e. · 2014-05-27 · itait 049 instituto de transparencia y mamo a la información da tamaulipas...

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ltalt Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de timan RR/005/2014/RST 048 Recurso de Revisión: RR/005/2014/RST. Recurrente: Ente Público Responsable: Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de kr) Victoria, Tamaulipas. Comisionada Ponente: Rosalinda Salinas Treviño. RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE (1212014). Victoria, Tamaulipas, a dieciséis de mayo de dos mil catorce. VISTO el estado procesal que guarda el expediente RR/005120141RST formado con motivo del Recurso de Revisión interpuesto por , en contra de la Comisión Municipal de Agua Pota c.o. ble y A antarillado de Victoria, Tamaulipas, se procede a diár a 1, ›Ib 19ión 1 :«•,.:\ SN "':: ' c rrespondiente con base en los siguientes: , e . N.,. • ‘ " .. ANTECED'n .h-zw" . " - ' v a; mk, íri 11.- Del estudio de il catorce, coma pa Victoria la seduma veintiuno de febrero de forma personal solicitud de Municipal de Agua Potable y lipas (COMAPA Victoria), en la que "21/02/14 C. de generales conocidos con domicilio cd. Victoria me presento ante esta institución publica para hacer una solicitud de acceso a la información publica el costo tanto de la inversión como operación para llevare! agua a los hogares de igual manera de forma documental se me informe las sustancias que se vierten en el agua según ustedes para desinfectar de igual manera que se me entreguen el grado de contaminación del agua a sabiendas que muchas aguas residuales van a parar al rio de igual manera se me entregue fotografía del estado de las bombas, tuveria o canal por donde se transporta el agua en el pasado pedí un examen de contaminación del agua espero tanbien se me entregue." (Sic). (Una firma ilegible) Sello de recepción, con fecha 21 de febrero de 2014, 1:00 p.m. II.- En razón a lo anterior la Unidad de Información Publica dentro del término señalado por el artículo 46 de la Ley de Transparencia, mediante Página 1

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ltalt

Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de timan RR/005/2014/RST

048

Recurso de Revisión: RR/005/2014/RST. Recurrente:

Ente Público Responsable: Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de

kr) Victoria, Tamaulipas. Comisionada Ponente: Rosalinda Salinas Treviño.

RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE (1212014).

Victoria, Tamaulipas, a dieciséis de mayo de dos mil catorce.

VISTO el estado procesal que guarda el expediente

RR/005120141RST formado con motivo del Recurso de Revisión interpuesto

por , en contra de la Comisión Municipal de Agua Potac.o. ble y

A antarillado de Victoria, Tamaulipas, se procede a diár a 1,›Ib 19ión 1 :«•,.:\ SN "':: '

c rrespondiente con base en los siguientes: , e .N.,. • ‘ " ..

ANTECED'n .h-zw" ." - ' v a; mk,

íri 11.- Del estudio de

il catorce,

coma pa Victoria la seduma

veintiuno de febrero de

forma personal solicitud de

Municipal de Agua Potable y

lipas (COMAPA Victoria), en la que

"21/02/14

C. de generales conocidos con domicilio cd. Victoria

me presento ante esta institución publica para hacer una solicitud de acceso a la información publica el costo tanto de la inversión como operación para llevare! agua a los hogares de igual manera de forma documental se me informe las sustancias que se vierten en el agua según ustedes para desinfectar de igual manera que se me entreguen el grado de contaminación del agua a sabiendas que muchas aguas residuales van a parar al rio de igual manera se me entregue fotografía del estado de las bombas, tuveria o canal por donde se transporta el agua en el pasado pedí un examen de contaminación del agua espero tanbien se me entregue." (Sic).

(Una firma ilegible) Sello de recepción, con fecha 21 de febrero de 2014, 1:00 p.m.

II.- En razón a lo anterior la Unidad de Información Publica dentro del

término señalado por el artículo 46 de la Ley de Transparencia, mediante

Página 1

Page 2: E. · 2014-05-27 · itait 049 Instituto de Transparencia y Mamo a la Información da Tamaulipas RR/005/2014/RST a) Copia del Resumen de Resultados y Comparativo contra los Límites

oficio GG/RLTA/01/14 de fecha veintisiete de febrero del año en curso, respondió lo que enseguida se transcribe:

"OFICIO GG/RLTAI/01/14. ASUNTO: Respuesta a su solicitud de información. Cd. Victoria Tamaulipas, a 27 de Febrero del 2014.

C. Domicilio:

Cd. Victoria, Tam.

Con fundamento en lo dispuesto pare! artículo 46, numeral 1, y 55, numeral 1, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas me refiero a su solicitud enviada vía escrito del día 21 de Febrero del 2014 mediante el cual requiere la siguiente información:

"El costo tanto de inversión como operación para llevar el agua a los hogares. De igual manera de forma documental se me informe las sustancias que se vierten en el agua según Ustedes para desinfectar. De igual manera que se entregue el grado de contaminación del agua a sabiendas que muchas aguas residuales van a parar al do. De igual manera se me entregue en fotografía el estado de las bombas, tubería o canal por donde se transporta el agua. En el pasado pedí un examen de contaminación del agua espero que también se me entregue"

Con relación a su petición del Costo tanto de inversión como de Operación para llevar el agua a los hogares es de: $27,461,549.24 y $255,026,611.56 it1. 14 respectivamente y que cormsponden al ejercicio 2013.

En relación a su petición de las Sustancias que se vierten en el Agua para su potabilización comunico a Usted que el material utilizado para desinfectar el agua es el j. 9E1 Gas Cloro, el cual se adiciona o dosifica en 0.2 a 1.5 mg/L, según lo establece la NOM- 3

E. 127-SSA1-1994 (NORMA OFICIAL MEXICANA, salud ambiental. Agua para uso y consumo humano). Este material no genera ningún tipo de contaminación al agua para t su uso doméstico. Se anexa "Resumen de resultados y comparativo contra los límites máximos permisibles de la NOM-127-SSA1-194 MODIFICACIÓN 2000 de la Presa Vicente Guerrero"

Con relación a su petición de el grado de contaminación del agua: Al respecto me permito informarle el proceso de desarrollo para el tratamiento de las Descargas de Aguas Residuales, iniciando con el desalojo mediante colectores los cuales se envían las aguas residuales a emisores para su alejamiento y posteriormente se reciben a los sistemas de tratamiento biológico mediante Lagunas de Oxidación y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales. A las aguas tratadas posteriormente se les aplica Gas Claro y Tricloro como desinfectante.

En relación a su petición que se le entregue en fotografía el estado de las Bombas, Tuberías o Canal por donde se transporta el Agua, anexo al presente se adjunta evidencia fotográfica de las mismas.

En relación a su petición del examen de contaminación del agua: las Aguas Residuales se encuentran reguladas y autorizadas por la Comisión Nacional de Agua mediante condiciones particulares de descarga y a la NOM-001-SEMARNAP-1996 y que los resultados analíticos se encuentran dentro de los límites máximos permisibles establecidos en la legislación mencionada, para lo cual se anexa Reportes Analítico de la Planta Tratadora de Aguas Residuales, Laguna El Puerquito, Laguna el Saladito, expedido por un laboratorio acreditado ante la Entidad Mexicana de Acreditamiento."

La COMA PA se reitera a sus órdenes para brindarle cualquier tipo de información que contempla la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas y agradecemos de antemano la observación realizada.

ATENTAMENTE o

(Una firma ilegible) ING. ELISEO GARCIA LEAL GERENTE GENERAL" (Sic)

Anexo además: Página 2

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itait 049

Instituto de Transparencia y Mamo a la Información da Tamaulipas RR/005/2014/RST

a) Copia del Resumen de Resultados y Comparativo contra los

Límites Máximos Permisibles de la NOM-127-SSA1-1994 411)

Modificación 2000, visible a foja 06.

LABAERATORIOS ABC QUI6MICA INVESTIGACION Y ANALISIS S.A. de C.V. •

JAcARAK»,“.., 10. COL SAN CLEMENTE, DOLED ALVARO OBETEGON MEXICL) L).F 01749 4 Tel (5.2151 S71100 CCIN 15 LINEAS Fax (55) 58350187 e.mall 18EnbcOlabsabc con ITA3Aa Web' vomw labsnbc ama /un

RESUMEN DE RESULTADOS Y COMPARATIVO CONTRA LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES DE LA NOM-127-SSA1-1994 MODIFICACION 2000 :

CLIENTE COMISCN MUNICIPAL 13E AGUA POTABLE ALCA TARILI.MY0 bu CU VICTORIA FECHA U U R O 2 4e Anil 4,7 2013 . 1--- OEN TIFICACION DE LA MUESTRA 1151-PRESA VICENTE GUERRERO

No. LABORATORIO 2918631

PARÁMETRO I UNIDADES RESULTADO LIMITE MÁXIMO CUMPLIMIENTO LDM LPC

12- RMISIBLE •

ARAC ERISTICAS BAC1ERIOLOGICAS COLIFORMES FECALES INMP1 NmP/100 mL AUSENTE 1

1 NMPJIOOÇTII. 1 AUSENTE 1 AUSENCIA CUMPLE 1 1 AUSENCIA CUMPLE 1,

00115011MES TOTALES (EMIR CARAC1ERISI1CAS FISICAS Y ORGANOLEPTICAS

Ola VENDAD 'I {Pi Co) U PliCo 250 20 CUMPL E 2 5

1 ÑA N

A ÑA OLOR No. UNCIRÁS. 66.67 VER NOTA 5A00 TM. UMBRAL 64,00

TUR1311:0A71 4 UTN 2.70 5 f CUMPLE 0.05 O

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I 00514 Il•Md7DIMI .0.0027 rigni IMIln=11 1~1;11~111 a ~MIEMI '.00058 111~1~. • t.0.1012 1111~10M1.182~11

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mrntinrs SIEMPRE QUE NO SEAN

1 RADIAC1IVIDAD ALE RADIACTIVIDAD !YES- 1,EA

Ns.,............ ne 1 nc (VINCI NOTA 1 M31011J11111,14F /1g.,t11 1 1.1115/1. • ■• RESULTADO UF. COEWIOYIES OBJETABLES DESDE EL .PUNTO DE VISTA BIOLOGICO O OUIMICO)

SABOR ACLORO OR A CLORO .. .

SE 1111/ECTAN OT S PICOS OE COMPUESTOS OVE NO CORRESPONDEN A LEIS PIACI-MIG -.AS CLORADOS CALIBRADOS EN EL LIEF0110 A KALCIICO • !

NA o No Apbta NE al NO C1011111100. . Lee: „i; "-AV: ir:ASCO de cuwElltemlon • .

N1)- No Demcm. top* • tnnite de 60104040 del nuRn.p. 0411.:1 ••Soqurbolor. nni tu° . .

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Página 3

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b) Copia de tres hojas de maquina tamaño carta que contienen

insertas seis fotografías de la Planta Potabilizadora, visible

de foja 7 a 9 de este expediente, mismas que se tienen por

reproducidas en autos.

c) Copia del Reporte Analítico de la muestra 128F de Agua

Residual, inserto a foja 10.

tilo

44111 ..:r. ARENAL 10b COL. ASUNCIQN AVAtO C r (19.116 Cta MAIttirU inm

TEUFAX. 01(8331 210 12 64 SCIS

Aeonikroeio REPORTE ANALÍTICO

Atención: NIMilan Moisés Alnrez Sedases Facha: 201402.24 Cfierno: Catan MoiciPal de Agua Haat/ y Akertidlad° de"- Iddedd No. Come.: 222W14 Fecha de mueateo 201442-13114 No. Interno: 128F • Fecha do rotepcidn de la muestra: 201402.15 Descripción do la muestra: Aguo residual Direceldn: Cortotera Soto La Marina Km 2.5 Cd. Victoria Tamaulipas Muestreo mallado por. Laboratorio SAS. Ralo la NMX-AA-03-80

Muestra: 128F SEC/

Cofre - fecales NktP 080$ 000 Grasas ac et

Y • tierna Q, Matera otantet

NMP/100m1 mg& mak mg&

HL —

N194AA-042.1987 . NMIAA-028SCF14031

. NMX-AA4330.SC,12001

. NMX-AA-005-SCF132000 NAIX.AA•113.SCF1-1895 NMX-AA-003,5CF14910 1

- —

< 2 < 10

<1

Merale NOM4 1 MOL Amen. (1CP) . mad. EPA-8010C-2007 +,... <o01 Cadm (ICP) MYL EPA-6010C-2801 : c0,01 Cobre -el ,

• . tCP) elgd• Mg&

EPA-6010C-2007 • - EPA-6010C.2007

<0,05 <045 (1 Mak EPA43310C-2007 <0.00S me P) 41108. EPA-6010C4007 <0.05 Pro ) Mgd. EPA43010C-2007 <0.02 Zitc CP) mg& EPASDIOC.2801 ala red (ICP)

Abirikeno Tolnl (suma do nitrógenos) OVIL mg&

EPA.6010C.2007 • NMX -A40211.SCFI.2010

4•35 Nitrógeno de Nitrato mg& NMX-A.A.079•SCF1•21501 9.03 thotaeno de Muro 4/18/L NIAX-M-091SCF1.2006 0.02 Nitrógeno ieettisil reit emx-AA-021SCFI2010 1S5 Nitrógeno Total pli

nig& VP/4

NMX-AA-026-SCFI4010 NTAX.A4008-SCF1.2011

1110 ' Urdes mamada:4es en equis

fletados traJL NtAX-A010044C(1•2000 < 0.1 suspendidas totales

Temperatura '

Mgd. •C

NMX.A4034•SCF1.2801 NMX-A40074CFI4000

'5 ' ve mares IndMduoles en hoji anea -

IDENTIFICACIÓN DE LA MUESTRA: A= Planta baladrado Aguas Residentes

Página / 60 .2 Página 4

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050 itait Intituto ti. TranmaaranaM y Mame

• la ~ración de Tamaulipas RR/005/2014/RST

d) Copia del Reporte Analítico de la muestra 126F de Agua

Residual, contenido a foja 11 del presente sumario.

1

MI(N1. Oh COL. asuncion MI35 C.P. b4ló CD hihOERO IEL/FAX. 01(833) 210 12 64

REPORTE ANAI_ITICO - -

Mención: Mg khan Molé': Alvarez Solanos Fechai 2014-02.24 Cliente: Cenisbn Municipal de Agua Potable y Alcardarlado de Cd. Meterla No. Cense.: 221W14 Fecha de muestreo: 20140213114 No. Interno: 120

Fecha de (capelo de la muestra: 2014-02.15 Desarbolen de la mueliftl: Aue teSidual Dirección: Conciten Soto La Matifse Km 2.5 Cd. Viciada Temedpes. Muestreo realizado por. Laboratorio S.A.S. Bojo b NMX-AA414•80

Muestra: 126F

Cianuros fl ClloffnefroIoI NMP

mg& NMP/100m1

NMIO1/4054-SCFi•2001 NMX9042-1987 '

<0.02

Q005, 11194. 11198.

rotwaseuttekiloot ,

NMX44030-SCF12031 3122 85,17

Itasu ... 8198- NMX•Ak005401-2000 • ,,

Sitmílt '1 11. t Nh11X-A41134CF1-19% . ' < 1 ,,.--r • Vetarla to • — NMX-AA-000•SCFI•2010 e; .., • 'Mela 4011 rn98i — O/a :- . MOL EPA•6010C.20o? < 0.01

ri194. EPA.8010C4037 < 0.01 1898. EYA4010C4007 < 0.05

total 0CP) m98. EP46010C-2007 < 0.05 Mer (ISP) rind. EP460100•2007 c 0.005 . Medd 8CP) Mit EPA4010S.2007 c 0,05 Piorno SSP) rn98. EPAS010G2007 '0.02 brie OCP) rinik EPA.8.010C.4307 0.09 riegue OtP) • int EPA4010C.2007 4.70 ~peno load Nom de alffirjefros) in& NMLAA428•50F1-2010 Niudgeno de Mimo mon. NMX-A.44794CF1-2031 0.57 Nitrógeno do Mono mg& NrAX-AA.0994CFI.7008 0 02 Nitrógeno13101LO milL NMX-AA.028-5CF1-2010 30 92 Margen Total mon. NMIAA421.5CFI-2010 31,51 PH LOIS NMX-AMI0ISCF1-2011 SON:les sedimentaba en erp3 mt.A. NMX-A4.0044CF1-2000 < 0,1 Sebos suspendkles totales Mit NMX-AA-034-SCI42001 50 Temperatura ce NMX-AA-007-6CFI•2000

' Va nderes ~ales en holt anexa

twarrpacton DE LA MUESTRA: A- Anna de Lean El Puereddo

Página t ae2 . . . . • . t • MB t..vivr .otupainsom mx— . — — . . _ ,

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Oil

Página 5

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e) Copia del Reporte Analítico de la muestra 125F de Agua Residual, obrante a foja 12 de autos.

ARD411 105 COI MUNCION AVALO: c P :9415 CD, 14AD('‘, f... TEL/FAX. 01(8331 210 12 64

o REPORTE ANALÍTICO

b12

- — eo•

Atención: Ing. Adrian Molas Ahora Bertanga fecha:20140244 Cliente: temblón Municipal de Agua Potable y Mentolado de Cd.liktoria No. Consc.: nous Fecho de muestreo: 20140213/14 No, Intento: 125F Fecha de recepción de la muelle: 20140215 Descripción dele muestra: Agua residual Düssción: Canelero Soto La Meto Km 2,5 Cd. Velorio Torttotripia Muestreo retado por: Laboratorio SAS. 1NMX-A,411440

Muestra: 121F

Atoro Gnu . a. Cobfcims tocar NMP (1005 000

.,, ,

Graso sfr oceiel liefrnm Molen flotante

US 1111

NMP/100m1 111911 mg mit M. —

NIAX4A-003-1980 NMXAA458-ECF1-2061

e N/AX-AA4424187 1.112.4028-SCF1-2001 MAX)A430-SCP1•2001 NMX.AMODISCF1•2033 MAX,M113-SCF14993 NMX4A4:03-5CR-2010

• <0.02

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09 591 tual (ng& EPA4010C-2007 <001 (CP1 11•11, EPA•6010C-21307 c001

C (ICP) rill- EPA4010C-2037 c00$ Crom total (1CP) Mak EPA4010C-2002 <aø5 Me (101 int EPAC10C.-2007 N1rito (ICP) rn9A• EPACI0C-2007 Plomo KM 0191. EPA4010C.2007 < 0.02 2inc MCP) 510it EPA-6010C-21307 1.52 lásf.10 (ICP) Ttli- EPA4010C-2001 • .3,39 Nitrógeno total (sun» de n topen« mOl- t<IALAA4764CFG2010 Nitrógeno de NilatO 1119/1 1NMX-AA1716C112031 136 Nitrógeno de Nitrito MI. NMIAA-099-8CF12603 012 Nal &ro Kjeldall m911, NMX-AMO261CF1.2010 2318 Nitrógeno Tool rilgt NMX•11426-SCF1200 24.26 PTI VOS NIC4M408SCF1•2011 • Sólidos sedimonlabies en agua mut, NMXAAMM4SCF1-200 <11 Sólidos suspendidos totales ing.6. NhOt-AA•034-SCF12001 15 I erimerattua TC NMIA/1107-SCF1•2000 •

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Página il de 2 - . IIS wwworuposas.com mx

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• • itait Instttuto d Trenepartla y Ala*.

• 1.1nlormachIn de Ternaullpee RR/005/2014/RST

f) Copia de dos fotografías insertas en una hoja de máquina

de las instalaciones de la Planta de Tratamiento de Aguas

Residuales y Comparación de Agua Cruda con Agua

Tratada de Descarga Planta de Tratamiento, visible a foja 13

del presente sumario.

III.- Inconforme con lo anterior, el seis de marzo, interpuso Recurso de Revisión en contra de la Comisión Municipal de Agua

Potable y Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas (COMAPA Victoria),

presentando el medio de defensa de manera personal ante este órgano

nte, tal y como lo autoriza el artículo 74, numeral 1, de la Itay de

sparencia y Acceso a la Información Pública vigente er41,Es'il,éla

IV.- El seis de mismo mes y año, el Comisionádb rt?IsicréiméPcordó .‘" ‘1/4,4 3.4 admisión del medio de defensa, ordenó la,..forliálácidyle lexpediente, su

, • so estadístico y requirió el inform'e Circunstancia o al ente público kt.

. t ir v.- De las coVáncls Sane aprecia que, de fojas 22 a 33,

e. 1.... TI. sp o .nat4b1 il

;4, de fe ch

Comisib 4:Mu, ibirá de Agua Potable y Alcantarillado de Victoria, ,..."»... ,....:- amad irías

ux. ... OMAPA Victoria), por medio del cual rindió el informe de ley

" obra cub rrsao, e

sus

u osficiriptn io. meelLZ.i. Ve2d0e1a

Unidaddae

uno orm de acaióbn abril p d ciebilicañoa de e

la

requeridtpor este Instituto, mismo que incluía diez anexos.

VI.- Una vez reunido lo anterior, y en atención al artículo 47, párrafo

segundo del Reglamento para Regular el Procedimiento de Substanciación

del Recurso de Revisión, se admitieron y desahogaron las pruebas

aportadas por ambas partes, concediéndose un plazo de tres días hábiles a

fin de que las partes manifestaran alegatos, ordenándose hacer llegar a la

recurrente copia simple de la documentación que la Unidad de Información

Pública adjunto al expediente en estudio.

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VII.- Según la foja 042 de autos, se tuvo por recibido en cuatro de

abril de dos mil catorce, los alegatos expuestos por la Unidad de

Información Pública de la Comisión Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas (COMAPA Victoria), siendo preciso

señalar que el recurrente no formuló alegatos; por lo tanto, al estar

integrado el Recurso de Revisión, se enviaron los autos a la ponencia de la Comisionada Rosalinda Salinas Treviño, quien elaboró el proyecto de

resolución que ahora se analiza por parte de este órgano colegiado.

VOL-En nueve de mayo de dos mil catorce, la autoridad señalada

como responsable hizo llegar a los autos el oficio CGJ147512014, al que

adjuntó una constancia de notificación practicada en quince de abril del año

en curso, al ahora recurrente, por medio de la cual se le hizo entrega del

informe circunstanciado, juntamente con los alegatos descritos en los

puntos V y VII de antecedentes.

Por lo que estando así las cosas, se procede a emitir la resolucióq del SE E

innpugnatorio en cuestión bajo el tenor de los siguientes 1/4 it CONSIDERANDOS:

PRIMERO.- El Pleno del Instituto de Transparencia y Acceso a la

Información de Tamaulipas es competente para conocer y resolver el

presente Recurso de Revisión, de conformidad con los artículos 6°, Apartado A, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 62, 63, numeral 1, 68, numeral 1, inciso e), y Capítulo Tercero,

Título Cuarto, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

del Estado de Tamaulipas, en adelante, la Ley.

SEGUNDO.- En el medio de impugnación interpuesto por

hizo valer los siguientes motivos de inconformidad:

"Comisionado presidente del ITAIT

Con Fecha 21/02/2014 Formule una solicitud de acceso a la información pública a la comapa de c.d Victoria, se me entino información inconclusa pues no desglosan las cantidades de igual manera omiten los estados en gral. pues las fotos son de un solo lugar actos u omisiones que afectan la legalidad honradas, lealtad imparcialidad en el desempeño de sus cargos o comisiones afectando de manera grave

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052 • •

itait Instituto d. Trnpanncla y Acuso

la Infonnedbi <4 Tamaulipas RR/005/2014/RST

L.,

la CONSTITUCION, derechos humanos la dignidad humana de los ciudadanos bajo palabra de decir verdad soy uno de tantos mexicanos que mueren en pobreza, sin empleo, ni salud, ni vivienda ni una vida digna titulo segundo / capitulo I Art. 39 titulo cuarto /Art. 109 fracción I, II, III titulo noveno / Art.136

Señores no soy abogado con dificultad termine la primaría pero les repito mi ignorancia no me priva de los derechos y la protección que me da la CONSTITUCIÓN

Por lo anteriormente dispuesto vengo a interponer el recurso de revisión.

(Una firma ilegible)

c.d. Victoria Tamps

(Sic)

Por su parte la autoridad responsable, en uno de abril de dos mil

catorce, rindió su informe circunstanciado, en el que expuso lo siguiente:

"OFICIO NUM COORDINACION GENERAL JUR

DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA II

LIC. JAIME ARREOLA LOPERENA COMISIONADO PRESIDENTE DEL ITAIT.

En Relación al recurso de revisión, interpuesto ante este Instituto de Transpz Comisión Municipal de Agua Potable› relativo a la solicitud de información reja? fecha 21 de Febrero del presóWiño..Áfi

en contra de la Iltalcipio de Victoria, Tam, de la COMA PA Victoria con ro informarle.

raaincopformidadalSesadas por el quejoso en su escrito sin áief.emaW Aeidriación Aleatoria de recursos de revisión con

?0;14;e0fi1iltúnica expresa textualmente que con "fecha 21 de triu'Wdirátólicitud de acceso a la información publica a la ctona, Como Primera Inconformidad expresa se le entregó Isi.‘f pues no desglosan las cantidades". Como segunda sta "de igual manera omiten los estados en general". Tercera "pues las fotos son de un solo lugar".

11 Cri" tela ción a estas inconformidades del quejoso estampados en su escrito que Ora en autos del expediente en comento, podemos analizar lo siguiente en lo que el Mere como información inconclusa, "pues no desglosan las cantidades", efectivamente en la respuesta que se le dio a su escrito de fecha 21 de Febrero en la cual pregunta el costo de inversión como operación para llevar el agua a los hogares, se manejaron cifras sin detallar, como complemento a la respuesta se anexan desglose del costo tanto de Inversión como de operación para llevar el agua a los hogares. Anexo 1.

Con respecto de la segunda inconformidad en la cual señala que de "igual manera se omiten los estados en general", referente a la solicitud de Fecha 21 de Febrero del año en curso en la cual manifiesta textualmente "de igual manera se me entregue en fotografía el estado de las bombas y tubería por donde se transporta el agua", efectivamente en respuesta que se le dio, se le anexó fotografías (6) de las bombas y tuberías de las plantas potabilizadoras y efectivamente son fotografías de un solo lugar y bajo protesta de decir verdad, le manifestamos que el estado que guardan las bombas y tuberías es en perfectas condiciones y como complemento a su tercera inconformidad se anexan fotografías de la Planta de Aguas Residuales y de distintas instalaciones de este organismos (Anexo 2) y de esta manera complementar la información que solicita en el escrito mediante el cual se interpuso el recurso de revisión. Cabe señalar que en relación a las tuberías subterráneas resulta inatendible la solicitud del recurrente, en virtud de

que estas se encuentran efectivamente subterráneas.

Por lo anteriormente expuesto téngaseme dentro del plazo legal rindiendo el informe circunstanciado y ofreciendo información complementaría con los anexos antes señalados, haciendo la aclaración que el recurrente una vez que le fue proporcionada la información a su escrito con fecha 27 de Febrero, no nos

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hizo llegar comentario alguno de nuestra respuesta, si le parecía suficiente o incompleta y respecto del recurso de revisión que interpuso ante el Instituto que usted preside, conforme al Articulo 68 de la Ley de Transparencia, el Instituto dentro de sus atribuciones es el competente según lo establece el numeral 1 inciso e) e inciso O de dicho artículo de igual manera el Articulo 75. Y de conformidad con el Articulo 9 del reglamento para regular el procedimiento de substanciación del recurso de revisión, se u anexa original del nombramiento del titular de la unidad de información de este organismo, con la finalidad de acreditar su personalidad.

Así mismo de acuerdo a lo estipulado por el Artículo 77 numeral 1 inciso d) y numeral 2 inciso c) de la Ley hacemos de su conocimiento que este organismo COMAPA no tiene conocimiento ni noticia, ni se le ha notificado que se este tramitando algún medio de defensa relacionado con el presente asunto ante los Tribunales de la Federación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado atentamente pido UIVICO. Se nos tenga rindiendo el informe circunstanciado dentro del término legal y rindiendo información complementaria y sus anexos como respuesta a las inconfomlidades vertidas por el recurrente mediante el recurso de revisión antes citado.

Protesto lo necesario, Cd. Victoria, Tam, a 31 de Marzo de 2014.

ATENTAMENTE (Una firma ilegible)

LIC. MIGUEL A. SALAZAR VILLEGAS RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA" (Sic).

Asimismo adjunto a lo anterior el responsable de la Unidad de

Información Pública anexó diversa información con la que pretendió cumplir,,

con lo señalado por el recurrente como información

correspondiente a:

1.-El desglose de gastos de operación de la Comisión Municipartie v- 2

Agua Potable y Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas, del periodo del 't

primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, que

contiene los rubros Servicios Personales, Materiales y Suministros,

Servicios Generales y de Gastos de Inversión bajo los conceptos de Bienes

Muebles, Obras de Agua Potable y Obras de Alcantarillado, mismo que se

inserta a continuación:

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• • itait lislauto Pa Transparencia y ~as

• La Int orrnacian de Tamaulipas

• - - y.

COMAPA Cdrictoitia. Tam.

COMISION MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE VICTORIA, TAMAULIPAS Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2013

anexo 1

025

.1

GASTOS OPERACIÓN

109,109,471.70

053

RR/005/2014/RST

17,395,238.16

• rl

•-• e

1211,521,901.71 , 255,026;611.56

599,909.68

-6,833,194.25

8,904,613,25 27,468,487.18

0 Tarnarltipas . D Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Victoria, Tárnaulipas

Boulevard Praxedis Balboa No. 1300 Col. Miguel Hidalgo C.P. 87090 ar.....

Teléfonos! (834) 318-7200 Aquatel (834)315-1050

Agregó además una fotografía de la tubería de agua potable y diez

imágenes de la planta tratadora de aguas residuales, mismas que se tienen por reproducidas en autos, y que son visibles de foja 28 a 33 de este expediente.

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Consecuentemente, en atención al artículo 47, del Reglamento para Regular el Procedimiento de Substanciación del Recurso de Revisión, a través del proveído de uno de abril de dos mil catorce se admitieron las

pruebas anteriormente descritas y se otorgó un plazo a las partes de tres

días hábiles a fin de que manifestaran sus alegatos, lo cual fue atendido

únicamente por el sujeto obligado el cuatro de abril del mismo mes y año,

haciendo llegar sus formulaciones ante la oficialía de partes de este

Instituto, visible a foja 042 del presente expediente, mismo que se transcribe a continuación:

"OFICIO CGJ/341/2014 COORDINACIÓN GENERAL JURIDICA

UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN ESCRITO DE ALEGATOS

LIC. JAIME ARREOLA LOPERENA COMISIONADO PRESIDENTE DEL ITAIT PRESENTE. acY '

por Por medio del presente escrito y en relación al recurso de revisión,

.3 radicado con el expediente RR/005/2014RST, interpuesto ante este Instituto de . Transparencia, por el en contra de la Comisión de Agua je SE( Potable y Alcantarillado del Municipio de Victoria, Tam; relativo a la solicitud de ° EJ información realizada ante el titular de COMA PA Victoria con fecha 21 de . febrero del presente año. Al respecto me permito manifestarle.

git En relación al acuerdo por Usted, emitido dentro del expediente de fecha

01 de Abril del año en curso, mediante el cual se notifica la concesión del termino de 3 días hábiles para expresar alegatos, por parte de mi representada, con fundamento en lo establecido en el artículo 47 del Reglamento para regular el procedimiento de Substanciación del recurso de revisión, expongo lo siguiente:

-- Que las inconformidades vertidas por el quejoso en su recurso de

revisión en su escrito sin fecha, consideramos que las mismas fueron satisfechas con el Informe Circunstanciado de fecha 31 de Marzo del año en curso, mediante la cual se ampliaron las respuestas que reclaman en su recurso de revisión.

Consideramos que el derecho a la información consagrado constitucionalmente a favor de los ciudadanos genera una obligación de todas las autoridades públicas u organismos particulares que manejen fondos públicos el hacer*, honradamente y con transparencia.

Téngasenos reitero formulando los alegatos arriba mencionados.

Por lo anteriormente expuesto y citado, protesto lo necesario.

Cd. Victoria, Tam; a 04 de Abril de 2014

ATENTAMENTE (Una firma ilegible)

LIC. MIGUEL ANGEL SALAZAR VILLEGAS RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA" (Sic)

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Li

itait knOtvlo cis Transparencia y Mono

a la Irdomlacian de Tameulban RR/005/2014/RST

054

TERCERO.- Previamente a entrar al fondo del asunto, es preciso

destacar que en el caso concreto no se actualiza ninguna causa de

sobreseimiento por improcedencia que motive desechar el Recurso de

Revisión interpuesto, de las enumeradas en el artículo 77 numerales 1 y 2,

inciso c), de la Ley de Transparencia vigente en el Estado.

Esta afirmación es, en principio, porque el medio de defensa

interpuesto se presentó dentro de los diez días hábiles, contados a partir

del siguiente en que el inconforme tuvo conocimiento de la resolución

combatida, lo que así se estima conforme a las piezas procesales, debido a

que la respuesta impugnada se le notificó el veintisiete de febrero á dos

n-111 catorce, presentando su Recurso de Revisión el seis distarlhelk ño

curso; lo que significa que el medio de defensa se

hábil otorgado para ello, descontándose los mes

señalado, por ser inhábiles. il RIA T., "P. • IVA I 'Además, este Instituto no t 1onót

'9',..~1 i

11:<;€ do„del asunto con antelación; no

4 • , \.1.:11. '• ••<., ,,•—•.;.•.• a tiene noticia de i . quel sess 1 mi ando algún medio defensivo

¡relacionado con estálcontetera ante los tribunales del Poder Judicial de a naly e ‘ I Federaciónrf~té;

lák.„, causal prevista en el inciso c), numeral 1,

‘..«', del artieók7 .7(.1é latino merece pronunciamiento alguno en virtud de

ileog

4 a que f

k -'0 -7 e manera expresa por las reformas al cuerpo legal en s‘b, y' trato, Plitbliffdas el veintitrés de mayo de dos mil trece en el Periódico

'1* Oficial de esta Entidad.

CUARTO.- En su Recurso de Revisión , expone que el

veintiuno de febrero de dos mil catorce, presentó de forma personal

solicitud de información a la Comisión Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas, (COMAPA, Victoria), según sello que

obra en la parte inferior derecha del propio organismo, las cuales, para

efectos prácticos se identificarán en el presente fallo del número uno al

número cinco, en las que requirió básicamente lo siguiente:

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1. El costo de la inversión y operación que se requiere para llevar el agua a los hogares.

2. Conocer en forma documental las sustancias que se vierten en el agua para desinfectarla.

3. Conocer el grado de contaminación del agua, debido a la descarga de aguas residuales vertidas en el rio.

4. Fotografías del estado de las bombas tubería o canal por donde se transporta el agua.

5. Examen de contaminación del agua, solicitado en el pasado.

De igual forma el veintisiete de febrero del mismo mes y año, la

autoridad responsable dio contestación a lo anterior a través del oficio GG/RLTAI/01/14, al cual adjuntó copia del Resumen de Resultados y Comparativo contra los Límites Máximo Permisibles de la NOM-127-SSA1 D 1994 Modificación 2000, visible a foja 06; así como seis fotografías de la

Planta Potabilizadora localizables de foja 7 a 9 de este expediente; coi* de

5. Reporte Analítico de la muestra 128F, 126F y 125F,visibles de fojas 10 13

del presente sumario y dos fotografías de las instalaciones de la Plant deij-.

Tratamiento de Aguas Residuales y Comparación de Agua Cruda con Agua

Tratada de Descarga Planta de Tratamiento, visible a foja 13 del presente

sumario, con los cuales trató de dar respuesta al otrora solicitante. o Inconforme con lo anterior, el seis de marzo de dos mil catorce,

interpuso Recurso de Revisión en contra de la Comisión

Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas

(COMAPA) manifestando que se le entregó información inconclusa, ya que

no le desglosan las cantidades señaladas, de igual manera omiten los

estados en general, así como que solamente le proporcionaron fotos de un mismo lugar.

Por su parte, el responsable de la Unidad de Información Pública al

momento de rendir su informe circunstanciado visible a foja 22 a 33 señaló

que, sobre la información inconclusa que refiere el recurrente relativa al desglose de cantidades, efectivamente dicha respuesta se manejó en

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itait ......Tnnsla.~ y Acceso

la Informaclao da TanlaullPaS RR/005/2014/RST

cifras, sin detallar; por lo que en dicho informe anexa el desglose del costo

de inversión y operación para llevar agua a los hogares.

Asimismo, respecto a la omisión que invoca el particular sobre los

estados en general y las fotografías del estado de las bombas y tuberías

por donde se transporta el agua, precisó que, en efecto las imágenes

proporcionadas corresponden a un solo lugar, por lo cual adjuntó diversas

imágenes de la planta tratadora de Aguas Residuales y de sus distintas

instalaciones a fin de complementar la información requerida en la solicitud

de información, señalando bajo protesta de decir verdad que el estado que

dichas tuberías y bombas se encuentran en perfectas cond .4t o que sobre el estado que guardan las tuberias„ »,lu,s

a inatendible la solicitud del recurrente, debido a, qinsAtikayrte

:S\ntran, por obviedad, ocultas. ,

En este mismo orden de ideas,'S agfernidaTI con el artículo 47,

segundo del Reg r el Procedimiento de

iación del Recurso del proveído de uno de

bril de dos mil catlitIstorirédirá las partes un término de tres días

‹;›,;, :N:te

ábiles a firi;S:Ge Arnanifestaran sus alegatos, situación que fue 5:11:

nicamefitt dign: ide la autoridad responsable, por medio del oficio

úmetat0614, suscrito por el responsable de la Unidad de Li

Informioablica, rindiéndolo en cuatro de abril de dos mil catorce,

mismo que obra de foja 042 de autos.

A través del cual la autoridad adujo que las inconformidades vertidas

por el recurrente al momento de interponer el Recurso de Revisión,

quedaron satisfechas con la información que fue aportada a través del

informe circunstanciado.

Aunado a lo anterior, tal y como se desprende de la foja 45 y 46 del cs) sumario en estudio, el nueve de mayo de dos mil catorce, se recibió en la

oficialía de partes de este Instituto, el oficio CGJ/475/2014, signado por el

Responsable de la Unidad de Información Pública de la Comisión Municipal

lo

TIVA

ji

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de Agua Potable y Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas, por medio de la

cual informó a este órgano garante que fue entregado un ejemplar del

informe circunstanciado y alegatos rendidos en fechas anteriores ante este

Instituto, a quien funge como recurrente en el presente medio de defensa,

anexando para corroborar lo anterior el oficio que contiene la firma de

recibido de el cual para pronta referencia se inserta a

continuación: 'OFICIO NUM. CGJ/47512014.

COORDINACIÓN GENERAL JURIDICA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

ASUNTO: NOTIFICACION.

LIC. JAIME ARREOLA LOPERENA COMISIONADO PRESIDENTE DEL ITAIT PRESENTE.

Adjunto al presente remito a usted, Notificación hecha al C. en su domicilio particular con fecha 15 de Abril del año en curso. Lo anterior con la finalidad que dicha Notificación obre dentro del Expediente citado y surta los efectos legales correspondientes.

Propicio la ocasión para enviarle un cordial saludo, quedo de usted,.

Ciudad Victoria, Tam., a 09 de Mayo de 2014

ATENTAMENTE (Una firma ilegible)

LIC. MIGUEL ÁNGEL SALAZAR VILLEGAS RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA"

ta jral't

■ :: -

s f: SEC

it. •

• ._•.

Cd. VICTOria, Tarn., a 15 de Abril de 2014.

COIMAPA Cd.Victoria. Tarn,

NOTIF/CACION

C. DOMICILIO:

DE ESTA CIUDAD. •

Con fecha 15 do Abril de 2014, se le Notifica Informe Circunstanciado hecho ante el Instituto do Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas de fecha 01 de Abril de 2014 y Escrito de Alegatos de fecha Cm de Abril de 1014. lo anterior para los fines legales establecidos por el Articulo 70 inciso e y 82 de

lir:ifár 'Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Así como el artículo 07 ndo párrafo del reglamento que regula el. procedimiento de sustanciada!' de

leLrso de revisión. •

—raiiivr. I' Propicio la ocasión para enviarle Un cordial saludo, quedo de

aLt ATE1 NTE

I

.

e /

t„...".

• 7 -

2 ' g t‘ LIC. NI fjaat., • ZO.R VILLEGAS e TITULAR • E -8Iffrr•- • ■• INFORMACION PÚSUCA

NOTIFICADOR QUIEN ECIBE

OTamaulipas e•-••■ •••—•—•-••••

Comiden Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Victoria. Temaadlpes • Boulevard Preardis Balboa No. 1300 Cutara-5mM Hidalgo C.P.117090

TeNformal (034)310-7200 Aguaba IBM/ 315-1050

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u

talt

lintIbto do Trampa-randa y Atuso ~Ondea de Tameutipal

G56

RR/005/2014/RST

De lo anterior podemos observar que, en quince de abril de dos mil

catorce, el titular de la Unidad de Información Pública de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Victoria, Tamaulipas, entregó

un ejemplar del informe circunstanciado y alegatos a ,

anexando copia simple del oficio de notificación que contiene la firma de

recibido del recurrente, para corroborar lo anterior.

Por lo que fijada la /itis en tales términos, este órgano colegiado

considera oportuno reflexionar en la información solicitada por el hoy

agraviado, así como la respuesta otorgada por la autoridad en veinte de

febrero y quince de abril del año en curso, lo que será abordadan el siguiente considerando.

QUINTO.- Estando así las cosas,

por consistió en iza

nte la Comisión Municipal de

aulipas, los cuales para pn ;11,1

RIA de tnanera concreta: NA

‘<\S .0 >

a e

1. pcisto d - a in versiZ

de Victoria,

enumeran a continuación

y operación que se requiere para llevar el

Le;

logares;

que se vierten en el agua para desinfectarla;

rado de contaminación del agua; 4. Fotografías del estado de las bombas tubería o canal por

donde se transporta el agua. 5. Diverso examen de contaminación del agua, solicitado en el

pasado.

Sobre lo anterior, la autoridad responsable dio contestación a través del oficio GG/RLTAI/01/14, del veintisiete de febrero del año en curso, al

que fueron añadidos diversos anexos, todo lo anterior visible de foja 4 a foja 13 de autos, en el cual se le informó que el costo de inversión es de

$27'461,549.24 (VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y

UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS 24/100 M.N.), así

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como el de operación igual a $255'026,611.56 (DOSCIENTOS

CINCUENTA Y CINCO MILLONES, VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS ONCE

PESOS 56/100 M.N.), asimismo, informó que respecto a las sustancias que

se vierten en el agua para su potabilización, esto consistía en Gas Cloro,

adicionado o dosificado de 0.2 a 1.5 miligramos por litro (mg/L), según lo

establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 sobre el

agua para uso y consumo humano, anexando para lo anterior un

documento denominado "Resumen de Resultados y Comparativos Contra

los Límites Máximos Permisibles de la NOM127-SSA1-1994 de la Presa

Vicente Guerrero"; de igual forma se anexó diversa evidencia fotográfica

que representaba el estado de las bombas de agua con que cuenta dicho

sujeto obligado, y finalmente, en relación a un examen a que hizo alusión el

entonces solicitante, se le proporcionó los reportes analíticos de la Planta

Tratadora de Aguas Residuales, Laguna El Puerquito, Laguna El Saladito,

expedidos por diverso laboratorio acreditado ante la Entidad Mexicana de k,r 1/ Acreditamiento. if t

Z sl' t De esta manera tenemos que, la Unidad de Información Públi del 1

ente señalado como responsable, proporcionó de manera eficient osa:, a ,

documentos que contenían lo pretendido por el otrora solicitante, ya que de mi. lo anterior puede advertirse que fueron contestados todos y cada uno de los

requerimientos planteados; sin embargo, el particular no se sintió satisfecho

con lo anterior, por lo que expresó como agravios en su recurso de revisión

que la información entregada era "inconclusa", pues no se desglosaban las

cantidades mencionadas, asimismo se dolió del hecho de haberse omitido

los "estados en general" al manifestar que las fotografías proporcionadas eran de un solo lugar.

Por lo que una vez analizados los agravios expresados por el recurrente, es de concluirse que, si bien es cierto se duele del hecho de que las cantidades proporcionadas relativas al costo de inversión y operación,

no se encuentran desglosados, cierto es también que en ningún momento el particular lo solicitó de esta manera, sino que, textualmente expuso en su solicitud lo siguiente:

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• •

ltalt

Instituto de Trans paranoia y Acceso • la Información da Tamaulipas RR/005/2014/RST

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a... me presento ante esta institución publica para hacer una solicitud de acceso a la información publica el costo tanto de la inversión como operación para llevar el agua a los hogares..."

(Sic)

De lo anterior se desprende que el otrora solicitante únicamente

buscó conocer el costo de inversión y operación de dicho organismo, y en

ningún momento expresó que requería el desglose de tales cantidades,

como ahora pretende hacerlo valer en su medio de impugnación, sin

embargo, a pesar de haber contestado de manera ajustada a derecho, la

Unidad de Información Pública del ente responsable al momento de rendir

su informe circunstanciado ante este Instituto, amplió su respuesta,

poniendo a disposición del inconforme el desglose tanto delos gastós de s operación como la inversión realizada por dicho organismo,rlo gue;esmsible

a fojas 25, 26 y 27 del presente recurso, información qi.ie hizo llegar al 5 5 r visionista el quince de abril del año en cursol;.,Isegun_ se advierte de la n

>el% otificación que obra a foja 46 del sumario ert ..lestudiolpor lo tanto, con 11..5

i es acto la autoridad modificó su rpuestalde veintisiete de febrero del ji s \.>‘.

ri,actul, cubriendo no solamente lo<requendo .„por el solicitante, sino más allá MVA 411M 14 *el e manifestado por ésteponioktantó, el agravio relacionado con el Lit cito de inversiónly operacuon,ha quedado superado por el acto de la

• utoridad, quédando.ewconsécuencia como inoperante.

nk. Ab. hoUey en segundo término, expresa el recurrente como agravio

que lasconstncias fotográficas proporcionadas eran de un solo lugar; sin

embargo, basta con la simple lectura del escrito de solicitud de información,

para apreciarse que el interesado requirió, de manera fotográfica, el estado

de las bombas, tubería o canal, por donde se transporta el agua, sin que a

ello agregara datos que permitieran ampliar su búsqueda de información, o

bien especificar un lugar determinado de ubicación de dichos conductos, lo

que de ser el caso hubiera permitido la entera satisfacción del recurrente,

sin embargo, esto lo expresó hasta los agravios formulados ante el Instituto,

por lo tanto, al momento de que este órgano garante requirió el informe

circunstanciado al ente señalado como responsable, y adjuntó copia simple

del presente sumario, fue que dicho organismo paramunicipal conoció la

amplitud de la inconformidad del otrora solicitante, y, buscando satisfacer la

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solicitud de mérito, fue que a través del oficio CGJ134112014, adjuntó once constancias fotográficas más, de diversos lugares que mostraban el estado

de las requeridas bombas, lo cual, como fue manifestado en el párrafo que

antecede, se hizo llegar al recurrente a través de la notificación practicada el quince de abril del año que transcurre. Por lo tanto, dicho oficio modificó

la primer respuesta otorgada por el ente de referencia, subsanando de esta

manera cualquier agravio que pudiera haber sido generado de la solicitud

de información, que dicho sea de paso, quedó cubierta desde la primer

respuesta.

En esta lógica del pensamiento, es de considerar que, relativo a la

solicitud identificada con el número dos (2), esto es, las sustancias

utilizadas para desinfectar el agua, la autoridad contesto plenamente al

informar que lo anterior consistía en Gas Cloro, adicionado o dosificado de

0.2 a 1.5 miligramos por litro (mg/L), según lo establecido por la Norma ,

wigyil Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994 sobre el agua para uso y cons 'o'

humano; asimismo el grado de contaminación del agua, y el exame e la si=

It misma, se proporcionaron con los documentos denominados "Resu n dEL

Resultados y Comparativos Contra los Límites Máximos Permisibles e la l

N0M127-SSA1-1994 de la Presa Vicente Guerrero" y los reportes analíticok

de la Planta Tratadora de Aguas Residuales, Laguna El Puerquito, Laguna

El Saladito, aunado a lo anterior, el recurrente no manifestó agravios al

momento de interponer el Recurso de Revisión, y de igual forma esta

autoridad no advierte de oficio que la información proporcionada haya sido

incompleta, por lo que se considera que las mismas fueron respondidas

cabalmente a través del oficio GG/RLTAI/01/14 de veintisiete de febrero de

dos mil catorce, signado por el Gerente General, visible a foja 04 del

presente sumario.

Por lo tanto, quienes esto resuelven estiman que la Comisión

Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Victoria no solamente

cumplió con sus obligaciones de transparencia, sino que además ahondó en proporcionar una respuesta a los agravios manifestados por

, por lo que, ante tal estado de cosas, en la parte dispositiva de este fallo se declararán infundados los agravios esgrimidos por en

O

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• •

itait infinito de Tranapnatal y alaCnal

• la InfonflacIón de Tannuapars RR/005/2014/RST

ó

contra de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de

Victoria, Tamaulipas y Se confirmará la respuesta otorgada por la autoridad

en veintisiete de febrero de dos mil catorce.

SEXTO.- Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 8° del

Reglamento Interior del Instituto de Transparencia y Acceso a la

Información de Tamaulipas, las resoluciones de este órgano garante se

harán públicas, asegurándose en todo momento que la información

reservada, confidencial o sensible se mantenga con tal carácter; por lo

tanto, cuando este fallo se publique en el portal de Internet del Instituto,

deberá hacerse en formato de versión pública, en el que se

toda aquella información que constituya un dato personal,

prohibida si no ha mediado autorización

de quien le represente, tal como lo im

la Ley.

ti- Por lo anteriormente IRIA 1VA _

Ilynyálfavios formulados por en contra de la

C miátop. untede Agua Potable y Alcantarillado de Victoria, resultan s infundaTtos,`en virtud de los razonamientos expuestos en el considerando

quinto de la presente resolución.

SEGUNDO.- Se confirma la respuesta otorgada por la autoridad en

veintisiete de febrero de dos mil catorce, a través del oficio

GG/RLTAI/01/14.

TERCERO.- Archívese este asunto como concluido.

NOTIFÍQUESE a las partes, de conformidad con el artículo 82 de la C.} Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de

Tamaulipas.

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Lic. Juan Carlos kgiez Aceves

Así lo resolvieron por unanimidad los licenciados Roberto Jaime

Arreola Loperena, Juan Carlos López Aceves y la doctora Rosalinda Salinas Treviño, Comisionados del Instituto de Transparencia y Acceso a la

Información de Tamaulipas, siendo presidente el primero y ponente la

tercera de los nombrados, quienes son asistidos por el licenciado Andrés

González Galván, Secretario Ejecutivo de este Instituto, quien da fe.

u AP

Ar o— e se

'

Dra. Rosalinda Salinas Treviño\ ----Comisionada

Lic. Roberto J Comisic

C.)

HOJA DE FIRMAS DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE (1212014) DICTADA EL DIECISÉIS DE MAYO DE DOS MIL CATORCE DENTRO DEL RECURSO DE REVISIÓN RR/005/2014/RST, INTERPUESTO POR EN CONTRA DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE VICTORIA, TAMAULIPAS.

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