INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y
ADMINISTRACIÓN
ESTRATEGIAS DE CARÁCTER FISCAL
PARA BENEFICIO DE LAS EMPRESAS EN MÉXICO
T E S I S
PARA OPTAR POR EL GRADO DE:
MAESTRO EN CIENCIAS EN
ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS
P R E S E N T A
ISMAEL MORALES VELÁZQUEZ
DIRECTORAS DE TESIS: DRA. CONCEPCIÓN HERRERA ALCÁZAR.
DRA. MARÍA ANTONIETA ANDRADE VALLEJO.
Mayo 2013
AGRADECIMIENTOS.
Solo hay alguien a quien le puedo dar gracias por este logro, ya que gracias a él están las
personas que amo a mi lado, gracias a él tengo salud para seguir con mis metas, gracias a él
tengo lo necesario para estar de pie ante cualquier situación que se ponga en mi camino.
Gracias Dios.
ÍNDICE GENERAL
Índice de cuadros, gráficos y tablas. ................................................................................ 5 Glosario. ................................................................................................................................ 7 Resumen. .............................................................................................................................. 8 Abstract. ................................................................................................................................ 9 Introducción. ....................................................................................................................... 10
CAPÍTULO I. ESTRATEGIA METODOLÓGICA........................................................... 13
1.1 Situación problemática. .......................................................................................... 13 1.2 Tabla de problemas ................................................................................................ 13 1.3 Enunciado del Problema. ....................................................................................... 14 1.4 Objetivo General. .................................................................................................... 14 1.5 Objetivos Específicos. ............................................................................................ 14 1.6 Preguntas de investigación. .................................................................................. 15 1.7 Matriz de Congruencia ........................................................................................... 16 1.8 Inferencia de trabajo. .............................................................................................. 17 1.9 Justificación. ............................................................................................................. 17 1.10 Arista metodológica .............................................................................................. 17 1.11 Arista social ............................................................................................................ 18 1.12 Arista académica ................................................................................................... 18 1.13 Arista económica ................................................................................................... 18 1.14 Tipo de investigación ............................................................................................ 19 1.15 Identidad ................................................................................................................. 19 1.16 Ubicación ................................................................................................................ 20 1.17 Tiempo .................................................................................................................... 20 1.18 Magnitud ................................................................................................................. 20 1.19 Universo de estudio .............................................................................................. 20 1.20 Objeto de estudio .................................................................................................. 20 1.21 Sujeto de estudio .................................................................................................. 21
CAPÍTULO II. ESTADO DEL ARTE DE LOS IMPUESTOS ....................................... 22
2.1 Antecedentes Históricos de los Impuestos en México. ..................................... 22 2.1.1 México Prehispánico. ....................................................................................... 22 2.1.2 La Colonia Periodo Virreinal. .......................................................................... 23 2.1.3 México Independiente ...................................................................................... 25 2.1.4 La Reforma ........................................................................................................ 27 2.1.5 El Porfiriato ........................................................................................................ 29 2.1.6 La Revolución.................................................................................................... 31 2.1.7 México Contemporáneo .................................................................................. 34
2.2 Definiciones del Impuesto. ..................................................................................... 34
2.2.1 Definiciones Doctrinales. ................................................................................. 34 2.2.2 Definición Legislativa. ...................................................................................... 36
2.3 Clasificación de los Impuestos. ............................................................................. 37 2.3.1 Impuestos Directos e Impuestos Indirectos en base a su incidencia. ..... 38
2.4 Elementos de los Impuestos. ................................................................................ 38 2.4.1 Sujetos. .............................................................................................................. 38 2.4.2 Objeto. ................................................................................................................ 39 2.4.3 Base. ................................................................................................................... 39 2.4.4 Tasa. ................................................................................................................... 39 2.4.5 Período de Imposición. .................................................................................... 39
2.5 Estudio Comparativo de los Impuestos en el Mundo ....................................... 39 2.5.1 Los impuestos en Nueva York ...................................................................... 40 2.5.2 Los impuestos en Toronto, Canadá .............................................................. 42 2.5.3 Los Impuestos de Brasil ................................................................................. 44 2.5.4 Los impuestos en Frankfurt Alemania ........................................................... 45 2.5.5 Los impuestos en España .............................................................................. 46 2.5.6 Los impuestos en Helsinki, Finlandia. ........................................................... 48 2.5.7 Los impuestos en Suiza. ................................................................................ 50 2.5.8 Los impuestos en Italia. .................................................................................. 52 2.5.9 Los impuestos en Shanghái .......................................................................... 54 2.5.10 Los impuestos en Tokio ............................................................................... 57 2.5.11 Los Impuestos de Corea del Sur ................................................................. 63 2.5.12 Los impuestos en la India. ........................................................................... 68 2.5.13 Los impuestos en Moscú ............................................................................. 68 2.5.14 Los impuestos en Australia ......................................................................... 71 2.5.15 Los Impuestos en Johannesburgo. ............................................................ 76
2.6 Clasificación de los Ingresos del Estado. .......................................................... 104 2.6.1 Ingresos Tributarios. ...................................................................................... 104 2.6.2 Ingresos no Tributarios. ................................................................................. 106
2.7 Clasificación de los Ingresos de la Federación. ............................................... 108
CAPÍTULO III. LA POLÍTICA FISCAL A PARTIR DEL AÑO 2000. ......................... 110
3.1. Ingresos tributarios, no tributarios, petroleros y especiales sobre producción. ........................................................................................................................................ 111 3.2 La política fiscal 2007-2011. ................................................................................ 117
3.2.1.- Año 2007. ...................................................................................................... 118 3.2.2.- Impuesto Empresarial a Tasa Única. (IETU), 2008 ................................ 119 3.2.3.- Elementos del impuesto .............................................................................. 120
3.3.- Ubicación de la tabla aplicable de IETU. ........................................................ 123 3.3.1 Grupos punibles ............................................................................................. 126
3.4.- El Impuesto a los Depósitos en Efectivo ......................................................... 135
3.4.1.- Breve interpretación de la Ley del Impuesto a los Depósitos en
Efectivo....................................................................................................................... 138 3.4.2.- El Impuesto a Depósitos en Efectivo y su Afinidad con el Impuestos
Sobre la Renta. ......................................................................................................... 141
CAPÍTULO IV. ESTRATEGIAS DE CARÁCTER FISCAL PARA BENEFICIO DE
LAS EMPRESAS EN MÉXICO. ..................................................................................... 152
4.1. Objetivos generales de la iniciativa 2013-2018 ............................................... 152 4.2 Las cinco propuestas más innovadoras porl el actual gobierno .................... 152 4.3 Puntos a considerar para reconocer la necesidad de la permanencia del citado régimen, dados sus beneficios fiscales y económicos, y tratándose al mismo tiempo de un factor relevante de competitividad para nuestro país en el ámbito internacional. ................................................................................................... 165 4.4. Entorno económico de la consolidación fiscal en México. ............................ 173 4.5. Complemento de estrategias fiscales propuestas. ......................................... 174 Estrategia 1 ................................................................................................................... 175 Estrategia 2 ................................................................................................................... 175 Estrategia 3 ................................................................................................................... 182 Estrategia 4 ................................................................................................................... 182
Conclusiones .................................................................................................................... 186
Recomendaciones ........................................................................................................... 188
Bibliografía ........................................................................................................................ 189
5
Índice de cuadros, gráficos y tablas.
Tabla 1 Diferentes impuestos en Nueva York ............................................................... 41
Tabla 2 Diferentes tasas aplicables ................................................................................ 43
Tabla 3 Diferentes tasas aplicables ................................................................................ 45
Tabla 4 Operaciones Societarias .................................................................................... 47
Tabla 5 Índice global del gravamen fiscal ...................................................................... 50
Tabla 6 2010 Las tasas de impuestos ............................................................................ 53
Tabla 7 Impuesto Sobre Sociedades Tipo Impositivo General no Residentes ....... 57
Tabla 8 Impuesto Sobre el Valor Añadido ..................................................................... 57
Tabla 9 Impuesto Sobre Sociedades ............................................................................. 58
Tabla 10 Impuesto Sobre Actividades Económicas ..................................................... 59
Tabla 11 En caso de " El capital pagado en exceso de 100 millones” ..................... 59
Tabla 12 Los impuestos y habitantes de la prefectura sobre la base de Impuesto de Sociedades .................................................................................................................... 60
Tabla 13 El importe del impuesto varía en función del total de la prima de la pena capital y superávit de capital de la corporación ............................................................ 60
Tabla 14 El importe del impuesto varía del total de prima de la pena capital y superávit de capital de la corporación ............................................................................ 61
Tabla 15 Efectiva la renta de sociedades tipo gravamen ........................................... 61
Tabla 16 Compensación de pérdidas ............................................................................. 62
Tabla 17 Impuesto Sobre la Renta ................................................................................. 63
Tabla 18 Impuesto Sobre La Plusvalia ........................................................................... 65
Tabla 19 Deducción Especial por Ganancia en el Capital .......................................... 66
Tabla 20 Ventajas y desventajas del Impuesto Sobre Sociedades ........................... 66
Tabla 21 Impuesto Sobre Sociedades ........................................................................... 67
Tabla 22 Impuesto Sobre las Tarifas de Empresas 2009 ........................................... 72
Tabla 23 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países americanos.......................................................................................................................... 84
Tabla 24 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países africanos .............................................................................................................................. 86
Tabla 25 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de los países americanos ...................................................................................................... 87
Tabla 26 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de los países de la Únion Europea ....................................................................................... 88
Tabla 27 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de los países asiáticos............................................................................................................ 89
Tabla 28 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de Oceanía ............................................................................................................................... 90
Tabla 29 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de África .................................................................................................................................... 90
Tabla 30 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de América................................................................................................................................ 91
6
Tabla 31 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de la Unión Europea ............................................................................................................... 93
Tabla 32 Segundo Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de la Unión Europea ............................................................................................. 96
Tabla 33 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países Asiáticos .............................................................................................................................. 97
Tabla 34 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de Oceánia ............................................................................................................................... 99
Tabla 35 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países Áfricanos............................................................................................................................ 100
Tabla 36 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Países americanos) ...................................................................................................................... 101
Tabla 37 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Unión Europea) ............................................................................................................................................ 102
Tabla 38 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Asiáticos) ........ 103
Tabla 39 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Oceánia) ......... 104
Tabla 40 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Áfricanos) ....... 104
Tabla 41 Comportamiento de la recaudación del ISR 2000-2006 ........................... 114
Tabla 42 Comportamiento de la recaudación del IVA 2000-2006 ........................... 115
Tabla 43 Montos señalados por escendentes ............................................................ 126
Tabla 44 Ejemplo: comparativo de cuando se paga ISR y cuando se paga IETU 127
Tabla 45 Recaudación tributaria observada (2006-2008) ......................................... 132
Tabla 46 Ejemplo de la determinación del IDE a recaudar ....................................... 139
Tabla 47 Ejemplo de acreditamiento, compensación y devolución ......................... 140
Tabla 48 Cálculo ISR-IDE .............................................................................................. 142
Tabla 49 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de México y Nueva York ....................................................................................................................... 176
Tabla 50 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países de la Unión Europea ........................................................................................................ 177
Tabla 51 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países asiático ............................................................................................................................... 179
Tabla 52 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares Áfricanos .......... 182
Gráfico 1 Fuentes de ingresos en México ................................................................... 110
Gráfico 2 Ingresos no tributarios (Por ciento del PIB)................................................ 112
Gráfico 3 Participación de los ingresos petroleros dentro del presupuesto ........... 113
Gráfico 4 Recaudación de IETU vs ISR 2008-2010 ................................................. 134
Gráfico 5 El efecto del IETU en la recaudación del ISR 2000-2011 ....................... 135
7
Glosario.
Renta: Es la utilidad o el beneficio que rinde algo o lo que de ello se cobra. El
término, que procede del latín reddĭta, puede utilizarse como sinónimo de ingreso
en algunas circunstancias. (Hatzacorsian, Tercera edición)
Pecunario: Relativo al dinero en efectivo.
Consolidación: es la integración de los distintos balances de empresas filiales en
un solo balance de una sociedad matriz. El proceso puede implicar la transferencia
de activos. Con la consolidación, se agrupan los estados financieros de dos o más
empresas que son jurídicamente independientes. (Hatzacorsian, Tercera edición)
Hacienda Pública: Función gubernamental orientada a obtener recursos
monetarios de diversas fuentes para financiar el desarrollo del país. Consiste en
recaudar directamente los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos;
así como captar recursos complementarios, mediante la contratación de créditos y
empréstitos en el interior del país y en el extranjero. Es el conjunto de bienes,
propiedades y derechos del Gobierno Federal. (Hatzacorsian, Tercera edición)
Dividendos: Cantidad de capital pendiente de desembolso por los accionistas en
una sociedad anónima. (Hatzacorsian, Tercera edición)
Tributación: significa tanto el tributar, o pagar Impuestos, como el sistema o
régimen tributario existente en una nación. La tributación tiene por objeto recaudar
los fondos que el Estado necesita para su funcionamiento pero, según la
orientación ideológica que se siga, puede dirigirse también hacia otros objetivos:
desarrollar ciertas ramas productivas, redistribuir la Riqueza, etc. (Hatzacorsian,
Tercera edición)
8
Resumen.
Esta tesis se enfoca en proponer estrategias de carácter fiscal para que las
empresas en México puedan administrar de una manera eficaz las contribuciones
a las cuales están sujetas, todo esto con un conocimiento de las mismas leyes que
rigen al país en materia fiscal.
La dependencia fiscal del petróleo, la ambigüedad en las leyes fiscales, el
aumento de las tasas impositivas, la evasión fiscal y la poca cultura tributaria del
contribuyente, entre otras causas colocan a México con una variación hasta del
10% mayor o menor de ingresos fiscales con respecto a los demás países
miembro de la OCDE. (OCDE, 2012).
Las empresas mexicanas no cuentan actualmente con ciertas estrategias de
carácter fiscal que les beneficie para poder ser competitivas en el mercado.
La correcta aplicación de las leyes en materia tributaria y las nuevas disposiciones
que están por venir no debieran ser un obstáculo para el crecimiento de la
empresa, si no que con una buena estrategia fiscal las finanzas de la empresa
debieran ser solidas.
Las empresas tienen que acercarse a un especialista fiscal que ayude a la
correcta aplicación de las leyes tributarias y tenga conocimiento de lo que está por
venir en materia fiscal, con la ayuda de este especialista y el apoyo incondicional
de la empresa se logrará que la aplicación de las estrategias de carácter fiscal
sean en beneficio de la empresa.
9
Abstract.
This thesis focuses on proposing fiscal strategies for companies in Mexico can
effectively manage the contributions to which they are subject, all with a knowledge
of the same laws that govern the country on tax matters.
The fiscal dependence on oil, the ambiguity in tax laws, increasing tax rates, tax
evasion and poor taxpayer's tax culture, among other things placed Mexico with a
variation up to 10% higher or lower tax revenues compared to other OECD
member countries. (OECD, 2012).
Mexican companies do not currently have certain fiscal strategies that benefits
them to be competitive in the market
The proper application of tax laws and new provisions to come should not be an
obstacle to the growth of the company, but rather with a good tax strategy business
finances should be solid.
Companies need to approach a tax specialist to help the proper application of the
tax laws, and know what is coming fiscal, with the help of the specialist and the
unconditional support of the company will ensure that the application of fiscal
strategies are for the benefit of the company.
10
Introducción.
Esta tesis lleva por nombre “Estrategias de carácter fiscal para beneficio de las
empresas en México” la cual nos da un panorama acerca del por qué México
tiene una pobre recaudación fiscal y como la poca cultura tributaría que tienen las
empresas en el país genera que las mismas paguen en muchas ocasiones más de
lo que en realidad marca la Ley que tienes que pagar.
En la tesis se marcan objetivos específicos como lo importante que es recaudar
impuestos en el país ya que esto beneficia tanto al estado como a las empresas
que tributan dentro de algún régimen que menciona la Ley del Impuesto Sobre la
Renta (ISR), también el ubicar la situación que guarda el fisco actualmente, es
importante ya que sabiendo esto, sabremos qué tan agresivo se está portando y
así estar preparados haciendo una administración correcta de las contribuciones
que están obligadas las empresas en el país.
La dependencia del país de los ingresos petroleros provoca que el Estado busque
otra forma de recaudar dinero, por lo tanto la manera más viable para el mismo es
la creación de nuevos impuestos y el aumento de las tasas de los ya existentes,
es por eso que es necesario que las empresas del país estén lo suficiente
informadas con temas fiscales y todos los beneficios que da la ley con la correcta
aplicación de la misma ley.
El analizar los impuestos de diversos países nos da una visión de cómo
administrar las contribuciones de una manera que los impuestos no sean una
carga monetaria para las empresas si no que sea solo manera de contribuir al
estado para el gasto público y en algunas ocasiones hasta las empresas podrían
financiarse con las mismas contribuciones si se aplicaran de forma correcta.
11
Un tema importante en la tesis es la Consolidación Fiscal ya que el objetivo del
ISR es gravar la riqueza generada, situación que se cumple en el régimen de
consolidación fiscal, pues se considera a inversionistas con intereses comunes
como un solo ente económico. Es importante considerar que, en la especie, el
régimen de consolidación fiscal no implica una afectación económica para la
nación, pues solamente permite el diferimiento del pago del ISR hasta en tanto se
cumplan ciertos supuestos, lo cuales, en el extremo, involucran el pago total del
ISR diferido en un plazo no mayor a 10 años, incluyendo su actualización.
Para esos efectos, en las disposiciones fiscales existen controles estrictos en la
información y documentación que facilita la fiscalización del ISR diferido en la
consolidación fiscal y, además, de incumplirse tales controles, se contempla como
sanción el pago del impuesto actualizado con sus respectivos recargos.
Finalmente, como se aprecia en este trabajo, los principales socios comerciales de
México reconocen esquemas de tributación a través de regímenes de
consolidación fiscal, por lo que su continuidad en México es imprescindible para
fines de competitividad internacional.
Teniendo todo esto claro se podrá tener una perspectiva positiva de las
contribuciones existentes en el país, además que se propondrán estrategias de
carácter fiscal para el correcto aprovechamiento de las mismas y financiarse con
las mismas o en su caso solo pagar lo justo sin dejar de beneficiar al Estado.
En el primer capítulo se muestra la estrategia metodológica que se utilizó para la
elaboración de esta tesis en la cual partimos desde identificar la problemática el
cual es la dependencia del país de los ingresos petroleros y de ahí partimos el por
qué las empresas tienen que crear estrategias de carácter fiscal en beneficio de
las mismas ya que el estado está enfocado a incrementar los impuestos y en otros
casos aumentar las tasas de los impuestos ya existentes, de ahí que tenemos que
ubicar el efecto que tienen los impuestos en las empresas del país.
12
En el segundo capítulo la tesis habla de la historia de los impuestos en México, ya
que los impuestos que en los últimos 10 años les aplican a las empresas son
consecuencia de sucesos que han ocurrido en nuestro país desde la época
prehispánica pasando por toda la historia del país como lo es la Colonia, el México
Independiente, La Reforma y así hasta hoy en día. También se analizan
contribuciones a lo largo del mundo esto con la finalidad de tener una idea de
cómo son las contribuciones en países desarrollados y compararlas con las
contribuciones de México y el por qué a estos países les funciona su sistema
tributario.
En el capítulo 3 hablaremos de las diversas modificaciones fiscales que han
surgido en nuestro país a partir del año 2000, como la aplicaciones de nuevos
impuesto tal es el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), el cual grava sobre
el flujo de efectivo, uno más es el IDE el cual se aplica a los depósitos mayores de
$15,000, y la abrogación de impuestos como lo es el Impuesto al Activo (IMPAC)
Por último hablaremos de las propuestas que se hacen en esta tesis para que las
empresas tengan beneficios palpables en sus finanzas, esto con la correcta
aplicación de las leyes fiscales, no sin mencionar las estrategias de carácter fiscal
que tiene el Estado para el sexenio 2013-2018, conjuntamente las dos estrategias
aplicadas a las empresas en México las empresas podrán ser sustentables y
competitivas en el mercado.
13
CAPÍTULO I. ESTRATEGIA METODOLÓGICA.
1.1 Situación problemática. La dependencia fiscal del petróleo, la ambigüedad en las leyes fiscales, el
aumento de las tasas impositivas, la evasión fiscal y la poca cultura tributaria del
contribuyente, entre otras causas colocan a México con una variación hasta del
10% mayor o menor de ingresos fiscales con respecto a los demás países
miembro de la OCDE. (OCDE, 2012).
Lo anterior hace necesaria que se plantee una estrategia de carácter fiscal
encaminada a lograr una equidad entre el estado y los contribuyentes
considerando el mayor cobro de los impuestos pero sin dejar de beneficiar a las
empresas del país, a través de la revisión de las leyes fiscales como son:
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)
De lo anterior se desprende una serie de problemas a saber:
1.2 Tabla de problemas
14
Con base en el cuadro anterior se desprende el título del proyecto: “Estrategias
de carácter fiscal para beneficio de las empresas en México”, la cual pretende
mostrar a las empresas los beneficios de una correcta aplicación de las
contribuciones del país sin dejar de lado la recaudación fiscal y así disminuir los
problemas antes planteados para lograr una mayor tributación en beneficio del
estado.
1.3 Enunciado del Problema.
Actualmente las empresas en México no cuentan con estrategias de carácter fiscal
que las beneficien financieramente.
1.4 Objetivo General.
Proponer estrategias de carácter fiscal que las beneficien a las empresas
mexicanas financieramente.
1.5 Objetivos Específicos.
Ubicar la importancia de los impuestos aplicables a las empresas
mexicanas.
Analizar los principales problemas de pago de impuestos que presentan las
empresas en el país.
Analizar la situación que guarda el fisco actualmente.
Detectar la recaudación por Impuesto Federal en el período comprendido
2009 a 2012.
Asimismo, para poder desarrollar los objetivos específicos se desprenden las
preguntas de investigación correspondientes, que permitan cubrir adecuadamente
los objetivos propuestos.
15
1.6 Preguntas de investigación.
¿Qué importancia tienen los impuestos que se aplican a las empresas
mexicanas?
¿Cuáles son los principales problemas en el pago de impuestos que
presentan las empresas en el país?
¿Cuál es la situación actual del fisco?
¿Cómo se han comportado los impuestos federales entre 2009-2012?
16
1.7 Matriz de Congruencia
TEMA DE
ESTUDIO
TÌTULO PROBLEMA OBJETIVO GENERAL
Y ESPECIFICOS
PREGUNTAS DE
INVESTIGACIÒN
ESTRATEGIAS
DE
CARÁCTER
FISCAL PARA
EL BENEFICIO
DE LAS
EMPRESAS
EN MÉXICO
Estrategias
de carácter
fiscal para
beneficio de
las
empresas en
México
Actualmente las
empresas en
México no cuentan
con estrategias de
carácter fiscal que
las beneficien
financieramente.
.
OBJETIVO GENERAL
Proponer estrategias de
carácter fiscal que las
beneficien a las empresas
mexicanas
financieramente.
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
Ubicar la importancia
de los impuestos
aplicables a las
empresas
mexicanas.
Analizar los
principales
problemas de pago
de impuestos que
presentan las
empresas en el país.
Analizar la situación
que guarda el fisco
actualmente.
Detectar la
recaudación por
Impuesto Federal en
el período
comprendido 2009 a
2012.
¿Qué importancia
tienen los
impuestos que se
aplican a las
empresas
mexicanas?
¿Cuáles son los
principales
problemas en el
pago de
impuestos que
presentan las
empresas en el
país?
¿Cuál es la
situación actual
del fisco?
¿Cómo se han
comportado los
impuestos
federales entre
2009-2012?
17
1.8 Inferencia de trabajo.
Si las empresas mexicanas contaran con ciertas estrategias fiscales entonces se
beneficiarían financieramente.
1.9 Justificación.
En México la dependencia de los ingresos petroleros en un 8.7% del PIB
(PUBLICAS, 2012) del total de los ingresos obtenidos para el gasto público, ponen
en el último lugar de los países miembros de OCDE como el país que menos
recauda impuestos con respecto al PIB, aunado a la disminución de las reservas
petroleras, ponen a México en una impostergable reforma fiscal que contemple
incrementar las bases gravables de los impuestos, disminuir las tasas de los
impuestos, eliminar las numerosas exenciones tributarias, deducciones y
regímenes preferenciales, con el objetivo de lograr una mayor recaudación fiscal
sin dejar de lado la importancia que tienen las empresas en el país y la correcta
administración de las contribuciones y así generar un amplio beneficio que se
palpe al terminar cada ejercicio fiscal.
1.10 Arista metodológica
Paso 1. Se llevará a cabo la compilación de la información estadística que
guardan los impuestos de los países miembros de la OCDE, así como las
características generales los impuestos en estos países, también se compilará la
información estadística de los impuestos en México y la normatividad jurídica de
los mismos durante el período de 2009 a 2012.
Paso 2.- Se realizará una comparación del impuesto al consumo, impuesto sobre
la renta, impuesto sobre salarios, impuestos especiales y cuotas de seguridad
social, de los diferentes países miembros de la OCDE.
18
Paso 3.- Se realizará y analizará el estado del arte de los modelos de
recaudación.
Paso 4.- Se analizará la normatividad jurídica concerniente al impuesto al
consumo, impuesto a la renta, impuesto sobre salarios, impuestos especiales y
cuotas de seguridad social.
Paso 5.- Se realizarán simulaciones económicas con base al análisis de la
normatividad jurídica de los impuestos analizados.
Paso 6.- Se propondrá una Estrategia Fiscal que apoye a las empresas del país
sin dejar de lado el aumento en la recaudación fiscal.
1.11 Arista social
Proponer estrategías de caracater fiscal que se basen en la devolución y
compensación de IVA para fianciar operaciones relacionadas con la actividad de la
empresa.
1.12 Arista académica
Este proyecto de investigación aportará una visión sobre las principales
modificaciones de los impuestos que debe contener una estrategia fiscal sirviendo
de modelo para investigaciones futuras.
1.13 Arista económica
El presente proyecto pretende demostrar que a través de una Estrategia Fiscal se
apoye a las empresas del país y se logre recaudar más ingresos fiscales, con
19
base a una filosofía de equidad y proporcionalidad de los contribuyentes en el
pago de los impuestos.
1.14 Tipo de investigación
De acuerdo a la bibliografía consultada el diseño de una investigación se clasifica
generalmente en 3 tipos: descriptiva, explicativa y correlacional. A continuación se
detalla el porqué esta investigación se ubica entre los diseños mencionados:
Es de tipo descriptivo, porque describe y mide aquellas variables
identificadas para llegar a la propuesta del trabajo que en este caso es: Propuesta
de una Estrategia Fiscal.
Es de tipo explicativa, porque a partir de las teorías y argumentos
establecidos por los especialistas y autores del tema, se busca encontrar las
razones o causas de poca recaudación fiscal en México y la Propuesta de una
Estrategia Fiscal que beneficie a las empresas en el país y aumente la
recaudación.
El método que se utilizará será el deductivo y la técnica de investigación
será la documental.
Una vez establecido el tipo de investigación a realizar, se determina la relación
tempore-espacial que permitan detallar el espacio y el tiempo en donde se
realizará el proyecto. Para el efecto se han considerado los siguientes aspectos:
1.15 Identidad
El presente proyecto de investigación está identificado dentro del tema fiscal.
20
1.16 Ubicación
El proyecto de investigación se observa dentro de una Estrategia Fiscal y los
beneficios económicos que aportaría para las empresas en México y para el
mismo Estado.
1.17 Tiempo
El desarrollo del proyecto de investigación se realizó del período de 2009 a 2013,
que es el tiempo en que se analizarán los datos.
1.18 Magnitud
El proyecto de investigación sobre la Propuesta de una Estrategia Fiscal tiene una
magnitud de tipo federal.
1.19 Universo de estudio
El universo de estudio del proyecto de investigación se refiere al impacto en las
empresas que tiene las Leyes Impositivas a nivel Federal en México y los estudios
estadísticos de recaudación de los impuestos.
1.20 Objeto de estudio
El objeto de estudio o variable independiente para el presente tema de
investigación son las Leyes en materia de Impuestos en México.
21
1.21 Sujeto de estudio
El sujeto de estudio o variable dependiente para la presente investigación son las
empresas en México.
22
CAPÍTULO II. ESTADO DEL ARTE DE LOS IMPUESTOS
2.1 Antecedentes Históricos de los Impuestos en México.
Conocer cómo se desarrolló la Hacienda Pública en nuestro país es darnos cuenta
de otro ámbito importante de la historia de México, al reconocer la importancia de
las actividades económicas en el desarrollo de los estados y sus habitantes.
2.1.1 México Prehispánico.
Los tributos que se pagaban en México prehispánico eran de dos tipos: los que
pagaban los pueblos sometidos y los que debían pagar los habitantes mexicanos
o mexicas.
Al consolidarse México Tenochtitlán surge el periodo de expansión y dominio
militar de los aztecas. A los pueblos que sometían, les imponían cargas tributarias
en productos que debían entregar; mantas de algodón, plumas de aves, telas de
varias fibras, cigarros, bolas de caucho para el juego de pelota y también metales
preciosos, águilas, serpientes e incluso mancebos a los cuales se les arrancaba el
corazón para ofrecerlo a sus dioses.
Durante este periodo, los tributos cobrados a los pueblos sometidos no eran
utilizados para beneficio de las comunidades que los aportaban; en realidad se
destinaban para las necesidades de los gobernantes y del pueblo dominante.
La sociedad azteca se encontraba profundamente estratificada: cada clase social
tenía reglamentado el uso de las diversas calidades, colores y decorados de las
prendas de su indumentaria. Sin embargo, “ser mexica” obligaba al soberano a
una redistribución de los bienes en beneficio de los habitantes del Imperio, lo que
se traducía en una importante obra pública que facilitaba el tránsito, el comercio y
las artes.
23
Los primeros recaudadores
El cobro de tributos era tan importante para los aztecas que se organizaron para
facilitar su recaudación y nombraron a los “calpixquis” primeros recaudadores.
Esos personajes eran identificados por el pueblo porque llevaban una vara en una
mano y un abanico en la otra. La recaudación requería que estos funcionarios
realizaran un registro pormenorizado de los pueblos y ciudades tributarios, así
como de la numeración y valuación de las riquezas recibidas.
Los registros de tributos se llamaban “tequiámatl” o matrícula de tributos; fueron
un género de códices relacionados con la administración pública del Imperio
Mexica.
Tributos aztecas
Había varios tipos de tributos que se daban según la ocasión: de guerra y
religiosos, entre otros. Los tributos a que estaban obligados los pueblos sometidos
a los aztecas eran de dos tipos: en especie o mercancías que variaban según la
provincia, población, riqueza o industria; o en servicios especiales que estaban
obligados a prestar los habitantes de los pueblos sometidos.
2.1.2 La Colonia Periodo Virreinal.
Cuando Cortés llegó a México, quedó sorprendido con la belleza y organización
del pueblo azteca. La guerra de conquista de territorios se convirtió en una deuda
con los soldados que participaron en tal empresa militar, así que repartió el oro
que encontró y ofreció tierras e indios para que trabajasen en su provecho.
Las expediciones, que en muchas ocasiones fueron la búsqueda de aventuras y
negocios, eran financiadas en gran medida por los capitanes. A cada uno de ellos
se le asignó un grupo de soldados para “rescatar” las tierras en nombre del rey de
24
España y cobrar su inversión. De las tierras, el oro y las especies que “rescataran”
correspondía la quinta parte a la monarquía española. A esto se le llamó “el Quinto
Real”.
Cortés, en sus Cartas de Relación describe sus hazañas y el gran número de
pueblos que tributaban al emperador Moctezuma. Esto lo descubre en el libro de
tributos de los aztecas, en el que obtuvo información para localizar y explotar los
yacimientos de minerales. El oro y la plata le interesaban, pero también pensaba
en el cobre como material necesario para preparar el bronce de sus cañones.
Estas Cartas de Relación son el primer documento fiscal en la historia de la Real
Hacienda de la Nueva España.
Cortés cambió el pago de tributos del pueblo azteca de flores y animales, por
alimentos, piedras y joyas.
Después de la caída de México, se creó la Real Hacienda que se dedicó al cobro
de impuestos. Estaba constituida por un tesorero, un contador que llevaba el
registro de las contribuciones en libros, un factor que cobraba los impuestos, un
veedor que veía o inspeccionaba, y oficiales de la Real Hacienda que eran una
especie de judiciales fiscales.
El tesorero recibía las barras de oro, o plata o monedas y las guardaba en la Caja
Real. Ésta se abría con tres llaves, que por seguridad estaban en manos de tres
personas distintas: el tesorero, el contador y el gobernador. A su cargo estaba
resguardar el Quinto Real.
El diezmo y la primicia eran otros impuestos solicitados por el clero a las
provincias. Gracias a ellos la Iglesia acumuló grandes riquezas, con las que
atendió obras de construcción, beneficencia, educación y arte. Para llevar a cabo
estos trabajos contaba con haciendas, conventos, casas, templos, escuelas,
25
hospitales, asilos y orfanatorios. Un ejemplo de la forma en que cobraban la
primicia y el diezmo es el siguiente: si una vaca daba a luz, su primer crío pasaba
al clero; del segundo, el dueño sólo aportaba el 10%.
Establecida la Colonia, los indígenas pagaban impuestos con trabajo en minas,
haciendas y granjas. En 1573 se implantó la alcabala (tributo que se pagaba sobre
el precio de una compra-venta) y después el peaje (derecho de paso). La principal
fuente de riqueza para el conquistador fueron las minas y sus productos, por lo
que fue este el ramo que más se atendió y para el que se creó un sistema jurídico
fiscal con el objeto de obtener el máximo aprovechamiento de su riqueza para el
Estado.
Las Leyes Indias hacen referencia a la administración de los bienes de la
comunidad de los pueblos indígenas en América. En primer término establece las
Cajas de Comunidad que estaban al cuidado de los oficiales reales, de los
corregidores y caciques. Los fondos de estas Cajas se formaban con bienes
comunales y aportaciones personales de los indígenas, y sólo podían ser
utilizados en el auxilio de los indios necesitados y para ayudar a pagar la plata de
los tributos preestablecidos. En realidad, cuando en 1704 por órdenes del rey se
hacen averiguaciones sobre las Cajas de Comunidad, se encuentran con que los
bienes eran mínimos y que por la suma pobreza de los tributarios, apenas podían
costearse los tributos no pagados, las fiestas de obligación de los pueblos y
demás gastos derivados de los cultos.
2.1.3 México Independiente
Las ideas de libertad en Europa influyeron en el Reino de la Nueva España para
preparar una revolución que terminaría con el régimen colonial.
En 1810, la Orden Real de la Nueva España dictó que los indios quedaban
eximidos del pago de contribuciones.
26
Entre las proclamas de los insurgentes se observan las siguientes:
Que todos los dueños de esclavos deberán darles libertad dentro del
término de diez días, bajo pena de muerte si no se cumpliera.
Que cese la contribución de tributos respecto a las castas que lo pagan y
toda exacción que a los indios se les exija.
Que en todos los negocios judiciales, documentos, escrituras y actuaciones,
se haga uso de papel común para dejar de pagar impuestos por el papel
sellado.
En 1812 se organiza la Hacienda Pública, que indicó que en cada provincia
debería existir una tesorería que recaudara los caudales o recursos del erario
público.
En 1814, con Fernando VII, se complementó el sistema fiscal para las provincias,
estructurándose la Hacienda. Se encargó a cada ayuntamiento la administración
para distribución de las recaudaciones, convirtiéndose las diputaciones locales en
autoridad suprema.
Al consumarse la Independencia en 1821, México tuvo que enfrentarse al doble
problema de reparar los daños causados por la guerra y establecer las bases
sobre las que debía operar el nuevo gobierno.
En 1821 se suprimen por decreto los siguientes impuestos:
1% de diezmo y real señoraje.
El derecho o tributo de 8 maravedíes (moneda española) por marco de
plata, pago que se hacía por el proceso de afinación de las pastas de oro y
plata.
27
Se suprimen todos los derechos que gravaban las pastas (proceso de
aleación) de oro y plata, así como a la moneda, y que les habían sido
asignados durante la guerra de Independencia.
En 1822 se aplicaron nuevas disposiciones Hacendarias para tratar de arreglar la
situación económica. Se modificaron los derechos sobre el vino y el aguardiente,
aumentándose la tasa para los extranjeros. El Congreso otorgó la primera
exención de impuestos en un caso particular: se permitió la introducción de cinco
imprentas sin impuestos y derechos.
En 1824, cuando era presidente el General Guadalupe Victoria, se creó la
Contaduría Mayor de Hacienda, integrada por Hacienda y por Crédito Público. La
sección de Crédito Público debía comprobar el estado de la deuda nacional, las
sumas autorizadas y los intereses cubiertos.
Se fundan también los principios jurídicos sobre los que se basó la Hacienda
Pública. Éstos quedaron establecidos en el Acta Constitutiva. Asimismo, se
sancionó el principio de que no podrá hacerse ningún pago o erogación que no
esté comprendida en los presupuestos, excepto en el caso de que sea aprobado
por el Congreso.
2.1.4 La Reforma
El panorama político, social y económico del país después de la Independencia
fue difícil. La mayoría de los mexicanos vivía en el campo en condiciones de
miseria y trabajaban en las haciendas como peones. Otros habitantes eran
reclutados para el ejército por la fuerza.
La guerra de Reforma se dio entre 1858 y 1861. En este tiempo se enfrentaron
conservadores y liberales, llevando al pueblo nuevamente a un periodo de
inestabilidad. Durante este periodo la Hacienda Pública no funcionó regularmente;
28
sin embargo, Benito Juárez y otros liberales expidieron las Leyes de Reforma,
entre las que destaca la Ley de Desamortización de los Bienes del Clero
(nacionalización de bienes del clero).
Otras leyes fueron las siguientes:
Separación entre la Iglesia y el Estado.
Eliminación de órdenes religiosas, así como cofradías, congregaciones y
hermandades.
Matrimonio y registros civiles.
De cementerios.
Libertad de cultos.
A consecuencia de la guerra, Benito Juárez se vio obligado a instalar su gobierno
en diferentes ciudades del país, hasta que al triunfo de los liberales regresó a la
capital y se dedicó a la reorganización de la administración pública y a la
reestructuración de la Secretaría de Hacienda.
Los principales hechos de importancia hacendaria emanados del Gobierno
Constitucional de don Benito Juárez fueron:
El restablecimiento de la Junta de Crédito Público, encargada de
administrar las aduanas marítimas, así como de las modificaciones que se
hicieron a su organización.
La medida de cobro de los impuestos en los puntos del consumo y no de la
producción.
El cese de las facultades extraordinarias concedidas a los gobernadores de
los estados en el ramo de Hacienda.
Liberación del cultivo, elaboración y comercio del tabaco y fijación de un
impuesto por su consumo.
Se extinguen los fondos de peajes, minería y judicial.
29
Se establece la Lotería Nacional, cuyos productos se destinan a la
instrucción pública.
Se establece la Contribución Federal, que consistió en el 25% o cuarta
parte adicional sobre todo entero (pago) realizado en las oficinas de la
Federación y en los estados.
Es durante el gobierno de Juárez cuando por primera vez las oficinas principales
de Hacienda tienen una dirección específica de contabilidad, se llevan con toda
regularidad las cuentas y disposiciones del Ejecutivo y funciona cabalmente la
maquinaria administrativa, toda vez que la doctrina económica se centraba en la
consolidación de las instituciones de la República. Esto era importante porque el
estado lastimoso en que estaba la Hacienda hasta ese momento, impedía prever
gastos, buscar el desarrollo del país y el bienestar social.
Entre las innovaciones fiscales notables de este periodo se encuentra el
establecimiento del sistema de contabilidad llamado “partida doble” y la expedición
de la Ley del Timbre, la cual fijaba un plazo para la sustitución de papel sellado
por las estampillas correspondientes, así como la creación de una oficina especial
en la que se imprimieran dichas estampillas y el papel para despachos, títulos y
nombramientos. Este es antecedente de la Dirección de Impresión de Estampillas
y Valores.
2.1.5 El Porfiriato
En 1876 Porfirio Díaz es electo presidente por primera vez, y no abandonará el
poder sino hasta 1911.
Durante el gobierno de Díaz se inició un periodo de prosperidad en el país,
principalmente con una política de impulso a la construcción de ferrocarriles y el
desarrollo de la industria minera, razón por la que se requería la reforma y
actualización del sistema fiscal y de la Secretaría de Hacienda.
30
Las principales características del sistema fiscal de la época fueron:
La mayor parte de la riqueza del país estaba ligeramente gravada o no
pagaba ningún impuesto. Ésta, en gran parte, era controlada por
extranjeros y algunas familias mexicanas muy adineradas, escapando la
porción de su riqueza a la carga impositiva estatal o nacional.
El consumo se gravaba, sobre todo, en los artículos de primera necesidad.
A pesar de la estrecha relación entre los sistemas Hacendarios federal y
estatal, ninguno tomaba en cuenta los impuestos establecidos entre ellos.
Porfirio Díaz duplicó el Impuesto del Timbre, que se adhería a documentos
oficiales; gravó las medicinas y cien artículos más; cobraron impuestos por
adelantado y pudo recaudar 30 millones de pesos, pero gastó. También, en este
periodo se generó la deuda externa en alto grado y por la cual se pagaban altos
intereses. Se requería de un sistema tributario controlado y de equilibrio.
No obstante que un estrato de la sociedad mexicana imitaba el lujo y diversiones
de las cortes europeas, en 1892, en un informe elaborado por el ministro de
Hacienda, Matías Romero, se puso de manifiesto la falsa bonanza de la Hacienda
Pública de la administración porfirista y los graves problemas económicos de la
República, causados por el excesivo gasto en el ambicioso programa ferroviario, la
caída de los precios de la plata y los excesivos empréstitos solicitados con réditos
relativamente altos.
Con la llegada del ministro de Hacienda José Yves Limantour, en 1893, se niveló
la Hacienda Pública. Las medidas para lograrlo fueron amplias. Se gravó el
alcohol y el tabaco, las donaciones y sucesiones o herencias; así también, se
aumentaron las cuotas de los estados a la Federación. Se redujo el presupuesto y
las partidas abiertas del Ejecutivo, así como los sueldos de los empleados. Se
buscaron nuevas fuentes de ingresos al gravar las actividades, especulaciones y
riquezas que antes no contribuían a los gastos públicos; se fijó el derecho o
31
impuesto de exportación sobre el henequén y el café y se regularizó la percepción
de los impuestos existentes, por medio de una vigilancia activa y sistemática sobre
empleados y contribuyentes.
Hacia 1910 se celebraron las fiestas del centenario de la Independencia, que
encabezó Porfirio Díaz inaugurando edificios públicos, monumentos y escuelas; se
realizaron bailes, banquetes y un gran desfile al que asistieron personalidades de
otros lugares del mundo. Frente a este panorama, era difícil pensar que estallaría
una revolución.
2.1.6 La Revolución
Hacia 1910, la población dedicada a las labores agrícolas, sin duda el núcleo más
importante de todos, se encontraba en una situación angustiosa de miseria y
explotación
Las riquezas que la minería y el petróleo produjeron en escala creciente iban a
parar a manos de sus propietarios en el extranjero, dejando en el país escasos
beneficios en forma de salarios y de impuestos.
La caída de la dictadura, así como el destierro de Porfirio Díaz, trajeron desorden
al país, situación a la que no escapó la tributación. Los mexicanos dejaron de
pagar impuestos, dado que estaban ocupados en las armas. Durante siete años,
el desempeño de la Secretaría de Hacienda fue irregular, pues aún cuando
seguían utilizando los procedimientos establecidos, los jefes militares exigían
desembolsos de dinero para bienes, armas y municiones; requerían entonces, de
“préstamos forzosos” en papel moneda y oro.
A partir de 1913, la Hacienda Pública se procuró fondos a través del sistema de
emisión de papel moneda y mediante un principio de organización hacendaria, que
consistió en el aprovechamiento de los recursos generados por los derechos de
32
importación y exportación de las aduanas que se encontraban en las regiones
ocupadas por cada ejército.
A fin de que los jefes pudieran proveerse inmediatamente de fondos, las oficinas
recaudadoras de Hacienda fueron dejadas a su disposición, y en la mayoría de los
casos, los comandantes militares asumían facultades hacendarias, llegaban hasta
a imponer contribuciones especiales...”. Cada jefe militar emitía papel moneda y
los ejércitos que tenían la posesión de regiones petrolíferas recaudaban un
impuesto en metálico, derivado del petróleo.
Los ejércitos revolucionarios contribuyeron a la ruptura del sistema monetario con
la emisión de su propio papel moneda, que sin tener ningún apoyo como reserva
del Estado, carecía de valor y originaba un rechazo generalizado de la población
hacia cualquier forma de billetes llamados “bilimbiques”.
Como consecuencia de esta situación, los impuestos y los procedimientos
Hacendarios se modificaron en virtud de las circunstancias especiales del
momento.
El cobro de gran número de los impuestos que se pagaban en papel moneda fue
imposible, ya que éste dejó de tener validez al no poder convertirse en valores
metálicos como el oro y la plata
Cuando Venustiano Carranza, primer jefe del Ejército Constitucionalista, asumió el
Poder Ejecutivo de la Nación, se encontró ante una grave crisis económica:
huelgas, enfrentamientos con las compañías por el aumento de impuestos,
ausencia de créditos del exterior e inflación debida a las emisiones monetarias de
los años anteriores.
Entre 1917 y 1935 se implementaron diversos impuestos, como el de los servicios
por el uso de ferrocarriles, impuesto especial sobre exportación de petróleo y
derivados, por consumo de luz, impuesto especial sobre teléfono, timbre, botellas
33
cerradas, avisos y anuncios. “Un hecho que estabilizó la vida política del país fue
la promulgación de la Constitución de 1917 que actualmente nos rige”.
Un cambio importante en el sistema tributario, fue el incremento de los impuestos
a los artículos nocivos para la salud: 40% para bebidas alcohólicas, 16% a la
cerveza, y se duplicó el impuesto al tabaco.
Simultáneamente, se incrementó el impuesto sobre la renta y el de consumo de
gasolina.
Tales medidas redundaron en beneficios sociales, como la implantación del
servicio civil y el retiro por edad avanzada con pensión; en general, se
modernizaron los procedimientos administrativos y los servicios a la comunidad.
En 1920 la revolución armada había terminado con un costo de un millón de vidas;
sin embargo, continuaba la tarea de reconstruir la nación. Con Álvaro Obregón en
la presidencia, José Vasconcelos fundó la Secretaría de Educación Pública, se
crearon nuevas escuelas, se motivó a los maestros para que atendieran las zonas
rurales y se promovió la elaboración y distribución de libros para enseñar a leer y
escribir.
En los siguientes periodos presidenciales se realizaron obras diversas, se
repartieron tierras a los campesinos, se mejoró la situación de los obreros, se
ampliaron carreteras y se construyeron canales de riego.
No obstante, eran las empresas extranjeras las que administraban los ferrocarriles
y explotaban los campos petroleros, y si bien con los impuestos que pagaban se
obtuvo dinero para realizar obras públicas, el país seguía con una fuerte
dependencia de estas actividades económicas.
34
2.1.7 México Contemporáneo
Han transcurrido muchos años para estabilizar la situación económica y las
finanzas públicas del país. En el México contemporáneo los gobiernos han
modificado las leyes fiscales conforme a los principios de la Constitución que son:
Equidad
Proporcionalidad
Legalidad
El Estado dispone así, de recursos para construir obras y prestar servicios a la
colectividad, procurando una mejor distribución de la riqueza.
El sistema tributario de nuestro país es mucho más que un conjunto de
disposiciones fiscales; es parte de nuestra historia, de nuestras costumbres, y
permite avizorar una mejor calidad de vida a los mexicanos.
El país requiere que haya más y mejores maestros, escuelas para todos los niños,
hospitales, higiene, comida, habitación, caminos, servicios públicos y elementos
de bienestar y seguridad común. (SAT)
2.2 Definiciones del Impuesto.
2.2.1 Definiciones Doctrinales.
Entre las definiciones de impuesto podemos encontrar las siguientes:
Eherberg: “Los impuestos son prestaciones en dinero, al Estado y demás
entidades de Derecho Público, que las mismas reclaman en virtud de su
poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin
35
contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades
colectivas”.
Vitti de Marco: “El impuesto es una parte de la renta del ciudadano, que el
Estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la
producción de los servicios públicos generales”.
Luigi Cossa: “El impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los
particulares deducido por la autoridad pública, a fin de proveer a aquella
parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas
patrimoniales”.
José Álvarez de Cienfuegos: “El impuesto es una parte de la renta nacional
que el Estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades
públicas, distrayéndola de las partes alícuotas de aquella renta propiedad
de las economías privadas y sin ofrecer a éstas compensación específica y
recíproca de su parte”. (Flores, 1946)
Antonio Berliri. “La obligación de dar o de hacer, coactivamente impuesta
por un mandato de una ley o de un acto expresamente autorizado por ésta
a favor de un ente público, teniendo por objeto una suma de dinero o u
valor sellado y no constituyendo una sanción de acto ilícito, salvo que la
sanción consista en la extensión a un tercero de una obligación tributaria”.
A. D. Giannini. “La prestación pecuniaria que el Estado u otro ente público
tiene el derecho de exigir en virtud de su potestad de imperio originaria o
derivada, en los casos, en la medida y en el modo establecido por la ley con
el fin de conseguir una entrada”.
Geraldo Ataliba. “Es el tributo cuya hipótesis de incidencia es un hecho o
acontecimiento cualquiera, no consiste en una actividad estatal”.
36
Héctor Villegas. “El tributo exigido por el Estado a quienes se hallan en las
situaciones consideradas por la ley como hechos imponibles, siendo estos
hechos imponibles ajenos a toda actividad estatal relativa al obligado”. (De
la Garza, 1999)
De acuerdo a las definiciones anteriores podemos definir que el impuesto es “la
aportación coercitiva que las personas físicas y morales realizan al Estado de
manera proporcional y equitativa, sin la especificación concreta de los beneficios
que deberán recibir con el pago de las mismas”.
2.2.2 Definición Legislativa.
El fundamento legal de la creación de los impuestos está comprendido en la
fracción IV, artículo 31º de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que la letra dice:
“Son obligaciones de los mexicanos:
…
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del
Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la
manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
Aunado a lo anterior el Código Fiscal de la Federación en su facción I, artículo 2º,
define a los impuestos:
“…
I. Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben
pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la
situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean
distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este artículo.
…”
37
Las contribuciones que hace referencia la fracción antes mencionada son:
Aportaciones de seguridad social,
Las contribuciones de mejoras y
Los derechos.
Por último la Ley Ingresos de la Federación en su artículo 1º señala como
impuestos:
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (ISTUV)
Impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN)
Impuesto a los rendimientos petroleros (IRP)
Impuestos al comercio exterior (ICE)
Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE)
Accesorios
2.3 Clasificación de los Impuestos.
Existen varias clasificaciones de los impuestos, pero para su análisis tomaremos
la clasificación de los impuestos en directos e indirectos de acuerdo a su
incidencia debido a que aparece como referencia en la mayor parte de los tratados
de Derecho Financiero y de Ciencia de las Finanzas Públicas.
38
2.3.1 Impuestos Directos e Impuestos Indirectos en base a su
incidencia.
Son impuestos directos aquellos que el sujeto pasivo (el contribuyente) no puede
trasladar a otras personas, sino que inciden finalmente en su propio patrimonio; de
acuerdo con este criterio sería impuesto directo el impuesto sobre la renta a los
productos del trabajo, porque el trabajador a quien se le retiene el impuesto no
puede trasladarlo a ninguna otra persona. Por el contrario, son impuestos
indirectos aquellos que el sujeto pasivo (el contribuyente) puede trasladar a otras
personas, de modo que no inciden en su patrimonio; ejemplo sería, el impuesto al
valor agregado, en dónde el comerciante lo traslada al consumidor y recupera el
dinero que tuvo que pagar al Estado.
A continuación se muestra una clasificación de los impuestos:
2.4 Elementos de los Impuestos.
2.4.1 Sujetos.
Son aquellos sujetos pasivos y activo, los contribuyentes y la autoridad fiscal,
respectivamente, quienes participan directamente en la relación tributaria, de las
obligaciones y derechos previstas en las leyes fiscales que de ésta nacen, cuando
sustancialmente el sujeto pasivo lleve a cabo ciertas situaciones de carácter
jurídico.
39
2.4.2 Objeto.
El objeto es la realidad económica sujeta a imposición, es decir, lo que se grava.
Esta realidad económica es por ejemplo desde un punto de vista mercantil la
compra venta, sin embargo para que el sujeto quien la realiza se vea obligado a
pagar el impuesto correspondiente, se requiere que hipotéticamente está previsto
en la norma fiscal que al realizarla genera la obligación tributaria, denominado
hecho imponible, claro está acompañado con determinados derechos para el
sujeto pasivo.
2.4.3 Base.
La base es la cantidad o monto a la cual se le aplica la cuota, tarifa o tabla, para
determinar la contribución a pagar.
2.4.4 Tasa.
La tasa es el porcentaje establecido en cada Ley fiscal específica, que se aplica a
la base con el objeto de que el Estado reciba cierta cantidad en dinero por cada
unidad tributario.
2.4.5 Período de Imposición.
El período de imposición se refiere a los lapsos en que dichas situaciones se
realizan para que se conjuguen los elementos de la relación tributaria que origine
el pago del impuestos. (Sánchez, 2011)
2.5 Estudio Comparativo de los Impuestos en el Mundo
Una vez estudiado la definición de impuesto, su clasificación y sus elementos, se
hace necesario realizar una comparación de los impuestos en el Mundo y los dos
más importantes son:
40
El impuesto a la renta (directo) y,
El impuesto al valor agregado (indirecto).
Esta comparación nos dará una visión de los impuestos en el Mundo en
comparación con México.
2.5.1 Los impuestos en Nueva York
El impuesto del ISR en Nueva York es con base en los ingresos y se observa de la
siguiente manera:
Para una sola (soltera) persona son:
10%: de $ 0 a $ 7.825
15%: de $ 8.025 a $ 32.550
25%: de $ 32.550 a $ 78.850
28%: de $ 78.101 a $ 164.550
33%: de $ 164.550 a $ 357.700
35%: $ 357.700
41
Tabla 1 Diferentes impuestos en Nueva York
Fuente: elaboración propia con datos de la Reserva Federal, 2010.
TÉRMINO CONCEPTO
Salario Bruto Es la cantidad que se le paga a sus empleadores.
W-2 salarios
Son los salarios que aparecen en el empleado de la W-2
emitido por su empleador, en enero de cada año. Una
copia de la W-2 se envía al Servicio de Rentas Internas
(IRS). Es el sueldo bruto menos las contribuciones a los
planes antes de impuestos. El formulario W-2 también
muestra la cantidad retenida por el empleador de los
impuestos federales. W-2 Salarios = sueldo bruto, menos
(las contribuciones al plan de jubilación empleador) menos
(las contribuciones al plan de salud del empleador) menos
(las contribuciones a otros planes de empleador)
Total de ingresos Es la suma de todos los ingresos imponibles, como la W-2
salarios. Casi todos los ingresos imponibles.
Ingreso bruto
ajustado (AGI)
Es el ingreso total menos algunas deducciones permitidas.
Tales como: pensiones alimenticias que se pagaron
(ingresos para el destinatario), permite gastos de mudanza,
los autónomos programa de retiro, intereses de préstamos
estudiantiles, etc.
Deducciones
detalladas
Son otras deducciones específicas, tales como intereses
hipotecarios de una casa, el estado los impuestos sobre la
renta o los impuestos sobre las ventas, los impuestos
sobre la propiedad local, contribuciones caritativas, el
estado del impuesto sobre la renta retenido, etc.
La deducción
estándar
Es una especie de Deducción mínima Detallada. Si se
suman todas sus deducciones detalladas, y es inferior a la
deducción de tomar la deducción estándar. En 2007 este
fue de $ 5.350 para aquellos presentación individual y $
10,700 para parejas casadas conjuntamente.
Exención
personales
Es una exención fiscal en el que el contribuyente puede
deducir un monto de sus ingresos brutos por cada
dependiente que puede reclamar. Que fue de $ 3.400 en
2007.
42
Impuestos locales
El gobierno local es financiado por los impuestos locales, como los impuestos
sobre la propiedad. Los Impuestos adicionales como el impuesto sobre las ventas
y el uso de impuestos también se utilizan.
El estado de Nueva York tiene un impuesto local sobre las ventas de un 4%
además de esto hay un impuesto del 4% sobre el transporte y un 0.375% de
recargos., para un total de 8.375%
Solo para los contribuyentes, el impuesto sobre la renta personal:
4 por ciento sobre los primeros $ 8.000 de los ingresos imponibles.
4,5 por ciento sobre los ingresos imponibles entre $ 8.001 y $ 11.000.
5,25 por ciento en los ingresos imponibles entre $ 11.001 y $ 13.000.
5,9 por ciento sobre los ingresos imponibles entre $ 13.001 y $ 20000.
6.85% sobre la renta imponible de $ 20.001 o más.
2.5.2 Los impuestos en Toronto, Canadá
Las corporaciones que operan en Ontario se tributan a una tasa de 33%. Sin
embargo, las industrias manufactureras de Ontario y los recursos están sujetos a
una tasa menor de 12% de impuestos provinciales. Cuando se combina con las
autoridades federales de fabricación y de procesamiento (M & P) con una tasa de
19%, una empresa de fabricación en Ontario grava a una tasa de sólo el 31%. A
modo de comparación, la tasa combinada es generalmente inferior a las tasas
combinadas EE.UU. legales impuestos federales y estatales. (Santos, 2002
43
Tabla 2 Diferentes tasas aplicables
CONCEPTO PORCENTAJE
19% 14% 33%
Fabricación y de procesamiento 19% 12% 31%
La pequeña empresa 11.05% 5.50% 16.5%
Fuente: elaboración propia, con datos de la Banca Central, 2009
Impuestos de Pago
Las empresas de Ontario deben recoger las primas del Seguro de Empleo y
Pensiones del Canadá Plan (CPP), tanto del empleador y el trabajador, para
prestar apoyo a la pérdida del empleo (incluyendo la licencia de maternidad) y la
jubilación.
Seguro de Empleo (EI)
Tanto el patrón como sus empleados tienen que pagar las primas de la IE sobre
cada dólar de la remuneración asegurable hasta el máximo anual. Como
empleador, la prima de la IE es 1.4 veces la prima de la IE en cuenta para cada
empleado. No hay límite de edad para deducir las primas de la IE. Dejas de
deducir las primas de la IE al llegar a la contribución máxima empleado al año
EI índice de primas para el 2009
Tipo Premium es el 1.73%
Asegurables las ganancias máximas son de $ 42,300.00
Contribución del empleado máxima es de 731.79 dólares
Del contratante máxima es de $ 1,024.51
La tasa de cotización de los empleados es 4,95% de los ingresos de
jubilación
44
Pensionable ingresos máximos son de $ 46,300.00
Exención de base anual es de 3.500 dólares
2.5.3 Los Impuestos de Brasil
Del impuesto de sociedades
La tasa impositiva corporativa de Brasil para 2010 es del 34%. El impuesto
consiste en un impuesto básico de 15%. También hay un recargo de 10% de los
ingresos anuales de más de $ 240.000, alrededor de $ 110.000. Adicional 9% se
destinarán a la contribución social sobre los beneficios netos.
Ganancias de capital: Las ganancias de capital de las empresas se suman a los
ingresos regulares.
Pagan 15% de impuesto sobre ganancias del capital lo Individuos, los ingresos
por dividendos de sociedades locales está exenta de impuestos. .
Deducciones fiscales
Las pérdidas se trasladan de forma indefinida. En los próximos años sólo el
30% de la renta imponible del año en curso pueden ser compensados por la
pérdida.
La depreciación se deducirá por el método de línea recta. Empresas que
trabajan en 2 turnos puede reclamar el 150% de las tasas estándar,
mientras que las empresas que trabajan en 3 turnos tienen derecho al
200% de las tasas estándar.
Las compañías involucradas en el desarrollo de la investigación técnica
puede utilizar la depreciación acelerada para efectos tributarios.
No hay consolidación de la empresa a efectos tributarios.
Normas de subcapitalización en relación con los gastos por intereses están
en vigor en Brasil a partir del de enero de 2010.
45
Para los residentes de Brasil, el ingreso anual de R $ 17.208 está exento de
impuestos.
Existe una deducción fija mensual por cada persona dependiente. Los gastos de
educación son deducibles, hasta un límite.
Tabla 3 Diferentes tasas aplicables
CONCEPTO IMPUESTO
Dividendo 0%
Interés 15% al 25%
Regalías 15%
Servicios 15%
Fuente:(http://www.lataxnet.net/partners/Brasil/brasilinformacion_tributaria/default.html)
2.5.4 Los impuestos en Frankfurt Alemania
Dividendos Ordinarios Los dividendos ordinarios (sujetos a impuestos) son la distribución más común
hecha por una sociedad anónima. Se pagan usando los ingresos y ganancias de
una sociedad anónima y son considerados ingresos ordinarios para el
contribuyente. Esto significa que no son ganancias de capital. Puede suponer que
todo dividendo que se reciba de acciones comunes o preferenciales es un
dividendo ordinario a menos que la sociedad anónima que efectúa el pago le
indique lo contrario.
Dividendos Calificados
Los dividendos calificados son los dividendos ordinarios que estén sujetos a la
misma tasa impositiva del 0% o del 15% que corresponde a las ganancias netas
de capital.
46
Los dividendos calificados están sujetos a la tasa impositiva del 15% si la tasa
impositiva normal que correspondería es del 25% o mayor. Si la tasa impositiva
normal que correspondería es menor del 25%, los dividendos calificados están
sujetos a la tasa del 0%.
2.5.5 Los impuestos en España
OPERACIONES SOCIETARIAS
¿Qué se entiende por sociedad a efectos de tributar por la modalidad sobre
operaciones societarias?
Se incluyen, además de las sociedades mercantiles propiamente dichas:
1º. Las personas jurídicas no societarias que persigan fines lucrativos
2º. Los contratos de cuentas en participación.
3º. La copropiedad de buques.
4º. La comunidad de bienes, constituida por actos inter vivos, que realice
actividades empresariales.
5º. La misma comunidad de bienes constituida u originada por actos mortis causa,
cuando continúe en régimen de indivisión la explotación del negocio del causante
por un plazo superior a tres años.
¿Quién tiene que declarar la modalidad sobre operaciones societarias?
En el siguiente cuadro se resume quién tiene la obligación de declarar la
modalidad sobre Operaciones Societarias, en función de la operación que se
realice: (Jiménez, 2005)
47
Tabla 4 Operaciones Societarias
OPERACIÓN OBLIGADO A DECLARAR
Constitución, aumento de capital, traslado de Sede
de dirección efectiva o domicilio social y
aportaciones de los socios que no supongan
aumento de capital social
Sociedad
Disolución de Sociedad y reducción de capital
social
Los socios, copropietarios
comuneros o partícipes
por los bienes y derechos
recibidos
Fuente: www.spainaccountants.com/rates.html
¿Cómo se determina el importe a pagar?
En la modalidad sobre Operaciones Societarias la cuota tributaria, que con
carácter general corresponderá con el ingreso a pagar, se obtiene aplicando a la
base imponible del impuesto el tipo de gravamen establecido.
¿Cuál es la base imponible en la modalidad sobre operaciones societarias?
En la constitución y aumento de capital de sociedades que limiten la
responsabilidad de los socios, la base imponible coincidirá con el importe
nominal en que aquél quede fijado inicialmente o ampliado con adición de
las primas de emisión, en su caso, exigidas.
Cuando se trate de operaciones realizadas por sociedades distintas de las
anteriores y en las aportaciones de los socios que no supongan un aumento
de capital social, la base imponible se fijará en el valor neto de la
aportación, entendiéndose como tal el valor real de los bienes y derechos
aportados minorado por las cargas y gastos que fueren deducibles y por el
48
valor de las deudas que queden a cargo de la sociedad con motivo de la
aportación.
En los traslados de sede de dirección efectiva o de domicilio social, la base
imponible coincidirá con el haber líquido que la sociedad, cuya sede de
dirección efectiva o domicilio social se traslada, tenga el día en que se
adopte el acuerdo.
En la disminución de capital y en la disolución, la base imponible coincidirá
con el valor real de los bienes y derechos entregados a los socios, sin
deducción de gastos y deudas.
El tipo de gravamen de la modalidad sobre Operaciones Societarias es el
1%.(Osaka, 2008)
2.5.6 Los impuestos en Helsinki, Finlandia.
En Finlandia la Fiscalidad del individuo de una renta es progresiva. En otras
palabras, a mayor renta, mayor es la tasa del impuesto a pagar. En 2009 la tasa
del impuesto sobre la renta (impuesto nacional) para un individuo es entre el 7% y
30.5%. Además de los impuestos directos también hay impuesto municipal en
Finlandia. Este impuesto se paga por un individuo sobre sus ingresos y fluctúa
entre el 16% y 21% dependiendo de la autoridad municipal. Los tipos reducidos
del impuesto o la exención están disponibles para los perceptores de rentas
determinadas. (Cava, 2008)
El tipo normal del impuesto de sociedades Finlandia en 2009 es del 26%. En
general las empresas privadas en Finlandia se caracterizan por la OY sufijo
después de sus nombres.
En el 2009 la tasa de impuesto a pagar sobre las ganancias de capital es
del 26% para las empresas y el 28% de las personas.
49
Bajo los términos de que haya exención de la participación para la venta de
sus acciones.
La venta de un apartamento o casa que se ha utilizado como residencia
principal durante al menos dos años, está exenta del impuesto de
plusvalías.
Una pérdida de capital podrá ser compensado con un aumento de capital
en el año en curso, o en contra de las ganancias de capital en los años
siguientes por un período máximo de hasta tres años.
Ingresos por concepto de una inversión, con respecto de un dividendo o
interés, es imponible al tipo del 28%.
Informes Finlandia fechas de pago
El ejercicio fiscal en Finlandia es hasta el 31 de diciembre.
Una persona cuyo único ingreso proviene de un salario no está obligada a
presentar una declaración anual de impuestos.
El empleador retiene impuestos de los empleados y las transferencias del
pago inmediato a las autoridades fiscales sobre una base mensual. Un
trabajador autónomo está obligado a hacer 12 pagos de anticipos
mensuales del impuesto. Un trabajador autónomo está obligado a presentar
una declaración antes de finales de marzo.
Una sociedad anónima tiene la obligación de presentar informes financieros
antes de 30 de abril después de la final del año fiscal.
Durante el año, la empresa está obligada a hacer 12 pagos de anticipos
mensuales del impuesto.
Dentro de los 10 meses siguientes al final del ejercicio fiscal, es decir antes
de 30 de octubre, el importe del impuesto por pagar / por la devolución de
impuestos es definitiva.
50
Después de la recepción de la evaluación, es posible recurrir a un "Comité
de Evaluación de ajuste" en caso necesario.
Este organismo tiene divisiones regionales en una serie de zonas
geográficas.
Una nueva apelación puede ser contra una decisión de este órgano ante el
Tribunal Administrativo "dentro de los 5 años del año respecto del que se
hizo la evaluación.
Se podrá apelar ante el Tribunal Supremo contra una decisión de este
Tribunal.
2.5.7 Los impuestos en Suiza.
En Suiza el alícuota IVA es igual al 7.6%
Impuestos a las sociedades.
Las sociedades suizas normalmente pagan impuesto alícuota variable, según su
actividad y ubicación. En ciertas circunstancias, las sociedades suizas pueden
pagar impuestos muy bajos, generalmente alrededor del 9% de la renta, todo
incluido. Éste vale sobre todo para las multinacionales y las sociedades
comerciales que limitan sus actividades fuera del territorio suizo y han puesto la
sede legal en Cantones fiscalmente muy favorables. Ticino, por ejemplo, es el
tercer mejor Cantón de Suiza, del punto de vista fiscal, y representa
indudablemente un buen punto de referencia para los inversionistas extranjeros. El
Cantón Ginebra, ocupa por ejemplo a uno de los rangos peores sobre un total de
veintitrés Cantones que componen a Suiza. Se recuerda que Suiza es un Estado
federal como Alemania y Estados Unidos de América.
Tabla 5 Índice global del gravamen fiscal Cuadro No5 Índice global del gravamen fiscal
51
Fuente: http://en.Switzarland.org/Taxation_in_Switzerland Quien determina la atractiva posición de Ticino es sobre todo el bajo nivel de
imposición de las personas naturales, inferior de un quinto con respecto de la
media. Si en el resto de la confederación el gravamen es de 100 francos, en Ticino
es poco menos de 81. En práctica, en Ticino los impuestos son inferiores del 20%
con respecto de la media Suiza.
La reducción de los impuestos y en particular de otro medio la alícuota sobre el
capital (1.5 por mil) y la progresiva abolición del impuesto del sello deberían
52
contribuir a aún más a tener baja la media de la presión fiscal sobre las
personalidades jurídicas.
No es por casualidad, que en determinados cantones suizos, son registradas más
sociedades que personas naturales, por el evidente motivo de la conveniencia
fiscal que la plaza de los negocios helvéticos. No se puede olvidar que Suiza
representa un óptimo punto de apoyo para los que desarrollan una actividad
comercial y/o de consultoría a nivel internacional.
Tal prerrogativa es dada no solamente por su posición estratégica en el centro de
Europa, pero también, por ejemplo, por el solo hecho qué se trata de un país que
no hace parte de la unión europea, mientras que el alícuota IVA suizo es
solamente del 7,6%. En los otros países europeos, el IVA está alrededor del 20%.
Son numerosas las razones que han hecho que muchos clientes europeos hayan
elegido la Suiza cuál sede legal para sus actividades.
2.5.8 Los impuestos en Italia.
La Fiscalidad de los ingresos de un individuo en Italia es progresiva. En otras
palabras, a mayor renta, mayor es la tasa del impuesto a pagar. En 2010, la tasa
de impuestos para una persona es entre 23% -43%, Además de los impuestos
directos (IRPF), también hay un impuesto regional de 0,9% -1.4% y un impuesto
municipal de 0.1% -0.8%. Se reducen los tipos de gravamen y las exenciones
fiscales Hay a disposición de los perceptores de rentas determinadas. El tipo
normal del impuesto de sociedades de Italia (IRES) en 2010 es de 27.5%.
Además, el impuesto local (IRAP) es gravado a una tasa del 3.9%, con lo que el
tipo impositivo efectivo al 31.4%.
Impuesto sobre la renta para una persona.
53
Un individuo es responsable de los impuestos sobre sus ingresos como empleado
y sobre la renta como trabajador por cuenta propia. Los impuestos serán
aplicables a las rentas obtenidas en Italia y en el extranjero por un individuo que
cumple con la prueba de un residente permanente de Italia. Un residente
extranjero que se emplea en Italia paga impuestos sólo sobre los ingresos que
obtiene en Italia.
Una de las dos pruebas se debe pasar a ser considerado un residente de Italia:
una vida centrada en Italia, o la inscripción en el Registro de Población como la
vida más de 183 días al año en Italia. Es importante señalar lo que respecta a los
ingresos imponibles de fuera de Italia, que un crédito fiscal se concede por la
retención fiscal fuera de Italia. En el caso de ingresos de un salario, el empleador
está obligado a deducir las cuotas del impuesto a pagar sobre una base mensual.
Un trabajador por cuenta propia debe pagar ISR que se verá compensado en la
presentación de una declaración anual. El importe del anticipo se determina sobre
la base de la declaración hecha por el año anterior. En el caso de un nuevo
negocio, el anticipo se calculará sobre la base de estimaciones realizadas por el
propietario del negocio.
Algunos pagos son deducibles de la renta imponible como se detalla a
continuación:
Tabla 6 2010 Las tasas de impuestos
IMPUESTOS (%) BASE IMPONIBLE(EUR)
23% 0 - 15.000
27% 15,001-28,000
38% 28,001-55,00
41% 55,001-75,000
43% 75.001 y más
Fuente: http://www.worldwide-tax.com/italy/italy_tax.asp
54
Ganancias de capital.
Para las personas y las ganancias de capital las empresas en general se agregan
a los ingresos regulares.
La tasa a pagar del impuesto sobre las ganancias de capital de
participación es de 12.5% para los que no pueden obtener participación de
hasta el 25% en una empresa no cotizan en bolsa.
Para efectos del cálculo de una ganancia de capital, la ganancia se reduce
en consonancia con la tasa de aumento de la inflación, desde la fecha de
compra a la fecha de venta. En lo que respecta a las ganancias de capital
en una corporación, el alivio de idéntica está permitido en la tasa de
aumento en el índice.
Las compañías pagan 27.5% de impuestos sobre las ganancias de capital.
En la venta de la participación, el 95% está exento de impuestos, con
sujeción a ciertas condiciones.
2.5.9 Los impuestos en Shanghái
El Impuesto sobre la Renta de Sociedades Constituye el principal tributo aplicable
a las empresas que desarrollan sus actividades en la República Popular China.
Desde el 1 de enero de 2008, un único régimen de impuesto sobre sociedades
reemplazó al antiguo sistema que diferenciaba entre sociedades de capital chino y
sociedades de capital extranjero.
Cualquier sociedad residente en China está sujeta a tributación por su renta
mundial. Una vez calculada la cuota tributaria, es posible deducir los impuestos
pagados en el extranjero, con el límite del impuesto chino sobre esa misma renta.
Se considera que una sociedad es residente en China cuando su sede central se
encuentra allí.
55
Por el contrario, las empresas cuya sede central no se halla en China, aunque
dispongan allí de cierta organización, o de un establecimiento permanente, están
sujetas al impuesto solo por las rentas generadas en el interior del país.
Por último, las empresas que perciben rentas en China sin disponer allí de un
establecimiento permanente, soportan una retención al serles abonadas dichas
rentas, cuyo tipo varía en función del tipo de renta de que se trate.
El tributo es regulado y recaudado por el Gobierno Estatal, mientras las
autoridades locales están autorizadas a imponer un recargo y recaudar ciertas
tasas por el registro y la concesión de licencias a las sociedades.
La base imponible se define como la diferencia entre los ingresos de la sociedad y
los gastos deducibles. Todos los gastos ligados a la obtención de los ingresos
incluidos en la base imponible son deducibles a efectos fiscales, aunque la
deducibilidad de los gastos de representación está sujeta a ciertos límites.
La amortización por depreciación de los activos se efectúa siguiendo el método de
amortización lineal, aplicando porcentajes que van del 3% (equipamiento
electrónico) al 20% (edificaciones). Se admite, siempre que la Administración lo
apruebe, la amortización acelerada de ciertos activos.
El tipo de gravamen es el 25% (anteriormente el tipo efectivo de gravamen era del
33%). Se aplica un tipo reducido del 20% a pequeñas empresas.
Conviene tener en cuenta, sin embargo, que más del 80% de la inversión
extranjera se localiza en las numerosas Zonas Económicas Especiales
establecidas por el Gobierno, donde el tipo de gravamen es inferior, como
veremos posteriormente. Existe, asimismo, un gran número de actividades o
proyectos industriales incentivados.
Las ganancias y pérdidas de patrimonio reciben el mismo tratamiento que el resto
de rendimientos y rentas. (Pascual, 2008).
56
En cuanto a los dividendos, si son percibidos por empresas residentes en China,
y proceden de su participación en sociedades extranjeras, deben ser integrados
en la base imponible sin ninguna particularidad, permitiéndose la deducción del
impuesto soportado en el extranjero sobre esa renta. Los dividendos procedentes
de la participación en otras empresas residentes en el territorio de la República
están, por el contrario, exentos de tributación para el socio perceptor, si reside en
China. Si no es así, se aplica una retención del 10% sobre el importe distribuido.
Si la base imponible del ejercicio resulta ser negativa, se admite su compensación
con las ganancias de los ejercicios posteriores, con el límite de cinco años. En
general, no se prevé un régimen de grupos de sociedades que permita la
consolidación y compensación de las bases imponibles de las entidades de un
mismo grupo. Sí se admite, sin embargo, que las empresas extranjeras con dos o
más establecimientos en China presenten una única declaración tributaria
consolidada.
En cuanto a las retenciones aplicables cuando las rentas son obtenidas por
sociedades no residentes sin establecimiento permanente, el tipo de gravamen
aplicable a dividendos, intereses, royalties y ganancias de patrimonio es el 10%,
calculado sobre el importe bruto abonado. Este tipo es equivalente al previsto en
gran parte de los convenios para evitar la doble imposición suscritos por China. El
país ha suscrito un gran número de convenios en materia de renta y patrimonio, lo
que incentiva, favorece y da seguridad jurídica a las transacciones internacionales.
Desde 1992, existe un convenio de este tipo en vigor entre España y China.
Impuesto al valor agregado
Impuesto sobre el Valor Añadido Grava la venta de bienes tangibles y la
prestación de determinados servicios en China. El tipo de gravamen general es el
17%, excepto para las entregas de productos agrícolas y otros suministros de
carácter esencial, a las que se aplica un tipo reducido del 13%.
57
Para las exportaciones se establece un tipo del 0%, lo que significa que el
exportador puede deducir el IVA que ha soportado en la fase de producción o
fabricación del producto a exportar. Desde el 1 de enero de 2009 se aplica un tipo
reducido de solamente el 3% a determinados contribuyentes de bajo poder
adquisitivo.
Tabla 7 Impuesto Sobre Sociedades Tipo Impositivo General no Residentes
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. TIPO IMPOSITIVO GENERAL NO RESIDENTES. TIPO IMPOSITIVO
Beneficio empresarial (a través de establecimiento permanente) 25%
Intereses 10%
Royalties 10%
Dividendos 10%
Repartición beneficio establecimientos permanentes 0%
Compensación de bases imponibles negativas 5 años
Fuente: www.shanghaitechwriter.com/2008/09/22/personal-income-tax-in-china-for-foreigners/
Tabla 8 Impuesto Sobre el Valor Añadido
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tipos reducidos 3% Y 13%
¿Se prevén exenciones? SI
¿Grava las exportaciones? NO
Tipo gravamen general 17%
Fuente: www.shanghaitechwriter.com/2008/09/22/personal-income-tax-in-china-for-foreigners/
2.5.10 Los impuestos en Tokio
Impuesto sobre sociedades.
Estatuto Corporativo
A los efectos de impuestos a las empresas japonesas, las empresas extranjeras
que operan en Japón se clasifican como de sociedades nacionales y sociedades
extranjeras.
58
Corporación doméstica.
Las filiales, joint ventures, etc. Establecido en virtud de la ley japonesa
tienen ésta categoría, y son responsables de los impuestos sobre sus
ingresos totales.
Corporación extranjera.
Sucursales en el Japón de las empresas establecidas y registradas
fuera de Japón caen bajo este estatus. El alcance de la base imponible del
impuesto de sociedades para fines de ingresos varía según la forma de su
operación en Japón, sin embargo, se limita a los ingresos de fuentes dentro
de Japón.
Impuesto sobre la renta corporativo El Impuesto sobre la renta corporativo
japonés consisten en el impuesto de sociedades (impuesto nacional) bajo la Ley
del Impuesto sobre la Corporación, y los impuestos locales en el marco del
Derecho Tributario Local, que son impuestos sobre actividades económicas
(impuesto sobre la prefectura), el impuesto sobre los habitantes de la prefectura y
el impuesto municipal de habitantes. Las tarifas de estos impuestos para cada
ejercicio se muestran a continuación. (Sarnoff, 2006).
Tabla 9 Impuesto Sobre Sociedades
CONCEPTO HASTA MARZO
31.1998 EFICAZ ABRIL
1.1998
EFECTIVO PARA PERIODO FISCAL QUE COMIENZA A PARTIR DE 1999
Si el capital de la corporación es
más de 100 millones de \
37.5% 34.5% 30%
Si no:
Base imponible hasta \ 8 millones
28% 25% 22%
59
al año
Exceso sobre \ 8 millones
37.5% 34.5% 30%
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
Tabla 10 Impuesto Sobre Actividades Económicas
En caso de "pago en capital de \ 100
millones o menos":
Efectivo para período fiscal
que comienza el 01 de abril 1999
Efectivo para período fiscal que comienza el
01 de abril 2004
Estándar tipo
Número máximo de personas
Base imponible hasta \ 4 millones al año
7.6655% 5% 6%
Exceso sobre \ 4 millones y hasta \ 8
millones al año 7.665% 7.3% 8.76%
Exceso sobre \ 8 millones
10.08% 9.6% 11.52%
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
Tabla 11 En caso de " El capital pagado en exceso de 100 millones”
CONCEPTO
Efectivo para período fiscal que comienza el
partir del 01 de abril 2004
Estándar
Número máximo de personas
Base imponible hasta \ 4 millones al año
3.8% 4.56%
Exceso sobre \ 4 millones y hasta \ 8 millones al año
5.5% 6.6%
Exceso sobre \ 8 millones 7.2% 8.6%
60
Además de lo anterior:
Componente de valor añadido (* 1) .48% .576%
Capital componente (* 2) .2% .24% Fuente: Régimen Jurídico de los Mercados de Valores y de las Instituciones de Inversión Colectiva, 2008
(* 1) Componente de valor añadido: los gastos Trabaja + pago neto de intereses netos de pagos de renta + Ingresos y pérdidas para el año actual (* 2) Componente de capital: capital más capital excedente, a efectos fiscales
Nota: El impuesto de negocios se pueden deducir de la renta en el período contable en que se haya devengado.
Tabla 12 Los impuestos y habitantes de la prefectura sobre la base de Impuesto de Sociedades
CONCEPTO Estándar Máximo
Prefectura habitante impuestos 5% 6%
mpuestos habitante Municipal 12.3% 14.7%
Total 17.3% 20.7%
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
Tabla 13 El importe del impuesto varía en función del total de la prima de la pena capital y superávit de capital de la corporación
Total de la prima de la pena capital y superávit de capital
Estándar
Más de 5billion \ \ 800.000
\ 5billion o menos pero más de \ 1billion \ 540.000
\ 1 billón o menos pero más de \ 100 millones \ 130.000
100 millones o menos pero más de \ 10 millones \ 50.000
\ 10 millones o menos \ 20.000
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
61
Tabla 14 El importe del impuesto varía del total de prima de la pena capital y superávit de capital de la corporación
Total de la prima de la pena capital y superávit de capital
El exceso de más de 50 empleados
Hasta 50 empleados
Más de 5billion \ \ 3.000.000 \ 410.000
\ 5billion o menos pero más de \ 1billion
\ 1.750.000 \ 410.000
\ 1 billón o menos pero más de \ 100 millones
\ 400.000 \ 160.000
\ 100 millones o menos pero más de \ 10 millones
\ 150.000 \ 130.000
\ 10 millones o menos \ 120.000 \ 50.000
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
Tabla 15 Efectiva la renta de sociedades tipo gravamen
Concepto Hasta marzo
31,1998 eficaz abril
efectivo para periodo fiscal
que comienza a partir del 01 abril 1999 al 31 marzo
2004
El impuesto sobre sociedades
El 37.50% 34.50% 30%
impuesto sobre actividades económicas
(Tokio) 12.60% 11.60% 10.08%
62
Habitante del impuesto:
37,5% x20.7% (Tokio) = 7.76%
34,5% x20.7% (Tokio) = 7.14%
30,0% x20.7% (Tokio) = 6.21%
Total 57.86% 53.24% 46.29% Tasa de impuesto efectiva:
57,86% / (1 12,60%) = 51%
53,24% / (1 11,60%) = 48%
46,29% / (1 10,08%) = 42%
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
Nota: El impuesto de negocios se pueden deducir de la renta en el período contable en que se haya devengado.
Tres privilegios en el sistema de retorno blueform
Este sistema está pensado para animar a los contribuyentes para mantener un
registro contable adecuado y aplicar las mismas normas de contabilidad justa.
Con el fin de presentar una declaración de blueform, está obligada a presentar al
jefe de la oficina fiscal competente una solicitud para su aprobación antes de la
fecha de inicio del periodo contable en el cual envía es tal cambio, o en el caso del
primer ejercicio el plazo de tres meses después de la fecha de establecimiento.
Una vez que se obtiene la aprobación, no son aplicables hay que seguir para
presentar las declaraciones blueform. Privilegios para las corporaciones que
presentan declaraciones blueform incluyen los siguientes
Tabla 16 Compensación de pérdidas
Una De compensación de pérdidas durante cinco años sucesivos.
b Carryback de las pérdidas durante un año antes (no aplicable a los
negocios y los habitantes de impuestos)
c Sin corrección de los ingresos por las autoridades fiscales, sin la
inspección física de los libros y registros.
d "La obligación de la autoridades dar una razón para la corrección de los
63
ingresos (o pérdidas) cuando se introduce una corrección.
e Establecimiento de reservas.
f Amortización extraordinaria, en su caso.
g Crédito fiscal para aumentar los gastos en investigación y desarrollo.
Fuente: japan.usembassy.gov/e/acs/tacs-7126b.html
2.5.11 Los Impuestos de Corea del Sur
Impuesto sobre la Renta
Los ingresos se clasifican de acuerdo a lo siguiente:
a) Los ingresos mundiales.
b) Los ingresos de jubilación.
c) Las ganancias de capital.
La bbase imponible se calcula como el ingreso bruto menos todas las deducciones
permitidas y las dietas. Los ingresos se suman y luego sometidos a una fiscalidad
progresiva.
Tabla 17 Impuesto Sobre la Renta
IMPUESTOS SOBRE LA RENTA
RENTA IMPONIBLE, DE KRW (EN DÓLARES EE.UU.)
TASA DE IMPUESTOS
Hasta 12 millones de dólares (EE.UU. $10.435)
6%
12 millones a 46 millones (dólares de los EE.UU. 40,000)
15% en la banda de más de 10.435 dólares EE.UU.
46 millones a 88 millones (76.522 dólares EE.UU.)
24% en la banda de más de 40,000 dólares EE.UU.
Más de 88 millones (76.522 dólares EE.UU.)
35% sobre todos los ingresos respecto de los EE.UU. $76.522
64
Fuente: org//Tax_rates_around_the_world
Alquiler de ingresos.
Los ingresos por alquileres realizados por individuos a través de una empresa
personal sometidos a una fiscalidad progresiva y sin tasa de banda de la
deducción a cero es admisible contra las rentas de bienes raíces. Base imponible
se basa en el ingreso total del alquiler, la deducción de los gastos deducibles y los
saldos de pérdidas durante el plazo de cinco años.
Corea tiene un sistema fiscal de autoevaluación, en las que se requiere a cada
contribuyente de presentar una declaración de impuestos y pagar la cantidad
correcta de impuesto sobre la fecha de vencimiento según lo prescrito por la ley
del impuesto de sociedades individuales. Las declaraciones de impuestos deben
incluir documentos de apoyo para poder acogerse a las exenciones personales y
las deducciones.
Hay dos métodos de cálculo de la renta imponible personal:
Caso 1: Ingresos - (ingreso * La tasa de gastos para el negocio inmobiliario
de alquiler que oscila entre 20% y 66%). Esto es aplicable sólo si la renta es
menor de KRW24 millones de euros (20.870 dólares EE.UU.).
Caso 2: Ingresos - gastos importantes (ingreso * expensas tasa para las
empresas de alquiler de bienes raíces que está entre 15% y 48%). los
gastos principales consisten en los costos laborales, costos de adquisición,
y la renta.
El Servicio de Impuestos Nacionales (NTS) libera los tipos de gastos anuales.
65
Si la renta es inferior a KRW24 millones de dólares (EE.UU. $ 20.870) y el valor de
la propiedad se considerará que están sometidos KRW900 millones de euros
(786.609 dólares EE.UU.), el primer caso se aplica en el cálculo de la renta
imponible personal. En el cálculo de ejemplo proporcionado, las cantidades
efectiva impuesto sobre la renta a 2.48% de la renta bruta, si la renta anual es
KRW20.7 millones (dólares de los EE.UU. 18.000) y en determinadas condiciones.
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Ingresos por concepto de arrendamiento de bienes inmuebles también está sujeto
al IVA. El impuesto es debido por el propietario en un 10%. (Agudo, 2007).Los
individuos están obligados a pagar un recargo del 10% en su impuesto sobre la
renta, que se llama el impuesto habitante. La base imponible es la responsabilidad
del individuo sobre la renta.
Del impuesto sobre plusvalías.
Los individuos, incluidas las empresas personales ganan las ganancias de capital
cuando las propiedades de venta están sujetas a impuestos a las ganancias de
capital a tasas progresivas.
Tabla 18 Impuesto Sobre La Plusvalia
IMPUESTOS SOBRE LA PLUSVALÍA
TASAS DE IMPUESTOS
Base imponible, de KRW (en dólares EE.UU.)
6%
12 millones de 46 millones (dólares de los EE.UU.)
15% en la banda de más de 10.435 dólares EE.UU.
46 millones a 88 millones (76.522 dólares EE.UU.)
24% en la banda de más de 40,000 dólares EE.UU.)
Más de 88 millones (76.522 dólares EE.UU.)
35% sobre todos los ingresos respecto de los EE.UU. $76.522
Fuente: org/Tax_rates_around_the_world
66
La ganancia imponible se calcula deduciendo los siguientes de la cantidad bruta:
los gastos necesarios (gastos de adquisición, coste de las mejoras, los costos de
transferencia y otros gastos de capital), la deducción especial para el período de
tenencia, y las deducciones estándar para las ganancias de capital.
No hay inflación, el ajuste de ganancias de capital.
Una deducción especial por parte del importe bruto también se da para la
celebración de largo plazo y la tasa de deducción depende del número de años, el
lugar se llevó a cabo:
Tabla 19 Deducción Especial por Ganancia en el Capital
Deducción especial por ganancia en el capital
TIEMPO DE AÑOS DEDUCCIÓN
3 años - 4 años 10%
4 años - 5 años 12%
5 años - 6 años 15%
6 años - 7 años 18%
7 años - 8 años 21%
8 años - 9 años 24%
9 años - 10 años 27%
Más de 10 años 30%
Fuente: org/Tax_rates_around_the_world
El impuesto sobre sociedades (Sociedad Anónima).
El proceso de creación de empresas es un tanto lento, que requiere de trabajo de
tres a cuatro días de por lo menos, y los documentos presentados ante notario del
país de origen. Las cuentas anuales, también son complejos, pero una cuota anual
de 1.000 dólares EE.UU. debería ser suficiente para un contador pequeño.
Tabla 20 Ventajas y desventajas del Impuesto Sobre Sociedades
VENTAJAS DESVENTAJAS
Amortizaciones están disponibles en El registro y la administración son
67
un 30% -50% de forma lineal; potencialmente reducir
sustancialmente las deudas por los impuestos.
complejos, los costos anuales incluyen gastos de contabilidad de lo
que probablemente no menos de 1.000 dólares EE.UU. al año, más 1.44% del capital desembolsado.
Anual de impuestos a las empresas tienden a ser más bajo que el
impuesto sobre la renta equivalente sería, si la inversión es grande.
Las franquicias son las ganancias de capital o deducciones fiscales a la venta, y todas las amortizaciones
reivindicadas deben ser deducidos del valor inicial de la propiedad para
llegar a la ganancia neta de capital.
Fuente org/Tax_rates_around_the_world
Tabla 21 Impuesto Sobre Sociedades
Impuesto sobre Sociedades
Renta imponible, de KRW (en dólares EE.UU.)
TASA DE IMPUESTOS
Hasta 200 millones de dólares (EE.UU. $ 173.913)
Más de 200 millones de euros (73,913 mil dólares EE.UU.)
22% sobre todos los ingresos respecto de los 173.913 dólares EE.UU.
Fuente: org/Tax_rates_around_the_world
Los gastos de generación de ingresos y gastos de operación son deducibles. Las
deducciones incluyen los salarios, gastos por intereses, impuestos y tasas, los
gastos de publicidad, la depreciación de activos fijos, y el déficit de los últimos
cinco años.
Empresas Depreciación están obligadas a utilizar el método de línea recta cuando
se deprecia. La ley establece "estándar de vida útil" de los edificios (por ejemplo,
edificios con armazón de acero tienen una vida útil estándar "de 40 años). Los
contribuyentes pueden seleccionar vida útil de los bienes amortizables dentro de
un rango del 75% al 125% de la vida útil estándar prescrito en la ley.
68
Una corporación debe presentar una declaración de impuestos en los tres meses
siguientes al último día del ejercicio económico.
Se debe adjuntar una hoja de balance, una cuenta de resultados, una declaración
de apropiación del excedente, y otros documentos. Una empresa cuya actividad
doméstica año superior a seis meses se hace responsable al pago de impuestos
provisionales para el final del segundo mes a partir del final del período de
transición (es decir, 6 meses fiscales), que depende de la cantidad de impuestos
que pagó el año anterior.
2.5.12 Los impuestos en la India.
El gobierno de la India recauda impuestos al ingreso que llegan apenas a
aproximadamente el 3.7% del PIB, más o menos la mitad de lo que perciben
Corea del Sur y otros tigres asiáticos. La agricultura en la India representa
alrededor del 25% del PIB, pero ni siquiera los agricultores ricos pagan impuestos.
Las compañías orientadas a la exportación en la industria del software y en otras
disfrutan de privilegios fiscales, aunque sus empleados sí pagan impuestos sobres
sus ingresos personales. A pesar de que las tasas son razonables, la evasión es
generalizada. El impuesto al consumo representa más del 60% de los impuestos
indirectos de la India, lo que a su vez es la misma proporción de sus ingresos
fiscales totales. El impuesto básico al consumo se fija al 16% del valor de la
producción de una empresa. Después hay varias concesiones, exenciones y
recargos. Por ejemplo, se aplica una "tasa de derechos concesionarios" del 8% a
rubros como los productos alimenticios, los cerillos, los hilados de algodón y las
computadoras. (Jiménez, 2005)
2.5.13 Los impuestos en Moscú
Tasas de Impuestos
La tasa del impuesto sobre las ganancias corporativas en Rusia es actualmente el
20% (reducción del 24% en 2008). De esta cantidad, el 2% se paga al gobierno
69
central, y el resto se abona al gobierno regional. Los gobiernos regionales tienen
la facultad de reducir el elemento regional hasta un 4%.
Las ganancias de capital suelen ser gravadas a la tasa de impuesto sobre los
beneficios empresariales del 20%. (Jiménez, 2005)
No hay impuesto de remesas sucursal, sino que son las retenciones en origen
como sigue allí:
Dividendos 9% (15%, si bien el pagador o beneficiario de los dividendos es
una persona jurídica extranjera)
Interés: 0% sobre los pagos nacionales y el 20% sobre los pagos a los
países sin tratado.
Gastos de ida y 10%, pero sólo si el pagador no tiene un establecimiento
permanente en Rusia;
Las regalías de patentes, know-how, etc. 20% (para los pagos a país no
tratado; exentos de pagos nacionales);
El pago de la renta de Rusia otra fuente a las empresas extranjeras el 20%
(ídem)
Del 1 de enero de 2007 se es ilimitada traspaso de las pérdidas de años antes de
los últimos 10 años, y según el método FIFO aplicado es, no hay prórroga
posterior. Hasta 2006, sólo el 30% de los beneficios del año en curso podrían ser
protegidos con las pérdidas del año anterior. (Jiménez, 2005)
No hay crédito fiscal con el impuesto sobre dividendos 9% nacional, pero si una
persona jurídica de Rusia paga el dividendo en adelante a sus propios
inversionistas, esto es libre de impuestos. Así, un RLE descuenta los dividendos
recibidos de los dividendos pagados antes de calcular el impuesto a pagar sobre
el saldo. (Sarnoff, 2006)
Cálculo de la base imponible
70
El beneficio imponible de las empresas rusas y establecimientos permanentes de
sociedades extranjeras se define como ingresos brutos menos los gastos
deducibles.
El ingreso bruto incluye los ingresos por la venta de bienes, obras y servicios, y los
ingresos no-venta (que se pueden reducir los gastos relacionados con dichos
ingresos). Los contribuyentes con ventas mensuales a lo largo de rublos 1m deben
utilizar la contabilidad de ejercicio a efectos fiscales.
La reforma tributaria de 2002 introdujo una ordinaria y necesaria para la prueba de
los gastos deducibles, una mejora considerable en la lista detallada y restrictiva de
los gastos deducibles que se aplicaban anteriormente. En particular, la formación y
los gastos de publicidad son deducibles, salvo para algunos tipos específicos de
publicidad.
Existen limitaciones en los gastos para el seguro de los empleados de una
empresa, cuyo objetivo es la evasión de los regímenes fiscales abusivas.
La depreciación de activos fijos implica la agrupación de activos en diez grupos,
en función del tipo de activo y la vida útil, y la aplicación de tasas de depreciación
por separado para cada grupo. Para la mayoría de grupos se puede elegir entre
los de línea recta y los métodos de amortización-reductor.
No hay ninguna compañía extranjera controlada (CFC) la legislación de Rusia en
la actualidad. Fijación de precios de transferencia disposiciones restringen
beneficios si los precios superan los niveles del mercado en más del 20%. En la
práctica estas disposiciones son poco utilizados debido a la dificultad de
establecer el precio de los niveles del mercado.
El gobierno ruso ha aprobado un proyecto de ley sobre precios de transferencia
listos para el debate en la Duma a principios de 2010. La propuesta de ley define
claramente la naturaleza de la longitud del brazo partido y las transacciones
relacionadas con las sanciones incrementan por la falta de adopción de este
71
enfoque al 40 Se presentan asimismo los procedimientos para los acuerdos de
precios por adelantado. (Cava, 2008)
2.5.14 Los impuestos en Australia
La tasa de impuesto de sociedades en Australia, el 30%, es muy competitivo en
comparación con otras economías importantes. Las empresas de la India, Japón,
Estados Unidos y Francia, todos pagan tasas más altas de impuesto sobre la renta
que los de Australia. Nueva Zelanda, Indonesia y Tailandia imponer la misma tasa
de impuesto de sociedades como Australia.
En la actualidad, el Gobierno australiano está llevando a cabo una revisión
exhaustiva, el futuro de Australia del sistema fiscal, a fin de cumplir
contemporánea económicos y ambientales desafíos sociales, incluyendo la rápida
globalización, los avances tecnológicos, el envejecimiento demográfico y el
cambio climático. Es la mayor revisión del sistema de imposición a cabo en 50
años. (Cava, 2003)
Las recientes medidas introducidas en respuesta a la revisión del Régimen Fiscal
Internacional (RITA) ya han dado lugar a mejoras significativas al impuesto sobre
el régimen internacional de Australia. Estas incluyen la introducción de las normas
de ingreso conducto de extranjeros, un régimen de residencia temporal para eximir
a los residentes extranjeros del impuesto sobre la renta de Australia fuente
extranjera y ganancias de capital determinadas durante los primeros cuatro años,
y la reducción de la gama de activos en los que un no residente esté sujeto a
impuestos a las ganancias de capital de Australia a bienes raíces y los activos del
negocio de las sucursales de Australia de un no residente.
Desde julio de 2008, la exigencia de los contribuyentes para poner en cuarentena
las pérdidas extranjeras y los créditos fiscales extranjeros se retiró, por lo que las
pérdidas extranjeras pueden ser aplicadas contra los ingresos nacionales y
extranjeros todos los impuestos son acreditables contra el impuesto australiano
evaluados.
72
También a partir de julio de 2008, la retención en origen se reducirá de 30% a
7.5% en tres años para los residentes extranjeros que reciben ciertas
distribuciones de Australia fondos gestionados.
Esto fortalecerá la posición de Australia como un centro de servicios financieros en
la región Asia-Pacífico. (Suárez, Los Mercados de Valores: Organización y
Funcionamiento)
El Gobierno de Australia se ha comprometido a la reforma en curso para asegurar
que Australia tiene un sistema fiscal internacionalmente competitivo. Estas
reformas ayudarán a atraer la inversión y mano de obra especializada
internacional, reducir la complejidad de los impuestos y costos de cumplimiento,
ayudar a las empresas en expansión en alta mar, y fomentar la innovación.
A continuación se presenta un cuadro comparativo de los impuestos con
referencia a Australia:
Tabla 22 Impuesto Sobre las Tarifas de Empresas 2009
Fuente org/Tax_rates_around_the_world
PAIS
PORCENTAJE (%)
India (1)
Japón (2)
Estados Unidos (3)
Filipinas (4)
Francia (5)
Indonesia (6)
Nueva Zelanda
Tailandia (7)
Australia
Alemania (8)
Reino Unido (9)
Corea (10)
Malasia
China (11)
Taiwán (12)
Singapur (13)
RAE de Hong Kong
73
(1) El tipo impositivo efectivo para las empresas extranjeras con ingresos menores
a 10 millones de rupias es 41.2% (40% más la educación impuesto del 3% en
impuestos), de lo contrario es 42.23% (40%, más la sobretasa del 2.5% del IVA,
más la educación impuesto del 3% sobre los impuestos y de pago). La tasa
impositiva efectiva para las empresas nacionales que tienen un ingreso menor de
10 millones de rupias es de 30.9% (30% más la educación impuesto del 3% en
impuestos), de lo contrario es 33.99% (30% más la sobretasa del 10% del
impuesto, además de educación tributaria del 3% sobre los impuestos y de pago).
Un alternativo mínimo impuesto se aplica cuando la responsabilidad fiscal es
inferior al 10% del resultado contable. Para las empresas con ingresos superiores
a 10 millones de rupias, MAT se aplica a una tasa del 11.33% (incluyendo los
recargos).
2) La tasa de impuesto de sociedades es del 30% (22% en el primer JPY 8
millones para las empresas con capital pagado de JPY 100 millones o menos).
Además, hay un impuesto sobre actividades económicas (un impuesto local que
es deducible de la base imponible) y las prefecturas y municipios impuestos
habitante (Impuestos también), que varían dependiendo de la localidad, el importe
de la prima de emisión de la empresa, etc. La tasa de muestra (40.69%) es la tasa
efectiva ilustrativos que se aplica para una compañía en Tokio con una prima de
emisión de más de JPY 100 millones después de tomar en cuenta una deducción
por el impuesto sobre actividades económicas. Basados en los impuestos de
negocios El tamaño es también aplicado a una empresa con una prima de emisión
de más de JPY 100 millones, por lo que la carga fiscal global de estas empresas
puede ser superior a 40.69
Para las empresas medianas y pequeñas con una prima de emisión de JPY 100
millones o menos, el tipo impositivo efectivo en Tokio es 42.05%, sin que el
tamaño de impuesto a los negocios basados en impuestos. (Régimen Jurídico de
los Mercados de Valores y de las Instituciones de Inversión Colectiva)
74
3) El impuesto de sociedades sobre la renta federal se aplica en una escala móvil.
El más alto marginal federal sobre el ingreso impuesto de sociedades es del 35%,
aplicable a ganancias por encima de 18.33 millones dólares EE.UU, los gobiernos
locales y estatales también podrán imponer impuestos sobre la renta a tasas que
van desde menos del 1% al 12% (arriba las tasas marginales promedio de
aproximadamente el 7.5%).
Una corporación puede deducir de sus impuestos estatales y locales cuando se
calculó el gasto por su pasivo de ingresos federales, por lo general resulta en una
tasa efectiva neta de aproximadamente 40%. La tasa efectiva puede variar
considerablemente, dependiendo de la localidad en que una empresa realiza
actividades comerciales.4) Después de un año de puesta en marcha la fase
cuatro, hay un mínimo del Impuesto sobre Sociedades (MCIT) del 2% sobre los
ingresos brutos si el MCIT es mayor que el impuesto de sociedades determina
aplicando el 35% de los ingresos tasa del impuesto de sociedades a los ingresos
netos. (Suárez, Los Mercados de Valores: Organización y Funcionamiento)
5) Para años fiscales que terminan después del 1 de enero de 2007, la tasa del
impuesto de sociedades es del 33.3%. Una tasa de seguridad social adicionales
del 3.3% se aplica a las empresas cuando los ingresos imponibles al tipo normal
excede € 2, 289,000.
Esta tasa suplementaria del 3.3% se calcula sobre la base del importe de
referencia del impuesto de sociedades menos 763.000 euros. Las pequeñas
empresas (las que tienen un volumen de negocios de hasta a 7.63 millones de
euros, y de la cual las personas tienen al menos un 75% del capital social, o que
son propiedad de las empresas que cumplen las mismas condiciones) están
sujetos a un impuesto de sociedades del 15% en la ganancia fiscal hasta € 38,120
y la tasa estándar de las ganancias remanentes, y están exentos de la
contribución de 3.3%.
75
6) Se aplica cuando los ingresos IDR compañía supera los 100 millones. Durante
los primeros 50 millones IDR, el tipo impositivo es del 10%. En la siguiente IDR 50
millones, la tasa es del 15%. Ciertos tipos de ingresos que reciben los residentes
no se gravan al 20%.
7) La tasa del impuesto de sociedades es del 30% pero puede ser reducido al 20%
o 25% para algunas empresas tailandesas que se cotizan en la Bolsa de Valores
de Tailandia antes del 31 de diciembre de 2009. Para pequeñas y medianas
empresas con un capital pagado de menos de 5 millones THB, una tasa de 0% se
aplica en el primer THB 150.000 de Utilidades netas de pasivos, el 15% de THB
150.001 a 1 millón de THB Utilidades netas de pasivos, y la tasa de un de 25% se
aplica sobre las utilidades netas de más de 1 millones THB pero no superior a 3
millones THB.
8) El precio incluye el impuesto de sociedades en un 15% más un recargo de
solidaridad del 0.825% (5.5% del impuesto de sociedades). Además, uno
municipal sobre impuestos al comercio, que oscila entre 7% y el 17.15% se aplica
(en torno al 14%-16% en promedio). Este impuesto al comercio no es deducible
como gasto de negocio a partir de 2008.
9) Las empresas con ganancias de 1.5 millones de GBP o más impuestos paga en
el tipo máximo del 28%. Para las empresas con beneficios imponibles por debajo
de 300.000 libras esterlinas, la tasa es del 21%. Para las empresas con beneficios
imponibles entre £ 300.000 libras y 1.5 millones de GBP hay una escala
progresiva de tipos impositivos. (González, 2002)
10) La renta básica impuesto de sociedades es del 13% para los primeros 100
millones de KRW de los ingresos imponibles y el 25% de los ingresos imponibles
superiores a 100 millones de KRW. Con recargo residentes incluidos (10% del
impuesto de sociedades), las tarifas máximas serán 14.3% y 27.5%. (Suárez,
2007)
76
11) El estándar de ingresos impuesto de sociedades es del 25%. El tipo reducido
aplicable a las empresas a pequeña escala con baja rentabilidad es del 20%, y de
alta tecnología las empresas elegibles para el apoyo fundamental del Estado es
del 15%.
12) Ingresos de TW $ 50.000 o menos están exentos de impuestos, Un porcentaje
de tasa de 50 menos TW $ 25.000 se aplica a la renta imponible entre TW $
50.001 y TW 71.428 dólares, 15% para ingresos entre TW $71.429 y TW 100.000
dólares, y el 25% de la renta imponible menos TW $10.000 por más de $ 100.000
TW. Un 10% de tasa adicional se aplica sobre las utilidades retenidas que siguen
siendo distribuidos por el final del año siguiente.
(13) La exención parcial del impuesto se concede en un 75% de los primeros
10.000 dólares de ingresos regulares (excepto Singapur exentos los dividendos) y
50% en los próximos $290.000.Para la calificación empresas de nueva creación,
una exención de tres años fiscales en el primer S 100.000 dólares de ingresos
regulares (excepto Singapur exentos los dividendos) está disponible, y una
exención parcial del 50% en los próximos $ 200.000. (Suárez, 2007)
2.5.15 Los Impuestos en Johannesburgo.
El tipo del impuesto normal que las empresas en Sudáfrica es del 28% (reducción
del 29% en 2008), con un 10% adicional "STC" (Impuesto de Sociedades
Secundaria) Impuesto que grava los dividendos netos (dividendos pagados,
menos los dividendos recibidos). Doble imposición se evita mediante la concesión
de un crédito a las empresas para los dividendos percibidos de las empresas de
África del Sur que ya han sido objeto de STC. En consecuencia, STC es
efectivamente impuesta a la distribución de los beneficios operativos. Como
ejemplo del funcionamiento del STC, una compañía que distribuye, por ejemplo,
un tercio de sus beneficios después de impuestos que están sujetas a una tasa
efectiva de impuestos de menos de 33%.
77
Sin embargo, a partir de 1 de octubre 2007, Impuesto de Sociedades Secundaria
(STC) se redujo del 12.5% al 10%, y amplió la base imponible a la espera de su
sustitución por un impuesto sobre los dividendos en 2010.
La tasa de impuestos para las corporaciones dividir la pequeña empresa se
introdujo en 2000, con una tasa más baja de 15% que se aplica a la primera R100,
000 de la renta imponible. En el presupuesto 2003, el umbral para las pequeñas
empresas a beneficiarse de la tarifa más baja fue resucitado de entre R3 millones
de dólares en ingresos a 5 millones de rand.
El presupuesto 2003 también introdujo una doble deducción para el R20 en primer
lugar. También se incluye un año de cuatro de amortización acelerada para los
gastos de capital en materia de investigación y desarrollo en el campo de ciencias
naturales aplicadas, y la depreciación acelerada de los activos de los programas
de fabricación. (Jiménez, Las voces de los maestros de los mercados financieros,
2001)
En el ejercicio fiscal 2009/10, las empresas pequeñas corporaciones estuviesen
gravadas al 0% sobre los ingresos de hasta el R54, 200; 10% sobre el importe
entre el R54, R300 y 200, 000, y el 28% de la cantidad por encima de R300, 000.
En 2009, un régimen fiscal paralelo opcional el fin de simplificar drásticamente el
cumplimiento tributario para las pequeñas empresas se puso en marcha. En el
marco del sistema de impuesto sobre el volumen, que entró en vigor el 01 de
marzo 2009, calificando las pequeñas empresas sólo tendrán que presentar dos
declaraciones provisionales y un definitivo cambio de apreciación. Esto debería
traducirse en un ahorro sustancial de tiempo y gastos relacionados con la
provisional fiscal en curso, impuesto sobre la renta y el IVA sistema que exige a
las empresas a presentar un promedio de 10 declaraciones al año. (Pascual,
2008)
El impuesto sobre el volumen de negocios se percibe en los siguientes
porcentajes:
78
ZAR0 a ZAR100,000: 0%;
ZAR100, 001 a ZAR300, 000: 1%;
ZAR300, 001 a ZAR500, 000: ZAR2, 000 más el 3% de la cantidad
anteriormente mencionada ZAR300, 000;
ZAR500, 001 a ZAR750, 000: ZARR8, 000 más el 5% de la cantidad
anteriormente mencionada ZAR500, 000
ZAR750, 001 y más: ZAR20, 500 más el 7% de la cantidad anteriormente
mencionada ZAR750, 000.
Subdivisión de impuesto sobre los beneficios (para las empresas que no residen
en el sur de África, pero hacer negocios ahí a través de una sucursal o una filial
residente) es de 33% en el momento de la escritura, sino que están exentos de
Impuesto sobre la renta de las personas se recauda en forma progresiva, con el
tipo máximo del 40% que se aplica a la renta imponible sobre R525, 000 dólares
anuales para el año fiscal 2009/10. En 2009/10, la renta imponible hasta R132,
000 fue acusado en un 18%; hasta R210, 000 a 25%; hasta R290, 000 al 30%,
hasta R410, 000 en el 35%, y hasta 525.000 en el 38%.
En general, los individuos que ganan menos de R60, 000 por año de trabajo no
están obligados a presentar declaraciones de impuestos si no tiene ingresos de
inversiones gravables.
Impuestos sobres Sociedades.
Antes de la 01 de enero 2001, impuesto sobre la renta del Sur de África habían
sido recaudados en una base de código, pero ahora todas las personas residentes
y las empresas pagan impuestos sobre sus ingresos en todo el mundo.
Un individuo se considera residente a efectos fiscales, si se trata de "residencia
habitual" (sin definir en piedra, pero por lo general se define como tener una cierta
continuidad de residencia en el sur de África, el almacenamiento de sus
pertenencias ahí, y que tengan la intención de ida y vuelta), mientras que para una
79
empresa, la residencia se determina por el lugar donde la entidad esté registrada,
o una gestión eficaz.
En un intento de mantener el África recurso del Sur como un lugar sociedad de
cartera, las empresas que califican como centros de salud integrados International
Holding Empresa todavía se clasifican como no residentes a efectos fiscales, sin
tener en cuenta, pero hay ciertos criterios que deben cumplirse Para calificar.Los
dividendos extranjeros recibidos que correspondan a las entidades residentes
fueron oficialmente imponibles de febrero de 2001, hasta 2004, a menos que
hubiera un convenio de doble imposición en el lugar, el impuesto extranjero fue al
menos igual al 27%, o la participación de África del Sur en la empresa fue superior
al 10%. (org/Tax_rates_around_the_world)
Para las empresas con presencia de África del Sur, que no podría hacer uso del
régimen de IHC, el mejor curso de acción era el de limitar, en la medida de lo
posible, el alcance de esa presencia.
Muchas empresas hacen uso de sociedades de cartera en alta mar en las
jurisdicciones que tienen fuertes lazos con Sudáfrica (por ejemplo Mauricio, las
Islas Anglonormandas, las Islas Caimán y la Isla de Man) para mantener las
carteras de inversión y otros activos.
Esto significa que los Estados de África del Sur rama de la operación se gravarán
con las tasas normales de las empresas SA, pero el rendimiento de otros activos
poseídos en la sociedad offshore puede beneficiarse de un régimen de impuestos
bajos.
Esto funciona siempre y cuando no exceda de 50% de la compañía offshore es en
último término, en el sur de África - de lo contrario la sociedad off-shore es una
entidad controlada de Relaciones Exteriores (CFE) y sus propietarios de África del
Sur (aquellos con un interés superior al 10%) serán gravadas en una parte
proporcional de sus ingresos (no son complicadas excepciones para la utilidad de
operación real, es decir, para una operación con carácter comercial).
80
En 2004, reconociendo que las normas existentes tienden a desalentar la
|inversión empresarial en el sur de África, el gobierno decidió desechar el
impuesto del 30% establecido sobre las no exentas las ganancias corporativas en
el extranjero. Sur de África economistas aplaudieron la acción, lo que sugiere que
podría allanar el camino para el regreso de millones de rands invertido en el
extranjero durante el período posterior al apartheid inmediata. El límite de
exención de la participación también se incrementó al 25%.
En septiembre de 2005, se propuso realizar más cambios en las normas que rigen
la tributación de la renta de sociedades offshore. En el futuro, las obligaciones
fiscales de los beneficios generados en alta mar por una compañía del sur de
África se evaluarán de acuerdo con el nivel de Sudáfrica propiedad en virtud de los
planes propuestos por el sur de África Revenue Service (SRAS).
En el marco del proyecto de Ley de Ingresos de ley de enmienda empresa un
ingreso serían gravados en el sur de África, donde más del 50% de los accionistas
de África del Sur el ejercicio del voto de control en el brazo exterior de la empresa
nacional o la sociedad matriz.
La situación de la legislación fiscal en el momento en que la propuesta se hizo que
los ingresos ganados por una sociedad off-shore controlado desde el sur de África,
también conocida como una entidad extranjera controlada, es susceptible de
someterse a imposición en caso de Sudáfrica residentes fiscales tienen derechos
a la unidad extraterritorial capital y ganancias.
Según los expertos fiscales, los grupos multinacionales que tienen operaciones en
alta mar deberán realizar una prueba de impuestos con el fin de beneficiarse de
las exenciones a las nuevas normas si no cumplen con los requisitos, serán
gravadas a la tasa del impuesto de sociedades.
La propiedad intelectual cedidos por las sucursales extranjeras estarán exentos
del impuesto en Sudáfrica bajo la condición de que la empresa ha mantenido la
propiedad durante al menos 18 meses. Los cambios propuestos también reducir la
81
carga de papeleo que se necesita por las empresas para obtener beneficios
fiscales sobre las actividades en el extranjero.
Además, las nuevas normas pueden eliminar el requisito de seguros, bancos y
compañías de servicios financieros a solicitar certificados de las autoridades
bancarias para llevar a cabo actividades en el extranjero.
Impuesto sobre ganancias de capital
Plusvalía no existe en las jurisdicciones offshore puedan ser utilizados por las
empresas de África del Sur para la celebración de las estructuras de activos, pero
un residente del sur de África puede tener un problema con el impuesto sobre las
plusvalías por la venta de los activos offshore - al igual que con los ingresos, es
importante asegurarse de que los activos depositados en paraísos fiscales han
comerciales sustancia, o se mantenga dentro de las entidades que a su vez tienen
sustancia y no es probable que se clasifican como CFE.
Mejora sustancia se obtiene por la utilización de la experiencia nacional, la
disponibilidad de servicios únicos en la jurisdicción offshore, la aplicación de
márgenes de beneficio comercialmente justificables, y la gestión de la empresa
(dentro de unos límites) en la jurisdicción elegida.
En Sudáfrica los individuos residentes y entidades están sujetas a imposición de
las plusvalías, introducida en 2002, relativa a la gestión de sus activos en todo el
mundo, y no residentes en la cesión de determinados activos en el sur de África
(con activos que incluyen bienes muebles e inmuebles tanto). El impuesto se
aplica sobre una base realización, con la emigración, la donación y la muerte todo
el recuento, como realización. Esta última ha causado cierta preocupación, como
la duplicación del impuesto es casi seguro que se produzca; por ejemplo, a nivel
individual, una muerte desencadenará tanto CGT y el Impuesto de Bienes, aunque
el gobierno insiste en que los impuestos son destinados a zonas diferentes.
82
En el momento de la escritura, el primer R17, 500 de las ganancias o pérdidas de
capital están exentos de impuestos, y otras exenciones incluyen residencias
primarias, utilice los bienes personales, seguros y prestaciones de jubilación,
compensación y moneda extranjera convertida para uso personal.
El impuesto se cobra a las tasas de impuestos sobre la renta, pero sólo el 25% de
las ganancias. Para las empresas la tasa es de 14.5%.Un segundo se modifican
las Leyes de Ingresos Ley, aprobada en octubre de 2002, introdujo cambios
radicales en las normas que rigen las reestructuraciones empresariales, que
afectan a las fusiones y adquisiciones, transferencias internas de activos, la
separación de las operaciones, el canje de acciones, y liquidaciones.
Profesionales y consultores en Sudáfrica estaban lejos de ser impresionado con el
resultado final.
Por constitución de sociedades, la Ley establece que el impuesto no debe ser
impuesta si el contribuyente está transformando la propiedad de activos en un
interés directo participación indirecta, o no es hacer un retiro.
Aunque la empresa puede ser cesionario recién formado o existente
anteriormente, tanto ella como la empresa cedente debe ser constituida en el país.
Para tener derecho a la libre de base imponible, el cedente deberá adquirir un
mínimo de 25% de lo normal o que participen las acciones preferentes y mantenga
el interés por al menos 18 meses. Bienes objeto de la deuda puede ser libremente
transferidos. La transferencia de instrumentos financieros no califica.
Libre de impuestos para el intercambio de acciones se limitan a acciones
ordinarias y acciones preferentes que participan. El principio detrás de la para-
cuota de normas en común es que las ganancias de capital diferido acordado en la
transformación de un interés directo en un interés indirecto debe ser libre de
impuestos, pero sólo si ambas empresas son nacionales. No debería haber
impuesto a las ganancias de capital si el inversionista no está sacando provecho
de la inversión. Un 25% mínimo de adquisición de acciones ordinarias o participar
preferencia se aplica a los accionistas de la empresa objetivo, pero sólo para las
83
empresas que no cotizan en bolsa, y de beneficiarse de impuestos libres de
tratamiento de la empresa compradora debe adquirir más del 50% de las
empresas-objetivo celebrada muy de cerca y el 35% de los listados
En el intercambio de acciones, los accionistas de la sociedad afectada deben
recibir al menos el 25% de las acciones de una sociedad absorbente, celebrada
muy de cerca.
En cuanto a las transferencias intra-grupo, las dos filiales, deben haber sido las
empresas nacionales de África del Sur en los últimos 18 meses, y el capital
impuesto a las ganancias no tendrá que pagar hasta que el activo se vendiese al
grupo o hasta que los compradores y vendedores de cese para formar parte del
mismo grupo. Además, el umbral para la exención de impuestos secundarios
sobre las empresas se redujo de 100% al 75% del nivel.
Servicio de Impuestos gerente general de SA de ley de la Patrimonio se aplica
sólo si el padres distribuye una filial en la que el padre controla más del 50% en
manos de filiales o de cerca del 35% para las sociedades filiales cotizadas.
Empresas matrices y filiales debe ser nacional, la participación sigue siendo
necesario que hayan permanecido durante 18 meses y la distribución debe reducir
la separación de prima de emisión antes de las reservas de los ingresos. Cuando
las empresas nacionales se liquidan en una matriz que la controla, la desgravación
fiscal sólo se concede si el padre posee el 75% de las acciones de la filial en
liquidación.
Proyecto de ley de liquidación de las normas de la pérdida de incorporar las
normas contra el tráfico, incluyendo la pérdida de todos los periódicos y el capital
evaluado las pérdidas en la filial
.
84
Tabla 23 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países americanos
PAIS TASA
GENERAL TRATAMIENTO OPERACIONES EXENTAS LA TASA 0% OTROS
MEXICO 16%
Se abona en las ventas de bienes y prestación de servicios, alquileres, y
las importaciones de bienes y servicios. Ciertos medicamentos y
los alimentos básicos han sido temporalmente tipo cero
Ventas de terrenos, libros, instrumentos de crédito (incluidas
las acciones de capital), la construcción de viviendas y los
materiales por lo tanto, financieros y servicios médicos (excepto los
intereses percibidos por los emisores de tarjetas de crédito), la
educación y alquiler de propiedades residenciales.
Es aplicable a un número considerable de operaciones, que
en términos generales significa que no se devenga
IVA al respecto
N/A
NUEVA YORK 8.88%
La mayoría de la propiedad personal tangible (es decir, el alcohol, muebles,
electrónica, etc);Gas, electricidad, refrigeración, vapor, teléfono y telégrafos; Detective, limpieza y mantenimiento La
ocupación de hoteles y moteles; Alimentación y bebidas que se venden en
restaurantes y empresas de catering; Los ingresos procedentes de belleza, barbería, la restauración de cabello, manicure, pedicure, la electrólisis, el
masaje y otros servicios similares; Los ingresos procedentes de la venta de
servicios o por el uso de las instalaciones de los salones de control de peso,
salones de salud, gimnasios y establecimientos similares; Los ingresos procedentes de las ventas del servicio de
Muestras comerciales de alimentos y bebidas con un grado alcohólico inferior a 7° mataderos
y establecimientos de procesamiento de carnes excepto conejos y especies cinegéticas y
ovoproductos.
N/A N/A
85
Fuente: Elaboración propia con base la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
aparcamiento, garaje, almacenar o vehículos de motor.
TORONTO 13%
Productos y servicios, básico de abarrotes, productos agrícolas
medicamentos y servicios médicos así como exportaciones.
Servicios de salud, servicios educativos, servicios por los
institutos financieros residencial a largo plazo de alquiler.
N/A N/A
BRASIL PROMEDIO
17%
La base imponible consiste en el precio del bien entregado o del servicio prestado. En caso de
importaciones, el GST se calcula sobre el valor de importación, que consiste en el valor de aduana, los gastos de transporte, derechos de
aduana. En Sao Paulo la tasa estándar es 18%, mientras que en Río de Janeiro la tasa es de 19%.
La tasa de IVA federal promedio es 20%.
Las tasas de suministros interestatales dentro de Brasil son
7% - 25%. La tasa de 7% se refiere a los productos alimenticios básicos
etc.
Libros, periódicos, frutas y verduras y exportaciones.
N/A N/A
86
Tabla 24 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países africanos
PAIS TASA GENERAL TRATAMIENTO OPERACIONES EXENTAS LA TASA 0% OTROS
JOHANNESBURGO N/A N/A N/A N/A N/A
Fuente: Elaboración propia con base la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
87
Tabla 25 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de los países americanos
PAIS TASA TRATAMIENTO
MÉXICO 17.5%
Están obligadas al pago del IETU las personas físicas y
morales residentes en territorio nacional así como en el
extranjero con establecimiento permanente en el país, por
los ingresos que obtengan por la realización de las
siguientes actividades: enajenación de bienes, prestación
de servicios independientes, Otorgamiento del uso o goce
temporal de bienes y otorgamiento de uso o goce temporal
de bienes.
NUEVA YORK
Impuesto sobre las sucesiones (finca) es una parte de la
Ley de regalo y raíces. Se impone el impuesto federal
sobre los activos del difunto. Los extranjeros no residentes
pagan los impuestos sólo sobre propiedad basado en los
Estados Unidos.
TORONTO N/A N/A
BRASIL
2% - 6%
1) Impuesto de transferencia de bienes raíces de Brasil
El impuesto se impone al comprador de bienes inmuebles
del valor de venta.
0.3% - 1%
del valor de
mercado
2) Impuestos de propiedad de bienes raíces de Brasil
El impuesto anual es impuesto por la autoridad local, las
tasas cambian de ciudad en ciudad.
Fuente: Elaboración propia con base la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
88
Tabla 26 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de los países de la Únion Europea
PAIS TASA TRATAMIENTO
FRANKFURT
ENTRE EL 7% Y 50%
Impuesto basado en las herencias de Alemania Como un general la regla, los destinatarios de regalos / herencias se dividen en tres grupos. Grupo 1 - uno de los cónyuges, los niños y niñas. Grupo 2 - padres y nietos. Grupo 3 - todos los demás. Las tasas de impuestos varían de acuerdo a los grupos anteriores y también dependen del valor del activo.
3.5% y 4.5%
2) Impuesto de transferencia de bienes raíces de Alemania • Se impone el impuesto sobre bienes raíces que se encuentra en Alemania. • Los impuestos son transferidos a la autoridad local en que se encuentra la propiedad. • El impuesto se impone también la compra de al menos 95% las acciones de una empresa propietaria de bienes raíces.
MADRID
7.0%
1) Impuestos de transferencia de bienes raíces de España
Las empresas pagan un impuesto de transferencia al comprar una inmobiliaria de particulares.
.5% al 1% del valor de mercado
2) Impuestos de propiedad de bienes raíces de España
El impuesto anual es impuesto por la autoridad local, las tasas cambian de ciudad en ciudad.
HELSINKI
Entre 0.5% Y 1%
Impuestos de bienes raíces de Finlandia • Se impone el impuesto sobre inmuebles ubicados en Finlandia. • Los impuestos son transferidos a la autoridad local en que se encuentra la propiedad.
0.22% - 0.5% Para bienes raíces que se utiliza como una residencia permanente.
4.0% Transferencia de inmuebles
SUIZA N/A N/A
ITALIA 0.04% Y 0.07% El impuesto se basa en una evaluación del valor del activo por las autoridades fiscales.
Fuente: Elaboración propia con en base la información mencionada en este capítulo.
89
Tabla 27 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de los países asiáticos
PAIS TASA TRATAMIENTO
SHANGAI 5.0% Las transmisiones de inmovilizado inmaterial y las
transmisiones de inmuebles no grabadas por el IVA.
TOKIO 10% Y 50%
En el caso de un residente japonés, el impuesto es sobre herencia de todos, las que tienen su origen extranjero
incluidas. Para los residentes extranjeros, la obligación es únicamente respecto de los activos en Japón y se imponen
progresivamente de acuerdo con el valor del activo.
COREA DEL SUR
0.5% Y 2% Para viviendas residenciales que superen KRW600
millones de dólares (EE.UU. $ 521.739).
0.75% Y 2% Impuesto global de bienes raíces explotación de las tierras cuyo valor excede KRW500 millones de dólares (EE.UU. $
434.783).
INDIA 1.0% Sólo en activos con un valor de más de 3 millones de INR.
MOSCU Tasa
máxima es de 2.2%
Este impuesto local se impone sobre los activos fijos de bienes muebles e inmuebles, de acuerdo a su valor
depreciado en los libros.
Fuente: Elaboración propia con en base la información mencionada en este capítulo.
90
Tabla 28 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de Oceanía
PAIS TASA TRATAMIENTO
AUSTRALIA N/A N/A
Fuente: Elaboración propia con base la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
Tabla 29 Cuadro comparativo del Impuesto Eempresarial a Tasa Única (IETU) de África
PAIS TASA TRATAMIENTO
JOHANNESBURGO N/A N/A
Fuente: Elaboración propia con base la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
Tabla 30 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de América
Cuadro No. 30 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de América
PAIS TASA TRATAMIENTO DEDUCCIONES
MÉXICO 30%
Los no residentes sólo tributan sobre sus rentas de fuente mexicana, por lo general a tasas fijas aplicables por separado a diferentes tipos de ingresos brutos, sin
deducciones. La tasa federal de impuesto de sociedades es del 35%. Disposiciones destinadas a reconocer los
efectos de la inflación para efectos fiscales en las áreas de los activos y pasivos monetarios (corrección
monetaria), los inventarios y los activos depreciables se han incorporado en la ley como consecuencia de altas
tasas de inflación en el pasado.
Según la ley, un número limitado de sociedades y
asociaciones civiles que están específicamente designadas
como organizaciones sin fines de lucro, así como algunas
cooperativas, son consideradas como no
contribuyentes, a pesar de que están obligados a
presentar declaraciones anuales de información para
determinar su excedente neto de ingresos sobre gastos. En
consecuencia, no hay "exentas" las organizaciones.
NUEVA YORK 30%
El contribuyente extranjero no puede hacer deducciones de ninguna naturaleza .El pagador de la renta es responsable de la retención y entero del impuesto
causado por el extranjero. Los extranjeros que estén presentes en los Estados
Unidos por un período de 183 días o más al año, pagan también una cuota del 30% pero sobre sus ganancias
netas
N/A
Fuente: Elaboración propia con base la información compilada de este capítulo en sus diferentes país
TORONTO 33%
Las corporaciones que operan en Ontario se tributan a una tasa 33%. Sin embargo, las industrias
manufactureras de Ontario y los recursos están sujetos a una menor tasa de 12% de impuestos provinciales.
Cuando se combina con las autoridades federales de fabricación y de procesamiento (M & P) la tasa de 19%,
una empresa de fabricación de generación de ingresos en Ontario se grava a una tasa de sólo el 31%. A modo de
comparación, la tasa combinada es generalmente inferior a las tasas combinadas EE.UU. legales impuestos
federales y estatales.
N/A
Tabla 31 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de la Unión Europea
PAIS TASA TRATAMIENTO DEDUCCIONES
FRANKFURT
30%-33%
El tipo normal del impuesto de sociedades en Alemania 2010 es del 15%. Un impuesto adicional se ha impuesto para ayudar a la fusión de las dos Alemanias. Se trata de "impuesto de solidaridad", que es del 5,5% de la tarifa normal por pagar. El impuesto se aplica a empresas y particulares, con sujeción a las condiciones especificadas en la ley. Impuestos sobre la renta de un individuo es progresiva. En otras palabras, a mayor renta, mayor es la tasa del impuesto a pagar.
N/A
9о
MADRID 30%, 19%
Y 21%
La depreciación se deducirá el método de línea recta o método de amortización decreciente que se permite para los nuevos bienes materiales que estima la vida de más de tres años. Hay consolidación de la empresa a efectos tributarios, sujeto a ciertos términos. Las deudas incobrables son deducibles de impuestos hasta el 1% del total bebtors.
Ganancias de capital: Las ganancias de capital de las empresas se suman a los ingresos ordinarios y están sujetos a impuestos en un 30% tasa. Pago del 19% para el primero de menores ingresos de hasta 6.000 euros y el 21% del saldo superior a 6.000 euros.
HELSINKI
26%
Bajo los términos de que haya exención de la participación para la venta de sus acciones. La venta de un apartamento o casa que se ha utilizado como residencia principal durante al menos dos años, está exenta del impuesto de plusvalías. Una pérdida de capital podrá ser compensado con un aumento de capital en el año en curso, o en contra de las ganancias de capital en los años siguientes por un período máximo de hasta tres años. Ingresos por concepto de una inversión, con respecto de un dividendo o interés, es imponible al tipo del 28%.
En cuanto a trabajadores por cuenta ajena, el empleador está obligado a deducir el impuesto en la fuente de un empleado ya que hagan contribuciones adicionales a la seguridad social. Un trabajador por cuenta ajena - La contribución del empleador es del 16.8% del sueldo para la pensión, y el 2.8% - 5.9% para la seguridad social. La contribución del empleado suele ser 1.98% para el seguro de enfermedad y 4.5% -5.6% para la pensión y el seguro de desempleo. Dividendo 28 Regalías 28 Interés 0
SUIZA 9% Las sociedades suizas normalmente pagan N/A
фп
impuesto a alícuota variables, según su actividad y ubicación. En ciertas circunstancias, las sociedades suizas pueden pagar impuestos muy bajos, generalmente alrededor del 9% de la renta, todo incluido.
Fuente: Elaboración propia con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
фр
96
Tabla 32 Segundo Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de la Unión Europea
PAIS TASA TRATAMIENTO DEDUCCIONES
ITALIA
31.40%
El tipo normal del impuesto de sociedades de Italia (IRES) en 2010 es de 27.5%. Además, el impuesto local (IRAP) es gravado a una tasa del 3.9%, con lo que el tipo impositivo efectivo al 31.4%. La tasa a pagar del impuesto sobre las ganancias de capital de participación es de 12.5% para los que no pueden obtener participación de hasta el 25% en una empresa no cotizan en bolsa. Para efectos del cálculo de una ganancia de capital, la ganancia se reduce en consonancia con la tasa de aumento de la inflación, desde la fecha de compra a la fecha de venta. En lo que respecta a las ganancias de capital en una corporación, el alivio de idéntica está permitido en la tasa de aumento en el índice. Las compañías pagan 27.5% de impuestos sobre las ganancias de capital. En la venta de la participación, el 95% está exento de impuestos, con sujeción a ciertas condiciones.
N/A
Fuente: Elaboración propia con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
97
Tabla 33 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países Asiáticos
PAIS TASA TRATAMIENTO DEDUCCIONES
SHANGAI
25%
Cualquier sociedad residente en China está sujeta a tributación por su renta mundial. Una vez calculada la cuota tributaria, es posible deducir los impuestos pagados en el extranjero, con el límite del impuesto chino sobre esa misma renta. Se considera que una sociedad es residente en China cuando su sede central se encuentra ahí. Las empresas que perciben rentas en China sin disponer ahí de un establecimiento permanente, soportan una retención al serles abonadas dichas rentas, cuyo tipo varía en función del tipo de renta de que se trate. Se aplica un tipo reducido del 20% a pequeñas empresas.
Las empresas cuya sede central no se localice en China, aunque dispongan ahí de cierta organización, o de un establecimiento permanente, están sujetas al impuesto solo por las rentas generadas en el interior del país.
TOKIO 30%
Consisten en el impuesto de sociedades (impuesto nacional) bajo la Ley del Impuesto sobre la Corporación, y los impuestos locales en el marco del Derecho Tributario Local, que son impuesto sobre actividades económicas (impuesto sobre la prefectura)
N/A
COREA DEL SUR
Desde el 6% hasta un 35%
Los ingresos se clasifican de acuerdo a lo siguiente: los ingresos mundiales, los ingresos de jubilación, las ganancias de capital, y los ingresos gravados por separado en origen, el global de los ingresos se gravan a tasas progresivas, mientras los ingresos de jubilación y las plusvalías se gravan por separado a diferentes ritmos.
N/A
98
INDIA 33.22%-42.23%
Las empresas de la India cuya deuda fiscal es inferior al 10% de los "beneficios libro" pagar un impuesto del 18% mínimo alternativo, MAT en los beneficios "libro" con un recargo y CESS, con lo que el tipo impositivo efectivo del 19.93% para las empresas nacionales y 19% para las empresas extranjeras.
N/A
MOSCU
20%
La tasa general del impuesto sobre utilidades de las empresas de Rusia en 2010 es del 20%. Las compañías pagan 9% de impuestos sobre los ingresos por dividendos. Bajo los términos determinados ingresos por dividendos recibidos por las empresas con la celebración del 50% o más tiene derecho a exención de la participación. El impuesto sobre los beneficios de la empresa se compone de dos tipos:
Impuesto Federal -2%.
Regional impuestos - 18% (con una reducción posible incentivo de hasta el 4,5%).
El impuesto sobre la ganancia máxima es de 20%.
N/A
99
Fuente: Elaboración propia tomando con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
Tabla 34 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países de Oceánia
PAIS TASA TRATAMIENTO DEDUCCIONES
AUSTRALIA
25%
Las ganancias de capital de las empresas son gravadas con un 25%.
Los ingresos por dividendos y ganancias de capital de las empresas extranjeras están exentos de impuestos bajo la exención de las normas de participación.
Los individuos han reducido las tasas de impuesto de ganancia de capital para el 50% del individuo promedio de la tasa de impuestos, hasta un límite del 25%.
impuestos Australia es retenido en la fuente de los pagos siguientes: Dividendo-25% Interés-0% Regalías-20%
Fuente: Elaboración propia tomando con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
100
Tabla 35 Cuadro comparativo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los países Áfricanos
PAIS TASA TRATAMIENTO DEDUCCIONES
JOHANNESBURGO
28%
El tipo del impuesto normal que las empresas en Sudáfrica es del 28% (reducción del 29% en 2008), con un 10% adicional "STC" (Impuesto de Sociedades Secundaria) Impuesto que grava los dividendos netos (dividendos pagados, menos los dividendos recibidos). Doble imposición se evita mediante la concesión de un crédito a las empresas para los dividendos percibidos de las empresas de África del Sur que ya han sido objeto de STC. Impuesto de Sociedades Secundaria (STC) se redujo del 12.5% al 10%, y amplió la base imponible a la espera de su sustitución por un impuesto sobre los dividendos en 2010. Impuesto sobre la renta del Sur de África habían sido recaudados en una base de código, pero ahora todas las personas residentes y las empresas pagan impuestos sobre sus ingresos en todo el mundo.
N/A
Fuente: Elaboración propia tomando con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
101
Tabla 36 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Países americanos)
PAIS TASA TRATAMIENTO
MÉXICO 2.50% Impuestos de nómina
3.00% Impuesto sobre depósitos en efectivo
NUEVA YORK 4% Tasa de impuesto local sobre las ventas
TORONTO
4.95% Tasa de cotización de los empleados de los
ingresos de jubilación.
8.00% Impuesto de ventas
0.98% y 4.29%
El impuesto se impone por varias provincias, incluyendo Manitoba, Ontario y Quebec en los
sueldos brutos.
BRASIL 0.03% - 20% El impuesto anual se impone sobre la propiedad rural, y esta depende de la ubicación y el uso de
la propiedad.
Fuente: Elaboración propia con base en la información mencionada en este capítulo.
102
Tabla 37 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Unión Europea)
PAIS TASA TRATAMIENTO
FRANKFURT N/A N/A
MADRID 34% El impuesto se impone en español es herederos
HELSINKI 0%, 7%,
10% y 13%
El impuesto es pagadero en Finlandia sobre ambos una herencia y regalos en la aplicación de los principios fiscales bastante similares. La
tasa de impuestos depende de los ingresos.
SUIZA 3%
Los dividendos pagados por una compañía Suiza están sujetos a un impuesto de deducción
del 35%, pero los residentes Suizos y compañías de Suiza, obtienen un reembolso pleno, por lo que el 35% de los dividendos
deducidos del salario, realmente no se aplican a Entidades Suizas.
ITALIA 4% - 8% Impuesto sobre las sucesiones fue reintroducido
en Italia desde 2007.
103
Tabla 38 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Asiáticos)
PAIS TASA TRATAMIENTO
SHANGAI
3% Los transportes, el servicio de Correos, las
telecomunicaciones o las actividades culturales y deportivas.
6% Los servicios bancarios, financieros y de
seguros
del 5% al 20% Los servicios destinados al ocio
TOKIO 30%
El impuesto sobre los habitantes de la prefectura y el impuesto municipal de
habitantes. Base de menos de 8 millones al año 22% y más de 8 millones 30%.
COREA DEL SUR
10%
Los individuos están obligados a pagar un recargo en su impuesto sobre la renta, que se
llama el impuesto habitante. La base imponible es la responsabilidad del individuo
sobre la renta.
Desde el 6% hasta el 35%
Impuesto sobre plusvalía incluidas las empresas personales ganan las ganancias de capital cuando las propiedades de venta están sujetos a impuesto a las ganancias de capital a
tasas progresivas.
INDIA
10.3% INCLUYENDO
LOS CESS
Este impuesto se impone a un grupo definido de los servicios prestados en la India como sigue: publicidad de servicios, servicios de consultoría, banca, seguros y mucho más.
16.61% Pago de dividendos de empresas nacionales
están sujetos a los impuestos. La tasa efectiva de los impuestos de distribución de dividendo.
MOSCU N/A N/A
Fuente: Elaboración propia con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
104
Tabla 39 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Oceánia)
PAIS TASA TRATAMIENTO
AUSTRALIA 30% El tipo de gravamen aplicable a las ganancias de capital es el mismo que el tipo del Impuesto
sobre Sociedades
Fuente: Elaboración propia con base en la información mencionada en este capítulo.
Tabla 40 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares (Áfricanos)
PAIS TASA TRATAMIENTO
JOHANNESBURGO 0%, 1%, 3%,
5% y 7% Impuesto sobre el volumen de los negocios.
Fuente: Elaboración propia con base en la información compilada de este capítulo en sus diferentes países
2.6 Clasificación de los Ingresos del Estado.
2.6.1 Ingresos Tributarios.
Para determinar qué tipo de ingresos de los que obtiene el Estado debemos
considerar con la característica de tributarios, es necesario partir de un criterio
uniforme que no deje lugar a dudas la clasificación.
El criterio de selección tiene que referirse, necesariamente, a la idea que nos sitúe
ante la facultad o poder que el Estado, como ente supremo de la sociedad, tiene
para obtener recursos de los particulares; es decir, estaremos en frente a un poder
soberano, y en el ejercicio de esta soberanía se obtendrán dichos recursos.
Como sabemos, uno de los aspectos de la soberanía es el conocido Poder de
Imperio, facultad del Estado Romano que le permitía el dominio absoluto sobre los
105
pueblos conquistados sometiéndolos a su autoridad e imponiéndoles la obligación
de aportarle recursos.
Con base en esta idea, podemos decir que en virtud de su poder de imperio el
Estado cuenta con la facultad de exigir determinados recurso al particular, pero es
indispensable dejar asentado que no toda imposición a los particulares podrá tener
el carácter de exacción tributaria, ya que existen otros tipo de ingresos que a
pesar de ser impuestos por el poder soberano, no tienen esta característica, caso
particular lo constituyen las multas, que no obstante representan ingresos para el
Estado su imposición tiene como antecedente un hecho ilícito y su finalidad es,
ante todo, ejemplificativa y aflictiva, ya que con ella se pretende, más que otra
cosa, imponer un castigo a quien incumple un mandato legal, y difundir su
ejecución para desanimar la práctica de este tipo de conductas.
Siguiendo el orden de ideas expuestas encontramos que los ingresos tributarios
tienen su origen histórico en el Poder de Imperio del Estado, por ello tenemos que
excluir aquellos ingresos que se derivan del acuerdo de voluntades entre el Estado
y otros organismos, ya sean públicos o privados, como pueden ser los derivados
de la explotación de su propios recursos, y que constituyen los ingresos
patrimoniales; y los recursos crediticios, que en virtud de un contrato específico y
por su propia naturaleza, no obstante ser ingresos del Estado se tienen que
reembolsar en su oportunidad.
Por lo tanto, se consideran ingresos tributarios, conforme a lo señalado en la Ley
de Ingresos de la Federación, a los impuestos, las aportaciones de seguridad
social, las contribuciones de mejoras y los derechos, así como a sus accesorios.
Como toda disposición legal, los tributos deben fundar su existencia en la
Constitución, y si partimos del análisis de sus preceptos encontramos que no
existe ninguna disposición expresa que defina a los tributos como aquellas
aportaciones que el Estado impone a los particulares con el fin principal de
106
obtener recursos, y sólo podemos derivar su base constitucional del artículo 31
fracción IV, donde queda establecida la obligación de los mexicanos de contribuir
a los gastos públicos de las entidades que integran la Federación, así como la
facultad correlativa del Poder Legislativo de establecer las contribuciones
necesarias para cubrir el presupuesto, según los artículos 73 fracciones VII y
XXIX, y 74 fracción IV de la propia Constitución. (Delgadillo, 2001)
2.6.2 Ingresos no Tributarios.
Como ya se explicó, los ingresos no tributarios se derivan de la explotación de los
recursos del Estado o de los financiamientos que obtiene por diferentes vías a fin
de completar su presupuesto. De ello podemos derivar la existencia de los
ingresos patrimoniales e ingresos crediticios.
Dentro de los patrimoniales se incluyen todos aquellos ingresos que el Estado
percibe como contraprestaciones por los servicios que presta sin que
correspondan a sus funciones de derecho público, así como por el uso,
aprovechamiento o enajenación de sus bienes de dominio privado, es decir, los
ingresos que el Código Fiscal de la Federación denomina Productos.
También quedan incluidos en este rubro aquellos ingresos que obtienen
organismos descentralizados y empresas de participación estatal, ingresos que
son producto de la propia riqueza del Estado y forman parte su patrimonio.
Final mente se deben considerar como ingresos patrimoniales del Estado los
demás ingresos que no obstante tener su origen en actividades realizadas de
107
acuerdo a sus funciones de derecho público, no se derivan del poder del imperio
tales como las multas, indemnizaciones, reintegros participaciones,
cooperaciones, regalías, enunciados en el Código Fiscal de la Federación y en la
Ley de Ingresos como Aprovechamientos.
De lo anterior concluimos que los ingresos patrimoniales se identifican como
aquellas cantidades que el Estado obtiene por la administración de la riqueza, es
decir, por el manejo de su propio patrimonio.
El otro apartado de los ingresos no tributarios lo constituyen los crediticios, y son
aquellas cantidades que con carácter de préstamo se obtienen por diferentes vías,
financiamientos internos o externos, a través de préstamos o por la emisión de
bonos cualquiera que sea su denominación que presentan la característica de
tener que ser reembolsados en su oportunidad.
Nuestra Constitución en la fracción VIII de artículo 73, faculta al Poder Legislativo
para sentar la bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos
sobre el crédito de la nación, para aprobar las operaciones que al efecto realice y
para reconocer y disponer el pago de la deuda nacional. De acuerdo con esta
facultad, el Congreso de la Unión expidió la Ley General de la Deuda Pública, que
norma todas las actividades relativas a esta materia. (Delgadillo L. , 2001)
108
2.7 Clasificación de los Ingresos de la Federación.
De acuerdo a la Ley de Ingresos de la Federación, se desprende la siguiente
clasificación de los Ingresos Tributarios y no Tributarios.
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION INGRESOS TRIBUTARIOS INGRESOS NO TRIBUTARIOS
A. INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL
I. IMPUESTOS 1. Impuesto sobre la renta.
2. Impuesto empresarial a tasa única.
3. Impuesto al valor agregado.
4. Impuesto especial sobre producción y servicios.
5. Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.
6. Impuesto sobre automóviles nuevos.
7. Impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés público por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación.
8. Impuesto a los rendimientos petroleros.
9. Impuestos al comercio exterior.
10. Impuesto a los depósitos en efectivo.
11. Accesorios.
II. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 1. Contribución de mejoras por obras públicas de infraestructura
III. DERECHOS 1. Servicios que presta el Estado en funciones de derecho público (Secretarías)
2. Por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público (Secretarías)
3. Derechos a los hidrocarburos
IV. CONTRIBUCIONES NO COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES PRECEDENTES CAUSADAS EN EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN O DE PAGO
V. PRODUCTOS
1. Por los servicios que no correspondan a funciones de derecho público
2. Derivados del uso, aprovechamiento o enajenación de bienes no sujetos al régimen de dominio público
VI. APROVECHAMIENTOS
1. Multas
2. Indemnizaciones
3. Reintegros
4. Provenientes de obras públicas de infraestructura hidráulica
5. Participaciones en los ingresos derivados de la aplicación de leyes locales sobre herencias y legados expedidas de la Federación. acuerdo con
6. Participaciones en los ingresos derivados de la aplicación de leyes locales sobre donaciones expedidas de acuerdo con la Federación
7. Aportaciones de los Estados, Municipios y particulares para el servicio del Sistema Escolar Federalizado.
8. Cooperación del Distrito Federal por servicios públicos locales prestados por la Federación.
9. Cooperación de los Gobiernos de Estados y Municipios y de particulares para alcantarillado, electrificación, caminos y líneas telegráficas, telefónicas y para otras obras públicas
10. 5 por ciento de días de cama a cargo de establecimientos particulares para internamiento de enfermos y otros destinados a la Secretaría de Salud.
11. Participaciones a cargo de los concesionarios de vías generales de comunicación y de empresas de abastecimiento de energía eléctrica.
12. Participaciones señaladas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
13. Regalías provenientes de fondos y explotaciones mineras.
14. Aportaciones de contratistas de obras públicas
15. Destinados al Fondo para el Desarrollo Forestal
16. Cuotas Compensatorias.
17. Hospitales Militares.
109
18. Participaciones por la explotación de obras del dominio público señaladas por la Ley Federal del Derecho de Autor.
19. Recuperaciones de capital
20. Provenientes de decomiso y de bienes que pasan a propiedad del Fisco Federal.
21. Provenientes del programa de mejoramiento de los medios de informática y de control de las autoridades aduaneras.
22. No comprendidos en los incisos anteriores provenientes del cumplimiento de convenios celebrados en otros ejercicios.
23. Otros
B. INGRESOS DE ORGANISMOS Y EMPRESAS
I. INGRESOS DE ORGANISMOS Y EMPRESAS
1. Ingresos propios de organismos y empresas
2. Otros ingresos de empresas de participación estatal
II. APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 1. Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
2. Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores.
3. Cuotas del Sistema de Ahorro para el Retiro a cargo de los patrones.
4. Cuotas para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a cargo de los citados trabajadores.
5. Cuotas para el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas a cargo de los militares.
C. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS
I. ENDEUDAMIENTO NETO DEL GOBIERNO FEDERAL
1. Interno
2. Externo
II. OTROS FINANCIAMIENTOS
1. Diferimiento de pagos
2. Otros
III. DÉFICIT DE ORGANISMOS Y EMPRESAS DE CONTROL DIRECTO
Fuente: Elaboración propia con base en ponencia de (Alcázar, 2012)
Este capítulo sirvió como referencia del por qué los impuestos en nuestro país son
lo que son hoy en día, los impuestos en México reflejan nuestra historia, desde la
época prehispánica hasta nuestros días.
También nos ayuda a tener un conocimiento general de lo que son los impuestos
alrededor del mundo, basándonos en economías desarrolladas como la de
Estados Unidos, Japón, Alemania entre otras, nos podemos dar la idea de por qué
esos países son prósperos con respecto a sus contribuciones ya que no ellos no
cuentan con tantas exenciones y regímenes preferentes.
110
CAPÍTULO III. LA POLÍTICA FISCAL A PARTIR DEL AÑO 2000.
Sin duda el término política fiscal es muy amplio para entenderlo y analizarlo,
debido a que no es posible unificarlo a un criterio o idea, por tanto, en el presente
documento y para efectos prácticos partiremos de la siguiente definición: “la
política fiscal se entiende como el “conjunto de instrumentos y medidas que toma
el Estado con el objeto de recaudar los ingresos necesarios para realizar las
funciones que le ayuden a cumplir los objetivos de la política económica general.
Los principales ingresos de la política fiscal son por la vía de impuestos, derechos,
productos, aprovechamientos y el endeudamiento público interno y externo. La
política fiscal como acción del Estado en el campo de las finanzas públicas, busca
el equilibrio entre lo recaudado por impuestos y otros conceptos y los gastos
gubernamentales” (Latapí, 2007)
En nuestro país los grandes rubros de fuentes de ingresos provienen
principalmente del petróleo, impuestos, ingresos no tributarios, organismos y
empresas, como se muestra a continuación en el siguiente gráfico:
Gráfico 1 Fuentes de ingresos en México
Petroleros
No petroleros
Gobierno Federal
PEMEX
Impuesto a los rendimientos petrolerosDerechosAprovechamientos IEPS
Tributarios
No tributarios
Organismos yempresas
ISRIMPACIVAIEPSISTUVISANIETUIDE
DerechosProductosAprovechamientosContribuciones de mejoras
CFEIMSSISSSTECAPUFE
Fuente: Herrera, 2012
111
3.1. Ingresos tributarios, no tributarios, petroleros y especiales sobre producción.
En materia de recaudación, los ingresos tributarios durante el periodo 1995 – 2000
crecieron un punto porcentual del PIB pues pasaron de 8.3% a 9.4%, como
consecuencia de las acciones enfocadas a la reactivación económica; durante el
periodo 2001 – 2003 permanecieron constantes al ubicarse en 9.8% del PIB
producto de las modificaciones fiscales a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
enfocadas a disminuir privilegios fiscales y en el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
al cambio en el esquema de pagos; sin embargo de los años 2004 – 2006
disminuyeron su participación al registrar 9.3% del PIB en promedio, derivado de
la tendencia a disminuir la tasa impositiva del ISR.
En lo que toca a los ingresos tributarios durante el período 2000-2006,
particularmente, los ingresos tributarios se refieren a la prestación en dinero o en
especie que el Estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio, a todos
aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley específica señala
como hecho generador de un crédito fiscal. (Son créditos fiscales los que tenga
derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que provengan de
contribuciones, de aprovechamientos o de sus accesorios” Artículo 4º. del Código
Fiscal de la Federación). Generalmente, se busca que la estructura impositiva no
obstaculice el desarrollo de las actividades productivas de individuos y empresas,
evitando con ello que se afecten las posibilidades de crecimiento económico.
Los ingresos tributarios se integran del Impuesto Sobre la Renta que durante el
período 1995– 2006 promedió 4.5% del PIB, observando la menor participación en
1996 como consecuencia de la recesión económica al ubicarse en 3.8% del PIB,
la mayor participación se registró en el 2002 con 5.1% del PIB motivado por los
cambios establecidos en la Nueva Ley del ISR. Tratándose del Impuesto al Valor
Agregado, durante el período en estudio observó una tendencia alcista pues pasó
de 2.8% a 4.1% del PIB registrando año con año siempre un incremento excepto
112
en el 2002 como consecuencia de la modificación al esquema de pago
repercutiendo en el flujo de efectivo.
En cuanto a los ingresos no tributarios, éstos se identifican como derechos,
productos, aprovechamientos y contribuciones de mejoras, los cuales se
caracterizan por derivarse de operaciones no recurrentes o por otras de carácter
permanente que varían sustancialmente cada año, entre las que sobresalen los
ingresos derivados de privatizaciones, el remanente de operación del Banco de
México y otras recuperaciones de capital principalmente en los aprovechamientos.
(Gráfica 1)
Gráfico 2 Ingresos no tributarios (Por ciento del PIB)
Fuente: elaboración propia con datos del SAT
En lo que se refiere a los ingresos petroleros muestran un comportamiento volátil
debido a que están asociados directamente con el precio por barril de petróleo
observados en el mercado, pues durante el período 1995 – 1997 se ubicaron en
promedio 7.9% del PIB, disminuyendo su participación durante los años que van
113
de 1998 – 2002 al registrar en promedio 6.5% del PIB; sin embargo, a partir del
2003 los ingresos derivados del petróleo se incrementaron considerablemente al
promediar 8.3% del PIB, hasta 2006. Los ingresos provenientes de organismos y
empresas prácticamente permanecieron constantes en el periodo 1995 – 2006; en
promedio se ubican en 4.2% del PIB; sin embargo, los ingresos no tributarios
disminuyeron considerablemente su participación al pasar de 2.0% a 0.4% del PIB
en el mismo período. (Gráfica 2)
Gráfico 3 Participación de los ingresos petroleros dentro del presupuesto
Fuente: elaboración propia con datos del SAT
Por lo que toca al Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios durante el
período 1995 – 2000 registró una tendencia negativa al pasar de 0.6% a 0.3% del
PIB; sin embargo para el siguiente periodo 2001 – 2006 permaneció constante en
niveles de 0.4% del PIB. (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2007)
En cuanto a la recaudación proveniente de importaciones ésta disminuyó
principalmente por la caída del impuesto a dichas actividades, como consecuencia
de la disminución o eliminación de aranceles por la firma de tratados de libre
114
comercio con distintos países. Sin embargo, a partir de 2004, los ingresos
tributarios perdieron participación respecto a los ingresos presupuestarios, como
consecuencia del incremento de los ingresos provenientes del petróleo.
Tabla 41 Comportamiento de la recaudación del ISR 2000-2006
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Se recaudó por concepto del Impuesto sobre la Renta incluido el Impuesto al Activo 4.7% del PIB, generando 258 mil 754.2 millones de pesos.
En términos del PIB la recaudación se ubicó en 4.9 %, la captación ascendió a 285 mil 523.1 millones de pesos. En este año se promovió el Programa Cuenta Nueva y Borrón.
En este ejercicio se registró la mayor recaudación en el periodo en estudio al ubicarse en 5.1% del PIB, resultado de las reformas fiscales implantadas en la nueva Ley.
Para este ejercicio, la recaudación se ubicó en 337 mil 015.4 millones de pesos. La recaudación se redujo 2.5% en términos reales respecto al ejercicio anterior.
La recaudación se ubicó en 345 mil 217.5 millones de pesos. Respecto al ejercicio anterior, la recaudación se redujo en 4.6% en términos reales, derivado de los efectos en los cambios aprobados a la Ley
En este año se captó la mayor recaudación del ISR en el periodo registrando 384 mil 521.8 millones de peso equivalente al 4.59% del PIB, ocasionado por las modificaciones a la Ley del ISR
La recaudación para este ejercicio se estimó en 388 mil 336.0 millones de pesos incluido el Impuesto al Activo. Respecto con el ejercicio anterior disminuiría en 2.3% .
Fuente: elaboración propia con datos de la Cámara de Diputados, 2007.
Como se observa en el Cuadro No. 43, la recaudación del ISR en el período de
estudio tiene una tendencia alcista del 2000 al 2002 derivada de modificaciones
inclinadas a limitar y eliminar beneficios a ciertos regímenes como la consolidación
fiscal. Sin embargo, a partir del 2003 las modificaciones a la Ley del ISR se
orientaron a impulsar la competitividad de las empresas al disminuir gradualmente
la tasa impositiva, permitir la deducción inmediata de ciertas inversiones y la
115
posibilidad de deducir la PTU, entre otras; lo que ocasionó que la recaudación
disminuyera año con año, salvo en el 2005 cuando se modificó la deducción de
compras a costo de ventas.
Tabla 42 Comportamiento de la recaudación del IVA 2000-2006
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Se incorporó al esquema de retención, a los contribuyentes dedicados al autotransporte terrestre de bienes y a los comisionistas.
Se implantaron medidas para elevar la recaudación como el Programa Cuenta Nueva y Borrón.
Se modificó el esquema de pagos a flujo de efectivo el cual entró en vigor a partir de marzo del 2002, lo que impactó negativamente el flujo de la recaudación. Se creó una nueva contribución denominado “Impuesto a la Venta de Bienes y Servicios Suntuarios”
Se modificó el entero del impuesto mensualmente en lugar de anual y se grava con tasa general, a los alimentos preparados para su consumo.
Se eliminó la exención del IVA a los Pequeños Contribuyentes y se permitió que las entidades federativas que celebren convenio con la Federación, pudieran administrar y recaudar este impuesto.
Se realizaron cambios al Régimen de pequeños contribuyentes.
Tratándose de la eliminación de la exención a los Pequeños Contribuyentes, aprobada en el ejercicio 2004, se adecuó la ley y se estimó un porcentaje para los Repecos
Fuente: elaboración propia con datos de la Cámara de Diputados, 2007.
Como se puede observar, en el Cuadro No. 44, el programa Cuenta Nueva y
Borrón, trajo como consecuencia que de 2002 a 2006 la recaudación bajara
recurrentemente y por ello se crea la aplicación del nuevo Impuesto a la Venta de
Servicios Suntuarios, que pagarían únicamente las clases pudientes de la
sociedad, sin impactar significativamente la recaudación para los años posteriores.
Por otro lado, el haber modificado el impuesto a los alimentos preparados significó
116
para el año 2003 una recuperación aunque leve para la Federación, situación que
se vio demeritada en 2004 al haber firmado convenios con las entidades
federativas para que ellas mismas recaudaran el IVA generado en su territorio.
Asimismo el haber eliminado la exención de impuestos a los pequeños
contribuyentes, tampoco recuperaría la recaudación de años posteriores, ya que
en muchas ocasiones dichos contribuyentes tienen otros beneficios fiscales que
sus contadores aplican y que en definitiva los montos declarados no reflejan en
números duros una tributación óptima.
En resumen, dentro del análisis de este sexenio se tienen como ya se indicó otro
tipo de recaudaciones como el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios o
como los impuestos especiales; sin embargo el I.S.R. y el I.V.A., siguen siendo las
principales fuentes de ingresos para la Federación tratándose de la política fiscal
de nuestro país.
Tomando en consideración todo lo anterior, se observa que la política fiscal del
Presidente Fox, se presenta debilitada e insuficiente de recursos y que fue uno de
los principales problemas de la Hacienda Pública hasta finales de 2006. Si se
toma en cuenta que la recaudación del I.S.R. y el I.V.A. son una de las principales
fuentes de ingresos de la nación para estructurar el gasto público, entonces
durante este sexenio se presentó un escenario en donde los requerimientos
presupuestarios en cada ejercicio fiscal iban en aumento y los recursos tributarios
iban en decremento.
117
Entonces ¿qué salidas se tendrían que planear para revertir este fenómeno en el
siguiente sexenio?
Por un lado se tendría que comenzar con la reestructuración al Sistema
Tributario Mexicano.
Se tendrían que homologar deducciones y exenciones de manera equitativa
sin privilegiar a ningún sector de la sociedad.
Establecer un combate frontal a la evasión y elusión fiscal
Unificar esfuerzos para detectar el lavado de dinero
Finalmente, a continuación se presenta el comportamiento de la política fiscal
desde el año 2007 hasta octubre de 2011, teniendo en cuenta los fenómenos que
permitieron revertir los números blandos en duros, tratándose de recaudación
fiscal.
3.2 La política fiscal 2007-2011.
Comenzaremos este apartado recordando las premisas que el Plan Nacional de
Desarrollo del sexenio del Presidente Calderón, signó como un compromiso fiel de
las necesidades del país. En tal virtud, de 2007 a 2012 se establecería una
estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de México sobre bases
sólidas, realistas e inminentemente responsables.
Dicho plan estaría conformado en cinco ejes rectores:
1. Estado de Derecho y seguridad.
2. Economía competitiva y generadora de empleos.
3. Igualdad de oportunidades.
4. Sustentabilidad ambiental.
5. Democracia efectiva y política exterior responsable. (PND, 2007)
118
Dentro del rubro Política Hacendaria para la Competitividad, se inscribió la
estrategia 1.2. entre cuyas intenciones estaba la de establecer una estructura
tributaria eficiente, equitativa y promotora de la competitividad, permitiendo
encontrar fuentes alternativas de ingresos, para hacer frente a las necesidades de
gasto en desarrollo social y económico que tiene el país.
Por otro lado se daría la simplificación de los impuestos, limitando los costos
administrativos del sistema fiscal y promoviendo el cumplimiento de las
obligaciones por parte de los contribuyentes. Así también se propuso el promover
la equidad dando un mismo trato fiscal a personas físicas y morales que
estuvieran en condiciones económicas semejantes. De tal suerte que el objetivo
de la política tributaria del país sería el de contar con los instrumentos más
flexibles y neutrales posibles, capaces de ajustarse a las necesidades de recursos
con efectividad y que respondan a condiciones de equidad y proporcionalidad.
(PND, 2007)
Lo que más llama la atención del plan es que inscribe dentro de sus propósitos el
desarrollar nuevos instrumentos tributarios para promover una mayor inversión;
esto ha llevado a cabo desde el año 2007, conjuntamente con una serie de
medidas que se verán a continuación.
3.2.1.- Año 2007.
Para el año de 2007, un evento novedoso fue la aplicación de la Firma electrónica
avanzada, de ahí que se tuvieron que modificar el primero y segundo párrafos del
Artículo 27 del Código Fiscal para que las personas físicas y morales que deban
presentar declaraciones periódicas o que están obligadas a expedir comprobantes
por las actividades que realizan, soliciten su certificado de firma electrónica
avanzada desde el momento en que ingresen su inscripción al Registro Federal de
Contribuyentes.
119
Otra innovación se dio con la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios, ya que se establecieron nuevas tasas por la enajenación e importación
de cigarros y puros para quedar a partir de 2009 como sigue: “Cigarros se
incrementa de un 110% a 160%. puros y otros tabacos labrados se incrementa de
un 29.9% a un 160% y, se gravan los puros y otros tabacos labrados hechos
enteramente a mano a una tasa de 30.4%. Para los ejercicios de 2007 la tasa
aplicable fue del 140%. (LIEPS, 2007)
3.2.2.- Impuesto Empresarial a Tasa Única. (IETU), 2008
Mención especial requiere la formalidad del Impuesto Empresarial a Tasa Única
(IETU), ya que como se verá enseguida, dicho impuesto sería un bastión
importante en las políticas de recaudación del país, tomando en cuenta que el
sexenio anterior, no pudo recuperar para el gasto público, los recursos financieros
indispensables para cubrir las necesidades de la nación. En tal virtud a
continuación se presenta un bosquejo, análisis jurídico y ejemplos sencillos de lo
que este impuesto ha representado a partir del año 2008.
EL Impuesto Empresarial a Tasa Única IETU, fue aprobado por el Congreso de la
Unión el 1 de junio de 2007 y entró en vigor el 1 de enero de 2008. La tasa actual
del IETU es de 17.5%, y están obligadas a su pago las personas físicas y las
morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero
con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que obtengan por
enajenación de bienes, prestación de servicios independientes o el otorgamiento
del uso o goce temporal de bienes. Los ingresos exentos son los obtenidos por
Entidades Federativas, Municipios, órganos constitucionales autónomos y
entidades de administración pública paraestatal.
(http://www.informador.com.mx/mexico)
En materia de Impuesto Empresarial a Tasa Única, los sujetos del impuesto se
dividen en dos: sujeto activo y sujeto pasivo.
120
a) Activo.- Ente jurídico que tiene derecho a exigir el pago del impuesto. En el
caso del IETU, es la Federación
b) Pasivo.- Persona que jurídicamente tiene la obligación de pagar el impuesto
personas físicas y morales, conforme al Art. 1° de la Ley.
3.2.3.- Elementos del impuesto
a) SUJETOS:
Están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única, las personas
físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el
extranjero con establecimiento permanente en el país, por los ingresos que
obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización
de las siguientes actividades:
I. Enajenación de bienes. II. Prestación de servicios independientes. III. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
Los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país están
obligados al pago del impuesto empresarial a tasa única por los ingresos
atribuibles a dicho establecimiento, derivados de las mencionadas actividades.
(Articulo 1 LIETU, 2011)
121
b) OBJETO:
El objeto del impuesto es gravar los ingresos en efectivo que obtengan las
personas físicas y morales que realicen las siguientes actividades:
ENAJENACIÓN DE
BIENES
PRESTACIÓN DE
SERVICIOS PERSONALES
INDEPENDIENTES
OTORGAMIENTO DE
USO O GOCE TEMPORAL DE
BIENES
Para calcular el impuesto empresarial a tasa única se considera ingreso gravado
al precio o la contraprestación a favor de quien enajena el bien, presta el servicio
independiente u otorga el uso o goce temporal de bienes, así como las cantidades
que además se carguen o cobren al adquirente por impuestos o derechos a cargo
del contribuyente, intereses normales o moratorios, penas convencionales o
cualquier otro concepto, incluyendo anticipos o depósitos, con excepción de los
impuestos que se trasladen en los términos de ley. (Articulo 2 LIETU, 2011)
Igualmente se consideran ingresos gravados los anticipos o depósitos que se
restituyan al contribuyente, así como las bonificaciones o descuentos que reciba,
siempre que por las operaciones que les dieron origen se haya efectuado la
deducción correspondiente.
También se consideran ingresos gravados por enajenación de bienes, las
cantidades que perciban de las instituciones de seguros las personas que realicen
las actividades a que se refiere el (Artículo 1 LIETU, 2011) cuando ocurra el riesgo
amparado por las pólizas contratadas de seguros o reaseguros relacionados con
bienes que hubieran sido deducidos para los efectos de la Ley del Impuesto sobre
la Renta. Las personas del sistema financiero e intermediación financiera a que se
refiere el (cuarto párrafo de la fracción I del Artículo 3 de la LIETU), además del
ingreso que perciban por el margen de intermediación financiera, considerarán
ingresos gravados los que obtengan por la realización de las actividades a que se
122
refiere el (Artículo 1 de la LIETU) distintas a la prestación de servicios por los que
paguen o cobren intereses.
Cuando el precio o la contraprestación que cobre el contribuyente por la
enajenación de bienes, por la prestación de servicios independientes o por el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, no sea en efectivo ni en
cheques, sino total o parcialmente en otros bienes o servicios, se considera
ingreso el valor de mercado o en su defecto el de avalúo de dichos bienes o
servicios. Cuando no exista contraprestación, para el cálculo del impuesto
empresarial a tasa única se utilizarán los valores mencionados que correspondan
a los bienes o servicios enajenados o proporcionados, respectivamente. (Articulo 2
LIETU, 2011) El objeto de este impuesto es gravar el flujo de efectivo que se
tenga.
c) BASE:
La Base se determina sobre la totalidad de tus ingresos acumulables obtenidos
efectivamente en el ejercicio menos las deducciones autorizadas (Articulo 9
LIETU, 2011)
El impuesto empresarial a tasa única se calcula aplicando la tasa del 17.5%
(Articulo 4 transitorio de LIETU, 2011) a la cantidad que resulte de disminuir de la
totalidad de los ingresos percibidos por las actividades a que se refiere este
artículo, las deducciones autorizadas en esta Ley. Conviene no confundir los
términos de ingresos gravados y base gravable. Los ingresos gravados
representan el objeto de gravamen que deben ser considerados para el cálculo del
impuesto, mientras que la base gravable, para estos efectos, es la diferencia entre
los ingresos y las deducciones autorizadas, a la cual se le aplica la tasa para
determinar el impuesto causado.
123
En resumen para determinar el IETU del ejercicio, a continuación se presenta el
siguiente gráfico:
Determinación del IETU
INGRESOS PERCIBIDOS
(-) DEDUCCIONES AUTORIZADOS
(=) BASE GRAVABLE
(X) TASA DE IMPUESTO
(=) IETU DETERMINADO
3.3.- Ubicación de la tabla aplicable de IETU.
A partir de la entrada en vigor de esta ley del IETU se ha tenido un incremento a
través de los años en su tasa como se menciona a continuación.
TASA
2008---17.0%
2009---17.0%
A PARTIR DE
2010--17.5%
124
Es importante saber que la tasa aplicable es del 17.5%, (Artículo 4 LIETU
Transitorio, 2011) a la cantidad que resulte de disminuir de la totalidad de los
ingresos percibidos por las actividades a que se refiere este artículo las
deducciones autorizadas por la LIETU. (Articulo 5 LIETU, 2011)
INGRESOS EXENTOS
Se podría suponer que todas las personas morales no contribuyentes del ISR
estarán exentas del pago del IETU, generando el razonamiento lógico:
“Si no pago ISR entonces no estoy obligado a pagar IETU”.
El artículo 4 de la LIETU excluye a algunas de ellas. A continuación se
identificarán a las personas que están exentas del pago del impuesto. A saber:
Los percibidos por la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios, los
órganos constitucionales autónomos y las entidades de la administración pública
paraestatal.
Los que no estén afectos al pago del ISR en los términos de la LISR que reciban
las personas que a continuación se señalan:
Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos legalmente
reconocidos.
Sindicatos, obreros y organismos que los agrupen.
Asociaciones o sociedades civiles con fines científicos, políticos, religiosos
o culturales, y ciertas sociedades con limitadas instalaciones deportivas.
125
Cámaras de comercio e industria, y agrupaciones agropecuarias o
silvícolas, colegios profesionales y organismos que los agrupen,
asociaciones patronales y las asociaciones civiles o sociedades de
responsabilidad limitada de interés público que administren en forma
descentralizada los distritos o unidades de riesgo, previa concesión y
permiso respectivo y los organismos que agrupen a las cooperativas.
Las instituciones o sociedades civiles que sólo administren fondos o cajas de
ahorro y las que señala la legislación laboral; las sociedades cooperativas de
consumo; las de ahorro y préstamo autorizadas por la Ley de Ahorro y Préstamo,
aunque se encuentren en proceso de autorización para operar; así como las
federaciones y confederaciones autorizadas por la misma ley y las sociedades
mutualistas que no operen con terceros cuando no realicen gastos por premios,
comisiones y análogos.
Asociaciones de padres de familia y las sociedades de gestión colectiva.
Los obtenidos por donatarias autorizadas, siempre y cuando:
Los ingresos obtenidos se destinen a los fines propios de su objeto social.
No se otorgue a persona algunos beneficios sobre el remanente distribuible.
No incurran en omisiones de ingresos.
No tengan compras realizadas e indebidamente registradas.
No incurran en erogaciones no deducibles.
No otorguen préstamos a sus socios, integrantes ni a los cónyuges,
ascendientes o descendientes en línea recta de dichos socios o integrantes.
Los que perciban las personas físicas y morales, provenientes de actividades
agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que se encuentren exentos del pago
126
del ISR en los mismos términos y límites establecidos en( los artículos 81, último
párrafo y 109, fracción XXVII de la LISR. )
Estas personas físicas gozarán de la exención del IETU cuando estén inscritas en
el RFC, en el plazo que, mediante reglas de carácter general, establezca el SAT.
De acuerdo con (la regla 1.17. de la Resolución de facilidades administrativas para
los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2009,) las
personas físicas dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas,
ganaderas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no
hubieran excedido de un monto equivalente a 40 veces el salario mínimo general
de su área geográfica elevado al año, se encuentran exentas del IETU.
En el caso de que en el transcurso del ejercicio, a partir del mes en que sus
ingresos rebasen el monto señalado, por el excedente deberán cumplir con sus
obligaciones fiscales en las cantidades que a continuación se presentan en el
Cuadro No. 45
Tabla 43 Montos señalados por escendentes
PERSONA FISICA ZONA PERSONA MORAL
40VSSMAG ELEVADO AL AÑO
200VSSM DF ELEVADO AL
AÑO
873,372.00 A 4,366,860.00
848,698.00 B
827,820.00 C
Fuente: elaboración propia.
3.3.1 Grupos punibles
Los grupos más vulnerables en este aspecto del pago de IETU son:
Arrendamiento
Servicios Profesionales
127
Ya que por la naturaleza de sus actividades no hay muchas deducciones que
puedan efectuar y en el caso de arrendamiento aún contando con el beneficio de
la deducción ciega para efectos del pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) esta
deducción ciega no es considerada para el Impuesto Empresarial a Tasa Única
(IETU) por lo cual desfavorece a este sector haciendo que su base de pago de
IETU sea elevada. Enseguida se presenta un ejemplo de en qué momento se
paga el ISR y en que otro momento se paga IETU.
Tabla 44 Ejemplo: comparativo de cuando se paga ISR y cuando se paga IETU
SUPUESTO ISR
DETERMINADO
IETU DETERMINADO (ANTES DE APLICAR
EL PAGOPROVISIONAL
DE ISR)
SE PAGA
ISR
SE PAGA IETU (UNA
VEZ APLICADO EL PAGO DE ISR)
1 150.00 130.00 150.00 0.00
2 130.00 150.00 130.00 20.00
3 0.00 150.00 0.00 150.00
4 100.00 0.00 100.00 0.00
5 100.00 100.00 100.00 0.00
6 0.00 0.00 00.00 0.00
Fuente: elaboración propia.
A continuación y con el único objeto de tener presente la aplicación de este nuevo
impuesto, se presentan una serie de ejemplos que pudieran dar al lector una
visión más amplia de sus obligaciones con el fisco, aplicando el nuevo tabulador.
A saber:
128
Ejemplo número 1:
CÁLCULO DEL IETU CON TASA ACTUAL Y CON TASA TABULADA:
En el supuesto de que fuere el primer pago provisional y que en ambos casos no
hay otro concepto, más que deducciones autorizadas.
CONCEPTO IETU TASA 17.5% IETU TABULADOR
INGRESOS
PERCIBIDOS 22,000.00 22,000.00
DEDUCCIONES
AUTORIZADAS 13,200.00 13,200.00
BASE GRAVABLE 8,800.00 8,800.00
TASA 17.5% 6.50%
IETU MENSUAL DETERMINADO
1,540 572.00
CRÉDITO FISCAL POR DEDUCCIONES
SUPERIORES A LOS INGRESOS
0.00 0.00
ACREDITAMIENTO POR SALARIOS
0.00 0.00
ACREDITAMIENTO POR CUOTAS IMSS
0.00 0.00
CRÉDITO FISCAL POR INVERSIONES
0.00 0.00
PAGOS PROVISIONALES DE
ISR PROPIO PAGADO
0.00 0.00
ISR RETENIDO 0.00 0.00
IETU A PAGAR 1,540.00 572.00
PAGOS PROVISIONALES DE
IETU
0.00 0.00
IETU A CARGO 1,540.00 572.00
Este ejemplo muestra el cumplimiento del principio de proporcionalidad. Fuente:
Elaboración propia.
129
Ejemplo número 2
CONCEPTO
IETU TASA ACTUAL 17.5% CON MAYOR
INGRESO
IETU TABULADOR CON MENOR
INGRESO
IETU TABULADOR
MAYOR INGRESO
INGRESOS PERCIBIDOS
950,000.00 400,000.00 950,000.00
DEDUCCIONES AUTORIZADAS
240,000.00 240,000.00 240,000.00
BASE GRAVABLE 710,000.00 160,000.00 710,000.00
TASA 17.5% 6.50% 12.50%
IETU MENSUAL DETERMINADO
124,250.00 10,400.00 88,750.00
CRÉDITO FISCAL POR DEDUCCIONES SUPERIORES A LOS
INGRESOS
0.00 0.00 0.00
ACREDITAMIENTO POR SALARIOS
0.00 0.00 0.00
ACREDITAMIENTO POR CUOTAS IMSS
0.00 0.00 0.00
CRÉDITO FISCAL POR INVERSIONES
0.00 0.00 0.00
PAGOS PROVISIONALES DE
ISR PROPIO PAGADO
0.00 0.00 0.00
ISR RETENIDO 0.00 0.00 0.00
IETU A PAGAR 124,250.00 10,400.00 88,750.00
PAGOS PROVISIONALES DE
IETU
0.00 0.00 0.00
IETU A CARGO 124,250.00 10,400.00 88,750.00
Este ejemplo muestra el principio constitucional de los impuestos, equidad y
proporcionalidad. Pues con base a lo que obtenga de ingreso es la tasa que estará
pagando.
Fuente: elaboración propia
130
Ejemplo número 3:
Considerando el comparativo con la tasa actual y el tabulador propuesto además
incluye la disminución de los salarios en su totalidad.
CONCEPTO IETU TASA
17.5% IETU
TABULADOR
IETU CON TABULADOR Y TOMANDO EN CUENTA SALARIOS AL 100%
INGRESOS PERCIBIDOS
860,000.00 860,000.00 860,000.00
DEDUCCIONES AUTORIZADAS
175,000.00 175,000.00 175,000.00
BASE GRAVABLE 685,000.00 685,000.00 685,000.00
TASA 17.5% 6.50% 6.50%
IETU MENSUAL DETERMINADO
119,875.00 85,625.00 85,625.00
CRÉDITO FISCAL POR DEDUCCIONES SUPERIORES A LOS
INGRESOS
0.00 0.00 0.00
ACREDITAMIENTO POR SALARIOS
3,500.00 0.00 20,000.00
ACREDITAMIENTO POR CUOTAS IMSS
0.00 0.00
CRÉDITO FISCAL POR INVERSIONES
0.00 0.00
PAGOS PROVISIONALES DE
ISR PROPIO PAGADO
0.00 0.00
ISR RETENIDO 0.00 0.00
IETU A PAGAR 116,375.00 85,625.00 65,625.00
PAGOS PROVISIONALES DE
IETU
0.00 0.00 0.00
IETU A CARGO 116,375.00 85,625.00 65,625.00
131
Este ejemplo muestra la proporcionalidad del pago del IETU tomando en cuenta el
acredita miento del 17,5% de los salarios comparado con el acredita miento al
100% de los salarios, pues estos son parte primordial de las actividades de
muchas empresas.
Fuente: elaboración propia.
Comentarios respecto del IETU
Desde un inicio aún cuando el objetivo de la implantación de este impuesto (IETU)
era lograr una recaudación más equilibrada y justa, ya que no considera
regímenes especiales ni deducciones o beneficios extraordinarios; los resultados
no han sido favorables, pues tal parece que cuando suben las tasas, se expanden
las bases de tributación, o cuando se crean nuevos impuestos rara vez se puede
lograr una mayor tributación si no se acompañan de ajustes que permitan
fortalecer a la autoridad ejecutora.
El mismo Congreso se dijo preocupado de que el IETU en 2009 haya presentado
bajos niveles de recaudación, ya que, según el último informe de la SHCP, este
gravamen contribuye de manera directa e indirecta con poco menos de 14% de lo
que ingresa a las arcas públicas debido al sistema de renta. Sin embargo, por sí
solo representa apenas 1.8% del total de los ingresos tributarios, como se observa
en el Cuadro No. 46.
132
Tabla 45 Recaudación tributaria observada (2006-2008)
Concepto 2006 2007 2008
Monto % Monto % Monto %
Ingresos Tributarios 890,078.2 100.0 1,002,670.0 100.0 994,552.3 100.0 Ingresos Tributarios No Petroleros 930,686.3 104.6 1,047,255.7 104.4 1,207,720.6 121.4 Renta 1/ 448,099.8 50.3 527,183.6 52.6 626,508.6 63.0 Resto 239,717.2 26.9 305,309.4 30.4 360,561.0 36.3 Asalariados 2/ 208,382.6 23.4 221,874.2 22.1 265,947.6 26.7
IVA 380,576.1 42.8 409,012.5 40.8 457,248.3 46.0 IEPS 36,975.9 4.2 41,532.2 4.1 49,283.9 5.0 Importación 31,726.4 3.6 32,188.0 3.2 35,783.1 3.6 Exportación 0.7 0.0 2.6 0.0 1.1 0.0 ISAN 5,135.7 0.6 5,476.2 0.5 5,071.2 0.5 Tenencia 17,689.2 2.0 19,235.0 1.9 20,022.7 2.0 Accesorios 10,441.3 1.2 12,403.4 1.2 13,744.1 1.4 Otros 3/ 41.1 0.0 222.2 0.0 57.6 0.0
Ingresos Tributarios Petroleros -40,608.2 -4.6 -44,585.7 -4.4 -213,168.3 -21.4
IEPS Gasolinas y diesel -42,217.5 -4.7 -48,324.0 -4.8 -217,609.1 -21.9
Impuesto a los rendimientos petroleros 1,609.3 0.2 3,738.4 0.4 4,440.8 0.4
1/ En 2008 se incluye el “IETU”, IMPAC e IDE en el rubro Resto. 2/ Incluye honorarios. 3/ Incluye la fracción IV del artículo 1° de la Ley de Ingresos: Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores. Fuente: Elaboración propia con datos de la Cámara de Diputados 2010.
En el último dictamen de informe de Finanzas y Deuda Pública de la Secretaria de
Hacienda y Crédito Público de 2011, se destaca que en un período de cinco
meses, de enero a mayo, la recaudación de este gravamen cayó 10.2% con
relación al mismo periodo del 2010, a pesar de que en los primeros cinco meses
del año los ingresos tributarios crecieron 2.4 por ciento.
133
Según los datos estadísticos México contaba con una mayor recaudación con el
Impuesto sobre la Renta pues la evasión era menor. Si se toma en cuenta que la
cultura del mexicano fiscalmente hablando, es la del “no pago”, quienes antes de
esta reforma evadían al fisco ahora lo siguen haciendo con mayor frecuencia en el
pago de este nuevo impuesto.
El éxito de una reforma fiscal depende más de la capacidad de aplicación que de
la racionalidad legal, económica o política que la guía para que no resulte
contraproducente y provoque como en este caso un déficit. Tan sólo en mayo de
2011, por concepto de IETU el fisco recaudó 3,524 millones de pesos cuando se
esperaban 4,907 millones de pesos. (Cámara de Diputados, 2011)
Por otro lado, en el reporte del presupuesto de gastos fiscales que dio a conocer la
Secretaría de Hacienda para el año 2011, se da cuenta que por deducciones
permitidas en este impuesto se dejarán de recaudar este año 5,515 millones de
pesos, de los cuales la mayoría será por automóviles por un valor por hasta
175,000 millones de pesos, por donativos no onerosos ni remunerativos no
entrarán 770 millones y por el consumo en restaurantes 356 millones de pesos así
como por deducciones en pagos por el uso o goce de automóviles por hasta 250
diarios por vehículos el déficit es por 114 millones de pesos.
Asimismo México reporta un déficit fiscal de 11,168.8 millones de pesos en mayo
de 2011, profundizando la tendencia observada en el mes precedente ante un
crecimiento del gasto público. El déficit de abril del mismo año, fue de 7,899
millones de pesos, mientras que el de mayo del 2010 fue de 12,377.5 millones de
pesos, según cifras divulgadas por la Secretaría de Hacienda.
134
En resumen, desde que el IETU entró en vigor hasta mayo de 2011, las cifras no
han demostrado su eficacia respecto de la política fiscal registrada por el Plan
Nacional de Desarrollo del Presidente Calderón, ya que en términos generales se
observa que el país acumuló un déficit fiscal de 17,805.6 millones de pesos en los
primeros cinco meses del año de 2011 muy por encima de los 3,834.6 millones en
el mismo lapso del 2010. Lo anterior aunado a la resistencia que existe entre la
sociedad de pagar por un lado el I.S.R. y por el otro el IETU, que más que un
impuesto diferenciado, pareciera que es el mismo en doble tributación. (Gráficas 3
y 4)
Gráfico 4 Recaudación de IETU vs ISR 2008-2010
Fuente: Estadísticas Oportunas de Finanzas Públicas y Deuda Pública 2008 –
2010, SHCP.
135
Gráfico 5 El efecto del IETU en la recaudación del ISR 2000-2011
Fuente: Estadísticas Oportunas de Finanzas Públicas y Deuda Pública 2008 –
2011, SHCP.
3.4.- El Impuesto a los Depósitos en Efectivo
Comenzaremos con hacer hincapié en otro de los esfuerzos que el gobierno del
Presidente Calderón promueve con el objeto de recaudar más ingresos para que
el gasto público no se vea afectado de manera significativa, es decir, de la entrada
en vigor en julio de 2008 el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)
Como es del conocimiento de las personas que pagan dicha contribución, esta
surge con la finalidad de evitar la evasión fiscal. El Impuesto a los Depósitos en
Efectivo, es una aplicación directa a los depósitos, considerando que fue creado
para evitar que el comercio informal incurriera en delitos fiscales. Lo que se
pretende es que sea un tabular de acuerdo a los ingresos por actividad según Art.
136
16 de Código Fiscal de la Federación. De tal suerte que se entiende por depósitos
en efectivo los que se consideren como tales de conformidad con la Ley General
de Títulos y Operaciones de Crédito, además las adquisiciones en efectivo de
cheques de caja. El Artículo 267 de la LGTOC señala que: “El depósito de una
suma determinada de dinero en moneda nacional o en divisas o monedas
extranjeras, transfiere la propiedad al depositario y lo obliga a restituir la suma
depositada en la misma especie, salvo lo dispuesto en el siguiente articulo ".
Art.12 de LIDE, Art. 267 y 268 de LGTOC. El Artículo 12 de la LIDE establece que son parte del sistema financiero las
siguientes entidades: sociedades operadoras de sociedades de inversión,
sociedades que presten servicios de distribución de sociedades de inversión, las
que la Ley del Impuesto sobre la Renta considere como tales.
Ahora bien, a partir del turno de la Iniciativa de Ley del Impuesto contra la
Informalidad y de las demás iniciativas que integraban la propuesta para una
Reforma Integral de la Hacienda Pública, la Comisión en la materia de la Cámara
de Diputados llevó a cabo un intenso programa de trabajo de análisis y discusión
sobre dicho proyecto en el que se contó con la participación de diversos sectores
económicos, sociales y académicos del país, quienes con sus propuestas
contribuyeron a enriquecer la Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal.
En el Dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de fecha 11 de
septiembre de 2007, aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el 13 del
mismo mes y año, dicha comisión dictaminadora coincidió con la propuesta del
Ejecutivo Federal de establecer un impuesto con un fin extra fiscal y de control,
complementario del Impuesto Sobre la Renta, sin embargo, se propuso el cambio
de denominación del tributo al de “Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”,
en atención al objeto gravado por dicha Ley.
137
Posteriormente, la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión aprobó la
iniciativa de Ley con las modificaciones propuestas por la Comisión de Hacienda y
Crédito Público de la Cámara de Diputados, concluyéndose así el proceso
legislativo para la creación de una nueva contribución en nuestro país. Con fecha
1º de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto
por el que se expide la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), misma
que entró en vigor a partir del 1º de julio de 2008.
Ahora bien, dicho ordenamiento jurídico fue reformado mediante el “Decreto por el
que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del
Impuesto sobre la Renta, del Impuesto a los Depósitos en Efectivo y del Impuesto
al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se
establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y
reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de
la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicado el de abril de 1995”, publicado en
el DOF el 7 de diciembre de 2009; cuyas principales modificaciones lo constituyen
la disminución del monto mensual exento de $25,000.00 a $15,000.00 y el
aumento de la tasa del 2 al 3%.
De tal suerte que este impuesto nace como consecuencia de la gran evasión fiscal
que existe en México, ocasionada principalmente por una amplia economía
informal, la prestación de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas,
así como la creación de esquemas sofisticados para evadir el pago de
contribuciones. Se debe hacer patente que este Impuesto a los Depósitos en
Efectivo, es complementario del I.S.R., con el fin de controlar la evasión fiscal el
cual grava los depósitos en efectivo en moneda nacional o extranjera realizados
en cualquier tipo de cuenta abierta a nombre de personas físicas o morales en las
instituciones financieras mexicanas, así como la adquisición en efectivo de
cheques de caja.
138
Características
1). No Fiscal: Fundamentalmente identifica a las personas que omiten total o
parcialmente el pago de las contribuciones (ISR, IVA, IETU)
2). De Control: Siendo acreditadle contra el ISR y otras retenciones; y
compensable contra otras contribuciones federales, obliga a los contribuyentes a
declarar los ingresos y deducciones correctamente.
3). De Recaudación: Al controlar los depósitos en efectivo de personas que no
están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y no pagan
impuestos, estas absorben el impuesto que les retiene la institución de crédito, ya
que no pueden acreditarlo ni compensarlo.
4). Complementario: Es complementario al impuesto sobre la renta.
Si con una reforma a esta ley podremos obtener mayores beneficios tanto
Hacienda como para los Contribuyentes, lo que se pretende es que nuevamente
se haga solo una modificación en cuanto a los montos y porcentaje para que haya
una equidad para todos.
3.4.1.- Breve interpretación de la Ley del Impuesto a los Depósitos en
Efectivo.
La Ley del “IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO” como se le conoce
actualmente, o IDE, tiene por objeto auxiliar en el control de la evasión fiscal,
gravar los depósitos que en efectivo les hagan a los titulares de las cuentas
bancarias en las instituciones de crédito, con lo cual, no solamente gravará a los
informales, sino a todas aquellas personas físicas o morales, que estén pagando
sus contribuciones de forma correcta y adecuada.
139
Sujetos
Personas físicas y morales que se ubiquen en cualquiera de los siguientes
supuestos:
a) Les realicen depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera en
cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema
financiero.
b) Adquieran cheques de caja en efectivo sin importar el monto del mismo.
Base y Tasa
El IDE se calculará aplicando la tasa del 3% a la diferencia entre el total de
depósitos en efectivo realizados en el mes de que se trate y el monto exento de
$15,000.
Tabla 46 Ejemplo de la determinación del IDE a recaudar
CONCEPTO CANTIDAD
Depósitos en efectivo efectuados en el mes $100,000
(-) Monto exento en el mes $15,000
(=) Monto gravado de los depósitos en el mes $85,000
(x) Tasa de impuesto 3%
(-) IDE recaudado en el mes (lo hace el banco y entrega constancia al contribuyente)
$2,550
Fuente: elaboración propia
Acreditamiento, compensación y devolución El IDE que le haya sido recaudado al contribuyente, lo podrá recuperar de la
siguiente manera:
a) Podrá acreditar una cantidad equivalente al monto del IDE recaudado en el
mismo mes, contra el monto del pago provisional del impuesto sobre la
renta (ISR) propio del mes de que se trate.
140
b) Si el IDE recaudado en el mes de que se trate, resulta mayor que el
impuesto sobre la renta propio, podrá acreditar la diferencia contra el ISR
retenido a terceros en dicho mes.
c) Si efectuados los acreditamientos anteriores existe una diferencia de IDE,
podrá compensarla contra otras contribuciones federales a su cargo en los
términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
d) Por último, si subsistiera una diferencia del IDE después de haber
efectuado los acreditamientos y la compensación que anteceden, podrá
solicitarla en devolución, para ello, la citada devolución deberá ser
dictaminada por contador público registrado.
Tabla 47 Ejemplo de acreditamiento, compensación y devolución
CONCEPTO CANTIDAD
ISR propio a cargo en julio 2010 $1,000
(-) IDE recaudado al contribuyente en julio 2010 $2,550
(=) IDE por acreditar contra retenciones a terceros $1,550
(-) ISR retenido a terceros en julio 2010 $200
(=) IDE por compensar o devolver $1,350
(-) Otras contribuciones federales a cargo en julio 2010
$750
(=) IDE sujeto a devolución * $600
* Diferencia de IDE que podrá seguir compensando contra contribuciones
federales que tenga a su cargo o que podrá solicitar en devolución, siempre y
cuando sea dictaminada.
Fuente: elaboración propia.
141
3.4.2.- El Impuesto a Depósitos en Efectivo y su Afinidad con el
Impuestos Sobre la Renta.
En su artículo 7º de la Ley del IDE, establece que este impuestos efectivamente
pagado en el ejercicio de que se trate será acreditable contra el ISR, a cargo en
dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditado contra ISR retenido
a terceros o compensado contra otras contribuciones federales a su cargo hubiese
sido solicitado en devolución (Art 7º de la Ley de Impuesto a Depósitos en
Efectivo). Para este acreditamiento el IDE, efectivamente pagado en el ejercicio
sea mayor que el ISR del mismo ejercicio, el contribuyente podrá acreditar la
diferencia contra renta retenido a terceros.
Cuando los acreditamientos y compensación queda un saldo del IDE, se podrá
solicitar su devolución. Los ejemplos que a continuación se presentan son sobre
el caso en donde el Impuesto Sobre la Renta es propio, así como lo referente al
acreditamiento contra el Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
142
Tabla 48 Cálculo ISR-IDE
Cuando el contribuyente no acredite en un ejercicio el IDE efectivamente pagado,
pudiendo haberlo hecho, perderá e derecho a hacerlo en los ejercicios siguientes y
hasta por la cantidad en que pudo haberlo hecho.
Este acreditamiento es personal del contribuyente que pague IDE y no podrá ser
transmitida a otra como consecuencia de fusión o escisión. (Martín, 2010) Existe la
opción contenida en el Artículo 9º de la Ley del IDE en la que los contribuyentes
podrán optar por acreditar contra el pago provisional del ISR del mes de que se
trate una cantidad equivalente al monto del IDE que estimen que pagará en el mes
inmediato posterior a dicho mes. De esta forma general se ve la afinidad del
Impuesto Sobre la Renta con el IDE, el cual a grandes rasgos se explicó
anteriormente.
143
Reflexiones respecto de los mecanismos de nulificación del IDE.
Como se ha señalado reiteradamente, el IDE fue concebido como un impuesto de
naturaleza extra fiscal y de control destinado a combatir la evasión fiscal, así como
identificar a las personas físicas y morales que omitan total o parcialmente el pago
de contribuciones, por lo que en este sentido, si bien es cierto que dicho gravamen
tiene un impacto recaudatorio al igual que cualquier otra contribución, también lo
es que sus efectos son susceptibles de ser nulificados por aquellos contribuyentes
que sí cumplen con sus obligaciones fiscales, a través de los mecanismos de
acreditamiento, compensación y devolución, conforme a los términos previstos en
la Ley del IDE.
Al respecto, antes de abordar dicho punto es conveniente precisar brevemente en
qué consiste cada una de estas figuras del derecho fiscal.
Respecto del Acreditamiento.
El acreditamiento de impuestos es una institución de derecho público, privativa del
derecho fiscal, que permite al contribuyente disminuir del importe de la obligación
fiscal auto determinada a su cargo, el importe que la ley determine en cada caso.
En esta tesitura, para que pueda realizarse el acreditamiento de impuestos es
necesario que se reúna lo siguiente:
a) La calidad de deudor del contribuyente se da hasta el momento en que éste se
encuentre obligado a presentar su declaración, esto atendiendo al principio de
autodeterminación del impuesto.
b) La deuda auto determinada por el contribuyente y el derecho que le otorga la
ley de disminuir su importe, consisten siempre en una cantidad de dinero.
144
c) Con base en el principio de autodeterminación del impuesto, la deuda
determinada por el contribuyente es líquida y exigible.
Atendiendo a esto, el acreditamiento de impuestos es posible siempre que el
contribuyente se haya colocado en la posición de deudor y, consecuentemente, de
acreedor del fisco, después de aplicar las disposiciones de ley, esto es, que por
una parte el contribuyente tenga cantidades a su cargo por concepto de impuestos
y, por otra, que la Ley le otorgue el derecho de disminuir el importe de los
impuestos a su cargo; de tal suerte que si falta alguno de estos elementos el
acreditamiento no es jurídicamente posible.
En cuanto a la Compensación.
En el ámbito fiscal, cada deuda tributaria constituye una relación obligatoria que
una vez surgiendo a la vida jurídica debe extinguirse, de esta forma surge la figura
de la compensación fiscal, que es considerada por la doctrina como “otra” forma
de extinción de las obligaciones tributarias, debido a que en esta materia las
principales formas de extinción son el pago y la prescripción. En virtud de lo
anterior, se concluye que “la compensación fiscal es el modo de extinguir, en la
cantidad concurrente, las prestaciones tributarias de aquellos deudores tributarios
que, por derecho propio, sean acreedores del ente público Federación”.
La compensación fiscal exige la existencia de dos sujetos; el acreedor y el deudor,
titulares respectivos de créditos y deudas, con capacidad para extinguirlos en la
cantidad concurrente, donde uno de ellos será necesariamente el Estado. Se
considera que la compensación es una figura que permite acortar al máximo la
posición deudora de la hacienda pública al mismo tiempo que le evita llevar a cabo
dilatados procedimientos de devolución, que finalmente tienen un costo financiero
para el Estado.
145
Relacionado con la Devolución.
De conformidad con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, se establece
que “las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y
las que procedan conforme a las leyes fiscales”. Por lo tanto, se vislumbra
claramente que se trata de una restitución a los contribuyentes, por parte de la
Hacienda Pública, de las cantidades indebidamente ingresadas, o bien, a las que
tenga derecho el contribuyente, es decir, se trata de un derecho que tienen los
contribuyentes de recuperar las cantidades que hayan pagado indebidamente al
Estado, así como los saldos a favor que resulten en sus declaraciones, siempre
que se hayan determinado correctamente y conforme a lo previsto en las leyes
fiscales.
¿Cómo se manejaría el acreditamiento, la compensación y la devolución
mensuales ante la Ley del IDE?
Precisado lo anterior, resulta que los artículos 7 y 8 de la Ley del IDE establecen
un beneficio para los contribuyentes, consistente en la posibilidad de elegir entre
absorber el impuesto, o bien, nulificar sus efectos, supuesto en el cual los
contribuyentes deberán sujetarse estrictamente a los mecanismos de
acreditamiento, compensación y, en su caso, devolución, siguiendo ese orden de
prelación establecido en los citados numerales.
Lo anterior, toda vez que el término “podrá” contenido en diversos párrafos de los
citados numerales, no significa que el contribuyente esté en libertad de elegir entre
acreditar, compensar o solicitar la devolución del IDE, sino que dicho término debe
interpretarse en el sentido de que si el contribuyente opta por nulificar los efectos
del IDE podrá hacerlo siempre que agote los citados mecanismos de
acreditamiento, compensación y, en su caso, devolución previstos por la Ley de la
materia.
146
Ahora bien, el Artículo 8 de la Ley del IDE establece el orden de prelación a seguir
para nulificar los efectos del IDE efectivamente pagado por el contribuyente en el
mes de que se trate; el cual consiste, medularmente, en lo siguiente:
a) El IDE efectivamente pagado en dicho mes deberá acreditarse contra el pago
provisional del ISR del mismo mes.
b) De subsistir una diferencia de IDE, ésta se acreditará contra el ISR retenido a
terceros en dicho mes.
c) Si después de esto aún resultara un remanente, el contribuyente podrá
compensarlo contra las contribuciones federales a su cargo, en términos del
artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
d) Finalmente, si todavía subsistiere una diferencia, la misma podrá ser solicitada
en devolución; para lo cual deberá estar dictaminada por contador público
registrado y cumplir con los requisitos que establezca el SAT mediante reglas
de carácter general.
Ahora que si el contribuyente decide no aplicar los mecanismos de acreditamiento,
compensación y devolución en los términos antes señalados, entonces
únicamente podrá realizarlos a nivel del ejercicio, tal y como lo señala el artículo 7
de la ley de la materia; con la salvedad de que no se requiere que la devolución se
encuentre dictaminada por contador público registrado.
Acreditamiento del IDE mensual.
Tal como se mencionó, el IDE efectivamente pagado en el mes podrá ser
acreditado contra el pago provisional de ISR del mes de que se trate y, en el
supuesto de que subsista un remanente de IDE favorable al contribuyente, éste
podrá acreditarse contra el ISR retenido a terceros en el mismo mes. El
acreditamiento del IDE deberá calcularse a nivel de papeles de trabajo y realizarse
en la declaración de pago provisional correspondiente al mes de que se trate.
147
Los pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, deben
efectuarse a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que
corresponda el pago (Art. 14 LISR).
Acreditamiento del IDE mediante estimativa.
La regla general establece que los contribuyentes podrán acreditar el IDE
efectivamente pagado en el mes de que se trate contra el ISR propio del mismo
mes; sin embargo, el ordenamiento legal respectivo, establece en su artículo 9 una
opción para los contribuyentes de acreditar contra el pago provisional de ISR del
mes de que se trate, una cantidad equivalente al monto del IDE que estimen
pagarán en el mes inmediato posterior a dicho mes, estableciendo el siguiente
mecanismo de ajuste:
a) Comparar el IDE efectivamente pagado en el mes de que se trate contra el
impuesto acreditado en el mismo mes.
b) Si existe diferencia a cargo del contribuyente, la misma se deberá enterarse
junto con el pago provisional de ISR del mes inmediato siguiente.
c) Si la diferencia es mayor al 5%, se deberán cubrir actualización y recargos.
d) Si existe diferencia a favor del contribuyente, la misma podrá acreditarse,
compensarse o solicitarse en devolución en términos del procedimiento
general.
Asimismo, se señala que una vez que se haya elegido esta opción, el
contribuyente no podrá variarla respecto del mismo ejercicio.
En definitiva, es menester hacer referencia que en el supuesto de que el
contribuyente opte por aplicar el citado mecanismo, en lugar de verse afectado por
la carga financiera que representa la recaudación del IDE, se verá beneficiado con
un producto financiero al permitírsele acreditar anticipadamente el IDE estimado
148
contra el ISR a su cargo; esto es, que no verán afectado su flujo de efectivo toda
vez que no se les restará liquidez.
Compensación del IDE mensual.
Efectuado el acreditamiento del IDE, si aún subsiste un remanente favorable al
contribuyente, éste podrá compensarse contra las demás contribuciones federales
a su cargo en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
Dado que la Ley del IDE establece que las diferencias que subsistan de dicho
impuesto podrán compensarse contra otras contribuciones a cargo del
contribuyente en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación,
consecuentemente, dichas diferencias podrán aplicarse en pagos futuros hasta
agotarlas.
Visto lo anterior se observa que los sujetos que tributan bajo el régimen de
pequeños contribuyentes se ven impedidos para acreditar, compensar o, en su
caso, solicitar la devolución del IDE que les sea recaudado.
En términos generales, la Ley del IDE permite a los contribuyentes nulificar los
efectos del impuesto efectivamente pagado durante el mes o ejercicio de que se
trate, mediante los mecanismos de acreditamiento, compensación y, en su caso,
devolución, previstos en los artículos 7 y 8 de la Ley de la materia.
En resumen y de conformidad con los datos arrojados por la Secretaría de
Hacienda, el Impuesto a los Depósitos en Efectivo es uno de los más
cuestionados, pues si se observan las cifras la recaudación de este tributo hace
referencia a una pérdida de 2,707 millones de pesos de enero a agosto de 2011,
mientras que en el mismo lapso del año anterior recaudó 9,452 millones de pesos.
Esta recaudación negativa fue ocasionada con base en la entrada de recursos por
este concepto de enero a agosto que fue menor que las devoluciones registradas
en el mismo periodo.
149
Uno de los despachos de contadores más afamados de México mencionó en este
año, que la desaceleración económica de la segunda mitad de este año y la que
se espera para todo el año 2012 no permitirán que los ingresos del gobierno
federal se incrementen significativamente. En un comunicado de prensa, indicaron
que “en el caso del IDE, ya había cumplido parte de su ciclo, ya que las personas
y empresas aprendieron a evitarlo, por lo que comenzaría a registrar una
recaudación mucho menor a la que se registró al momento de colocarlo”. (Ernst &
Young, 2011)
Cambios del IDE a partir de 2008
CAMBIOS A LA TASA
2008 2009 2010
2% 2% 3%
CANTIDAD EXENTA DEL IMPUESTO, DEPOSITADA EN EFECTIVO EN UN
MES, EN UNA MISMA INSTITUCION FINANCIERA.
2008 2009 2010
MONTO EXENTO 25,000 25,000 15,000
Comentarios respecto del IDE
En términos generales, la recaudación mediante el Impuesto a los Depósitos en
Efectivo (IDE) registró un desplome anual de 57.7 por ciento en el primer bimestre
de 2010, en ese periodo se captaron 2 mil 982 millones de pesos por la aplicación
del IDE, mientras en enero y febrero de 2009 se obtuvieron 6 mil 734.1 millones de
pesos a través de este gravamen en contra de la informalidad, en vigor desde
2008. Esto implicó un descenso anual de 3 mil 752.1 millones de pesos en los
ingresos captados por este impuesto, cuya tasa se elevó que en 2010 de 2 a 3 por
ciento y redujo de 25 mil a 15 mil pesos el límite mensual de ahorro para su
imputación.
150
En otro aspecto, este impuesto permite detectar a las personas que obtienen
ingresos y no pagan el impuesto sobre la renta (ISR); obliga a quienes operan en
la economía informal a que contribuyan con el pago de los bienes y servicios que
utilizan; desalienta las conductas de evasión y alienta a sustituir el manejo de
dinero en efectivo por otros medios de pago como los cheques y las transferencias
electrónicas.
Son causantes del IDE las personas físicas y morales que reciben depósitos en
efectivo en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del
sistema financiero. Su aplicación es acreditable para el pago del impuesto sobre la
renta. Según informe de la Presidencia de la República, la recaudación del IDE en
2008 se ubicó en 17 mil 700.3 millones de pesos, de los cuales mil 473.3 millones,
esto es, 8.3 por ciento correspondieron a personas que operan en el sector
informal de la economía.
El IDE empezó a aplicarse en julio de 2008 y en cinco meses permitió recaudar 17
mil 700.3 millones de pesos, en una proporción en la que por cada 100 pesos
recaudados 8 pesos con 30 centavos habían sido depositados por personas de la
economía informal. En 2009 se captaron 15 mil 899.5 millones por la aplicación de
este tributo, es decir, 10 por ciento menos que el año anterior.
Pero el endurecimiento en los términos de su aplicación para 2010 y la precaria
economía de la población se reflejaron en un flujo negativo por 363.4 millones de
pesos en la recaudación del IDE en enero de 2010, cuando en el mismo mes de
2009 se habían captado 3 mil 501.3 millones de pesos.
Para 2011 el IDE registró un descenso de 90.2 por ciento, pues en el lapso de
enero a junio de este año se ubicó en mil 77.8 millones de pesos, contra los 10 mil
645.1 millones de pesos del mismo periodo de 2010. (SHCP, agosto 2011).
De conformidad con los datos anteriormente revisados, se observa que ni el IETU
ni el IDE han reflejado recaudaciones que puedan apoyar al desarrollo del país, de
tal suerte que sería benéfico para la hacienda pública hacer un alto en el camino y
151
analizar con más profundidad para el año 2012 la aplicación de este tipo de
tributaciones, pues es un hecho que lejos de poder manejar cifras exitosas en el
tema de recaudación, lo que en general se percibe es una gran desconfianza entre
los contribuyentes, de los cuales solo 2 de cada diez mexicanos cumplen al pie de
la letra con sus obligaciones fiscales.
152
CAPÍTULO IV. ESTRATEGIAS DE CARÁCTER FISCAL PARA BENEFICIO DE LAS EMPRESAS EN MÉXICO.
En este año, se presentó ante el Congreso de la Unión una iniciativa que propone
importantes modificaciones a las leyes del IVA, del ISR y del IETU, así como al
CFF, con objeto de incrementar la captación tributaria y simplificar el sistema
fiscal en nuestro país. Algunos de los puntos de dicha iniciativa han sido
comentados en diversos medios de comunicación y, con el pasar de los días, se
han generado opiniones que defienden o descalifican las propuestas fiscales de tal
iniciativa. Ante esta polarización de opiniones, analizamos las cinco propuestas
de cambio más innovadoras, a fin de que nuestros lectores cuenten con elementos
suficientes para formar sus propias opiniones.
4.1. Objetivos generales de la iniciativa 2013-2018
De la exposición de motivos de la iniciativa y del análisis general de las reformas,
adiciones y derogaciones propuestas, se advierte que con tales modificaciones se
pretende alcanzar los siguientes objetivos generales: Al analizar las cinco
principales propuestas, podremos evaluar si con la efectiva implementación de las
mismas será posible lograr los objetivos mencionados.
4.2 Las cinco propuestas más innovadoras porl el actual gobierno
a) Modificación al régimen de acumulación y deducción de las personas
morales en materia del ISR.
Conforme a los artículos 18 y 31 de la Ley del ISR, por regla general, las personas
morales se encuentran obligadas a acumular los ingresos conforme se
devenguen a su favor, así como realizar la deducción de sus gastos cuando se
devengan a cargo. El concepto de devengado implica la obligación de acumular
los ingresos o el derecho a deducir el gasto aun cuando el primero no haya sido
153
efectivamente percibido en efectivo, en bienes o en servicios, y el segundo no
haya sido realmente erogado. Asimismo, en el caso de las deducciones, el
régimen en vigor establece el siguiente tratamiento:
1. Si se trata de las inversiones, en el régimen de devengado éstas se deducen
anualmente en el por ciento que corresponda al número de años de vida útil del
bien de que se trate, o en un solo ejercicio –deducción inmediata– aplicando una
tasa de descuento sobre el valor de la inversión y en atención al número de años
en que se depreciaría linealmente dicha inversión.
2. Asimismo, el régimen de devengado implica que la compra de mercancías,
materias primas, productos terminados y semiterminados, se deduzca hasta el
ejercicio en el que el bien sea enajenado y bajo la mecánica de costo de lo
vendido.
Con el régimen fiscal vigente no sólo se actualiza una asimetría fiscal en materia
de acumulación y deducción en perjuicio de las personas morales que deben
acumular la totalidad del ingreso devengado, pero sólo pueden deducir las
inversiones conforme a los por cientos de depreciación.
También, constituye una pesada carga en la administración de los tributos, en
virtud de que por un lado deben administrar y contabilizar un impuesto (ISR)
conforme al régimen de devengado y por el otro lado también deben administrar y
contabilizar impuestos (IVA, IETU) sujetos a un régimen de flujo de efectivo.
Cabe observar que sólo las personas morales que realizan actividades
empresariales tienen ese tratamiento diferenciado, pues las sociedades y
asociaciones civiles y las personas físicas, por regla general, están sujetas al
régimen de flujo de efectivo, de tal forma que la acumulación opera hasta que se
cobra el precio o contraprestación pactada, y la deducción opera en el momento
en que la misma es efectivamente pagada.
154
En nuestra opinión, la iniciativa referida en forma acertada pretende homologar
todo el sistema tributario de las personas morales con actividades empresariales
bajo el régimen de flujo en efectivo, con objeto de que no se presenten diferencias
con las demás contribuciones federales (IVA), y que las personas físicas y
morales se encuentren sujetas en materia de deducción y acumulación, al mismo
régimen de flujo de efectivo.
b) Abrogación del IETU.
Ahora bien, para poder entender una de las partes centrales de la iniciativa en
comento es importante adelantar que la misma también propone la abrogación
(eliminación total) del IETU, de modo que en materia federal subsistan como los
principales impuestos de recaudación, el ISR, el IVA y el IEPS, los cuales estarían
sujetos al régimen de flujo de efectivo; sin embargo, la abrogación del IETU no es
gratuita, ya que la iniciativa pretende que diversas disposiciones aplicables para
el IETU sean adoptadas por el ISR, de manera que este último gravamen sería
una mezcla o combinación de normas que actualmente se aplican en el IETU,
como veremos más adelante. Modificación de las tasas y tarifas del ISR
c) Disminución de la tasa de ISR.
Por un lado, se propone una disminución de la tasa impositiva del ISR de las
personas morales, que pasaría en forma gradual de 30 a 25%, conforme al
siguiente calendario:
Ejercicio Tasa
2012 30%
2013 27%
2014 26%
2015 25%
155
La disminución progresiva en la tasa nominal del ISR posiblemente generaría un
mayor ingreso disponible en las personas morales que podría dar lugar a la
reinversión de utilidades.
d) Aumento en la tasa impositiva para la distribución de dividendos.
Para estimular esa reinversión de utilidades, en forma paralela también se
propone un aumento en la tasa impositiva por distribución de dividendos o
utilidades, de tal forma que si en el ejercicio fiscal de 2015 la persona moral
distribuye dividendos o utilidades, en lugar de aplicar la tasa de 25%, utilizaría la
de 35%. Si las utilidades provienen de la Cufín(utilidades que ya hayan sido objeto
de pago del ISR a la tasa de 25%), se aplicaría una tasa adicional de 10%, a fin
de que en términos reales subsista una tasa de 35% sobre las utilidades que no
sean reinvertidas. Si la salida de las utilidades a favor de los socios o accionistas
se da a través de una figura distinta de la distribución de dividendos y utilidades
(por ejemplo, vía salarios u honorarios), la iniciativa propone una modificación en
la tarifa aplicable a las personas físicas, con objeto de que el nivel superior de la
tarifa (mayores ingresos) se aplique una tasa de 35% para el ejercicio fiscal de
2015.
Según se observa, la iniciativa pretende estimular la reinversión de las utilidades,
disminuyendo la tasa corporativa a cargo de las personas morales, pero
aumentando el costo fiscal por el retiro o distribución de los dividendos o
utilidades a favor de los socios o accionistas.
e) Modificación de las tarifas de las personas físicas.
En el caso de las personas físicas, se sugiere la modificación de las tarifas
mensuales y del ejercicio fiscal, al disponer por un lado una mayor progresividad
en la aplicación del impuesto. En efecto, las actuales tarifas tienen ocho niveles o
escalones de ingresos, de modo que al nivel inferior se le aplica un menor
156
impuesto que al nivel superior. La iniciativa propone aumentar la progresividad
creando trece niveles o escalones, a fin de que la mayor tasa impositiva no se
alcance de manera tan rápida.
Por ejemplo, en el cálculo mensual del ISR (2011) las personas que tienen
ingresos mensuales iguales o mayores a $32,738.00 alcanzan inmediatamente el
nivel superior en la tarifa. Conforme a la iniciativa referida, para el ejercicio fiscal
de 2015, tales ingresos sólo llegarían al octavo nivel o escalón, y faltarían cinco
niveles más para los de mayores ingresos, en donde las personas con ingresos
mensuales iguales o superiores a $459,500.01 se ubicarían en el máximo nivel de
la tarifa.
Por otro lado, no sólo se propone una mayor progresividad en la tarifa, sino que
también se pretende aumentar la carga impositiva para las personas físicas de
mayores ingresos; por ello, mediante la aplicación de esta tarifa se podrían
presentar diversos escenarios en donde algunas personas no registrarían
cambios en su carga impositiva, otros resultarían beneficiados y otros
perjudicados en comparación con la tarifa vigente. Las tarifas propuestas en la
iniciativa se pretende mantener sin cambio alguno la carga impositiva para los
menores ingresos, y sólo en el caso de ciertos niveles de ingreso medio se
percibiría una pequeña disminución en el pago de impuestos. Fuera de esos
supuestos, los ingresos mensuales que excedan de $50,000 o que se ubiquen a
partir del noveno nivel en adelante, pagarían en el ejercicio fiscal de 2015 un
mayor ISR en comparación con el ejercicio de 2011.
Por otra parte, no hay que perder de vista que en nuestro sistema jurídico en
materia tributaria los cambios constantes constituyen la regla general y la
estabilidad es una excepción. En este orden de ideas, las promesas de un
aumento o disminución de la carga impositiva para un futuro lejano o cercano no
pueden tomarse como muy posibles, pues no existe ninguna garantía de que en el
ejercicio fiscal de 2015 entre en vigor la tasa de 25% a favor de las personas
157
morales o se produzca la efectiva modificación de la tarifa de las personas físicas
para dicho ejercicio. Sólo basta que nos remitamos a las disposiciones transitorias
de la Ley del ISR para darnos cuenta de un proceso continuo de modificaciones
de tasas y tarifas, las cuales en algunos casos nunca llegaron a entrar en vigor.
Por tanto, cuando una iniciativa de su aprobación promete una disminución o
aumento futuro de la carga impositiva, no debemos perder de vista que la entrada
en vigor de la misma (de ser aprobada) dependerá de factores económicos y
políticos que difícilmente pueden predecirse al momento por el Congreso de la
Unión.
Lo que nos debe quedar claro de la iniciativa es que la misma pretende una
reducción en la carga impositiva a cargo de las personas morales, lo que podría
representar una presión en las finanzas públicas, que se pretende compensar a
través de un aumento en el ISR de las personas físicas con ingresos medios y
superiores, lo cual podría estimular por un lado, una mayor reinversión de las
utilidades de las empresas, pero por otro lado, se fomentaría la apertura de
personas morales con el propósito de aprovechar las menores tasas impositivas,
y ello podría afectar en el corto plazo los niveles de recaudación del ISR en
detrimento de las finanzas públicas.
Sin embargo, tampoco podemos negar que los frutos de la propuesta se darían en
el mediano y largo plazos, pues al fomentar la reinversión de utilidades en las
empresas, se podría producir un incremento en la actividad económica que
paralelamente jalaría los niveles de recaudación de los impuestos directos e
indirectos, todo ello acompañado de una mayor captación de impuestos a cargo
de las personas físicas con ingresos más elevados.
Establecimiento de un régimen opcional de tributación La iniciativa en cita propone
crear un régimen opcional para las personas morales y las personas físicas que
realicen actividades empresariales, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato
anterior no excedan del equivalente a 4’373,342 unidades de inversión (20
158
millones de pesos). Dicho régimen opcional tendría las siguientes
particularidades:
1. El ISR del ejercicio se calcularía aplicando la tasa de 5% sobre el total de los
ingresos percibidos, sin deducción alguna. Si se trata de personas que se
dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y
pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no excedan del
equivalente a 874,668 unidades de inversión (4 millones de pesos), podrían
aplicar la tasa de 3% a la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio,
sin deducción alguna.
Los pagos provisionales serían la cantidad que resulte de aplicar a la totalidad
de los ingresos obtenidos en el mes al que corresponda el pago, sin
deducción alguna, la tasa de 5 o 3%, según corresponda. Cabe destacar que
este régimen opcional no sería aplicable a aquellos contribuyentes que hoy
aplican algún régimen de excepción en el ISR, como es el caso de quienes
consolidan fiscalmente y de quienes tributan en el régimen de pequeños
contribuyentes, entre otros.
2. Los contribuyentes que opten por dicho régimen pagarían el ISR con base en
el mismo al menos durante los cinco ejercicios subsecuentes y no podrían
disminuir las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir
al momento de ejercer la opción.
3. Las personas morales tendrían que llevar una Cufín del régimen opcional. Es
importante destacar que para determinar esa cuenta, los contribuyentes
calcularían un coeficiente de utilidad del ejercicio, el cual se obtendría
dividiendo la utilidad que hubiera resultado para el mismo ejercicio en los
términos del artículo 10 de la Ley del ISR, de no haber aplicado este régimen
opcional, entre el total de los ingresos obtenidos en el ejercicio, sin deducción
alguna.
159
4. Las personas físicas que ejerzan la opción no aplicarían las deducciones
personales que establece el artículo 176 de la Ley del ISR.
Este régimen de naturaleza opcional pretende simplificar el cumplimiento de las
obligaciones tributarias mediante el establecimiento de una base impositiva que
sólo considera los ingresos percibidos y sobre la cual se le aplica la tasa de 5 o
3%, según el caso, lo que puede dar la idea de que tales contribuyentes no
llevarían un control fiscal respecto de las erogaciones, en virtud de que las
autoridades hacendarias no estarían interesadas en ejercer sus facultades de
comprobación sobre aquellos conceptos o elementos (deducciones) que no tienen
incidencia en la determinación del ISR; sin embargo, ello no significa que el
contribuyente que ejerza esa opción no deba registrar contablemente todas las
operaciones que realice, incluyendo las relacionadas con las erogaciones que en
el régimen general son deducibles.
De hecho, las personas morales que opten por la aplicación de ese régimen
opcional seguirían obligadas a determinar la base del ISR conforme al régimen
general, en virtud de que para poder calcular la Ufín del ejercicio se encontrarían
obligadas a determinar un coeficiente de utilidad que se obtiene mediante la
determinación de la utilidad fiscal (ingresos menos deducciones) de acuerdo con
el artículo 10 de la Ley del ISR, lo que la llevaría irremediablemente a la obligación
de controlar y registrar las erogaciones deducibles, a fin de estar en posibilidad de
obtener dicho coeficiente. Por tanto, uno de los aparentes beneficios en la
simplificación se vería limitado con la obligación paralela de obtener la utilidad
fiscal en los términos que precisa el artículo referido.
En el caso de las personas físicas, en nuestra opinión, el universo de
contribuyentes que optarían por aplicar ese régimen opcional sería muy limitado,
por las siguientes razones: En la exposición de motivos se afirma que “quienes
opten por este régimen simplificado, tendrán la garantía de que las autoridades
fiscales solamente podrán revisar sus ingresos, pero no sus gastos”, lo cual
160
resulta inexacto para las personas físicas, pues con base en el artículo 107 de la
Ley del ISR (discrepancia fiscal), las autoridades tributarias siempre estarán
facultadas para revisar los gastos o erogaciones de dichas personas; es decir, si
bien es cierto que las deducciones no constituyen un elemento para determinar la
base impositiva, ello no significa que el contribuyente no deba llevar un control de
sus erogaciones y que las autoridades no estén facultadas para comprobar el
monto de sus gastos.
De hecho, la iniciativa no considera ninguna disposición fiscal que libere a tales
contribuyentes de la obligación de registrar contablemente todas sus erogaciones,
ya que si bien es cierto que las mismas no tienen incidencia en el cálculo del ISR,
para efectos del IVA sí tienen incidencia respecto del impuesto acreditable, de
modo que los contribuyentes de ese régimen opcional tendrían que registrar y
soportar documentalmente todos sus gastos y erogaciones.
Con el establecimiento de un régimen opcional se pretende simplificar el
cumplimiento de las obligaciones fiscales para ciertos contribuyentes; sin
embargo, los contribuyentes tendrían que evaluar si esa simplificación les
beneficia, en relación con la no aplicación de todas las deducciones, incluyendo
las de naturaleza personal. Por tanto, el criterio de simplificación no sería la razón
principal para que los contribuyentes opten por la aplicación de ese régimen.
En 2008 entró en vigor el IETU, el cual generalmente se paga cuando en un
ejercicio el ISR es menor al primero, de forma tal que dicho tributo se consideró
como un impuesto mínimo y de control, complementario del ISR.
La recaudación estimada para este gravamen en 2008 fue de 69.7 miles de
millones de pesos. Al cierre del ejercicio fiscal de 2010, la recaudación observada
fue de 45 mil millones de pesos, lo que refleja una caída recaudatoria en un
periodo muy corto y pone en tela de juicio la viabilidad de mantener en vigencia un
impuesto que hace compleja la operación empresarial y que incide de manera
161
negativa en la inversión productiva nacional y extranjera, al afectar de manera
directa la tasa interna de retorno de cualquier inversión, haciendo que nuestro país
sea poco competitivo.
Por los motivos antes mencionados, la iniciativa propone la abrogación del IETU
para el ejercicio fiscal de 2013, no sin antes proponer al propio tiempo que algunos
de los elementos de control del IETU se trasladen al ISR, con objeto de no
fomentar o permitir el uso de figuras elusivas sobre las cuales actualmente el IETU
tiene un efecto directo. Entre los elementos que se propone trasladar al ISR,
destacamos los siguientes:
1. La no deducción de los salarios; es decir, al igual que en el IETU, los salarios no
serían deducibles para efectos del ISR y en su lugar (al igual que en el IETU) se
generaría un derecho de crédito fiscal acreditable contra el impuesto del ejercicio y
los pagos provisionales. Este crédito fiscal se determinaría considerando sólo los
salarios gravados en el ISR y excluyendo los exentos.
2. La no deducción de los pagos por concepto de regalías. Con objeto de que tales
pagos no erosionen la base del ISR, también se propone su inclusión como un
concepto no deducible.
Cabe destacar que si bien es cierto que en el IETU el pago de los intereses por
regla general no es deducible (al no ser objeto del impuesto), la iniciativa no
propone su traslación al ISR, de manera que el pago de los intereses seguiría
siendo un concepto deducible con las propias limitaciones y condiciones que
establece la Ley del ISR.
De ser aprobada la no deducción de los salarios para efectos del ISR, los
tribunales nuevamente tendrían un problema respecto de la inconstitucionalidad
de la norma jurídica que prohíbe esa deducción.
162
Para ello, debemos recordar que cuando la SCJN analizó la inconstitucionalidad
de la no deducción de los salarios en el IETU, uno de los argumentos torales para
validar su constitucionalidad se sostuvo en la diferente naturaleza jurídica que
tiene el IETU respecto del ISR, considerando al primero como un impuesto que
grava el ingreso bruto y en el que los conceptos deducibles no constituyen un
elemento esencial de dicho gravamen.
Por tanto, si con la propuesta en cita se traslada la no deducción de los salarios al
ISR, los tribunales se volverían locos para tratar de encontrar un razonamiento
que valide su constitucionalidad sin contradecir al propio tiempo el razonamiento
previo que diferenció al IETU del ISR para considerar que la no deducción de los
salarios no violaba la garantía de proporcionalidad tributaria que consagra la
CPEUM. Modificación integral de las tasas del IVA y sistema para recuperar parte
del IVA pagado
Durante muchos años se ha defendido y sostenido la idea de que la única medida
que puede incrementar la base de contribuyentes y la recaudación tributaria es
mediante la generalización de la tasa del IVA, a fin de que queden gravados (sin
excepción alguna) todos los actos o actividades, lo que incluye (entre otros) la
enajenación de alimentos y medicinas; sin embargo, dicha posición ha recibido el
rechazo y las críticas de amplios sectores de la población, en virtud de que la
misma resultaría regresiva y afectaría a las personas de menores ingresos. En
efecto, si analizamos el nivel de ingresos de la población en su conjunto,
podremos ver que entre menos es el ingreso de las personas, un porcentaje
mayor de esos ingresos se destina a la compra de alimentos y medicinas.
Por ejemplo, una persona que tiene ingresos de $5,000 probablemente destine
más de 50% de sus ingresos para la compra de alimentos; en cambio, una
persona con ingresos de $50,000 sólo destinará 10 o 20% de su ingreso para la
compra de los alimentos.
163
Al generalizar la tasa del IVA, el impuesto indirecto no distingue el nivel de
ingresos o capacidad tributaria de las personas, de tal manera que el mismo
impuesto resultaría aplicable o trasladado para la persona que tiene ingresos de
$5,000 o de $50,000. La diferencia regresiva es que el traslado del IVA a una tasa
de 12, 15 o 16% en alimentos o medicinas lo resentirían más las personas de
menores ingresos, al tener que destinar una mayor proporción de sus gastos al
pago de los alimentos y los impuestos trasladados.
Por esta y otras razones, el tema de la generalización de la tasa del IVA que
impacta los alimentos y las medicinas, se ha convertido en un asunto hasta cierto
punto prohibido, por los costos políticos que produciría la aplicación de esa
medida.
La iniciativa en comento tiene como aspecto positivo el hecho de que ponen
nuevamente en la mesa de discusión política los aspectos positivos y negativos de
la generalización de la tasa del IVA, pero sugiriendo una salida intermedia que
eleve la recaudación del impuesto sin afectar de manera importante a las
personas de menores ingresos. Para ello, propone los siguientes cambios en
materia de tasas impositivas:
1. Se mantendría la tasa general de 16%, pero se eliminaría la tasa de 11% para
las regiones fronterizas, de manera que en todo el país se aplicaría la tasa de 16%
a los actos o actividades gravados.
2. Se modificaría la tasa de 0% aplicable a la enajenación de productos destinados
a la alimentación, con objeto de que la regla general sea que la enajenación de
alimentos esté sujeta a la tasa de 16% y por excepción, una canasta básica de
alimentos continúe sujeta a la tasa de 0%. La enajenación de los alimentos que
por excepción estaría sujeta a la tasa de 0% comprendería a los siguientes: carne
en estado natural, tortillas, masa, harina y pan, sean de maíz o trigo, pastas secas,
leche natural y huevo, cualquiera que sea su presentación, azúcar, mascabado y
164
piloncillo, sal, aceite comestible, atún y sardinas enlatadas, así como los animales
y vegetales que no estén industrializados, salvo el hule.
3. La enajenación de medicinas de patente no registraría cambio alguno, de modo
que continuaría la aplicación de la tasa de 0%.
4. Dejaría de estar exento y sujeto a la tasa de 16% el transporte público por
autobús, cuyo recorrido fuera mayor a 25 kilómetros y que atraviese al menos dos
entidades federativas.
5. Por regla general, todos los demás actos o actividades sujetos a la tasa de 0%
o exentos no verificarían ningún cambio.
Como podemos constatar, la iniciativa, en términos generales, propone una
generalización parcial o acotada de la tasa de 16%, que afectaría a la región
fronteriza y a la enajenación de los productos destinados a la alimentación que no
estén expresamente señalados como alimentos sujetos a la tasa de 0%.
Por otro lado, si bien es cierto que se conservaría la tasa general de 16%, la
iniciativa propone un mecanismo novedoso para aumentar en el mediano y largo
plazo la base de contribuyentes y estimular a la economía formal. Este mecanismo
pretende que las personas que hayan pagado el IVA de 16% puedan recuperar el
equivalente a 18.75% del impuesto pagado, de tal forma que en términos reales
dichas personas pagarían un IVA a la tasa de 13%, pues el 3% restante sería
objeto de una devolución. Para recuperar parcialmente el IVA pagado, se propone
el siguiente mecanismo:
Con este mecanismo para recuperar parcialmente el IVA pagado por las personas
físicas, se pretende estimular por un lado que las personas adquieran bienes y
servicios en la economía formal y que esas mismas personas exijan la expedición
de los comprobantes fiscales. Por tanto, si bien es cierto que el aumento en la
165
recaudación del IVA que se produciría con la generalización de la tasa de 16% en
alimentos y en la región fronteriza se vería reducida con la devolución parcial del
impuesto pagado, también es cierto que con el estimulo para adquirir bienes y
servicios en la economía formal se produciría en el mediano y largo plazo un
aumento en la recaudación del ISR y el IVA.
Sin embargo, también consideramos que el procedimiento para la devolución
automática del IVA se traduciría en una mayor carga administrativa para las
empresas que trasladen el impuesto a las personas que tengan derecho a la
recuperación parcial, y mayores costos a cargo de las autoridades tributarias para
poder administrar dentro de los plazos que establece la iniciativa, las
4.3 Puntos a considerar para reconocer la necesidad de la permanencia del
citado régimen, dados sus beneficios fiscales y económicos, y tratándose al mismo tiempo de un factor relevante de competitividad para nuestro país en el ámbito internacional.
El antecedente que México tiene en materia de consolidación fiscal se remonta a
un Decreto publicado en 1973, el cual concedía estímulos fiscales a las
sociedades o unidades económicas que fomentaban el desarrollo industrial y
turístico del país.
En un entorno económico cerrado, el objetivo principal del Decreto era proteger a
las empresas mexicanas para que incrementaran su productividad. Cabe señalar
que el Decreto ya contemplaba los conceptos de “controladoras” y “controladas”,
sin señalar lo que debía entenderse como tales.
En 1982, México incorporó formalmente el régimen de consolidación fiscal en la
Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), el cual tomó como esencia la protección a
las empresas mexicanas referida en el Decreto de 1973. A finales de ese año, el
entorno económico del país no fue alentador, pues México entró en una crisis
económica causada principalmente por la baja de valor en el precio del petróleo.
166
Con la finalidad de abatirla, se definieron medidas de estabilización económica y,
a la par, se inició un proyecto nacional cuyo punto principal fue la apertura
comercial, lo cual permitió la llegada de inversión extranjera y, como
consecuencia, originó que las empresas nacionales se enfocaran en ser más
competitivas.
El régimen de consolidación fiscal con que contaba México fue un elemento
determinante que generó el crecimiento de los grupos empresariales mexicanos,
al permitirles competir con mercados internacionales en un entorno globalizado.
En el ámbito de la tributación internacional, México ha tenido una importante
transformación en los últimos años, al comprender atinadamente que un sistema
fiscal moderno requiere necesariamente abrirse al extranjero para facilitar los
flujos de capitales por medio de operaciones internacionales.
Actualmente, el régimen de consolidación fiscal permite incentivar la eficiencia
financiera en aquellos grupos de empresas que cuentan con diferentes segmentos
de negocios en los cuales, en términos generales, el accionista mayoritario
(holding) es propietario en más del 50% de las acciones con derecho a voto de
una o más empresas.
En efecto, mediante ese régimen, un grupo de inversionistas con intereses
comunes puede determinar y pagar el impuesto sobre la renta (ISR)
corporativo como una sola entidad económica.
Desde luego, esa misma eficiencia fiscal se lograría mediante la constitución de
una sola entidad legal y la concentración en ésta de las diversas actividades y
giros en los que el grupo de inversionistas comunes estén interesados en
participar. No obstante, es una realidad que éstos han tenido que organizarse por
medio de estructuras corporativas que obedecen a razones y necesidades de
diversa índole.
167
Los socios inversionistas arriesgan su capital en el segmento de negocios que
ellos conocen y se desenvuelven en distintos mercados e industrias, lo cual les
exige contar con más de una entidad jurídica para realizar sus operaciones.
Un grupo de esta naturaleza tiene la necesidad de contar con distintos
inversionistas estratégicos con diversas características económicas, los cuales,
aunque no sean compatibles en una sola entidad, se pueden incorporar en
distintos proyectos reunidos en una unidad de negocios.
En términos generales, el régimen de consolidación fiscal permite el diferimiento
del pago del ISR hasta por 10 ejercicios, derivado principalmente de la aplicación
inmediata de las pérdidas fiscales contra utilidades generadas en las empresas del
grupo de consolidación, así como por los dividendos pagados entre las empresas
del grupo.
Es importante señalar que, contrario a lo que han externado las autoridades
fiscales, no estamos frente a un régimen que permita el diferimiento del impuesto
de forma indefinida, pues la sociedad controladora tendrá la obligación de pagar el
impuesto que se haya diferido en el momento en que se incurra en alguno de los
supuestos previstos en la ley; esto es, en un plazo máximo de 10 ejercicios y
considerando su correspondiente actualización.
En este tema de estudio analizaremos las razones más importantes para que
continúe este régimen en México, así como los aspectos generales de la
consolidación fiscal a nivel internacional.
168
PwC México, 2012
169
170
PwC México 2012
171
172
Fuente: Pwc México
173
4.4. Entorno económico de la consolidación fiscal en México.
Actualmente, diversos países afrontan el desafío de sanear sus finanzas públicas
y al mismo tiempo crear fuentes de empleo, pues, como consecuencia de la
desaceleración económica, han incrementado sus gastos y sus ingresos fiscales
se han visto disminuidos. Al mismo tiempo, el crecimiento del empleo cae en la
medida que la producción se desacelera. La cuestión fundamental para esos
países es saber cómo estimular la actividad económica y crear empleos en un
contexto dominado por las presiones, tanto internas como externas, para controlar
el gasto público y la baja demanda del sector privado.
Así, consideramos que el régimen de consolidación fiscal es uno de los atractivos
del país para atraer la inversión extranjera, pues contribuye a la generación de
competitividad en un mercado global, cuyos principales socios comerciales
cuentan con un régimen de ese tipo.
Por tanto, es evidente que el régimen debe continuar en el esquema tributario de
México, pues además ofrece diversos beneficios económicos como los siguientes:
1. Inversiones
Crear y mantener un interés económico a largo plazo de los inversionistas
extranjeros es un importante catalizador para el desarrollo del país, pues brinda el
potencial de generar empleos, incrementar el ahorro y la captación de divisas,
estimular la competencia, incentivar la transferencia de nuevas tecnologías e
impulsar las exportaciones.
2. Generación de riqueza
Los grupos que consolidan para efectos fiscales en México tienen la oportunidad
de destinar el ISR que difieren a la compra de mercancías y materias primas, o
para realizar nuevas inversiones en el
174
país. Al incrementar sus volúmenes de producción, las compañías requerirán de
personal, generando fuentes de trabajo.
3. Economías renovadas
Los nuevos empleados generarían riqueza, por lo cual la consolidación fiscal en
México sería socialmente responsable y propiciaría estabilidad fiscal,
al generar nuevas economías. Nos referimos a la responsabilidad social, puesto
que las nuevas fuentes de empleo darán oportunidad a las familias mexicanas de
incrementar su nivel de vida y generar para el país una economía sustentable por
medio de mejores niveles de educación, seguridad social y vivienda.
Si el gobierno federal realiza cambios al régimen de consolidación, e incluso si lo
deroga, esa situación podría generar inconformidad por parte de los
contribuyentes quienes, en consecuencia, interpondrían los medios de defensa
correspondientes; esa situación se deberá reflexionar, considerando el costo-
beneficio relativo.
Asimismo, la eliminación de ese régimen generaría un riesgo para los principales
socios comerciales de México, pues definitivamente preferirán migrar a países que
ofrezcan mejores condiciones tributarias, lo cual conllevaría a la pérdida de
fuentes de empleo y a la desaceleración económica del país.
4.5. Complemento de estrategias fiscales propuestas.
Con base en el análisis de las distintas disposiciones fiscales existentes en el
país y las que se vienen proponiendo en el actual gobierno de México he
llegado a algunas conclusiones que a continuación expresare.
175
Estrategia 1
Existen varios impuestos directos, debería unificarse a uno solo, para
hacer más eficiente el sistema fiscal mexicano, ya que al unificarse
estas tasas (IVA) habría una recaudación mayor para el estado, y por el
lado de las empresas al unificarse las tasas de IVA generaría una
administración de de las contribuciones idónea ya que estas
contribuciones se recaudan con base en el flujo de efectivo y es una
madera sencilla de contribuir al estado.
Estrategia 2
Bajar la tasa impositiva ampliando el padrón de contribuyente,
eliminando regímenes preferenciales que fomentan la evasión fiscal.
176
Tabla 49 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de México y Nueva York
Fuente: Herrera, 2012
177
En lo que respecta a los países de la Unión Europea, el IVA realmente es alto
en comparación con América, llegando al cobro de dos dígitos con el 22% de
IVA por ejemplo en Finlandia (Ver Cuadro No. 6), a diferencia de los países
asiáticos en donde dicho impuesto es similar al de los países americanos.
(Cuadro No. 52)
Tabla 50 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países de la Unión Europea
PAIS
TASA
GENE
RAL
TRATAMIENTO OPERACION
ES EXENTAS
LA
TASA
0%
OTROS
FRANKF
URT 19%
Hay un tipo reducido
del 7% que se refiere
principalmente a los
alimentos y productos
agrícolas y se impone a
los bienes y servicios
así como las
importaciones.
Las
exportaciones
de ultramar
están
exentas.
N/A N/A
MADRID 18%
Un tipo reducido del 8%
se refiere a ciertos
alimentos y servicios
básicos y un super
reducido del 4% se
refiere a los alimentos
esenciales periódicos
libros etc.
Seguros y
servicios
financieros,
servicios
médicos,
educación,
bienestar
social etc.
N/A N/A
178
HELSIN
KI 22%
IVA es cargado en
bienes y servicios en
Finlandia, así como
sobre las importaciones
en Finlandia y un 8%,
por ejemplo, en los
servicios públicos de
transporte, libros y
medicamentos.
N/A N/A N/A
SUIZA 7.60%
Las sociedades suizas
normalmente pagan
impuesto a alícuota
variables, según su
actividad y ubicación.
N/A N/A N/A
ITALIA 20%
Es cargado en bienes y
servicios en Italia, así
como sobre las
importaciones en Italia.
Hay tipos reducidos del
IVA del 4% y 10% en
productos básicos.
N/A N/A N/A
Fuente: Herrera 2012
179
Tabla 51 Cuadro comparativo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los países asiático
PAIS TASA
GENERAL TRATAMIENTO
OPERACIONES
EXENTAS LA TASA 0% OTROS
SHANGAI 17%
La venta de
bienes tangibles
y la prestación
de
determinados
servicios en
China.
Las entregas de
productos
agrícolas y otros
suministros de
carácter
esencial, a las
que se aplica un
tipo reducido del
13%.
Para las
exportaciones
se establece
un tipo del
0%, lo que
significa que
el exportador
puede
deducir el IVA
que ha
soportado en
la fase de
producción o
fabricación
del producto
a exportar
Impuesto
sobre el
consumo que
grava la
producción e
importación
de
determinados
bienes, en su
mayoría
considerados
como de lujo
y sometidos
también al
IVA, como los
cigarrillos, la
gasolina, las
bebidas
alcohólicas,
las joyas, los
cosméticos o
los vehículos
a motor. El
tipo de
gravamen es
específico,
180
dependiendo
del bien de
que se trate.
TOKIO 5%
En todas las
entregas de
bienes y
servicios.
Interés, la venta
o arrendamiento
de la tierra.
N/A N/A
COREA
DEL SUR 10%
Ingresos por
concepto de
arrendamiento
de bienes
inmuebles
también está
sujeto al IVA.
N/A N/A N/A
INDIA 16%
Se aplica una
tasa de
derechos
concesionarios
del 8% en
productos como
lo son
alimenticios,
cerillos, los
hilados de
algodón y las
computadoras.
N/A N/A N/A
MOSCU 18%
Todos los tipos
de organización
están sujetas al
•
Medicamentos y
productos
N/A N/A
181
IVA, y se aplica
a las ventas de
bienes y
servicios en el
territorio de
Rusia, ciertos
tipos de
transferencia
interna y
gastos, y la
importación de
bienes y
servicios en el
territorio
aduanero de
Rusia.Hay tipos
reducidos del
IVA del 10%
que se refiere
principalmente
a los productos
y los productos
alimenticios
médicos y
productos
tecnológicos
están exentos
de IVA en que
se está
importando.
• Ingresos
procedentes de
los
medicamentos y
servicios
médicos, así
como los
ingresos de
seguros y
servicios
bancarios está
exenta del IVA.
Fuente: Herrera, 2012
Por otro lado, existe un impuesto nuevo en México (2008) llamado Impuesto
Empresarial a Tasa Única (IETU), cuya similitud radica en el hecho de que, el
Impuesto sobre la Renta es un gravamen que casi tiene el mismo destino, sin
embargo se observa en el Cuadro No. 8, que en América por lo menos los
países desarrollados no lo tienen dentro de su programa fiscal, a diferencia de
los países en desarrollo como Brasil.
182
En el caso de la Unión Europea y Asia, el IETU, es un impuesto que se grava
bastante bajo con excepción de Frankfurt, Alemania, en donde el impuesto
llega a dos dígitos incluso al 50% tratándose de herencias.
Tabla 52 Cuadro comparativo de impuestos atípicos y similares Áfricanos
PAIS TASA TRATAMIENTO
JOHANNESBURGO
0%, 1%,
3%, 5% y
7%
Impuesto sobre el volumen de capital de
los negocios.
Fuente: Herrera, 2012
Estrategia 3
Considero que se lograría una mayor recaudación si se estableciera una
tasa generalizada de IVA dejando ciertas actividades o productos básicos a una
tasa del 0%, pero serían los menos.
Estrategia 4
Acorde con la exposición de motivos que dio origen a la Ley que regula el
IETU, las características que debería observar el impuesto, entre otros son las
siguientes: no ser un impuesto adicional (costo excesivo), ser un impuesto
mínimo al que le corresponda el acreditamiento del ISR y ser un impuesto
complementario del ISR.
En algunos casos el efecto de complementariedad se distorsiona, por ejemplo
cuando los efectos de acumulación de ingresos tanto para el impuesto sobre la
renta como para el impuesto sobre la renta quedan en ejercicios distintos
provocando que se paguen en su momento ambos impuestos, al efecto por su
importancia se transcribe una tesis en la que se indica que debería permitirse
183
que quien efectivamente esté pagando ISR no tenga que verse necesariamente
obligado a pagar el IETU, como sigue:
Renta y empresarial a tasa única. criterios que permiten identificar
mecanismos de complementariedad entre ambos impuestos.
Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de un caso en el
cual es posible acreditar la complementariedad entre el impuesto sobre la renta
y el impuesto empresarial a tasa única, es necesario determinar que los
mecanismos inherentes a dichos gravámenes deben atender a los siguientes
criterios: a) el de hacer tributar, a través del sistema complementario
establecido entre ambos gravámenes, a quienes no estaban pagando impuesto
sobre la renta; b) el de permitir que quien efectivamente esté pagando impuesto
sobre la renta no tenga que verse necesariamente obligado a pagar el impuesto
empresarial a tasa única, justamente en la medida en la que ya cubre el primero
de dichos gravámenes; c) el de conservar una relación proporcionada y
razonable entre el impuesto empresarial a tasa única causado y el impuesto
sobre la renta acreditable, a la luz de la intención de constituir al primero de
ellos como un mecanismo de control del segundo, en los casos en los que los
mismos conceptos generen ambas contribuciones; y, d) el de provocar la menor
afectación económica posible con el establecimiento del impuesto empresarial a
tasa única. (Amparo en revisión 841/2010. Premezclas y Vitaminas Tepa, S.A. de C.V. 12 de enero de
2011. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Juan Carlos Roa
Jacobo.)
En caso de que se generen efectos adversos por el pago de ambos impuestos
(ISR/IETU), y bajo un análisis de la situación particular del contribuyente podría
evaluarse la interposición de medios de defensa, con el apoyo de sus asesores
legales –fiscales, considerando el precedente judicial existente.
184
Con base en estos análisis y comentarios propios yo propondría que las
empresas en México necesitan estrategias de carácter fiscal que con el
conocimiento de las contribuciones existentes en el país y las reformas que
están por venir generarían no una carga fiscal si no que hasta se llegaría a
financiarse con las propias contribuciones.
Ejemplo de esto sería la compañía Medicinas de Patente, S.A. de C.V. la cual
es una empresa mediana y no un gran corporativo, lo que le da una gran
desventaja al no tener un especialista en materia fiscal, esta compañía genera
saldos a favor por parte de IVA de aproximadamente $500,000 al año, ya que
los medicamentos están gravados a la tasa 0% de IVA, esta empresa no ha
solicitado estos saldo a favor en devolución o compensación como lo maneja el
articulo 21 y 22 del CCF por desconocimiento de la ley, con esta posibilidad que
ofrece la ley las empresas de este ramo podrían financiarse con estas
contribuciones a favor.
Esta misma compañía no ha sabido aplicar los créditos fiscales que proporciona
la ley para el cálculo del IETU, ya que tiene empleados e inversiones que son
mencionadas en la ley del IETU y pueden ser aprovechadas no para no pagar
IETU si no para pagar lo que se debe.
Medicinas de Patente, S.A. de C.V. generó ISR a favor de $100,000; sin
embargo, un IETU a cargo de $40,000, lo cual la compañía iba a pagar esa
cantidad sin saber que la resolución miscelánea fiscal para el 2012 te permite
compensar el saldo de ISR a favor contra el IETU generado en el mismo
ejercicio y el sobrante pedirlo en devolución.
Una vez explicándole a la empresa lo que puede de hacer con los saldos a
favor y la correcta determinación de las contribuciones y con una buena
estrategia fiscal la empresa pudo financiar sus gastos operativos en un 30%
con las contribuciones a favor y con lo que se ahorro por dejar de pagar las
185
contribuciones que erróneamente estaba pagando por la incorrecta
determinación de las mismas.
186
Conclusiones
La correcta aplicación de las leyes en materia tributaria y las nuevas
disposiciones que están por venir no debieran ser un obstáculo para el
crecimiento de la empresa, si no que con una buena estrategia fiscal las
finanzas de la empresa debieran ser solidas.
A demás de esto gravaría alimentos y medicinas con IVA ya que hay un gran
número de personas que no pagan impuestos por estar en el comercio informal,
el gravar estos conceptos ellos pagarían también impuestos, lo que actualmente
no hacen, claro está que bajaría la tasa del IVA aunque en países desarrollados
es más alta y ha funcionado en México esto no sería así por el alto precio de las
medicinas y si estas fueran gravadas a tasas más altas prácticamente serían
inalcanzables para la gente pobre, en resumen gravaría en forma general el
consumo bajaría el tasa del ISR y eliminaría el IETU ya que en algunas
ocasiones este impuesto y su efecto de complementariedad se distorsiona, por
ejemplo cuando los efectos de acumulación de ingresos tanto para el impuesto
sobre la renta como para el impuesto sobre la renta quedan en ejercicios
distintos provocando que se paguen en su momento ambos impuestos, al
efecto por su importancia se transcribe una tesis en la que se indica que
debería permitirse que quien efectivamente esté pagando ISR no tenga que
verse necesariamente obligado a pagar el IETU.
Los beneficios que las empresas en México estarían viendo a corto plazo,
serían una reestructuración de las contribuciones a las cuales está sujeta, una
vez teniendo una estructura de estos impuesto la empresa podría aplicar de una
forma sistemática estos impuesto a su utilidad o a su flujo de efectivo para el
caso del IETU sin dejar un solo hueco por el cual podría estar pagando un
impuesto mayor al que le corresponde, una vez aplicando esto, podría ver
según su operación si cuenta con algún estimulo fiscal, juntando estas variantes
187
las empresas tendrían una correcta administración de las contribuciones y no
serían una carga si no un beneficio en algunos casos.
188
Recomendaciones
Las empresas tienen que acercarse a un especialista fiscal que ayude a la
correcta aplicación de las leyes tributarias y tenga conocimiento de lo que está
por venir en materia fiscal, con la ayuda de este especialista y el apoyo
incondicional de la empresa se logrará que la aplicación de las estrategias de
carácter fiscal sean en beneficio de la empresa.
En el tema de la Consolidación Fiscal sabemos que el objetivo del ISR es
gravar la riqueza generada, situación que se cumple en el régimen de
consolidación fiscal, pues se considera a inversionistas con intereses comunes
como un solo ente económico. Es importante considerar que, en la especie, el
régimen de consolidación fiscal no implica una afectación económica para la
nación, pues solamente permite el diferimiento del pago del ISR hasta en
tanto se cumplan ciertos supuestos, lo cuales, en el extremo, involucran el pago
total del ISR diferido en un plazo no mayor a 10 años, incluyendo su
actualización por lo que el Estado no debería estar considerando quitar dicho
régimen.
Para esos efectos, en las disposiciones fiscales existen controles estrictos en la
información y documentación que facilita la fiscalización del ISR diferido en la
consolidación fiscal y, además, de incumplirse tales controles, se contempla
como sanción el pago del impuesto actualizado con sus respectivos recargos.
Finalmente, como se aprecia en este trabajo, los principales socios comerciales
de México reconocen esquemas de tributación a través de regímenes de
consolidación fiscal, por lo que su continuidad en México es imprescindible para
fines de competitividad internacional.
189
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