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__________________________________________________________________ GUIA-DE BASES INVITACION RESTRINGIDA INTERNACIONAL LEY PEMEX 10-FEBRERO-2014 Página 1 de 119 Bases de Invitación Restringida Nacional No. P5IN337011 Subdirección de Procura y Abastecimiento Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación BASES PARA INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL No. P5IN337011 El objeto de la INVITACIÓN RESTRINGIDA es: La ADQUISICIÓN DE BIENES Consistentes en: EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL bajo la modalidad de CONTRATO ABIERTO. JUNTA DE ACLARACIONES DIA 22 MES OCTUBRE AÑO 2015 HORA 12:00 hrs. LUGAR En la sala de juntas, ubicada en Laguna de Mayrán No. 410 Planta Baja, Colonia Anáhuac, C.P. 11320, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal. ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS DIA 03 MES NOVIEMBRE AÑO 2015 HORA 10:00 hrs. LUG AR En la sala de juntas, ubicada en Laguna de Mayrán No. 410 Planta Baja, Colonia Anáhuac, C.P. 11320, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal. EL PERIODO PARA ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y PARA SUBSANAR OMISIONES SERA DE LA FECHA DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS Y HASTA LA FECHA DE NOTIFICACION DEL FALLO

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Bases de Invitación Restringida Nacional No. P5IN337011 Subdirección de Procura y Abastecimiento

Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

BASES PARA INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL

No. P5IN337011

El objeto de la INVITACIÓN RESTRINGIDA es:

La ADQUISICIÓN DE BIENES Consistentes en: EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL bajo la modalidad de CONTRATO ABIERTO.

JUNTA DE ACLARACIONES

DIA 22 MES OCTUBRE AÑO 2015 HORA 12:00 hrs.

LUGAR

En la sala de juntas, ubicada en Laguna de Mayrán No. 410 Planta Baja, Colonia Anáhuac, C.P. 11320, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal.

ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS

DIA 03 MES NOVIEMBRE AÑO 2015 HORA 10:00 hrs.

LUG AR

En la sala de juntas, ubicada en Laguna de Mayrán No. 410 Planta Baja, Colonia Anáhuac, C.P. 11320, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal.

EL PERIODO PARA ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y PARA SUBSANAR OMISIONES SERA DE LA FECHA DE PRESENTACION Y APERTURA DE

PROPUESTAS Y HASTA LA FECHA DE NOTIFICACION DEL FALLO

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Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

DOCUMENTO 1

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Í N D I C E 1. Información de carácter general sobre el procedimiento.

1.1 Obtención de las Bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA. 1.2 Realización de los Actos y Etapas de la INVITACIÓN RESTRINGIDA 1.3 Plazo de entrega: 1.4 Lugar de entrega: 1.5 Idioma 1.6 Impedimentos para la participación en este procedimiento

2. Reglas para llevar a cabo la(s) junta(s) de aclaraciones

3. Elaboración de la propuesta, requisitos para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas y desarrollo de la recepción de las mismas.

3.1 Elaboración de la propuesta 3.2 Requisitos para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas. 3.3 Desarrollo del acto de recepción de las propuestas 3.4 Compromisos con la Transparencia.

4. Información sobre aspectos legales y económicos. 4.1 Legales. 4.2 Económicos.

5. Criterios de evaluación.

5.1 Evaluación de requisitos técnicos. 5.2 Evaluación de requisitos económicos. 5.3 Plazo para aclaraciones a las propuestas presentadas y para subsanar omisiones 5.4 Procedimiento de desempate de propuestas iguales en precio. 5.5 Criterios de adjudicación.

6. Casos en que se declarará desierta la INVITACIÓN RESTRINGIDA.

7. Cancelación de la INVITACIÓN RESTRINGIDA.

8. Causales de desechamiento por incumplimiento a los requisitos de estas bases.

9. Fallo

10. Inconformidades

11. Formalización del contrato

12. Aspectos contractuales

13. Garantías

A) Garantías Contractuales

15.1 PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

15.2 PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

16. Indicación de las partes de la información que proporcionan y que tendrá el carácter de

confidencial

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Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES DE INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL No. P5IN337011

DOCUMENTO CONTENIDO

1 Aspectos Administrativos.

2 Especificaciones Técnicas.

3 Formato de Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante.

3-A Escrito por medio del cual manifieste su interés jurídico de participación.

4 Manifestación de facultades para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas.

5 Formato para la Constancia de Recepción de Documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

6 Propuesta Técnica y Económica.

7 BIENES

NACIONALES

Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

7-A BIENES DE

IMPORTACIÓN

Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

7-B (Cuando el

proveedor sea el Fabricante de los

bienes)

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

NOTA: ESTA MANIFESTACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DEBERÁ SER

PROPORCIONADA PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS SUMINISTRADAS Y FORMARÁN PARTE DE

LA DOCUMENTACIÓN QUE SE ENTREGA EN LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES, DEBIÉNDOSE

ENTREGAR TAMBIÉN UNA COPIA DEL FORMATO AL MOMENTO DE PRESENTARSE LAS FACTURAS

DE PAGO CORRESPONDIENTES.

7-C (Cuando el

proveedor No sea el Fabricante de

los bienes).

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 6.2 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

NOTA: ESTA MANIFESTACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DEBERÁ SER

PROPORCIONADA PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS SUMINISTRADAS Y FORMARÁN PARTE DE

LA DOCUMENTACIÓN QUE SE ENTREGA EN LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES, DEBIÉNDOSE

ENTREGAR TAMBIÉN UNA COPIA DEL FORMATO AL MOMENTO DE PRESENTARSE LAS FACTURAS

DE PAGO CORRESPONDIENTES.

7-D Documento: “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

8

Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el punto impedimentos para la participación en este procedimiento.

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Bases de Invitación Restringida Nacional No. P5IN337011 Subdirección de Procura y Abastecimiento

Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

DOCUMENTO CONTENIDO

9

Modelo de Fianza que presentará(n) el(los) Proveedor(es) para :

Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

9-A Garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los

bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

9-B Modelo de Carta de Crédito Standby que deberán presentar los proveedores, Modelo de Declaración de Beneficiario y Modelo de Modificación.

10 Formato de Compromisos con la Transparencia.

11 Nota Informativa para incluir en las Bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA del Gobierno Federal.

12 Proyecto de Contrato de la INVITACIÓN RESTRINGIDA

13 Formato para la manifestación de integración de micro, pequeñas y medianas empresas. (Únicamente aplica a licitantes nacionales clasificados como mipymes)

13-A

Cadenas Productivas.(No aplica: a Proveedores residentes en el extranjero que no cuenten con establecimiento permanente en el territorio nacional; derechos de cobro cedidos por los proveedores a través de otros esquemas; derechos de cobro de proveedores afectados por una resolución de autoridad judicial o administrativa competente.)

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Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

Pemex Refinación es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, subsidiario de PEMEX, de conformidad con el artículo Primero del Decreto de los Organismos Subsidiarios, en términos del artículo 2 del Estatuto Orgánico de Pemex Refinación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2013. Conforme al artículo 3 del Estatuto Orgánico de Pemex Refinación, su objeto consiste en los procesos industriales de la refinación; elaboración de productos petrolíferos y de derivados del petróleo que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los productos y derivados mencionados. En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3o. y 4o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, 54 y 58 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 fracción II, 52, 56, 58 y 59 y aplicables de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); Artículo 31 fracción V del Estatuto Orgánico de Pemex Refinación; y artículos 42, 43, 44 y 45 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´s”). Pemex Refinación por conducto de la Subgerencia de Contratación de Bienes y Servicios ubicada en en Laguna de Mayran No. 410, Piso 8, Colonia Anáhuac, Delegación Miguel Hidalgo; C. P. 11320, México Distrito Federal, con el teléfono 19-44-25-00 extensión 76-270 y 76-226 y correo electrónico [email protected] (en adelante “Convocante” o PEMEX-Refinación), emite las Bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA de carácter Nacional número P5IN337011 (en adelante Bases) y que tiene por objeto la adquisición de los Bienes consistentes en: “EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL”, incluidos en la Solicitud de Pedido No. 10357343, que se describen en el Documento 2. 1. Información de carácter general sobre el Procedimiento. 1.1 Obtención de las Bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA. Solo podrán participar los licitantes que hayan sido invitados por parte de la Convocante y hayan manifestado su interés en participar en el procedimiento. La convocante proporcionará las bases para participar en esta INVITACIÓN RESTRINGIDA, en las oficinas de Subgerencia de Contratación de Bienes y Servicios ubicada en Laguna de Mayran No. 410 Piso 8, Colonia Anáhuac, C.P. 11311, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal, con los teléfonos (01-55) 19-44-25-00 ext. 76-270 y 76-225, correo electrónico [email protected], en el horario comprendido de las 9:00 a las 14:00 horas y de las 16:00 a las 17:30 hrs. en días hábiles. También podrán consultarse en la página web de PEMEX-Refinación: http://www.ref.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=5&catID=603.

Para tener acceso a las instalaciones, el licitante deberá ponerse en contacto con el Lic. Carlos Santoscoy y Licona dentro del horario comprendido de las 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 17:00 hrs., Tel: (01-55) 19442500 ext. 76-270 y 76-225, correo electrónico [email protected], con la finalidad de que se le proporcione el folio correspondiente para ingresar a las instalaciones.

SIN EL FOLIO DE REFERENCIA EL LICITANTE NO PODRÁ INGRESAR A LAS INSTALACIONES.

1.2 Realización de los Actos y Etapas de la INVITACIÓN RESTRINGIDA.

Los actos y etapas indicados en el cronograma de estas bases, se llevarán a cabo en la hora, fecha y lugar indicados, pudiendo ser modificados o diferidos por causa o causas justificadas, previo aviso a los interesados en participar en dichos actos.

Los licitantes participarán de manera presencial en la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de propuestas y el acto del fallo de esta INVITACIÓN RESTRINGIDA.

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Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

El servidor público designado por la convocante, será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización de los actos y podrán ser videograbados por la convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Las actas de la junta de aclaraciones del (de los) acto(s) de presentación y apertura(s) de propuestas, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas. Al finalizar cada acto se publicarán en el portal de PEMEX Refinación, por un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de celebración de dichos actos; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes enterarse de su contenido.

Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de esta INVITACIÓN RESTRINGIDA, no se permitirá el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen.

1.3 Plazo de entrega El plazo de entrega de los bienes será de 20 días naturales una vez formalizado la orden

de surttiemiento.

1.4 Lugar de entrega: El lugar de entrega de los bienes será conforme a lo señalado en el documento 2 de las presentes bases de licitación.

A) Independientemente de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá entregar de

manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados (*). Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento No. 7-B de estas Bases.

(*) Apartado No. 2 del documento “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Documento 7-D) de estas Bases.

B) En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el

apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado (*). Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento No. 7-C de estas Bases.

(*) Apartado No. 2 del documento “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Documento 7-D) de estas Bases.

C) Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados A y B), deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.

D) En el caso de los bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el apartado A), el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a cero y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica en el apartado B).

Nivel de Inspección III La inspección de los bienes se llevará a cabo de acuerdo al nivel de inspección III, conforme a los términos establecidos en el Proyecto del Contrato. El área que realizará la inspección y el lugar donde se realizará la misma, será de acuerdo a establecido en el anexo 2 de las presentes bases de licitación. El lugar donde se llevará a cabo será el mismo lugar de entrega, el cual será determinado en el documento 2 de las presentes bases de licitación.

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1.5 Idioma

El idioma para la presentación de la propuesta será el español, así como la información y documentación que se solicitan en estas bases.

1. 6 Impedimentos para la participación en este procedimiento

No podrán participar las personas físicas o morales que:

I. Tengan conflicto de intereses con cualquier Organismo Descentralizado, considerando como conflicto cuando por virtud de obligaciones previamente contraídas que provengan de diversos contratos, en los que directa o indirectamente Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios sean parte, se afecte la imparcialidad del desarrollo del procedimiento de contratación o ejecución del contrato;

II. Estén inhabilitadas para ejercer el comercio o su profesión mediante sentencia judicial firme. En el segundo caso, la contratación correspondiente deberá versar sobre el ejercicio de dicha profesión;

III. Tengan incumplimientos pendientes de solventar con Petróleos Mexicanos o cualquiera de sus

Organismos Subsidiarios, determinados por la Administradora del Proyecto y las Áreas de Servicios para la Contratación que corresponda;

IV. Aquellas a las que cualquier Organismo Descentralizado les hubiere rescindido administrativamente

un contrato, dicha abstención prevalecerá durante el año calendario siguiente, contado a partir de la notificación de la resolución de la rescisión;

V. Hayan sido declaradas sujetas a concurso mercantil u otra figura análoga;

VI. Presenten dos o más propuesta en un procedimiento de contratación a través de dos o más

personas y cualquiera de ellas controle a la otra persona, o cuando se encuentren bajo control común; en el entendido de que el control consiste en la capacidad de dirigir o influir en la dirección de la administración o políticas de dicha otra persona, ya sea por medio de la propiedad de acciones u otros valores con derecho a voto o de cualquier otra manera;

VII. Estén inhabilitadas por la Secretaría de la Función Pública en términos de las disposiciones aplicables, siempre que no medie suspensión de la inhabilitación decretada por autoridad competente;

VIII. No se encuentren facultadas o autorizadas para hacer uso de derechos de propiedad intelectual u

otros derechos exclusivos; entendiéndose por ello, cuando la contratación se realice sobre dichos derechos y no se acredite su titularidad o derechos de uso con los registros, títulos, certificaciones, acuerdos comerciales, autorizaciones, contratos de licenciamiento o cesión emitidos por o registrados ante las autoridades nacionales competentes o conforme a las disposiciones o prácticas del país de origen;

IX. Hayan obtenido de manera indebida información privilegiada relacionada con la contratación, sin

comprobar que hayan accedido a ella mediante un título legítimo;

X. Hayan cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de los Organismos Descentralizados, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, impedimento que prevalecerá por igual número de años según corresponda a la pena que resulte mayor de acuerdo al tipo penal, conforme a las disposiciones del Código Penal Federal, y

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XI. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de ley.

2. Reglas para llevar a cabo la junta de aclaraciones.

Primera.-Para participar en las Juntas de Aclaraciones los interesados deberán presentar escrito que

manifieste su interés jurídico de participación. (Documento 3-A).

Segunda.- Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de las dudas y planteamientos relacionados con los aspectos contenidos en estas bases, se entregarán personalmente, por escrito o en archivos de texto magnéticos en formato Word, en el domicilio de la Convocante ubicado en: Laguna de Mayran No. 410 Piso 8, Colonia Anáhuac, C.P. 11320, Delegación Miguel Hidalgo, México, D. F., dentro del horario comprendido de las 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 17:00 hrs., Tel: (01-55) 19442500 ext. 76270 en días hábiles, a la atención de la Superintendencia de Licitaciones y Formalización de Contratos y Convenios dependiente de la Subgerencia de Contratación de Bienes y servicios o enviar dicho archivo por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected], a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.

Tercera.- Los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas, las modificaciones

efectuadas por la convocante que deriven de esta junta, constarán en el acta que se levante con motivo de la misma, en el entendido de que hechas las modificaciones se entregará la versión final de las bases, en la fecha que se indique en el acta de la última junta de aclaraciones con el propósito de que los licitantes elaboren su propuesta.

3. Elaboración de la propuesta, requisitos para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas y desarrollo de la recepción de las mismas.

3.1 Elaboración de la propuesta A) El licitante deberá elaborar la propuesta, sin tachaduras o enmendaduras, debiendo considerar para su

elaboración la versión final, en su caso, de las bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA que les fue entregada a los licitantes en la fecha establecida en la última junta de aclaraciones.

B) La propuesta deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello, en la última hoja del

documento que la contenga

Las propuestas se entregarán de manera presencial, se presentarán dentro del (los) sobre(s) cerrado(s) e identificado(s) con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.

Número de INVITACIÓN RESTRINGIDA. Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita presentar las propuestas foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de cada propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta. No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

C) Elaborar su propuesta utilizando el Documento 6, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone conforme a lo solicitado en el Documento 2, indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, marca y modelo, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

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Los anexos técnicos y folletos deberán ser presentados en el idioma español, en inglés o en el idioma del país de origen d elos bienes, con una traducción simple al español, solo se aceptará en su caso, que el correspondiente a refacciones o de partes sea suministrado en el idioma inglés.

Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 2 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien, ya que será motivo para desechar la propuesta.

D) Elaborar su propuesta en PESOS MEXICANOS, conforme al Documento 6. Se deberán cotizar precios fijos,

netos y hasta con dos decimales, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. Se desechará la propuesta que establezca precios condicionados o variables.

E) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, los participantes

entregarán el Documento 5, en el cual se indicará la documentación que se presenta. Dicho formato servirá a cada participante como constancia de recepción de los documentos que entrega. La omisión de entregar este formato no será motivo de desechamiento y la Convocante extenderá un acuse de recibo de la documentación entregada por el licitante en dicho acto.

F) A los licitantes que se encuentren dentro de la integración de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas se les

solicita manifestar junto con su propuesta, la ubicación que corresponda al licitante en términos del Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, bajo el cual se catalogarán dichas empresas, para efectos del artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de Junio de 2006, utilizando el Documento14. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta.

G) DE CONFORMIDAD CON LOS PUNTOS 3 Y 4 DEL DOCUMENTO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO

DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS

1. Los licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales, incluyendo en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:

1.1 Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y

contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el apartado 3.1 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

1.2 Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o

permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.

1.3 Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o

utilizando el Documento 7 de estas Bases.

2. Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan en las partidas correspondientes son originarios de alguno de los países con los que México ha suscrito cualesquiera de los Tratados a que se refiere el apartado 1.12 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”, por cumplir con las reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar las manifestaciones en escrito libre o utilizando el Documento 7-A de estas Bases.

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3.2 Requisitos para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas

a) Haber obtenido las bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA. b) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los

supuestos establecidos en el punto 1.6 de estas bases, conforme al Documento 8.

c) El licitante solo podrá presentar una oferta para esta Invitación.

d) Entregar su propuesta en sobre cerrado.

3.3 Desarrollo del acto de recepción de las propuestas

El acto iniciará puntualmente el día y hora indicados en el cronograma, por lo que a partir de la hora señalada no se permitirá el acceso a ningún licitante y se procederá a registrar a los asistentes, razón por la que se recomienda su presencia con 30 (treinta) minutos de anticipación a la hora establecida Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de propuestas, para poder intervenir en dicho acto, deberá presentar un escrito (Documento 4), en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada Los participantes que no hayan identificado el sobre de su propuesta con su nombre o razón social y domicilio, así como con el número de INVITACIÓN RESTRINGIDA podrán hacerlo en el momento de la entrega de la propuesta.

Una vez recibidas las propuestas en sobre cerrado se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, acusando recibo de la misma, en el Documento 5.

Las propuestas recibidas en el acto de presentación y apertura de propuestas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por parte de los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de INVITACIÓN RESTRINGIDA hasta la formalización del contrato correspondiente.

3.4 Compromisos con la Transparencia. En el marco del Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas emprendido por Petróleos

Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 11. El servidor público de PEMEX-Refinación responsable de presidir el acto de presentación y apertura de propuestas, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 12 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

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4. Información sobre aspectos legales y económicos.

4.1 Legales:

A) La forma en que los licitantes deberán acreditar su existencia legal y personalidad jurídica, para efectos de la suscripción de las propuestas, será mediante escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 3.

En el caso de licitantes extranjeros, podrán presentar este escrito de acuerdo a la documentación equivalente en su país de origen, siempre y cuando contenga la información requerida en el documento citado en el párrafo anterior.

B) El objeto social o actividad comercial o profesional del licitante, deberá estar relacionado con el objeto de

esta INVITACIÓN RESTRINGIDA.

4.2 Económicos:

A) Condiciones de pago:

PEMEX-Refinación pagará al Proveedor el monto de los Bienes, entregados y aceptados a los 20 (Veinte) días, conforme a los términos establecidos en el Proyecto de Contrato.

B) Anticipo Para esta INVITACIÓN RESTRINGIDA no se entregará anticipo

C) El precio de los Bienes, arrendamientos o servicios será: “fijo y no estará sujeto a ajustes”

D) Condiciones de entrega:

DDP -Delivery Duty Paid. (INCOTERMS) para licitantes nacionales.

E) Cadenas Productivas La información relativa al Programa de Cadenas Productivas administrado por Nacional Financiera, S.N.C., para la afiliación, en su caso, del licitante ganador, se encuentra en el Documento 14-A, de estas bases Nota: Quedan exceptuadas de la incorporación al Programa Cadenas Productivas, entre otros, las Cuentas por Pagar relacionadas con:

Pagos a Proveedores residentes en el extranjero que no cuenten con establecimiento permanente en el territorio nacional;

Derechos de cobro cedidos por los Proveedores con la conformidad de Pemex Refinación a través de otros esquemas;

Derechos de cobro de Proveedores afectados por una resolución de autoridad judicial o administrativa competente

5. Criterios de evaluación.

A) Se evaluarán de la misma forma todas las propuestas recibidas en el acto de presentación y apertura de propuestas.

B) La evaluación de la proposición será bajo el criterio de por precios más bajo.

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5.1 Evaluación de requisitos técnicos. A) Se verificará que los Bienes, Arrendamientos o Servicios propuestos cumplan con lo solicitado en el

Documento 2, y en su caso, con la versión final de las bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 3.1, incisos A), B),C), así como con el Documento 6, así como con la presentación de los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica, en su caso traducción simple al español.

La evaluación se hará por solicitud de pedido completa 5.2 Evaluación de requisitos económicos. A) La base para evaluar la oferta será por la suma del precio unitario. B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido como se solicitan en el punto 3.1,

incisos A), B), D), G), de estas bases, así como con el Documento 6. D) La evaluación se hará por solicitud de pedido completa. E) Cuando se presente un error de cálculo en la proposición presentada, sólo habrá lugar a su rectificación

cuando la Convocante lo solicite por escrito y la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse en el documento de fallo correspondiente.

5.3 Plazo para aclaraciones a las propuestas presentadas y para subsanar omisiones

Si durante la evaluación de la propuesta, se encontraran omisiones o errores, PEMEX Refinación solicitará por escrito a los licitantes subsanar o aclarar éstos, respecto de requisitos que no afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

Las respuestas de los licitantes también serán por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas.

5.4 Procedimiento de desempate de propuestas iguales en precio. Si derivado de la evaluación de las propuestas se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, de ser el caso, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá en primer lugar, el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales propuestas. 5.5 Criterios de adjudicación. A) Una vez hecha la evaluación de las propuestas, se considerarán solventes las ofertas de los licitantes que

cumplieron todos los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la estas bases a la INVITACIÓN RESTRINGIDA, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

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B) La adjudicación del Contrato será POR SOLICITUD DE PEDIDO COMPLETA.

6. Casos en que se declarará desierta la INVITACIÓN RESTRINGIDA. La Convocante podrá declarar desierta la INVITACIÓN RESTRINGIDA en los siguientes casos:

1. No se presenten propuestas o no se reciban tres propuestas susceptibles de analizarse técnica y económicamente.

2. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados 3. Las propuestas económicas no resulten aceptables.

7. Cancelación de la INVITACIÓN RESTRINGIDA, solicitudes de pedido o posiciones. La Convocante podrá cancelar la INVITACIÓN RESTRINGIDA, o cualquiera de las partidas o posiciones en ella incluidas, por cualquier causa. Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, Pemex Refinación cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan. 8 Causales de desechamiento por incumplimiento a los requisitos solicitados en estas Bases.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las siguientes situaciones:

A) Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases de esta INVITACIÓN RESTRINGIDA, que afecte la solvencia de la propuesta, de acuerdo a la siguiente relación:

B) La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los Bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

C) El no presentar el convenio mencionado para el caso de las propuestas conjuntas.

D) Si los precios no resultan aceptables

E) Si el licitante incumple en presentar su propuesta por el total de las partidas o posiciones contenidas en la solicitud de pedido.

F) Si el licitante presenta más de una oferta para esta Invitación.

9 Fallo.

De conformidad con el artículo 33 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, el fallo será el 14 DE OCTUBRE DE 2015 a las 10:00 hrs.

Este evento podrá ser videograbado por la convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Una vez emitido el fallo, el licitante adjudicado deberá considerar lo siguiente: a) Para el caso de licitantes mexicanos y extranjeros obligados a inscribirse ante el Registro Federal de

Contribuyentes:

Contar con documento vigente al momento de suscribir el contrato, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que se emita la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en

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sentido positivo, prevista en la Regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015; de igual forma para los contribuyentes que el licitante adjudicado subcontrate.

b) Para el caso de las personas físicas o morales residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no están obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no están obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del ISR.

Al día siguiente hábil de aquel en que se hubiere notificado el fallo correspondiente, deberán realizar su solicitud de opinión al Servicio de Administración Tributaria ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la Convocante, a través del área convocante de Pemex Refinación, mediante escrito de manifestación bajo protesta de decir verdad de acuerdo con la regla2.1.27 de la Miscelánea Fiscal para el 2015, o aquella que en el futuro la sustituya, en términos del Documento 10. A fin de cumplir con el plazo que se menciona en el primer párrafo de este numeral, el documento podrá enviarse provisionalmente de manera electrónica y el licitante deberá entregar el documento con firma autógrafa, a la brevedad posible”

12. Inconformidades.

La Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en PEMEX Refinación en términos del Artículo 35 de la Ley y 67 de su Reglamento, conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública que se indican a continuación:

I. Las bases a la licitación y las juntas de aclaraciones. En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento, dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones.

II. El acto de presentación y apertura de propuestas y el fallo. En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado propuesta dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo.

III. La cancelación de la licitación. En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado propuesta, dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles siguientes a su notificación y

IV. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en las bases a la licitación o en la Ley. En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los 10 (DIEZ) días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en la Convocante, ubicado en Bahía de Ballenas No. 5, piso 11, Col. Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11300, México, D.F., a la atención del Titular del Área de Inconformidades de PEMEX-Refinación, o en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica, mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado propuesta conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma. 13 Formalización del contrato. El licitante adjudicado, previo a la formalización del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las

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facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, cuyos datos se citan en el Documento 3, así como, documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que se emita la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo, prevista en la Regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015; de igual forma para los contribuyentes que el licitante adjudicado subcontrate. Dicha documentación deberá presentarse ante la Convocante en días hábiles y en el horario comprendido de las 9:00 a 14:00 y 16:30 a las 17:30 horas, en las oficinas de la Superintendencia de Licitaciones y Formalización de Contratos y Convenios, ubicadas en: Laguna de Mayran No. 410 Piso 8, Colonia Anáhuac, C.P. 11311, Delegación Miguel Hidalgo, México, Distrito Federal dentro de los dos días hábiles posteriores a la notificación del fallo. Para el caso de licitantes extranjeros no obligados a solicitar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes, en sustitución del acuse de recepción deberán presentar debidamente requisitado el documento 10. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, y una vez agotado dicho plazo, PEMEX Refinación procederá a notificar a la Secretaría de la Función Pública para los efectos procedentes PEMEX-Refinación podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables. En caso de que el contrato se adjudique a una propuesta conjunta, se aplicará lo siguiente:

a) Deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEMEX-Refinación. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

b) Formarán parte integrante del contrato el o los instrumentos legales suscritos entre las personas que presentaron la propuesta conjunta para establecer las actividades a que se obliga cada una de ellas; el acuerdo que designa a aquélla que actuará como líder en la ejecución del contrato; los mecanismos que regulen el control del consorcio que presenta la proposición conjunta y la resolución de controversias entre los participantes; así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, y

c) La persona moral que hubiere sido designada como líder durante la ejecución del contrato deberá ser miembro del Consorcio; asumir la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con PEMEX-Refinación. En su caso, el contrato estipulará las condiciones para cambiar al líder previa autorización de PEMEX-Refinación.

14 Aspectos contractuales Como Documento 13 se incluye el proyecto de Contrato que aplicará en este procedimiento y al que se sujetarán las partes, por lo que el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas

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15 Garantías

Pemex Refinación determina que para esta licitación en particular el proveedor deberá presentar indistintamente FIANZA.

A) Garantías Contractuales

15.1 PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.

El proveedor a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a Pemex Refinación, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, póliza de fianza que se constituirá por el 10 % (cantidad con letra por ciento) del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de Pemex Refinación. La fianza se deberá otorgar en estricto apego al Documento No. 9 de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Superintendencia de Administración de Recursos de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicadas en Hamburgo 135 piso 8 Col. Juarez, Del. Cuauhtemoc, C.P. 06600 México, D.F., teléfono: 19442500 ext. 71408 en el horario de: 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 17:00 horas.

16 Indicación de las partes de la información que proporcionan y que tendrá el carácter de

confidencial. Toda la información que resulte de la ejecución del contrato así como la que PEMEX-Refinación, le proporcione al Proveedor, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y por tanto, no deberá usar dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX-Refinación. El Proveedor deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX-Refinación que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX-Refinación, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar.

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DOCUMENTO 2

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA SOLICITUD DE PEDIDO 10357343

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

No. P5IN337011

No. DE HOJAS

12 ANEXO TÉCNICO

CENTROS DE TRABAJO DE LA GAR PACIFICO Y SUS DIRECCIONES

02

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CENTROS DE TRABAJO DE LA GAR PACIFICO Y SUS DIRECCIONES.

DIRECCIONES DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA GERENCIA DE ALMACENAMIENTO Y REPARTO PACIFICO

CLAVE NOMBRE DOMICILIO TELEFONO HORARIO

626 GARP AVENIDA PROLONGACION AMERICAS 1450 COL COUNTRY CLUB CP 44637

013336486667 EXT 51373 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

627 EL CASTILLO CAMINO VIEJO A EL CASTILLO-EL MUEY No. 51, EL SALTO, JAL. C.P. 45695

013336782538 EXT 52538 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

628 MANZANILLO AV. DEL TRABAJO S/No. EJIDO TAPEIXTLES, MANZANILLO, COL. C. P. 28876

013143366719 EXT 56507 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

629 MAZATLÁN DOMICILIO CONOCIDO COL. LA ESPERANZA, MAZATLÁN, SIN. C.P. 82120

016699800303 EXT 57303 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

630 ZAPOPAN AV. AVIACIÓN No. 999 COL. SAN JUAN DE OCOTAN, ZAPOPAN, JAL., C.P. 45010

013336782584 EXT 52407 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

631 LÁZARO CÁRDENAS

INTERIOR ISLA DEL CAYACAL S/No. ZONA INDUSTRIAL, LÁZARO CÁRDENAS, MICH., C.P. 60950

017535323017 EXT 55288 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

632 COLIMA KM. 3.5 CARRETERA COLIMA-COQUIMATLAN COLIMA, COL.

013123080501 EXT 56303 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

633 TEPIC

AV. DE LAS TORRES ESQUINA INDUSTRIALES NAYARITAS, COL. INDUSTRIAL C.P. 63173, TEPIC, NAY.

013112115091 EXT 53703 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

636 ROSARITO

KM. 21 CARRETERA TIJUANA-ENSENADA, PLAYAS DE ROSARITO, ROSARITO, B.C., C.P. 22710

016616121078 EXT 50260 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

637 HERMOSILLO

BOULEVARD DE LOS SERIS NO. 74 COL. PARQUE INDUSTRIAL, HERMOSILLO, SON., C. P. 83299

016622510375 EXT 54240 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

638 MEXICALI KM 16 CARRETERA MEXICALI-TIJUANA MEXICALI, B.C., C.P. 21384

0168655715393 EXT 50104 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

639 ENSENADA KM. 105 CARRETERA TIJUANA-ENSENADA C.P. 22710, ENSENADA, B.C.

016461746120 EXT 50415 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

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640 MAGDALENA CALLE ROQUE MÁRQUEZ Y F.F.C.C. C. P. 84160

016323223648 EXT 29602 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

641 NOGALES CARR. INTERNACIONAL KM. 5.5 C.P. 84000

016313143183 EXT 54002 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

644 GUAYMAS

DOMICILIO CONOCIDO, FRACCIONAMIENTO LAS BATUECAS S/N C.P. 85430 GUAYMAS, SONORA.

016222220075 EXT 54304 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

645 TOPOLOBAMPO CARRETERA LOS MOCHIS – TOPOLOBAMPO KM. 19.5 C.P. 81370 TOPOLOBAMPO, SIN.

016688620581 EXT 58303 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

646 CD. OBREGÓN CARRETERA INTERNACIONAL TRAMO CD. OBREGÓN KM. 1858.6 C.P. 85000.

016444151121 EXT 29701 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

647 CULIACÁN AV. AZTLAN No. 3350 COL. INDUSTRIAL EL PALMITO, C.P. 80160 CULIACÁN, SIN.

016677174248 EXT 58603 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

648 GUAMÚCHIL

PATIOS DE LA FF.CC. DEL PACIFICO CARR. INTERNACIONAL MÉXICO-NOGALES, KM. 1532, C.P. 81400 GUAMÚCHIL, SIN.

016737323605 EXT 29903 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

649 LA PAZ CARRETERA A PICHILINGUE KM 8.5 PUNTA PRIETA CP 23010

016121216266 EXT 59303 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

650 NAVOJOA

CARRETERA FEDERAL NÚM. 15 KM. 151 TRAMO LOS MOCHIS- CD. OBREGÓN C.P. 85800, NAVOJOA, SONORA.

016424235095 EXT 29808 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

664 ACAPULCO AV. CLEMENTE MEJÍA S/No. COLONIA ICACOS., C.P. 39860 ACAPULCO, GRO.

017444810569 EXT 39290 LUNES A VIERNES DE 8:00 AM A 3:00 PM

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DOCUMENTO 3 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

FORMATO DE INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente INVITACIÓN RESTRINGIDA, a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

Datos de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Relación de Socios:

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional):

Datos de las Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Relación de Socios:

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y domicilio del apoderado o representante:

Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Lugar y fecha Protesto lo necesario.

(Firma autógrafa original) Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar

abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral. 3.- Los poderes otorgados fuera de los Estados Unidos Mexicanos, una vez legalizados o apostillados, y traducidos, en su caso por

perito, deberán protocolizarse ante Notario Público mexicano, esto no es aplicable a los poderes otorgados ante Cónsules Mexicanos.

4.- En el caso de licitantes extranjeros se deberá adecuar la redacción de este documento conforme al país de origen del licitante.

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DOCUMENTO 3-A [En papel membretado del participante]

[Lugar y fecha de Expedición]

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

ESCRITO QUE DEBERÁN PRESENTAR LAS PERSONAS INTERESADAS EN PARTICIPAR EN ESTA INVITACIÓN RESTRINGIDA

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________ P r e s e n t e. CON REPRESENTANTE Me refiero a la (s) junta(s) de aclaraciones de la INVITACIÓN RESTRINGIDA No. _______(3)___________ en la cual mi representada, _______________(4)___________________ tiene interés en participar. SIN REPRESENTANTE Me refiero a la (s) junta(s) de aclaraciones de la INVITACIÓN RESTRINGIDA No. _______(3)___________ en la cual tengo interés en participar. DATOS DEL LICITANTE Registro Federal de Contribuyentes: Nombre: Domicilio Fiscal: Descripción del objeto social: Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: DATOS DEL REPRESENTANTE Registro Federal de Contribuyentes: Nombre: Domicilio Fiscal: Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas facultades DE REPRESENTACIÓN. Nombre, número y circunscripción del Notario Público o Fedatario Público que la protocolizó.

A T E N T A M E N T E

_______________(5)_____________

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO

NUMERO DESCRIPCIÓN 1 Señalar la fecha de suscripción del documento.

2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.

3 Indicar el número respectivo.

4 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.

5 Anotar el nombre y firma del interesado o de su representante.

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DOCUMENTO 4

[En papel membretado del participante] [Lugar y fecha de Expedición]

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

MANIFESTACIÓN DE FACULTADES PARA INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA

DE PROPUESTAS.

(Lugar y Fecha)

PEMEX-Refinación Presente (Nombre del representante o persona que asista al acto), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”

que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi mismo o por mi representada para intervenir

en el acto de presentación y apertura de propuestas de la INVITACIÓN RESTRINGIDA citada al rubro.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA QUE ASISTE AL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS)

Nota: Este formato deberá requisitarse en caso de que la persona que asista al acto de presentación y apertura de propuestas, no sea el representante legal que suscribe la propuesta.

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DOCUMENTO 5 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

DOCUMENTO No.

DOCUMENTO ENTREGO

SI NO

Copia fotostática del comprobante de pago de las bases de INVITACIÓN RESTRINGIDA.

3 Formato de información para Acreditar la existencia y personalidad del licitante.

6 Propuesta Técnica y Económica

7 BIENES

NACIONALES

Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

7-A BIENES DE

IMPORTACIÓN

Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

9

Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el punto impedimentos para la participación en este procedimiento.

12 Compromisos con la Transparencia

15 Formato para la manifestación de integración de micro, pequeñas y medianas empresas. (APLICA SOLAMENTE A LICITANTES NACIONALES

CLASIFICADOS COMO MIPYMES)

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las Bases será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 6 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

Partida Descripción Cantidad

Unidad de

Medida

Precio Unitario

Sin I.V.A.

Precio Total

Sin I.V.A.

1

Partida 1 Casco de protección para la cabeza sin ala y con visera (En forma de cachucha) Clase G (general) forma II, Color Blanco. Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-058-PEMEX-2004 Revisión: 0 Clase G, No conductivo para protección de tensión eléctrica hasta 2,200 Volts. Forma II Dimensiones: Visera: 32 mm – 76 mm Inclinación: 0.1745 rad – 06457 rad (10º - 37º ) Longitud de la Visera: 70 mm Casco de protección para la cabeza que consiste de una concha de protección y un medio de absorción de energía dentro de ésta. Deben proveerse los medios para permitir la ventilación necesaria al usuario durante el uso del casco y contar con un sistema para adaptabilidad de accesorios (Ranura de anclaje). Los materiales usados en la concha del casco deben ser de lenta combustión y resistentes a la humidificación, de acuerdo con las pruebas específicas indicadas en la Norma. NRF-058-PEMEX-2004 Estos cascos deberán estar diseñados para soportarlas siguientes pruebas: Tensión eléctrica de 20000 volts de C.A. a 60 Hz durante un minuto, permitiendo una corriente de fuga máxima de 3.0 mA. Para esta prueba se debe utilizar el procedimiento descrito en la NOM-115-STPS-1994, en el Capítulo 8 Métodos de Prueba, inciso 8.1.8. Tensión eléctrica hasta de 30000 V de C.A. a 60 Hz, aplicada en forma gradual, sin sufrir ninguna perforación, se debe utilizar el procedimiento descrito en la NOM-115-STPS-1994, en el Capítulo 8 Métodos de Prueba, inciso 8.1.9. Los cascos, al someterse a un efecto de penetración, causado por una plomada de 454 g ± 2 %, con punta de acero en ángulo de

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0.610 ± 0.0174 rad (35 ± 1 º ) y un radio de curvatura máxima de 0.25 mm en caída libre desde una altura de 3.05 m deben sufrir una profundidad de penetración menor de 10 mm en pruebas individuales incluyendo el espesor del casco de protección para la cabeza, se debe utilizar el procedimiento descrito en la NOM-115-STPS-1994, (Capitulo 8 Métodos de Prueba inciso 8.1.5). Al someterse el casco al efecto de combustión conforme al método de prueba establecido en el apartado 8.7, de la NMX-S-055-SCFI-2000, el material de la concha no debe haber flama visible después de 5 s de haber retirado la flama de prueba. La preparación de las muestras para las pruebas deben cumplir con lo establecido en la NOM-115-STPS-1994, en el Capítulo 8 Métodos de Prueba, inciso 8.1.1. Los materiales utilizados que estén en contacto con la cabeza del trabajador no deben llegar a producir algún tipo de daño al usuario. Asimismo, el diseño debe ser tal que ningún componente interno, presente alguna condición como protuberancias, aristas o vértices agudos o cualquier otra que pueda causar lesión o incomodidad. Los materiales empleados en la fabricación así como los componentes de los cascos contemplados en esta norma, no deben ser conductivos, por lo que no se permite ningún elemento o accesorio metálico en ellos. La masa (peso) del casco de protección para la cabeza completa, excluyendo el barboquejo y cualquier otro accesorio, no debe ser mayor de 0.400 kg y adicionalmente 0.030 kg incluyendo las etiquetas conforme a ISO- 3873:1977(E) Inciso 4.7. Las dimensiones que se establecen en esta norma, tienen una tolerancia de ± 2%, excepto en aquellas donde se indique lo contrario o se establezca un rango de dimensiones. Componentes: Cada casco debe ser ensamblado de acuerdo a los siguientes componentes: Concha. La concha debe ser en forma de domo, fabricada de una sola pieza, sin salientes interiores o defectos que puedan lesionar al usuario. Debe tener costilla o nervadura sobresaliente, asimismo se permiten ranuras especiales en las partes laterales de la concha para el ensamble de los accesorios, y la superficie exterior debe ser tersa y libre de asperezas. Suspensión. Ayuda a absorber la energía cinética en caso de impacto, así como proporcionar comodidad y debe ser de un material apropiado que no cause irritación o algún tipo de daño en el área de contacto de la cabeza del usuario. Tafilete. Debe ser de plástico moldeado, resistente, ajustable y reemplazable. Los diferentes ajustes de los tafiletes deben tener un desarrollo de 3.2 mm (1/8 pulgada). Debe marcarse en el tafilete el tamaño correspondiente a cada ajuste, de manera permanente y legible. El ancho del tafilete en su parte más angosta no debe ser menor de 19 mm y en su parte más ancha no mayor de 30 mm. Los mecanismos de ajuste de los tafiletes deben ser de Hebilla deslizable. Los materiales usados para los tafiletes deben tener un espesor uniforme mínimo de 0.07 mm. Sudadera. La sudadera debe ser hecha de material absorbente, lavable y no causar daño al usuario y debe cubrir al tafilete

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cuando menos 200 mm de la frente. Tirantes (Bandas) de la suspensión. Los tirantes de la suspensión deben ser de fibra sintética, tener como mínimo 19 mm de ancho y formar una hamaca (arnés) para soportar cómodamente el casco en la cabeza del usuario. La suspensión debe tener como mínimo 2 tirantes para sujetarse en 4 puntos o 3 tirantes para sujetarse en 6 puntos debiendo cumplir las pruebas de impacto. Nuquera. Parte de la suspensión que debe asegurar la retención del casco sobre la cabeza del usuario la cual no debe incluir materiales metálicos. Barboquejo. El barboquejo no debe incluir partes metálicas y no debe causar daño al usuario. El barboquejo debe tener un ancho mínimo de 19 mm, contar con medios de ajuste no metálicos y con mentonera. Información del producto. Los fabricantes y/o proveedores deben suministrar con cada casco y sus accesorios, instructivo legible en idioma español que contengan como mínimo la siguiente información: a) Marca o logotipo del fabricante. b) Razón social de la empresa, dirección y teléfono. c) Denominación del producto, especificando Tipo y Clase. d) La leyenda “Hecho en México” ó País de origen en su caso. e) Numero de identificación de los accesorios. f) Material de fabricación. g) Descripción general de los riesgos que protege el casco. h) Indicaciones sobre el mantenimiento y limpieza del casco. i) Vida útil estimada. j) Recomendaciones y observaciones adicionales. k) Referencia a las normas correspondientes. Marcado. En la concha del casco debe tener las siguientes marcas de identificación: - Por medio del moldeado en alto relieve en forma legible y en lugar visible interior: a) Fecha de fabricación (año y Mes). b) Leyenda “Casco de protección” (con caracteres no menores de 3.5 mm). c) Clase y Forma (protección que ofrece con forme a la clasificación de esta Norma). d) NRF-058-PEMEX-2003. e) Número de lote.

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- Por medio de moldeado o con etiqueta legible, indeleble e intransferible: a) Marca del fabricante. b) Leyenda “Hecho en México” o país de origen. - La suspensión de los cascos debe tener por medio de moldeado en alto relieve, en forma legible y en lugar visible los

siguientes datos: a) Fecha de fabricación (año y mes). b) Marca del fabricante. Empaque. El empaque debe proteger la concha y la suspensión contra deterioro o daño, para su transporte, manejo y almacenaje, el cual debe ser marcado en un lugar visible con tinta en forma legible e indeleble o etiqueta, como mínimo con los siguientes datos: a) Marca o logo del fabricante. b) Razón social de la empresa y dirección. c) Denominación del producto: Forma y Clase y el color. d) Contenido neto: (Número de piezas que contiene). e) La leyenda “Hecho en México” ó País de origen en su caso. f) Numero de requisición

2

Partida 2 Lentes de seguridad. Micas obscuras (gris) Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-007-PEMEX-2008 Descripción [CI3F1G2–B2K2–A-B3–F6]: “Lentes contra impactos con armazón tipo 3 de una sola pieza, con guarda superior con protección lateral y patillas ajustable a cuatro posiciones mínimo, el armazón con material de nylon o texin de una sola pieza moldeado por inyección y puente nasal tipo universal, con recubrimiento anti-estático, anti-ralladuras, anti-rayos ultravioleta (UV) y anti - empañante”. Mica obscura gris, utilizada comúnmente en exteriores para reducir el deslumbramiento. Permite que los ojos del usuario se ajusten fácilmente de interiores a exteriores. Armazones para los lentes. Deben ser de diseño curvo y simétrico, sólido, ligero y durable. Su peso debe estar uniformemente distribuido, de tal forma que estén perfectamente balanceados. En combinación con las patillas, deben contar con un mecanismo para la inclinación del armazón o de la mica, según sea el caso. El diseño de los armazones debe permitir al menos una torsión de 1/4 de giro con respecto a su sección transversal sin presentar fisura, grieta o deformaciones permanentes, debe regresar a su configuración original. Los pernos para el sistema armazones-patillas deben ser metálicos de bronce o acero inoxidable, resistente a la corrosión.

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Micas monolenticulares. Su diseño curvo para lentes debe proporcionar una excelente visión periférica de 160° como mínimo, en ambos planos, horizontales y verticales, sin distorsión óptica. Debe ser capaz de absorber más del 99.9% de la dañina radiación ultravioleta hasta 385 nm (para micas claras) y 400 nm (para micas con filtro). Una vez trabada, no debe desprenderse del armazón. Protecciones laterales. Todos los lentes deben contar con protecciones laterales, sea que estén integradas a los armazones, a las micas monolenticulares o a las patillas, y deben ser del mismo material que éstos. Su diseño no debe causar distracción cuando se mire de reojo. Deben ser simétricas y equidistantes en toda su configuración, con respecto a un eje vertical central imaginario que pasa por en medio del puente nasal tipo universal. Patillas fijas y ajustables a 4 posiciones mínimo. El extremo libre de las patillas fijas debe ser del tipo espátula y estar provisto con un material blando antiderrapante que añada confort en la zona mastoidal detrás de las orejas. El extremo libre de las de longitud ajustable también debe estar provisto con un material blando antiderrapante que añada confort a la zona mastoidal detrás de las orejas. Ambos tipos de patillas deben ser flexibles para colocar los lentes en posición y deslizarlos desde las sienes hacia la parte posterior de las orejas, sin imponer presiones detrás de las mismas, tampoco irritar o provocar malestar en las zonas sensibles alrededor de las orejas. Guardas superior e inferior. Su diseño debe proporcionar protección adicional a los ojos contra impactos por partículas que vengan de arriba o por debajo de la zona ocular. Deben diseñarse para lentes de seguridad normales y para lentes de seguridad que se usen encima de los lentes Rx graduados. La guarda superior, debe ajustarse al contorno de la frente y cubrirlo al menos en un 85%. Puente nasal tipo universal. Su diseño anatómico y ergonómico, debe ajustarse a la configuración nasal de los usuarios, sin ejercer presiones en el tabique nasal ni en las zonas sensibles detrás de las orejas, como efecto consecuente. Debe proporcionar como mínimo, una superficie de contacto alrededor de la nariz del 80%, sin ejercer presión que cause molestias, tal que el usuario pueda soportar los lentes de seguridad confortablemente durante 8 horas continuas. Pueden ser del mismo material de los armazones (para lentes) y micas monolenticulares, así como de material acojinado antiderrapante en la zona del puente nasal. Acabado El acabado de todos los componentes de los lentes (armazones, micas, protecciones laterales, guarda superior e inferior, puente nasal tipo universal y patillas), debe estar libre de bordes agudos y/o filosos, pliegues, arrugas, estrías, rebabas, protuberancias, burbujas, manchas, materiales extraños e irregularidades. Ópticos Los lentes especificados en esta norma de referencia, deben cumplir con las siguientes pruebas. Potencia prismática para los lentes. La potencia prismática no debe exceder 0,25 de dioptría prismática en cualquier dirección. Los lentes como unidad completa, la potencia prismática no debe exceder 0,50 de dioptría prismática en cualquier dirección.

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El desbalance prismático vertical no debe exceder 0,25 de dioptría prismática y el horizontal no debe exceder de 0,25 de dioptría prismática "Base dentro" o 0,50 de dioptría prismática "Base fuera". Potencia refractiva y astigmatismo. La potencia refractiva, en cualquier meridiano, no debe exceder ± 0,06 de dioptría. El astigmatismo máximo, es decir, la diferencia absoluta de potencia medida en los dos meridianos extremos, no debe exceder 0,06 de dioptría. Nebulosidad. Todas las micas de los lentes deben exhibir menos del 3% de nebulosidad al someterse a la prueba indicada en el numeral transmitancia. Las micas claras y con filtro de los lentes, las mediciones para la transmitancia deben realizarse de acuerdo a la norma. La relación entre dos mediciones de transmitancia, una para cada mica de un par reemplazable (para micas duales), o en puntos directamente enfrente de cada ojo (para micas monolenticulares), no debe ser menor de 0,90 ni mayor de 1,10. La tolerancia para números de sombra 4 y mayores, debe ser de 0,80 y 1,20 respectivamente. Resistencia al impacto (armazones) Pruebas del armazón. Para estas pruebas, el armazón de los lentes debe estar equipado con micas de prueba (duales o monolenticulares remplazables, según sea el caso). Impacto con proyectil a alta velocidad No deben proyectarse partes ni fragmentos del armazón que pudieran hacer contacto con el ojo de la cabeza de un maniquí varón. Los armazones de los lentes, deben ser capaces de resistir el impacto de un balín de acero de 6,35 mm de diámetro, lanzado a una velocidad de 45,7 m/s. Los armazones, deben ser capaces de resistir el impacto de un balín de acero de 6,35 mm de diámetro, lanzado a una velocidad de 76,2 m/s. Impacto con proyectil de gran masa Impacto con proyectil de gran masa los armazones deben ser capaces de resistir el impacto de un proyectil con punta cónica (30 grados de conicidad) de 500 gramos soltado en caída libre (guiado, pero sin restricción) desde una altura de 1 270 mm Pruebas de producto. Los lentes con micas monolenticulares no remplazables, como el tipo 9 de la Tabla No. 1, deben probarse como unidad completa. Aplican las pruebas de "Impacto con proyectil a alta velocidad, para lentes", y las pruebas de "Impacto con proyectil de gran masa, para lentes" Resistencia al impacto con balín en caída libre (micas duales y monolenticulares remplazables y no remplazables Las micas, claras, con filtro y con números de sombra hasta 3,

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Resistencia a la penetración Las micas reemplazables y no reemplazables (de los lentes deben ser capaces de resistir la penetración de un proyectil de 44,2 gramos equipado con una aguja de costura nueva, Singer No. 25 o de tamaño 135 x 17, soltado en caída libre desde una altura de 1 270 mm. Resistencia a la inflamabilidad Se debe verificar la velocidad de propagación de flama en todos los lentes, no deben inflamarse después de 1,5 segundos de exposición a una flama abierta de 50 mm procedente de un mechero de Bunsen de 10 mm. Limpieza Todos los lentes y sus micas, deben limpiarse de acuerdo con las instrucciones escritas del proveedor o fabricante, en el entendido de que su función y propiedades ópticas no deben degradarse. Marcado del lente Del lente, los armazones y las patillas (solo para los lentes), deben ostentar clara y permanentemente la marca, logotipo o monograma del fabricante y las siglas “NRF- 007” lo cual significa que los lentes cumplen con esta norma de referencia NRF-007- PEMEX-2007. Las micas monolenticulares (remplazables y no remplazables) deben tener marcado, en un lugar donde no obstaculice la visión, las siglas “NT” el número de sombra (si aplica) y el tipo de recubrimiento. Del empaque. Cada cajita (ver numeral 8.12.) que contiene solamente una unidad, debe tener impreso y de manera visible y en español, como mínimo: La marca, logotipo o monograma del fabricante, Domicilio, teléfono, fax y país de origen del fabricante, Identificación del lente que está dentro de dicha caja, congruente con el código de especificación de los numerales 8.4. y 8.11.1. de esta norma de referencia, Materiales del armazón, la mica(s) y las patillas (fijas o ajustables), Código de barras único para cada tipo de lente, Número de lote al que pertenece la unidad, Número de patente, Instrucciones de limpieza, y Advertencias relacionadas con su uso. Empaque Cada unidad debe colocarse en una bolsa de polietileno, transparente que proteja los lentes del polvo y fricciones innecesarias y guardarse en una caja de cartón suave en forma individual.

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Partida 3 Líneas de sujeción con absorvedor de energía o amortiguador de impacto. Línea de sujeción con 2 ganchos de seguridad, con amortiguador de choque clase II, fabricado de fibras sintéticas, metálicas o combinadas con una resistencia nominal de 2500kg. Los accesorios de la línea de sujeción (herrajes) deberán cumplir con lo siguiente: Ganchos de seguridad: Deben ser de auto cierre y candado automático. Deberán ser de acero forjado con un acabado resistente a la corrosión, capaz de soportar cargas a tensión de 2300kgf sin sufrir daño de ningún tipo. Longitud de línea 1.8m (6ft.) con mosquetón. Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-024-2010 o versión actualizada, ANSI/ASSE Z359.1 o equivalente; OSHA, 1910.28 y 1910.66., CFE H0000-24, ANSI A10.14-1991, ANSI Z359.1-1992, ANSI Z133.1 y LFC-GPS-001. Absorbedores de Energía o Amortiguadores de 1.8 ó 3 m. de largo Deben tener terminaciones de fin de cuerda que satisfagan los requisitos de los incisos 3.2.3.2, 3.2.3.3 y 3.2.3.5 de ANSI/ASSE Z359.1 o equivalente. La máxima distancia de desaceleración del absorbedor de energía no deberá exceder de 1 067 mm (42 in) como lo menciona el punto 3.2.4.6 de ANSI Z359-1, cuando es probado dinámicamente según el punto 4.3.5.2 de ANSI Z359-1. El amortiguador debe cumplir con una prueba de tensión estática mínima de 22,2 kN (4 991 lbf) que indica la prueba de fuerza estática de absorbedores de energía. La activación del absorbedor de energía debe ser cuando esté bajo una tensión de 0,04 kN (10 lbf). Cuerda de material sintético debe cumplir con: Las cuerdas deben ser construidas de material sintético de filamentos de estambre fuertemente tejida y resistente a la luz, calor, características equivalentes o superiores a poliamidas. Las uniones de la cuerda con los herrajes (anillos, mosquetones y ganchos de seguridad) deben ser a través de una unión permanente de la siguiente forma: Los empalmes con cuerdas deben tener terminaciones en forma de ojo de acuerdo con las recomendaciones del fabricante de la cuerda y a los siguientes requisitos: se debe usar un conector acanalado apropiado según el tamaño de la cuerda y debe ir trenzado como parte de la terminación del ojo formado. La cuerda debe cumplir con lo especificado en ASTM-E794 “Standard Test Method for Melting and Crystallization Temperatures by Thermal Analysis” o equivalente, y debe tener un punto de fundición al menos de 204°C (400°F). La cuerda debe soportar una fuerza a la ruptura de 37,8 kN (8 500 lbf) como mínimo. Las cuerdas no deben tener superficies ásperas o bordes afilados que pueden desgastar o dañar el equipo. La cuerda de material sintético debe tener un diámetro entre 11 mm (7/16 in) y 16 mm (5/8 in) ± 0,5 mm (1/64 in). Los materiales empleados en la fabricación de la cuerda de sujeción deben cumplir con lo indicado en ANSI / UL-913 Intrínsecamente seguros y para uso Clase I y II, División I y II o equivalente. Correa flexible de material sintético o cable de acero con ganchos de seguridad en ambos extremos.

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Debe ser fabricada con material dieléctrico y cumplir con la ASTM-F887-04 o equivalente. La corriente de fuga debe ser como máximo 1 mA cuando se aplique a los cinturones una tensión de 3 kV a 60 Hz durante 180 s, cuando se prueben de acuerdo al inciso 15.3.1 ASTM-F887-05 o equivalente. Etiquetado. Cada parte de los elementos que componen los diferentes sistemas de seguridad personal anticaídas debe tener una etiqueta del producto con identificación en idioma español, elaborada de un material resistente al medio ambiente, de uso rudo y permanentemente unida al producto, la cual debe contener como mínimo los siguientes datos. 1. Que el producto cumple con lo indicado en la NRF-024-PEMEX-2008. 2. Longitud total 3. Resistencia a la tensión 4. Diámetro: ______mm. 5. Nombre, identificación o logotipo del fabricante. 6. Dirección del fabricante. 7. País de fabricación. 8. Material 9. Modelo, tipo, lote y número de serie. 10. Fecha de fabricación 11. Registros de inspección 12. Capacidad máxima de trabajo incluyendo herramienta 13. Recomendaciones de uso, limitaciones, reposición, revisión, limpieza, mantenimiento y resguardo. 14. Para productos importados indicar el nombre o razón social y domicilio del importador. Empaque. El empaque debe ser individual y proporcionar protección adecuada contra deterioro o daño durante las condiciones de transporte, manejo y almacenamiento. El empaque debe marcarse por el fabricante o proveedor de tal forma que la información siguiente permanezca en forma legible: 1. Marca o logotipo del fabricante 2. Razón social de la empresa y dirección 3. Descripción del producto: (cinturón de seguridad, arnés, línea de sujeción, línea de vida, especificando la clase y el tipo) 4. Contenido neto: (Número de piezas que contiene) 5. La leyenda “Hecho en México” ó País de origen en su caso. 6. Instrucciones de uso.

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Partida 4 TIPO I, Guante de cuero con ajuste en muñeca Guante manufacturad en palma, dorso, manga y refuerzos de cuero vacuno con manga dobladilla y ajuste con muñeca. Medida:12 Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-114-PEMEX-2006. 8.4.1 Fabricación y confección del guante Tipo I. (Guante de cuero con ajuste en muñeca). La fabricación y confección del guante Tipo I debe ser tomando como referencia la Figura No. 1 y lo que se especifica en esta norma. 8.4.1.1 Dimensiones de las Tallas.- Deben ser las que se indican en la Tabla No. 6. 8.4.1.2 Espesores.- Los espesores del cuero del guante deben ser los que se indican en la Tabla No. 17. 8.4.1.3 Costura.- La costura debe ser tipo recta, con un mínimo de 4 puntadas por centímetro y remates de acuerdo al punto 8.4.1.14. La costura interna debe ser paralela a la orilla del corte con una separación máxima de 3 mm medida a partir de la orilla del corte y sin que la costura se salga del corte. 8.4.1.4 Hilo.- Debe ser de 100% algodón torcido, calibre 18 de 4 cabos (18/4) en acabado crudo y mercerizado. 8.4.1.5 Empalme al parche.- La palma y el dedo pulgar se deben unir en el extremo del dedo índice, dorso y manga a través de un empalme al parche con costura doble paralela a una distancia entre costuras de 6 ± 1 mm. 8.4.1.6 Dedo pulgar.- Debe ser de cuero en forma diagonal como se muestra en la Figura No. 12. 8.4.1.7 Palma.- Debe ser de cuero y de una sola pieza. 8.4.1.8 Dorso.- Debe ser de cuero y de una sola pieza con un empalme al parche en el extremo del guante (dedo índice, dorso y manga). 8.4.1.9 Manga.- Debe ser de cuero y unida a la palma y dorso, cada una en una sola pieza. 8.4.1.10 Dobladillo.- En todo el perímetro de la parte inferior de la manga debe estar dobladillado con el mismo material. El material dobladillado hacia el interior de la manga debe ser de 10 ±1 mm de ancho. 8.4.1.11 Ajuste en muñeca.- En la manga de cada guante debe tener un cuadro de cuero con un espesor de 1,30 a 1,50 mm, cosido con una base de contactel (ganchos) en toda el área y a una distancia de la manga (abertura del guante) de 15 ± 1 mm. Un extremo del cuadro de cuero va cosido entre la orilla del empalme al parche y la manga, y el otro extremo va dobladillado con el mismo material. La otra base del contactel (felpa) va cosido en la manga del guante a una distancia del empalme al parche de 40 mm y a una distancia de la manga (abertura del guante) de 15 ±1 mm. Tanto el área del cuadro de cuero con una base de contactel (ganchos), como la base del contactel (felpa) cosido en la manga, deben ser de acuerdo a las tallas. Para las tallas 6, 7 y 8 debe ser de 38 mm por lado. Para las tallas 9, 10, 11 y 12 debe ser de 51 mm por lado, con una tolerancia para los valores dimensionales de ± 4%. 8.4.1.12 Contactel.- Debe ser de cierres cinta de gancho y felpa que forme un sistema de sujeción a base de gancho No. 70 y felpa No. 71 tejido de nylon de color blanco (Ver figura No.1). 8.4.1.13 Refuerzos.- Cada guante en su exterior debe de tener dos refuerzos de cuero con un espesor de 1,30 a 1,50 mm y un ancho de 7 ± 1 mm de acuerdo a la figura No. 1 cara ventral exterior. 8.4.1.13.1 Refuerzo tipo vivo al dedo anular y medio. Debe estar cosido en la unión de las costuras del dedo anular y medio con la palma. 8.4.1.13.2 Refuerzo tipo vivo al dedo pulgar. Debe estar cosido en la parte superior del dedo pulgar entre las costuras del

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encuarte. 8.4.1.14 Remates. Como mínimo deben ser siete remates en la parte interna de cada guante al pespuntear o coser la unión de los encuartes y/o empalmes del dorso, dedos, palma y/o manga (Ver figura No.1 cara dorsal y ventral interior). 8.4.1.14.1 Inicio de cerrada. Debe estar rematado en un extremo superior del dedo índice. 8.4.1.14.2 Entre piquete (dedo medio e índice). Debe estar rematado en el dorso, entre el piquete del dedo medio e índice. 8.4.1.14.3 Entre piquete (dedo meñique y anular). Debe estar rematado en el dorso, entre el piquete del dedo meñique y anular. 8.4.1.14.4 Entre la manga. Debe estar rematado en el dobladillado de la manga (abertura del guante) y la unión con el empalme al parche del dorso con el dedo pulgar. 8.4.1.14.5 Inicio de ensamble del dedo pulgar. Debe estar rematado en el encuarte del dedo pulgar y palma con el empalme al parche del dorso. 8.4.1.14.6 Final de ensamble del dedo pulgar. Debe estar rematado en el encuarte del dedo pulgar y manga con el dobladillado de la manga (abertura del guante). 8.4.1.14.7 Final de cerrada. Debe estar rematado al final de la cerrada de la unión de los encuartes de la palma, dorso y/o manga dobladillada. 8.4.1.15 Asentado. Cada guante debe ser asentado, con los nódulos insertos y con todas las costuras costeadas.

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Partida 5 Tipo III. Guante combinado de cuero y carnaza. Guante manufacturado en palma, dorso y refuerzos de cuero de ganado vacuno con puño de seguridad de carnaza de ganado vacuno ribeteado Tallas: 12 8.4.3 Elaboración y confección del guante Tipo III. (Guante combinado de cuero y carnaza) La fabricación y confección del guante Tipo III debe ser tomando como referencia la Figura No. 3 y lo que se especifica en esta norma. 8.4.3.1 Dimensiones de las tallas. Deben ser las que se indican en la Tabla No. 9. 8.4.3.2 Espesores. Los espesores del cuero y carnaza del guante deben ser los que se indican en la Tabla No. 17. 8.4.3.3 Costura. La costura debe ser tipo recta, con un mínimo de 4 puntadas por centímetro y remates de acuerdo al punto 8.4.3.11. La costura interna debe ser paralela a la orilla del corte con una separación máxima de 3 mm medida a partir de la orilla del corte y sin que la costura se salga del corte. 8.4.3.4 Hilo. Debe ser de 100 % algodón torcido, calibre 18 de 4 cabos (18/4) en acabado crudo y mercerizado. El hilo para la costura o pespunte del ribeteado debe ser del mismo color del ribete. 8.4.3.5 Dedo pulgar. Debe ser de cuero en forma diagonal como se muestra en la Figura No. 13. 8.4.3.6 Palma. Debe ser de cuero con un refuerzo de tipo pistola al centro de la palma. 8.4.3.7 Dorso. Debe ser de cuero y de una sola pieza. 8.4.3.8 Puño de seguridad. Debe ser de carnaza de una sola pieza y cosido en todo el perímetro de la mano (ensamble del puño con el dorso, palma y dedo diagonal) del guante con costura doble paralela que tenga un espacio entre cada costura de 6 ± 1 mm. El puño debe tener una jareta con una distancia de 25 mm máximo al extremo distal como se muestra en la Figura No. 10. 8.4.3.9 Bies ribeteado. Debe estar cosido en todo el perímetro de la parte inferior del puño, con un ancho total de 12 ± 1 mm,

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quedando de 6 ± 1 mm de ancho exterior y 6 ± 1 mm de ancho interior. El ribete debe ser de una tira de tela de 100 % algodón y de color azul del Pantone textil 19-4342-TC. Cosido con hilo 100% algodón torcido calibre 18 de 4 cabos del mismo color que el ribete. 8.4.3.10 Refuerzos. Cada guante en su exterior debe de tener cuatro refuerzos. 8.4.3.10.1 Refuerzo tipo pistola. Debe ser de cuero de una sola pieza con un espesor de 1,20 a 1,40 mm y cosido en el centro de la palma. Debe ser cosido con costura doble paralela en todo su perímetro y centro con una distancia entre costuras de 4 ± 1 mm. El hilo para la costura del refuerzo debe ser 100 % algodón torcido, calibre 18 de 4 cabos (18/4). Opcionalmente y de acuerdo a las necesidades del área solicitante el hilo para la costura del refuerzo debe ser de hilo de 100 % fibras aramídicas torcido, calibre 29 de 4 cabos (29/4). Las dimensiones del refuerzo, según talla, deben ser de acuerdo a lo establecido en la Tabla No. 9. 8.4.3.10.2 Refuerzo tipo cartera. Debe ser de cuero de una sola pieza con un espesor de 1,20 a 1,40 mm y colocado sobre la palma y puño para proteger las costuras que los unen o ensamblan. El hilo para la costura del refuerzo debe ser 100 % algodón torcido, calibre 18 de 4 cabos (18/4). Opcionalmente y de acuerdo a las necesidades del área solicitante el hilo para la costura del refuerzo debe ser de hilo de 100 % fibras aramídicas torcido, calibre 29 de 4 cabos (29/4). Las dimensiones del refuerzo, según talla, deben ser de acuerdo a lo establecido en la Tabla No. 9. 8.4.3.10.3 Refuerzo tipo vivo al dedo anular y medio. Debe ser de cuero con un espesor de 1,50 a 1,80 mm y un ancho exterior de 7 ± 1 mm. Debe estar cosido en la unión de las costuras del dedo anular y medio con la palma. 8.4.3.10.4 Refuerzo tipo vivo al dedo pulgar. Debe ser de cuero con un espesor de 1,50 a 1,80 mm y un ancho de 7 ± 1 mm. Debe estar cosido en la parte superior del dedo pulgar entre las costuras del encuarte. 8.4.3.11 Remates. Como mínimo deben ser siete remates en la parte interna de cada guante al pespuntar o coser la unión de los encuartes y/o empalmes del dorso, dedos, palma y puño. 8.4.3.11.1 Inicio de cerrada. Debe estar rematado en un extremo superior del dedo índice. 8.4.3.11.2 Entre piquete (Dedo medio e índice). Debe estar rematado en el dorso, entre el piquete del dedo medio e índice. 8.4.3.11.3 Entre piquete (Dedo meñique y anular). Debe estar rematado en el dorso, entre el piquete del dedo meñique y anular. 8.4.3.11.4 En el dorso, dedo pulgar y puño. Debe estar rematado entre el encuarte del dorso y dedo pulgar con el ensamble del puño (superior). 8.4.3.11.5 Inicio de ensamble del dedo pulgar. Debe estar rematado en el encuarte del dedo pulgar y palma con el encuarte del dorso. 8.4.3.11.6 Final de ensamble del dedo pulgar. Debe estar rematado entre el ensamble del puño (parte superior) y el encuarte del dedo pulgar y palma. 8.4.3.11.7 Final de cerrada. Debe estar rematado en el final de la cerrada de la unión del encuarte del puño de seguridad (parte inferior o abertura del puño). 8.4.3.12 Forro (Opcional). A solicitud del área usuaria, el interior del guante debe estar forrado en la zona de la palma y dedos de la palma. El forro del guante debe ser de tela 100% algodón afelpado, que cumpla con las especificaciones de la Tabla No. 1. 8.4.3.13 Asentado. Cada guante debe ser asentado, con los nódulos insertos y con todas las costuras costeadas.

6 Partida 6 Guantes Clase III de Nitrilo (butadieno / acrilonitrilo). Tipo Jersey tejido de una sola pieza sin costuras ó sin ningún tipo de forro, alta resistencia mecánica a la perforación y abrasión,

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acabado externo rugoso, texturizado con forro interno con borra de algodón y kevlar. Resisten un rango de temperatura de 269 °K (- 4 °C) a 423 °K (150 °C). Más resistentes a la abrasión que los de neopreno y PVC. Tallas 9, 10 y 11. Debe cumplir la NRF-122-PEMEX-2006, Tallas 11

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Partida 7 Guantes de Neopreno Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-122-PEMEX Material: neopreno. Resistencia a la Temperatura hasta 366.15 K (93 °C) A acabado externo: áspero y rugoso, Acabado interno: con forro tipo jersey, de una sola pieza sin costuras. Talla: 11

8

Partida 8 Botas Impermeables con casquillo para uso industrial Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-056-PEMEX-2004. Tipo Impermeable Botas de Protección con casquillo tipo UI2 Material Hule Medida 30 Color Negro Dato Complementario: Altura 40 cm, Casquillo protector de Acero Para la fabricación de los diferentes tipos de botas impermeables contemplados en la presente norma de referencia, la suela, tubo ó caña y casquillo deben cumplir con las especificaciones generales establecidas, así como los requerimientos mínimos estipulados en las tablas Nos. 1 a 8. Inspección visual.- El calzado impermeable no debe presentar defectos tales como deformaciones, grietas u orificios, o cualquier deformación que disminuyan sus propiedades de calidad, incluyendo protuberancias que lesionen a los pies. Tubo o caña.- Debe ser fabricado junto con la chinela, puntera y suela, de una sola pieza y específicamente mediante el proceso de vulcanización o inyección. Asimismo los tubos deberán ser del mismo material base que las suelas y el tacón. El tubo debe presentar refuerzo en contrahorte y puntera y debe cumplir con lo establecido en la tabla No. 2. Construcción.- La construcción de las botas impermeables para uso industrial deben manufacturarse mediante los procesos de vulcanizado o inyección. Espesor.- El espesor de la suela y tubo se debe determinar de acuerdo a lineamientos establecidos en el método de prueba descrito en el punto 8.4.1.12 y debe cumplir con lo establecido en la tabla No. 1 y 2.

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Estanquidad.- Debe utilizarse una muestra de calzado completo, efectuándose la prueba a temperatura ambiente de acuerdo al método de prueba descrito en el punto 8.4.1.10. No deben existir burbujas de aire en ninguna parte del calzado cuando se aplique una presión de 0.50 kg/cm2 durante un tiempo de un minuto. Altura del tacón. La altura del tacón deberá ser de 30 � 5 mm, medida desde el piso a la interfase tacón-tubo, (véase figura No. 3). El ángulo, entre el tacón y el enfranque, deberá ser de 90 º a 100 º. Forro. El calzado impermeable debe poseer un forro de algodón de punto cerrado (tipo calcetín), adherido a la planta, chinela, cuartos y tubo; para evitar el contacto directo del pie con el tubo ó caña y planta y disminuir los efectos de transpiración; Punteras de protección.- La forma de las punteras debe adaptarse a la configuración de la horma. No deben interferir con la libre flexión de los dedos del pie y deben quedar fijas y ancladas de tal forma, que no presenten movimiento respecto al calzado. Las punteras deben construirse con una ceja interior “e” de 5.0 mm mínimo, medida en la parte interior de la puntera (véase Figura No.4) la cual impide que la puntera se incruste en la suela al recibir un fuerte impacto. La puntera debe quedar uniformemente asentada en la suela, o en una planta adicional que puede ser colocada sobre la suela, de ésta manera la puntera de protección y la planta principal quedan formando parte integral del calzado (véase Figura No. 5), de tal forma, que su extracción solo se logra destruyendo el calzado.

El forro, incluyendo la parte de la chinela, debe cubrir completamente la puntera de protección, para evitar el contacto de los dedos

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del pie con dicha puntera. Las dimensiones de las punteras deben ser correspondientes con la talla del calzado. Su longitud interna, cuando se mide de acuerdo al método descrito, no debe ser menor que los valores mostrados en la Tabla No. 4. Para resguardar los dedos y para comodidad del usuario, la puntera debe tener un claro que varía en función de la talla, como se estipula en la Tabla No. 5, el cual debe medirse entre la planta (sin plantilla) y el borde posterior interno de la puntera (véase Figura No. 5).

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Partida 9 Mandil para Soldador Material Carnaza Medida. Grande (42) Color Beige

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Partida 10 Mangas Protectoras Material carnaza Las mangas deberán cubrir hasta los brazos. Especificación GSI-III 5.7.1 Material Carnaza Medida Grande Altura (CM) 45.7 Color Amarillo Dato Complementario Curtidas al cromo

11

Partida 11 Barbiquejo para casco Tipo Barbiquejo 13 mm de ancho mínimo, con 2 piezas de plástico Especificación NO. 02.0.03 (GI-3) Material Elástico (Algodón / elastano o similar) Medida Estándar Color Gris

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Dato Complementario: 13 mm de ancho mínimo, con 2 piezas de plástico

12

Partida 12 Cinturón protector de esfuerzos (faja) Con tirantes tipo paracaídas elásticos y ajustables con felpa y gancho para cierre, varillas plásticas en zona lumbar, confeccionada en malla textil con apresto talla MD, (Se requiere faja con tirantes tipo malla elástica), Faja Ventilada. Talla grande.

13

Partida 13 Cable de vida retráctil con una cuerda de 3 metros de longitud y una capacidad de carga de 181 kg, con gancho LC que cumpla con ANSI Z359.1 y NRF-024-PEMEX-2009

14

Partida 14 Tipo Respirador media cara Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-123-PEMEX-2007 Estos respiradores deben proveer protección respiratoria contra partículas, gases y vapores orgánicos nocivos para la salud, o combinaciones de ellos. Material: Silicón Dato Complementario: Media Cara, arnés con bandas elásticas, conexión p/portafiltro, válvula de exhalación, copa nasal, cubierta, porta / válvula incluye par de cartuchos multigas color negro (cartucho para vapores orgánicos), resistente a atmosferas con gases tipo hidrocarburos. Pruebas de eficiencia de cartuchos con filtros contra gases y vapores. Se deben realizar las pruebas de eficiencia de cartuchos con filtros químicos establecidos en el punto No. 8.2 de la NMX-S-002-SCFI-2004. Clasificación PEMEX RPA TIPO III Clasif. NMX-054-SCFI2002 N100 Clasif. NIOSH-42-CFR-84 N100 Filtro de carbón activado para vapores orgánicos y/o gases ácidos en bajas concentraciones. Respiradores de fácil mantenimiento, con un diseño más equilibrado con menos puntos de presión. Tiene menos movimiento en la cara y menos tensión en el cuello. La mascarilla de bajo perfil permite una visión amplia, ofreciendo comodidad adicional cuando se utilice con lentes o Gogles. El respirador aprobado por la NIOSH/MSHA es pre armado y listo para usar. Disponible con filtros ligeros pre armados (para polvos, neblinas, vapores orgánicos, gases ácidos, spray de pinturas, insecticidas) y filtro de HEPA.

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15

Partida 15 Capucha tipo monja para Bombero Debe apegarse a las especificaciones de la norma: NRF-231-PEMEX-2010 Tipo Capucha Tipo Monja Especificación NFPA Std. #1971 Material Tela Nomex Medida Estandar Altura (CM) No aplica Color Indistinto Normatividad NFPA 1971-EDICION 2007 Descripción: Capucha para protección a altas temperaturas, capa doble en la cabeza, pechera capa sencilla, Nomex blanco 100% natural. Capucha tejida de doble capa con cara completa cumple con la norma NFPA 1971 revisión 2007, listadas por U. L., Diseñada para usarse con una mascarilla de equipo de respiración autónomo, con abertura de ojos y en la nariz. El capuchón debe de contar en la parte superior con una malla construida en fibra de PBI unida al tejido Nomex mediante costuras ocultas. El licitante también debe presentar copia de los informes de resultados de las pruebas indicadas en 8.6.2 y 8.6.3 de la presente norma. La capucha debe cumplir los requisitos de diseño y desempeño, establecidos en los numerales 6.13 Requisitos de Diseño para el Componente Interfaz de Capucha Protectora para ambos trajes, 6.14 Requisitos Adicionales de Diseño del Componente Interfaz de Capucha Protectora del Traje para Combate de Incendios en Estructuras y 7.14 Requisitos Adicionales de Desempeño para el Componente Interfaz de Capucha Protectora del Traje para Combate de Incendios en Estructuras de la NFPA 1971 edición 2007 o equivalente. Debe estar certificada por UL o equivalente, para cumplimiento de NFPA 1971 edición 2007 o equivalente Capucha para protección a altas temperaturas, capa doble en la cabeza, pechera capa sencilla, Nomex blanco 100% natural. Capucha tejida de doble capa con cara completa cumple con la norma NFPA 1971 revisión 2007, listadas por U. L., Diseñada para usarse con una mascarilla de equipo de respiración autónomo, con abertura de ojos y en la nariz. El capuchón debe de contar en la parte superior con una malla construida en fibra de PBI unida al tejido Nomex mediante costuras ocultas. Requerimiento de Evaluación Técnica - Adjunto a su propuesta técnica el licitante debe de entregar copia del certificado UL en el que se establece marca y modelo de la monja, y que cumple con la última revisión de la norma NFPA-1971 revisión 2007, caso contrario se dictaminará que la propuesta no cumple técnicamente, no se aceptan documentos on-line. - Adjunto a su propuesta técnica el licitante debe entregar copia del catálogo en el que se indique las especificaciones de la monja, señalando claramente el equipo ofertado, caso contrario se dictaminará que la propuesta no cumple técnicamente.

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- Toda la documentación deberá presentarse en idioma español, si la documentación está en otro idioma, se debe anexar una copia simple con la traducción en idioma español, caso contrario se dictaminará que la propuesta no cumple técnicamente. - Será motivo de descalificación el no presentar todos y cada uno de los requisitos solicitados en estas bases técnicas y no cumplir con alguno de los criterios de evaluación técnica.

Condiciones de entrega:

Lugar de entrega:

Monto total de la propuesta sin I.V.A. $

Vigencia de la propuesta: La presente propuesta permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente.

NOMBRE DEL LICITANTE: ____________(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: __________________________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________ FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 7 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

BIENES NACIONALES

Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa

____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me

sea adjudicado el contrato respectivo, los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de

mi propuesta, será(n) de Fabricación Nacional y contará(n) con un Grado de Integración Nacional de

cuando menos el __(7)__% (o __(8)__% como caso de excepción).

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en dicho

anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una comprobación del

cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los bienes aquí ofertados, a

través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física

de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses

a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instrucciones para llenado del DOCUMENTO 7

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de Pemex Refinación.

3 Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate

4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación

5 Citar el nombre o razón social del licitante

6 Indicar los números de partida con oferta de bienes nacionales

7 Indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del Documento 7-D.

8 Indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en los apartados 3.5 y 3.6 del Documento 7-D.

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante

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DOCUMENTO 7-A INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

BIENES DE IMPORTACIÓN

Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al procedimiento de _____(3)_______ número ___(4)___ en el que mi representada, la

empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.

Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto

de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y

suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, serán originarios de

______(7)______, país que tiene suscrito con México el Tratado de Libre Comercio

_______(8)______, de conformidad con la regla de origen aplicable de dicho tratado, en materia

de contratación pública.

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que ante una comprobación del

cumplimiento de las reglas de origen de los bienes, me comprometo a proporcionar la información

que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento

la veracidad de la presente, para lo cual conservaré dicha información durante seis meses a partir

de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo de llenado del DOCUMENTO 7-A

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de PEMEX REFINACIÓN

3 Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate

4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación

5 Citar el nombre o razón social del licitante

6 Señalar los números de partida que correspondan

7 Indicar el nombre del país de origen de los bienes

8 Indicar el nombre del tratado de libre comercio bajo la cobertura del cual se realiza

el procedimiento de contratación

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante.

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DOCUMENTO 7-B INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

(Cuando el proveedor sea el Fabricante de los bienes)

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa

____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado A) del anexo referido, el que suscribe

manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado de Integración

Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN

(5) (6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el

artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos

Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del

Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información

documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se

producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo para llenado del DOCUMENTO 7-B

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de Pemex Refinación.

3 Indicar el número de Contrato

4 Citar el nombre o razón social del proveedor

5 Señalar el número de partida que corresponda

6 Indicar la descripción del bien suministrado

7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien

8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 del Documento 7-D.

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor

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DOCUMENTO 7-C INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

(Cuando el proveedor No sea el Fabricante de los bienes)

Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 6.2 del Documento 7-D “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

__________de __________ de ______________ (1)

________(2)____________

PRESENTE.

Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa

____________(4)____________ .

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado B) del anexo referido, el que suscribe

____________(5)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los Bienes que hemos

fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________ cuentan con el Grado de

Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:

Partida Descripción del Bien GIN

(6) (7) (8)

De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el

artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,

Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos

Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del

Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información

documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se

producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los

bienes.

Atentamente

_______________(9)_______________

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Instructivo para el llenado del Documento 7-C

NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre de Pemex Refinación

3 Indicar el número de Contrato

4 Citar el nombre o razón social del proveedor

5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien

6 Señalar el número de partida que corresponda

7 Indicar la descripción del bien suministrado

8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al

apartado 2 del Documento 7-D.

9 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.

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DOCUMENTO 7-D INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011 Documento: “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”.

1. Definiciones.

1.1 Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuenta con el Grado de

Integración Nacional previsto en el apartado 3.

1.2 Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio

nacional, la Transformación Sustancial de Insumos, partes o componentes nacionales o

importados para obtener un bien final nuevo.

1.3 Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por

el proveedor a PEMEX-Refinación.

1.4 Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes

adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo.

1.5 Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un

bien.

1.6 Insumos Indirectos: los Insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de

un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan

para el mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la

producción de un bien, tales como:

1.6.1 Combustibles y energía.

1.6.2. Herramientas, troqueles y moldes

1.6.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.

1.6.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la

producción o para operar el equipo o los edificios.

1.6.5 Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.6.6 Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los

bienes.

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1.6.7. Catalizadores y solventes, y

1.6.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso

en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente

1.7 . Material Fungible: el material que se consume con el primer uso

1.8 Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados. la propuesta mediante la cual

se oferten bienes originarios de algún país parte de dichos Tratados, de conformidad

con las reglas de origen aplicables.

1.9 Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación

Sustancial de un bien tales como:

1.9.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas

extrajeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio

del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios.

1.9.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las

características del bien.

1.9.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.

1.9.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo

lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o

revestimientos metálicos.

1.9.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales

excedentes.

1.9.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento

del bien en buena condición.

1.9.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.9.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

1.9.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.10 Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las

materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEMEX-

Refinación.

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1.11 Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un

Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se

integran al bien suministrado a PEMEX-Refinación.

1.12. Tratados. Los acuerdos de libre comercio suscritos por México que contengan

disposiciones que regulen la participación de proveedores extranjeros en

procedimientos de contratación realizadas por las dependencias y entidades sujetas al

cumplimiento de las obligaciones previstas por los mismos para la compra de bienes.

Dentro de la definición anterior, quedan comprendidos los Tratados que a continuación

se citan:

1.12.1. Tratado de Libre Comercio de América del Norte, Capítulo X, publicado en el

Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1993;

1.12.2. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República

de Colombia y la República de Venezuela, Capítulo XV, publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995 (a partir del 19 de noviembre de

2006, Venezuela ya no participa en dicho tratado);

1.12.3. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República

de Costa Rica, Capítulo XII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10

de enero de 1995;

1.12.4. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno

de la República de Nicaragua, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 1 de julio de 1998;

1.12.5. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de

Israel, Capítulo VI, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio

de 2000;

1.12.6. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre

los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus estados

miembros, Título III, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril

de 2001;

1.12.7. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados

de la Asociación Europea de Libre Comercio, Capítulo V, publicado en el Diario

Oficial de la Federación el 29 de junio de 2001;

1.12.8. Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados

Unidos Mexicanos y el Japón, Capítulo 11, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 31 de marzo de 2005;

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1.12.9. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República

de Chile, Capítulo 15-bis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de

octubre de 2008.

1.13. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la

producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo

nombre, nuevas características y nuevo uso.

2. Cálculo del Grado de Integración Nacional

2.1 El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:

GINB = ( 1 - ( VIB / VTB )) * 100

Donde:

GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado

VTB es el valor total del bien suministrado

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien,

incluyendo Insumos y corresponde a la suma de:

a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se

incorporan al bien suministrado a PEMEX-Refinación. Dicho valor será igual al

valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de

que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para

el transporte del Insumo hasta el punto de importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias

aduanales.

b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante,

que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los

importaron y que se incorporan al bien suministrado a PEMEX-Refinación. Dicho

valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del

Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen

considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos

al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.

2.2 Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración

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Nacional igual a cero.

2.3 La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan

sido producidos en territorio nacional.

2.4 Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como

importados.

2.5 Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado

como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se

hayan utilizado Insumos nacionales.

2.6 Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se

considerarán 100% nacionales.

2.7 Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un

método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos

Materiales Fungibles son nacionales o importados.

2.8 Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se

tomarán en cuenta para efectos del Cálculo del Grado de Integración Nacional.

3 Acreditación de Bienes Nacionales

3.1 Para el caso en que los licitantes deseen ofertar Bienes Nacionales, los bienes deberán

ser de Fabricación Nacional y contar con un Grado de Integración Nacional

(determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo) de cuando

menos sesenta por ciento (65%),

3.2 Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6.

3.3 Los licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales,

incluyendo en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir

verdad, que:

3.3.1 Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de

Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración

Nacional establecido en el apartado 3.1.

3.3.2 Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la

información documental y/o permitirán la inspección física de la planta

industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de

que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de

Integración Nacional de dichos bienes.

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3.4 Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en

escrito libre, o utilizando el Documento 7 de estas Bases.

3.5 Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para

acreditar Bienes Nacionales, establecido en el apartado 3.2, son los siguientes:

GIN

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.

Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles),

ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. 30%

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas

(telecomunicaciones).

Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas,

conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier,

equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras,

equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF

y UHF (radiolocalizadores), equipos trasreceptores fijos o móviles en BLU,

VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos de grabación.

Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%

Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.

Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías;

equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos

rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de

señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios;

pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida;

termómetros

30%

Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.

Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas,

sirenas, timbres. 30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.

Conductores eléctricos de aluminio. 20%

Subsector:

Placas radiográficas. 40%

Tractores agrícolas. 30%

Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a

0.500 pulgadas.

20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24

pulgadas.

20%

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3.6 Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados

nuevos serán considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los

requisitos establecidos en el apartado 3.1, siempre y cuando los licitantes que los

oferten incluyan en sus ofertas técnicas un escrito conjunto del licitante y la empresa

fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el

primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los modelos que ofertan y

suministrarán se encuentran incluidos en el “Registro de Empresa Productora de

Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y en el segundo caso (vehículos de

autotransporte pesados nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora cuenta con

“Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes”, en el

Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al

momento de presentar su oferta. En el escrito conjunto referido deberán indicar los

siguientes datos:

3.6.1 El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;

3.6.2 Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado

registro o programa, y

3.6.3 Que el Licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable

vigente.

4 Acreditación de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados

4.1 Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir

en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que

cada uno de los bienes de importación que ofertan en las partidas correspondientes son

originarios de alguno de los países con los que México ha suscrito cualesquiera de los

Tratados a que se refiere el apartado 1.12 del presente anexo, por cumplir con las

reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar las

manifestaciones en escrito libre o utilizando el Documento 7-A de estas Bases.

5 Aplicación del margen de preferencia en el precio de los Bienes Nacionales, respecto

del precio de los bienes de importación

5.1 No será aplicable el margen de preferencia

6 Declaración del Grado de Integración Nacional

6.1 Independientemente de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá

entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito

mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del

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Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes

suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento 7-B de estas

Bases.

6.2 En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito

indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria,

para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien

manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien

suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento 7-C de estas

Bases.

6.3 Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los

apartados 6.1 y 6.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas

suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección

de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de

presentarse las facturas de pago correspondientes.

6.4 En el caso de los bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el

apartado 6.1, el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien

es igual a cero y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica

en el apartado 6.2.

6.5 El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de

los bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la

veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los apartados 6.1 y 6.2 de este

anexo, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores,

para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de

una inspección.

7 Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional

[SECCIÓN PARA ATENDER LA CLÁUSULA QUINTA, SECCIÓN II, DEL MODELO DE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES, AL AMPARO DE LA LEY DE

PETRÓLEOS MEXICANOS]

7.1 En caso de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales, PEMEX-Refinación verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la declaración a la que se refiere el apartado 6.1, sea igual o mayor al Grado de Integración Nacional ofertado, descrito en el apartado 3.1.

7.2 . Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea menor al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de _____% [LA CONVOCANTE DEBERÁ INDICAR CON NÚMERO EL PORCENTAJE DE PENALIZACIÓN] del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas.

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DOCUMENTO 8 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL PUNTO IMPEDIMENTOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN ESTE PROCEDIMIENTO

(Lugar y Fecha)

PEMEX-Refinación ______________________ ______________________ P R E S E N T E (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato), manifiesto que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en el punto IMPEDIMENTOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN ESTE PROCEDIMIENTO, de conformidad con la Ley de Petróleos Mexicanos y las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA: 1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato

en su parte conducente.

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DOCUMENTO 9 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO (SE UTILIZA PARA LOS CONTRATOS CUYA NATURALEZA REQUIERA GARANTIZAR ÚNICAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO). NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.

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EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE

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PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

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MODELO PARA LOS DOCUMENTOS ADICIONALES A LAS PÓLIZAS DE FIANZAS. (MODIFICACIÓN)

ENDOSO No. _________ (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS) OTORGA SU ANUENCIA Y HACE CONSTAR QUE LA FIANZA NO. _________________, EXPEDIDA EL ______________ DE _______________________ DE ______________________, A NUESTRO FIADO _____________________________________________, PARA GARANTIZAR (EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS (SE UTILIZA PARA LOS CONTRATOS CUYA NATURALEZA NO REQUIERA GARANTIZAR LOS VICIOS OCULTOS Y DEFECTOS DE LOS BIENES Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS), O EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD, O LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO, O LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN Y/O DEVOLUCIÓN DEL PAGO PROGRESIVO OTORGADO, PARA GARANTIZAR LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACION (EN SU CASO) Y/O DEVOLUCIÓN DEL PAGO ANTICIPADO) (SEGÚN APLIQUE) DEL CONTRATO NO._____________, SE MODIFICA DE LA SIGUIENTE MANERA: DONDE DICE: (PARTE DEL TEXTO A MODIFICAR) DEBE DECIR: (PARTE DEL TEXTO MODIFICADO) EXCEPCIÓN HECHA DE LA(S) MODIFICACIÓN(ES) QUE AQUÍ SE CONSIGNA(N), SUBSISTIRÁN INALTERADOS LOS DEMÁS TÉRMINOS Y CONDICIONES EN QUE FUE EXPEDIDA LA FIANZA ORIGINAL. ESTE ENDOSO ES CONJUNTO, SOLIDARIO E INSEPARABLE DE LA FIANZA No, _______. LUGAR A __________ DE ____________________DE _________. FIN DEL TEXTO.

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MODELO PARA LOS DOCUMENTOS ADICIONALES A LAS POLIZAS DE FIANZAS

(AMPLIACIÓN, DISMINUCIÓN O PRÓRROGA) ENDOSO No. _________ (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS) OTORGA SU ANUENCIA Y HACE CONSTAR QUE LA FIANZA NO. _________________, EXPEDIDA EL _________ DE __________________ DE __________________________, A NUESTRO FIADO _____________________________________________________, PARA GARANTIZAR (EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS (SE UTILIZA PARA LOS CONTRATOS CUYA NATURALEZA NO REQUIERA GARANTIZAR LOS VICIOS OCULTOS Y DEFECTOS DE LOS BIENES Y/O CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS), O EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS, LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD, O LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO, O LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN Y/O DEVOLUCIÓN DEL PAGO PROGRESIVO OTORGADO, PARA GARANTIZAR LA DEBIDA, CORRECTA Y TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACION (EN SU CASO) Y/O DEVOLUCIÓN DEL PAGO ANTICIPADO) (SEGÚN APLIQUE) DEL CONTRATO NO. ____________________, SE HA (AMPLIADO, DISMINUIDO O PRORROGADO) EN (IMPORTE DE LA AMPLIACIÓN O DISMINUCIÓN O PRÓRROGA DEL PLAZO) PARA QUEDAR EN (IMPORTE ACTUALIZADO DE LA FIANZA O NUEVA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO.) EXCEPCIÓN HECHA DE LA MODIFICACIÓN QUE AQUÍ SE CONSIGNA, SUBSISTIRÁN INALTERADOS LOS DEMÁS TÉRMINOS Y CONDICIONES EN QUE FUE EXPEDIDA LA FIANZA ORIGINAL. ESTE ENDOSO ES CONJUNTO, SOLIDARIO E INSEPARABLE DE LA FIANZA No. ________.. LUGAR A __________ DE ____________________DE _________. FIN DEL TEXTO

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DOCUMENTO 9-B

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY QUE DEBERAN PRESENTAR LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO.

VERSIÓN EN ESPAÑOL

(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión Banco Emisor Nombre y domicilio completo Beneficiario Fecha de vencimiento (PEMEX Refinación, (Día, Mes y Año) Domicilio) Carta de Crédito Standby No. XXXXXX Estimados señores:

Comunicamos a ustedes que hemos establecido nuestra carta de crédito stanby No. a favor de

(PEMEX Refinación) (el “Beneficiario”) por la cantidad máxima de $ (importe con número, letra y moneda).

Esta carta de crédito stanby es emitida para garantizar las obligaciones asumidas por (nombre,

denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) con relación

al contrato [o convenio si ese es el caso] (número y fecha del contrato o convenio) celebrado entre

(nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) y el

Beneficiario así como sus futuras modificaciones, para (descripción de la obligación que garantiza).

La presente carta de crédito standby será pagadera a la vista en nuestras oficinas ubicadas en (domicilio

del banco emisor y horario de presentación) mediante la presentación de los siguientes documentos:

1. Requerimiento de pago en hoja membretada del beneficiario según formato anexo, manifestando el

incumplimiento por parte de (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió

obligaciones con PEMEX Refinación).

2. Original o copia de carta de crédito stanby.

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Condiciones especiales:

1. Conforme a esta carta de crédito stanby se permiten disposiciones parciales y disposiciones

múltiples. En ningún caso el importe acumulado de los requerimientos de pago podrán exceder del

importe total de esta carta de crédito standby.

Nos comprometemos irrevocablemente con el Beneficiario a honrar sus requerimientos de pago siempre y

cuando sean presentados en cumplimiento con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby

en o antes de la fecha de vencimiento, mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente

disponibles de acuerdo a las instrucciones que el Beneficiario señale en el propio requerimiento de pago.

En caso de que el requerimiento de pago no cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito

standby, el banco emisor deberá dar aviso por escrito al Beneficiario del rechazo de la presentación

especificando todas las discrepancias en las cuales ha basado su rechazo. Dicho aviso podrá ser

entregado al Beneficiario al correo electrónico o facsímil (fax) que el Beneficiario informe por escrito para tal

fin al banco emisor, a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente a aquel en que se haya hecho la

presentación del requerimiento de pago.

El Beneficiario podrá volver a presentar un nuevo requerimiento de pago que cumpla con los términos y

condiciones de esta carta de crédito standby, siempre y cuando dicho requerimiento de pago se presente

dentro de la vigencia de esta carta de crédito.

En el supuesto que el último día hábil para presentación de documentos el lugar de presentación por

alguna razón esté cerrado, el último día para presentar documentos será extendido al quinto día hábil

inmediato siguiente a aquél en que el banco emisor reanude sus operaciones.

La emisión de esta carta de crédito standby se sujeta a las Reglas “ISP 98” Prácticas Internacionales para

Standby emitidas por la Cámara Internacional de Comercio, publicación ICC 590.

Cualquier controversia que surja con motivo de la misma deberá resolverse exclusivamente ante los

tribunales federales competentes de los Estados Unidos Mexicanos con sede en la Ciudad de México,

Distrito Federal.

Atentamente.

BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

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Requerimiento de pago

Fecha: (fecha de presentación) Banco Emisor (Denominación y domicilio)

Ref. Carta de Crédito Standby No. -------------- (PEMEX Refinación) en su carácter de beneficiario de la Carta de crédito standby de referencia, por medio

de la presente manifiesta que:

(Nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) ha

incumplido con los términos y condiciones suscritas en el contrato [convenio] No. (Número y fecha del

contrato, específicamente en lo estipulado en la (s) cláusula (s) (No. Cláusula del contrato) por lo que el

beneficiario (PEMEX Refinación) está en su derecho de girar a cargo de esta Carta de crédito stanby.

Por lo anterior, sírvanse transferir el pago por la cantidad de (moneda, importe con número y letra) a la

cuenta bancaria No. (Cuenta del banco) de (Nombre del banco) a nombre de (PEMEX Refinación).

Agradeceremos citar la referencia de la presente carta de crédito standby en cada pago realizado.

NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADO Correo Electrónico Teléfono Fax

(Modelo para ser utilizado sólo en caso de modificación a Carta de Crédito Standby)

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(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión Banco Emisor (Nombre, Denominación o Razón Social Nombre y domicilio completo de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) Número del Contrato: Beneficiario Referencia Banco Emisor (PEMEX Refinación, (Número de carta de crédito standby) Domicilio Fiscal) Modificación No. . Estamos modificando la Carta de crédito standby de referencia como sigue de acuerdo con los términos del propio crédito: Dice: ( Inc lu ir tex to actual) Debe decir: ( Inc lu ir nuevo texto) Los demás términos y condiciones de la carta de crédito standby permanecen sin cambio. Esta modificación forma parte integral de la Carta de crédito standby de referencia. Atentamente. BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

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DOCUMENTO 10 INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

FORMATO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ______________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-Refinación, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ________, EN SU CARÁCTER DE _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-Refinación Y ___________________, REPRESENTADA POR _______________ EN SU CARÁCTER DE ___________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS

LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE

INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE 1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON

ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL. 3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE

LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN

SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O

LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

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II.- DE PEMEX-Refinación

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN

DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CÓDIGO DE CONDUCTA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES

DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN

BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN___________________, A DE 200_ .

POR PEMEX-Refinación POR EL LICITANTE (Nombre de la Empresa)

_________________________________ _______________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público Nombre y Cargo

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DOCUMENTO 11

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE INVITACIÓN RESTRINGIDA DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, inició en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999.

Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o Bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

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Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o Bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las

personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis

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Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación

Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en Bienes o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier

asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le

proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 12

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

PROYECTO DE CONTRATO

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________, Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADO POR _________________, EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: 1. [PEMEX / ORGANISMO SUBSIDIÁRIO] declara a través de su (representante/apoderado) que: A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS

1.1 Es una empresa productiva del Estado con régimen especial, de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, cuyo objeto consiste en llevar a cabo la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su recolección, venta y comercialización, y tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de dicho objeto, generando valor económico y rentabilidad, para lo cual cuenta con la capacidad para celebrar toda clase de actos jurídicos, entre otros, convenios, contratos, alianzas y asociaciones, con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional, en términos de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.

A) TRATÁNDOSE DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

1.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de

carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Transitorio Octavo, Apartado A, Fracción VIII de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto [EN ESTE ESPACIO, ESPECIFICAR EL OBJETO DEL

ORGANISMO SUBSIDIARIO CONFORME AL ARTÍCULO SEGUNDO DEL DECRETO QUE TIENE POR OBJETO ESTABLECER

LA ESTRUCTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y EL CONTROL DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS

PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE MARZO DEL 2012, HASTA EN TANTO EL CONSEJO DE

ADMINISTRACIÓN EMITA EL ACUERDO RESPECTIVO DE CREACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO OCTAVO, APARTADO

A, FRACCIÓN VIII TRANSITORIO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

EL 11 DE AGOSTO DE 2014], pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y

contratos conforme a lo establecido en el Artículo Quinto del mencionado Decreto. B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SERVIDORES PÚBLICOS DISTINTOS A LOS ANTERIORES:

1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la

escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas en la

normatividad aplicable. 1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos

(Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2010; lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el

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Transitorio Décimo de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de Agosto de 2014.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo

Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario).

1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones

que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien.

1.8 Durante la ejecución del objeto del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una

Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio

ambiente en el trabajo. DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.

2 El PROVEEDOR declara a través de su (apoderado/representante) que: 2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS

QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. SE DEBERÁ SEÑALAR LOS DATOS DEL ACTA CONSTITUTIVA LA CUAL DEBERÁ ESTAR INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y CONTAR CON EL FOLIO MERCANTIL

CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO TODAS LAS MODIFICACIONES QUE SE HAYAN REALIZADO EN RELACIÓN AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN, MODIFICACIÓN DE OBJETO SOCIAL Y

ÚLTIMA MODIFICACIÓN ACCIONARIA , LAS CUALES DEBERÁN CONTAR CON EL FOLIO MERCANTIL CORRESPONDIENTE POR CADA UNA DE LAS MODIFICACIONES, Y EN CASO DE

EMPRESA DE RECIENTE CREACIÓN, EVIDENCIA DEL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN.

Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL

CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE

CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.

___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:

Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar,

cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES

DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.

Cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.

Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.

Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

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B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.

Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS .

Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.

Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR). 2.5 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la ejecución

del objeto de este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente ejecución del mismo. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (ii) las

Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iii) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato, y (iv) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente

contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL:

De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones

Fiscales” emitida por el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ

CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO:

Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad

hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa. 2.9 Ni él, ni sus empleados, subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de

influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. 2.10 Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que

deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral. 2.11 Los bienes materia del presente acuerdo de voluntades, serán entregados por personal especializado que se encuentra subordinado al PROVEEDOR o a sus subcontratistas.

2.12 Conoce y comprende el Código de Conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está de

acuerdo en cumplir con los principios contenidos en el mismo en relación con el presente contrato así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

2.13 Salvo declaración en contrario por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), ni él ni sus directores,

funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos 10 (diez) años han:

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(a) sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o

(b) sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier

autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero. 2.14 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO

DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE

OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS

MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE

INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO

Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato. 3. Declaración conjunta:

Las partes reconocen tener una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados, proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”. Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento que el Estado mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes:

Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos.

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas.

Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20. En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, entre otros: el cohecho, establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencia, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación. Asimismo, son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetos de sanción los servidores públicos involucrados, las personas morales y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar su nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarios, gestores o cualquier otro carácter a nombre, cuenta o interés del participante.

Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

CLÁUSULAS

CAPÍTULO 1 – DEFINICIONES, OBJETO, PLAZO Y REMUNERACIÓN 1.- DEFINICIONES

Para efectos de este contrato, las expresiones enunciadas a continuación tendrán el significado que aquí se les asigna: “Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter)

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“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: (Nombre de la unidad

administrativa que fungirá con ese carácter) “Área Jurídica”: La unidad administrativa de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios que conforme a la

normativa aplicable, es responsable de la función jurídica institucional y de brindar apoyo jurídico a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en las etapas del procedimiento de contratación, revisión y sanción jurídica de los contratos y convenios, y durante la ejecución de los mismos. “Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos o Leyes Federales Mexicanas”: Significa todas las leyes,

tratados (incluyendo, sin limitación, cualquier tratado para evitar la doble tributación), reglamentos, normas, decretos, reglas, circulares, decisiones, sentencias, interpretaciones y autorizaciones en vigor al momento de que se trate, emitidas por cualquier Autoridad Gubernamental Mexicana, que sea competente en relación con el asunto en cuestión, o que sean emitidas por cualquier órgano o persona facultados legalmente. 2.- OBJETO DEL CONTRATO

En virtud del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) conviene la adquisición de los bienes

muebles (en adelante “bienes”) consistentes en: ________, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos. 3.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

El plazo de ejecución de este contrato es de (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día (Fecha de terminación).

Tratándose de contratos sin planos de fabricación, diseño, etc. El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra)

días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato y/o de acuerdo al programa que se incluye como anexo ___ de este contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL,

POR EL SIGUIENTE: a partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la

entrega del anticipo correspondiente] LOS SIGUIENTES CUATRO PÁRRAFOS DEBERÁN INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS:

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato

“ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato. La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área,

lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato. Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil

siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

TRATÁNDOSE DE UN SÓLO PLAZO DE ENTREGA:

El plazo de entrega de los bienes es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE ENTREGA:

Los plazos de entrega de los bienes por (partida/posición) se establecen en el anexo ___ de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.

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TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO

Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que se especifican en el anexo _____ que forma parte integrante del presente contrato –según aplique-), a la atención de ___________________________________, en días hábiles y en el siguiente horario: ______. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será a cargo del PROVEEDOR.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS

PARCIALES

Los bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales). CUANDO APLIQUE CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.

La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: __________ y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) estará obligado a: _______.

4.- REMUNERACIÓN

EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO

ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.

4.1 Monto

LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:

El presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se

obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será: _____________. NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE

DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a ejercer es de: $(numero) (letra) sin

incluir el Impuesto al Valor Agregado. NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE LA CONVENIENCIA DE NO OBLIGARSE A EJERCER EL MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:

El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a

agotarlo. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:

El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el anexo __ de este contrato. La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.). 4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los

montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica.

La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. El PROVEEDOR efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma

electrónica avanzada.

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Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única, ubicada en _______________________________________________. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA ACORDADO LA SUBCONTRATACIÓN DE LOS BIENES.

El PROVEEDOR deberá adjuntar a la(s) factura(s) que presente a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para su

pago, un informe por escrito y bajo protesta de decir verdad, respecto del cumplimiento de sus obligaciones hacia sus subcontratistas por la adquisición de algún bien objeto del contrato. Esta obligación continuará durante toda la ejecución del contrato y concluirá con la manifestación que haga durante la celebración del finiquito del contrato, en términos de lo establecido en la cláusula de FINIQUITO del presente contrato. El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta

corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. 4.3 Condiciones y forma de pago

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de

acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

CUANDO APLIQUE

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente. Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un

cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única

ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre

cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la

Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo

especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más 4 (cuatro) puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO

Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior

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pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el

concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades

pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). 4.5 Ajustes de precios NO APLICA 4.6 Anticipo NO APLICA 4.7.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le

descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). CAPÍTULO 2 – GARANTÍAS, RESPONSABILIDADES Y SEGUROS 5.- GARANTÍAS PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS

ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del

contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.

Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con

una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de

renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

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C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito. 7. Cuantificación del importe reclamado.

La garantía a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que

una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un

documento apócrifo. 6.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU

MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.

El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los

reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su

sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

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Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo

de las actividades relacionadas con los hidrocarburos, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por

pérdidas de producción en general o por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de

petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) repetirá en contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) como

consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor. El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes

ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental.

Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones:

a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a

la propiedad pública o privada. b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de

todos los empleados y las instalaciones. c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las

mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables. d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en

general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal.

e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente.

f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con

todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato.

7.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al

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caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) _____________; o (ii) _____________. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”. En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. 8.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la

ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir

con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las

Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus

respectivos vendedores y/o subcontratistas. Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación,

demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral. 9.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario. CAPÍTULO 3 – MODIFICACIONES 10.- MODIFICACIONES AL CONTRATO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER

AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O

POR EL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes,

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b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL

CONTRATO.

c. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato. II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los

representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de: a. Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada

“Suspensión”, y b. Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la

garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. CAPÍTULO 4 – DE LA CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL LA SIGUIENTE CLÁUSULA SE INCLUIRÁ CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:

11.- CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL El PROVEEDOR podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, con la autorización previa y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la cual deberá obtener

con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del

presente contrato, preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente en términos del artículo 54 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán

formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato. El PROVEEDOR se asegurará de no sufrir, directa o indirectamente, un cambio de control durante la vigencia del contrato, sin el consentimiento previo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), queda entendido que aun cuando el cambio de control no pudiera ser evitado por el PROVEEDOR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá

rescindir el contrato conforme a la cláusula denominada “RESCISIÓN”, si dicho cambio de control se da sin el consentimiento previo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Para efectos de lo anterior, “control” del PROVEEDOR significa el poder para dirigir o cambiar, directa o indirectamente, la gestión o políticas de administración del PROVEEDOR, bien sea mediante la tenencia de acciones o de otros valores con derecho de voto o a través de

cualquier otro medio. Para el caso de cesiones o transferencias de acciones, partes sociales o intereses entre empresas del mismo Grupo Corporativo del PROVEEDOR, así como de operaciones por ventas en mercado de valores, el PROVEEDOR deberá informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales contados a

partir de que ocurra dicho evento, la forma y términos de tales cesiones. 11.- CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO

El PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.

Para el caso de la cesión total de los derechos de cobro, se deberá celebrar un contrato de cesión de derechos, entre el cedente (PROVEEDOR) y el cesionario, como un requisito de procedencia de la cesión de los derechos de cobro,

con una cláusula suspensiva en la que se señale que no obstante que la cesión es por el 100% (cien por ciento) de los derechos de cobro, ésta solo se podrá hacer efectiva por las facturas derivadas de los bienes entregados y aceptados, es decir, que los derechos de cobro nacerán hasta que se hayan entregado y aceptado los bienes en los términos del anexo ___.

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El PROVEEDOR sólo podrá ceder parcialmente sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su

consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”. Para la cesión parcial de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. CAPÍTULO 5 –PENALIZACIONES 12.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS

NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES: ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES; INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO; INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL; INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.

EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE

APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.

Las partes en el presente contrato, acuerdan que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará penalizaciones por causas imputables al PROVEEDOR en los siguientes supuestos: NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.

I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de

los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes/porcentaje sobre el valor de los bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por cada día/hora calendario de atraso y hasta _________.

TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:

Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso

en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo económico).

II. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA CLÁUSULA DE GRADO DE

INTEGRACIÓN NACIONAL

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional real de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado

en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo _______ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE

CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN

HTTP://PMXY08.DCF.AD.PEMEX.COM/SITES/PEMEX/UDPCCN/ANEXOS/DEFAULT.ASPX), el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta

situación. LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS

INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

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En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del anexo “SSPA” del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el

Formato 6 del referido anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder de (indicar el límite de las penas). NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO

El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penalizaciones a que se refiere la

presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. CAPÍTULO 6 – OBLIGACIÓN SOLIDARIA, GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL, CLÁUSULA FISCAL Y OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. 13.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS

Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía

como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con

los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. 14.- GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

De acuerdo a lo establecido en el anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE

INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN

DISPONIBLES EN HTTP://PMXY08.DCF.AD.PEMEX.COM/SITES/PEMEX/UDPCCN/ANEXOS/DEFAULT.ASPX), al momento de la entrega, el PROVEEDOR

deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del anexo _____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA

DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN

HTTP://PMXY08.DCF.AD.PEMEX.COM/SITES/PEMEX/UDPCCN/ANEXOS/DEFAULT.ASPX), (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) verificará

documentalmente durante la vigencia del contrato, de manera directa o a través de terceros, que el grado de integración nacional real del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado. El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula

será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades. EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN GRADO INTEGRACIÓN NACIONAL, SE DEBERÁN SUSTITUIR LOS PÁRRAFOS QUE

ANTECEDEN POR EL SIGUIENTE:

El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún grado de integración nacional. 15.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO

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SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la

materia.

CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA

GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR:

Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.

CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE

RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:

Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto

sobre la renta. Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales

comprendidos hasta el finiquito del contrato. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN

El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia,

esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados. 16.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de

acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de

manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que

incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias

gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la entrega de los bienes.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que

en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de

Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades,

insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CAPÍTULO 7 – BUENA FE Y EQUIDAD, Y COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN. 17.- BUENA FE Y EQUIDAD

En el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR

actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades

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Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; demás disposiciones legales mexicanas aplicables, así como en base a los principios de buena fe y equidad. Buena fe y equidad en este contexto incluye, sin limitar, el deber de cooperar, no disimular intencionalmente el error una vez conocido y cumplir el contrato en beneficio mutuo, aceptando que cada uno tiene el derecho de alcanzar sus objetivos y requiere de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR:

a) Compartir información relevante con la otra parte, sujeta solamente a las obligaciones de confidencialidad; b) Cooperar y consultarse en la forma que sea necesario para alcanzar la entrega de la totalidad de los bienes; c) Advertir de potenciales consecuencias, incluidas las de costos de acciones propuestas; d) Evitar interferencias innecesarias en la actividad de la otra parte; y e) Responder los cuestionamientos de la otra parte de una manera oportuna, lo cual, si es posible, no impedirá la

entrega de los bienes. Cada vez que se requiera de consulta entre (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en términos

del contrato, significa que habrá un intercambio directo de opiniones antes de tomar las decisiones finales sobre la materia. 18.- COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

Durante la ejecución del contrato, las partes se conducirán con apego a los principios de transparencia, honradez e imparcialidad; se obligan a denunciar los actos de corrupción que tengan conocimiento; en general, cumplirán con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y se comprometen a actuar conforme a los principios consignados en los instrumentos internacionales señalados en la declaración 3 del presente acuerdo de voluntades. El PROVEEDOR deberá de acordar con sus subcontratistas en los contratos que al efecto celebren que se

comprometen a cumplir con las disposiciones que en materia de anticorrupción aplique. En caso de que el PROVEEDOR o sus filiales o subcontratistas incurran en cualquiera de los actos señalados en la

Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en el Código Penal Federal o en la Ley Federal de Competencia Económica mencionados en la declaración 3 del presente contrato, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional o administrativa competente en territorio nacional que cause ejecutoria, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo considerará como un incumplimiento sustancial al contrato y se procederá conforme a

lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del contrato”. CAPÍTULO 8 – RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y FINIQUITO

19.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de

Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de

(partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Invariablemente, la entrega de los bienes y/o servicios se deberá efectuar con nota de remisión, debiendo indicar el número del contrato y la (partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados, por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en las Áreas Usuarias (Centros de Trabajo). El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las

especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U

ORGANISMO SUBSIDIARIO.

Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza,

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además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto. En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación. Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas. El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:

El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del

almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar

por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato. Cualquier gasto en que incurra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR.

El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y

reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el presente contrato.

20.- FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO

Recibidos físicamente los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar

dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA ACORDADO LA SUBCONTRATACIÓN DE ALGUNOS BIENES.

Para la celebración del finiquito, el PROVEEDOR deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), escrito

bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste expresamente que no tiene adeudo alguno con sus subcontratistas por la adquisición de alguno de los bienes objeto del presente contrato autorizados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Lo anterior, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la formalización del finiquito en los términos establecidos en esta cláusula, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, según se

trate. El plazo mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula, podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes, hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación,

extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a

realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

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CAPÍTULO 9 –DEVOLUCIÓN, REPOSICIÓN E INSPECCIÓN DE LOS BIENES

21.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES

En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías”

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o

reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal

concepto.

En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se

trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA

GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.

22.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES

El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), si al

ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.

La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios

ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:

La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial que

corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES DE

LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS: El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. CAPÍTULO 10 – COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES, REPRESENTANTES DE LAS PARTES, IDIOMA Y TOTALIDAD DEL CONTRATO.

23.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):

Las comunicaciones relacionadas con este contrato, deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato). Comunicaciones al PROVEEDOR:

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Las comunicaciones relativas a cuestiones legales, técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR, conforme a lo establecido en la cláusula de REPRESENTANTES DE LAS

PARTES del presente contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato. 24.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine), dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime

pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

CUANDO APLIQUE

Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con

todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos

correspondientes. 25.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. 26.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del contrato. CAPÍTULO 11 – SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN 27.- SUSPENSIÓN (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato,

en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación

del contrato. Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la

notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido

durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA

SUSPENSIÓN.

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Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes. EN CASOS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, SE PODRÁ PACTAR, ADICIONALMENTE, EL PAGO DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN

POR SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO SE INCORPORARÁ LO SIGUIENTE: El pago de los gastos se limitará a lo

siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA

SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. 28.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Atendiendo a las necesidades del proyecto, las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato. EN ESTE CASO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO, DEBERÁ ESTABLECER DE MANERA PRECISA LAS CAUSALES QUE DEN ORIGEN A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA

DEL CONTRATO.

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el pago por los bienes entregados y aceptados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el

correspondiente a los gastos generados por la Terminación Anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA

TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA .FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma, en los términos de la cláusula denominada " FINIQUITO". (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la

terminación anticipada del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a

realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 29.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 29.1 Rescisión administrativa (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes

supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el presente contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato;

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c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos, o sin motivo justificado no acate la órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga, o pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; CUANDO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES SE LE HAYA REQUERIDO AL PROVEEDOR OBTENER PERMISO O AUTORIZACIÓN GUBERNAMENTAL:

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; f) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las

obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma, así como las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, que impliquen un cambio de control, en este último supuesto, siempre que no

se ponga en riesgo el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato; CUANDO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE HUBIERA ESTABLECIDO COMO REQUISITO TENER UNA DETERMINADA NACIONALIDAD. g) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada

nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; h) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula

denominada “Grado de Integración Nacional”; i) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”;

j) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos

necesarios para la inspección de los bienes; k) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o

renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; l) Cuando incumpla las obligaciones contenidas en el anexo “SSPA” de este contrato, que se consideren en el

mismo como causal de rescisión. ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo

para subsanar dicho incumplimiento, en caso de que el incumplimiento sea subsanable, (a excepción de los supuestos señalados en los incisos d), e) y f) antes señalados), sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las

circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento

señalado en esta cláusula. En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de __ (____) días

naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma,

se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

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(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la

rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a

realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 29.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra)

días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en

que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES

En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus

efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto

por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 29.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se

actualice alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. CAPÍTULO 12 – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 30.- MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

En caso de que durante la ejecución del objeto del presente contrato, surjan controversias de carácter técnico o administrativo, el PROVEEDOR podrá interponer reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión

de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, contrastará la versión final de las bases de licitación o los términos de referencia, el contrato y sus anexos, contra el o los documentos que hayan sido presentados por el PROVEEDOR para soportar su reclamo.

El procedimiento para resolver el reclamo, se llevará a cabo de la siguiente manera: El PROVEEDOR deberá presentar su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y

Supervisión de la Ejecución del Contrato, indicando los temas en controversia, en un plazo de (número y letra) días naturales, contados a partir de que surja la controversia.

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La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de un reclamo de carácter técnico o

administrativo sujeto a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la

documentación con la que se pretenda demostrar el reclamo; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y

legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la controversia, debidamente ordenada e

identificada con número de anexo. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, verificará que el reclamo haya sido presentado en tiempo y forma; en caso contrario lo desechará. Si el reclamo no es desechado, el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días

hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en controversia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales

contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior, para iniciar las aclaraciones. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su

determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la

Ejecución del Contrato, procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, no es aceptada por el PROVEEDOR, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. 31.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. 32.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE

PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.

En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la aplicación de las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor, así como a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio

presente o futuro aun tratándose de jurisdicción federal, o por cualquier causa. CAPÍTULO 13 – CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL

33.- CONFIDENCIALIDAD LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los

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estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la

medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su

personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para

asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad. De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica. No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas, y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo. 34.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole,

el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o

Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en

relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe

circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha

reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien

corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de

propiedad intelectual generados.

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EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE CON TECNÓLOGOS, EL TEXTO DE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ SER EL SIGUIENTE:

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole,

el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. Si con motivo de la ejecución este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad industrial o

intelectual relacionados con el objeto de este contrato, o intencionalmente llegare a apropiarse indebidamente de los derechos exclusivos de terceros relacionados con el objeto de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/u Organismos Subsidiarios. El PROVEEDOR deberá reembolsar y/o indemnizar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cualquier gasto y/o costa judicial, así como asumir toda la responsabilidad por la defensa legal que realice el PROVEEDOR en beneficio mutuo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en relación con el asunto.

No obstante lo anterior, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) está de acuerdo en que el PROVEEDOR se reserva

el derecho a obtener la licencia de la tercera parte que alega la violación de patente o marca comercial o apropiación indebida de secretos industriales que se trate o cualquier otro derecho exclusivo, o para recomendar cambios para que la tercera parte ya no pueda alegar que el PROVEEDOR esté infringiendo sus derechos de patentes o derechos de

marca comercial o la apropiación indebida intencional de sus derechos sobre secretos industriales relacionados, con el objeto de este contrato o de cualquier otro derecho exclusivo. Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes; y el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe

circunstanciado sobre la referida violación. Bajo los términos de la Licencia descritos en el anexo___, el PROVEEDOR otorga a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) los derechos que se establecen en dicha Licencia. En caso de que el PROVEEDOR obtenga patentes o mejoras a las mismas, tendrá la obligación de comunicarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) durante la vigencia del presente contrato, a fin de que dicha entidad pueda utilizar dichas patentes o mejoras sin costo, las cuales serán propiedad del PROVEEDOR.

35.- SUBCONTRATACIÓN NO APLICA 36.- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN

El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cuenten con una certificación normativa, conforme al (los)

Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).

CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación

normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR).

37.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO

POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en la declaración __/el anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR. 38.- CONDICIÓN SUSPENSIVA ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN.

Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

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39.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO NO APLICA 40.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS NO APLICA 41.- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.

El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el

convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato. CAPÍTULO 14 – OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

42.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los

requerimientos establecidos en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. CAPÍTULO 15.- ANEXOS

43.- ANEXOS DEL CONTRATO

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen.

Anexo "A".- " Condiciones Generales y Datos del Proveedor " Anexo "B".- “Especificaciones Técnicas, Costos y Condiciones de los Bienes” Anexo "C".- "Texto de las Garantías". Anexo "D".- “Formato 4 del Anexo SSPA” Anexo "SSPA".- "Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios". Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO

ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, el día ____ de _________ de ____.

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DOCUMENTO 13

INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS

EMPRESAS __________de __________ de ______________ (1)

PEMEX-Refinación (2) .

____________________ P R E S E N T E Me refiero al procedimiento (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa, (5) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.

Al respecto manifiesto, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10)

atendiendo a lo siguiente:

Estratificación

Tamaño (10)

Sector (6)

Rango de número de trabajadores

(7) + (8)

Rango de monto de ventas anuales (mdp)

(9)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicio Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana

Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 Hasta $250

235 Servicio Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01

Hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%) (7) (8) El numero de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8) (10) El tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente formula: Puntaje de la empresa = (Número de

trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Maximo Combinado de su categoría.

Asimismo, manifiesto, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es: (11) ; del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son): (12) .

ATENTAMENTE

(13)

INSTRUCTIVO NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre del área contratante

3 Precisar el procedimiento de que se trate, INVITACIÓN RESTRINGIDA

4 Indicar el numero respectivo del procedimiento

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa

6 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicio)

7 Anotar el numero de trabajadores de planta inscritos en el IMSS

8 En su caso, anotar el numero de personas subcontratadas

9 Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp); conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales

10 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación

11 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante

12 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante (s) de los bienes que integran la oferta.

13 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante

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DOCUMENTO 13-A INVITACIÓN RESTRINGIDA NACIONAL

No. P5IN337011

CADENAS PRODUCTIVAS

Nota: Quedan exceptuadas de la incorporación al Programa Cadenas Productivas, entre otros, las Cuentas por Pagar relacionadas con:

Pagos a Proveedores residentes en el extranjero que no cuenten con establecimiento permanente en el territorio nacional;

Derechos de cobro cedidos por los Proveedores con la conformidad de Pemex Refinación a través de otros esquemas;

Derechos de cobro de Proveedores afectados por una resolución de autoridad judicial o administrativa competente. DOF 28 abril 2008.

¿Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en internet. A través de Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos. Cadenas Productivas ofrece:

Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico o Obtener liquidez para realizar más negocios o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo o Agilizar y reducir los costos de cobranza o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo,

www.nafin.com o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07

y 01800 NAFINSA (62 34 672)

Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita

Recibir información

Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal Características descuento ó factoraje electrónico:

Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)

Descuento aplicable a tasas preferenciales

Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales

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Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia

DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Dudas y comentarios vía telefónica, Llámenos al teléfono 5089 6107 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur 1971 – Col Guadalupe Inn – 01020, México, D.F.

AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS El licitante ganador, con base en la información que se indica en el anexo, podrá obtener una cita para su afiliación preferentemente en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 50.89.61.07 o al 01.800.nafinsa, donde se le orientará para iniciar con el proceso de afiliación.

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México D.F. a ___ de ___ de 2009 Proveedores de (Petróleos Mexicanos) P r e s e n t e Nacional Financiera S.N.C. es una banca de desarrollo dedicada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y al desarrollo del Mercado Financiero. Actualmente realiza su labor basándose en el uso de la más alta tecnología, lo cual le ha permitido ofrecer servicios empaquetados, como lo es el Programa de Cadenas Productivas. Petróleos Mexicanos, es una de las entidades incorporadas a con la finalidad de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia a los pagos, así como apoyar a que los proveedores consigan los siguientes beneficios:

Acceder a liquidez en forma inmediata, basada en el descuento electrónico de sus documentos por cobrar con Petróleos Mexicanos (no hay evaluación crediticia).

Financiamiento oportuno. Recibe pago el día que opera en Cadenas Productivas.

Realizar las transacciones desde su oficina en un sistema amigable y sencillo.

Tasa de interés competitiva.

Sin garantías.

Mejor administración de sus flujos efectivo.

Creación de historial crediticio.

Capacitación y Asistencia Técnica sin costo. Con el programa de Cadenas Productivas, NAFIN ofrece y administra toda una infraestructura tecnológica para garantizar la operación del esquema, permitiendo que los diversos participantes interactúen con la máxima seguridad en todo el proceso de la operación. La documentación necesaria para el alta en el programa es:

Convenio Pyme (Emite Nafin) Convenio IF (Emite Nafin) Copia de la Identificación Oficial del Representante Legal Copia del RFC Copia del Alta de Hacienda R-1 o R-2 con la dirección fiscal actual Copia del Comprobante de Domicilio (con no mas de 3 meses de vigencia) Copia de Estado de Cuenta (cuenta donde se depositaran los recursos con no mas de 3 meses de vigencia) Copia simple del Acta Constitutiva y Reformas

• Con el sello de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles) • Incluir todas las reformas a la sociedad

Copia simple del Acta de poderes de dominio • Debe corresponder al (los) representante(s) legal(es) o administrador(es) único(s) • Con el sello de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles)

Por lo anterior se les hace una cordial invitación a afiliarse a dicho programa y de esta forma poder acceder, en caso de así requerirlo, a los beneficios anteriormente mencionados.

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En apoyo a lo anterior un representante de NAFIN se encuentra a sus órdenes para aclarar cualquier duda al respecto y/o llevar a cabo el proceso de afiliación. Favor de ponerse en contacto con el Lic. Ricardo Olivares Medina

([email protected]) al teléfono 5325-6219.

ATENTAMENTE

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LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN

AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS

1.- Carta Requerimiento de Afiliación.

Debidamente firmada por el área usuaria compradora

2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).

Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)

Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,

Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Completa y legible en todas las hojas.

4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio.

Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

5.- Comprobante de domicilio Fiscal

Vigencia no mayor a 2 meses

Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)

Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.

6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio

Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)

La firma deberá coincidir con la del convenio

7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones

Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)

En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.

8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)

9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos

Sucursal, plaza, CLABE interbancaria

Vigencia no mayor a 2 meses

Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.

La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:

A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas

Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

2 convenios con firmas originales

B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.

Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

(** Únicamente, para personas Morales)

Usted podrá contactarse con la Promotoria que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al 50-89-61-07; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:

Av. Insurgentes Sur no. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.

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Estimado Proveedor del Gobierno Federal: Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.

Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva Cadena(s) a la que desea afiliarse: * * * * Número(s) de proveedor (opcional): * * Datos generales de la empresa. Razón Social: Fecha de alta SHCP: R.F.C.: Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad: Teléfono (incluir clave LADA ): Fax (incluir clave LADA ): e-mail: Nacionalidad: Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura: Datos del Registro Público de Comercio Fecha de Inscripción: Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio: Fecha del folio : Libro: Partida: Fojas: Nombre del Notario Publico: No. de Notaria: Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor ó Notario:

Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral): (Acta de poderes y/o acta constitutiva) No. de la Escritura:

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Fecha de la Escritura: Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( ) Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral): Fecha de inscripción: Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio: Fecha del folio : Libro: Partida: Fojas: Nombre del Notario Público: No. de Notaría: Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor ó Notario: Datos del representante legal con actos de administración o dominio: Nombre: Estado civil: Fecha de nacimiento: R.F.C.: Fecha de alta SHCP: Teléfono: Fax (incluir clave LADA ): e-mail: Nacionalidad: Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 ó FM3 extranjeros ( ) No. de la identificación(si es IFE poner el No. que esta en la parte donde esta su firma): Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad: Datos del banco donde se depositarán recursos: Moneda: pesos ( X ) dólares ( ) Nombre del banco: No. de cuenta (11 digitos): Plaza: No. de sucursal: CLABE bancaria:(18 digitos): Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Organo colegiado ( )

Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves: Nombre: Puesto: Teléfono (incluir clave LADA ): Fax:

Page 119: EL PERIODO PARA ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS … · Subdirección de Procura y Abastecimiento Gerencia de Contratación para Procesos de Refinación El servidor público designado

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e-mail: Actividad empresarial: Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado: Actividad ó giro: Empleos a generar: Principales productos: Ventas (último ejercicio) anuales: Netas exportación: Activo total (aprox.): Capital contable (aprox.) Requiere Financiamiento SI NO