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Antonio Benavides Vico El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la Seguridad Social. Bonificaciones, reducciones y otras opciones de cotización

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Page 1: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Antonio Benavides Vico

El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la Seguridad Social. Bonificaciones, reducciones y otras opciones de cotización

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Registro jornada

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Registro Jornada TP . Art. 12.4c) ET

La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias a que se refiere el apartado

El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.

En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios".

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Page 4: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Exigencia Registro jornada TP

El empresario está obligado a registrar día a día la jornada de los trabajadores a tiempo parcial, tanto en los contratos que tienen un pacto de horas complementarias como en los que no lo tienen, dado que el registro de la jornada es esencial no solo para que quede constancia de las horas ordinarias y complementarias pactadas efectivamente realizadas

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Page 5: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Exigencia tiempo completo

Cambio normativo 1994

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Page 6: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Obligación hasta reforma ET 1.994

Se regulaba en el Art. 35.5 ET la obligación de registrar las horas extraordinarias, no la

jornada.

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Page 7: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Exigencia registro en tiempo completo

La obligación de registro de la jornada ya está contemplada con carácter general en el artículo 35.5 del ET que establece que "a efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

El alcance de lo establecido en el artículo 35.5 ET se entiende como generador de una obligación del empresario que comporta:

disponer de un registro de la jornada diaria que cada trabajador realiza;• totalizar la jornada efectuada por cada trabajador en función del período que se toma en cuenta para el abono de las retribuciones;• hacer entrega a cada trabajador de copia del resumen elaborado con esa periodicidad.

Aunque la finalidad, como señala expresamente el precepto sea el cómputo de las horas extraordinarias, el cumplimiento de la obligación prevista en el 35.5 ET supone llevar un registro de la jornada diaria de cada trabajador, esto es, anotar el momento de inicio y finalización de la misma así como, en su caso, los períodos no incluidos en ésta, tanto cuando hay horas extraordinarias como cuando no se realizan.

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Page 8: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Exigencia tiempo completo

La Disposición Adicional 3ª del RD 1561/95 de 21 de septiembre sobre jornadas especiales de trabajo, señala que la representación de los trabajadores tiene derecho a "ser informados mensualmente por el empresario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, cualquiera que sea su forma de compensación, recibiendo a tal efecto copia de los resúmenes a que se refiere el apartado 5 del artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores

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Page 9: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Exigencia tiempo completo

Pronunciamiento judiciales anteriores

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Page 10: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Pronunciamientos judiciales

TSJ Cataluña 24 de octubre de 2002, no obligatoriedad

TSJ Andalucía 19 diciembre 2002 y 6 noviembre 2006, si

obligatoriedad

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Page 11: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Pronunciamientos judiciales anteriores

La falta registro delimita la eficacia probatoria sobre las horas extraordinarias

TSJ Navarra 29-10-1996, TSJ Cataluña 3-10-2008, TSJ Comunidad Valenciana 13-5-2010

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Exigencia tiempo completo

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Page 13: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Últimos criterios judiciales

Sentencia Sala Social Audiencia Nacional de 4-12-2015.

El registro de jornada diaria, con la entrega consiguiente de los resúmenes diarios de jornada a cada trabajador, es el presupuesto constitutivo para controlar los excesos de jornada, ya que dichos resúmenes no pueden contener las horas extraordinarias realizadas diariamente, que solo concurren cuando se supera la jornada ordinaria en cómputo anual, para lo cual el único medio de comprobación es precisamente el registro diario de jornada, siendo inadmisible negar el cumplimiento de dichas obligaciones, porque no se realizan horas extraordinarias puesto que, si se admitiera dicho criterio, la finalidad del art. 35.5 ET , que es asegurar prueba documental sobre las horas extraordinarias a los trabajadores, quedaría totalmente vacía de contenido.

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Page 14: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Sentencia Sala Social Audiencia Nacional de 19-02-2016.

Obligación de informar a la representación legal de los trabajadores sobre las horas extraordinarias realizadas. Se reitera el criterio de la SAN de 4-12-15 (Proc. 301/2015 ). La AN considera que el presupuesto constitutivo para el control efectivo de las horas extraordinarias es la existencia previa del registro diario de jornada, lo que no puede enervarse porque existan múltiples horarios en la empresa, algunos de los cuales de modo flexible, estando obligada a la implantación de dicho sistema de cómputo de la jornada

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Últimos criterios judiciales

Page 15: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Forma registro jornada

La norma no establece una forma específica para el registro diario de la jornada, por lo que se entiende que será válido cualquier sistema o medio que permita registrar de modo permanente y objetivo la jornada de los trabajadores, con sus respectivas horas de entrada y salida, siempre que permita acreditar el cumplimiento de tal obligación, en su caso, ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y que permita efectuar la totalización mensual de la jornada y la entrega a los trabajadores de la copia del resumen mensual de la jornada,

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Page 16: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Forma registro

Los modelos o tipos de registro que utilice la empresa serán los que la propia empresa elija libremente, dado que la Ley nada dice sobre este particular.

No obstante debe ser un sistema de registro que garantice la fiabilidad y la invariabilidad de los datos.

En aquellos casos en que por la empresa o los trabajadores se manifieste la llevanza del registro por medios electrónicos o informáticos tales como un sistema de fichaje por medio de tarjeta magnética o similar, huella dactilar o mediante ordenador, se podrá requerir en la visita la impresión de los registros correspondientes al año en curso o al periodo que se considere.

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Page 17: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Modelos predeterminados

No son aceptables para la acreditación de su cumplimiento la exhibición del horario general de aplicación en la empresa o los cuadrantes horarios

elaborados para determinados periodos, pues éstos se formulan "ex ante" y

determinarán la previsión de trabajo para dicho periodo pero no las horas

efectivamente trabajadas en el mismo, que sólo se conocerán "ex post" como

consecuencia de la llevanza del registro de jornada.

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Page 18: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Contenido registro jornada

El criterio de la Dirección General de Empleo sobre esta cuestión es que la obligación empresarial de registro de la jornada diaria de los trabajadores a tiempo parcial incluye el registro del horario concreto realizado por el trabajador, con indicación tanto de la hora de entrada como de la hora de salida, si bien esta obligación de registro solo se podrá cumplir y, por tanto, solo será exigible, una vez que el trabajador haya finalizado su jornada, momento en que la empresa puede conocer el horario de salida y, en consecuencia, el número de horas finalmente trabajadas.

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Page 19: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Registro horas efectivas

Las horas que deben ser registradas son las efectivamente "realizadas" tanto ordinarias como complementarias. Las situaciones descritas en el punto 3 (incapacidad temporal, maternidad, suspensión del contrato por ERE) son situaciones de suspensión del contrato de trabajo en las que tanto la prestación laboral del trabajador como la obligación de remuneración del empresario quedan en suspenso, por lo que no son horas de trabajo realizadas y, por tanto, no deben ser registradas. En cuanto al periodo de vacaciones, tampoco hay prestación laboral durante el mismo, por lo que no son horas realizadas de trabajo que deban ser registradas.

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Page 20: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Exigencia diaria

la obligación empresarial de registro de jornada diaria de los trabajadores a tiempo parcial incluye el registro del horario concreto realizado por el trabajador, con indicación tanto de la hora de entrada como de la hora de salida, si bien esta obligación de registro solo se podrá cumplir y, por tanto, solo será exigible, una vez que el trabajador haya finalizado su jornada, momento en que la empresa puede conocer el horario de salida y, en consecuencia, el número de horas finalmente trabajada.

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Page 21: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Registro diario

El registro de la jornada deberá ser diario, con el fin de determinar las horas realmente realizadas cada día por cada trabajador,

no siendo aceptable para la acreditación de su cumplimiento la exhibición del horario general de aplicación en la empresa o los cuadrantes horarios elaborados para determinados periodos, pues éstos se formulan "ex ante" y determinarán la previsión de trabajo para dicho periodo pero no las horas efectivamente trabajadas en el mismo, que sólo se conocerán "a posteriori" como consecuencia de la llevanza del registro de jornada

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Page 22: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Registro diario. Forma.

Registro manual

Firma trabajador

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Page 23: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Trabajadores domicilio

En caso de que el trabajo a distancia se desarrolle a tiempo parcial, le será de aplicación la normativa general tanto de jornada y descansos como de trabajo a tiempo parcial y, por tanto, también la obligación de registro de

la jornada.

Dado que la regulación del trabajo a distancia prevista en el artículo 13 del ET no prevé ninguna particularidad en relación con el tiempo de trabajo de los trabajadores a distancia, sino que reconoce la igualdad de derechos con los que prestan sus servicios

en el centro de trabajo de la empresa (salvo aquéllos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial).

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Page 24: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Reducción jornada guarda legal

Si tienen contrato a tiempo completo la reducción no convierte el contrato a TP por ello son de aplicación las normas de tiempo completo

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Page 25: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Contenido resumen mensual

En el resumen de horas realizadas cada mes que debe entregarse al trabajador, las horas ordinarias, por su propio carácter, pueden presentarse totalizadas, pero las horas complementarias deben detallarse diariamente, ya que el trabajador debe disponer de ese detalle para poder valorar debidamente si tal información se corresponde con sus expectativas.

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Page 26: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Documentación resumen mensual

La expresión "junto con el recibo de salarios" no exige que el resumen mensual de horas deba entregarse en una determinada forma, sino que se refiere al momento en que debe entregarse éste, que debe ser a la vez o simultáneamente al recibo de salarios. De manera que la norma admite que la copia del resumen mensual, incluido el detalle diario de las horas complementarias, se entregue al trabajador tanto en un documento independiente como que se incluya en el propio recibo de salarios

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Page 27: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Entrega vía telemática

El documento se debe entregar en el mismo momento de entregar el ROS. Las empresas que actualmente publican el ROS en la web de empleados ¿cumplirán esta obligación publicando el documento en la citada web?"

Sí, siempre que esa publicación en la web se realice con las mismas condiciones de confidencialidad y garantías de acceso a la información con que se realiza la publicación en la web de los recibos de salarios

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Page 28: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Tiempo parcial. Registro Jornada

Según tiene establecido la Dirección General de Empleo en consulta de 09.01.2015, la conservación del registro diario de jornada, sólo debe realizarse respecto del mes

en curso, remitiéndose para periodos anteriores al resumen mensual totalizado de horas efectuadas

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Page 29: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Tiempo parcial. Registro Jornada

La norma es clara en cuanto a la obligación del empresario de conservar los resúmenes mensuales de los registros de

jornada durante un periodo mínimo de cuatro años

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Page 30: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Ubicación registro jornada

La comprobación de la existencia del registro debe poder realizarse en el centro de trabajo, no siendo aceptable la alegación del empresario de su acreditación posterior en comparecencia en dependencias administrativas.

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Page 31: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Efectos incumplimiento registro o comunicación

"La transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias,

descansos, vacaciones, permisos y, en generaI, el tiempo de trabajo a que se refieren los artículos 12, 23 y 34 a 38 del Estatuto de los Trabajadores".

Extensión de acta de infracción en materia de jornada, considerando la existencia de la infracción grave del artículo 7.5 de la LISOS

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Page 32: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Efectos incumplimiento

Cuando, como consecuencia de la ausencia de registro, el contrato se presuma celebrado a jornada completa, si no hubiera quedado acreditado el pago de los salarios correspondientes a dicha jornada, se podrá requerir el abono de las diferencias salariales que correspondiesen y si éste resultare incumplido se incluirán en el acta los perjuicios económicos sufridos por el trabajador, debiendo consignarlos con los requisitos exigidos para la validez de las demandas, a los efectos de proceder conforme al artículo 148.a) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

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Page 33: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Efectos incumplimiento

Variación de datos del trabajador a la Seguridad Social, al operar la presunción de que el contrato ha sido celebrado a

tiempo completo (salvo prueba en contrario de su parcialidad).

No obstante, debe tenerse en cuenta que si el contrato de trabajo es anterior al 22-12-2013,la fecha de retroacción de los efectos tendrá como límite esta

última.

Liquidación de cuotas por diferencias

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Page 34: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Presunción tiempo completo

En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.

Nos encontramos, por tanto, ante una presunción iuris tantum, de tal forma que admite prueba en contrario, pruebas que deberá aportar en este caso la empresa y que exigirá una valoración de las circunstancias concurrentes en cada caso concreto, relativas a la acreditación del carácter parcial o no de los servicios.

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Page 35: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Comprobación horas extraordinarias

En el caso de que haya sido posible por cualquier medio cuantificar las horas extraordinarias no declaradas ni registradas y no quedara acreditado el abono de las mismas ni su compensación como tiempo de descanso retribuido, se apreciará, infracción por impago de salarios

uy grave del artículo 8.1 de la LISOS ("El impago y los retrasos reiterados en el pago del salario debido") o de la grave del artículo 7.10 de la LISOS ("Establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidas legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores reconocidos en el artículo 4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, salvo que proceda su calificación como muy graves.

Se incluirán en el acta los perjuicios económicos sufridos por el trabajador, debiendo consignarlos con los requisitos exigidos para la validez de las demandas, a los efectos de proceder al procedimiento de oficio ante la Jurisdicción Social.

Requerimiento ingreso o acta liquidación de cuotas por las horas extraordinarias.

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Page 36: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Horas extraordinarias “enmascaradas”

Comunicación a TGSS

Liquidación de cuotas por diferencias

Acta de infracción muy grave si se han generado prestaciones superiores

(Art. 23.1.e) LISOS)

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Page 37: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

LEY 31/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA Y ACTUALIZA LA NORMATIVA EN MATERIA DE AUTOEMPLEO Y SE ADOPTAN MEDIDAS DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL

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Cotización, reducciones y bonificaciones de cuotas

Page 38: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Beneficios Régimen GeneralLey 43/2006. Personas discapacitadas, violencia de genero, exclusión social, víctimas terrorismo.

Ley 3/2012. Contrato emprendedores,

Ley 11/2013. Tiempo parcial vinculación formativa, microempresas, emprendimiento joven, prácticas, conversión primer empleo

Ley 18/2014. Sistema Garantía Juvenil

RD-Ley 16/2015. Programa Búsqueda Activa Empleo

Formativos

Interinidad

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Page 39: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Cotización AT y EP cuadro II ocupaciones

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Page 40: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Para la determinación del tipo de cotización aplicable en función a lo establecido en la tarifa contenida en esta disposición se tomará como referencia lo previsto en su Cuadro I para identificar el tipo asignado en el mismo en razón de la actividad económica principal desarrollada por la empresa o por el trabajador por cuenta propia o autónomo, conforme a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, y a los códigos que en la misma se contienen en relación con cada actividad.

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Cuadro I

Page 41: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Cuadro I

Cuando en una empresa concurran, junto con la actividad principal, otra u otras que deban ser consideradas auxiliares respecto de aquélla, el tipo de cotización será el establecido para dicha actividad principal.

Cuando la actividad principal de la empresa concurra con otra que implique la producción de bienes o servicios que no se integren en el proceso productivo de la primera, disponiendo de medios de producción diferentes, el tipo de cotización aplicable con respecto a los trabajadores ocupados en éste será el previsto para la actividad económica en que la misma quede encuadrada

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Page 42: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Cuadro II

Tipos aplicables a ocupaciones y situaciones en todas las actividadesTipo cotiz.

ITTipo

cotiz. IMSTipo cotiz.

Total

a. Personal en trabajos exclusivos de oficina. 0,65 0,35 1,00

b. Representantes de Comercio. 1,00 1,00 2,00

c. Personal de oficios en instalaciones y reparaciones en edificios, obras ytrabajos de construcción en general.

3,35 3,35 6,70

d. Conductores de vehículo automóvil de transporte de mercancías que tenga unacapacidad de carga útil superior a 3,5 Tm.

3,35 3,35 6,70

e. Personal de limpieza en general. Limpieza de edificios y de todo tipo deestablecimientos. Limpieza de calles.

2,10 1,50 3,60

e. Vigilantes, guardas, guardas jurados y personal de seguridad. 1,40 2,20 3,60

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Page 43: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Cotización ATEP cuadro II

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, en su Disposición Final Octava, ha modificado la D.A. Cuarta de la Ley 42/2006, en relación a la determinación de los tipos de cotización por contingencias profesionales.

Los cambios introducidos se centran en el uso del Cuadro II relativo a determinadas ocupaciones que, de forma general, suelen repetirse en las empresas, cualquiera que sea su actividad, y que por razón de su reducida o elevada siniestralidad merecen un tipo de cotización específico.

Asimismo se definen los supuestos en los que procede aplicar la Ocupación A de “personal en trabajos exclusivos de oficina”.

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Page 44: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

USO CUADRO I (TIPOS SEGÚN CNAE DE ACTIVIDAD)

Al no existir cambios normativos al respecto, podemos continuar

afirmando que la regla general es la aplicación de los tipos del Cuadro I (CNAE de actividad), operando los

tipos del Cuadro II solo en lo concerniente a los trabajadores

afectos a determinadas ocupaciones.

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Page 45: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

CUADRO II: OCUPACIONES

Resultarán de aplicación los tipos del Cuadro II, cuando el trabajador se encuentre realizando alguna de las ocupaciones transversales de dicho cuadro, y siempre que además el TIPO

de cotización correspondiente a la citada ocupación, DIFIERA

DEL TIPO aplicable al CNAE de la actividad de la empresa

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Page 46: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Criterio DGOSS

Los tipos de cotización de las ocupaciones del Cuadro II son aplicables en todas las actividades

económicas, si bien cuando el tipo de cotización de la

actividad coincide con el de la ocupación no es

necesaria la especificación de la letra

correspondiente.

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Page 47: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Ocupación A. Personal en trabajos exclusivos de oficina.

La norma refiere a la realización exclusiva de trabajos propios

de oficina, aunque se corresponda con la actividad de la

empresa, y únicamente en lugares destinados a la oficina de

la empresa.

Se define trabajo de oficina a estos efectos, como aquel que se desempeña en instalaciones cerradas que sean oficinas de la empresa, mediante una actividad sedentaria, y para la que se hace uso de medios tales como mesas, sillas, ordenadores, y otros elementos accesorios de carácter administrativo.

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Page 48: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Trabajos de oficina y en las oficinas

Ello implica que no podrán aplicarse los tipos de la ocupación “a” a trabajadores que realizan desplazamientos para realizar gestiones, o aquellos en los que parte de su

trabajo se desarrolle fuera de la oficina, o en los supuestos en los que el empleado por teletrabajo o preste sus servicios en oficinas de clientes, entre otros.

La norma no solo exige la realización de trabajos de oficina, sino que además exige que los mismos se realicen en las oficinas de la empresa.

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Page 49: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

No esté sometido a los riesgos de la actividad de la empresa

Exige la norma que el trabajador no esté sometido a los riesgos de la actividad de la empresa, sino a unos niveles de riesgo inferiores

propios de esta ocupación, lo que a su vez conecta con la no

realización de la actividad nuclear de la empresa.

A la hora de valorar los riesgos a los que queda sometido el trabajador, no se considera

aquellos que de forma indirecta puedan afectar al trabajador,

como puede ser por la ubicación de la oficina o el acceso a la

misma.

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Page 50: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Interpretación

En conclusión, a partir de los anteriores requisitos podemos definir a personal

en trabajos exclusivos de oficina, como aquel que aunque desarrolle las tareas propias de la actividad económica de la empresa, efectúe trabajos de y

en oficina (únicamente en lugares destinados a la oficina de la empresa), y siempre que los trabajadores no estén sometidos a los riesgos, y por tanto a la

siniestralidad, de la actividad económica de la empresa.

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Page 51: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Beneficios cotización en RETA

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Page 52: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

REDUCCIONES Y BONIFICACIONES CUOTAS RETATARIFA PLANA AUTÓNOMOS

Alta inicial o tras 5 años, con base mínima cotizac ión: 50 euros cuota por Contingencias Comunes durante 6 meses

Con base superior reducción en Contingencias Comune s 80% cuota sobre base mínima, durante 6 meses (- 212,91€ 2016).

6 meses posteriores reducción 50% cuota CC sobre ba se mínima(-133,07 €2016)

6 meses posteriores bonificación o reducción 30% c uota CC sobre base mínima (- 79,84 € )

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Total 18 meses

Reducciones y bonificaciones cuotas retatarifa plana autónomos

Page 53: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

TARIFA PLANA AUTÓNOMOS MENORES 30 AÑOS O 35 MUJERES

Mismos supuestos

12 meses más una reducción

30% cuota sobre base

mínima

Total beneficios 30 meses

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Tarifa plana autónomos menores 30 años o 35 mujeres

Page 54: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

TARIFA PLANA AUTÓNOMOS

Aplicable a los autónomos de sociedades laborales y

cooperativas

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Tarifa plana autónomos

Page 55: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Criterio TGSS norma anterior

Titular del negocio o industria.

Miembro de comunidad de

bienes.

Socio de sociedad civil.

Socio de cooperativa de

trabajo asociado.

Socio de sociedad regular

colectiva.

Socio colectivo de compañía comanditaria

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No aplicable en sociedades mercantiles capitalistas y familiares autónomo

Problemática autónomos societarios

Page 56: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

REDUCCIONES Y BONIFICACIONES DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VÍCTIMAS DEL TERRORISMO QUE SE ESTABLEZCAN COMO CUENTA PROPIA

Total beneficios 5 años.

Reducción 50% cuota sobre base mínima durante 48 me ses.

Opción base superior 80% reducción cuota sobre base mínima durante 12 meses.

Opción por base mínima 50 euros cuotas contingencia s comunes durante 12 meses.

Alta inicial o tras 5 años,

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También Sociedades laborales y cooperativas

Reducciones y bonificaciones de cuotas a la seguridad social para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas

del terrorismo que se establezcan como cuenta propia

Page 57: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

BONIFICACIONES POR ALTAS DE FAMILIARES COLABORADORES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS

El cónyuge y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, que se incorporen al RETA y REM, siempre y cuando no hubieran estado dados de alta en el mismo en los 5 años inmediatamente anteriores.

Bonificación durante los 24 meses equivalente al 50 % durante los primeros 18 meses y al 25 por ciento durante los 6 meses siguientes sobre cuota base mínima el tipo correspondiente de cotización vigente. (Posible ampliación a los anteriores).

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Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos

Page 58: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

BONIFICACIONES POR ALTAS DE FAMILIARES COLABORADORES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Las referencias al cónyuge del trabajador autónomo se entenderán también realizadas a la persona ligada de forma est able con aquel por

una relación de afectividad análoga a la conyugal u na vez que se regule, en el ámbito del campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social

y de los Regímenes que conforman el mismo, el alcan ce del encuadramiento de la pareja de hecho del trabajador autónomo.

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Cuando se regule también parejas de hecho

Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos

Page 59: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

REDUCCIÓN DE CUOTAS A FAVOR DE DETERMINADOS FAMILIARES DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN AGRARIA

Personas incorporadas a la actividad agraria que queden incluidas en el RETA a través del SEA , que tengan cincuenta o menos años de edad en el momento de dicha incorporación y sean cónyuges o descendientes del titular de la explotación agraria, siempre que este se encuentre dado de alta en los citados Régimen y Sistema Especial, se aplicará, sobre la cotización por contingencias comunes de cobertura.

La reducción de cuotas establecida en el párrafo anterior tendrá una duración de cinco años.

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Reducción de cuotas a favor de determinados familiares del titular de la explotación agraria

Page 60: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

BONIFICACIÓN DE CUOTAS DE SEGURIDAD SOCIAL PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN PERÍODO DE DESCANSO POR MATERNIDAD, ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO, RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL O SUSPENSIÓN POR PATERNIDAD

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Problemática altas fuera plazo

Page 61: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

BONIFICACIÓN DE CUOTAS DE SEGURIDAD SOCIAL PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS EN PERÍODO DE DESCANSO POR MATERNIDAD, ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO, RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL O SUSPENSIÓN POR PATERNIDAD

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Bonificación de cuotas de seguridad social para trabajadores autónomos en período de descanso por maternidad, adopción,

acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad

Page 62: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Supuestos bonificación autónomos por conciliación familiar

Por cuidado de menores de 7 años que tengan a su cargo.

Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.

Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida

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Page 63: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Bonificación

Contrato interinidad

Mínimo tres meses

100% bonificación sobre base media últimos 12 meses

12 meses de duración máxima de bonificación

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Page 64: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Requisitos

El trabajador contratado será ocupado en la actividad profesional que da lugar al alta en el Sistema de

Seguridad Social del trabajador autónomo

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Page 65: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Pluriactividad

Base 50 por ciento con tiempo

completo 18 meses (446,70 euros).

Base 75 por ciento 18 meses

(669,90 euros).

Base elegida sea el 85 por ciento

(759,00 euros),

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Page 66: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Devolución cuotas pluriactividad

Se supere la cuota máxima de contingencias comunes

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Page 67: El tiempo de trabajo y su repercusión en ámbito de la

Gracias por su atención

www.mc-mutual.com