embrion humano

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EL ESTATUTO ÉTICO DEL EMBRIÓN HUMANO: UNA REFLEXIÓN ANTE PROPUESTAS ALTERNATIVAS CARLOS ALONSO BEDATE 1. INTRODUCCIÓN Lo mismo que en el siglo XVI se produjo una revolución en el modo como se generaron contenidos sociológicos e intelectuales en el seno de la sociedad y en el modo, por tanto, como se fraguó la cultura de la época, la revolución biotecnológica y biomédica, a partir de la segunda mitad del siglo XX, va a tener un impacto decisivo en la construcción social. En las nuevas circunstancias las estructuras de comprensión de la realidad y del comportamiento van a estar influidas en gran medida por la utilidad de las acciones y por el grado de complejidad de los análisis de la realidad que son requeridos para la toma de decisiones. Las conclusiones que se desprendan de los datos científicos y las resoluciones éticas que se deriven de principios filosóficos o religiosos tenderán no sólo a solaparse sino a moldearse mutuamente. Para que haya concordia entre los conocimientos derivados de la ciencia y de la ética las epistemologías de cada una de estas disciplinas, por las que se adquirirán e interpretarán los datos, no podrán desconocerse. La ciencia está hecha por hombres y sobre todo para hombres en un contexto histórico concreto, con unos paradigmas de descripción determinados y delimitados por esos contextos. La ética es una reflexión humana, hecha también por los mismos hombres, sobre esas acciones. Es muy probable que el influjo humano en la construcción de las ciencias siempre haya sido intensa pero creo que lo será mucho más en el futuro, puesto que ahora ya sí somos conscientes de que la ética y la ciencia, en su construcción, tienen un componente subjetivo impregnado de historia. Si la ética está impregnada de historia, también lo es la ciencia. Así, se reconoce actualmente que los conocimientos científicos no están formados por descripciones asépticas de una realidad ajena a nosotros ni al sujeto que examina sino que están generadas dentro de situaciones más o menos interesadas aunque controladas en su veracidad por la convergencia de opiniones y observaciones redundantes. No olvidemos que la ciencia está constituida por los hechos que percibimos pero también por las descripciones que fabricamos a partir de los hechos percibidos. Es este control y contraste de opiniones y la observación redundante sobre los hechos, precisamente, el que hace que la ciencia sea creíble. Pero puesto que tanto en la percepción de los hechos como en la descripción de los mismos ya están presentes unos presupuestos previos, constituidos por los paradigmas que nos permiten ver y por los conceptos mentales que nos permiten describir, la realidad percibida estará siempre circunscrita necesariamente dentro de la subjetividad. Esto no quiere decir que los datos aportados no sean ciertos sino lo que significa es que son ciertos dentro del contexto en el que fueron elaborados. También la ética, si quiere formar parte del rango del acerbo de las normas que rigen el comportamiento, deberá someterse a ese contraste de opiniones y redundancia de pareceres. 1

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Estatuto ético Bedate

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EL ESTATUTO ÉTICO DEL EMBRIÓN HUMANO: UNA REFLEXIÓN ANTE PROPUESTAS ALTERNATIVAS CARLOS ALONSO BEDATE 1. INTRODUCCIÓN Lo mismo que en el siglo XVI se produjo una revolución en el modo como se generaron contenidos sociológicos e intelectuales en el seno de la sociedad y en el modo, por tanto, como se fraguó la cultura de la época, la revolución biotecnológica y biomédica, a partir de la segunda mitad del siglo XX, va a tener un impacto decisivo en la construcción social. En las nuevas circunstancias las estructuras de comprensión de la realidad y del comportamiento van a estar influidas en gran medida por la utilidad de las acciones y por el grado de complejidad de los análisis de la realidad que son requeridos para la toma de decisiones. Las conclusiones que se desprendan de los datos científicos y las resoluciones éticas que se deriven de principios filosóficos o religiosos tenderán no sólo a solaparse sino a moldearse mutuamente. Para que haya concordia entre los conocimientos derivados de la ciencia y de la ética las epistemologías de cada una de estas disciplinas, por las que se adquirirán e interpretarán los datos, no podrán desconocerse. La ciencia está hecha por hombres y sobre todo para hombres en un contexto histórico concreto, con unos paradigmas de descripción determinados y delimitados por esos contextos. La ética es una reflexión humana, hecha también por los mismos hombres, sobre esas acciones. Es muy probable que el influjo humano en la construcción de las ciencias siempre haya sido intensa pero creo que lo será mucho más en el futuro, puesto que ahora ya sí somos conscientes de que la ética y la ciencia, en su construcción, tienen un componente subjetivo impregnado de historia. Si la ética está impregnada de historia, también lo es la ciencia. Así, se reconoce actualmente que los conocimientos científicos no están formados por descripciones asépticas de una realidad ajena a nosotros ni al sujeto que examina sino que están generadas dentro de situaciones más o menos interesadas aunque controladas en su veracidad por la convergencia de opiniones y observaciones redundantes. No olvidemos que la ciencia está constituida por los hechos que percibimos pero también por las descripciones que fabricamos a partir de los hechos percibidos. Es este control y contraste de opiniones y la observación redundante sobre los hechos, precisamente, el que hace que la ciencia sea creíble. Pero puesto que tanto en la percepción de los hechos como en la descripción de los mismos ya están presentes unos presupuestos previos, constituidos por los paradigmas que nos permiten ver y por los conceptos mentales que nos permiten describir, la realidad percibida estará siempre circunscrita necesariamente dentro de la subjetividad. Esto no quiere decir que los datos aportados no sean ciertos sino lo que significa es que son ciertos dentro del contexto en el que fueron elaborados. También la ética, si quiere formar parte del rango del acerbo de las normas que rigen el comportamiento, deberá someterse a ese contraste de opiniones y redundancia de pareceres.

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2. EL PROBLEMA La urgencia de dar respuesta a la pregunta de si es lícito o no derivar células troncales de embriones o de si esta acción representa o no una agresión contra la dignidad del embrión, dimana de que existen bastante datos, contrastados por un gran número de autores, que demuestran que de las células troncales, derivadas de la masa interna de blastocistos tempranos, se podrán generar muchas estirpes celulares diferentes mediante señalizaciones bioquímicas apropiadas. Estas células, una vez cultivadas en masa, podrían ser utilizadas, fundamentalmente, para realizar terapia celular de una gran variedad de enfermedades. Evidentemente, si la posibilidad de generar estas estirpes celulares llegara a ser una realidad se plantearía un verdadero problema ético no sólo ontológico sino de ponderación de valores. Por tanto, será necesario dar respuesta a la pregunta de si el estatuto ético del embrión, del que se derivarán esas células troncales, es de tal magnitud que no se podrá contraponer a él ningún otro valor, ni aun el de la curación de un gran número de personas que padecen enfermedades irreversibles. La conclusión se derivaría del principio que propone que las personas deben ser consideradas como fin en sí mismas y no como puro medio. Ahora bien, ¿es el embrión una persona o asimilable a una persona en su valor? Habría que ser consciente que en este caso los argumentos que debieran darse para defender el sí o el no a que se pudieran derivar células troncales de embriones habría de tener un peso específico muy particular porque las consecuencias de la afirmación o de la negación no serían irrelevantes. Evidentemente, sin embargo, si se llegara a la conclusión de que los embriones son personas no se podría aceptar de ninguna manera su utilización para ningún fin que no sean ellos mismos, pues no se puede hacer investigación con personas. 3. SITUACIÓN EPISTEMOLÓGICA Cada vez está mas aceptado que el balance entre lo que la realidad es, independiente de nuestro conocimiento, y lo que conferimos a esa realidad constituye, en esta nueva perspectiva epistemológica, el ser real de las cosas. Curiosamente, Thomas Khun, uno de los filósofos que más ha razonado sobre el concepto de verdad científica y reivindicado para la ciencia su capacidad para acercarse a la realidad cree que quizás el verdadero objetivo de la ciencia ya no sea la verdad en sí misma sino la verosimilitud y la certeza del hecho, es decir, que el dato sea inteligible en un contexto dado y que sea contrastable por otros y operativo en ese mismo contexto.1 La aceptación de este razonamiento implica necesariamente que el ser (realidad) de un hecho no sólo tiene un componente espacio-temporal y por tanto histórico, sino que posee necesariamente, además, un elemento de subjetividad. De ahora en adelante, estos dos elementos, historicidad y subjetividad, conformarán los contenidos generados por nuestros conocimientos y como consecuencia influirán en la cultura que se genere a partir de ellos. Así, estos nuevos paradigmas interpretativos influirán de forma decisiva en los comportamientos éticos. Quizás uno de los temas más candentes de la discusión social, filosófica, antropológica y bioética del momento y que necesite ser clarificado con cierta urgencia se sitúa en la determinación de si es lícito o no derivar células troncales de embriones sobrantes de las fertilizaciones in vitro o de embriones generados para tal fin y si este hecho supone o no una agresión contra la dignidad del embrión o de la persona. Como puede fácilmente comprenderse en esta discusión van a entrar en juego todo tipo de argumentaciones, pues lo que se discute es el valor mismo de la vida y de la humana. Desdeñar a priori cualquier argumentación, tanto a favor como en contra de una determinada postura, será arbitrario si lo que se quiere es llegar a conseguir el mayor grado de certeza sobre lo que se discute. El verdadero problema está en que dado el carácter histórico de nuestros

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conocimientos y de la ética es probable que no podamos llegar a aspirar sino a unas situaciones que estén dictadas por la responsabilidad, es decir que generen certeza en el actuar pero no verdad en lo que la realidad es, y para siempre. Evidentemente, actuar con responsabilidad en un tema como éste, que implica la valoración de la vida humana y por tanto su dignidad, supone asumir un riesgo extremadamente resbaladizo. Este riesgo supone entrar en la discusión con un grado de ecuanimidad de espíritu tal que se prescinda de ser vencedor o vencido y que persiga, ante todo, el beneficio de la Humanidad. En estas discusiones no debe haber vencedores y vencidos, pues todos, al asumir con responsabilidad una acción, debemos pretender ser vencedores. Si la acción no es responsable, los vencedores serán los vencidos. Lo que no cabe duda es que, como ocurre con frecuencia en las discusiones vivas, estamos ante una situación pendular. En la discusión sobre si es lícito o no derivar células troncales de embriones sobrantes de las fertilizaciones in vitro o de embriones generados para tal fin está involucrada otra pregunta que ya viene siendo lugar común en las legislaciones, al menos en el mundo Occidental: 1) qué es el embrión y 2) cuál es la dignidad que se deba conferir al embrión y en concreto al embrión en la etapa temprana del desarrollo embrionario. La normativa derivada de la Convención de Oviedo que trata de unificar la legislación de la Unión Europea, sobre temas de bioética, en el entorno de la Biomedicina2 dice en su capítulo 1, artículo 2, que «el interés del ser humano deberá prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad y de la ciencia». Igualmente, en el capítulo 5, artículo 15, dice la misma Convención que «La investigación científica en el ámbito de la biología y la medicina se efectuará libremente, a reserva de lo dispuesto en el presente Convenio y en otras disposiciones que garanticen la protección del ser humano». La Convección entiende que la investigación se ha de efectuar libremente siempre que no vulnere el interés del ser humano. Más adelante en este mismo capítulo, artículo 18, afirma que «cuando la experimentación con embriones esté permitida por la ley, ésta deberá garantizar una protección adecuada al embrión» y que «se prohíbe la generación de embriones humanos con fines de experimentación». Sin duda alguna, la Convención establece que el interés de cada ser humano y su dignidad prevalece sobre cualquier otro valor. Ahora bien, ¿se puede encuadrar el embrión humano en el contexto de ser humano? Parece que así debe ser. Aunque la Convención pone en primer plano el interés del valor ser humano en contraposición con otros valores, parece entrar en contradicción consigo misma cuando afirma que en determinados casos se puede experimentar en embriones siempre y cuando se dé la protección adecuada al embrión. ¿Cómo se puede dar protección al embrión cuando en la mayoría de los casos, si no en todos, la experimentación, por su propia naturaleza, supone la destrucción del mismo o que no cumpla, según algunos presupuestos, su destino intrínseco, es decir formar una persona? ¿Cómo es posible que la Convención cometiera esa incongruencia? Desde mi punto de vista, aunque aparentemente así lo parezca, no existe tal incongruencia, pues la palabra investigación, en el articulado de la Convención, tiene un significado más restrictivo de lo que usualmente tiene. Por eso acepta que se pueda hacer investigación sobre embriones con la salvedad de que se le respete adecuadamente. Acepta toda investigación que vaya dirigida a su mejoría pero no acepta que se pueda hacer una investigación que le sea ajena, puesto que esa investigación no es para y en beneficio de ese embrión. No aceptaría aquella investigación que fuera, por ejemplo, dirigida a estudiar el proceso de desarrollo que beneficie a la ciencia en abstracto o a otro embrión. A pesar de todo, no cabe duda que la congruencia entre los articulados no es fácil de realizar. Para algunos, la razón de estos presupuestos es que se debe aceptar como incuestionable que en el zigoto existe un telos, que es causa final de la persona o su razón, per se, de ser. Según

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este presupuesto, el respeto nace de la existencia de ese telos que nunca puede ser violado. Este argumento me parece extraordinariamente potente a favor de la dignidad que se debe conferir al embrión humano pero se tendrá que demostrar la existencia de ese telos de forma intrínseca y autónoma. Diego Gracia señala la importancia que en el debate ético sobre el valor del zigoto está adquiriendo el concepto científico y filosófico de proceso constituyente.3 Esta idea, que en mi opinión está llamada a generar un paradigma para la interpretación del valor de los organismos vivos, propone que aunque los genes y las unidades que estructuran el desarrollo (generadores de patrones morfológicos que resultan de interacciones moleculares de carácter epigenético) convergen para la generación y constitución de una nueva realidad viva, ambos agentes deben ser entendidos sólo como unidades que conforman el proceso, necesarios para la generación del todo, pero sin capacidad de comprenderlo en su totalidad. Por eso ni los genes ni las unidades que estructuran el desarrollo confieren por sí mismas suficiencia constitucional a las realidades vivas. Es lo emergente (los patrones morfológicos y bioquímicos y las características que de ellos dimanan) lo que constituyen la realidad. Afirma Diego Gracia que Zubiri define la realidad como un campo estructurado o una estructura clausurada de elementos o notas y que solamente cuando esa estructura es coherente el campo alcanza la suficiencia constitucional y, por tanto, la sustantividad. Puesto que para Zubiri si no hay suficiencia constitucional no hay realidad, aquello que no tiene suficiencia constitucional no podría ser sujeto de derechos propios ni objeto de obligaciones ajenas. Tan importante es el concepto de suficiencia constitucional que los defensores de las dos posturas anteriormente citadas con respecto al valor del embrión se esfuerzan por defender sus opiniones desde el punto de vista de la suficiencia constitucional. Por eso creo que para poder efectuar una correcta valoración del estatuto ético del embrión es necesario tener en cuenta cuáles sean los argumentos epistemológicos en los que se basa el estatuto ontológico del mismo y cuál sea la conclusión de este estudio. Una vez que esto se haya establecido se podrá entrar a plantear el estatuto ético. Esto no quiere decir que el estatuto ético dependa enteramente de lo que haya establecido el estatuto ontológico, pues la ética tiene sus propias normas de reflexión, pero sí querría decir que los puntos de vista ontológicos son tenidos en cuenta y valorados. De lo contrario, se podría caer en un planteamiento en el que sólo entren en juego criterios de creencias a priori. Entiendo por ontología no sólo lo que la realidad aparece cuando se somete a un análisis experimental (ontología estática) sino lo que la realidad representa y significa para quien la contempla en el espacio-tiempo con carácter de universalidad en un esquema procesual de significado (ontología dinámica). En la intersección entre ambos componentes se sitúa lo que entiendo por ontología de la realidad que llamamos embrión humano. Una ontología estática sería incompleta, pues desconocerá lo que la realidad es para el sujeto que la contempla, lo mismo que sería incompleta una ontología dinámica basada únicamente en una proyección de significado sin que tal significado surja enteramente de la realidad misma. La discusión sobre el estatuto del embrión, en mi opinión, se plantea a varios niveles:

1. Saber si los zigotos tienen suficiencia constitucional del que dimana un valor asimilable al de la persona constituida.

2. Saber si, independiente de que tenga o no suficiencia constitucional, el hecho de estar en un proceso constituyente confiere a los embriones un valor y dignidad asimilable a la del término.

3. Dilucidar si el valor conferido al zigoto tiene valor absoluto o puede, en ciertas condiciones, ser ponderado frente a otros valores.

4. Dilucidar si en caso de duda sobre el valor del zigoto se tiene que optar siempre

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por la opción que se cree ser la más conforme a bondad, es decir, optar por su inviolabilidad.

Ahora bien, el problema epistemológico que subyace a estas preguntas es si

podemos determinar lo que el zigoto es o si únicamente podemos afirmar algo sobre su significado. En esta situación se plantea un problema aún más complejo: ¿Es correcto —o posible— plantear la pregunta sobre cuál es el estatuto del embrión o, por el contrario, no sería más correcto —y operativamente posible— preguntarnos sobre cuál deba ser, en función de los datos, el estatuto que debemos conferir al embrión en el espacio-tiempo en el que nos hacemos la pregunta? Es decir, ¿el embrión-zigoto tiene suficiencia constitucional de persona o el valor persona se lo damos extrínsecamente cuando pensamos que tiene suficiencia constitucional? Por eso afirma LaCadena que la cuestión fundamental es saber en qué momento del desarrollo se puede decir que la realidad humana está ya constituida. En otros términos, la pregunta crucial se centra en saber si podemos resolver el problema en el terreno de la racionalidad, sin fisuras y de forma definitiva, o si solamente podemos resolverla en el de la racionabilidad práctica que involucra varios tipos de formas de saber. Para llegar a esto tenemos que acordar si el problema sobre el estatuto ético del embrión puede o no puede prescindir de cuál sea su estatuto ontológico. Si la constitución no está definida en el embrión sino que va apareciendo en el espacio tiempo, podría parecer arbitrario señalar durante el proceso de transformación tiempos concretos en los que se pudiera afirmar la existencia de un momento de constitución. Parece imposible determinar si un segundo antes de la constitución no era persona y en el segundo siguiente ya sí lo es. Sin embargo, se podría acordar que el tiempo podría no ser traducido en términos de momentos per se en término de periodos. Podría definirse que existe una situación en la que la realidad biológica tuviera ya una capacidad intrínseca y autónoma de mantenimiento de su entidad aunque no estuviera totalmente terminalizada y que esa situación fuera considerada como con derechos de persona. Es decir, definir una situación en la que se pudiera concretar que el término está esencialmente constituido, aunque no lo esté en acto. De aquí la importancia del término constitución en el tema del estatuto ontológico o ético del embrión. Es interesante destacar que a pesar de que la primera gran teoría explicativa del desarrollo de los seres vivos haya sido la epigénesis y que esta teoría como dice R. Strohman en un trabajo titulado «A Beat to Biotechnology» es de hecho la única teoría que puede explicar de forma adecuada y congruente la progresiva aparición de organismos cada vez más complejos y con características nuevas, haya sido la teoría mecanicista la que se ha impuesto en el pensamiento moderno hasta el extremo de que haya sido capaz de generar paradigmas que han llegado a tener rango de dogmas biológicos.4 Es interesante notar, también, que la epigénesis, concepto fundamental en el pensamiento filosófico clásico y que se encuentra muy claramente definida en Aristóteles, haya coexistido con teorías pre-formacionistas que postulaban que los organismos estaban predeterminados a ser lo que serían en el futuro, puesto que en ellos existía desde el principio una dínamis que les confería su capacidad de ser. En realidad es difícil abandonar las teorías pre-formacionistas, pues es difícil hacer la conjunción de dos observaciones incontrovertibles: 1) unos elementos extraordinariamente simples dan lugar a otros extraordinariamente complejos, 2) no media ninguna ruptura temporal y de sucesión en el proceso de generación. ¿Quién o qué dirige el proceso? ¿Existe ese quién o ese qué? ¿Eran los elementos complejos diferentes sustancialmente diferentes de los simples? Es obvio que si no existe ningún elemento externo al proceso debe existir en lo simple algo que dé razón de lo complejo. Lo más sencillo era suponer que en el interior de los elementos simples existía un algo que definía la progresiva generación del todo. Otra posibilidad era postular que la transformación y la generación de novedad en el todo se

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originaba por una intervención del exterior. Para el caso humano, parecía que la intervención debería ser la infusión del elemento que lo hacía humano: el alma. Esta intervención tendría que venir de afuera. Creo que la razón de la imposibilidad de responder (entonces y de alguna forma también ahora) de forma adecuada a la pregunta de qué o quién dirige el proceso de generación radicaba en que no existía un concepto o paradigma capaz de dar razón de los fenómenos de transformación y del nacimiento de cualidades ontológicamente nuevas en un organismo en cambio, inexistentes con anterioridad a su aparición. Por tanto era congruente que las preguntas no pudieran responderse a menos que se invocara que en el elemento que se desarrollaba existía otro sub-elemento que poseyera la complejidad del término aunque no actualizada. Por esta razón, unos autores optaban por la idea de que en el elemento original ya existía la complejidad del término final aún no desvelada (complejidad en potencia), mientras que otros necesitaban invocar intervenciones desde el exterior para constituir esas complejidades. Las interacciones con el ambiente (interno o externo) sólo generaban las individualidades pero no alteraban la esencia o el ser. El concepto de crecimiento progresivo de una realidad sí era formalizable. La aparición de fenómenos nuevos complejos no existentes en la realidad original, es decir la transformación (realidad ontológicamente nueva), no lo era. El concepto de desarrollo, como emergencia de una entidad nueva, se confundía con el concepto de crecimiento. Aunque se aceptaba el concepto de desarrollo como transformación de la realidad original no se acababa de hacer una distinción apropiada entre desarrollo y crecimiento. En la actualidad, ambas palabras tienen contenidos que se solapan pero tienen acepciones claramente diferentes. El crecimiento genera aumento de las formas, no genera novedad, mientras que el desarrollo genera aparición de formas. El desarrollo sí genera novedad. Así, el crecimiento no constituye, mientras que la característica fundamental del desarrollo es constituir. Aunque no existe puro crecimiento sin desarrollo ni puro desarrollo sin crecimiento, en los primeros estadios de la embriogénesis la característica es el desarrollo (la constitución) de formas. En estadios fetales, por ejemplo, la característica es el crecimiento de las formas. Así podríamos preguntarnos si el desarrollo genera novedad también en las formas y no sólo en las apariencias o accidentes. Es decir, si el movimiento de la materia, recordando la kinesis5 de Aristóteles, es capaz de producir cualificaciones que supongan un cambio de realidad (talidad). Esta pregunta, con respecto a la naturaleza ética del embrión, es absolutamente fundamental. Si la forma ya estaba desde el principio, lo único que habría que investigar racionalmente es cuál es ese principio y si estaba en origen. Si la epigénesis genera formas (y actúa) en el tiempo que definen lo que es la realidad, lo que habrá que investigar es cuando se genera esa forma. Es decir, cuándo se constituye el embrión humano para que se le pueda aplicar el valor antropológico del término. 4. EL ESTATUTO ONTOLÓGICO DEL EMBRIÓN El tema del estatuto ontológico y ético del embrión es paradigma de aquellas cuestiones en cuya discusión entran a formar parte no sólo los datos observados sino las antropologías y las creencias. Tenemos que reconocer, sin embargo, que la introducción de estos datos hacen muy difícil no sólo la resolución del problema sino aun el mismo planteamiento de la cuestión. Curiosamente, se puede estar de acuerdo en datos y en total desacuerdo con la interpretación de los mismos. La razón es que en la interpretación entra en juego el sentido del dato. Esta diferente interpretación surge y obedece a una antropología determinada y a una creencia definida. Si según Ortega las creencias constituyen la base de nuestra vida, el terreno sobre el que acontecen nos ponen delante lo que para nosotros es la realidad misma. Toda nuestra conducta, incluso la intelectual,

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depende de cuál sea el sistema de nuestras creencias auténticas. Porque en ellas nos situamos de forma permanente no solemos tener conciencia expresa de ellas, no las pensamos, sino que actúan latentes, como implicaciones de cuanto expresamente hacemos o pensamos. Cuando creemos de verdad en una cosa no tenemos la «idea» de esa cosa, sino que simplemente «contamos con ella».6 4.1. POSICIONES ANTE EL PROBLEMA En torno al tema del estatuto ético del embrión se pueden describir dos posturas fundamentales que han ido progresivamente adquiriendo matices diferentes a medida que se justifican a sí mismas de una forma racional, sobre todo cuando se enfrentan de forma crítica ante argumentos que le son adversos y que proceden de posiciones ideológicas diferentes. Curiosamente, se dan situaciones en las que los mismos hechos experimentales, contrastados por diversos autores de forma casi unánime, son interpretados de forma diametralmente diferente dando lugar a posiciones contradictorias. La razón de la divergencia no está, en la mayor parte de los casos, en la interpretación de los hechos científicos sino en la interpretación de lo que los hechos quieren decir con respecto al presupuesto que se quiere defender. Por eso este querer decir, deducido de los hechos experimentales, está sometido a tensión ideológica y traspasa lo que es meramente contenido experimental. Por esta razón la conclusión que los hechos aparentan soportar difiere tan drásticamente. Sin embargo, hay que tener en cuenta que las conclusiones derivadas de los hechos, aunque tengan un componente meta-científico, no por ello son siempre ilícitas si se efectúan con criterios racionales y se someten a las reglas de la deliberación y contraste. La postura más tradicional en el tiempo, no por ello la más cierta ni la más errónea, con respecto al estatuto ético y ontológico del embrión es la de aquellos que consideran que el ser humano-persona está en el zigoto en potencia actualizante desde el momento de la fecundación, de tal modo que el organismo resultante de la unión del óvulo y espermatozoide es ya una realidad biológica con valor, no de persona en acto, pero sí asimilable a la de persona en acto. La razón de este valor es que el zigoto o el embrión temprano puede ser persona por razón de su entidad, de su suficiencia constitucional (fundamentalmente genética) y de estar dentro de un proceso generador de un elemento al que se le considera con valor indiscutiblemente humano y de cuasi-persona.7 Según este parecer, es la condición de ser vivo y humano del embrión, junto a la pertenencia al proceso generador de un individuo persona, a la que confiere al embrión un estatuto equiparable al de persona. Dentro de esta postura existen dos tendencias. Unos proponen que el embrión tiene la dignidad de la persona (por su constitución) aunque no esté en acto. Otros piensan que se debe atribuir al embrión la dignidad de la persona porque está en el proceso de constitución personal. En esta distinción se puede ver la existencia de una fuerte tensión entre las dos posiciones. Para unos el embrión tiene suficiencia constitucional de persona desde el principio (por su realidad interna y su dinámica finalista), mientras que para los segundos es el proceso el que le confiere esa constitución como valor. Desde mi punto de vista, esta tensión dentro de una misma posición nace del hecho de no distinguir con claridad dos momentos éticos importantes en la concepción del valor de embrión: 1) la valoración de la realidad ontológica en sí misma y 2) la valoración de la realidad ontológica por lo que significa. La realidad ontológica le da un valor al embrión. El proceso le da también un valor ontológico porque le da un significado. Estos dos momentos éticos aunque se solapan en sus contenidos no son necesariamente lo mismo. La segunda postura es la de quienes piensan que una realidad biológica no se define por su genotipo ni aun por su fenotipo embrionario sino por la realidad emergente, la realidad

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constituida que surge a lo largo del tiempo en el desarrollo y que está dotada en acto de cierta autonomía biológica y de suficiencia constitucional, como sistema homeostático integrado por los elementos del todo y con capacidad de diálogo interno entre los elementos de ese todo, aunque el fenotipo, conocido vulgarmente como persona, no esté finalizado. Los que defienden esta postura mantienen que el ser humano se origina a través de un proceso de desarrollo que origina constantemente novedad y en el que los productos originados adquieren progresivamente cualidades nuevas (ontológicamente nuevas) y por tanto adquieren también valores específicos. Así, en este contexto, no todas las etapas del proceso de desarrollo constituyente tienen el mismo sentido valorativo con respecto al todo. La realidad biológica definida como embrión no tendría suficiencia constitucional en origen, ni por su realidad ontológica ni por su situación procesual, sino que la suficiencia constitucional se habría logrado en un entorno temporal en el que las interacciones entre moléculas habrían generado la novedad a la que se atribuye el valor. Es decir, la suficiencia constitucional no se tendría en origen sino que se adquiriría en el tiempo.8 Dentro de esta postura, la posición más extrema sería la de aquellos que mantienen que los embriones humanos tempranos, al carecer de capacidad sensitiva y reflexiva, no pueden tener relaciones basadas en el reconocimiento mutuo y el respeto, al igual que las personas y que por tanto no tienen suficiencia constitucional de personas. Esta posición colocaría los embriones fuera de la actividad moral, pues les quita sustantividad ética. Los embriones serían merecedores por tanto de un trato similar al que recibe cualquier otro tipo de células humanas. Las posturas moderadas dentro de las dos anteriormente expuestas mantienen que, en cualquier caso, los embriones humanos sean como potencia constituida, como sujetos de un proceso de generación humana, o como sujetos que adquieren gradualmente suficiencia constitucional humana tienen valor. Difieren ambas posturas en el carácter que se debe dar a ese valor. No creo que las divergencias que surgen sobre la naturaleza ética del embrión, divergencias que con frecuencia son bastante virulentas, nazcan únicamente de situaciones de deseos de poder pero sí creo que, más de lo deseable, son fruto de la pretensión de mantener posturas antropológicas que, si bien intencionadas, están marcadas por razonamientos que no siempre están muy de acuerdo con un ethos desinteresado (no por ello no ético) y a que se mezcla planos epistemológicos. Con frecuencia, además, en lo que se refiere al estatuto ético del embrión se nota en algunas posiciones que parten del presupuesto de que se tiene la verdad y, lo que es peor, que las alternativas que no defienden la protección del embrión desde el momento mismo de la entrada del espermatozoide en el óvulo, no consideran como valor la vida humana, o que, más aún, la desprecian. Por eso las posturas sobre el estatuto ético del embrión obedecen con frecuencia a posiciones previas sobre quién determina y cómo se formula la norma ética y su contenido. 4.2. EL SENTIDO DE LO «NATURAL» DEL EMBRIÓN HUMANO

Ya se encuentra en el pensamiento clásico griego una concepción que se puede

clasificar como ética naturalista en la que prevalece el concepto de physis (naturaleza) basada en la observación del comportamiento de la naturaleza. Seguir el patrón de conducta de la naturaleza es actuar éticamente. Es esta ética, en cierto modo, una ética heterónoma, puesto que el comportamiento se nos viene dado como una ley impuesta desde fuera. Desvincularse de este patrón de conducta es abandonar el orden que tiene cada ser. Abandonar ese orden es separarse de lo natural, de lo ordenado. En el cumplimiento de ese «patrón», el ser humano actúa conforme a una pauta natural con la que alcanza el equilibrio. Contravenir las potencias de naturaleza y su telos, sobre todo si es para el bien, es romper el orden natural, irrumpir en el orden, trastocando su sentido, y por lo mismo actuar in-moralmente, contra natura. Una acción sólo puede ser considerada

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buena cuando conduce a aquello a lo que las cosas tienden por sí mismas, por naturaleza. Es claro por tanto que las cosas se definen como buenas o malas según una ley de la naturaleza. La forma de superar la heteronomía sería la de decir que la ley natural nace y está en el hombre y éste no hace sino seguir su dictamen, pero desde dentro. Por eso la ley natural no es heterónoma sino autónoma. La conclusión de estas premisas es que el hombre no puede interrumpir el telos del embrión. Interrumpirlo sería actuar inmoralmente. Ahora bien, la acción inmoral no vendría impuesta por la sustantividad del embrión sino por su finalidad, a menos que introdujéramos la finalidad como constituyente de su ser. Creo que habría que hacerlo. Pero para utilizar el argumento de la finalidad correctamente habría que probar que existe en un embrión concreto (y no sólo en el concepto genérico de embrión) la finalidad de llegar a ser. Sin querer entrar a discutir el problema de si para que una acción sea o no moral ha de ajustarse a la ley natural, hay que ser consciente de que el concepto de ley natural o acción moral según naturaleza ha estado muy vigente en la discusión sobre la naturaleza ética del embrión. En una teoría clásica de la ley natural el embrión humano sería merecedor de respeto y dignidad absolutas porque según naturaleza su ser es llegar a constituir una persona. El orden natural es que de la unión del óvulo y espermatozoide se origine un ser humano. El embrión humano por tanto es potencia de una persona según naturaleza. Se deduce por tanto que el embrión humano en un ser individual cuya constitución es ser persona. Si su constitución es ser persona no puede en ningún momento no ser persona, pues lo que es no puede no ser, y lo que no es no puede llegar a ser, si antes no lo era. Evidentemente, impedir que llegue a realizarse el acto persona es contravenir el orden. Más aún, como no se concibe que una realidad llegue a ser persona por estadios, el embrión es persona o al menos un ser en el entorno de la persona desde el principio de su ser. Destruir este proceso es destruir el orden natural. Es una acción in-moral, contra naturaleza. Más aún, destruir el embrión sería destruir una persona. En mi opinión, aparte de que haya que poner en duda la validez del concepto de ley natural como normativa de acción moral, creo que se puede decir que no es tan claro que el fin del embrión temprano, según su naturaleza, por potencia intrínseca y autónoma, según veremos más adelante, sea llegar a ser un individuo humano personal. Además del concepto de ley natural y de la necesidad de actuar según «naturaleza», los criterios más comunes que se han barajado para determinar el estatuto ético del embrión se pueden reducir a: 1) el valor de la vida humana, 2) la pertenencia a la especie humana, 3) el carácter de potencialidad (de ser humano) del embrión, 4) los sentimientos, 5) las antropologías y creencias y aun 6) los intereses de la vida humana embrionaria. En mi opinión, los argumentos basados en la potencialidad, la individualidad y carácter único del embrión, el estar situado en un entorno humano y el de tratar de mantener y proteger al máximo lo humano, están en la base de los argumentos que defienden la inviolabilidad del embrión temprano. Las posturas que defienden que el embrión temprano, al menos el embrión anterior al día 14 no es merecedor de protección absoluta, tienen también en cuenta el valor de la vida humana y el valor de la pertenencia del embrión a la especie humana pero no creen que el argumento de la potencialidad, ni la situación del mismo en un entorno y proceso humano, y menos los sentimientos, antropologías y creencias, puedan conferirle la dignidad humana. 5. EL TÉRMINO POTENCIA APLICADO AL EMBRIÓN Los que utilizan el argumento de la potencialidad para defender la protección absoluta del embrión, si bien aceptan que un embrión no ha alcanzado un grado de desarrollo pleno, como es evidente, opinan que la capacidad que tiene para llegar a ser una persona le

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confiere el estado y la razón suficiente para que se le deba dar el grado de respeto y consideración que tiene la persona constituida. Desde mi punto de vista, para que este argumento fuera valido se debería considerar a la potencia como un algo que tiene la entidad de manera intrínseca y autónoma de tal forma que le diera al embrión la capacidad de convertirse en acto-término. Es decir, la potencia debería tener al menos un logos interno que convirtiera a esa potencia en causa final del término. En el caso concreto del embrión, ese logos interno debería estar en el embrión desde el principio para así conferirle (como potencia real) la categoría de persona que tiene el término. En caso contrario, la potencia sólo le conferiría al embrión la posibilidad de emerger dentro de un proceso pero sin estar configurada la persona, ni potencialmente, al inicio del proceso. Es decir, del no ser-persona surgiría el ser-persona. Este surgir algo, de un no ser ese algo, parece para algunos una imposibilidad, pues no puede emerger un ser de donde no era. En realidad estamos ante el dilema, ya antiguo, de si del no ser puede surgir el ser. Aunque el razonamiento de que algo no puede llegar a ser persona por estadios en el sentido de que algo, en determinados tiempos, pueda ser casi-persona resulte obvio a primera vista, no se ve por qué se debe excluir que algo que no era persona, aun dentro de un proceso, no puede llegar a serlo en un tiempo dentro de ese proceso principalmente si durante el mismo adquiere las características que se atribuyen a la persona. Si analizamos con detenimiento el término «potencia» podemos observar que ya el mismo Aristóteles propone que el término potencia puede tener dos significados. Potencia es el poder que tiene una cosa para producir un cambio en otra cosa o la propiedad que tiene una cosa y que permite a una realidad pasar a otro estado. En el primer caso es una cosa la que tiene la potencia, la que produce la transformación, pero en y sobre otra sin relación causal necesaria entre ambas. En el segundo, el ser que tiene potencia expone hacia fuera lo que tiene en sí. En este caso, si no existe razón exterior que lo impida, el acto final se produce necesariamente. Desde mi punto de vista, en esta concepción, que ha sido la prevalente, se asume que el algo que tiene la potencia contiene ya el término pero sin finalizar. Es decir, es causa formal del término. Desde mi punto de vista este concepto de potencialidad no se puede aplicar al embrión temprano. Es obvio que el término potencia, con respecto al embrión, no puede situarse dentro del primer sentido propuesto por Aristóteles pues el embrión, como cosa, no ejerce la potencia sobre otra cosa extraña a sí misma. Durante el proceso de desarrollo es el mismo embrión quien experimenta cambios que le afectan de forma directa a él y sólo a él como sujeto de esos cambios. Así, el embrión actualiza su potencia permaneciendo siempre, con su propia individualidad, como unidad in se y separada de otra aunque no necesariamente tenga, por virtud del desarrollo siempre la misma talidad. La unidad in se le confiere al embrión durante todo el proceso de desarrollo su valor. Creo que tampoco se puede aplicar al embrión el segundo término de potencia en toda su extensión pues éste no tiene de forma intrínseca y autónoma todas las capacidades para transformarse en otra cosa diferente que tiene cualidades nuevas. Sin embargo, no se puede identificarse el término potencia del embrión con una mera posibilidad de dar lugar a algo (persona) pues su capacidad con respecto al termino es mayor que la mera posibilidad. De hecho, no sólo tiene posibilidad. Tiene capacidad de responder a señalizaciones bioquímicas y por tanto la capacidad de tomar decisiones. Toma de decisiones que hace conjuntamente con las señalizaciones. Por tanto es una capacidad compartida. Algo que tiene mera posibilidad no tiene esta capacidad añadida. El embrión tiene capacidad de respuesta adecuada y específica ante señalizaciones para adoptar las propias transformaciones que afectan a su ontología. Para algunos, esta capacidad, que la identifican con potencia, confiere al embrión su valor.

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En terminología de Buckle podemos decir que el embrión tiene posibilidad de ser una persona y potencialidad de desarrollo para serlo. Puesto que esta potencialidad está vinculada a la perspectiva moral del respeto a las capacidades individuales dice Buckle que «el ser existente hay que respetarlo porque posee la capacidad o el poder de desarrollarse en un ser digno de respeto por sí mismo; respeto del que es merecedor porque el ser existente y el ser en el que se convertirá es uno y el mismo». Coincidiendo con Buckle, creo por tanto que el ser existente, el embrión, es un ser que tiene el potencial de desarrollarse en un ser merecedor de respeto por sí mismo, la persona. De aquí su valor. Sin embargo, creo que Buckle da un paso que no está plenamente justificado al decir que de ese proceso se sigue que el ser existente y el ser en el que se convertirá son uno y el mismo. ¿Por qué el proceso confiere identidad a dos elementos que no están ligados formalmente? Además, aunque la capacidad de desarrollo es intrínseca al estado biológico del embrión (otras células del organismo carecen de esas capacidades), esta capacidad no es total y menos autónoma en cuanto que el embrión necesita estar en un nicho determinado para poder ejercer esa capacidad que tiene y así responder y constituirse en fenotipo persona. Por tanto, no es sólo el embrión el que únicamente define los tipos de señalizaciones que debe ejecutar y las respuestas que debe dar sino que es también el nicho el que define y promueve qué tipo de respuestas esenciales se han de propagar para que el embrión tome unas rutas concretas, y no otras, de desarrollo definidas en el espacio-tiempo. Así pues, puesto que no es posible atribuir potencialidad en el embrión como capacidad intrínseca y autónoma para producir la transformación de la realidad inicial en un individuo personal humano, no se puede atribuir al embrión un telos interno. La capacidad de respuesta ante señalizaciones biológicas internas y externas, por ejemplo las reacciones biológicas que se despliegan en la implantación del embrión en el endometrio, no puede separarse de espacios y tiempos definidos. Esas reacciones definidas para un espacio-tiempo y que tienen que ocurrir en ese espacio-tiempo están definidas por el embrión y por el nicho. Por eso el nicho al ser parte del programa de desarrollo entra a formar parte constituyente de lo constituido. Por esta razón no se puede entender el embrión como un algo dotado de potencialidad en su sentido pleno sino como un elemento dotado de potencialidad compartida. Esto no quiere decir, sin embargo, que dada esta potencialidad compartida el embrión carezca de valor. 6. EL CONCEPTO DE INDIVIDUO: EL MISMO Y LO MISMO Para defender la protección absoluta al embrión, además del argumento de la potencialidad se esgrimen, también, otras razones como: 1) el concepto de individualidad, 2) el de la existencia de un programa de desarrollo desde el primer momento de la fecundación, 3) el valor moral simbólico del embrión humano, 4) la dignidad del embrión, 5) los sentimientos morales que esa entidad genera, 6) los intereses «en previsión de futuro no actualizados» del embrión en cuanto que todo ser humano fue en un tiempo embrión. Se afirma que si yo (toda persona humana) tengo derechos los debí tener desde que yo fui yo. Esta afirmación es en sí misma evidente pero puede ser engañosa por encerrar una tautología. ¿De dónde se deduce que el embrión del que yo surgí, por desarrollo, era yo. Hay que tener en cuenta que un tanto por ciento muy elevado de los zigotos y blastocistos tempranos no llegan a desarrollarse? ¿Habría que aceptar que un gran número de individuos persona (YO) mueren en las primeras etapas del desarrollo? No es lo mismo decir que si el embrión del que yo me originé se hubiera destruido yo no existiría, que decir que el embrión en aquel estado era yo. Para decir esto último habría que probar que lo era. De lo contrario se cometería una petición de principio. Si no hay

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elemento que ligue, como causa final, la talidad de aquel embrión, del que surgí (yo) en el tiempo, con mi talidad (el yo) no es lícito hacer una correlación de valor tan estricta como la que identifica valores entre los elementos del proceso. ¿Es aceptable, aun desde un punto de vista religioso y filosófico, decir que la vida de la mayor parte de los individuos humanos fracasa sencillamente porque el desarrollo es un proceso tan regulado en tiempos y espacios que el más pequeño fallo genera interrupciones del mismo? ¿No sería más congruente decir que el término persona sólo se realiza cuando lo constituido ha traspasado el espacio constituyente altamente regulado? No es lo mismo decir que si la rama evolutiva de la que surgió el primer(s) homínido-persona(s) se hubiera destruido no habría existido el hombre que, de hecho, se originó de esa rama, que decir que aquella rama era ya de naturaleza humana personal. Por eso de alguna forma tenemos que aceptar que a través de la transformación del elemento no ser-persona surgió un elemento ser-persona. No existe escapatoria a esta realidad si no queremos caer en el absurdo de entender que la rama de la que se originó el ser-persona era ya ser-persona. La otra alternativa sería negar la evolución o proponer una intervención externa al proceso evolutivo que generaría las nuevas formas, particularmente en el caso de los humanos. Desde mi punto de vista se puede armonizar la emergencia de formas ser, a través de evolución y transformación, a partir de formas no ser, lo mismo que pueden emerger formas ser (el agua) de formas no ser-agua (oxígeno e hidrógeno), por poner sólo un ejemplo elemental pero paradigmático. La interacción oxígeno-hidrógeno (no la unión) constituyen un nuevo elemento. El valor de lo constituido no es el mismo que el de los constituyentes aunque pueda ser reducido a ellos. Si lo constituido se reduce a los elementos constituyentes se destruye el valor de lo constituido. La destrucción de los constituyentes destruye la posibilidad de existencia de lo constituido pero no por eso los constituyentes tienen el valor de lo constituido, sencillamente porque lo constituido antes de constituirse no existe. Una molécula de agua (H2O), no existe hasta que dos átomos de hidrógeno y uno de oxígeno interaccionan. El hidrógeno tiene su valor y el oxígeno el suyo. La mera yuxtaposición tiene el valor de sus elementos. La interacción genera un elemento nuevo, con valor. Nunca se podría afirmar que los dos átomos de hidrógeno y el de oxígeno tenían el mismo valor que la molécula concreta de agua que forman porque ya eran potencialmente esa molécula de agua. Las propiedades del agua (su valor) no se explican por las propiedades del oxígeno y el hidrógeno, puesto que lo constituido surge de la interacción y lo complejo no puede explicarse por las reglas que rigen lo simple, si es que, además, el oxígeno o el hidrógeno se pueden considerar como unidades simples a escala física. En realidad, tanto el oxígeno como el hidrógeno son entidades complejas aunque mucho más es el agua que resulta de la interacción de ambos elementos. La constitución y talidad del agua se desprende de su complejidad en cuanto que un «sujeto es lo que es por virtud de sus relaciones con otras entidades... y es (la relación interna) parte de la entidad que es relacionada».10 Las realidades se definen por sus cualidades sistémicas y según Tamas Vicsek y una gran variedad de autores, las leyes que rigen los sistemas complejos son cualitativamente diferentes de las leyes que rigen las unidades que los forman.11 Si el agua es un elemento complejo y su talidad se define por su complejidad, cuánto más esta norma se aplicará a una célula o a un organismo. Lo complejo no puede reducirse a la suma del valor de cada uno de los elementos que lo constituyen por ser lo constituido cualitativamente diferente de cada uno de ellos y aun de la suma. Así pues, si utilizáramos un símil físico-matemático podríamos que decir que la red genética (genes y epístasis) junto a la red epigenética (flujo interactivo de elementos celulares) y a la red informativa del nicho constituyen atractores estables (aunque en equilibrio homeostático) que hacen que todos los elementos del sistema (los presentes y los que emerjan de las interacciones) converjan para generar fenotipos dinámicos (en

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equilibrio homeostático). La fuerza de estas interacciones y redes es tan fuerte que aun cuando los elementos individuales que integran el sistema tendieran a actuar caóticamente y de forma indeterminada se origina convergencia. La novedad (y la originalidad) biológica es tal que por la actuación de todos los atractores se gana entropía y el sistema se estabiliza en un estado mayor de equilibrio adquiriendo mayor complejidad. Ahora bien, puesto que en los sistemas complejos no se puede excluir que se introduzcan atractores inestables, que se originan por la complejidad de las interacciones entre redes y que provocan situaciones de inestabilidad dentro de las redes, no se puede decir que la individualidad del sistema dado esté definido en origen. Sin embargo, puesto que son precisamente los atractores estables y la redundancia informativa del sistema de las redes las que contrarrestan las inestabilidades producidas por los atractores inestables se podría afirmar que en los atractores estables el fenotipo está definido como posible, pero no como potencia que genera la individualidad ni menos como constituido. Los atractores inestables conducen a la definición de la individualidad y en casos particulares pueden conducir aún a la ruptura del sistema global. En sistemas en equilibrio homeostático final esos atractores inestables pueden conducir a la generación de patologías si el sistema no es suficientemente robusto como para tolerar las inestabilidades. Puesto que los sistemas en desarrollo no han alcanzado la robustez homeostática, determinados atractores inestables pueden conducir a la muerte y ruptura (aborto) del proceso. Este juego entre atractores se lleva cabo en toda la vida de un organismo pero fundamentalmente durante el desarrollo en el que se está constituyendo el sistema homeostático final. Cuando el sistema homeostático está definido es el mismo sistema (junto a las redes) el que contrarresta las inestabilidades con un poder mucho más eficaz que las redes de interacciones entre moléculas concretas. Cuando no existe el sistema homeostático, porque se está formando, es la interacción entre redes la que lo mantienen. Cuando en algunas de las redes existen atractores puntuales que generan alteraciones no previstas el sistema no progresa más allá del punto de acción del atractor y muere a menos que los sistemas de redundancia informativa suplan o interfieran en su acción. Por eso, normalmente, la presencia de un atractor inestable es más deletéreo que la falta de otros cuya ausencia puede ser suplida por la información redundante. En este supuesto, se podría definir como constituido aquel periodo del individuo orgánico que se pudiera definir como sistema homeostático y cuando los atractores inestables tengan poca capacidad de acción (causar trastorno). Así, la posibilidad de generar inestabilidades por los atractores inestables (que surgen durante todo el proceso de desarrollo) no es la misma a lo largo de todo el periodo embrionario. Un ejemplo paradigmático (dados los conocimientos actuales) de información epigenética procedente de la madre (simbiótica) esencial para el desarrollo cualitativo y eficaz del sistema nervioso en humanos y que por lo mismo debe entenderse como integrante del programa de desarrollo del embrión es la función de la hormona T4 materna.12 Esta hormona se trasvasa, en un determinado momento del desarrollo embrionario, de la madre al embrión por la placenta y se detecta en el embrión antes de que éste pueda expresar su propia T4. Puesto que esta hormona regula la expresión de genes del embrión esenciales para su correcto desarrollo, que anteriormente estaban silenciados, entra a formar parte de la dinámica de desarrollo del embrión. En el embrión existen en el momento de la transferencia de T4 de la madre al feto receptores proteicos para la hormona. (Biológicamente hablando parece poco congruente que existan receptores para la hormona y que no haya producción de la hormona siendo necesaria para el desarrollo del sistema nervioso.) Pero sí es congruente este hecho si la hormona T4 está disponible desde otros medios. Si la T4 materna no existe o es baja en este preciso momento del desarrollo, la constitución del sistema nervioso del embrión es deficitaria. Una vez

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comenzado el proceso de interacción T4 materna con receptores embrionarios comienza la producción de T4 por parte del embrión. ¿Por qué el embrión no comienza todo el proceso con la producción de T4 propia es un misterio biológico? Curiosamente, en el huevo de los ovíparos (pollo) existe T4, pero no producida por el embrión, sino preexistente en la yema. Parece ser que en los placentarios, los procesos de evolución, han conducido a que la T4, necesaria para la conducción correcta de la ejecución del sistema nervioso, no producida por el embrión, proceda de la madre en ausencia del equivalente a la yema de los ovíparos (la placenta toma de la madre lo necesario). En principio no hay por qué pensar que este fenómeno de transferencia de elementos esenciales para el desarrollo del embrión no ocurra en otros casos. Si esta lógica es correcta, es congruente pensar que en el embrión, en los placentarios, pueden haberse eliminado algunas señalizaciones que la madre puede proveerle durante el desarrollo al feto de una forma puntual y espacio-temporal. La existencia de este fenómeno de rescate por parte de la madre de un fenotipo anormal es particularmente evidente en todos aquellos casos en los que el embrión nace con un fenotipo normal a pesar de carecer de una información genética relevante para su desarrollo. En muchos de estos casos los niños nacen con un fenotipo normal, puesto que la madre ha suplido el defecto durante el desarrollo. Esto significa que durante el proceso de desarrollo hay un trasvase de moléculas relevantes de la madre al feto (y viceversa). ¿Qué valoración puntual habría de darse a un embrión pre-implantatorio que careciera de un gen necesario para un desarrollo embrionario normal pero que por situarse en el endometrio de una madre que tuviera el gen normal se desarrollara normalmente? ¿Podríamos decir que antes de la implantación no era persona, pues carecía del código para su desarrollo, pero que al implantarlo ya sí empieza a serlo? 7. EL PROGRAMA DE DESARROLLO

Existe una corriente de opinión que cree que el primer proceso que genera valor al

embrión es la constitución de un mensaje genético único que le permita y posibilite la construcción de un organismo único capaz de vivir en un entorno y dejar descendencia. No cabe duda que existe verdad en esta afirmación, pues la capacidad informante del zigoto es diferente de la del óvulo y espermatozoide (aun juntas). En el zigoto, las informaciones del óvulo y espermatozoide no están sumadas sino que forman un complejo integrado. Es evidente que existe constitución de un material genético nuevo. Pero cuando nos preguntamos sobre el valor del zigoto no estamos hablando sobre el valor del elemento constitutivo (el ADN del zigoto) sino que hacemos la pregunta sobre el valor del zigoto como un todo, es decir su geno-fenotipo. ¿Por qué la constitución del ADN constituye el elemento que define el término? Mi pregunta ante afirmaciones del tipo de que el ADN representa el elemento constituyente del zigoto se centra en querer saber en que están basadas. Lo que se va constituyendo a través de la evolución no es el ADN sino el organismo portador de una información determinada (el organismo es el que tiene valor). El ADN como material no informa nada si no está integrado en la mecánica del organismo. El ADN no constituye al organismo. El organismo se constituye por su todo en interrelación integrada. Además, ¿por qué se reduce lo constituyente a uno solo de los elementos de lo constituido? Más aún, lo constituido no es ni siquiera la suma de los constituyentes genómicos, porque lo constituido es una nueva realidad. ¿Por qué el ADN es el marchamo de la especie y del individuo y no el proteóma u otros órdenes superiores de estructura del organismo? Los experimentos de clonación, desde los primeros ensayos publicados por Stedman hasta nuestros días, han ido sugiriendo que si es verdad que los genes son los elementos que definen la herencia son los elementos celulares citoplasmáticos (flujos de interacción

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molecular) las informaciones capaces de dirigir, reprogramar y aun interpretar la información genética. No heredamos sólo genes sino toda una gama de flujos moleculares que modulan y dirigen la información genética. Estos flujos de información son capaces de hacer que un núcleo de una célula somática con diferenciación terminal revierta a otro estado y provea las bases para el comienzo de un desarrollo embrionario. Tal es el citoplasma del oocito. Así, estos flujos de información deben, también, formar parte de los elementos constituyentes del individuo al que se le da valor. Más aún, el hecho de que elementos maternos y flujos de informaciones emergentes que se producen durante la interacción celular determinen los fenotipos sugiere que no son sólo los elementos del zigoto los únicos constituyentes sino que éstos se originan durante el proceso mismo y que el proceso mismo, durante el tiempo, es el que conforma y construye su propio programa de desarrollo. En este caso los constituyentes no sólo no están en origen sino que aparecen en el tiempo. Más aún, estos elementos emergentes, a su vez, generan nuevos constituyentes. Se podría, por tanto, pensar que cuando se termina el proceso esencial que conforma e integra los constituyentes el organismo está esencialmente constituido y con valor relacional cercano al del término persona al que constituye. Así podríamos contestar a la pregunta de LaCadena sobre si se existe algún momento durante el desarrollo en el que se pudiera señalar la existencia de un hito en el desarrollo embriológico aun en ausencia de pruebas apodícticas, sobre si esa entidad es persona o no. Con frecuencia se argumenta que el embrión tiene el todo valorativo del término persona porque está involucrado en el proceso continuo de formación de la persona y porque contiene en pre-figura formal (su constitución) ese todo en la nueva información genética y epigenética. Pero afirmar que algo es individuo-humano desde un aspecto biológico (aspecto innegable para el zigoto u otra entidad en cualquier otro momento del desarrollo) y que a este individuo-humano se le deben conferir las características valorativas de la persona porque está prefigurado en su ADN (marchamo de la especie y de determinadas características del individuo), son afirmaciones que no van necesariamente ligadas. Para demostrar que el ser durante todo el proceso de desarrollo es el mismo y la misma entidad, como comenté con anterioridad, habría que encontrar una base sobre la que sustentar esa mismidad. De hecho, sería muy difícil encontrar esas bases si el ser el mismo y la misma entidad se definieran desde un punto de vista biológico, a menos, quizás, que se constriñera el concepto de mismidad a la secuencia de bases del ADN. Más bien la biología sugiere que el zigoto no es el mismo y la misma cosa todo el tiempo del desarrollo. ¿Como se podría sostener esta afirmación cuando se sabe que la realidad del término depende tan drásticamente del nicho donde se coloca el zigoto? Un zigoto con una mutación homocigótica severa colocada en el endometrio de una madre con la dotación genética normal para el gen PAH nace con un fenotipo normal. Ese mismo zigoto colocado en el endometrio de una madre que tenga niveles permanentemente altos de fenilalanina o con una deficiencia en el gen PAH puede dar lugar a un individuo con multitud de defectos anatómicos y trastornos neurológicos. ¿Cómo se puede afirmar por tanto que ese concreto zigoto, homocigótico para la deficiencia en PAH, va a ser el mismo y la misma realidad a través del desarrollo si puede dar lugar a fenotipos completamente diferentes según el nicho donde se coloque? Más aún, si se hiciera gemelación artificial (por partición del embrión de dos células) de ese concreto zigoto, deficiente en PAH, y se colocara una célula en una madre normal y la otra en otra con deficiencia en PAH, un individuo-persona sería normal en fenotipo y el otro totalmente anormal. Los zigotos derivados de las células embrionarias serían idénticos en su constitución genética, pero los fenotipos derivados serían diferentes. Que el zigoto no es la misma realidad que el individuo generado al final del desarrollo lo sugiere el hecho de que si un zigoto genéticamente normal se coloca en el endometrio de una madre homocigótica para PAH (no sometida a tratamiento) nace con microcefalia y

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otros trastornos severos y que ese zigoto generaría un individuo normal si se gestara en la misma madre sometida a una dieta de alimentación específica. Hipotéticamente, el individuo-persona normal y el que nació con microcefalia procederían de una misma realidad. Difícilmente se podría afirmar que en sí mismo el embrión original tiene al mismo tiempo talidad de ser normal o anormal. De hecho, su talidad de ser normal es sólo potencial (según la información contenida en el ADN). Su talidad real puede cambiar por un agente externo que introduce un cambio drástico en su cualidad de desarrollo. Es decir, el sujeto individual biológico en ambos casos sería el mismo pues es un único organismo (individuo) —permanente en el tiempo— el que se desarrollaría en cada madre, pero sería difícil mantener que ambos fueran la misma realidad. En este caso la talidad concreta viene definida por el nicho. Existen otros muchos ejemplos que demuestran que la fisiología de la madre puede subsanar un defecto genético o epigenético que impide el proceso de un desarrollo normal. En muchos casos el individuo nace normal si tiene un defecto severo en sus genes, pero a las pocas horas muere porque no puede sostener por sí mismo su desarrollo. Si la madre no subsana el defecto que tiene el zigoto (que es lo que la madre hace durante la embriogénesis) no puede desarrollarse. Según datos recientes la cantidad de fetos que nacen normales por haber tenido acceso durante el desarrollo embrionario al sistema homeostático de la madre, pero que habrían sido anormales si no lo hubieran tenido, es muy elevado.13 Parece que sólo aquellos defectos ocasionados por la falta de factores genéticos de trascripción no pueden ser subsanados por la madre porque su fisiología no tiene acceso a la mecánica de regulación del feto. Así, ¿habría que decir que si un zigoto tiene un defecto genético en un factor de trascripción carecería de valor inviolable humano porque no tenía capacidad intrínseca de desarrollo, mientras que el mismo zigoto transfectado con ese factor empezaría, por ese hecho, a tener carácter inviolable humano? La biología sugiere, por lo tanto, que no es fácilmente sostenible la idea de que el zigoto y el individuo-persona nacida es el mismo y la misma realidad desde el origen. De hecho, un mismo zigoto humano puede dar lugar a entidades cualitativamente diferentes y esto no en virtud de sí mismo como único factor determinante de esa entidad, sino en virtud, también, de factores externos. Todo esto implica que durante el desarrollo de los placentarios el proceso, esencialmente hasta un momento determinado del mismo, se origina en simbiosis entre el generando (objeto del desarrollo) y el generante (portador del generando) y que ambos se transfieren información. La diferencia esencial entre ambos tipos de información es que mientras la información procedente del generando no conforma el sistema homeostático del generante, puesto que ya está conformado, la información procedente del generante se enfrenta ante una situación en la que el sistema homeostático del generando está en proceso de formarse. De hecho, sabemos que en muchos casos lo hace como se puede observar en situaciones de deficiencia genética. Sería muy difícil mantener, por ejemplo, que la información del generante en forma de flujo de hormonas no repercutiera en la regulación de genes y otros flujos energéticos del generando. Si el zigoto tuviera como constitutivo el ser el mismo y la misma cosa a través del desarrollo embrionario no se explica cómo puede ser alterado en su talidad tan drásticamente por informaciones extra-embrión. Sólo se explicaría si se admitiera que la talidad no cambia a pesar de los cambios fenotípicos que lo conforman y que el yo-persona es el mismo a pesar de todas las transformaciones. Para eso habría que invocar que el yo-persona se constituye por algo diferente a los conformantes fenotípicos del todo y que ese algo está ya en el origen y en el término. Si volvemos nuestra mirada al pasado y aun a 50 años atrás podemos observar que esta pregunta ha estado navegando en la mente de los que se han preguntado por la naturaleza del Desarrollo. Puesto que esencias complejas no podían surgir de esencias simples debía existir en lo simple un

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elemento complejo que diera razón de su aparición. El descubrimiento del ADN pareció resolver esa paradoja. El ADN no era el elemento complejo pero informaba la generación de complejidad. Este concepto no se puede aceptar en la actualidad, puesto que el ADN transporta pero sólo de forma estática la información genética para la generación de señales que dirigen desarrollo pero ni sisiquiera transporta toda la información necesaria programática para esa generación de señales y menos para el desarrollo. Esta información está contenida en la red de interacciones epistáticas y epigenéticas del conjunto celular que incluye pero no está limitada al genoma.14 Se podría objetar que los cambios fenotípicos no afectan al ser Yo pues también ocurren cambios fenotípicos, a veces profundos, a través de la vida de un individuo nacido permaneciendo siempre el mismo sin aparición de un Yo nuevo y distinto del anterior. Sin embargo, creo que la situación no es similar en el caso embrionario y en el nacido, puesto que en el primero el sistema homeostático —conformado por la relación entre órganos— no existe mientras que en el segundo sí está presente. Por tanto, en el nacido pueden ocurrir cambios profundos sobre un sustrato integrado ya existente mientras que el caso del zigoto son los cambios los que generan el sustrato. En el primero los cambios ocurren sobre un sustrato constituido, mientras que en el segundo es el sustrato el que tiene que constituirse. ¿No sería más lógico pensar que es el sistema homehostático el que define el entorno del yo-persona que no la realidad que sólo tiene posibilidad y capacidad compartida y dependiente de generar ese sustrato, y menos aún si reducimos la talidad de ese realidad a uno solo de los elementos del sistema (el ADN)? Evidentemente, esta discusión nos introduce en un tema que deja de tener un componente mayoritariamente científico para entrar en el antropológico y filosófico. ¿Quién o qué constituye el Yo? Si la raíz del Yo tiene como constituyente un componente biológico (además de otros posibles elementos) no se podría arbitrariamente asignar que los cambios profundos del fenotipo no tuvieran ninguna incidencia en la constitución de ese Yo. De ello se deduce que si el fenotipo (entendiendo por tal las características morfológicas y las cualidades emergentes del conjunto integrado) no está constituido, al menos en una potencialidad intrínseca, no se pueda hablar de el mismo y la misma realidad durante todo el proceso desde el origen hasta el término. También se ha sugerido que el proceso de generación es un continuo y que por lo mismo no se pueden hacer distinciones valorativas durante ese proceso. Sin embargo, aunque la sucesión de inter-relaciones biológicas que definen el proceso sea continuo, el proceso constituyente (que implica la generación de novedades emergentes) no es un continuo in toto sino que sólo se nos aparece como tal porque se produce en continuidad sin-discontinuos sobre el sustrato sobre el que se producen los cambios. ¿No ocurre este hecho en todo proceso evolutivo sin implicar este hecho que lo anterior sea el mismo y lo mismo que lo posterior? Creo que sería más adecuado a la realidad pensar que las etapas (que poseen características emergentes) definen parcialmente el elemento final del proceso completo al existir como posibles y con capacidad de realizar etapas posteriores. En este sentido, la realidad que se nos aparece como existente en el zigoto (capacidad de generación de una persona) no tiene realidad óntica, puesto que sólo tiene una propiedad del todo y se sitúa en determinadas coordenadas espacio-temporales del proceso. Por eso su realidad sólo se coloca en un momento del proceso y no lo comprende en su totalidad. Nuestro entendimiento ve el proceso de desarrollo como un todo que obedece a reglas simples y deterministas porque sólo observamos los fenotipos finales de los procesos individuales. Pero el fenotipo total no es la suma de los procesos individuales sino una realidad nueva, en cierta forma, creada. Creación que no es ex nihilo pero sí ex prior. En este contexto, aunque evidentemente existe un proceso por el cual una entidad se convierte en otra, éste no sería un continuo sino un proceso en continuidad en el que en tiempos definidos se originan novedades con relación de causa anterior eficiente. Estas

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novedades serían «ontos» nuevos. ¿No se podría aceptar que alguno de estos «ontos» nuevos alcanzasen el valor y dignidad de la persona tanto porque existiesen argumentos para deducir que tienen talidad para ello y que tienen dignidad, además, porque se la confiere. En realidad, ¿por qué no se puede aceptar que quien llega a ser una persona es la realidad emergente de las transformaciones de la realidad inicial ocurridas durante el desarrollo? Así, una realidad biológica que ha sufrido transformaciones cualitativas podría llegar a ser una persona sin tener que haber sido persona, en el origen, la realidad de la que se originó. Si se puede aceptar que la adición a un elemento de una señal biológica transforma en valor de persona algo que no lo era (como es la entrada del espermatozoide en el óvulo) y que esa realidad nueva tiene un nuevo valor por qué no se puede aceptar que durante el proceso de desarrollo se convierta en valor de persona algo que no lo era con anterioridad. De hecho, una célula troncal (diploide) de ratón cuando se coloca en una blastocisto tetraploide de ratón (con capacidad de desarrollo anormal) da lugar a un ratón diploide normal. Al hacer esto la célula troncal se convirtió en embrión de un nuevo ser. Una célula troncal con sus atractores (ADN y flujos epigenéticos) colocada en un nicho apropiado puede convertirse en embrionaria. Los constituyentes de tal célula embrionaria son el ADN, los flujos epigenéticos (de la célula troncal) y el nicho (del blastocisto). En este caso lo constituido es una célula con capacidad de respuesta embrionaria. De la misma forma los constituyentes de tal célula, ADN y los flujos informativos y el nicho (del endometrio) generan el sistema homeostático, el ratón. Son muchos los ejemplos que se podrían ofrecer para afirmar que el embrión temprano necesita una gran información por parte de la madre para que comience y progrese en su desarrollo de forma adecuada, aunque la mayor parte de la que se dispone en la actualidad corresponde al periodo de la implantación.15 Postular que la información genética y aun que los estadios celulares iniciales del desarrollo constituyen potencialmente el individuo-persona proviene a mi parecer de atribuir a la información, particularmente a la contenida en el ADN, la capacidad de programación in situ total del proceso de desarrollo. El código está formado, además de por el ADN, por la interacción de las redes que forman los atractores y que se extiende al organismo como un todo. Así el programa de desarrollo hay que colocarlo en todo el entorno del organismo en formación como una unidad16 y no en una de sus unidades temporales. 8. EL CARÁCTER SIMBÓLICO DEL EMBRIÓN HUMANO El argumento que utilizan los que defienden el valor inviolable del zigoto, basados en el carácter simbólico del embrión, se basan en que aunque el embrión no es una persona en acto merece un respeto mayor que el de cualquier tejido humano puesto que es vida humana y potencial ser humano. El valor simbólico coloca al embrión en la esfera del valor de lo humano. En mi opinión esta afirmación no deja de tener validez porque como he indicado anteriormente el embrión tiene una finalidad racional y biológica que no tiene ninguna otra célula del organismo (diseño evolutivo). Sin embargo, el argumento confunde o entremezcla el concepto de vida humana y ser humano como realidad biológica perteneciente a una especie con vida humana y ser humano digno de protección. En realidad el argumento puede contener una petición de principio pues se le da al término vida humana un valor que es precisamente lo que es necesario probar. Esto no quiere decir que el embrión carezca de valor simbólico como germen de individuos humanos y que este valor simbólico le confiera su propio valor. De hecho creo que tiene más valor que el meramente simbólico. Los embriones humanos tienen el valor intrínseco que ha sido diseñado por la evolución para dar lugar a las personas. Su valor no es sólo simbólico si por ello queremos decir que su valor es sólo atribuido desde fuera de forma

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heterónoma. Tiene un valor que es autónomo porque le pertenece biológicamente. Pero no podemos por este sólo hecho conferir al embrión unos valores que sí sabemos que tiene el término del desarrollo, reconocido como persona. Si se pudieran añadir a unas células, mesenquimáticas por ejemplo, unas señales que tuvieran la capacidad de producir trans-diferenciación o de des-diferenciación del núcleo y emprender una ruta de diferenciación embrionaria, ¿habría por este hecho que concluir que esas células, en ese momento, son símbolo de un ser humano personal y que por lo mismo tienen el valor de lo humano, personal? Puesto que, además, el ser símbolo es un elemento formal que no confiere claros contenidos materiales es muy difícil justificar que el carácter de símbolo (de una persona) se pueda usar con vigor para definir la inviolabilidad del embrión. El concepto de ser digno de respeto o de ser digno de algo puede tener varias acepciones. Algo es digno porque así se le considera desde fuera y algo puede ser digno porque la realidad tiene en sí misma un valor, desde dentro, que le sitúa en esa esfera de dignidad. El concepto de dignidad debe aplicarse al embrión en ambos sentidos. El embrión humano tiene dignidad porque es una realidad digna en sí misma designada por el proceso biológico a ser humano, en este caso algo bueno, y porque tiene un grado de excelencia que merece (atribuida desde fuera) que no sea empleada excepto para realizar la excelencia que parece que le es inherente por orden natural. La conexión procesual del embrión con la persona es suficiente para considerarlo en el entorno de lo valorativo humano y por tanto con la dignidad (valor) humana propia del entorno de lo humano. El nivel de máxima organización infunde valor con causalidad reversa a la entidad de menor organización. Un valor ligado, por tanto, a aquello que será. Este argumento va intrínsecamente unido al de símbolo humano aunque no se reduce a él. Ser símbolo humano y que de él se origine una persona es excelente y porque es excelente es merecedor de algo bueno. Aunque no creo que se pueda poner en duda que ambas acepciones de dignidad deben aplicarse al embrión humano, el argumento de la dignidad por sí solo probablemente carece de la fuerza que se le presupone, en cuanto que hay que demostrar que la dignidad y excelencia de ese algo, el embrión, es tal que le confieren las propiedades de inviolabilidad. Algo puede tener dignidad y ceder en su dignidad ante algo con mayor dignidad. Si la dignidad y excelencia, que sin duda tiene el embrión humano, se deriva sólo de su posible destino biológico no se ve por qué el origen debe tener la misma dignidad que el término si en él no se cumplen los requisitos que dan el carácter de persona al término. Por tanto, si no aparece claramente que la conexión procesual por sí misma pueda conferirle el valor del término del proceso, ¿cuál deba ser el contenido derivado de la dignidad del embrión? No parece que sea tan obvio que sea el de inviolabilidad. Por tanto, sin negar el carácter de dignidad al embrión humano, si no se tiene una base sólida en la que sustentar el valor personal del embrión humano, que es el que daría a la dignidad del embrión su contenido material de inviolable, el argumento de la dignidad deja sin concreción el valor de ese algo con dignidad. Es por tanto evidente que el embrión merece dignidad, pero ¿en qué se concreta la dignidad? ¿Cuándo y cómo? Por eso en ocasiones se originan formulaciones tan difusas como las que permiten la investigación con embriones siempre y cuando se dé una protección adecuada al mismo. Si se investiga con el embrión, éste por definición no va a progresar desarrollándose hasta persona a menos que la intervención sea un procedimiento terapéutico. 9. EL EMBRIÓN HUMANO COMO SER UNO Y ÚNICO Otro de los argumentos que se suele invocar para defender el respeto absoluto al embrión es el de la unicidad e individualidad. Pero, ¿se puede invocar el concepto de unicidad e individualidad biológica del embrión temprano para poder atribuirle determinados valores y sobre todo el ser merecedor de protección absoluta? Es cierto que la fusión de las

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informaciones genéticas del óvulo y del espermatozoide (y otras de tipo nuclear o citoplasmático) confieren al zigoto una unicidad e individualidad irrepetible. Por eso creo que es lícito y pertinente aplicar a la entidad biológica del embrión lo mismo que a otras entidades biológicas la definición clásica de individuo: aquello que es indiviso in se y separado de otra cosa. Por tanto, en biología se debe aplicar el término individuo a toda aquella realidad que tiene unidad interna (aun formada por elementos separados) y que está separada, como unidad, de otra cosa. En este caso, obviamente, el zigoto tiene unidad funcional y por ello forma un todo (es un individuo). También es individuo el óvulo y el espermatozoide. Precisamente, porque la relación del óvulo y el espermatozoide con el término es diferente a la del zigoto su valor relacional con el término generado (persona) es también diferente. Por eso, el valor del óvulo y del espermatozoide, ni biológico ni relacional es igual que el del zigoto. Esto quiere decir que el carácter relacional con respecto al término es también uno de los constituyentes que confiere valor a una realidad. Así, se debe aplicar al embrión el valor que le corresponde derivado de su relación. Por tanto, puesto que la relación procesual del zigoto con respecto al término (designado como digno o con valor) es definitivamente mayor y diferente que la del óvulo y el espermatozoide, no cabe duda que su valor de dignidad derivado de su valor relacional es mayor. El individuo zigoto terminaliza en una entidad personal. No ocurre lo mismo con el óvulo y el espermatozoide. El óvulo y el espermatozoide son individuos biológicos, pero ninguno terminaliza per se en una persona. La unión de ambos genera otro individuo biológico que terminaliza (por el proceso de fecundación) en la formación de otro individuo. El zigoto ya sí tiene capacidad para terminalizar en una persona tras el proceso de desarrollo. Ahora bien, ¿el que el zigoto sea único en su constitución (individuo) le confiere el valor de inviolabilidad? Si lo es no será por su carácter de único sino por su carácter de humano. En cualquier caso, no parece que la conclusión sea obvia. El óvulo y el espermatozoide tienen sentido biológico humano (y por tanto valor), puesto que son células especializadas en el contexto del proceso generativo. Pero ¿puede este mero sentido biológico conferirles a los embriones humanos un valor, no de, pero sí ligado a persona? Yo creo que sería muy difícil mantener esta postura. No cabe duda que el zigoto está en un nivel superior de organización que el óvulo o el espermatozoide, pero ¿le confiere este nivel superior un valor de cuasi-persona? Se ha afirmado que hasta el momento en el que el embrión no perdiera la capacidad de gemelación carecería de las cualidades de individuo. No creo que tenga sentido esta postura a menos que se quiera dar al concepto de individuo-zigoto un valor mayor que el de individuo en el sentido propio que tiene el concepto. Además de tratar de buscar un argumento para negar el valor del embrión temprano, la razón que subyace tras esta argumentación es que una persona (el individuo) no puede dar lugar a otra persona. Creo que esta argumentación es muy pobre además de cometer una petición de principio. Confunde individuo e individualidad con persona. Evidentemente, una persona no puede dar lugar a otra persona, pero no se ve que algo que sea individuo no pueda dar lugar a otro individuo y éste de nuevo a una persona. Más aún, ¿se puede afirmar que un elemento de una persona no pueda dar lugar a otra persona? No. Precisamente esto es lo que ocurre en la naturaleza, y la grandeza, de la generación. Dos individuos-personas generan otros individuos que llegan a ser personas. Por tanto, un zigoto u otra estructura embrionaria desligada que cumpla las condiciones de individuo es un individuo en cuanto que es indivisum in se et divisum a quotlibet alia. Pero esto no quiere decir que cualquier parte del mismo desgajado del mismo no pueda formar otro individuo. De aquí se desprende que no todo lo que es individuo humano deba por sí mismo estar ligado a la persona sino sólo aquello que por procesos que ya no son de transformación (emergencia de cualidades nuevas en la realidad) sino de crecimiento de su propio sistema llega a serlo. De lo contrario, con causalidad racional, se estaría dando un valor a algo que

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todavía no es, porque puede serlo. Por tanto creo que no es totalmente relevante para la discusión del valor del embrión temprano o del zigoto la concepción de que el embrión en determinados momentos todavía no ha conseguido la individuación porque tiene posibilidad de gemelación. El embrión es siempre un individuo. Lo único que dice la no posibilidad de gemelación es que las células desprendidas del embrión han perdido la capacidad de generar un proceso de desarrollo. Sin embargo, creo que la pérdida de la capacidad de gemelación señala un hito importante en la embriogénesis pues marca un momento en el que los elementos integrantes del proceso de desarrollo pierden su capacidad de responder a señalizaciones específicas que generan la determinación y diferenciación propia de las células germinales y así pierden su pantapoiesis. Esas células ya no podrían considerarse como embrionarias. El conjunto formado por esas células sería una nueva entidad. Así, el periodo durante el cual se genera la entidad se podría formular como etapa constituyente, mientras que la entidad se entendería como lo constituido. En resumen, se podría afirmar que el mismo, es decir el individuo, permanece en un continuo durante todo el proceso de desarrollo mientras que el organismo experimenta discontinuidades que colocan a la entidad el mismo en escalas de constitución diferente. Es decir, el mismo no permanecería siempre lo mismo. 10. SITUACIÓN ÉTICA 10.1. EL EMBRIÓN HUMANO COMO VALOR A pesar de todas las reflexiones expuestas con anterioridad no creo que sea equitativa ni científica la postura de los que rechazan el presupuesto de inviolabilidad del embrión como ideología meramente conservadora y no sujeta a razón. En realidad, es verdad, que no puede haber total desinterés cuando se está tocando el fondo mismo de lo que es un ser humano, pues las consecuencias de las posturas no sólo tendrán repercusiones prácticas sino que incidirán muchas veces en modos de comportamiento. Las posturas pueden ser neutrales pero las consecuencias no lo son. La postura que defiende que el embrión desde los primeros momentos de la fertilización debe ser tratado como un ser humano personal tiene presente como trasfondo fundamental la defensa de la vida cuya validez debe ser mantenida a toda costa. Pero, por lo que hemos visto, creo que con frecuencia se utilizan argumentos para defender esta postura que no son muy congruentes con los conocimientos actuales y que están fuertemente basados en argumentos antropológicos y creencias religiosas a priori. No niego que esos presupuestos antropológicos y creencias religiosas tengan valor y que deban informar nuestras decisiones pero no hasta el punto de la condena de otras visones sobre todo si tienen racionalidad. Sería erróneo identificar defensa de la inviolabilidad del embrión con defensa de la vida humana personal e identificar la postura de no inviolabilidad con menoscabo de la misma o aun con su desprecio. Si la unión entre defensa de la vida humana y protección absoluta al embrión temprano fuera absoluta, dado que la defensa de la vida humana personal debe mantenerse a toda costa, sobre todo en un contexto donde parece prevalecer lo contrario a escala social, debería mantenerse el respeto absoluto al embrión temprano —aunque en el sentido relativo de lo absoluto—. Creo, sin embargo, que esto no es así. Se puede poner como primer objetivo de nuestro discurso la defensa de la vida y al mismo tiempo proponer que el embrión temprano tiene una valoración en el contexto de lo humano pero que es relativa a otros valores. Es claro que la vida humana personal sí tiene valor absoluto. La vida del embrión temprano tiene valor. Pero no está tan claro —al menos no es obvio— que su valor sea asimilable al de persona. Si existiese relación necesaria entre embrión temprano y término persona

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(origen y término) sería posible mantener que el embrión participa con integridad del valor del sistema biológico generado. Si el sistema biológico generado es persona, el embrión participaría de ese valor basado en esa relación. Pero, ¿bajo qué concepto se puede afirmar que el zigoto contiene el todo valorativo del término si ni aún contiene el todo como posibilidad por no ser potencia intrínseca y autónoma de llegar a ser el acto: persona? La postura considerada más aperturista —en el terreno de la dignidad de la persona no deberían existir posiciones conservadoras y progresistas— que sugiere que el embrión no tiene el valor de lo personal humano cree que los elementos que pertenecen a un proceso se pueden aislar como mónadas en un abismo, sin conexión valorativa con los demás términos del proceso. Todos los elementos de un proceso en continuidad participan, al menos, racionalmente, si no ontológicamente, del valor del término (al menos en sentido analógico de causa final) y han de entenderse como formando parte de un todo y por tanto del término del proceso. De lo contrario todos, aun las personas, quedaríamos reducidos a unidades supeditados al valor del todo en una comprensión del mundo puramente mecánico aislado y sin relación. Puesto que existe finalidad racionalidad y proyección de futuro, dependiente del pasado, en el proceso biológico de la embriogénesis no puede desvincularse al embrión humano del ser humano persona. Por tanto, si se quiere introducir racionalidad en lo que es procesual, aun desde un punto de vista puramente biológico, lo emergente, en un proceso evolutivo, no puede entenderse sin su anterioridad. Lo mismo, la plenitud de sentido de la anterioridad de una individualidad no puede entenderse sino en el contexto de su posterioridad. Con estas consideraciones lo que se quiere manifestar es que no se puede incurrir en un doble defecto. Deducir por un lado el valor ontológico del embrión humano por el valor moral del término-persona por la razón de que pueda llegar a serlo y deducir el valor moral del embrión humano por su valor ontológico. Ante una situación de incertidumbre sobre cómo definir el Yo-persona y de cuándo se ha constituido el organismo con valor se deben hacer algunas preguntas que es necesario responder antes de formular pronunciamientos específicos sobre el valor ético del embrión. ¿Hasta dónde se extiende el sentido de participación por el que se atribuye valor al zigoto? ¿Basta la conexión procesual para concederle al origen (embrión temprano) el mismo valor que se atribuye al término? ¿No se puede caer en una petición de principio al identificar el concepto individuo zigoto (algo) con el concepto individuo término (persona), que es precisamente lo que se quiere probar? No cabe duda que esta Cultura de la Vida no sólo es respetable sino loable. Sin embargo, la vigencia de los argumentos que apoyaban el presupuesto de que a la célula embrionaria debían atribuirse todos los derechos de una persona son cada día mas débiles. Por esta razón, la posibilidad de la formación intencionada de células embrionarias para la experimentación sobre determinación y diferenciación merece una deliberación seria. Desde mi punto de vista sería éticamente aceptable utilizar embriones resultantes, no implantados, de una fecundación in vitro porque la finalidad del conjunto de los embriones generados ya se había cumplido —tener descendencia— y porque generar otro individuo a partir de esas células sobrantes sería equivalente a generar una persona genéticamente idéntica a la anterior, pero separada en el tiempo. No creo que esta acción fuera éticamente justificable. En cualquier caso, la utilización controlada de esas células (embriones sobrantes de la finalidad intencionada) sería éticamente más justificable que su destrucción. Desde mi punto de vista, sin embargo, como hemos visto, la negativa a la propuesta de si sería ético o no utilizar células embrionarias para la generación de estirpes celulares ha estado sustentada en paradigmas científicos que fueron válidos en un momento de la ciencia y en que todos, imbuidos de una cultura de la vida y de la defensa de la persona humana tenemos miedo a ponernos en el riesgo de hacer acciones

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que supongan la destrucción de elementos biológicos con valoración humana. Es importante destacar que la ética pasa por dos etapas que no pueden ser soslayadas si se quiere hacer un pronunciamiento correcto: 1) hacer un análisis de los datos que generan argumentos que a su vez dan razón de los principios a sostener y 2) asegurarse que los principios son aplicados de forma correcta. No soslayar ninguno de estos momentos es de especial importancia en aquellas situaciones en las que los principios no pueden ser aplicados de forma directa y en las que sin embargo, hay que ser consecuentes con ellos en la acción. Ahora bien, siguiendo a Diego Gracia se ha de insistir que «no es posible resolver los problemas de procedimiento sin abordar las cuestiones de fundamentación. Por eso, para Diego Gracia la fundamentación y el procedimiento son dos facetas de un mismo fenómeno, y que por tanto resultan inseparables.17 «Pobre procedimiento será aquel que no esté bien fundamentado y pobre fundamento el que no dé como resultado un procedimiento ágil y correcto. Nada más útil que una buena teoría, se ha dicho múltiples veces. Pues bien, algo parecido cabría afirmar aquí: nada más útil que una buena fundamentación, y nada más fundamental que un buen procedimiento». Así, nada parece mejor para llevar a cabo una buena resolución que la deliberación, una vez admitido el hecho de que no podemos alcanzar con nuestra mente de forma apodíctica la realidad de un hecho. Ojalá sólo hiciera falta una buena fundamentación y que bastara con saber, es decir conocer la realidad de forma apodíctica, para actuar moralmente. Pero, puesto que es necesario asumir la ambigüedad del mundo se hace imprescindible en la acción la responsabilidad y la prudencia definida por Aristóteles como la «disposición a escoger y actuar en lo que concierne a lo que está en nuestro poder hacer o no hacer». Esta actitud implica un riesgo, puesto que se aleja del ámbito de la ciencia clara y concisa y se sitúa más bien en el campo del buen hacer y de la opinión. Quizás aquí radique el actuar moralmente. En este caso la deliberación procede no a través de deducciones más o menos concluyentes sino por el sopesar de conjeturas en tiempos y espacios y dadas unas situaciones que conllevan riesgos. Evidentemente, pues, la deliberación no produce certezas de verdad ni exime de acciones que pueden ser caracterizadas posteriormente como erróneas. Un posible error futuro no puede paralizar la acción. No parece que haya otra posibilidad. Ahora bien, puesto que la deliberación puede también emplearse para generar mal, para que sea virtuosa y válida moralmente debe estar orientada al bien, como ya afirmó Aristóteles en su discurso sobre la deliberación. Sólo si actuamos dentro del patrón bien la deliberación será procedimiento adecuado para alcanzar la acción moral. Hay que tener en cuenta que en la deliberación no sólo se ha de atender a las razones que se pueden clasificar como objetivas sino que en la realidad de un ser entran también en juego sentimientos y creencias que le dan objetividad. Por tanto, no se puede excluir que los sentimientos y creencias también entren a formar parte de la deliberación. Excluirlos sería igual a introducir un elemento de falsedad. Algunos autores han sugerido que estos tipos de racionamientos no deben entrar a formar parte de la deliberación, puesto que no son objetivables, pero opino que puesto que forman parte de la realidad de la que tratamos sí son sujetos de deliberación. Como señalé con anterioridad, según Ortega y Gasset, las ideas «se tienen», lo que implica que uno puede trabajar con ellas, pensarlas, madurarlas, refinarlas, cuestionarlas o incluso abandonarlas pero que en las creencias «se está», de modo que no es posible sustraerse a su influjo, a menos que se produzca una crisis de creencias y a que la persona cambie radicalmente su identidad. Este «estar» influye muy específicamente en la postura que se toma sobre el valor del embrión humano y en la valoración y ponderación que se da a los argumentos en pro y en contra de la inviolabilidad. Propone Ziman que en la actualidad, al menos en biomedicina, es difícil señalar un solo campo de conocimiento en el campo de las ciencias biológicas en el que predomine lo

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puramente académico sin estar conectado con la post-academia y con la academia o industria.18 De hecho, muchas de las propuestas derivadas de la ciencia biomédica traspasan lo que se podía considerar como academia para entrar en planos de interpretación psicológica, antropológica, filosófica, religiosa y política. Aunque no se puede negar que con mucha frecuencia los presupuestos que generan las discusiones están basados en paradigmas divergentes, que revelan la existencia de una gran variedad de planteamientos, un examen detallado de los enfrentamientos que suscitan los planteamientos bioéticos pone de manifiesto que, en muchas ocasiones, las divergencias provienen de posturas estratégicas previas que acomodan los hechos a los presupuestos. No se quiere manifestar con ello que las interpretaciones falseen los hechos sino que la interpretación se realiza con el prisma del presupuesto. Tampoco se puede negar, por otro lado, que en muchas ocasiones los enfrentamientos no son sino fruto de intereses ligados a luchas económicas e ideológicas de poder. La responsabilidad nos fuerza a observar que no se puede actuar con ligereza ante situaciones límite, pues con frecuencia la aceptación de una práctica o postura ideológica, que se consideraba ingenua en sí misma, puede conducir a situaciones para las que no se tenía prevista ninguna solución. Imaginemos las consecuencias que ha tenido la puesta en marcha de numerosos programas de fecundación in vitro de ovocitos humanos. Esta técnica tenía como objetivo prevenir la infertilidad de parejas que aunque capaces de producir óvulos y espermatozoides normales y viables no podían generar hijos de forma natural. Esta práctica no solamente ha generado el problema ideológico para algunos (en un sistema de valores) producido por el hecho de que la concepción de seres humanos puede haber quedado reducida a un proceso mecánico, sino al hecho de la existencia de un sinnúmero de zigotos congelados en espera de hacer con ellos un algo que no se tenía previsto. Se solucionó un problema para algunos individuos al mismo tiempo que se generó otro cuya solución está todavía pendiente. 10.2. MI POSTURA A pesar de todo lo anteriormente expuesto quiero dejar bien claro que no niego que no se tengan obligaciones morales con respecto al embrión. Lo único que he querido poner de manifiesto es que si la condición de ser persona es necesaria para poder tener el valor asimilable a la persona, no encuentro argumentos para atribuir al embrión la dignidad de la persona y el valor que se deriva de la misma. Creo que tiene dignidad y valor por estar en la esfera de lo humano y porque, además, se la conferimos aunque no sea persona. De hecho, conferimos dignidad a elementos no humanos. Mi posición es que habrá que determinar si la obligación de respeto es exactamente igual para quien tiene dignidad «inherente» y para quien tiene dignidad «conferida». Creo que no. Si el embrión es asimilable a la persona no cabe entonces duda que la obligación moral que genera es de respeto. Así, según lo anteriormente expuesto, creo que existen argumentos bien fundados para sugerir que no podemos afirmar de forma apodíctica que la obligación moral con respecto al embrión sea la misma que la que se debe a la persona reconocida como tal. Si el embrión es considerado sólo como potencia en el sentido de posibilidad y capacidad para sustentar como raíz y sustrato un proyecto de desarrollo y transformación habrá que decir que tiene una dignidad inherente pero que esta dignidad no es la de la persona en modo actual y presente. Tiene, además, dignidad conferida. Por lo mismo, esa dignidad está supeditada a la concesión de esa dignidad. Se le confiere dignidad anticipada por razón de su ser en devenir pero desde mi punto de vista este valor debe ser ponderado con respecto a otros valores. Tiene el valor de un bien supeditado al bien que pueden tener otros elementos también relacionados con la persona. El problema ético se sitúa en el ámbito de que esa dignidad conferida no es arbitraria sino que debe estar

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regida por las normas de la responsabilidad y por el principio de que las posturas individuales, en situaciones similares de contexto, deben tender a poder ser universalizadas y con proyección de bien. De otra forma la postura individual se convertiría en una relativización y acomodación arbitraria de los principios. Arthur Caplan, director del Centro de Bioética de la Universidad de Pensilvania, propone que sería no ético generar embriones para derivar células troncales pero que no ve dificultad ética en la utilización de los embriones congelados fruto de una fecundación in vitro.19 Piensa Caplan que esos embriones están «destinados a morir y son prisioneros de la utilidad de la industria» y que tienen «un estatuto moral diferente a la de los embriones que se generaran sólo con la intención de destruirlos para derivar células troncales o investigación. Nadie reclamaría esos embriones, puesto que no son deseados». Sigue diciendo Caplan que esos embriones no están destinados a ser personas bajo ninguna circunstancia y además, algunos de ellos no podrían ser personas. Caplan participa de la idea, expuesta con anterioridad, de que esos embriones sobrantes ya habían cumplido su misión, puesto que la intención de formarlos fue generar una persona y de hecho algunos de ellos se implantaron. Algunos autores creen que sería un problema ético generar embriones para derivar células troncales pero no ven tal problema si se utilizan embriones congelados o fruto de una fecundación in vitro a pesar de que no haya diferencia en el estatuto ontológico de esos embriones, pues en ambos estados se destruirían embriones en el mismo estado de diferenciación. A pesar de tener el mismo estatuto ontológico, el carácter ético de la acción sería diferente. Éste es un ejemplo más de aquellos en los que pueden invocarse razones para modificar el valor ético de una acción hacia un objeto. No se trata de justificar el valor ético de los métodos por el fin puesto que lo que habrá que definir como apodíctico es que el empleo de embriones humanos congelados sobrantes de la fecundación in vitro sea intrínsecamente malo. Fácilmente se puede comprobar que en las argumentaciones para defender o prohibir la utilización de embriones entran a formar parte de las mismas muchos aspectos que no siempre son captados como objetivos por todos y sujetos a contraste. A pesar de que entiendo que no existen argumentos apodícticos y claros para defender que el embrión humano en etapas tempranas de desarrollo tenga el carácter de potencia humana, sí creo, de acuerdo con muchos autores, que debe de existir una zona de respeto en la que se genere una actitud de responsabilidad sobre el proceso de la procreación. Kevin Fritzgerald, de la Universidad de Loyola (Chicago, USA), dice que una de las cosas que le intrigan no sólo con respecto a la investigación de células troncales, sino en la nueva genética y tecnologías molecular y celular, es que casi todo lo vemos desde el prisma de emprender una carrera contra la enfermedad. La pregunta es: que «¿clase de carrera estamos corriendo? Y ¿qué clase de carrera queremos correr? ¿Habrá perdedores y ganadores y quiénes serán éstos? ¿Cómo nos definimos en esta sociedad y en la futura?». En último término, ¿qué tipo de mundo queremos generar? ¿Uno en el que se objetiven lo más posible los hechos y donde se actúe con la responsabilidad como grupo social u otro en el que independientemente de los hechos se busque siempre el provecho de unos, que de hecho son siempre en número los minoritarios? Responder a esta pregunta es crucial a la hora de abordar preguntas sobre el valor de la vida y no sólo sobre las células troncales sino sobre la actitud del hombre como grupo social. Por eso la sociedad tiene razones para querer estar involucrada en cómo se utiliza la ciencia no sólo porque la mantiene con su dinero en las instituciones públicas sino porque es parte de los beneficios o de los peligros que ella puede reportarle (por eso también controlar la que se efectúa con dinero privado). La discusión del valor del embrión humano no sólo atañe a los científicos y a los que «saben» sino que todos deben entrar en el juego de la deliberación social. Ahora bien, el planteamiento de la deliberación debe poseer el rigor exigido a la misma. Es posible que este requisito limite en un principio el

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número de aquellos que entran a formar parte de ella. Pero aun en este caso, las determinaciones no pueden estar restringidas a un pequeño número de iniciados. En un punto tan delicado como éste, donde parece a priori muy difícil encontrar el punto de encuentro, pues la realidad está llena de ambigüedades, es probable que sólo se pueda llegar a realizar formulaciones congruentes sobre lo que es racional en cuanto al actuar. Por lo tanto creo que es un error colocar la discusión del valor del embrión entre la sacralización y la cosificación. El embrión humano no es una cosa como tampoco es un elemento sagrado. Es un elemento biológico con valor humano que hace falta mantener en una zona de respeto aunque su valor sea relativo a otros elementos o situaciones que también tienen valor. Es absolutamente necesario distinguir entre el valor ontológico, ético y jurídico del embrión humano. Confundir estos planos no solamente conduce a confusión epistemológica sino a ofuscamiento que impide examinar la realidad. Lo diré en forma negativa. No porque los embriones humanos tempranos de los que se pudieran derivar células troncales no tuvieran carácter sacro (valor ontológico), no por eso se podrían deducir que se pueden utilizar de cualquier forma (valor ético) y sin el control que merece lo humano (valor jurídico). Es realmente sorprendente que en un mundo donde parece que la vigencia de valores morales brilla por su ausencia se esté hablando de bioética, en los círculos científicos, con una profusión sin parangón en épocas pasadas. Parece como si la bioética fuera a constituirse en una disciplina capaz de armonizar la estructura de valores compartidos por la sociedad y los hechos conflictivos que presenta la ciencia. Parafraseando el comienzo de un artículo publicado por Ziman en Science en 1998 se podría decir, sin caer en exageración, que antes de la segunda mitad del siglo XX raramente se hablaba de temas éticos entre los científicos, no porque no existiesen tales hechos o porque a los científicos no les interesaran los problemas éticos, sino porque esos temas no entraban en el discurso ordinario del científico. Ziman pone de manifiesto que, en la actualidad, los temas éticos ocupan las primeras páginas de los periódicos y promueven debates que llegan a ser con frecuencia promotores de violentos enfrentamientos ideológicos polarizando a grandes sectores de la sociedad. Afirma además Ziman que los temas éticos al hacer frecuentes incursiones en campo de la política tienen fuerte repercusión social y fuerzan a tomar posiciones que a veces dejan de estar basadas en razón para estar influenciadas por otros factores. El porqué de esta situación, dice Ziman, radica en que la ciencia ha pasado de tener una entidad puramente académica a convertirse en post-academia como tránsito a la ciencia academia-industria. El mayor problema que se deriva de esta situación es que según este autor este ser academia-industria, en el momento actual, es una característica esencial de la estructura del modo de hacer ciencia en donde los valores tradicionales éticos (ethos ético) no pueden aplicarse tan linealmente como en épocas pasadas. Este modo de hacer ciencia y el interés que se deriva de ese proceder está influyendo también en el modo como formulamos ciertas valoraciones éticas sobre el estatuto del embrión, puesto que, según sea este valor, se permitirá o no ejercer ciertas acciones que se postula repercutirán en terapias celulares contra enfermedades crónicas y sin tratamiento. Evidentemente, el interés terapéutico está influyendo en la forma como se aborda el problema. Ahora bien, no hay que presuponer que el interés tenga por qué prejuzgar el carácter ético de una acción. Lo que habrá que tener cuidado es que el interés no dañe la racionalidad y la responsabilidad. Por ejemplo, creo que no tiene mucho sentido racional ni encaja con una acción responsable obviar la pregunta sobre la licitud o ilicitud de usar embriones humanos para la derivación de células troncales sobre la base de que existen alternativas basadas en la utilización de células troncales adultas. Por ejemplo, no creo que sea equitativo culpar a las células troncales embrionarias derivadas de embriones de la posibilidad de generar oncogeneidad y por eso rechazar su empleo en terapia celular, cuando es conocido que las células somáticas mesenquimales

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derivadas de la médula no son uniformes20 y según algunos autores tales células no tienen per se potencialidad de generar nuevos tipos celulares, sino que al fusionarse con las células del tejido receptor adquieren su fenotipo.21 Esto querría decir que tales células no se comportan como troncales per se. Si esto es así, desde el punto de vista clínico habría que tener cuidado con la utilización de estas células al no poder predecir cuál sería el comportamiento de unas células fusionadas, que en este caso serían tetraploides. No cabe duda que ante tales alternativas, investigaciones sobre ambas células, troncales embrionarias y somáticas, deben ser abordadas.22 11. EPÍLOGO 11.1. ¿QUÉ ES UN EMBRIÓN HUMANO Y CUÁL ES SU VALOR? Aunque el interrogante de saber qué es un embrión y cuál es su valor es algo muy antiguo, en la actualidad este interrogante se ha recrudecido porque la contestación que se dé a la pregunta tiene grandes implicaciones éticas, clínicas y hasta políticas. Hasta hace relativamente poco tiempo ha sido fácil responder a esa pregunta y en particular a la pregunta de qué es un embrión humano. Bastaba con decir que un embrión es aquella célula de la que tras sucesivas divisiones celulares y generación de formas se llegaba a formar el organismo adulto. Esta simple respuesta parecía satisfacer adecuadamente a la pregunta porque la definía descriptivamente. En el caso humano, el embrión era aquella realidad biológica que daba lugar a una persona. Por tanto, el zigoto, la unión del óvulo y espermatozoide, era un embrión. Aunque desde un punto de vista biológico parece que no hay nada que objetar a esta respuesta, pues es descriptiva de un fenómeno evidente, en el momento actual de la ciencia existen dudas sobre su exactitud. La respuesta de que el zigoto humano es ya un embrión humano puede suscitar interrogantes desde un punto de vista científico, pero sobre todo si se la quiere dar un contenido ideológico mayor que el descriptivo y afirmar que el zigoto es un embrión porque contiene como potencia el ser humano al que dará lugar y que está destinado por fuerza de su dinámica biológica a serlo. Así, mientras que no hay ninguna objeción a la descripción de que si no existiera un determinado embrión no existiría la realidad biológica a la que daría lugar, no resulta tan obvia la afirmación de que ese embrión era ya la realidad a la que daría lugar. En otros términos, resulta obvio afirmar que un determinado individuo alguna vez fue un embrión pero no resulta tan obvio que el embrión, en su origen, fuera ya ese determinado individuo al que da lugar. De la mera descripción de que el embrión es el origen temporal del ser humano no se deduce nada más, y por supuesto nada menos, que de no haber existido ese embrión no se habría originado el ser humano al que daría lugar. En realidad, la afirmación es una tautología. En este sentido, algunos piensan que es lógico pensar que al embrión se debía conceder la misma o casi la misma consideración, en términos de derechos, que a la persona a la que dará lugar. Así, parecería lógico concluir que destruir ese embrión sería equivalente a no permitir el posible nacimiento de una persona y que el embrión contiene en potencia el individuo humano. Estas dos conclusiones, contenidas en una misma afirmación, que proceden de un hecho experimental, forman parte de dos juicios aparentemente similares pero que en realidad son muy diferentes. Es obvio que todo individuo humano fue alguna vez un embrión, pero no es tan obvio deducir de ello que el embrión del que se derivó fuera ya entonces y en ese momento esa persona. Para que eso fuera así, ese embrión no solamente tendría que tener las características constitutivas de la persona a la que dará lugar, sino que tendría que tener las restricciones de no ser sino esa persona. Es decir, ese embrión tendría que estar determinado a ser esa persona concreta con las características que ella

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tendrá y no otras. Si no llegaran a cumplirse ambas condiciones no se podría concluir que el zigoto, del que se derivará la persona concreta, fuera ella y solo ella (con carácter de individualidad irrepetible) en ese momento. Dados los conocimientos actuales de la biología no es evidente que estas condiciones se cumplan en el zigoto. En primer lugar, tenemos que tener en cuenta que el proceso de fecundación y formación del zigoto no es instantáneo, a menos que entendamos por fecundación la entrada del espermatozoide en el óvulo, sino que la fecundación se extiende por un periodo de varios días. Este simple hecho abre ya el interrogante de determinar cuál es el momento en el que se constituye el zigoto y nos pone ante la tesitura de tener que definir si todos y cada uno de los momentos de la fecundación del óvulo, o cuál de ellos y cuándo, constituyen el embrión. Por otro lado, se sabe que el zigoto después de varias transformaciones y divisiones celulares da lugar a la formación de un conjunto celular llamado blastocisto y que sólo unas pocas células de ese conjunto, llamadas células de la masa interna del blastocisto, son las que dan lugar al individuo futuro. En este contexto se abre otro interrogante a la pregunta de qué es un embrión. ¿Es el zigoto el verdadero embrión o éste está formado por el conjunto de las células de la masa interna del blastocisto? Además, los conocimientos sobre biología del desarrollo están poniendo cada vez de manifiesto que el proceso de transformación de las células de la masa interna del blastocisto hasta formar el individuo se lleva a cabo a través de múltiples interacciones entre moléculas y células de la masa interna del blastocisto y del endometrio de la madre y que la información generada a través de todas ellas es esencial para que ese proceso se efectúe con normalidad. Tan esencial son las informaciones procedentes del endometrio de la madre que algunos autores proponen que ellas forman parte también del programa de desarrollo del embrión en cuanto que determinan el patrón de la expresión de sus genes y por tanto su ruta de desarrollo individual. Si esto es así, tenemos ante nosotros otro interrogante no menos importante: ¿cuándo está constituido el embrión: en el momento de la entrada del espermatozoide en el óvulo, en las células de la masa interna del blastocisto o en algún momento posterior cuando un conjunto celular tiene ya las capacidades internas para poder generar, de forma intrínseca y autónoma, es decir ser verdadera potencia, el individuo? Todas estas preguntas ni siquiera podían haber sido formuladas en un pasado muy cercano, pues teníamos pocos datos que ilustraran qué ocurría en los primeros estadios del desarrollo de los placentarios y menos cuando casi todos los paradigmas mentales por los que entendíamos el desarrollo embrionario procedían de los ovíparos. Aunque ya se han superado las ideas que proponían algunos embriólogos del siglo XVII de que en la cabeza del espermatozoide ya existía el hombre entero quien se desarrollaba y crecía al entrar en el óvulo, en ocasiones todavía seguimos pensando con esquemas similares, aunque expresados en términos moleculares diferentes. Una vez que las hipótesis derivadas del «homúnculo» se demostró que eran falsas, algunos autores las sustituyeron por otras que presuponían que el zigoto, una vez formado, tenía ya en sus cromosomas todas las informaciones necesarias y suficientes para constituir un programa de desarrollo y que por ejecución de este programa, establecido a priori, se constituía el individuo. Si eso fuera así, se debía concluir que zigoto, una vez conjuntados los genomas del óvulo y del espermatozoide, era el embrión del ser humano persona, pues contenía al individuo en potencia informante. Aparte de la inexactitud que implica identificar potencia informante con individuo sujeto de derechos, la afirmación de que el zigoto es potencia informante ya no se puede mantener en la actualidad, puesto que el programa de desarrollo no está sólo en el ADN sino también en la red de interacciones entre moléculas y células que tienen lugar durante el desarrollo. Estos datos han llevado a R. Sthroman a afirmar que el programa de desarrollo se extiende a todo el proceso de desarrollo y que se genera en el tiempo a medida que se va ejecutando y que no está contenido solo en el ADN. Si los

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datos de la ciencia ponen de manifiesto estos hechos queda como interrogante si se puede afirmar que el zigoto, y, aún más, algunos otros estados posteriores tienen definidas las características biológicas del individuo al que van a dar lugar y por tanto su constitución (talidad). Parece que hay que afirmar que no es así. Por eso, aunque sea cierto que el zigoto es en el tiempo el inicio de una posible vida humana y así pueda denominarse descriptivamente como embrión, no es tan obvio que aplicar ese término al zigoto sea científicamente correcto si eso quiere implicar que el zigoto tiene ya definidas las capacidades de constituir y ser una determinada persona. Así, la discusión de qué es y cuándo existe un embrión al que se debe aplicar la protección de la persona no ha hecho sino comenzar. Lo que no debemos olvidar es que las respuestas que se den a la pregunta de qué es un embrión han de ajustarse a los datos que nos proporcione la ciencia y que las ideologías no deben prejuzgar, en lo posible, esos datos. Así, la respuesta a la pregunta de qué es un embrión no es tan sencilla como podía parecer. Es necesario llevar a cabo, en estas materias, un diálogo multidisciplinar y sosegado, además de responsable porque la definición apropiada de los términos de un problema llevan ya implícita en gran parte la solución que se le quiera dar al mismo. De lo contrario, una pobre definición de los términos puede conducir a una discusión estéril en la que los interlocutores, estando de acuerdo en lo fundamental, se enredan en discusiones colaterales que enturbian y descentran lo central del diálogo. Si partimos de términos pobremente definidos o erróneos difícilmente podremos plantear ni siquiera el campo de discusión y menos dar una solución satisfactoria, pues aquella que se dé no afectará a la realidad misma de la situación. ¿Se puede dudar que alguien movido de la más elemental ética puede no querer que se respete al ser humano que es individuo-persona? Por tanto, ¿es lícito pensar que la diferencia de opiniones con respecto al empleo de blastocistos tempranos para la derivación de células madre procede de diferencias en el respeto a la dignidad inalienable que se debe atribuir a seres humanos personales y a que unos utilizan un lenguaje dogmático y a-científico mientras que otros tienen una mentalidad utilitarista y éticamente relajada? Creo que no. Más aún, creo que pensar en estos términos y plantear la situación en ellos hace injusticia a ambas partes. Esta injusticia hace que ambas partes se revelen y que la discusión se polarice irremediablemente. Las diferencias se sitúan en el reconocimiento de que ciertos elementos biológicos tengan o no la categoría de ser humano-personal o una ligación tan estrecha que lo sitúe en la esfera del individuo-persona, que es propiamente el sujeto de dignidad y derechos. A hora bien, la pregunta es: ¿cómo se define el ser humano individuo-persona? Y más aún, ¿cuándo se puede definir que una realidad tiene ya las características aún en potencia real (no sólo como posibilidad) de un ser humano individuo-persona? Creo que el término pre-embrión, definido por algunos para caracterizar los estadios tempranos hasta el 14 día, ha llegado a intuir esta situación de indefinición del blastocisto temprano con respecto a la que ontológicamente sería un embrión de mamífero, pero no creo que sea un término apropiado, pues podría conducir a error al encuadrarlo en una categoría que lo constituye en un conjunto celular, que aunque va a dar lugar a un embrión, queda separado valorativamente del proceso de formación del embrión propiamente dicho, aunque quede ligado biológicamente y temporalmente al mismo. Por ejemplo, una célula madre colocada en un blastocisto tetraploide puede dar lugar a un ratón diploide (procedente de las célula madre diploide) y a nadie se le ocurriría llamar a la célula madre un pre-embrión. Tampoco creo que la calificación de valor de un zigoto en este caso pueda ser la misma que una célula madre simplemente por el hecho de que ambas realidades puedan originar un individuo como es el ratón. El término embrión pre-implantatorio tampoco resuelve el problema, puesto que es

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puramente descriptivo de una situación temporal. Por esta razón creo que un término más apropiado para definir el embrión humano temprano, aunque el término necesita precisión y elaboración, sería el de para-embrión en el sentido de que el término considera al zigoto como embrión en sentido biológico-temporal sin darle las características plenas de embrión en cuanto carente de las potencialidades que le hacen poder ser caracterizado como potencia real, de forma intrínseca y autónoma, de la realidad biológica terminal definida como individuo-persona. Si se aceptara esta propuesta, el término para-embrión podría generar un paradigma en el que encontrara cabida la zona de respeto debida a los estadios iniciales del desarrollo embrionario y la aceptación de la posibilidad de que en esa zona de respeto y con las salvaguardas requeridas, se permitiera generar otro fenotípico de vida a partir de ellos. Esta generación de fenotipos no significaría la destrucción de un ser humano personal sino la transformación de un sistema fenotípico de vida humana en otro también humano. Es evidente que el embrión humano es un ser humano individual y único y por tanto merecedor per se de valor. Es ser porque toda entidad es ser. Es humana porque tienen las características genéticas y biológicas de lo humano. Es individual porque todo lo que es indiviso in se y está separado de otro es individuo. Es único porque en el proceso de fecundación se genera un conjunto de información genética y celular única. Pero deducir de aquí que ese ser humano individual y único es persona o debe asimilarse a la persona en su aspecto valorativo es otro tema que no se puede deducir de tales premisas. 12. HIPÓTESIS DE TRABAJO PARA UNA DISCUSIÓN 1. Los argumentos biológicos esgrimidos para definir que el embrión es poseedor de una dignidad asimilable a la que posee una persona humana ya constituida como sistema integrado no son concluyentes al no ser potencia intrínseca y autónoma del mismo. Existe durante la embriogénesis un periodo de constitución biológica de la que carece el embrión temprano y que no posee como potencia. 2. Los argumentos que sugieren que el embrión temprano, al no poseer un programa intrínseco y autónomo de desarrollo, no es potencia real del proceso total y que por lo mismo al embrión no se le debe conferir una dignidad asimilable a la de una persona constituida, como sistema integrado, son congruentes con las descripciones aportadas por la biología molecular moderna y por la biología del desarrollo. 3. El embrión temprano, a) por ser el elemento biológico iniciador de un proceso cuya dirección definida por las reglas que rigen la formación de los sistemas complejo esta integrado en el ciclo de generación de una persona, y b) por tener un valor conferido en virtud de su pertenencia al mismo, es poseedor de valor-dignidad humana ponderable con respecto a valores. 4. En situaciones de indeterminación y confusión cognoscitiva se ha de optar por la ética de la responsabilidad y de la deliberación estableciendo zonas de respeto. En estos casos la responsabilidad debe estar definida por la ponderación de la razones que apoyan los supuestos, por la consecuencias de las acciones y por los paradigmas que se establezcan a partir de la congruencia que las descripciones de los datos biológicos y que otras apreciaciones humanas puedan aportar a la comprensión de aquello de lo que se trata. POSICIÓN No a la generación de embriones humanos (clonación) por transferencia nuclear de células somáticas a oocitos enucleados con fines de reproducción. Moratoria a la generación de embriones humanos mediante la transferencia de núcleos somáticos a oocitos enucleados para su empleo en terapia y para la generación de células troncales a partir de esos embriones para terapia.

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RECOMENDACIONES

1. Permitir el empleo de los embriones congelados resultantes de la fecundación in vitro para la derivación de células troncales embrionarias y el empleo de las mismas con las condiciones y limitaciones establecidas por la ley y bajo la supervisión de los Comités de Bioética que lo hayan autorizado. La utilización de estas células en terapia deberá estar sometida a las normas definidas por los comités de investigación y ensayos clínicos para tales fines. 2. Promover la investigación científica para la identificación, obtención y caracterización de células troncales somáticas 3. Se debe permitir el empleo de líneas celulares troncales embrionarias derivadas de embriones en las condiciones y restricciones establecidas por la ley.

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