educacion especial i (1) (1)
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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El Art. 9 de la C.P.E. estipula como dos de los fines y funciones del Estado Boliviano:
I. Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonizacin, sin discriminacin ni explotacin, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.
II. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la proteccin e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el dilogo intracultural, intercultural y plurilinge1
Por lo que a partir de la Ley de Leyes se reconoce y garantiza el respeto a la diversidad, entendindola como un elemento que enriquece el desarrollo personal, social y comunitario; parte de esta diversidad est constituida por personas con habilidades diferentes. Ingresar en la atencin a la diversidad ser el eje en la presente Unidad de Formacin Docente. El propsito ser identificar los aspectos que posibilitan articular la atencin a la diversidad desde una concepcin integradora e incluyente de la educacin, aportando de esta manera orientados a la fundacin del Estado Plurinacional de Bolivia; para ello es preciso impulsar prcticas transformadoras para mejorar la calidad educativa de todos y todas, por eso se debe superar la tendencia de preparar profesores para una escuela normal y docentes para una escuela de educacin especial. Si queremos que la utopa de una educacin inclusiva se ofrezca en nuestras escuelas habr que preparar docentes para educar en la diversidad y atender de forma integral a las diferencias. No importa si son nios diferentes (con necesidades especiales) o son nios que son diferentes (en el sentido pedaggico de una escuela con una pedagoga diferencial). Ya no hay que hacer diferencia en la formacin de docentes. No ms maestros de educacin especial, sino ms maestros formados para atender en la escuela regular a todos los nios con sus diferencias y peculiaridades!
Ms maestros capacitados para atender a la diversidad y para que los nios aprendan entre la diversidad (Fernndez Agustn; 2003)1
Por ello se ha asumido esta necesidad de cambios curriculares en la formacin inicial del docente, lo que implica una serie de retos y cuestionamientos que debemos asumir las instituciones formadoras de los docentes. La escuela debe cambiar y la formacin del docente debe ser otra, si se quiere viabilizar la educacin inclusiva en nuestras escuelas; si no, a lo ms podremos llegar a tener escuelas integradoras o seguir con el actual sistema de escuelas discriminadoras32. Por tanto surge como una prioridad que en el proceso formativo de los profesionales de la Educacin se incorporen conocimientos y prcticas educativas relacionadas con la atencin a las Necesidades Educativas en las tres reas establecidas en el artculo 26 (Estructura de la Educacin Especial) de la Ley, N 070, Avelino Siani - Elizardo Pre z siendo stas las siguientes:
a) Educacin para Personas con Discapacidad b) Educacin para Personas con Dificultades del Aprendizaje c) Educacin para Personas con Talento Extraordinario3
Los contenidos propuestos, as como la metodologa y la evaluacin responden a una interconexin, interdependencia e interrelacin con las propuestas de las otras Unidades de Formacin, partiendo de la Comunidad, sus saberes, conocimientos, prcticas, necesidades, intereses y otros, aspectos que posibilitan la verdadera concrecin del Modelo Educativo Socio-Comunitario-Productivo y el aporte, a partir de la formacin docente, a la construccin del Estado Plurinacional de Bolivia orientado al Vivir Bien en Comunidad.
1Fernndez, Agustn (2003): EDUCACIN INCLUSIVA: ENSEAR Y APRENDER ENTRE LA DIVERSIDAD; Revista Digital UMBRAL 2000 No. 13 Septiembre, versin digital. 2Idem 3UNIVERSIDAD PEDAGGICA MARISCAL SUCRE (2011): Programa Unidad de Formacin Acadmica Educacin Especial.
Unidad de Formacin
EDUCACION ESPECIAL I
VERSIN PRELIMINAR
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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Los procesos formativos programados en esta Unidad de Formacin, al igual que todas las Unidades de Formacin Docente responden al paradigma comunitario de la cultura de la vida, para Vivir Bien, a partir de las diferentes nacionalidades (Suma Qamaa: Vivir Bien; andereko: Vida Armoniosa; TekoKavi: Vida Buena; IviMaraei: Tierra sin Mal y Qhapajan: Camino o Vida Noble), que orienta la formacin del futuro docente hacia un proceso de aprendizaje y enseanza personal y social de respeto, armona y equilibrio con la vida4
Objetivo Holstico de la Unidad de Formacin
Orientaciones Metodolgicas
Los procesos educativos en la formacin inicial de maestras y maestros sern de carcter prctico-terico-valorativo-productivo, orientados a la formacin integral y holstica del futuro profesional en complementariedad con el entorno, preparados para desarrollarse en todas sus potencialidades y capacidades para vivir bien.
En este marco, el modelo socio comunitario productivo insta al nuevo profesional de la educacin a desarrollar procesos investigativos que permitan al estudiante apropiarse de saberes y conocimientos de nuestros pueblos indgena originario campesinos y aquellos que no lo son, pero que si pueden contribuir a la revolucin democrtico cultural; la reflexin y reestructuracin permanente del conocimiento, llegando siempre a la produccin.
Durante el desarrollo curricular de la Unidad de Formacin de Educacin Especial, una concepcin inclusiva amerita considerar en todo su abordaje pedaggico, la atencin a la diversidad, la misma que expresa sus propios modos de convivir y pensar, sus prcticas organizativas y sus propias formas de aprender y ensear de manera pertinente, respetando siempre la diversidad cultural.
Por tanto, Los procesos educativos en la presente unidad de formacin son planificados en consonancia con las orientaciones de la formacin inicial de maestras y maestros: de carcter prctico-terico-valorativo-productivo, orientados a la formacin integral y holstica del futuro docente en complementariedad con el entorno, preparados para desarrollarse en todas sus potencialidades y capacidades para vivir bien. A partir de ello:
La prctica, se constituye en la etapa inicial y se la considera como fuente de saber y conocimiento que emerge de los fenmenos tangibles e intangibles de la vida en la familia y en la comunidad, de su observacin, de la experimentacin y de las interpelaciones que surgen en torno a ellos, desde diferentes mbitos del conocimiento, se trabaja lo Intracultural como base para posteriores aprendizajes. Toda fuente de produccin de conocimientos emerge a partir de la interaccin con realidad y la vida misma.
La teora, deriva de la prctica, en la concepcin de lo observado y experimentado. Se basa en las primeras conclusiones que son producto del desarrollo de capacidades, habilidades y destrezas en base a la observacin y experimentacin en los espacios productivos de aprendizaje, en esta etapa en la Unidad de Formacin de Educacin Especial, la investigacin bibliogrfica, el manejo de
4 UNIVERSIDAD PEDAGGICA MARISCAL SUCRE (2011): Programa Unidad de Formacin Acadmica Psicologa, Desarrollo Humano
y Cambio Educativo.
Asumimos el compromiso de desarrollar saberes y conocimientos prctico tericos sobre Educacin Especial como proceso abierto a la diversidad, a partir de la indagacin investigativa, para contribuir de manera integral a la formacin profesional de los maestros y maestras del S.E.P.
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diferentes fuentes de informacin, la formulacin de problemas, las lecturas complementarias y las actividades permitirn aprendizajes suficientes y necesarios para la siguiente etapa del modelo.
La valoracin, como resultado de la prctica y teorizacin, se establece en un tiempo y espacio de reflexin que facilitar la autoevaluacin del desarrollo de las capacidades, habilidades y destrezas aplicadas a la vida en cuanto a su uso y pertinencia. Esta etapa la reflexin ser orientada a partir de la comparacin e integracin de conocimientos experiencias propias, del contexto familiar y comunitario, con los de la ciencia, es decir, experiencias vivenciales y prcticas positivas que beneficien al ser humano y la comunidad en su conjunto.
La produccin, integra la prctica, la teora y la valoracin en actividades, procedimientos tcnicos de operacin y en productos terminados que convergen en la concrecin de la produccin, generando as bienes tangibles e intangibles en bien de la comunidad, como los ensayos, informes, proyectos, programas, perfiles y otros que permitan devolver a la comunidad los aprendizajes logrados. Todos los anteriores momentos del proceso pedaggico, convergen en la concrecin de la produccin donde se integran los saberes y conocimientos provenientes de diferentes reas y campos.
Orientaciones de Evaluacin
La evaluacin es un proceso sistemtico y comunitario de recogida de informacin rigurosa, valida y fiable a ser valorada para la toma de decisiones de procesos de formacin profesional en los espacios acadmico y comunitario.
Como actividad sistemtica, planificada con intencionalidad permitir en la Unidad de Formacin de Educacin Especial, el recojo de informacin y datos para analizar y valorar los procesos de aprendizaje y enseanza. Las actividades programadas en cada una de las unidades temticas conllevan el componente evaluativo tanto cualitativo como cuantitativo.
La evaluacin cuali- cuantitativa se realizar bajo los parmetros del sistema y reglamento de evaluacin en vigencia, considerando los siguientes:
Momentos de evaluacin:
a. Inicial diagnstica. Al inicio de cada unidad temtica o cuando se requiera establecer el nivel de saberes y conocimientos que tienen los estudiantes sobre la Unidad de Formacin de Educacin Especial.
b. Procesual - formativa, durante todo el proceso de aprendizaje y enseanza, implica el acompaamiento y seguimiento del desarrollo de las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir de todas y todos los estudiantes en las etapas de aprendizaje, que comprenden: la prctica, teora, valoracin, produccin de cada unidad temtica.
c. Productos y resultados, permiten conocer el grado de aprendizaje de todas y todos los estudiantes en la Unidad de Educacin Especial, se aplica en torno a los trabajos de investigacin, proyectos, trabajos sociocomunitarios y otros previstos en la planificacin del desarrollo curricular de la Unidad de Formacin.
Asimismo, en los procesos evaluativos se tomar en cuenta la autoevaluacin y la evaluacin comunitaria.
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Educacin Especial I
LAS CULTURAS Y LAS NECESIDADES EDUCATIVAS: EL DESAFO DE LA EDUCACIN PARA
LA DIVERSIDAD EN EL ESTADO
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UNIDAD TEMTICA I
LAS CULTURAS Y LAS NECESIDADES EDUCATIVAS: EL DESAFO DE LA EDUCACIN PARA
LA DIVERSIDAD EN EL ESTADO PLURINACIONAL BOLIVIANO
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LAS CULTURAS Y LAS NECESIDADES EDUCATIVAS: EL DESAFO DE LA EDUCACIN PARA
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TABLA DE CONTENIDO
UNIDAD TEMTICA N 1
1. Historia de la Educacin Especial en Bolivia, AbyaYala y Mundial. 2. Legislacin en Bolivia, AbyaYala y Mundial.
2.1. CPE 2.2. Ley Avelino Siani 2.3. Decreto Laboral 2.4. PINEO y otros. 2.5. Ley General de las Personas con Discapacidad Ley Nro. 223 marzo
2012. 3. Educacin Especial en nuestras culturas (ancestrales y AbyaYala) 4. Aportes de las culturas occidentales en la Educacin Especial. 5. La Educacin Especial concebida desde el Modelo Socio Comunitario Productivo.
OBJETIVOHOLSTICODE LA UNIDAD TEMTICA I
Nosintroducimosen elprocesohistricodelaEducacin Especial desdesu concepcinmundial,elAbyaYalayen el EstadoPlurinacionalBolivianopara tomarconocimientosobrehitosfundamentalesquedefinieron elsitialdela diversidad entorno a las discapacidades, lasdificultades delaprendizaje yel talentoextraordinario,atravsdeprocesosdeaprendizaje yenseanza socio- comunitarios-productivos, orientados aprecisarsuubicacinenelcontexto nacionalparamejorarprocesosdeintervencin pedaggica en elejercicio profesional.
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1. La Historia de la Educacin Especial en Bolivia, AbyaYala y Mundial
A continuacin se nos presenta cuadro que resume la histrica de la Educacin Especial en Bolivia. CUADRO DE HISTORIA CRONOLOGICA DE EDUCACIN
ESPECIAL EN BOLIVIA5
DOCUMENTO
AO Creacin del Patronato Nacional de ciegos y sordomudos, con el objetivo de promover la rehabilitacin de las personas ciegas y sordas.
Por la ley del 25 de septiembre de 1945 Presidencia de Gualberto Villarroel
Cdigo Nacional de la Educacin Boliviana, que contempla la creacin del Departamento de Educacin Especial.
La Paz, 20 de enero de 1955
Ley de 22 de enero de 1957, que crea el Instituto Boliviano de la Ceguera para la atencin de personas ciegas.
La Paz, 22 de enero de 1957 Gobierno de Hernn Siles Zuazo
Decreto Supremo 08083 (Instituto Boliviano de la Ceguera IBC) La Paz, 1967 Gobierno de Ren Barrientos Ortuo.
Decreto Supremo 18003 (Declaracin Da del impedido)
La Paz, 17 de septiembre de 1981 Gobierno de Gral. Div. Celso Torrelio Villa
Ley N 1565 de Reforma Educativa Promueve el modelo de integracin de nios (as) con Necesidades Educativas Especiales a la escuela regular sin haber logrado resultados satisfactorios debido a que no se contemplaron los procesos de sensibilizacin a la comunidad educativa, la formacin docente y la inversin econmica que esta tarea requiere, por tanto, no se tiene resultado alguno.
La Paz, 7 de julio de 1994 Gobierno de Gonzalo Snchez de Lozada
Reglamento de Organizacin y funcionamiento de Centros de Educacin Alternativa ( Ministerio de Educacin)
Resolucin Ministerial 235/03 del 11 de septiembre de 2003.
La ley 1678 de la Persona con discapacidad La Paz, 15 de diciembre de 1995. Gonzalo Snchez de Lozada
Decreto Supremo24807 (Decreto reglamentario de la ley 1678) La Paz, 4 de agosto de 1997 Gonzalo Snchez de Lozada
Cdigo del nio, nia y Adolescente. 27 de octubre de 1999 Decreto supremo 27477. Insercin laboral de personas con discapacidad del 4% en instituciones pblicas y privadas.
La Paz, 6 de mayo de 2004 Carlos De Mesa Gisbert
Decreto Supremo 28521(Registro Nacional de personas con discapacidad) La Paz,16 de diciembre de 2005 Gobierno de Eduardo Rodrguez Veltze
Decreto Supremo 28671 Plan Nacional de Igualdad y Equiparacin de Oportunidades (PNIEO)
La Paz, 7 de abril de 2006 Gobierno de Evo Morales Ayma
5 Ministerio de Educacin del Estado Plurinacional
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Educacin Especial I
Plan Nacional de Desarrollo
Decreto Supremo N 29409 Re categorizacin, exencin de aos de provincia y dispone la equiparacin de condiciones en examen de ascenso de categora enmaestros no videntes.
Decreto Supremo N 29608 Modifica el DS 327477 y mejora la Insercin Laboral de personas con discapacidad del 4%en instituciones pblicas
Decreto Supremo N 0328 Reconocimiento de la lengua de Seas Boliviana.Ley Avelino Siani y ElizardoPrez 070/2010Aprueba el nuevo modelo educativo sociocomunitario inclusivo Ley N 3925 Elimina el financiamiento estatal a partidos polticos y crea el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad a favor de las personas con discapacidad. Constitucin Poltica del Estado Plurinacional de BoliviaArt. 70, 71, 72 y 85
1.1 Historia de AbyaYala
El siguiente cuadro detalla cronolgicamente la
POCA
PREHISTORIA
En la Esparta Antigua, lanegaba todo tipo de derecho.
SIGLOS XIV-XV
En esta poca se les consideraba comoinfluencia de la Religin.
SIGLOS XVI-XVII
Surgen las Instituciones Asistenciales para atender a todo tipo de deficientes. justicia, sino por caridad religiosa. Asistencial. Las primeras deficiencias atendidas en este tipo de centros, son las sensoriales.
SIGLOS XVI-XVII
Por la influencia de la Revolucin Francesa, lascomo ciudadanos y coconsiderados sujetos educables.
SIGLO XVIII
En esta poca las personas con discapacidad son educadas en instituciones ubicadas fuera de las ciudades en medio de verjas y jardines. Todos las personas en una sola institucin sin clasificarlas segn sus discapacidades. Posteriormente, proceden estudios
VERSION PRELIMINAR
Carlos Villegas Quiroga MINISTERIO DE DEL DESARROLLO Bolivia, junio de 2006
Re categorizacin, exencin de aos de provincia y dispone la equiparacin de condiciones en examen de ascenso de categora en sistema braille para
La Paz, 9 de enero de 2008Gobierno de Evo Morales Ayma
Modifica el DS 327477 y mejora la Insercin Laboral de personas con pblicas y/o privadas
La Paz, 18 de junio de 2008Gobierno de Evo Morales Ayma
Reconocimiento de la lengua de Seas Boliviana. La Paz, 14 de octubre de 2009Gobierno de Evo Morales Ayma
070/2010 educativo sociocomunitario productivo e
20 de diciembre de 2010Gobierno de Evo Morales Ayma
Elimina el financiamiento estatal a partidos polticos y crea el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad a favor de las personas con
21 de agosto de 2008Gobierno de Evo Morales Ayma
Constitucin Poltica del Estado Plurinacional de Bolivia 7 de febrero de 2009
AbyaYala y Mundial
El siguiente cuadro detalla cronolgicamente la historia de la Educacin Especial a nivel mundial
DETALLE
En la Esparta Antigua, las personas con discapacidad fueron eliminadas de inmediato. Se les todo tipo de derecho.
En esta poca se les consideraba como locos, monstruos o endemoniados, debido a la influencia de la Religin.
urgen las Instituciones Asistenciales para atender a todo tipo de deficientes. justicia, sino por caridad religiosa. Aesto se le conoca con el nombre de Tratamiento Mdico Asistencial. Las primeras deficiencias atendidas en este tipo de centros, son las sensoriales.
Por la influencia de la Revolucin Francesa, las personas con discapacidad soncomo ciudadanos y con derechos, especialmente a la educacin, debido que son considerados sujetos educables. En esta poca las personas con discapacidad son educadas en instituciones ubicadas fuera de las ciudades en medio de verjas y jardines. Todos las personas en una sola institucin sin clasificarlas segn sus discapacidades. Posteriormente, proceden estudios
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Carlos Villegas Quiroga MINISTERIO DE PLANIFICACIN DEL DESARROLLO Bolivia, junio
La Paz, 9 de enero de 2008 Gobierno de Evo Morales Ayma
Paz, 18 de junio de 2008 Gobierno de Evo Morales Ayma
Paz, 14 de octubre de 2009 Gobierno de Evo Morales Ayma 20 de diciembre de 2010
Gobierno de Evo Morales Ayma
de 2008 Gobierno de Evo Morales Ayma
7 de febrero de 2009
a nivel mundial:
ron eliminadas de inmediato. Se les
locos, monstruos o endemoniados, debido a la
urgen las Instituciones Asistenciales para atender a todo tipo de deficientes. No lo hacan por re de Tratamiento Mdico
Asistencial. Las primeras deficiencias atendidas en este tipo de centros, son las sensoriales.
personas con discapacidad son consideradas derechos, especialmente a la educacin, debido que son
En esta poca las personas con discapacidad son educadas en instituciones ubicadas fuera de las ciudades en medio de verjas y jardines. Todos las personas en una sola institucin sin clasificarlas segn sus discapacidades. Posteriormente, proceden estudios para clasificarlas
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de acuerdo a sus discapacidades.
SIGLO XIX
Influye la universalizacin de los Derechos Humanos, las personas deficientes tienen los mismos derechos que el resto de las dems personas, aunque no estaba reconocido por las leyes. La sociedad se sensibiliza poco a poco.
SIGLO XX
En los aos 70, las personas deficientes se benefician de las leyes que les permite acceso a la educacin. El currculo es cerrado, donde no se permite las adaptaciones curriculares. Surge el modelo de Emplazacin: tratan de ubicar a todo tipo de nios en un mismo centro, y as surgen dos tipos de centros:
Especficos para deficiencias (sordos, ciegos, mudos...). Aulas de Educacin Especial en centros ordinarios con sus propias aulas.
Tambin se establece el derecho a la integracin laboral para las personas con discapacidad. El informe Warnock de 1978 supone el paso definitivo a lo que hoy se conoce como alumnos con Necesidades Educativas Especiales, aqu queda explcita la idea de que los fines de la educacin son los mismos para todos los nios y nias, cualesquiera sean los problemas con que se encuentren en sus procesos de desarrollo y, en consecuencia, la educacin queda configurada como un continuo de esfuerzos para dar respuesta a las diversas necesidades educativas de los alumnos para que estos puedan alcanzar los fines propuestos. A partir de estos argumentos, en forma progresiva el objetivo de esta modalidad educativa comienza a dar un giro en el sentido que no slo se trata de optimizar los avances en el desarrollo de la persona en funcin de su discapacidad, sino tambin y especialmente de proporcionar un conjunto de apoyos y recursos que han de implementarse en el sistema educativo regular para dar respuesta educativa adecuada y favorecedora del mximo desarrollo global. AOS 80: En esta poca se intenta mejorar la calidad de los centros Educativos Especiales en Espaa. Aparece la Ley LISMI (1982).
En Espaa, aparece la Ley LISMI (1982). Esta habla sobre diagnsticos, rehabilitacin..., entendida como intervencin mdica, psicolgica y educativa. Pretende conseguir la integracin educativa y laboral de estas personas. Esta ley se convirti en un hito de la educacin espaola. En esta etapa tambin se crean Equipos Multiprofesionales, es decir equipos formados por profesionales de diferentes mbitos: psicolgicos, pedaggicos y mdicos, que se encargan de hacer diagnsticos y valoraciones de las deficiencias. Esto es importante, porque hasta esta dcada, en Espaa reciben una educacin segregada. La integracin obedece a tres principios: Normalizacin: el alumno tiene que usar los mismos servicios que el resto. Individualizacin: atender a cada alumno en particular. Dar las respuestas segn las
necesidades. Sectorializacin: hace alusin a los recursos materiales (audfonos, lupas...) y personales
(pedagogos, mdicos, psiclogos..) que hay que implantar para atender adecuadamente a estos alumnos.
AOS 90: Esta es una etapa educativa marcado por la LOGSE. Los objetivos se ven formulados de una manera diferente. Se manejan dos conceptos importantes: Comprensividad Diversidad En esta etapa el currculo es abierto. Surgen las ESTRUCTURAS COLABORATIVAS, y es que los profesores de un centro tienen que elaborar en equipo un proyecto curricular organizado de rea y las correspondientes adaptaciones curriculares. Tambin hay cambios organizativos didcticos y de desarrollo pedaggico.
SIGLO XXI
La educacin especial nace impulsada por los movimientos sociales se ha ido incorporando poco a poco en el sistema educativo ordinario, facilitando la integracin de los alumnos con algn tipo de discapacidad. Actualmente se parte de un enfoque interactivo donde es la escuela la que asume la responsabilidad ante los problemas de aprendizaje de sus alumnos. Aqu tenemos que abordar un nuevo concepto el de escuelas inclusivas que nacen como defensa de los derechos de integracin y supone el desarrollo de una reforma profunda en los centros docentes. En la primera mitad del siglo XX se considera que las deficiencias tienen un carcter orgnico,
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Educacin Especial I
En la Seccin VIII; sobre los DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Artculo 70
Toda persona con discapacidad goza de 1. A ser protegido por su familia y por el Estado.2. A una educacin y salud integral gratuita.3. A la comunicacin en lenguaje alternativo.4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades,
remuneracin justa que le asegure una vida digna.5. Al desarrollo de sus potencialidades individuales.
Artculo 71
I. Se prohibir y sancionar cualquier tipo de discriminacin, maltrato, violencia y explotacin a toda persona con discapacidad.
II. El Estado adoptar medidas de accin positiva para promover la efectiva integracin de las personas con discapacidad en el mbito productivo, econmico, poltico, social y cultural, sin discriminacin alguna.
III. El Estado generar las condicionlas personas con discapacidad.
Artculo 72 El Estado garantizar a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevencin y rehabilitacin, as como otros beneficio
Articulo 85 El estado promover y garantizara la educacin permanente de nias y nios y adolescentes con discapacidad, o con talentos extraordinarios en el aprendizaje, bajo la misma estructura, principio y valores del sistema educativo, y establecer una organizacin y desarrollo curricular especial.
Actividad de in
Este momento en la Historia de la Educacin Especial ameritara realizar un proceso de investigacin bibliogrfico que permita ampliar conocimientos, experiencias y el abordaje en cuanto a la intervencin hacia las personas diferentes en la poca citadoscuadro
2. Legislacin en Bolivia, AbyaYala y Mundial
1.1. Constitucin Poltica del Estado
es decir inherentes al individuo, y por lo tanto inmodificables. En esta poca se abusa delde los test de inteligencia y as se lleva a cabo la segregacin de los alumnos que no las superaban a los centros especficos, considerndose esta como la mejor alternativa.Este cambio de perspectiva incide en una concepcin ms amplia de la Educacique se asocia con la accin educativa a las personas de todas las edades y en mbitos educativos formales y no formales. Poco a poco, las visiones que consideran la Educacin Especial y la Educacin General como realidades separadas comenzarn entendiendo que la educacin especial debe ponerse al servicio del alumnado para satisfacer sus necesidades educativas especiales, destacando su papel en el estudio y anlisis de los procesos de enseanza aprendizaje de esta poblacin
VERSION PRELIMINAR
DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, se menciona:
Toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos: 1. A ser protegido por su familia y por el Estado. 2. A una educacin y salud integral gratuita. 3. A la comunicacin en lenguaje alternativo.
A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, remuneracin justa que le asegure una vida digna.
5. Al desarrollo de sus potencialidades individuales.
I. Se prohibir y sancionar cualquier tipo de discriminacin, maltrato, violencia y explotacin a toda dad.
El Estado adoptar medidas de accin positiva para promover la efectiva integracin de las personas con discapacidad en el mbito productivo, econmico, poltico, social y cultural, sin
III. El Estado generar las condiciones que permitan el desarrollo de las potencialidades individuales de las personas con discapacidad.
El Estado garantizar a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevencin y rehabilitacin, as como otros beneficios que se establezcan en la Ley.
El estado promover y garantizara la educacin permanente de nias y nios y adolescentes con discapacidad, o con talentos extraordinarios en el aprendizaje, bajo la misma estructura, principio y
tema educativo, y establecer una organizacin y desarrollo curricular especial.
nvestigacin:
Este momento en la Historia de la Educacin Especial ameritara realizar un proceso de investigacin bibliogrfico que permita ampliar conocimientos, experiencias y el abordaje en cuanto a la intervencin hacia las personas diferentes en la poca citados
FUENTE
en Bolivia, AbyaYala y Mundial
Constitucin Poltica del Estado
es decir inherentes al individuo, y por lo tanto inmodificables. En esta poca se abusa delde los test de inteligencia y as se lleva a cabo la segregacin de los alumnos que no las superaban a los centros especficos, considerndose esta como la mejor alternativa.Este cambio de perspectiva incide en una concepcin ms amplia de la Educacique se asocia con la accin educativa a las personas de todas las edades y en mbitos educativos formales y no formales. Poco a poco, las visiones que consideran la Educacin Especial y la Educacin General como realidades separadas comenzarn entendiendo que la educacin especial debe ponerse al servicio del alumnado para satisfacer sus necesidades educativas especiales, destacando su papel en el estudio y anlisis de los procesos de enseanza aprendizaje de esta poblacin
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, se menciona:
A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una
I. Se prohibir y sancionar cualquier tipo de discriminacin, maltrato, violencia y explotacin a toda
El Estado adoptar medidas de accin positiva para promover la efectiva integracin de las personas con discapacidad en el mbito productivo, econmico, poltico, social y cultural, sin
es que permitan el desarrollo de las potencialidades individuales de
El Estado garantizar a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevencin y
El estado promover y garantizara la educacin permanente de nias y nios y adolescentes con discapacidad, o con talentos extraordinarios en el aprendizaje, bajo la misma estructura, principio y
tema educativo, y establecer una organizacin y desarrollo curricular especial.
Este momento en la Historia de la Educacin Especial ameritara realizar un proceso de investigacin bibliogrfico que permita ampliar conocimientos, experiencias y el abordaje en cuanto a la intervencin hacia las personas diferentes en la poca citados en el
FUENTE PROPIA HAVM.
es decir inherentes al individuo, y por lo tanto inmodificables. En esta poca se abusa del uso de los test de inteligencia y as se lleva a cabo la segregacin de los alumnos que no las superaban a los centros especficos, considerndose esta como la mejor alternativa. Este cambio de perspectiva incide en una concepcin ms amplia de la Educacin Especial que se asocia con la accin educativa a las personas de todas las edades y en mbitos educativos formales y no formales. Poco a poco, las visiones que consideran la Educacin Especial y la Educacin General como realidades separadas comenzarn a confluir entendiendo que la educacin especial debe ponerse al servicio del alumnado para satisfacer sus necesidades educativas especiales, destacando su papel en el estudio y anlisis de los
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Educacin Especial I
En la Seccin II Ley Avelino Siani y Elizardo Prez; sobre la EDUCACIN ESPECIAL, semenciona:
Artculo 25. (Educacin Especial)
I. Comprende las acciones destinadas a discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario en el Sistema Educativo Plurinacional.
Entindase a efectos de la presente Ley a personas con aprovechamiento y toda nia, nio y adolescente con talento natural destacado de acuerdo al pargrafo III del Artculo 82 de la Constitucin Poltica del Estado Plurinacional.
II. Responde de manera oportuna discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario, desarrollando sus acciones en articulacin con los subsistemas de Educacin Regular, ASuperior de Formacin Profesional.
Artculo 26. (Estructura de la Educacin Especial) Son reas de la Educacin Especial:
a) Educacin para Personas con Discapacidad.b) Educacin para Personas con Dificultades en el Aprendizaje.c) Educacin para Personas con Talento Extraordinario.
2.2. Ley 070 Avelino Siani y Elizardo Prez
Actividad
Reflexionamos sobre lo que nos indica la Constitucin Poltica del Estado y la actual situacin de las personas con discapacidad en nuestro contexto realizando una comparacin de lo que es y de lo que se espera segn la ley.
VERSION PRELIMINAR
En la Seccin II Ley Avelino Siani y Elizardo Prez; sobre la EDUCACIN ESPECIAL, se
Comprende las acciones destinadas a promover y consolidar la educacin inclusiva para personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario en el Sistema Educativo Plurinacional.
Entindase a efectos de la presente Ley a personas con talento extraordinario a estudiantes con excelente aprovechamiento y toda nia, nio y adolescente con talento natural destacado de acuerdo al pargrafo III del Artculo 82 de la Constitucin Poltica del Estado Plurinacional.
Responde de manera oportuna y pertinente a las necesidades, expectativas e intereses de personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario, desarrollando sus acciones en articulacin con los subsistemas de Educacin Regular, ASuperior de Formacin Profesional.
. (Estructura de la Educacin Especial) Son reas de la Educacin Especial: Educacin para Personas con Discapacidad. Educacin para Personas con Dificultades en el Aprendizaje.
n para Personas con Talento Extraordinario.
Constitucin Poltica del Estado
Ley 070 Avelino Siani y Elizardo Prez
dde reflexin:
Reflexionamos sobre lo que nos indica la Constitucin Poltica del Estado y la actual situacin de las personas con discapacidad en nuestro contexto realizando una comparacin de lo que es y de lo que se espera segn la ley.
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promover y consolidar la educacin inclusiva para personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario en el
talento extraordinario a estudiantes con excelente aprovechamiento y toda nia, nio y adolescente con talento natural destacado de acuerdo al pargrafo III
y pertinente a las necesidades, expectativas e intereses de personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario, desarrollando sus acciones en articulacin con los subsistemas de Educacin Regular, Alternativa y
Constitucin Poltica del Estado
Reflexionamos sobre lo que nos indica la Constitucin Poltica del Estado y la actual situacin de las personas con discapacidad en nuestro contexto realizando una
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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2.3. Decreto Laboral(Decreto Supremo N 27477, 6 de mayo de 2004)
EN CONSEJO DE GABINETE, DECRETA: Artculo 1.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto promover, reglamentar y proteger la incorporacin, ascenso y estabilidad de personas con discapacidad en el mercado laboral, en la prestacin de servicios en tareas manuales, tcnicas o profesionales en las que sean aptas, en el marco de la Ley N 1678 de 15 de diciembre de 1995 - Ley de la Persona con Discapacidad. Asimismo, promover el surgimiento de iniciativas productivas por cuenta propia de las personas con discapacidad.
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 1678 de 15 de diciembre de 1995 - Ley de la Persona con Discapacidad, establece los derechos, deberes y garantas de las personas con discapacidad, estantes y habitantes en el territorio de la Repblica.
Que el Artculo 5 de la mencionada Disposicin Legal, determina que las personas con discapacidad gozan de los derechos y garantas reconocidos por la Constitucin Poltica del Estado y otras disposiciones legales.
Que el inciso h) del Artculo 6 de la Ley de la Persona con Discapacidad, establece el derecho de las personas con discapacidad al trabajo remunerado en el marco de lo dispuesto por la Ley General del Trabajo; derecho que tiene carcter de irrenunciabilidad por disposicin de la misma norma legal.
Que el Ministerio de Trabajo tiene la responsabilidad de formular polticas sociales para que el conjunto de la poblacin acceda a condiciones dignas y humanas de trabajo.
Artculo 27. (Modalidades y centros de atencin educativa) I. La Educacin Especial se realizar bajo las siguientes modalidades generales en todo el Sistema
Educativo Plurinacional, y de manera especfica a travs de la:
a) Modalidad directa, para las y los estudiantes con discapacidad que requieren servicios especializados e integrales.
b) Modalidad indirecta, a travs de la inclusin de las personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario en el Sistema Educativo Plurinacional, sensibilizando a la comunidad educativa.
II. La atencin a estudiantes con necesidades educativas especficas se realizar en centros integrales multisectoriales, a travs de programas de valoracin, deteccin, asesoramiento y atencin directa, desde la atencin temprana y a lo largo de toda su vida. En el caso de los estudiantes de excelente aprovechamiento, podrn acceder a becas, y toda nia, nio y adolescente con talento natural destacado, tendr derecho a recibir una educacin que le permita desarrollar sus aptitudes y destrezas.
III. IV. La certificacin de las y los estudiantes que desarrollan sus acciones educativas bajo la modalidad
directa se realizar en funcin de su desarrollo personal mediante una evaluacin integral que brindar parmetros de promocin y transitabilidad hacia los otros subsistemas.
ActividadComunitaria reflexin:
Analizamos e interpretamos los artculos de la ley Avelino Siani y Elizardo Prez y compartimos en plenaria.
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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En este Decreto supremo tambin se da nfasis al derecho laboral de todas las personas con discapacidad que estn en edad de trabajo y tomando en cuenta sus capacidades fsicas e intelectuales sin discriminacin alguna; con el posterior goce de inamovilidad, excepto por causales establecidos por Ley.
Pese a que en el pas est vigente, desde 2004, el Decreto Supremo N 27477, que establece que el Poder Ejecutivo, universidades, Fuerzas Armadas, Polica Nacional, gobiernos departamentales y municipales, tienen la obligacin de contar con (4%) un cuatro por ciento de personas con discapacidad en sus planillas, hasta el momento no se cuenta con una reglamentacin que permita una aplicacin cabal de la norma.
Segn la explicacin de la Viceministra de Igualdad de Oportunidades, Gardy Costas, luego de la aprobacin de esta medida, no se consider una reglamentacin que garantice su cumplimiento y disponga sanciones para quienes vulneren la norma, factor que incidira para que mucha de esta poblacin este desempleada o sufra despidos espordicos.
A partir de la aprobacin del Decreto Supremo 27477 que establece la insercin laboral obligatoria de las personas con discapacidad en las instituciones pblicas ha habido un incremento, evidentemente, de las personas con discapacidad en fuentes laborales, antes no se los vea. Pero el mecanismo para el cumplimiento de ese cuatro por ciento primero es vital tenerlo, entiendo que el Ministerio de Trabajo estuvo elaborando algo para buscar una medida coercitiva, sealo la autoridad.
Segn los datos del Ministerio del Trabajo, en Bolivia, para 2010, el diez por ciento de la poblacin, es decir, un milln de personas, sufra algn tipo de discapacidad, pero, de este total, slo el 4 por ciento (4.000 personas) se encuentra inserta en algn programa laboral.
La propuesta de Ley de Trato Preferente, busca tambin modificar la norma 3925 que autoriza la descentralizacin del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad a favor de los discapacitados, que cuenta con un aporte anual de 40 millones de bolivianos provenientes del Tesoro General de la Nacin con la eliminacin del financiamiento estatal a partidos polticos, para que esos recursos sean utilizados en beneficio del sector.
En julio de 2008 se promulg el Decreto Supremo 29608 con el objetivo de complementar y modificar la anterior norma. El mismo amplifica la cobertura laboral para las personas con discapacidad incluyendo a instituciones, autoridades de fiscalizacin y empresas pblicas (sean de carcter descentralizado, desconcentrado, autrquico o de cualquier otra naturaleza), mismas que tiene la obligacin de contratar a las personas con discapacidad, en un promedio mnimo de cuatro por ciento del total de su personal.(ERBOL; Sep. 2011,hrs.11:20)
Actividadde reflexin:
Nos organizamos por grupos y visitamos diferentes instituciones privadas y pblicas para realizar un levantamiento de informacin sobre el porcentaje de empleados y/o funcionarios con discapacidad que desempean funciones en una de estas instituciones.
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Educacin Especial I
2.4. Plan Nacional de Igualdad y Equiparacin de Oportunidades para ldiscapacidad
(PINEO)
La situacin de la discapacidad en Bolivia se caracteriza porque la mayora de las personas con discapacidad se encuentra en situacin de desigualdad, exclusin y pobreza. Son vctimas de discriminacin en los distintos espacios de la vida social, no tienese encuentran sometidas a una permanente vulneracin de sus derechos por las construcciones culturales basadas en la inferiorizacionsu dignidad para la construccin de una sociedad ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, en su condicin tnica y de lineamientos de accin orientados por el conjunto de polticas que ampliar las oportunidades de las personas con discapacidad, en un marco de equidad y bajo los principios de normalizacin y de autodeterminacin, en todo los mbitos de la vida econmica,cultural,social y poltica que pproteccin social y ampliar y fortalecer la participacin e inclusin social.El PINEO establece polticas y estrategias para que responsabilidad.
Investigamos los objetivos, principios, fundamentos, rea de intervencin y estrategias en derechos sociales de PINEO.
VERSION PRELIMINAR
Plan Nacional de Igualdad y Equiparacin de Oportunidades para l
La situacin de la discapacidad en Bolivia se caracteriza porque la mayora de las personas con discapacidad se encuentra en situacin de desigualdad, exclusin y pobreza. Son vctimas de discriminacin en los distintos espacios de la vida social, no tienen efectiva igualdad de oportunidades y se encuentran sometidas a una permanente vulneracin de sus derechos por las construcciones
inferiorizacion, despersonalizacin, compasividad, en la negacinconstruccin de una sociedad ms inclusiva, justa y humana que respete y
ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, en su condicin tnica y de accin orientados por el conjunto de polticas que forman parte del presente plan, para
ampliar las oportunidades de las personas con discapacidad, en un marco de equidad y bajo los principios de normalizacin y de autodeterminacin, en todo los mbitos de la vida econmica,cultural,social y poltica que permita desarrollar sus capacidades, mejorar los niveles de proteccin social y ampliar y fortalecer la participacin e inclusin social.
y estrategias para que actores estatales y sociales en gen
Investigamos los objetivos, principios, fundamentos, rea de intervencin y estrategias en derechos sociales de PINEO.
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Plan Nacional de Igualdad y Equiparacin de Oportunidades para las personas con
La situacin de la discapacidad en Bolivia se caracteriza porque la mayora de las personas con discapacidad se encuentra en situacin de desigualdad, exclusin y pobreza. Son vctimas de
n efectiva igualdad de oportunidades y se encuentran sometidas a una permanente vulneracin de sus derechos por las construcciones
, despersonalizacin, compasividad, en la negacin del otro y de inclusiva, justa y humana que respete y protege el
ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, en su condicin tnica y de gnero. Incluye forman parte del presente plan, para
ampliar las oportunidades de las personas con discapacidad, en un marco de equidad y bajo los principios de normalizacin y de autodeterminacin, en todo los mbitos de la vida
ermita desarrollar sus capacidades, mejorar los niveles de estatales y sociales en general, aporten con
Investigamos los objetivos, principios, fundamentos, rea de intervencin y estrategias en
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Educacin Especial I
condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad.
Lograr la efectiva inclusin social de las personas con discapacidad en las entidades pblicas del Estado en sus niveles Central, Departamental, Regional, Municipal e Indgena Originario Campesino y en las instituciones privadas.
Establecer la inclusin de las instituciones privadas en polticas sociales, culturales, ambientales y econmicas para personas con discapacidad.
Establecer polticas pblicas y estrategias sociales destinadas a la prevencin de causas que pudieran provocar deficiencias, discapac
Promover polticas pblicas en los mbitos de salud, educacin, deporte, recreacin, empleo, desarrollo econmico, cultural, poltico y social a favor de las personas con discapacidad.
Mejorar la calidad de vida de y exclusin social.
Promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las nias, nios, jvenes y mujeres con discapacidad en igualdad de oportunidades en todas las esferas de
Artculo 3.- (mbito de aplicacin) La presente Ley es aplicable en todo el territorio del Estado Plurinacional y de cumplimiento obligatorio por todos los rganos del Estado, as como por las instituciones; sean estas pblicas, privadas, cooper
Artculo 4.- (Principios generales) La presente Ley, en concordancia con los Convenios Internacionales y la Constitucin Poltica del Estado, se rige por los siguientes principios:
Igualdad en Dignidad. No Discriminacin. Inclusin. Accesibilidad. Equidad de Gnero. Igualdad de Oportunidades. No Violencia. Asistencia Econmica Estatal.
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6 Plan Nacional de Igualdad y Equiparacin de
Oportunidades (PNIEO). 9, La paz 2007
2.5. Ley General de las Personas con Discapacidad
Ley N 223 del 2 de Marzo 2012AYMA. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Esta Ley en sus Disposiciones generalesdispone: Artculo 1.- (Objeto) El objeto de la presentes garantizar a las personas con discapacidad, el ejercicio pleno de sus derechos y deberes en igualdad de condiciones y equiparacin de oportunidades, trato preferente bajo un sistema de proteccin integral. Artculo 2.- (Fines) Constituyen fines d
presente Ley, los siguientes:
Promover, proteger y asegurar el goce pleno, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad. Lograr la efectiva inclusin social de las personas con discapacidad en las entidades pblicas del Estado en sus niveles Central, Departamental, Regional, Municipal e Indgena Originario Campesino y en las instituciones privadas.
e las instituciones privadas en polticas sociales, culturales, ambientales y econmicas para personas con discapacidad. Establecer polticas pblicas y estrategias sociales destinadas a la prevencin de causas que pudieran provocar deficiencias, discapacidad y mayores grados de discapacidad. Promover polticas pblicas en los mbitos de salud, educacin, deporte, recreacin, empleo, desarrollo econmico, cultural, poltico y social a favor de las personas con discapacidad. Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, reduciendo los ndices de pobreza Promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las nias, nios, jvenes y mujeres con discapacidad en igualdad de oportunidades en todas las esferas de
(mbito de aplicacin) La presente Ley es aplicable en todo el territorio del Estado Plurinacional y de cumplimiento obligatorio por todos los rganos del Estado, as como por las instituciones; sean estas pblicas, privadas, cooperativas y/o de economa mixta.
(Principios generales) La presente Ley, en concordancia con los Convenios Internacionales y la Constitucin Poltica del Estado, se rige por los siguientes principios:
Igualdad de Oportunidades.
Asistencia Econmica Estatal.
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Plan Nacional de Igualdad y Equiparacin de Oportunidades (PNIEO). 9, La paz 2007
Ley General de las Personas con
Marzo 2012. EVO MORALES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Disposiciones generales,
(Objeto) El objeto de la presente Ley es garantizar a las personas con discapacidad, el ejercicio pleno de sus derechos y deberes en igualdad de condiciones y equiparacin de oportunidades, trato preferente bajo un sistema
(Fines) Constituyen fines de la
Promover, proteger y asegurar el goce pleno, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas
Lograr la efectiva inclusin social de las personas con discapacidad en las entidades pblicas del Estado en sus niveles Central, Departamental, Regional, Municipal e Indgena Originario
e las instituciones privadas en polticas sociales, culturales, ambientales
Establecer polticas pblicas y estrategias sociales destinadas a la prevencin de causas que idad y mayores grados de discapacidad.
Promover polticas pblicas en los mbitos de salud, educacin, deporte, recreacin, empleo, desarrollo econmico, cultural, poltico y social a favor de las personas con discapacidad.
las personas con discapacidad, reduciendo los ndices de pobreza
Promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de las nias, nios, jvenes y mujeres con discapacidad en igualdad de oportunidades en todas las esferas de la vida.
(mbito de aplicacin) La presente Ley es aplicable en todo el territorio del Estado Plurinacional y de cumplimiento obligatorio por todos los rganos del Estado, as como por las
(Principios generales) La presente Ley, en concordancia con los Convenios Internacionales
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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La presente normativa tambin reconoce de la persona discapacitada: el Derecho a la vida; Derecho a proteccin de su familia; y el Derecho a constituir su familia, asumiendo de esta manera sus responsabilidades adquiridas.
3. EDUCACIN ESPECIAL EN NUESTRAS CULTURAS (ANCESTRALES DEL ABYA YALA).
3.1. Algunas referencias de Educacin Especial en las culturas ancestrales de Bolivia
La educacin especial en nuestras culturas ancestrales era y es considerado como un hecho natural y sagrado, hecho que se presentaba con poca frecuencia, principalmente en las provincias rurales; por ejemplo cuando un nio o nia naca con 6 dedos era considerado un ser con poderes espirituales a quien se les brindaba un respeto nico y mencionaban que era una bendicin de Dios, en ningn momento eran consideradas como personas con discapacidad fsica, en este caso, mas por el contrario se les inclua dentro de la familia y la comunidad con toda normalidad y con las oportunidades para que despliegue sus capacidades en el desarrollo de sus actividades; otro hecho para tomar en cuenta, est referida a las personas amutus (personas mudas) quienes llegaron a ese estado por haber consumido puqi (leche emanada de la vaca por primera vez) antes de adquirir la capacidad del habla; esta limitacin era superada por un tratamiento que realizaban los amautas del lugar utilizando la hoja de la cebada, con los que cortaban ligeramente la parte delantera e inferior de la lengua de la persona afecta, haciendo que este nio vuelva a adquirir la capacidad de hablar. (Entrevista a: Choque, Quispe Daniel.Comanche Provincia Pacajes. 2/11/12)
3.2. Algunas referencias de Educacin Especial en las culturas del AbyaYala
Felipe Flores Ponce es un activista por los derechos de las personas con discapacidad en Puno, ciudad ubicada en el suroccidente del Per entre las playas del Lago Titicaca y la Cordillera de los Andes. Lidera la Federacin Departamental de Personas con Discapacidad de Puno (FEDDIP), una organizacin paraguas que se basa en los principios de inclusin. Tal como Nuestra organizacin practica la igualdad y la solidaridad hacia nuestros hermanos y la sociedad con discapacidad. Es inclusiva porque somos parte de una regin multi-cultural de los pueblos quechua y aymara. Nuestros ancestros nos han enseado a vivir juntos en armona. Respetamos la eleccin libre de religin y la libertad de expresin.
Felipe explica: En la regin de Puno, ms de 32,000 personas tienen discapacidad. Desean que sus derechos sean respetados por la gente y las organizaciones de la comunidad. No quieren ser vistas como personas que no son capaces de realizar sus tareas cotidianas.
La Federacin Departamental de Personas con Discapacidad de Puno (FEDDIP) encuest a 210 personas con discapacidad sobre violaciones a los derechos humanos para documentar sus preocupaciones. Ms de la mitad de ellas dijeron que haban sufrido abusos fsicos y psicolgicos y discriminacin al tratar de obtener servicios de entidades pblicas y privadas. Muchas se sentan excluidas de sus propias comunidades. FEDDIP trabaja con las autoridades locales a fin de desarrollar medidas para afrontar estas violaciones. Hay retos para el trabajo que FEDDIP realiza en esta rea rural. Como la organizacin bien lo sabe, el cambio de actitudes y estereotipos de personas muy apegadas a la tradicin no puede ocurrir con una sola actividad. A fin de asegurar que se entienda el mensaje de los de derechos humanos y la discapacidad.
Actividaddeinvestigacin: Realizamos un cuadro comparativo, sobre los derechos de las personas con discapacidad y con los derechos de las personas normales.
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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4. APORTES DE LAS CULTURAS OCCIDENTALES EN LA EDUCACIN ESPECIAL
4.1. DESDE LA CULTURA OCCIDENTAL, PRINCIPALES MODELOS DE ATENCIN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Desde la cultura occidental y la normativa legal a nivel mundial La educacin Especial pasa de la beneficencia a la inclusin.
En todo este tiempo, las personascon discapacidad fueron sujetos de diferente valoracin y atencin, enbase a la concepcin que se tenade la salud, la enfermedad y la discapacidad.
La historia de los modelos yparadigmas en discapacidadesse sintetiza en un cambio que vadesde la beneficencia, lacaridad, la autonoma personal, ala inclusin y los derechoshumanos. (Soria Garca D: 2008).
4.2. PRECURSORES DEL DESARROLLO DE LA EDUCACIN ESPECIAL
Precursores de modelos educativos en educacin especial. Al inicio del siglo XX se genera un movimiento en pro de la atencin educativa de las personas con discapacidad, aparecen varios aportes, adems el inters en el conocimiento del nio desde la psicologa evolutiva, pedagoga y la psicometra para el diagnstico, con el objetivo central de que el nio con discapacidad pueda aprender.
a) DESDE LO PEDAGGICO:
MARA MONTESSORI Estructur y aplic un mtodo mdico pedaggico. (1870-1952) OVIDE DECROLY
Teora de la Gestald. (1871-1932)
b) DESDE LA PSICOLOGA Y PSICOMETRA ALFRED BINET THEODORE SIMN
Completa los datos de los siguientes autores:
Actividaddeinvestigacin: Re significar experiencias de la Educacin Especial en las Naciones y Pueblos Indgenas Originarios y AbyaYala, a partir de la recuperacin de los procesos orales y documentales.
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Educacin Especial I
DESDE LO PEDAGGICO: MARA MONTESSORI
OVIDE DECROLY
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BREVE BIOGRAFA
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DESDE LO PEDAGGICO: MONTESSORI
OVIDE DECROLY
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BREVE BIOGRAFA
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METODOLOGA
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APORTES
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APORTES
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DESDE LA PSICOLOGA
ALFRED BINET
THEODORE SIMN
BREVE BIOGRAFA
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PSICOLOGA Y PSICOMETRA ALFRED BINET
SIMN
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APORTES
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APORTES
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ACTIVIDAD DE ANLISIS CRTICO EL presente esquema muestra una interaccin de las dimensiones de la educacin especial de la vida y en la vida
5. LA EDUCACIN ESPECIAL CONCEBIDA DESDE EL MODELO SOCIOCOMUNITARIOPRODUCTIVO:
OBJETIVO
CONTENIDOS
Promovemos una educacin inclusiva con elementos de la estructura curricular del Sistema Educativo Plurinacional, en atencin a personas con discapacidad, dificultades de aprendizaje y talento extraordinario.
Actividades prcticas socio communitarias:
talleres de sensibilizacin,
prevencin, Lengua de Seas y Sistema Braille,
que satisfagan las necesidades de
formacin.)
Desarrollar y/o fortalecer saberes, conocimientos, habilidades, valores personales, sociales y
comunitarios
Un desempeo profesional que responda a la visin de pas, desde una concepcin holstica e integrada en la
diversidad.(Mediante recursos metodolgicos, didcticos y
comunicacionales diferenciados, precisando ayudas pedaggicas especificas, temporales o permanentes)
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Educacin Especial I
ACTIVIDAD DE ANLISIS CRTICOEl presente cuadro muestra una interaccin de las dimensiones: Qu opinin te merece si se produce una ruptura o falta una de ellas en la interaccin educativa? Escribe tu respuesta:
LA EDUCACIN DE LA VIDA Y EN LA VIDA:
Desarrollo y/o fortalecimiento de principios y valores de sensibilizacin
para la atencin a la diversidad.
Atencin a los desafios y necesidades educativas, reconociendo capacidades y potencialidades, eliminando las barreras
psicolgicas,sociales, pedaggicas, metodolgicas y arquitectnicas de
SABER
Conocimiento y manejo de programas de prevencin y guas de deteccin
oportuna para la intervencin educativa.
VERSION PRELIMINAR
ACTIVIDAD DE ANLISIS CRTICO presente cuadro muestra una interaccin de las dimensiones: Qu opinin te
merece si se produce una ruptura o falta una de ellas en la interaccin educativa? Escribe tu respuesta:
LA EDUCACIN DE LA VIDA Y EN LA VIDA:
SER
Desarrollo y/o fortalecimiento de principios y valores de sensibilizacin
para la atencin a la diversidad.
HACER
Promueve la educacin inclusiva, incorporando la lengua de seas (LSB) y sistemas de comunicacin alfabticos:
Braille y dgito comunicacin para personas ciegas y sordociegas.
DECIDIR
Atencin a los desafios y necesidades educativas, reconociendo capacidades y potencialidades, eliminando las barreras
psicolgicas,sociales, pedaggicas, metodolgicas y arquitectnicas de
exclusin.
Conocimiento y manejo de programas de prevencin y guas de deteccin
oportuna para la intervencin
Qu pasaria si se produce una ruptura entre el
ser, saber, hacer y decidir?
VERSION PRELIMINAR
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presente cuadro muestra una interaccin de las dimensiones: Qu opinin te merece si se produce una ruptura o falta una de ellas en la interaccin educativa?
Promueve la educacin inclusiva, incorporando la lengua de seas (LSB) y sistemas de comunicacin alfabticos:
Braille y dgito comunicacin para personas ciegas y sordociegas.
Qu pasaria si se produce una ruptura entre el
ser, saber,
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VIVIR BIN
DECIDIR
HACER
SABERVIVIR BIN
SER
DECIDIRSABER
VIVIR BIN
SER
DECIDIR
HACER
VIVIR BIN
SER
HACER
SABER
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FUENTE PROPIA S.C.C.N
REFERENCIA BIBLIOGRFICA Barrios, Rada Jos Luis (2008). Neurodidctica: Hacia una Nueva Ciencia del Aprendizaje. Cretica
Investigacin y Desarrollo Humano S.R.L. Grupo Juvenil Voluntario. Lderes Universitarios en Accin (LUA). La Paz Bolivia. (Texto indito).
Barrios, Rada Jos Luis. (2007). El Sentido Pedaggico de la Comunicacin Humana: Un nuevo desafo universitario.
Congreso Nacional de las Naciones Pueblos Indgena Originaria. 2012 Decreto Supremo N 29608 Decreto Laboral 2008. Entrevista a: Choque, Quispe Daniel. Comanche Provincia Pacajes. 2/11/12) ERBOL; Sep. 2011, hrs.11:20) HONORABLE CONGRESO NACIONAL DE BOLIVIA, Constitucin Poltica del Estado Plurinacional de Bolivia.
La Paz-Bolivia 2008. HONORABLE CONGRESO NACIONAL DE BOLIVIA. Ley de la Educacin Avelino Siani- Elizardo Prez
N70. La Paz-Bolivia 2010 HONORABLE CONGRESO NACIONAL DE BOLIVIA. Ley de la Persona con Discapacidad N1678. La Paz
Bolivia.1995. HONORABLE CONGRESO NACIONAL DE BOLIVIA. Ley N 223 Ley General de las Personas con
Discapacidad. 2012 Lineamientos para el trabajo de planes y programas de educacin regular para personas con necesidades
educativas especiales. Ministerio de Educacin La Paz _Bolivia. Lineamientos de educacin especial. Octubre 2012. Plan nacional de igualdad de igualdad y equiparacin de oportunidades para las personas con discapacidad
(PNIEO). Pg. 9.La paz 2007. Soria,Garcia Daphne La educacin especial en el nuevo milenio
Atencin a la diversidadLic. Daphne Soria Garca William L. Heward-Michael D. Orlansky EDITORIAL: CEAC Per, 164 - 08020 Barcelona Espaa.
Uno de los aportes de las culturas del Abya Yala al
mundo es el de demostrar que el desarrollo humano debe ser
orientado desde un sentido comunitario autntico, con
aceptacin, respeto, reciprocidad,
complementariedad y bsqueda de una vida
armnica.
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UNIDAD TEMATICA II
UNA ESCUELA PARA TODOS: COMO RESPUESTA A LA DIVERSIDAD
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TABLA DE CONTENIDO
UNIDAD TEMTICA N 2
UNA ESCUELA PARA TODOS: COMO RESPUESTA A LA DIVERSIDAD Estructura de la Educacin Especial
o reas de atencin Educacin para personas con discapacidad Educacin para personas con dificultades en el aprendizaje Educacin para personas con talento extraordinario
o Modalidades de atencin de Educacin Especial Enfoques de Atencin
o Enfoque clnico individual o Enfoque Educativo Curricular o Enfoque Socio Comunitario Productivo
Modelos de atencin o Modelo multidisciplinario o Modelo interdisciplinario o Modelo transdisciplinario
Hacia una educacin Inclusiva o Reciprocidad o Complementariedad o Intraculturalidad e interculturalidad en la inclusin social y educativa
OBJETIVOHOLSTICODE LA UNIDAD TEMTICA II
Desarrollamos en la formacin de docentes en y para la diversidad, conocimientos terico-prcticos de una educacin inclusiva abierta a la diversidad, a partir de procesos de aprendizaje y enseanza socio - comunitarios y productivos, para generar procesos de profunda transformacin pedaggica en el marco de una nueva poltica educativa del sistema plurinacional de formacin de maestros.
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1. ESTRUCTURA DE LA EDUCACIN ESPECIAL
1.1 REAS DE ATENCIN DE LA EDUCACIN ESPECIAL SEGN LA LEY 070
En el artculo 25 se seala lo siguiente.
Responde de manera oportuna y pertinente a las necesidades e intereses de personas con discapacidad, personas con dificultades en el aprendizaje y personas con talento extraordinario, desarrollando sus acciones en articulacin con los subsistemas de Educacin Regular, Alternativa y superior de formacin profesional (ley 070)
Las polticas de atencin del estado Plurinacional de Bolivia a las Pc D (Personas con Discapacidad) tiene sustento en la Constitucin Poltica de Estado, La ley 070 Abelino Siani- Elizardo Prez, en sus artculos 25, 26, 27 los mismos que hacenhincapi en la educacin especial; as mismo la ley 1678 Normativa Nacional, Constitucin poltica del estado, Derechos de las personas con discapacidad, CONALPEDIS, CODEPEDIS, rea Gubernamental de Salud, rea Gubernamental de educacin, P.N.I.E.O, PRUN-PCD. Explican cada uno de ellos el alcance que tienen en cuanto a su campo de accin en Bolivia.
Segn Artculo 26, Son reas de educacin especial, las siguientes:
A) EDUCACIN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD B) EDUCACIN PARA PERSONAS CON DIFICULTADES EN EL APRENDIZAJE C) EDUCACIN PARA PERSONAS CON TALENTO EXTRAORDINARIO
POBLACION DEFICICIN EN EL MBITO DE EDUCACIN ESPECIAL
A)EDUCACIN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Intelectual: Son personas que presentan limitaciones en el desarrollo de las habilidades intelectuales y lingsticas, conductas sociales y adaptativas. Visual (persona ciega) Una persona ciega total es aquella que no ve absolutamente nada o que slo tiene una ligera percepcin de luz, pero no de la forma de los objetos. En consecuencia su visin no es funcional. Una persona con baja visin es aquella que tiene limitaciones para la visin a distancia pero puede ver a pocos metros o centmetros. Auditiva (persona sorda) Persona con prdida y/o limitacin auditiva de menor o mayor grado y que a travs de la visin estructura sus experiencias en integracin con su medio. Fsico-motora Persona que presenta limitaciones en el desarrollo y coordinacin de los movimientos fsico-motores; puede presentarse de manera congnita o adquirida, en diversos momentos del desarrollo humano. Mltiple Son aquellas personas que presentan discapacidades mltiples fsicas, sensoriales y/o intelectuales.
B) EDUCACIN PARA PERSONAS CON DIFICULTADES EN EL APRENDIZAJE
Dificultades Generales Comprende a estudiantes que presentan necesidades educativas temporales o permanentes en todas las reas de aprendizaje y procesos educativos, que no estn provocadas por factores intelectuales, sensoriales ni neurolgicos. En el caso de estudiantes con Trastornos de Hiperactividad con Dficit de Atencin (THDA), que no es especficamente una dificultad en el aprendizaje, puede asociarse a las dificultades en el aprendizaje y recibe atencin en modalidad directa y/o indirecta segn sus necesidades.
Dificultades Especficas Se limitan a ciertas reas acadmicas con ms frecuencia en la lectura, escritura y
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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matemticas con un desnivel entre rendimiento y capacidad; generalmente tienen un origen neurolgico con posibles factores hereditarios, en cuya mayora no est comprometida la inteligencia, pudiendo ser adquiridas o evolutivas; muchas veces influyen tambin factores como los que se presentan en las dificultades generales de manera interrelacionada.
C) EDUCACIN PARA PERSONAS CON TALENTO EXTRAORDINARIO
Talento general Es aquella o aquel estudiante que muestra un desempeo diferencial positivo en todas las dimensiones del ser, componentes y reas del currculo. Talento especfico Es aquella o aquel estudiante que muestra un desempeo diferencial positivo en una o ms dimensiones del ser, componentes y reas de aprendizaje, pero no en todas.
Fuente: Direccin General de Educacin Especial.
POBLACION CUBIERTA POR REA DE ATENCIN
DEPARTAMENTOS D.A. AUD. VIS. MEN. FS. ML. TOTAL La Paz 146 147 70 295 97 87 842 Santa Cruz 34 304 169 584 117 66 1264 Cochabamba 372 283 72 331 316 15 1389 Potos 0 44 7 166 0 0 217 Chuquisaca 15 39 120 108 0 84 366 Oruro 156 18 34 43 25 3 279 Tarija 68 60 13 246 53 27 477 Beni 0 34 26 51 0 0 111 Pando 19 18 3 22 0 0 62 TOTAL NACIONAL 810 947 514 1846 608 282 5007 Fuente:ofertas educativas para personas con necesidades educativas especiales en Bolivia, M. Guevara-1997
POBLACION ESTIMADA CON DISCAPACIDAD Y COBERTURA DE ATENCIN
DEPARTAMENTO POBLACION TOTAL POBLACION
ESTIMADA CON DISCAPACIDAD
POBLACION ATENDIDA
La Paz 2.181.048 218.104 842 Santa Cruz 1.552.555 155.255 1274 Cochabamba 1.335.016 133.501 1386 Potos 728.311 72.831 217 Chuquisaca 524.507 52.450 366 Oruro 376.578 37.657 279 Tarija 347.048 34.704 462 Beni 318.282 31.828 111 Pando 50.482 5.048 62 POBLACIN TOTAL
7.413.827 741.382 5.007
PORCENTAJE 100% 10.% 067%
Fuente: ofertas educativas para personas con necesidades educativas especiales en Bolivia, M. Guevara-1997
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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PREVALENCIA DE TIPOS DE DISCAPACIDAD Y LA COBERTURA INSTITUCIONAL
TIPOS DE DISCAPACIDAD PORCENTAJE COBERTURA INSTITUCIONAL
Fsica 32.42 5.472 Mental y Psiquiatrita 32.11 5.420
Visual 4.25 7.17 Auditiva 9.3 1542 Mltiples 7.57 1278
Dificultades en el aprendizaje 14.52 2.451 TOTAL 100 16.880
Fuente: Agencia de cooperacin Internacional JICA -2000
CUANTAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD HAY EN BOLIVIA?:
Nadie puede responder con certeza, porque los censos nacionales no han investigado la problemtica de la discapacidad. Las apreciaciones varan desde el 10% de la poblacin total establecido por OMS hasta el 16 % surgido del relevantamiento comunitario realizadas en algunos departamentos del pas.
Fuente INE : PROYECCIN 2000 A 2010
1.2 MODALIDADES DE ATENCIN DE EDUCACIN ESPECIAL
Segn fuente de la Direccin General de Educacin Especial.La Educacin Especial, complementariamente a la organizacin educativa del SistemaEducativo Plurinacional, atiende de forma integral a Estudiantes con Discapacidad, Dificultades en el Aprendizaje y Talento Extraordinario, mediante las siguientes modalidades de atencin educativa.
1.2.1. Modalidad directa
DEPARTAMENTO POBLACIN PROYECTADA AL 2007 POBLACIN CON DISCAPACIDAD
TOTAL HOMBRES MUJERES 10 % LA PAZ 2.715.O16 1.343.222 1.317.794 271.501 COCHABAMBA 1.747.906 863.768 884.138 174.790 SANTA CRUZ 2.546.881 1.282.583 1.264.298 254.688 CHUQUISACA 621.383 307.192 314.191 62.138 ORURO 440.657 220.296 220.361 44.065 POTOS 776.568 380.085 396.483 77.656 TARIJA 484.249 243.482 240.767 48.424 BENI 422.434 219.944 202.490 42.243 PANDO 72.427 39.589 32.838 7.242 9.827.521 4.900.161 4.927.360 982.752
ACTIVIDAD DE INVESTIGACIN Amplia ms la informacin sobre las reas de atencin, caractersticas principales de intervencin educativa y otros.
Educacin para personas con discapacidad Educacin para personas con dificultades en el Aprendizaje Educacin para personas con talento extraordinario
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Se denomina modalidad directa a la atencin educativa a travs de programas y servicios que involucran directamente a los Estudiantes con Discapacidad, Dificultades en el Aprendizaje y Talento Extraordinario, para su desarrollo integral y holstico, buscando un equilibrio entre las dimensiones del ser, saber, hacer y decidir, preparndolos para la vida adulta independiente, enfatizando una formacin Tcnico Productiva, que les permita desarrollar habilidades y destrezas correspondientes, posibilitando su inclusin social en igualdad de oportunidades y equiparacin de condiciones.
En el caso de estudiantes con discapacidad grave y muy grave, es probable que los procesos educativos se desarrollen en esta modalidad. En casos de estudiantes con dificultades especficas en el Aprendizaje, es probable que se desarrollen procesos reeducativos en turno alterno.
1.2.2 Modalidad indirecta
Son un conjunto de programas y servicios de apoyo a los procesos educativos inclusivos que se desarrollan en espacios educativos de los subsistemas de educacin regular, alternativa y superior de formacin profesional del Sistema Educativo Plurinacional, para brindar una educacin con calidad a personas y/o estudiantes con Discapacidad, Dificultades en el Aprendizaje y Talento Extraordinario, pudiendo seguir currculos especficos en casos de personas con discapacidad y currculo regular, de jvenes y adultos y superior, en casos de estudiantes con discapacidad, dificultades en el aprendizaje y talento extraordinario.
Estos servicios se complementan con procesos de sensibilizacin comunitaria, formacin y capacitacin continua de maestras, maestros de aula y especialistas involucrados, directoras/ es, trabajo con la familia, as como la elaboracin y distribucin de materiales educativos de acuerdo a vocaciones productivas, intereses y necesidades de las comunidades e instituciones educativas.
2. ENFOQUES DE ATENCIN
2.1 ENFOQUE CLNICO INDIVIDUAL
Este enfoque presenta las siguientes caractersticas
A inicios de la post-guerra, existieron varias condiciones sociales, econmicas y polticas que influyeron en la atencin de las personas con discapacidad. pasando del problema de la minusvala a un paradigma de hombre til o intil, apto o no apto con relacin al desarrollo industrial de la sociedad, a la produccin y al consumo.
La atencin se centra en la deficiencia y est localizada en el individuo.
La atencin se basa en la intervencin del equipo profesional. El mdico es el que dispone lo que debe hacerse y decide todo an su grado de integracin pese a que este modelo ha prestado servicios extraordinarios a muchas personas, a otros les niega la posibilidad de ser sujetos activos de su propio futuro. Creando de esta manera un nivel de dependencia.
2.2 ENFOQUE EDUCATIVO CURRICULAR
Surgen tres tendencias del pensamiento sobre el sentido educativo y los mtodos:
Lnea conservadora Lnea denominada de pensamiento progresista Lnea denominada no segregadora.
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Educacin Especial I VERSION PRELIMINAR
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DEL
HACIA
Aislamiento Separacin Seleccin y el rechazo Categorizacin indiferenciada Educacin en la homogeneidad
Acercamiento Integracin Emplazamiento Un sistema educativo Diferenciacin Educacin en la diversidad
DFICIT
COMPRENSIVIDAD Y DIVERSIDAD
Centrado en el estudiante Apoyado en lo mdico y
psicolgico Intervencin individualizada Destaca la incompetencia. Intervencin de expertos. Currculo paralelo Actitud rehabilitadora
Interaccin contexto- estudiante Apoyado en lo educativo Busca potenciar el trabajo cooperativo. Destaca las potencialidades y capacidades
de todos. Intervencin docente regular Currculo comn. Actitud comprensiva.
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ACTIVIDAD DE INVESTIGACIN ANLISIS Y REFLEXIN 1. Buscamos informacin sobre las tres tendencias que se desarrollan en este
enfoque. 2. Realizamos un anlisis diacrnico de la Educacin Especial, tomando en
cuenta los siguientes aspectos:
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EDUCACIN DE CALIDAD PARA TODOS.
LA EDUCACIN EN LA DIVERSIDAD :
Comprometida con las necesidades y problemas,
comprensiva, adaptada y que conlleva a la autonoma.
Fomenta: la igualdad de oportunidades, no discrimina,
es cooperativa
PRINCIPIOS BSICOS
Principios que rebasan la integracin
Estrategias educativa que
hagan posible la educacin de
calidad para todos Filosofa poltica que contempla a la escuela como
agente de cambio en un modelo de sociedad diferente
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ACTIVIDAD DE ANALISIS CRTICO Analiza y comenta sobre los siguientes puntos de atencin a la
diversidad :
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INTEGRACIN VERSUS INCLUSIN
LA INTEGRACIN La integracin se basa en la normalizacin de la vida de las personas con necesidades
especiales. La integracin se centra en el individuo y sus necesidades particulares para los que se habilitan
determinados apoyos, recursos y profesionales. La integracin propone adaptaciones curriculares como medidas de superacin de las
diferencias individuales.
LA INCLUSIN La inclusin plantea el reconocimiento y valorizacin de la diversidad como una realidad y
derecho humano. La heterogeneidad es entendida como la norma.
La inclusin propone un currculo comn en el que implcitamente se vayan incorporando adaptaciones.
CONCLUSIONES:
2.2.1 LAS NEUROCIENCIAS Y EL PROCESO DE APRENDIZAJE
Uno de los principales hallazgos que ms ha revolucionado las neurociencias es el de la plasticidad neuronal. Al contrario de lo que se ha credo durante dcadas, las neuronas se regeneran, cambian con los estmulos endgenos y exgenos, y ello hace del cerebro un rgano cambiante segn la estimulacin
LA INTEGRACIN conceptualmente parte de la premisa de una anterior
segregacin. Persigue una insercin de la diferencia sin ejercer,
necesariamente, cambios en los sistemas que garantice una participacin justa y digna.
LA INCLUSIN supone un sistema nico para todos adaptado a la
diversidad de la totalidad de todos sus integrantes donde la individualizacin propuesta alcanza a todos por igual y selecciona las estrategias de acuerdo a las necesidades particulares de unos y
otros.
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