el discurso político de mohamed vi

15
El discurso político de Mohamed VI: del nuevo concepto de autoridad a la monarquía ciudadana. Mª Angustias Parejo Fernández, GEIM, FIMAM Departamento de Ciencia Política y de la Administración Universidad de Granada El proceso de liberalización emprendido por el régimen marroquí se sustenta en un mal denominado “consenso”, que recubre de un manto de legitimidad en el discurso político un pacto desigual entre las élites de la oposición y el poder. Las dos reformas constitucionales acaecidas en 1992 y 1996, fruto de ese negociación asimétrica, son las dos columnas frontales del pórtico que afirma la singular arquitectura jurídico-política marroquí. La reivindicación de reforma constitucional ha sido la bandera de lucha blandida por la oposición durante más de cuarenta años y adquiere un renovado protagonismo al convertirse en condición irrenunciable de la acción política desde finales de los ochenta a mediados de los noventa. En el controvertido proceso político marroquí, plagado de encuentros y desencuentros, de tiras y aflojas, la monarquía a principios de los noventa y no sin resistencias, asume la necesidad de reformas constitucionales, se reapropia de la iniciativa y casi unilateralmente en ambos casos decide sobre su contenido material. Desde el punto de vista analítico es plausible plantear la hipótesis de que la reciente evolución constitucional marroquí ha venido precedida de una secuencia de etapas donde se suceden diversos tipos de reformas provocadas, en mayor o menor medida, por presiones internas y externas. Así distinguiríamos tres fases: a) una primera de reformas jurídico-económicas, de la que los Planes de Ajuste Estructural (PAS), traducción fiel de las directrices de los organismos e instituciones financieras internacionales, son el mejor exponente. b) la segunda, donde confluirían presiones políticas internas y presiones internacionales. En el primer caso estaríamos ante demandas de largo recorrido generadas por la oposición (Parejo, 1997) y la incipiente sociedad civil a través de sus dos manifestaciones más musculadas, el movimiento de derechos humanos y el movimiento de mujeres. En el

Upload: universitat-internacional-de-la-pau-unipau

Post on 01-Mar-2016

217 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Ponencia Maria Angustias Parejo 2006 estiu

TRANSCRIPT

Page 1: El discurso político de Mohamed VI

El discurso político de Mohamed VI: del nuevo concepto de

autoridad a la monarquía ciudadana.

Mª Angustias Parejo Fernández,

GEIM, FIMAM

Departamento de Ciencia Política y de la Administración

Universidad de Granada

El proceso de liberalización emprendido por el régimen marroquí se sustenta en

un mal denominado “consenso”, que recubre de un manto de legitimidad en el discurso

político un pacto desigual entre las élites de la oposición y el poder. Las dos reformas

constitucionales acaecidas en 1992 y 1996, fruto de ese negociación asimétrica, son las

dos columnas frontales del pórtico que afirma la singular arquitectura jurídico-política

marroquí.

La reivindicación de reforma constitucional ha sido la bandera de lucha blandida

por la oposición durante más de cuarenta años y adquiere un renovado protagonismo al

convertirse en condición irrenunciable de la acción política desde finales de los ochenta

a mediados de los noventa. En el controvertido proceso político marroquí, plagado de

encuentros y desencuentros, de tiras y aflojas, la monarquía a principios de los noventa

y no sin resistencias, asume la necesidad de reformas constitucionales, se reapropia de

la iniciativa y casi unilateralmente en ambos casos decide sobre su contenido material.

Desde el punto de vista analítico es plausible plantear la hipótesis de que la

reciente evolución constitucional marroquí ha venido precedida de una secuencia de

etapas donde se suceden diversos tipos de reformas provocadas, en mayor o menor

medida, por presiones internas y externas. Así distinguiríamos tres fases:

a) una primera de reformas jurídico-económicas, de la que los Planes de

Ajuste Estructural (PAS), traducción fiel de las directrices de los

organismos e instituciones financieras internacionales, son el mejor

exponente.

b) la segunda, donde confluirían presiones políticas internas y presiones

internacionales. En el primer caso estaríamos ante demandas de largo

recorrido generadas por la oposición (Parejo, 1997) y la incipiente

sociedad civil a través de sus dos manifestaciones más musculadas, el

movimiento de derechos humanos y el movimiento de mujeres. En el

Page 2: El discurso político de Mohamed VI

segundo tipo de injerencias se darían cita influencias más evanescentes

y menos nítidas provocadas por la oleada de democratización

posterior a la caída del muro de Berlín (Dyamon, 1999) y junto a ellas

influencias más corpóreas y detectables, resultado de la percepción

conminatoria por parte del poder marroquí de las políticas y acciones

exteriores de Estados Unidos y Francia (Feliu, 2004).

c) en tercer lugar, como corolario aparecerían las reformas político-

constitucionales que serían la respuesta sistémica al agotamiento de la

fórmula política implantada desde mediados de los setenta (Parejo,

2004: 110) y a la creciente demanda de democratización.

De esta forma el paquete de las mudanzas constitucionales inaugura el proceso

de liberalización y se convierte en el motor que impulsa y descongestiona el campo

político propiciando la reactivación de los procesos electorales y de los intermediarios

políticos –partidos y sindicatos-, en un intento de frenar su degradación y

deslegitimación.

Sin embargo, curiosamente desde 1996 hasta 2006, el tema constitucional

desaparece del debate en la arena política1. Justamente esta elipsis se produce en una

década poblada por una serie de hechos de notable trascendencia política2 que invitarían

a la profundización en la revisión constitucional y en unas circunstancias muy

favorables para la oposición política para incluir en su agenda una de sus

reivindicaciones históricas. En 2006 este sonoro silencio sobre las reformas

1 La única excepción a este vacío se produce tras la convocatoria de las elecciones de 2002. Los

movimientos de derechos humanos, la nueva izquierda y las juventudes de PI y USFP incorporan en su

discurso político la necesidad imperiosa de la mejora constitucional, sin embargo tales exigencias no

impulsan un debate público sobre los detalles de esa renovación.

2 Tales hechos fueron las elecciones legislativas de 14 de noviembre de 1997 cuyos ajustados resultados

favorables a la Kutla y a la USFP propician, por primera vez y tras cuarenta años, un gobierno presidido

por el socialista Abderrahman Yusufi, el denominado “gobierno de alternancia”. La muerte de Hasan II

el 23 de julio de 1999, tras reinar treinta y ocho años en Marruecos, abre la puerta a una sucesión

cuidadosamente preparada que suscita enorme expectación en la clase política y esperanza entre la

población. El 6 de septiembre de 2000, Mohamed VI confirma a Yusufi en sus funciones y le encarga

que forme el vigesimoséptimo gobierno desde la independencia. El 27 de septiembre de 2002 se celebran

las primeras elecciones bajo la égida del nuevo monarca, a las que concurren, por primera vez, los

islamistas moderados con sus propias siglas , PJD, obteniendo una nutrida representación parlamentaria.

Page 3: El discurso político de Mohamed VI

constitucionales se rompe tras la reactivación del sujeto y su inclusión en el informe del

Instituto de Equidad y Reconciliación, IER, y el Balance del Desarrollo Humano.

La ausencia de la temática constitucional durante toda una década especialmente

rica en hechos de relevancia política nos invita a preguntar el por qué de ese silencio,

¿por qué se rompe la tónica reivindicatoria de la oposición que hizo de la reforma

constitucional la condición de acción política?. ¿Cuáles son las jugadas que avanza la

monarquía para evitar el debate y cualquier pronunciamiento sobre la necesidad de

actualizar la Constitución? ¿Cuál es el proyecto político de Mohamed VI?. Estas dos

últimas interrogantes serán el tema central que anime estas páginas. Pretendo intentar

esclarecer, a través del análisis del discurso político y la gestión política de la

monarquía, cuales son sus posiciones y cual es el proyecto político que de ellos se

desprende. Con estos mimbres podremos arrojar luz para ver si el proceso de

liberalización avanza o se ha convertido en un rehén de sus propios impulsores frenando

las estrategias y pasos a favor de la democratización.

Veamos cual ha sido la estrategia monárquica en estos diez últimos años. El

primer tercio coincide con los últimos años de vida de Hasán II. El soberano tras la

reforma de la constitución de 1996, que por primera vez consigue suscitar el respaldo

unánime de todos los partidos a excepción de la OADP (Layadi, 1996: 26 y 27),

convoca las elecciones legislativas de 1997 que fructifican en su largo y acariciado

proyecto de alternancia gubernamental. Con ello deja un legado de estabilidad jurídico-

política que posibilita una salida airosa del test de la sucesión.

Hasán II moría el 23 de julio de 1999 y esa misma noche, a través de la

ceremonia de la bai´a (alianza o juramento de fidelidad al nuevo monarca de los

prohombres del reino), el heredero Sidi Mohamed se convertía en Mohamed VI. Desde

que accediera al trono, en estos últimos siete años, ha prescindido de forma deliberada

de cualquier referencia a una reforma constitucional y, mucho menos, a plantear o

hacerse eco del debate sobre la redistribución de poderes.

Vamos a analizar someramente este periodo ayudados de tres categorías

analíticas: el sistema político, el discurso político y el proyecto político del nuevo

soberano.

La continuidad del sistema político

A pesar de las esperanzas de un cambio cualitativo y sustancial que suscitó

entre la población y las élites, a pesar de esa aureola democrática con la que accede a la

jefatura del Estado e intenta cultivar desde la prestidigitación efectista de ciertas

Page 4: El discurso político de Mohamed VI

actuaciones estelares, a pesar de todo ello, el nuevo rey encarna la continuidad de un

sistema político donde las estructuras autoritarias dominan a la sociedad marroquí. Así

Marruecos podríamos catalogarlo como una variante del autoritarismo en el mundo

árabe en sus formas de ejercer el poder. Este autoritarismo árabe se caracterizaría por:

“sistemas monárquicos y partidos únicos que invocan una representación de

lo que convenimos en llamar masas e ignoran y reprimen toda alternativa.

La estructura autoritaria se caracteriza por su pretensión de decidir sola las

aspiraciones y el devenir de las sociedades gobernadas. Se mantiene como

un elemento invariable en un escenario por el que pasan y actúan los

regímenes y las élites” (Hamudi, 1997: 135).

En el sistema político marroquí la naturaleza y las reglas del juego, definidas

desde la preheminencia monárquica, no han sufrido mudanza (Parejo, 2004: 118 y ss.).

Podemos decir que Mohamed VI ha aportado savia nueva al maduro sistema

neopatrimonial3 heredado, renovando y vigorizando el majzen. Si atendemos las

categoría habermasianas de generación del poder y ejercicio del poder, observamos que

el surgimiento del poder y el constructo de legitimidad siguen reivindicando

férreamente el recurso a la tradición islámica, a la fuerza de la religión, la historia, la

legalidad constitucional y su arraigo popular.

En cuanto a la dimensión de ejercicio del poder hemos de atender a una especie

de desdoblamiento un tanto engañoso que pretende encubrir los modos de ejercer el

poder con los contenidos materiales del ejercicio. Dicho de otro modo, de un lado, la

toma de decisión y en buena medida cierta implementación nos sitúa ante una

monarquía ejecutiva, opaca, que decide en solitario o rodeada de un pequeño grupo de

hombres, de forma arbitraria y manifestando una tremenda querencia a controlar todas

las iniciativas y modular todos los procesos importantes. Por otro lado, los contenidos

materiales de la decisión, donde se orquesta una escenificación de lo que quiere ser

presentado como un cambio drástico, una nueva era guiada, al principio, por una

sensibilidad y percepción diferente de temas tan sensibles como los derechos humanos,

el desbloqueo de la cuestión amazigh,, la destitución de Basri y la renovación paulatina

en los ámbitos de la seguridad, la reforma de la Mudawana y la rentable cuestión

social.

3 Sobre el neopatrimonialismo marroquí y los nuevos procesos que lo atraviesan desde finales de los

ochenta véase Parejo, 1997.

Page 5: El discurso político de Mohamed VI

Cambios en el discurso político

La maquinaria monárquica, tras el recambio de algunos engranajes, a los pocos

meses empieza a producir un nuevo discurso legitimador y movilizador bajo la rúbrica

“nuevo concepto de autoridad”. El lanzamiento de este eslogan no va acompañado del

desarrollo del nuevo producto, los contornos y los contenidos se irán perfilando de

forma un tanto desordenada y fragmentaria a lo largo del primer lustro del gobierno de

Mohamed VI. No sabemos si eso responde a una cuidadosa planificación política o más

bien es deudora de la imprecisión y de la inercia de dejarse llevar por el momento.

En el discurso de 12 de octubre de 1999 Mohamed VI anuncia su nueva

concepción del poder apelando a la reforma de la justicia, la administración, el

reforzamiento del Estado de derecho y a la dinamización de la economía (Vermeren,

2001: 36). Sin precisar ni siquiera las claves de esa nueva concepción de la autoridad.

Desde entonces en sus declaraciones públicas introduce ese nuevo concepto de

autoridad como forma de gobernar. Pero sólo en contadas ocasiones y a retazos pergeña

los contenidos materiales que lo nutrirán.

En la commemoración del cincuentaiun aniversario de la Declaración Universal

de los Derechos Humanos hace del ciudadano el eje central que vertebra esa patente de

marca que pretende vender como nuevo concepto de autoridad. Actualiza de esta forma

el manido recurso a la categoría pueblo4, profusamente utilizado por su padre y del cual

tampoco prescinde en sus intervenciones públicas, para sustituirlo por el de ciudadano5

como eje de su nuevo diseño mediático-ideológico. Así este nuevo concepto de

autoridad “ está al servicio del ciudadano, próximo a sus preocupaciones y deseos,

manteniendo una relación que no se caracteriza ni por la tentación, ni por el miedo, sino

por el respeto mutuo y la complementariedad entre gobernantes y gobernados” (MHI,

2000).

Hemos de esperar al discurso pronunciado al cumplirse un año de su reinado, el

30 de julio de 2000, para reconstruir, como si de un rompecabezas se tratase, el

4 Bajo el concepto de pueblo en muchas ocasiones se subsume el de súbdito, construyendo la relación

política sobre la base de la fidelidad, la obediencia y el cumplimiento del deber como forma de sumisión

al jefe.

5 En su doble dimensión de sujeto de derechos y deberes y como objeto y usuario privilegiado de las

políticas públicas.

Page 6: El discurso político de Mohamed VI

escurridizo nuevo concepto de autoridad. En esta ocasión aparece diluido en una

disertación cuya estructura y estilo resaltan, sobre todo en las fórmulas introductorias,

su carácter anacrónico. Alocución donde se mezclan sin solución de continuidad las

referencias a la legitimación popular y religiosa de la monarquía, intentos de definición

del nuevo concepto de autoridad, anuncio de procesos en curso, de nuevas realizaciones,

todo ello salpimentado con la demagógica utilización de la cuestión social que le ha

granjeado el apelativo del “rey de los pobres”.

De esta forma el nuevo concepto de autoridad nada en las aguas de un proceloso

discurso tradicional y ritual marcado por la continuidad y en el que pierde toda su

posible fuerza transformadora. El monarca concibe este nuevo concepto de poder como

“un instrumento que vele por el servicio público, gestione los asuntos locales, preserve

la seguridad y la estabilidad, proteja las libertades individuales y colectivas, y esté

abierto a los ciudadanos y en contacto permanente con ellos para tratar sus problemas

sobre el terreno conjuntamente” (Dalle, 2006: 672).

Los rasgos visibles de este nuevo modo de gobierno se plasman en el populismo

que vertebra su relación con los ciudadanos y en la liberalización y modernización de

las prácticas y hábitos cotidianos de la monarquía. En este sentido son medidas

impregnadas de populismo el intentar establecer un canal de comunicación entre Palacio

y los marroquíes a través de un Portavoz de la Casa Real, hecho sin precedentes en la

historia de la monarquía; encargar una auditoria para conocer el patrimonio y reducir

los gastos de su mantenimiento; emprender una serie de viajes, como el llevado a cabo

en el mes de octubre de 1999 en las provincias del norte de Marruecos6 para granjearse

las simpatías de los rifeños, tradicionalmente hostiles a la corona; prodigar sus

actividades filantrópicas y sus actuaciones a favor de los desfavorecidos, en esta línea

de actuación crea la Fundación Mohamed V para la solidaridad y entre otros ejemplos

brindar acogida personal a los inmigrantes que regresan de vacaciones arropado por

una gran cobertura mediática.

En cuanto a la modernización u aggiornamento de los hábitos cotidianos del

soberano y el protocolo, cabe destacar, sobre todo en los primeros tiempos, el ajuste de

la actividad del monarca a los horarios normales de trabajo, donde acude conduciendo

su propio vehículo. Suele respetar puntualmente la agenda y las citas y se presenta de

6 Mohamed VI visitó las ciudades de Kenitra, Larache, Tanger, Tetuán, Chauen, Alhucemas, Nador,

Ujda, Taza, Fez y Mequinez.

Page 7: El discurso político de Mohamed VI

improvisto, temprano, en las distintas administraciones (Vermeren, 2001:36). La

austeridad y el aligeramiento del protocolo7 son las consignas de estos primeros años,

junto a un nuevo discurso fílmico, que visibiliza ante le gran público aspectos de la vida

privada del rey que hasta ahora se habían mantenido en la más estricta intimidad, tales

como su noviazgo y matrimonio con Salma, el nacimiento de su primer hijo y el

segundo embarazo de la princesa consorte. Este nuevo guión escénico facilita la

cercanía mediática de la familia real, alimentado la imaginería popular siguiendo

tímidamente la estela de la monarquía jordana y de las monarquía europeas.

Un proyecto político difuso

En lo que coinciden analistas, periodistas y académicos es en subrayar la indefinición

del proyecto político de Mohamed VI. Como contrapartida sorprende la ausencia de

similar diagnóstico por parte de la clase política. Sobre todo, la élite política de la

oposición parece que ha declinado su capacidad de examen y seguimiento crítico de la

estrategia monárquica y lo que es más grave aún, se deja llevar por sus vaivenes, sin

presionarle en la medida de sus posibilidades y sin proponer ningún escenario

alternativo de reformas a corto, medio o largo plazo.

De la imprecisión del proyecto político monárquico dan buena cuenta los

problemas de diseño de un eslogan permanente sobre el que sustentar un discurso

político coherente y estructurado. Parece como si la reflexión ideológica y la

planificación política cedieran ante la improvisación y la coyunturalidad propios de

quien no sabe a donde dirigirse. O bien, podemos aventurar que la ausencia de claridad

y de rumbo fijo responde a un esquema perfectamente calculado para hacer de los

avances y retrocesos del proceso de liberalización los mejores aliados para el

7 Poco tiempo después las palabras y los hechos de Mohamed VI se impondrían con contundencia para

ratificar la importancia del protocolo y el gusto por los excesos. Tras haberse mostrado menos formalista

durante algún tiempo, acabó dejándose atrapar por la pompa y la ostentación de la vieja dinámica

protocolaria. De este cambio dan buena cuenta sus declaraciones a Paris-Match : “el protocolo es y

sigue siendo el protocolo. El rumor según el cual yo había puesto un tanto patas arriba lo que existía es

falso. El estilo es diferente, pero...... quiero que su rigor y cada una de sus reglas sean preservadas”

(París-Match, 2004). En aras del culto a las vestales protocolarias se hace acompañar de séquitos de

cientos de personas en sus desplazamientos. Sirva de ejemplo la cumbre de la OUA celebrada en Yaundé

en enero de 2001, a donde acude con una delegación de 250 personas que se alojan en la suntuosa

residencia de Mont Fonbé (Dalle, 2006: 765).

Page 8: El discurso político de Mohamed VI

mantenimiento de la supremacía monárquica y los más eficaces frenos a la

democratización.

En el discurso político de la era mohamediana emergen tres lemas o ideas fuertes

que aparecen sucesivamente sin más relación entre ellos que el débil hilo conductor que

les proporciona el recurso al ciudadano como actor privilegiado y la invocación del

régimen como una monarquía constitucional. Estas tres consignas serían primero el

globo sonda del “nuevo concepto de autoridad” que aparecería en los albores de su

reinado, en 1999; en segundo lugar la reivindicación de “un modelo de democracia

específicamente marroquí” que irrumpiría en la escena político-mediática en 2001,

desempolvando el recuerdo de viejos olores a naftalina de la fórmula “democracia

hasaniana” y en los últimos tiempos, de la chistera real sale la nueva marca de una

“monarquía ciudadana” en 2005.

Del nuevo concepto de autoridad ya me he ocupado en las páginas anteriores,

ahora abordaré la concepción democrática de Mohamed VI a través de las dos rúbricas

restantes, un modelo de democracia específicamente marroquí y la monarquía

ciudadana.

La idea democrática en la nebulosa de este nuevo monarca aparece unida al

reforzamiento del Estado de derecho hasta tal punto que las dos realidades, con ser muy

distintas, se confunden8. En ningún caso asoma, ni por un resquicio, la necesidad de

separación de poderes, el reforzamiento del gobierno, la autonomía del parlamento y la

fuerza del ciudadano para hacer valer sus derechos frente al Estado y frente a terceros y

conseguir que sus preferencias políticas se tengan en cuenta en la opción de gobierno.

En su primer discurso a la nación, el 30 de julio de 1999, además de confirmar a

Yusufi y apoyar decididamente la alternancia, declara su compromiso con los derechos

humanos, las libertades públicas y la descentralización:

“Estamos extremadamente ligados a la monarquía constitucional, el

multipartidismo, el liberalismo económico, la política de regionalización y

descentralización, a la edificación del Estado de derecho, a la salvaguarda

de los derechos humanos, las libertades individuales y colectivas y al

mantenimiento de la seguridad y de la estabilidad para todos” (Szmolka,

2003: 121).

8 Esto se evidencia palmariamente de la lectura de los discursos reales de 12 de octubre de 1999, 30 de

julio de 2000, 29 de mayo de 2003 y principios de agosto de 2005

Page 9: El discurso político de Mohamed VI

En el fondo y en la forma estas palabras podía ser perfectamente asumidas por su

padre, ya que no modifican ni un ápice los compromisos político-constitucionales

asumidos por Hasán II de 1992 a 1996. Junto a su declaración de intenciones anuncia la

implementación de reformas radicales para permitir la democratización. En este sentido

adelanta la elaboración de una nueva ley electoral9 para las elecciones de 2002. En el

ámbito local las reformas radicales se traducen en las garantías y el compromiso real de

dotar de máxima autonomía financiera a todas las corporaciones locales.

Como podemos observar Mohamed VI nos devuelve la imagen de una monarquía

ejecutiva sustentada en la legalidad constitucional. De ahí que su reivindicación de una

monarquía constitucional sea una constante en sus alocuciones públicas y en los

esbozos de su modelo político.

En la bibliografía marroquí sobre sistema político tras la transición monárquica

encontramos una corriente minoritaria que propone el ejemplo de la monarquía española

como un referente válido para el caso marroquí. Esta comparación explícita ha sido uno

de los temas recurrentes, sobre todo en las entrevistas realizadas al monarca en los

primeros años de su ascensión a la jefatura del Estado.

En una interviú publicada en Le Figaro el 4 de septiembre de 2001 Mohamed VI

se expresaba en estos términos sobre el particular:

“no es posible comparar lo que no es comparable. Por ejemplo, no

paran de hacer paralelismos entre mi persona y la del rey Juan Carlos. Yo lo

respeto y aprecio mucho, pero la monarquía española no tiene nada que ver

con la monarquía marroquí. Los marroquíes nunca se han parecido a nadie y

no les piden a los demás que se les parezcan”.

De esta forma el soberano deja claro que en su mente la monarquía parlamentaria

española no es el camino a seguir. A lo largo de la conversación contesta ácidamente a

los que pretenden imponer ritmos acelerados de cambio a los que no está dispuesto a

someterse: “mi ritmo es el de Marruecos, no necesariamente el mismo que el que

quieren imponernos, con arrogancia e ignorancia, ciertos observadores convertidos en

fiscales”. Está convencido de que vive en un país democrático al que concede un

9 En la apertura de la sesión parlamentaria de otoño de 1999, Mohamed VI reiteró en su discurso

inaugural su firme propósito de reformar el Código electoral, producir una nueva división administrativa

y revisar la carta comunal.

Page 10: El discurso político de Mohamed VI

aprobado en materia de derechos humanos10. ¿Pero cual es el contenido de lo

democrático para Mohamed VI? El joven monarca se rebela contra la dictadura de los

modelos importados, cree “que intentar aplicar un sistema democrático occidental a un

país del Magreb sería un error” y defiende contra capa y espada que “en el ejercicio de

la democracia cada país debe mantener sus especificidades”.

Desde luego que existen distintos modelos de democracia (Lijphart, 2000) y que

trasladar miméticamente esquemas políticos del mundo occidental a distintas áreas no

ha producido muy buenos resultados. Pero del rechazo a la unilateralidad etnocéntrica a

defender un concepto culturalista o particularista de democracia, que estire la noción

hasta introducir la médula del autoritarismo, va un trecho difícilmente aceptable. Tanto

la teoría política como la ciencia política empírica nos proporcionan una profusión de

definiciones de democracia, de ellas las más utilizadas en política comparada han sido

la democracia electoral, representativa11 o procedimental (Dahl, 1971:3) y la

democracia liberal (Diamon, 2003). Este último concepto, más amplio e inclusivo,

Diamond lo pergeña acudiendo a la formulación de O’Donnell (1999) de los tres

objetivos normativos exigibles a un sistema democrático que rinda cuentas:

“el primero es el democrático, que permite a los ciudadanos elegir a

sus gobernantes en elecciones libres y limpias, además de capacitarles para

participar y expresarse en los procesos políticos. El segundo componente

es el liberal, que limita el poder del Estado para invadir los derechos básicos

de las personas, fortaleciendo de esta manera las libertades civiles y los

derechos de las minorías. El tercero es el republicano, que proporciona un

Estado de derecho y un buen gobierno a través de las instituciones de

accountability horizontal, que controlan y equilibran tanto el ejecutivo como

10 Esta visión tan benevolente es vivamente contestada por las asociaciones de derechos humanos

marroquíes y por las asociaciones internacionales de derechos humanos que trabajan en y sobre

Marruecos.

11 Este concepto de democracia representativa en la que están presentes ocho garantías institucionales

(libertad de reunión y asociación, libertad de expresión, el derecho de voto, derecho de elegibilidad para

cargo público, derecho de los líderes políticos a competir por el voto, derecho a fuentes alternativas de

información, elecciones libres y limpias y que las instituciones para hacer política de gobierno dependan

del voto y de otros signos de preferencia) es el que utiliza Arend Lijphart tanto en Democracias

contemporáneas (1991) como en Modelos de democracia (2000).

Page 11: El discurso político de Mohamed VI

a otras formas de poder, mientras que mantienen la igualdad ante la ley de

todos los actores, públicos y privados” (Diamon, 2003:19)

Sea cual fuere el concepto elegido, democracia electoral o liberal,

Marruecos quedaría excluido de la órbita de países democráticos (Lijphart, 2000:

61 y 65) calificándolo como autoritario (Diamon, 1999: 17).

Desconocemos si la formulación jurídico-política del monarca le lleva a interesarse por

estas lecturas politológicas u otras en las que el sistema político marroquí se somete a

examen. En cualquier caso, haciendo oídos sordos a las críticas vertidas dentro o fuera

de sus fronteras, el soberano se siente cómodo en el marco institucional definido por su

padre y no le sacude ningún deseo o intención de cambiarlo. Haciendo gala de su

prestidigitación léxica pretende conciliar lo inconciliable, una monarquía democrática

con una monarquía ejecutiva que se arroga constitucionalmente el poder omnímodo

sobre las instituciones y las personas.

“Los marroquíes quieren una monarquía fuerte, democrática y ejecutiva.

Nuestra monarquía es constitucional, con un texto fundamental que data de

1962 y que fue elaborado en estrecha colaboración con las formaciones

políticas de la época. Pero en nuestro país el rey no se limita a reinar. Yo

reino y trabajo con mi gobierno en un marco constitucional claro, que

define la responsabilidad de cada uno. No hay ninguna ambigüedad, ni

ningún complejo en lo que estoy diciendo. En trece siglos de monarquía

marroquí hemos evolucionado en ese marco y los marroquíes lo quieren así”

(Le Figaro, 4-IX-2001).

Así que el pivote que articula ese “modelo de democracia específicamente

marroquí” es una monarquía que reina y gobierna y que adquiere tientes securitarios y

represivos tras los atentados de 29 de mayo de 2003. El poder reacciona brusca y

tardíamente con un discurso basado en la seguridad, la represión y el recorte sustancial

de las libertades. La fortaleza del estado y el imperio de la ley se convierten en armas

arrojadizas para imponer un derecho del Estado que vulnera y fuerza el Estado de

derecho marroquí. La “democracia mohamediana” deviene coercitiva y restrictiva al

actualizar desmesuradamente su dimensión policial sin ningún tipo de control externo

o de autolimitación. Las palabras de Mohamed VI son harto elocuentes:

“A unos y a otros les digo: el ejercicio de los derechos y de la libertad

exige correlativamente asumir las obligaciones y deberes de la ciudadanía, a

la vez que afirmo que la construcción y la consolidación de la democracia

Page 12: El discurso político de Mohamed VI

solo pueden llevarse a buen término bajo la égida de un Estado fuerte en el

que impere la ley. Ha llegado la hora de la verdad, que anuncia el fin de la

era de la tolerancia con quienes propagan unas ideas que constituyen un

terreno abonado para sembrar el espíritu del ostracismo, del fanatismo y de

la discordia. Ha llegado el momento también de hacer frente a los

impertinentes y a los que presumen de impedir que las autoridades públicas

y judiciales velen, con la firmeza que requiere la ley, por proteger la

integridad y la seguridad de las personas y los bienes” (Dalle, 2006: 770).

Sin duda este no es el camino “de la democracia y de la modernidad” del que

afirmaba el monarca no apartarse. Más bien al contrario, tras hacer aprobar cuarenta y

ocho horas antes de su discurso una Ley Antiterrorista en el parlamento (27 de mayo de

2003) considerada excesiva y peligrosa por los analistas y por las organizaciones

defensoras de los derechos humanos, incide en esa visión intolerante, policial y

prohibitiva en su discurso de 30 de julio de 2003 en el que sitúa a los islamista en su

punto de mira: “no aceptaré jamás que el islam sea utilizado como trampolín para

satisfacer ambiciones de poder, ni para perpetrar actos de terrorismo”. Del mismo modo

expresa su deseo (y los deseos del soberano son casi-ordenes) de que “se acelere la

aprobación de una ley que prohíba la constitución de partidos políticos sobre una base

religiosa, étnica, lingüística o regionalista” (Dalle, 2006:771).

Del nuevo concepto de autoridad de finales de los noventa, pasando por el

intento de definir un modelo de democracia específicamente marroquí de principios de

dosmil, la corona recala en su nueva propuesta de “una monarquía ciudadana” a

mediados de la primera década del siglo XXI. Con ello tal vez se proponga pasar

página, al menos simbólicamente y en el terreno del discurso político, del

endurecimiento del régimen en materia de libertades públicas tras los atentados de mayo

de 2003, perfilar su “opción democrática” y plantear un nuevo pacto político y social.

En su discurso de principios de agosto de 2005 suscribe su compromiso con una

monarquía ciudadana12. Las referencias centrales que transitan toda su alocución son

por un lado el concepto de ciudadanía, la preocupación por asegurar la estabilidad y

coherencia frente a las dificultades y una llamada al compromiso de los diferentes

actores políticos económicos y sociales.

12 El discurso se publicó en parte en La Gazette du Maroc, el 8 de agosto de 2005, nº 432, p. 12. A el nos

referiremos a través de determinados extractos en estas páginas.

Page 13: El discurso político de Mohamed VI

Esta monarquía ciudadana la presenta el soberano como una consecuencia lógica

del proceso de transición emprendido en los diferentes dominios de actuación

“expresión de la neta voluntad de cambio y de la preocupación de favorecer una

evolución específica, en dulce, sin choques aventurados”. La monarquía ciudadana

traduce la opción democrática de la corona para “romper los factores de retraso,

cuestionar las situaciones adquiridas y promocionar nuevos criterios, comportamientos

y energías”.

La “democracia mohamediana” se concibe como “un compromiso de la

monarquía con un sistema más abierto; una llamada a asumir las reglas y principios de

la democracia y del Estado de derecho; un nuevo elemento de legitimidad junto a los

fundamentos de legitimidad religiosa, constitucional y popular”.

El papel reservado a la monarquía en este nuevo boceto político es el de

protagonista estelar al adjudicarle la preservación “ de las condiciones de una evolución

estable y pacífica, la conducción del proceso en toda su complejidad, al mantener los

equilibrios, modular la velocidad, plantear gradualmente los marcos institucionales y

legales de evolución y persuadir para garantizar la más amplia adhesión posible” (La

Gazette du Maroc, 2005).

Mohamed VI plantea este nuevo proyecto de monarquía ciudadana como un

nuevo pacto político y social “que en le marco legislativo vigente, conferirá a las partes

una participación más coherente y racional en el ejercicio de sus responsabilidades”. De

ahí se desprenden dos cuestiones de vital importancia. No planea una reforma el marco

jurídico actual y de ello se infiere una segunda consideración, las posibilidades de

participar en el proceso de toma de decisión y de gobierno no han sufrido mudanza

alguna. Tan sólo le deja a la ciudadanía la participación en los debates sobre las

necesidades vitales del país y una mayor implicación y compromiso en las tareas que le

son propias. Más que un nuevo pacto político asistimos a la reformulación de un nuevo

pacto social que garantice la continuidad del orden político establecido tal y como

viene sucediendo desde principios de los sesenta.

Page 14: El discurso político de Mohamed VI

BIBLIOGRAFIA

DAHL, Robert, Polyarchy: participation and opposition, New Haven, Yale University

Press, 1971. Poliarquía: participación y oposición, Madrid, Tecnos, 1990.

DALLE, Ignace, Los tres reyes: la monarquía marroquí desde la independencia hasta

nuestros días, Barcelona, Galaxia Gutenberg, 2006

DIAMON, Larry, <<¿Puede el mundo entero ser democrático? Democracia, desarrollo

y factores internacionales>>, en Revista española de Ciencia política, nº 9, 2003, págs.

9-38.

FELIU, Laura, El jardín secreto. Los defensores de los derechos humanos en

Marruecos, Madrid, La Catarata, Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación,

2004.

HAMUDI, Abdalá, Master and disciple, the cultural foundations of moroccan

authoritarianism, Chicago, University of Chicago Press, 1997. Versión francesa

publicada por Maisonneuve et Larose y Toubkal, Maîtres et disciples, genèse et

fondements des pouvoirs autoritaires dans les sociétés arabes, 2001.

LAYADI, Fatiha “Les tourments de Bensaïd. L’OADP contre elle-même...”, Le temps

du Maroc, nº 46, 1996.

Le Figaro, 4 de septiembre de 2001.

LIJPHART, Arend, Modelos de democracia. Formas de gobierno y resultados en

treinta y seis países, Barcelona, Ariel, 2000 (edición original de 1999).

LIJPHART, Arend, Las democracias contemporáneas, Barcelona, Ariel, 1991 (edición

original de 1984).

Maroc Hebdo International, 31 de diciembre de 1999 a 13 de enero de 2000, nº 400.

O’DONNELLL, Guillermo, <<Horizontal accountability in new democracies>>, en

Schedler, Andreas, Diamon, Larry y Plattner, Marc F., The self-restraining state: power

and accountability in new democracies, Boulder, CO: Lynne Rienner Publishers, 1999,

págs. 29-51.

PAREJO, Mª Angustias, <<Principio y fin de siglo en clave política: alternancia,

sucesión e islamismo político en Marruecos>>, en Pérez, Carmelo, El mundo árabe e

islámico ante los retos del futuro, Granada, Editorial Universidad de Granada, 2004,

págs. 99-122.

PAREJO, Mª Angustias, <<Límites del Estado patrimonial en Marruecos. Nuevas

dinámicas y recomposición de las relaciones clientelares, en Desrues, Thierry y

Page 15: El discurso político de Mohamed VI

Moyano, Eduardo, Cambio, gobernabilidad y crisis en el Magreb, Cordoba, CSIC-

IESAA, 1997, págs. 35-52.

París –Match del 13 al 19 de mayo de 2004.

SZMOLKA, Inmaculada, Actores y proceso político en Marruecos: dinámicas internas

y sus percepciones en la prensa española, Universidad de Granada, Tesis doctoral del

Departamento de Ciencia Política, 2003.

VERMEREN, Pierre, Le Maroc en transition, París , La Découverte, 2001.