el presente reglamento lnterno de ludafa

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EL presente Reglamento interno de ______ S.A.C. se sustenta en lo dispuesto por el Decreto Supremo No.O39-91-TR. TITULO I PRINCIPIOS GENERALES 1.- OBJETIVOS El presente Reglamento interno de Trabajo en adelante el Reglamento, contiene disposiciones internas, que regulan Ias relaciones laborales entre LA EMPRESA colaborador estableciendo sus derechos y obligaciones. Los casos no contemplados en el presente Reglamento, se regirán por Ias disposiciones en cada caso dicte LA EMPRESA en el ejercicio del derecho que establece Ias leyes y normas laborales vigentes. 2.- FINALIDAD Este Reglamento interno tiene como finalidad establecer normas generales de trabajo justas y equitativas, que regulen el orden administrativo y laboral entre _____ S.A.C. y sus colaboradores, con el propósito de que la prestación de servicio se desarrolle con la mayor comprensión y eficacia, se mantenga la armonía entre LA EMPRESA y los colaboradores y que éstos logren elevados niveles de eficiencia en el desempeño de sus funciones. En tal sentido, se entiende que LA EMPRESA y los colaboradores asumen Ias relaciones de trabajo como una obra común, para lograr tanto el desarrollo de LA EMPRESA, mediar optimización de su actividad productiva, como el individual de sus colaboradores, en un medio de bienestar general, de acuerdo a Ias leyes vigentes y a la política de LA EMPRESA, con la finalidad de mantener el ambiente necesario de paz laboral y obtener los objetivos deseados. 3. BASE LEGAL 3.1 Constitución Política del Perú. 3.2 Estatuto de la EMPRESA. 3.3 Ley de Productividad y Competitividad Laboral. D.S. 002-97- TR y D.S. N°.003-97 –TR, así como aquellas normas modi catorias

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Page 1: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

EL presente Reglamento interno de ______ S.A.C. se sustenta en lo dispuesto por el Decreto Supremo No.O39-91-TR.

TITULO I

PRINCIPIOS GENERALES

1.- OBJETIVOS

El presente Reglamento interno de Trabajo en adelante el Reglamento, contiene disposiciones internas, que regulan Ias relaciones laborales entre LA EMPRESA colaborador estableciendo sus derechos y obligaciones.

Los casos no contemplados en el presente Reglamento, se regirán por Ias disposiciones en cada caso dicte LA EMPRESA en el ejercicio del derecho que establece Ias leyes y normas laborales vigentes.

2.- FINALIDAD

Este Reglamento interno tiene como finalidad establecer normas generales de trabajo justas y equitativas, que regulen el orden administrativo y laboral entre _____ S.A.C. y sus colaboradores, con el propósito de que la prestación de servicio se desarrolle con la mayor comprensión y eficacia, se mantenga la armonía entre LA EMPRESA y los colaboradores y que éstos logren elevados niveles de eficiencia en el desempeño de sus funciones.

En tal sentido, se entiende que LA EMPRESA y los colaboradores asumen Ias relaciones de trabajo como una obra común, para lograr tanto el desarrollo de LA EMPRESA, mediar optimización de su actividad productiva, como el individual de sus colaboradores, en un medio de bienestar general, de acuerdo a Ias leyes vigentes y a la política de LA EMPRESA, con la finalidad de mantener el ambiente necesario de paz laboral y obtener los objetivos deseados.

3. BASE LEGAL

3.1 Constitución Política del Perú.

3.2 Estatuto de la EMPRESA.

3.3 Ley de Productividad y Competitividad Laboral. D.S. 002-97-TR y D.S. N°.003-97 –TR, así como aquellas normas modificatorias o sustitutorias que se emitan posterioridad a las referidas y demás legislación aplicable.

3.4 Ley de Jornada Laboral y Remuneraciones del Colaborador. D.Leg. N°. 854 y Reglamento el D.S. N“. 08-97 TR. así como aquellas normas modificatorias o sustitutorias que se emitan con posterioridad a Ias referidas y demás legislación aplicable

3.5 Descanso Remunerado de los Colaboradores sujetos a la Actividad Privada, D. Leg 713 y D.S. N°. O12-92.TR. así como aquellas normas modificatorias o sustitutorias que se emitan con posterioridad a las referidas y demás legislaciones aplicables.

4. ALCANCE

El presente Reglamento es de aplicación a todos los Colaboradores de LA EMPRESA.

5. DEFINICIONES

Page 2: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

Para la mejor interpretación y aplicación del presente Reglamento, se definen los siguientes términos:

- CENTRO DE TRABAJO: Es la estructura física donde se desarrollan las actividades Laborales.

- PUESTO DE TRABAJO: Lugar físico asignado a un Colaborador para que desempeñe Ias funciones o tareas asignadas.

- EMPRESA: Es la organización que tiene personería jurídica, constituida por sus órganos sociales, o en su caso por el personal de Dirección o de confianza.

- COLABORADOR: Es el empleado que tiene una relación laboral vigente con LA EMPRESA y que actúa de representante de LA EMPRESA durante la ejecución de sus funciones.

- PERFIL: Características definidas para el cargo, según la descripción del puesto.

- DEBER: Es la obligación o responsabilidad de ejecutar una acción.

- DERECHO: Es la facultad de actuar de acuerdo a nuestra facultad, siempre que no se vulnere los derechos de terceras personas. Es la potestad de hacer 0 exigir cuanto la Ley o Autoridad establezca a nuestro favor.

- ASISTENCIA: Es el acto de concurrir al centro de trabajo dentro del horario establecido.

- INASISTENCIA: Acto de no concurrir a centro de trabajo, o de concurrir después de Ia tolerancia máxima establecida actividades relacionadas al puesto de trabajo, pero fuera de LA EMPRESA.

- COMISION DE SERVICIOS: Es la autorización que tiene un Colaborador para desarrollar

- PERMISOS: Son Ias ausencias justificadas para concurrir al centro de trabajo previamente autorizadas por el jefe inmediato o el área de Recursos Humanos, Ias mismas que podrán ser remuneradas o no.

- FALTAS: Son Ias deficiencias e irregularidades cometidos por el Colaborador, ya sea en forma voluntaria e involuntariamente.

- DEFICIENCIAS: Son los errores, desviaciones o defectos cometidos por el Colaborador al realizar sus tareas en el desempeño de sus funciones.

- IRREGULARIDAD: Son los actos que contravienen Ias normas, el incumplimiento de los deberes de función y su reiterada negligencia, pudiendo ser voluntarios e involuntarios.

- SANCION: Es el castigo o pena correctiva que se le aplica al Colaborador por Ias faltas cometidas durante su desempeño de Ias funciones; su observación es de carácter obligatorio.

- PUNTUALIDAD: Es la concurrencia oportuna del Colaborador a su centro de labores dentro de un horario establecido.

- TARDANZA: Es el ingreso al centro de trabajo después del horario establecido por LA EMPRESA.

ARTICULO 1°: Este Reglamento, regula y norma Ias relaciones de trabajo entre LA EMPRESA y sus Colaboradores, independientemente del Iugar de ubicación de su centro de trabajo o de su categoría laboral, con el objeto de desarrollar de una manera adecuada y eficiente las labores en un marco de efectiva productividad y competitividad.

Page 3: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

El conocimiento y la aplicación de este Reglamento serán obligatorios para todos los

Colaboradores de LA EMPRESA, sin perjuicio de Ias políticas, directivas o procedimientos complementarios que cada área dicte y faciliten la mejor aplicación del presente Reglamento, sin desnaturalizar su contenido.

La ignorancia del contenido del presente documento no seré atenuante ni eximirá de las sanciones que se hagan merecedores los que la infrinjan; estando LA EMPRESA obligada a difundir dicho Reglamento y controlar su cumplimiento, así como a brindar la asesoría para su observancia, por intermedio del Área de Recursos Humanos, teniendo los Colaboradores el deber de Ieerlo y cumplirlo.

Todas y cada una de las normas contenidas en el presente Reglamento interno de Trabajo tienen carácter enunciativo, más no así limitativo. En consecuencia, las situaciones no contempladas en este, serán resueltas por LA EMPRESA en uso de su facultad de dirección con arreglo a lo que establezcan las disposiciones legales vigentes.

TITULO ll

ADMISION Y CONTRATACION DE COLABORADORES

ARTICULO 2°: LA EMPRESA promueve la igualdad de oportunidades y no hace discriminación de: raza, color, sexo, edad, clase social, religión, orientación sexual, política, discapacidad, o por los hábitos de consumo de tabaco de los candidatos. El objetivo fundamental, es asegurar en la fuerza laboral un perfil representativo y que de cuenta de la diversidad social, mediante la promoción de la igualdad en el Empleo.

El inicio de la relación laboral con LA EMPRESA se produce a consecuencia de la celebración de un contrato de trabajo, que puede ser verbal (sin sustento físico) o escrito, por obra, a tiempo determinado o indeterminado, de acuerdo a las necesidades de LA EMPRESA y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, adoptándose las formalidades que correspondan según el caso.

ARTICULO 3°: LA EMPRESA podrá someter a los postulantes al proceso selectivo que considere pertinente. Con prescindencia de su resultado, tomando en cuenta la capacidad, experiencia, identidad y el cumplimiento de los requisitos determinados por las descripciones de puestos, previa verificación de los documentos y referencias personales presentados por los postulantes.

LA EMPRESA conservara la libertad para contratar o no a los postulantes que estime conveniente, congruentes con el Perfil del Cargo.

Los Colaboradores están obligados a comunicar a LA EMPRESA, además de su domicilio, el estado civil, nacimiento de hijo, fallecimiento de familiar, etc., dentro de los 7 días hábiles del cambio, a fin de hacer las modificaciones correspondientes. La falsedad o adulteración de la documentación señalada constituye falta grave.

Si el Colaborador no desea pertenecer al Sistema Privado de Pensiones, deberá hacer una declaración jurada expresando su voluntad de pertenecer al Sistema Público de Pensiones (ONP).

Page 4: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

LA EMPRESA se reserva el derecho de efectuar las averiguaciones que estime convenientes. La omisión o engaño a la información proporcionada, dará lugar bien sea, a la no contratación del postulante o a la extinción del contrato de trabajo por comisión de falta grave.

ARTICULO 4°: El nuevo Colaborador participaré de un Programa de inducción y recibirá de su inmediato superior orientación sobre su cargo, roles, horario, condiciones, normas y procedimientos de seguridad e higiene en el trabajo, así como inducción sobre las distintas políticas y procedimientos existentes en la Empresa.

Todos los colaboradores de LA EMPRESA recibirán, al momento de su incorporacion de este Reglamento, debiendo distribuirse también un ejemplar a todos los colaboradores ingresados con anterioridad a partir de su entrada en vigencia. En el mismo sentido, la modificaciones al Reglamento serán puestas en conocimiento de los colaboradores y de la Autoridad Administrativa de Trabajo.

ARTICULO 5°: Los tres (3) primeros meses de trabajo de todo nuevo Colaborador serán de prueba, de acuerdo con las leyes vigentes. Esta disposición se refiere tanto a los contratos indefinidos como a los sujetos a modalidad, salvo especial estipulación pactada en ellos.

Este periodo podrá extenderse a seis (6) meses en el caso de la contratación de un Colaborador calificado o de confianza y hasta un (1) año, en el caso de personal de dirección o teniendo en cuenta los plazos que la normativa vigente laboral establezca para los periodos de prueba. El acuerdo para extender el mencionado periodo en los casos mencionados deberá constar por escrito y no podrá exceder a los plazos ya enunciados. .

TITULO III

JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO

ARTICULO 6°: De acuerdo con las facultades que le confiere la legislación laboral vigente, LA EMPRESA es la que fija la jornada y los horarios de trabajo, tomando en cuenta la naturaleza especifica de la labor que realizaran los colaboradores y las necesidades operativas de LA EMPRESA.

LA EMPRESA fomentara que el Horario y la Jornada de trabajo se cumplan. Es casi inevitable que en la mayoría de los cargos, y en algunas épocas del año, se incremente la carga de trabajo de acuerdo a las necesidades de LA EMPRESA. No obstante, reconocemos y respaldamos las necesidades del Colaborador en cuanto a equilibrar el trabajo y sus intereses personales, y siempre que sea posible, impulsaremos la flexibilidad.

El horario de trabajo vigente es puesto en conocimiento de los Colaboradores y se encuentra fijado de manera permanente y visible al ingreso a las instalaciones, asi como en todos los paneles de comunicación existentes.

LA EMPRESA tiene la facultad de determinar y variar los días de trabajo, el día de descanso semanal obligatorio, los horarios y jornadas de trabajo, pudiendo incluso establecer turnos rotativos o fijos y jornadas atípicas o compensatorias ya sea en forma individual 0 colectiva, cambios que serán puestos en conocimiento del Colaborador.

ARTICULO 7°: El personal administrativo tendrá una jornada laboral semanal de un máximo de ocho (O8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales, desarrollándose las labores

Page 5: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

entre lunes y viernes, salvo que por la naturaleza de los servicios o el cargo se establezca una jornada de trabajo diferente.

El personal Operativo se regirá bajo el régimen laboral de Jornadas Atípicas; Las jornadas, horarios y turnos de trabajo en LA EMPRESA son establecidos y modificados por ella en función a cada caso concreto y según sus necesidades administrativas, operativas y de producción, dentro del máximo legal permitido.

LA EMPRESA podré variar en forma parcial o total las horas, turnos y días de trabajo debiendo dar el aviso correspondiente al Colaborador con la debida anticipación, por circunstancias que afecten a todo el proceso de LA EMPRESA o a uno de sus establecimientos o alguna de sus unidades o conjuntos operativas.

ARTICULO 8°: Los Colaboradores dispondrán de un tiempo de 45 minutos durante su jornada de trabajo para descansar y/o tomar refrigerio o alimentación necesaria, en el modo y oportunidad que disponga LA EMPRESA, al término de dicho periodo el Colaborador reanudara sus labores de inmediato respetando Ios horarios establecidos. El tiempo de descanso se ajustara a lo que mande la ley en su oportunidad.

El tiempo de descanso y lo tomar refrigerio o alimentación necesaria no forma parte de la jornada de trabajo.

ARTICULO 9°: La prestación de trabajo en horas extraordinarias deberán ser previamente autorizadas por LA EMPRESA o un representante autorizado, salvo en Ios casos justificados en que la labor resulte indispensable a consecuencia de un hecho fortuito o de fuerza mayor, que ponga en peligro inminente a las personas o los bienes del centro de trabajo o la continuidad de la actividad productiva.

LA EMPRESA fijara las condiciones de compensación y lo de pago de estas horas de acuerdo a la Política de Banco de Horas, en concordancia con las normas legales vigentes.

No se considera horas extras las trabajadas en compensación de un permiso, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el Colaborador y autorizada por LA EMPRESA.

Los Colaboradores nombrados de Dirección y los Colaboradores de confianza no estén sujetos a un control efectivo de Trabajo, así como todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata, quedan excluidos de la limitación de la jornada de trabajo, y, por lo tanto, de recibir remuneración por horas extraordinarias o hacer uso del Banco de Horas

TITULO IV

CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

ARTICULO 10°: Todos Ios Colaboradores tienen la obligación de concurrir puntualmente a sus labores, de acuerdo al horario establecido. LA EMPRESA registra el ingreso y salida de todos sus colaboradores, por medios magnéticos o cualquier otro medio de control que determine. Los colaboradores deberán registrar sus ingresos y salidas en los medios de control al inicio y al fin de sus labores y en las oportunidades que estime LA EMPRESA de acuerdo a las normas de asistencia y puntualidad.

En caso que el Colaborador por descuido 0 negligencia no cumpla con registrar su asistencia a la hora de ingreso o salida, estaré sujeto al descuento correspondiente como ausencia

Page 6: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

injustificada que equivaldrá a un día de trabajo calculado del total de su remuneración, salvo justificación comprobada y debidamente aceptada por LA EMPRESA.

En el caso de Colaboradores que cumplan un horario partido, el registro se efectuara en cada Ingreso y salida.

ARTICULO 11°: Las horas registradas en Ios controles de asistencia son las computables para el pago de remuneraciones a que tengan derecho Ios Colaboradores.

Todo Colaborador seré responsable del correcto registro de su asistencia, queda entendido que está absolutamente prohibido registrar el dispositivo de control de otro Colaborador, aunque lo esté reemplazando.

Quedan liberados de la obligación de registrar la asistencia y el tiempo de trabajo el personal de dirección, el personal que no se encuentra sujeto a fiscalización inmediata de labores, el personal de confianza no sujeto a control efectivo del tiempo de trabajo y Ios que presten servicios intermitentes de espera, vigilancia y custodia.

ARTICULO 12°: Es obligación del jefe inmediato el control de la asistencia del Colaborador.

ARTICULO 13°: El Colaborador que incurra en tardanza reiterada se haré merecedor a las sanciones que correspondan, según la gravedad de la falta.

TITULO V

PERMISOS, INASISTENCIAS Y LICENCIAS

ARTICULO14°: El permiso es la autorización previa de LAEMPRESA para que el Colaborador no cumpla total o parcialmente, durante un periodo determinado de tiempo, el horario de labores del centro de trabajo.

LAEMPRESA otorgara permisos de acuerdo con su criterio y solo si las necesidades del trabajo lo permiten. El Colaborador que haga uso de un permiso dentro de la jornada deberá registrar su salida en los sistemas de control, volviendo a realizar esta operación al reingresar.

ARTICULO 15°: Con el fin de prever los reemplazos, todos los Colaboradores estén obligados a dar el aviso correspondiente al jefe inmediato si no les es posible asistir al trabajo, indicando el motivo de su inasistencia.

Esta comunicación deberá producirse antes del medio día en que se produce la ausencia. A su vez, el jefe inmediato informaré al departamento de Gestión Humana.

Constituye inasistencia:

a. No concurrir al centro de trabajo

b. No registrar su ingreso al centro de trabajo, con excepción del personal no sujeto a fiscalizacion inmediata o personal de confianza.

ARTICULO 16°: Las inasistencias motivadas por enfermedad deben ser acreditadas con certificados médicos a ser entregados al departamento de Gestión Humana, dentro de los tres

(O3) días de ocurrida la dolencia, vencido este plazo se considera como falta injustificada de acuerdo a ley. Dicho certificado podré ser expedido por el médico tratante durante los primeros veinte (20) días de dolencia en el año calendario. De persistir la dolencia el

Page 7: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

Colaborador deberé presentar los certificados médicos expedidos por ESSALUD, para validar e iniciar los trámites de subsidios, en caso corresponda.

LA EMPRESA se reserva el derecho de la verificacion del ausentismo.

ARTICULO 17°: LA EMPRESA remunera únicamente la labor efectiva realizada, por lo tanto toda ausencia no será remunerada, con las siguientes excepciones:

a) Duelo familiar

Cónyuge, padres e hijos en Lima 3 días y provincias 5 días.

b) Permisos

Para recibir atención en el Seguro Social de Salud (EsSalud) o en la entidad que la sustituya (EPS), y aquellos con cita previa según comprobante que lo acredite.

c) Periodo de incapacidad

De veinte (20) dias en el afio, sustentados con el certificado médico extendido de acgerglo a

Ley.

d) Permiso por lactancia ./gg rs» '1, ‘ _

Se otorgaré a la madre oolaboradora al término del periodo post natal y es degqfi ho/ra diaria “jag.

hasta que el hijotenga un afio de edad. ‘ 4 E ‘ ;

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La Colaboradora y su Jefe inmediato coordinarén el horario en que ejerceré s egg L ~‘“" _:,$:‘;.l

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hasla que el hijo tenga un afio de edad.

La Colaboradora y su Jefe inmediato coordinaran el horario en que ejercera su derecho.

e) Permiso por Subsidio de Maternidad:

Es de 90 dias calendario porel periodo pre y post natal, sustentados con el certificado médico

Page 8: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

extendido por Essalud de acuerdo a ley.

f) PermisoporPaternidad:

Derecho del trabajador a gozar de una licencia remunerada por paternidad. Se otorgara por4

dias habiles consecutivos computados desde la fecha que el Colaborador lo solicite,

comprendido desde la fecha del nacimiento del nuevo hijo o hija del Colaborador. El

Colaborador deberé comunicar al area de recursos humanos con 15 dias naturales de

anticipacion la fecha probable del parto. El permiso seré coordinado con el Jefe

inmediato.

ARTICULO 18°: Las licencias sin goce de haber para el caso de colaboradores bomberos,

deportistas o que ejerzan cargos civicos, etc. se regulan de acuerdo a lo dispuesto por las

disposiciones legales vigentes, sin peijuicio de las facultades de LAEMPRESA.

TITULO Vl

DESCANSOS SEMANALES

ARTICULO 19°: Por necesidad de operacion, administracién, LA EMPRESA podré establecer

regimenes alternativos 0 acumulativos de jornadas de trabajo y descansos, respetando la

proporcion de ley o designar como dia de descanso uno distinto al domingo, determinando el dia

en que los Colaboradores disfrutaran del descanso sustitutorio en forma individual 0 colectiva.

Asimismo el personal de Obra tendra JornadasAtipicas acorde al planeamiento de la misma.

TITU LO Vll

VACACIONES

ARTICULO 20°: Las vacaciones constituyen el periodo de descanso remunerado, legalmente

obligatorio, a que tiene derecho el Colaborador, con el objeto de reponer su fuerza fisica o

intelectual.

Los Colaboradores tienen el derecho a gozar de (30) dias calendario de descanso vacacional por

cada afio completo de servicios. Dicho derecho se encuentra condicionado al cumplimiento del

récord de ley.

ARTICULO 21°: El derecho a vacaciones es irrenunciable. Las vacaciones deberén tomarse

obligatoriamente en el transcurso del afio siguiente a aquel en que se adquirié el derecho y en la

oportunidad programada de manera conjunta entre el Colaborador y su jefe inmediato, de no

Page 9: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

haber acuerdo, sera LA EMPRESA quien decida en iiltima instancia de acuerdo a sus

necesidadesoperativas. A1,,’ .,

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El Colaborador deberé disfrutar del descanso vacacional en forma ininterrumpi<:l,a§!(€5‘>(§_&la’s’-‘|§Q£“;

cada afio de sen/icios); sin embargo, a su solicitud (dirigida a su jefe inmediato, _;/ffifedliébtronica c§’?:;§_

porescrito, después del periodo adquirido, completado), él podré autorizarel fra(";'Z§io§)’amie{gg£el 3,

descanso en mencién, en periodos que no podran ser inferiores a siete (O7) dias l’1_@‘]'3;l‘@|8Sgg3',$

ԤԤ"3, ,. V

ARTICULO 22°:Anua|mente cada area, elaborara el rol vacacional, el cual seré dad§fa‘f’6gnocer a?‘,_\§

personal, de la manera mas idonea. “?4"--25,.

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*-~:.a ~

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Las modificaciones 0 variaciones al rol vacacional serén determinadas por LA EMPRESA, segtin

Ias necesidades del servicio u operatividad.

ARTICULO 23°: El goce vacacional es irrenunciable y forzoso. Se haré efectivo de acuerdo al rol

confeccionado por eljefe del area. El descanso vacacional debe materializarse en forma efectiva

dentro del afio inmediato siguiente a aquel en que se alcanzé el derecho a gozar de dicho

descanso. La firma de reoepcién del Colaborador de Ia boleta de pago en Ia que figura su

remuneracién vacacional, es la evidencia de haber hecho uso de este beneficio.

El Colaborador queda obligado a informar a LA EMPRESA mediante su jefe inmediato: (i) la fecha

de oportunidad del uso de su descanso a través de los medios o herramientas electrénicas

definidos por LA EMPRESA, (ii) de Ias condiciones en que deja el puesto de trabajo, antes de la

iniciacién del descanso vacacional.

La ausencia de comunicacién o informacién del parte del Colaborador sobre el uso del descanso

fisico constituye un acto sancionable por LA EMPRESA y la reincidencia, se considerara una

Page 10: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

resistencia alas érdenes del Empleador, es decir una Falta Grave sancionable con el Despido.

El descanso vacacional se rige por Ias normas legales que estuvieran vigentes, asi como por lo

descrito en Ia Norma de Vacaciones de LA EMPRESA.

TITULO VIII

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

ARTICULO 24°: Entre Ias facultades inherentes a su facultad directriz, corresponde en forma

exclusiva a LA EMPRESA la administracién, direccién y control de sus operaciones y de la labor

técnica y administrative del oentro de trabajo. Esta prerrogativa no reconoce mas limitaciones que

Ias emanadas de la ley y de los convenidos y contratos que estuvieran vigentes en LA EMPRESA.

Dichas facultades, entre otras, son Ias siguientes:

a) Dirigir técnica y administrativamente todas Ias actividades de LA EMPRESA, respetando los

derechos de los Colaboradores reconocidos por la legislacién Iaboral vigente.

b) Crear nuevas categorias de clasificacién 0 eliminar Ias que considere conveniente, asi oomo

crear nuevos puestos y suprimir los que considere inneoesarios.

c) Determinar Ias |abores'y tareas que debe realizar el personal; en consecuencia, LA

EMPRESA podré hacer transferencias, rotaciones y reasignaciones ocupacionales, para la

mejor utilizacién de su fuerza Iaboral, respetando Ia legislacién y acuerdos vigentes.

d) Programar Ias jornadas, horarios y turnos de trabajo, de acuerdo con sus necesidades

operativas y el logro de la Productividad y de Ia Eficiencia.

e) lmpartir instrucciones, estableoer politicas y emitir disposiciones vinculadas a Ias labores,

desempefio y conducta de sus Colaboradores e instalaciones.

f) Establecery dictar medidas de seguridad de trabajo, principalmente de equipos de Proteccién

Personal de uso obligatorio, que considere adecuadas para garantizar la seguridad de los

Colaboradores y sus instalaciones.

g) Sancionarel incumplimiento por parte de Ios Colaboradores.

Drsponer que los Colaboradores utmcen su carné de rdentrficacron dentro de LA

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i) Vigilar y controlar sus bienes muebles, inmuebles, instalaciones y equipos. i’;:_

adoptara Ias siguientes medidas: ;}’;‘}' 5°

Page 11: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

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_ Establecimiento de sen/icio de vigilancia al ingreso de LA EMPRESA. if?’ '5 ' Q :

- Llevar un control de ingreso y salida de los Colaboradores fuera de Ias horasg; labo $13-

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- Reyisién de los maletines, bultos y paquetes que porte cualquier Colaboradgti/‘gfgngresoxy

sahda de LAEMPRESA. >:§}f;;,J _ Q3 \

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ARTiCULO 25°: Son obligaciones de LA EMPRESAlas siguientes:

a) Cumplir las leyes y convenios vigentes en el centro laboral en materia de trabajo, seguridad e

higiene y hacer cumplirel presente Reglamento lnterno.

b) Respetar la dignidad de los colaboradores, asi como sus ideas y creencias de caracter

religioso, politico, social u otro diferente.

c) Programar, establecer y modificar horarios, jornadas y turnos de trabajo en armonia con las

disposiciones legales vigentes y de acuerdo con sus necesidades operativas y

requerimientos, pudiendo establecer regimenes alternativos o acumulativos de trabajo y de

descanso, de acuerdo a las caracteristicas del servicio determinando las labores y el nflmero

de trabajadores por cada proceso de produccién, de acuerdo a la normativa vigente.

d) Proporcionar ambientes adecuados de trabajo, incluyendo equipos, materiales, Utiles y

herramientas, asi como comunicar las disposiciones de Seguridad e Higiene y exigir su

cumplimiento.

e) Supervisar y evaluar las labores de sus colaboradores, con el propésito de procurar que el

trabajo sea realizado de acuerdo a los patrones de calidad y excelencia de LAEMPRESA.

f) Formular los organigramas, manuales de funciones, facultades y responsabilidades de los

colaboradores, asi como todo otro sistema, politica, procedimiento ylo programa, creando 0

suprimiendo puestos de trabajo y realizando los movimientos de personal que se consideren

necesarios para Ia implementacion de los mismos.

g) Seleccionar, evaluar y contratar al personal y nombrar sus ejecutivos, jefes, supervisores,

Page 12: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

coordinadores que estime necesarios, fijando las condiciones remunerativas de los mismos,

como también de todos los colaboradores, estando obligados éstos a cumplir las ordenes de

dichos representantes.

h) Crear 0 suprimir puestos de trabajo de acuerdo con sus necesidades operativas y

funcionales, asi como establecer el monto y los sistemas de compensacién para cada caso.

i) Planear, organizar, administrar, modificar, dirigir, restringir y controlar las operaciones,

programas de trabajo y produccién y la prestacion de servicios de los colaboradores en todos

sus niveles, centros de trabajo, areas y aspectos, sefialando los procedimientos, planes,

programas, sistemas, técnicas y normas de trabajo, pudiendo variarlos total 0 parcialmente

conforme a las necesidades internas 0 del mercado, de acuerdo con los avances de la

tecnologia o de la ciencia.

j) Estudiar y establecer nuevas lineas, técnicas y métodos de produccién.

k) Designar las labores y el personal que deberé ejecutarlas.

l) Crear 0 eliminar categorias de clasificacion ocupacional.

m) Establecer, asi como modificar, descripciones, obligaciones, responsabilidades y requisitos

detrabajo para cada posicién, funcion 0 cargo.

n) Asignar a los colaboradores cualquier labor diferente a la que ordinariamente viene

desempefiando, transferirlo de un turno a otro, de una localidad o centro de trabajo a otro, de

una area a otra, de un Departamento, unidad o seccién a otra, en forma temporal o indefinida)

de acuerdo a las necesidades, sin menoscabo de su remuneracién y categoria, en

concordancia con los dispositivos legales vigentes.

vigentes a los colaboradores que se haga acreedor a ellas.

Aplicar las compensaciones, asi como las medidas disciplinarias, reglamentarias y legales

p) Formular directivas y reglamentos para mantener la armonia y la disciplina en el trabajo, asi

como el orden, la limpieza y la seguridad en LAEMPRESA.

q) Determinar la capacidad, idoneidad y productividad de los colaboradores, en lrelaciénwal

.puesto o tarea que se le ha asignado, apreciando sus méritos, otorgand;p;{a';sé‘<§_n§r§§sf~y;

determinando el monto de remuneracién. ,;»_1§»“Q<~""' 5*‘*s,;f'~;

r) Disponer la utilizacién de los bienes, equipos, maquinarias e instalaciones,;'é13‘lé‘ forma que ‘lg

estimeconveniente. 5? *T‘;~¢A;;‘l

Page 13: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

s) Entrenar, capacitar a los Colaboradores, segfln las necesidades de LA EMPl%é$\,

planes especificos de capacitacién y adiestramiento con el proposrto dé apr

Y , . __ » _ 1) It .

eficientemente sus aptitudes y mejorarsu capacidad, habilidad y rendimiento. ‘ii

0) Establecer, modificarysuprimirlas condiciones detrabajo. y

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p) Las demas contenidas en el presente Reglamento y Ias previstas en Ias normas legales.

ARTICULO 26°: La enumeracién de Ias facultades precedentes no es limitativa sino meramente

enunciativa ya que Ias labores de organizar, administrar, dirigir y controlar el centro de trabajo son

facultades inherentes a la capacidad, direccién y disposicién de la Empresa, abarcando su

derecho toda Ia gama de prerrogativas que Ia ley le autoriza o no Ie prohibe ejercer

TITULO IX

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COLABORADORES

ARTiCULO 27°: Son derechos de los Colaboradores:

a) Que LA EMPRESA cumpla los dispositivos Iegales y convenios vigentes en el centro de

trabajo.

b) Que LA EMPRESA cumpla lo dispuesto en el presente Reglamento y los demas

procedimientos y disposiciones internas con relacién al mantenimiento y administracién del

centro de trabajo.

c) Sertratado con respeto.

d) Que LA EMPRESA proporcione ambientes adecuados de trabajo, incluyendo equipos,

material y Ias herramientas que sean necesarias.

e) Solicitar que LA EMPRESA adopte Ias medidas de Seguridad de Trabajo neoesarias para Ia

realizacién de todas Ias tareas que se les encomienden.

f) Que LA EMPRESA realice el page exacto y puntual de Ias remuneraciones, en la forma y

condicién pactada.

Page 14: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

g) A ser tratado con dignidad, justicia y respeto por sus superiores y colegas. Ningun

Colaborador podra ser objeto de acto de discriminacién por motivo de raza, sexo, edad, salud

y otros.

Se estableoe que no constituye un requisito ni condicién para Ia permanencia en el puesto de

trabajo la realizacién de la prueba de VIH - SIDA ni la exhibicién de su resultado. LA

EMPRESA no condiciona la permanencia en un puesto de trabajo a los resultados de Ias

pruebas de VIH - SlDAque por propia voluntad y libre decisién de los Colaboradores les sean

practicadas por una entidad médica idénea.

ARTiCULO 28°: Son obligaciones del Colaborador:

a) Cumplir Ias disposiciones de este Reglamento y prestar sus sen/icios con el méximo de su

habilidad y eficiencia en el desempefio de la laborencomendada por LAEMPRESA.

b) Acatary cumplir Ias disposiciones e instrucciones que, por razones de trabajo, proteccién de

Ias instalaciones, bienes y seguridad les sean impartidas por sus superiores.

c) Conocer, cumplir y fomentar el cumplimiento de Ias normas contenidas en el presente

Reglamento lnterno de Trabajo, politicas, normas y procedimientos internos, asi como Ias

disposiciones y érdenes impartidas por sus superiores.

d) Guardar el debido respeto y consideracién a todos los Colaboradores, esforzandose por

mantener con ellos una buena y respetuosa relacién, asi como tratar cortésmente a todas Ias

personas con Ias que tuviera que alternar por Ias funciones que desempefia. Esta prohibido

todo acto de discriminacién, dentro 0 fuera de Ias instalaciones de LA EMPRESA, por parte de

un Colaborador en contra de otro Colaboradordebido a que éste sea portadorde|vi;3u»ed_6~V1H

-SIDA. La comisién de actos de discriminacién basados en el motivo sefifélk-§i_c§,'§yI§r‘é;

sancionada de acuerdo a su gravedad y segun la legislacién laboral vigente. ,-j;*;§§;<\’~"‘ ’ ' *=‘*.s,;_"l;.

e) Participar y someterse a los examenes médicos, psiquiatricos y psicolégicq$»H;¢‘e determine?»

LA EMPRESA, asi como a los controles de dosaje etilico. 7;

f) Observar rigurosamente todas Ias medidas de Seguridad e Higiene para e|‘=b_yé"n m&@§ge 5; 3?

Ias maquinas, equipos e instrumentos de trabajo. Utilizar los Equipos de Protefigfgg Pers'af1a€!$i‘\,,'._

entregados por LA EMPRESA, para realizar labores que pudieran afectar/50? salud "$15K"

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)».-,., y J‘; \

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seguridad.

g) Cuidar y restituir el uniforme, los instrumentos, maquinas, equipos, miles y herramientas de

trabajo proporcionadas por LA EMPRESA, cuando el deterioro 0 pérdida sea responsabilidad

del Colaborador.

h) Emplear los sistemas de computo, comunicaciones, incluyendo la lnternet, teléfonos y correo

electronico en los temas especificos del negocio para los cuales han sido autorizados.

i) Asistir a los programas de entrenamiento y capacitacion que determine LA EMPRESA. Estos

podran realizarse dentro 0 fuera de LA EMPRESA, asi como dentro 0 fuera del horario de

trabajo, en cuyo caso no habra pago adicional alguno.

j) Ser responsable de sus propios actos. LA EMPRESA no se responsabilizara por las

obligaciones que tenga 0 adquiera el Colaborador en forma personal ante las autoridades

civiles, judiciales, entidades administrativas pflblicas o privadas y particulares.

k) Guardar resen/a absoluta ante cualquier persona, durante y después de su periodo de trabajo

en LA EMPRESA, sobre cualquier actividad e informacién confidencial de LA EMPRESA o de

sus clientes.

I) Al oesar en el servicio, los colaboradores tienen Ia obligacion de devolver a LA EMPRESA los

documentos de identidad que ésta le hubiera proporcionado y toda clase de equipo,

informacion, documentos, herramientas, utensilios y accesorios que se le hayan suministrado

para el cumplimiento del trabajo, en su defecto debera reintegrar el valor de aquellos,

asimismo, le sera aplicable el deber de confidencialidad respecto de cualquier informacién a

la que hubiera tenido acoeso como resultado de Ias labores desempefiadas

m) No utilizar 0 disponer de materiales, iitiles 0 bienes de LA EMPRESA en su perjuicio ylo en

beneficio propio o de terceros.

n) No realizar dentro de LA EMPRESA actos de venta o compra de productos, préstamos de

dinero, rifas, colectivos, etcétera, sin la autorizacién expresa de la Gerencia de Recursos

Humanos.

o) Leer, informarse y conooer Ias Normas y Politicas de Seguridad, Medio Ambiente, Salud

Ocupacional y Seguridad Industrial, de Internet, de confidencialidad, y sobre otros temas

Page 16: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

especifioos que puedan ser regulados 0 difundidos por LA EMPRESA por medios escritos,

correo electronico, y otros mecanismos que disponga LA EMPRESA, especialmente Ias que

sean relevantes para desempefiar su laboren el area asignada.

p) No asistir al oentro de trabajo bajo el efecto de alcohol, drogas o sustancias estimulantes.

q) El Colaborador esta en la obligacion de comunicar a LA EMPRESA su domicilio al inicio de la

relacion laboral, asi como todo cambio de éste que pudiere ocurrir en el futuro. En caso de no

cumplir con ésta nom1a se considerara valida cualquier notificacion efectuada en el liltimo

domicilio declarado porel colaboradory que aparezca en el registro de LA EMPRESA.

r) Conducirse eficientemente en el desempefio del cargo, mostrando cortesia, buen trato y

respeto a sus jefes, oompafieros de trabajo, proveedores, clientes, pl]b|lCO que asista a la

Empresa.

s) Terminar Ias labores asignadas en el dia y organizarlas de tal forma que puedan reanudarse

con prontitud y eficiencia.

t) Cuidar sus pertenencias. La Empresa no se responsabiliza por efectos personales de los

colaboradores.

u) Poner empefio en el cumplimiento de Ias tareas asignadas aprovechando al méximo la

jornada de trabajo establecida, dedicando el lntegro de sus horas de trabajo a ejecutar con

dedicacion, interés, eficiencia, buena fe y diligencia Ias tareas a su cargo.

ARTICULO 29°: El acoeso a Internet y al correo electronico, no debe ser utilizagl ‘ ‘ r_)l_os

Colaboradores para fines distintos para los cuales se han autorizado. En especial, s,é:", D/€r?‘;§)r_ari,_,

Ias normas siguientes, sin que constituyan una enumeracién limitativa, y n£§‘6se"lasQ'l§.

sanciones correspondientes segfln la Ley, Ias Politicasinternaso este Reglamenz? :3‘ *1.‘ ‘

JUEQOS de oomputadoro los denommados |'fl€l'1S3j8S en cadenas de cualquiert" _;,/

b) Esta prohibido retirar informacion de LA EMPRESA usando métodos com val énvio deg

: O (‘__,,._. _ z-

: lg 3:. i»

a) Esta prohibido el envio de material que pueda ser considerado como ofelgiio, 0%,

archivos electrénicos adjuntos a través del correo electronico hacla cuentaei/Q§_£1<4corltéia\‘A

Page 17: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

externas a LA EMPRESA, sin autorizacién expresa del Gerente de Area.

c) En el eventual caso que un Colaborador recibiera un material no apropiado debe comunicar al

Superiorinmediato.

d) El Colaborador declara conocer que es responsable por el cumplimiento de toda la legislacién

correspondiente, en particular Ias leyes sobre confidencialidad de la informacién, material

obsceno 0 racista, difamacién, derechos de autory demas leyes aplicables.

e) Esta terminantemente prohibido instalar 0 bajar software no autorizado 0 sin licencia. En el

caso de requerir bajar archivos de datos, dicha tarea debe ser realizada por el area

correspondiente y cumplir con las politicas internas en materia del uso de informatica y

sistemas.

f) Si un virus es detectado en cualquier etapa, es obligacién del Colaborador comunicarse de

inmediato, con el area correspondiente. ‘

ARTICULO 30°: Queda establecido que las obligaciones y derechos enumerados en este Titulo

no son limitativos ni taxativos, sino meramente enunciativos, de modo tal que Ios Colaboradores

deben cumplir Ias obligaciones y exigir Ios derechos que son inherentes a su condiclén de tales.

TITULO X

NORMAS TENDIENTES AL FOMENTO Y MANTENIMIENTO DE LA

ARMONIA ENTRE LA EMPRESA Y SUS COLABORADORES

ARTICULO 31°: LA EMPRESAy Ios Colaboradores procuraran solucionarsus conflictos interna y

directamente, antes de acudir alas autoridades correspondientes.

ARTICULO 32°: LA EMPRESA asume las sigulentes responsabilidades:

a) Trato justo en el trabajo: Fomentar un clima de confianza para garantizar que Ios

Colaboradores puedan dar a conocer Ios problemas e interrogantes surgidos en el curso de

su trabajo, y encontrar soluciones rapidas a satisfaccién de todos Ios interesados. Con este

fin, LA EMPRESA asegurara que Ios Colaboradores conozcan Ios procedimientos de quejas y

los disciplinarios, y sepan usarlos.

El trabajo temporal es un elemento importante del empleo en general, y esencial para dar

respuesta a los requerimientos y ciclos productivos o comerciales. En Ios lugares en que se

Page 18: EL Presente Reglamento Lnterno de Ludafa

utiliza esa forma de empleo, actuaremos en todo momento de conformidad con las leyes y

practicas Iaborales.

b) Dignidad en el trabajo: Para LA EMPRESA son inaceptables todas Ias formas de acoso y

amedrentamiento, asimismo esta comprometida con eliminar cualquier accién o actitud de

ese tipo en el lugarde trabajo.

c) En Procesos de Reestructuracién: LA EMPRESA Ilevara a cabo los procesos de

reestructuracién de manera res onsable., ex licando a sus Colaboradores, a todos Ios

. . p . . . . . - . .

grupos u orgamsmos pert|nentes, Ias |n|c|at|vas que hacen necesano el Vea\r11§l>;o;',;yenV

concordancia con las leyes. -/"~_§~' ;.;,_, f"":,‘

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rs/M? as ~11» xi '

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LA EMPRESA no puede ofrecer una garantia de trabajo de por vida, pero forzosorde V;

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alternativas. De ocurrir tal situacién, se adoptaran todos Ios enfoques yigrfiped = ( s

razonables para tratar cada caso, incluyendo indemnizacidn legal y toda otrajigedlda s \ Q" f:

tipo que sea adecuada a la situacién y lugar. \“.>“~;“

un empleo sélo se pone en marcha después de una revisién exhaustil/}§_'g_‘1e t é’;-

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