa y/o Enlace
Administrativo de que se trate, deberá remitir vía correo electrónico a la Dirección de Personal conforme reciba las solicitudes, a más tardar el 16 de octubre del 2015 la documentación señalada en el numeral 12.
14. La Dirección de Personal, asignará un número consecutivo de registro, que
determinará el personal susceptible de ser beneficiario del Programa conforme al techo financiero aprobado para tal efecto.
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15. La Dirección de Personal previo análisis de los requisitos y documentación remitida para la incorporación al Programa, notificará al Coordinador o Enlace Administrativo, así como al trabajador vía correo electrónico, a más tardar 5 días hábiles posteriores de la recepción de la solicitud, la aceptación o rechazo de inscripción al programa, formulará las hojas de cálculo correspondientes y tramitará lo procedente.
16. Una vez notificada la aceptación de inscripción al Programa, las
Coordinaciones y/o Enlaces Administrativos deberán remitir a la Dirección de Personal los documentos originales de la solicitud de incorporación al Programa, renuncia, solicitud de Licencia para trámite de pensión y en su caso, notificación de adeudos a más tardar el 16 de octubre de 2015.
Las Cédulas de no adeudo de Recursos Humanos, Financieros y Materiales
y Servicios (CEDANIRES) y el Certificado de no adeudo (CERNAD), deberá ser presentado a más tardar el 23 de octubre de 2015.
17. Los beneficios económicos del Programa se liquidarán al personal, con base
en el total de las percepciones brutas mensuales (PBM) que hayan recibido por nómina a la fecha de separación, las cuales se componen de:
CONCEPTO BENEFICIO
Compensación por término de la relación laboral
3 Meses Percepción Bruta Mensual (PBM) 20 días por cada año de servicio laborado en el INE.(PBM)
Reconocimiento en razón de los años de servicio prestados al Instituto Nacional Electoral (INE)
Hasta 70 días de la PBM, conforme a la tabla siguiente: - 30 días, de 10 a 15 años 6 meses.
- 60 días, de 15 años 6 meses un día a 20 años 6 meses; y
- 70 días, de 20 años 6 meses un día en adelante de antigüedad.
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En su caso:
CONCEPTO BENEFICIO
Pago anticipado total o parcial en efectivo de 45 días (PBM)
Pago anticipado en efectivo, como compensación equivalente a la Licencia con goce de sueldo prevista para tramitar la pensión ante el ISSSTE, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 434, fracción IV del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral.
Vacaciones no disfrutadas.
Pago en efectivo de hasta 10 días con base en las Percepciones Brutas Mensuales, mismas que corresponderán al segundo período vacacional del 2015. Lo anterior será aplicable en caso de que esté vigente la Licencia para trámites de pensión por 45 días naturales.
18. En todos los casos el Instituto realizará la retención de Impuesto
correspondiente. 19. Para calcular el número de días a otorgarse por concepto de Reconocimiento
Especial, las fracciones de seis meses y un día se considerarán como un año completo para pasar al siguiente rango, de lo contrario se aplicarán los días que correspondan al anterior.
20. El personal inscrito al Programa, recibirá como reconocimiento por los años de permanencia de servicio al Instituto, un diploma y una moneda de plata.
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21. Los beneficios económicos señalados en el numeral que antecede, se pagarán a más tardar el 18 de diciembre del presente año.
22. El personal cuya solicitud de incorporación al Programa sea aprobada
causará baja a más tardar con fecha 31 de diciembre del año en curso.
23. En aquellos casos en que exista una notificación por parte de una autoridad judicial para la retención del pago por concepto de pensión alimenticia, el pago derivado del presente Programa será afectado en el porcentaje señalado por este concepto.
24. De conformidad con el artículo 165 de la Ley del ISSSTE, el personal que
tenga adeudos por préstamos personales con ese Instituto de Seguridad Social, se le efectuará la retención del saldo correspondiente a la fecha de baja; así mismo, se realizarán aquellos descuentos que tenga el personal por adeudos con el Instituto a la fecha de su retiro de conformidad con la normatividad aplicable.
25. Bajo ninguna circunstancia, podrá reingresar al Instituto, el personal que se haya incorporado a este Programa y hubiere recibido sus beneficios.
Queda excluido de la incorporación al Programa, el personal:
26. Que al momento de la solicitud, esté sujeto al procedimiento de responsabilidades administrativas a cargo de la Contraloría General del Instituto, previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, hasta en tanto se resuelva la causa iniciada en su contra y no concluya con la destitución del cargo o puesto;
27. Que esté sujeto a investigación o al procedimiento disciplinario o administrativo regulado en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral, hasta en tanto se resuelva la causa iniciada en su contra y no concluya con la destitución del cargo o puesto.
28. Activo en el Instituto y que otra autoridad administrativa o judicial determine la inhabilitación del trabajador para la ocupación de un cargo, puesto o comisión en la Administración Pública Federal y como consecuencia de ello, tenga que separarse de la Institución, y
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29. Que tenga promovida en contra del Instituto Nacional Electoral alguna controversia de carácter judicial o administrativa a la fecha de su renuncia.
30. En el caso de los numerales 26, 27 y 29, las consultas que realice la Dirección de Personal a la Contraloría General del Instituto, a la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional (DESPEN) y a la Dirección Jurídica, respecto del personal sancionado o sujeto al procedimiento de responsabilidad, no suspenderá las gestiones necesarias al registro de inscripción.
Interpretación de los Lineamientos. 31. La Dirección Ejecutiva de Administración será la facultada para interpretar los
presentes Lineamientos, así como determinar lo procedente en los casos no previstos por los mismos.
Procedimiento para la cancelación de plazas y de recursos. 32. Las vacantes generadas en la Rama Administrativa, con niveles salariales
homólogos a Técnico Operativo u homólogas a mandos medios, serán motivo de análisis para determinar su cancelación o modificación, debiendo en todo caso acreditar las razones del movimiento, en estos casos, los recursos asociados a dichas plazas, deberán ser tratados como economías.
33. De las vacantes generadas en la Rama Administrativa, cada Unidad Responsable deberá cancelar como mínimo el número de plazas, conforme a lo siguiente:
Plazas incorporadas al
Programa en la UR Número de plazas a
cancelar De 1 a 10 plazas 1 De 11 a 20 plazas 2 De 21 a 30 plazas 3
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34. La DEA informará a la DESPEN sobre las plazas vacantes de cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional en cuanto éstas se generen.
Procedimiento para la emisión de la Convocatoria del Programa. 35. La DEA es la instancia facultada para emitir la convocatoria del Programa,
informando las acciones específicas que deberán realizarse en la instrumentación del Programa, conforme al calendario y procedimiento establecido en los presentes Lineamientos.
36. La DEA, será la instancia responsable de realizar las afectaciones
presupuestales y contables que resulten de la instrumentación del Programa, de conformidad con la normatividad aplicable.
37. La DEA a través de un enlace para el Programa, proporcionará la
información necesaria al personal interesado en su incorporación, así como el apoyo para la obtención de los documentos que se solicitan y el registro al Programa. Se pone a disposición del personal el correo electrónico: [email protected].
Vigencia 38. Los presentes Lineamientos estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de
2015.
T R A N S I T O R I O S ÚNICO.- En caso de fallecimiento del peticionario, una vez aprobada por la Dirección Ejecutiva de Administración su incorporación al Programa, el pago se realizará al o los beneficiarios que hubiere designado en su solicitud de incorporación.
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El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: El siguiente apartado de este punto del orden del día, es
el relativo al Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional
Electoral, por el que se establece la Jornada Laboral para el personal de la Rama
Administrativa y del Servicio Profesional Electoral en los Órganos Delegacionales y
Subdelegacionales y en las Oficinas Centrales del Instituto.
El Proyecto de Acuerdo está a consideración de todos ustedes, para presentarlo tiene
el uso de la palabra, el Licenciado Bogart Montiel.
El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel
Reyna: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Para el Instituto Nacional Electoral, su personal es un elemento fundamental para
cumplir a cabalidad su compromiso con la sociedad, buscando que sus trabajadores
puedan desarrollarse de manera integral, por lo que continuar con una cultura laboral,
basada en una mayor y mejor planeación, permite impulsar la productividad y
contribuir al desarrollo integral del personal, conciliando todos los aspectos que
conlleven a un ambiente laboral en el que se privilegie la igualdad, la no
discriminación y la equidad, por lo que una vez analizados los horarios que se aplican
en los órganos delegacionales y subdelegacionales, se considera pertinente
estandarizar y establecer una Jornada Laboral Continua, que permita cumplir
funciones y actividades encomendadas al personal del Instituto Nacional Electoral, y
al mismo tiempo contribuya a la integración familiar, al desarrollo personal y a
proteger el medio ambiente mediante la reducción del consumo de energía eléctrica.
Por estas razones se propone un horario en oficinas centrales, que vaya de 9 a 18
horas, con una hora para tomar alimentos, por regla general de lunes a viernes; así
como una Jornada Laboral Continua para el personal de la Rama Administrativa y del
Servicio Profesional Electoral en las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales de las 8:30
a las 16:00 horas, huso horario local; con media hora intermedia para alimentos por
regla general de lunes a viernes, esto, sin dejar de lado las excepciones que
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garanticen la atención de las funciones electorales sustantivas en forma directa o
delegada derivadas de la Reforma Política Electoral.
En razón de lo anterior, se pone a consideración de esta Junta General Ejecutiva el
presente Proyecto de Acuerdo.
Es cuanto, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Bogart Montiel.
Tiene el uso de la palabra el Maestro Patricio Ballados.
El C. Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio
Ballados Villagómez: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Creo que, este es uno de los temas adicionales al anterior, que son centrales para el
reconocimiento y el bienestar de los trabajadores del Instituto Nacional Electoral, está
claramente comprobado que un balance entre la vida laboral y la vida personal incide
favorablemente en la productividad de las personas en su estado de ánimo, en una
serie de cuestiones, con lo cual, lo que estamos aprobando hoy, en el papel es
importante, pero no es suficiente.
Me parece que lo que tenemos aquí es la obligación de los miembros de esta Junta
General Ejecutiva, por tomar las acciones necesarias y disciplinarnos nosotros con el
personal que está a nuestro cargo, y con los órganos delegacionales y
subdelegacionales a fin de que esto pueda ser realidad, porque muchas veces esto
empieza bien y se va diluyendo a través del tiempo y al final se termina sin esta
disciplina y sin los beneficios que tiene este tipo de cuestiones, que de nuevo, son
muy pertinentes y está probado que traen beneficios.
Hay muchas veces que nos tenemos que autocontener, y esa es la invitación que me
hago y que hago a mis colegas, porque nos piden una cosa de un dato que tiene la
Junta General Ejecutiva, entonces ¿Qué es lo que hacemos? Le hablamos al Vocal a
las 8 de la noche para decirle que urge este tema, y etcétera, etcétera. Lo cierto es
que aunque no lo hagamos cotidianamente, generalmente no pasa nada si lo dejamos
y lo apuntamos como un pendiente, y hablamos al día siguiente a las 9 de la mañana
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y tenemos la información, asimismo hacia el interior de las Direcciones Ejecutivas,
todo esto es tan bueno como la disciplina que tenga, y que tengamos los titulares,
para no retener al personal que no sea indispensable más allá de la Jornada Laboral,
etcétera.
Entonces, más bien una invitación a que seamos nosotros los que pongamos el
ejemplo hacia el interior de nuestras Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas, así
como en nuestra relación con las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Maestro Patricio Ballados.
Tiene el uso de la palabra la Licencia Olga Alicia Castro.
La C. Directora de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos
Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia Castro Ramírez: Gracias. Secretario
Ejecutivo.
Es sólo una pregunta respecto al Punto de Acuerdo Quinto, el inciso b), señala que
las entidades federativas en que se lleve a cabo el Proceso Electoral me estoy
suponiendo que se refiere a los Procesos Electorales Locales, solamente dice
“Proceso Electoral”, en las que el Instituto Nacional Electoral desarrolle funciones
sustantivas en forma directa o supervise las delegadas, los Vocales Ejecutivos
establecerán su Jornada Laboral Continua informando al Secretario Ejecutivo.
Creo que, aquí valdría la pena a lo mejor frasear de alguna u otra manera, para dejar
en claridad qué se refiere a los Procesos Electorales Locales, supongo es así.
Otro tema aquí es, si es viable o deseable que sea el Vocal Ejecutivo de la Junta
Local Ejecutiva el que establezca el horario también como estaba fraseado parece
que es horario sólo para él, porque señala que establecerán su Jornada Laboral
Continua.
No sé si deba decir, que sea la Junta Local la que establezca una Jornada Laboral
Continua para las Juntas Distritales Ejecutivas de la entidad, pudiera ser y finalmente,
no sé si también aquí cabría la posibilidad de establecerlo o no, que siendo si es una
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Jornada Electoral Extraordinaria con motivo de las tareas de Proceso Electoral, sí
habrá alguna remuneración o no.
Es cuanto, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licencia Olga Alicia Castro.
Tiene el uso de la palabra el Profesor Miguel Ángel Solís.
El C. Director Ejecutivo de Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís
Rivas: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Realmente ya se ha dicho parte de lo que quería decir, sólo manifestar que también
vale la pena que se coloque en “Entérate”, me parece que este día es un paquete de
muy buenas noticias para nuestros compañeros Vocales y de la rama administrativa,
porque, finalmente, podemos llegar al puerto de salida de unas vacaciones que no se
frustraron.
Segundo, porque hay un Programa de Retiro Voluntario y tercero, porque hay una
Jornada Laboral Continua que lo sé porque ya saben ustedes las noticias se conocen
antes de que se oficialicen. Eso en este caso es muy bueno.
En estos 2 días previos me han estado hablando algunos Vocales y es un gusto
especialmente de las compañeras Vocales madres de familia, el poder conservar una
Jornada Laboral Continua que les permite salir a las 4 de la tarde a ver a sus hijos.
Me parece que es un paquete de 3 buenas noticias Secretario Ejecutivo, decía de
inicio, que se lograron las vacaciones, porque en riesgo siempre han estado a pesar
de la firmeza con que ustedes lo plantearon, siempre los acontecimientos podrían
hacer que se retuvieran para parte de la gente al menos y estas 2 cosas que hoy se
aprueban que son muy venturosas y de mucho estímulo para nuestros compañeros.
Muchas gracias.
Es cuanto, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Profesor Miguel Ángel Solís.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Gabriel Mendoza.
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El C. Director Jurídico, Licenciado Gabriel Mendoza Elvira: Gracias, Secretario
Ejecutivo.
Nada más en relación con lo que comentaba la Maestra Olga Alicia Castro, de si se
refiere al Proceso Electoral Local y la pertinencia de hacerlo explícito.
Me parece que es mejor la redacción que queda, porque, precisamente, pueden
referirse a algún Proceso Electoral Federal en alguna entidad. Vamos a tener el caso
del estado de Aguascalientes en los próximos meses. Entonces, me parece que la
norma así engloba más supuestos y ello impide que tengamos que estar tomando
acuerdos específicos para cada uno de los supuestos en que podamos caer.
Creo que, la redacción permite el poder regular ambos casos y en ese sentido no
tendríamos, insisto, que estar acordando caso por caso.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Gabriel Mendoza.
Permítanme intervenir, para hacer una propuesta al respecto.
Primero, una vez más, este es el nuevo sello de la casa, este es el Instituto Nacional
Electoral que, entre otras cosas, en este tipo de Acuerdos se evidencia la nueva
naturaleza nacional de la institución. Antes no era necesario, cada vez que
concluimos un ciclo federal emitíamos un Acuerdo que era de carácter general para
los horarios de toda la institución, tanto en oficinas centrales, como en órganos
delegacionales y subdelegacionales.
Siendo que cambió a partir de la Reforma Electoral la naturaleza y el alcance y las
atribuciones de la institución, un Acuerdo de esta naturaleza creo que es muy
importante, justamente para dar una regla de carácter general, porque la institución va
a estar entrando y saliendo de procesos locales y federales y no todo al mismo
tiempo.
Lo vamos a vivir en los próximos días en donde 13 entidades de 32 que conforman la
Federación tendrán procesos locales para renovación de Congresos y autoridades de
la entidad y el resto no, entran en un ciclo distinto.
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Pero, también la casuística creció, ahora tendremos elecciones extraordinarias no
solamente para lo federal, sino también para local y a muy diversos niveles de
responsabilidad de las funciones públicas y por lo tanto, diversos niveles de
complejidad en la organización de una elección; tendremos elecciones extraordinarias
para un pequeño Municipio, pero elecciones extraordinarias para capitales de los
estados. Como por ejemplo la que se prevé para el Distrito centro de Tabasco, que es
justamente la capital del Estado.
En fin, esto nos genera una casuística muy grande, creo que un Acuerdo de esta
naturaleza con un alcance genérico y con ciertos grados de flexibilidad, creo que nos
permite atender esta preocupación que bien el Maestro Patricio Ballados, el Profesor
Miguel Ángel Solís señalaban, en el sentido de que es necesario tener reglas con
bastante claridad para que los horarios den certeza al personal y cuándo es, cuando
aplica esta regla de un esfuerzo adicional por la propia naturaleza de la organización
de una elección.
De manera tal que, insisto, agradezco mucho el trabajo, de las Direcciones Ejecutivas
de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio
Profesional Electoral Nacional y de Administración; así como de la Dirección Jurídica,
en fin, que se interesaron en este Proyecto de Acuerdo y lo enriquecieron.
En relación muy en particular a la propuesta que hace la Licenciada Olga Alicia
Castro, les propondría lo siguiente:
Como el Punto de Acuerdo Quinto se divide, como ustedes ven, en 3 incisos.
El primer inciso hace una referencia expresa a lo que es el Proceso Electoral Federal
en donde aplica esta regla “de todos los días y horas son hábiles”, cuando es nuestra
responsabilidad directa la organización de ese Proceso.
En el segundo, efectivamente como bien mencionaba el Director Jurídico, se había
dejado una redacción más abierta, porque abre la casuística, pueden ser
extraordinarias, federales como es el caso de la que vamos a tener próximamente del
Distrito 01 del estado de Aguascalientes, pero puede llevarnos a elecciones
extraordinarias locales, como las que seguramente vamos a tener, ya tenemos una en
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firme, que es la de Zaguayo en el estado de Michoacán, y otras 5 más que están en
litigio todavía y que podrían derivar en resoluciones jurisdiccionales para dictarse una
elección extraordinaria, por lo tanto, a lo mejor sí conviene hacer más expresa para
distinguirla del inciso a), y decir que se trata de Procesos Electorales Locales o
federales extraordinarios, un poco la casuística para distinguirlo del inciso a), porque a
lo mejor una elección extraordinaria muy local, para un pequeño Municipio no
implicaría esta extensión de todos los días y horas son hábiles que suspenda un
horario un poco más acotado, y podría organizarse la misma Junta Local para definir
un horario dependiendo de la complejidad de la elección de que se trate.
Por eso, creo que también lo que la Licenciada Olga Alicia Castro nos propone, que la
autoridad que tome la decisión no sea un órgano unipersonal, el Vocal Ejecutivo
Local, sino la Junta, el órgano colegiado, la Junta Local, y lo tome para ella misma o
para la Junta Distrital que corresponda, porque puede involucrar a todo el Estado pero
no necesariamente, podría involucrar en particular a la Junta Local para ciertas tareas
y a una Junta Distrital para otras específicas.
Entonces, la casuística se abre y si queremos tener un cuerpo normativo que en un
solo instrumento pueda cubrir toda las eventualidades, sí conviene que sea la Junta
Local como órgano colegiado quien proponga dependiendo del Proceso que esté en
curso, el horario más adecuado y el alcance del mismo, ya sea de la Junta Local, las
Juntas o la Junta Distrital correspondiente, como lo he tratado de explicar.
Preguntaría al Director Jurídico si con una propuesta de esta naturaleza podríamos
darle más claridad sobre todo al inciso b), porque creo que los incisos a) y c) son
bastantes claros.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Gabriel Mendoza.
El C. Director Jurídico, Licenciado Gabriel Mendoza Elvira: Gracias, Secretario
Ejecutivo.
Entiendo la preocupación, pero insistiría un poco en dejarlo abierto, porque me venía
a la mente los procesos de selección interna de candidatos, incluso me daban una
propuesta que me parece buena, de hablar de Proceso Electivo; quizá decir que se
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lleva a cabo un Proceso Electivo, ahí cubrimos Procesos Electorales federales,
locales, de órganos internos, consultas populares, etcétera, todo en lo que ya
tenemos, como bien dice usted, como Órgano Nacional intervenir.
Quizá sobre la preocupación que señalaba de circunscribirlo a la región geográfica
que corresponda, propondría ser cuando dice: Los Vocales Ejecutivos de las Juntas
Locales Ejecutivas establecerán su Jornada Laboral; agregaría si se admite la
propuesta, o de los órganos delegacionales o distritales, según el caso informando al
Secretario Ejecutivo, y entonces ya cubrimos el supuesto, que usted bien señala, que
quizá no sea necesario en toda la entidad, pero sí en el caso del estado de
Aguascalientes, por ejemplo, el Distrito 01, nada más, y ya los Distritos 02 y 03, no
tienen que tener un horario especial.
Esa sería la propuesta, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Gabriel Mendoza.
Licenciado Gabriel Mendoza, permítame unas preguntas, para claridad en la
propuesta que usted me hace.
A lo mejor, efectivamente, la casuística es mucho más amplia de lo que señalé en mi
intervención anterior, porque efectivamente, podrían darse elecciones de un partido
político, consultas populares, consultas ciudadanas. A lo mejor, efectivamente, dejarlo
a procesos electivos, en general, tal vez reforzando en un Considerando, el espíritu de
este enunciado para que no haya confusión en relación al inciso a), y tal vez reforzarlo
en un Considerando, para decir a qué nos estamos refiriendo, en virtud que la
casuística es amplia.
La segunda pregunta que le haría Director Jurídico, es, si dejamos la responsabilidad
siempre en la Junta Local Ejecutiva, en el órgano colegiado, para que tome la
decisión ya sea para el propio órgano o para el órgano subdelegacional que
corresponda o los que correspondan en general, esa sería mi moción y mi pregunta.
Tiene el uso de la palabra el Licenciado Gabriel Mendoza.
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El C. Director Jurídico, Licenciado Gabriel Mendoza Elvira: Secretario Ejecutivo, la
primera, me parece una muy buena propuesta, dejarlo de esta manera en general y
hacer una breve explicación en un Considerando, si me permite podríamos hacer
alguna propuesta que se circule a los miembros de la mesa para que la aprueben, y
en cuanto a la segunda pregunta, me parece que tenemos mejor control si lo
centralizamos a nivel local; finalmente las Juntas Locales o los Consejos Locales, en
su caso, tienen atribuciones de supervisión sobre las distritales y en su caso,
municipales en donde hubiere, entonces, en opinión del de la voz, creo que dejándolo
en la Junta Local, quedaría bien.
Es cuanto, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Licenciado Gabriel Mendoza.
Me comenta el Director Ejecutivo de Administración, que el artículo 97 de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales, da la facultad para determinar
los horarios a los Consejos Locales y Distritales, pero eso es en Proceso Electoral, ya
estamos fuera de Proceso Electoral, y entonces, ya no hay Consejos instalados; en
este momento serían las Juntas.
Me refería justamente a la Junta Local, para determinar su horario para estos casos o
bien los horarios de Juntas Distritales, estaría de acuerdo con su propuesta.
Tiene el uso de la palabra la Maestra Maira Melisa Guerra.
La C. Encargada del Despacho de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No
Discriminación, Maestra Maira Melisa Guerra Pulido: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Al igual que el Maestro Patricio Ballados, le doy la bienvenida a este Proyecto de
Acuerdo en términos de la responsabilidad que asume el Instituto para buscar la
conciliación de la vida personal con la vida profesional.
En ese sentido, por supuesto, como lo señalaba el Profesor Miguel Ángel Solís,
seguramente este es un Acuerdo muy importante para las madres del Instituto, pero
quisiera extenderlo a que la responsabilidad que tiene el Instituto, no es nada más con
las mujeres, sino también con los hombres y en ese sentido, me parece que estamos
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dando mejores condiciones para que hombres y mujeres nos involucremos de mejor
manera no nada más en las responsabilidades laborales sino también a las
responsabilidades familiares, en las responsabilidades de cuidado y en muchas otras
actividades personales.
Es decir, lo que quiero expresar es que, estamos dando condiciones para que
también hombres se involucren de manera más decidida y participativa en las
responsabilidades familiares, en las responsabilidades de cuidado, porque no hay otra
manera en la que se pueda hacer un balance de vida, si solamente seguimos
cargándole las responsabilidades familiares y de cuidado a las mujeres y no
involucramos y no damos también las condiciones adecuadas para que los hombres
se involucren, me parece que no estaríamos aportando a los equilibrios que debe
haber, justamente, en los roles de género.
En ese sentido, reconozco también que el Instituto está dando las condiciones para
que los hombres y o cualquier mujer se hagan responsables de todas estas
actividades que son muchas y muy diversas fuera de lo institucional y que permiten
que ese cuidado fuera del institucional, también haya un mejor desarrollo de las
actividades laborales.
En ese sentido, le doy la bienvenida a la invitación que creo que es un reto que nos
propone el Maestro Patricio Ballados y me parece que es un reto conjunto, no es nada
más un reto de las cabezas sino por supuesto también es un reto de todas y todos en
la institución para que desarrollemos de manera efectiva y eficiente todas nuestras
labores para que sean dentro de los horarios laborales sin descuidar, por supuesto,
ninguna de las responsabilidades institucionales.
Hago el reconocimiento y muchas gracias.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Maestra Maira Melisa Guerra.
Tiene el uso de la palabra el Profesor Miguel Ángel Solís.
El C. Director Ejecutivo de Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís
Rivas: Gracias, Secretario Ejecutivo.
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Desde luego que estoy de acuerdo con lo que dice la Maestra Maira Melisa Guerra en
relación con los hombres y las mujeres y me invite la Maestra Maira Melisa Guerra a
la siguiente actividad de un Taller de Género para poder hablar de mejor manera, pero
en el fondo nadie está en desacuerdo en la compartición de responsabilidad de
hombres y mujeres.
Segundo, para ponderar también lo que el Maestro Patricio Ballados propuso, que es
todo un reto de cultura laboral.
Maestro Patricio Ballados recordará que en su época de Coordinador de Asesores en
el Instituto Federal Electoral también se hizo un intento y se dispuso por la Secretaría
Ejecutiva de entonces, que a las 7 de la tarde se apagaran todas las luces de las
oficinas, todo mundo debía desalojar la institución, a las 7 de la tarde.
Como bien lo dice seguramente porque lo recuerda Maestro Patricio Ballados, a la
semana eso estaba diluido de tal forma que en la práctica no había funcionado.
Me parece que es un asunto muy relevante, da pena ver cómo países
centroamericanos y sudamericanos tienen una cultura laboral más civilizada que la
nuestra en México, los hábitos alimenticios, la convivencia familiar, los horarios de
labores, todo esto.
Pero, debe partir, me parece a mí, en su momento para que tenga éxito de una
superioridad que así lo disponga, es un asunto incluso más retador y más difícil de
cumplirse por toda esta complejidad que le sobreviene al Instituto Nacional Electoral.
Si no se podía hacer con el Instituto Federal Electoral, es muy difícil que se pueda
hacer con el Instituto Nacional Electoral, pero sería una gran cosa, desde luego.
Muchas gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Profesor Miguel Ángel Solís.
Tiene el uso de la palabra el Contador Público Eduardo Gurza.
El C. Director de la Unidad de Técnica de Fiscalización, Contador Público
Eduardo Gurza Curiel: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Me permitiría hacer dos sugerencias, no sé si sean procedentes.
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La primera es que independientemente de la época del momento o del cambio de
horario, el ingreso siempre sea a las 09:00 horas, porque resulta que normalmente
cuando es época electoral, la gente llega a las 10:00 a las 10:30 porque se fue tarde.
La verdad es que debería de llegar siempre a las 09:00.
La otra cosa es que creo que una hora para la hora de comida es un tiempo corto,
casi todo mundo se toma más de una hora, porque a la hora de la comida utilizan,
además de comer, para hacer algunos otros trámites, algunas otras opciones; a veces
van al banco, etcétera.
Entonces, creo que hora y media es un buen período de comida y si puede ser de
14:30 a 16:00 sería muy bien, porque alcanzaría para que fueran algunas gentes al
banco, inclusive algunas gentes van al gimnasio.
Si eso lo recorremos a las 18:30 no es un movimiento tan drástico.
Serían mis 2 sugerencias.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Contador Público Eduardo Gurza.
Creo que, ahora traemos ya una propuesta de horario específico, recomendaría
aprobarlo y vamos a ir avanzando en esta cultura.
Algunos de ustedes fueron testigos y actores, simplemente de lo que la vida que tuvo
la institución el día de ayer que concluyó hace unas horas, por ejemplo, como un buen
ejemplo de lo que es la dinámica institucional.
Si ven algunos ojos inyectados, es que hubo no solamente poco sueño, no sueño
para llegar a esta Junta General Ejecutiva en la hora que estaba convocada.
Esa es parte de la dinámica de la propia institución que habrá que ser más razonable,
porque efectivamente todo mundo llega a su límite de competencia después de 24
horas de no dormir y entonces ya los rendimientos son decrecientes.
Pero, en fin, el llamado que nos hacía el Maestro Patricio Ballados desde su primera
intervención, creo que es un reto sobre el cual hay que pensar. Efectivamente uno
después de que pasa más de 8 horas en la institución debería preguntarse al salir qué
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hice mal en el día que no pude desahogar todas mis responsabilidades en ese
período, y eso implica una mejor organización del tiempo de uno, pero también una
mejor organización del tiempo institucional.
Creo que, hay mucho que avanzar en esto y mucho que aprender de nuestras nuevas
atribuciones, que han crecido de manera muy considerable, y que de todos modos
tendríamos que dominar esa circunstancia y no que la circunstancia nos domine a
nosotros.
Sugeriría Contador Eduardo Gurza, que por lo pronto lo dejemos como está la
propuesta, y vayamos poniendo en práctica y luego ir ensayando, si otras
modalidades nos pueden llevar a una mejor organización del tiempo laboral.
Si no hay más comentarios someto a su consideración la aprobación del Proyecto de
Acuerdo identificado en el orden del día como el apartado 2.5, tomando en
consideración las propuestas de modificación al Punto de Acuerdo Quinto en los
términos que se han presentado.
Quienes estén a favor, sírvanse manifestarlo, si son tan amables.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del Registro
Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos
Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de Organización Electoral, Profesor
Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor José
Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna;
de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público
Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer
Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia
Castro Ramírez y del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva,
Licenciado Edmundo Jacobo Molina, no estando presente durante la votación el
Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo
Córdova Vianello; asimismo no estando presente durante el desarrollo de la sesión el
Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Luis Javier
Vaquero Ochoa), muchas gracias.
(Texto del Acuerdo aprobado INE/JGE113/2015) Pto. 2.5
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INE/JGE113/2015 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA JORNADA LABORAL PARA EL PERSONAL DE LA RAMA ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL EN LOS ÓRGANOS DELEGACIONALES Y SUBDELEGACIONALES Y EN LAS OFICINAS CENTRALES DEL INSTITUTO
A N T E C E D E N T E 1. Mediante Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal
Electoral se estableció la jornada laboral continua, aprobado en sesión del 22 de abril de 1998, se determinó como punto único: Se aprueba a partir del próximo 6 de mayo de 1998 la aplicación de la jornada laboral de nueve a dieciocho horas con una hora para comer, por regla general de lunes a viernes en los órganos centrales y desconcentrados del Instituto, así como los horarios especiales en algunas unidades administrativas que por necesidades del servicio se han venido aplicando.
2. Mediante Acuerdo JGE17/2010, la Junta General Ejecutiva estableció la
jornada laboral continua para el personal que labora en la Juntas Distritales Electorales 01,02, 03 y 04 del Instituto Federal Electoral en el estado de Chihuahua, mismo que fue aprobado en sesión ordinaria del 22 de febrero de 2010.
3. La Junta General Ejecutiva estableció la prórroga de la jornada laboral
continua para el personal que labora en las Juntas Distritales Electorales 01, 02, 03 y 04 del Instituto Federal Electoral en el estado de Chihuahua, a través del Acuerdo JGE58/2010, mismo que fue aprobado en sesión ordinaria del día 31 de mayo del 2010.
4. En sesión ordinaria del 30 de agosto del 2010, la Junta General Ejecutiva
estableció mediante el Acuerdo JGE90/2010, continuar con la prórroga de la jornada laboral continua para el personal que labora en las Juntas
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Distritales Electorales 01, 02, 03 y 04 del Instituto Federal Electoral en el estado de Chihuahua.
5. El 31 de enero del 2011, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal
Electoral en sesión ordinaria estableció mediante Acuerdo JGE06/2011 la jornada continua en los Órganos Subdelegaciones, así como para el personal administrativo y de honorarios en las Juntas Locales Ejecutivas y en las Oficinas Centrales del Instituto.
6. El 07 de septiembre de 2012, una vez formalmente concluido el Proceso
Electoral Federal 2011-2012, la Junta General Ejecutiva en sesión extraordinaria estableció la jornada laboral para el personal de la rama administrativa y del servicio profesional electoral en los órganos delegacionales, subdelegacionales y en las oficinas centrales del Instituto, mediante el Acuerdo JGE110/2012, cuya vigencia concluyó el 31 de enero de 2013.
7. El 25 de febrero del 2013, la Junta General Ejecutiva en sesión ordinaria,
estableció a través del Acuerdo JGE37/2013 la jornada laboral para el personal de la Rama Administrativa y del Servicio Profesional Electoral en los Órganos Delegacionales y Subdelegacionales y en las Oficinas Centrales del Instituto.
8. La Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, en sesión
ordinaria del 24 de enero del 2014, mediante Acuerdo JGE09/2014 extendió la vigencia del Acuerdo JGE37/2013 en el que se establece la jornada laboral para el personal de la Rama Administrativa y del Servicio Profesional Electoral en los Órganos Delegacionales y Subdelegacionales y en las Oficinas Centrales del Instituto.
9. El 31 de enero de 2014, en uso de las facultades que le otorga la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la Republica promulgó la Reforma Constitucional en materia política-electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la Mayoría de las Legislaturas Estatales. El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral”.
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10. Respecto a la materia política-electoral en el Decreto de Reforma se
incluyen diversas disposiciones que modifican la denominación, estructura, funciones y objetivos del Instituto Federal Electoral para transformarse en Instituto Nacional Electoral, entre las que se destaca la creación de una autoridad electoral nacional que, además de las atribuciones a nivel federal con que ya contaba, ahora se le suman responsabilidades adicionales en el ámbito local.
11. El primer párrafo del Transitorio Cuarto del Decreto citado en el
Antecedente 2 del presente Acuerdo, refiere que las adiciones, reformas y derogaciones que se hacen a los artículos 35; 41; 54; 55; 99; 105 fracción II inciso f); 110 y 111 por lo que hace a la denominación del Instituto Nacional Electoral, y 116, fracción IV, de la Constitución Federal, entrarán en vigor a más tardar el 30 de abril de 2014.
12. El 23 de mayo de 2014, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación
los correspondientes Decretos por los que se expidieron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
13. El Consejo General expidió, en sesión extraordinaria del 19 de noviembre
del 2014, mediante Acuerdo INE/CG268/2014, el Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.
C O N S I D E R A N D O I. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 41, párrafo
Segundo, Base V, Apartado A, párrafos primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, 30, párrafo 2 y 31 párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la Ley. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el
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ejercicio directo de sus facultades y atribuciones; todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad; además, es la autoridad en materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño.
II. Que el precepto constitucional párrafo segundo de la disposición señalada
en el numeral anterior determina que, el Instituto Nacional Electoral será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para el ejercicio de sus atribuciones. Las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral que con base en ella apruebe el Consejo General, regirán las relaciones de trabajo con los servidores del organismo público; esto es, goza de plena autonomía.
III. Que el Transitorio Sexto, segundo párrafo del Decreto por el cual se
promulga la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que las disposiciones generales emitidas por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral, con antelación a la entrada en vigor del Decreto seguirán vigentes, en lo que no se oponga a la Constitución y a la Ley, hasta en tanto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral no emita aquellas que deban sustituirlas.
IV. Que el artículo 31, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales “LGIPE” establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones de dicha Ley.
V. Que el artículo 31, párrafo 4 de la LGIPE, establece que el Instituto se
regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas, las demás aplicables. Además se organizará conforme al principio de desconcentración administrativa.
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VI. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34, párrafo 1 de la
LGIPE, los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva.
VII. Que de conformidad con el artículo 47, párrafos 1 y 2 de la LGIPE la Junta
General Ejecutiva del Instituto será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los directores ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral Nacional, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Administración, así como los titulares de la Unidad Técnica de Fiscalización, de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales. El Contralor General podrá participar, a convocatoria del Consejero Presidente, en las sesiones de la Junta General Ejecutiva.
VIII. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 49, párrafo 1 y 51
párrafo 1, incisos l) y w) de la LGIPE, el Secretario Ejecutivo coordina la Junta General Ejecutiva, conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto; y tiene dentro de sus atribuciones proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como las demás que le encomienden el Consejo General, su presidente, la Junta General Ejecutiva y esta Ley.
IX. Que el artículo 57, párrafo 1, incisos b) y g) de la LGIPE, establece que es
atribución de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos del Servicio Profesional Electoral Nacional y las demás que le confiera la Ley.
X. Que el artículo 59, párrafo 1, incisos a), b), d), h) y k) de la Ley de la materia
otorgan a la Dirección Ejecutiva de Administración las atribuciones de aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto; organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales en el Instituto, establecer y operar los
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sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales; atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto y las demás que le confiera la Ley.
XI. Que el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional debe establecer
las normas relativas a la duración de la jornada de trabajo en este organismo electoral, de conformidad con el artículo 203, párrafo 2, inciso a) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
XII. Que el artículo 204, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, dispone que el Estatuto
establecerá, además de las normas para la organización del Servicio Profesional Electoral Nacional, las relativas a los empleados administrativos y de trabajadores auxiliares del Instituto y de los Organismo Públicos Locales, así como fijar las normas para su composición, ascenso, movimientos, procedimientos para la determinación de sanciones, medios ordinarios de defensa y demás condiciones de trabajo.
XIII. Que conforme al artículo 205, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales, el Instituto podrá determinar el cambio de adscripción o de horario de su personal, cuando por necesidades del servicio se requiera, en la forma y términos que establezcan esta Ley y el Estatuto.
XIV. Que el artículo 14, fracciones I y IX del Estatuto del Servicio Profesional
Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Administración, tener a su cargo los asuntos relativos al personal administrativo y auxiliar del Instituto Federal Electoral; en el caso del personal de carrera, dicha atribución se circunscribe al ámbito administrativo, y organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros, así como la administración del personal del Instituto.
XV. Que el artículo 411 del Estatuto señalado en el considerando que precede,
señala que se entiende por jornada de trabajo el tiempo establecido por el Instituto durante el cual su personal le presta servicios, con base en su nombramiento.
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XVI. Que según el artículo 412, párrafo primero del Estatuto del Servicio Profesional en comento, es jornada diurna la comprendida entre las seis y las veinte horas; nocturna la comprendida entre las veinte y las seis horas, y mixta la que comprende periodos de la diurna y la nocturna siempre que la nocturna sea menor de tres horas y media, pues en caso contrario se considerará como jornada nocturna.
XVII. Que el artículo 414, fracción I, incisos a) y b) del Estatuto del Servicio
Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral señala que serán jornadas continuas, la que se desarrolle durante siete horas sin interrupción y la que se desarrolle durante siete horas y media, con interrupción de hasta treinta minutos.
XVIII. Que el artículo 415 del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del
Personal del Instituto Federal Electoral, señala que por regla general, la jornada de trabajo en el Instituto será discontinua y se desarrollará de lunes a viernes, con las excepciones establecidas en el artículo 414, fracción III, inciso b) del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral, así como el artículo 97 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
XIX. Que el artículo 416 del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del
Personal del Instituto Federal Electoral señala que la Junta General Ejecutiva fijará los horarios de trabajo tomando en cuenta las necesidades institucionales.
XX. Que conforme el artículo 50, párrafo 1, incisos b), e), f) y w) del Reglamento
Interior del Instituto Nacional Electoral, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Administración, establecer y aplicar las políticas generales, criterios técnicos y Lineamientos a que se sujetarán los programas de administración de personal; recursos materiales y servicios generales; recursos financieros y de organización del Instituto; proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto; organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros, así como la administración del personal del Instituto e informar semestralmente a la Junta sobre las medidas tomadas o por realizar para el cuidado del medio ambiente
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XXI. Que el artículo 520 del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos de Instituto Federal Electoral, señala que la jornada laboral y los horarios institucionales estarán acordes a lo dispuesto en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral.
XXII. Que las Políticas y Programas Generales del Instituto Federal Electoral
ahora Instituto Nacional Electoral, son un instrumento normativo en el cual se realiza un ejercicio de planeación, programación y presupuestación, con el objeto de orientar y cumplir con las obligaciones constitucionales y legales, así como las necesidades institucionales.
XXIII. Que para el Instituto Nacional Electoral, su personal es un elemento
fundamental para cumplir a cabalidad su compromiso con la sociedad en el avance de la democracia y la transparencia de los Procesos Electorales, por lo que siempre ha buscado que sus trabajadores puedan desarrollarse de manera integral. Con base en lo anterior, en las Políticas Generales, Programas Generales y Proyectos Estratégicos del Instituto Federal Electoral ahora Instituto Nacional Electoral, se consideró continuar con la cultura laboral basada en una mayor y mejor planeación, lo cual permitirá impulsar la productividad y fomentará el desarrollo saludable del personal, como es: El Instituto promoverá y aplicará criterios e instrumentos que permitan el
desarrollo humano y la igualdad de oportunidades en su personal, la asignación salarial justa y equitativa, la propagación de una cultura plural y tolerante, el rechazo absoluto de todo acto de violencia, la anulación de toda práctica que atente contra la dignidad de las personas, el impulso a la equidad de género y la equidad laboral, el respeto del derecho a la libre expresión de las ideas sin menoscabo de los derecho de los otros, la convivencia respetuosa e incluyente, el trabajo solidario y compartido a favor de la democracia. En el mismo sentido, las condiciones de trabajo en todas las áreas del Instituto preservarán los principios de seguridad, salud y calidad de vida en el empleo. Se buscará el establecimiento de estándares que garanticen espacios adecuados de trabajo y mecanismos de comunicación modernos. Las estructuras de personal requerido en cada área del Instituto estarán dimensionadas de acuerdo con las funciones sustantivas que cada una de ellas realiza durante el ciclo
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trianual de actividades; adicionalmente, los procesos de selección de personal se realizarán bajo criterios de eficiencia y racionalidad. La gestión del cambio y el desarrollo de competencias del personal serán aspectos fundamentales que aporten en la construcción de una nueva cultura laboral que promueva la innovación, la administración del conocimiento y el capital intelectual.
XXIV. Que una tarea permanente del Instituto es conciliar todos los aspectos que
conlleven a un ambiente laboral en el que se privilegie la igualdad, la no discriminación y la equidad, es que con la implementación de una jornada continua se evidencia el interés de autoridades y trabajadores de llevar a cabo el continuo desarrollo del personal del instituto, a través de la igualdad de oportunidades, la integración plural e incluyente, los beneficios mutuos, la participación colectiva, todo ello en el marco de una cultura democrática, lo que repercute en el cumplimiento de metas institucionales, situaciones que han sido tomadas dentro de las Políticas Generales, Programas Generales y Proyectos Estratégicos del Instituto Federal Electoral, en aras de un clima laboral armónico que permita conciliar al personal con otras actividades personales o familiares fueran del ámbito laboral.
XXV. Que la Junta General Ejecutiva, a través de la Dirección Ejecutiva de Administración, una vez analizados los horarios que se aplican en los órganos delegacionales y subdelegacionales considera pertinente estandarizar y establecer una jornada laboral continúa, que permita cumplir diversas funciones y actividades encomendadas al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la rama administrativa.
XXVI. Que con dicha medida se logrará una mayor integración familiar, se salvaguardará la integridad física del personal ante las diversas manifestaciones de inseguridad, permitirá el desarrollo personal, lo cual generará un menor desgaste físico y mental reduciendo la posibilidad de presentar estrés.
XXVII. Que establecer una jornada laboral cierta y determinada fomenta
condiciones de certeza para el desarrollo profesional en las mujeres, lo que es acorde con los instrumentos legales nacionales e internacionales en la materia.
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XXVIII. Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), define la salud como "el estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de enfermedad". La salud es un derecho humano fundamental, y el logro del grado más alto posible de salud es un objetivo social.
XXIX. Que las jornadas excesivas de trabajo en la actualidad están presentando en el personal del Instituto Nacional Electoral, enfermedades derivadas de la fatiga y el estrés acumulados durante la misma, afectando o mermando la salud del individuo.
XXX. Que el Instituto Nacional Electoral ha mantenido un compromiso con la
protección al medio ambiente; la medida en comento reducirá considerablemente el consumo de energía eléctrica, así como la movilización de vehículos para traslados.
XXXI. Que para garantizar el desarrollo de las actividades institucionales es
conveniente adoptar un horario que satisfaga los requerimientos, tanto en oficinas centrales como en órganos desconcentrados, considerando las excepciones que garanticen la atención de funciones electorales sustantivas en forma directa o delegada derivadas de la reforma político electoral.
XXXII. Que de una interpretación sistemática y funcional de los artículos 41, Base
V, Apartado B, inciso b), de la Constitución Federal; 32, 62, 63, 82, párrafo 5, y 97 de la LGIPE, y 45 de la Ley General de Partidos Políticos, se advierte que el INE como autoridad nacional, ejerce nuevas atribuciones directamente en la organización de los Procesos Electorales, no sólo federales, sino también locales e, incluso, internos de elección de dirigentes de los partidos políticos; muchas de las cuales requieren el desarrollo de actividades específicas a cargo de las Juntas Locales y Distritales.
XXXIII. Que en los Procesos Electorales Federales y, por regla general, durante los procesos de selección interna, todos los días y horas son hábiles; y que dicha regla también está contenida en las leyes locales electorales, se concluye que la norma contenida en el artículo 97, párrafo 1, de la LGIPE debe hacerse extensiva a los Procesos Electorales Locales en los que el INE ejerza o asuma en forma directa las funciones electorales sustantivas, o bien, en los procedimientos electivos internos de los partidos que organice
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esta autoridad, a efecto de que las Juntas Locales fijen la jornada laboral para el personal de la rama administrativa y del servicio profesional electoral nacional del Instituto en la entidad, Distrito o Municipio de que se trate.
XXXIV. Que será indispensable que las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas continúen llevando a cabo el control y registro de asistencia implementado por la Dirección Ejecutiva de Administración, a fin de detectar las incidencias correspondientes y que, en todo caso, la propia Dirección Ejecutiva evaluará, con base en la información que le presenten las áreas, dicho sistema de control, así como la funcionalidad de los horarios institucionales, periódicamente.
XXXV. Los prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios, por
la naturaleza de su contratación, no estarán sujetos a un sistema de control y registro de asistencia, ni de horario, sino a lo convenido en cláusulas que se dispongan en cada uno de los contratos que celebren con el Instituto.
XXXVI. Que en razón de lo anterior, es necesario que la Junta General Ejecutiva
emita el presente Acuerdo. En atención a los antecedentes y a las consideraciones expuestas, con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29; 30, párrafo 2; 31, párrafos 1, 2 y 4; 34, párrafo 1; 47, párrafos 1 y 2; 49, párrafo 1; 51, párrafo 1, incisos l) y w); 57, párrafo 1, incisos b) y g); 59, párrafo 1, incisos a), b), d), h) y k); 97; 203, párrafo 2, inciso a); 204, párrafos 1 y 2 y 205, párrafo 2 y Sexto Transitorio, segundo párrafo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 14, fracciones I y IX; 411; 412, párrafo primero; 414, fracción I, incisos a) y b); 414, fracción III, incisos a) y b); 414, último párrafo; 415; 416 del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal del Instituto Federal Electoral; 50, párrafo 1, incisos b), e), f) y w) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; 520 del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Federal Electoral, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:
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A C U E R D O PRIMERO.- Se aprueba establecer de manera permanente, la jornada laboral para el personal del Instituto conforme a lo siguiente:
a) En Oficinas Centrales, el horario general de 09:00 a 18:00 horas, con una hora para tomar alimentos, por regla general de lunes a viernes.
b) Jornada laboral continua, para el personal de la Rama Administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional en las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales de las 08:30 a las 16:00 horas (huso horario local), con media hora intermedia para alimentos, por regla general de lunes a viernes.
En ambos casos se deberán considerar las excepciones temporales establecidas en el presente instrumento. SEGUNDO.- En aquellas Juntas en las que por la naturaleza de las actividades que eventualmente desempeñen, no puedan ser interrumpidos los servicios o sus labores y/o no se puedan desarrollar dentro del horario institucional establecido, deberán sujetarse al cumplimiento de las actividades encomendadas en los días y horarios que se requieren. TERCERO.- Se exceptúa de lo anterior al personal de los Módulos de Atención Ciudadana, Centros de Verificación y Monitoreo y aquellos que intervengan en las notificaciones, quienes se sujetarán a las reglas que al efecto determine el área normativa correspondiente. En aquellas áreas en donde por la naturaleza de las funciones que desempeñan, no puedan ser interrumpidos los servicios o sus labores y/o no se puedan desarrollar dentro del horario institucional establecido, podrán establecer una jornada laboral especial que permita dar continuidad al servicio que prestan. CUARTO.- Se instruye a las y los titulares de las Unidades Administrativas y órganos desconcentrados del Instituto Nacional Electoral cumplir y respetar la jornada laboral aprobada en los Puntos de Acuerdo que antecede, por lo que serán responsables de que al término de las labores en los centros de trabajo, no
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exista en sus instalaciones mal uso o desperdicio de recursos energéticos, el consumo racional de agua y papel, con esta medida se contribuye a la salud de los trabajadores del Instituto Nacional Electoral y al cuidado ambiental. QUINTO.- La Jornada Laboral establecida en el Acuerdo Primero se desarrollará considerando las siguientes excepciones temporales:
a) En Proceso Electoral Federal, todos los días y horas son hábiles. Las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales, en términos de lo previsto por el segundo párrafo del artículo 97 de la LEGIPE, podrán retomar la jornada laboral continua a que se refiere el Acuerdo Primero, inciso b) con anticipación a la conclusión del proceso que esté en curso, cuando así lo determinen sus Consejos, preferentemente al día siguiente de la celebración de la última sesión ordinaria, únicamente respecto del personal que haya concluido sus labores correspondientes al proceso del que se trate.
b) En las entidades federativas en las que se lleve a cabo un proceso electivo, en el periodo que corresponda, en los que el INE desarrolle funciones sustantivas en forma directa, o supervise las delegadas a los OPLE, los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales Ejecutivas establecerán su jornada laboral o la de los órganos delegacionales correspondientes, informando al Secretario Ejecutivo del Instituto, aplicando la regla prevista en el párrafo 1 del artículo 97 de la LGIPE.
c) En Proceso Electoral concurrente se atenderá a la regla establecida en el
inciso a) del presente Acuerdo. SEXTO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que lleve a cabo su debida divulgación y realice todas las acciones necesarias tendientes al cumplimiento del presente Acuerdo, así como para su observancia y cumplimiento. SÉPTIMO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación y hasta en tanto sea modificado por la Junta General Ejecutiva. OCTAVO.- Publíquese en la Gaceta Electoral, en la página web del Instituto Nacional Electoral y en la NormaINE.
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El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: El siguiente punto del orden del día, corresponde al
asunto solicitado por la Unidad Técnica de Planeación, y es el relativo al Proyecto de
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se
aprueban las modificaciones de los Proyectos, IN02300 denominado “Sistema
Contable en Línea de Partidos Políticos, Aspirantes, Precandidatos y Candidatos”;
IN01200 denominado “Innovación y Cambio Institucional Mejoramiento a la
Infraestructura de Captación de Señales”; e IN70800 denominado “Sam V3
Integración de Información Estadística Institucional, Geográfica y Demográfica”,
mismos que forman parte de la Planeación Táctica (Cartera Institucional de
Proyectos) del Instituto Nacional Electoral, para el ejercicio fiscal 2015, de diversas
Unidades Responsables.
Señoras y señores integrantes de la Junta General Ejecutiva está a su consideración
el Proyecto de Acuerdo mencionado.
Para su presentación tiene el uso de la palabra, el Maestro José Luis Rodríguez.
El C. Director de la Unidad de Planeación, Maestro José Luis Rodríguez Herrera:
Gracias, Secretario Ejecutivo.
Buenos días a todas y a todos.
Hay un error en el nombre del Proyecto, denominado Innovación y Cambio
Institucional, mejoramiento de la infraestructura, es de captación, no de capacitación,
si quisiera hacer ese comentario.
Después quisiera poner a su consideración las 3 modificaciones de proyectos que
presentan, 2 la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, y 1 la Unidad
Técnica de Fiscalización, la Unidad Técnica de Fiscalización solicita la modificación
del Proyecto Sistema Contable en Línea de Partidos Políticos, Aspirantes,
Precandidatos y Candidatos, y el impacto se reflejará en lo relativo al objetivo,
alcance, atribución con el que se relaciona este Proyecto, su prioridad, entregables,
Presupuesto y denominación.
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La propuesta dejaría el nombre del Proyecto como Sistema Integral de Fiscalización,
con un Presupuesto total de 12 millones 621 mil 846 pesos, recursos que serán
utilizados para el desarrollo de los módulos de precampaña y ordinario para este
mismo año; la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos solicita el
replanteamiento del Proyecto denominado mejoramiento a la infraestructura de
captación de señales, en cuanto a la duración del Proyecto y una ampliación
presupuestal por 3 millones 568 mil pesos, para la adquisición de equipos que tienen
que ver con el impacto que generará el apagón analógico.
Con estos recursos, y estas modificaciones se realizaría un solo Proyecto Licitatorio
para la Adquisición de la Infraestructura necesaria para atender dicho apagón
analógico.
La siguiente solicitud de modificación, está relacionada con el Proyecto denominado
SAMB3 Integración de información estadística institucional, geográfica y demografía,
respecto a su denominación, objeto, alcance, atribución con la que se relaciona,
beneficios esperados, fecha de término y descripción del entregable, mismo que se
denominará Implementación del Sistema de Inteligencia de Negocio Institucional. Esta
modificación pretende modificar y fortalecer la infraestructura institucional para contar
con una plataforma que nos permita la explotación de la información institucional y
que son utilizadas por diferentes Unidades Responsables de esta Instituto.
Es cuanto, y queda a su consideración las propuestas de modificación.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Maestro José Luis Rodríguez.
Tiene el uso de la palabra el Maestro Patricio Ballados.
El C. Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio
Ballados Villagómez: Gracias, Secretario Ejecutivo.
Telegráficamente Secretario para agradecer a la Unidad de Planeación el apoyo para
esto y simplemente señalar que se trata justo de ampliar los proyectos, lo que
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estamos pidiéndole a la Junta General Ejecutiva es que se nos autorice ampliar los
proyectos en estos 2 casos, a fin de poder adelantar las obligaciones que se tienen,
tanto para la captación de señales de alta definición, como respecto al Proyecto de
Inteligencia Institucional y entonces, poder avanzar más durante este año.
Gracias, Secretario Ejecutivo.
El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Gracias, Maestro Patricio Ballados.
Si no hay más comentarios al respecto, consulto si se aprueba el Proyecto de
Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, identificado en
el orden del día como el apartado 3.1, tomando en consideración las propuestas
presentadas por el Maestro José Luis Rodríguez.
Quienes estén a favor, sírvanse manifestarlo.
Aprobado por unanimidad de los presentes (de los Directores Ejecutivos del Registro
Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos
Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de Organización Electoral, Profesor
Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor José
Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna;
de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público
Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer
Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciada Olga Alicia
Castro Ramírez y del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva,
Licenciado Edmundo Jacobo Molina, no estando presente durante la votación el
Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo
Córdova Vianello; asimismo no estando presente durante el desarrollo de la sesión el
Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Luis Javier
Vaquero Ochoa), muchas gracias.
(Texto del Acuerdo aprobado INE/JGE114/2015) Pto. 3.1
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INE/JGE114/2015 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS MODIFICACIONES DE LOS PROYECTOS, IN02300 DENOMINADO “SISTEMA CONTABLE EN LÍNEA DE PARTIDOS POLÍTICOS, ASPIRANTES, PRECANDIDATOS Y CANDIDATOS”; IN01200 DENOMINADO “INNOVACIÓN Y CAMBIO INSTITUCIONAL MEJORAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA DE CAPTACIÓN DE SEÑALES”; E IN70800 DENOMINADO “SAM V3 INTEGRACIÓN DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA INSTITUCIONAL, GEOGRÁFICA Y DEMOGRÁFICA”, MISMOS QUE FORMAN PARTE DE LA PLANEACIÓN TÁCTICA (CARTERA INSTITUCIONAL DE PROYECTOS) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, DE DIVERSAS UNIDADES RESPONSABLES
A N T E C E D E N T E S I. El 31 de enero de 2014, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el Presidente de la República promulgó la Reforma Constitucional en Materia Político-Electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales, por lo que el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral”, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014. II. El 23 de mayo de 2014 el Poder Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la que en su artículo Transitorio Sexto dispone que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral dictará los Acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones de esa Ley y deberá expedir los Reglamentos que se deriven del mismo a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor. Las disposiciones generales emitidas por el Instituto Federal Electoral o por el Instituto Nacional Electoral, con antelación a la entrada en vigor del referido Decreto seguirán vigentes, en lo que no se opongan a la Constitución y a dicha
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Ley, hasta en tanto el Consejo General del Instituto Nacional Electoral no emita aquéllas que deban sustituirlas. III. El 25 de agosto de 2014, en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/JGE43/2014, aprobó la Planeación Táctica del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio 2015. IV. El 27 de agosto de 2014, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante Acuerdo INE/CG139/2014, aprobó el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Nacional Electoral para el Ejercicio Fiscal 2015, en el cual en su Punto de Acuerdo Séptimo, se determinó que una vez aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2015, el Consejo General aprobará los indicadores estratégicos y de gestión correspondientes a los programas y proyectos que hubieren sido aprobados. V. El 3 de diciembre de 2014 el Ejecutivo Federal, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015. VI. El 15 de diciembre del 2014, en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/JGE124/2014, aprobó la Planeación Operativa del instituto Nacional Electoral para el ejercicio 2015. VII. El 15 de diciembre del 2014, en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/JGE125/2014, aprobó los Indicadores para dar seguimiento a la Planeación de las Unidades Responsables del Instituto, para el ejercicio 2015. VIII. El 18 de diciembre de 2014, en sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG341/2014, aprobó el presupuesto del Instituto para el ejercicio fiscal del año 2015, y por el que se establecen las obligaciones y las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria, las cuales se derivan de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en 27 de abril de 2015.
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IX. El 18 de diciembre de 2014, en sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante Acuerdo INE/CG342/2014, aprobó los indicadores estratégicos y de gestión correspondientes a los programas y proyectos aprobados del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2015.
C O N S I D E R A N D O 1. Que el artículo 41, párrafo segundo, Base V Apartado A, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 29, 30, numeral 2, y 31, numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la Ley. El Instituto contará con los recursos presupuestarios, técnicos, humanos y materiales que requiera para el ejercicio directo de sus facultades y atribuciones. Todas las actividades del Instituto se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. Así mismo es la autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño. 2. Que el artículo 34, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Consejo General; la Presidencia del Consejo General; la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva, constituyen los órganos centrales del Instituto Nacional Electoral. 3. Que el artículo 47 de la referida Ley establece que la Junta General Ejecutiva del Instituto será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los directores ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Administración, así como los titulares de la Unidad Técnica de Fiscalización, de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales. El Contralor General podrá participar, a convocatoria del Consejero Presidente, en las sesiones de la Junta General Ejecutiva.
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4. Que el artículo 48, incisos b) y o) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que la Junta General Ejecutiva del Instituto se reunirá por lo menos una vez al mes, y entre otras atribuciones, le corresponderá fijar los procedimientos administrativos, conforme a las Políticas y Programas Generales del mismo, así como las demás que le encomiende dicha Ley, el Consejo General o su Presidente. 5. Que el artículo 49 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que el Secretario Ejecutivo coordina la Junta General, conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto. 6. Que el artículo 40, numeral 1, incisos a) y c), del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, dispone que corresponde a la Junta General Ejecutiva cumplir y ejecutar los Acuerdos del Consejo, así como dictar los Acuerdos y Lineamientos necesarios para la adecuada ejecución de los Acuerdos y Resoluciones del Consejo. 7. El mismo artículo señalado en el considerando anterior, en el numeral 1, inciso m) señala que es atribución de la Junta General Ejecutiva aprobar la Cartera Institucional de Proyectos, para su posterior integración al anteproyecto de presupuesto del Instituto. 8. Que el artículo 41, numeral 2, incisos b), d) y h) del mismo ordenamiento, establece que son atribuciones del Secretario Ejecutivo, ejecutar y supervisar el adecuado cumplimiento de los Acuerdos del Consejo y de la Junta; coordinar la operación del Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional, así como las actualizaciones necesarias para someterlas a la aprobación del Consejo; y establecer los mecanismos para la adecuada coordinación de las acciones de la Junta, Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas, con las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales. 9. Que el artículo 69, numeral 1, inciso d) del Reglamento Interior, establece que la Unidad Técnica de Planeación está adscrita a la Secretaria Ejecutiva y tendrá entre otras, la atribución de proponer al Secretario Ejecutivo para su aprobación por la Junta y el Consejo, el Modelo Integral de Planeación para el Instituto y el Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional, así como promover las actualizaciones que correspondan, de acuerdo a las necesidades del Instituto.
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10. Que el artículo 69, numeral 1, inciso g) del Reglamento Interior, señala que es atribución de la Unidad Técnica de Planeación, coordinar la construcción de manera participativa e incluyente de la visión estratégica a largo plazo del Instituto, así como las actividades inherentes o derivadas del Sistema Integral de Planeación, Seguimiento y Evaluación Institucional. 11. Que el artículo 69, numeral 1, incisos h) e i) del Reglamento Interior, señalan que es atribución de la Unidad Técnica de Planeación, proponer a la Junta, por conducto del Secretario Ejecutivo, los Lineamientos metodológicos que orienten la correcta alineación de los instrumentos de planeación del Instituto con su rumbo estratégico; brindar apoyo técnico y asesoría a las Direcciones Ejecutivas, Unidades Técnicas y Órganos Desconcentrados, en la formulación de sus políticas, programas y proyectos, para hacerlos congruentes con el Sistema Integral de Planeación Seguimiento y Evaluación Institucional. 12. Los Lineamientos para la Administración de la Cartera Institucional de Proyectos 2012, tienen como objetivo principal “establecer el marco normativo que permita a las Unidades Responsables administrar la ejecución, seguimiento y cierre de la Cartera Institucional de Proyectos, de acuerdo con la metodología de Administración de Proyectos implementada en el Instituto” y en términos del Punto Quinto del Acuerdo JGE30/2012, continúan vigentes hasta en tanto no se emitan nuevas disposiciones sobre el particular. 13. Las modificaciones realizadas a los Lineamientos para la Administración de la Cartera Institucional de Proyectos 2012, consistieron específicamente en el numeral 4, Definiciones del Capítulo I Disposiciones Generales, así como al Capítulo III Disposiciones Específicas numeral 1 Seguimiento de los Proyectos Específicos, inciso d y numeral 5 Control de Cambios, estos últimos relativos precisamente al procedimiento de solicitud de cambio. 14. El Modelo Integral de Planeación Institucional, de manera específica define a la planeación táctica como el despliegue de iniciativas a través de las cuales se alcanzaran los objetivos estratégicos y se impactará de manera positiva los procesos y las actividades cotidianas del Instituto, está representada por la Cartera Institucional de Proyectos y es el elemento eje del Modelo Integral de Planeación Institucional, debido a que es el vínculo que une a la Planeación Estratégica con la Planeación Operativa.
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15. Que el capítulo III, numeral 5, párrafo primero, incisos a) y b) de los Lineamientos para la Administración de la Cartera Institucional de Proyectos 2012, refiere que todo proyecto está sujeto a sufrir modificaciones de diversa índole y magnitud, sobretodo en el tiempo de realización, en el presupuesto asignado, así como en los contenidos de los entregables que se esperan generar, en ese sentido, en el inciso b) se precisa que cuando las modificaciones sean distintas a las descritas en el inciso a), tales como: “nuevos proyectos específicos, cancelación de proyectos específicos, cambio de Unidad Responsable a cargo del proyecto, con su respectivo presupuesto, cancelación de entregables con reducción del presupuesto asignado al proyecto específico y que modifique el objetivo original, y excepcionalmente el replanteamiento de proyectos específicos que requieran cambios tanto en el objetivo, como en el alcance y en los entregables, así como transferencia de recursos entre proyectos estratégicos”, el Titular de la Unidad deberá enviar a la Unidad Técnica de Planeación para su revisión, la solicitud de cambios debidamente fundada y motivada, anexando en su caso, la documentación soporte, y la Unidad Técnica de Planeación presentará dichas solicitudes, ante la Junta General Ejecutiva para su aprobación, previo conocimiento del Secretario Ejecutivo. 16. El mismo precepto señalado en el considerando anterior, en el inciso c) establece que las Unidades Responsables deberán tramitar las adecuaciones presupuestales, como consecuencia de las modificaciones a sus proyectos específicos, ante la Dirección Ejecutiva de Administración para que en el ámbito de su competencia, se gestionen o autoricen por las instancias correspondientes, enviando sin excepción, copia de la respuesta a la Unidad Técnica de Planeación y a la Unidad Responsable solicitante. 17. Por su parte el Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del Instituto Federal Electoral, en su artículo 5°, párrafos primero y segundo dispone que el ejercicio y control de los recursos presupuestarios y financieros asignados a cada Unidad Responsable, son de estricta responsabilidad de sus titulares, quienes deberán vigilar el uso eficiente de los mismos de acuerdo con las disposiciones normativas aplicables. Los titulares de las Unidades Responsables serán los únicos facultados para autorizar mediante firma autógrafa y a través del Sistema Integral para la Gestión Administrativa (SIGA), las erogaciones del gasto; asimismo, deberán prever y adoptar medidas necesarias para que los gastos que se realicen durante el ejercicio, se ajusten al cumplimiento de los objetivos, metas y entregables
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establecidos, evitando así subejercicios o sobre ejercicios. Adicionalmente, no podrán contraer obligaciones previas sin contar con la suficiencia presupuestal respectiva. 18. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del Instituto Federal Electoral, corresponde a la Junta General, a la Secretaría Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva de Administración (DEA), en el ámbito de sus respectivas competencias, autorizar las adecuaciones al presupuesto, incluidas las ampliaciones líquidas con cargo a recursos disponibles, o las reducciones líquidas que así se requieran, siempre que permitan el cumplimiento de los objetivos de los programas del Instituto, de conformidad con el Manual. 19. Que la Unidad Técnica de Fiscalización y la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, deberán gestionar ajustes presupuestales correspondientes que se proponen, a la Dirección Ejecutiva de Administración, quien de acuerdo a las presiones del gasto y disponibilidad, en su caso, las otorgará en el ámbito de sus atribuciones. 20. Unidad Técnica de Fiscalización. 20.1 Que respecto a la modificación del proyecto específico IN02300 denominado “Sistema Contable en Línea de Partidos Políticos, Aspirantes, Precandidatos y Candidatos”; cuyo objetivo se estableció como dar cumplimiento a lo Previsto en la LPP y LGIPE; se consideró su modificación conforme a lo siguiente: a) Que mediante solicitud de cambio de fecha 24 de agosto de 2015, formulada a la Unidad Técnica de Planeación, mediante oficio INE/UTF/DA/21218/2015, la Unidad Técnica de Fiscalización propuso la modificación del proyecto que se comenta en términos de los referidos Lineamientos. b) Que en la modificación que se propone se cambia la denominación del proyecto de “Sistema Contable en Línea de Partidos Políticos, Aspirantes, Precandidatos y Candidatos”, a “Sistema Integral de Fiscalización”; así mismo , se plantea la modificación del objetivo para quedar como “Desarrollar el Sistema Integral de Fiscalización (SIFC 2), que el Instituto Nacional Electoral pondrá a disposición de los partidos políticos, coaliciones, candidatos y candidatos independientes, para que realicen su contabilidad en línea y rendición de cuentas en tiempo real”.
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c) Que el presupuesto aprobado originalmente era de $50,000,000.00, mismo que se tenía previsto ejercer del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015; con el cambió que se propone se ejercerá un monto de $12,621,846.00, en el periodo del 24 de septiembre al 30 de diciembre de 2015. d) Que la motivación del cambio es que derivado del incumplimiento y recisión de contrato a la empresa Scytil, es necesario que UNICOM en colaboración con la UNAM, desarrolle el SIF, para lo que resta de 2015, desarrollarán los módulos de Precampaña y Ordinario y para cumplir con lo previsto en la LPP y LEGIPE. e) Que el alcance originalmente establecido dice Contabilidad en Línea y Fiscalización a Nivel Nacional, y ahora debe decir, se realizará la definición, desarrollo, pruebas, materiales de capacitación, creación de cuentas y capacitación, de los siguientes módulos: 1) Precampaña. 2) Ordinario. f) Que la modificación que se propone establecía originalmente como atribución a cumplir lo previsto en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; ahora la atribución a cumplir se sustenta en lo previsto en los artículos 41, Base V, Apartados A, párrafos primero y segundo, Apartado B, penúltimo y último párrafos, y Base II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 6º, 34, 35, 48, inciso o), 51, incisos l), n) y r), 190 párrafo 2, 191, párrafo 1, inciso b), párrafos 1, 2 y 3 del artículo 192, 196, párrafo 1, 199, párrafo 1, 425, 426 y 431 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; artículos 59, párrafo 1, 60, 72, 73, 74, 78 y 79 de la Ley General de Partidos Políticos y artículos 55, 56 y 58 del Reglamento de Fiscalización. g) Que con el cambió propuesto se pretende atender la prioridad que dice, Proceso Electoral Federal 2014 – 2015, la cual debe decir, Proceso Electoral. h) Que los beneficios esperados eran disminución de tiempos en la redacción de cuentas y Fiscalización, ahora son, cumplir con el mandato de la Ley General de Partidos Políticos, que obliga a la fiscalización de los sujetos obligados en tiempo real, verificar el origen a aplicación de los recursos de los Partidos Políticos y candidatos independientes, respecto a su legalidad y eficientar los tiempos en la rendición de cuentas y fiscalización, facilitar la consulta, seguimiento y análisis de
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la información. Cumplir con los principios rectores de imparcialidad y rendición de cuentas. i) Que el cronograma previsto cambia para quedar de la siguiente manera: Cronograma
Dice:
Clave Entregable Descripción %
avance
Presupuesto
Aprobado Fecha Inicio Fecha Fin
IN02301 Fase 2. Fiscalización modelo de programación inteligente
0% $25,000,000.00 01/01/2015 31/12/2015
IN02302 Fase 3. Transparencia
0% $25,000,000.00 01/01/2015 31/12/2015
Debe Decir:
Clave Entregable Descripción % avance
Presupuesto
Aprobado
Fecha Inicio Fecha Fin
IN02301 Precampaña y Ordinario
Precampaña, Consumo de la información del Registro Nacional de Candidatos, para generar de forma automática el acceso a la contabilidad del SIF por cada precandidato, módulo de registro para captura de los ingresos y gastos de precampaña.
Ordinario, Alta, modificación y baja de partidos políticos, el de registro de ingresos y gastos ordinarios.
$12,621,846.00 24/09/2015 30/12/2015
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j) Que la descripción, fundamentación, motivación y especificaciones correspondientes a la modificación del referido proyecto, se encuentran detalladas en la solicitud de cambio que se anexa como número uno, y que forma parte del presente Acuerdo. 21. Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos. 21.1 Que respecto a la modificación del proyecto específico IN01200 denominado “Innovación y Cambio Institucional Mejoramiento a la infraestructura de captación de señales”; cuyo objetivo original se estableció como actualizar la infraestructura de captación de señales, para atender al proceso de cambio a la tecnología de transmisión digital y ahora se propone como, actualizar la infraestructura de captación de señales, para atender al proceso de cambio a la tecnología de transmisión digital, incluyendo a las derivadas de la multiprogramación; se consideró su modificación conforme a lo siguiente: a) Que mediante solicitud de cambio de fecha 28 de agosto de 2015, formulada a la Unidad Técnica de Planeación, mediante oficio número INE/DEPPP/DE/DVM/4822/2015 del 28 de agosto de 2015, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, propuso la modificación del proyecto que se comenta en términos de los referidos Lineamientos. b) Que la autorización de la modificación del proyecto que se solicita se motiva en que durante este ejercicio se tiene contemplado la adquisición de equipos demoduladores y sus complementos, mismos que servirán para atender al apagón analógico dictado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones en la “Política para la transición a la Televisión Digital Terrestre”, así mismo se tenía contemplada la adquisición de este mismo tipo de equipos para 2016, para atender el monitoreo a los canales multiprogramados, es decir, a los canales adicionales al canal .1 (canal .2) que permite transmitir una señal digital, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales (LGIPE) que en su artículo 183 numeral 6 establece: “Las señales radiodifundidas que se transmitan en los servicios de televisión restringida, incluyendo las derivadas de la multiprogramación, deberán incorporar, sin alteración alguna, los mensajes de los partidos políticos y las autoridades electorales a que se refiere el presente capítulo, de conformidad con las disposiciones normativas en materia de telecomunicaciones”
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La Dirección de Verificación y Monitoreo (DVM) perteneciente a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos , consideró pertinente atender en una sola emisión la adquisición del equipo en comento y así minimizar el impacto administrativo y de cumplimiento a la normatividad, actualizando el total de la infraestructura para la atención de los canales de multiprogramación y el apagón analógico, en el presente ejercicio, previendo así un incremento en los costos de los bienes a adquirir de continuarse con la planeación original y también para para dar cumplimiento a las obligaciones de la DVM en menor tiempo posible. Es por tal motivo, la referida Dirección, pretende llevar a cabo un replanteamiento en el tiempo y una ampliación presupuestal para la adquisición de los equipos previstos en el “apagón analógico” y la multiprogramación durante el presente ejercicio en un solo proceso licitatorio. c) Que el alcance cambia con la modificación que se propone ya que actualmente dice, Verificar el cumplimiento en la transmisión de promocionales en materia electoral de las señales de televisión que participen en el proceso de cambio análoga-digital captadas en los CEVEM y, ahora debe decir, verificar el cumplimiento en la transmisión de promocionales en materia electoral de las señales de televisión que participen en el proceso de cambio análoga-digital captadas y las derivadas de la multiprogramación en los CEVEM. d) Que en los beneficios esperados dice: Contar con señales de Televisión Digital Terrestre (TDT) de mejor calidad que las señales en formato Análogo. Al contar con las de TDT se garantiza el funcionamiento de los equipos de digitalización y detección en los CEVEM Incrementar el número de señales monitoreadas al incorporar nuevas señales digitales Mantener la recepción de las señales que migrarán a formato digital, para no perder grabación de spots. Al respecto, se propone que debe decir, incrementar el número de señales monitoreadas al incorporar nuevas señales digitales y las derivadas de la multiprogramación.
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e) Que con el cambio que se propone el entregable queda de la siguiente manera: Cronograma
Clave Entregable Descripción %
avancePresupuesto
Aprobado Fecha Inicio Fecha Fin
Dice:
IN01201 “Equipos de recepción de señales”
Demoduladores, chasis de rack, fuentes de poder
20 2,300,000.00 01/05/2015 31/06/2015
Debe decir:
5,868,000.00 Dicho presupuesto se encuentra sujeto a aprobación.
31/12/2015
f) Que la descripción, fundamentación, motivación y especificaciones correspondientes a la solicitud de modificación del referido proyecto, se encuentran detalladas en la solicitud de cambio que se anexa como número dos, y que forman parte del presente Acuerdo. 21.2 Que respecto a la modificación del proyecto específico Innovación y Cambio Institucional: IN70800 denominado “SAM V3 integración de información estadística institucional, geográfica y demográfica”, mismo que debe decir, “Implementación del Sistema de Inteligencia de Negocio Institucional (SINI)”; cuyo objetivo originalmente se estableció como presentar información estadística en el “Sistema de Análisis y Monitoreo” a fin de integrar información de los principales procesos internos que se ejecutan en el Instituto así como variables geográficas y demográficas (fuentes externas) que permita identificar la influencia e impacto del proceso de Verificación y Monitoreo en las atribuciones del Instituto. Respecto de dicho objetivo, se propone el cambió a implementar el Sistema de Inteligencia de Negocio Institucional (SINI) para conformar la primera plataforma de Business Intelligence la cual permitirá integrar, analizar y explotar la información actual e histórica de las Direcciones Ejecutivas y Unidades Técnicas del Instituto a través de la plataforma de Business Intelligence y de esta manera generar información de valor que impacte en el desarrollo estratégico, táctico y operativo de los procesos cruciales del Instituto a través de tableros de control, reportes, y mapas que faciliten la presentación de la información de una manera rápida, intuitiva y eficiente optimizando así la toma de decisiones para las diversas áreas del Instituto y a nivel Institucional; se consideró su modificación conforme a lo siguiente:
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a) Que mediante solicitud de cambio de fecha 28 de agosto de 2015, formulada a la Unidad Técnica de Planeación, mediante oficio número INE/DEPPP/DE/DVM/4822/2015, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, propuso la modificación del proyecto que se comenta en términos de los referidos Lineamientos. b) Que la motivación del cambio que se solicita es que en este año la Dirección de Verificación y Monitoreo tenía previsto la adquisición de las licencias de software Oracle Data Integrator (ODI) a partir del presente proyecto, con la finalidad de robustecer las capacidades del SAM. Sin embargo, al tener conocimiento que diversas áreas del Instituto (DERFE, UNICOM), tenían planeado la adquisición de soluciones tecnológicas similares, se entablaron reuniones de trabajo el pasado 22 de mayo y 1° de julio del año en curso, con la participación de los Directores Ejecutivos y personal de la Dirección Ejecutiva de Administración (DEA), la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE), la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP), la Unidad Técnica de Servicios de Informática (UNICOM), y la Unidad Técnica de Planeación (UTP). Como resultado de dichas reuniones se determinó integrar el proyecto con una visión Institucional, y no particular a las necesidades de cada Dirección Ejecutiva, privilegiando la optimización de recursos económicos, experiencia e infraestructura existente, denominando así el Proyecto como “Sistema de Inteligencia de Negocio Institucional (SINI)”, El cual consiste en fortalecer la infraestructura del Sistema de Análisis y Monitoreo (SAM) implementado por la DEPPP, a partir de la adquisición de diversas licencias de Business Intelligence, adquisición de bienes informáticos y contratación de personal, para ampliar las capacidades de dicho sistema, y permitir así la integración de la información de las Direcciones Ejecutivas del Instituto que lo requieran, contando así con una plataforma de Business Intelligence Centralizada, lo que se traduce en una menor inversión y gasto a largo plazo para el Instituto. Por lo tanto, en lugar de adquirir diversas infraestructuras de inteligencia de negocio para cada Dirección Ejecutiva, se contempla que el monto del fortalecimiento de la infraestructura actual que utiliza el sistema SAM, se integrará del recurso que cada área tenía contemplado ejercer el presente año a partir de la celebración de una compra consolidada. Es por este motivo que se hace necesario modificar el alcance y el objetivo del proyecto, para elevarlo a un nivel institucional y generar una sinergia en la información y toma de decisiones del Instituto.
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c) Que en el alcance dice, el SAM incorporará las bases de datos de los procesos internos del INE así como información de fuentes externas la cual se podrá consultar mediante la utilización de mapas dinámicos; ahora debe decir, se adquirirán licencias para dotar al INE de la Infraestructura Tecnológica necesaria de los productos: Oracle Database Enterprise Edition, Real Application Cluster, Diagnostic Pack, Tuning Pack, Oracle Olap, Data Integrator for Oracle Business Intelligence, Oracle Business Intelligence Suite Enterprise Edition Plus, y lograr la implementación del SINI, así mismo se adquirirá infraestructura física (bienes informáticos), para su implementación y operación. d) Que la modificación que se propone establecía originalmente como atribución a cumplir lo previsto tanto la Constitución como el LGIPE le otorgan al INE y, particularmente, a las Direcciones Ejecutivas de Prerrogativas y Partidos Políticos, para la administración del tiempo oficial del acceso permanente de los Partidos Políticos y Organismos Electorales a la radio y la televisión (Artículo 41 de la Constitución y 185 de LEGIPE); ahora la atribución a cumplir se sustenta en las atribuciones de cada una de las Direcciones Ejecutivas involucradas, establecidas en el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral (actualmente vigente), Artículo 43, inciso d), k), o) y q) relativos a las atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Registro Federal de Electores, el artículo 48, inciso f), de las atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Administración, Artículo 44, inciso m), de las atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y el Artículo 61, inciso b) y c) de la Unidad Técnica de Servicios Informáticos. e) Que en los beneficios esperados dice, fortalecer una visión integral sobre la información de radio y televisión y sus relaciones con la información electoral entre las diversas áreas del Instituto; Acceso a datos geográficos y demográficos mediante mapas; e, Incorporación de análisis estadísticos que integren las variables geográficas y demográficas en conjunto con el proceso de Verificación y Monitoreo. Al respecto, se propone que debe decir: Fortalecer la capacidad institucional en la Administración de información de datos para la oportuna toma de decisiones, así como para la atención eficiente de requerimientos de los diversos entres fiscalizados, partidos políticos y ciudadanos en general. Incorporación de análisis estadísticos que integren información de diversos procesos y áreas del Instituto con las variables geográficas y demográficas del país.
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Obtener un fácil acceso a la información del Instituto, permitiendo eficientar la toma de decisiones a nivel Institucional. Optimizar el uso de recursos económicos, técnicos y operativos al integrar en una solución las diversas necesidades institucionales en materia de herramientas de inteligencia de negocios. f) Que con el cambio que se propone el entregable queda de la siguiente manera: Cronograma
Clave
Entregable
Descripción %
avancePresupuesto
Aprobado Fecha Inicio Fecha Fin
Dice: IN70801 “Contrato con licencias de uso de productos de registro de información geo referencial e integración de datos
Adquisición de Licencias Oracle Spatial y ODI.
20 $2,750,000.00 01/05/2015 31/06/2015
Debe decir:
Adquisición de Licencias Oracle 31/12/2015
g) Que la descripción, fundamentación, motivación y especificaciones correspondientes a la modificación del referido proyecto, se encuentran detalladas en la solicitud de cambio que se anexa como número tres, y que forman parte del presente Acuerdo. 22. Que una vez revisadas las tres solicitudes de cambio, referidas, la Unidad Técnica de Planeación mediante atenta nota de fecha 30 de agosto de 2015, la hizo del conocimiento del Secretario Ejecutivo. 23. Que en razón de lo anterior resulta procedente que la Junta General Ejecutiva emita el presente Acuerdo. En virtud de lo señalado y con fundamento en lo previsto en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartado A, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29; 30, numeral 2; 31, numeral 1; 34; 47; 48, numeral 1, incisos b) y o); 49 y Sexto Transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 40, numeral 1, incisos a), c) y m); 41,
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numeral 1, y 2 incisos b), d ) y h), y 69, numeral 1, incisos d), g), h), i), l), y m) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; así como el Capítulo III, numeral 5, párrafo primero, incisos b) y c); de los Lineamientos para la Administración de la Cartera Institucional de Proyectos 2012; 5 y 30 del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del Instituto Federal Electoral; y; 5 de los Lineamientos para la Administración de la Cartera Institucional de Proyectos 2012; Transitorios Segundo y Quinto del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, la Junta General Ejecutiva ha determinado emitir el siguiente:
A C U E R D O Primero.- Se aprueban las modificaciones de los proyectos, IN02300 denominado “Sistema Contable en Línea de Partidos Políticos, Aspirantes, Precandidatos y Candidatos”; IN01200 denominado “Innovación y Cambio Institucional Mejoramiento a la Infraestructura de Captación de Señales”; e IN70800 denominado “SAM V3 Integración de Información Estadística Institucional, Geográfica y Demográfica”, mismos que forma parte de la Planeación Táctica (Cartera Institucional de Proyectos) del Instituto Nacional Electoral, para el ejercicio fiscal 2015, de diversas unidades responsables La autorización que se otorga en el presente Acuerdo, queda condicionada a la autorización de los recursos presupuestales adicionales, que concedan las instancias competentes. Segundo.- La modificación de los proyectos que se aprueban mediante el presente Acuerdo, entrará en vigor a partir de su aprobación por este órgano colegiado. Tercero.- Se instruye a la Unidad Técnica de Planeación para que realice la actualización a la Planeación Táctica del Instituto, a fin de incorporar las modificaciones de los Proyectos Específicos, señalado en el Punto Primero del presente Acuerdo, y lleve a cabo las gestiones administrativas a que haya lugar, para su cabal cumplimiento. Cuarto.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta del Instituto Nacional Electoral.
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El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado
Edmundo Jacobo Molina: Señoras y señores integrantes de la Junta General
Ejecutiva, se han agotado los puntos del orden del día, les agradezco a todos ustedes
su presencia, muy buenos tardes
No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión a las 9:35 horas
La presente Acta fue aprobada en sesión ordinaria de la Junta General Ejecutiva
celebrada el 27 de octubre de 2015, por votación unánime de los Directores
Ejecutivos del Registro Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de
Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de
Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional
Electoral Nacional, Doctor José Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado
Bogart Cristóbal Montiel Reyna; de los Directores de las Unidades Técnicas de
Fiscalización, Contador Público Eduardo Gurza Curiel y de lo Contencioso Electoral,
Maestro Carlos Alberto Ferrer Silva; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta
General Ejecutiva, Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y
Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no
estando presente durante el desarrollo de la sesión el Director Ejecutivo de
Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Luis Javier Vaquero Ochoa.
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA
DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
DR. LORENZO CÓRDOVA VIANELLO
EL SECRETARIO EJECUTIVO Y SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
LIC. EDMUNDO JACOBO MOLINA
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