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1 EFICACIA DE LA DEFENSA PÚBLICA EN MATERIA PENAL EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN EL ESTADO CARABOBO.

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EFICACIA DE LA DEFENSA PÚBLICA EN MATERIA PENAL EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA

EN EL ESTADO CARABOBO.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

EFICACIA DE LA DEFENSA PÚBLICA EN MATERIA PENAL EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN EL ESTADO

CARABOBO.

INSTITUCIÓN: DEFENSA PUBLICA DEL ESTADO CARABOBO. AUTOR: ZORAIDA C. MOLINA

C.I. 13.235.693

San Diego, Junio de 2013

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO

EFICACIA DE LA DEFENSA PÚBLICA EN MATERIA PENAL EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN EL ESTADO

CARABOBO.

CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN

_________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor académico

__________________________________________________ Nombre, firma y cédula de identidad del tutor institucional

AUTOR: ZORAIDA C. MOLINA C.I. 13.235.693

San Diego, Junio de 2013

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DEDICATORIA

Dedicado a Dios y a la Virgen de Guadalupe por permitirme cumplir una meta

mas en vida y agradecida con dios por regalarme cada día y poder observar el

atardecer, amanecer, respirar y disfrutar de las cosas bellas que dios nos ponen en

nuestros camino con dificultades y adversidades pero sin perder la fe en el por qué

siempre encontraremos la luz para así continuar adelante con los proyectos de vida

en la cual no trazamos como seres humanos y con mucha humildad, honestidad y

sinceridad se logra obtener el éxito.

A mis Tíos, los mejores del mundo, mi gran bendición. Son mi orgullo.

A mis hermanos y sobrinos que al igual que mis tíos son una gran bendición.

A mi amiga y hermana María Yaneth, que juntas emprendimos esta meta estudiar

derecho, en donde nos apoyábamos cada una, ella que sus ocurrencias me hacía reír

en momentos cuando me sentía mal y sentía que decaía siempre esta estaba ahí en las

buenas y las malas le doy gracias a dios por conocerla por que mas que amiga es una

hermana en la que siempre te da ánimo para salir adelante gracias por todo que dios te

bendiga siempre.

A mis amigas y compañeras de clases que nos fuimos conociendo en el camino de

los estudios.

A mi tutora y a los profesores de esta prestigiosa casa de estudios.

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AGRADECIMIENTO A Dios todopoderoso, por permitirme culminar esta meta.

A mi Tío Isidro y a mi Tía Martha, a quienes amo con todo mi corazón, por ser mí

ejemplo a seguir y enseñarme que en la vida con esfuerzo y dedicación todo se puede

lograr, basta con tener cariño y el ímpetu de lucha.

A mi madre María Del Carmen por ser quien me dio la vida dios la bendiga.

A mi Gran amiga Norma por apoyarme, por sus consejos brindándome siempre su

buena amista gracias que dios te bendiga.

A mi esposo por estar apoyándome en momentos difíciles gracias que dios te llene

de muchas bendiciones.

A mis Primos Carolina, Daysi, Glisneider, Isamar, Glismar por ser mis amigos y

compañeros de sueños y luchas juntos. Los Amo!!!

A los Profesores y a esta Casa de Estudios

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ÍNDICE GENERAL

Pp.

DEDICATORIA……………………………………………………………………...iv

AGRADECIMIENTOS…………………………………………..…….…………......v

ÍNDICE GENERAL…………………………………………….……………............vi

RESUMEN INFORMATIVO…………………………………….………...………viii

INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………….1

I. INSTITUCIÓN

1.1 Nombre………………………….…….…………………………………..3

1.2 Ubicación…………………….……….…………………………………...3

1.3 Descripción………………………………………………………………..3

1.4 Misión………………………..……….…….……………………………..3

1.5 Visión………………………..………….…………………………………3

1.6 Valores…………………………………………………………………….4

1.7 Estructura Organizativa……………………………...……………………5

1.8 Actividades Desarrolladas Durante la Pasantía…...………………………6

II. EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del Problema…………………….…………….....………..7

2.2 Formulación del Problema…………………….…………..…...…..….......9

2.3 Objetivo General……………………………………..……………………9

2.4 Objetivos Específicos……………………………………..………......…..9

2.5 Justificación y Alcance………….…….......................................................9

2.6 Limitaciones del Estudio……………………………………….….....…...9

III. MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL

3.1 Antecedentes………………………………………..………..…….....….11

3.2 Bases Teóricas…………………………………...………..…..…………12

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3.3 Bases Legales……………………………………………………….....…20

3.4 Definición de Términos Básicos………………………………………....22

IV. FASES METODOLÓGICAS

4.1 Tipo de Investigación…………………………….……………………...24

4.2 Nivel de Investigación……………………………………...……………24

4.3 Fases Metodológicas……………………………….……………….……25

4.4 Instrumento de Recolección de Datos……………………………………25

V. RESULTADOS

5.1 Análisis de loa Resultados……………………………………………….27

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS………………………………………………32

ANEXOS…………………………………………………………………………….34

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REPÚBLICA BOLIVARÍANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO

EFICACIA DE LA DEFENSA PÚBLICA EN MATERIA PENAL EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL ESTADO

CARABOBO

Autora: Zoraida Molina Tutora Academica: Roraima Samuel

Fecha: Abril, 2013 El presente trabajo de pasantías se centra, en Analizar la eficiencia de la Defensa Publica, como órgano de la función pública en el sistema de administración de justicia, con referencia concreta a la Unidad de Defensa Publica adscrita al estado Carabobo, la finalidad de esta investigación, es obtener a través de los medios de recolección de datos donde obtendremos la información requerida para desarrollar el tema en estudio. En los cuales se va a llevar a cabo este trabajo, la eficacia de la Defensa dentro del sistema de administración pública en donde cada día son más los usuarios que son atendidos por la Defensa Publica. Esta investigación es de tipo documental bibliográfico; donde se estudia y analizan, la eficacia del defensor público en proceso penal, se procedió a recopilar y analizar los distintos libros y leyes jurídicas para así extraer las técnicas e instrumentos que van a servir de marco referencial para el desarrollo de esta investigación. Con la investigación llevada a cabo se pudo observar la eficiencia del defensor Público dentro del sistema de administración de justicia. En donde todos los ciudadanos que están privados de libertad, así como todos aquellos que se encuentran acusados o penados el defensor público hasta al servicio durante los trescientos sesenta y cinco días al año de guardias con los distintos tribunales en materia penal ordinario así como también en las diferentes arias de su competencia. Palabras clave: Defensor Público Usuario, Funcionario.

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INTRODUCCION

La Constitución Venezolana del año 1961, contemplaba en su artículo 68 el

derecho a la defensa, pero el mismo era violado bajo el argumento del llamado

secreto sumarial, a pesar que nuestro país, siendo signatario del Pacto de San José de

Costa Rica, reconoció este derecho en la legislación nacional. El Código de

Enjuiciamiento Criminal promulgado el 30 de Junio de 1915, estatuye por primera

vez la institución de la Defensa Pública de Presos, llamada así hasta el 1° de Julio de

1999, cuando entra en vigencia el Código Orgánico Procesal Penal, y se le denomina

como Defensa Pública.

La función sustantiva del Defensor Público no es limitativa a los ciudadanos que

están privados de su libertad, sino a todos aquellos que sean imputados, acusados y

penados, proporcionando el término apropiado para quienes son usuarios del servicio

de la Defensa Pública.

Con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en

el año 1999, se inicia una nueva etapa en la institucionalidad jurídica política de la

nación, al constituirse Venezuela en un Estado democrático y social de derecho y de

justicia. Uno de estos derechos es la Defensa, tal como lo establece el artículo 49

ordinal 1 de la Constitución.

Es importante y de gran interés determinar la eficacia de la defensa pública como

Órgano de la función pública en el sistema de administración de justicia y así poder

estudiar el papel que desempeña el Defensor Publico de tal manera de medir su

rendimiento en el sistema Penal Ordinario, en las distintas etapas del proceso en

materia Penal Ordinario.

Pudiendo así garantizar a los usuarios que asisten a la Defensa Publica sus

garantías y principios constitucionales tomando en consideración el artículo 49 de la

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como lo es el debido proceso

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y a las normas que rigen el proceso penal como lo son las normas adjetivas y

sustantivas.

Por ello, la presente investigación propone dar a conocer la eficacia de la defensa

pública en el sistema de administración de justicia en el Estado Carabobo. El presente

informe de investigación está elaborado por los capítulos los cuales están organizados

de la siguiente manera:

En el Capítulo I se presenta la Institución donde se realizó la pasantía, su

descripción, objetivos misión y visión así como las actividades desarrollas durante la

pasantía.

En el Capítulo II se presenta la situación del problema y su formulación, el

propósito de la investigación como objetivo general seguido de los objetivos

específicos que se desean obtener, la justificación y alcance del estudio y sus

limitaciones

En el Capítulo III contentivo del marco referencial conceptual se sitúan los

antecedentes de la investigación, bases teóricas y la definición de términos que

sustenta la investigación.

En el Capítulo IV se refiere al marco metodológico, el tipo, nivel y diseño de la

investigación, así como también la técnica e instrumento de recolección de datos que

hicieron posible el desarrollo de las fases metodológicas I, II y III para cumplir con el

aporte universal del trabajo de pasantías.

En el Capítulo V se refiere a los resultados, conclusiones y recomendaciones,

obtenidos en la presente investigación.

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CAPÍTULO I

LA INSTITUCION

1.1. Nombre de la Institución

Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Carabobo

1.2 Ubicación de la Institución

Palacio de Justicia del estado Carabobo; nivel P.B., Avenida Aranzazu entre

calles Silva y Cantaura, Valencia, Estado Carabobo.

1.3 Descripción

La Defensa Pública es un órgano del sistema de justicia que tiene como

propósito fundamental, garantizar la tutela judicial efectiva del derecho constitucional

a la defensa en las diversas áreas de su competencia. Su servicio es gratuito y sin

exclusión. Sus acciones se fundamentan en principios de justicia, honestidad, decoro,

participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas,

disciplina, responsabilidad y obligatoriedad según las disposiciones legales vigentes y

con preeminencia de los Derechos Humanos.

1.4 Misión

Garantizar el derecho a la defensa gratuita a todos los ciudadanos y ciudadanas,

prestando un servicio de orientación, asesoría, asistencia y representación legal

eficiente y eficaz, en los ámbitos de su competencia, contribuyendo con una

administración de justicia imparcial, equitativa y expedita.

1.5 Visión

Defensa Pública, es una institución flexible que busca prestar un servicio de

calidad al ciudadano, y poder garantizar el derecho a la defensa gratuita en todos los

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ámbitos de su competencia, reconocida nacional e internacionalmente, utilizando

tecnología actualizada y con un recurso humano altamente capacitado, sensibilizado y

cohesionado.

1.6 Valores de la Defensa Pública

Justicia

Transparencia

Ética

Mística

Participación

Constancia

Compromiso Institucional

Excelencia

Probidad

Honestidad

Solidaridad

Motivación al Logro

Misión, Visión y Valores

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1.7 Estructura Organizativa

A continuación se presenta el Organigrama de la Estructura Organizativa es el

siguiente:

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1.8 Actividades realizadas en la en el departamento Penal Ordinario de la

Defensa Pública

• Revisar los expedientes y de acuerdo a la etapa procesal, realizar los escritos

–plazo prudencial, solicitud de copias, revisión de medidas, etc- pertinentes al

caso bajo el consentimiento supervisión del defensor Público.

• Atender y asesorar al usuario.

• Actualizar el Inventario General de Causas

• Llevar el Libro Diario

• Asistir a Jornadas Ordinarias y Especiales, denominadas “Comunidad y

Defensa”

• Archivar la documentación general, de acuerdo a la etapa Procesal del

expediente.

• Realizar las estadísticas mensuales.

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CAPITULO II

EL PROBLEMA

2.1 Planteamiento del problema

A lo largo de esta investigación se analizo el papel que desempeña el Defensor

Público de acuerdo a sus funciones y atribuciones en el sistema de administración de

justicia, específicamente en el estado Carabobo. La Defensa Pública es un Órgano

Constitucional del Sistema de justicia con plena autonomía funcional, financiera,

administrativa, única e indivisible, bajo la responsabilidad del Defensor Publico

General o la Defensora Publica General, siendo controlada su inspección por el

departamento de vigilancia y disciplina en relación a la prestación de los servicios de

la Defensa Publica.

El logro adquirido con esta investigación es el estudio analítico que se realizo en

la Sede de la Defensa Publica regional, Adscrita a la Coordinación Regional del

estado Carabobo, sede valencia, se determino cómo se organiza la actividad en la

prestación del Servicio Público a los usuarios que buscan la aplicación general en los

procesos Judiciales y asesorías Extrajudiciales, en materia Penal, bajo los términos

que la misma dispone para garantizar el acceso a la justicia y el derecho a la defensa.

Todas las actuaciones de la Defensa Publica deben fundamentarse en los

principios de Justicia, honestidad, decoro, participación, celeridad, eficacia,

eficiencia; transparencia, rendición de cuentas, disciplina, responsabilidad y

obligatoriedad. Defensa pública como órgano que en el ejercicio de la función pública

será preeminentemente defender de los derechos humanos, partiendo de la mínima de

asesoría y asistencia en el proceso de administración de justicia en el trayecto

denominado Proceso Judicial en todas y cada una de sus etapas.

La Defensa Pública adscrita a la Coordinación Regional del estado Carabobo lleva

más del ochenta por ciento de las causas que ingresan al sistema Penal de Justicia, es

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decir, la asistencia de ese más de ochenta por ciento de usuarios necesitados de

asistencia en materia penal son llevados por la Defensa Publica, ya que es el ente

gratuito y competente para Garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo

grado y estado del proceso judicial y administrativo en todas las materias que le son

atribuidas por la Ley de conformidad con la Constitución de la Republica Bolivariana

de Venezuela.

En el proceso de la Administración de justicia se debe tomar en cuenta el

desempeño de las funciones del defensor público partiendo de la enorme cantidad de

causas. No obstante también litigan abogados en el libre ejercicio -privados- los

cuales no pertenecen a la Institución, su lucro es personal, el desempeño de ese otro

porcentaje de causas es de un (20%), estas son llevadas por un defensor privado el

cual el volumen de causas llevadas no es comparable con el de la institución.

En este mismo orden de ideas la finalidad de esta investigación analítica es analizar

la eficacia del Defensor público en un estado donde la gran mayoría de las causa en

materia penal le pertenecen, y probar su gran responsabilidad dentro del sistema de

administración de justicia. Por lo tanto se debe partir del punto previo de que la

Defensa Publica funciona con un nivel gerencial y un nivel Operativo/supervisado

por vigilancia y disciplina institucional.

La importancia y el alcance social de la institución uno de los principios

fundamentales, en los que me base en el transcurso de esta línea investigativa, se

encuentra establecido en la LEY ORGÁNICA DE LA DEFENSA PUBLICA Gaceta

Oficial Nº 39.021 de fecha 22 de Septiembre del año 2008 en su artículo 2 establece:

La Defensa Publica es un Órgano del sistema de Justicia que tiene como propósito

fundamental garantizar la tutela judicial efectiva del derecho constitucional a la

defensa en las diversas áreas de su competencia. Asimismo, ésta dedicada a prestar a

nivel Nacional un servicio de defensa pública, en forma gratuita a las personas que lo

requieran, sin distinción de clase socio-económica”. La importancia de este trabajo es

que se determino la eficacia de la Defensa pública como instrumento fundamental

dentro del sistema de administración de justicia.

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2.2 Formulación del Problema

De todo lo expuesto surgen las siguientes interrogantes: ¿De qué forma logra

la Defensa Publica, la eficiencia como ente garante del derecho a la defensa y al

debido proceso en el estado Carabobo y si es eficiente la labor que presta la Defensa

Publica en materia Penal Ordinario en el Estado Carabobo.

2.3. Objetivo General

Analizar la eficiencia de la Defensa Publica, como órgano de la función pública en

el sistema de administración de justicia, con referencia concreta a la Unidad de

Defensa Publica adscrita al estado Carabobo.

2.4 Objetivos específicos

• Verificar la eficiencia del Defensor Publico en el Proceso Penal Ordinario.

• Determinar las funciones del Defensor Publico en el Proceso Penal Ordinario.

• Detectar las deficiencias que presenta la Unidad de Defensa Publica en la

prestación de sus funciones.

2.5 Justificación y alcance de la investigación

Es importante destacar que a medida que transcurre el tiempo se ha incrementado

la auge delictivo y por ello se incrementa la cantidad de trabajo en la Defensa

Publica, con la elaboración de este informe del análisis del cual se hará una

evaluación de la actividad realizada por la Defensa Publica adscrita a la Coordinación

Regional del estado Carabobo Regional del estado Carabobo, sede Valencia, en

relación a la prestación de un servicio público en el sistema de justicia, a todos y cada

uno de los ciudadanos, se puede decir que se recibió colaboración de los funcionarios

en la realización del trabajo de investigación.

En la investigación que se realiza se recabo información suficiente de los

Defensores Públicos que laboran dentro de las oficinas de la Defensa pública adscrita

a la Coordinación Regional del estado Carabobo, sede Valencia, de acuerdo a las

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funciones inherentes a su cargo en sus diferentes áreas dentro de la Institución.

Existen algunas deficiencias pero los resultados obtenidos se pueden calificar como

positivos en la investigación sobre la necesidad de atención, información y prestación

de ese servicio público de acuerdo a las necesidades de la comunidad, que quiere ser

asistido de manera gratuita y exigiendo la garantía de sus derechos.

2.6 Limitaciones del estudio

Una de las principales limitaciones que puede destacarse como muy relevante de la

investigación que se realiza es el masivo congestionamiento de la Defensa publica

adscrita a la Coordinación Regional del estado Carabobo, sede valencia, por la

afluencia numerosa de personas que acuden en búsqueda de la prestación del servicio,

relacionada con la búsqueda de la Justicia, honestidad, decoro, participación,

celeridad, eficacia, eficiencia; transparencia frente a los usuarios.

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CAPITULO III

MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL

2.1 Antecedentes de la Investigación

Arturo Moreno (2012) con el estudio “Defensoría Publica” redactado en la

Ciudad de Valencia en la Universidad de Carabobo, para optar al Título de Abogado

destaca que; La Defensoría Publica es un órgano constitucional autónomo creado por

la Constitución de 1993. Su misión es proteger los derechos constitucionales y

fundamentales de la persona y de la comunidad; supervisar el cumplimiento de los

deberes de la administración del Estado y la prestación de los servicios públicos a

la población.

Luis Guevara (2011) con el estudio “El defensor público” redactado en la Ciudad

de Caracas en la universidad Santa María, para optar al Título de Abogado señala

que El Defensor del Pueblo, no desempeña funciones de juez ni fiscal. Busca solución

a problemas concretos antes que acusación a los culpables. En consecuencia, no dicta

sentencias, ni ordena detenciones, ni impone multas. Su poder descansa en la

persuasión, en las propuestas de modificación de conducta que formule en sus

recomendaciones, en el desarrollo de estrategias de protección preventiva, en la

mediación que asume para encontrar soluciones y en su capacidad de denuncia

pública en casos extremos.

María Fernandez (2010) con el estudio “Competencia de la defensoría pública”

redactado en la Ciudad de Caracas en la Universidad Catalítica Andrés Bello, para

optar al Título de Abogado define; las competencias de la defensa pública son; a.-

Defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la

comunidad. Se le encomienda la protección de los Derechos Humanos que son

aquellos atributos y facultades inherentes a la persona humana. Ello incluye tanto los

llamados derechos civiles y políticos; como los económicos, sociales y culturales; así

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como los derechos de los pueblos, que tienen como finalidad el logro de la

convivencia democrática en una sociedad en la que impere la justicia y el estado de

derecho.

b.- Supervisar el cumplimiento de los deberes de función de los responsables de

la administración pública.

La Defensoría del Pueblo vela porque las diversas instituciones del Estado, así

como sus autoridades y funcionarios, cumplan con sus responsabilidades y atiendan

correctamente a los ciudadanos. La supervisión se hace siempre desde la perspectiva

del sometimiento de la administración estatal a la Constitución y a las leyes, dentro

del ámbito del deber de cooperación que la Constitución exige a todos los organismos

públicos para con la Defensoría del Pueblo.

c.- Supervisar la adecuada prestación de los servicios públicos.

El Defensor del Pueblo supervisa la adecuada prestación de los servicios

públicos de luz, agua, teléfono, salud, entre otros, que sean brindados tanto por

instituciones públicas como privadas.

2.2 Bases teóricas

Defensa Pública Nacional

La Defensa Pública es una institución que tiene como propósito fundamental,

garantizar la tutela efectiva del derecho constitucional a la defensa, en las distintas

áreas de su competencia. Asimismo, está dedicada a prestar, a nivel nacional, un

servicio de Defensa Pública, en forma gratuita a los ciudadanos y ciudadanas que lo

requieran, sin distinción de clase socio-económica.

Dentro del marco constitucional, la Defensa Pública está contemplada en el

artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. "La

potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte

en nombre de la República por autoridad de la Ley. Corresponde a los órganos del

Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los

procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias.

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El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los

demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensa Pública, los

órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de

justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o

ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los

abogados autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio".

Historia de la Defensa Pública Nacional

La Constitución Venezolana del año 1961, contemplaba en su artículo 68 el

Derecho a la defensa, pero el mismo era violado bajo el argumento del llamado

Secreto sumarial, a pesar que nuestro país, siendo signatario del Pacto de San José de

Costa Rica, reconoció este derecho en la legislación nacional.

El Código de Enjuiciamiento Criminal promulgado el 30 de Junio de 1915,

estatuye por primera vez la institución de la Defensa Pública de Presos, llamada, así

hasta el 1º de Julio de 1999, cuando entra en vigencia el Código Orgánico Procesal

Penal, y se le estatuye como Defensa Pública, ya que en la actualidad la función

sustantiva del Defensor Público no es limitativa a los ciudadanos que están privados

de su libertad, sino a todos aquellos que sean imputados, acusados y penados,

proporcionando el término apropiado para quienes son usuarios del servicio de la

Defensa Pública.

Con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en

el año 1999, se inicia una nueva etapa en la institucionalidad jurídico-política de la

nación, al constituirse Venezuela en un Estado democrático y social de derecho y de

justicia. Uno de estos derechos es la Defensa, tal como lo establece el artículo 49

ordinal 1 de la Constitución.

Para garantizar este derecho se creó en el año 2000, mediante Resolución 1.191,

de fecha 16 de junio de 2000, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.024 de fecha 29 de

agosto de 2000, la Defensa Pública, órgano adscrito al Tribunal Supremo de Justicia,

que tiene como objeto Garantizar el Derecho a la Defensa y el acceso a la tutela

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judicial efectiva de todo ciudadano o ciudadana, nacional o extranjero, bajo los

principios de gratuidad, accesibilidad, imparcialidad, idoneidad, transparencia,

responsabilidad, equidad y oportunidad.

Como base Legal de la presente investigación se encuentra vigente la Ley

Orgánica de la Defensa Publica, publicada en la gaceta oficial Nº 39.021 del lunes 22

de septiembre de 2008, en la cual la Defensa Publica adquiere como órgano

Constitucional del Sistema de Justicia plena:

- Autonomía funcional

- Autonomía financiera

- Autonomía administrativa, única e indivisible, bajo la Dirección y

responsabilidad del Defensor Público General o la Defensora Publica General.

Igualmente se puede señalar la Ley del Estatuto de la Función Pública Gaceta

Oficial Nº 37.522 de fecha 06 de Septiembre de 2002. De la misma manera se destaca

entre los instrumentos legales de esta línea investigativa la Ley Orgánica del Código

Procesal Penal (Reforma 2012). En cuanto a la estructura, la Defensa Publica está

integrada por la Defensa Publica Nacional, la Coordinación General, las Unidades

Regionales de la Defensa Publica y cualquier otra dependencia creada por el efectivo

y eficaz cumplimiento de los objetivos del órgano.

La Defensa

La Defensa; se puede señalar, que los principios en la Defensa Publica fungen

como reglas o fundamentos que sirven de base y sustento en el proceso de

administración de justicia; estos principios son:

a.- Justicia: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y

de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de

su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia,

la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la

ética y el pluralismo político, conforme al Artículo 2 de la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela.

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b.- Legalidad: Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere

expresamente previsto como punible por la Ley, ni con penas que ella no hubiere

establecido previamente. Articulo 1 del código Penal Venezolano.

c.- El debido proceso; se aplicará a todas las actuaciones judiciales y

administrativas; en consecuencia:

1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado

de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los

cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del

tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas

obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable

tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta

Constitución y la ley.

2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.

3. Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las

debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un

tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad. Quien

no hable castellano o no pueda comunicarse de manera verbal, tiene derecho a un

intérprete.

4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las

jurisdicciones ordinarias, o especiales, con las garantías establecidas en esta

Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la

identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por

comisiones creadas para tal efecto.

5. Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí

misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de

consanguinidad y segundo de afinidad.

La confesión solamente será válida si fuere hecha sin coacción de ninguna naturaleza.

6. Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren

previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes.

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7. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de

los cuales hubiese sido juzgada anteriormente.

8. Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o reparación de la

situación jurídica lesionada por error judicial, retardo u omisión injustificados. Queda

a salvo el derecho del o de la particular de exigir la responsabilidad personal del

magistrado o de la magistrada, del juez o de la jueza; y el derecho del Estado de

actuar contra éstos o éstas, conforme al articulo 49 de la Constitución de la republica

Bolivariana de Venezuela.

d.- La oralidad; tiene sobre todo la finalidad de suprimir la escrituralidad que atenta

contra la defensa porque despersonaliza al imputado, ya que tiende a privilegiar la

documentación de los actos antes que el cumplimiento de los fines materiales de los

mismos, lo que significa que el juez se convierte más en un administrador de papeles

que en un administrador de justicia. De esta manera indirecta la oralidad fortalece la

defensa: suprimiendo la escrituralidad cuyos efectos son perniciosos para la defensa

en sentido material.

e.- La inmediación; propia de los sistemas orales, posibilita un ejercicio más efectivo

del derecho de defensa a! establecer una relación más directa entre el juez y el

imputado.

f.- Igualdad Procesal; Código de Procedimiento Civil Articulo 15, los Jueces

garantizaran el derecho de defensa, y mantendrán a las partes en los Derechos y

facultades comunes a ellas, sin preferencias ni desigualdades y en los privativos de

cada una de ellas.

g.- Celeridad; entendiendo el principio de celeridad procesal no como un derecho

individual de la persona humana, sino como un instrumento de tutela con rango

constitucional que garantiza a todas aquellas personas que concurren ante los órganos

jurisdiccionales una justicia equitativa expedita, sin dilaciones indebidas, sin

formalismos o reposiciones inútiles conforme los artículos 26 y 49 ordinal 3 de

nuestra Carta Magna. El derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas.

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La Defensa Pública y sus Competencias

Son competencias de la Defensa Publica

1-Garantizar a toda persona el Derecho a la defensa en todo grado y estado del

proceso judicial y administrativo en todas las materias que le son atribuidas de

conformidad con la Ley y la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

2-Cualquier otra que, por aplicación de la Constitución de la Republica Bolivariana

de Venezuela, de las normas, tratados, pactos y convenciones internacionales

suscritos y ratificados por la Republica Bolivariana de Venezuela. Articulo 8 Ley

Orgánica de la Defensa Pública.

Objetivos de la Defensa Pública

La Defensa Pública se propone estructurar mecanismos para la eficiente

prestación del servicio, como Deber de Estado, ofreciendo al ciudadano el

conocimiento y uso de los procesos institucionales de orientación, asesoría,

asistencia y representación legal, a través de los siguientes objetivos estratégicos:

1. Fortalecer continuamente los procesos de asistencia, asesoría, orientación y

representación al ciudadano y/o ciudadana para alcanzar la excelencia del servicio

que presta la Defensa Pública.

2. Adecuar la estructura y el sistema administrativo al logro de la filosofía de gestión

de la Defensa Pública.

3. Mantener una política integral de RRHH que permita la captación, el desarrollo y

la permanencia del personal idóneo, capaz de garantizar la excelencia en la prestación

del servicio de la Defensa Pública.

4. Instrumentar una plataforma tecnológica institucional (informática, planta física,

sistema de seguridad) que permita la automatización de los procesos y la

optimización del servicio.

5. Garantizar la formación y capacitación continua del recurso humano en todos los

ámbitos de su competencia que permita la prestación de un servicio de calidad.

6. Mantener un proceso de información y comunicación con la comunidad sobre el

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servicio que presta la Defensa Pública, así como los medios de acceso y los

procedimientos a seguir.

7. Establecer mecanismos de cooperación técnica y comunicación con organismos

nacionales e internacionales que contribuyan al fortalecimiento de la gestión

institucional.

8. Mantener la ética, disciplina e idoneidad, en la prestación del servicio, a través de

la supervisión constante del recurso humano.

Competencia de la Defensa Pública en Materia Penal Ordinaria

Toda persona mayor de edad que está en condición de imputado, querellado,

acusado o penado ante las instancias jurisdiccionales tiene el derecho de ser asistida

por una Defensora o Defensor Público en cualquier estado y grado del proceso. Ya

sea a solicitud voluntaria del defendido o a solicitud del juez que lleva la causa. En

cualquier circunstancia, la defensora o defensor público puede intervenir desde el

acto de imputación, cubriendo las fases sucesivas, hasta finalizar el proceso de

sentencia definitivamente firme y ejecución de pena, o atendiendo solo alguna de las

fases en que se encuentra el proceso.

Todas las personas que hayan sido señalados como autoras o partícipes en un

hecho que la Ley Penal contempla como delito.

En estos casos:

Las Defensoras Públicas o Defensores Públicos en materia Penal Ordinario

tienen como función:

• Asistir a la defendida o al defendido, bien sea en las sedes de la Defensa Pública

para quien se encuentre en libertad, o en los diferentes centros de reclusión para quien

se encuentre privado de ella.

• Representar a la defendida o al defendido ante el Ministerio Público y los

Tribunales con competencia Penal Ordinario.

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• Brindar atención e información a los familiares y amigos de la defendida o el

defendido bien sea que se encuentre en calidad de imputado, acusado o penado.

• Velar por el cumplimiento de los Derechos y Garantías de las defendidas y los

defendidos durante el proceso penal.

En materia penal, acuda a cualquiera de las sedes de la Defensa Pública que se

encuentran ubicadas en el ámbito nacional. En caso de estar privado de libertad,

diríjase a la Consultoría Jurídica del centro de reclusión, para solicitar la designación

de una Defensora Pública o un Defensor Público.

Algunos Derechos y Garantías Constitucionales de toda persona en materia

Penal

• Ser asistida o asistido desde los inicios de la investigación por una abogada o

abogado y tener acceso a las pruebas.

• Comunicarse con sus familiares y solicitar una Defensora Pública o un Defensor

Público.

• Guardar silencio no declarando si no desea declarar y manifestar que sólo declarará

ante el Juez.

• No declarar contra sí mismo y no confesarse culpable.

• Ser informado de qué se le acusa y de las razones que motiven su detención.

• No ser sometido a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes de su dignidad.

• No ser objeto de métodos que alteren su libre voluntad, incluso con su

consentimiento.

• Que se le practique un reconocimiento médico, en caso de ser necesario.

Fase de Ejecución

Es el área especializada en materia de ejecución de sentencia, orientada a

defender a las personas mayores de 18 años de edad, ante los Tribunales y

organismos del Sistema Penitenciario, cuando pesa sobre ellas una sentencia

condenatoria definitivamente firme, garantizándole sus derechos y su dignidad

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humana, así como la aplicación preferente de penas no privativas de libertad (Artículo

272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

En estos casos corresponde a las Defensoras Públicas o Defensores Públicos

• Asesorar y asistir a todas aquellas personas que requieran nuestros servicios.

• Representar a las personas penadas ante el Ministerio Público, los Tribunales y los

órganos del Sistema Penitenciario.

• Asistir a las personas penadas en las sedes de la Defensa Pública para quien se

encuentre en libertad, o en los diferentes centros de reclusión en caso de estar

privados de ella.

• Brindar atención e información a los familiares y amigos de las personas penadas.

• Velar por el cumplimiento de los derechos y garantías de todas aquellas personas

que se encuentran cumpliendo una pena.

• Recibir y tramitar ante los órganos competentes las quejas de los privados de

libertad.

• Cumplir las guardias asignadas ante los centros penitenciarios.

Algunos Derechos y Garantías Constitucionales de las personas penadas.

Recibir asistencia de una abogada o abogado de confianza, o en su defecto de una

Defensora Pública o Defensor Público. Conocer con exactitud la fecha en que

finalizará su condena. Conocer con exactitud las fechas a partir de las cuales le nace

el derecho a disfrutar de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, tales

como destacamento de trabajo, régimen abierto, libertad condicional, suspensión

condicional de la ejecución de la pena y confinamiento. Desempeñar alguna actividad

laboral o educativa con el objeto de obtener reducción de la pena. Derecho a “queja”

de acuerdo a las reglas mínimas para tratamiento al recluso y la Ley de Régimen

Penitenciario, entre otros. No ser sometidas a tortura, tratos crueles, inhumanos o

degradantes.

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2.3 Bases Legales

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Art. 2.- " Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derecho y de

justicia (…)"

Art. 26.- " Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de

justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos y difusos; a la

tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente,

autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas,

sin formalismos o reposiciones inútiles".

La Constitución consagra la justicia gratuita como un derecho humano que encuentra

su principal fundamento en los derechos a la igualdad y a la tutela judicial efectiva

que reconoce y que tiene por objeto permitir el libre acceso de toda persona a la

justicia sin discriminación alguna.

Art. 49.- "El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y

administrativas; en consecuencia:

1.- La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado

de la investigación y del proceso. (…)"

Art. 253.- " La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas

y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. El sistema de justicia

está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que

determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de

investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios y funcionarias de justicia, el

sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos o ciudadanas

que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados

autorizados o abogadas autorizadas para el ejercicio".

Art. 268.- " La ley establecerá la autonomía y organización, funcionamiento,

disciplina e idoneidad del servicio de la defensa pública, con el objeto de asegurar la

eficacia del servicio y de garantizar los beneficios de la carrera del defensor o

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defensora.

Ley Orgánica del Sistema de Justicia

Art. 2.- “El Sistema de Justicia está constituido por: el Tribunal Supremo de Justicia y

demás tribunales que determine la ley; el Ministerio Público; la Defensa Pública, los

órganos de investigación penal; los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de

justicia; el Sistema Penitenciario; los medios alternativos de justicia; los ciudadanos y

ciudadanas que participan en la administración de justicia, conforme con la ley y los

abogados autorizados y abogadas autorizadas para el ejercicio”.

Ley Orgánica de la Defensa Pública

Art 1.- La presente Ley tiene por objeto regular la naturaleza y organización, autonomía funcional y administrativa, así como la disciplina e idoneidad de la Defensa Pública, con el fin de asegurar la eficacia del servicio y garantizar los beneficios de la carrera del Defensor Público o Defensora Pública y demás funcionarios y funcionarias que establezca esta Ley y sus estatutos: Asimismo, establece los principios, normas y procedimientos para el desarrollo y garantía del derecho constitucional de toda persona de acceder a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses legítimos y garantizar el derecho a la defensa en cualquier procedimiento judicial o administrativo.

2.4 Definición de términos básicos

Administración de Justicia: Aplicación de las normas legales y ejecución de lo

establecido por ellas.

Competencia: El termino competencia está vinculado a la capacidad, la habilidad, la

destreza o la pericia para realizar algo en específico o tratar un tema determinado.

Debido Proceso: El debido proceso es un principio Jurídico Procesal según el cual

toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes asegurar un

resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser

oído y hacer valer sus pretensiones legitimas frente al Juez.

Defensa Pública: La Defensa Pública es un órgano del sistema de justicia que tiene

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como propósito fundamental, garantizar la tutela judicial efectiva del derecho

constitucional a la defensa en las diversas áreas de su competencia. Nuestro servicio

es gratuito y sin exclusión. Nuestras acciones se fundamentan en principios de

justicia, honestidad, decoro, participación, celeridad, eficacia, eficiencia,

transparencia, rendición de cuentas, disciplina, responsabilidad y obligatoriedad

según las disposiciones legales vigentes y con preeminencia de los Derechos

Humanos

Defensor Público: Son aquellas personas, encargadas de la defensa de un imputado

que carezca de abogado, desde la primera actuación del procedimiento dirigido en

contra de quien causa éste, en todas y cada una de las fases del proceso.

Funcionario Público: Es aquel trabajador que desempeña funciones en un

organismo, ya sea el legislativo, el Ejecutivo; el Judicial o el Ciudadano, es decir,

empleados que no pertenecen al sector privado.

Representación: Es La competencia inherente de cada Defensor Publico y la

adquiere al momento de su Juramentación como funcionario y a través de la

aceptación de cada causa designada por la Coordinación Regional.

Requisitos: Son las formalidades que deben cumplir el usuario del servicio, al igual

que los que debe cumplir el defensor o defensora para el ejercicio de sus funciones.

Tutela judicial efectiva: La definición de la tutela Judicial Efectiva dentro de la cual

se enmarca esta investigación presenta un conjunto de Derechos que desde un

enfoque sistémico o conforman esta institución jurídica de carácter universal. Tales

derechos son los siguientes: derecho de acceso a los órganos jurisdiccionales, derecho

al debido proceso; decisión ajustada a derecho; derecho a recurrir de la decisión y

derecho a ejecutar la decisión.

Usuario: Toda persona mayor de edad que está en condición de imputado,

querellado, acusado o penado ante las instancias jurisdiccionales tiene el derecho de

ser asistida por una Defensora o Defensor Público en cualquier estado y grado del

proceso. Ya sea a solicitud voluntaria del defendido o a solicitud del juez que lleva la

causa. En cualquier circunstancia, la defensora o defensor público puede intervenir

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desde el acto de imputación, cubriendo las fases sucesivas, hasta finalizar el proceso

de sentencia definitivamente firme y ejecución de pena, o atendiendo solo alguna de

las fases en que se encuentra el proceso.

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CAPITULO IV

FASES METODOLOGICAS

3.1 Tipo de la Investigación

La presente investigación es de carácter documental Omaira Rivas (2011) la

define como una estrategia den la que se observa y reflexiona sistemáticamente sobre

realidades teóricas y empíricas usando para ello diferentes tipos de documentos donde

se indaga, interpreta, presenta datos e información sobre un tema determinado de

cualquier ciencia, utilizando para ello, métodos e instrumentos que tiene como

finalidad obtener resultados que pueden ser base para el desarrollo de la creación

científica.

El objeto de esta es la recolección, selección, análisis y presentación de

información coherente a partir del uso de documentos. La realización de una

recopilación adecuada de datos e información que permiten redescubrir hechos,

sugerir problemas, orientar hacia otras fuentes de investigación, orientar formas para

elaborar instrumentos de investigación, elaborar hipótesis. Debe realizase en forma

ordenada y con objetivos precisos, con la finalidad de ser base para la construcción de

conocimientos.

3.2 Nivel de la investigación

Friday Sánchez (2010) establece que comprende la descripción, registro, análisis

e interpretación de la naturaleza actual, y la composición o procesos de los

fenómenos. El enfoque se hace sobre conclusiones dominantes o sobre como una

persona, grupo o cosa se conduce o funciona en el presente. La investigación

descriptiva trabaja sobre realidades de hechos, y su característica fundamental es la de

presentarnos una interpretación correcta.

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3.3 Fases Metodológicas

Fase I-Analizar la eficiencia de la Defensa Publica, como órgano de la función

pública en el sistema de administración de justicia, con referencia concreta a la

unidad de la de Defensa Publica adscrita al Estado Carabobo Para cumplir con el

siguiente objetivo se buscara la información precisa acerca del tema y así poder

verificar la eficacia del Defensor Público.

Fase II-Verificar la eficiencia del Defensor Publico en Proceso Penal Ordinario

Para cumplir con el objetivo se lograra a través de la investigación del presente

trabajo utilizando documentales físicos el cual nos llevara a sacar estadísticas los

cuales nos arrojara como el Defensor Publico es eficiente en el Proceso Penal

Ordinario cuantas causas son resueltas en año.

Fase III-Detectar las deficiencias que presenta la Unidad de Defensa publica en

la Prestación de sus funciones

Para cumplir con el siguiente objetivo se buscara la información precisa acerca del

tema y se observara las actuaciones con respecto a la prestación del servicio.

3.4 Instrumentos de Recolección de Datos

Hernández (2011): la selección de técnicas e instrumentos de recolección de datos

implica determinar por cuáles medios o procedimientos el investigador obtendrá la

información necesaria para alcanzar los objetivos de la investigación. La recolección

de datos se realiza en base al diseño de investigación, en nuestro caso la investigación

proyectiva, a través de un diseño cualitativo-cuantitativo que intentan recuperar para

el análisis parte de esta complejidad del sujeto y de sus modos de ser y de hacer en el

medio que lo rodea.

En esta investigación se utilizara la técnica de la bibliografía la define Suarez

(2010) como la técnica utilizada por estudiosos donde se emplean diferentes libros y

bibliografías para obtener la información deseada y poder tener una idea más

específica acerca del tema de estudio. Del mismo modo se empleara la técnica de la

observación el Prof. Paolo Trujillo (2010) la define como el seguimiento que se le

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hace a un grupo de personas seleccionadas y a su vez todos aquellos movimientos o

actitudes son tomadas en cuenta como base de la investigación realizada.

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CAPÍTULO V

RESULTADOS

3.5 Análisis e Interpretación de los Resultado

El propósito del presente capítulo es analizan los resultados obtenidos después de

haber ejecutado cada uno de los objetivos específicos de la presente investigación,

que están directamente relacionados con cada uno de los aspectos del presente tema

de investigación, luego se presentan las conclusiones y las recomendaciones, los

mismos se presentan a continuación:

Resultado. Fase 1.

Verificar la Eficiencia del Defensor Público en el Proceso Penal Ordinario.

Dentro de la administración de justicia el defensor público juega un papel importante,

ya que a través de éste, toda persona que requiera obtener el servicio de la defensa

puede tener acceso a ella, además el defensor público garantiza el derecho a la

defensa, así como los derechos tutelados y establecidos en la Constitución, en las

leyes procesales como lo es el Código Orgánico Procesal Penal, Código Orgánico

Penal Sustantivo y las demás leyes especiales.

Es importante destacar que el defensor público dentro de sus funciones está;

orientar, asesorar, representar judicial y extrajudicial garantizando la aplicación de las

normas establecidas por la Constitución, al usuario y familiares y amigos de la

persona que se encuentre involucrada en un proceso penal.

En este orden de ideas cabe señalar que el defensor público, es una persona veraz

comprometida con su trabajo con ética, en su función pública al momento de realizar

su trabajo, comprometido con los imputados tanto en libertad, como aquellos que se

encuentran privados de libertad y con sus familiares, al servicio los trescientos

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sesenta y cinco (365) días del año, en relación a las guardias de control efectuadas por

la organización.

Conclusión. Fase I

Verificar la Eficiencia del Defensor Público en el Proceso Penal Ordinario.

Mediante la realización este trabajo, se llega a las siguientes conclusiones, el volumen

de trabajo que realizan las defensorías públicas que se desempeñan en el ámbito

penal ordinario no solo consiste en la actividad vinculada directamente con la defensa

del imputado durante el proceso, sino que incluye otra serie de tareas, algunas de las

cuales son de carácter administrativo y tiene que ver con la gerencia de la oficina de

defensoría.

Recomendación. Fase I

Verificar la Eficiencia del Defensor Público en el Proceso Penal Ordinario.

De acuerdo al resultado obtenido se sugiere como recomendación, un mayor número

de Defensores Públicos ya que existe un déficit de personal y son muchas causas las

que le ingresan a cada defensor público, pudiéndose constatar mediante el análisis de

las estadísticas mensuales (ver anexo) llevadas por los despacho defensoril las cuales

superan la cantidad, debido al incremento de la población en materia penal, es

importante el trabajo en equipo mayor integridad para que la eficiencia sea de mejor

calidad.

Resultado. Fase: II

Determinar las funciones del Defensor Público en el Proceso Penal Ordinario.

Del estudio realizado documental se elaboro un análisis en cuanto a las funciones del

defensor público las cuales se encuentran establecidas en el artículo 42 de la Ley

Orgánica de la Defensa Publica siendo estas las siguientes:

• Orientar y asesorar en la materia de su competencia.

• Orientar al imputado o imputada sobre el procedimiento por admisión de los

hechos y acuerdos respiratorios en los casos de procedimientos abreviados.

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• Dar contestación a la acusación presentada por el fiscal o la fiscal del

Ministerio público o por el acusador o acusadora, cuando se trate de

procedimientos abreviados.

• Promover pruebas en casos de procedimientos abreviados

• Solicitar el examen y revisión de las medidas de coerción personal o a la

libertad plena, si fuere procedente.

• Intervenir en las audiencias conciliatorias en caso de delitos a instancia de

parte.

• Ejercer el recurso de revocación, si fuere el caso, conforme con lo establecido

en Código Orgánico Procesal Penal.

• Solicitar las nulidades, en cualquier estado de esta fase, si fuere el caso.

• Solicitar copias certificadas de la decisión judicial, especialmente en casos de

absolución, y proveer de un ejemplar a su defendida o defendida.

• Entrevistar al acusado o acusada y a los testigos presentados o presentadas por

la defensa con la finalidad de preparar el juicio.

• Ejercer las acciones de amparo ante la violación de cualquier derecho o

garantía constitucional del acusado o acusada.

• Efectuar visita carcelaria a sus defendidos o defendidas una vez al mes,

pudiendo concurrir las veces que considere necesario al órgano policial,

centro penitenciario o internado judicial donde se encuentren los detenidos o

detenidas cuya defensa les competa.

• Hacer uso del derecho a réplica.

• Resumir los puntos principales en los cuales en los cuales se basa su defensa,

en el acta del debate.

Conclusión Fase II.

Determinar las funciones del Defensor Público en el Proceso Penal Ordinario.

Cabe destacar que el Defensor Público está sujeto a ley Orgánica de la Defensa

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Pública y a sus directrices, así como también al reglamento interno, en aras de

asegurar la eficacia del servicio y garantizar los beneficios de la carrera del Defensor

Publico o Defensora Publica y demás funcionarios y funcionarias que establezca esta

ley.

Recomendación. Fase II

Determinar las funciones del Defensor Público en el Proceso Penal Ordinario.

En este orden de ideas se recomienda en relación a las causas que ingresan por

guardia en especial de presentación de imputados en cuanto a los usuarios que

quedan con una Medida Cautelar Sustitutiva de libertad con presentaciones, porque

aun cuando el defensor público les informa respecto a la medida que dicto el juez y

de estar pendiente del proceso que se le sigue, el usuario muchas veces se ausenta

debido a que está en libertad, no asiste a los actos que fija el tribunal, generando un

atraso en el cumplimiento de la eficiencia del Defensor Público.

Resultado. Fase III

Detectar las deficiencias que se presenta a la unidad de Defensa Pública en la

prestación de sus funciones. Cabe destacar la creación del servicio de Defensa

Pública en el año 2000, función que era prestada por las defensorias públicas de

presos, la cual dependían del desaparecido consejo de la judicatura y para ese

momento el numero de defensores eran insuficientes a igual que los recursos eran

limitados, en cuanto a su desempeño solía evaluarse de forma negativa, no eran bien

remunerados. El Defensor Público, con el pasar del tiempo los cambios a nivel de

estructura y con el constante cambio social, en lo que respecta con la entrada en

vigencia del Código orgánico Procesal Penal en año 1999, mejoro su actuación en

relación a los procesos penales.

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Conclusiones. Fase III

Detectar las Deficiencias que se presenta a la unidad de Defensa Pública en la

prestación de sus funciones. Ahora si bien es cierto que la Defensa Pública a lo

largo de su trayectoria desde su inicio en Venezuela se ha destacado por velar por los

derechos de aquellas personas más vulneradas, y en donde la Constitución le ha

dado esa facultad dentro de la administración justicia con plena autonomía

funcional, financiera, administrativa única e indivisibles, en donde el objeto es

garantizar el derecho a la defensa y el acceso y tutela judicial efectiva de todo

ciudadano o ciudadana, nacional o extranjera bajo los principios de gratuidad,

accesibilidad, imparcialidad, idoneidad, transparencia, responsabilidad, equidad y

oportunidad, la defensa publica en búsqueda de la eficiencia para una mejor

prestación del servicio, adecua un sistema administrativo de gestión, con una política

integral para la captación de un personal idóneo, capaz de garantizar la excelencia en

la prestación del servicio a través de la supervisión constante del recurso humano.

Recomendación. Fase III

Detectar las Deficiencias que se presenta a la unidad de Defensa Pública en la

prestación de sus funciones. Se recomienda a la Defensa Publica garantizar el

derecho a la defensa, en virtud de que se detecto ciertas deficiencias en cuanto a la

falta de personal; tanto defensoril como administrativo, se debe ingresar más

personas. A nivel del espacio físico ampliar la estructura y en cuanto al mobiliario

tener mas espacio y muebles con mayor comodidad para la atención al público y así

prestar un mejor servicio, otras de las deficiencias, es la obtención de las copias

cuando el defensor realiza las audiencias de presentación, fase intermedia y fase de

juicio y ejecución se hace cuesta arriba para obtenerlas y esto hace que no haya una

celeridad en los objetivos establecidos puesto en marcha por el defensor, se debe estar

atento y en el mismo momento de audiencia exigir al secretario o al juez las copias

de las actuaciones en aras del debido proceso para que el defensor pueda realizar lo

pertinente en el caso que se le presente y no entorpecer el proceso.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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Científica. Ed. Episteme. Caracas Venezuela.

Balestrini A. Miriam (2001) Cómo se elabora el Proyecto de Investigación (2da

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Hernández, R., y otros (2002). Metodología de la Investigación. México. Mc ·

Graw Hill.

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de la República Bolivariana de Venezuela, Caracas, Venezuela, Gaceta Oficial

Nº 5.908 Extraordinaria del 19 de Febrero de 2009.

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Septiembre de 2008.

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Orgánico Procesal Penal, Caracas, Venezuela, Gaceta Oficial Nº del 15 de

Junio de 2012.

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ANEXOS

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