el derecho de trabajo en la república dominicana

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Objetivos generales: Definir concepto del Derecho Laboral Analizar antecedentes del Derecho Laboral Describir los principios del Derecho Laboral

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DERECHO ADMINISTRATIVO

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Objetivos generales: Definir concepto del Derecho Laboral Analizar antecedentes del Derecho Laboral Describir los principios del Derecho LaboralIntroduccinEl Cdigo de Trabajo regula todo lo relativo a la aplicacin prctica Del derecho detrabajo, o sea, las diversas formas de interaccin entre el empleadorel trabajador, as!como lo relativo a los aspectos procedimentales por ante las instituciones llamadas avelar por la organizacin de los procesos administrativosjudiciales" La Le #$%&', del '& de mao de #&&', es la le (ue crea el Cdigo de trabajo de la)ep*blica Dominicana, (ueesla norma(ue rigeel +rdenamientojur!dico laboral anivel nacional"Derecho de Trabajo)amadiferenciadaautnomade laciencia jur!dica(uesurgiparadisciplinar lasrelacionesdelaprestacinsubordinadaretribuidadel trabajo, harecibidodiversosnombres desde mediados del siglo,,hasta la -poca contempornea, en(ue seconsolida como n*cleo de doctrinasistema de norma positiva"Terminologa.La terminolog!a ms adecuada es el derecho laboral o derecho del trabajo, a (ue antesten!a varias denominaciones como. derecho social, legislacin social, derecho industrial,legislacin industriallegislacin laboral"Naturaleza jurdica del derecho del trabajoLa determinacin de la naturaleza jur!dica del Derecho Laboral es de utilidad terico%prctico evidente para sistematizar las normas, establecer la jurisdiccin competente determinar las sanciones punitivas en los casos de transgresin por los destinatarios dea(uellas"El tema ampliamente debatido ha originado distintas direcciones doctrinarias nominadasas!.Publicista: tendencia seg*n la cual el Derecho del trabajo es Derecho /*blico"Privatista: sostiene (ue pertenece al campo del Derecho /rivado"Dualista: esta posicin afirma (ue es un derecho mi0to por cuanto las normas laboralesprotegen el inter-s individualcolectivo"1rente a la clsica distincin entre Derecho /*blico/rivado otros juristas afirman (ueel Derecho Laboral constitue un tercer g-nero nuevo e independiente de a(uellos" Leasignan por tanto una naturaleza 2ui 3-neris"La solucin ms aceptable desde los ngulos cient!ficosfilosficos con base en lossujetosfines de la relacin jur!dica es la (ue manteniendo incolumne la sustantividaddelDerechoLaboral leatribuenaturalezadualistaomi0ta"4a(uelointegradodemodo inescindible instituciones del Derecho /*blicodel Derecho /rivado"Historia del Derecho Dominicano del TrabajoLa legislacin socialdel trabajo en la republica dominicana se inicia en la d-cada delos treinta del siglo ,," Es propiamente uno de los hechos positivos de la llamada erade Trujillo" Aun(ue en el a5o #&'6 marca el ingreso de la )epublica en la +rganizacin7nternacional del Trabajo,en #&'8 fue promulgada la le#98 sobre descansodominical cierredeestablecimientos, locual fuedeclaradainconstitucional porlasentencia de la suprema corte de justicia de fecha ': de abril de #&'$, no se adoptaron,antes de #&;< ni un proecto de convencin, para regir como le, ni una recomendacincomo compromiso dedictarla futuralegislacinadoptadaasus principios"=ocabeduda de (ue no solo hab!a mucho de descuido, sino tambi-n, medularmente, la falta deun clima social%econmico para recibir sugestiones en la materia en (ue no estbamospreparadosactividades (ue no e0ist!an en el pa!s" Como por otra parte no hab!a visinpara proectos o para encaminar un programa de accin en tal sentido, no se realiza enmomentoalgunasgestionesdeleesferandani tanpocasmedidasprovisionalesdecarcter administrativo"En #&;7BC27DA, cuo art!culo $ proh!bee0presamentetodadiscriminacinlaboral contralaspersonas(uepadezcandeestaenfermedad, ms a*n, prohibiendo solicitar pruebas para determinar si una persona lapadece"h' Princi%io (III: (ue establece el principio indubio pro operario, mediante el cual, encaso de duda o de e0istir varias lees sobre un mismo punto, siempre prevalecer elcriterio (ue ms beneficie al trabajador"i' Princi%io I*:(ue establece el principio de la primac!a de la realidad, mediante elcual se establece (ue los hechos tienen ms relevancia (ue los documentos, declarandonulo cual(uier documento (ue sea contrario a las lees laborales"j' Princi%io *: (ue establece el principio de la e(uidad de los se0os, mediante el cual elhombre la mujer, debenser tratados bajolas mismas condiciones, proponiendogarant!as especiales para la proteccin de la maternidad"+' Princi%io *I: (ue establece el principio protector de los menores de edad, en virtuddel cual se proh!ben los trabajos (ue no sean aptos para estos o (ue les impida asistir ala escuela"l' Princi%io *II: (ue establece los derechos bsicos de los trabajadores, reconociendocomo tales. la libertad sindical, el disfrute de un salario justo, la capacitacinprofesionalel respeto a su integridad f!sica, a su intimidada su dignidad personal"m' Princi%io*III:(ue instaura la jurisdiccinespecial de trabajo, ordenandolacreacin de tribunales especiales para la resolucin de conflictos en esta materia" ,ujetos del Derecho del Trabajo:Los principales sujetos del derecho del trabajo son dos. el trabajador, (ue es la personaf!sica (ue presta un servicio, material o intelectual, en virtud de un contrato de trabajo, el empleador, (ue es la persona f!sica o moral a (uien es prestado el servicio"2in importar la naturaleza del trabajo prestado, una persona moral no es consideradacomo trabajadora o empleada en virtud de las lees laborales"El empleador es la persona, f!sica o jur!dica, (ue dirige al trabajador en sus actividadeslaborales" Es por esto (ue, amparado en el principio de la primac!a de la realidad,envirtudde loestablecidopor el art!culo&$, prrafo777 del Cdigode Trabajo, latransferencia de empleados, las cesiones de empresa, escisiones, fusiones o cual(uierotra forma de organizacin corporativa, no e0tinguen ni reinician los derechos de lostrabajadores" En estos casos, el contrato de trabajo mantiene su misma vigenciaconlos mismos derechos del trabajador de cara a la empresa superviviente"A su vez, el Cdigo de Trabajo admite la simultaneidad de empleos, lo (ue implica (ueel trabajadorpuedeprestarserviciosamsdeunempleadorenhorariosdetrabajodiferentes"#% 2innimo de persona jur!dica o compa5!a"'% Con respecto al tiempo de antigDedad para el clculo de los derechos ad(uiridos"/or otra parte, si bien es cierto (ue trabajador es toda persona (ue presta un servicio envirtud de un contrato de trabajo, no menos cierto es (ue e0isten varias e0cepciones (ue,en virtud del Cdigo de Trabajo, (uedan e0cluidosno son considerados como tales,estos son.Los empleados p*blicos, salvo (ue presten sus servicios a empresas del Estadosusorganismos oficiales autnomos de carcter industrial, comercial, financiero o detransporte, en cuos casos s! se les aplica el Cdigo Laboral" Los miembros de las 1uerzas Armadas" Los miembros de la /olic!a =acional" Los profesionales liberales, siemprecuandoestos ejerzansuprofesindeforma independiente, sin sujecin a otras personas" Los comisionistascorredores, siemprecuando act*en por su propia cuenta,seg*nla descripcindada por los art!culos &6siguientes del CdigodeComercio dominicano" Es importante resaltar el hecho de (ue una persona reciba@comisionesA por la prestacin de un servicio no la hace un comisionistaE si sedemuestra la sujecin a un empleadorel cumplimiento de deberesdirectrices(ue emanan de una persona a la cual deba responder, ser considerado trabajador protegido bajo los cnones del Cdigo del Trabajo" Los agentesrepresentantes del comercio, siemprecuando act*en por cuentapropia" Tambi-n, e0iste otra categor!a (ue una parte de la doctrina considera (ue no sontrabajadores beneficiados con el Cdigo de Trabajo. los trabajadores%accionistas"=o obstante, nuestra jurisprudencia ha establecido (ue ni la funcin ejecutiva, nila condicin de socio o accionista, son incompatibles con la calidad detrabajador" /or el contrario, el inversionista propietario, o sea, a(uel con acciones en proporcinsuficientecomoparaconsiderar(uesulaborconstitueunagestindesuspropiosintereses ms (ue la prestacin de un servicio por cuenta ajena, no ser consideradotrabajador bajo el amparo del Cdigo de Trabajo"En otro orden, el Cdigo de Trabajo dominicano ordena (ue el conjunto de trabajadoresen una empresa deba estar distribuido de forma (ue por lo menos el :