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Sistematizacin de los procesos de inscripcin y publicidad registral. Baltazar Caballero, Jorge Luis
Elaboracin y diseo en formato PDF, por la Oficina General del Sistema de Bibliotecas y Biblioteca Central UNMSM
2. ANTECEDENTES
2.1. Evolucin del Sistema Registral Mediante Ley del 02 de Enero de 1888, se crea en nuestro pas, el
Registro de la Propiedad Inmueble, determinando con ello, el nacimiento
de un sistema de registro que da acogida a las transferencias de
dominio y los dems derechos reales. La etapa previa de dicho registro
la constituye la existencia de Registros de Cargas, como los de Censos y
Capellanas (1575), los cuales se remontan al siglo XVI, en la poca del
Virreinato, donde los Censos son derechos que nacen, generalmente de
un contrato, por el cual se adquiere derecho a percibir una pensin
anual, mediante la entrega de inmuebles por un determinado plazo; la
Capellana por su parte, es una fundacin en la que se vinculan bienes,
con el gravamen para su poseedor, de mandar celebrar anualmente
cierto nmero de misas y otras cargas pas.
Desde la creacin del Registro de la Propiedad Inmueble, en nuestro
pas se han ido creando diferentes registros jurdicos, como el Registro
Mercantil, el Registro de Testamentos, el Registro de Declaratoria de
Herederos, entre otros; todos ellos constituyen la expresin de un
Registro entendido como una institucin jurdica encargada de producir
cognoscibilidad general de situaciones jurdicas, para la tutela efectiva
de los derechos y la seguridad jurdica de los mismos.
La tcnica originaria de inscripcin en el Registro fue la de redaccin
manuscrita de asientos en los Libros de Inscripcin o Tomos, los mismos
son libros foliados de considerable tamao con 500 pginas cada uno.
Posteriormente se utilizaron tomos de hojas ms pequeas con 700
pginas cada uno. El uso de tomos, por su poca practicidad fue
cambiado al sistema de utilizacin de Fichas, que operaban como un
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instrumento asignado a cada ttulo de propiedad, persona jurdica o
natural, en la cual se registran todas las modificaciones y o
actualizaciones de los actos y contratos, logrando de esta forma, cierta
facilidad para el manejo de los asientos, utilizando para la escritura las
mquinas de escribir mecnicas.
2.2. De las Normas que rigen el Proceso de Inscripcin y Publicidad Registral 1. Los Registros Pblicos fueron creador por Ley de fecha 02 de enero
de 1888 bajo el gobierno de Andrs Avelino Cceres. Se crea el
Registro de la Propiedad inmueble como una dependencia de la
Corte Suprema de Justicia.
El primer Reglamento General de los Registros Pblicos fue
formulado por la Corte Suprema de Justicia y fue aprobado por el
Poder Judicial con fecha 11 de setiembre de 1888.
2. El 18 de julio de 1940 (92 aos despus) entr en vigencia un
nuevo Reglamento de los Registros Pblicos el cual recoge lo
establecido en el Artculo 1038 del Cdigo Civil de 1936.
En su estructura orgnica contemplaba como rgano superior a la
Junta de Vigilancia presidida por el Ministro de Justicia y de Culto, el
Fiscal en lo Civil ante la Corte Suprema, los decanos de los Colegios
de Abogados de Lima y de la Facultad de Derecho de la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos y el Director General del Registro.
3. El 16 de mayo de 1968 (gobierno militar) mediante acuerdo de la
Corte Suprema se aprueba el Reglamento General de los Registros
Pblicos.
Con este dispositivo se crea en su estructura orgnica la Comisin
Facultativa que reemplaza en sus funciones a la Direccin General,
convirtindose en el rgano de segunda instancia administrativa y
quedando la Junta de Vigilancia facultada a conocer en grado de
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revisin las resoluciones dictadas tanto por la Direccin General y la
Comisin Facultativa.
4. El 18 de junio de 1980 mediante el D.L. N 23095 se dicta la Ley
Orgnica de la Oficina Nacional de los Registros Pblicos ONARP,
mediante la cual se le concede la calidad de persona jurdica de
Derecho Pblico Interno con autonoma administrativa y econmica,
conservando la misma naturaleza de Organismo Pblico
Descentralizado vinculado a la Presidencia de la Repblica conforme
lo dispuso el D.L. N 17532 del 25 de marzo de 1969.
Lo resaltante de esta norma es que instituy como rgano de
segunda instancia registral al Tribunal Registral integrado por tres
miembros con categora de Vocal de la Corte Superior que
reemplaz en funciones a la Junta de Vigilancia, as como a la
Direccin General por la Jefatura.
5. Con fecha 12 de junio de 1981, mediante Decreto Legislativo N
119 se dicta una nueva Ley Orgnica de los Registros Pblicos y Ley
de la Oficina Nacional de los Registros Pblicos - ONARP, por la cual
se establece que los Registros Pblicos se constituyen en un
Organismo Pblico Descentralizado del Sector Justicia; asimismo
esta norma restableci en sus funciones a la Comisin Facultativa
por el Tribunal Registral.
6. El 21 de diciembre de 1992 se dicta mediante D.L. N 25993 la Ley
Orgnica del Sector Justicia en la cual se introdujo una variante
significativa respecto a la vinculacin administrativa de la
institucin, ya que se comprendi a los Registros Pblicos como un
rgano de Lnea de dicho ministerio, crendose para tales efectos la
Direccin Nacional de los Registros Pblicos y Civiles manteniendo
en funciones a la Comisin Facultativa como rgano de segunda
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instancia administrativa y a la Junta de Vigilancia que resolva en
ltima instancia va Recurso de Revisin.
7. Finalmente con fecha 14 de octubre de 1994 mediante Ley N
26366, se crea el Sistema Nacional de los Registros Pblicos y la
Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos SUNARP,
regulada por su Estatuto aprobado mediante D.S. N 04-95-JUS,
con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del
ejercicio de la funcin registral en todo el pas, orientado a la
especializacin, simplificacin, integracin y modernizacin de la
funcin, procedimientos y gestin de todos los registros que lo
integran; constituyndose as la Superintendencia en el ente rector
y normativo del sistema.
Del mismo modo se estableci que la Oficina Registral de Lima y
Callao ORLC, as como las Oficinas Registrales ubicadas en el
mbito geogrfico de las regiones son Organismos Pblicos
Desconcentrados de la SUNARP; precisndose en la Segunda
Disposicin Complementaria de la acotada Ley, que la Oficina
Registral de Lima y Callao constituye un organismo pblico
desconcentrado de la SUNARP con autonoma registral, econmica y
administrativa, en el ejercicio de las funciones que le corresponden
conforme a Ley.
En razn de estas normas se dicta el Decreto de Urgencia N 019-
95 del 16 de abril de 1995, mediante el cual se declar en
reorganizacin y reestructuracin instit ucional a todos los
organismos desconcentrados de la SUNARP, medida que fue el
punto de partida para efectuar la transformacin integral de la
institucin, marco dentro del cual se han obtenido resultados
evidentes en lo que atae a modernizacin, eficiencia y calidad de
los servicios que se brindan, los mismos que en la actualidad le son
pblicamente reconocidos a la Oficina Registral de Lima y Callao.
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2.3. La Oficina Registral de Lima y Callao Lima, por ser la capital de la Repblica del Per y debido al fenmeno
social, poltico y econmico del centralismo, representa en lo que es la
demanda del servicio Registral aproximadamente el 60% de la gestin al
nivel nacional, por lo cual representa el primer punto crtico como
consecuencia del uso de una metodologa manual del registro de los
actos y contratos que se generan en Lima.
Habindose llegado al manejo de las mquinas de escribir mecnicas en
una primera etapa y luego a las mquinas de escribir elctricas, se
atenu en una primera etapa la forma de manejo de la informacin,
tanto en el registro como en el proceso de brindar informacin o lo que
llamamos en este medio como Publicidad Registral. Se estaba pues, ante
un proceso que requera de un buen nmero de personas en mquinas
de escribir y cuyo crecimiento con el mejoramiento de la economa del
pas era inevitable, lo que llev al lmite el uso de este mecanismo.
En la dcada de los ochenta, apareceran rudimentariamente las
primeras computadoras personales, existiendo ya por ese entonces las
grandes computadoras, que eran utilizadas por corporaciones
industriales y comerciales, sin que estas llegaran siquiera a ser
considerada para solucionar el problema de los Registros Pblicos.
La tecnologa de las computadoras personales avanza de una manera
asombrosa en la dcada de los noventa, convirtindose de sobra en una
herramienta potentsima para solucionar los problemas del manejo de
informacin en volmenes grandes. Esta opcin ira desplazando a las
grandes computadoras y con este panorama la Oficina Registral de Lima
y Callao se embarca en el proyecto pionero en Amrica Latina, del
Sistema de Informacin Registral Automatizado, proyecto que permitira
una mejor performance en los trmites, control de los proceso y en la
misma gestin registral.
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2.4. El Procedimiento Registral El procedimiento que sigue la inscripcin de un acto o contrato en los
Registros Pblicos se inicia con la formulacin de una escritura pblica
que es elaborada y refrendada por un Notario. Esta es la nica forma en
que un acto o contrato puede llegar a ser inscrito. La labor de los
Registradores Pblicos es calificar dicho acto o contrato en razn de las
normas que la rigen y que se convierte en un Ttulo, el cual debe
cumplir con todos los requisitos de Ley, para ser aceptado e inscrito en
los Registros Pblicos. Algunas veces los Ttulos son observados por
algunas deficiencias en la escritura pblica generada por el Notario y
otras veces por la falta de documentacin, y si la observacin es grave,
se procede a la Tacha, la cual tambin se aplica cuando la observacin
emitida por el Registrador Pblico no es levantada en el tiempo prescrito
por la Ley.
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Cuando un Ttulo es aceptado y esta listo para la inscripcin, se procede
a la liquidacin, que es consecuencia de que solo al final del proceso de
calificacin y habindose determinado la cantidad de actos a que a dado
lugar un Ttulo, se puede determinar el costo de este servicio por
aplicacin de las Tasas registrales. Es necesario sealar que el usuario
paga en un inicio un costo aproximado que es determinado por
Preliquidacin (rea de consulta sobre los costos de los servicios) o si lo
desea tan solo cancela el mnimo que es el costo del proceso
administrativo, luego el costo determinado para el servicio, que es
comunicado al usuario al consultar por el estado del tramite de su
Ttulo, se cancela por un monto que es la diferencia sobre lo que ya ha
cancelado.
Inscrito el Ttulo, se genera el asiento de inscripcin y es de este asiento
de inscripcin sobre el que se da publicidad, y por el cual los Registros
Pblicos otorgan seguridad jurdica sobre este, y al cual pueden
consultar, solicitar una copia simple o certificada, etc.
Estos asientos, que generan los Registros Pblicos, gozan de un
respaldo jurdico al cual responde el Registrador Pblico, y este se
puede utilizar en cuestiones legales de respaldo jurdico y ser reconocido
como tal.
2.5. De los Procesos El proceso actual utiliza una normatividad que describe puntualmente los
tipos de documentos que deben manejar todos los registros, es as
como se estipula que todo registro debe contar con libro de diario en el
cual se debern registral todos los Ttulos que ingresaron en el da para
el proceso de inscripcin en los Registros Pblicos. Estas mismas normas
legales que rigen la gestin de los registros pblicos, son los que crean
los llamados libros, entre los que podemos encontrar los libros de
propiedad inmueble, los libros de mandatos, libros de personal, etc. En
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estos libros se asienta las inscripciones o tachas a que dieran lugar los
procesos de inscripcin.
Analizando en forma pragmtica los procedimientos en los registros
pblicos, las actividades de dicha institucin, estaban normadas con
definiciones que se orientaban a una gestin manual, en otras palabras,
los diferentes libros a que se refieren estas normas no son otra cosa que
los usos que se heredaron de los tiempos de los espaoles y que
quedaron incorporados en los reglamentos que se utilizan actualmente
para enmarcar las actividades de los registros pblicos.
Cuando la actividad econmica y la poblacin creci, la demanda del
servicio registral aumento notablemente, esto satur el servicio,
convirtindolo en el mas atrasado, lento y por ltimo vctima de una
corrupcin de funcionarios, por la misma importancia que tienen estos
registros, lo que sumado a la necesidad por un registro de esta
naturaleza, dio lugar al trfico de influencias y al mas notorio negocio de
tramitadores.
0 1 0 2 0 3 0 4 0 5 0 6 0
1 9 9 3 - 1 9 9 5 1 , 9 9 6 1 , 9 9 7
DURACION DEL TRAMITE EN DIAS
INS
CR
IPC
ION
D
E T
ITU
LO
SP
UB
LIC
IDA
D
RE
GIS
TR
AL
COMPARATIVO DE LA DURACION DEL TRAMITE : 1993 - 1995, 1996 Y 1997
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Los tiempos de atencin se pueden apreciar en el grfico adjunto en el
cual es fcil reconocer la tremenda variacin obtenida luego de la
aplicacin del sistema de informacin registral.
La forma manual de los registros fueron luego llevados a la utilizacin de
la mquina de escribir, para ello fue necesario cambiar de libros a fichas,
estas si podan introducirse al rodillo de las mquinas y facilitaran el
proceso de asentar las inscripciones del registro. Esta se implementan
en la dcada del setenta y mejoran en mucho la claridad de los textos
de los asientos, aunque segua siendo un procedimiento lento, por que
aunque los escritos con mquina de escribir fueran mas rpidos que el
manual, an los mecanismos eran lentos, vale decir, la bsqueda de los
antecedentes era fsica, y cuando se estaba siendo utilizado un Tomo
por un Registrador Pblico, si haba otro que lo necesitara, tendra que
esperar a que este lo desocupara para iniciar sus investigaciones, y as
tambin otros aspectos que para las necesidades crecientes de la poca,
dejaban mucho que desear para llegar a colmar las expectativas de los
usuarios.
Los libros de diarios, generados al estilo de una biblioteca, constan de
tarjetas de ndices, estos fueron creados para mejorar las bsquedas de
las inscripciones solicitadas por los usuarios y tambin fueron motivo de
mejoras aunque continuaron siendo insuficientes para el volumen de
informacin que manejan los registros pblicos.
El obtener informacin acerca de los Ttulos inscritos o asientos de
inscripcin, antes de la llegada de la fotocopiadora, eran generadas por
transcripciones, en una etapa manual, luego con mquinas de escribir y
por ltimo con la aparicin de la fotocopiadora se dara inicio a una
atencin rpida, aunque sta todava no llegara a satisfacer las
necesidades de los registros pblicos hasta que se mejoraran los
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requerimientos de tipo de papel y el tiempo de fotocopiado por hoja,
adems de lo caro de los insumos para este tipo de equipo.
Aparecen en la dcada del ochenta las computadoras personales,
aunque rudimentariamente, sin llegar a desplazar todava a la mquina
de escribir. Luego la tecnologa de las microcomputadoras avanzaran en
forma asombrosa hasta la fecha, resultando de tan rpida evolucin,
que tecnologas que recin empiezan a colocarse en el mercado al poco
tiempo quedan obsoleta.
An su uso no es tan difundido y las aplicaciones escasas por los
software limitados, estos luego se ampliaran y terminaran desplazando
efectivamente a las mquinas de escribir con los procesadores de textos
que brindaran mejores rendimientos que stas. Luego vendra la
necesidad de conectar un computador con otro y surgiran las primeras
redes locales que interconectan a unas pocas computadoras.
Los Registros Pblicos, fueron observadores de estos cambios en
empresas e instituciones sin mayores aspiraciones, ya que terminara la
dcada de los ochenta sin que esta cambiara en lo ms mnimo. Se
hablaba por ejemplo que para la ejecucin de un proyecto de
presupuesto del registro pblico an se utilizaba una mquina y un
batalln de mquinas sumadoras para realizar los clculos a que dieran
lugar, cuando en el medio ya se utilizaba para este tipo de gestin, las
computadoras personales. Sabido es que siempre el sector pblico fue
en este aspecto atrasado respecto del sector empresarial o particular,
por lo que se poda tambin entender por que tard tanto tiempo en
aplicarse esta tecnologa en las labores mas simples de los Registros
Pblicos.
Este era el ambiente antes de aplicarse el cambio, obviamente que
antes de la creacin del Sistema de Informacin Registral, las
computadoras llegaron a desplazar definitivamente a las mquinas de
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escribir, aunque hasta 1996 se poda encontrar algunas reas dentro de
los Registros Pblicos, que utilizaban las mquinas de escribir para
trabajos pequeos, rezagos de personas que an no se familiarizaban
con el uso del microcomputador.