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Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE LICITACION PUBLICA N° Remodelación de Líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda y Garibaldi Dpto. Castellanos LEY 13.414 - FER UCyER 014

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Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE

LICITACION PUBLICA N°

Remodelación de Líneas de Media Tensión en

Distritos Esmeralda y Garibaldi Dpto. Castellanos – LEY 13.414 - FER

UCyER 014

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Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

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OBRA: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi -

Dpto. Castellanos – FER – LEY 13.414”

INDICE GENERAL

N° DESCRIPCION FOLIO

1. DATOS DE LA APERTURA

2. MEMORIA DESCRIPTIVA

3. PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES (P.U.B. Y C.)

4. PLIEGO COMPLEMENTARIO AL P.U.B. Y C.

5. ANEXO M.O.S.P. Y V.

6. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

7. ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES

8. DATOS TECNICOS GARANTIZADOS

9. PLANOS

10. TIPOS CONSTRUCTIVOS

11. ANEXO DE HIGIENE Y SEGURIDAD – RESOLUCIÓN N°494/09

12. ANEXO CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL API

13. CRONOGRAMA DE INVERSIONES

14. FORMULARIO DE PROPUESTA

15. PLANILLA DE PROPUESTA

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DATOS DE LA APERTURA

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DATOS DE LA APERTURA

DENOMINACION:

OBRA : “Remodelación de L.M.T. en Distritos Esmeralda - Garibaldi del Departamento Castellanos”

LICITACIÓN PÚBLICA N° …………….

PRESUPUESTO OFICIAL:

$ 3.160.324,73 I.V.A. incluido.

Pesos: Tres Millones Ciento Sesenta Mil Trescientos Veinticuatro con 73/100 centavos IVA incluido.

APERTURA:

Fecha: …… / …… / ……

Hora:

Lugar: Av. Francisco Miguens N° 260 – Dique 2 del Puerto Santa Fe - 5° Piso – Santa Fe

Garantía de oferta 1%: $ 31.603,24

PRECIO ITEM BASE: $2.280,43 + IVA

VALOR DE LEGAJO: $ 3.917,75 + I.V.A. + Percepción en caso de corresponder (Pesos: Tres mil Novecientos Diecisiete con 75 centavos) más IVA más percepción en caso de corresponder

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18/07/2018
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MEMORIA DESCRIPTIVA

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MEMORIA DESCRIPTIVA

La presente Licitación tiene por objeto la contratación de los trabajos y las provisiones

de los materiales necesarios para la remodelación de L.M.T. 13,2 kV Trifásicas y 7,62 kV

Monofásicas convencionales existentes, en el Distrito Esmeralda - Garibaldi del

Departamento Castellanos, la cual es de vital importancia, ya que el sistema eléctrico

antes mencionado alimenta la cuenca lechera de la región y los establecimientos

agropecuarios y ganaderos:

La Obra en general es un recambio de estructuras existentes en mal estado por

estructura nuevas como así también los materiales que componen los tipos constructivos

normales de esta empresa, la estructuras a cambiar se detallan a continuación a modo

referencial:

SISTEMA GARIBALDI

LMT 13,2 kV:

Soporte Alineación TN 321 (madera) Cant 40

Soporte Alineación TN 321 a (HºAº) 9/750Ro Cant 40

LMT 7,62 kV:

Soporte Alineación TN 354 (madera) Cant 83

Soporte Desvío TN 358 (HºAº) 9/1800Ro Cant 2

SISTEMA ESMERALDA

LMT 7,62 kV:

Soporte Alineación TN 354 (madera) Cant 65

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Todas la estructuras de HºAº tendrán sus bases de hormigón tipo H15, con sus

correspondientes puestas a tierra según tipos constructivos, los aisladores serán cerámicos

tipo MN12 y MN3a. Y básicamente la presente licitación pretende contratar la provisión de

mano de obra y materiales necesarios (ejemplo: Postes, Aisladores, morsetería, terminales,

empalmes, hormigón para fundaciones, etc.), se deberá tener en cuenta que la

programación de los trabajos se coordinaran con la Agencia María Juana y el personal de la

EPE de sus respectivos Distritos.-

La contratista tendrá en cuenta en la presente obra que deberá incluir los gastos de

adecuación de los transformadores existentes sobre la línea o algún trabajo similar de

conexión, como derivaciones existentes, como el atado y tensado del conductor en el tramo

a reparar, etc.-

El proyecto responderá en un todo a la norma ETN 90 de la EPE.

El Contratista deberá entregar las instalaciones en condiciones técnicas de su

inmediata puesta en servicio, y de funcionamiento normal, en un todo de acuerdo a las

reglas de la técnica y del buen arte en la materia.

El Contratista ejecutara a su exclusivo cargo aquellas obras adicionales provisorias o

definitivas, como así también en caso de podas y/o extracción de especies arbóreas, cuando

ello sea imprescindible para llevar a buen término los trabajos.

Deberá contar con las autorizaciones Municipales, Provinciales y Nacionales que sean

necesarias para ejecutar la obra, y tomará a su cargo la señalización, las obras de

protección y seguridad que sean necesarias de acuerdo a reglamentaciones vigentes y a la

técnica del buen arte en la materia. El Contratista será el único responsable por los daños

que causare o por el hecho de la obra en sí, sean a los propietarios o a un tercero

involucrado. Será el único responsable por los accidentes que se produzcan por causas

vinculadas con la provisión para la ejecución de la obra, como así también por los daños

ocasionados a bienes y/o personas.

Igualmente la presencia del agua temporaria o permanente en el lugar de las obras

puede obligar al contratista a adoptar algunas precauciones y ejecutar obras provisorias y/o

complementarias a su exclusivo cargo. No se admitirán reclamos del contratista por estas

causas, ya que deberán estar contempladas en las variantes cuya cotización se solicita,

siguiendo la formalidad dispuesta por los pliegos pertinentes.

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El Contratista por su parte, deberá incluir en la cotización por todo concepto, la

designación de su Director Técnico de Obra (Representante Técnico de la obra) ante la

E.P.E. de Santa Fe.

El Contratista tendrá en cuenta que deberá entregar la obra completa, cuya provisión

es objeto de la presente Licitación, en un plazo de 6 meses (seis), y certificará los trabajos

objeto de la presente, de acuerdo al Cronograma de Trabajos e Inversiones que se

acompaña.

Con la ejecución de esta obra, se pretende incrementar la confiabilidad y capacidad

del servicio, atendiendo al gran crecimiento de demanda consecuencia del continuo

desarrollo de la región.

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COMPUTO Y PRESUPUESTO

OFICIAL

(ITEM BASE)

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PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES (P.U.B Y C.)

PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES

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CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO 1 - Objeto del Pliego.

El presente pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará la licitación, adjudicación, contratación, ejecución y recepción de las obras públicas, sin perjuicio de las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas para cada obra.

ARTICULO 2 - Denominaciones-Significado.

A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual de la obra, se emplearán las siguientes denominaciones:

ESTADO: Provincia de Santa Fe.

PODER EJECUTIVO: Es el órgano de Gobierno que ejerce la representación de la Provincia.

MINISTERIO: Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

LEY: La de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.

ADMINISTRACION: Órgano de la Administración que tiene a su cargo todo lo relacionado con la obra

SUPERIORIDAD: Autoridad máxima de la Repartición.

INSPECTOR: Funcionario encargado del contralor y vigilancia de los trabajos.

PROPONENTE: Persona física o jurídica que formula la oferta.

ADJUDICATARIO: Proponente a quien se adjudica la obra.

CONTRATISTA: Adjudicatario obligado a ejecutar la obra.

SUB-CONTRATISTA: Persona física o jurídica auxiliar, con quien el Contratista contrata determinados trabajos de la obra.

REPRESENTANTE TECNICO EN OBRA: Representante del Contratista encargado de la conducción de la obra.

DIRECTOR TECNICO DE LA EMPRESA: Responsable técnico de la Empresa.

ARTICULO 3 - Conocimiento de Antecedentes.

Quien concurre a la licitación de una Obra Pública no podrá alegar en caso alguno, falta o deficiencia de conocimiento de la Ley, su Decreto Reglamentario y de este Pliego y el solo hecho de concurrir implica el perfecto conocimiento y comprensión de las cláusulas, como asimismo de los lugares donde la obra debe ejecutarse, de sus condiciones de los precios de los materiales, fletes, medios de transporte, derechos aduaneros, impuestos nacionales, provinciales y municipales, de las condiciones de trabajo, aprovisionamiento de materiales y mano de obra, naturaleza de los terrenos, régimen de los cursos de agua, agua de construcción, condiciones climáticas y otras condiciones locales. No se admitirá reclamo que se relacione con alguna de estas cláusulas.

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Tampoco se podrá alegar en ningún caso, desconocimiento o mala interpretación de las bases y condiciones complementarias y especificaciones adicionales para cada obra, de los planos y demás elementos de la documentación aprobada para las obras, de ninguna Ley, Reglamento o Disposición inherente a Obras Públicas o que con ellas tengan atingencia.

ARTICULO 4 - Adquisición de las Bases de Licitaciones - Documentaciones.

Todo interesado en concurrir a una Licitación, debe adquirir en lugar indicado en el aviso, con una anticipación de cuarenta y ocho (48) horas como mínimo, un ejemplar completo del Legajo de Obra, el que será entregado por el precio que en cada caso se fije en las bases y condiciones complementarias, extendiéndose el recibo en forma a nombre del adquirente, con expresa constancia del domicilio. ARTICULO 5 - Capacidad y Habilitación.

La capacidad y habilitación de las personas que se presenten a Licitaciones de Obras Públicas, están regidas por las disposiciones del Registro de Licitadores de Obras Públicas. ARTICULO 6 - Bases y Condiciones Complementarias.

Debe contener entre sus cláusulas, las siguientes:

1) Objeto del contrato, con una descripción somera de los trabajos a realizar y el sistema de contratación adoptada.

2) Identificación de todos los elementos que constituyen el proyecto.

3) Importe del Presupuesto Oficial de la Licitación.

4) Plazo para la ejecución de los trabajos.

5) Precio de la adquisición del Legajo de Obra.

6) Régimen para el reconocimiento de las variaciones de Costos.

7) Detalle de los Items del Presupuesto de la Licitación con las especificaciones pertinentes.

8) Régimen de acopio.

9) Condiciones exigidas para el Director Técnico de la Empresa y el Representante Técnico de la Obra.

10) Equipo mínimo exigido para la Obra.

11) Porcentaje de retenciones en garantía a constituir para la obra.

12) Anticipo de fondos cuando la Administración lo autorice.

13) Normas para fijar nuevos precios, en caso de alteración de Contrato, en las condiciones previstas en la Ley.

14) Sección o Secciones del Registro de Licitadores donde debe estar inscripto el Proponente.

15) Cualquier otra cláusula complementaria que tenga por objeto establecer condiciones de contratación.

ARTICULO 7 - Orden de Prelación.

En caso de discrepancia de los documentos del Proyecto, primará el orden siguiente:

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1) Planos de la obra licitada incluidos en el Legajo.

a) De detalle.

b) De conjunto. 2) Pliegos.

a) Bases y Condiciones Complementarias.

b) Especificaciones Técnicas Particulares.

c) Unico de Bases y Condiciones.

d) Especificaciones Técnicas Generales. 3) Presupuesto Oficial.

Si la discrepancia apareciera en un mismo plano entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras, primará esta última salvo que el error fuera evidente. ARTICULO 8 - Informaciones Suplementarias.

Las dudas que pudieran originarse en los planos, cómputos métricos, pliegos y demás elementos del legajo, por parte de los interesados en formular propuestas, deberán plantearse por escrito a la Repartición, solicitando concretamente la aclaración que estimen necesarias, lo que podrán hacer hasta (7) días hábiles antes de la fecha fijada para abrir la propuesta y la Repartición comunicará a todos los adquirentes del Pliego, al domicilio consignado en el recibo del mismo, el resultado de la consulta, por lo menos cuarenta y ocho (48) horas antes de la mencionada fecha. ARTICULO 9 - Cómputo de los Plazos.

Cuando este Pliego no exprese lo contrario, todos los plazos establecidos serán computados en días calendarios.

CAPITULO II

LICITACION Y ADJUDICACION

ARTICULO 10 - Lugar y Fecha de Presentación de las Ofertas.

Deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijado para la apertura del acto.

Cuando sin expresa habilitación de día y hora, se hubiere fijado para el acto un día feriado o cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil a la misma hora.

No serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura, aún cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haberse despachado a tiempo. ARTICULO 11 - Domicilio del Proponente.

El proponente deberá constituir domicilio especial en la provincia.

ARTICULO 12 - Presentación.

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Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el Proponente debe depositar por sí o interpósita persona en la oficina donde aquella deba verificarse, hasta el día y hora establecido para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por correo o cualquier otro medio sin responsabilidad alguna para la Repartición por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete, ni inscripción alguna que identifique al Proponente y llevará como única leyenda la siguiente:

Licitación de .......................... (nombre de la obra) ............................ a verificarse el día ............................................ de 20...... a las ................ en ……….................. calle .............................................................. Nº ...................... Santa Fe.

ARTICULO 13 - Documentos para la Presentación.

Los documentos que deben incluirse en el sobre de presentación son los siguientes:

1º) Garantía de la propuesta consistente en el uno por ciento (1%) del importe del Presupuesto Oficial de la Obra que se licite y que en el caso de existir dos (2) o más presupuestos oficiales, por haberse previsto alternativas, se tomará sobre aquel de mayor importe, debiendo ser constituida por algunas de las siguientes formas:

a) Dinero efectivo, en depósito del Banco Provincial de Santa Fe.

b) Títulos de la Nación, Provincia o Municipalidad que tengan cotización oficial.

c) Créditos no afectados que el Proponente tenga a su favor con la provincia.

d) Fianza o aval bancario a satisfacción de la Superioridad.

e) Fianza mediante póliza de seguro.

2º) La documentación a que se refiere el Artículo 4), visada por el Proponente y Director Técnico.

3º) Certificado de habilitación para la licitación de la obra, objeto del llamado, expedido por el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.

4º) Certificados de pago de los tributos fiscales que establezca el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

5º) Antecedentes de la Empresa primordialmente en obras del tipo de la licitada, que permita deducir que el Proponente podrá construirla.

6º) La declaración de que para cualquier cuestión que se suscite, se acepta la jurisdicción de la justicia ordinaria de la capital de la Provincia.

7º) Sobre-Propuesta: Debidamente cerrado, dentro del sobre presentación, conteniendo únicamente la propuesta con que el interesado se presenta a la Licitación y el análisis de precio de los ítems del Presupuesto Oficial que la justifique, cuando su presentación sea exigida por el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de la Obra, y llevará por leyenda:

Propuesta de............................................... (nombre de la Empresa)......................................

8º) El Plan de Trabajo y los planes de inversiones y de acopio cuando se lo solicite en el Pliego Complementario proyectados para llevar a cabo las obras

9º) Detalle del equipo que dispone, o el que arrendará para realizar la Obra conforme al plan de trabajos previsto de acuerdo con lo exigido en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

10º) Declaración de que el proponente conoce el lugar y las condiciones en que se ejecutará la Obra.

11º) Recibo que acredite haber adquirido el Legajo antes de la Licitación.

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12º) Las aclaraciones, modificaciones o complementaciones de los documentos de Licitación que la Repartición hubiere notificado a los interesados.

13º) Sellado de Ley de la Propuesta.

14º) Otras formalidades que determinan los Pliegos de Bases y Condiciones Complementarias.

El incumplimiento de los requisitos exigidos por los incisos 1 y 7, será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las Autoridades que lo presidan. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas de clausurado el acto, transcurrido el cual sin que haya sido subsanada, será rechazada la propuesta.

ARTICULO 14 - Propuesta.

La propuesta se presentará por duplicado, redactado en idioma castellano, sin raspadura, enmienda, entrelinea o testado que no se hubieren salvado formalmente al final, e ineludiblemente en las planillas entregadas a tal fin por la Repartición.

Será colocado en el Sobre Propuesta conjuntamente con el análisis del precio, si correspondiere y debidamente firmada por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa en todas sus hojas, con el sellado de ley que corresponda.

En caso de licitarse la obra por el sistema de "Unidad de Medidas y Precios Unitarios" el proponente detallará en dichas planillas los precios unitarios que cotiza para cada ítem y total correspondiente a la propuesta.

El Director Técnico deberá poseer título profesional de la especialidad de la Obra que determina el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias y estar habilitado por el Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe. ARTICULO 15 - Mantenimiento de la Oferta.

El proponente debe mantener su oferta durante el plazo fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

Las propuestas que resulten más conveniente a criterio de la Administración quedan automáticamente prorrogadas por un término igual a la mitad del establecido originalmente. A tal fin la Repartición lo comunicará oportunamente a los oferentes seleccionados. ARTICULO 16 - Acto de Licitación.

El Acto de Licitación se verificará en la oficina que se habilite especialmente al efecto en el día y hora establecido, con asistencia del funcionario que lo presida, demás autoridades y de todas las personas que deseen concurrir al mismo.

Quienes invoquen representación deberán acreditar su personería mediante poderes otorgados en la forma que establece el Artículo 10) del Decreto 10204/58, o el que lo sustituya. ARTICULO 17 - Apertura de los Sobres de Presentación.

El día de la Licitación y a la hora fijada, bajo la presidencia del señor Ministro o Subsecretario del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, el titular de la Repartición o funcionario formalmente autorizado con un Representante de Contaduría General de la Provincia, o Contaduría del Ministerio de Obras y Servicios Públicos o de la Repartición autárquica en su caso, se anunciará el número de las propuestas recibidas e inmediatamente se procederá a abrir, en presencia de los interesados que concurran al acto, en primer lugar, todos los sobres de presentación mencionando los documentos que se acompañan.

Terminado el examen de las presentaciones, se oirán las observaciones que tengan que formular los proponentes, sus representantes autorizados o los funcionarios actuantes.

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ARTICULO 18 - Apertura de los Sobres de Propuesta.

Los “Sobre–Propuesta” correspondientes a las presentaciones que llenen los requisitos establecidos, quedan de hecho incluidos en la licitación y serán abiertos, dándose lectura de las propuestas en presencia de los concurrentes. Terminada la lectura, los proponentes o representantes autorizados o los funcionarios actuantes podrán formular las observaciones que crean necesarias. ARTICULO 19 - Observaciones.

Las observaciones que se formulen durante el acto de Apertura de la Licitación deberán ser concretas y concisas, en forma verbal, sin admitirse discusión sobre ellas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos cuestionados y realizadas en el momento que se observan. ARTICULO 20 - Acta.

De todo lo ocurrido durante el acto de la licitación se labrará acta la que previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quieran hacerlo, en la que se dejará constancia de las observaciones que se formulen y de las decisiones que adopte el Presidente.

Los proponentes tendrán derecho a dejar sentado en acta las observaciones que a su criterio sean procedentes y podrán impugnar el acto o cualquiera de las propuestas, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas de su clausura. La impugnación debe ser fundada. ARTICULO 21 - Aprobación de la Licitación y Adjudicación de los Trabajos.

Cumplido los trámites administrativos que correspondan, la Superioridad juzgará en definitiva la aprobación de la licitación y adjudicará los trabajos al proponente que hubiera formulado la oferta más conveniente.

La Superioridad puede, si no las estima convenientes, rechazar todas las propuestas, sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los proponentes. Igualmente, si el Acto de Licitación hubiere tenido vicios o si hubieran violado por parte de los funcionarios, las disposiciones establecidas en este Pliego, la Superioridad declarará nula la Licitación.

CAPITULO III

CONTRATACION ARTICULO 22 - Contrato.

Resuelta la adjudicación y notificada al adjudicatario, éste debe presentarse dentro de los treinta (30) días subsiguientes para suscribirse el correspondiente contrato. ARTICULO 23 - Depósito en Garantía del Contrato.

Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación y previo a la firma del contrato, el adjudicatario debe garantizar el cumplimiento de sus compromisos con un monto no inferior al cinco (5) por ciento del importe contractual. ARTICULO 24 - Documentos del Contrato.

Forman parte integrante de todo contrato que se celebre para la ejecución de las obras, los siguientes documentos:

1º) El presente Pliego.

2º) El Pliego de Especificaciones Técnicas Generales.

3º) El Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

4º) El Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.

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5º) La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación.

6º) Los planos de conjunto y de detalle de la obra, planillas y demás elementos ilustrativos integrantes del Legajo de la Licitación.

7º) Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Administración hubiera hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.

ARTICULO 25 - Documentos Complementarios del Contrato.

Se considera documentación complementaria a la siguiente:

1º) Las Actas que las partes suscriban a los fines de la ejecución del contrato.

2º) Las Ordenes de Servicio.

3º) Las Notas de Pedido.

4º) El Plan de Trabajos y los Planes de Inversión y de Acopios cuando fueren requeridos, todos debidamente aprobados.

5º) Los planos complementarios que la Repartición entregue durante la ejecución de la obra y los preparados por el Contratista.

6º) Alteraciones de las condiciones de contrato debidamente autorizadas. ARTICULO 26 - Firma del Contrato.

El contrato será suscripto por el adjudicatario y por aquellos funcionarios que tengan la facultad de adjudicar.

Toda la documentación agregada al expediente de obra que integre el contrato, deberá ser firmada por el adjudicatario en el acto de suscribirlo.

El adjudicatario firmará el número de ejemplares que le exija la Repartición. ARTICULO 27 - Documentación para el Contratista.

Una vez firmado el contrato se entregará al contratista, sin cargo una copia del mismo y dos copias autorizadas de la documentación contractual. Si el contratista necesitara más ejemplares de esta documentación, se le proveerá al precio que establezca la Repartición teniendo en cuenta el gasto producido. ARTICULO 28 - Transferencia del Contrato.

Firmado el contrato, el Contratista no podrá transferirlo ni cederlo en todo o en parte a otra persona o entidad, ni asociarse para su cumplimiento. Ello podrá autorizarse excepcionalmente y en casos plenamente justificados, siempre que el nuevo Contratista reúna por lo menos iguales condiciones y solvencia técnica, financiera y moral. ARTICULO 29 - Sub-Contrato.

El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de las obras y solo podrá hacerlo parcialmente, previa autorización escrita de la Repartición. A ese efecto el Contratista pedirá por escrito dicha autorización, en cuya solicitud dará el nombre del Sub-Contratista, la forma de subcontratación y las referencias de aquél, debiendo ser de probada capacidad a juicio exclusivo de la Repartición, de acuerdo a la naturaleza de los trabajos.

La autorización de la Repartición para subcontratar obras no exime al Contratista de ninguna de las obligaciones y de las responsabilidades emanadas de su contrato, ni crea para la Repartición obligación alguna para con el Sub-Contratista, quién sin embargo estará sometido al régimen de la Inspección. La responsabilidad derivada de las obras subcontratadas le corresponderá al

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Contratista, como sí las hubiere efectuado directamente, sin perjuicio de las comunicaciones al Registro de Licitadores por el comportamiento del Sub-Contratista en la obra.

CAPITULO IV

INSPECCION DE OBRAS ARTICULO 30 - Inspección de los Trabajos.

La Repartición ejercerá la inspección, vigilancia y contralor de los trabajos por intermedio del personal que designe al efecto y que dentro de la jerarquía que se establezca constituirá la Inspección de Obras. ARTICULO 31 - Inspector de Obra.

El Jefe de la Inspección será representante de la Repartición en las obras. Estará a su cargo el control y supervisión de las mismas y ante él deberá reclamar el Contratista por las indicaciones y órdenes del personal auxiliar de la Inspección. ARTICULO 32 - Atribuciones de la Inspección.

La Inspección tiene a su cargo el control y vigilancia de todo lo relativo al desarrollo de los trabajos y en todo momento libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista, para revisar la documentación pertinente, materiales acopiados y trabajos realizados o en ejecución, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones del contrato, caso contrario, efectuará las observaciones e impartirá instrucciones, las que deben ser acatadas por el Contratista. ARTICULO 33 - Dirección de los Trabajos.

La Inspección tendrá a su cargo la dirección de los trabajos, pudiendo variar el orden en que deben ejecutarse las obras, cuando las circunstancias, a juicio de ella, requieren modificar el Plan de Trabajos presentado por el Contratista. ARTICULO 34 - Registro de Actas.

Llevará un registro de actas, que se destinará al asiento de las que se labren en cada etapa de la obra, del cumplimiento sucesivo del Contratista a las exigencias del contrato y los convenios específicos que se concierten entre la Inspección y el Contratista. ARTICULO 35 - Libro de Ordenes de Servicio.

Las relaciones entre la Inspección y el Contratista se mantendrán por medio de Ordenes de Servicio, que emitirá la Inspección y que se extenderán en el libro de Ordenes de Servicio, el que provisto por el Contratista, se llevará encuadernado por quintuplicado y foliado. Toda enmienda o raspadura deberá ser debidamente salvada.

El Contratista está obligado a recibir y firmar en obra las Ordenes de Servicio que le emitan, pudiendo en su caso manifestar su protesta al pie de aquella, de estimar que la misma excede los términos del contrato. ARTICULO 36 - Acatamiento.

Es obligación del Contratista acatar de inmediato las Ordenes de Servicio que se le impartan, así como las instrucciones y observaciones que le formule la Inspección, quedando a salvo su derecho de reclamar ante la Repartición en los casos que corresponda. En ningún caso podrá el Contratista resistir las órdenes, ni suspender parcial o totalmente los trabajos.

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ARTICULO 37 - Divergencia Durante la Ejecución de los Trabajos.

En caso de existir divergencia con relación a una Orden de Servicio para obtener la revocación de la misma, el Contratista debe exponer ante la Repartición, por escrito y dentro de los diez (10) días subsiguientes de notificada la orden, las razones en que fundamenten su disconformidad.

Vencido el término establecido precedentemente, la Orden de Servicio no cuestionada quedará firme e indiscutible sin lugar a reclamos posteriores de ninguna naturaleza. Cuando el Contratista dejara de cumplir con alguna orden de la Inspección y no manifestara expresamente su divergencia con la misma, el Inspector podrá proceder a la paralización de la obra comunicando de inmediato la novedad a la Repartición, a los fines que hubiere lugar. El tiempo de paralización no se descontará del plazo previsto para la ejecución de la obra. ARTICULO 38 - Libro de Pedidos.

El Contratista proveerá el Libro de Pedidos, mediante el cual se comunicará con la Inspección cuando deba realizar cualquier tipo de consulta relativa a las obras, o contestar Ordenes de Servicio. Dicho libro deberá reunir las mismas formalidades que el libro de Ordenes de Servicio.

CAPITULO V

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTICULO 39 - Presencia del Contratista en las Obras.

El Contratista o su Representante Técnico, tiene la obligación de permanecer en las obras durante todas las horas de trabajo, para recibir, atender, y hacer ejecutar las instrucciones, observaciones u órdenes que imparta la Inspección. ARTICULO 40 - Representante del Contratista.

El Contratista presentará por escrito a la Inspección el nombre de la persona o personas que lo representen en distintos sitios o secciones en que se subdividirá el trabajo.

Una vez reconocidos estos Representantes Técnicos, quedarán autorizados para recibir las Ordenes de Servicio que extienda la Inspección y firmar recibo de las mismas, estando el Contratista por ese solo hecho, obligado a su cumplimiento.

La presencia y el reconocimiento oficial de estos representantes no elimina ni disminuye las responsabilidades y obligaciones del Contratista. El Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de las obras podrá exigir que esta representación sea permanente y desempeñada por un profesional con título habilitante. ARTICULO 41 - Personal del Contratista.

El Contratista sólo empleará operarios competentes en su respectiva especialidad y en suficiente número, para que la ejecución de los trabajos sea regular y prospere en la medida necesaria al estricto cumplimiento del contrato.

Aún cuando la disciplina del trabajo corresponde al Contratista, la Inspección podrá ordenar a éste el retiro de la obra, de todo el personal que por incapacidad, mala fe, insubordinación, mala conducta o cualquier otra falta, perjudique la buena marcha de los trabajos.

Estas órdenes serán apelables ante la Repartición, cuya resolución debe acatarse inmediatamente. ARTICULO 42 - Seguridad, Higiene y Accidentes de Trabajos.

El Contratista está obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes de Accidentes de Trabajo y de Seguridad e Higiene y su Reglamentación y todas aquellas disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro.

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Así mismo será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal, haciendo suyas las obligaciones que de ella deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada.

Es rigurosamente obligatorio para el Contratista tener en las obras un botiquín, suficientemente provisto con los medicamentos y útiles de curación que se requieran para los casos de accidentes o indisposiciones transitorios que puedan ocurrir a su personal. ARTICULO 43 - Salarios de los Obreros.

El Contratista no podrá abonar a sus obreros salarios inferiores a los establecidos oficialmente, debiendo entenderse que los mismos se liquidarán por la jornada legal de trabajo.

En el obrador y un lugar bien destacado, se colocará una copia de la lista de jornales que se abonan en la obra, y de las condiciones que fija el laudo correspondiente para tales trabajos.

El Contratista debe dar especial cumplimiento a todas las leyes tanto Provinciales como Nacionales, que legislan la prestación de trabajo, entendiéndose que todas las erogaciones que ellas representan están incluídas en su oferta. ARTICULO 44 - Jornales y Comprobantes de Pagos de Leyes Sociales.

El Contratista debe mantener al día el pago del personal empleado en la obra, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinen la jornada legal de trabajo, siendo motivo de suspensión del pago de los certificados en trámite, la falta de cumplimiento de dichas obligaciones.

El cumplimiento de lo establecido será comprobado y documentado en cada caso por la Inspección, al extender el correspondiente certificado de obra. El Contratista deberá presentar a requerimiento de la Inspección, el comprobante de pago de las leyes sociales, cada vez que le sea solicitado. ARTICULO 45 - Parte de los Trabajos.

El primer día hábil de la semana o quincena según lo establezcan los pliegos, el Contratista remitirá a la Repartición, con la firma del sobrestante o Inspector de Obra, un parte en el que se hará constar los trabajos realizados en la semana o quincena anterior, con la indicación de equipos, lugares donde se trabaje y cantidades de obras ejecutadas clasificadas por Items del Contrato.

La Repartición establecerá el formulario para la presentación de estos partes y la inobservancia de esta disposición podrá ser penada con multa según lo establece el Artículo 80 de este Pliego. ARTICULO 46 - Documentación en Obra.

El Contratista conservará en la obra copia ordenada de todos los documentos del contrato, a los efectos de facilitar el debido contralor e inspección de los trabajos que se ejecuten.

CAPITULO VI

EJECUCION DE LOS TRABAJOS ARTICULO 47 - Plazo Para la Ejecución de las Obras.

El Contratista realizará totalmente los trabajos materia del contrato, dentro del plazo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias. Todo plazo de ejecución se entiende contado a partir de la fecha de la primera Acta de Replanteo parcial o total o del Acta de Iniciación de los trabajos según sea pertinente. El Contratista será responsable de toda demora en la ejecución de las obras, salvo prueba en contrario a cargo del mismo.

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ARTICULO 48 - Interpretación de Planos y Especificaciones.

El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución o conservación de la misma, hasta la recepción definitiva. Cualquier deficiencia o error que comprobare en el proyecto o en los planos, debe comunicarlo a la Repartición antes de iniciar los trabajos.

ARTICULO 49 - Replanteo de las Obras.

El replanteo total o parcial será efectuado en forma conjunta entre la Repartición y el Contratista. Debe ser realizado dentro de los diez (10) días de firmado el Contrato y el Contratista tendrá que formalizar sus observaciones en igual término a partir del acto de replanteo.

Es obligación del Contratista por sí o por sus representantes en obra, participar en las operaciones de replanteo y en caso que no lo hiciera, se le dará expresamente por conforme con las actuaciones de la Inspección, no admitiéndose sobre el particular reclamo alguno de ninguna naturaleza, que interpusiera posteriormente. Las operaciones de replanteo serán efectuadas prolijamente, estableciendo marcas, mojones o puntos de referencias, que el Contratista, está obligado a conservar a su cargo y bajo a su exclusiva responsabilidad.

Al terminar las operaciones de replanteo total o parcial, se labrará acta, en la que se hará constar:

1º) Lugar y fecha del acto.

2º) Denominación y ubicación de las obras a ejecutar.

3º) Nombre de los actuantes.

4º) Todo otro antecedente que la Inspección crea oportuno incluir (cantidades, cómputos, croquis).

5º) Observaciones que el Contratista estime necesario formular sobre las operaciones del replanteo.

6º) El acta deberá ser firmada por el Inspector y el Contratista o su Representante expresamente autorizado y el Director Técnico de obra.

Todos los gastos que origine el replanteo, tanto de personal como de materiales, útiles u otros, será por exclusiva cuenta del Contratista.

Si ocurriera el extravío de señales o estacas y fuera menester repetir las operaciones de replanteo, el Contratista deberá pagar además de los nuevos gastos, el importe proveniente de los gastos de movilidad, viáticos, sueldos y jornales de los empleados de la Repartición que tengan que intervenir. ARTICULO 50 - Iniciación de los Trabajos.

Extendida el primer Acta de replanteo, el Contratista debe iniciar los trabajos dentro de los diez (10) días subsiguientes, bajo los apercibimientos y penalidades que este pliego establece. En caso de no ser necesario el replanteo, el plazo será de veinte (20) días desde la fecha de la firma del Contrato. ARTICULO 51 - Obrador.

En oportunidad de labrarse el Acta de Replanteo o de Iniciación de los Trabajos, si correspondiere se fijará el lugar de ubicación del obrador, el que estará cercado; todo en forma adecuada a la naturaleza de los trabajos.

El obrador debe estar permanentemente custodiado; fuera de horario de trabajo permanecerá cerrado y de noche convenientemente iluminado.

La Inspección tendrá en todo momento, libre acceso al mismo.

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ARTICULO 52 - Calidad y Control de los Materiales.

En todas las obras se utilizarán materiales de primera calidad, en buen estado que deberán ajustarse estrictamente a las exigencias que sobre los mismos se determinen en las especificaciones técnicas.

La Inspección aprobará o rechazará dichos materiales según corresponda de acuerdo a los resultados de los ensayos, a tal efecto tendrá amplias facultades para inspeccionarlos o ensayarlos en cualquier momento y lugar durante la preparación, almacenamiento y utilización.

Los materiales que habiendo sido aprobados, se tornaran por cualquier causa inadecuados para el uso en obra, no se permitirá su utilización.

El Contratista a pedido de la Inspección, facilitará los medios necesarios para la toma de muestras de materiales y entregará sin cargo alguno la de los materiales a emplear en obra. ARTICULO 53 - Abastecimiento de Materiales y Útiles - Métodos de Trabajo.

El Contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio de la Repartición se necesite para la buena marcha de aquella. No podrá utilizar en otros trabajos ninguna parte de estos abastecimientos sin autorización de la Inspección.

Estará también obligado a usar métodos y equipos que a juicio de la Inspección aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el Contrato.

Si en cualquier momento, antes de iniciarse los trabajos, o durante el curso de los mismos, los métodos, materiales y equipos adoptados por el Contratista, parecieran ineficaces o inadecuados a juicio de la Inspección, ésta podrá ordenar que los perfeccione o reemplace por otros más eficaces.

Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no exime al Contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de la obra ejecutada o la demora en terminarla. ARTICULO 54 - Sistemas Patentados.

Si en la ejecución de la obra el Contratista adoptara sistemas o procedimientos patentados, debe presentar anticipadamente a la Inspección, los permisos que lo autoricen a emplear dichos sistemas o procedimientos.

El contratista será el único responsable de los reclamos o juicios que se promoviere a la Administración por uso indebido de patentes.

Si el uso de un elemento de cualquier naturaleza le fuera prohibido, deberá de inmediato reemplazarlo por otro de igual eficacia y calidad. Si la Repartición lo considerase conveniente, podrá exigir el mantenimiento del elemento patentado y será obligación del Contratista hacerse cargo de las gestiones y gastos que correspondan para su empleo.

En caso de incumplimiento de estas disposiciones por parte del Contratista, la Inspección efectuará las gestiones y gastos necesarios con cargo al depósito de garantía del Contratista. ARTICULO 55 - Obras Ocultas.

El Contratista debe solicitar en tiempo oportuno, la aprobación de los materiales y obras cuya calidad y cantidad no se puedan comprobar posteriormente, por pertenecer a trabajos que deben quedar ocultos.

Todo cómputo y detalle especial que se refiera a los mismos, debe registrarse en la respectiva acta.

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ARTICULO 56 - Vicios de los Materiales y Obras.

Ante la sospecha de vicios no visibles de materiales u obras la Inspección podrá, ordenar la demolición, desarme o desmontaje y las reconstrucciones necesarias, para cerciorarse del fundamento de su sospecha. Si los defectos fueran comprobados, los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del Contratista, en caso contrario serán abonados por la Repartición.

Si los vicios se manifiestan en el transcurso del plazo de garantía el Contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas, en el plazo que le señale la Repartición. Transcurrido el mismo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por la Repartición a costa de aquél, formulándole el cargo correspondiente. En ambos casos los importes se tomarán del fondo de reparo o de los certificados pendientes. ARTICULO 57 - Trabajos Rechazados.

La Inspección rechazará todos los trabajos en cuya ejecución no se hayan empleado los materiales especificados y aprobados, cuya mano de obra sea defectuosa o que no tengan las formas, dimensiones o cantidades especificadas en el pliego respectivo y en los planos del proyecto.

Es obligación del Contratista demoler todo trabajo rechazado y reconstruirlo de acuerdo a lo que contractualmente se obligó, por su exclusiva cuenta y costo, sin derecho a reclamo alguno ni a prórroga del plazo contractual, sin perjuicio de las sanciones que le fueran aplicables. ARTICULO 58 - Trabajos Nocturnos.

Las obras podrán ser ejecutadas tanto de día como de noche, de acuerdo con los horarios que establecen las leyes sobre trabajo, pero ningún trabajo nocturno podrá ser realizado sin previo conocimiento de la Inspección.

En caso de efectuarse trabajos nocturnos, el lugar de la obra debe ser suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de los trabajos. En cualquier caso, se considera que los gastos inherentes a los trabajos efectuados durante la noche, están incluidos en los precios unitarios contratados.

Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o festivos, trabajo continuado o por equipo) debe ser autorizado en todos los casos por la Inspección. ARTICULO 59 - Señalamiento y Protección.

Es obligación del contratista señalar de día con letreros y banderas reglamentarias y por la noche con luces de peligro, toda interrupción u obstáculo en la zona de tránsito de la obra donde exista peligro, y en las excavaciones colocar protecciones adecuadas. Además tomará las medidas de protección necesarias en todas aquellas partes de la obra donde puedan producirse accidentes. El Contratista será el único responsable de los accidentes que se produzcan y se comprueben hayan ocurrido por causa de señalamiento o protección deficiente.

Todas las disposiciones contenidas en este artículo son de carácter permanente mientras dura la ejecución de las obras ARTICULO 60 - Daños a Personas y Propiedades.

El Contratista tomará oportunamente todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal de la obra, a esta misma y a terceros, ya sea por maniobra en el obrador, por acción de las máquinas herramientas u otras causas relacionadas con la ejecución de los trabajos. El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrá por exclusiva cuenta del Contratista. Esta responsabilidad subsistirá hasta que se verifique la finalización de la obligación contractual.

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ARTICULO 61 - Marcha de los Trabajos.

El Contratista ajustará sus tareas al Plan de Trabajo presentado. En caso de atraso en su cumplimiento, la Inspección ordenará su intensificación, el Contratista debe acatar sin discusión las órdenes que se le impartan.

Las demoras en la ejecución de los trabajos darán lugar a la aplicación de las sanciones que este pliego establece. ARTICULO 62 - Relaciones con otros Contratistas.

El contratista debe facilitar la marcha simultánea y sucesiva de los trabajos ejecutados por él y de los que la Administración decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la Inspección respecto al orden de ejecución de los trabajos.

Además está obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas, ajustándose a las indicaciones que se le imparta y al espíritu de los planos y especificaciones.

Permitirá además a los otros contratistas el uso de andamios, montacargas, energía eléctrica u otros elementos, cuyo uso común resulten indispensables para la mejor marcha de la obra, previo los convenios que a tales efectos se realicen.

En caso de discrepancia entre las partes, se someterá la cuestión al arbitraje de la Repartición. Si el Contratista experimenta demoras o fuera entorpecida la marcha de sus trabajos, por falta, o negligencia, o atraso de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las determinaciones que hubiere lugar.

En principio, la vigilancia general de las obras estará a cargo del Contratista principal. ARTICULO 63 - Permisos Previos. El Contratista tendrá a su exclusivo cargo y costo la realización de los trámites y obtención de permisos ante Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y Comunales, en nombre de la Repartición que resulten necesarios con motivo de la ejecución de la Obra.

Los mismos deberán gestionar con la antelación suficiente para no afectar el plan de trabajos. ARTICULO 64 - Suspensión de los Trabajos.

Si para efectuar modificaciones en las obras en curso de ejecución, o por otra causa, la Inspección juzgase necesario suspender temporalmente toda o parte de la realización de las obras contratadas, comunicará por escrito la orden correspondiente al Contratista, procediéndose a la medición de la obra ejecutada en la parte a que alcance la suspensión, labrándose acta del resultado.

Si la suspensión de la obra excede los treinta (30) días, al término de ese plazo, se librarán los certificados por el trabajo realizado a satisfacción, sin perjuicio del derecho del Contratista al reclamo por daños y perjuicios que la suspensión ocasione.

Previa conformidad de la Inspección, el Contratista podrá suspender la marcha de los trabajos durante el periodo de licencia anual del personal, sin que por ello dé lugar a ampliación del plazo contractual. ARTICULO 65 - Prórroga para la Ejecución de la Obra.

El Contratista podrá solicitar prórroga del plazo para la ejecución de la Obra hasta diez (10) días antes del vencimiento del plazo contractual, la que será otorgada siempre que demuestre que la demora se ha producido por causas que no le son imputables.

A los efectos del otorgamiento de dicha prórroga, se tomarán en consideración especialmente las siguientes causas:

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a) Encomienda de trabajos adicionales imprevistos importantes, que demanden mayor tiempo para la ejecución de la Obra.

b) Demora comprobada en la aprobación o entrega de instrucciones sobre el proyecto de la Repartición.

c) Lluvias, vientos, caminos intransitables u otras derivadas de condiciones climáticas adversas, de acuerdo a lo que fije el Pliego Complementario de cada Repartición.

d) Causas fortuitas evidentes, como ser: incendios, huelgas, epidemias, y en general causas que, sin impedir forzosamente la actividad de la obra, la interrumpan o disminuyan.

e) Dificultades para la obtención de la mano de obra necesaria o de los materiales exigidos por los pliegos, a juicio de la Repartición.

ARTICULO 66 - Finalización de Obra.

El Contratista finalizará los trabajos cuando la obra esté completamente ejecutada de acuerdo a los términos del contrato. La Inspección dejará constancia de la finalidad de la obra, en el Libro de Actas.

CAPITULO VII

MEDICION, CERTIFICACION Y PAGO

ARTICULO 67 - Medición de la Obra.

En el libro de Actas se detallarán las mediciones de los trabajos que se practiquen en la obra.

El Representante Técnico de la obra está obligado a asistir a las mediciones parciales y a la

medición final, a fin de dar su conformidad expresa a los cómputos establecidos en las mismas. Su

inasistencia será considerada como aceptación de las mediciones efectuadas por la Inspección

No se computarán las estructuras que por cualquier motivo modifiquen el proyecto, si éstas no han

sido previas y debidamente autorizadas en cuyo caso se hará constar los antecedentes que así lo

demuestren. En caso de que el Contratista no estuviere conforme con el juicio de la Inspección,

respecto a los trabajos o mediciones de la obra ejecutada, deberá exponer sumariamente en el

cómputo respectivo, los motivos su divergencia, los que deberá ampliar y fundar por escrito en el

término improrrogable de diez (10) días.

Si el Contratista no se presentare dentro de dicho término, deberá entenderse que desiste de su divergencia y renuncia a todo derecho sobre su reclamo, no admitiéndose ulterior protesta. A los efectos de la certificación mensual, se procederá a la medición de las obras realizadas en el mes, dentro de los primeros ocho (8) días del mes siguiente. ARTICULO 68 - Medición de Estructuras Ocultas. En el libro de actas se detallarán las mediciones de los trabajos que deban quedar ocultos a medida que se vayan ejecutando. Estos detalles que se acompañarán con los croquis que se crean necesarios para su perfecta interpretación, serán firmados por la Inspección y el Contratista. Para proceder a la liquidación de dichos trabajos, los valores consignados en el libro de actas serán los únicos a considerar. ARTICULO 69 - Certificados de las Obras.

Las obras serán certificadas mensualmente por la Repartición. Si durante el mes no se hubiere ejecutado una cantidad apreciable de obra, o cuando lo solicitare el Contratista, la Repartición podrá postergar la certificación de los trabajos.

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Los certificados serán acumulativos y tendrán el carácter de documentos provisorios, de pago a cuenta, sujeto a las variaciones que produzca la liquidación final.

El Contratista proveerá oportunamente los formularios destinados a la confección de los certificados. ARTICULO 70 - Fondo de Reparo.

De cada certificado mensual, excluido los acopios, se deducirá el importe del cinco por ciento del valor del mismo, salvo que el Pliego de Condiciones Complementarias establezca un porcentaje mayor. Estas deducciones se retendrán y constituirán el “Fondo de Reparo” como garantía de la buena ejecución de los trabajos, hasta la fecha de recepción definitiva de los mismos. Este fondo podrá ser sustituido, a pedido del Contratista según lo establece la reglamentación de la Ley. ARTICULO 71 - Garantías (Intereses).

Las garantías constituidas en cualquiera de las formas previstas en el presente Pliego de propuesta, de contrato, y Fondo de Reparo, no devengarán intereses.

CAPITULO VIII

RECEPCION DE OBRA

ARTICULO 72 - Plano Conforme a Obra.

Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de la obra lo exija, el Contratista presentará al terminar los trabajos y antes de la Recepción Provisoria, los planos completos conforme a la obra realizada, para su aprobación. ARTICULO 73 - Prueba de las Obras.

Terminadas las obras y antes de recibirlas provisionalmente, la Inspección efectuará las pruebas que establezca el pliego correspondiente.

El Contratista suministrará por su exclusiva cuenta, el personal y los elementos necesarios para efectuar estas pruebas.

Si después de diez (10) días de recibida la orden respectiva, el Contratista no tuviera preparados los elementos para hacerlas, se hará pasible de la aplicación de las multas establecidas en este Pliego, sin perjuicio de que la Repartición las haga ejecutar por su cuenta, afectando el gasto a las sumas pendientes de pago que el Contratista tuviere. ARTICULO 74 - Recepción.

Finalizadas las obras de acuerdo al contrato y siempre que no hubiere observaciones por parte de la Inspección, la Repartición extenderá dentro de los treinta (30) días de ser solicitada por el Contratista, el Acta de Recepción Provisional de la obra, que deberá suscribir conjuntamente con el Contratista o su representante autorizado.

La recepción parcial de la obra se efectuará cuando existan trabajos terminados que constituyen una unidad, que en sí llene la función para la cual ha sido proyectada y puedan ser libradas al uso.

Si las obras no estuvieren ejecutadas correcta y estrictamente de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas, y órdenes dadas por la Inspección, se diferirá su recepción provisional hasta que se corrijan los defectos que presenten. Si el Contratista no procediera a ello en el plazo que al efecto se le fije; la Repartición podrá hacerlo por cuenta de aquél, afectándose el gasto a las sumas que estuvieran pendiente de pago, sin que ello le dé derecho a reclamo alguno.

En el acta de recepción, se dejará expresa constancia de la fecha de terminación de los trabajos, y será a referéndum de la Superioridad.

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ARTICULO 75 - Plazo de Conservación y Garantía.

Entre la recepción provisional y la definitiva, correrá el plazo de conservación y garantía, durante el cual el Contratista es responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones requeridas por defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos.

Se exceptúan de las presentes obligaciones los efectos resultantes del uso indebido de la obra. ARTICULO 76 - Recepción Definitiva.

Transcurrido el plazo de conservación y garantía establecido, tendrá lugar la recepción definitiva que se efectuará con las mismas formalidades que la provisional, previa comprobación del buen estado de la obra y verificación de su correcto funcionamiento, a cuyo efecto se realizarán las pruebas que la Repartición estima necesarias, pudiendo repetir las establecidas para la recepción provisional. De las Actas de recepción deberá entregarse al Contratista una copia autenticada.

CAPITULO IX

MULTAS ARTICULO 77 - Multas.

Además de las penalidades de otro orden establecidas por este Pliego, o por los demás documentos del contrato, se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes. La imposición de las penalidades establecidas en este capítulo, no impide la aplicación de otras que estuvieran en el mismo o en otro documento del contrato.

Dejase establecido que a los efectos del cálculo de multas previstas en este Pliego y demás documentos del contrato, debe interpretarse como monto contractual, al importe de las obras contratadas mas su actualización, conforme a su régimen de variaciones de costo. ARTICULO 78 - Mora en la Iniciación de los Trabajos.

Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro de los diez (10) días de la fecha del acta de Replanteo Inicial, o de los veinte (20) días de la firma del contrato, si aquella no fuere necesaria, incurrirá en una multa equivalente en el medio por mil (1/2/00) del importe del contrato por cada día de demora en iniciar las obras, considerándose que éstas han dado comienzo cuando la Inspección extienda la constancia respectiva en el libro de actas .

La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquélla. Sólo se incluirán en el cómputo del plazo contractual, las prórrogas y ampliaciones concedidas. ARTICULO 79 - Mora en la Terminación de los Trabajos.

Si el Contratista no diera total y correcta terminación de los trabajos dentro del plazo contractual, incurrirá en una multa equivalente al 1/2 % o medio por mil del importe del contrato por cada día de atraso en la terminación de obra. ARTICULO 80 - Faltas e Infracciones.

Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a este Pliego o a los demás pliegos o a las órdenes escritas de la Inspección y Resoluciones de la Repartición, se hará pasible a la imposición de multas que podrán variar del 1/2 al 10 por mil del monto del contrato, según la importancia de la infracción a exclusivo juicio de la Repartición y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en otros artículos. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción.

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ARTICULO 81 - Procedimiento para la Aplicación de Multas.

Producido un caso de aplicación de multas, la Inspección comunicará el hecho a la Superioridad, proponiendo en forma fundada la aplicación de la multa correspondiente. La Repartición previo estudio, resolverá lo pertinente.

Toda multa impuesta será hecha efectiva del primer certificado de pago que se extienda al Contratista, y si el importe de éste no alcanzara a cubrirla, deberá ser completado de los sucesivos certificados, u otros créditos pendientes.

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PLIEGO COMPLEMENTARIO AL

PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES

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PLIEGO COMPLEMENTARIO AL PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO N° 1: OBJETO DEL PLIEGO COMPLEMENTARIO:

El presente pliego establece las bases y condiciones complementarias a que se ajustará la licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción, inspección y todo otro procedimiento asociado directa o indirectamente para el suministro y/o provisión de la obra pública y todos los requerimientos propios a la misma, cuyas especificaciones se detallan por separado. ARTICULO N° 2 - DENOMINACIONES - SIGNIFICADO:

A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual de la obra, se emplearán las siguientes denominaciones:

MINISTERIO: Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda - MOSPyV.

EPE: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe – LEY ORGANICA N° 10014/87

INSPECCION: Funcionario de la EPE encargado de la supervisión contractual de la Obra.

OFERENTE: Persona física o jurídica que formula la Oferta.

DIRECTOR TECNICO DE LA OBRA: Representante del Contratista encargado de la conducción de la obra. ARTICULO N° 3: PRORROGA DE APERTURA:

Se podrá prorrogar el día y hora del Acto de Apertura a exclusivo juicio de la EPE según lo establecido en el Art. N° 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones (PUBC), por razones de huelga, otras causas de fuerza mayor o razones de servicio. En todos los casos citados el Acto se efectuará el primer día hábil siguiente, a la misma hora.

Si el cese de la causa que origina la postergación, no pudiera conocerse con certeza, se dispondrá por acto administrativo del licitante la suspensión del Acto, y posteriormente se comunicará la fecha de la nueva apertura en forma pública y a cada adquirente del Pliego Licitatorio.

A pedido escrito de las dos terceras partes de los adquirentes del Pliego Licitatorio, se podrá postergar el Acto de Apertura a exclusivo juicio del licitante por no más de treinta (30) días corridos. En caso de que los dos tercios de la cantidad de adquirentes de pliego, no resultara un número entero, la cantidad a considerar será el número inmediato superior. ARTICULO N° 4: PEDIDOS DE ACLARACION:

Se efectúan en el lugar fijado para la apertura de la presente licitación y en horas hábiles del licitante.

Las consultas de tipo verbal referidas a la presentación de la oferta, podrán ser requeridas hasta un (1) día hábil antes de la fecha fijada para la apertura. Las consultas que sean solicitadas por escrito deberán efectuarse con una anticipación de no menos de diez (10) días hábiles antes de la fecha de apertura.

El licitante podrá emitir aclaraciones hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura, y serán puestas en conocimiento por escrito a todos los adquirentes de los pliegos.

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Las Normas, Especificaciones y/u otras características técnicas requeridas podrán ser solicitadas, ampliadas y/o consultadas directamente en el lugar que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.

Se deberán considerar como documentación propia de la presente licitación además de la incluida y/o citada en la misma; a la Ley de Contabilidad de la Provincia, Ley de Obras Públicas y Reglamentación del Registro de Licitadores de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Santa Fe.

Las consultas no implicarán bajo ningún concepto postergar los plazos estipulados para cada instancia o los propuestos en la oferta. ARTICULO N° 5: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA:

La presentación de una propuesta, lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días, contados a partir del día de apertura de la Licitación.

ARTICULO N° 6: SECCIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES:

Los proponentes deberán acreditar su inscripción en el Registro de Licitadores de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Santa Fe, habilitados para la especialidad fijada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; como así también haber ejecutado Obras de características similares a la que es objeto este Legajo.

ARTICULO N° 7: INTERPRETACION DE LAS BASES DE LICITACION:

Aún cuando en la descripción de los suministros y trabajos que serán a cargo del Contratista se hubieran omitido detalles necesarios para la terminación de las tareas licitadas, las obras deberán entregarse completamente terminadas de acuerdo con las reglas de la técnica y conforme con los fines a que estén destinadas. El costo de estos elementos no detallados, el de trabajos secundarios, o de aquellos propios de la obra cotizada, así como el de los bienes o servicios cuya provisión esté expresamente solicitada en este Pliego, se considerarán incluidos en el precio cotizado.

Se considerará al Oferente no sólo como comerciante, industrial o intermediario sino como profesional experimentado en la índole de los trabajos y suministros que se licitan, y por lo tanto responsable total de la Obra y de su correcto funcionamiento. Tendrá la obligación de indicar toda observación que a su juicio comprometa el fin u objetivos pretendidos por esta E.P.E.

CAPITULO II

LICITACION Y ADJUDICACION

ARTICULO Nº 8: FORMA, ORDEN Y CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN:

Por sobre lo establecido en el Articulo N° 13 del PUByC, se observará lo siguiente: I) FORMALIDADES GENERALES:

I.1) Las ofertas deberán ser presentadas en original y dos copias en el lugar indicado para la Apertura, hasta el día y hora que se fije; según lo especificado en la hoja de encabezamiento del presente legajo:

I.2) Formato básico en Tamaño IRAM A4; conformándose en tomos de unas 200 hojas útiles foliadas, utilizándose separadores interiores indicando el contenido que lo sucede.

I.3) Cada tomo estará broquelado y/o reunido mediante sistema que permita la manipulación de las hojas sin necesidad de desarmado. Se rotulará " ORIGINAL", "DUPLICADO", etc. según corresponda en la tapa, con el número identificatorio de cada tomo.

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I.4) El primer tomo llevará como encabezamiento un índice general de Tomos y Folios.

I.5) Las copias deberán tener exacta e igual foliación respecto del original.

I.6) Todas las hojas del original de la documentación presentada deberán estar firmadas por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa que cotiza, quien deberá poseer título profesional, estar inscripto y habilitado por el Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe o el Colegio Profesional que corresponda, para proyectar y/o conducir obras del tipo que se licitan. II) ORDEN y CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION:

La documentación e información a incluir dentro del Sobre Presentación es la que se detalla seguidamente, la que se deberá presentar siguiendo el mismo orden con que se expone el detalle de su contenido:

II.1) Información general del proponente

II.1.a) Nombre o razón social. domicilio, teléfono, telefax, etc. Debiéndose constituir domicilio legal en la ciudad de Santa Fe

II.1.b) Nombre del representante legal e instrumento que lo acredite como tal con poderes suficientes para obligar a la firma.

II.1.c) Contrato de Sociedad de la Firma; que en caso de Unión Transitoria de Empresas se incluirá además el proyecto de contrato de asociación, donde consten los porcentajes de participación de cada una de las firmas que la conformarán.

II.1.d) Esquema de organización de la Firma. Para el caso de UTE se presentará el esquema de organización de c/u de las empresas que la constituyen, debiendo estar expresamente indicado el Director Técnico de la proponente.

II.2) Garantía de Oferta:

Para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes presentarán una garantía por un valor equivalente al uno por ciento (1 %) del importe del Presupuesto Oficial de la Obra en cuyo monto ya se incluye el IVA, conforme a lo que se establece a continuación a opción del Oferente o del Adjudicatario:

II.2.a) Dinero efectivo: única y exclusivamente mediante una operación de “Depósito en Garantía” que deberá realizarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para constancia de los cual el banco emitirá el correspondiente certificado.

II.2.b) Fianza solidaria de una Institución bancaria a satisfacción de la EPE.

II.2.c) Mediante Póliza de Seguro de Caución que se encuadre en la reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Las Garantías de Oferta deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, a la cual se adicionará el período de prorroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato, deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato.

No serán rechazadas las ofertas, cuando por error, el monto de la garantía presentada fuese inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el 0,5% (cero coma cinco por ciento) del importe correcto. Se intimará en este caso al proponente a cubrir o suplir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles. No cumplimentada esa intimación en tiempo y forma, se dará por desestimada la oferta.

II.3) Certificado de habilitación del Registro de Licitadores (PUBC art.13-3)

II.4) Constancia de pago del Impuesto a los Ingresos Brutos y aportes Ley 5110.

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II.5) Copia de la Factura de adquisición del Pliego y sellado de la Propuesta (PUBC art.13-11 y 13-13)

II.6) Declaración de conocimiento del lugar de ejecución de las obras (PUBC art.13-10)

II.7) Aceptación de la justicia ordinaria de la Provincia de Santa Fe (PUBC art.13-6)

II.8) Declaración Jurada Decreto-Ley 17250/67: Los proponentes deberán presentar declaración jurada de haber dado cumplimiento al pago de contribuciones, aportes y toda otra forma de tributo a las Cajas Nacionales de Previsión según lo establece el Decreto Ley 17250/67 y su decreto reglamentario Nº 4547/67.

II.9) Antecedentes empresariales completos (PUBC art.13-5), o en su defecto, nómina del equipo humano a afectar en las Obras, indicando antecedentes profesionales y técnicos (con aclaración de títulos, especialidades y experiencia en la ejecución de Obras del mismo tipo a la Licitada) que permita deducir que el Oferente podrá construirla.

II.10) Detalle de equipo a afectar en obra (PUBC art.13-9): El Oferente presentará con su propuesta la lista de equipos que pondrá a disposición de la obra, indicando expresamente si dicho equipamiento es propio o arrendado. Este equipamiento, de acuerdo a la previsión del Art. 13 Apartado 9 del PUBC, deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstos en el Plan de trabajos y tendrá como mínimo la dotación que se detalla en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

En obra se emplearán solamente equipos y herramientas en buenas condiciones de uso y aptos para el trabajo requerido, debiendo ser aprobados por la Inspección de Obras. La permanencia del equipo en obra estará regulada por el Art. 47 de la Ley N° 5188/60 y su Decreto Reglamentario. Se podrá ordenar a la Contratista que acelere el ritmo de ejecución de los trabajos mediante refuerzos y/o sustitución de los equipos afectados a la obra, cuando el originalmente previsto resulte insuficiente para dar total terminación a las obras dentro del plazo convenido, a solo juicio de la Inspección de Obras.

II.11) Materiales, elementos y equipos ofrecidos: Sólo podrán ser nuevos, sin uso y de primera calidad, exigiéndose que sean reconocidos en el momento de su aprovisionamiento como los que, la tecnología actual califica de mejores o más adecuados para los fines y usos a los que se destinarán.

Deberán responder estrictamente a los Materiales Normalizados por la E.P.E. , a las normas vigentes en la materia y a las que se requieran en esta Licitación Pública. No se admitirán prototipos ni modelos experimentales de producción no continuada y/o no librados a la libre comercialización. Es imprescindible que la oferta incluya marcas, características, especificaciones técnicas, folletos descriptivos y todo otro detalle o información relevante de lo cotizado.

Ante la falta total o parcial de los Datos Técnicos Garantizados que, obligatoriamente se deben presentar en las ofertas, la EPE fijará a su exclusivo criterio las características que deberán cumplimentar los Materiales, elementos y equipos, pudiendo incluso fijar dos (2) marcas entre las que tendrá que optar el Contratista. No se admitirá la presentación de los Datos luego de finalizado el Acto de Apertura.

Si para un mismo elemento o equipo, el proponente ofreciera dos (2) o más marcas, queda entendido que la E.P.E. tiene el derecho a elegir una de ellas, a su exclusivo criterio. Ello no otorgará derecho a la Contratista a percibir mayores costos o diferencias de precios imputable a la diferencia de valores que pudieran tener los elementos o equipos ofrecidos de una y otra marca, como tampoco a solicitar ampliación del plazo de ejecución derivado de este hecho.

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Durante la etapa de estudio de las ofertas y cuando se lo solicite, los oferentes deberán proveer protocolos de ensayo efectuados únicamente en laboratorios reconocidos en el ámbito nacional o internacional, y quedará a exclusivo criterio de la E.P.E. él aceptarlos. No se aceptarán para este caso, protocolos de ensayo que estén realizados con posterioridad a la fecha de apertura de la presente licitación, ni aquellos que posean una antigüedad mayor a cinco (5) años.

Se podrá solicitar listado de usuarios de los equipos o materiales ofrecidos, debiendo ser posible la consulta de los mismos en cuanto a obtener información ampliatoria sobre dichos elementos. Se podrá requerir garantía del fabricante de la provisión respecto al abastecimiento de repuestos por un plazo no inferior a diez (10) años, y/o garantía de funcionamiento por no menos de un (1) año, y/o asistencia técnica por un plazo no menor a seis (6) meses; ajustables a criterio exclusivo del licitante.

II.12) Requisitos exigidos según Anexo Resolución N° 128/00 del MOSPyV

II.13) Pliego a la venta y aclaraciones (PUBC art. 13-2 y 13-12)

II.14) Sobre Propuesta

III) ORDEN y CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA

III.1) Carta Presentación de la Propuesta

III.2) Planilla de Propuesta (PUBC art.14)

El incumplimiento de los requisitos exigidos por los puntos II.2 y II.14, será causa de rechazo de la Oferta en el mismo Acto de Apertura por parte de las autoridades que la presiden. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes puntos, excepto el II.11, podrá ser suplida dentro del término de dos (2) días hábiles de clausurado el acto, transcurrido el cual sin que haya sido subsanada, será rechazada la Oferta.

ARTICULO N° 9: COTIZACION: Las cotizaciones se efectuarán sobre las Planillas de Cotización que forma parte del legajo suministrado por la Empresa, siendo las formalidades a tener en cuenta, las siguientes:

1) Atento a la vigencia de la Ley Nacional N° 23928 - de Convertibilidad, se anula toda cláusula que contravenga lo establecido en la misma. La cotización de los precios deberá realizarse en pesos.

2) En razón de que esta Empresa Provincial de Energía se encuentra inscripta ante la Dirección General Impositiva como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de CUIT 30-54578816-7 las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que las cotizaciones ya incluyen el Impuesto al Valor Agregado.

3) El precio cotizado incluye la provisión, ensayo de materiales, transporte, montaje, obras y ensayos finales como asimismo cualquier otro gasto o inversión necesarios para la entrega de la obra en condiciones de buen estado de funcionamiento.

4) El Oferente cotizará obligatoriamente en el "Planilla de Propuesta" que a tal efecto se entrega. En caso de inutilización de la Planilla citada, los adquirentes del legajo podrán solicitar un nuevo ejemplar contra devolución del primitivo.

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5) El cambio de esta Planilla de Propuesta por fotocopia o por hoja, con o sin membrete, distinta a la oficial entregada por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo Acto de Apertura.

6) La formulación de un único DESCUENTO ESPECIAL, se considerará válida únicamente si ha sido formulada al dorso de la Planilla de Propuesta. El texto que informe este descuento deberá ser rubricado por la o los responsables de la firma Oferente.

Deberá expresarse como porcentaje global de disminución respecto de los precios de la Oferta Básica.

Los descuentos ofrecidos que se condicionen a alternativas de equipos y/o materiales, quedan a consideración y juicio exclusivo del licitante. Los descuentos condicionados a alternativas de obra, de forma de pago u otras situaciones no explícitamente contempladas en la presente Licitación no serán tenidos en cuenta.

7) En el caso que el sistema de contratación adoptado sea por "Ajuste Alzado", el monto de la oferta será el precio Único y Total que se especifique en la "Planilla de Propuesta".

8) En el caso que el sistema de contratación sea por “Unidad de Medida y Precios Unitarios”; la unidad de medida está debidamente detallada en la “Planilla de Propuesta" y el oferente deberá cotizar precio unitario por cada ítem de dicha Planilla; tales precios constituirán su oferta básica y serán aplicados al cómputo métrico de aquella, lo que permitirá obtener el precio total.

Cuando en la oferta se verificasen errores en las operaciones aritméticas, la EPE efectuará las correcciones correspondientes tomando como válido el precio unitario propuesto. Si como consecuencia de estas correcciones se modificara el monto total de la oferta, el valor corregido será el considerado a todos los efectos.

ARTICULO N° 10: IMPUGNACIÓN: Todos los Oferentes tienen derecho a impugnar cualquiera de las Ofertas dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la hora de cierre del acto de apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la Adjudicación.

Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al

2 o/oo (Dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente N° 443/06-Suc.

599 del Nuevo Banco de Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.

El depósito será reintegrado al oferente impugnante en el caso de que la Empresa haga lugar a la impugnación, dentro de los treinta (30) días de dictado el acto administrativo que lo resuelva.

ARTICULO N° 11: ESTUDIO DE LAS OFERTAS: Respecto a todas las ofertas recibidas, incluyendo las propuestas alternativas, la E.P.E. efectuará los estudios y análisis comparativos que crea convenientes, utilizando él o los métodos que estime necesarios para identificar la oferta más ventajosa, o aquella que a su exclusivo criterio justifique su adjudicación en base a conveniencias de orden técnico, de servicio o económicas que la E.P.E. considere determinantes, aunque la oferta adjudicada no sea necesariamente la de menor precio.

Se podrá requerir la ampliación de la información suministrada por el Proponente, o cualquier otra que necesite para el mejor estudio de la propuesta dentro del plazo que se señale al efecto. Vencido el mismo, sin que el Proponente cumpla el requerimiento, se considerará como una retracción tácita del Proponente y en consecuencia facultará al licitante a disponer la pérdida del depósito de garantía de la Propuesta o a tramitar la ejecución de la fianza correspondiente.

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ARTICULO N° 12: MEJORA DE OFERTAS: Si entre las Ofertas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la EPE, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al tres por ciento (3 %) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se llamará a mejora de precios entre esos Oferentes exclusivamente.

Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial N° 12105/03 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hayan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley, en el Registro Único de Proveedores de la EPE. En caso de presentarse las dos condiciones, el llamado a Mejora de Ofertas se hará en forma conjunta.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de la mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora de apertura, lo que se comunicará formalmente a dichos Oferentes.

ARTICULO N° 13: INTERPRETACION DEL PRECIO COTIZADO: Cuando el sistema de contratación sea por “Unidad de Medida y Precios Unitarios” se tendrá en cuenta lo siguiente:

A todos los efectos que hubiere lugar se reconocerá como precio cotizado para cada ítem, el transcripto por el Oferente en la Planilla de Propuesta. El mismo incluye además de lo expresamente detallado, toda actividad o provisión menor necesaria para la correcta terminación de las tareas o provisión indicadas.

Si fuera necesario desagregar los precios cotizados de cada Item, se considerará únicamente la siguiente forma general de cálculo:

Precio del ítem: P

Precio del material : M (si correspondiera , s/ítem)

Precio de mano de obra: Mo (si correspondiera , s/ítem)

Gastos Generales: Gg = 0,10 (M+Mo) (si correspondiera , s/ítem)

Beneficios: B = 0,10 (M+Mo) (si correspondiera , s/ítem)

P = M + Mo + Gg + B = (M+Mo) + 0,10 (M+Mo) + 0,10 (M+Mo)

P = 1,20 (M+Mo)

(M+Mo) = 0,8333 P

* Lo descripto no es válido cuando el sistema de contratación sea por “Ajuste Alzado”.

ARTICULO N° 14: ERRORES: El Oferente será responsable por los errores formales que pudieran existir en las cifras volcadas en los “Planilla de Propuesta”. Sin perjuicio de ello se tendrá en cuenta que cuando se indiquen valores en números y letras, y en caso de que existan discrepancias se tomará como correcto el indicado en letras.

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CAPITULO III

CONTRATACION

ARTICULO N° 15: SISTEMA DE CONTRATACION: Se establece en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, observándose en un todo lo establecido por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe N° 5188/60 y sus modificatorias.

ARTICULO N° 16: GARANTIA CONTRACTUAL: El adjudicatario deberá constituir dentro de los veinte (20) días contados a partir de la fecha de comunicación de la adjudicación, una garantía que avale el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del importe adjudicado. Esta garantía podrá formalizarse mediante las formas consideradas por el Artículo N° 8 de este Pliego en sus incisos II.2.b) o II.2.c).

ARTICULO N° 17: FIRMA DEL CONTRATO: La firma del contrato, se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en los artículos 22, 23, 24, 25, 26 y 27 del PUByC. El contrato respectivo se firmará dentro de los 30 (treinta) días a partir de ser notificada la adjudicación en el lugar que fijará La EPE. Sin embargo el adjudicatario deberá concurrir en forma inmediata a la sede de la EPE para informarse y presentar en término los recaudos necesarios para la confección del mismo bajo pena de que si su falta de diligencia causare retardo en la celebración del contrato se hará pasible de las medidas dispuestas en el Art. N° 38 de la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario.

CAPITULO IV

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTICULO N° 18: PERSONAL EMPLEADO: Será obligación del Contratista, previo a la iniciación de la Obra, presentar la nómina del personal empleado, discriminando en dicha nómina el personal estable y el transitorio. Será su obligación además comunicar a la Inspección toda alta y/o baja de personal que se produzca. El personal empleado en la Obra deberá reunir condiciones de idoneidad y competencia, conforme lo establece el P.U.B.C. en su Art. N° 41.

Los jornales abonados por la Contratista a su personal en la presente Obra, no podrán ser inferiores a los establecidos por el Convenio Laboral de aplicación. Corresponderá comunicar a la Inspección con la suficiente antelación, la fecha de pago de los jornales. Será asimismo obligación del Contratista presentar a la Inspección una copia de las planillas de pago del personal empleado en la Obra, debidamente conformadas por dicho personal. Se entregarán mensualmente y con anterioridad a la emisión del certificado correspondiente.

ARTICULO N° 19: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO: Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescrito por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº.19587/72, su Decreto Reglamentario N° 351/79 y de lo prescrito por el Decreto N° 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución N° 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos N° 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96.

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El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudiera ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc., durante la ejecución de la obra, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. Todos los seguros de material de la obra durante el montaje hasta su recepción provisional, estarán a cargo del Contratista.

El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados.

La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leída a una distancia de 3 metros.

Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguíneo y detalle de remedios y/o elementos que originan alergias al portador.-

No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-

ARTICULO N° 20: SEGUROS: El Contratista deberá presentar antes del inicio de Obra la siguiente documentación: 1) Certificado de no-acción, emitido y firmado por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo del

Contratista. 2) Certificado de aseguramiento nominativo, emitido por la misma Aseguradora, y que se

constituye en el único personal que podrá trabajar con motivo del contrato. Deberá incluirse en la misma la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter permanente, eventual o temporario. Es obligación del Contratista mantener debidamente actualizada la presente documentación.

3) Inicio de Obra, firmado por la misma Aseguradora. 4) Copia del Legajo Técnico de la Obra, firmado en original por el responsable de seguridad del

Contratista. Para el caso del personal de empresas Subcontratistas, deberán cumplimentarse los mismos requisitos, previo al inicio de sus tareas, siendo responsabilidad del Contratista el cumplimiento de este cometido. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos autorizará a la Empresa, previo apercibimiento, a paralizar la ejecución de las obras o su inicio, hasta tanto no se cumplan en su totalidad los requisitos, corriéndole efectivamente el plazo fijado en el artículo correspondiente al "Plazo de Ejecución”.

El Contratista estará obligado a contratar con compañías aseguradoras que actúen bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Se deberá asegurar la totalidad del personal obrero empleado en las obras, inclusive el de los Subcontratistas, contra todo riesgo que corresponda a siniestros por accidentes de trabajo, incluyendo cobertura total para asistencia médica y farmacéutica. Será obligación del Contratista presentar dentro de los treinta (30) días de iniciada la Obra, una Póliza de Seguro Contra Accidentes de Trabajo completa, que cubra la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter de permanente, eventual o temporario. El Contratista deberá tener asegurados durante todo el tiempo de ejecución de la obra, la totalidad de los rodados afectados a la misma, con póliza específica del automotor que contemple como mínimo, responsabilidad civil sin límites por daños a terceros con sus bienes y/o en las personas o pasajeros transportados.

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

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Por todos los riesgos que genere la obra, el Contratista tomará en todos los casos un Seguro de Responsabilidad Civil Por Daños a Terceros –personas o bienes–, incluyéndose los posibles daños a la E.P.E.S.F., por un monto mínimo de pesos trescientos mil ($ 300.000.-) o de mayor monto que se determine en el Pliego Particular de Bases y Condiciones (PPByC).

Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares lo exija, el Contratista deberá contar adicionalmente, con un Seguro de “Construcción y Montaje” –todo riesgo–, en forma tal que la E.P.E.S.F. resulte con absoluta indemnidad respecto de cualquier siniestro que pueda ocurrir como consecuencia de la ejecución de los trabajos, como así también de la realización de las pruebas de confiabilidad, hasta la Recepción Provisoria. Los gastos que originen la contratación de los seguros mencionados, será a cargo del Contratista, quien acreditará fehacientemente el cumplimiento de sus obligaciones en este sentido, dentro de los diez (10) días de la fecha de suscripción del Acta de Replanteo, debiendo presentar constancia del pago de las respectivas pólizas. Si las pólizas se abonan en cuotas, esto debe ser comunicado formalmente, informando además el Plan de Pagos, de la póliza que corresponda, en oportunidad de la presentación de la misma. Se deberán además presentar los comprobantes de cancelación de cada una de ellas, en las fechas previstas en el mencionado Plan. No podrá modificarse y/o cancelarse ninguna póliza de seguro sin previa autorización escrita del licitante, cláusula que deberá incorporarse en el seguro contratado. Todas las pólizas que correspondan, deberán ser entregadas a la Inspección con anterioridad a la iniciación de la tarea o cobertura amparada por la misma. El Contratista deberá tomar a su cargo las franquicias de los seguros que contrate, y deberán ser tomados con una cláusula de ajuste a satisfacción del tomador. El incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de contratar los seguros que correspondan y que deberá tomar a su cargo el Contratista, autoriza al licitante a la contratación directa del seguro en las condiciones requeridas en el presente Pliego. El importe de la contratación será descontado en forma inmediata de cualquier suma que tenga al cobro el Contratista.

ARTICULO N° 21: TITULO HABILITANTE DEL DIRECTOR TECNICO EN OBRA: El/los Director/es Técnico/s de la/s empresa/s contratista/s de Obra, tomarán a su cargo las funciones y responsabilidades a que refiere el artículo 13º del Pliego Único de Bases y Condiciones, para lo cual deberá poseer título habilitante según las Leyes de Incumbencias Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe por el Consejo de Ingenieros o Colegio Profesional que corresponda, estando debidamente acreditado mediante constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

El/los profesional/es que sea/n propuesto/s, deberá/n acreditar suficiente experiencia en el tipo de obra que se trata, mediante la presentación de sus antecedentes profesionales, los que tendrán el carácter de declaración jurada.

Todo reemplazo de/los Director/es Técnico/s deberá ser efectivamente notificado/s a la Inspección de la Obra y designado/s su/s reemplazante/s, para lo cual se deberá dar cumplimiento con lo establecido en este artículo.

ARTICULO N° 22: DESIGNACION DEL REPRESENTANTE TECNICO EN OBRA: Previo a la iniciación del replanteo de la Obra, el/los contratista/s deberá/n designar los profesionales de las distintas especialidades integrantes de la misma, los que ejercerán las funciones de Representantes Técnicos de la Obra, según lo especificado en el artículo 40º del Pliego Único de Bases y Condiciones.

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Dichos representantes deberán poseer título habilitante según las Leyes de incumbencia Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe por el Consejo de Ingenieros o Colegio Profesional que corresponda, lo cual deberá ser debidamente acreditado mediante la constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

ARTICULO N° 23: PERMANENCIA EN OBRA DEL/LOS REPRESENTANTE/S TECNICO/S: Es obligación del/los representante/s técnico/s permanecer en la obra durante las horas de trabajo en las que sé esten ejecutando tareas de su especialidad. Solamente podrá/n ausentarse por causas debidamente justificadas e informadas a la Inspección de la Obra, quien tomará debida constancia y obrará en consecuencia.

En casos en que se prevean ausencias prolongadas, la Contratista deberá designar el/os reemplazante/s para cubrir las funciones que quedarán acéfalas, trámite que se formalizará con por lo menos dos (2) días de anticipación a la fecha del efectivo abandono de la Obra; tiempo en el cual la Inspección de la Obra deberá informar su aceptación o producir las observaciones que considere pertinentes.

ARTICULO N° 24: CUMPLIMIENTO DE LEYES Nº. 2429 y 4114: Previo al inicio del replanteo de la obra y el tiempo de la designación del/los Directores Técnicos de la/s Contratista/s, como de su/s Representante/s Técnico/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras, las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo de Ingenieros o el Colegio Profesional que corresponda y mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales N° 2429 y 4114 y de todas otra disposiciones legales modificatorias o complementarias de las mismas.

Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la constancia de cumplimiento que se hace referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.-

El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.

CAPITULO V

EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

ARTICULO N° 25: PLAZO DE EJECUCION: Según lo establecido por los artículos 47º y 49º del Pliego Único de Bases y Condiciones, el Contratista entregará las obras objeto de la presente licitación, completamente terminadas y listas para su habilitación en el plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha de la primera Acta de Replanteo de la Obra o del Acta de Iniciación de los Trabajos, lo que ocurra primero.

ARTICULO N° 26: EQUIPO MINIMO: El Contratista presentará obligatoriamente a la Inspección la lista de equipos que pondrá a disposición de la obra, indicando expresamente si dicho equipamiento es propio o arrendado. La Inspección de Obras aprobará o rechazará el Equipo a su solo juicio.

Este equipamiento mínimo, de acuerdo a la previsión del Art. 13º - Apartado 9º del Pliego Único de Bases y Condiciones, deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos en el Plan de Trabajos y tendrá como mínimo la dotación que se determina en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:

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Este equipamiento mínimo no es excluyente y deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstas en el plan de avances de obras.

ARTICULO N° 27: NORMAS: Los materiales, equipos, instalaciones y métodos constructivos estarán sujetos estrictamente al cumplimiento de las siguientes normas y de acuerdo con el orden de prelación que se anuncian:

1) Especificaciones Técnicas Particulares del Pliego.

2) Especificaciones Técnicas Normales de esta EPE.

3) CIRSOC 103, parte II-2005

4) Normas IRAM.

5) Normas NIME.

6) Normas VDE.

7) Normas IEC.

8) Normas del país de origen en el caso de equipos y/o materiales importado

ARTICULO N° 28: PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TRABAJOS: Una vez notificado el Contratista, de la firma del Contrato, deberá confeccionar el Plan de Trabajos a la fecha de dicha notificación y meses calendario del año, debiendo ser presentado el mismo para su aprobación dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de esa fecha. Si dentro del plazo de quince (15) días administrativos no se le formulara observación alguna, el plan quedará consentido y en caso de ser observado, el Contratista presentará nuevamente el Plan corregido en el mismo plazo establecido originalmente, sin que ello implique una dilación en la iniciación de la Obra.

El plan así elaborado se utilizará para controlar y efectuar el seguimiento de la ejecución completa de la obra incorporándose al contrato con carácter de documento oficial. Será utilizado como instrumento legal para determinar el cumplimiento de ejecución de los trabajos. En caso de requerirse el reajuste del Plan, éste deberá ser presentado por el Contratista en el término que se le fije.

En la confección del Plan, se tendrá en cuenta que las Obras deberán realizarse en jornadas diurnas de duración acorde con la legislación vigente. Si debieran ejecutarse trabajos insalubres, los mismos podrán efectuarse en dos (2) turnos diarios de labor.

ARTICULO N° 29: PRORROGA EN EL PLAZO DE EJECUCION: Con relación al inc. c) del Art. N° 65 del PUBC, las variaciones climáticas y sus consecuencias adversas darán lugar a prórrogas en el plazo de ejecución de los trabajos. Las lluvias acaecidas durante el plazo de ejecución darán derecho al Contratista a solicitar dicha prórroga, siempre y cuando las precipitaciones superen el promedio mensual de los últimos cinco (5) años por cada mes, tratados en forma independiente uno de otros. Tal información podrá requerirse de algún ente oficial de la zona que designe la inspección.

Se confeccionará un Acta suscrita por la inspección de Obra y el representante Técnico del Contratista en donde se establecerá claramente el mes que corresponda, que días se superaron la media mensual, cuales son los días posteriores en los cuales llovió y no se pudieron ejecutar trabajos y cuantos días de prórroga en el plazo contractual correspondería otorgar.

ARTICULO N° 30: TRABAJOS Y PROVISIONES A CARGO DEL CONTRATISTA: El Contratista tendrá a su cargo la provisión, transporte y colocación en Obra de todos los materiales, como así también la mano de Obra y todo el personal necesario para la realización correcta y completa de la Obra contratada, el empleo a su costa de todos los implementos, planteles y equipos para la

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ejecución de los trabajos, el alejamiento del material sobrante de las excavaciones o rellenos, y cualquier otra provisión, trabajo o servicio detallado en la documentación contractual o que sin estar expresamente indicado en la misma, sea necesario efectuar para que las obras queden total y correctamente terminadas, de acuerdo con su fin y con todas las reglas del arte del buen construir.

El Contratista proveerá la movilidad y los elementos para la Inspección que se requieran y estén descriptas en las Especificaciones Técnicas Particulares.

ARTICULO N° 31: CARTEL DE OBRA: Dentro de los treinta (30) días de la firma del Contrato el Contratista colocará en los lugares que indique la Inspección, carteles de obra con las características, cantidad, dimensiones y leyendas que se indican en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

La conservación del cartel es responsabilidad de la Contratista por lo que en caso de producirse deterioros, o cualquier accidente, deberá repararlo y/o repintarlo. Producida la Recepción Provisoria, será desmantelado y entregado en los depósitos de la E.P.E. que indique la Inspección de Obras.

Los gastos inherentes al cumplimiento de este artículo deberán ser considerados en Gastos Generales.

ARTICULO N° 32: COORDINACION DE OBRAS EJECUTADAS EN LA VIA PUBLICA: Una vez notificado el Contratista de la orden de iniciación de las Obras, deberá coordinar la realización de la misma con la Autoridad Municipal o Comunal que corresponda, a los efectos de coordinar su avance con obras o tareas proyectadas o en ejecución por otros Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales. El objetivo de esta coordinación es el de reducir al mínimo posible los inconvenientes a causar a la población que utilice la vía pública en la que se efectúen los trabajos.

Asimismo, y como consecuencia de la mencionada coordinación, introducirá en el Plan de Trabajos las modificaciones que se impongan, lo que deberá ser realizado juntamente con la adaptación de dicho Plan a la fecha de la Orden de Iniciación y a los meses calendarios, tal como lo estipula el Articulo N° 28 del presente pliego.

Durante el zanjeo, tendido de cables, posterior tapado de zanjas, restitución de veredas y calzadas, apertura de fosas para fundaciones y ejecución de fundaciones, cruce de vías férreas, de cables de telecomunicaciones, caños de gas, instalaciones de Obras Sanitarias, cruce de rutas, etc. y limpieza de los lugares de trabajo; según corresponda, el Contratista deberá observar rigurosamente todas las ordenanzas policiales, municipales, provinciales y nacionales relacionadas con la seguridad y orden de los trabajos.

El Contratista será el único responsable por todos los accidentes, daños y perjuicios causados por la inadecuada seguridad de los trabajos o por la inobservancia de las ordenanzas citadas, siendo su obligación estar bien enterado de las exigencias de las mismas.

Así entonces, el Contratista responderá civil y penalmente por cualquier daño que pudieran provocarse a las cosas o a las personas emergentes del incumplimiento de la obligación precedente o reclamos de orden Público (Municipal, Provincial o Nacional) o Privado.

Si pese a esto la E.P.E. fuera obligada a reconocer daños y perjuicios en juicio contra ella por incumplimiento del Contratista, le cargará a este los gastos descontándolos de acreencias que tenga a percibir el Contratista o ejecutará garantías o le reproducirá a él las acciones legales.

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ARTICULO N° 33: TRAMITES Y PERMISOS: Estarán a cargo del Contratista las gestiones necesarias que le permitan la ejecución de las obras, en tiempo y forma tal que se cumpla el Plan de Trabajos propuesto.

Todos lo trámites a efectuar y derechos a pagar ante autoridades locales con motivo de la ejecución de las obras y su habilitación serán por cuenta del Contratista, el que además los efectuará oportunamente, de modo de no afectar la normal marcha de los trabajos.

Al finalizar los mismos, entregará a la E.P.E. el certificado final de obra comunal - municipal y los planos aprobados por los distintos organismos si correspondiere (FERROCARRILES-TELEFONO-AGUA-GAS-ETC)

Durante la ejecución de las obras se levantará un Acta de Daños a terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos, la que será registrada y tramitada por la Inspección de la Obra en caso de ser necesario el reconocimiento.

ARTICULO N° 34: INSTALACIONES AFECTADAS POR LAS OBRAS: El Contratista gestionará ante las Empresas y Organismos correspondientes, la remoción de aquellas instalaciones que imposibiliten u obstaculicen el trabajo. Para ello solicitará la remoción de las mismas con una anticipación adecuada para no alterar el Plan de Trabajo aprobado. En ningún caso el Contratista podrá remover o trasladar instalaciones sin autorización del comitente.

Cuando tales instalaciones puedan permanecer en su sitio, el Contratista tomará todas las precauciones necesarias para no dañarlas durante la ejecución de los trabajos. El Contratista será responsable de todo desperfecto que les causare, debiendo entenderse directamente con el perjudicado para justipreciar y abonar el importe del daño causado. No se abonará suplemento alguno sobre los precios contratados a causa de las precauciones de los trabajos provisionales a que obligue la presencia de tales impedimentos.

ARTICULO N° 35: TRABAJOS CERCA O SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO: El Contratista a los fines de la cotización y posterior ejecución de los trabajos, deberá tener en cuenta cuando la naturaleza de las obras objeto de esta licitación, exijan trabajar sobre o próximo a instalaciones en servicio, por lo que deberá programar y coordinar el ritmo y secuencia de los trabajos a los efectos de entorpecer lo mínimo posible la normal y eficaz prestación del Servicio Eléctrico tanto en cantidad como en calidad.

En consecuencia y, a los efectos de evitar cortes innecesarios, el Contratista deberá arbitrar los medios apropiados para disponer equipos aptos y personal capacitado para trabajar en lugares próximos a instalaciones energizadas y/o directamente trabajar bajo tensión. Los cortes que indefectiblemente se deban efectuar, se deberán programar previamente con la Inspección y estar autorizados por ésta.

El Contratista no podrá efectuar cortes por su cuenta y si pese a esta prohibición los hiciera en forma intencional o no, la EPE derivará a él todo reclamo que le formulen los usuarios, sean pérdidas o lucros cesantes, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle.

El Contratista responderá directamente por los daños causados a la EPE y/o clientes, por su impericia o negligencia en la ejecución de la Obra.

ARTICULO N° 36: DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA: El Contratista proveerá los depósitos necesarios para el acopio de los materiales que a juicio de la Inspección requieran estar al abrigo de los agentes climáticos. Los traslados que puedan sufrir dichos depósitos, por exigirlos el proceso constructivo de la obra, correrán por cuenta exclusiva del Contratista.

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ARTICULO N° 37: ENERGIA ELECTRICA Y AGUA: En el caso que el Contratista prevea utilizar equipos de construcción accionados eléctricamente, deberán verificar sobre la posibilidad de obtener la energía eléctrica en los lugares donde se requiera, ya que si ello no resultara posible, deberán contar con los equipos propios para su generación.

Aún en el caso de ser factible su obtención, el Contratista deberá prever los equipos necesarios para asegurar la continuidad de la provisión de la energía eléctrica, siendo de su absoluta responsabilidad toda eventualidad que incida en la ejecución de la obra, no pudiendo aducirse como causal de interrupción de las tareas o de prórroga del plazo contractual los cortes de energía eléctrica, bajas de tensión, etc. Las instalaciones, conexiones y gastos del consumo de energía eléctrica, correrán por cuenta y cargo exclusivo del Contratista. El agua será provista y costeada también por el Contratista.

La energía eléctrica necesaria para el consumo del obrador será provista sin cargo por el EPE, cuando este suministro sea posible de acuerdo a la capacidad de las instalaciones en servicio. Las instalaciones y conexiones que deban construirse para obtener este servicio correrán por cuenta y cargo exclusivo del Contratista. El agua será provista y costeada por el Contratista.

El costo que demande será incluído en los Gastos Generales del Contrato.

ARTICULO N° 38: ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS: El licitante tendrá derecho a inspeccionar y ensayar en fábrica y/o laboratorios propios o independientes, a su exclusivo criterio, los materiales y equipos a proveer por el Contratista tendientes a verificar que cumplan con las Especificaciones Técnicas indicadas en este Pliego y los Datos Técnicos Garantizados en la Oferta y comprobar la calidad de la materia prima empleada.

Cuando el resultado del primer ensayo sea negativo y por consiguiente los materiales y/o equipos resultaren rechazados, o aquel no se hubiese concretado por causas no imputables al licitante, el Contratista se hará cargo de todos los gastos que insuma la Inspección para repetir los ensayos e inspecciones a realizar en fábrica o en laboratorios independientes, tales como viáticos, sueldos, pasajes, estadías, honorarios, etc.

Será obligación del Contratista convenir con la Inspección el programa de ensayos de los materiales y/o equipos a efectuar en fábrica o en laboratorios independientes, comunicando con una antelación no menor de doce (12) días la fecha de realización.

En caso de inspección y/o ensayos en fábrica la E.P.E. podrá contrastar el instrumental de medición a utilizar, exigiendo la sustitución o complementación que estime adecuadas, en caso de comprobarse deficiencias en el mismo.

El rechazo de los materiales y/o equipos no dará derecho a la Contratista en ningún caso, a prórrogas en los períodos de acopio y/o ejecución. En caso de que el licitante no ejerciera el derecho de inspeccionar y ensayar los materiales y/o equipos, igualmente está obligado el Contratista a ensayarlos, comunicando los resultados y entregando los protocolos respectivos, teniendo el licitante diez (10) días de plazo para aceptar los materiales o rechazarlos.

Excepto los gastos que origine la Inspección únicamente en territorio de la República Argentina (sueldos, viáticos, pasajes, honorarios, etc.), todos los otros costos que insuman los ensayos de materiales o equipos en fábrica y/o laboratorios independientes correrán por exclusiva cuenta y cargo de la Contratista, debiendo suministrar el personal y los elementos auxiliares que sean necesarios para todas las pruebas que indique la Inspección.

ARTICULO N° 39: TERMINACION DE LOS TRABAJOS: Para poder considerar terminados los trabajos, la Contratista deberá demostrar la aptitud de puesta en servicio de la Obra mediante la ejecución de los ensayos de Obra. Al respecto la EPE designará una comisión para verificar las

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pruebas de puesta en servicio y efectuará las observaciones a los ensayos que estime corresponder. De no surgir inconvenientes se labrará el acta de ensayo de obra entre la Contratista y la mencionada Comisión.

Además efectuará a su cargo la reparación de veredas, pavimentos, construcciones e instalaciones que hubieran sido afectadas por la Obra, a satisfacción de la Inspección.

Así también, dentro del plazo contractual, la Contratista deberá efectuar, a su exclusivo cargo, la limpieza de la Obra y el retiro de las zonas adyacentes de todos los sobrantes y desechos de materiales de cualquier especie. Igual procedimiento se seguirá con aquéllas construcciones provisorias, a excepción de aquellas que sean consideradas por la Inspección como necesarias durante cierto lapso del período de Garantía, cumplido el cual la Contratista procederá en la forma ya indicada.

Los materiales provenientes de demoliciones y/o desmontaje de instalaciones existentes que la Contratista debe recuperar y/o remover conforme lo determinen las Especificaciones Técnicas Particulares, deberán ser acondicionados, clasificados, inventariados y transportados por cuenta y cargo de la Contratista hasta el depósito más próximo de la EPE, trabajos que se harán con la intervención de la Inspección.

En todos los casos, estos trabajos se considerarán incluidos en el plazo de ejecución.

La Contratista será responsable por la pérdida, extravío, hurto, deterioro, etc. de dichos materiales.

En las remociones de materiales que afecten bienes de terceros (paredes, veredas, alambrados, etc.), el Contratista extremará cuidados a efectos de no producir daños, y si éstos se produjeran, deberán ser reparados al estado original del bien afectado.

CAPITULO VI

MEDICION, CERTIFICACION Y PAGO

ARTICULO N° 40: CERTIFICACION DE ACOPIO DE MATERIALES Y MONTAJE: La remisión de materiales y equipos a la obra deberá posibilitar el cumplimiento normal del Plan de Trabajos aprobado. Para la certificación se seguirá el siguiente criterio:

A) Item que comprende provisión de materiales exclusivamente: el Contratista tendrá derecho a la certificación de la totalidad los materiales acopiados en la obra, hasta cubrir el total que surja de aplicar los porcentajes de acopio para cada Item respecto al precio global cotizado, que se indica en la hoja de Presupuesto Oficial, con su respectiva división por Items.

Será condición previa a la certificación de los materiales acopiados: que los mismos respondan estrictamente a la Especificaciones Técnicas, que hayan superado satisfactoriamente los ensayos que correspondan y que se encuentren depositados en obra, excepto aquellos que la Inspección considere en función de sus características, que pueden entregarse bajo otras condiciones.

Extendidos los certificados de acopio, los materiales pasan a ser propiedad de la E.P.E. y la Contratista asume el carácter de depositaria de dichos bienes, tomando a su cargo la custodia y conservación de los mismos hasta la fecha de Recepción Provisoria de la Obra., a excepción de aquéllos que sean requeridos por la E.P.E.. En este caso la Contratista entregará el material solicitado mediante suscripción del correspondiente Acta. Si se comprobase que algún material acopiado y certificado no puede incorporarse a la obra por acusar defectos, o se hubiera tornado inadecuado una vez incorporado a la misma, la Contratista queda obligada a reponerlo a su exclusivo cargo.

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B) Montaje: Los montajes se certificarán conforme a la obra ejecutada y en base al valor que surja de la aplicación de los porcentajes estipulados para cada Item, que componen el 100 % del Presupuesto Oficial, sobre la base del precio global contratado.

C) Items que comprenden Provisión y Montaje de Material: El acopio de los materiales correspondientes a estos Items no serán objeto de certificación; ésta se concretará cuando se produzca su incorporación en el proceso de ejecución de obra correspondiente. Los materiales deberán responder estrictamente a las Especificaciones Técnicas.

ARTICULO N° 41: MEDICION: La medición se efectuará dentro del plazo y en la forma establecida en los Artículos 67º, 68º y 69º del Pliego Unico de Bases y Condiciones, y el Art. 66º de la Ley 5188/60.

Para que la obra ejecutada durante el mes sea objeto de certificación, deberá tener un valor no inferior al 20 % de la relación entre el monto de contrato y el plazo de ejecución, según:

MONTO MINIMO A CERTIFICAR = 0,2 x (MONTO CONTRATO / PLAZO EJECUCION)

La medición de obra se efectuará tomando como unidad de medida la que para cada ítem se especifica en la Planilla de Cómputo Oficial y como precio del mismo el que resulte de aplicar los porcentajes de distribución por Items sobre el monto contratado por el total de la Obra. Para los ítems que hayan sido ejecutados parcialmente, la medición se efectuará mediante el prorrateo porcentual de los mismos.

A los efectos de certificar la obra ejecutada se cerrará el último día de cada mes la medición de los trabajos realizados. Al efectuarse la medición se dejará constancia de la fecha y ubicación, como así también de las divergencias producidas y todo otro hecho digno de mención.

ARTICULO N° 42: CERTIFICADO DE OBRA: La E.P.E. expedirá los certificados de obra correspondientes, dentro de los treinta (30) días posteriores al último día del mes de ejecutados los trabajos o de la fecha de finalización de los mismos.

Las planillas de cómputos deben ser suministradas por el Contratista, como así también las planillas que la Inspección crea necesario para el mejor ordenamiento y control técnico - contable. Estas deberán ser aprobadas por la Inspección y se realizarán de acuerdo al modelo que indique la misma.

ARTICULO N° 43: CERTIFICACION CONFORME AL CRONOGRAMA DE INVERSIONES: La certificación se emitirá en base al Cronograma de Inversiones definido por la E.P.E. para la Obra, no pudiendo certificarse de manera que los porcentajes acumulados de ejecución de obra sean superiores en más de un diez por ciento (10 %) a los previstos en dicho Cronograma. En caso de que la obra certificada en un mes, acumulada a las certificaciones anteriores, superara el porcentaje de exceso admitido anteriormente, el excedente no será certificado en ese mes y podrá ser considerado en los certificados que se emitan en el mes siguiente.

ARTICULO N° 44: VARIACIONES DE COSTOS: De acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional N° 23928/91 y Decreto Reglamentario N° 529/91, puestos en vigencia mediante Decreto Provincial N° 2264/91, para la presente Obra no se contempla el reconocimiento de variaciones de costos a que refiere el Artículo 82º de la Ley N° 5188/60.

ARTICULO Nº 45: FORMA DE PAGO: Para la presente Obra la EPE abonará un pago anticipado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la obra adjudicada, el cual permanecerá fijo e inamovible a valores básico de oferta de la Licitación. Dicho anticipo se efectivizará a los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de emisión de la correspondiente Orden de Compra a favor del Adjudicatario a los efectos de la adquisición por parte de este ultimo de los materiales para el inicio de los trabajos de acuerdo al Proyecto Ejecutivo aprobado.

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El anticipo se harán efectivos previa constatación y aprobación por parte de la EPESF de la constitución por parte del Adjudicatario de una garantía realizada mediante: a) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la Comitente o b) Mediante póliza o seguro de caución, que se encuadre en la Reglamentación que establezca la Superintendencia del Seguros de la Nación, que cubran el total del monto anticipado hasta la fecha de Recepción Provisoria de las Obras.

El anticipo deberán ser usados por el Contratista para pagar toda o parcialmente las provisiones que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. La contratista deberá demostrar que ha utilizado los anticipos cedidos para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos formales a la Inspección de Obras.

El pago del resto de la obra, se efectuará mediante certificados mensuales que serán cancelados a los 60 días, contados a partir del ultimo días del mes al que corresponda los trabajos certificados, sobre los cuales se aplicará un descuento porcentual sobre cada ítem certificado, igual al del anticipo y hasta agotar el mismo. Cuando la garantía sea objeto de rechazo y/u observaciones por parte de la EPE, por no cumplir los requisitos formales exigidos, el pago del anticipo se efectuará dentro de la setenta y dos (72) horas hábiles a partir de la fecha en que el proveedor constituya la garantía a satisfacción de la EPE.

El Contratista para hacer efectivo el cobro de sus acreencias, deberá presentar la Constancia de Cumplimiento Fiscal vigente.

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos N° 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución del Ministerio de Economía de la Provincial, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los cien mil pesos ($ 100.000) se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento - “Nuevo Banco de Santa Fe S.A.” - para ser acreditado unicamente en la cuenta del/los titulares cuya orden está extendido”.

ARTICULO N° 46: MORA EN EL PAGO: La mora en el pago dará derecho al Proveedor o Contratista a percibir, hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

i=n

INTERES MORATORIO = M { [( Σ ti/n) * d/365 } i=1

Donde:

M = Monto de la obligación caída en mora.

Ti = Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en % nominal anual para el dia “i”.

n = Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la obligación cayó en mora.

D = Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su pago.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa.

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Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los sesenta (60) días de solicitados, caso contrario, serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente.

ARTICULO N° 47: FONDO DE REPARO: Se formará de acuerdo a lo previsto en el Art. N° 70 del PUByC. El importe a descontar será el cinco por ciento (5 %) del monto de todo certificado de obra excluidos los montos de los Items correspondientes a provisiones exclusivamente, el que se reintegrará una vez aprobada la Recepción Definitiva de la Obra.

Estas retenciones podrán ser sustituidas según lo previsto en el Artículo 8, inciso II.2.e) del presente Pliego.

ARTICULO N° 48: AUMENTOS, SUPRESIONES Y MODIFICACIONES: A los efectos de justipreciar los aumentos, supresiones o modificaciones de la Obra que hubiere que convenir se tendrá en cuenta lo establecido en el Art. N° 61 de la Ley N° 5188/60 de Obras Públicas.

Debido al sistema de contratación utilizado, solo se admitirán aumentos de Obra cuando se creen nuevos Item y/o se ordenen Obras Complementarias; para el caso de las supresiones, solo se tendrán en cuenta la no ejecución de Items contratados.

Cuando por motivo de la aplicación de los artículos N° 61 y 62 de la Ley 5188/60 resulte necesario fijar nuevos precios y no se llegare a un acuerdo sobre los mismos, los trabajos deberán ser ejecutados obligatoriamente por el Contratista, a quien se le reconocerá nuevos precios, los que se determinarán de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Materiales: Se fijará de acuerdo al precio de plaza tomando el promedio de dos (2) cotizaciones como mínimo, salvo el caso de fabricantes exclusivos en cuyo caso se tomará el precio por él suministrado.

b) Mano de obra: Se establecerá teniendo en cuenta el tiempo de ejecución y cuadrillas tipo a exclusivo juicio del licitante.

c) Toda otra provisión complementaria y/o servicio de incidencia directa será a exclusivo juicio del licitante.

d) Gastos Generales: A la suma de costos que surja de considerar los puntos a), b) y c) precedentes, se les aplicará el diez por ciento (10 %).

e) Beneficios: A la suma de costos que surja de considerar los puntos a), b),c) y d) precedentes, se les aplicará el diez por ciento (10 %).

ARTICULO N° 49: SUMAS ABONADAS EN EXCESO O EN DEFECTO: En caso de que se hubiese extendido Certificado de Obra por importes superiores a los que realmente correspondían, el licitante tendrá derecho a exigir del Contratista los intereses correspondientes a las sumas abonadas en exceso, desde la fecha en que se hizo efectivo el pago hasta la fecha de descuento. Los intereses serán calculados con el mismo procedimiento determinado en el presente Pliego, y se deducirán conjuntamente con el capital de los primeros créditos que tenga a percibir el Contratista. De ocurrir la situación contraria, monto de certificado inferior al que correspondiera, se aplicará en forma inversa el mecanismo anterior.

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ARTICULO N° 50: MEDICION TOTAL: Para efectuar la medición total y el cómputo y presupuesto correspondiente, se considerará un plazo que como máximo se extenderá hasta treinta (30) días corridos siguientes a la firma del Acta de Recepción Provisional, en un todo de acuerdo al límite impuesto por el Decreto Reglamentario de la Ley N° 5188/60 para el Art. N° 76.

ARTICULO N° 51: LIBRO DE ACTAS: El registro de actas a que se refiere el artículo N° 34 del P.U.B. y C. se hará por quintuplicado, en un libro provisto por el Contratista.

ARTICULO N° 52: FOTOGRAFIAS: Mensualmente y durante todo el transcurso de la obra, el Contratista presentará fotografías digitales de los principales aspectos de la construcción a fin de mostrar el avance de los trabajos. Se presentarán en cantidad suficiente y dispondrán de fecha y títulos de los acontecimientos. Las fotografías se entregarán a la Inspección de Obras en archivos magnéticos en soporte CD. Así mismo cada un tercio del plazo de obra transcurrido el Contratista deberá presentar un vídeo en calidad FULL HD con una extensión no mayor a 3 minutos, reflejando el desarrollo de los trabajos en cada etapa de la obra. Si la importancia, alcance o calidad de la obra así lo amerita y a solo criterio de la Empresa, esta ultima podrá solicitar la elaboración y entrega por parte de la Contratista de un vídeo calidad FULL HD con imágenes aéreas producidas por Drone, debiendo las mismas tener el objeto de mostrar la trascendencia de la obra, reflejando el valor agregado o beneficio que genera en la Comunidad. Tanto las fotografías como los videos se presentarán en cantidad suficiente y dispondrán de fecha y títulos de los acontecimientos revelados, debiendo ser posible su posterior edición.

CAPITULO VII

RECEPCION DE OBRA

ARTICULO N° 53: PLANOS CONFORME A OBRA: Dentro de los diez (10) días posteriores al cumplimiento del plazo contractual de Obra, incluidas sus prórrogas, la/s contratista/s de obra presentará/n a la Inspección (2) copias de los planos conforme a las obras ejecutadas.

Dichos planos deberán ser aprobados dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su presentación y así deberá ser notificado por la Inspección de Obra. Cumplido dicho plazo la/s Contratista/s podrá considerar aprobados sus planos y dentro de los noventa (90) días posteriores a los aludidos, deberá presentar todos los Planos Conforme a Obra mediante archivos magnéticos grabados en CD ROM, compatibles y editables mediante AUTOCAD 2000 y/o versión actualizada de Autodesk. Se entregarán dos (2) copias en los referidos soportes.

Conjuntamente con los archivos magnéticos se entregarán cuatro (4) copias de todos los planos conforme a obras y de la documentación técnica (catálogos, folletos, manuales, etc.) de los materiales instalados, todo debidamente firmados por el/los Director/es Técnico/s de la Contratista/s y convenientemente encarpetados.

Los planos a presentar refieren a todas las instalaciones construidas a través de la presente Obra y aquellas existentes vinculadas directamente con la Obra ejecutada. Esto último será determinado por la Inspección de Obra.

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Art. N° 80 del P.U.B. y C.

ARTICULO N° 54: PLAZO DE CONSERVACION Y GARANTIA: El plazo a que refiere el Art. N° 75 del PUBC será el establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha de Recepción Provisoria, más el tiempo que durante este período sea necesario para efectuar reparaciones por causas imputables al Contratista. Las reparaciones a efectuar por el Contratista durante el período de garantía comprenderán la provisión de materiales, transporte y/o montaje por deterioros o destrucciones causadas por vicios constructivos, de fabricación o de montaje, las que serán a su exclusivo cargo. La falta de cumplimiento del Contratista de las

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obligaciones que les imponen los artículos 51º y 53º, autoriza a esta EPE para adoptar las medidas previstas por el artículo 77º de la Ley de Obras Públicas.

ARTICULO N° 55: PRUEBA DE LAS OBRAS: Los procedimientos a aplicar para dar cumplimiento a las pruebas y ensayos de las obras, tanto las que correspondan a aquellas a llevarse a cabo durante el plazo de ejecución como las que se realicen una vez concluidos los trabajos, están determinados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares como así también en las Especificaciones Técnicas Particulares que forman parte del pliego de licitación de esta Obra.

ARTICULO N° 56: RECEPCION DE LA OBRA: Cumplido el plazo contractual y satisfechas las pruebas y ensayos, la EPE designará una Comisión a los efectos de recibir la Obra, la que lo hará en forma provisoria y luego definitiva, al cumplirse el plazo de conservación y garantía.

CAPITULO VIII

INSPECCION DE OBRA

ARTICULO N° 57: ELEMENTOS PARA LA INSPECCION DE LA OBRA: Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares lo exija, el Contratista deberá entregar los elementos necesarios para la Inspección de la Obra, para su uso durante el lapso de ejecución de la misma. Las obligaciones emergentes del presente artículo no estarán sujetas a pago directo alguno, y su costo deberá incluirse dentro de los Gastos Generales de la Propuesta.

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ANEXO M.O.S.P. Y V.

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REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS EMPRESAS OFERENTES EN FORMA OBLIGATORIA

CONJUNTAMENTE CON LA PROPUESTA. SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 128

DEL 10/04/00 DEL M.O.S.P. Y V.

1) Capacidad de Producción Mensual: La Capacidad de Producción mensual dada por el promedio del periodo de doce meses consecutivos de mejor producción dentro de los últimos 8 años deberá ser igual o mayor al cociente entre el monto del presupuesto oficial y el plazo de la obra en meses.

Capacidad de Producción Mensual = Monto Presupuesto Oficial

Plazo de Obra ( meses)

Para determinar la capacidad de producción se deberá completar la planilla que como cuadro N° 1 se adjunta al presente.

Deberá acampanar a este cuadro los comprobantes que acrediten lo declarado (copias fiel de certificados o facturas de obras).

En caso de que el Licitante sea una UTE, si las obras que denuncia como antecedentes los hubiera contratado como tal, con la misma integración, podrá acreditar la información como perteneciente a ella para esta Licitación. Para los antecedentes aportados por los miembros de la Asociación que hubieran sido ejecutados por otra Asociación en la que él fue miembro, se computará el valor de contrato ponderado por el % de participación del miembro en la UTE constructora de la obra declarada.

A los efectos de su aplicación, la capacidad de producción mensual resultante de una UTE, será la suma de las capacidades de producción mensual de cada una de las Empresas.

2) Capacidad Económico Financiera:

(a ) Patrimonio neto:

El patrimonio neto correspondiente a la empresa o grupo de empresas en caso de conformación de UTE, determinado en función del último estado contable debidamente certificado, no deberá ser inferior al 25 % del Presupuesto Oficial de la Obra anualizado.

En el caso de UTE el patrimonio neto se computará como la suma de los patrimonios netos de cada empresa. Ninguna empresa podrá tener una partición porcentual en la UTE superior a la que le permita su patrimonio neto en relación al patrimonio neto total exigido para el oferente por cien. (b) Disponibilidad financiera:

El licitante deberá demostrar que posee o tiene acceso a activos líquidos; activos reales libres de gravámenes, lineas de crédito y otros medios financieros suficientes para hacer frente al flujo de fondos necesarios para ejecutar la obra. El oferente deberá garantizar activos líquidos que cumplan con lo siguiente

A . L.>a×M .O .

P .O .

Donde:

A.L.: Activo Líquido.

M.O.: Monto de Obra.

P.O.: Plazo de Obra.

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a : Coeficiente variable de 0,70 a 1,50 de acuerdo a la importancia de la Obra.

3) Concepto de la oferente:

La Repartición requerirá al Registro de Licitadores de Obras Públicas el concepto de las empresas oferentes siendo condición indispensable que el mismo merezca como mínimo la calificación de bueno, tanto en el concepto general como en el de cumplimiento de los plazos contractuales. 4) Experiencia del contratista o subcontratista reconocido:

Si la magnitud o características especiales del tipo de obra de que se trate lo justifica, se deberán incorporar a los pliegos aquellos requisitos específicos a cumplimentar por los oferentes en lo que se refiere a:

- antecedentes de obras de la empresa

- antecedentes de su personal directores, representantes, etc,

- disponibilidad de equipos especiales, etc.

- Otro.

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LICITACION PUBLICA Cuadro N° 1

OFERENTE:

Las obras que se detallen deben haberse realizado dentro de los últimos ocho (8) años. Período seleccionado desde......./......./....... hasta ......./…..../.......

COMITENTE OBRA

MONTO CONTRACTUAL

MONTO FACTURADO EN DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS DE OBRAS (2)

NOMBRE DOMICILIO DENOMINACION UBICACION 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

PARCIAL

SUBTOTAL

(2) – Indicar por renglón el monto de certificación mensual con valores básicos de contrato. El Parcial será la suma certificada en el período seleccionado con valores básicos de contrato.

TOTAL

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO N° 1: OBJETO DEL PLIEGO PARTICULAR: El presente pliego establece las bases y condiciones particulares a que se ajustará la contratación, de la obra –Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos – LEY 13.414 - FER ” y cuyo objeto se establece en la Memoria Descriptiva.

Para todo aspecto de la Obra que no esté contemplado en el presente, tendrán vigencia las “Especificaciones Técnicas Normales” ETN 90/2016, de la Empresa Provincial de la Energía, las cuales podrán ser consultadas en las Oficinas Técnicas o en Oficina de Abastecimiento de dicha Empresa.

ARTICULO N° 2: PEDIDOS DE ACLARACION: Los referidos a Las Normas, Especificaciones y/u otras características técnicas requeridas podrán ser solicitadas, ampliadas y/o consultadas directamente en:

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA - AREA PROYECTOS

Unidad Cooperativas y Electrificación Rural

Av. Francisco Miguens N° 260 – Dique 2 del Puerto Santa Fe - 13° Piso

Tel-Fax (0342) 4505829 – (3000) SANTA FE

CAPITULO II

LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN

ARTICULO Nº 3: INTERPRETACIÓN DE LA PROPUESTA Y SU APLICACIÓN

Los precios de la Oferta estarán sujetos a los términos de la Ley 12046 de la Provincia de Santa Fe, y sus Decretos Reglamentarios y resoluciones que así complementen, modifiquen o perfeccionen las Normas citadas. A todos los efectos, se considerarán exclusivamente los índices que pública el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda a través de la Dirección de Variaciones de Costos, tomando como base para su aplicación las Disposiciones obrantes en la Legislación citada precedentemente.

Para la aplicación de los procedimientos a los precios de oferta, previstos en las normas citadas en el párrafo anterior, se tomará en cuenta la desagregación de componentes de costos. No se considerarán procedimientos que no hubiesen sido iniciados y solicitados expresamente por los Contratistas. Toda mora aplicable a los procedimientos para la aplicación de las normas citadas en el párrafo anterior, será imputable a los Contratistas, no dando derecho a resarcimiento alguno por ellas, salvo las que correspondiesen una vez aprobados los pedidos formulados según los procedimientos establecidos por la Empresa.

ARTICULO Nº 4: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: Establécese como requisito de admisibilidad para los oferentes el cumplimiento de lo establecido en el Decreto del Gobernador de la Provincia N°: 195 del 23 de enero de 2006.-

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ARTICULO Nº 5: SECCIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES: Los proponentes deberán estar habilitados para la especialidad:

Especialidad: 200 –Electromecánica, Comunicaciones y Electrónica

Sub-especialidad: 210 - Ingeniería Eléctrica

Especialidad: 100 –Arquitectura

Sub-especialidad: 110 – Estructuras de Hormigón Armado

CAPITULO III

CONTRATACIÓN

ARTICULO Nº 6: SISTEMA DE CONTRATACION:

Esta Obra se contratará por el Sistema de Precios Índices. A los efectos de la adjudicación, el Oferente deberá cotizar el ítem base.

ARTICULO Nº 7: COTIZACION: La cotización se efectuará sobre la Carta de Presentación de Propuesta que forma parte del legajo suministrado por la Repartición.

CAPÍTULO IV

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTÍCULO Nº 8: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

La Contratista que resulte adjudicataria de la presente Obra, deberá cumplimentar en lo referido a higiene y seguridad, además de lo expresado en los artículos de los Pliego correspondientes todo lo normalizado por la siguiente legislación:

Previo al Replanteo de la Obra el Contratista deberá cumplir en un todo la siguiente Legislación:

Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19587/72 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79.

Ley Nacional de Riesgos de Trabajo (L. R. T.) Nº 24557/95 y su Decreto Reglamentario Nº 170/96.

Decreto Nacional Nº 911/96 (Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción).

Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) Nº 231/96 (reglamentaria de los artículos 9, 17 y 20 del Decreto Nº 911/96), 51/97, 35/98, 319/99, 550/11 y 503/14.

Resolución EPE Nº 020/04 “Normas Reglamentarias Mínimas de Higiene y Seguridad en el Trabajo para las Empresas que como Contratista o Subcontratistas realicen Obras o presten Servicios en el ámbito de la EPESF”.

Resolución EPE N° 494/09 de fecha 30/12/2009 del Directorio de esta EPE, la cual forma parte como Anexo del presente legajo.

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Toda esta Legislación estará disponible y podrá ser consultada directamente en la UNIDAD DE TRABAJO MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD E HIGIENE de esta Empresa, sito en la ciudad de Santa Fe.

La contratista deberá obligatoriamente contar y disponer en la obra de un Responsable de Higiene y Seguridad permanente cuando se realicen las siguientes tareas sin importar el tiempo de ejecución que ellas demanden:

1. Trabajos dentro de predios con riesgo eléctrico (Ej: Estaciones Transformadoras, Centros de Distribución y Sbestaciones Transformadoras)

2. Excavaciones de subsuelos y/o submuraciones (Res. 550/11)

3. Excavaciones mayores a 1,2 m (Res. 503/14)

4. Trabajos a mas de 2 m de altura

5. Demolición de edificios a mas de 2 m de altura

6. Utilización de todo tipo de medios de izaje

7. Trabajos en instalaciones de Alta y Media Tensión

8. Uso y Manipulación de productos químicos

9. Trabajos en margenes de grandes fuentes de agua navegables o no.

10. Trabajos en zonas anegadas

11. Trabajos de escamonda, poda y extracción de árboles

Los planos y la Documentación Técnica a presentar dentro de la Planificación y Control de Programas de Higiene y Seguridad de los Trabajo, deberán estar con firma y sello aclaratorio del/os Profesional/es responsable/s, debidamente VISADOS por los Colegios correspondientes.

Dicha Legislación estará disponible y podrá ser consultada directamente en la UNIDAD HIGIENE Y SEGURIDAD de la AREA MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO de esta Empresa.

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según se establezca.

ARTICULO Nº 9: CUMPLIMIENTO DE LEYES Nº. 2429 y 4114:

La Dirección Técnica de la obra se realizará por cuenta y cargo del Contratista, quién encomendará los trabajos profesionales pertinentes, todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº 2429 y 4114 y toda otra Norma Legal modificatoria o complementaria de las mismas.

Para la presente Obra se tendrán en cuenta las tareas de Conducción Técnica.-

Previo a la iniciación del replanteo de la Obra, el/los contratista/s deberá/n designar los profesionales de las distintas especialidades integrantes de la misma, los que ejercerán las funciones de Representantes Técnicos de la Obra.

Dichos representantes deberán poseer título habilitante según las Leyes de incumbencia Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe

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por el Colegio Profesional que corresponda, lo cual deberá ser debidamente acreditado mediante la constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

CAPÍTULO V

EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

ARTICULO Nº 10: PLAZO DE EJECUCION: El Contratista entregará la Obra en el Plazo de 180 (ciento ochenta) días corridos.

El Contratista entregará la Obra en el Plazo fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y de acuerdo al Cronograma de Entregas Parciales dispuesto o aprobado por el Comitente si este ultimo existiera.

El Plazo se contará a partir de la fecha del primer Acta de Replanteo Total o Parcial o del Acta de Iniciación de los trabajos si no fuera necesario el Replanteo, según sea pertinente.

El Contratista será responsable de toda demora en la Iniciación, Ejecución o Finalización de la Obra, salvo prueba en contrario a cargo del mismo.

Para considerar como finalizado esta Licitación, será condición necesaria el cubrimiento total del monto contratado, independientemente del tiempo estimado anteriormente, pudiéndose prorrogar automáticamente el mismo sin que esto sea causal de reclamo alguno por parte del Contratista, en un plazo superior al 20% del fijado inicialmente.

ARTICULO N° 10 REPLANTEO DE LA OBRA: El Replanteo deberá verificarse dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la notificación fehaciente de la Cédula de Adjudicación por parte del Adjudicatario o de a recepción fehaciente de la Orden de Compra por parte del Contratista, lo que ocurra primero, y debe ser realizado en forma conjunta.

Es obligación del Contratista participar en las operaciones de Replanteo, y en caso que no lo hiciera, se lo tendrá por expresamente conforme con las actuaciones de la inspección, no admitiéndose sobre el particular, reclamo alguno que interpusiera posteriormente.

Las operaciones de Replanteo se efectuarán estableciendo arcas y mojones o puntos de referencia que el Contratista está obligado a conservar a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad. Al terminar las operaciones de Replanteo Total o Parcial se labrará Acta.

Todos los gastos que origine el Replanteo, tanto de personal como de materiales, útiles u otros, será por exclusiva cuenta del Contratista.

El Inspector de Obra conjuntamente con el Contratista, definirán el PLAN DE TRABAJO conforme al Replanteo, el que deberá ser cumplimentado con el Plazo de Ejecución de la Obra estipulado en el Art. Nº 9 de este pliego base de condiciones particulares.

Para los Pliegos en el que se incluye el Cronograma de Inversiones, los Montos mensuales a erogarse, deberán tener concordancia con los Montos mensuales que surjan de las Cantidades de los items seleccionados del Plan de Trabajo definido.

ARTICULO N° 11 INICIO DE LA OBRA: El inicio de los trabajos deberá verificarse dentro de los diez (10) días de efectuado el Replanteo Total o primer Replanteo Parcial. Cuando no sea necesario el Replanteo de la Obra, los trabajos deberán iniciarse dentro de los treinta (30) días

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corridos a partir de la notificación fehaciente de la Cédula de Adjudicación por parte del Adjudicatario o de la recepción fehaciente de la Orden de Compra por parte del Contratista, lo que ocurra primero, bajo los apercibimientos y penalidades que este Pliego establece.

ARTICULO Nº 12: EQUIPO MINIMO: El equipamiento mínimo puesto a disposición de la Obra será el siguiente:

Grúa/s e hidrogrúa/s de capacidad adecuada para montaje de estructuras.

Camiones para transporte de materiales en cantidad y de capacidad suficiente.

Hormigonera de 500 litros.

Hormigonera de 300 litros.

Bombas de agua para achique.

Telurímetro para medición de resistividad y resistencia de puesta a tierra.

Carro porta bobinas de conductores aptos para esta Obra.

Megóhmetros de 500 y 5000 Voltios.

Taller de herrería y de electromecánica apto para los montajes a realizar.

Equipamiento para el tendido de conductores de capacidad suficiente con dispositivo de frenado.

Llaves dinamométricas.

Escaleras de 3 y 12 metros.

Equipo de albañilería en cantidad suficiente.

Equipo de seguridad (cascos, cinturones, guantes, zapatos, carteles indicadores, etc.) según reglamentación vigente para todo el personal afectado.

Pértiga aislada de 5 metros.

Cable extra flexible de Cu con aislamiento en PVC de 185 mm2 con grapería de bronce adecuado para puesta a tierra de las instalaciones.

Multímetro para verificar los circuitos de corriente.

Equipo de pruebas constituido por fuente de corriente para verificar los sistemas de protección (inyección primaria y secundaria de corriente), fuente de tensión, contactos auxiliares libres de potencial, cronómetros, etc.

Equipo topográfico completo.

Nivel Láser.

Tanque de agua de 5000 lts. como mínimo.

Vibradores de inmersión.

Moldes normalizados para probetas de hormigón.

Kits de herramientas menores.

Galpón de chapa o container, desarmable para albergar el pañol de herramientas.

Este equipamiento mínimo no es excluyente y deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstas en el plan de avances de obras.

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ARTICULO Nº 13: CARTEL DE OBRA: La Contratista proveerá e instalará Un (1) cartel indicador de obra.

LA CONTRATISTA DEBERA SOLICITAR EL DISEÑO DEL CARTEL DE OBRA PREVIO A REALIZAR EL REPLANTEO DE OBRA

ARTICULO Nº 14: CRONOGRAMA DE PRESENTACION DE CALCULOS Y PLANOS; Dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de firma del contrato, la Contratista deberá presentar a la Inspección, por duplicado, un Cronograma de las entregas de cálculos y planos.

Al vencimiento de dicho plazo el Proyecto Ejecutivo debe quedar completamente determinado a juicio de la E.P.E., con lo cual se define totalmente las provisiones y montajes a ejecutar.

Las entregas que se programen deberán constituir a juicio de la Inspección, conjuntos coherentes, metódicos y progresivos de la marcha del proyecto. La Inspección aprobará, observará o rechazará el Cronograma de entrega de la documentación a que refiere el presente artículo, en un plazo no mayor de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de presentación. El no cumplimiento del Cronograma hará pasible a la Contratista de una multa que se fijará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. Nº 80 del P.U.B. y C.

ARTICULO Nº 15: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL PROYECTO EJECUTIVO Y/O CONFORME A OBRA: Extendido el primer acta de replanteo y habiéndose cumplimentado lo requerido en el Art. precedente, La Contratista deberá confeccionar y presentar para aprobación los cálculos y planos del proyecto ejecutivo de la obra en formato digital (.dwg, .xls, .doc., etc.) s tres copias en soporte papel.

Estos planos deberán representar la obra a ejecutar, en función del anteproyecto del Pliego, los bosquejos, croquis o planos indicativos que la Inspección le haya dado para el replanteo, utilizando simbología, materiales y tipos constructivos Normalizados por EPE sobre cartografía digital georreferenciada.

Para esta tarea la EPE proveerá a La Contratista la cartografía Rural y/o Urbana de la zona de afectación de la Obra, con la cual La Contratista realizará los planos de obra, que obligatoriamente deberán contar con los siguientes rasgos de información:

1- Traza de la Línea georreferenciada con ubicación de bases y postación correspondiente, sobre el Catastro Parcelario Digital

2- Indicación clara de posición de puntos de Suministro

3- Elementos de maniobra y de protección, equipos, secciones de conductores, empalmes de cables subterráneos, ganancia de cables subterráneos (rulos, omegas, etc.), puentes, conexiones y demás datos de importancia

4- Toda otra información que facilite la posterior operación y mantenimiento de las instalaciones, en todo de acuerdo a las normas de dibujo exigidas por el Centro de Carga de esta E.P.E..

Toda documentación escrita de cualquier índole que deba presentar el Contratista deberá estar redactada en idioma castellano, exceptuándose de esta obligación a los catálogos y folletos ilustrativos.

Los planos que integran la presente documentación deberán ser adecuados por el Contratista a las características de los elementos y equipos que en definitiva resulten adjudicados, los que deberán ser aprobados por la EPE previo a la ejecución de los trabajos y recepción de materiales.

Para la ejecución de los planos y las memorias descriptivas , se usará el formato A4 correspondiente a la Norma IRAM 4504.

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

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Para proceder a ejecutar los ensayos de recepción de fábrica, el montaje en obra y las obras civiles, el Contratista deberá tener ineludiblemente toda la documentación técnica aprobada, caso contrario no se le certificarán los trabajos y/o provisiones hasta tanto no se cumpla dicho requisito.

La documentación técnica que el Contratista debe presentar será analizada por la EPE y como conclusión del estudio, se calificará en una de las siguientes formas:

Código 1 : Aprobada

Código 2: Aprobada con observaciones

Código 3: Rechazada

Las entregas de cálculos y/o planos serán presentados por triplicado.

Una copia de cada documento calificado será devuelto al Contratista, pudiendo consultar éste a la EPE sobre aspectos y directivas generales tendientes a facilitar la aprobación de aquellos que hubiesen sido rechazados.

La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA se reserva un plazo de diez (10) días corridos para el estudio, calificación y devolución al Contratista de la documentación técnica presentada.

A su vez la Contratista dispone de diez (10) días corridos para presentar la documentación corregida.

Los plazos deberán medirse entre la fecha de presentación y la fecha de devolución de la documentación.

Para la documentación aprobada con observaciones, no será necesario una nueva presentación hasta la entrega del proyecto ejecutivo.

Ante la nueva presentación la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, se reserva un plazo para dar respuesta, de diez (10) días corridos; entendiéndose que de subsistir las observaciones, el Contratista se hará pasible de una multa a fijar según el Art. 80º del Pliego Único de Bases y Condiciones

INICIO DE LOS TRABAJOS

Aprobados los planos del proyecto ejecutivo de la Obra, La contratista podrá dar inicio a los trabajos y la Inspección de la E.P.E. remitirá al “Centro de Carga” del sistema GIS el archivo digital de los planos y una copia en soporte papel para la realización de la actualización preliminar de dicho sistema e incorporación de las obras a ejecutar.

PLANOS CONFORME A OBRA

Finalizadas las obras en forma parcial o total y previo a la firma del Acta de Recepción Provisoria, La Contratista deberá presentar a la Inspección toda la documentación y los planos conforme a obras en formato digital (.dwg, .xls, .doc., etc.) más tres copias en soporte papel en un plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores a su fecha de finalización como condición necesaria e indispensable para su correspondiente certificación o el otorgamiento de la Recepción Provisoria de las obras.

Estos planos, una vez aprobados por la inspección, serán remitidos por ésta al Centro de Carga para la actualización definitiva de las redes en el sistema GIS.

El no cumplimiento de la presentación en tiempo o forma de los planos correspondientes en cada una de las etapas mencionadas, hará pasible a la Contratista de la aplicación de las sanciones previstas en el Art. Nº 80 del P.U.B. y C.

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ARTICULO Nº 16: COORDINACION DE LOS TRABAJOS EN LA VIA PUBLICA:

Una vez notificado el/los Contratistas de las Orden de iniciación de las obras, deberán coordinar la realización de la misma con la Autoridad Municipal, Comunal o del Ente que corresponda, a los efectos de compatibilizar su avance con las obras o tareas proyectadas o en ejecución por otros Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales. El objetivo de ésta coordinación es el de reducir al mínimo posible los inconvenientes a causar a la población que utilice la vía pública en la que se efectúen los trabajos.

Se tendrá en cuenta, que por cada cliente no se deberá demorar el corte de energía más de lo especificado para cada tarea, debiendo el mismo estar informado del día y la hora de los trabajos y de la interrupción del servicio, para lo cual siete ( 7) días antes, como mínimo, mediante una breve nota se le comunicará ese hecho.

En la citada comunicación deberá constar: Nombre y Apellido, Número y Tipo de Documento del personal que efectuará el trabajo; explicando el motivo general de la necesidad de la obra que se realizará en la acometida de medición correspondiente. El texto y formato de la comunicación se efectuará de acuerdo a lo especificado en el Pliego como “ Comunicación al Cliente antes y después de la normalización”.

Si el cliente no está, se reiterará sucesivamente hasta el día previsto, en el cual se realizará el trabajo con solo la aplicación del Inspector de la Obra.

Como principio general los horarios de trabajos deberán ser acordados con la Inspección de Obras y los clientes, a efectos de evitar inconvenientes debido a los cortes en el suministro, esto referido fundamentalmente a clientes del tipo Comercial e Industrial.

El trato con el Cliente de la EPE deberá ser cordial, amable, diligente y eficiente; la EPE tiene derecho a requerir el cambio definitivo del personal del Contratista que tenga incidentes con sus clientes, y no admitirá excusas justificando comportamientos inconvenientes a juicio de la EPE.

Asimismo, y como consecuencia de la mencionada coordinación, introducirá en el Plan de Trabajos las modificaciones que se impongan, lo que deberá ser realizado juntamente con la adaptación de dicho Plan a la fecha de la Orden de Iniciación y a los meses calendarios.

El Contratista será el único responsable por todos los accidentes, daños y perjuicios causados por la inadecuada seguridad de los trabajos o por la inobservancia de las Ordenanzas Policiales, Municipales, Provinciales y Nacionales, siendo su obligación estar bien enterado de las exigencias de las mismas.

Así entonces, el Contratista responderá civil y penalmente por cualquier daño que pudieran provocarse a las cosas o a las personas emergentes del incumplimiento de la obligación precedente o reclamos Municipales o de Empresas Provinciales o de Empresas Nacionales o de Entes y/u Organismos Municipales, Provinciales o Nacionales.

Si pese a esto la EPE fuera obligada a reconocer daños y perjuicios en juicio contra ella por incumplimiento del Contratista, le cargará a éste los gastos descontándolos de acreencias que tenga a percibir el Contratista o ejecutará las garantías o le reproducirá a él las acciones legales.

ARTICULO Nº 17: TRAMITES Y PERMISOS: Estarán a cargo del Contratista las gestiones necesarias para la obtención en nombre de la EPE de todos los permisos de paso ante VIALIDAD, FERROCARRIL, TELEFONO, MUNICIPALIDADES/COMUNAS u otros Organismos Públicos y Privados si correspondiera. La excepción será ante PARTICULARES, cuya tramitación quedará a cargo de la EPE.

De corresponder con el tipo de obra, las firmas de los formularios de permisos de paso deberán estar certificados por Escribano Público o Funcionario Judicial competente.

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En caso que esta EPE haya cumplimentado dichas tramitaciones con antelación al inicio de las gestiones por parte del Contratista, se procederá a realizar el descuento correspondiente a los pagos de derechos, aranceles, etc., de cada uno de los organismos.

ARTICULO Nº 18: ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS: En caso de realizarse los ensayos dentro ó fuera del país, según sea la procedencia del material y/o equipo, el Contratista se hará cargo de todos los gastos que demande el traslado (ida y vuelta) desde la ciudad de Santa Fe más todos los gastos de estadía, seguros de accidentes, etc., de dos inspectores de la Gerencia de Infraestructura de la EPE.

CAPÍTULO VI

RECEPCIÓN DE OBRA

ARTICULO Nº 19: PLAZO DE CONSERVACIÓN DE GARANTÍA: Se fija en Doce (12) meses.

ARTICULO Nº 20: PRUEBA DE LAS OBRAS: La Contratista efectuará los ensayos de prueba de obra, para lo cual suministrará personal idóneo y equipos adecuados, dentro de los diez días corridos posteriores a la fecha de terminación de los trabajos.

Tanto el personal, como los aparatos y elementos necesarios para las pruebas, deberán reunir las condiciones de cantidad y calidad exigibles para estos casos, a juicio de la Inspección.

Al momento de llevar a cabo las pruebas de las obras La Contratista deberá contar con un ejemplar completo de la documentación presentada como proyecto ejecutivo, la cual deberá estar aprobada por la EPE sin ningún tipo de observación.

Una vez concluidos todos los ensayos de prueba de obra a satisfacción de la comisión designada al efecto, se labrará el Acta de Ensayo la que deberá ser firmada por el Conductor Técnico del Contratista y la Comisión designada por la EPESF.

ARTICULO Nº 21: EMISIÓN DE ÓRDENES DE TRABAJOS: La Inspección de Obra responsable,

emitirá, de acuerdo a la programación de las obras, las correspondientes Ordenes de Trabajo o Notas de Pedido, cuya modalidad será definida por la misma, priorizando lo redactado en el Articulo precedente

ARTICULO Nº 22: UBICACION DE LAS OBRAS: Las obras y trabajos objeto de la presente Licitación podrán realizarse en todo el ámbito en los Distritos de Esmeralda y Garibaldi, sin que esto ocasione una modificación del precio cotizado.

ARTICULO Nº 23: INTERPRETACION DE LAS BASES DE LA LICITACION: Con relación a la

vigencia de la LEY 12046 y sus Decretos Reglamentarios 3599/02 y 3873/02 se define lo siguiente:

1- Cualquiera sea el sitema de contratación adoptado según Art. 6, el mismo se aplicará respetando estrictamente la aplicación de la Ley Provincial N° 12046 y los Decretos Reglamentarios N° 3599/2002 y N° 3873/2002. Se podrán crear nuevos ítems en un todo de acuerdo a la previsión que declara la Ley de Obras Públicas para ajustar la provisión de Mano de Obra y Materiales.

Para el caso de sistemas de contratación por Precio Indice Base, el precio unitario de cada uno de los ítems se calculará como el producto del precio del Ítem Base Cotizado por el índice correspondiente al de la columna de Valores UD estimados por la EPE e indicado en la planilla de cotización, y se aceptará como Precio Base a los efectos de la aplicación de la recomposición de precios prevista en la Ley Provincial Nº 12.046.

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Para los demás sistemas de contratación el precio base de cálculo serán los precios cotizados por la Contratista para cada uno de los ítems definidos en la planilla de cotización.

2- La Recomposición de Precios Unitarios para todos los Items indicados en la

Planilla de Cotización se efectuará en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley provincial Nº 12.046.

3- El contratista no tendrá derecho a reclamo para el caso que luego de la recomposición de precios, surjan factores de proporcionalidad distintos a los indicados originalmente por la EPE en la Planilla de Cotización.

El Contratista en ningún momento podrá desconocer lo establecido en las ESPECIFICACIONES TECNICAS (adjuntas), donde se realiza una descripción detallada de los distintos suministros y trabajos a cargo del mismo.

Aún cuando en la descripción de los suministros y trabajos que serán a cargo del Contratista se hubieran omitido detalles necesarios para la terminación de las tareas contratadas, las obras deberán entregarse completamente terminadas de acuerdo con las reglas de la técnica y conforme con los fines a que estén destinadas. El costo de estos elementos no detallados, el de trabajos secundarios, o de aquellos propios de la obra cotizada pero no consignados individualmente en Planilla de Cómputo Oficial, así como el de los bienes o servicios cuya provisión esté expresamente solicitada en este Pliego, se considerarán incluidos en el precio cotizado.

La presentación de la Propuesta implica por parte del Proponente el conocimiento de toda la información necesaria relacionada con la ejecución de los trabajos.

La presentación como Proponente, compromete al perfecto conocimiento de las obligaciones que se van a contraer y a la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a la apertura de las ofertas. Se considerará al Proponente no sólo como comerciante, industrial o intermediario sino como profesional experimentado en la índole de los trabajos y suministros que se contratan, y por lo tanto responsable total de las obras y de su correcto funcionamiento. Tendrá la obligación de indicar toda observación que a su juicio comprometa el fin u objetivos pretendidos por esta E.P.E.

EL DESCONOCIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS NO IMPLICA RECLAMO ALGUNO POR PARTE DEL CONTRATISTA DEBIÉNDOSE AJUSTAR A LO ALLI ESPECIFICADO, SIN QUE ELLO PROVOQUE INCREMENTO ALGUNO DEL PRECIO COTIZADO O DEL DESENTENDIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS CON ANTERIORIDAD.

ARTICULO N° 24: CUMPLIMIENTO DEL DECRETO PROVINCIAL N° 195/06: Se establece como requisito de admisibilidad para los Oferentes en Licitaciones Públicas o Privadas, Concursos de Precios y contrataciones directas de obras públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de obra pública por culpa del Oferente, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del Llamado a Licitación, o del acto de convocatoria si fuese otra metodología que no contenga publicidad.

ARTICULO Nº 25: ELEMENTOS PARA LA INSPECCION DE LA OBRA:

Se deberá proveer una caja metálica con las herramientas adecuadas para efectuar una reparación de emergencia, además de las balizas, botiquín, matafuegos y todo otro elemento exigido por la legislación vigente.

La unidad será devuelta a la Empresa Contratista al producirse la Disposición de aceptación de la Recepción Definitiva, y en el estado en que se encuentre, sin que sea admitido ningún tipo de reclamo al respecto.

Será obligación del Contratista abrir una cuenta corriente en un Taller Mecánico de la ciudad de Santa Fe, para cubrir los gastos directos de mantenimiento y reparación de la movilidad, y en

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Estaciones de Servicios de la misma ciudad como así también en el lugar de la obra, para cubrir los gastos de lubricantes, filtros, lavado y engrase general del vehículo.

Los gastos de combustibles serán a cargo de la E.P.E.; estando el Contratista obligado a pagar por su cuenta y directamente a los proveedores todos los gastos de lubricación, filtros, lavados generales del vehículo, cubiertas, reparaciones y todos aquellos comunes y ordinarios para mantener al automotor en buen estado de conservación y uso durante el tiempo del comodato, así como los gastos de patente y tributos fiscales, nacionales, provinciales, municipales y/o comunales y que graven al automotor. También el Contratista se obliga a realizar todas las tramitaciones de seguro, que cubra todos los riesgos referentes al vehículo, conductor, terceros y transportados, el que deberá estar vigente a la fecha de entrega del mismo y durante todo el comodato hasta la Recepción Definitiva de la Obra.

Si por razones de mantenimiento o reparación debiera retirarse la unidad del servicio, por mas de 48 hs., el Contratista deberá entregar otra unidad en buen estado de uso y similar a la retirada en comodidad y seguridad, durante el intervalo de tiempo que el vehículo titular esté detenido.

Para resolver cualquier cuestión de accidentes, incendios, hurtos, etc, se aplicarán las disposiciones del Código Civil referentes a los Contratos de Comodatos. Por tal motivo, el Contratista deberá extender las autorizaciones para el uso del vehículo, necesarias, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

ARTICULO Nº 26: PRORROGA EN EL PLAZO DE EJECUCION: El Contratista deberá tener en cuenta que solo podrá solicitar prórroga en el plazo de ejecución, por lluvias y caminos intransitables a criterio del Inspector de esta E.P.E., quien dará el visto bueno para la misma. En caso de emergencia el inspector a cargo determinará el comienzo o la continuación de los trabajos bajo esas condiciones, acatando el Contratista dicha determinación como válida y sin derecho a reclamo, salvo que esté debidamente fundamentado, siendo esta Repartición quien determinará los pasos a seguir.

ARTICULO Nº 27: CERTIFICADO DE LAS OBRA PARCIALES: Una vez que el Contratista de aviso de la culminación de los trabajos solicitados y la Inspección determine que dicha obra está en condiciones de ser habilitada, en un todo de acuerdo con las especificaciones de la presente Licitación, esta Repartición completará la certificación parcial correspondiente en la parte pertinente de la Orden de Trabajo emitida a tal fin.

Caso contrario, no se aceptará reclamo alguno por parte del Contratista, quien no podrá acceder al cobro de los trabajos realizados si no se cumplimenta con lo expuesto anteriormente.

ARTICULO Nº 28: FORMA DE PAGO: Solamente se procederá a abonar los trabajos realizados en un todo de acuerdo a las Ordenes expedidas a tal fin.

No se hará lugar a cualquier reclamo producido por la no compresión de lo expuesto anteriormente.

El Contratista procederá a la facturación de los mismos, en forma mensual, y limitándose sólo a aquellos trabajos totalmente certificados.

ARTÍCULO N° 29: CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES Y NORMAS QUE REGULA EL EJERCICIO PROFESIONAL: Según lo establecido en la Resolución N° 366 del 10/12/2003 del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda de la Provincia de Santa Fe, será obligación del Contratista cumplir con los siguientes requisitos:

1.- No se formalizará el Acta de Iniciación de los trabajos ni se permitirá comenzar el replanteo de las obras, hasta tanto la Contratista cumpla con la presentación, ante la Inspección de Obra, de la siguiente documentación:

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Los instrumentos legales exigidos por los Colegios Profesionales competentes en cada caso, mediante los cuales se formaliza la encomienda de las tareas de Dirección de Obra, Representación Técnica de la Empresa Contratista y Control del Plan de Higiene y Seguridad de la Obra, debidamente suscriptos por las partes y visado por los respectivos Colegios.

Los planos y demás documentación técnica de las obras a iniciar, con la firma y sello aclaratorio de los Profesionales responsables, debidamente visados por los Colegios Pertinentes, en los casos que el presente pliego hubiere puesto a cargo de la Empresa Contratista la ejecución de los proyectos de las citadas obras.

2.- Será requisito indispensable para que la Empresa Contratista pueda solicitar el pago del item del presupuesto representativo de los aportes Colegiales y Provisionales de Ley por las tareas profesionales que el presente Pliego pone a su cargo, la presentación de los comprobantes de depósito (pago) de dichos aportes. Solo se formalizará la recepción definitiva de las obras, cuando la Contratista haya cumplimentado en forma total con los aportes correspondientes.

El incumplimiento de la Contratista dará lugar, en cualquiera de los casos, a la aplicación de sanciones, según lo establece el Pliego Único de Bases y Condiciones.

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ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES

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ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES

OBRA: “Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos– LEY 13.414 – FER ”

CONSIDERACIONES GENERALES

1 - CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA.

Tensión nominal: 13,2 kV y 7,62 kV.

Remodelación de LMT 13,2 kV: sin cambio de conductor

Todas las estructuras de HºAº dispuestas para colocar en la L.M.T. 13,2 kV (suspensión, retenciones angulares y terminales) serán pretensadas según IRAM 1605.

Los aisladores a utilizar serán cerámicos con alto contenido de alúmina.

La morsetería será apta para trabajos bajo tensión.

2 - UBICACIÓN DE LA LÍNEA, RECORRIDO, PLANIMETRIA.

La línea cuya construcción y remodelación se licita, son lineas existentes de Media Tensión las cuales se le cambiaran la postacion en mal estado según lo expresado en la Memoria Descriptiva del presente pliego

La misma se extiende según trazado dispuesto en planimetría adjunta en el presente legajo ubicada en el área rural en los Distritos Esmeralda - Garibaldi del Departamento Castellanos, las mismas se ubican a la vera de los caminos comunales de dichos lugares.

La Contratista deberá proveer el material, mano de obra y equipos necesarios para la correcta ejecución de estos trabajos.

En base al anteproyecto adjunto el/los Contratista/s procederán a confeccionar el plano de replanteo para suministrar a la ispeccion en donde cuente los piquetes bien marcados para verificar la ejecucion de los trabajos y su posterior certificacion de la obra.

3 - OBJETO DE LAS PRESENTES ESPECIFICACIONES.

Las presentes Especificaciones Técnicas tienen por objeto determinar el alcance de la Oferta y de los trabajos a realizar.

Salvo que en el presente Pliego se indique expresamente que algunos elementos o trabajos son provisión de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA, el Contratista deberá proveer los materiales y entregar las instalaciones en condiciones de marcha industrial en un todo de acuerdo a las reglas de la técnica y el buen arte.

Todos los materiales provisión del Contratista y a incorporar en esta obra serán nuevos y sin uso.

El Oferente garantizará datos técnicos en planillas que se adjuntan, las que obligatoriamente deberá presentar con su Oferta.

4 – CINCADO

El cincado de todos los elementos se hará por inmersión en caliente, respondiendo a las Especificaciones Técnicas IRAM-NIME 20022-ANEXO D.

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5 – FUNDACIONES

El hormigón a colarse en las fundaciones que son parte del presente proyecto, será elaborado al pie de las mismas, a través del empleo de equipo hormigonero a proveerse por el contratista para las tareas al frente de obra.

La calidad necesaria para el hormigón antes mencionado, a aplicarse en las fundaciones proyectadas, poseerá una calidad símil H-15 simple (sin armar), tal lo especificado en “Resistencias de los Hormigones del Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes INPRES-CIRSOC 103, Parte II-2005”.

También, se deberá respetar las restricciones establecidas en el Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes INPRES-CIRSOC 103, Parte II-2005, para las distintas zonas sísmicas.

6 - VERIFICACIÓN Y PUESTA EN TENSIÓN.

Previo a la puesta en tensión, la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA revisará la línea en conjunto con el Contratista disponiendo éste del personal y equipos necesarios para toda rectificación que deba realizarse.

Cumplida esta tarea, se efectuarán los ensayos descriptos del RUBRO B -Montaje (Ensayos y puesta en Tensión).

7 – METODO DE ORGANIZACIÓN DE LAS TAREAS

El oferente deberá presentar junto con la oferta un Plan de Trabajos pormenorizado que respetará los plazos finales que menciona el adjunto al Pliego y la Metodología con que propone realizar las tareas, como así también un detalle de equipos y herramientas, y detalle del personal y grado de capacitación que prevé utilizar.

El Representante Técnico de la Obra designado por el Contratista deberá permanecer en el lugar de los trabajos durante la realización de los mismos, sin excepción.

Para los trabajos que supongan la desenergización de las líneas existentes, el Representante Técnico de la Contratista deberá coordinar con el Inspector de Obra designado por la EPE tanto la consignación de la L. M. T.. en cuestión como así también de las líneas de BT y MT que pudieran verse afectadas por los trabajos.

Los trabajos se iniciarán una vez que dichas instalaciones se encuentren debidamente consignadas por el personal técnico de la Agencia María Juana y el personal de la EPE de su respectivo Distrito y entregadas por el Inspector al Contratista, no pudiendo éste bajo ningún concepto comenzar cualquier tipo de tareas en las instalaciones si no están cumplimentados los pasos anteriores por el Inspector de Obra, siendo éste el Responsable de la Licencia otorgada por Distribución de la Sucursal al solicitarse la puesta Fuera de Servicio de la instalación.

El Contratista será responsable de todas las medidas de seguridad necesarias, solicitar eventuales señalizaciones o cortes en rutas, permisos, etc. Estas tramitaciones deberán ser presentadas al Inspector con la debida antelación al inicio de los trabajos involucrados.

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 1 de 36

ETN Nº 90

Líneas Aéreas Ruralesde Media Tensión con

Neutro

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 2 de 36

1. OBJETO y ALCANCE

1.a. Reglamentar el proyecto y montaje de instalaciones de Líneas Aéreas de Energía Eléctricaen Media Tensión para Distribución y Alimentación en el ámbito rural y que serán cedidas parasu explotación a la Empresa Provincial de la Energía.

1.b. Alcanza plenamente a todas las instalaciones pertenecientes a las redes aéreas dedistribución rural de energía eléctrica emplazadas en el ámbito de la provincia de Santa Fe.

1.c. Estos suministros de energía eléctrica tendrán las características de Servicio Público segúnlo determinado por la Ley 6.604, Decreto Reglamentario y demás legislaciones vigentes.

1.d. Queda prohibida en todo el ámbito de la Empresa Provincial de la Energía laconstrucción de NUEVAS LÍNEAS MONOFILARES CON RETORNO POR TIERRA de 7,62[kV].

1.e. Como alternativa de mínimo costo se adopta para las derivaciones especiales, el uso deLíneas Monofásicas como se detalla en el punto 6.3. .

1.2 NORMAS Y ESPECIFICACIONES A CONSULTAR

Es el listado de todas las normas nacionales y/o internacionales, última versión, a las que sehará referencia en la especificación. Para ello se tendrá en cuenta los puntos enunciados acontinuación:

NORMA Nº TITULO

ETN 07 Postes de madera para líneas eléctricas.

ETN 09Maderas, vigas, tirantes, tablas, tablones, crucetas y muertos deanclaje.

ETN 10Aisladores de porcelana o de vidrio para instalaciones eléctricas yredes de corriente alterna.

ETN 10aAisladores de material orgánico para suspensión o retención delíneas aéreas de energía.

ETN 085 Lineamientos básicos para el cálculo y diseño de redes.

ETN 160Condiciones para el cálculo y diseño de líneas de media y altatensión.

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 3 de 36

NORMA Nº TITULO

IRAM 1524Hormigón de cemento. Preparación y curado en obra de probetaspara ensayos de compresión y de tracción por compresión diametral

IRAM 1546 Hormigón de cemento. Método de ensayo de compresión.

IRAM 1603

Postes de hormigón armado, de sección anular y formatroncocónica, para soporte de instalaciones aéreas.Reinforced concrete poles, in the shape of truncated cones and of annular transverse section, for support of overhead installations.

IRAM 1605Postes de hormigón pretensado, de sección anular y formatroncocónica, para soporte de instalaciones aéreas.

IRAM 1720Ménsulas y crucetas de hormigón armado para líneas de baja ymedia tensión. Requisitos y métodos de ensayo.

IRAM 2004Conductores eléctricos de cobre, desnudos, para líneas aéreas deenergía.

IRAM 2178Cables de energía aislados con dieléctricos sólidos extruídos paratensiones nominales de 1,1 kV a 33 kV.

IRAM 2187Conductores de aluminio y de aleación de aluminio, con alma deacero. Para líneas aéreas de energía.

IRAM 2212Conductores eléctricos de aleación de aluminio. Para líneas aéreasde energía.

IRAM 2234Material normal para redes eléctricas. Aislador de suspensión a rótula. Requisitos generales.

IRAM 2235Aisladores para líneas aéreas con tensión nominal mayor que 1000V aisladores de caperuza y badajo. Tipificación de características.

IRAM 2236

Aisladores para líneas aéreas de tensión nominal mayor que 1000V. Aisladores de montaje rígido a perno. Tipificación de características.

IRAM 2309Materiales para puesta a tierra. Jabalina cilíndrica de acero-cobre ysus accesorios.

IRAM 2355

Aisladores de material orgánico de suspensión y de retención para líneas aéreas de corriente alterna con tensión nominal mayor que 1000 V. Definiciones, métodos de ensayo y criterios de aceptación.

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

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NORMA Nº TITULO

IRAM 2467Materiales para puesta a tierra. Conductores de acero recubiertosde cobre cableados en capas concéntricas.

IRAM 9513Postes y crucetas redondas de eucalipto, preservados, para líneasaéreas de energía eléctrica y sistemas de telecomunicaciones.Requisitos.

IRAM 9502 Maderas. Definiciones.

IRAM 9531 Postes de eucaliptos para líneas aéreas. Medidas y defectos.

IRAM 9540Crucetas y brazos de madera para líneas aéreas de energía y detelecomunicaciones.

IRAM 9560 Piezas de madera. Criterios de evaluación de defectos.

IRAM 62133Aisladores de porcelana para líneas aéreas con tensiones nominales de hasta 1000 V y frecuencias nominales hasta 100 Hz. Requisitos generales y métodos de ensayo.

2. CONDICIONES GENERALES

2.a. La E.P.E. tendrá a su cargo la aceptación y aprobación de las obras solicitadas porcooperativas, consorcios o usuarios independientes, que construyan la red para ser transferidasa la E.P.E. para la puesta en servicio o que en el futuro puedan ser transferidas a la misma.

2.b. Todas las obras ejecutadas por terceros y que NO SERAN TRANSFERIDAS A LA EPE, seajustaran como mínimo al Reglamento Técnico y Normas Generales para el proyecto yejecución de obras de Electrificación Rural establecido por la Secretaria de Energía de laNación. Se sugiere el uso de la presente Especificación Técnica y sus Tipos NormalesConstructivos.

2.c. Los materiales y elementos que componen las líneas aéreas, serán nuevos sin uso ydeberán cumplir con las Especificaciones Técnicas de la Empresa y/o con las normas IRAM,IEC, VDE, según se establezca, de tal manera que esté garantizada una operación confiable ysegura.

2.d. En caso de discrepancia en el contenido de éstas se respetará el citado orden de prelación.

2.e. Los “Tipos Constructivos Normales” a utilizar en la construcción de líneas aéreas de MTserán los indicados en él “CATALOGO DE TIPOS CONSTRUCTIVOS” de esta E.P.E. .

2.f. En todos los casos las líneas aéreas de MT serán aptas para trabajos con tensión.

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3. DEFINICIONES (A los fines de esta especificación)

3.1. RED RURAL (LMTR).

3.1.a. Se denomina así a la instalación trifásica o monofásica, con neutro, de Media Tensión que sirve para alimentar puestos de transformación de los usuarios rurales.

3.2. LINEA AEREA DE MEDIA TENSION RURAL.

3.2.a. Son las líneas instaladas al aire, arriba del terreno y conformadas por conductores desnudos, protegidos o aislados, con los correspondientes soportes, aisladores, accesorios, etc. .

3.2.1. Línea troncal

3.2.1.a. Se define como línea troncal aquella que partiendo desde un puesto de transformaciónsirve en su trayecto a localidades rurales, usuarios sobre ella o sobre derivaciones tomadas deella, estas líneas serán únicamente trifásicas con neutro.

3.2.2. Línea de Derivación

3.2.2.a. Es aquella que se dirige hacia un usuario rural o grupos de ellos partiendo de una líneatroncal, las características constructivas de las mismas podrán ser trifásica, bifásicas omonofásicas. A diferencia con la línea troncal las derivaciones, ante una falla, pueden quedarfuera de servicio sin afectar a todo el sistema.

3.3. PUESTOS DE TRANSFORMACIÓN MT/BT (PAT).

3.3.a. Son los distintos puestos de transformación reductores (media a baja tensión) que se utilizan para brindar el servicio eléctrico a los usuarios.

3.4. CONDUCTOR

3.4.a. La denominación genérica de "conductor" incluye:

3.4.b. Conductores de energía.

3.4.c. Conductor de Neutro.

3.5. TIRO

3.5.a. El tiro de un conductor es el producto de su sección real por la tensión mecánica a que se encuentra sometido.

3.6. SOPORTE

3.6.a. Es todo conjunto formado por uno o más postes con sus crucetas, ménsulas, vínculosestructurales, aisladores, fundación si la hubiere, elementos para la puesta a tierra y demásaccesorios. Serán de uso las abreviaciones establecida en la ETN 085.-

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3.6.1 Soporte Sostén (Alineación)

3.6.1.a. Es el soporte de los conductores en los tramos rectos de la línea. Se lo designa con la letra “s” para sostén monofásico y "S" para sostén trifásico.

3.6.2. Soporte de Retención Terminal

3.6.2.a. Es el que soporta esfuerzo total de tracción que ejercen el o los conductores y seencuentran ubicados en los extremos de la misma. Se lo designa con la letra “t” para terminalmonofásico y “T” para terminal trifásico.

3.6.3. Soporte Doble Retención

3.6.3.a. Destinado para amarrar los conductores en puntos intermedios en tramos rectos deuna línea, tiene la capacidad de soporta esfuerzo de tracción que ejercen los conductores, seubican en la mitad del largo total del tramo cuando una línea supera los 1.300 [m] de longitud, ocada 12 vanos como máximo. Se lo designa con la letra “r” para retención monofásica y “R”para retención trifásica.

3.6.4. Soporte Combinado

3.6.4.a. Es el soporte destinado a cumplir dos o más de las funciones anteriores. Se lodesignará con el conjunto de letras correspondientes a las funciones simples.

3.6.4.b. Ejemplo: Soporte de sostén y retención para derivación: “ST”.

3.6.5. Soporte Angular

3.6.5.a. Es el soporte que resiste los esfuerzos producto del tiro de los conductores en el puntodonde la línea cambia de dirección con un ángulo menor a los 10º. Se lo designará con la letra"sa" para angular monofásico y "SA" para angular trifásico agregando a continuación el ánguloefectivo de desvío EJ.: "SA 5°".

3.6.6. Soporte Retención Angular

3.6.6.a. Es el soporte que resiste los esfuerzos producto del tiro de los conductores en el puntodonde la línea cambia de dirección con un ángulo supera los 10º. Se lo designará con la letra"ra" para angular monofásico y "RA" para angular trifásico agregando a continuación el ánguloefectivo de desvío EJ.: "RA 45°".3.7. AISLACION

3.7.a. Es el conjunto de aisladores con sus pernos rígidos o soportes, grampas y accesorios,pertenecientes a un apoyo que sostiene y resisten el peso del conductor y los esfuerzosproducidos por el mismo.3.8. VANO

3.8.a. Es la distancia comprendida entre dos soportes consecutivos.3.9. FLECHA

3.9.a. Es el segmento comprendido entre el conductor y la recta que une dos puntosconsecutivos de fijación del mismo, tomado sobre el plano vertical normal a la traza de la líneay en el punto que se considere de la misma.

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3.10. ALTURA LIBRE

3.10.a. Es la distancia medida verticalmente entre el nivel del suelo y el punto, más cercano a este, del conductor más bajo, en el punto que se considere de la traza de la línea.

3.11. ANTEPROYECTO

3.11.a. Se entiende por anteproyecto al conjunto formado por una memoria descriptiva, planosgenerales y de detalles y presupuesto global, que permiten solicitar la factibilidad paraconfeccionar el proyecto.

3.12. REPLANTEO

3.12.a. Consiste en el relevamiento topográfico del o los predios afectados por la Obra,siguiendo para esto los lineamientos del anteproyecto, de manera tal de reunir los datosnecesarios y suficientes para elaborar el proyecto respectivo.

3.13. PROYECTO

3.13.a. Se entiende por proyecto al conjunto de elementos gráficos y escritos que definen con precisión el carácter y finalidad de la Obra y permiten regir la ejecución de los trabajos.

3.14. ALIMENTACIÓN

3.14.a. El punto de alimentación es el lugar desde el cual se conecta la nueva red o puesto detransformación para dar suministro al cliente o sistema (Consorcio, Cooperativa, etc.), éste seráacordado entre las partes para satisfacer la demanda solicitada, en función de una evaluacióntécnica-económica.

3.14.b. La conexión se hará en la L.M.T. o Subestación más cercana, estando la erogación de los gastos a cargo del cliente.

4. PROYECTO

4.1. LINEAMIENTOS PARA SU EJECUCION

4.1.a. Las pautas fundamentales que se deben cumplir para la confección del proyecto son las siguientes:

4.1.b. Finalidad de la obra, destacando su necesidad o conveniencia.

4.1.c. Describir y definir la instalación y sus elementos integrantes.

4.1.d. Cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por la EPE.

4.1.e. Se deberá consignar el punto de conexión al sistema identificando además, el centro de alimentación de acuerdo al Sistema Informático Técnico de la E.P.E..

4.2 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

4.2.a. Será la siguiente:

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4.2.1. Memoria Descriptiva

Deberá incluir principalmente:

4.2.1.a. Denominación del ente prestatario del servicio.

4.2.1.b. Indicación del área geográfica que abarca la obra eléctrica proyectada.

4.2.1.c. Breve descripción de la obra a desarrollar.4.2.2. Planos y Documentación a Presentar en el Proyecto Ejecutivo.

4.2.2.a. Los planos del Proyecto Ejecutivo se realizarán con el MóduloInformático correspondiente, en un todo de acuerdo a lo especificado en el punto

4.4.1 de la presente.

4.2.2.b. Fotocopia del/los impuesto/s inmobiliario/s correspondientes a los predios a electrificar.

4.2.2.c. Se deberá consignar claramente el/los propietario/s o usufructuario/s del sistema eléctrico al que se conectará la Obra proyectada, identificando el punto de conexión previsto.

4.2.2.d. Cronograma de ejecución de obras.

4.2.3. Cálculos Eléctricos y Mecánicos

4.2.3.a. Para sistemas rurales de alimentación a clientes individuales.

4.2.3.b. Estudio de la demanda y proyección futura de las cargas a conectar.

4.2.3.c. Cálculo de las caídas de tensión.

4.2.3.d. Cálculo de protecciones y su coordinación.

4.2.3.e. Cálculo mecánico de los soportes especiales y la verificación de todas las bases.

4.2.3.f. Todos los cálculos deberán justificar que el conjunto de la/s línea/s y subestación/es entodos sus elementos, en especial en los cruces y paralelismos, cumplen con las normas y/oreglamentaciones vigentes, establecidos por esta Empresa como también lo establecido por losentes viales, ferroviarios, aeroportuarios, de vías navegables, telefónicos y telegráficos yaquellos que se creen en el futuro.4.2.4. Cómputo y Presupuesto

4.2.4.a. Se confeccionará el cómputo y presupuesto detallando los diferentes elementos quecomponen la instalación por rubro (LMT - LBT - PAT), indicando los precios unitarios. Delimporte total deberá discriminarse IVA, mano de obra y toda otra erogación que haga al montode la Obra.4.2.5. Convenios, Contratos y Permisos

4.2.5.a. Estará a cargo del propietario de la obra y a su exclusivo costo, la obtención de los siguientes Convenios, Contratos y Permisos.

4.2.5.b. Los Convenios de Permisos de Pasos de Electroducto de cada predio atravesado por la línea, según ANEXO IV, firmados y certificados.

4.2.5.c. Los Contratos de Apertura de Caminos de los predios en que la línea transcurra a más de 20 [m] de caminos existentes, según ANEXO V, firmados y certificados.

4.2.5.d. La autorización de Vialidad Provincial, Nacional o el ENTE que correspondan, en el caso que los soportes de la línea se instalen a la vera de rutas o la crucen.

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4.2.5.e. La autorización de FF.CC o el ENTE correspondiente, en el caso que los soportes de lalínea se instalen en terrenos del mismo o lo crucen.

4.2.5.f. Constancia del pago de los cánones y/o aranceles exigido al momento de aprobaciónde la obra por los entes mencionados en los puntos 4.2.5.d. y 4.2.5.e., y otros no mencionadosexpresamente en la presente y que así lo requieran.

4.2.5.g. A los fines que la Empresa Provincial de la Energía realice el mantenimiento de lasinstalaciones, el propietario deberá realizar la donación de las mismas. La misma será sin cargoni condicionamiento alguno por parte de la Empresa, la solicitud será de acuerdo al ANEXO VI,debiendo estar firmada y certificada al momento de la presentación.

4.2.5.h. Todas las certificaciones de firmas solicitadas en la presente serán realizadas por: a)Escribano Público, b) Juez de Distrito (ex Juez de Paz) o c) Autoridad Policial.

4.2.6. Aprobación de la Documentación

4.2.6.a. La documentación técnica que se debe presentar será analizada por la EPE y comoconclusión del estudio, se calificará en una de las siguientes formas:

4.2.6.b. Código 1: Aprobada

4.2.6.c. Código 2: Aprobada con observaciones

4.2.6.d. Código 3: Rechazada.

4.2.6.e. Las entregas de cálculos y/o planos serán presentados por triplicado.

4.2.6.f. Una copia de cada documento calificado será devuelta al interesado, pudiendoconsultar éste a la EPE sobre aspectos y directivas generales tendientes a facilitar laaprobación de aquellos que hubiesen sido rechazados.

4.2.6.g. La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA se reserva un plazo de diez (10) díascorridos para el estudio, calificación y devolución al Contratista de la documentación técnicapresentada.

4.2.6.h. A su vez el interesado dispone de diez (10) días corridos para presentar ladocumentación corregida.

4.2.6.i. Los plazos deberán medirse entre la fecha de presentación y la fecha de devolución dela documentación.

4.2.6.j. Para la documentación aprobada con observaciones, no será necesario una nuevapresentación hasta la entrega del proyecto ejecutivo.

4.3. INTERVENCIÓN PROFESIONAL

4.3.a. Cuando la documentación técnica sea confeccionada por la EPE el trámite interno sehará de acuerdo a su organización.

4.3.b. Cuando la documentación técnica a presentar sea responsabilidad del interesado, seanestos Cooperativas, Consorcios o usuario/s ésta deberá ser realizada por un profesionalhabilitado a tal efecto. Para que el proyecto sea aprobado, por la Empresa Provincial de laEnergía, el mismo deberá cumplimentar con las Leyes Provinciales Nº 10.946, 11.291 y 4.114 yestará sujeto a lo dispuesto en las Leyes Provinciales Nº 6.604 y 9.315 y sus DecretosReglamentarios.

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4.4. PLANOS

4.4.a. Son válidos los del catálogo de tipos Constructivos Normalizados en esta EPE en lo quese refiere a soportes tipos. El trazado será el que determine el proyecto.

4.4.b. La planialtimetría incluirá todos los accidentes topográficos, obstáculos relacionado conla traza de la red de referencia y demás detalles importantes (caminos, ferrocarriles, líneastelefónicas y telegráficas, etc.). Será ejecutada a escala y con los signos de acuerdo a E.T.N. 02y S.I.T.E. de la E.P.E. La escala vertical de la altimetría (salvo en detalles) será siempre: 1:500.

4.4.c. La escala horizontal se cambiará de acuerdo con las características de la zona recorridapor la línea, adoptándose 1:2000. Para los detalles la escala vertical será 1:250 y la horizontal1:500.4.4.1. Sistema Informático Técnico de la E.P.E.

4.4.1.a. La Documentación del Proyecto Ejecutivo constará de la Traza de la Líneageorreferenciada con ubicación de bases, postación y elementos de la red correspondientes,sobre el Catastro Parcelario Digital con posición de punto/s de Suministro/s y los datosasociados exigidos por el Módulo Informático y el “Sistema Integrado Técnico EPE – Sistemade información Geografica” (SITE–GIS), utilizando simbología, materiales y Tipos ConstructivosNormalizados. También se indicarán claramente las líneas existentes, distancia a la red ruralbifásica o monofásica con neutro más próxima, usuarios más próximos y todo tipo de detallefísico- geográfico que permita la ubicación unívoca del nuevo suministro. Se deberá ubicargeográficamente la Fuente de Alimentación o SETA.

4.4.1.b. La Documentación de la Obra (Proyecto Ejecutivo y Conforme a Obra) se realizaráncon el Módulo Informático correspondiente de acuerdo a lo que establezca el SITE–GIS,utilizando simbología, materiales y Tipos Constructivos Normalizados sobre cartografía digitalgeorreferenciada, siendo éste, requisito ineludible para la aprobación de la ejecución de laObra.

4.4.1.c. Si en la zona de la Obra, la E.P.E. contara con información del continuo Eléctrico deRedes relevadas, la misma deberá ser actualizada con las modificaciones realizadas por laobra. Si la E.P.E. no contara con el Continuo Eléctrico, se digitalizará la Red a ejecutar y laexistente, esta última desde y hasta donde lo indique el inspector de la Obra incluyendo losclientes cercanos.

4.4.1.d. Los planos Conforme a Obra reflejarán el estado final de la Obra ejecutada y lasdiferencias o desvíos respecto del Proyecto Ejecutivo. Serán realizados siguiendo los mismoslineamientos especificados para la presentación del Proyecto Ejecutivo.

4.4.1.e. Adjunto a la documentación habitual, tanto del Proyecto Ejecutivo como del Conforme aObra en soporte papel, se deberá entregar, en un medio magnético estándar (CD-ROM, DVD oPendrive), los archivos generados con el Módulo Informático.

4.4.1.f. Ante cualquier duda respecto de las documentaciones a presentar, tanto de Proyectocomo de Conforme a Obra, el Contratista deberá dirigirse a la Inspección y/o a losresponsables del Servicio Eléctrico de la Sucursal de la EPE correspondiente.4.5. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

4.5.a. Una vez aprobado el proyecto, se autorizará la ejecución de los trabajos, los que estaránbajo la conducción técnica de un profesional habilitado a tal fin.

4.5.b. La E.P.E. designará un Inspector de Obra quien tendrá a su cargo el seguimiento yrecepción de la obra.

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4.5.c. Todos los materiales que se empleen en la obra deberán ser debidamenteinspeccionados previo al acopio en el obrador de quien realice la obra.

4.5.d. La obra se ejecutará respetando el Proyecto Ejecutivo, presentando en el conforme aObra las diferencias que surjan de su ejecución con el acuerdo correspondiente de parte de laInspección de la EPE.

4.5.e. Toda la documentación inherente a la ejecución de la misma como Ordenes de Servicio oPedido de Inspección y Ensayos de Materiales en fabrica, si correspondiere, de todos losmateriales y equipos a proveer por el contratista o propietario, se deberá canalizada a través dela Inspección de Obra.

4.5.f. Para proceder a ejecutar el montaje en obra se deberá tener ineludiblemente toda ladocumentación técnica aprobada y la autorización de la inspección de obra.

4.5.g. Cuando los trabajos que deban realizar afecten instalaciones de la E.P.E., el conductortécnico solicitará previamente la autorización al responsable del Servicio Eléctrico de laSucursal de la E.P.E., con la debida antelación, y ejecutará los trabajos en presencia depersonal de la Empresa designado por el precitado responsable. Caso contrario seráresponsable de todos los daños y perjuicios que ocasione, a la empresa y/o a terceros.

4.6. RECEPCIÓN DE LA OBRA.4.6.1. Recepción Provisoria.

4.6.1.a. Concluido los trabajos, verificada y probadas las instalaciones, se constará el pleno ytotal cumplimiento de lo establecido en la Disposición de Aprobación del proyecto,procediéndose a la habilitación de las instalaciones, la recepción provisoria se realizarámediante la rúbrica del acta correspondiente.

4.6.1.b. Todos los datos sobre el estado final de cada instalación y del/los usuario/s, luego deltrabajo, serán entregados a la Inspección de Obra al finalizar la obra y conforme a esta, deforma tal que el Sistema Informático Comercial pueda actualizar de inmediato la base de datosde clientes.

4.6.1.c. Para habilitar las obras se realizará la Recepción Provisoria de Obra, para ello secomunicará a la Inspección de Obra la finalización de los trabajos y se presentará comodocumentación Final Conforme a Obra lo especificado en el punto 4.4.1. de la presente.

4.6.1.d. Se deberá presentar Cómputo y Presupuesto actualizado de lo ejecutado por rubro(LMT - LBT - PAT).4.7 Recepción Definitiva.

4.7.1.a. La Recepción Definitiva de la Obra será a los CIENTO OCHENTA (180) días corridos,previa inspección, contados a partir de la Recepción Provisoria.

4.7.1.b. Durante este periodo de garantía todas las tareas de mantenimiento y/o reemplazo demateriales deteriorados serán por cuenta y cargo del propietario.

4.7.1.c. Si como consecuencia de la inspección mencionada en el punto 4.6.2.a. se debenrealizar tareas de mantenimiento y/o reemplazo de materiales serán por cuenta y cargo delpropietario.

4.7.1.d. Formalizada la Recepción Definitiva de la obra, la E.P.E. tramitará la Disposición paraaceptar la donación de las instalaciones.

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5. CONDICIONES TECNICAS PARA LA CONSTRUCCION.

5.1. TENSIONES DE SERVICIO.

5.1.a. Las tensiones de servicio normalizadas para los sistemas rurales serán:

5.1.b. Media tensión: 13,2 [kV] entre fases y 7,62 [kV] entre fase y neutro.

5.1.1. Caída de Tensión Admisible.

5.1.1.a. Desde el arranque del sistema o punto de conexión a la red de Media Tensión: Máximo 5%.

5.2. CONDUCTORES.

5.2.a. Los conductores en todos los casos deberán ser cableados y tener como mínimo 7 hilos (hebras).

5.2.1. Conductores de Energía.

5.2.1.1. Material.

5.2.1.1.a. Aleación de Aluminio según Norma IRAM 2212.

5.2.1.1.b. Aluminio Acero según Norma IRAM 2187–1.

5.2.1.2. Secciones a Utilizar.

5.2.1.2.a. Serán de uso únicamente las siguientes secciones.

5.2.1.2.b. Cable de aleación de aluminio: 25 [mm2].

5.2.1.2.c. Cable de aleación de aluminio: 35 [mm2].

5.2.1.2.d. Cable de aluminio con alma de acero: 50/8 [mm2].

5.2.2. Tiro Máximo Admisible.

5.2.2.a. Según lo establecido en la ETN 160.

5.2.3. Disposición.

5.2.3.a. Instalaciones bifásicas y trifásicas Coplanar Horizontal

5.2.3.b. Instalaciones bifásicas especiales con perno tipo “L” lateral al poste.

5.2.3.c. Instalaciones monofásicas en la cima del poste.

5.2.4. Altura Mínima de los Conductores.

5.2.4.a. La altura mínima de los conductores será de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I.5.2.5. Cable de Guardia.

5.2.5.a. No se utilizará cable de guardia.

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5.2.6. Vanos Máximos

5.2.6.a. En líneas de Rurales la longitud máxima de los vanos será de 100 [m].

5.2.7. Tensado de los Conductores

5.2.7.1. Tablas de Tendido y Flecha de Conductores.

5.2.7.1.a. Según lo establecido en la ETN 160.

5.2.7.2. Primera Regulación de los Conductores.

5.2.7.2.a. Según lo establecido en la ETN 160.

5.3. SOPORTES

5.3.a. Los soportes a utilizar como alineamientos serán de eucalipto preservado, segúnNormas IRAM 9513, 9531 y ETN 007.

5.3.b. Como soportes de alineamientos también se podrán usar postes de distintos tipos demateriales como plásticos, tipo PRFV. Serán de usos solamente aquellos homologados oaprobados por la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA de SANTA FE y según laEspecificación Técnica Normal y Norma IRAM vigentes.

5.3.c. Todos los soportes que cumplan funciones de retención, ángulos, soportes combinados,los destinados a los puestos de transformación como también todos aquellos que por lascaracterísticas de terreno, a criterio de la E.P.E., serán de hormigón armado, según NormasIRAM 1603 o 1605.

5.3.d. Serán de uso todos los tipos Constructivos Normalizados por la empresa y que seconsignan en el ANEXO VII.

5.3.e. Identificación de los soportes: todos los postes de madera estarán identificados como loestablece la ETN 007. Mientras que para los soportes de hormigón armado se aplicara loseñalado en la norma IRAM 1603 más el agregado de la sigla “EPE” cuando sean adquiridaspor la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA de SANTA FE; las columnas que forman partede obras de terceros NO LLEVARAN la sigla mencionada.

Serán de uso todos los tipos Constructivos Normalizados por la empresa y que se consignan enel ANEXO VII.

5.3.1. Empotramientos5.3.1.1. Directo

5.3.1.1.a. Los soportes de madera o de PRFV serán empotrados directamente en el terreno,deben respetar los valores que figuran en los tipos constructivos. En ningún caso elempotramiento será menor que:

lp = l/10 + 0,80 [m]

lp = Longitud de empotramiento del poste [m].

l = Longitud del poste [m].

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5.3.1.1.b. La diferencia entre el agujero hecho por la hoyadora o por la pala, y el soporte, serellenará con tierra, que se compactará con pisones de hierro hasta el rechazo.

5.3.1.1.c. En terrenos especiales, o donde a criterio de la E.P.E. se considere necesario, elrelleno se realizará con suelo-cemento (una parte de cemento portland común y diez partes detierra de extracción de la misma excavación; dosaje: 1:10), la mezcla se realizará en seco yserá compactada con pisones de hierro hasta el rechazo.

5.3.1.1.1. Soportes de Hormigón

5.3.1.1.1..a. Los soportes simples de hormigón, angulares o retenciones podrán, en sueloscuyo coeficiente de compresibilidad sea igual o mayor de 4,5 [kg/cm3] y/o a criterio de laE.P.E., ser empotrados directamente en el terreno, en ningún caso el empotramiento serámenor que:

lp = l/10 + 1,00 [m]

lp = Longitud de empotramiento del poste[m].

l = Longitud del poste [m].

5.3.1.1.1.b. La diferencia entre el agujero hecho por la hoyadora o por la pala (diámetromínimo 0,65 [m]) y el soporte, se rellenará el 1º cuarto inferior con tierra de la mismaexcavación compactada con pisones de hierro hasta el rechazo, el resto de la excavación (¾)será rellenado con hormigón simple de acuerdo a lo especificado en el punto 5.3.1.2.2. .

5.3.1.1.1.c. A exclusivo criterio de la E.P.E. y cuando expresamente así lo autorice, el hormigónsimple detallado en el punto 5.3.1.2.2.b. se podrá reemplazar por suelo-cemento (una parte decemento portland común y diez partes de tierra de extracción de la misma excavación; dosaje:1:10), la mezcla se realizará en seco y será compactada con pisones de hierro hasta elrechazo.5.3.1.2. Indirecto

5.3.1.2.a. Los soportes de hormigón dobles o los que a criterio de la EPE no pueda realizarsecomo se establece en el Punto 5.3.1.1.1., serán empotrados con fundaciones.5.3.1.2.1. Fundaciones

5.3.1.2.1.a. Las fundaciones serán totalmente de hormigón simple.

5.3.1.2.1.b. Cuando las tensiones de tracción superen los límites admisibles se utilizaránfundaciones de hormigón armado.

5.3.1.2.1.c. En lo que respecta a las dimensiones de las fundaciones para aquellos casos nonormalizados, el cálculo se efectuará con los siguientes métodos:

Tipo de Terreno Método de Calculo

Blandos o de baja presión admisible PHOL

Rígidos SULZBERGER

5.3.1.2.1.d. Además se deberán tener presente las siguientes limitaciones:

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MEDIA TENSION CON NEUTRO

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5.3.1.2.1.e. Empotramiento mínimo del soporte de hormigón armado de cualquier clase dentrodel macizo será el 10% de la longitud del soporte.

5.3.1.2.1.f. Espesor mínimo de la pared lateral 0,15 m, no se considerará como espesor útil elsello de hormigón que se introduce entre el poste y la fundación.

5.3.1.2.1.g. Espesor mínimo del fondo 0,20 m y como máximo 1/3 de la altura total del bloque.

5.3.1.2.1.h. La forma de la base será de tipo romboidal con su diagonal principal en dirección ala traza de la línea. Para aquellos casos en que el espacio físico no lo permita, el proyectistapodrá optar por otro diseño, previa verificación de esfuerzos, más apropiado de la base.

5.3.1.2.1.i. Ante discrepancias de criterios, será de aplicación lo establecido en la ETN 160Puntos 14 y 15.

5.3.1.2.2. Dosaje y Calidad del Hormigón

5.3.1.2.2.a. La calidad de los hormigones será del Grupo H-1 Clase H-13 (s/CIRSOC 201).

5.3.1.2.2.b. La mezcla que se proponga ha de garantizar una resistencia de característicasmínimas a la compresión (GbK), a los 28 días sobre probetas cilíndricas preparadas yensayadas de acuerdo a lo establecido en las Normas IRAM 1524 y 1546, de 130 [kg/cm2] uncontenido mínimo de cemento de 300 [kg/m3]

5.3.1.2.2.c. El dosaje a emplear en el hormigón será de 1:3:5 (Cemento portland, arena gruesadel río Paraná, piedra partida de 1 a 3 cm), las proporciones de cada material se determinaránen peso por metro cúbico de hormigón elaborado. El cemento no presentará signos deendurecimiento, no admitiéndose su tamizado total o parcial. La arena y la piedra deberán estarlibres de impurezas, el tamaño máximo nominal para el agregado grueso y el módulo de finezapara la arena, se determinará según los limites impuestos por las Curvas de CribadoGranulométricas, según CIRSOC 201.

5.3.1.2.2.d. No deberá transcurrir más de cinco (5) minutos entre la preparación de cada pastóny su empleo definitivo, excepto cuando se lo bata adecuadamente durante su transporte.

5.3.1.2.2.e. Ante discrepancias de criterios, será de aplicación lo establecido en la ETN 160Puntos 15 y 19.

5.3.2. Soportes de Alineación

5.3.2.a. Los soportes de alineación serán de madera o PRFV como se establece en el punto5.3.a. u otro tipo de material sintético como lo establecido en el punto 5.3.b. y de acuerdo atipos constructivos normales de la EPE.

5.3.2.b. En el caso que por las características de terreno y a criterio de la E.P.E., los soportesde alineamiento serán de hormigón armado de acuerdo al punto 5.3.c. . Los tipos constructivosserán los normalizados por la E.P.E.; o postes del tipo PRFV según el punto 5.3.b. . Los tiposconstructivos serán los normalizados por la E.P.E.

5.3.2.c. Entre dos retenciones se podrán adoptar las siguientes configuraciones: I) en unarelación de 3 a 1 o manteniendo una distribución proporcional, se instalarán columnas desoportes de alineamiento de hormigón armado; II) se instalarán la totalidad de soportes dealineamiento del tipo PRFV. En ambos casos respetando los tipos constructivos normalizadospor la E.P.E.

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MEDIA TENSION CON NEUTRO

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5.3.3. Soportes Terminales

5.3.3.a. Se emplearán alguno de los siguientes, todos de acuerdo al catálogo de tipos constructivos.

5.3.3.b. Columna simple que verifiquen el esfuerzo del conductor.

5.3.3.c. Columna simple con puntal o contraposte, de hormigón, en la dirección de la línea.

5.3.3.d. Columna simple con rienda y ficha en la dirección de la línea.

5.3.4. Soportes Desvíos Angulares

5.3.4.1. Soportes Desvíos Menores de 10º

5.3.4.1.a. Para el caso de líneas con aisladores rígidos todos los desvíos que se encuentren enel trazado normal de la misma que no superen los 10º de su eje normal serán soportados con 2(DOS) pernos MN 416b y 2 (DOS) aisladores rígidos MN 3a por conductor ubicándose el mismoen el cuello del aislador.

5.3.4.2.b. El ángulo será soportado con una estructura que verifiquen el esfuerzo mecánico delmismo, aceptándose alguno de los siguientes, todos de acuerdo al catálogo de tiposconstructivos.

5.3.4.2.c. Columna simple que verifiquen el esfuerzo del conductor.

5.3.4.2.d. Columna simple con puntal o contraposte, de hormigón, en la dirección de la bisectrizdel ángulo.

5.3.4.2.e. Columna simple con rienda y ficha en la dirección de la bisectriz del ángulo.

5.3.4.2 Soportes Desvíos Mayores de 10º y hasta 90º.

5.3.4.2.a. Todos los desvíos que se verifiquen en el trazado normal de la línea, mayores de 10º de su eje normal serán soportados con una doble retención

5.3.4.2.b. El ángulo será soportado con una estructura que verifiquen el esfuerzo mecánico delmismo, aceptándose alguno de los siguientes, todos de acuerdo al catálogo de tiposconstructivos.

5.3.4.2.c. Columna dobles que verifiquen el esfuerzo del conductor.

5.3.4.2.d. Columna simple que verifiquen el esfuerzo del conductor.

5.3.4.2.e. Columna simple con puntal o contraposte, de hormigón, en la dirección de la bisectrizdel ángulo.

5.3.4.2.f. Columna simple con rienda y ficha en la dirección de la bisectriz del ángulo.5.3.5. Soportes Doble Retención

5.3.5.a. Se utilizará cuando sea necesario realizar:

5.3.5.1 Soportes Corta Tramo

5.3.5.1.a. Cuando la longitud de una línea supere los 1.300 metros entre dos retenciones, seconstruirá un soporte corta tramo con doble retención, tal como se establece en el punto 3.6.3.de la presente ETN.

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5.3.5.2. Soportes de Cruce de Rutas o Ferroviarios Aéreos

5.3.5.2.a. Cuando se deban realizar cruces de rutas y las normas de los entes respectivosespecifiquen el uso de este Tipo Constructivo.

5.3.5.3. Soportes en Cruces con Otras Líneas o Instalaciones Aéreas

5.3.5.3.a. Cuando se deban realizar cruces con otras líneas de AT, MT, telefónica o de fibraóptica y las normas de los entes respectivos especifiquen el uso de este Tipo Constructivo.

5.3.5.3.b. Cuando se deban realizar cruces con otras líneas de AT, MT, telefónica o de fibraóptica por razones de tipo constructivo se podrá, a criterio del proyectista y/o la inspección,realizar el montaje de este Tipo Constructivo.

5.4. CRUCETAS

5.4.a. En la elección del material de las crucetas, se contemplará muy especialmente el factortécnico-económico. Serán de uso las crucetas de Hormigón Armado, madera dura o crucetasde material sintético reforzado con fibra de vidrio.

5.4.b. En caso de darse prioridad a otro criterio en la elección, deberá dejarse perfectamentedemostrado que el material elegido es necesario a causa de las características especiales de laobra.

5.4.c. Cuando se traten de soportes terminales, desvíos, retenciones, o dobles retenciones seusaran crucetas de Hormigón Armado.5.4.1 Crucetas de madera dura.

5.4.1.a. Deberán responder a las Normas IRAM 9502 – 9540 - 9560, a la ETN 09 y al Catalogode Materiales Normales de la EPE.5.4.2 Crucetas de Hormigón Armado

5.4.2.a. Deberán responder a las Normas IRAM 1721 y al Catálogo de Material Normal de laEPE.

5.5. AISLACIÓN

5.5.a. El uso del tipo de aislador será establecido por el proyectista según las exigenciasambientales por el trazado de la red, siendo las opciones de utilización las siguientes:

5.5.b. Aislador de porcelana con herraje terminal de fundición de hierro o montados sobreperno rígido metálico con rosca de plomo de acuerdo al MN correspondiente. Según ETN 10 yNormas IRAM 2234, 2235 y 2236.

5.5.c. Aislador orgánico, Goma Silicona o Polietileno de Alta densidad (PEAD), moldeados enuna sola pieza, de características NO Higroscópicas. De superficie exterior autolimpiante,resistentes al tracking, a la contaminación ambiente, rayos U.V. y a hongos. Según ETN 10a yNormas IRAM 2355.

5.5.d. Los aisladores indicados en el punto 5.5.c., tendrán herraje terminal de fundición dehierro o montados sobre perno rígido metálico, con rosca cuyo material posea igualescaracterísticas dieléctricas a la del compuesto del aislador y masilla dieléctrica que eviteintersticios entre el alojamiento del aislador y el perno, de acuerdo al MN correspondiente.Según Normas vigentes.

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5.5.1. Tipos de Aisladores.

5.5.1.1. Para Sostén o Alineación del Conductor Activo.

5.5.1.1.a. Un aislador rígido MN 3a con perno rígido: MN 411 por fase.

5.5.1.2. Para Terminal o Retención del Conductor Activo.

5.5.1.2.a. Conjunto de 2 (DOS) aisladores cadena a rotula MN 12, por fase de acuerdo a Catálogo de Tipos Constructivos.

5.5.1.3. Para Neutro.

5.5.1.3.a. En los alineamientos se utilizará un aislador roldana MN 17 según E.T.N. 10 y NormasIRAM 62133, con perno rígido MN 67a por soporte, de acuerdo a Catálogo de Tipos Constructivos

5.5.1.3.b. En las retenciones se utilizará un aislador roldana MN 17 según E.T.N. 10 y Normas IRAM 62133, con rack MN 482 por retención, de acuerdo a Catálogo de Tipos Constructivos.

5.5.2. Valores de Aislamiento

5.5.2.a Los valores de aislamiento serán incrementados en casos especiales, tales comocruces ferroviarios, telefónicos, etc.; de acuerdo a lo que especifiquen los organismoscomponentes en cada caso.

5.5.3. Unión Conductor y Aislador

5.5.3.a. En todos los casos, los accesorios usados en 7,62 y 13,2 [kV] serán aptos para trabajos con tensión.

5.5.4. Aislador de Perno Rígido

5.5.4.a. El conductor irá sujeto al aislador mediante ataduras preformadas y varillas de protección preformadas tipo armor rood.

5.5.5. Conjunto de Retención

5.5.5.a. El conductor estará asegurado al conjunto de aisladores mediante una grampa deretención de dos o tres caballetes roscados, de acuerdo a lo especificado en el catálogo deMateriales Normales según la sección del conductor.

5.5.5.b. Se reserva el uso de retención doble en los casos especiales donde sea necesarioaumentar la seguridad, tales como cruces ferroviarios, telefónicos, etc.; y en exactacorrespondencia con lo fijado en 5.5.2..5.6. EMPALMES Y CONEXIONES.5.6.1. Empalmes

5.6.1.a. Se entiende por empalme a la unión rígida mediante manguitos a compresión o alambres preformados, destinados a unir mecánica y eléctricamente los conductores de las líneas de M.T.

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5.6.1.b. Se aceptará solamente UN (1) EMPALME por tramo de conductor (entre retenciones)estos elementos garantizaran una carga de rotura igual a la carga de rotura del conductor.

5.6.1.c. Para el caso de conductores de Aluminio con alma de Acero se dispondrá de:

5.6.1.d. un manguito que asegure la continuidad mecánica del conductor de Acero,

5.6.1.e. otro que garantice la continuidad eléctrica y una corriente como mínimo de 120 % de lacorriente nominal de acuerdo a la sección del conductor.

5.6.1.f. Para los empalmes de tipo preformados se asegurará la restitución de cada capa dealambres y se dispondrá de un juego por cada capa del conductor.

5.6.2. Conexiones.

5.6.2.a. Se entiende por conexión a la unión rígida, mediante grampas paralelas, destinadas aunir eléctricamente dos conductores de una misma fase en líneas aéreas de MT.

5.6.2.b. En los casos de conexiones de líneas y para mantener rígidamente un puente secolocará un aislador con perno rígido por puente.

5.6.2.1. Conexión Línea – Línea Sin Puente Postizo

5.6.2.1.a. Para el caso de puentes línea – líneas se dispondrá de TRES (3) grampas MN 203 a,las que irán dispuestas a una distancia de 0,30 [m] entre sí, se colocará una en el centro delpuente y se dispondrán una hacia cada lado.

5.6.2.2. Conexión Línea – Línea Con Puente Postizo

5.6.2.2.a. Para el caso de puentes línea – línea que se encuentran a distintas alturas estaconexión se realizará mediante puentes postizos (patas de gallo). Para esto dispondrá de UN(1) tramo de conductor de igual sección que las líneas a puentear, o la mayor de ellas en casode secciones distintas, y SEIS (6) grampas MN 203 a, por fase.

5.6.2.2.b. El puente postizo se dispondrá en forma perpendicular al conductor de la línea, en lazona de conexión se le realizará un dobles a 90 grados en cada extremo, este segmento tendráuna longitud mínima de 0,50 [m], y se le colocarán TRES (3) conectores MN 203 a cadasegmento (superior e inferior) a una distancia de 0,25 [m] entre sí, uniendo rígidamente elpuente al conductor de la línea aérea, por fase.

5.6.3. Fin de Líneas

5.6.4.a. En todas las retenciones se dejará un tramo de conductor de 1,5 [m] para realizar lospuentes de conexión como se detalla en el punto 5.6.2.1., en el caso que este no se use sedejará convenientemente enrollado y atado en la grampa de retención.

6. SISTEMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL - TRAZADO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS

6.1. LÍNEAS TRONCALES

6.1.a. Las líneas troncales del sistema serán de 13,2 [kV], trifásico tetrafilar con neutrorígidamente a tierra. Como excepción, y a criterio de la E.P.E., podrá ser trifilar.

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6.2. LÍNEAS DE DERIVACIÓN

6.2.a. Las derivaciones podrán ser trifásicas o bifásicas en 13,2 [kV] con neutro y monofásicasen 7,62 [kV] con neutro.6.3. DERIVACIONES MONOFASICAS ESPECIALES

6.3.a Se aceptarán solamente en derivaciones menores el tipo constructivo monofásico conperno al poste.

6.3.b. Para los casos de prolongación de líneas troncales bifásicas la disposición de esta serácoplanar horizontal, como se establece en el punto 5.2.3.a. .

6.3.c. En los casos que se deba transformar el sistema monofásico especial en trifásico secolocarán las crucetas correspondientes para que la disposición de la red sea coplanarhorizontal, como se establece en el punto 5.2.3.a. .

6.3.d. Los tipos constructivos empleados en estas líneas serán los establecidos por la E.P.E.

6.3.e. Los soportes destinados a los puestos de transformación tendrán la crucetacorrespondiente al soporte de la línea (alineación, angular o terminal) de acuerdo con el tipoconstructivo establecido por la E.P.E.6.4. NEUTRO – CONEXION A TIERRA

6.4.a. En el caso que la Línea troncal no tenga neutro, a la derivación, en el caso de sermonofásica, se le colocara el conductor neutro. El mismo en el arranque y en el final de la red,tendrán un conjunto de jabalina de puesta a tierra MN 551e.

6.4.b. El conductor neutro deberá conectarse rígidamente a tierra cada 1.000 [m], o en la mitadde la longitud en caso de ser menor a 1.000 [m], como máximo y en todos los casos se debelograr una resistencia máxima de la puesta a tierra de 7 [].

6.4.c. Las tierras de los puestos de transformación no se tendrán en cuenta para la distribuciónde los puestos de aterramiento del neutro de línea.

6.4.d. En caso que la ubicación de un aterramiento coincida con un puesto de transformación,el mismo de ubicará en un poste lindante al mismo.

6.4.e. Las puestas a tierra serán las descriptas en el punto 8.6.5. TRAZADO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS

6.5.a El trazado de las líneas troncales y/o derivaciones, será paralelo en lo posible de lasrutas, caminos públicos abiertos, calles de localidades, caminos vecinales, accesos habilitados,etc.

6.5.b La traza podrá ir junto al alambrado dentro del campo y a no más de 20 [m] del mismo,según convenga a los efectos de no disminuir la superficie útil del terreno y facilitar elmantenimiento de las instalaciones (se debe verificar si el alambrado está emplazado en ellugar correcto). En todos los casos se debe estudiar la posibilidad de utilizar el terreno delcamino.6.6. COMANDO Y PROTECCIÓN DE LÍNEAS.

6.6.a Para protección y comando, se usarán reconectadores automáticos en el punto dealimentación del sistema. Los mismos serán coordinados apropiadamente conseccionalizadores, seccionadores fusibles o con combinación de ellos. Para sistemaspequeños, en lugar de reconectadores podrán usarse fusibles de reenganche secuencial oautomáticos.

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6.6.b Para derivaciones mayores a 500 [m]. Se deberán colocar en el arranque de la mismafusibles primarios MN 245 (uno por cada fase).

6.6.1. Seccionadores Reconectables (de tres etapas).

6.6.1.a. En sistemas de distribución rural con importante cantidad de usuarios es convenienteinstalar, en el arranque de los sub-alimentadores y en reemplazo de lo establecido en el punto6.6.b., seccionadores reconectables (tipo de reenganche de tres etapas) coordinados con elreconectador principal de la red troncal.

6.6.1.b. Los elementos mencionados en este punto deberán estar de acuerdo a lasEspecificaciones Técnicas Normales.-

7. PUESTOS DE TRANSFORMACIÓN MT/BT

7.a. Son las distintas subestaciones reductoras (media a baja tensión) que se utilizan paraalimentar a los usuarios, para lo cual se ubicarán lo más próximo al punto de suministro.

7.b. En todos los casos el montaje del puesto de transformación se realizará en una columnade HºAº, la carga de rotura de esta será la mayor comparando las cargas consideradas en eltipo constructivo del puesto de transformación y el tipo constructivo correspondiente al piquete(terminal, angular o retención).

7.c. Los tipos constructivos de los Puestos Aéreos de Transformación serán los vigentes en lasEspecificaciones Técnicas de la E.P.E.

8. PUESTA A TIERRA

8.a. Los conjuntos de puestas a tierra serán los TN 51g y TN 51h.

8.b. Se establece expresamente, en todos los casos:

8.c. Todos los materiales empleados en la confección del electrodo de puesta a tierra deberáncumplir con la norma IRAM 2309.

8.d. El conductor para la interconexión entre electrodos será de 35 [mm2] de COBRE segúnNorma IRAM 2004, o 50 [mm2] de ACEROCOBREADO según Norma IRAM 2467, en un solotramo.

8.e. Como exigencia común para las puestas a tierra de seguridad y de servicio, se debeconsiderar que los electrodos deberán estar colocados a una distancia mínima, entre si, de 2veces el largo de los mismos.

8.f. Los conductores de las puesta a tierra, en su trayecto horizontal, deberán estar enterradosa una profundidad de 0,50 [m] como mínimo.

8.g. Los conductores mencionados en el punto 8.f. estarán protegidos en su primer tramo (4[m]) por una cobertura de ladrillos o losetas de hormigón de un ancho mínimo de 0,30 [m]. Lamisma será colocará una vez tapada la zanja a una profundidad de 0,30 [m] bajo el nivel delsuelo.8.1. PUESTA A TIERRA DE LOS SOPORTES.

8.1.a. Todos los soportes estarán puestos a tierra mediante uno de los conjunto mencionadosen el punto 8.a. y de acuerdo a lo indicado en los Tipos Constructivos Normales.

8.1.b. La resistencia de las puestas a tierra, mencionadas en 8.1.a., será como máximo de 7 [].

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8.2. PUESTA A TIERRA DE LOS PUESTOS AEREOS DE TRANSFORMACION (PAT).

8.2.a. Todos los PAT estarán puestos a tierra mediante uno de los conjunto mencionados en el punto 8.a. y de acuerdo a lo indicado en los Tipos Constructivos Normales.

8.2.b. La resistencia de las puestas a tierra, mencionadas en 8.2.a., será como máximo de 2 [].

8.3. METODOS DE PUESTA A TIERRA.8.3.1. Método del Hincado Superficial de Jabalina.

8.3.1.a. Se utilizarán tramos de jabalinas, del tipo alma de acero recubierta de cobre, MN 551c, debiendo quedar la cabeza de la misma a una profundidad mínima de 0,50 [m] del nivel del suelo.

8.3.2. Método de los Contrapesos.

8.3.2.a. Como contrapeso se utilizará conductor de cobre enterrado a una profundidad mínima de 0,80 [m].

8.3.3. Otros Métodos.

8.3.3.a. Se podrá proponer la utilización de otros tipos de puesta a tierra que reúnan condiciones técnico-económicas aceptables, a criterio de la E.P.E..

8.4. CONEXIONES A TIERRA

8.4.a. Los alambrados que se encuentren en la zona de la líneas eléctricas de media tensión ydel puesto aéreo de transformación, deberán ponerse a tierra, de forma tal que se asegure unatensión de seguridad no mayor de 24 [V]; no admitiéndose la puesta a tierra común entre la delalambrado y la del neutro de la línea o la del puesto de transformación. Además, deberánaislarse a ambos lados del puesto aéreo de transformación, con aisladores de cerco.

8.4.b. Cuando el alambrado sea paralelo a la línea, y en todo su recorrido, se deberán instalar cada 500 [m], aproximadamente, aisladores de alambrado, a fin de evitar accidentes.

9. ACOMETIDA A CLIENTES

9.a. La energía podrá ser tomada en media o baja tensión según corresponda. El tipo demedición será acordado por la EPE y de acuerdo con la reglamentación vigente, dependiendodel tipo de cliente (Cooperativas, Consorcios, clientes individuales, etc.) y la potencia requerida.

9.1. UBICACIÓN

7.1.a. En todos los casos el puesto de medición se ubicará fuera del puesto de transformación y en un radio no mayor a 2 metros.9.2. TIPOS DE MEDICIÓN.

9.2.a. Para transformadores de 16 [kVA] monofásicos la medición se realizará en forma indirecta, con transformador de medición de barra pasante.

9.2.b. Se emplazara un pilar de acometida según CN 2 (Acometida Aérea sobre Pilar). Para los casos de suministro monofásico se adaptará el conductor.

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9.2.c. Para las mediciones consideradas en el punto 9.2.a., se emplazara un pilar de acometidasegún CN 2 (Acometida Aérea sobre Pilar), adaptado con conductor monofásico. De estamanera se ubicarán el medidor monofásico y el transformador para medición dentro delgabinete trifásico.

9.2.d. El uso de otro tipo constructivo quedará a criterio de la E.P.E. y siempre será de acuerdoa las Construcciones Normales establecidas para acometidas.

10. PRESCRIPCIONES ESPECIALES (Restricciones).

10.1. FRANJA DE SEGURIDAD.

10.1.a. Se deberá cumplir con lo establecido en el ANEXO II Franjas de Seguridad.

10.2. PROXIMIDAD DE AEROPUERTOS.

10.2.a. Las líneas eléctricas que se construyan en las proximidades de los Aeropuertos,Aeródromos, Helipuertos e instalaciones de ayuda a la navegación aérea, deberán ajustarse alo especificado en las siguientes reglamentaciones vigentes, o las que se encuentren en vigor almomento de la ejecución de la obra.

10.2.b. Directiva Nº 5, del Comandante de Regiones Aéreas, Requisitos para el Emplazamientode Objetos en zona de Influencia de Aeródromos.

10.2.c. Normas de Señalamiento Aeronáuticos, Código Aeronáutico Anexo 14.

10.2.d. Disposición Nº 156/2000 del Comando de Regiones Aéreas, Dirección de TransitoAéreo, del 15 de Diciembre de 2000.

10.2.e. Disposición Nº 108/99 del Comando de Regiones Aéreas, del 15 de Setiembre de1.999, Normas de arancelamiento.

10.2.f. Tabla de cálculo y especificaciones de dimensiones y pendientes limitadoras deobstáculos Gráfica resumida en ANEXO III

10.3. LINEAS SIN CONDUCTOR DE NEUTRO.

10.3.a. En aquellas zonas en donde las líneas trifásicas no posean conductor neutro estaránexceptuadas, a exclusivo criterio de la E.P.E., de la colocación de los herrajes, aisladores ytendido del cable. Sin perjuicio de esto, en los proyectos que se realice en estas zonas, serespetarán las alturas mínimas y en el diseño se tendrá en cuenta el conductor respectivo.

10.3.b. Todos los elementos necesarios para la colocación y el tendido del conductor de neutrose realizarán con los planes de normalización de redes previstos oportunamente.

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ANEXO ICUADRO DE ALTURAS LIBRES Y DISTANCIAS

MINIMAS

CASOS

Zonas pobladas urbanas y suburbanas deciudades, pueblos y villas; plantas industriales,granjas, etc.

Altura libre hasta el nivel del suelo.

Altura libre hasta el nivel del suelo, con rotura delconductor en el vano vecino.

Distancia hasta las partes más próximas deedificios e instalaciones.

Distancias Mínimas Admisibles en Metros

Vertical

Para Flecha Máx. de losconductores

Horizontal

Con conductoresdeclinados

13,2 [kV]

Conductor

13,2[kV]

Neutro Activo Cond. Activo

8,00 8,50 --

4,50 5,00 --

-- -- 2,70

Zonas rurales, campos de pastoreo y labrados,estancias, huertas, viñedos, cañaverales, etc.

Altura libre hasta el nivel del suelo

Altura libre hasta el nivel del suelo, con rotura delconductor en el vano vecino.

Altura libre hasta la parte más próxima de losárboles en parques, plantaciones, cultivos, viverosetc., cuando la altura de los mismos NO supere los4 [m].

Distancia hasta las partes más próximas deedificios e instalaciones.

5,00 6,50 --

4,00 5,00 --

1,50 2,00 --

-- -- 1,50

Sobre Autopistas, Rutas Nacionales y Provinciales.

Distancia vertical a la calzada.

Distancia vertical a la calzada con rotura del conductor en el vano vecino.

Distancia entre el eje de la estructura y el borde de la calzada.

Distancia vertical al terreno natural para tendidos en la zona.

7,00 7,00 --

-- 5,00 --

-- -- 5,00

6,00 6,00 --

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 25 de 36

CASOS

Distancias Mínimas Admisibles en Metros

Vertical

Para Flecha Máx. de losconductores

Horizontal

Con conductoresdeclinados

13,2 [kV]

Conductor

13,2[kV]

Neutro Activo Cond. Activo

Distancia Vertical a la rasante de la calzada sobre caminos secundarios.

5,00 6,50 --

Cruces sobre entradas de para vehículos en casas o terrenos particulares.

5,00 6,50 --

Distancia de ventanas y balcones de edificios uotras estructuras a tierra accesibles a personas,con el conductor ubicado arriba.

3,50 3,50 2,50

Distancia de ventanas y balcones de edificios uotras estructuras a tierra accesibles a personas,con el conductor ubicado debajo.

NO SE ACEP- TARAN

NO SE ACEPTA- RAN --

Distancia desde alambres a tierra que no formen parte de la misma línea. 1,80 1,80 1,80

Circuitos de telecomunicaciones distanciasmínimas de paralelismo. Longitud máximarecomendada UN [km]

-- -- 10,00

Cruces con circuitos de telecomunicacionesdistancia mínima.

2,20 2,20 --

Cruces con circuitos de Baja Tensión hasta 0,400 [kV].

1,20 1,20 1,80

Cruces con circuitos de Media Tensión hasta 15 [kV].

1,20 1,20 1,80

Cruces con circuitos de Media Tensión hasta 50 [kV]. (2)

1,80 1,80 2,60

Cruces con circuitos de Alta Tensión hasta 132 [kV] distancia mínima a verificar. (2)

2,15 2,15 2,60

Conductores para transmisión de señalesanalógicas o digitales de voz, datos o TV distanciamínima.

2,20 2,20 --

Circuitos de Telecomunicaciones, señal de TV porCable o señales digitales por cable en soportescompartidos.

NO SE ACEP- TARAN

NO SE ACEPTA- RAN --

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 26 de 36

CASOS

Distancias Mínimas Admisibles en Metros

Vertical

Para Flecha Máx. de losconductores

Horizontal

Con conductoresdeclinados

13,2 [kV]

Conductor

13,2[kV]

Neutro Activo Cond. Activo

Circuitos de Baja Tensión, distancia mínima entre líneas en soportes compartidos.

1,20 1,20 --

Vías fluviales, ríos, lagos, lagunas. En condicionesde nivel máximo de aguas. (1)

Distancia libre hasta la cima del palo mayor de laembarcación en condiciones de nivel máximo deaguas.

Navegables o con movimiento de balsas.

NO navegables

2,00 2,00 --

6,00 6,00 --

6,00 6,00 --

Distancia libre a instalaciones de superficie.

Distancia mínima de las estructuras de acuerdo a la importancia de la tubería:

Hasta 6” de diámetro

De mayor diámetro.

4,00 4,00 --

4,00 4,00 4,00

-- -- 5,00

-- -- 10,00

Vías ferroviarias desde el nivel superior de los rieles.

Para ramales de trocha ancha.

Para ramales de trocha angosta.

11,75 11,75 --

11,00 11,00 --

Para cruce ferroviario, distancia mínima:

De los soportes fuera de la zona del ferrocarril.

De los soportes a las vías fuera de la zona del ferrocarril.

-- -- 1,00

-- -- 6,00

Distancia libre entre conductores de la línea ypartes constructivas del TROLEY de tranvías ytroleybuses

4,00 4,00 4,00

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MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 27 de 36

CASOS

Distancias Mínimas Admisibles en Metros

Vertical

Para Flecha Máx. de losconductores

Horizontal

Con conductoresdeclinados

13,2 [kV]

Conductor

13,2[kV]

Neutro Activo Cond. Activo

Distancia libre hasta el cable o las partesconstructivas de cablecarriles colgantes paratransporte de cosas y/o personas

4,00 4,00 4,00

Gasoductos, oleoductos.

De superficie 4,00 4,00 4,00

Al respecto, las estructuras deberán mantener unaseparación mínima, según sea la importancia delos gasoductos:

hasta 6” 5,00 5,00 5,00

de mayor diámetro 10,00 10,00 10,00

NOTAS:

(3.b.1) El nivel máximo de aguas corresponde a la máxima cota registrada de la crecientecentenaria.

(3.b.2) Estas distancias son MINIMAS, se deberán verificar como se establece en la ETN 160.

Todas las instalaciones de tensiones menores a las indicadas en el presente cuadro, deberán respetar las distancias indicadas en el mismo.

Para los casos de autopistas y rutas se evitará que la distancia horizontal desde el eje de laestructura hasta el borde de la calzada sea menor que la altura de la estructura más alta, dentro de lazona de paralelismo, en caso de no contarse con un permiso especial del concedente.

Al solo efecto de aplicación de las alturas mínimas serán adoptadas las siguientes definiciones:

a) Zona Urbana: Zonas o Centros fraccionados en manzanas, destinadas a asentamientos urbanosintensivos en los que se desarrollan usos vinculados a las residencias, las actividades terciarias,las de producción y usos específicos compatibles. A tal fin defínese como manzanas a lasfracciones limitadas por calles, con superficie no mayor de 1,5 hectáreas.

b) Zona Rural: Quedan definidas como tal, las zonas no comprendidas en el inciso a).

ALTURAS LIBRES, DISTANCIA VERTICALES Y HORIZONTALES

Las alturas libres y distancias verticales a otros elementos deberán ser determinadas con las hipótesis de cálculo que arroje la máxima flecha vertical.

Para distancia horizontal; considerar el estado de máxima componente horizontal.

LINEAS AEREAS RURALES DE

MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 28 de 36

ANEXO II

FRANJA DE SEGURIDAD

PARA LINEAS

MONOFASICAS

El ancho mínimo de la franja de seguridad, a tener en cuenta en el trazado de las líneas se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:

A = 2 f + 2 d= [m]

Donde:

A = Ancho total de la franja [m]

f = Declinación máxima del conductor obtenida en la hipótesis de calculo que considere la máxima presión del viento [m]

d = Distancia horizontal mínima de seguridad, a partir de la posición máxima del conductor, esta se fija en 3 [m] para 13,2 [kV].

NOTA: Podrá adoptarse d = 2 [m] (como caso de excepción) cuando exista imposibilidadmaterial de guardar mayor distancia, en calles ya existentes (abiertas o que estén indicadasen fraccionamientos aprobados antes de la construcción de la línea).

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ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 29 de 36

FRANJA DE

SEGURIDAD PARA

LINEAS TRIFASICAS

El ancho mínimo de la franja de seguridad, a tener en cuenta en el trazado de las líneas se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:

A = a + 2 f + 2 d = [m]

Donde:

A = Ancho total de la franja [m]

a = Distancia horizontal entre conductores externos [m]

f = Declinación máxima del conductor obtenida en la hipótesis de calculo que considere la máxima presión del viento [m]

d = Distancia horizontal mínima de seguridad, a partir de la posición máxima del conductor, esta se fija en 3 [m] para 13,2 [kV].

NOTA: Podrá adoptarse d = 2 [m] (como caso de excepción) cuando exista imposibilidadmaterial de guardar mayor distancia, en calles ya existentes (abiertas o que estén indicadas enfraccionamientos aprobados antes de la construcción de la línea).

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ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 30 de 36

ANEXO IIIRestricciones Especiales en Zonas

de Aeropuertos

Gráfico de la Zona de Restricción en Zonas de Aeropuertos

En el precedente gráfico se representan las medidas a respetar como FRANJALIMITADORA DE OBSTACULOS EN ZONA DE AEROPUERTOS, de acuerdo a laTabla de Dimensiones y Pendientes en Zona de Aeropuertos según ANEXO 14 –Aeródromos en vigencia.

ALTURA MAXIMA del SOPORTE desde el NIVEL del SUELO

Es la máxima altura que un soporte puede tener dentro de la Franja Limitadora.

DISTANCIA desde la CABECERA o UMBRAL de la PISTA

Esta es la mínima distancia, desde la cabecera o Umbral de la pista, que deberámantener el trazado de la línea de M.T.; la misma estará en función con la altura delos soportes.

DISTANCIA HACIA CADA LADO del EJE de la PISTA

Es la mínima longitud de la Franja Limitadora que deberá mantener la línea de M.T.hacia cada lado del eje de la pista. Esta estará en función de la distancia desde lacabecera o Umbral de la pista.

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ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 31 de 36

ANEXO IIIFranja Limitadora en Zona de Aeropuertos

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ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 32 de 36

ANEXO IVCONVENIO DE PERMISO DE PASO DE ELECTRODUCTO

Entre la EMPRESA PROVINCIA DE LA ENERGIA DE SANTA FE con sede legal en callePrimera Junta Nº 2558 – 3 Piso, de la ciudad de Santa Fe, en adelante “LA EMPRESA”,representada en este acto por el Jefe de ÁreaIngeniería ............................................................, L.E.–D.N.I Nº ................, de acuerdo a lasfacultades oportunamente conferidas, por una parte, y el Sr./a........................................................., L.E.–L.C.–D.N.I Nº ................, con domicilioen ............................ de la localidad de ..........................., en adelante “EL PROPIETARIO”, porla otra convienen:

PRIMERO: “EL PROPIETARIO” por el presente AUTORIZA al personal de “LA EMPRESA”y/o Empresa Constructora, a realizar los trabajos previstos en el proyecto de la obra y posteriormantenimiento permanente a las instalaciones destinadas a dotas de energía eléctrica al/a lospredio/s pertenecientes al “EL PROPIETARIO”, identificados con el Nº ............................. dePartida Inmobiliaria, sito/s en el/los Distrito/s ..................Departamento/s ......................................; cuyo proyecto, cómputo y presupuesto ha sidoaprobados por Disposición Nº ...................... de fecha ......./......../200..., y cuya documentaciónobra en el Expediente Nº 1/..../...................------------

Además del predio identificado anteriormente y que será electrificado, quedan afectados el/lospredio/s lindero/s propiedad de/los Sr./s. .......................................................................identificadoscon la Partida Inmobiliaria Nº ............................, Distrito ...........................Departamento ..................... --------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO: “EL PROPIETARIO”, se compromete a mantener una franja de seguridad a amboslados de la proyección del eje de la línea, de (SE INDICARA LA MEDIDA OBTENIDA SEGUNCALCULO DEL ANEXO II) [m] de ancho en la que no se podrá realizar ningún tipo deconstrucción, más UN (1) metro a continuación de la anterior, en la que solamente se admitiránconstrucciones de una sola planta sin balcones o terrazas accesibles.-----------------------------------

En la zona del electroducto no se permitirán árboles e instalaciones de molinos, antenas,mástiles, etc., en consecuencia se guardarán las distancias necesarias para no producir encaso de caída, daños a la línea de media tensión.-------------------------------------------------------------

En caso de cultivos de caña de azúcar, se admitirá el mismo en la franja de seguridad indicada,siempre y cuando no se queme dentro de la misma residuos ni caña de azúcar en pie, evitandoasimismo la propagación del fuego dentro de la zona. Los equipos mecánicos de labranza ycosecha que operen dentro de la zona no podrán sobrepasar la altura de CUATRO (4) metros,incluyendo cualquier tipo de antena que los mismos posean.-----------------------------------------------

TERCERO: El presente CONVENIO a favor de la “LA EMPRESA”, tendrá la vigencia quetengan las instalaciones prestando servicio. En caso de transferencia del inmueble afectado,“EL PROPIETARIO”, se compromete a lograr del adquirente la aceptación sincondicionamientos del presente Convenio.----------------------------------------------------------------------

CUARTO: “EL PROPIETARIO”, se compromete a cumplimentar con todas lo establecido en elPUNTO SEGUNDO del presente, renunciando al derecho a reclamar por daños y perjuicios quese causaren a sembrados y/o cosechas, con motivo del mantenimiento de los servicios quesean necesarios realizar.---------------------------------------------------------------------------------------

QUINTO: Queda expresamente pactado que para el caso de transferencia de los servicios deenergía eléctrica actualmente a cargo de la “LA EMPRESA”, el presente contrato será cedidoal concesionario de la distribución de la zona que corresponda, con los mismos derechos y

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ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 33 de 36

obligaciones, para lo cual “EL PROPIETARIO” esta obligado a aceptar a “ELCESIONARIO”, liberando por esta cláusula de toda responsabilidad contractual a “LAEMPRESA”. La cesión tendrá efectos a partir de la toma de posesión de los servicios dedistribución y “EL CESIONARIO” estará obligado a fijar su respectivo domicilio y aceptar lajurisdicción judicial establecida en el presenteconvenio.------------------------------------------------------------------------------------

SEXTO: Presente en este acto el Sr./a. .........................................., L.E.–L.C.–D.N.INº ................,que manifiesta ser CONYUGE de “EL PROPIETARIO” presta conformidad al presenteconvenio.--

SEPTIMO: A los efectos legales, las partes establecen sus domicilios como “UT SUPRA” sedenunciara en el primerpárrafo.------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVO: Las partes fijan de común acuerdo la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de laCiudad de Santa Fe, Capital de la Provincia del mismo nombre, renunciando a todo fuero,incluso al Federal sicorrespondiere.-----------------------------------------------------------------------------------------------

NOVENO: De conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor a un solo efectoen la ciudad de ................., provincia de ................., a los .......................... días delmes de ........................ del año DOS MIL ................ .--------------------------------------------------------------------

Firma del Propietario Firma del Cónyuge

CERTIFICO que las firmas que antecede son auténticasde ....................................y ........................... personas de mi conocimiento y fueron puestas en mi presencia.-

Lugar y Fecha Firma y sello Juez de Distrito

Escribano Público o Autoridad

Policial

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ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 34 de 36

ANEXO VCONTRATO DE APERTURA DE CAMINO

Entre la EMPRESA PROVINCIA DE LA ENERGIA DE SANTA FE con sede legal en callePrimera Junta Nº 2558 – 3 Piso, de la ciudad de Santa Fe, en adelante “LA EMPRESA”,representada en este acto por el Jefe de AreaIngeniería ............................................................, L.E.–D.N.I Nº ................, de acuerdo a lasfacultades oportunamente conferidas, por una parte, y el Sr./a........................................................., L.E.–L.C.–D.N.I Nº ................, con domicilioen ............................ de la localidad de ..........................., en adelante “EL PROPIETARIO”, porla otra convienen:

PRIMERO: “EL PROPIETARIO” se obliga a realizar a su cargo la apertura de un caminoparalelo a la línea de la obra aprobada por Disposición Nº ...................... defecha ......./......../200..., quecruza el inmueble de su propiedad, identificados con el Nº ............................. de PartidaInmobiliaria, sito/s en el/los Distrito/s .................. Departamento/s ......................................; a losfines de acceder para realizar el mantenimiento de la misma.-----------------------------------------------

SEGUNDO: El incumplimiento de la obligación establecida en el artículo primero autorizará a laE.P.E a denegar la aprobación definitiva de la obra proyectada, y consecuentemente de supuesta en servicio.---------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERO: “EL PROPIETARIO”, renuncia al derecho a reclamar por daños y perjuicios que secausen a sembrados y/u cosechas en el predio afectado, con motivo de los servicios demantenimiento que sean necesarios realizar.--------------------------------------------------------------------

CUARTO: Forman parte integrante de este Contrato las actuaciones obrantes en el ExpedienteNº 1/..../..................., y la Disposición Nº ...................... de fecha ......./......../200..., emanada de“LA EMPRESA” y que las partes declaran conocer en todos sus términos ----------------------------

QUINTO: A los efectos legales, las partes establecen sus domicilios como “UT SUPRA” sedenunciara en el primer párrafo.-------------------------------------------------------------------------------------

SEXTO: Las partes fijan de común acuerdo la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de laCiudad de Santa Fe, Capital de la Provincia del mismo nombre, renunciando a todo fuero,incluso al Federal si correspondiere.---------------------------------------------------------------------------------

SEPTIMO: Presente en este acto el Sr./a. .......................................... , L.E.–L.C.–D.N.I Nº ................, que manifiesta ser CONYUGE de “EL PROPIETARIO” presta conformidad alpresente convenio.---------------------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVO: De conformidad, se firman CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor a un soloefecto en la ciudad de ................., provincia de ................., a los .......................... díasdel mes de ........................ del año DOS MIL ................ .--------------------------------------------------------------------

Firma del Propietario/a Firma del CónyugeCERTIFICO que las firmas que antecede son auténticasde ....................................y ........................... personas de mi conocimiento y fueron puestas enmi presencia.---------------

Lugar y Fecha Firma y sello Juez de Distrito, Escribano Público o Autoridad Policial

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MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 35 de 36

ANEXO VIMODELO DE DONACION DE OBRA DE ELECTRIFICACION RURAL

Cde.: Expte Nº 1 – .....

– ................. . Santa Fe, ......

de ....................de ............. .-

Señores de la

EMPRESA PROVINCIAL de la ENERGIA

Primera Junta Nº

2558 3000 – Santa

Fe.-

El que suscribe ...................................................., L.E.–L.C.–D.N.INº ............................................, propietario/a del predio identificado con la Partida Inmobiliaria dereferencia, se dirige a Ud. a los efectos de realizar por medio de la presente la donación, sincargo para esa Empresa, de la Obra de Electrificación Rural construida según el proyectooportunamente aprobado y cuyas actuaciones pertenecen al expediente Nº 1 – ..... – ................. .

Asimismo declaro conocer y aceptar en todas sus partes el “Régimen Tarifario”, el “ReglamentoGeneral para la Prestación el Servicio Eléctrico” y el “Reglamento General para la Extensión deRedes” de esa Empresa Provincial de la Energía.-

Además mi cónyuge ......................................................................................, L.E.–L.C.–D.N.I Nº ............................................, presente en este acto, presta total conformidad a lapresente DONACION.-

Sin otro particular, salúdole ATTE.

Firma del Propietario/a Firma del Cónyuge

CERTIFICO que las firmas que antecede son auténticasde....................................y ........................... personas de mi conocimiento y fueron puestas en mipresencia.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Lugar y Fecha Firma y sello Juez de Distrito,

Escribano Público o Autoridad

Policial

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MEDIA TENSION CON NEUTRO

ETN 90VIGENCIA: 02/16 REEMPLAZA A:07/03Resolución Nº 109Hoja Nº 36 de 36

ANEXO VIITipos NormalesConstructivos

TN DESCRIPCION

TN 305 L.M.T. 13,2 kV – RURAL CADENA RETENCION

TN 321 L.M.T. 13,2 kV TRIFASICA c/NEUTRO SOPORTE ALINEACION

TN 322 L.M.T. 13,2 kV TRIFASICA c/NEUTRO SOPORTE ALINEACION HASTA 10º

TN 323 L.M.T. 13,2 kV TRIFASICA c/NEUTRO SOPORTE RETENCION PASANTE

TN 345 L.M.T. 13,2 kV BIFASICA SOPORTE ALINEACION

TN 346 L.M.T. 13,2 kV BIFASICA SOPORTE RETENCION PASANTE

TN 347 L.M.T. 13,2 kV BIFASICA SOPORTE TERMINAL

TN 348 L.M.T. 13,2 kV BIFASICA SOPORTE RETENCION DESVIO de 0º a 90º

TN 354 L.M.T. 7,62 kV MONOFASICA SOPORTE ALINEACION

TN 355 L.M.T. 7,62 kV MONOFASICA SOPORTE ALINEACION HASTA 10º

TN 356 L.M.T. 7,62 kV MONOFASICA SOPORTE RETENCION PASANTE

TN 357 L.M.T. 7,62 kV MONOFASICA SOPORTE TERMINAL

TN 358 L.M.T. 7,62 kV MONOFASICA SOPORTE RETENCION DESVIO DE 10º A 90º

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

DATOS TECNICOS GARANTIZADOS

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

La Planilla de Datos Técnicos Garantizados se debe considerar como parte de la presente especificación Técnica. En ella se indican valores SOLICITADOS por el comitente y valores GARANTIZADOS por el Oferente. La columna de los valores GARANTIZADOS se completará como valor garantizado, independientemente que figure algún valor SOLICITADO. En caso que el dato no sea compatible con el producto ofrecido el Oferente marcará un trazo horizontal en la columna OFRECIDOS de no hacerlo se considerará omitido y no dará derecho a reclamos ante homologaciones que se hagan de oficio o rechazo de la oferta. En caso de ofrecer dos (2) o más marcas de un mismo equipamiento, presentará una (1) planilla de Datos Técnicos Garantizados para cada marca ofrecida, tomándose como modelo las planillas adjuntas a éste pliego. Los Datos solicitados, marcados con asteriscos serán garantizados por el oferente y su omisión, presentación incorrecta o incompleta, podrá ser causal de rechazo de la oferta. Aquellos que no estuvieron marcados con asteriscos, se considerarán como referencia y contribuirán a una mejor evaluación de los elementos ofrecidos. El Oferente deberá presentar además folletos y catálogos Cabe consignar que los materiales deberán responder a las Normas que se especifican en este pliego, tanto en su fabricación como en los ensayos correspondientes, tomándose como mínimos los valores que especifiquen dichas Normas si los datos garantizados no lo superan, aunque no sean observados estos últimos en el proceso de adjudicación, el Contrato o durante la ejecución de la Obra.

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

ORDENAMIENTO

Postes de H°A°

Postes de Madera

Aisladores

POSTE DE H°A° PDTG

PLANILLAS DE DATO GARANTIZADOS DE ESTRUCTURAS DE HºAº

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARATIZADO(*)

1Fabricante

2Normas

IRAM 1605

3Metodo de fabricacion

Vibrado o Centrifugado

4Resistencia caracteristica hormigon

Mpa 21

5Recubrimiento minimo a estribos

mm 15

6Fisuras maximas para carga de fisuracion (20% rotura)

mm 0,05

7Para carga abertura de fisuras (30% rotura)

mm 0,1

Nota: (*) Valor a cumplimentar por el Oferente.

Santa Fe, ............................................

................................................... .......................................................Firma Representante Técnico Firma Representante Legal

Poste de Eucaliptus 9,00 m PDTG 205552 VIGENCIA: 12/2013 REEMPLAZA A: Resolución Nº 547 Hoja Nº 1 DE 2

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

1 Norma --- IRAM 9513 ETN 07

2 Material Normal --- MN 446

3 Especie forestal --- (*)

4 Altura m 9,00

5 Diámetro de la cima Mínimo cm 14

Máximo cm 16

6 Diámetro de la base Mínimo cm (*)

Máximo cm (*)

7 Preservador (Tachar lo que no corresponda) ---

Creosota

CCA

8 Sistema de impregnación --- Vacío – presión

9 Carga resistida mínima daN 600

10 Tiempo de secado previo a la impregnación. días (*)

11 Tiempo de secado posterior a la impregnación.- días (*)

12 Humedad máxima en el momento de impregnar % 25

13 Penetración del preservador % de la albura 100

14

Retención mínima del preservador

Creosota Tarugo

Kg./m3 de albura

seca

153

Torta 170

Cromocuproarsenical Mínima 12,8

15

Para preservador Cromocupro-arsenical

Retención mínima de los componentes

Cromo(CrO3)

Kg./m3 de albura

5,69

Cobre(CuO) 2,16

Arsénico(As2O5) 3,84

16 Peso aproximado del poste impregnado kg. (*)

17 Conectores en cima y base -- SI

Poste de Eucaliptus 9,00 m PDTG 205552 VIGENCIA: 12/2013 REEMPLAZA A: Resolución Nº 547 Hoja Nº 2 DE 2

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

18

Marcación: A) Por martillo EPE: “Aprobado” postes en crudo. B) Marcación a fuego: “Aprobado” el análisis químico de la impregnación.

-- SI

19 Garantía -- 2 años

(*) Datos a cumplimentar por el oferente NOTA: Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio. La presente Planilla de Datos Garantizados será válida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha Firma y Aclaración del Oferente

Aislador de montaje rígido MN 3a

PDTG 202297 VIGENCIA: 04/18 REEMPLAZA A: Resolución Nº: 234/18 Hoja Nº 1 DE 2

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

1. Características Generales

1.1 Fabricante --- (*)

1.2 País de fabricación --- (*)

1.3 Norma a la que responde --- ETN 10 IRAM 2236

1.4 Marca --- (*)

1.5 Modelo - Año de fabricación --- (*)

1.6 Designación según IRAM 2236 --- 55 – 5

2. Características Eléctricas

2.1 Tensión nominal kV 13,2

2.2 Tensión resistida de frecuencia industrial bajo lluvia (valor eficaz) kV 40

2.3 Tensión resistida de impulso atmosférico (valor de cresta) kV 110

2.4 Tensión mínima de perforación a frecuencia industrial (valor eficaz) kV 105

3. Características Físicas

3.1 Línea de fuga nominal mínima mm 305

3.2 Distancia de arco mm 160

3.3 Carga mecánica de rotura a la flexión daN 1100

4. Documentación a presentar

4.1 Adjunta catálogos --- SI

4.2 Presentación de planos de dimensiones. --- SI

4.3 Adjunta protocolos de ensayos tipo --- SI

5. Garantía

5.1 Período mínimo meses 24

(*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

Aislador de montaje rígido MN 3a

PDTG 202297 VIGENCIA: 04/18 REEMPLAZA A: Resolución Nº: 234/18 Hoja Nº 2 DE 2

ITEM CONCEPTO UNIDAD VALOR ESPECIFICADO

VALOR GARANTIZADO

Unidad Normas

NOTAS: Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio. La presente Planilla de Datos Garantizados será válida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Fecha Firma y Aclaración del Oferente

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe

Tel. 0342-4505853-829

PLANOS

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

TIPOS CONSTRUCTIVOS

AutoCAD SHX Text
ESTRUCTURA PASANTE
AutoCAD SHX Text
DERIVACION TRIFASICA-TRIFASICA
AutoCAD SHX Text
10,00/3000 Ro - 13,2 kv
AutoCAD SHX Text
BASE
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
13
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
15
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 1/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
DESCRIPCION
AutoCAD SHX Text
UNIDAD
AutoCAD SHX Text
CANT.
AutoCAD SHX Text
Aislador Campana - MN 3a
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
Perno Recto - MN 411r
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
Atadura Preformada s/Aislador MN 3 p/Cable AlAl 35mm2
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
Chapa Cuadrada - MN 84
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Cruceta de HºAº - MN 155
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Poste de HºAº - 10/3000 Ro
AutoCAD SHX Text
Conjunto de Puesta a tierra - TN 51g
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Cadena de Retencion Ceramica TN 305
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
Morseto de conexion MN 203a
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
Manguera negra plastica Diam= 1"
AutoCAD SHX Text
mts
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
10
AutoCAD SHX Text
11
AutoCAD SHX Text
L.M.T. 13,2 Puesta a Tierra - Sosten - TN 52
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Abrazadera MN 104
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
Aislador Roldana - MN 17
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Rack para un Aislador - MN 482
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
13
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
15
AutoCAD SHX Text
Perno rural - MN 67r
AutoCAD SHX Text
20001003
AutoCAD SHX Text
11120124
AutoCAD SHX Text
11120052
AutoCAD SHX Text
11120154
AutoCAD SHX Text
14040008
AutoCAD SHX Text
14001076
AutoCAD SHX Text
11120008
AutoCAD SHX Text
47120030
AutoCAD SHX Text
11140005
AutoCAD SHX Text
20001026
AutoCAD SHX Text
11120162
AutoCAD SHX Text
11120110
AutoCAD SHX Text
MATRICULA
AutoCAD SHX Text
ITEM
AutoCAD SHX Text
BASE PARA EL MONTAJE VER PLANOS DE FUNDACIONES ADJUNTO EN PLIEGO
AutoCAD SHX Text
ESTRUCTURA PASANTE
AutoCAD SHX Text
DERIVACION TRIFASICA-TRIFASICA
AutoCAD SHX Text
10,00/3000 Ro - 13,2 kv
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 2/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Cruceta de HºAº - MN 155 c/cancamo
AutoCAD SHX Text
16
AutoCAD SHX Text
ESTRUCTURA RETENCION
AutoCAD SHX Text
9,00/3000 Ro - 13,2 kv
AutoCAD SHX Text
DESVIO
AutoCAD SHX Text
BASE
AutoCAD SHX Text
90.00°
AutoCAD SHX Text
45.00°
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
13
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 1/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
DESCRIPCION
AutoCAD SHX Text
UNIDAD
AutoCAD SHX Text
CANT.
AutoCAD SHX Text
Aislador Campana - MN 3a
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Perno Recto - MN 411r
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Atadura Preformada s/Aislador MN 3 p/Cable AlAl 35mm2
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Chapa Cuadrada - MN 84
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Cruceta de HºAº - MN 155
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Poste de HºAº - 1.02/3000 Ro
AutoCAD SHX Text
Conjunto de Puesta a tierra - TN 51g
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
Cadena de Retencion Ceramica TN 305
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
Morseto de conexion MN 203a
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
Manguera negra plastica Diam= 1"
AutoCAD SHX Text
mts
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
10
AutoCAD SHX Text
11
AutoCAD SHX Text
L.M.T. 13,2 Puesta a Tierra - Sosten - TN 52
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Abrazadera MN 104
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
Aislador Roldana - MN 17
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
Rack para un Aislador - MN 482
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
13
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
20001003
AutoCAD SHX Text
11120124
AutoCAD SHX Text
11120052
AutoCAD SHX Text
11120154
AutoCAD SHX Text
14040008
AutoCAD SHX Text
14001076
AutoCAD SHX Text
11120008
AutoCAD SHX Text
47120030
AutoCAD SHX Text
11140005
AutoCAD SHX Text
20001026
AutoCAD SHX Text
11120162
AutoCAD SHX Text
MATRICULA
AutoCAD SHX Text
ITEM
AutoCAD SHX Text
BASE PARA EL MONTAJE VER PLANOS DE FUNDACIONES ADJUNTO EN PLIEGO
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 2/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESTRUCTURA RETENCION
AutoCAD SHX Text
9,00/3000 Ro - 13,2 kv
AutoCAD SHX Text
DESVIO
AutoCAD SHX Text
BASE
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
13
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
15
AutoCAD SHX Text
ESTRUCTURA PASANTE
AutoCAD SHX Text
DERIVACION TRIFASICA-MONOFASICA
AutoCAD SHX Text
10,00/1800 Ro - 13,2 kv
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 1/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
15
AutoCAD SHX Text
DESCRIPCION
AutoCAD SHX Text
UNIDAD
AutoCAD SHX Text
CANT.
AutoCAD SHX Text
Aislador Campana - MN 3a
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Perno Recto - MN 411r
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Atadura Preformada s/Aislador MN 3 p/Cable AlAl 35mm2
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Chapa Cuadrada - MN 84
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Cruceta de HºAº - MN 155
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Poste de HºAº - 10/1800 Ro
AutoCAD SHX Text
Conjunto de Puesta a tierra - TN 51g
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Cadena de Retencion Ceramica TN 305
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
Morseto de conexion MN 203a
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Manguera negra plastica Diam= 1"
AutoCAD SHX Text
mts
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
10
AutoCAD SHX Text
11
AutoCAD SHX Text
L.M.T. 13,2 Puesta a Tierra - Sosten - TN 52
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Abrazadera MN 104
AutoCAD SHX Text
12
AutoCAD SHX Text
Aislador Roldana - MN 17
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Rack para un Aislador - MN 482
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
13
AutoCAD SHX Text
14
AutoCAD SHX Text
15
AutoCAD SHX Text
Perno rural - MN 67r
AutoCAD SHX Text
20001003
AutoCAD SHX Text
11120124
AutoCAD SHX Text
11120052
AutoCAD SHX Text
11120154
AutoCAD SHX Text
14040008
AutoCAD SHX Text
14001094
AutoCAD SHX Text
11120008
AutoCAD SHX Text
47120030
AutoCAD SHX Text
11140005
AutoCAD SHX Text
20001026
AutoCAD SHX Text
11120162
AutoCAD SHX Text
11120110
AutoCAD SHX Text
MATRICULA
AutoCAD SHX Text
ITEM
AutoCAD SHX Text
BASE PARA EL MONTAJE VER PLANOS DE FUNDACIONES ADJUNTO EN PLIEGO
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 2/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
ESTRUCTURA PASANTE
AutoCAD SHX Text
DERIVACION TRIFASICA-MONOFASICA
AutoCAD SHX Text
10,00/1800 Ro - 13,2 kv
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
16
AutoCAD SHX Text
Tilla con ojal MN 515
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 1/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
SOPORTE ALINEACION ESPECIAL
AutoCAD SHX Text
LMT 7,62 kV - HºAº 9/750Ro
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
BASE
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
10
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
ITEM
AutoCAD SHX Text
DESCRIPCION
AutoCAD SHX Text
UNIDAD
AutoCAD SHX Text
CANT.
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
Aislador Campana - MN 3
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
Soporte p/Aislador 13,2/7,62kV - MN 416b
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
Atadura Preformada s/Aislador MN 3 p/Cable AlAl 25mm2
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
4
AutoCAD SHX Text
Aislador Roldana - MN 17
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
5
AutoCAD SHX Text
Perno Recto (Soporte Aislador Roldana s/Poste) - MN 67r
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
6
AutoCAD SHX Text
Conjunto Preformado s/Aislador MN 17 (Pasante) p/Cable 35mm2
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
7
AutoCAD SHX Text
Bulon - MN 51
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
2
AutoCAD SHX Text
8
AutoCAD SHX Text
Chapa Cuadrada - MN 84
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
3
AutoCAD SHX Text
9
AutoCAD SHX Text
Poste de HºAº 9/750 Ro
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
10
AutoCAD SHX Text
Conjunto de Puesta a Tierra - TN 51g
AutoCAD SHX Text
Pza
AutoCAD SHX Text
1
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE
AutoCAD SHX Text
U.C.Y.E.R
AutoCAD SHX Text
MATRÍCULA:
AutoCAD SHX Text
HOJA N°: 1/2
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:1:100
AutoCAD SHX Text
SOPORTE ALINEACION ESPECIAL
AutoCAD SHX Text
LMT 7,62 kV - HºAº 9/750Ro
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 1,45 m3
AutoCAD SHX Text
9/750Ro
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA SANTA FE
AutoCAD SHX Text
UCYER
AutoCAD SHX Text
MATRICULA:
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
HOJA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:
AutoCAD SHX Text
03/17
AutoCAD SHX Text
FUNDACIONES DE ESTRUCTURAS
AutoCAD SHX Text
2/2
AutoCAD SHX Text
1:100
AutoCAD SHX Text
7,62 kV - TN 354
AutoCAD SHX Text
BASE SOPORTE ALINEACION
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 1,72 m3
AutoCAD SHX Text
9/1200Ro
AutoCAD SHX Text
7,62 kV - TN 355
AutoCAD SHX Text
BASE EST RETENCION
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 1,87 m3
AutoCAD SHX Text
9/1800Ro
AutoCAD SHX Text
7,62 kV - TN 358
AutoCAD SHX Text
BASE EST. RETENCION DESVIO
AutoCAD SHX Text
El montaje de las Estructuras de HºAº se realizarán con BASES, excepto que
AutoCAD SHX Text
las condiciones del terreno sean favorables para empotramiento directo c/suelo
AutoCAD SHX Text
cemento, en caso de presentarse esta condición, la inspección de Obra solicitará
AutoCAD SHX Text
la revisión del alcance a UCYER del Area Proyectos
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 1,72 m3
AutoCAD SHX Text
9/1800Ro
AutoCAD SHX Text
7,62 kV
AutoCAD SHX Text
BASE PASANTE DERIV.
AutoCAD SHX Text
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA SANTA FE
AutoCAD SHX Text
UCYER
AutoCAD SHX Text
MATRICULA:
AutoCAD SHX Text
FECHA:
AutoCAD SHX Text
HOJA:
AutoCAD SHX Text
ESCALA:
AutoCAD SHX Text
03/17
AutoCAD SHX Text
FUNDACIONES DE ESTRUCTURAS
AutoCAD SHX Text
1/2
AutoCAD SHX Text
1:100
AutoCAD SHX Text
13,2 kV - TN 321a
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 1,73 m3
AutoCAD SHX Text
9/750Ro
AutoCAD SHX Text
BASE SOPORTE ALINEACION
AutoCAD SHX Text
Camb/Poste 13,2 kV
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 2,03 m3
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 2,35 m3
AutoCAD SHX Text
9/3000Ro
AutoCAD SHX Text
9/3000Ro 10/3000Ro
AutoCAD SHX Text
BASE EST. TRANSF. TER
AutoCAD SHX Text
13,2 kV
AutoCAD SHX Text
BASE EST. RETENCION DESVIO
AutoCAD SHX Text
13,2 kV
AutoCAD SHX Text
Volumen Hormigon : 2,18 m3
AutoCAD SHX Text
9/2400Ro
AutoCAD SHX Text
BASE EST. RETENCION
AutoCAD SHX Text
El montaje de las Estructuras de HºAº se realizarán con BASES, excepto que
AutoCAD SHX Text
las condiciones del terreno sean favorables para empotramiento directo c/suelo
AutoCAD SHX Text
cemento, en caso de presentarse esta condición, la inspección de Obra solicitará
AutoCAD SHX Text
la revisión del alcance a UCYER del Area Proyectos
AutoCAD SHX Text
O PASANTE DERIVACION

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

ANEXO DE HIGIENE Y SEGURIDAD-RESOLUCIÓN Nº 494/09

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

ANEXO A

UNIDAD MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD

GERENCIA RECURSOS HUMANOS Documentación

1. 1. EMPRESAS SIN PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA Y VEHICULOS AFECTADOS AL SERVICIO

CON 5 DIAS DE ANTELACION A LA INICIACION DE LOS TRABAJOS Y CADA VEZ QUE SE PRODUZCA ALGUNA MODIFICACION

Listado con carácter de Declaración Jurada de no poseer empleados afectados a la EPE y el número de CUIL del contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil comprensivo hacia terceros, de $ 50.000,00 como mínimo. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales, deberán entregarse los mismos a medida que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará la fotocopia certificada de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

Detalle de los vehículos afectados a la contratación indicando marca, modelo, tipo, Nº de patente, Nº de chasis, Nº de motor, fotocopia de la documentación respaldatoria de la titularidad a favor de la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro para vehículos, con póliza especificada de cada uno de ellos que contemple, como mínimo, responsabilidad civil por daños a bienes y responsabilidad civil a personas y pasajeros transportados. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales se deberán entregar los mismos a medida que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará la fotocopia certificada de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

2. 2. EMPRESAS CON PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA Y VEHICULOS AFECTADOS AL SERVICIO

CON 5 DIAS DE ANTELACION A LA INICIACION DE LOS TRABAJOS Y CADA VEZ QUE SE PRODUZCA ALGUNA MODIFICACION

Listado con carácter de Declaración Jurada de los empleados afectados a la EPE, con los datos personales completos y Nº de CUIL, anexando al mismo certificado de buena conducta de cada uno de ellos.

Fotocopia autenticada por la Secretaría de Trabajo de la Planilla de Horarios y Descansos (Art. 197º, Ley 20.744) donde consten los empleados afectados a la EPE.

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

Original y fotocopia de las Inscripciones pertinentes ante la DGI y demás Reparticiones correspondientes. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Libreta de Trabajo de cada empleado incluido en la nómina. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del Contrato con la ART. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura de la ART emitido por la misma con la nómina de los empleados incluidos en el mismo, donde deberán constar los empleados afectados a la EPE. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro de responsabilidad civil comprensivo hacia terceros, de $50.000,00 como mínimo. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales se deberán entregar los mismos a media que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

Detalle de los vehículos afectados a la contratación, indicando marca, modelo, tipo, Nº de patente, Nº de chasis, Nº de motor, fotocopia de la documentación respaldatoria de la titularidad a favor de la empresa contratista.

Original y fotocopia de la Póliza de Seguro para vehículos, con póliza especificada de cada uno de ellos que contemple como mínimo responsabilidad civil por daños a bienes y responsabilidad civil a personas y pasajeros transportados. La EPE se guardará las fotocopias certificadas de los originales que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura emitido por la Cía. Aseguradora citada en el punto anterior y el recibo de pago total o parcial comprensivo de todo el período de contratación. En caso de pagos parciales se deberán entregar los mismos a medida que sea obligatorio su pago para extender la cobertura al período de contratación. La EPE se guardará la fotocopia certificada de los originales, que serán devueltos a la empresa contratista.

Original y fotocopia del certificado de cobertura del seguro de vida obligatorio.

3. 3. EMPRESAS CON LAS CONDICIONES 1 y 2

CON 5 DIAS DE ANTELACION AL INICIO DE LA CONTRATACION Y EN FORMA MENSUAL

Recibos de sueldos de los agentes afectados a prestar servicios en la EPE, debidamente firmados por los beneficiarios.

F.900, 901 ó 902 del mes inmediato anterior, si el empleador se encuentra incluido en el SIJP, nómina del personal (Opción listado del empleador), o los comprobantes que la reglamentación oportunamente determine para avalar el pago de aportes y contribuciones patronales para el SIJP.

Talón de pago (ticket) de la contribuciones Seguridad Social, Aportes seguridad social y contribución Obra Social; o F.107 por cada concepto del mes inmediato anterior, o los comprobantes que oportunamente determine la legislación en vigencia.

Talón de pago (ticket) o F.107, según corresponda, del mes inmediato anterior de la ART, o los comprobantes que oportunamente determine la legislación en vigencia.

Si el contratista dejare de cumplir con lo estipulado en los puntos anteriores, la Empresa se reserva la potestad de rescindir el contrato por causa imputable al mismo y procederá a realizar los trámites

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tendientes a aplicar las sanciones previstas en el Registro Único de Proveedores de la EPE. y de la Provincia, y a cargarle los costos que resultaren por causa del incumplimiento.

ANEXO B

UNIDAD MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD

GERENCIA RECURSOS HUMANOS

NORMAS REGLAMENTARIAS MINIMAS DE MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO PARA LAS EMPRESAS QUE COMO CONTRATISTAS O SUB-CONTRATISTAS REALICEN OBRAS O PRESTEN SERVICIOS EN EL AMBITO DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

OBJETIVOS Y ALCANCES DE ESTA NORMA

La presente Norma tiene como objetivo establecer pautas generales para que las distintas etapas de realización de nuevas obras, ampliaciones, refacciones o mantenimientos tanto civiles como electromecánicas, se ejecuten con la máxima seguridad en un medio ambiente propicio, de manera tal de prevenir accidentes y enfermedades profesionales al personal de obra.

Su cumplimiento es de carácter obligatorio para todas las empresas y su personal que se encuentren realizando tareas en obras de la EPE

LEGISLACION APLICABLE

Legislación de aplicación

Con fines informativos, señalamos que la legislación de aplicación de la presente norma, la cual es de cumplimiento obligatorio para las empresas comprendidas en la misma, es la siguiente:

-Ley Nacional de Riesgos del Trabajo (L.R.T.) Nº 24557/95 – Dcto. 170/96

-Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19587/72 – Dcto. 351/79

-Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo Nº 231/96, 51/97, 35/98 y 319/99

-Decreto 911/96 Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la construcción.

-Reglamento para trabajos y maniobras sobre instalaciones eléctricas

-Toda reglamentación vigente en el momento de realizarse los trabajos contratados.

NORMAS GENERALES

Toda empresa contratista o sub-contratista, deberá estar afiliada a una ART (Aseguradora de riesgos del trabajo) o, en su caso de la existencia de autoseguro, que deberá comunicar a la EPE. Además deberá informar: a)el listado nominativo del personal que estará afectado a la obra o prestación del servicio, como así también las altas y bajas que se produzcan durante su ejecución a la Unidad Medio Ambiente, Higiene y Seguridad “la jefatura que corresponda” de la EPE; b) los sanatorios o clínicas en las cercanías de la localidad en donde se desarrollan las obras, que tiene la ART contratados, y su correspondiente Nº de teléfono, al Responsable de la conducción de la obra de la EPE, antes de comenzar los trabajos.

Toda empresa contratista o sub-contratista que opere con su personal, o personal contratado, en las instalaciones de la EPE realizando obras, prestando servicios o cualquier tarea o actividad encomendada o no, será responsable directo de todo accidente, inclusive incendios o siniestros provocados por errores o incumplimiento de las normas, y que serán causa de lesiones, enfermedades y/o daños materiales dentro del área de la obra, contaminación del medio ambiente y su eventual extensión, que pudiera inclusive perjudicar a terceros.

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La Empresa contratista o sub-contratista deberá denunciar dentro de las 24 horas, o el primer día hábil siguiente, a la Unidad Medio Ambiente, Higiene y Seguridad de la EPE, todo accidente o incidente ocurrido durante el desarrollo del trabajo, o enfermedad ocupacional sufrida por su personal o por el contratado, indicando por escrito datos personales, motivos del

mismo, tipo de lesión, primeros auxilios, tratamiento médico y toda otra información que le será requerida por el personal de la EPE (daños a personas, equipos, contaminación, etc.). Este requisito deberá cumplimentarse indefectiblemente en toda ocasión se trate o no de casos con tiempo perdido.

Todo accidente o incidente será investigado por la EPE, con la colaboración del Responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa.

La Empresa contratista o sub-contratista deberá contar con un Responsable de Higiene y Seguridad de la obra, y tiene la obligación de conocer estas normas y los procedimientos de trabajo que se le especifiquen así como de comprometerse a capacitar en forma permanente a su personal.

Además, el Responsable de Higiene y Seguridad; deberá hacerse presente en la obra con la carga horaria según lo reglamentado en la Resolución Nº 231/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), que se detalla:

Nº de Operarios Horas Profesionales Semanales

1-15 de 3 a 5

16-50 de 5 a 10

51-100 de 10 a 15

101-150 de 15 a 20

151 o más 30 o más

La Empresa contratista o sub-contratista entregara a la EPE, la planilla que como anexo I, forma parte de la presente norma, en donde consta los datos del Responsable de Higiene y Seguridad quien deberá presentarse, antes del inicio de la contratación, personalmente en la Unidad Higiene y Seguridad Gerencia Recursos Humanos a fin de coordinar con esta las acciones a realizar.

Además, el Responsable de Higiene y Seguridad de la empresa, deberá asentar en una planilla que estará habilitada en la obra, sus visitas periódicas a la obra, con la fecha y hora de entrada y salida, según anexo II

Nota: Se amplía el requerimiento de horas en la obra del Responsable de Higiene y Seguridad, en anexo III, además de lo solicitado en el Anexo IV donde se aclara toda la documentación a presentar

En todo momento, el personal de la empresa contratista o sub-contratista estará a cargo de un Director de obra, quien será declarado ante el Responsable de conducir la obra de la EPE, antes del comienzo de la misma.

Queda terminantemente prohibido, la circulación y permanencia del personal de las empresas contratistas o sub-contratistas fuera del radio de la obra en el ámbito de la EPE.

El no cumplimiento de esta condición, será sancionada con el retiro de dicho personal en forma definitiva de la obra.

La empresa contratista o sub-contratista conservara y respetara las indicaciones de seguridad, referente a prevención de accidentes, uso de elementos de protección personal y normas sanitarias particulares de cada sector.

La empresa contratista o sub-contratista usara su instalación eléctrica, incluso elementos o herramientas eléctricas fijas o portátiles, siempre que posea llaves o interceptores, fusibles,

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puesta a tierra, etc. necesario para evitar electrocución, chispas, cortocircuitos, recalentamientos, etc. Utilizara una tensión de 220V, o 380 V con su correspondiente disyuntor diferencial.

Además los conductores, caja de contactos etc., deberán estar fijadas fuera de posibles tropiezos o manoseo indebidos.

Todas las herramientas manuales de obra, maquinas herramientas etc., deberán contar con sus protecciones (barreras, resguardos, etc.) para evitar riesgo mecánico y tener conexión de puesta a tierra.

No se realizaran trabajos en artefactos de iluminación o instalaciones eléctricas de fuerza electro motriz en general, sin haber efectuado antes el corte de corriente mediante el accionamiento del interruptor, el retiro de todos los fusibles del ramal afectado, y haber colocado la señalización correspondiente, para evitar que se vuelva a conectar por error el circuito y provocar accidentes.

Si es necesario efectuar tareas con tensión, antes deberá existir una autorización del Responsable de supervisar la obra de la EPE. La persona que lo realice deberá estar fehacientemente capacitada y habilitada por el Responsable de Higiene y Seguridad de la empresa, utilizara métodos de trabajos específicos y respectivas normas técnicas, usara materiales, herramientas y elementos de protección personal adecuados al trabajo. Este tipo de trabajo de alto riesgo, será supervisado permanentemente por el Responsable de Higiene y Seguridad de la empresa.

El orden y la limpieza en la zona de realización de los trabajos son imprescindibles para limitar la posibilidad de accidentes.

La zona de trabajos deberá cercarse convenientemente, con vallas, cintas, conos y todo otro tipo de elemento que sirva para tal fin.

En todo momento se cuidara de no afectar el medio ambiente, evitando la generación de contaminantes nocivos, no utilización de los sistemas de desagües industriales o pluviales para eliminar los residuos de la obra.

Todos los materiales necesarios para la obra deberán disponerse ordenadamente, tratando de no perturbar la circulación vehicular o de peatones.

Las empresas contratistas o sub-contratista deberán proveer a los trabajadores a su cargo, con la correspondiente capacitación y compromiso de uso, de los siguientes elementos de protección personal:

Ropa adecuada para el trabajo, consistente en pantalón y camisas, preferentemente del mismo color, debiendo ser este uniforme para todo el personal de la empresa.

Será aconsejable llevar identificación con el nombre de la empresa.

Para trabajos en altura, más de 2 m. cota de altura plano de trabajo, se deberán usar, según corresponda, los siguientes elementos:

Arneses anticaída de seguridad

Cinturones de sujeción

Elementos de amarre de sujeción y anticaídas

Salva caídas

Dispositivos retractiles

Líneas de vida

Silletas

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Descensores

Además la empresa contratista o sub-contratista deberá tomar todas las previsiones de seguridad para los trabajos en altura, mediante escaleras, andamios, pasarelas, redes, protección de huecos y vanos, etc., construidos con materiales de buena calidad, y con condiciones de máxima seguridad.

Protección ocular y facial, para los trabajadores expuestos a proyección de partículas o radiaciones (infrarrojas o ultravioletas)

Cascos de seguridad tipo 1, clase B, con sello de calidad IRAM

Calzado de seguridad

Guantes de seguridad de acuerdo a las tareas.

Para trabajos en la vía pública o cercanías a la misma todo el personal involucrado deberá usar chalecos reflectivos.

Cuando la tarea a realizar implique riesgo potencial de incendio, la empresa deberá disponer en cada frente de obra de extintores de polvo químico seco, aptos para fuegos clase ABC, de 10 kg., además el personal deberá estar capacitado para su uso.

Además de lo solicitado en el anexo A se deberá presentar la siguiente documentación tanto del personal como de los vehículos:

DNI

Licencia de conductor, acorde al tipo de vehículo.

Cedula verde en vigencia o tarjeta azul.

RTO “Revisión Técnica obligatoria en vigencia, acorde al tipo de vehículo,”

Habilitación Técnica para el tipo de tarea por Ej: Conductor de equipos pesados, etc. Emitido por autoridad competente.

Original y Fotocopia de la capacitación recibida.

Todo el personal que ingresa a la obra deberá contar con:

Cobertura de ART, en caso de no contar con la misma deberá contar con seguro de accidentes personales por una cifra de $ 250.000. En ambos casos se deberá agregar la cláusula de no repetición a favor de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. Cuit 3054578816-7, actualizada.

Seguro de Vida obligatorio. Por el periodo de la prestación del servicio

Para aquellos casos que la Empresa adjudicada en la orden de compra deba por alguna razón sub contratar los trabajos a realizar deberá exigir toda la documentación descripta tanto en los anexos A y B, siendo la primera la responsable de presentar junto a la suya.

ADEMAS DEBERÁN PRESENTAR:

Estadísticas de accidentes del último año confeccionado y aprobado por la ART.

Listado de personal designado que realiza tareas en altura. (Nombre, Apellido, Categoría y el Certificado de aptitud para tareas en altura s/Res SRT 043/1997, Anexo I. Conformación de cada cuadrilla de tareas de montajes en altura en la que se incluirá un puntero o capataz de la misma. Contar con instructivo de tarea segura para todos los trabajos críticos (con riesgo inminente o en proximidades de instalaciones eléctricas) de montajes en altura.

Constancia de la capacitación específica del referido instructivo, con la participación del responsable, Jefe de obra, Supervisor, Capataz, Puntero y Personal de cuadrilla operativa.

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Plan de Contingencia para Trabajos en Altura. (Ej: equipos de comunicación, equipo de izajes de apoyo: grúa / hidrogrúa - guindola / barquilla / plataforma elevadora, personal entrenado en emergencias, roles definidos, entre otros).

Elaboración de DDS (dialogo diario de seguridad) por parte de cada cuadrilla.

Elaboración de ATS (análisis de tarea segura), descomponiendo las tareas a desarrollar por pasos, elaborado por cada cuadrilla.

Indicación y provisión de los EPP específicos para los trabajos en altura (arnés de seguridad, con: alternativa 1° línea de vida vertical individual, alternativa 2° con doble cola de amarre elastizada con amortiguador de caída- alternativa 3° equipo anticaída retráctil, incluir casco de seguridad con mentonera de sujeción). Mas los normales acordes a la tarea que correspondan.

Habilitación de equipos de izajes: grúa / hidrogrúa, guindola o canasto de elevación de personas por un ente independiente (TUV, IRAM y BUREAU VERITAS). O autoridad competente

Certificación de calidad de auxiliares de izajes (grilletes, fajas, eslingas y otros).

Habilitación de operador de grúa / hidrogrúa por un ente independiente (TUV, IRAM y BUREAU VERITAS).

La EPE se reserva el derecho de suspender la obra, ordenar el retiro del personal, o aplicar sanciones consistentes en multas, cuando observe anormalidades durante la obra que a su juicio puedan ser causas de accidentes, riesgos potenciales, daños materiales, contaminación del ambiente y ocultamiento de información referente a accidente, incidentes o enfermedad ocupacional, por no aplicar las normas de MEDIO AMBIENTE, HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO establecidas, no mantener el personal una actividad que demuestre concientización en la materia, para lo que la Empresa deberá observar una clara y especifica política de seguridad.

La EPE se reserva el derecho de rechazar aquellos programas de seguridad que:

No contemplen a criterio de esta Unidad las medidas preventivas antes del inicio de las actividades.

Aquellos donde el profesional que los confecciona y firma delega su responsabilidad en personal operativo u otro que no posea matricula habilitante para ser Responsable de H y S.

Aquellos confeccionados por profesionales con causas pendientes en cuanto a su accionar dentro de la profesión.

Aquellos programas que no se encuentren visados por el colegio de ingenieros respectivos y aprobados por la ART.

Protocolo de presentación:

Toda documentación deberá ser presentada en original y copia; debidamente anillada u ordenada, con carátula que indique empresa; tipo de obra, localidad, responsable de Higiene y Seguridad, auxiliares técnicos habilitados y fotocopia certificada, constancia de pago de matricula al día y cobertura de ART o seguro de accidentes personales por un monto de $ 250.000 como mínimo.

Nota: la documentación a presentar (certificado de no acción y otros) debe constar expresamente sin abreviaturas “Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe cuit 30545788167.

El Programa de seguridad en obra y/o servicio aprobado por la ART.

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Para aquellos casos donde la tarea no conlleve riesgos (proximidades de líneas con tensión, trabajos en altura, manipulación de productos químicos, etc) o se eroguen montos menores (por fondos fijos)el jefe de sector donde se llevara a cabo la tarea elevara una nota a esta Unidad en donde se detalle las tareas a realizar y previa coordinación y autorización (requisito indispensable para el pago del servicio o trabajo) de esta Unidad, la cual determinara si con la presentación de las siguientes constancias, además de lo indicado en el anexo A, se podrá dar inicio a las tareas mencionadas:

Cobertura de ART y certificado de no acción (actualizada mensualmente)

Seguro de vida Obligatorio

Constancia de Entrega de EPP

Constancia de Capacitación especifica.

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ANEXO I

------------------------,-----/-----/-----------

De:

A: Unidad Higiene y Seguridad

________________________

Ref.: Servicio de Higiene y Seguridad

Por la presente me dirijo a Uds., para informarles que el Profesional Responsable de Higiene y Seguridad contratado por mi empresa, es el:………………………………………………………… ………………………………., el cual actuara de acuerdo con el Decreto 351/79 Reglamentario de la ley 19.587, Decreto 911/96, y Resoluciones de la Superintendencia de Riesgo del Trabajo, para la obra: ………………………………………………………………………………….., a ejecutarse en: …………………………………………………………………………………………., de la localidad de: ……………………………………………………………………..-

El profesional llevara un registro, en el se asentara las novedades de sus visitas, y todo lo realizado por el Servicio. Este registro quedara en la obra, a vuestra disposición.

Sin otro particular, saludamos atentamente.

---------------------------------------------- ----------------------------------------------

Firma del Representante Firma del Profesional

de la Empresa de Higiene y Seguridad

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E EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829 / Int. 3452

ANEXO II

CONSTANCIA DE VISITA DEL RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

EMPRESA:

OBRA:

N° De Visita Fecha Hora Entrada en Obra

Hora Salida en Obra

Firma Aclaración

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E EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829 / Int. 3452

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RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD

DE LA EMPRESA

SITUACIONES ESPECIALES

Toda obra, que por su riesgo y duración sea de una semana o más, deberá ajustarse a lo requerido por Resolución Nº 231/96 de la SRT.-

En aquellos casos, en que la duración de la obra, sea menor a una semana, será condición, la presencia del Responsable de Higiene y Seguridad en la misma, para ordenar todo lo requerido sobre, empleo de E.P.P., capacitación, y formulación de recomendaciones al personal de la Empresa , por lo menos una vez.

Para aquellos trabajos de corta duración, pero repetitivos (Ejemplo: Trabajos en plomería, Gasista, Colocación de vidrios, etc.), se deberán ajustar a Resolución Nº 319/99 de la SRT.; vale decir, deberá el Responsable de Higiene y Seguridad, elaborar un “Plan de Seguridad”, que tendrá un periodo de validez semestral y renovable.

En toda otra situación no contemplada, en los casos anteriores, las horas de permanencia en obra del Responsable de Higiene y Seguridad de la Empresa, lo determinara la Unidad de Higiene y Seguridad de la EPE.-

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ANEXO IV

Documentación a presentar:

Estadísticas de accidentes del último año confeccionado y aprobado por la ART.

Programa de seguridad aprobado por la ART.

Certificado de no acción actualizado en forma mensual por la ART

Aviso e inicio de obra

Listado con carácter de declaración jurada de no poseer empleados afectados a la EPE y el número de CUIL del contratista.

Seguro de responsabilidad civil comprensivo hacia terceros.

Detalle de los vehículos afectados al a contratación

Póliza de seguros para vehículos, que contemple como mínimo, responsabilidad civil por daños a bienes y responsabilidad civil a personas y pasajeros transportados.

DNI y Licencia de conductor vigente; acorde al tipo de vehículo.

Certificados de póliza de accidentes Personales o cobertura de ART con cláusula de no repetición.

Seguro de vida obligatorio.

Carta indemne (se solicitará en Medio Ambiente, Higiene y Seguridad EPE)

Exámenes médicos (de acuerdo a la actividad con una antigüedad no mayor a un año)

Cédula verde, en vigencia o cedula azul.

RTO “Revisión Técnica Obligatoria”.

Copia de los certificados de los elementos utilizados para el izado (eslingas).

Listado de personal designado que realiza tareas en altura.

Constancia de la capacitación específica

Plan de Contingencia para Trabajos en Altura.

Constancia de entrega de los EPP y EPC

Habilitación de equipos de izajes: grúa / hidrogrúa, guindola o

canasto de elevación de personas por un ente independiente

(TUV, IRAM y BUREAU VERITAS). O autoridad competente

Certificación de calidad de auxiliares de izajes (grilletes, fajas, eslingas y otros).

Habilitación de operador de grúa / hidrogrúa por autoridad competente

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ANEXO CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL API

CERTIFICADO REGISTRO DEUDORES ALIMENTARIOS

LEY 13505 COMPRE SANTAFESINO

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ANEXO

Se comunica que la Administración Provincial de Impuestos (API), a través de la Resolución General N° 19/2011 de fecha 20/10/11, ha creado la “CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL”, que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en Compras, Licitaciones, Contrataciones y/o cualquier otra gestión del Estado Provincial. Por tal motivo, la misma se deberá adjuntar con los demás requisitos que debe contener el sobre Presentación – Art. 10 del Pliego Complementario al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

Para consultas o aclaraciones, el servicio se encuentra disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a: Impuestos \ Impuesto sobre los Ingresos Brutos \ Constancia de Cumplimiento Fiscal.

En cuanto a la Declaración Jurada de Ley 17250, la misma será cumplimentada mediante la presentación del formulario 522/A de AFIP y su correspondiente acuse de recibo por parte de la AFIP.

Exclusivo para Obras Públicas: Se establece el Decreto Provincial N° 195/2006,

como requisito de admisibilidad para las firmas que pretendan presentarse como oferentes en Licitaciones Públicas y Privadas, Concursos de Precios y Contrataciones Directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de Obra Pública por culpa de la firma, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado.-

Certificado Registro Deudores Alimentarios: Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas Físicas” o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; “Unión Transitoria de Empresa” (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de personas jurídicas que la componen. (Ley 11.945, Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006)

EPESF

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LEY 13505 Y SU MODIFICATORIA LEY N° 13619/17 ‐ COMPRE SANTAFESINO

ARTICULO 1°.- En lo referente a MEJORA DE PRECIOS obrante en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, vale lo siguiente:

MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones

que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al tres por ciento (3%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, SE LLAMARA a

mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente.

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes. Cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 5, y 6 de la Ley Provincial Nº 13505/2015 y su modificatoria, Ley Provincial N° 13619/2017 (Compre Santafesino) se

procederá de la siguiente manera: Aquellos proveedores que cumplan con los requisitos exigidos en el

Artículo 4° de la citada Ley 13505/2015, tendrán preferencia cuando su oferta original no supere a la de los demás oferentes en las proporciones que a continuación se establecen: a) Del cinco por ciento (5%) cuando los bienes y/u Obras y/o Servicios sean

originarios, fabricados o prestados en la Provincia, resultando adjudicataria del objeto en cuestión.

b) Si en una contratación aplicando el rango de preferencia antedicho ninguna empresa o proveedor local resultare favorecido, deberá otorgarse a la mejor oferta local cuyo precio no supere el ocho por ciento (8%) respecto a la mejor cotización del resto de los oferentes, la

posibilidad de mejorar su oferta. A tal fin se convocará a la empresa o proveedor local de mejor precio conjuntamente con el oferente de menor precio a presentar en un término de 15 días una "mejora de oferta". Esta compulsa será evaluada conforme a los criterios de

preferencia enunciados en el inciso a).

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CRONOGRAMA DE TRABAJOS E INVERSIONES

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EXPEDIENTE: 1 – 2017 – 874.990

PRESUPUESTO OFICIAL: $2.611.838,62 SIN IVA

N° PROYECTO: 17-41-7-0-0295

CODIGO DE PLANIFICACION: Ley 13.414 F.E.R.

PLAZO TOTAL DE OBRA EN DIAS: 210

N° Certificado Cronograma de Ejecución

Programación inversión a partir

emisión del pedido (días

corridos)

% Avance de Inversión

% Inversión Acumulada

Anticipo Financiero

Mes 0

30 20 20

Certificado de Obra 1

Mes 1

60 1 21

Certificado de Obra 2

Mes 2 90 19 40

Certificado de Obra 3

Mes 3 120 20 60

Certificado de Obra 4

Mes 4 150 20 80

Certificado de Obra 5

Mes 5 180 10 90

Certificado de Obra 6

Mes 6 210 10

100

(*) Se tomará el mes cero (0) como anticipo de obra según el Artículo 45 del Pliego COMPLEMENTARIO AL PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES.

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FORMULARIO DE PROPUESTA

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OBRA: “Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos– FER – LEY 13.414”

FORMULARIO DE PROPUESTA ORIGINAL

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

La firma ............................................................................................................................................. con domicilio legal en calle .................................................................................................. Nº................... de la ciudad de ................................................................. Pvcia. de .......................................... manifiesta que, habiendo examinado los Pliegos de Bases y Condiciones, las Especificaciones Técnicas, Planos y Anexos de la Obra Nº ......................: OBRA: “Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos– FER – LEY 13.414” y recabado en el lugar de ejecución de los trabajos los datos necesarios, se compromete a ejecutar la Obra objeto de la presente licitación, de acuerdo a los términos establecidos en la documentación antes citada, con la siguiente COTIZACION, por el valor del ITEM BASE (Iem N°1), “Provisión y montaje de puesta a tierra BT y MT p/soporte H°A° según TN 51g (Ítem Base)”, según la discriminación efectuada en el artículo N° 6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.--------------------

Son Pesos:($…………………………........……)……....................................................................................……………………………………….....……………………………………........................................................

Más: Veintiún por ciento (21%) en concepto de Impuesto al Valor Agregado, que importa la suma de Pesos ($.......………….....………..............)………………………………………...............................……………..………........................................................................................................................................………............................................................................................................................................................

lo que hace un total de Pesos ($……………………….......................)...............…….......………........………………………………………………............................................................................................................................................................................................................................................................................

ACEPTO CONFORME que este precio se utilice como valor del monto a reconocer por el total de los trabajos a realizar, de acuerdo a lo estipulado en la PLANILLA DE PROPUESTA y adjunto al Pliego de Bases y Condiciones Particulares.--------------------------------------------------------------------------------------------

Declara además que renuncia a cualquier otro Fuero que pudiera corresponderle, aceptando para dirimir cualquier cuestión judicial los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, como que así también declara conocer la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, la Ley de Contabilidad de esta Provincia y demás normas legales que regulan la presente licitación.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SANTA FE -........................de............................................................................ de....................................... .-

__________________________ __________________________ aaa Firma Director Técnico Firma del Proponente

de la Empresa

OBRA: “Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos– FER – LEY 13.414”

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

FORMULARIO DE PROPUESTA DUPLICADO

La firma ............................................................................................................................................. con domicilio legal en calle .................................................................................................. Nº................... de la ciudad de ................................................................. Pvcia. de .......................................... manifiesta que, habiendo examinado los Pliegos de Bases y Condiciones, las Especificaciones Técnicas, Planos y Anexos de la Obra Nº ......................: OBRA: “Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos– FER – LEY 13.414” y recabado en el lugar de ejecución de los trabajos los datos necesarios, se compromete a ejecutar la Obra objeto de la presente licitación, de acuerdo a los términos establecidos en la documentación antes citada, con la siguiente COTIZACION, por el valor del ITEM BASE (Iem N°1), “Provisión y montaje de puesta a tierra BT y MT p/soporte H°A° según TN 51g (Ítem Base)”, según la discriminación efectuada en el artículo N° 6 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.---------------------------

Son Pesos:($…………………………........……)……............................................................................................……………………………………….....…………………………………….................................................................

Más: Veintiún por ciento (21%) en concepto de Impuesto al Valor Agregado, que importa la suma de Pesos ($.......………….....………..............)……………………………………….................................……...........………..………...................................................................................................................................................................………...................................................................................................................................................................

lo que hace un total de Pesos ($……………………….......................)..................…….......………........………………………………………………...........................................................................................................................................................................................................................................................................................

ACEPTO CONFORME que este precio se utilice como valor del monto a reconocer por el total de los trabajos a realizar, de acuerdo a lo estipulado en la PLANILLA DE PROPUESTA y adjunto al Pliego de Bases y Condiciones Particulares.---------------------------------------------------------------------------------------------------

Declara además que renuncia a cualquier otro Fuero que pudiera corresponderle, aceptando para dirimir cualquier cuestión judicial los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, como que así también declara conocer la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, la Ley de Contabilidad de esta Provincia y demás normas legales que regulan la presente licitación.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SANTA FE, ........................de............................................................................ de....................................... .-

__________________________ __________________________ aaa Firma Director Técnico Firma del Proponente

de la Empresa

Obra: Remodelación de líneas de Media Tensión en Distritos Esmeralda - Garibaldi, Dpto. Castellanos. LEY FER 13.414

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Unidad Cooperativas y Electrificación Rural – Francisco Miguens 260 -13 Piso - Santa Fe Tel. 0342-4505853-829

PLANILLAS DE COTIZACIÓN

Planilla Cotización

Página 1

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FEGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA-ÁREA PROYECTOS-ANÁLISIS DE COSTOS

Obra: F.E.R. MEDIA TENSION 13,2 Kv

Licitación Nº Expediente Nº:

Contratista:

DESGLOSE DE FORMACION DE PRECIOS - Desarrollo sobre la base de la Ley 12046 y Decreto Reglamentario Nº 3599/02 y 3873/02

PLANILLA DE COTIZACIÓN FECHA

ÍTEM DESCRIPCION UD CANTIDAD PRECIO TOTAL (S/IVA) RUBRO

Fórmula de desglose del costo por Rubro

FR por Rubros FR del Items% Estaño

FUENTE DE INFORMACION: MOPyV - DGVC MOPyV - DGVC INDEC MOPyV - DGVC MOPyV - DGVC INDEC INDEC INDEC MOPyV - DGVC INDEC MOPyV - DGVC MOPyV - DGVC MOPyV - DGVC INDEC INDEC INDEC MOPyV - DGVC MOSPyV

CODIGO: 1023007 0101010 2320-33380 9000014 1023010 2720-91511-1 2720-41532 2413-84710-1 0804003 2695-37540-2 0801052 0802005 0803001 3110011 4125111 4154711 0801216 3110-46121-1

INDICE BASE 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00

INDICE ACTUALIZACION 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00

VARIACION PORCENTUAL: 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00 1,00

1 cjto. 1,000

50,27% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 88,12% 4,51% 0,00% 0,00% 0,87% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0029,75% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,93% 23,89% 55,19% 18,40% 2,52% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,05% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

RUBRO “A” - PROVISIÓN DE MATERIALES

PROVISIÓN DE CONDUCTORES

2 Provisión de conductor de sección 25mm2 Al.Al. mts. 0,003 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

3 Provisión de conductor de sección 35mm2 Al.Al. mts. 0,005 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

4 Provisión de conductor de sección 50/8mm2 Al.Ac. mts. 0,010 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN DE POSTES H° A°

5 Provisión de Poste de H° A° 9,00/750. pza. 3,871

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

6 Provisión de Poste de H° A° 9,00/1200. pza. 5,034

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7 Provisión de Poste de H° A° 9,00/1800. pza. 5,794

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8 Provisión de Poste de H° A° 9,00/2400. pza. 7,478

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9 Provisión de Poste de H° A° 9,00/3000. pza. 7,817

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10 Provisión de Poste de H° A° 10,00/1200. pza. 5,859 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11 Provisión de Poste de H° A° 10,00/3000 pza. 8,578 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,00 $ - 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

12 Provisión de Poste de H° A° 10,00/3900. pza. 10,907 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13 Provisión de Poste de H° A° 10,50/1800. pza. 7,020 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

14 Provisión de Poste de H° A° 11,00/1800. pza. 7,633 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

15 Provisión de Poste de H° A° 11,00/2400. pza. 9,852 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

16 Provisión de Poste de H° A° 12,00/1200. pza. 6,865 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

VALORES UD ESTIMADOS POR

EPE

PRECIO UNITARIO (S/IVA) % INCIDENCIA

POR RUBROControl de Fórmula

Precio Actualizado [+IVA]

% Amortización Equipos EPE

Redes Eléctricas

%Gas oil

%Lubric

%Mano de Obra

EPE

% Dólar Estadounidens

e

%Cu

%Al

%Polietileno

%Acero Nervado 2400 kg/cm2

%Artículos

Pretensados

%Cemento Porlant

% Arena Fina

% Piedras Graníticas

%Tirante sin

cepillar

% Perfil normal doble T

% Hormigón Elaborado

% Transformador

es

Provisión y montaje de puesta a tierra BT y MT p/soporte HoAo según TN 51g.

a1

Fr - a1

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Fr - a1

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Fr - a3

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Fr - a1

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Fr - a3

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Fr - a1

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Fr - a1

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Fr - a3

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Fr - a1

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Fr - a1

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Fr - a3

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a1

Fr - a1

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a3

Fr - a3

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Fr - a4

Planilla Cotización

Página 2

17 Provisión de Poste de H° A° 12,00/1800. pza. 8,245 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

18 Provisión de Poste de H° A° 12,00/3000. pza. 12,576 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

19 Provisión de Poste de H° A° 12,00/3900. pza. 15,230 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN DE TRANSFORMADORES

20 pza. 15,697 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

21 pza. 19,781 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

22 pza. 29,827 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

23 pza. 35,793 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

24 pza. 40,004 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

25 pza. 55,861 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

26 pza. 61,289 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

27 pza. 71,344 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

28 pza. 94,981 $ - $ -

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN DE POSTES DE MADERA Y PRFV

29 Provisión de Poste de madera de 9 metros MN 446. pza. 0,576

83,33% 5,00% 3,00% 1,00% 3,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 87,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

30 Provisión de Poste de PRFV. pza. 6,582

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN DE MORSETERÍA

31 Provisión de Atadura MN 255a. pza. 0,067

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

32 Provisión de Atadura MN 260a. pza. 0,093

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,000,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

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Provisión de Transformador Monofásico Tipo Rural Relación 7,62/0,231kV – Pot. 10 kVA – con Abrazadera.

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Provisión de Transformador Monofásico Tipo Rural Relación 7,62/0,231kV – Pot. 16 kVA – con Abrazadera.

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Provisión de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 16 kVA – con Abrazadera.

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Provisión de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,231kV – Pot. 25 kVA – con Abrazadera.

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Provisión de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 40 kVA – con Abrazadera.

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Provisión de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 63 kVA – con Abrazadera.

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Provisión de Transformador Trifásico 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 100 kVA.

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Provisión de Transformador Trifásico 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 160 kVA.

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Provisión de Transformador Trifásico 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 315 kVA.

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Planilla Cotización

Página 3

33 Provisión de Atadura MN 262a. pza. 0,093

83,33% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

#N/D0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

16,67% 44,60% 24,00% 8,00% #N/D 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% #N/D #N/D

RUBRO “B” - PROVISIÓN Y MONTAJE

MONTAJE DE CONDUCTORES

34 mts. 0,0055

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0060,92% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

39,08% 25,04% 48,06% 16,02% 10,88% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE PUESTA A TIERRA Y CONEXION DE LÍNEAS

35 cjto. 0,992

4,52% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 31,90% 0,00% 0,00% 0,00% 61,60% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0057,99% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

36,58% 24,28% 48,16% 16,05% 11,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,90% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

36 cjto. 2,368

37,37% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 6,21% 31,98% 0,00% 0,00% 55,30% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0025,12% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

30,03% 21,20% 52,28% 17,43% 9,09% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,47% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

37 cjto. 4,359

31,51% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0021,84% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

40,35% 21,31% 46,25% 15,42% 17,02% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

6,30% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE SOSTÉN Y CADENAS DE RETENCIÓN

38 cjto. 1,354

53,35% 13,86% 23,75% 4,65% 15,61% 12,25% 0,00% 0,00% 0,00% 29,88% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0024,64% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,34% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,67% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

39 cjto. 1,186

57,65% 14,51% 25,01% 4,89% 16,38% 12,94% 0,00% 0,00% 0,00% 26,27% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0021,10% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,72% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,53% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

40 cjto. 1,406

54,45% 13,23% 22,50% 4,42% 14,85% 11,56% 0,00% 0,00% 0,00% 33,44% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0023,73% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,93% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,89% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

41 cjto. 0,959

59,51% 9,99% 16,17% 3,24% 10,97% 8,07% 0,00% 12,67% 0,00% 38,88% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0019,57% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,01% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,90% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

42 cjto. 1,050

54,34% 9,99% 16,17% 3,24% 10,97% 8,07% 0,00% 12,67% 0,00% 38,88% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0023,83% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,97% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,87% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

43 cjto. 1,135

56,49% 15,31% 26,59% 5,18% 17,34% 13,81% 0,00% 0,00% 0,00% 21,77% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0022,06% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,16% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,30% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

44 cjto. 0,317

37,55% 5,56% 7,50% 1,62% 5,67% 3,30% 0,00% 44,14% 0,00% 32,21% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0052,71% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

2,24% 90,67% 0,00% 0,00% 9,33% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,51% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

45 cjto. 0,543

41,26% 10,83% 17,82% 3,54% 11,98% 8,98% 0,00% 32,29% 0,00% 14,55% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0034,57% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

15,92% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,25% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

46 cjto. 0,634

35,31% 10,83% 17,82% 3,54% 11,98% 8,98% 0,00% 32,29% 0,00% 14,55% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0039,46% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

18,17% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,06% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE SOPORTES SOSTÉN

47 cjto. 1,702

62,19% 10,58% 17,32% 3,45% 11,68% 8,71% 0,00% 0,00% 0,00% 43,12% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 5,13% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0018,60% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

6,77% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

12,44% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

48 cjto. 9,293

36,83% 6,25% 8,84% 1,87% 6,49% 17,40% 0,66% 9,90% 2,51% 20,56% 25,54% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0035,21% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

20,59% 20,48% 51,51% 17,17% 10,83% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,37% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

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Provisión de Mano de Obra y Equipos para el tendido , tensado y atado de conductor de sección 25mm2, 35mm2 y 50/8 Al.Al.

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Provisión y montaje de puesta a tierra MT p/soporte sostén 13,2 y 33kV según TN 52.

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Provisión y montaje de puesta a tierra MT p/soporte sostén 13,2 y 33kV según TN 54.

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Provisión y montaje de conexión línea a línea (pata gallo) LMT 13,2 y 33kV según TN 150 (costo por cada terna de fases conectadas).

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Provisión y montaje de cadena de retención cerámica LMT 13,2 kV según TN 211a1.

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Provisión y montaje de cadena de retención cerámica LMT 13,2 kV según TN 211a2.

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Provisión y montaje de cadena de retención cerámica LMT 13,2 kV según TN 211a3.

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Provisión y montaje de sostén aislación cerámica p/LMT 13,2kV según TN 218 a (incluida atadura MN 260a).

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Recambio de aislación cerámica en sostén – LMT 13,2kV según TN 218 a (incluido 1 aislador MN 3c, 1 Perno MN 414 y 1 atadura MN 260a).

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Provisión y montaje de Cadena de Retención Cerámica – L.M.T 13,2 KV según TN 305.

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Provisión y montaje de Perno 67r, Aislador MN 17, Chapa cuadrada MN 84 y Atadura en Soporte Sostén Existente LMT 7,62 y 13,2 kV.

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Provisión y montaje de aislación cerámica en sostén – LMT 13,2kV (incluido 1 Aislador MN 3a, 1 Perno MN 411r y 1 Atadura MN 260a).

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Recambio de aislación cerámica en sostén – LMT 13,2kV (incluido 1 Aislador MN 3a, 1 Perno MN 411r y 1 Atadura MN 260a).

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Provisión y montaje de sostén desvío 6o aislación cerámica p/13,2kV según TN 219a1.

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Provisión y montaje de soporte sostén cop. hor. Ais. Cer.13,2kV según TN 240_5. (excepto poste de H°A°).

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Planilla Cotización

Página 4

49 cjto. 3,317

43,02% 7,18% 9,98% 2,13% 7,30% 4,50% 0,00% 18,88% 0,00% 21,46% 0,00% 11,17% 0,00% 0,00% 17,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0034,48% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,89% 26,66% 44,98% 14,99% 13,37% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,60% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

50 pza. 2,344

7,27% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0065,06% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

26,22% 26,66% 44,98% 14,99% 13,37% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,45% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

51 cjto. 4,711

41,05% 5,95% 7,76% 1,70% 5,91% 26,97% 1,17% 15,03% 2,22% 20,44% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 12,84% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0032,37% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

18,37% 24,08% 46,03% 15,34% 14,54% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,21% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

52 cjto. 5,863

49,35% 7,09% 10,16% 2,14% 7,35% 20,49% 0,78% 9,72% 1,48% 32,20% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 8,58% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0026,01% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

14,77% 24,08% 46,03% 15,34% 14,54% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,87% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

53 cjto. 3,286

43,44% 7,18% 9,98% 2,13% 7,30% 4,50% 0,00% 18,88% 0,00% 21,46% 0,00% 11,17% 0,00% 0,00% 17,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0034,81% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,06% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,69% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

54 cjto. 1,764

31,41% 6,53% 9,39% 1,97% 6,82% 4,34% 0,00% 22,53% 0,00% 19,63% 0,00% 28,78% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0041,40% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

20,91% 26,66% 44,98% 14,99% 13,37% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

6,28% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

55 pza. 1,578

10,80% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 93,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0057,83% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

29,21% 26,66% 44,98% 14,99% 13,37% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

2,16% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

56 cjto. 1,764

31,41% 6,53% 9,39% 1,97% 6,82% 4,34% 0,00% 22,53% 0,00% 19,63% 0,00% 28,78% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0041,40% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

20,91% 26,66% 44,98% 14,99% 13,37% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

6,28% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

57 cjto. 3,654

28,92% 4,61% 5,63% 1,27% 4,53% 44,20% 2,15% 11,81% 0,00% 10,71% 0,00% 15,09% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0033,30% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

32,00% 22,98% 45,38% 15,13% 16,51% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

5,78% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE ESTRUCTURAS SOPORTES, RETENCIONES, TERMINALES Y DESVIOS

58 cjto. 13,837

42,30% 10,92% 17,98% 3,57% 12,08% 16,64% 0,39% 0,00% 0,00% 18,49% 19,92% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0027,55% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

21,69% 22,33% 46,75% 15,58% 15,34% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,46% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

59 cjto. 38,875

36,25% 5,96% 8,27% 1,76% 6,14% 7,14% 0,29% 3,52% 1,16% 9,96% 55,81% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0037,22% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

19,28% 20,48% 51,51% 17,17% 10,83% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,25% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

60 cjto. 13,064

50,74% 10,54% 16,95% 3,40% 11,50% 15,33% 0,34% 7,16% 0,65% 26,64% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 7,49% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0021,89% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

17,23% 22,33% 46,75% 15,58% 15,34% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,15% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

61 cjto. 9,594

45,56% 8,54% 12,89% 2,65% 9,04% 16,63% 0,52% 7,74% 0,98% 29,63% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 11,36% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0025,37% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

19,97% 22,33% 46,75% 15,58% 15,34% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,11% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

62 cjto. 23,864

47,64% 7,06% 10,43% 2,17% 7,46% 9,32% 0,73% 9,22% 1,51% 12,83% 39,27% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0023,96% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

18,86% 22,33% 46,75% 15,58% 15,34% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,53% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

63 cjto. 5,591

25,97% 8,41% 13,06% 2,66% 9,07% 37,86% 1,56% 4,98% 2,96% 19,44% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0034,87% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

33,97% 21,91% 46,21% 15,40% 16,48% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

5,19% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

64 cjto. 7,784

36,37% 9,22% 14,65% 2,95% 10,05% 23,39% 0,80% 13,02% 1,52% 24,39% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0028,55% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

27,81% 21,91% 46,21% 15,40% 16,48% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,27% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

Provisión y montaje de Soporte Alineación 13,2 kV – Trif c/neutro, según TN 321 (incluido suelo cemento) (Excepto Poste)

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Recambio de Poste de Madera Soporte Alineación 13,2 kV – Trif c/neutro, según TN 321 (incluido suelo cemento) (Excepto Poste)

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Provisión y montaje de Soporte Alineación 13,2 kV – Trif c/neutro, de H°A°, según TN 321a (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje de Soporte Alineación 13,2 kV – Trif c/neutro, de H°A°, TN 321a “Especial” con Aislador MN 3c, Perno MN414 y Atadura 262a (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje de Soporte Alineación 13,2 kV – Trif c/neutro, según TN 321 con poste de PRFV (incluido suelo cemento) (Excepto Poste)

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Provisión y montaje sostén monofásico con neutro según TN 354 (incluido suelo cemento) (Excepto Poste)

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Recambio de Poste Madera en sostén monofásico con neutro según TN 354 (incluido suelo cemento) (Excepto Poste)

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Provisión y montaje sostén monofásico con neutro según TN 354 con poste de PRFV (incluido suelo cemento) (Excepto Poste)

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Provisión y montaje sostén monofásico con neutro según TN 354 con poste de H°A° de 9,00/750. (excepto poste de H°A°)

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Provisión y montaje de retención simple cop. hor. Ais. Cer. 13,2 kV. con poste H°A° 12,00/3000 y cruceta MN 530. (excepto poste de H°A°).

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Provisión y montaje de retención cop. hor. Ais. Cer.13,2kV según TN 242_ 3. (excepto postes de H°A°)

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Provisión y montaje de Soporte Retención Pasante / Desvio 13,2 kV – Trif c/neutro – Aislación Cerámica según TN 322. (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje de Soporte Retención Terminal 13,2 kV – Trif c/neutro – Aislación Cerámica según TN 323. (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje de Soporte Retención Pasante / Desvio 10°-90° - 13,2 kV – Trif c/neutro – Aislación Cerámica según TN 327. (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje estructura terminal monofásica L.M.T. 7,62 kV. s/TN 356. (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje estructura de retención pasante monofásica L.M.T. 7,62 kV. s/TN 355. (excepto Postes y Hormigón)

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Fr - a3

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Fr - a4

Planilla Cotización

Página 5

65 cjto. 7,605

35,26% 9,46% 15,12% 3,04% 10,33% 24,55% 0,85% 12,17% 1,60% 22,88% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0029,22% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

28,47% 21,91% 46,21% 15,40% 16,48% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,05% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE TRANSFORMADORES Y PUESTOS AÉREOS DE TRANSFORMACIÓN

66 cjto. 19,852 $ - $ -

56,31% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 24,61% 30,95% 10,84% 12,50% 5,37% 7,30% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,93% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0023,79% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,65% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,26% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

67 cjto. 77,944 $ - $ -

38,59% 3,56% 3,10% 0,89% 3,26% 19,01% 17,01% 5,02% 8,00% 7,06% 32,38% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,72% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0024,66% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

29,03% 20,15% 47,50% 15,83% 16,52% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,72% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

68 cjto. 46,386 $ - $ -

45,74% 4,03% 3,79% 1,05% 3,81% 20,60% 11,36% 2,02% 8,19% 5,62% 38,30% 0,00% 0,00% 0,00% 1,23% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0020,72% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

24,39% 20,15% 47,50% 15,83% 16,52% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,15% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

69 cjto. 90,222 $ - $ -

46,50% 3,70% 3,20% 0,94% 3,43% 26,26% 17,73% 3,60% 12,41% 4,85% 23,03% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,85% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0021,31% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

22,90% 19,26% 50,18% 16,73% 13,83% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,30% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

70 cjto. 16,618

37,32% 5,29% 6,20% 1,52% 5,34% 33,08% 9,76% 1,02% 8,35% 15,35% 14,09% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0027,53% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

27,69% 19,90% 50,88% 16,96% 12,27% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,46% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

71 cjto. 16,227

36,21% 4,36% 4,35% 1,18% 4,23% 33,75% 10,31% 3,20% 8,81% 14,93% 14,88% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0028,19% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

28,36% 19,90% 50,88% 16,96% 12,27% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,24% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

72 cjto. 23,836

51,25% 6,77% 8,55% 2,04% 7,05% 27,08% 10,60% 1,90% 8,50% 16,29% 7,15% 0,00% 0,00% 0,00% 4,06% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0019,19% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

19,31% 19,90% 50,88% 16,96% 12,27% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,25% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

73 cjto. 22,335

49,10% 5,52% 5,96% 1,58% 5,54% 28,29% 11,80% 4,10% 9,47% 15,23% 7,97% 0,00% 0,00% 0,00% 4,53% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0020,48% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

20,60% 19,90% 50,88% 16,96% 12,27% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,82% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

74 pza. 2,400

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0061,58% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

38,42% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

75 pza. 2,400

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0061,58% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

38,42% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

76 pza. 3,599

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0061,58% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

38,42% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

77 pza. 3,599

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0061,58% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

38,42% 24,50% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

78 pza. 4,227

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0052,44% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

47,56% 22,41% 45,52% 15,17% 16,90% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

79 pza. 4,227

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0052,44% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

47,56% 22,41% 45,52% 15,17% 16,90% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

80 pza. 4,855

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0045,66% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

54,34% 21,31% 46,25% 15,42% 17,02% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

Provisión y montaje desvío H°A° 10° - 90°. Aislación cerámica – Monofásica L.M.T. 7,62 kV. s/TN 358. (excepto Postes y Hormigón)

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Provisión y montaje de antena de PAT 315kVA -13,2kV según TN 490

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Provisión y montaje de estructura de H°A° PAT 13,2/0,400-0,231kV según TN 501 (excepto poste de H°A°).

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Provisión y montaje de P.A.T. monoposte 13,2/0,400-0,231Kv según TN 502 (excepto poste de H°A°).

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Provisión y montaje de P.A.T. 33/0,400-0,231Kv según TN 503 (excepto poste de H°A°).

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Provision y montaje de P.A.T. 7,62 k V Rel 7,62/0,231 k V – Monofásico – 16 k VA – Terminal, Según TN 375 (Excepto poste de H°A°).

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Provision y montaje de P.A.T. 7,62 k V Rel 7,62/0,231 k V – Monofásico – 16 k VA – Pasante, según TN 375a (Excepto poste de H°A°).

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Provision y montaje de P.A.T. 13,2 k V Rel 13,2/0,400-0,231 k V – Trifásico – Hasta 40 kVA – Terminal, Segun TN 379 (Excepto poste de H°A°).

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Provision y montaje de P.A.T. 13,2 k V Rel 13,2/0,400-0,231 k V – Trifásico – Hasta 40 kVA – Pasante, Segun TN 379a (Excepto poste de H°A°).

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Monofásico Tipo Rural Relación 7,62/0,231kV – Pot. 10 kVA – con Abrazadera

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Monofásico Tipo Rural Relación 7,62/0,231kV – Pot. 16 kVA – con Abrazadera

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 16 kVA – con Abrazadera

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,231kV – Pot. 25 kVA – con Abrazadera

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 40 kVA – con Abrazadera

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico Tipo Rural Relación 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 63 kVA – con Abrazadera

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 100 kVA

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Planilla Cotización

Página 6

81 pza. 4,855

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0045,66% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

54,34% 21,31% 46,25% 15,42% 17,02% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

82 pza. 4,855

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0045,66% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

54,34% 21,31% 46,25% 15,42% 17,02% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE PROTECCIONES

83 cjto. 13,840

57,35% 5,98% 6,29% 1,74% 6,06% 35,31% 7,74% 1,76% 8,40% 20,17% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 6,55% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0018,78% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

12,40% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,47% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

84 cjto. 32,173

60,30% 5,04% 6,47% 1,43% 5,04% 36,63% 14,83% 0,11% 17,56% 4,38% 8,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0018,33% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,32% 20,48% 51,51% 17,17% 10,83% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

12,06% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

85 cjto. 32,482

60,51% 5,01% 6,41% 1,42% 5,00% 36,15% 14,64% 0,11% 17,33% 5,55% 8,39% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0018,15% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,23% 20,48% 51,51% 17,17% 10,83% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

12,10% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

86 pza. 1,318

69,65% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 45,08% 19,46% 2,59% 24,20% 2,17% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0014,24% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

2,19% 33,12% 47,56% 15,85% 3,46% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,93% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

87 cjto. 4,523

67,38% 2,74% 1,65% 0,55% 2,15% 40,75% 17,58% 2,34% 21,87% 1,84% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 8,53% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0016,60% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

2,55% 33,12% 47,57% 15,86% 3,46% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,48% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

88 pza. 194,694

81,85% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,001,34% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,44% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

16,37% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

PROVISIÓN Y MONTAJE DE POSTES, CRUCETAS, ACCESORIOS

89 cjto. 2,836

68,23% 5,39% 7,17% 1,56% 5,47% 3,12% 0,00% 11,22% 50,01% 16,07% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0016,09% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

2,03% 33,12% 47,56% 15,85% 3,46% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,65% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

90 cjto. 2,092

56,61% 7,83% 11,12% 2,35% 8,02% 5,10% 0,00% 18,33% 0,00% 26,29% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 20,97% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0021,81% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,26% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,32% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

91 cjto. 2,233

58,30% 7,61% 10,77% 2,28% 7,80% 4,92% 0,00% 20,51% 0,00% 27,04% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 19,07% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0020,43% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,61% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

11,66% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

92 cjto. 3,385

66,82% 8,37% 12,57% 2,59% 8,84% 5,99% 0,00% 11,39% 0,00% 39,28% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 10,98% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0013,48% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

6,34% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,36% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

93 cjto. 0,870

40,51% 8,78% 13,79% 2,79% 9,52% 6,77% 0,00% 34,69% 0,00% 23,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0034,95% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

16,43% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,10% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

94 cjto. 0,788

36,02% 5,00% 3,00% 1,00% 3,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 87,50% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0038,62% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

18,16% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

7,20% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

95 cjto. 3,270

49,14% 5,99% 8,32% 1,77% 6,17% 3,76% 0,00% 13,51% 0,00% 6,08% 54,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0027,91% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,12% 21,91% 48,32% 16,11% 13,66% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

9,83% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

96 pza. 2,012

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0055,24% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

44,76% 22,33% 46,75% 15,58% 15,34% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 160 kVA

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Montaje y Conexión en MT y BT de Transformador Trifásico 13,2/0,400-0,231kV – Pot. 315 kVA

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Provisión y montaje de protección bajada cable subterráneo MT en poste existente

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Provisión y montaje de seccionamiento 13,2kV. Según TN 231_1 (excepto poste de H°A°).

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Provisión y montaje de seccionamiento 13,2kV. Según TN 231_3 (excepto poste de H°A°).

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Provision y montaje de seccionador autodesconectador 13,2 kV de corte rápido (MN 245).

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Provision y montaje de 3 seccionadores autodesconectadores 13,2 kV de corte rápido (MN 245) y cruceta de madera (MN 110).

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Provisión y montaje de reconectador 13,2 kV - 630 A Mat 25060129 en soporte existente.

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Provisión y montaje de cruceta de PRFV MN 111a en postes existentes (incluida morsetería, brazos, aisladores y ataduras).

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Provisión y montaje de cruceta de madera dura MN 111 en postes existentes. (incluida morsetería, brazos, aisladores 3a y ataduras).

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Provisión y montaje de TN 300a (incluida cruceta, morsetería, brazos, aisladores y ataduras).

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Provisión y montaje de TN 300a “Especial” con Aislador MN 3c, Perno MN414 y Atadura 262a (incluida cruceta, morsetería y brazos).

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Provisión y montaje de TN 300c (incluida morsetería, aisladores y ataduras).

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Recambio de cruceta MN 111 en postes existentes. (incluida cruceta MN 111).

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Provisión y montaje de cruceta MN 155 en postes existentes. (incluida morsetería, aisladores y ataduras).

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Provisión de MO y Equipos para montaje de poste de H°A°.

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Planilla Cotización

Página 7

97 cjto. 6,74492

67,91% 13,26% 22,56% 4,43% 14,88% 11,59% 0,00% 0,00% 0,00% 14,20% 19,08% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0013,53% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

4,97% 29,97% 43,63% 14,54% 11,85% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

13,58% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

98 pza. 1,2548

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0031,61% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

68,39% 19,59% 47,40% 15,80% 17,21% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

99 pza. 0,240

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0061,96% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

38,04% 18,07% 60,00% 20,00% 1,93% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

DESMONTAJE DE INSTALACIONES

100 ml. 0,004

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0060,29% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

39,71% 22,32% 53,69% 17,90% 6,10% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

101 cjto. 0,146

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0068,47% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

31,53% 24,51% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

102 cjto. 0,183

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0068,47% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

31,53% 24,51% 44,12% 14,71% 16,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

103 Desmontaje y retiro de postes de madera. pza. 0,933

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0031,88% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

68,12% 18,70% 47,99% 16,00% 17,31% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

104 Desmontaje y retiro de poste H°A°. pza. 1,866 $ - $ -

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0031,88% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

68,12% 18,70% 47,99% 16,00% 17,31% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

RUBRO “C” - OBRAS CIVILES

105 m3 0,626

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0074,83% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

25,17% 42,31% 32,25% 10,75% 14,69% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

106 m3 1,521

54,59% 2,50% 1,50% 0,50% 2,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 48,29% 13,06% 32,14% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

1,0025,94% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

8,54% 20,56% 43,08% 14,36% 22,01% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

10,92% 44,60% 24,00% 8,00% 23,40% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

107 ml 0,109

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0052,60% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

47,40% 22,52% 43,35% 14,45% 19,67% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

108 ml 0,041 $ - $ -

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0046,30% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

53,70% 24,47% 42,11% 14,04% 19,38% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

109 ml 0,012 $ - $ -

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

1,0041,94% 0,00% 0,00% 0,00% 100,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

58,06% 25,20% 41,90% 13,97% 18,94% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 1,00 1,00

0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 0,00 0,00

SUBTOTAL RUBRO “A” $0,00

SUBTOTAL RUBRO “B” $0,00

SUBTOTAL RUBRO “C” $0,00

SUBTOTAL RUBRO “A, B, C” $0,00

IVA 21% $0,00

TOTAL $0,00

Provisión de mano de obra y materiales para trifasicar estructuras especiales existentes (incluida cruceta MN 155 c/cancamo y seis cadenas de aisladores).

a1

Fr - a1

a2

Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Provisión de MO y Equipos para el montaje de poste de madera.

a1

Fr - a1

a2

Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Provisión de MO y Equipos para verticalización de poste de madera existente.

a1

Fr - a1

a2

Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Desmontaje y retiro de conductor (metro lineal de un conductor).

a1

Fr - a1

a2

Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Desmontaje y retiro de aislaciones en sostén y retenciones. (incluido aisladores y morsetería).

a1

Fr - a1

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Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Desmontaje y retiro de crucetas. (incluida morsetería)

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Fr - a1

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Fr - a2

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Fr - a3

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Fr - a4

a1

Fr - a1

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Fr - a2

a3

Fr - a3

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Fr - a4

a1

Fr - a1

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Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Ejecución de excavación para base en tierra, incluido posterior retiro de material sobrante.

a1

Fr - a1

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Fr - a2

a3

Fr - a3

a4

Fr - a4

Provisión de material y mano de obra para la ejecución de 1 m3. de Hormigón Elaborado y llenado de Bases en Obra.

a1

Fr - a1

a2

Fr - a2

a3

Fr - a3

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Fr - a4

Desmonte Zona Alta Densidad (3 metros a cada lado del eje de la línea)

a1

Fr - a1

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Fr - a2

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Fr - a3

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Fr - a4

Desmonte Zona Baja Densidad (3 metros a cada lado del eje de la línea)

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Fr - a1

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Fr - a2

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Fr - a3

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Fr - a4

Poda (de todas las ramas que puedan afectar a los conductores aereos)

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Fr - a1

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Fr - a2

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Fr - a3

a4

Fr - a4