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El Tribunal Ambiental El Tribunal Ambiental Administrativo Administrativo (TAA) (TAA) Daniel Montero Bustabad [email protected] www.danielmontero.es Daniel Montero Bustabad [email protected] s www.danielmontero.es

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El Tribunal Ambiental Administrativo El Tribunal Ambiental Administrativo (TAA)(TAA)

Daniel Montero [email protected]

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Daniel Montero Bustabad danielmontero@danielmontero

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Nacimiento del D.A. en C.R.Nacimiento del D.A. en C.R.

ConstituciConstitución Política: “ón Política: “ARTÍCULO ARTÍCULO 21.- 21.- La vida humana es inviolable”.La vida humana es inviolable”.

La jurisprudencia constitucional creó La jurisprudencia constitucional creó el derecho a la salud y a un ambiente el derecho a la salud y a un ambiente sano basándose en este artículo.sano basándose en este artículo.

Daniel Montero Bustabad danielmontero@danielmontero

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Nacimiento del D.A. en C.R.Nacimiento del D.A. en C.R.

La Sala Constitucional en el Voto No. 5894-La Sala Constitucional en el Voto No. 5894-2007, hizo este resumen:“2007, hizo este resumen:“Los derechos a la Los derechos a la salud y a disfrutar de un ambiente sano y salud y a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, son una ecológicamente equilibrado, son una derivación del derecho a la vida, derivación del derecho a la vida, consagrado constitucionalmente en el consagrado constitucionalmente en el artículo 21. Estos derechos se encuentran artículo 21. Estos derechos se encuentran inescindiblemente vinculados ya que inescindiblemente vinculados ya que cualquier daño producido en el medio cualquier daño producido en el medio ambiente incide directamente en la salud ambiente incide directamente en la salud de los individuos y por ende en su calidad de los individuos y por ende en su calidad de vida.” de vida.”

Daniel Montero Bustabad danielmontero@danielmontero

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D.A. en C.R.D.A. en C.R.

Reforma del Art. 50 Constitución Reforma del Art. 50 Constitución Política en 1994:Política en 1994:

““ARTÍCULO 50.-ARTÍCULO 50.- El Estado procurará El Estado procurará el mayor bienestar a todos los el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza…”adecuado reparto de la riqueza…”

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D.A. en C.R.D.A. en C.R.

……Toda persona tiene derecho a un Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado…la reparación del daño causado…

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D.A. en C.R. D.A. en C.R.

El Estado garantizará, defenderá y El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes”las sanciones correspondientes”

(Reformado por Ley Nº 7412 del (Reformado por Ley Nº 7412 del 3 de junio de 1994)3 de junio de 1994)..

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Características del TAACaracterísticas del TAA

Creado por la Ley Nº 7554 Orgánica Creado por la Ley Nº 7554 Orgánica del Ambiente (LOA).del Ambiente (LOA).

Art. 103 LOA:Art. 103 LOA: ““ARTICULO 103.- Creación del Tribunal Ambiental ARTICULO 103.- Creación del Tribunal Ambiental

Administrativo. Administrativo. Se crea un Tribunal Se crea un Tribunal Ambiental Administrativo, con sede en Ambiental Administrativo, con sede en San José ySan José y

competencia en todo el territorio competencia en todo el territorio nacional...”nacional...”

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Características TAACaracterísticas TAA

“…“…Será un órgano desconcentrado Será un órgano desconcentrado del Ministerio del Ambiente y del Ministerio del Ambiente y Energía,Energía,

con competencia exclusiva e con competencia exclusiva e independencia funcional en el independencia funcional en el desempeño de sus atribuciones. Sus desempeño de sus atribuciones. Sus fallos agotan la vía administrativa y fallos agotan la vía administrativa y sus resoluciones serán de sus resoluciones serán de acatamiento estricto y obligatorio”.acatamiento estricto y obligatorio”.

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Características del TAACaracterísticas del TAA

Desconcentración.Desconcentración. Independencia funcional y de Independencia funcional y de

criterio.criterio. Carácter irrecurrible de sus Carácter irrecurrible de sus

resoluciones (Sólo cabe recurso ante resoluciones (Sólo cabe recurso ante el Poder Judicial, pero NO ante el Sr. el Poder Judicial, pero NO ante el Sr. Ministro ni otro órgano).Ministro ni otro órgano).

Agotamiento de la vía administrativa.Agotamiento de la vía administrativa.Daniel Montero Bustabad

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Competencias TAACompetencias TAA

Artículo 111 Ley Orgánica del Ambiente.Artículo 111 Ley Orgánica del Ambiente.

““ARTICULO 111.- Competencia del Tribunal El ARTICULO 111.- Competencia del Tribunal El Tribunal Ambiental Administrativo será Tribunal Ambiental Administrativo será competente para: a) Conocer y resolver, en competente para: a) Conocer y resolver, en sede administrativa, las denuncias sede administrativa, las denuncias establecidas contra todas las personas, establecidas contra todas las personas, públicas o privadas, por violaciones a la públicas o privadas, por violaciones a la legislación tutelar del ambiente y los legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales…”recursos naturales…”

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Competencias TAACompetencias TAA

“…“…b) Conocer, tramitar y resolver, de b) Conocer, tramitar y resolver, de oficio o a instancia de parte, las oficio o a instancia de parte, las denuncias referentes a denuncias referentes a comportamientos activos y omisos comportamientos activos y omisos que violen o amenacen violar las que violen o amenacen violar las normas de la legislación tutelar del normas de la legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales…”ambiente y los recursos naturales…”

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Competencias TAACompetencias TAA

“…“…c) Establecer, en vía administrativa, c) Establecer, en vía administrativa, las indemnizaciones que puedan las indemnizaciones que puedan originarse en relación con los daños originarse en relación con los daños producidos por violaciones de la producidos por violaciones de la legislación tutelar del ambiente y los legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales.recursos naturales.

d) Las resoluciones del Tribunal d) Las resoluciones del Tribunal Ambiental Administrativo serán Ambiental Administrativo serán irrecurribles y darán por agotada la vía irrecurribles y darán por agotada la vía administrativa…”administrativa…”

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Competencias TAACompetencias TAA

““e) Establecer las multas, en sede e) Establecer las multas, en sede administrativa, por infracciones a la administrativa, por infracciones a la Ley para la gestión integral de Ley para la gestión integral de residuos y cualquier otra ley que así residuos y cualquier otra ley que así lo establezca”.lo establezca”.

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Definición Daño Ambiental.Definición Daño Ambiental.

““Daño Ambiental: Daño Ambiental: Impacto ambiental negativo, no Impacto ambiental negativo, no previsto, ni controlado, ni planificado en un proceso previsto, ni controlado, ni planificado en un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (evaluado ex –de Evaluación de Impacto Ambiental (evaluado ex –ante), producido directa o indirectamente por una ante), producido directa o indirectamente por una actividad, obra o proyecto, sobre todos o cualquier actividad, obra o proyecto, sobre todos o cualquier componente del ambiente, para el cual no se previó componente del ambiente, para el cual no se previó ninguna medida de prevención, mitigación o ninguna medida de prevención, mitigación o compensación y que implica una alteración compensación y que implica una alteración valorada como de alta Significancia de Impacto valorada como de alta Significancia de Impacto Ambiental (SIA)” (Así reformado el inciso anterior Ambiental (SIA)” (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 32734 del por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 32734 del 09 de agosto de 2005). 09 de agosto de 2005).

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

1.1. Denuncia: Formato de carta sencilla. Puede ser Denuncia: Formato de carta sencilla. Puede ser de Oficio o a Instancia de Parte. Importante:de Oficio o a Instancia de Parte. Importante:

a)a) Nombre legible y firma del denunciante.Nombre legible y firma del denunciante.

b)b) Dirección detallada “a la tica” del lugar Dirección detallada “a la tica” del lugar del posible daño ambiental; mejor con del posible daño ambiental; mejor con Coordenadas.Coordenadas.

c)c) Explicar con detalle qué es lo que se Explicar con detalle qué es lo que se está haciendo mal, cómo se está está haciendo mal, cómo se está haciendo, los daños y haciendo, los daños y riesgosriesgos, etc. , etc.

d)d) Forma de recibir notificaciones.Forma de recibir notificaciones.Daniel Montero Bustabad

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

Art. 107 LOA: ARTICULO 107.- Contenido de Art. 107 LOA: ARTICULO 107.- Contenido de la denuncia. La denuncia deberá contener: la denuncia. La denuncia deberá contener:

a) El nombre y el domicilio del denunciante a) El nombre y el domicilio del denunciante y del denunciado, si sey del denunciado, si se

conoce.conoce. b) Los hechos o los actos realizados contra b) Los hechos o los actos realizados contra

el ambiente.el ambiente. c) Pruebas, si existen.c) Pruebas, si existen. d) Indicación del lugar para notificaciones.d) Indicación del lugar para notificaciones.

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA Art. 285 LGAP: Artículo 285.-Art. 285 LGAP: Artículo 285.- 1. La petición de la parte deberá contener: 1. La petición de la parte deberá contener: a) Indicación de la oficina a que se dirige;a) Indicación de la oficina a que se dirige; b) Nombre y apellidos, residencia y lugar para b) Nombre y apellidos, residencia y lugar para

notificaciones de la parte y de quien la representa;notificaciones de la parte y de quien la representa; c) La pretensión, con indicación de los daños y perjuicios c) La pretensión, con indicación de los daños y perjuicios

que se reclamen, y de su estimación, origen y naturaleza;que se reclamen, y de su estimación, origen y naturaleza; d) Los motivos o fundamentos de hecho; y d) Los motivos o fundamentos de hecho; y e) Fecha y firma. e) Fecha y firma. 2. La ausencia de los requisitos indicados en los 2. La ausencia de los requisitos indicados en los

numerales b) y c) obligará al rechazo y archivo de la numerales b) y c) obligará al rechazo y archivo de la petición, salvo que se puedan inferir claramente del petición, salvo que se puedan inferir claramente del escrito o de los documentos anexos. escrito o de los documentos anexos.

3. La falta de firma producirá necesariamente el rechazo 3. La falta de firma producirá necesariamente el rechazo y archivo de la petición. y archivo de la petición.

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

2.2. Investigación Preliminar. “Filtro previo”.Investigación Preliminar. “Filtro previo”.b.b. Regulada por jurisprudencia Sala Const.Regulada por jurisprudencia Sala Const.

c.c. En esta etapa NO nos encontramos en un En esta etapa NO nos encontramos en un procedimiento ordinario administrativo, no procedimiento ordinario administrativo, no hay debido proceso; el denunciante y hay debido proceso; el denunciante y denunciado no tienen la característica de denunciado no tienen la característica de parte. parte.

d.d. No se requiere notificar al propietario.No se requiere notificar al propietario.

e.e. TAA averigua “la verdad real de los hechos” TAA averigua “la verdad real de los hechos” por inspecciones e informes de órganos por inspecciones e informes de órganos públicos.públicos.

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

Las resoluciones del TAA pidiendo Las resoluciones del TAA pidiendo informes informes (incluyendo valoraciones (incluyendo valoraciones del presunto daño ambiental) son del presunto daño ambiental) son obligatorias; la Sala Constitucional obligatorias; la Sala Constitucional exige que el TAA ordene órganos exige que el TAA ordene órganos directores contra los funcionarios directores contra los funcionarios que incumplan.que incumplan.

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

Voto de la Sala Constitucional Nº Voto de la Sala Constitucional Nº 2007-010275:2007-010275:

““No basta con informar a esta Sala que No basta con informar a esta Sala que procedieron mediante resolución procedieron mediante resolución número 437-06-TAA del 07 de marzo número 437-06-TAA del 07 de marzo del 2006 a solicitar el inicio de un del 2006 a solicitar el inicio de un procedimiento administrativo para que procedimiento administrativo para que se investiguen las actuaciones de los se investiguen las actuaciones de los funcionarios que no han atendido…”funcionarios que no han atendido…”

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

“…“…así como a comunicar a los Ministerios así como a comunicar a los Ministerios competentes de la situación acaecida, competentes de la situación acaecida, sino que ello debieron haberlo hecho sino que ello debieron haberlo hecho desde el momento mismo en que se desde el momento mismo en que se verificó que no se dio cumplimiento a las verificó que no se dio cumplimiento a las órdenes emitidas. En virtud de lo órdenes emitidas. En virtud de lo expuesto, este Tribunal constata una gran expuesto, este Tribunal constata una gran negligencia en el actuar de los miembros negligencia en el actuar de los miembros del Tribunal Ambiental Administrativo, del Tribunal Ambiental Administrativo, pues han sido lentos y omisos…”pues han sido lentos y omisos…”

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Procedimientos TAAProcedimientos TAA

3.3. Medidas cautelares (sólo ante Medidas cautelares (sólo ante situaciones urgentes e inaplazables). No situaciones urgentes e inaplazables). No requiere debido proceso ni notificación requiere debido proceso ni notificación al propietario para que la medida al propietario para que la medida cautelar surta todos sus efectos. TAA cautelar surta todos sus efectos. TAA pide al Área de Conservación: a. pide al Área de Conservación: a. Notificar al propietario (si es posible). b. Notificar al propietario (si es posible). b. Independientemente de que se pueda o Independientemente de que se pueda o no notificar, garantizar cumplimiento y no notificar, garantizar cumplimiento y efectividad de la medida cautelar y efectividad de la medida cautelar y presentar al TAA informes.presentar al TAA informes.

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

4.4. Procedimiento Ordinario Administrativo. Procedimiento Ordinario Administrativo. Se cita al denunciante y denunciado a Se cita al denunciante y denunciado a una Audiencia Oral ante el TAA para una Audiencia Oral ante el TAA para recibir los argumentos, pruebas y recibir los argumentos, pruebas y contrapruebas de todos. contrapruebas de todos.

5.5. Los funcionarios que rindieron informes Los funcionarios que rindieron informes y valoraciones del presunto daño, son y valoraciones del presunto daño, son citados como testigos y testigos-citados como testigos y testigos-peritos.peritos.

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Procedimientos del TAAProcedimientos del TAA

6.6. Los Abogad@s del denunciad@ Los Abogad@s del denunciad@ pueden tratar de desacreditar los pueden tratar de desacreditar los informes y valoraciones presentados informes y valoraciones presentados y pueden aportar otros informes y y pueden aportar otros informes y contra-valoraciones.contra-valoraciones.

7.7. Resolución final por parte de los Resolución final por parte de los Jueces.Jueces.

8.8. Contra la Resolución final cabe Contra la Resolución final cabe recurso de revocatoria.recurso de revocatoria.

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

Art. 106 LOA: Oficialidad, Oralidad, Art. 106 LOA: Oficialidad, Oralidad, Inmediación de la Prueba, Celeridad.Inmediación de la Prueba, Celeridad.

Art. 109 L. Biodiversidad. Inversión de la Art. 109 L. Biodiversidad. Inversión de la Carga de la Prueba:Carga de la Prueba:

““La carga de la prueba, de la ausencia de La carga de la prueba, de la ausencia de contaminación, degradación o afectación contaminación, degradación o afectación no permitidas, corresponderá a quien no permitidas, corresponderá a quien solicite la aprobación, el permiso o solicite la aprobación, el permiso o acceso a la biodiversidad acceso a la biodiversidad o a quien se le o a quien se le acuseacuse.”.”

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

Responsabilidad Objetiva: Responsabilidad Objetiva: Art. 52 Ley Art. 52 Ley de Uso, Manejo y Conservación de de Uso, Manejo y Conservación de Suelos: “Quien contamine o deteriore el Suelos: “Quien contamine o deteriore el recurso suelo, independientemente de recurso suelo, independientemente de la existencia de culpa o dolo o del la existencia de culpa o dolo o del grado de participación, será grado de participación, será responsable de indemnizar, en la vía responsable de indemnizar, en la vía judicial que corresponda, y de reparar judicial que corresponda, y de reparar los daños causados al ambiente y a los daños causados al ambiente y a terceros afectados.” terceros afectados.”

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

La Ley de Protección Fitosanitaria en sus La Ley de Protección Fitosanitaria en sus preceptos 31 y 32 también dispone un preceptos 31 y 32 también dispone un régimen de responsabilidad objetiva. régimen de responsabilidad objetiva.

Asimismo la Ley de Cercas Divisorias y Asimismo la Ley de Cercas Divisorias y Quemas, artículo 5.4, establece una Quemas, artículo 5.4, establece una responsabilidad objetiva en la materia.responsabilidad objetiva en la materia.

También la Sala Primera dispuso la También la Sala Primera dispuso la responsabilidad objetiva respecto a la responsabilidad objetiva respecto a la Municipalidad por un botadero de Municipalidad por un botadero de basura, voto 113-1995. basura, voto 113-1995.

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

Voto de la Sala Constitucional 2000-Voto de la Sala Constitucional 2000-01669. El artículo 101 LOA dispone la 01669. El artículo 101 LOA dispone la responsabilidad ambiental por riesgo responsabilidad ambiental por riesgo (obviamente aun cuando se trata de (obviamente aun cuando se trata de actividades lícitas), de modo que existe actividades lícitas), de modo que existe responsabilidad aun cuando no responsabilidad aun cuando no concurra ni dolo ni culpa. En el mismo concurra ni dolo ni culpa. En el mismo sentido se pronuncia la Sala Primera en sentido se pronuncia la Sala Primera en la sentencia de las 16:00 horas del 6 de la sentencia de las 16:00 horas del 6 de junio del 2001.junio del 2001.

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

Voto 2003-0366 del Tribunal de Voto 2003-0366 del Tribunal de Casación Penal, exp. 98-200262-Casación Penal, exp. 98-200262-0567-PE. “El Estado debe velar 0567-PE. “El Estado debe velar porque las cosas vuelvan a su estado porque las cosas vuelvan a su estado anterior, aunque en el daño primero anterior, aunque en el daño primero no mediara la mano del hombre. no mediara la mano del hombre. Daños al bosque por sujetos de Daños al bosque por sujetos de derecho privado acarrean derecho privado acarrean responsabilidad objetiva”.responsabilidad objetiva”.

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

Voto 2004-0493, exp. 01-000279-0042-PE, Voto 2004-0493, exp. 01-000279-0042-PE, del Tribunal de Casación Penal del Segundo del Tribunal de Casación Penal del Segundo Circuito. Sin decirlo expresamente, Circuito. Sin decirlo expresamente, establece, a efectos indemnizatorios, que la establece, a efectos indemnizatorios, que la responsabilidad ambiental es objetiva. Se responsabilidad ambiental es objetiva. Se trata de un caso de responsabilidad del trata de un caso de responsabilidad del propietario por daños ambientales propietario por daños ambientales cometidos por terceros en dicha propiedad; cometidos por terceros en dicha propiedad; el Tribunal declara que el propietario es el Tribunal declara que el propietario es responsable por no vigilar bien la finca.responsable por no vigilar bien la finca.

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Principios SustantivosPrincipios Sustantivos

Art 11 LB. a) Quien Contamina Paga. b) Art 11 LB. a) Quien Contamina Paga. b) Precautorio o in dubio pro natura. Precautorio o in dubio pro natura.

““Cuando exista peligro o amenaza de Cuando exista peligro o amenaza de daños graves o inminentes a los daños graves o inminentes a los elementos de la biodiversidad y al elementos de la biodiversidad y al conocimiento asociado con estosconocimiento asociado con estos, la , la ausencia de certeza científica no ausencia de certeza científica no deberá utilizarse como razón para deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas postergar la adopción de medidas eficaces de proteccióneficaces de protección”.”.

Daniel Montero Bustabad danielmontero@danielmontero

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Caso M/V TiunaCaso M/V Tiuna

Expediente Nº 64-08-01-TAA.Expediente Nº 64-08-01-TAA. Por denuncia verbal (por la urgencia) de Por denuncia verbal (por la urgencia) de

un funcionario del MINAE se inicia la un funcionario del MINAE se inicia la investigación con el “Informe de investigación con el “Informe de Detención de la Embarcación Tiuna” Detención de la Embarcación Tiuna” elaborado por el A.C.M.I.C. (folios 01-81).elaborado por el A.C.M.I.C. (folios 01-81).

Contenido del Informe: Se denuncia por Contenido del Informe: Se denuncia por radio que un barco atunero pescaba radio que un barco atunero pescaba dentro del Parque (es ilegal pescar allí).dentro del Parque (es ilegal pescar allí).

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Caso M/V TiunaCaso M/V Tiuna

Entonces personal del Parque, Entonces personal del Parque, Guardacostas y Marviva se Guardacostas y Marviva se inspecciona. Se encuentra al atunero inspecciona. Se encuentra al atunero pescando dentro de las Coordenadas pescando dentro de las Coordenadas del Parque. Se para la pesca y se del Parque. Se para la pesca y se sacan las redes con los peces (atún sacan las redes con los peces (atún aleta amarilla, etc.) aleta amarilla, etc.)

Por orden de la Fiscalía se traslada el Por orden de la Fiscalía se traslada el barco a Puntarenas.barco a Puntarenas.

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Caso M/V TiunaCaso M/V Tiuna

Se entrega el barco a la Fiscalía.Se entrega el barco a la Fiscalía. Se procede a elaborar la valoración Se procede a elaborar la valoración

económica del presunto daño económica del presunto daño ambiental.ambiental.

Resol. Nº 231-08-TAA. Ordena a las Resol. Nº 231-08-TAA. Ordena a las Capitanías de Puerto No dar orden de Capitanías de Puerto No dar orden de zarpe, a Guardacostas custodiar el zarpe, a Guardacostas custodiar el barco hasta que el TAA dicte resolución barco hasta que el TAA dicte resolución final (folios 82 y 83) y ser depositario.final (folios 82 y 83) y ser depositario.

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Caso M/V TiunaCaso M/V Tiuna

El 12-03-2008 ingresa escrito de El 12-03-2008 ingresa escrito de Guardacostas pidiendo aclaración Guardacostas pidiendo aclaración porque Fiscalía había nombrado a porque Fiscalía había nombrado a INCOPESCA como depositario (folios 157 INCOPESCA como depositario (folios 157 y 158).y 158).

El 13-03-2008 la Procuraduría (PGR) se El 13-03-2008 la Procuraduría (PGR) se apersona cono coadyuvante. También se apersona cono coadyuvante. También se recibe escrito del denunciado recibe escrito del denunciado planteando supuesta incompetencia y planteando supuesta incompetencia y recurso (folios 161 y 162).recurso (folios 161 y 162).

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A folios 173 a 212 consta la valoración A folios 173 a 212 consta la valoración económica del aducido daño ambiental y económica del aducido daño ambiental y 244-283. 244-283.

Por Res. Nº 272-08-TAA se rechaza el Por Res. Nº 272-08-TAA se rechaza el recurso de revocatoria contra la medida recurso de revocatoria contra la medida cautelar.cautelar.

A folios 233 a 235 consta “Acta de A folios 233 a 235 consta “Acta de Inventario”. Inventario”.

El 11-04-2008 consta “Acta de El 11-04-2008 consta “Acta de Allanamiento, Registro y Secuestro” Allanamiento, Registro y Secuestro” hecha en su momento por ACMIC.hecha en su momento por ACMIC.

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Por oficio a folios 284 y 285 se pide al Por oficio a folios 284 y 285 se pide al Consulado en Panamá la dirección oficial Consulado en Panamá la dirección oficial de la empresa denunciada. de la empresa denunciada.

El 23-04-2008 ingresa solicitud de El 23-04-2008 ingresa solicitud de Guardacostas de ser coadyuvante.Guardacostas de ser coadyuvante.

Por Resol. Nº 324-08-TAA se da por Por Resol. Nº 324-08-TAA se da por finalizada la investigación preliminar y finalizada la investigación preliminar y se da inicio al Procedimiento Ordinario se da inicio al Procedimiento Ordinario Administrativo, convocando a las partes Administrativo, convocando a las partes a una Audiencia Oral (folios 311-313).a una Audiencia Oral (folios 311-313).

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Que a folios 306 a 307 consta informe Que a folios 306 a 307 consta informe de sustracción de Guardacostas; se de sustracción de Guardacostas; se responde por Oficio Nº 468-08-TAA responde por Oficio Nº 468-08-TAA (folios 316 y 317).(folios 316 y 317).

Por escrito del 20-05-2011 el Por escrito del 20-05-2011 el denunciado comunica que se agota el denunciado comunica que se agota el combustible y agua (folios 325 a combustible y agua (folios 325 a 326); se responde por Res. Nº 481-326); se responde por Res. Nº 481-08-TAA; deben acudir a la vía judicial.08-TAA; deben acudir a la vía judicial.

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El Acta de la Audiencia Oral consta a El Acta de la Audiencia Oral consta a folios 552 a 592 del expediente. folios 552 a 592 del expediente.

La resolución final es la Resol. Nº La resolución final es la Resol. Nº 843-08-TAA (folios 647-661). Se 843-08-TAA (folios 647-661). Se declaran solidariamente declaran solidariamente responsables de daño ambiental al responsables de daño ambiental al capitán del barco y a la empresa capitán del barco y a la empresa propietaria del barco. Se amonesta al propietaria del barco. Se amonesta al capitán. capitán.

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Se condena al capitán y a la empresa Se condena al capitán y a la empresa propietaria del barco a pagar la propietaria del barco a pagar la indemnización por daño ambiental. indemnización por daño ambiental. Se ordena a INCOPESCA cancelar la Se ordena a INCOPESCA cancelar la licencia. Se mantiene la prohibición licencia. Se mantiene la prohibición de zarpar hasta que no pague.de zarpar hasta que no pague.

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A folios 677 a 678 consta recurso de A folios 677 a 678 consta recurso de la Procuraduría.la Procuraduría.

A folios 697 a 716 consta recurso e A folios 697 a 716 consta recurso e incidente de nulidad de la incidente de nulidad de la denunciada.denunciada.

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El 17 de octubre del 2008 ingresa El 17 de octubre del 2008 ingresa solicitud de los denunciados de cambio solicitud de los denunciados de cambio de medida cautelar por daños en el de medida cautelar por daños en el barco; se comprometen a depositar la barco; se comprometen a depositar la suma de dinero indicada en la suma de dinero indicada en la resolución resolución (folio 718).(folio 718).

Por Resol. Nº 963-08-TAA da un plazo Por Resol. Nº 963-08-TAA da un plazo para que las partes comuniquen su para que las partes comuniquen su opinión sobre la solicitud de cambio de opinión sobre la solicitud de cambio de medida cautelar (folios 719-722). medida cautelar (folios 719-722).

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El 27-10-2008 ingresa incidente de El 27-10-2008 ingresa incidente de nulidad del capitán del barco (folios 729-nulidad del capitán del barco (folios 729-748).748).

El 28-10-2008 se opone Guardacostas El 28-10-2008 se opone Guardacostas por estar también el caso en la por estar también el caso en la jurisdicción penal, la cual podría jurisdicción penal, la cual podría decretar el comiso del barco, además de decretar el comiso del barco, además de la indemnización ya indicada por el TAA. la indemnización ya indicada por el TAA. El 30-10-2008 se opone también la PGR El 30-10-2008 se opone también la PGR (folios 748-750).(folios 748-750).

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El 09-12-2008 se recibe escrito de El 09-12-2008 se recibe escrito de Guardacostas indicando que el Juez Guardacostas indicando que el Juez Penal revocó la medida cautelar y Penal revocó la medida cautelar y solicita el criterio del TAA (folio 760).solicita el criterio del TAA (folio 760).

Por Resol. Nº 1152-08-TAA se mantiene Por Resol. Nº 1152-08-TAA se mantiene la medida cautelar establecida por el la medida cautelar establecida por el TAA, de modo que el barco no podrá TAA, de modo que el barco no podrá salir del país, aunque la jurisdicción salir del país, aunque la jurisdicción penal haya levantado su propia medida penal haya levantado su propia medida cautelar.cautelar.

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Por Resol. Nº 1172-08-TAA se acepta el Por Resol. Nº 1172-08-TAA se acepta el cambio de medida cautelar cambio de medida cautelar (folios 778-783).(folios 778-783).

El 16-12-2008 PGR interpone recurso El 16-12-2008 PGR interpone recurso de revocatoria.de revocatoria.

Por Resol. Nº 416-09-TAA se solicita a Por Resol. Nº 416-09-TAA se solicita a Guardacostas una prueba adicional Guardacostas una prueba adicional sobre si determinadas Coordenadas se sobre si determinadas Coordenadas se encuentran dentro del Parque (f. 806-encuentran dentro del Parque (f. 806-810).810).

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El 22-04-2009 ingresa el criterio de El 22-04-2009 ingresa el criterio de Guardacostas.Guardacostas.

Por Resol. Nº 498-09-TAA se pone en Por Resol. Nº 498-09-TAA se pone en conocimiento de las partes lo anterio conocimiento de las partes lo anterio (folios 825-828).(folios 825-828).

Recibido lo anterior, por Resol. Nº 742-Recibido lo anterior, por Resol. Nº 742-09-TAA se declara parcialmente con lugar 09-TAA se declara parcialmente con lugar el recurso, dado que uno de los lances se el recurso, dado que uno de los lances se realizó fuera de los límites del Parque.realizó fuera de los límites del Parque.

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Se condena a los denunciados Se condena a los denunciados solidariamente a pagar una solidariamente a pagar una indemnización de $ 322,689.28; de indemnización de $ 322,689.28; de ellos $225,882.80 se destinan al Parque ellos $225,882.80 se destinan al Parque y $96,806.78 para Guardacostas; el y $96,806.78 para Guardacostas; el resto de la resolución condenatoria se resto de la resolución condenatoria se mantiene igual (folios 843-857).mantiene igual (folios 843-857).

A folios 870-872 constan los recibos de A folios 870-872 constan los recibos de pago.pago.

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Por Resol. Nº 939-09-TAA se levanta Por Resol. Nº 939-09-TAA se levanta la medida cautelar por haberse la medida cautelar por haberse cumplido lo ordenado.cumplido lo ordenado.

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Sobre la Valoración Económica del Daño Ambiental Sobre la Valoración Económica del Daño Ambiental (f. 249): (f. 249): “La extracción ilegal realizada ha afectado “La extracción ilegal realizada ha afectado el sitio de la siguiente manera: A) Aunque los el sitio de la siguiente manera: A) Aunque los especímenes dentro del PNMIC no tienen el fin de especímenes dentro del PNMIC no tienen el fin de un uso consuntivo, al desecharse el producto se un uso consuntivo, al desecharse el producto se pierde la posibilidad de haber dado ese uso a los pierde la posibilidad de haber dado ese uso a los especímenes, por ejemplo ser pescados por otros especímenes, por ejemplo ser pescados por otros pescadores fuera de los límites del Parque. B) La pescadores fuera de los límites del Parque. B) La reducción de los atractivos observables al bucear reducción de los atractivos observables al bucear implica la ida de los turistas a otros sitios o implica la ida de los turistas a otros sitios o simplemente la desmotivación de visitar el PNMIC. simplemente la desmotivación de visitar el PNMIC. También pierde interés científico…”También pierde interés científico…”

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“…“…C) La sociedad determinó que la C) La sociedad determinó que la protección de la Isla del Coco tiene protección de la Isla del Coco tiene efectos importantes en la efectos importantes en la preservación de pelágicos y otras preservación de pelágicos y otras especies marinas para disfrute de especies marinas para disfrute de generaciones futuras. Su violación generaciones futuras. Su violación reduce la probabilidad de reduce la probabilidad de conservación de las mismas”.conservación de las mismas”.

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