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Sistematización de los procesos de inscri pción y publicidad registral. Baltazar Caballero, Jorge Luis Elaboración y diseño en formato PDF, por la Oficina General del Sistema de Bibliotecas y Biblioteca Central UNMSM 2. ANTECEDENTES 2.1. Evolución del Sistema Registral Mediante Ley del 02 de Enero de 1888, se crea en nuestro país, el Registro de la Propiedad Inmueble, determinando con ello, el nacimiento de un sistema de registro que da acogida a las transferencias de dominio y los demás derechos reales. La etapa previa de dicho registro la constituye la existencia de Registros de Cargas, como los de Censos y Capellanías (1575), los cuales se remontan al siglo XVI, en la época del Virreinato, donde los Censos son derechos que nacen, generalmente de un contrato, por el cual se adquiere derecho a percibir una pensión anual, mediante la entrega de inmuebles por un determinado plazo; la Capellanía por su parte, es una fundación en la que se vinculan bienes, con el gravamen para su poseedor, de mandar celebrar anualmente cierto número de misas y otras cargas pías. Desde la creación del Registro de la Propiedad Inmueble, en nuestro país se han ido creando diferentes registros jurídicos, como el Registro Mercantil, el Registro de Testamentos, el Registro de Declaratoria de Herederos, entre otros; todos ellos constituyen la expresión de un Registro entendido como una institución jurídica encargada de producir cognoscibilidad general de situaciones jurídicas, para la tutela efectiva de los derechos y la seguridad jurídica de los mismos. La técnica originaria de inscripción en el Registro fue la de redacción manuscrita de asientos en los Libros de Inscripción o Tomos, los mismos son libros foliados de considerable tamaño con 500 páginas cada uno. Posteriormente se utilizaron tomos de hojas más pequeñas con 700 páginas cada uno. El uso de tomos, por su poca practicidad fue cambiado al sistema de utilización de Fichas, que operaban como un

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  • Sistematizacin de los procesos de inscripcin y publicidad registral. Baltazar Caballero, Jorge Luis

    Elaboracin y diseo en formato PDF, por la Oficina General del Sistema de Bibliotecas y Biblioteca Central UNMSM

    2. ANTECEDENTES

    2.1. Evolucin del Sistema Registral Mediante Ley del 02 de Enero de 1888, se crea en nuestro pas, el

    Registro de la Propiedad Inmueble, determinando con ello, el nacimiento

    de un sistema de registro que da acogida a las transferencias de

    dominio y los dems derechos reales. La etapa previa de dicho registro

    la constituye la existencia de Registros de Cargas, como los de Censos y

    Capellanas (1575), los cuales se remontan al siglo XVI, en la poca del

    Virreinato, donde los Censos son derechos que nacen, generalmente de

    un contrato, por el cual se adquiere derecho a percibir una pensin

    anual, mediante la entrega de inmuebles por un determinado plazo; la

    Capellana por su parte, es una fundacin en la que se vinculan bienes,

    con el gravamen para su poseedor, de mandar celebrar anualmente

    cierto nmero de misas y otras cargas pas.

    Desde la creacin del Registro de la Propiedad Inmueble, en nuestro

    pas se han ido creando diferentes registros jurdicos, como el Registro

    Mercantil, el Registro de Testamentos, el Registro de Declaratoria de

    Herederos, entre otros; todos ellos constituyen la expresin de un

    Registro entendido como una institucin jurdica encargada de producir

    cognoscibilidad general de situaciones jurdicas, para la tutela efectiva

    de los derechos y la seguridad jurdica de los mismos.

    La tcnica originaria de inscripcin en el Registro fue la de redaccin

    manuscrita de asientos en los Libros de Inscripcin o Tomos, los mismos

    son libros foliados de considerable tamao con 500 pginas cada uno.

    Posteriormente se utilizaron tomos de hojas ms pequeas con 700

    pginas cada uno. El uso de tomos, por su poca practicidad fue

    cambiado al sistema de utilizacin de Fichas, que operaban como un

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    Elaboracin y diseo en formato PDF, por la Oficina General del Sistema de Bibliotecas y Biblioteca Central UNMSM

    instrumento asignado a cada ttulo de propiedad, persona jurdica o

    natural, en la cual se registran todas las modificaciones y o

    actualizaciones de los actos y contratos, logrando de esta forma, cierta

    facilidad para el manejo de los asientos, utilizando para la escritura las

    mquinas de escribir mecnicas.

    2.2. De las Normas que rigen el Proceso de Inscripcin y Publicidad Registral 1. Los Registros Pblicos fueron creador por Ley de fecha 02 de enero

    de 1888 bajo el gobierno de Andrs Avelino Cceres. Se crea el

    Registro de la Propiedad inmueble como una dependencia de la

    Corte Suprema de Justicia.

    El primer Reglamento General de los Registros Pblicos fue

    formulado por la Corte Suprema de Justicia y fue aprobado por el

    Poder Judicial con fecha 11 de setiembre de 1888.

    2. El 18 de julio de 1940 (92 aos despus) entr en vigencia un

    nuevo Reglamento de los Registros Pblicos el cual recoge lo

    establecido en el Artculo 1038 del Cdigo Civil de 1936.

    En su estructura orgnica contemplaba como rgano superior a la

    Junta de Vigilancia presidida por el Ministro de Justicia y de Culto, el

    Fiscal en lo Civil ante la Corte Suprema, los decanos de los Colegios

    de Abogados de Lima y de la Facultad de Derecho de la Universidad

    Nacional Mayor de San Marcos y el Director General del Registro.

    3. El 16 de mayo de 1968 (gobierno militar) mediante acuerdo de la

    Corte Suprema se aprueba el Reglamento General de los Registros

    Pblicos.

    Con este dispositivo se crea en su estructura orgnica la Comisin

    Facultativa que reemplaza en sus funciones a la Direccin General,

    convirtindose en el rgano de segunda instancia administrativa y

    quedando la Junta de Vigilancia facultada a conocer en grado de

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    revisin las resoluciones dictadas tanto por la Direccin General y la

    Comisin Facultativa.

    4. El 18 de junio de 1980 mediante el D.L. N 23095 se dicta la Ley

    Orgnica de la Oficina Nacional de los Registros Pblicos ONARP,

    mediante la cual se le concede la calidad de persona jurdica de

    Derecho Pblico Interno con autonoma administrativa y econmica,

    conservando la misma naturaleza de Organismo Pblico

    Descentralizado vinculado a la Presidencia de la Repblica conforme

    lo dispuso el D.L. N 17532 del 25 de marzo de 1969.

    Lo resaltante de esta norma es que instituy como rgano de

    segunda instancia registral al Tribunal Registral integrado por tres

    miembros con categora de Vocal de la Corte Superior que

    reemplaz en funciones a la Junta de Vigilancia, as como a la

    Direccin General por la Jefatura.

    5. Con fecha 12 de junio de 1981, mediante Decreto Legislativo N

    119 se dicta una nueva Ley Orgnica de los Registros Pblicos y Ley

    de la Oficina Nacional de los Registros Pblicos - ONARP, por la cual

    se establece que los Registros Pblicos se constituyen en un

    Organismo Pblico Descentralizado del Sector Justicia; asimismo

    esta norma restableci en sus funciones a la Comisin Facultativa

    por el Tribunal Registral.

    6. El 21 de diciembre de 1992 se dicta mediante D.L. N 25993 la Ley

    Orgnica del Sector Justicia en la cual se introdujo una variante

    significativa respecto a la vinculacin administrativa de la

    institucin, ya que se comprendi a los Registros Pblicos como un

    rgano de Lnea de dicho ministerio, crendose para tales efectos la

    Direccin Nacional de los Registros Pblicos y Civiles manteniendo

    en funciones a la Comisin Facultativa como rgano de segunda

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    instancia administrativa y a la Junta de Vigilancia que resolva en

    ltima instancia va Recurso de Revisin.

    7. Finalmente con fecha 14 de octubre de 1994 mediante Ley N

    26366, se crea el Sistema Nacional de los Registros Pblicos y la

    Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos SUNARP,

    regulada por su Estatuto aprobado mediante D.S. N 04-95-JUS,

    con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del

    ejercicio de la funcin registral en todo el pas, orientado a la

    especializacin, simplificacin, integracin y modernizacin de la

    funcin, procedimientos y gestin de todos los registros que lo

    integran; constituyndose as la Superintendencia en el ente rector

    y normativo del sistema.

    Del mismo modo se estableci que la Oficina Registral de Lima y

    Callao ORLC, as como las Oficinas Registrales ubicadas en el

    mbito geogrfico de las regiones son Organismos Pblicos

    Desconcentrados de la SUNARP; precisndose en la Segunda

    Disposicin Complementaria de la acotada Ley, que la Oficina

    Registral de Lima y Callao constituye un organismo pblico

    desconcentrado de la SUNARP con autonoma registral, econmica y

    administrativa, en el ejercicio de las funciones que le corresponden

    conforme a Ley.

    En razn de estas normas se dicta el Decreto de Urgencia N 019-

    95 del 16 de abril de 1995, mediante el cual se declar en

    reorganizacin y reestructuracin instit ucional a todos los

    organismos desconcentrados de la SUNARP, medida que fue el

    punto de partida para efectuar la transformacin integral de la

    institucin, marco dentro del cual se han obtenido resultados

    evidentes en lo que atae a modernizacin, eficiencia y calidad de

    los servicios que se brindan, los mismos que en la actualidad le son

    pblicamente reconocidos a la Oficina Registral de Lima y Callao.

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    2.3. La Oficina Registral de Lima y Callao Lima, por ser la capital de la Repblica del Per y debido al fenmeno

    social, poltico y econmico del centralismo, representa en lo que es la

    demanda del servicio Registral aproximadamente el 60% de la gestin al

    nivel nacional, por lo cual representa el primer punto crtico como

    consecuencia del uso de una metodologa manual del registro de los

    actos y contratos que se generan en Lima.

    Habindose llegado al manejo de las mquinas de escribir mecnicas en

    una primera etapa y luego a las mquinas de escribir elctricas, se

    atenu en una primera etapa la forma de manejo de la informacin,

    tanto en el registro como en el proceso de brindar informacin o lo que

    llamamos en este medio como Publicidad Registral. Se estaba pues, ante

    un proceso que requera de un buen nmero de personas en mquinas

    de escribir y cuyo crecimiento con el mejoramiento de la economa del

    pas era inevitable, lo que llev al lmite el uso de este mecanismo.

    En la dcada de los ochenta, apareceran rudimentariamente las

    primeras computadoras personales, existiendo ya por ese entonces las

    grandes computadoras, que eran utilizadas por corporaciones

    industriales y comerciales, sin que estas llegaran siquiera a ser

    considerada para solucionar el problema de los Registros Pblicos.

    La tecnologa de las computadoras personales avanza de una manera

    asombrosa en la dcada de los noventa, convirtindose de sobra en una

    herramienta potentsima para solucionar los problemas del manejo de

    informacin en volmenes grandes. Esta opcin ira desplazando a las

    grandes computadoras y con este panorama la Oficina Registral de Lima

    y Callao se embarca en el proyecto pionero en Amrica Latina, del

    Sistema de Informacin Registral Automatizado, proyecto que permitira

    una mejor performance en los trmites, control de los proceso y en la

    misma gestin registral.

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    2.4. El Procedimiento Registral El procedimiento que sigue la inscripcin de un acto o contrato en los

    Registros Pblicos se inicia con la formulacin de una escritura pblica

    que es elaborada y refrendada por un Notario. Esta es la nica forma en

    que un acto o contrato puede llegar a ser inscrito. La labor de los

    Registradores Pblicos es calificar dicho acto o contrato en razn de las

    normas que la rigen y que se convierte en un Ttulo, el cual debe

    cumplir con todos los requisitos de Ley, para ser aceptado e inscrito en

    los Registros Pblicos. Algunas veces los Ttulos son observados por

    algunas deficiencias en la escritura pblica generada por el Notario y

    otras veces por la falta de documentacin, y si la observacin es grave,

    se procede a la Tacha, la cual tambin se aplica cuando la observacin

    emitida por el Registrador Pblico no es levantada en el tiempo prescrito

    por la Ley.

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    Cuando un Ttulo es aceptado y esta listo para la inscripcin, se procede

    a la liquidacin, que es consecuencia de que solo al final del proceso de

    calificacin y habindose determinado la cantidad de actos a que a dado

    lugar un Ttulo, se puede determinar el costo de este servicio por

    aplicacin de las Tasas registrales. Es necesario sealar que el usuario

    paga en un inicio un costo aproximado que es determinado por

    Preliquidacin (rea de consulta sobre los costos de los servicios) o si lo

    desea tan solo cancela el mnimo que es el costo del proceso

    administrativo, luego el costo determinado para el servicio, que es

    comunicado al usuario al consultar por el estado del tramite de su

    Ttulo, se cancela por un monto que es la diferencia sobre lo que ya ha

    cancelado.

    Inscrito el Ttulo, se genera el asiento de inscripcin y es de este asiento

    de inscripcin sobre el que se da publicidad, y por el cual los Registros

    Pblicos otorgan seguridad jurdica sobre este, y al cual pueden

    consultar, solicitar una copia simple o certificada, etc.

    Estos asientos, que generan los Registros Pblicos, gozan de un

    respaldo jurdico al cual responde el Registrador Pblico, y este se

    puede utilizar en cuestiones legales de respaldo jurdico y ser reconocido

    como tal.

    2.5. De los Procesos El proceso actual utiliza una normatividad que describe puntualmente los

    tipos de documentos que deben manejar todos los registros, es as

    como se estipula que todo registro debe contar con libro de diario en el

    cual se debern registral todos los Ttulos que ingresaron en el da para

    el proceso de inscripcin en los Registros Pblicos. Estas mismas normas

    legales que rigen la gestin de los registros pblicos, son los que crean

    los llamados libros, entre los que podemos encontrar los libros de

    propiedad inmueble, los libros de mandatos, libros de personal, etc. En

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    estos libros se asienta las inscripciones o tachas a que dieran lugar los

    procesos de inscripcin.

    Analizando en forma pragmtica los procedimientos en los registros

    pblicos, las actividades de dicha institucin, estaban normadas con

    definiciones que se orientaban a una gestin manual, en otras palabras,

    los diferentes libros a que se refieren estas normas no son otra cosa que

    los usos que se heredaron de los tiempos de los espaoles y que

    quedaron incorporados en los reglamentos que se utilizan actualmente

    para enmarcar las actividades de los registros pblicos.

    Cuando la actividad econmica y la poblacin creci, la demanda del

    servicio registral aumento notablemente, esto satur el servicio,

    convirtindolo en el mas atrasado, lento y por ltimo vctima de una

    corrupcin de funcionarios, por la misma importancia que tienen estos

    registros, lo que sumado a la necesidad por un registro de esta

    naturaleza, dio lugar al trfico de influencias y al mas notorio negocio de

    tramitadores.

    0 1 0 2 0 3 0 4 0 5 0 6 0

    1 9 9 3 - 1 9 9 5 1 , 9 9 6 1 , 9 9 7

    DURACION DEL TRAMITE EN DIAS

    INS

    CR

    IPC

    ION

    D

    E T

    ITU

    LO

    SP

    UB

    LIC

    IDA

    D

    RE

    GIS

    TR

    AL

    COMPARATIVO DE LA DURACION DEL TRAMITE : 1993 - 1995, 1996 Y 1997

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    Los tiempos de atencin se pueden apreciar en el grfico adjunto en el

    cual es fcil reconocer la tremenda variacin obtenida luego de la

    aplicacin del sistema de informacin registral.

    La forma manual de los registros fueron luego llevados a la utilizacin de

    la mquina de escribir, para ello fue necesario cambiar de libros a fichas,

    estas si podan introducirse al rodillo de las mquinas y facilitaran el

    proceso de asentar las inscripciones del registro. Esta se implementan

    en la dcada del setenta y mejoran en mucho la claridad de los textos

    de los asientos, aunque segua siendo un procedimiento lento, por que

    aunque los escritos con mquina de escribir fueran mas rpidos que el

    manual, an los mecanismos eran lentos, vale decir, la bsqueda de los

    antecedentes era fsica, y cuando se estaba siendo utilizado un Tomo

    por un Registrador Pblico, si haba otro que lo necesitara, tendra que

    esperar a que este lo desocupara para iniciar sus investigaciones, y as

    tambin otros aspectos que para las necesidades crecientes de la poca,

    dejaban mucho que desear para llegar a colmar las expectativas de los

    usuarios.

    Los libros de diarios, generados al estilo de una biblioteca, constan de

    tarjetas de ndices, estos fueron creados para mejorar las bsquedas de

    las inscripciones solicitadas por los usuarios y tambin fueron motivo de

    mejoras aunque continuaron siendo insuficientes para el volumen de

    informacin que manejan los registros pblicos.

    El obtener informacin acerca de los Ttulos inscritos o asientos de

    inscripcin, antes de la llegada de la fotocopiadora, eran generadas por

    transcripciones, en una etapa manual, luego con mquinas de escribir y

    por ltimo con la aparicin de la fotocopiadora se dara inicio a una

    atencin rpida, aunque sta todava no llegara a satisfacer las

    necesidades de los registros pblicos hasta que se mejoraran los

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    requerimientos de tipo de papel y el tiempo de fotocopiado por hoja,

    adems de lo caro de los insumos para este tipo de equipo.

    Aparecen en la dcada del ochenta las computadoras personales,

    aunque rudimentariamente, sin llegar a desplazar todava a la mquina

    de escribir. Luego la tecnologa de las microcomputadoras avanzaran en

    forma asombrosa hasta la fecha, resultando de tan rpida evolucin,

    que tecnologas que recin empiezan a colocarse en el mercado al poco

    tiempo quedan obsoleta.

    An su uso no es tan difundido y las aplicaciones escasas por los

    software limitados, estos luego se ampliaran y terminaran desplazando

    efectivamente a las mquinas de escribir con los procesadores de textos

    que brindaran mejores rendimientos que stas. Luego vendra la

    necesidad de conectar un computador con otro y surgiran las primeras

    redes locales que interconectan a unas pocas computadoras.

    Los Registros Pblicos, fueron observadores de estos cambios en

    empresas e instituciones sin mayores aspiraciones, ya que terminara la

    dcada de los ochenta sin que esta cambiara en lo ms mnimo. Se

    hablaba por ejemplo que para la ejecucin de un proyecto de

    presupuesto del registro pblico an se utilizaba una mquina y un

    batalln de mquinas sumadoras para realizar los clculos a que dieran

    lugar, cuando en el medio ya se utilizaba para este tipo de gestin, las

    computadoras personales. Sabido es que siempre el sector pblico fue

    en este aspecto atrasado respecto del sector empresarial o particular,

    por lo que se poda tambin entender por que tard tanto tiempo en

    aplicarse esta tecnologa en las labores mas simples de los Registros

    Pblicos.

    Este era el ambiente antes de aplicarse el cambio, obviamente que

    antes de la creacin del Sistema de Informacin Registral, las

    computadoras llegaron a desplazar definitivamente a las mquinas de

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    escribir, aunque hasta 1996 se poda encontrar algunas reas dentro de

    los Registros Pblicos, que utilizaban las mquinas de escribir para

    trabajos pequeos, rezagos de personas que an no se familiarizaban

    con el uso del microcomputador.