el modelo educativo de la segunda república

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ANÁLISIS DE LAS LEYES DE EDUCACIÓN EN LA HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA MASTER UNIVERSITARIO EN PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO UNIVERSIDAD DE MÁLAGA SOCIEDAD, FAMILIA Y EDUCACIÓN EL MODELO EDUCATIVO DE LA II REPÚBLICA Miguel Ángel Andrés Reyes [email protected] 677528068

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ANÁLISIS DE LAS LEYES DE EDUCACIÓN

EN LA HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA

MASTER UNIVERSITARIO EN PROFESORADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO

UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

SOCIEDAD, FAMILIA Y EDUCACIÓN

EL MODELO EDUCATIVO DE LA II REPÚBLICA

Miguel Ángel Andrés Reyes

[email protected]

677528068

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Máster en profesorado y educación secundaria. UMA. 2014 El modelo educativo de la II República Sociedad, Familia y Educación. Miguel Ángel Andrés Reyes

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ÍNDICE

1. Introducción 3

2. Planteamiento 4

Contexto Histórico 4

Resumen del modelo educativo 4

3. Conclusión 7

4. Referencias Bibliográficas 8

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INTRODUCCIÓN

República es sinónimo de educación, de cultura y de progreso. Así se ha

entendido el legado educativo de la Segunda República, el primer intento de

implantar una escuela única, activa, pública y laica. Más de 80 años después, aquel

vanguardismo pedagógico sigue vigente en las bases de una enseñanza comprensiva

y democrática.

La Constitución de 1812 dedicó un capítulo propio a la educación; La

Constitución republicana de 1931, no consagró un capítulo expresamente a ello,

pero fue el texto que más extensamente se ocupó de los problemas de la educación.

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PLANTEAMIENTO

Contexto Histórico

La proclamación de la Segunda República (14 de abril de 1931) se produjo en momentos de ascenso de los totalitarismos en Europa y Asia, el ascenso del comunismo y del fascismo como sistema de gobierno, algo que provocó tensión en la vida política, desplazando a gran parte de la juventud a ocupar una corriente de pensamiento extremista de derecha e izquierda. La democracia liberal se mostró débil ante el empuje de ambos extremismos, vulnerable, y finalmente destruida en nuestro país.

Los años treinta también estuvieron marcados por ser años de crisis económica, tras el crack económico de la bolsa de Nueva York de 1929. Ello condicionó fuertemente las políticas sociales emprendidas por el Gobierno, afectando a los presupuestos de la enseñanza.

Por otro lado, la realidad de la sociedad española de aquellos años era eminentemente agraria (el 47% de la población activa lo era en este sector), con un elevado índice de analfabetismo (24,8% en varones y 39,4% en mujeres). Faltaban maestros, faltaban escuelas y las existentes estaban desvinculadas de las necesidades sociales de la población española.

El problema fundamental con el que se encontró la Segunda República en el ámbito educativo era la falta de maestros y de escuelas. Esta carencia trató de cubrirse mediante un plan quinquenal por el cual se creaban 5000 plazas de maestro cada año. Además, se produjo un incremento en el sueldo medio anual del profesorado.

Resumen del modelo educativo

La idea de educación que se pone en práctica en la Segunda República tiene dos claros orígenes: la Institución Libre de Enseñanza (ILE) y el pensamiento educativo del PSOE, ambas concepciones educativas muy relacionadas con el pensamiento educativo en las escuelas nuevas, la escuela activa, la escuela unificada, la escuela laica, es decir, de las vanguardias educativas de los primeros años treinta del siglo XX.

En la Constitución del 9 de diciembre de 1931 se establece que España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.

En el Artículo 48, la Constitución atribuye el servicio prestación de la cultura es competencia del Estado a través del sistema de escuelas de enseñanza, una escuela única, obligatoria en la enseñanza primaria y gratuita en todos los grados de enseñanza. Se reconoce la libertad de cátedra y la laicidad de la enseñanza.

El Artículo 49 determina que la expedición de títulos académicos y profesionales corresponde exclusivamente al Estado. En este artículo se presenta la idea de una ley de instrucción pública en la que se

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determinará la edad escolar de cada grado, la duración de los periodos y el contenido de los planes de estudio.

El Artículo 50 autoriza la enseñanza de las lenguas propias en las regiones autónomas.

En pleno período constituyente republicano, Lorenzo Luzuriaga aboradaría un anteproyecto de ley educativa, titulado Ideas para una reforma constitucional de la educación pública (1931). En él se presentaban las siguientes indicaciones, inspiradas en un sentido ampliamente liberal y social:

1. La educación pública es una función del Estado. No obstante, puede delegarla en la región, provincia o municipio siempre que éstas justifiquen solvencia económica y cultural. Por otra parte, se acepta la existencia de la enseñanza privada, siempre que no persiga fines políticos o confesionales partidistas.

2. La educación es también una función social. Las entidades y organismos sociales: familia, comunidad local, vida profesional y entidades culturales tendrán participación en la educación pública. Para ello se crearán consejos o comités de padres.

3. La educación se propone el desarrollo cultural y la capacidad vital juvenil, mediante una educación que aborde política, social, económica y religiosamente la vida humana. Las Instituciones pedagógicas no pueden convertirse en medios de propaganda política, social o religiosa.

4. La educación es un servicio esencialmente público. Las instituciones de enseñanza privadas tampoco podrán servir para la propagan de ideas partidistas o dogmáticas. Los centros de educación no podrán ser fundados o inspirados por partidos políticos o instituciones catequistas.

5. La educación pública debe tener en cuenta sólo las capacidades y aptitudes del alumnado. De esta forma, no tendrá en cuenta la situación económica de las familias y facilitará el acceso de los más capaces a los centros de educación, que serán gratuitos y ofrecerán becas a quienes no dispongan de los recursos económicos necesarios.

6. La educación pública se desenvuelve en tres grados:

1er grado. Comprende dos periodos: uno, voluntario y de carácter preescolar para niños de 4-6 años; otro obligatorio, para niños de 6-12 años.

2º grado. Comprende dos ciclos: uno, de 12-15 años, concebido como ampliatorio de la educación básica; otro de 15-18 años, concebido como preparatorio de la educación superior.

3er grado. Corresponde a la educación universitaria y se divide en dos ciclos correlativos a la licenciatura y al doctorado.

7. Existen consideraciones generales para la creación de las diversas instituciones educativas.

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8. Cada etapa educativa tendrá sus propios objetivos.

9. En todas las instituciones se establecerá la coeducación de los sexos. La educación en común hará también más fácil la graduación de la enseñanza y más económico su sostenimiento.

10. Existen instituciones complementarias que deben ser consideradas esenciales en la acción educativa: campos de juego, cooperativas escolares, colonias vacacionales, talleres y bibliotecas, etc.

11. La educación de los adultos debe ser atendida a través de clases para analfabetos, cursos elementales y universidades populares.

12. El profesorado recibirá una enseñanza estructurada en dos partes, la general impartida pos los centros educativos de segundo grado, y la profesional que recibirá en universidades y escuelas superiores.

13. Los maestros formarán consejos locales, provinciales y regionales, en los que se tratarán los asuntos educativos.

Otros proyectos de la reforma educativa durante la Segunda República fueron:

El impulso de las Escuelas Normales. Se exigía el bachillerato para acceder a las Escuelas Normales, en las que se implantó la coeducación.

Las Misiones Pedagógicas. Tenían el propósito de alfabetizar y llevar la cultura y las artes a todos los lugares y pueblos de España.

Laicismo en la escuela. Se establecía que la instrucción religiosa no sería obligatoria en las escuelas primarias y en ningún centro del Ministerio.

Bilingüismo. En las escuelas catalanas y demás regiones con lenguas propias.

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CONCLUSIONES

La investigación realizada sobre la reforma educativa durante este periodo permite confirmar que la II República hizo un esfuerzo notable para educar a un pueblo analfabeto e ignorante, y realizar una labor de inclusión a nivel social, cultural y profesional de estos.

Entre 1931 y 1936, la historia conoció no sólo una ‘República de trabajadores de todas las clases’, tal y como rezaba su Constitución, sino una auténtica República de ‘maestros y trabajadores’.

Como dice Rodolfo Llopis, en su obra La revolución en la escuela “no hay revolución política sin revolución educativa. En todas partes, la escuela ha sido el arma ideológica de la revolución. Por eso no hay revolución que no lleve en sus entrañas una reforma pedagógica. Todo revolucionario es, en el fondo, un maestro y todo educador auténtico tiene espíritu revolucionario”.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Ley Nº 1578. Constitución de la República Española , Gaceta de Madrid núm.

344, España, 10 de diciembre de 1931.

Barreiro Rodríguez, H. (2008). El legado educativo de la Segunda República.

Cuadernos de pedagogía, (378), 78-81.

Medina-Mora, M. E., Rojas, E., Juárez, F., Berenzon, S., Carreño, S., Galván, J., ...

& Ñéquis, G. (2013). Consumo de sustancias con efectos psicotrópicos en la

población estudiantil de enseñanza media y media superior de la República

Mexicana.

Ministerio de Educación Cultura y Deporte (2004). El Sistema Educativo español. Madrid: MECD/CIDE.

Barreiro, H. (1998). Ideas para una reforma constitucional de la educación pública. Lorenzo Luzuriaga (1931).

Lara Martínez, L. EL DEBATE, E. C. Y. L. LA CONSTITUCIÓN DE 1931 Y LA GUERRA ESCOLAR: EL DEBATE ENTRE CONFESIONALISMO Y LAICISMO EN LAS AULAS DE LA SEGUNDA REPÚBLICA Y SU REPERCUSIÓN SOCIAL. Universidad Complutense de Madrid. La Ley, 259, 260.

Pérez Galán, M. (2000). La enseñanza en la Segunda República. Revista de Educación. Madrid, (Extraordinario), 317-332.

Moreno Seco, M. (2003). La política religiosa y la educación laica en la Segunda República. Pasado y memoria, nº 2, 2003; pp. 83-106.