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Economia de Africa tarea Introduccion a la economia II Grupo GT 09

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  • 1

    UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

    FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

    ESCUELA DE ECONOMIA

    Licenciada:

    Irma Elena Recinos

    Asignatura:

    Introduccin a la Economa lI

    Grupo Terico:

    09

    Tema:

    COMUNIDAD ECONMICA DE LOS ESTADOS DE FRICA ORIENTAL

    Estudiantes:

    Araujo Daz, Josselyn Yamileth 100% AD15019

    Castillo Gonzlez, Jocelyn Vanessa 100% CG13069

    Duque Perez, Lorena Elizabeth 100% DL15015

    Ciudad Universitaria, 04 de septiembre de 2015

  • 2

    INDICE

    Introduccin..3

    Objetivos generales y especficos....4

    Desarrollo del tema..5

    Conclusin20

    Bibliografa.21

  • 3

    INTRODUCCION

    El presente trabajo de investigacin se refiere a la Comunidad Africana

    Oriental (CAO), y tambin denominada Comunidad de frica

    Oriental y Comunidad de frica del Este (CAE). Se fund en enero de 2001 en una

    ceremonia celebrada en la ciudad de Arusha, en Tanzania, en la que se encuentra

    su sede, reavivando un proyecto similar abandonado en 1977.

    El nuevo tratado EAC allanaba el camino para una unin econmica y, en un

    futuro, poltica entre los tres pases iniciales. Un tratado posterior, firmado en

    marzo de 2004 estableci una unin aduanera, que comenz el 1 de enero de

    2005. Segn el tratado, Kenia, el ms rico de los tres pases iniciales, iba a pagar

    aranceles por las mercancas que entren en Uganda y Tanzania hasta 2010.

    Burundi y Ruanda se incorporaron en 2007.

    La EAC es uno de los pilares de la Comunidad Econmica Africana. La Ley de

    Administracin de Aduanas de la CAO fue promulgada el 16 de diciembre

    de 2004. Esta Ley rige la administracin de aduanas, incluidos los asuntos

    administrativos y operacionales. De conformidad con ella, las operaciones diarias

    de las aduanas, incluida la recaudacin fiscal, seguirn siendo gestionadas y

    administradas por las autoridades fiscales nacionales respectivas. Las

    autoridades fiscales de cada Estado miembro, junto con los ministerios

    responsables de los asuntos de la CAO, Hacienda, Comercio e Industria, son

    responsables del establecimiento gradual de la unin aduanera de la CAO.

  • 4

    OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS

    OBJETIVOS GENERALES

    Describir los pases de la Comunidad del frica Oriental estableci

    una unin aduanera en 2005 y estn trabajando en el establecimiento de

    un Mercado Comn.

    Compilar la informacin de la Unin Monetaria y en la Federacin

    Poltica de los Estados del frica Oriental.

    OBJETIVOS ESPECIFICOS

    Identificar la propiedad de los cuatro Estados miembros de Kenia, Uganda,

    Tanzania y Ruanda.

    Mostrar el fondo de desarrollo de la comunidad del frica Oriental y la sede

    de un centro de recursos de asociaciones pblico-privadas para la

    financiacin de mecanismos

  • 5

    LA COMUNIDAD DE AFRICA ORIENTAL (CAO)

    En un principio, Kenya y Uganda formaron una unin aduanera en 1917, a la que

    se sum en 1927 la entonces Tanganika (Tanzania sin Zanzibar) Posteriormente,

    los tres pases mantuvieron estrechas relaciones econmicas en la Alta Comisin

    del frica Oriental (1948-1961); la Organizacin de Servicios Comunes del frica

    Oriental (1961-1967); y la Cooperacin del frica Oriental (1993-1999).

    El Tratado por el que se establece la Comunidad del frica Oriental (CAO) fue

    firmado el 30 de noviembre de 1999, y entro en vigor el 7 de julio de 2000. La

    actual CAO tiene sus orgenes en el Acuerdo de Mediacin para la divisin del

    activo y del pasivo de la CAO inicial, que se disolvi en 1977 por razones polticas

    y econmicas. En ese Acuerdo de Mediacin, firmado el 14 de mayo de 1984,

    Kenya, Tanzania y Uganda convinieron estudiar futuras esferas de cooperacin y

    concertar lo necesario para esa cooperacin. La cooperacin plena comenz el 4

    de marzo de1996 cuando inici su actividad la Secretaria de la Comisin Tripartita

    Permanente en la sede de la CAO, situada en Arusha, Tanzania.

    La Unin Africana, y el Foro de Facilitacin de la Integracin Regional (RIFF),

    tambin son miembros de la Comunidad Econmica Africana, participando en

    diferentes acuerdos comerciales regionales. Kenya y Tanzania participan en la

    Asociacin de la Cuenca del Ocano Indico para la Cooperacin Regional

    (IOR-ARC); Tanzania es miembro de la Comunidad de Desarrollo del Africa

    Meridional.

    En el marco de la CAO cada pas es libre de negociar nuevos acuerdos

    comerciales bilaterales, con una previa notificacin a los otros dos miembros. Solo

    Kenya ha firmado acuerdos comerciales bilaterales.

    Los pases que conforman la CAO tambin renen las condiciones para poder

    beneficiarse de un trato preferencial no reciproco en virtud del Sistema

    Generalizado de Preferencias (SGP). Tanzania es signatario del Acuerdo sobre el

  • 6

    Sistema Global de Preferencias Comerciales entre Pases de Desarrollo (SGPC);

    Kenya y Uganda no.

    Objetivos de la Comunidad de frica Oriental

    La Comunidad de frica Oriental tiene por objetivo ampliar y profundizar la

    cooperacin entre los pases miembros, as como la incorporacin de las

    cuestiones de gnero a todos sus programas y la importancia que contiene el

    desempeo de la mujer en el desarrollo. El incremento de la participacin del

    sector privado y de la sociedad. El uso nacional de los recursos naturales de la

    regin y la proteccin del medio ambiente, el fomento del crecimiento sostenible

    en cuanto al desarrollo equitativo de sus miembros. Fomentacin de la paz y la

    estabilidad de la regin, adems, tambin busca el fomento del buen gobierno,

    con inclusin de la adhesin a los principios de la democracia, el Estado de

    derecho, la responsabilidad, la transparencia, la justicia social, la igualdad de

    oportunidades y la igualdad entre el hombre y la mujer.

    La Estrategia de Desarrollo de la CAO: 2001-2005 determina doce esferas de

    cooperacin:

    1. polticas macroeconmicas, incluidas la monetaria y la fiscal;

    2. liberalizacin y desarrollo del comercio;

    3. la promocin de los sectores econmicos fundamentales (es decir, agricultura y

    seguridad alimentaria, inversiones y desarrollo industrial, turismo y fauna silvestre,

    y medioambiente y recursos naturales);

    4. infraestructura y servicios de apoyo;

    5. desarrollo de recursos humanos, ciencia y tecnologa;

    6. sectores sociales, inmigracin y polticas laborales;

    7. asuntos jurdicos y judiciales;

    8. cuestiones polticas, incluidas la paz, la seguridad y la defensa;

    9. amplia participacin de las mujeres, el sector privado y la sociedad civil;

    10. relaciones con otras organizaciones regionales e internacionales (por ejemplo

    el COMESA, la SADC);

    11. disposiciones institucionales a nivel de los Estados miembros y la Secretara

    de la CAO;

  • 7

    12. y gestin de la distribucin de beneficios y costos como una cuestin

    transversal.

    En virtud del Protocolo por el que se establece una Unin Aduanera (artculo 3),

    los objetivos de la unin aduanera son:

    a) una mayor liberalizacin del comercio de mercancas intrarregional sobre la

    base de acuerdos comerciales beneficiosos para todos los Estados miembros;

    b) la promocin de la eficiencia de la produccin en la CAO;

    c) el aumento de las inversiones nacionales, transfronterizas y extranjeras en la

    CAO;

    d) y la promocin del desarrollo econmico y de la diversificacin de la

    industrializacin en la CAO.

    El protocolo prev de conformidad con las disposiciones del artculo 75 del

    Tratado de la Comunidad del frica Oriental por el que se establece:

    asimetra en la liberalizacin del comercio interno de la CAO;

    la eliminacin de los aranceles internos y otros derechos y cargas de efecto

    equivalente;

    la eliminacin de los obstculos no arancelarios;

    el establecimiento de un arancel exterior comn;

    normas de origen;

    medidas antidumping;

    subvenciones y derechos compensatorios;

    restricciones por motivos de seguridad y otras restricciones del comercio;

    competencia;

    el reintegro, reembolso y remisin de derechos e impuestos;

    la cooperacin aduanera;

    la reexportacin de bienes;

    la simplificacin y armonizacin de la documentacin y los procedimientos

    comerciales;

    regmenes de exencin;

    un sistema armonizado de designacin y codificacin de mercancas;

    y puertos francos

    Sin embargo, los miembros de la CAO an no han aplicado plenamente algunas

    de estas disposiciones. Las esferas que an resta armonizar son los impuestos

    internos, los procedimientos aduaneros, los dems derechos y cargas aplicables a

    las importaciones, y los derechos sobre la produccin. El certificado de origen de

  • 8

    la CAO an no ha empezado a funcionar; actualmente se utiliza el certificado del

    COMESA. En virtud del Protocolo, la unin aduanera ha de establecerse

    progresivamente en cinco aos, a partir de la entrada en vigor del Protocolo, que

    fue firmado el 2 de marzo de 2004, y entr en vigor el 1 de enero de 2005. El

    arancel exterior comn de la CAO, adoptado a partir de 2005, tiene tres bandas (0,

    10 y 25 por ciento), aunque se aplican tipos superiores al 25 por ciento a varios

    productos "sensibles" (captulo III 3) i)). Los miembros de la CAO revisarn el tipo

    mximo del arancel exterior comn despus del 1 de enero de 2010.

    El componente de zona de libre comercio de la unin aduanera de la CAO an

    debe establecerse. El comercio de mercancas entre Tanzana y Uganda, as

    como las importaciones de Kenya procedentes de Tanzana y Uganda, estan

    libres de derechos desde el 1 de enero de 2005, mientras que las mercancas

    importadas de Kenya a Tanzana y Uganda estn incluidas en la categora A (para

    un trato de franquicia arancelaria inmediato) o categora B (reduccin arancelaria

    gradual). La Ley de Administracin de Aduanas de la CAO fue promulgada el 16

    de diciembre de 2004. Esta Ley rige la administracin de aduanas, incluidos los

    asuntos administrativos y operacionales. De conformidad con ella, las

    operaciones diarias de las aduanas, incluida la recaudacin fiscal, seguirn siendo

    gestionadas y administradas por las autoridades fiscales nacionales respectivas.

    Las autoridades fiscales de cada Estado miembro, junto con los ministerios

    responsables de los asuntos de la CAO, Hacienda, Comercio e Industria, son

    responsables del establecimiento gradual de la unin aduanera de la CAO.

    Las principales instituciones de la CAO son:

    1. la Cumbre de Jefes de Estado y/o de Gobierno;

    2. el Consejo de Ministros;

    3. el Comit de Coordinacin;

    4. los comits sectoriales;

    5. el Tribunal de Justicia del frica Oriental;

    6. la Asamblea Legislativa del frica Oriental; y

    Adems, el artculo 24 del Protocolo estableci el Comit de Medidas Comerciales

    Correctivas de la CAO para que se ocupe de las normas de origen, las medidas

    comerciales correctivas especiales, un mecanismo de solucin de diferencias, y

    cualquier otro asunto remitido al Comit por el Consejo.

    La CAO CUENTA con cuatro instituciones autnomas:

    el Programa de Desarrollo del Lago Victoria

  • 9

    el Banco de Desarrollo del frica Oriental

    la Organizacin de las Pesqueras del Lago Victoria

    el Consejo Interuniversitario del frica Oriental.

    La cumbre de Jefes de Estado se encarga de la direccin poltica global y el

    funcionamiento de la CAO; el examen de los informes anuales de situacin y

    todos los dems informes que el Consejo le rinda; y el examen del estado de la

    Comunidad en cuanto a paz, seguridad y buen gobierno, y del avance logrado en

    cuanto al establecimiento de una Federacin Poltica. La Cumbre se rene, al

    menos, una vez al ao y puede celebrar reuniones extraordinarias a peticin de

    cualquiera de sus integrantes. La Cumbre es presidida sucesivamente por cada

    Estado miembro por un mandato de un ao y sus decisiones se adoptan por

    consenso. Con sujecin al Tratado, la Cumbre puede delegar en uno de sus

    integrantes, en el Consejo o en el Secretario General el ejercicio de cualquiera de

    sus funciones.

    Los comits sectoriales elaboran programas y supervisan su aplicacin. Se

    renen cuantas veces sea necesario, y son responsables de la fijacin del orden

    de prioridad de los sectores; y presentan en diversas ocasiones informes

    sectoriales y recomendaciones al Comit de Coordinacin. El Comit de

    Coordinacin recomienda al Consejo la integracin de los comits sectoriales.

    El Consejo de Ministros es la principal institucin de adopcin de decisiones de

    poltica. Presenta a la Asamblea proyectos de ley; da instrucciones a los Estados

    miembros y a todos los dems rganos de la CAO, con excepcin de la Cumbre,

    el Tribunal y la Asamblea; dicta reglamentos y directivas, toma decisiones, y emite

    dictmenes, de conformidad con lo dispuesto en el Tratado; examina el

    presupuesto; brinda un informe anual sobre los progresos a la Cumbre, para

    cuyas reuniones elabora el orden del da; establece los comits sectoriales que se

    contemplan en el Tratado; y ejecuta las decisiones y directivas de la Cumbre. El

    Consejo est integrado por los Ministros que tienen a su cargo la cooperacin

    regional y cualesquiera otros Ministros que los miembros puedan designar. Se

    rene dos veces al ao, inmediatamente despus de la Cumbre, o a instancia de

    un Estado miembro o de la Presidencia del Consejo. El cargo de Presidente es

    desempeado sucesivamente por un ministro de cada Estado miembro. Las

    decisiones del Consejo se adoptan por consenso.

    El Comit de Coordinacin es el responsable de la cooperacin regional y

    coordina las actividades de los comits sectoriales. Entre otras cosas, adems,

    presenta informes y recomendaciones al Consejo por su propia iniciativa o a

    instancias del Consejo; aplica las decisiones del Consejo; recibe y examina los

    informes de los comits sectoriales a los que puede pedir que investiguen algn

  • 10

    asunto determinado. El Comit de Coordinacin est integrado por los secretarios

    permanentes que tienen a su cargo la cooperacin regional y los dems

    secretarios permanentes que los miembros puedan designar. Se rene al menos,

    dos veces al ao (antes de las reuniones del Consejo), y puede celebrar reuniones

    extraordinarias si as lo pide la Presidencia del Comit. El cargo de Presidente es

    desempeado sucesivamente por un secretario permanente de cada Estado

    miembro.

    La Asamblea Legislativa del frica Oriental ofrece un foro democrtico para

    deliberar. Tiene una funcin de control, y est encargado en ltima instancia del

    proceso legislativo. La Asamblea interacta con las asambleas nacionales de los

    Estados miembros en relacin con los asuntos de la CAO; debate y aprueba el

    presupuesto de la CAO; examina los informes anuales, los informes de auditora

    anuales, y todos los dems informes que le presente el Consejo; formula

    recomendaciones al Consejo sobre la aplicacin del tratado; y recomienda al

    Consejo el nombramiento del Secretario y dems funcionarios. La Asamblea tiene

    veintisiete miembros elegidos, y cinco miembros de oficio, a saber: los tres

    ministros encargados de la cooperacin regional, el Secretario General y el

    Abogado de la Comunidad. Un Portavoz preside la Asamblea.

    La Secretara, con sede en Arusha, es el rgano ejecutivo de la CAO. En su

    condicin de guardin del Tratado, asegura que los reglamentos y directivas

    adoptados por el Consejo se apliquen adecuadamente. Es responsable de la

    tramitacin cotidiana de los asuntos relacionados con el Tratado; la coordinacin

    y vigilancia de la aplicacin de las decisiones del Consejo y la Comunidad; la

    organizacin de reuniones, la difusin de informacin y la elaboracin de actas de

    las reuniones de las instituciones de la CAO (es depositaria de todos los

    expedientes de la CAO); la asistencia para la armonizacin de las estrategias y

    polticas nacionales de los Estados miembros en la medida en que guarden

    relacin con la CAO; y la ayuda para la negociacin de acuerdos comerciales con

    terceras partes. Dirige la Secretara un secretario general, ciudadano de uno de

    los Estados miembros, que tendr un mandato fijo de cinco aos. El presupuesto

    primario de la Secretara es financiado, en partes iguales, por contribuciones de

    los Estados miembros.

    ACUERDOS COMERCIALES en los que participan miembros de la CAO

    Participacin en la OMC

    Los miembros de la Comunidad del frica Oriental (CAO) pasaron a ser Miembros

    iniciales de la OMC, a ttulo individual, el 1 de enero de 1995. Estos pases no

    son signatarios de ninguno de los acuerdos plurilaterales de la OMC ni

  • 11

    observadores en ellos. Los miembros de la CAO no han participado directamente,

    como reclamantes o demandados, en ningn procedimiento de solucin de

    diferencias de la OMC. Sin embargo, tanto Kenya como Tanzana han participado

    como terceros en las diferencias que han planteado por separado Australia, el

    Brasil, y Tailandia en relacin con el asunto "Comunidades Europeas -

    Subvenciones a la exportacin de azcar". Los tres pases miembros de la CAO

    otorgan como mnimo el trato NMF a todos sus interlocutores comerciales.

    Los miembros de la CAO conceden gran importancia al Programa de Doha para el

    Desarrollo (PDD). Entre sus prioridades en el mbito del PDD se incluyen las

    siguientes: una mejora del acceso a los mercados para sus productos agrcolas

    mediante un acceso consolidado libre de derechos y de contingentes para todos

    sus productos, y la eliminacin de otros obstculos no arancelarios, subvenciones

    a la exportacin y la ayuda interna; la reduccin de los aranceles elevados y la

    progresividad arancelaria sobre los productos no agrcolas de inters para los

    pases en desarrollo y menos adelantados; mayores oportunidades en la esfera

    de los servicios, particularmente a travs del movimiento de personas fsicas,

    incluidos los trabajadores menos calificados; la extensin de las indicaciones

    geogrficas a productos distintos de los vinos y las bebidas espirituosas, a fin de

    preservar la identidad de los productos autctonos de exportacin; el

    fortalecimiento de las disposiciones sobre trato especial y diferenciado; y la

    prestacin de asistencia tcnica significativa, inclusive para la creacin de

    capacidad, que permita a los pases en desarrollo y menos adelantados participar

    plena y eficazmente en todas las negociaciones y en definitiva aprovechar las

    oportunidades que ofrece el sistema multilateral de comercio. Para obtener un

    resultado que realmente favorezca el desarrollo, el PDD debe asegurar que los

    resultados de las negociaciones de Doha apoyen un crecimiento econmico que

    contribuya a reducir la pobreza, y ofrezcan a los pases en desarrollo y menos

    adelantados margen suficiente para aplicar polticas nacionales adecuadas que

    aumenten el bienestar y promuevan el desarrollo econmico. El resultado de esas

    negociaciones debe tambin fortalecer y apoyar las iniciativas de integracin

    regional en los pases de la CAO y otros arreglos comerciales regionales en el

    continente africano. Para determinar la manera de participar plenamente en el

    proceso de desarrollo de Doha, los pases de la CAO han sealado que la

    asistencia tcnica y la creacin de capacidad deben apoyar investigaciones

    analticas y operacionales a nivel nacional y regional, encaminarse a movilizar a

    los grupos que tengan intereses en la reforma de la poltica nacional, y prestarse

    mediante iniciativas multilaterales.

    Las necesidades de los Estados miembros de la CAO en materia de asistencia

    tcnica se refieren a: la armonizacin de las leyes y reglamentos con las

  • 12

    prescripciones de la OMC; las notificaciones; la capacitacin del personal y el

    establecimiento de estructuras institucionales que faciliten la aplicacin y

    observancia de los Acuerdos; y la formulacin de polticas que permitan

    aprovechar al mximo las reformas comerciales y la aplicacin de los Acuerdos de

    la OMC, as como reducir al mnimo los costos.

    En la actualidad, los pases de la CAO participan en negociaciones comerciales

    con interlocutores regionales, tales como los pases firmantes del Acuerdo de

    Cotonou; y, dentro de la OMC, en el marco del Programa de Doha para el

    Desarrollo. Los distintos mandatos y calendarios de negociacin pueden

    representar cargas considerables para las capacidades institucionales de los

    pases de la CAO. La asistencia tcnica podra centrarse en ayudarles a

    identificar las prioridades de negociacin e incluirlas en su programa global de

    reforma comercial.

    Las limitaciones en relacin con la oferta que afectan a los miembros de la CAO

    son tanto de carcter genrico (transversal) como relativas a sectores especficos.

    Entre las primeras figura el elevado costo y la escasa fiabilidad de determinados

    servicios pblicos, en particular los servicios de electricidad y telecomunicaciones,

    y el alto costo del crdito privado. La mayor parte de las limitaciones especficas

    por sectores se examinan con detalle en el captulo IV de los respectivos anexos.

    Las necesidades que se indican ms a menudo son la formacin en tcnicas

    modernas de produccin y comercializacin, y el suministro de insumos e

    instalaciones de apoyo fsico.

    Mercado Comn del frica Meridional y Oriental (COMESA)

    El COMESA tiene por fin profundizar y ampliar el proceso de integracin de los

    pases miembros mediante la adopcin de medidas generales de liberalizacin del

    comercio.

    Entre stas se incluyen la eliminacin de los obstculos arancelarios y no

    arancelarios y la adopcin de un arancel exterior comn; la libre circulacin de

    capitales, mano de obra y mercancas, y el derecho de establecimiento en la

    regin; la adopcin de un conjunto comn de normas, reglamentaciones tcnicas,

    procedimientos de control de la calidad, sistemas de certificacin, y reglamentos

    sanitarios y fitosanitarios; la normalizacin de los tipos impositivos (incluso para el

    IVA y los impuestos sobre el consumo o impuestos indirectos) y disposiciones que

    rigen la cooperacin industrial en lo relativo, por ejemplo, a las leyes sobre las

    sociedades, la propiedad intelectual y las inversiones; la aplicacin de una poltica

    armonizada sobre la competencia; y el establecimiento de una unin monetaria.

  • 13

    El Arancel Exterior Comn (AEC) del COMESA deba entrar en vigor para 2004,

    con tipos del 0 por ciento, 5 por ciento, 15 por ciento y 30 por ciento,

    respectivamente, para los bienes de capital, las materias primas, los bienes

    intermedios y los bienes acabados. Sin embargo, el AEC todava no se ha

    aplicado (julio de 2006), y los Estados miembros estn realizando estudios para

    adoptar una decisin sobre el calendario de su aplicacin. Como la mayora de

    los miembros del COMESA tienen franjas arancelarias mximas por debajo del 30

    por ciento, se estn manteniendo conversaciones sobre la posibilidad de reducir

    los tipos convenidos del AEC para los productos acabados. El 31 de octubre de

    2000, Djibouti, Egipto, Kenya, Madagascar, Malawi, Mauricio, el Sudn, Zambia y

    Zimbabwe eliminaron los aranceles sobre los productos originarios de la regin

    del COMESA, en condiciones de reciprocidad. Burundi y Rwanda se adhirieron a

    esta zona de libre comercio el 1 de enero de 2004.

    En el marco del COMESA existen cuatro criterios alternativos de determinacin del

    origen, a saber:

    1. que las mercancas hayan sido producidas ntegramente en la regin, sin

    utilizar material alguno del exterior;

    2. que el contenido importado de las mercancas no supere el 60 por ciento

    del valor c.i.f. del costo total de los materiales utilizados en su produccin;

    3. que las mercancas contengan al menos un 35 por ciento de valor aadido

    ex fbrica reducido al 25 por ciento si se considera que el producto acabado

    es de "especial importancia" para el desarrollo econmico de un Estado

    miembro;

    4. que haya un cambio de partida en la clasificacin arancelaria con

    posterioridad a la transformacin.

    Comunidad de Desarrollo del frica Meridional (SADC)

    El Tratado de la SADC se firm en 1992, con la finalidad de crear una comunidad

    de desarrollo que lograra la integracin econmica, con inclusin del comercio. El

    Tratado de la SADC se firm en 1992, con la finalidad de crear una comunidad de

    desarrollo que lograra la integracin econmica, con inclusin del comercio. Sus

    decisiones y acuerdos son jurdicamente vinculantes para los miembros, y el

    Tratado prev varios protocolos para esferas especficas, tales como el comercio,

    las finanzas, la industria, la agricultura, el transporte y las inversiones.

    El Protocolo Comercial, firmado en 1996, tiene por objeto establecer

    progresivamente una zona de libre comercio de la SADC, inicialmente por un

    perodo de ocho aos. Sin embargo, el progreso ha sido lento. El Protocolo entr

  • 14

    en vigor en septiembre de 2000, tras ser ratificado por 11 miembros. El 31 de

    marzo de 2000 se aprob un proyecto de reglamento sobre asistencia mutua y

    cooperacin en asuntos aduaneros que, entre otras cosas, permite inspecciones

    conjuntas. El Subcomit de Cooperacin Aduanera y Facilitacin del Comercio de

    la SADC celebr debates sobre documentacin aduanera (es decir, el formato de

    los documentos de entrada y los certificados de origen), y puso en marcha el

    proceso de vigilancia para la eliminacin de obstculos no arancelarios por los

    Estados miembros mediante el establecimiento de sistemas para la validacin

    electrnica de los certificados de origen. Ya se han hecho progresos sustanciales

    en la armonizacin de la documentacin aduanera y comercial. Las normas de

    origen de la SADC se estn negociando, producto por producto. Se siguen

    celebrando negociaciones sobre normas de origen especficas aplicables a

    determinados productos, entre ellos la harina de trigo y sus productos, los

    productos elctricos y los instrumentos pticos, fotogrficos, de medicin y

    quirrgicos.

    Otros Acuerdos Comerciales

    Los pases miembros de la CAO pueden beneficiarse de diversas preferencias

    comerciales no recprocas por parte de sus interlocutores comerciales

    desarrollados. Sin embargo, el uso que hacen de esas preferencias sigue siendo

    limitado. Estudios recientes han atribuido los escasos resultados de los acuerdos

    de comercio preferencial sin reciprocidad a una gran cantidad de factores

    externos. Por ejemplo, se observa que excluyen, o incluyen con carcter limitado,

    productos respecto de los cuales los pases en desarrollo tienen las mayores

    ventajas comparativas (productos agropecuarios (en particular, productos

    elaborados), textiles, prendas de vestir y calzado) y que hacen frente a crestas

    arancelarias NMF. La complejidad de las normas de origen (por ejemplo, un

    criterio de alto valor aadido) puede tener efectos disuasorios para los pequeos

    pases con capacidad tecnolgica limitada y plantear problemas en cuanto al

    cumplimiento de los requisitos documentales; y la existencia de normas y

    reglamentaciones tcnicas estrictas puede aumentar esas dificultades. Adems,

    esas preferencias pueden considerarse inciertas debido a la posibilidad de

    revocacin o modificacin unilateral, y las disposiciones sobre exclusin de los

    pases de determinados sectores pueden restar inters a las inversiones a gran

    escala en las correspondientes actividades. La inclusin de diversas

    preocupaciones no comerciales (de tipo poltico, laboral, social y ambiental) como

    condiciones para acceder a todos o a ciertos elementos de las preferencias

    disponibles contribuye a aumentar la incertidumbre. Adems, incluso en ausencia

    de esas limitaciones, la liberalizacin de los mercados preferenciales (en

  • 15

    particular, mediante el aumento del nmero de acuerdos comerciales regionales)

    sigue menoscabando las preferencias existentes.

    El Acuerdo de Cotonou, y la iniciativa "Todo menos armas" de las CE

    Kenya, Tanzana y Uganda son signatarios del Acuerdo de Cotonou (sucesor del

    Convenio de Lom) entre las CE y 78 Estados de frica, el Caribe y el Pacfico

    (ACP), que se firm el 23 de junio de 2000 y entr en vigor en abril de 2003. El

    Acuerdo est basado en tres pilares relacionados entre s, con el objetivo de

    reducir la pobreza, a saber: una dimensin poltica; la cooperacin financiera y

    para el desarrollo; y la cooperacin econmica y comercial. En virtud de la

    primera, el dilogo poltico se centrar, entre otras, en cuestiones de inters

    mutuo, tales como el comercio de armas, el gasto excesivo en armamento, las

    drogas y el crimen organizado, o la discriminacin por motivos tnicos, religiosos o

    raciales. El dilogo tambin abarca una evaluacin peridica sobre la situacin de

    los derechos humanos, los principios democrticos, el Estado de derecho y la

    gobernanza.

    Ley sobre Crecimiento y Oportunidades para frica (AGOA)

    Kenya, Tanzana y Uganda pueden acogerse a diversas preferencias comerciales

    previstas en la AGOA de los Estados Unidos. La AGOA forma parte de la Ley de

    Comercio y Desarrollo de 2000, en su forma enmendada, y es aplicable a los

    productos comprendidos en el esquema del Sistema Generalizado de Preferencias

    de los Estados Unidos, pero slo respecto de los pases africanos. En virtud de

    la AGOA, los pases que renan las condiciones establecidas pueden

    beneficiarse, hasta 2015, de acceso libre de derechos y contingentes al mercado

    de los Estados Unidos en relacin con diversos productos (excepto los del

    vestido), incluidos determinados productos agrcolas y textiles. Para poder

    acogerse a esa preferencia, los pases africanos deben realizar progresos en las

    materias siguientes: establecimiento de una economa basada en el mercado;

    desarrollo del Estado de derecho y del pluralismo poltico; supresin de los

    obstculos discriminatorios al comercio y las inversiones de los Estados Unidos;

    proteccin de la propiedad intelectual; lucha contra la corrupcin; proteccin de

    los derechos humanos y de los trabajadores; y supresin de determinadas

    prcticas de trabajo infantil.

    La Comunidad Econmica Africana y la Unin Africana

    Kenya, Tanzana y Uganda son miembros de la Comunidad Econmica Africana

    (CEA), establecida en virtud del Tratado de Abuja en junio de 1991. El Tratado

  • 16

    prev la creacin de un Mercado Comn Africano en seis fases durante un

    perodo de 34 aos. Un aspecto fundamental de ese proceso de integracin es la

    coordinacin y armonizacin de las medidas arancelarias y no arancelarias entre

    las diversas agrupaciones comerciales subregionales (mencionadas como

    agrupaciones econmicas regionales), con miras a crear una unin aduanera

    continental. La CEA se estableci en el marco de la Organizacin de la Unidad

    Africana (OUA), a la que sucedi la Unin Africana (UA). La CEA est acreditada

    por la UA como bloque regional.

    El Acta Constitutiva de la UA fue adoptada en Lom en julio de 2000. La UA se

    estableci con el fin, entre otros, de acelerar el proceso de integracin regional y

    permitir que frica desempeara el papel que le corresponde en la economa

    mundial y, al mismo tiempo, dar respuesta a otros tipos de problemas sociales,

    econmicos y polticos del continente. En buena medida, la UA se ha estructurado

    sobre el modelo de la Unin Europea, y comprender un Consejo de Ministros,

    una Comisin, un Parlamento, un Banco Central, un Fondo Monetario, un Tribunal

    de Justicia y un Consejo de Seguridad similar al de las Naciones Unidas.

    Una de las principales iniciativas de la UA es la Nueva Alianza para el Desarrollo

    de frica (NEPAD). Los objetivos de la NEPAD son poner fin a la marginacin de

    frica en el proceso de globalizacin, acabar con una situacin de pobreza

    generalizada y grave, y promover el crecimiento acelerado y el desarrollo

    sostenible. Entre las medidas comerciales y relacionadas con el comercio que la

    NEPAD ha previsto para fomentar las exportaciones africanas figuran las

    siguientes: promocin y mejora de los acuerdos comerciales regionales;

    liberalizacin del comercio interregional; armonizacin de aranceles, normas de

    origen y normas sobre productos; reduccin de los impuestos de exportacin, y

    de los costos de las transacciones y operaciones; y promocin de las empresas

    de exportacin e importacin africanas. Asimismo, la NEPAD tiene como objetivo

    lograr la participacin activa de los pases africanos en el sistema multilateral de

    comercio. A ese respecto, la NEPAD aboga por que en las negociaciones

    comerciales multilaterales se tengan en cuenta las preocupaciones especiales de

    frica. Adems, se insta a los Estados africanos a suprimir los obstculos a la

    produccin para la exportacin relacionados con la oferta; diversificar las

    exportaciones; dar el impulso poltico necesario para reforzar las diversas

    iniciativas de integracin del continente; y asegurar y estabilizar el trato

    preferencial de los principales interlocutores de pases desarrollados.

    Foro de Facilitacin de la Integracin Regional

    El Foro de Facilitacin de la Integracin Regional, antes denominado "Iniciativa

    Transfronteriza", tiene como finalidad impulsar a los pases miembros (incluidos

  • 17

    los Estados miembros de la CAO) hacia una mayor integracin econmica

    facilitando la inversin privada, el comercio y los pagos entre ellos, as como la

    movilidad transfronteriza de mano de obra y capitales. Los Estados miembros son

    los pases del frica Oriental y Meridional y el Ocano ndico.

    El Foro se desarroll en estrecha colaboracin con las organizaciones de

    integracin econmica de la regin y, como tal, ha de reforzar y complementar los

    esfuerzos de stas. Inaugurado en 1992, est copatrocinado por la Comisin

    Europea, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y el Banco Africano

    de Desarrollo. Carece de secretara y su labor se realiza voluntariamente.

    Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD)

    Conocido anteriormente con el nombre de Autoridad Intergubernamental sobre

    Sequa y Desarrollo (IGADD) el IGAD fue establecido en enero de 1986 por siete

    pases del frica Oriental: Djibouti, Eritrea, Etiopa, Kenya, Somalia, el Sudn y

    Uganda. Su objetivo inicial era combatir la sequa y la desertificacin. En marzo

    de 1996, en una cumbre celebrada en Nairobi, el IGAD adopt un nuevo estatuto

    para revitalizar y ampliar su mandato de manera que abarcara nuevas esferas

    prioritarias: por ejemplo, cooperacin econmica, prevencin de conflictos, y

    regulacin y gestin de asuntos humanitarios. En junio de 1997 el IGAD obtuvo el

    reconocimiento oficial de la antigua Organizacin de la Unidad Africana

    (actualmente la Unin Africana) como organizacin econmica regional y empez

    a centrarse ms en la integracin econmica.

    Medidas comerciales especiales

    El dumping est prohibido si causa o amenaza causar un dao importante a una

    rama de produccin existente en cualquiera de los Estados miembros; retrasa de

    manera importante el establecimiento de una rama de produccin nacional; o

    frustra los beneficios esperados de la supresin o ausencia de derechos y

    restricciones cuantitativas sobre el comercio entre los Estados miembros. Las

    disposiciones sobre la aplicacin de medidas antidumping estn establecidas en el

    anexo IV al Protocolo de la Unin Aduanera.

    Los Estados miembros pueden aplicar medidas de salvaguardia en situaciones de

    aumento repentino de las importaciones de un producto en un Estado miembro, en

    condiciones que causen o amenacen causar un dao importante a los productores

    nacionales. Durante un perodo de transicin que finalizar en 2009, los Estados

    miembros pueden proponer al Consejo de la CAO que adopte medidas de

    salvaguardia si la imposicin del arancel exterior comn produce un dao. Las

    disposiciones sobre la aplicacin de medidas de salvaguardia estn establecidas

    en el anexo VI al Protocolo de la Unin Aduanera.

  • 18

    La CAO puede imponer medidas compensatorias para contrarrestar el efecto de

    las subvenciones. El derecho compensatorio debe ser equivalente al importe

    estimado de la subvencin otorgada a la produccin o exportacin del producto en

    cuestin. Las disposiciones sobre la aplicacin de medidas compensatorias estn

    establecidas en el anexo V al Protocolo de la Unin Aduanera.

    Prohibiciones y restricciones a la importacin, y rgimen de licencias

    La Lista Segunda de la Ley de Administracin de Aduanas de la CAO contiene

    una lista de importaciones prohibidas, que incluye los artculos siguientes:

    material pornogrfico, estupefacientes, desechos peligrosos y su eliminacin,

    neumticos usados, y varios productos qumicos de uso agrcola e industrial. De

    forma adicional, la Ley permite a los Estados miembros de la CAO mantener

    vigentes sus prohibiciones de importacin de forma transitoria. La Lista Segunda

    tambin contiene una prescripcin en materia de permisos de importacin para 31

    grupos de productos, entre los que se incluyen las armas y municiones, el marfil

    trabajado y sin trabajar, las sustancias que agotan la capa de ozono, los productos

    modificados genticamente, los peces de especies no autctonas, los objetos de

    valor histrico, y los ejemplares de las especies amenazadas de fauna y flora

    silvestres de conformidad con lo establecido en la Convencin sobre el Comercio

    Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

    Normas y otras prescripciones tcnicas

    El artculo 13 del Protocolo por el que se establece la Unin Aduanera del frica

    Oriental obliga a los Estados miembros a eliminar, con efecto inmediato todos los

    obstculos no arancelarios, y a no imponer ninguno nuevo. Adems, los Estados

    miembros de la CAO deben formular un mecanismo para identificar y supervisar

    dicha eliminacin, con inclusin de normas y prescripciones tcnicas. An se

    tienen que realizar progresos sustanciales en ese sentido.

    La adopcin de normas conjuntas es un objetivo importante para la CAO, que en

    septiembre de 2005 haba adoptado 566. El Comit de Normas del frica Oriental

    elabora nuevas normas y armoniza las existentes; est integrado por

    representantes de las tres oficinas nacionales de normalizacin y del sector

    privado. Tiene cuatro subcomits que actan en las siguientes esferas: normas,

    garanta de calidad, metrologa y pruebas. La iniciativa de elaborar o armonizar

    normas puede provenir de los Estados miembros. El Consejo de Ministros adopta

    las normas comunes/prescripciones tcnicas.

    Asistencia a la exportacin

  • 19

    An est pendiente la plena armonizacin del rgimen de asistencia a la

    exportacin en el mbito de la CAO. Tanto la Ley de Administracin de Aduanas

    de la CAO como el Protocolo por el que se establece la Unin Aduanera del frica

    Oriental incluyen disposiciones que permiten a los Estados miembros establecer

    sistemas de fabricacin bajo control aduanero, zonas de elaboracin para la

    exportacin y regmenes de devolucin de derechos de aduana. De conformidad

    con el artculo 25 3) del Protocolo, la venta de mercancas en el territorio

    aduanero, en el marco de cualesquiera de esos regmenes, est sujeta a la

    autorizacin de una autoridad competente y limitada al 20 por ciento de la

    produccin anual de la empresa. Con arreglo a la Lista Tercera de la Ley de

    Administracin de Aduanas, las mercancas en depsito aduanero y las

    mercancas en rgimen de devolucin de derechos de aduana no pueden

    exportarse en embarcaciones de menos de 250 toneladas registradas.

    La Agencia Africana de Seguros del Comercio (ATIA), organismo multilateral

    establecido en 2001, ofrece cobertura contra el riesgo poltico. Los pases

    participantes son Burundi, Kenya, Malawi, Tanzana, Uganda y Zambia. El

    principal objetivo de la ATIA es facilitar el acceso y mejorar las condiciones de

    financiacin del comercio para los pases participantes. Entre los beneficiarios de

    la ATIA se incluyen empresas extranjeras que exportan mercancas o servicios a

    pases participantes, empresas de pases participantes que exportan mercancas o

    servicios, y bancos que se ocupan de la financiacin de exportaciones.

  • 20

    CONCLUSION

    Pese a que los Estados miembros de la CAO reconocen la importancia del

    comercio y la reforma de la poltica comercial para sus perspectivas de desarrollo,

    la poltica comercial an debe integrarse sistemticamente en sus estrategias de

    desarrollo. El debate sobre la poltica comercial se suele abordar de manera

    dispersa en varias declaraciones de poltica entre las que no existe una relacin

    clara. Una de las razones fundamentales de esta falta de integracin es el hecho

    de que la propia formulacin de polticas comerciales no se ha coordinado

    plenamente, dado que no existe la estructura de operaciones necesaria para

    coordinar la labor de los distintos departamentos y organismos que participan en la

    formulacin y aplicacin de la poltica comercial, tanto a nivel nacional como a

    nivel de la CAO. La primera medida decisiva en este sentido sera lograr la

    coordinacin de la formulacin de polticas comerciales.

    Adems con concluimos con mencionar que la Promocin del crecimiento

    sostenible y equitativo desarrollo dentro de los Estados socios influye en el

    fortalecimiento de los vnculos de larga data entre los pases socios, la

    participacin y la mejora de la Sector Privado y la Sociedad Civil, la integracin de

    gnero en todos sus programas y el fortalecimiento del papel de la mujer en

    desarrollo, Promocin de la Gobernabilidad,Promocin de la Paz, Seguridad y

    Estabilidad

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    BIBLIOGRAFIA

    http://www.reingex.com/EAC-Comunidad-Africa-Oriental.asp

    http://www.eurosur.org/ai/17/17-1.htm

    https://www.wto.org/spanish/tratop_s/tpr_s/s171-00_s.doc