Teoría General del Proceso
Sesión 1: Teoría general del proceso
Contextualización
El estudiante se percatará de la importancia que tiene al estudiar esta materia, ya que es fundamental conocer y entender los conceptos básicos de todo proceso. Éstos se podrán analizar en lo particular y a detalle cuando se estudien los procesos de las diversas ramas del derecho procesal en particular.
Al estudiante, el conocimiento de la materia de teoría general del proceso, le proporcionará los conocimientos necesarios para poder enfrentarse y resolver las diversas situaciones que pudieran presentarse a su consideración. La materia le permitirá entender por qué y para qué de un proceso, analizando sus elementos.
Introducción
¿El derecho es una ciencia?
El derecho como ciencia se apoya en el sistema jurídico. Y ésta recibe diversos
nombres, tales como ciencia del derecho, ciencia jurídica o incluso teoría del
derecho, la cual estudia los conceptos básicos del derecho. Por lo que la teoría
es fundamental para la ciencia, ya que busca la esencia de lo jurídico, su
concepto, sus elementos y características generales. Este conocimiento
general del derecho nos lleva al conocimiento particular de las normas según
sea la rama del derecho:
Noción
Derecho procesal: El derecho procesal “es el conjunto de normas jurídicas que regulan la
actividad jurisdiccional del estado para la aplicación de leyes y su estudio comprende la
organización del poder judicial, la determinación de la competencia de los funcionarios que
la integran y la actuación del juez y las partes en la substanciación del proceso” (Alsina,
1941: 37).
Teoría general del proceso: La teoría general del proceso “es la exposición de los
conceptos, instituciones y principios comunes a las distintas ramas del enjuiciamiento”
(Alcala-Zamora, 1974: 533). Ahora el derecho procesal civil regula tanto los juicios
ordinarios como los espaciales en materia civil, nos establece las etapas del proceso y su
desarrollo.
¿Cuál es el origen de la Teoría General del Proceso?
A lo largo de la historia, el hombre ha requerido relacionarse con otros y ha tenido conflictos en esas relaciones, lo que dio lugar a ir creando normas para resolver esos conflictos, si bien en un principio, prevalecía la voluntad del más fuerte, y cada quien se hacía justicia por propia mano, también es cierto que se fueron estableciendo reglas para solucionar los conflictos, lo que dio lugar a que apareciera el proceso y con ello el derecho procesal, pero también fue necesario crear la teoría general del proceso, a efecto de que se pudiera entender mejor esos conceptos básicos del mismo.
Naturaleza
Bolonia: En el siglo XII, en Bolonia se crea una escuela, la cual empieza con los
primeros estudios del proceso y sus instituciones, por lo que se le nombró
judicialista, porque en sus enseñanzas destacaban el juicio; también trabajaron sobre
el llamado derecho común
España: Posteriormente, apareció en España en el siglo XVI, la tendencia de los
prácticos.
Francia: En el siglo XIX a raíz de la codificación napoleónica, la cual trajo cambios
en el ámbito jurídico, apareció el procedimentalismo, el cual se ocupa
fundamentalmente de la organización judicial, la competencia y el procedimiento.
Naturaleza
¿Para qué existe la Teoría General del Proceso?
Ya se comentó anteriormente que el derecho procesal estudia las
normas bajo las cuales, los que intervienen en él, deben actuar o
realizar los actos para desarrollar el proceso. También el derecho
procesal estudia la integración y competencia de sus órganos.
Objeto y materias de su estudio
El problema de su denominación
¿Cuál es el problema de denominar a la material Teoría General del Proceso?
Existen diversas corrientes respecto a la denominación de “teoría general del
proceso”, las cuales son:
a) Corriente diversificadora. Señala que no puede haber una teoría general del
proceso.
b) Corriente unitarista. Esta corriente sostiene que existen elementos
comunes en los procesos y por lo tanto, hay unidad entre ellos.
Conclusión
La teoría general del proceso estudia los conceptos básicos de este, los
cuales son comunes a cualquier tipo de proceso. Esta materia apareció y fue
evolucionando a través del tiempo por los diversos estudios que los
procesalistas realizaron.
El objeto de estudio de esta materia es el proceso y su materia son los
conceptos fundamentales y secundarios de todos los procesos, siendo la
acción, la jurisdicción y el proceso, trilogía estructural del proceso, por lo
tanto, los conceptos son fundamentales.
Para aprender más
En la actualidad la teoría más aceptada es la de la corriente unitarista,
dada que aunque el proceso penal y el civil sean diferentes, éstos
compartirán conceptos comunes, es decir, el procedimiento, el desarrollo,
la forma de llevar a cabo el proceso es el que sería diferente, pero se
regirán por las leyes correspondientes.
En materia penal y civil debe de existir la acción, la jurisdicción y el
proceso.
Referencias
Dorantes, L. (2005) Teoría del proceso. México: Porrúa.
Ovalle, J. (2011). Teoría General del Proceso. México: Oxford.
Muñoz, R. La ciencia del derecho. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas.
Universidad Nacional Autónoma de México. Consultado el 14 de febrero del 2012,
en http://www.jurídicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/20/pr/pr31.pdf
Santos, A. La teoría general del proceso en el sistema del derecho procesal social.
México: Biblioteca Jurídica Virtual. Consultado el 14 de febrero del 2012, en
http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/101/art/art6.htm