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  • 7/21/2019 Elementos Para Una Teora Poltica en Paul Ricoeur

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    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    ELEMENTOS PARA UNA TEORA POLTICAEN PAUL RICOEUR

    Silvia Cristina GabrielUniversidad de Buenos Aires

    RESUMEN: Este trabajo tiene por objetivo reconstruir el pensamiento polticode Paul Ricoeur a partir de la influencia explcita que han tenido en suinvestigacin losPrincipios de la filosofa del derechode Hegel. Las crticas que elfilsofo francs dirige a la Teora de la justiciay al Liberalismo polticode JohnRawls tienen como contrapartida una fuerte reivindicacin de la Sittlichkeit(eticidad) pero disociada delGeist(espritu). Esta rehabilitacin parcial de lafilosofa poltica hegeliana permite esbozar cuatro ejes posibles sobre los

    cuales asentar su propio programa de una teora del Estado: libertad,liberalismo, democracia y globalizacin. El trabajo concluye con un brevebalance de las cuestiones resueltas y no resueltas en el interior de los estudiospolticos del pensador francs.

    PALABRAS CLAVE: phrnesis crtica, teleologismo, alteridad, institucin,Estado.

    ABSTRACT: The purpose of this article is to reconstruct Paul Ricoeur'spolitical thought taking as a starting point the explicit influence that Hegel'sPhilosophy of Right has on his research. The criticism that the Frenchphilosopher levels against John Rawl's A Theory of Justice and PoliticalLiberalism has, as a counterpart, a strong vindication ofSittlichkeit (ethicity),

    although dissociated fromGeist(spirit). This partial rehabilitation of Hegelianpolitical philosophy allows us to outline four possible axes on which his ownproject of a Theory of State turns: freedom, liberalism, democracy, andglobalization. The article concludes with an attempt to strike a balancebetween solved and unsolved issues within Ricoeur's political studies.

    KEYWORDS: critical phronesis, teleologism, alterity, institution, State.

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    of Justicey Political Liberalismde John Rawls, tampoco va junto oms all de ellas, sino en cierto modo por debajo.

    Ricoeur piensa que Rawls comparte con Kant el parentescoprofundo entre la autolegislacin que define la autonoma moral yel acto por el cual personas autnomas acuerdan un Estado o unawell-ordered society3 a travs de la ficcin del contrato social odel acuerdo equitativo. Dicho de otro modo, para ambos pensado-

    res la idea de autolegislacin se expresa en el nivel de la moral in-dividual bajo el rostro de la autonomay en el de las institucionesbajo la figura del contrato.4 Siendo autnomos somoslibres. Siendolibres suscribimos un pacto social o un acuerdo equitativo por elcual abandonamos la libertad del estado de naturaleza o la ori-ginal position5 de igualdad para darnos la regla legal o los prin-ciples of justice6 que regularn el Estado o la sociedad bien orde-

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    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006) Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    Quien quiere hacer algo grande debe juntar sus fuerzas;slo en la limitacin se revela el amo

    GOETHE

    En su Autobiographie intellectuelle, Paul Ricoeur cuenta quemientras se desempe como decano de la Facultad de Letras de

    Nanterre fracas en su intento de pacificacin de la revuelta estu-diantil del 68 debido al conflicto personal entre su voluntad de es-cuchar y su sens quasi hglien de linstitution. 1 Debido a los l-mites que impone la brevedad de este trabajo optar por tomareste confesado sentido como hilo conductor de su herencia inte-lectual en el campo de la filosofa poltica.

    Mientras en susGrundlinien der Philosophie des Rechtssabemosque Hegel combati al Kant deGrundlegung zur Metaphysik der Sit-teny de Metaphysik der Sittenfundamentalmente en dos frentes, elimperativo categrico como autodeterminacin de la libertad en elmbito de la moralidad y el contrato social en el dominio de la ins-

    titucin,2

    la filosofa de Ricoeur si bien no se dirige contra A Theory

    1. Paul Ricoeur,Rflexion faite. Autobiographie intellectuelle, Paris, di-tions Esprit, 1995, p. 44 [Versin en espaol: Paul Ricoeur, Autobiografaintelectual (tr. Patricia Willson), Buenos Aires, Ediciones Nueva Visin,1997, p. 46]

    2. V. G. W. F Hegel,Grundlinien der Philosophie des Rechts, Obras To. 7de la edicin de Eva Moldenhauer y Karl Markus Michel, Suhrkamp,Francfort del Meno, 1986 [Versin en espaol: G.W.F. Hegel,Principios dela filosofa del derecho o derecho natural y ciencia poltica (tr. Juan Luis Ver-mal), Barcelona, Edhasa, 1988]. La crtica de Hegel al imperativo categri-co kantiano queda ilustrada en 135Obs. de susPrincipioscuando afirma:Es sin duda esencial poner de relieve [como puso Kant] que la autodeter-minacin de la voluntad es la raz del deber [...] Pero, en la misma medi-da, el permanecer en el mero punto de vista moral sin pasar al conceptode la eticidad, convierte aquel mrito en un vaco formalismoy la cienciamoral en una retrica acerca deldeber por el deber mismo, p. 252 [p. 198]. Ysu crtica ms importante al contractualismo se encuentra en el 71 Obs.,cuando sostiene que el contrato supone que los que participan en l serreconocencomo personas y propietarios, puesto que es una relacin del es-pritu objetivo, y el momento del reconocimiento ya est supuesto y con-tenido en l, p. 153 [pp. 137-138].

    3. Rawls entiende por sociedad bien ordenada una sociedad con r-gimen constitucional democrtico y tradiciones pblicas de interpreta-

    cin. V. John Rawls,Teora de la justicia(tr. Mara Dolores Gonzlez), Bue-nos Aires, FCE, 1993, pp. 501-502.

    4. Dice Ricoeur: On pourrait dire que le contrat occupe, au plan desinstitutions, la place que lautonomie occupe au plan fondamental de lamoralit. A savoir: une libert suffisamment dgage de la gangue des in-clinations se donne une loi qui est la loi mme de la libert,Paul Ricoeur,Soi-mme comme un autre, Seuil, Paris, 1990, p. 266 [Versin en espaol:Paul Ricoeur,S mismo como otro(tr. Agustn Neira Calvo), Mxico, SigloXXI, 1996, p. 244]

    5. A diferencia del estado pre-poltico ideado por los modernos, Rawlsincorpora a la situacin original la teora de los juegos colocando a loscontrayentes tras unvelo de la ignoranciaque sirve para excluir de la deli-beracin la informacin acerca de la concepcin del bien, la si tuacin so-cial y los talentos y habilidades de cada una de las partes contratantes. Yal igual que para la mayora de los contractualistas modernos, esta posi-cin originaria no remite a un estado histrico primitivo, ni siquiera a unestado posible, sino a un situacin imaginaria de imparcialidad que operacomo condicin necesaria y suficiente para llegar a un acuerdo legtimosobre qu debe ser la justicia.

    6. Los principios de justicia de Rawls son: (a) el de libertad poltica; (b)el de la igualdad de oportunidades; y (c) el de la diferencia que retraduceel principio de eficacia y ordena beneficiar a los miembros menos aventa-jados o peor situados de la sociedad.

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    de todo contrato y de toda libertad concreta,y no a la inversa. Al es-tar definido por las formas interpersonales e institucionales de al-teridad, el espacio pblico est siempre presupuesto (en el ordenconceptual) en el sentido de la justicia y de la libertad a tal puntoque terminar revirtiendo en los dos momentos que lo anteceden(en el orden cronolgico) al modo de condicin suficiente: el planoantropolgico en su triple dimensin lingstica, prctica y narra-

    tiva y el plano tico y moral. Como resultado de esta estrategia, lamoral deontolgicase articular con, y se subordinar a, el momen-totico teleolgicodel querer vivirbien. Lajusticiadejar de ser algoporconstruiren base a la figura procedimental del contrato o delacuerdo ficticio reintroducido por Rawls en la teora jurdica, paravolverse algo pordescubriren la experiencia tica, social y moralde carcter histrico y de origen cuasi inmemorial. Y la libertadde-jar de ser la libertad abstractao del sueo para cruzar el umbralde la institucin y volverse una libertadsensata.

    A esclarecer, justificar y profundizar esta presentacin sumariadestinar el resto del artculo. Tomar tan solo a modo de eje ver-

    tebrador el segundo estudio deLe justetitulado Qui est le sujet dedroit ? (1995) en conjuncin con un trabajo bastante previo de Ri-coeur, Le philosophe et le politique devant la question de la liber-t (1969), en el que presenta, para retomar sus palabras, conclu-sions assez fortement teintes dhgelianisme.9

    I. La antropologa filosfica: la designacin lingstica,prctica y narrativa

    Las tesis ms importantes que Ricoeur defiende en el plano dela antropologa filosfica, si bien estn anticipadas en trabajos an-teriores, se encuentran largamente desarrolladas en su clebreobraSoi-mme comme un autre(1990). Desde el prlogo queda claroque en todo lo concerniente a la identidad aplicada a las personas,y por extensin a las comunidades histricas, hay para el francsuna primaca de lareflexividadfrente a la inmediatez del sujeto. Ellibro propone una aproximacin a la problemtica de la identidad

    nada, instancias en las que recuperaremos nuestra libertadahoracivil o poltica en calidad de sbditos o miembros.

    De aqu nace una triple alianza: la perspectivadeontolgicapro-pia de una moral formal del deber; la visinconstructivistade unajusticia puramente procedimental nacida de la ficcin del contratoo del acuerdo equitativo; el programa polticoliberal individualis-ta para el que el individuo es un sujeto realde derecho antes de

    entrar en la relacin contractual y en la sociedad bien ordenada oel Estado. La tarea del francs consistir en mostrar que esta triplealianza est precedida y acompaada de principio a fin por unsentido teleolgico de la justicia la vise de la vie bonne avec et

    pour autrui dans des institutions justes,7 y de la libertad la libertde chacun reste sans contenu si elle nest pas reconnue par les au-tres, garantie par la loi, protge par lordre public.8

    Este sentido de la justicia y de la libertad, no realizado en lahistoria todava pero destinado a realizarse en las institucionesconcretas, se revela more hegeliano como primero mientras queaquello en apariencia primero el sujeto autnomo autolegislador,

    la persona jurdica resultante del contrato social y la libertad me-tafsica, son momentos si bien reflexivos, ilusorios porque disi-mulan la mediacin interpersonal e institucional insitas en la ideajusticia y de libertad. Dicho en otros trminos, con una estrategiasemejante a la promovida por Hegel en el medio filosfico, lo lti-mo en aparecer las instituciones sociales o polticas o la sociedadbien ordenada opera como condicin suf iciente de la efectuacino de la realizacin de aquellas figuras necesarias, aunque en y pors mimas insuficientes, para la consumacin del sentido de la justi-cia y de la libertad tal como lo entiende el francs.

    Para ceirnos a la terminologa de Ricoeur, las mediaciones in-terpersonales (yo-t) e institucionales (yo-l/ella) concretas son lacondicin de posibilidad de toda identidad personal y colectiva,

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    7. Paul Ricoeur,Soi-mme, p. 202 [Paul Ricoeur,S mismo..., p. 176]8. Paul Ricoeur, Le philosophe et le politique devant la question de la

    libert, enLa libert et lordre social, Neuchtel, La Bacconire, 1969, p. 62[Versin en espaol: Paul Ricoeur, El filsofo y el poltico ante la cues-tin de la libertad en Poltica, sociedad e historicidad (trs. N. Corona, R.Garca y M. Prelooker), Buenos Aires, Docencia (1986), p. 190] 9.Ibid., pp. 57-58 [ibid., p. 186]

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    colectiva pasa a ser, entonces, tributaria de la concordancia-discor-dante del relato histrico y de ficcin cuya propia identidad proce-de de las reglas transhistricas de completud, totalidad y unidadcon las que Aristteles caracterizara la trama o mythosen su me-morablePotica.

    Como vemos, la complejidad intrnseca de cada uno de estostres planos los hace dignos de un tratamiento independiente. Pese

    a ello, lo destacable a los efectos del tema que nos convoca es ob-servar que cada una de las dimensiones que conforman los mo-mentos esttico y dinmico de esta antropologa filosfica repre-sentan una suerte de cortocircuito del retorno de s sobre smismo. Dicho de otro modo, la conquista de la identidad personaly colectiva es hasta ahora nicamente deudora de un trabajo sibien reflexivo, sol ipsista o predialgico en el sentido que excluyecualquier rodeo por el plano institucional. Toda vez que este retor-no de s sobre s mismo se da sin intermediarios dejando fuera desu dominio el dispositivo institucional, puede concluirse que estaprimera etapa es todava negativa por su grado de virtualidad, de

    abstraccin o de indeterminacin. Slo porque la prctica institu-cional orienta dialcticamente esta identidad negativa hacia laalteridad interpersonal (t) e institucional (l/ella) es que las tresdimensiones de este primer estadio llegan a dialogizarse y a me-diatizarse. En otras palabras, porque en el espacio que abren lasinstituciones mantenemos relaciones interpersonales e institucio-nales con la alteridad relaciones englobadas por Ricoeur bajo latrada yo-t-tercero/a es que esta identidad hasta ahora virtual oincoativa alcanza su efectuacin o su realizacin plena como suje-to real de derecho. Pregunta y responde Ricoeur:

    Que manque-t-il aux sujet capable [] pour tre un vritablesujet de

    droit? Il lui manque les conditions dactualisation de ses aptitudes. Ce-lles-ci ont en effet besoin de la mdiation continuelle de formes inter-personnelles daltrit et de formes institutionnelles dassociationpour devenir des pouvoirs rels quoi correspondraient des droitsrels. [] Cest, en effet, chacun des quatre niveaux o nous nous

    personal o colectiva desde el punto de la filosofa del lenguaje (es-tudios primero y segundo), luego transita por la filosofa de la ac-cin (estudios tercero y cuarto) para finalmente ingresar en el te-rreno propio de la filosofa hermenutica que se intersecta con lafilosofa analtica (estudios quinto y sexto).

    En el plano lingstico se pueden distinguir dos momentos: elesttico y el dinmico. El nivel esttico lo conforman las dimensio-

    nes semntica y pragmtica del discurso y de la accin encamina-das, respectivamente, a la identificacin reflexiva del enunciadordel discurso y del autor de una accin. Con el nivel dinmico in-gresa el factor temporal y corresponde a la dimensin narrativadel lenguaje y de la accin. Incursionar a continuacin en uno yotro momento declinando cualquier pretensin de exhaustividad.

    Mientras la semntica del discurso permite la singularizacinde la persona comoindividuoa travs de determinados operadoresentre los que se destacan las descripciones definidas (v.g. La au-tora de Elementos para una teora poltica en Paul Ricoeur), losnombres propios (v.g. Silvia Gabriel) y los decticos (v.g. Yo),

    con la pragmtica del discurso se accede a la identificacin de unindividuo comopersonaen calidad de enunciador de un acto dehabla (v.g. Prometo). Paralelamente, mientras la semntica de laaccin autoriza nicamente laindividuacinde un acontecimiento(v.g. tropezar) sobre el trasfondo de una ontologa general delacontecimiento impersonal en el que la accin intencional (v.g.hurtar) y con ella su agente terminan siendo absorbidos dentrodel gnero acontecimiento, la pragmtica de los enunciados de ac-cin habilita ladesignacinde un agente como poseedor o autor deuna accin (v.g. yo hurt).

    Si bien estas aproximaciones lingstica y prctica en torno a lapersona tienen importancia en orden creciente para identificarquin esel sujeto del discurso y de la accin, Ricoeur piensa quepor ser criterios de identificacin estticos y objetivos se olvida lapregunta por la identidad personal ya que sta slo puede respon-derse en funcin de la dimensin temporal de la existencia huma-na. Definida como la cohesin de una persona en el encadena-miento de una vida humana,10 la identidad narrativaindividual y

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    10. V. Paul Ricoeur,Amour et justice, Pars, PUF, 1997, p. 120 [Versinen espaol: Paul Ricoeur,Amor y justicia(tr. Toms Domingo Moratalla),Madrid, Caparrs Editores, 1993, p. 122].

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    tico. De ah que se disponga a buscar en el lenguaje, en la accin yen la narracin el anclaje fundamental del objetivotico, la vidabuena, al que veremos se terminar subordinando la idea deobli-

    gacinpropia de lamoralkantiana a la que adhiere Rawls sin reti-cencias.

    Por un lado, mientras la tica se compromete, entonces, con lateleologaaristotlica, la moral responde a la deontologakantiana y

    tambin rawlsiana. Por el otro, mientras en la dimensin tica dela vida buena se inscribir laestima de s, en la esfera moral propiade la norma y de la obligacin arraigar elrespeto de s. Al menosen principio, como estima de s y respeto de s representan, respec-tivamente, una prolongacin tica y moral de la triple dimensinantropolgica y al mismo tiempo su superacin inclusiva, tendrnla misma estructurareflexivaque se ha acordado a los planos lin-gstico, prctico y narrativo.

    Situado en el nivel reflexivo o predialgico, Ricoeur piensa queseremos dignos de estima y de respeto segn seamos respectiva-mente capaces de estimar nuestras acciones como buenas o malas

    y de juzgar imparcialmente su correccin o incorreccin.Nous sommes nous-mmes dignes destime ou de respect en tant quecapables destimer bonnes ou mauvaises, de dclarer permises ou d-fendues les actions des autres ou de nous-mmes. Estime de soi et res-pect de soi sadressent ainsi rflexivement un sujet capable. 12

    Mientras la adscripcin de la estima de s depende de la eva-luacin tica de mis acciones y de su sntesis discordante en mihistoria de vida bajo la gida de un sentido histrico y cultural-mente determinado de vida buena, la adscripcin del respeto des depende de la evaluacin moral de mis acciones y de mi vida en

    tanto unidad narrativa sometida a la prueba de universalizacin yde coherencia impuesta por el imperativo categrico. All donde laadscripcin de la estima de s es deudora de la idea aristotlica dearet(virtud o excelencia), la del respeto de s es tributaria del con-cepto kantiano y tambin rawlsiano de autonoma.

    Pero Ricoeur advierte que la estima de s y el respeto de s con-

    sommes placs successivement quon peut montrer la ncessit duneconstitution triadique rgissant le passage de la capacit leffectua-tion.11

    El plano institucional se vuelve as condicin de posibilidadpara que en la dimensin pragmtica del discurso la identidad re-flexiva del enunciador de un acto de habla abandone su mera ca-

    pacidad o virtualidad y devenga una identidad real al desocultarsu deuda con el interlocutor (t) en el contexto bipolar de un di-logo (v.g. Yo te prometo), inscrito, a su vez, en la institucin re-glada del lenguaje (l/ella). De modo semejante, en la pragmticade la accin la condicin para que el agente se impute la accin yse haga responsable de sus consecuencias se da en el entorno almenos binario de interaccin con un aliado o adversario (t, v.g.Yo te hurt la billetera) que remite a su vez a sistemas sociales,jurdicos e institucionales de rdenes de reconocimiento (l/ella)encargados de estructurar el fenmeno de la interaccin (v.g. deli-tos contra la propiedad). Por ltimo, el plano de la instituciones escondicin de realizacin de la identidad narrativa porque a dife-rencia de las historias literarias, pertenezcan stas a la historiogra-fa o la ficcin, nuestros relatos de vida se escinden de, y al mismotiempo se enlazan con, las historias de vida de los dems (t, v.g.abuelos, padres, hermanos, amigos, enemigos, etc.) para terminarreenviando a la estructura fundamental de la narracin de natura-leza transhistrica (l/ella).

    II. La tica y la moral: la adscripcin de la estima y el respeto

    Tambin enSoi-mme comme un autre(estudios sptimo a nove-

    no) y con la intencin explcita de no evitar incurrir en la llamadafalacia naturalista que sabemos intersecta el trnsito de la antro-pologa a la moral, Ricoeur retoma el camino de Aristteles paraterminar desembocando en una concepcin teleolgica de lo pol-

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    11. Paul Ricoeur,Le Juste, Pars, ditions Espri t, 1995, pp. 33-34 [Ver-sin en espaol: Paul Ricoeur,Lo justo (tr. Agustn Domingo Moratalla),Madrid, Caparrs, 1999, p. 43]. 12.Idid., pp. 32-33 [Ibid., p. 42]

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    An cuando Ricoeur muestra que estas dos visiones del mun-do, la tica y la moral, la teleolgica y la deontolgica, la de lo bue-no y la de lo correcto, no son incompatibles entre s, piensa que elprograma de Rawls repite el problema de Kant. Y atribuye a estatradicin moral un movimiento fundacional que tendr dos coro-larios. El movimiento consiste en convertir a las tres figuras de latrada moral autonoma / respeto del prjimo / justicia legal en

    instancias recprocamente sustituibles bajo la tutela de un criteriotan formal como monista: la idea de legalidad. El primer corolarioradica en desligar la legalidad como pura forma de cualquier con-cepcin comprehensiva y compartida acerca del bien que compro-mete, ya lo sabemos, a toda la tradicin teleolgica. Interceptadoel teleologismo como visin comprehensiva, la misma idea de le-galidad opone a la teleologa una suerte dearqueologade lo pbli-co. En efecto, el segundo corolario consiste en proponer un mode-lo inverso al teleologismo y dejar de presuponer lo institucionalpara subordinar su aparicin a que personas libres que se auto-legislan suscriban un contrato social o un acuerdo equitativo fic-

    ticios. Si estos dos corolarios son consecuencias de un nico mo-vimiento es porque la conexin entre ellos no es en verdadcontingente, sino esencial. De estar Kant en lo cierto y Es ist be-rall nichts in der Welt, ja berhupt auch ausser derselben zu den-ken mglich, was ohne Einschrnkung fr gut knnte gehaltenwerden, als allein ein guter Wille,14 lo bueno se vaca de valoreshistricos positivos, se vuelve demasiado trascendental para serinstitucional y demasiado intemporal para ser histrico. Desacti-vados el plano institucional y la historia como fundamentos teleo-lgicos de lo bueno, lo pblico deja de presuponerse y tiene queconstruirse por medio del concurso de buenas voluntades en unconvenio ficticio. Dice Ricoeur:

    quistados reflexivamente son todava figuras abstractas hasta tan-to no desplieguen su estructura dialgica implcita. Una vez ms,las relaciones cortas de persona a persona y las relaciones lar-gas a travs de las instituciones son las encargadas de realizar ode actualizar estas figuras predialgicas que pasan a depender delplano interpersonal e institucional. Mientras la estima de s se ac-tualiza a nivel interpersonal comosolicitud del prjimoy en el insti-

    tucional como igualdad proporcional, el respeto de s se realiza enlas relaciones intensivas o cara a cara comorespeto del prjimoy enlas extensivas comojusticia legal. Confirma Ricoeur:

    Lgalit[...]est la vie dans les institutions ce que la sollicitude est aux rela-tions interpersonnelles.La sollicitude donne pour vis--vis au soi un au-tre qui est un visage [...] Lgalit lui donne pour vis--vis un autre quiest unchacun. [...] Le respect de soi, que rpond au plan moral lesti-me de soi du plan thique, natteindra sa pleine signification [...] lors-que le respect de la norme se sera panoui en respect dautrui et desoi-mme comme un autre, et que celui-ci se sera tendu quincon-que est en droit dattendre sa juste part dans un partage quitable.13

    En efecto, Ricoeur piensa que en el dominio de la tica, la for-ma interpersonal de lasolicitudobstaculiza el cierre reflexivo del ssobre s mismo abrindolo al horizonte de la vida buena. A su vez,al incorporar la figura del tercero, la forma institucional de lajusti-cia distributivacuyo contenido es laigualdad proporcionaly en el l-mite, segn veremos, la equidad actualiza la solicitud toda vezque garantiza la simetra en la reciprocidad o en el intercambio, si-metra visible de modo paradigmtico en la amistad. Correlativa-mente, en el espacio moral la forma interpersonal del respeto del

    prjimo permite explicitar lo que hasta ahora estaba implcito: laestructura dialgica de la autonoma o del respeto de s asentadoen el reino de la obligacin o del deber. Y con el ingreso del terce-ro, la instancia institucional de lajusticia legalcuya forma es lare-

    gla de justiciao losprincipios de justiciarealiza o actualiza el respetodel prjimo en tanto ordena la igualdadde todos los titulares delmismo rolante la ley.

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    14. Immanuel Kant,Grundlegung zur Metaphysik der Sitten, Werkausga-be To. VII, Wilhelm Weischedel (ed.), Suhrkamp, Francfort del Meno,1977, (BA1,2) p. 18 [Versin en espaol: Immanuel Kant,Fundamentacinde la metafsica de las costumbres(tr. Manuel Garca Morente), Madrid, Es-pasa Calpe, 1994, p. 53]

    13. Paul Ricoeur,Soi-mme, 236-238 [Paul Ricoeur,S mismo..., pp.212-214].

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    tivo no puede fundarse ms que en una ficcin, fundadora eso s,pero en una ficcin al fin, destinada aolvidarque la deontologa sefunda en un sentido teleolgico de la justicia que est siempre pre-supuesto.

    Como dije al comienzo, ms que dirigirse contra esta visinmoral del mundo, la propuesta de Ricoeur tampoco va junto aella, sino por debajo. La repite slo en parte y como un momento

    subordinado en el interior de un proyecto tico englobante. Su em-presa asume tambin una estructura tridica: orientada hacia laaplicacinyporlaticase garantiza la transicin de lamoral. La te-sis de Ricoeur es que la aplicacin, que aqu toma el nombre deph-rnesiso sabidura prctica de la que sabemos dio largamentecuenta Aristteles en sus tratados ticos, otorga a la regla o a losprincipios de justicia un papel de mediacinentre la igualdad pro-porcional ms o menos presente en el ethos histrico social y elprogreso de esta igualdad en equidad.Construida sobreelethoshis-trico social, la regla o los principios de justicia sonreenviados alaesfera de la tica por la labor de la phrnesis.

    Ahora bien, si enTemps et rcit. 3Ricoeur declara que lappli-cation nest pas un appendice contingent ajout la comprhen-sion et lexplication, mais une partie organique de tout projethermneutique,17 podra decirse aqu que la phrnesis no es unapndice contingente aadido a la dimensin tica y a la dimen-sin moral, sino una parte orgnica de su filosofa prctica. Y aa-dirse que tanto como la nocin de aplicacin da cuenta en el pla-no terico de una dialctica asimtrica entre comprensin yexplicacin en virtud de que la frmula de Ricoeur es Expliquerplus pour comprendre mieux,18 en su pequea tica la phrne-sis apunta a una dialctica igualmente asimtrica. La asimetraconsiste en que la legalidad slo consigue su inteligibilidad de su

    facultad de mediacin consistente en conducir el ethosdel antesde la criba legal al despus por el trabajo de la phrnesis. Es de-

    Que la rgle de justice exprime au plan des institutions la mme for-mulation dontologique que lautonomie au niveau pr-dialogique, etque le respect des personnes au niveau dialogique et interpersonnel,cela ne surprendra pas, tant la lgalitparat rsumer la vision moraldu monde [...] Reste alors la fiction du contrat pour galer une concep-tion dontologique de la justice au principe moral de lautonomie etde la personne comme fin en soi.15

    Ricoeur piensa que este enfoque arqueolgico de lo institucio-nal adolece de dos vicios de origen. A partir de Hegel, alega quelas personas autnomas que acuerdan la regla o los principios dela justicia a los que se terminarn sometiendo en calidad de ciuda-danos o de miembros son indirectamente tributarias de la media-cin institucional que estn llamadas a construir. Tanto la concep-cin reflexiva y predialgica de la persona de Kant, como laconcepcin poltica y no metafsica de la persona de Rawls16

    caen en una paradoja. Si bien no son falsas, fallan en reconocerque la persona que suscribe el pacto es en verdad tan solo unaabstraccin de la persona concreta, es decir, de la personarealde

    derecho que ya ha sido mediada por las formas interpersonales einstitucionales de alteridad conforme se vio en el apartado prece-dente. Por lo tanto, ambas visiones arqueolgicas de lo polticopresuponen aquello que paradjicamente estn llamadas a legiti-mar: lo pblico institucional. El segundo vicio consiste en quemientras la libertad asociada a la autonoma es un hecho de razn,una proposicin existencial, el contrato social o el acuerdo equita-

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    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006) Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    15. Paul Ricoeur,Soi-mme, pp. 264 y 266 [Paul Ricoeur,S mismo...,pp. 242 y 244].

    16. La concepcin poltica no metafsica de la persona de Rawls es una

    concepcin normativa que consiste en prescribir cmodeben serlas perso-nas para que acuerden los principios de justicia que l propone. Y estaprescripcin indica que las personasdeben serrazonables y racionales,de-ben sercooperativas y egostas,deben seranhelantes de justicia y de felici-dad,deben sercapaces de contribuir al bien comn sin que ello les impidaperseguir tambin sus concepciones particulares del bien. Entonces, loque la personaesoriginalmente hay que entenderlo en funcin de lo queel individuodebe sercomo miembro de una sociedad bien ordenada. V.Victoria Camps, Introduccin, en John Rawls,Sobre las libertades(tr. Jor-ge Vigil Rubio), Barcelona, Paids, 1990, pp. 22-23.

    17. Paul Ricoeur,Temps et rcit. 3. Le temps racont, Seuil , Paris, 1985,285-286 [Versin en espaol : Paul Ricoeur,Tiempo y Narracin(tr. AgustnNeira), Mxico, Siglo XXI Editores, 1996, Vol. III, p. 865]

    18. Paul Ricoeur,Rflexion faite..., p. 51 [Paul Ricoeur, Autobiografa..., p.53].

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    dans les intervalles de relations [] plus anonymes. Ces relations plusextensives quintesives constituent en quelque sorte le canevas socialdes changes plus intimes de la vie prive.20

    Ya dentro del mbito de lo institucional, Ricoeur sostiene unsentido amplio de institucin que se caracteriza, a un nivel super-ficial, por costumbres comunes y no por reglas coaccionantes, y a

    un nivel menos superficial, por un ncleo tico-mtico que se ex-plicita en smbolos e imgenes. Y si tentados por su confesadosentido casi hegeliano conjeturramos que el Estado es la insti-tucin de las instituciones, no sera falsa la hiptesis toda vez quenos limitramos a la idea regulativa de Estado, pero problemticaen cuanto a los Estados reales.

    En efecto, si bien Ricoeur se aproxima a Hegel cuando sostieneLtat de droit est[...]leffectuation de lintention thique dans la sph-re du politique,21 el fenmeno totalitario que enardeci a las ins-tituciones del siglo XX muestra que el Geist(espritu) puede ali-mentar unaSittlichkeit(eticidad) mortfera. El desafo para toda fi-losofa poltica es, entonces, liberar los recursos inagotables de laSittlichkeit hegeliana, la vida tica efectiva y concreta, apelando aalguna instancia que cumpliendo la funcin del Geist, evite recu-rrir alGeist. Ricoeur piensa, en primer lugar, que se sortearan aslas consecuencias de laontologadel Geist: la hipstasis del Estadofrente a las comunidades histricas concretas que el Estado orga-niza. En segundo lugar, se soslayaran los resultados de la episte-mologa delGeist: la mitificacin del Estado como institucin quese sabe a s misma en el Geisty por cuyo intermedio el individuose sabe a s mismo.

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    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    cir, en conducir la igualdad proporcional delethosa la equidad enun planteo en el que Lquit cest un autre nom du sensde la jus-tice quand celui-ci a travers les preuves et conflits suscits parlapplication de larglede justice.19

    III. La alteridad institucional y el Estado: laphrnesiscrtica

    y laSittlichkeitinstitucional

    Abandonada la lgica constructivista del Estado civil o polticoy de la sociedad bien ordenada asociadas, respectivamente, a laficcin del contrato social y del acuerdo equitativo, lo que hay quedilucidar ahora es qu figura institucional encabeza el plano p-blico para Ricoeur. Para que esta elucidacin no corra el riesgo deconducirnos demasiado rpido y demasiado lejos es menester des-doblar primero la alteridad interpersonal y la alteridad institucio-nal y preguntarnos si son dimensiones cooriginarias o hay entreellas algn vnculo de derivacin.

    Consecuente con su hegelianismo, tanto como vimos que elmomento reflexivo es siempre tributario de la alteridad interper-sonal e institucional, una vez desdoblada la alteridad, las relacio-nes interpersonales son deudoras de las relaciones institucionales.Dicho de otro modo, en lugar elevarse por composicin sintticadesde el yo a la relacin yo-t y de ah a la relacin yo-t-tercero,Ricoeur parte de la relacin institucional y por un proceso de abs-traccin llega a la relacin interpersonal y de ah al individuo pre-dialgico. Todo esto en el interior de un planteo en el que si bienlo institucional, como dir despus, se funda en el concurso de lasrelaciones interpersonales, es irreductible a ellas. Ilustra el francs:

    [...] il ny a, en effet, de vie prive que protge par un ordre public; lefoyer na dintimit qu labri dune lgalit, dun tat de tranquillitfond sur la loi et sur la force et sous la condition dun bien-tre mini-mum assur par la division du travail, les changes commerciaux, lajustice sociale, la citoyennet politique. Cest [...] le social qui instituelintime [...] Lamiti et lamour sont des relations rares qui naissent

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    19. Paul Ricoeur,Soi-mme, p. 305 [Paul Ricoeur,S mismo..., p. 285].

    20. Paul Ricoeur, Le socius et le prochain en Histoire et vrit, Seuil,Paris, 1955, p. 107 [Versin en espaol: Paul Ricoeur, El socius y el pr-jimo en Historia y verdad (tr. Alfonso Ortiz Garca), Madrid, EdicionesEncuentro, (1995), p. 95].

    21. Paul Ricoeur, thique et politique, en Paul Ricoeur,Du texte laction. Essais dhermneutique, II, Paris, Seuil, 1986, p. 403 [Versin en es-paol: Paul Ricoeur, tica y poltica, en Del texto a la accin. Ensayos dehermenutica II(tr. Pablo Corona), Buenos Aires, Fondo de Cultura Econ-mica, 2000, p. 371]. V. Paul Ricoeur, Le philosophe..., pp. 53 ss. [Paul Ri-coeur, El filsofo..., pp. 184 ss.].

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    clinado a elaborar esta nueva estrategia. Ella se apoya en el con-cepto de distribucin ya presente en Aristteles y retomado porRawls al propiciar con su principio de la diferencia un esquemade distribucin de los recursos que corrija los resultados genera-dos por la interaccin libre. La idea de distribucin le sirve a Ri-coeur para ver a la sociedad y a la institucin, trminos que en estecontexto operan como relevo de la Sittlichkeit, como un sistema de

    regulacin de la distribucin de las funciones. Sin constituir unaentidad suplementaria, piensa que considerada como sistema haysin duda mucho ms en la sociedad y en la institucin que en losindividuos en cuyo concurso se fundan. Pero a esta ventaja se su-ma otra: para existir como sistema la sociedad necesita a su vezque los individuos tomen parte en ella. Irreductible a los indivi-duos como exige laSittlichkeithegeliana, en su carcter de sistemade distribucin la sociedad eludira apelar a una espiritualidad uontologa distinta de la de los individuos que la conforman revir-tiendo a su vez en ellos a travs de sus instituciones jurdicas y po-lticas.

    La conception de la socit comme systme de distribution [...] estbien plus et autre chose que les individus porteurs de rles. Autre-ment dit, la relation ne se rduit pas aux termes de la relation. Maisune relation ne constitue pas non plus une entit supplmentaire. Uneinstitution considre comme rgle de distribution nexiste que pourautant que les individus y prennent part.23

    La tarea, de dialectizacin, exige declinar el saber absoluto delEstado hegeliano y asignar a laSittlichkeitun saber probabilista. Elcarcter probabilista de este saber permitira al Estado como insti-tucin quedar abierto a la discusin y a la crtica. Es decir, faculta-

    ra a distinguir las objetivaciones u objetividades (primera va) olos sistemas de distribucin (segunda va) legtimos de los ilegti-mos. Ricoeur confa encontrar este saber probabilista nuevamenteen la nocin aristotlica dephrnesis. Si en el dominio tico y moralme serv de una metfora temporal para hablar del trabajo de la

    phrnesis (conducir el antes al despus), ahora apelar a una

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    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    Disociar laSittlichkeitdelGeistimplica, por tanto, una doble ta-rea: de desontologizacin y de dialectizacin. La primera tarea exi-ge alcanzar una instancia de objetivacin legtima de las relacionesde alteridad tal como requiere laSittlichkeitsin que dicha instanciadevenga una cosificacin. En un primer momento, Ricoeur creeencontrar esa instancia en la correlacin entre la quinta meditacindeCartesianische Meditationende Husserl y las primeras pginas de

    Wirtschaft und Gesellschaftde Max Weber. Por un lado, Husserl ex-plicita objetividades espirituales de grados diferentes a partir de laintersubjetividad trascendental fundada a su vez en la analoga oen la metaforizacin del t y del lcomoyo. Por el otro, las relacio-nes sociales o los cdigos normalizadores de la accin de Weberson el resultado de objetivaciones de la accin social orientada delyo hacia el l. Como Ricoeur piensa que la fenomenologa trascen-dental de Husserl encuentra su cumplimiento emprico en la so-ciologa comprensiva de Weber, ambas empresas asociadas permi-tiran desarticular las objetivaciones resultantes, y en el lmite elEstado, de la ontologa delGeist.

    [...] lavantage dcisif de Husserl sur Hegel me parat tenir dans sonrefus sans compromission dhypostasier les entits colectives et danssa volont tenace de les rduire toujours un rseau dinterctions. Cerefus et cette volont ont une signification critique considrable. Lasubstitution de linterubjectivit lesprit objectif hglien prserve, mon sens, les critres minimaux de laction humaine [...] Cest par lque lintersubjectivit de Husserl peut tre leve au rang dinstancecritique quoi mme leGeisthglie doit tre soumis.22

    Antes de pasar al aspecto crtico que Ricoeur le asigna a estainstancia, hay que destacar que de modo ms implcito que expl-cito el francs adopta ms tarde una segunda va de acceso frenteal mismo desafo de desontologizar la Sittlichkeit. Acaso la adversi-dad que siempre le produjo el idealismo subjetivista de la fenome-nologa husserliana potenciado en este caso por el individualismometodolgico de la sociologa comprensiva de Weber lo haya in-

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    22. Paul Ricoeur, Hegel et Husserl sur lintersubjectivit, en Paul Ri-coeur,Du texte laction..., pp. 301-302 [Versin en espaol: Paul Ricoeur,Hegel y Husserl sobre la intersubjetividad, enDel texto..., p. 278]. 23. Paul Ricoeur,Soi-mme, p. 234 [Paul Ricoeur,S mismo..., p. 210].

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    de la comprensin parece dar mayormente cuenta de una de lasinstancias del crculo: el momento de la configuracin que terminasu recorrido en la refiguracin. La triple mmesis exige el paso dela precomprensin del mundo de la accin o mundo prefigurado(mimesis I) a otro refigurado (mimesis III) por la mediacin de unoconfigurado (mmesis II).25 Sin desviarme hacia el crculo mimtico,estas nociones resultan no obstante provechosas para retomar la

    pregunta dejada en suspenso y reformularla. Postular unaphrne-sis crtica, una Sittlichkeit de nivel institucional, no es asimilarahora la labor de la phrnesisa aquella tarea ms englobante queen la hermenutica filosfica de Ricoeur ejerce el crculo mimti-co? Es decir, no invita a pensar que el paso de laphrnesisinge-nua a laphrnesiscrtica, como da en llamar el francs a los dosextremos de este continuo, apunta en verdad a un crculo a la vezms amplio, superior y ms fundamental que el de la phrnesistica?

    Con la intencin explcita de no aadir una filosofa poltica asu pequea tica, en el noveno estudio de Soi-mme comme un

    autreel francs responde que La Sittlichkeit ne dsignerait plusalors une troisime instance suprieure ltique et la morale.26

    Pero cuando la filosofa poltica se expulsa por la puerta entra porla ventana. Hacia el final de ese estudio noveno Ricoeur sostieneque laphronsiscritique tend, travers ces mdiations, siden-tifier laSittlichkeit. Mais celle-ci est dpouille de sa prtention marquer la victoire de lEsprit sur les contradictions que celui-ci sesuscite lui-mme.27 Y a continuacin, es estaSittlichkeitcrticade nivel institucional la que termina tomando decisivamente la de-lantera de toda su investigacin cuando admite que la Sittlichkeity rpte laphronsis, dans la mesure s la Sittlichkeit mdiatiselaphronsis.28

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    Revista Latinoamericana de Filosofa, Vol. XXXII N 2 (Primavera 2006)

    imagen espacial. La phrnesis circula de abajo hacia arriba.Arriba est el horizonteinmediato de la vida buena fundadoen las tradiciones histrico-culturales y en las convicciones com-partidas. En medio, la deliberacin o el equilibrio reflexivoexpresin que Ricoeur retoma de Rawls en tanto proceso dialc-tico de ajuste y reajuste entre el objetivo tico y la moral universal.Abajo, el momento de efectuacin de la vida buena conve-

    nientemente mediatizada y legitimada por el equilibrio reflexivo.Laphrnesisintenta, por un lado, integrar estos tres niveles. Por elotro, corregir dialcticamente las tradiciones y las convicciones in-mediatas gracias a un equilibrio entre teleologa y deontologa quepermita la efectuacin mediata de la vida buena. Recin cuandoel crculo que inaugura laphrnesisse convierta en una espiral sinfin que haga pasar la vida buena varias veces por el mismo pun-to pero a una altura diferente, nos encontraremos arriba con lastradiciones y las convicciones cada vez mejor fundadas. Estas tra-diciones y convicciones mediatas representan, ms que una crticade la razn prctica, unarazn prctica crtica, es decir, una phrne-

    sis crticaypblicacuyo equivalente no es otro que la Sittlichkeitdenivel institucional que persigue toda la investigacin de Ricoeur. 24

    Ahora bien, si en el apartado precedente dije que la phrnesisno era un apndice contingente, sino una parte orgnica de la filo-sofa prctica de Ricoeur, postular una phrnesis crtica, una Sit-tlichkeitinstitucional, no lo compromete con una instancia distin-ta de, y superior a, el plano de la dialctica asimtrica de la tica yla moral? Antes de buscar una respuesta directa en la obra de Ri-coeur, me permito hacer un nuevo rodeo por su filosofa terica.En el plano de la tica y de la moral vimos que era posible asimilarla labor de laphrnesisa la de la aplicacin que en el plano tericooperaba como un momento necesario de la dialctica de la explica-

    cin y la comprensin. Orientadahaciala phrnesisdije yporlaticala empresa de Ricoeur garantiza la transicin de lamoral. Pe-ro en el crculo hermenutico completo, en latriple mmesisque Ri-coeur despliega enTemps et rcit, esta dialctica de la explicacin y

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    24. V. Paul Ricoeur, La raison practique, en Paul Ricoeur, Du texte...,p. 254 [Versin en espaol: Paul Ricoeur, La razn prctica en Del tex-to..., p. 234].

    25. V. Paul Ricoeur, Temps et rcit. 1. Lintrigue et le rcit historique,Seuil, Paris, 1983, p. 137 ss. [Versin en espaol : V. Paul Ricur, Tiempo ynarracin(tr. Agustn Neira), Madrid, Ediciones Cristiandad, 1987, Vol. I,p. 117 ss.].

    26. Paul Ricoeur,Soi-mme, 291 [Paul Ricoeur,S mismo..., p. 271].27.Ibid.,. p. 337 [Ibid., p. 320].28.Ibid. [Ibid.].

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    apuntan hacia una teora del Estado, no parecen concluir y muchomenos otorgar de manera visible aquello que sealan desde lejos.Percibo cuatro ejes posibles para reflexionar sobre lo que podraser su programa de una teora del Estado. Estos cuatro ejes giranen torno a la idea de libertad concreta, a la concepcin del Estadoliberal de derecho, al orden poltico de la democracia constitucio-nal y al Estado global.

    Desde una posicin fuertemente teida de hegelianismo y sindesconocer que no existira el problema de hacer real la libertadsi Kant no hubiese planteado la libertad en forma prctica y nor-mativa, Ricoeur responsabiliza a la libertad metafsica kantiana dela fractura entre la filosofa moral y la filosofa poltica. La teorametafsica, solipsista o predialgica de la libertad evitara darcuenta del gran secreto de la filosofa poltica: que la funcin deorganizacin, de decisin y de coaccin a la escala de una comuni-dad histrica pertenece a una institucin que nos precede en laexistencia y en el poder. Esta institucin es el Estado. La condicinde realizacin y an de existencia de la libertad abstracta es enton-

    ces la libertad concreta, la libertad poltica que slo el Estado es ca-paz de confirmar. El eslabn entre aquella libertad del vaco yesta libertad sensata es un concepto amplio y potente de dere-cho. Este concepto incluye tanto las reglas o los principios de lajusticia, cuyo contenido tico es la igualdad proporcional, como suinstitucionalizacin en lo jurdico bajo la figura de lo judicial le-yes escritas, tribunales de justicia, jueces, debido proceso, senten-cia como derivacin razonada de las leyes. Dice Ricoeur:

    Le concept de droit est le concept intermdiaire qui nous fait encoredfaut entre lide trope vague et gnrale dune oeuvre finie [testigode la dialctica concreta de la libertad] et lide trs determine de

    lorganisation tatique. Le droit, dirai-je, est cette rgion de lactionhumaine o loeuvre se prsente comme institution [] En posant lecaractre rciproque du droit et de la libert ralise, nous rendonspossible une philosophie de la libert qui devienne philosophie delinstitution et une philosophie de l institution qui reste philosophiede la libert.30

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    A partir de los equvocos productivos que el conjunto de laobra de Ricoeur no slo engendra, sino que estimula y alimenta,tiene su fuerza la tentacin de decir que esta nueva Sittlichkeitna-cida del juego cruzado de la sedimentacin y de la crtica encierrauna pretensin poltica: la de sobrepasar la dialctica asimtrica dela tica y de la moral e inscribirla en un crculo superior y ms am-plio. Este crculo es el de las relaciones institucionales propias de

    una comunidad histrica cuya forma poltica es el Estado. De so-brepasarla, lo poltico no se limitara a interrogar a laprctica pol-ticamisma, tal y como insiste Ricoeur al comienzo del ya citado es-tudio noveno, sino que prolongara la tica y la moral dndole elespacio instituido por el Estado como su esfera propia, originariay concreta de ejercicio. Se perfilara, entonces, ms que una suertereduccin de la poltica a la tica, la empresa de una verdadera fi-losofa poltica al menos en la forma en que la concibe Ricoeurcuando en su resea de laFilosofa polticade Eric Weil afirma:

    [...] la philosophie politique est le mouvement mme qui part de lamorale, lenglobe comme point de dpart et la dpsse dans une thoriede ltat. Bien entendu, la politique nest pas cela pour lhomme poli-tique, mais pour le philosophe qui en cherche le sens. Il faut doncmontrer que la philosophie politique parte de la morale et doit partirdelle pour tre dpass dans un point de vue plus vaste: celui dela communaut historique que ltat organise, pour que cette philo-sophie soit politique.29

    IV. Hacia una teora del Estado: libertad, liberalismo, democraciay globalizacin

    Una vez intentada la reconstitucin arquitectnica de la contri-bucin de Ricoeur a la filosofa prctica, el desafo ahora es pensara partir de l, es decir, despus de l, junto a l y eventualmentecontra l. En este sentido, sus estudios sobre lo poltico si bien

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    29. Paul Ricoeur, La philosophe politique dEric Weil, en Paul Ri-coeur,Lectures 1 - Autour du politique. Paris, Seuil, 1991, p. 96 [Versin enespaol: Paul Ricoeur, LaFilosofa polticade Eric Weil, enPoltica..., p.134].

    30. Paul Ricoeur, Le philosophe..., pp. 53-54 [Paul Ricoeur, El fil-sofo..., p. 184].

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    reales de un Estado de derecho. Este segundo liberalismo es al queadhiere el francs. De acuerdo a esta segunda variante las relacio-nes institucionales son, como vimos exige laSittlichkeit, irreducti-bles a los individuos que toman parte en ellas, sin por ello arrogar-se una espiritualidad distinta de la de los individuos. De aqu todoel esfuerzo terico que Ricoeur despleg en su estrategia doble pa-ra conservar laSittlichkeitdisociada delGeiste implantarla en una

    zona de interseccin entre el holismo a la manera de Hegel y el in-dividualismo asociado a la tradicin contractualista. La gananciade este esfuerzo es poder inscribir su visin teleolgica en la teoradel Estado liberal y distinguirse as de Tous les fanatismes post-hgliens [...] contenusin nucedams lide que lindividu se saitdans ltat qui lui-mme se sait dans lEsprit objectif. 33 Ventajaque al mismo tiempo que distingue su propio programa de losfanatismos poshegelianos capitaliza tambin los vestigios libera-les que Ricoeur advierte en la teora hegeliana del Estado al adop-tar como elemento definitorio del Estado, no sufuerza, sino sufor-maconstitucional.

    Le projet philosophique de Hegel dans lesPrincipes de la philosophie dudroitme reste tr proche, dans la mesure o il renforce les thses diri-ges [...] contre latomisme politique. Nous avons alors admis que [...]lindividu [...] ne devient humain que sous la condition de certainesinstitutions [...] Dans cette mesure, et dans cette mesure seulement, lanotion deSittlichkeit, entendue dune part au sens de systme des ins-tances collectives de mdiation intercales entre lide abstraite de li-bert et son effectuation comme seconde nature, et dautre part com-me triomphe progressif du lien organique entre les hommes surlextriorit du rapport juridique [...], cette notion deSittlichkeitna pasfini de nous instruire.34

    La forma constitucional nos sita en el umbral de los dos ejesrestantes: la democracia constitucional y el Estado mundial. Co-mo Ricoeur entiende por tat de droit un tat qui pose les condi-

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    La libertad concreta nos hace avanzar hacia nuestro segundoeje: su concepcin de Estado. Ricoeur asume como propia la fr-mula acuada por Eric Weil segn la cual el Estado es une orga-nisation de la communaut historique, disons de la nation, en ver-tu de laquelle celle-ci est capable de prendre des dcisions. 31 Siantes vimos que la institucin se caracterizaba fundamentalmentepor costumbres comunes y no por reglas coaccionantes, esta fr-

    mula otorga al Estado el papel primario de organizacin, de esta-bilizacin y de decisin de una comunidad histrica. Slo de ma-nera secundaria o derivada, el Estado desembocar en aquella otrafrmula ampliamente difundida de Weber en la que queda defini-do por el monopolio dentro de un territorio de la violencia fsicalegtima como medio de dominacin. Al realzar laformadel Esta-do, Ricoeur piensa que la frmula racionalista de Weil vincula elEstado a la idea de constitucin propia de un Estado de derecho,mientras que al acentuar lafuerzadel Estado, la frmula weberia-na habra sido retomada por el totalitarismo y por el marxismo pa-ra hacer coincidir la esencia del Estado con el fenmeno del podersoberano.

    Este Estado de derecho se inscribe, insisto, en una cierta tradi-cin teleolgica distinta de la tradicin que di en llamar arqueol-gica propia de Kant y de Rawls. Recordemos que mientras paraesta segunda visin los sujetos autnomos que acuerdan a travsde un pacto el orden pblico al que se sometern como ciudada-nos o miembros son sujetos de derecho completos ya antesde lamediacin institucional, el enfoque teleolgico tachaba por para-djica esta visin y supeditaba la aparicin del sujetorealde dere-cho a la mediacin institucional. Ahora hay que aadir que estasdos visiones exigen, segn Ricoeur, una distincin entre dos tiposde liberalismo. Uno, para el que lo pblico institucional deriva de

    los sujetos autnomos. Este es el liberalismo atomista o ultra indi-vidualista cuya expresin poltica es el contrato social o el acuerdoequitativo ficticios. Contractualisme et individualisme avancentainsi la main dans la main,32 confirma Ricoeur. Otro, para el quelos sujetos autnomos son slo una abstraccin de los ciudadanos

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    31.Ibid., p. 55 [Ibid.].32. Paul Ricoeur, Soi-mme, p. 267 [Paul Ricoeur,S mismo..., p. 245].

    33. Paul Ricoeur, La raison practique, p. 257 [Paul Ricoeur, La ra-zn..., p. 237].

    34. Paul Ricoeur,Soi-mme, pp. 296-297 [Paul Ricoeur, S mismo..., p.277].

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    za es porque Ricoeur tambin piensa que la diversidad de formasconstitucionales es un obstculo menor que el hecho fundamentalde la soberana [fuerza] para pasar de la multiplicidad de los Esta-dos soberanos a un Estado universal.37 Toda vez que el Estadodebe al poder soberano su aparicin en la historia como un granindividuo violento enfrentado a otros individuos violentos tal co-mo lo concibi Hegel,38 lasoberanaes vista como unobstculo es-

    tructural para el proceso de globalizacin de la poltica que recla-ma una teora ampliada de la soberana orientada hacia la libertady la paz mundiales. La paz o la no violencia generalizada repre-sentan para el francs la faz externa de la phrnesispoltica. Incluirla globalizacin de la poltica como un eje de la teora del Estadoobedece a que si la soberana estatal es un problema para la polti-ca internacional, el reverso no es menos verdadero. El Estadouniversal es una tarea para el Estado particular porque la garan-ta del carcter no violento del primero es que sea el resultado dela accin poltica del Estado histrico trabajando por superarse a smismo. Una vez consumada la lucha en el plano ideolgico contrael principio regresivo de la soberana absoluta de los Estados, laresolucin hacia la libertad y la paz globales sera finalmente tri-butaria de la convergencia del Estado mundial con el inters delos Estados histricos en cuyo seno los ciudadanos llegan a serhombres. De aqu que la filosofa poltica desemboque al final enuna reflexin sobre la ciudadana que nacida de los Estados his-tricos se eleva por encima de ellos hacia un concepto transesta-

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    tions relles et les garanties de lgalit de tous devant la loi,35 suEstado liberal se aproxima a la democracia constitucional. Deaceptar su doble definicin de la democracia como un rgimenque lejos de sofocar, deja que se exprese y canaliza el conflicto, y le-jos de segregar, alienta la participacincreciente de los ciudadanosen las decisiones del poder, su Estado liberal se presenta como unaesfera de ejercicio privilegiada para la prctica democrtica. Una

    vez que el Estado ha renunciado a la certeza del saber absoluto delEstado hegeliano y, por tanto, a la voluntad dogmtica de totaliza-cin, acepta sus contradicciones al punto de institucionalizar elconflicto. Estos conflictos se expresan a travs de la libre discusinorganizada en los partidos polticos, los sindicatos, los grupos deprensa, las sociedades de pensamiento con sus rganos de prensay su aparato de publicidad. Por otro lado, cuanto ms extendidoest entre los miembros del Estado, es decir, cuanto ms plural seael debate pblico, ms crtica se har laSittlichkeity desde su lugarcrtico podr resistir y desafiar la tirana de un hombre, el mono-polio de un partido poltico, la dictadura del Estado, los naciona-

    lismos de coloracin tnica y populista.Ahora bien, como el pluralismo caracterstico de la democraciaen lugar de acallar el conflicto vemos que lo intensifica, Ricoeurpiensa que ltat ne peut reposer que sur des convergences fragi-les.36 La precariedad de estas convergencias cambia la concilia-cin perfecta de la teora hegeliana del Estado por una conciliacinimperfecta o abierta que evoca aquella dialctica entre discordan-cia y concordancia que Ricoeur le asignaba almythos(trama) aris-totlico enTemps et rcit 1; una discordancia que nace y renace dela propia concordancia. Mientras que aqu la concordancia apuntaa la adhesin a ideales o fines comunes por la que actualmentepugnan los comunitaristas o contextualistas contra el liberalis-

    mo individualista, la discordancia sigue el ritmo probabilista deuna sabidura prctica que busca no volver imposible la crtica so-bre las convicciones compartidas acerca de la vida buena.

    Por ltimo, si lo que define al Estado es su forma y no su fuer-

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    35. Paul Ricoeur, tique et politique, pp. 399-400 [Paul Ricoeur, ti-ca..., p. 367].

    36.Ibid. p. 405 [Ibid.p. 372].

    37. V. Paul Ricoeur,, De la nation lhumanit, la tche des chr-tiens, enChristianisme social, N 73, 1965, p. 497 [Paul Ricoeur, De la na-cin a la humanidad: la tarea de los cristiano en tica y cultura(tr. Mau-

    ricio Prelooker), Buenos Aires, Docencia, 1986, p. 60].38. V. G.W.F. Hegel,op. cit., 333-334. En el 333 Hegel afirma que

    El principio del derecho internacional[...] consiste en que los tratadosde-ben ser respetados [ ...] Pero puesto que su relacin tiene como principiosu soberana, los Estados estn entre s en estado de naturaleza, y sus de-rechos no tienen su realidad efectiva en una voluntad universal que seconstituye como poder por encima de ellos, sino slo en su voluntad par-ticular, pp. 499-500 [p. 416]. Y en el 334 agrega: Por lo tanto, en la me-dida en que las voluntades particulares no llegan a un acuerdo, las dispu-tas entre los Estados slo pueden decidirse por la guerra, p. 500 [p. 417].

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    [...] El conflicto se resolvera si se comprendiera que stos [los dere-chos sociales y los derechos individuales] progresan conjuntamente,as como perecen conjuntamente [...] Acaso Dostoievski no calific ala libertad como una carga insoportable?41

    V. Conclusin

    A modo de conclusin, realizar un breve balance de las cues-tiones resueltas y de las no resueltas. Entre las primeras, creo queen el estudio entusiasta que Ricoeur le dedica a laFilosofa polticade Weil, hace una valoracin anticipada de lo que ser su propiaempresa y de sus rasgos ms destacados.42 Apoyada entonces ensu apreciacin de esa obra dir, primero, que Ricoeur no cede aningn fundamentalismo, ni an, y sobre todo, al de la razn. Di-sociar laSittlichkeithegeliana de la ontologa delGeistpara redu-cirla a la modestia de laphrnesisaristotlica cambia la hipstasis yla mitificacin del Estado por una concepcin frgil, una concor-dancia-discordante sujeta al juego de la sedimentacin histrica y

    de la innovacin que la sabidura prctica de suyo provoca.Segundo, tampoco cede a ninguna fantasa anarquizante. Lejos

    de la utopa de la declinacin del Estado, el Estado como formapoltica de una comunidad histrica est en el centro de decisin.Si al postular la idea de un Estado global encargado de educarpara la paz y la libertad mundiales su pensamiento explora lo po-sible ms all de lo actual, es para repudiar lo que es e imaginarvas no violentas de integracin entre los Estados.

    Tercero, tampoco se lo puede acusar de estadolatra. En primerlugar, el sentido del Estado, si tiene uno, apunta a la convergenciafrgil entre la vida buena y la autonoma en el trayecto que va

    del individuo en tanto sujeto capaz al ciudadano en tanto sujetorealde derechos. Mientras la mera capacidad se encuentra ya pre-sente en el sujeto reflexivo y predialgico, la realizacin de esta ca-pacidad exige del sujeto exponerse al giro lingstico que Ricoeur

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    dual, transcultural y transhistrico de hombre con independen-cia del Estado del que se es sbdito o ciudadano.

    Que esta verdad final del sujeto autnomo y soberano titularde losderechos humanos universalespase por la mediacin del Esta-do implica declinar la concepcin ambigua de los derechos subje-tivos o naturales afirmada por el liberalismo ultra individualistapara reivindicar, en su lugar, que si el hombre europeo se ha

    constituido como persona, como sujeto, como libertad, [ha sido]bajo las influencias griegas, romanas y judeo-cristianas.39Junto aCharles Taylor, Ricoeur piensa que sostener, como sostiene el libe-ralismo atomista, que el individuo es titular de derechos subjeti-vos con anterioridad a la sociedad organizada en Estado conllevaa aceptar que el individuo puede renunciar a ellos.40 Es porque lamisma lgica de los derechos subjetivos anteriores al Estado otor-ga al individuo el poder de alienarlos que la concepcin atomistacae en la dificultad de tener que imponer un lmite a la libertad in-dividual y considerar a estos derechos inalienables. Esta dificultadcomenzara a disiparse si pensamos que el hombre titular de losderechos humanos es en verdad el resultado de una mediacininstitucional que le ha otorgado y concedido estos derechos demanera irrevocable. Fundados en la libertad sensata los dere-chos humanos devendran para el hombre una carga inexorable.

    Los autores anglosajones estn de acuerdo en sealar queel lenguajeconceptual de la Declaracin universal de 1948 y al menos el de losPrembulos de 1966 deriva directamente de las filosofas del derechosurgidas de la revolucin intelectual del siglo XVII europeo, con Gro-tius y Locke, continuadas en el siglo XVIII por los Enciclopedistas,Montesquieu y Rousseau, para desembocar en Kant y tomar luego unnuevo impulso con el utilitarismo filosfico. Segn esta tradicin filo-sfica el poder de decisin pertenece al individuo, como un poder

    propio, sin serle otorgado ni concedido [...] Si el derecho subjetivo esalgo que pertenece al individuo, ste tiene el poder de renunciar a l

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    39. Paul Ricoeur, Fundamentos filosficos de los derechos humanos:una sntesis en VVAA, Los fundamentos f ilosficos de los derechos huma nos(tr. Graziella Baravalle), Barcelona, Serbal-Unesco, 1985, p. 19.

    40. V. Charles Taylor, Los fundamentos filosficos de los derechos hu-manos. Complemento a la relacin del profesor Mathieu,ibid., pp. 52-61.

    41.Ibid., pp. 12 y 19-20.42. V. Paul Ricoeur, La philosophie politique dEric Weil, p. 112

    [Paul Ricoeur, LaFilosofa poltica..., p. 147].

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    ejemplo, las teoras utilitaristas y las capacibilistas.44 En sntesis,evita ingresar de lleno a la problemtica econmica en generalasociada de principio a fin al continuo que sostiene toda su refle-xin: igualdad proporcional, justicia distributiva, equidad.

    En segundo y ltimo trmino, a partir de las enseanzas deTemps et rcittambin se presenta como una cuestin sin resolverel carcter radical de la asimetra entre la autonoma como hecho

    de razn y el carcter ficcional de la situacin original de la queparte Rawls y de su figura jurdica asociada, el acuerdo equitativo.La irresolucin recae ms que sobre la radicalidad de la asimetramisma, sobre la simetra consecuente entre el estatuto evidente,por un lado, de la autonoma en tanto hecho de razn y, por elotro, de la historia cultural, donde esta ltima sustituye el carctermeramente ficticio e imaginario de la figura heursticamente pro-ductiva utilizada por el contractualismo en orden a la legitimacinde las relaciones institucionales: el contrato o el acuerdo equitati-vo. Toda vez que en el conocimiento histrico Ricoeur combateprecisamente la evidencia de la distincin entre la ficcin y loreal aplicados al pasado al punto de subordinar la cualidad hist-rica de la historia a la intencionalidad potica de la ficcin cuyamatriz es la imaginacin creadora, la irresolucin nace de la tenta-cin a la que cede aqu al igualar sin prdida el hecho de razn yla historia cultural quea su vezdebe su carcter de realidad his-trica a la irrealidad de la ficcin.

    Recibido el 18/08/06; aceptado el 20/09/06.

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    traduce aqu en el juego de una doble alteridad donde la segundaes condicin de la primera: la alteridad interpersonal y la alteridadinstitucional. En segundo lugar, la institucionalizacin democrti-ca del conflicto y la participacin ampliada en la toma de decisio-nes importa una instancia de control del Estado de derecho me-diante la libre discusin organizada. En tercer lugar, la incitacinal abandono del principio de la soberana absoluta y la valoracin

    de la estructura jurdica del Estado por sobre el ejercicio de lacoaccin legtima pretende darle un giro tico-jurdico al Estadoen tanto esfera de realizacin de la justicia como equidad.

    Entre las cuestiones no resueltas figura, en primer trmino, in-tentar superar la dicotoma entre el holismo y el individualismo atravs de la concepcin rawlsiana de la justicia como equidada lavezholstica y distributiva, y limitarse a atribuir un carcter tico ehistrico, y por tanto, no tcnico ni autnomo, al argumento que laconsolida. Me refiero a la regla maximni.e. el principio antisacri-ficial de maximizacin de la parte mn ima en tanto argumentocuasi econmico utilizado por Rawls a favor de un reparto iguali-tario de losrecursos. Es decir, como lo prueba el hecho de introdu-cir el razonamientomaximnrecin en esta conclusin, la medita-cin de Ricoeur se detiene en el momento de juzgar que separadode la historia cultural, el principio maximndejara de ser un argu-mento cuasi econmico para volverse un argumento pseudo-eco-nmico. Hecho este juicio, omite pronunciarse sobre si el liberalis-mo propuesto por Rawls centrado en la distribucin igualitaria delos recursos est ms prximo, o no, a la democracia econmica ala que parecen dirigirse sus preferencias en la que la libertad deiniciativa individual cede ante la decisin colectiva43 que, por

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    43. V. Dice Ricoeur: [] nous aurons construire la dmocratie co-nomique. La seul faon de compenser le dplacement de la libert dini-tiative individuelle sur la libert de decision collective est de faire partici-per le plus grand nombre de gens posible la discusin et la decisin.[] Comment lever au niveau du choix collectifla volont de chacun et detous? Cest la question fondamentale que pose la notion de choix collec-tif, Paul Ricoeur, Paul Ricoeur, Prvision conomique et choix thique,enHistoire et vrit, Paris, ditions du Seuil, 1964, p. 306 [Versin en espa-ol: Paul Ricoeur, Previsin econmica y eleccin tica, en tica..., pp.155-156].

    44. A diferencia del liberalismo igualitarista de Rawls donde el distri-buendumviene dado por losrecursos, las teoras utilitaristas se centran en ladistribucin delbienestary las capacibilistas en la distribucin de losfuncio-namientos bsicosque permitan a un agente realizar determinados fines.