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El Tribunal Constitucional y la ley tributaria 4 septiembre 2013 0 Comments 419 Tributación impuesto renta , ley tributaria , tribunal constitucional 1 Una situación irregular se viene planteando a raíz del pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) que resolvió un reclamo de haberes. Sabido es que por mandato de las leyes sobre pago de haberes a los trabajadores está sujeto a retenciones tanto del impuesto a la renta (IR) como de los aportes a los fondos de pensiones, sean estos públicos o privados. El caso es que el TC al resolver a favor del trabajador demandante ha dispuesto que de los montos que deben ser pagados el empleador no puede efectuar ningún descuento ni retención. Ello, a todas luces, responde a un desconocimiento de las normas constitucionales, tributarias y previsionales, según las cuales todos tenemos el deber de contribuir; los ingresos constituyen rentas sujetas a impuesto y los sujetos dependientes están obligados a aportar al fondo de pensiones. Este mandato coloca a los empleadores en una situación de incumplimiento obligatorio de su obligación de retener y en

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El Tribunal Constitucional y la ley tributaria4 septiembre 2013 0 Comments 419 Tributacin impuesto renta,ley tributaria,tribunal constitucional1

Una situacin irregular se viene planteando a raz del pronunciamiento delTribunal Constitucional(TC) que resolvi un reclamo de haberes. Sabido es que por mandato de las leyes sobre pago de haberes a los trabajadores est sujeto a retenciones tanto del impuesto a la renta (IR) como de los aportes a los fondos de pensiones, sean estos pblicos o privados.El caso es que el TC al resolver a favor del trabajador demandante ha dispuesto que de los montos que deben ser pagados el empleador no puede efectuar ningn descuento ni retencin.Ello, a todas luces, responde a un desconocimiento de las normas constitucionales, tributarias y previsionales, segn las cuales todos tenemos el deber de contribuir; los ingresos constituyen rentas sujetas a impuesto y los sujetos dependientes estn obligados a aportar al fondo de pensiones.Este mandato coloca a los empleadores en una situacin de incumplimiento obligatorio de su obligacin de retener y en la prctica podra convertir al personal en contribuyentes omisos.En efecto, dado que el fallo no contiene ninguna norma que haga referencia a la obligacin del trabajador para efectuar directamente el pago del IR y el aporte al fondo de pensiones, lo ms probable es que tales obligaciones se incumplan. Tambin es probable que la Sunat exija al empleador el pago de los montos no retenidos ms multas e intereses, lo que sera un despropsito.Todo ello motivado por una decisin del TC, que debiera ser aclarada cuanto antes pues no es aceptable que no se pague impuesto o se obligue a la empresa a soportar un doble pago.