eliminación de barreras burocráticas

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Eliminación de Barreras Burocráticas: Requisitos junio 30, 2010 boris2 0 Comentarios El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) presenta los requisitos necesarios para la realización de cualquier trámite ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB), así como las diferentes etapas de los procedimientos que administra esta instancia. Nombre del trámite: Denuncia contra barreras burocráticas. Objetivo del trámite: Determinación e inaplicación de las barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad que limitan el acceso o permanencia en el mercado de los agentes económicos, así como las trasgresiones a las normas y principios de simplificación administrativos comprendidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Documentos a presentar: -Solicitud consignando y acreditando los datos de identificación, domicilio o poderes y existencia para el caso de personas jurídicas. -Identificación de la barrera burocrática, ilegal o carente de razonabilidad que se denuncia. -Identificación de la autoridad que impone la barrera burocrática. -Fundamentos de hecho. -Fundamentación jurídica.

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Barreras Burocráticas

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Page 1: Eliminación de Barreras Burocráticas

Eliminación de Barreras Burocráticas: Requisitos

junio 30, 2010 boris2 0 Comentarios

El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) presenta los requisitos necesarios para la realización de cualquier trámite ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB), así como las diferentes etapas de los procedimientos que administra esta instancia.

Nombre del trámite:

Denuncia contra barreras burocráticas.

Objetivo del trámite:

Determinación e inaplicación de las barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad que limitan el acceso o permanencia en el mercado de los agentes económicos, así como las trasgresiones a las normas y principios de simplificación administrativos comprendidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Documentos a presentar:

-Solicitud consignando y acreditando los datos de identificación, domicilio o poderes y existencia para el caso de personas jurídicas.

-Identificación de la barrera burocrática, ilegal o carente de razonabilidad que se denuncia.

-Identificación de la autoridad que impone la barrera burocrática.

-Fundamentos de hecho.

-Fundamentación jurídica.

-Documentación sustentatoria de las afirmaciones formuladas en la solicitud.

Calificación:

Silencio Negativo: 120 días hábiles.

Cuando transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, éste se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso administrativo correspondiente.

Page 2: Eliminación de Barreras Burocráticas

Inicio del trámite: Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas u Oficina Regional.

Instancia que resuelve el trámite:

Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de Lima, Piura, Trujillo, Lambayeque, Arequipa y Cuzco, de conformidad con la demarcación territorial en donde ejercen su competencia.

Instancia que resuelve recurso impugnatorio:

Sala de Defensa de la Competencia. Tribunal del INDECOPI.

Base legal:

Decreto Legislativo Nº 807, Ley de Facultades, Normas y Organización del INDECOPI. Publicado el 18 de abril de 1996.

Tasas:

Son los tributos que se deben efectuar por la tramitación de los procedimientos que administra la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB). El monto de la tasa equivale al 13% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente (S/. 461.50 nuevos soles)

Fuente: Indecopi