Gestor:
Secretaria de
Infraestructura®
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEAPOYO A LA GESTION CONTRATO No. 671 cuyoobjeto es “PRESTAR EL SERVICIO DE APOYO ALA GESTIÓN COMO EVALUADOR DE LAVENTANILLA ÚNICA DEPARTAMENTAL DELCAQUETA, RESPECTO DE LOS PROYECTOS DELSECTOR DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTOBÁSICO EN EL MARCO DEL PAP- PDACAQUETA”.
CAPACITACIÓN SOBRE RAS-2017,
TITULOS DE LA NORMATIVA DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO BASICO
TÍTULO 1 - Aspectos GeneralesCAPITULO 1 – Planeacion de proyectos de infraestructura
CAPITULO 2 – Diseño.
CAPITULO 3 – Construcción.
CAPITULO 4 – O&M.
CAPITULO 5– Interventoria.
TÍTULO 2 – Requisitos técnicosCAPITULO 1 – Aspectos Generales.
CAPITULO 2 – Sistemas de Acueducto.
CAPITULO 3 – Sistemas de Potabilización.
CAPITULO 4 – Sistema de recolección y evacuación de AR y ALL.
CAPITULO 5 – STAR ó PTAR
CAPITULO 6– Aspectos complementarios,control y regimen y definiciones.
CÓMO DELIMITAR LOS PERÍMETROS (POT)
• Que cuenten con infraestructura vial.
• Que cuente con redes primarias de energía,
acueducto y alcantarillado.
• Se podrán incluir los centros poblados.
• No podrá ser mayor que el perímetro de
servicios públicos o sanitario.
Suelo urbano Suelo rural
Suelo de expansión Suelo de Protección
• Terrenos para usos agrícolas, ganaderos,
forestales, de explotación de recursos naturales.
• Terrenos que deben protegerse para garantizar
seguridad alimentaria, localización de
infraestructuras de servicios públicos, entre
otros.
• Se pueden incluir suelos suburbanos (Áreas con
restricciones de uso, intensidad, densidad y con
autoabastecimiento de SSPP).
• Áreas para el futuro crecimiento de la
ciudad durante vigencia del POT.
• Sujeto a la posibilidad de dotar con vías,
transporte, SSPP Super Intendencia de
Servicios Publicos), parques y
equipamientos.
• Desarrollo sujeto a formulación de planes
parciales.
• Zonas y áreas de terreno localizados dentro de
cualquiera de las anteriores clases.
• Áreas que por características geográficas,
paisajísticas o ambientales, de utilidad pública
(infraestructuras SSPP) o de las áreas de
amenazas y riesgo no mitigable.
TITULO 1 – ASPECTOS GENERALES
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PARÁMETROS GENERALES ACUEDUCTO
RESOLUCION 1.096 DE 2.000
• Población actual Tasa de crecimiento Población de diseño Dotación Neta Dotación BrutaNivel de complejidad Periodo adoptado
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Población actual Tasa de crecimiento Población de diseño Dotación Neta Dotación BrutaNivel de complejidad Periodo adoptado
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
AMBITO DE APLICACION RESOLUCION 330 DE 2.017
La presente Resolución aplica a los prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, alas entidades formuladoras de proyectos de inversión en el sector, a los entes de vigilancia y control, a lasentidades territoriales y las demás con funciones en el sector de agua potable y saneamiento básico, en elmarco de la Ley 142 de 1994. Así como a los diseñadores, constructores, interventores, operadores, entidadeso personas contratantes que elaboren o adelanten diseños, ejecución de obras, operen y mantengan obras,instalaciones o sistemas propios del sector de agua y saneamiento básico.
Las entidades territoriales, las personas prestadoras de servicios públicos y otras que promuevan ydesarrollen inversiones en acueductos y/o alcantarillados y/o aseo, deben identificar, dentro de susherramientas de planeación sectorial, los proyectos de infraestructura cuyo desarrollo es prioritario en sujurisdicción relacionados con este sector, con el propósito de satisfacer necesidades racionalizando losrecursos e inversiones, de forma que se garantice la sostenibilidad del proyecto.
Sobre las normas técnicas internas de las empresas de servicios públicos: El presente Reglamento no afecta laaplicación de normas y especificaciones técnicas que internamente emitan las empresas prestadoras de losservicios, siempre que no vayan en detrimento de la calidad del servicio y acojan como línea base loestablecido en la presente resolución. EMCALI-EPM-EAAB-AGUAS
Deberá analizarse la posibilidad de ejecutar los proyectos por etapas, teniendo en cuenta que esteplanteamiento debe garantizar la funcionalidad y autonomía operativa de los sistemas desde la primeraetapa. En consecuencia, no podrán planearse ni ejecutarse proyectos que requieran de otros componentes einversiones previas no desarrolladas para su funcionamiento o que por sí mismas no puedan entrar enoperación.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
ETAPAS DE PLANEACION DE LOS PROYECTOS
RESOLUCION 1.096 DE 2.000PARAMETRO SIMBOLO BAJO MEDIO MEDIO ALTO ALTO
COBERTURA COB AP 95% 90% 90% 85%
REZAGO ALC -AP
AP-AL 10% 10% 15% 15%
COBERTURARECOLECCIO DESDECHOS SOLIDOS
COB RDS 95% 85% 85% 80%
RESOLUCION 330 DE 2.017• Diagnóstico detallado de la situación del municipio.
• Determinación de la población afectada.
• Características socio-culturales de la población y participación comunitaria.
• Cuantificación de la demanda y/o necesidades.
• Conocimiento de la infraestructura existente.
• Definición del alcance de las intervenciones.
• Estudios básicos de las alternativas.
• Formulación y priorización de proyectos
• Formulación y análisis de alternativas de proyectos.
• Comparación de alternativas y selección de alternativa viable.
• Elaboración del plan de obras
• Determinación de costos del proyecto
• Formulación del cronograma de implementación del proyecto
• Planificación del proyecto
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ESTUDIOS BASICOS
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Condiciones generales.• Disponibilidad de agua y balance hídrico.• Geología, geomorfología y suelos.• Estudios fotogramétricos, topográficos y trabajos de campo.• Infraestructura existente de otros servicios.• Disponibilidad de energía eléctrica y de comunicaciones.• Vías de acceso.• Disponibilidad de mano de obra y de materiales de construcción.• Estudios Socioeconómicos.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
FORMULACION Y PRIORIZACION DE PROYECTOS
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017A través de una metodología multicriterio, deberá evaluarse la priorización de proyectos, considerando como mínimo las siguientes variables:
• Objetivos y metas a los que responde cada proyecto.
• Porcentaje de contribución de cada proyecto a cadaobjetivo y meta establecida.
• Grado de urgencia de las metas planteadas.
• Costos de inversión.
• Costos de operación y mantenimiento
• Gradualidad (Artículo 9. Planeación de proyectos por etapas)
• Análisis de riesgos
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
FORMULACION Y ANALISIS DE ALTERNATIVAS
RESOLUCION 330 DE 2.017El análisis debe tener en cuenta la gestión de riesgos y la gestión ambiental, revisar los aspectos financieros, económicos y socialesque permitan determinar la viabilidad del respectivo proyecto. Como resultado se obtendrá como mínimo el documento de pre-diseño acompañado de los planos y memorias respectivas de los proyectos de infraestructura.
La selección de alternativas deberá estar soportada como mínimo en los siguientes criterios:
• Criterios de sostenibilidad económica
• Criterio de Sostenibilidad técnica
• Criterio de Sostenibilidad Ambiental
• Ciriterio de Gestion de riesgos
• Criterio de sostenibilidad social
• El planificador deberá seleccionar la mejor alternativa con base en criterios de sostenibilidad, a partir de la evaluación de losaspectos económicos, técnicos, ambientales y sociales mencionados en el presente artículo; para lo cual deberá emplearmetodologías que impliquen la mínima subjetividad de valoración y el menor costo de inversión, operación y mantenimiento. Ladefinición de variables y los valores de ponderación en la selección de la alternativa más favorable deberá evaluarse mediante elempleo de matrices de selección multicriterios.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
REQUISITOS DE IDONEIDAD Y EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES PARA LA FASE DE PLANEACIÓN
RESOLUCION 1.096 DE 2.000
El diseñador y el interventor o revisor dediseño, deben ser ingenieros civiles osanitarios cuando se trate de diseñoshidráulicos y sanitarios, ingenieros civilescuando se trate de diseños estructurales ogeotécnicos, arquitectos o ingenieros civilesen el caso de diseños de elementos noestructurales, ingenieros mecánicos para lasinstalaciones mecánicas, ingenieroselectricistas para las instalaciones eléctricaso ingenieros electrónicos para los equiposelectrónicos
RESOLUCION 330 DE 2.017
El equipo interdisciplinario deberá contarcon un director que deberá ser ingenierocivil, sanitario, con experiencia específicaen el sector de agua potable ysaneamiento básico mínima de diez (10)años; los demás profesionales deberántener al menos tres (3) años deexperiencia específica en proyectos conpoblación igual o superior al que se estácontratando. Los profesionales eningeniería deberán estar titulados ycontar con tarjeta profesional.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
ALCANCE
RESOLUCION 330 DE 2.017
Las entidades territoriales, las personas prestadoras de servicios públicos y otrasque promuevan y desarrollen inversiones en acueducto, alcantarillado y/o aseo,luego de la etapa de planeación, requieren de un diseño de ingeniería detalladoprevio al inicio de la construcción.CRITERIOS DE DISEÑOLos criterios de diseño aplicables a cada tipo de obra deberán ajustarse a lodefinido en las herramientas de planeación y la etapa de planeación y las normasde diseño de la entidad si existen y a lo establecido en el Título 2 de estaResolución para cada elemento del sistema.Parágrafo. Las normas y especificaciones técnicas definidas internamente por laspersonas prestadoras de los servicios deberán garantizar el cumplimiento
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCEDIMIENTO GENERAL
.
La elaboración de los diseños detallados de cadaproyecto debe seguir los siguientes pasos:
• PASO 1. Definición y localización de cadauno de los componentes del proyecto a diseñar.
• PASO 2. Reconocimientos de campo,investigación predial inicial.
• PASO 3. Levantamientos topográficos.
• PASO 4. Investigación de suelos ygeotecnia.
• PASO 5. Selección de alternativas.
• PASO 6. Diseño geométrico y análisis deinterferencias.
RESOLUCION 330 DE 2.017
• PASO 7. Diseño hidráulico.
• PASO 8. Diseño geotécnico.
• PASO 9. Diseño estructural.
• PASO 10. Obras complementarias.
• PASO 11. Definición de especificaciones técnicas de construcción.
• PASO 12. Fichas de adquisición predial y declaratoria de utilidad pública.
• PASO 13. Permisos, licencias y autorizaciones.
• PASO 14. Determinación del presupuesto y cronograma de obras
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PASO 3 - LEVANTAMIENTOS TOPOGRAFICOS
.
• Todos los diseños de los sistemas debenser desarrollados sobre levantamientostopográficos de precisión, altimétricos yplanimétricos, por lo cual deberán serdesarrollados con equipos de altaprecisión.
• Con el fin de facilitar su posterior replanteo durante la fase de construcción, deberán materializarse mojones y pares de sistemas de posicionamiento geográfico (GPS) de alta precisión, como mínimo que empleen tecnología de doble frecuencia.
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Se debe garantizar el amarre geodésico del proyecto de conformidad a lo establecido por el IGAC.
• Los archivos magnéticos y los planos de topografía serán independientes de los planos de diseño y deberán hacer parte de las memorias y documentos de diseño y ajustarse a lo dispuesto en el Título 3 de esta Resolución sobre gestión documental.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PASO 4 – INVESTIGACION DE SUELOS Y GEOTECNIA
RESOLUCION 330 DE 2.017
• La planeación de los trabajos decampo y del muestreo seráresponsabilidad del especialista enel tema de suelos y geotecnia, detal forma que sean suficientes parala toma de decisiones inherentes aldiseño
La investigación del subsuelo, lalocalización de los puntos demuestreo, la profundidad de laexploración, el equipo a utilizar y losensayos de laboratorio que serequieren para la elaboración de undiseño, dependen del tipo de obra arealizar, de acuerdo con loestablecido en la Norma SismoResistente vigente
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PASO 12. FICHAS DE ADQUISICIÓN PREDIAL Y DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA
RESOLUCION 330 DE 2.017
Todo diseño deberá contemplar el aspecto predial detallado, donde seestablezca claramente las necesidades de adquisición de predios yservidumbres para desarrollar la construcción de las obras, y los actosadministrativos que la entidad territorial o la autoridad ambiental debenrealizar para asegurar la disponibilidad oportuna de los terrenos requeridospara la construcción.
El diseñador deberá identificar, de acuerdo con la normatividad vigente, lasautorizaciones y permisos que se requieren para la implementación delproyecto
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
IDONEIDAD DE LOS PROFESIONALES
RESOLUCION 1096 DE 2000
• La dirección en la elaboración de los diseñosdeberá ser ejecutada por ingenieros civiles,sanitarios o ramas afines, con experienciaespecífica mínima de cinco (5) años en diseñode obras de acueducto, alcantarillado y/oaseo en poblaciones iguales o superiores a laque se está contratando, según el objeto delsistema a diseñar.
RESOLUCION 330 DE 2.017
• El equipo de diseño deberá contar conpersonal profesional con experienciaespecífica no menor de tres (3) años en cadauna de las áreas relacionadas con el diseño,entre otros: profesionales en Estructuras,Hidráulica, Electromecánica, Geotécnica,además de los profesionales enInstrumentación y Control, y Químico
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Gestor:
Secretaria de
Infraestructura
CAPITULO 3 - CONSTRUCCION
Gestor:
Secretaria de
Infraestructura
ALCANCE
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Dentro del presente Capítulo se fijan los requerimientos mínimos que se deben teneren cuenta para la construcción de la infraestructura relacionada con el suministro deagua potable y saneamiento básico, cuyos requisitos mínimos y especificacionestécnicas se encuentran desarrollados en el Título 2 de la Resolución.
La construcción de las obras requeridas para proyectos del sector deberá seguir comomínimo el siguiente procedimiento general:
• Paso 1. Sujeción de la construcción a planos y especificaciones técnicas dediseño aprobados.
• Paso 2. Definición de métodos constructivos y materiales.
• Paso 3. Medidas de gestión social, seguridad industrial y salud ocupacional.
.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Resultados
RESOLUCION 330 DE 2.017
A la terminación de la obra, el constructor deberá entregar a la entidad contratanteun informe de construcción que contenga como mínimo:• La bitácora de obra.• La memoria de todas las obras ejecutadas.• Los manuales, catálogos y especificaciones técnicas que garanticen la idoneidad
de los materiales y de los procedimientos constructivos.• Los planos récord de construcción debidamente firmados.• El manual de operación y mantenimiento ajustado a las obras construidas,
equipos y materiales implementados.• Las garantías y especificaciones técnicas de los equipos instalados.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Idoneidad y experiencia de los profesionales
RESOLUCION 330 DE 2.017
• La dirección de la construcción debe estara cargo de un ingeniero civil, ingenierosanitario o de ramas afines, con tarjetaprofesional y con experiencia específicaen obras civiles mayor a cinco (5) años enactividades de dirección o residencia deconstrucción de obras de agua potable ysaneamiento básico. La experienciaespecífica del constructor deberácorresponder al tipo de obras objeto delcontrato.
• El equipo de construcción deberá contarcon personal técnico y profesional conexperiencia específica mínima de tres (3)años en cada una de las áreasrelacionadas con la construcción, entreotros: profesionales en Estructuras,Hidráulica, Electromecánica, Geotécnica,además de los profesionales enInstrumentación y Control, y Químico. Losprofesionales en ingeniería y arquitecturadeberán estar titulados y con tarjetaprofesional.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAPITULO 4 – OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
ALCANCE DE LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Para efectos de las estipulacionescontenidas en este capítulo, entiéndasepor operación y mantenimiento rutinarioy preventivo todas las actividadesnecesarias para el correctofuncionamiento de los sistemas,encaminadas a prevenir fallas en losmismos, en la maquinaria, equipos einstalaciones. De igual forma, se incluyeel mantenimiento correctivo comorespuesta a fallas y contingencias,diferente a las actividades derehabilitación y renovación de lossistemas.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCEDIMIENTO GENERAL
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Seguirán los requerimientos establecidosen los planos de construcción e instalación,los manuales de operación ymantenimiento, los manuales de procesosy procedimientos, los documentossuministrados por el diseñador,constructor, fabricante y/o proveedor alentregar a la entidad contratante las obras,bienes o servicios que le fueroncontratados y los estudios de optimizaciónde los sistemas. Estos documentos deberántenerlos disponibles en todo momento losprestadores de los servicios públicos encada uno de sus componentes.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCEDIMIENTO GENERAL
RESOLUCION 330 DE 2.017
Los operadores deberán realizar ydocumentar las inspecciones previstas enlos manuales de operación ymantenimiento rutinario y tomar lasacciones necesarias para el óptimofuncionamiento de los sistemas. Así mismo,deberá realizar las actualizaciones queconsidere pertinentes en el manual,siempre y cuando estén encaminadas aoptimizar el funcionamiento de lossistemas. Se deberá documentar el registrode todas las actividades de mantenimientorutinario y preventivo.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCEDIMIENTO GENERAL
RESOLUCION 330 DE 2.017• Los prestadores deberán diseñar planes de
inspección preventiva que permitan controlar laeficiencia energética de las instalaciones, incluyendopruebas funcionales de energía consumida,supervisión del rendimiento de los equipos einstalaciones eléctricas, entre otros.
• Es necesario que los prestadores mantenganun sistema de registro y monitoreo devariables críticas dentro del proceso, de talmanera que pueda realizarse una trazabilidaddel mismo. Estos registros además deberánconsiderar una ficha técnica por equipo en elque se evidencie fechas de mantenimiento,cambio de accesorios, repuestos, entre otrosdeterminados por la persona prestadora, enconcordancia con los lineamientosestablecidos en el manual de operación ymantenimiento del sistema y lo dispuesto enel título 3 de la presente resolución.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCEDIMIENTO GENERAL
RESOLUCION 330 DE 2.017
• El personal vinculado a la operación y elmantenimiento de los sistemas deacueducto, y/o alcantarillado, deberáestar certificado en la(s) norma(s) decompetencia laboral, para lo cual, laspersonas prestadoras de servicios queoperan los sistemas, tendrán laresponsabilidad de implementar unprograma de capacitación y asistenciatécnica.
La certificación de competenciaslaborales deberá ser expedida porescrito, ya sea por el Servicio Nacionalde Aprendizaje (Sena), o cualquier otroorganismo de certificación decompetencias laborales acreditadolegalmente para el efecto, y daráconstancia de que una persona cumplecon los requisitos de idoneidad,criterios de desempeño y nivel decualificación especificados en lanormatividad sectorial de competencialaboral.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCEDIMIENTO GENERAL
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Parágrafo 1°. Los trabajadores vinculados alas entidades prestadoras de los servicios deacueducto, y alcantarillado y que tengan másde 12 meses de labor en puestos de trabajotécnico operativo y técnico mantenimientodeberán estar certificados en su respectivaocupación.
• Quienes ya estén certificados en una normasectorial de competencia laboral, elcertificado tendrá la validez hasta la fechaestablecida en el mismo certificado para ello;luego de la cual deberá certificarse bajo loslineamientos establecidos en el presenteArtículo.
• Parágrafo 2°. Las personas prestadoras de losservicios públicos de acueducto, yalcantarillado deberán exigir a lostrabajadores nuevos que pretendan vincular acargos u ocupaciones de responsabilidadtécnico operativo y técnico mantenimiento lacertificación o el diploma en la especialidadrequerida para el cargo que se va a ocupar.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA
RESOLUCION 330 DE 2.017
Los programas de capacitación y asistenciatécnica elaborados por las personasprestadoras de los servicios públicos, deberánestablecerse con una periodicidad anual, yestructurarse a más tardar en el primertrimestre de cada año;. para lo cual deberánrelacionar el personal vinculado en laborestécnico operativo y técnico mantenimiento delos sistemas de acueducto y alcantarilladoque será objeto de la capacitación y/oasistencia técnica, con su línea de acción, asícomo la institución de nivel regional onacional certificada que impartirá laformación del caso.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAPITULO 5 - INTERVENTORIA
RESOLUCION 330 DE 2.017
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Todas las etapas de los proyectos (Planeación, diseño, construcción y puesta en marcha)deberán contar con interventoría integral, la cual efectuará el seguimiento de los aspectoscontractuales, técnicos, administrativos, financieros, sociales y ambientales del proyecto ycuya selección deberá estar acorde con la normatividad vigente para tal fin.
Idoneidad de los profesionales de la interventoría
RESOLUCION 1.096 DE 2.000
COMPLEJIDAD
HIDRAUL ESTRUCT GEOTEC ELECTRICOS
BAJO 1* 1 1 1
MEDIO 1 1 2 1
MEDIO ALTO
2 3 4 3
ALTO 4 6 6 4
RESOLUCION 330 DE 2.017• La interventoría demostrará contar con los conocimientos
específicos y la formación técnica necesaria concreta en el área dela cual se encargará. En tal sentido, ningún profesional podráejercer labores de Interventoría, sin acreditar previamente tres (3)años de experiencia específica en la ejecución de actividades deplaneación, gestión, diseño o construcción de sistemas deacueducto y alcantarillado y/o aseo, según las necesidades delproyecto.
• El director de Interventoría debe ser un ingeniero civil o ingenierosanitario, acreditar una experiencia general no menor a diez (10)años y específica no menor a tres (3) años en diseños u obras concaracterísticas y condiciones técnicas, contractuales,presupuestales y de ejecución, similares a aquella quesupervisará.
• Los profesionales que ejerzan tareas o labores de residencia deinterventoría de obra deberán acreditar una experiencia específicacomo residente no menor a tres (3) años en cada una de las áreasrelacionadas con la construcción, entre otros: profesionales enEstructuras, Hidráulica, Electromecánica, Geotécnica, además delos profesionales en Instrumentación y Control, y Químico.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
*Años
TITULO 2 - REQUISITOS TECNICOS
RESOLUCION 330 DE 2.017
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAPITULO 1 – ASPECTOS GENERALES
RESOLUCION 330 DE 2.017
•ASPECTOS GENERALES DEL REGLAMENTO
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PERIODOS DE DISEÑO
RESOLUCION 2320 DE 2.009
• Para todos los componentes delsistema de acueducto y alcantarilladose adoptan los periodos de diseñomáximos asi:
• Nivel bajo, medio y medio alto 25años
• Nivel Alto 30 años
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Para todos los componentes de lossistemas de acueducto,alcantarillado y aseo, se adoptacomo período de diseño 25 años.
• Para proyectos especiales para aguay saneamiento básico tales como losprovenientes de alianzas público -privadas, túneles de conducción,embalses, derivaciones, grandesconducciones y disposición deresiduos sólidos, se podrá aceptarun periodo de diseño mayor.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CATASTRO DE REDES
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
• Debe contarse con un catastro de lared actualizado que incluya uninventario de las tuberías existentes,su localización y el mayor número deanotaciones posible para cadaaccesorio considerado estratégicoen la operación como: tipo deaccesorio, material, profundidad yaño de instalación. Este catastrodebe incluir además las válvulas ehidrantes que formen parte de lared de distribución.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
DOTACION NETA MAXIMA
RESOLUCION 2320 DE 2.009
NIVEL DE COMPLEJIDAD
DOTACION NETA MAXIMA PARA
POBLACIONES CON CLIMA FRIO O
TEMPLADO
DOTACION NETA MAXIMA PARA
POBLACIONES CON CLIMA CALIDO <
1000 msnm
LTS/HAB-DIA LTS/HAB-DIA
BAJO 90 100
MEDIO 115 125
MEDIO ALTO 125 135
ALTO 140 140
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Dotación neta máxima. La dotación netadebe determinarse haciendo uso deinformación histórica de los consumos deagua potable de los suscriptores,disponible por parte de la personaprestadora del servicio de acueducto o, ensu defecto, recopilada en el Sistema Únicode Información (SUI) de laSuperintendencia de Servicios PúblicosDomiciliarios (SSPD), siempre y cuando losdatos sean consistentes. En todos loscasos, se deberá utilizar un valor dedotación que no supere los máximosestablecidos en la Tabla 1.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
DOTACION NETA MAXIMA RESOLUCION 330 DE 2.017
ALTURA PROMEDIO SOBRE EL NIVEL DEL MAR DE LA ZONA ATENDIDA DOTACIÓN NETA MÁXIMA (L/HAB*DÍA)
> 2000 m.s.n.m 120
1000 – 2000 m.s.n.m 130
< 1000 m.s.n.m 140
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
DOTACION BRUTA
RESOLUCION 1.096 DE 2.000
• Es la cantidad máxima de aguarequerida para satisfacer lasnecesidades básicas de un habitanteconsiderando para su cálculo elporcentaje de pérdidas que ocurranen el sistema de acueducto cuyoporcentaje no puede pasar del 25%
RESOLUCION 330 DE 2.017La dotación bruta para el diseño de cada uno de loscomponentes que conforman un sistema de acueducto sedebe calcular conforme a la siguiente ecuación:
• Donde,
• Dbruta: Dotación bruta
• dneta: Dotación neta
• %p: Porcentaje de pérdidas técnicas máximas para diseño
• Parágrafo. El porcentaje de pérdidas técnicas máximas enla ecuación anterior engloba el total de pérdidas esperadasen todos los componentes del sistema (comoconducciones, aducciones y redes), así como lasnecesidades de la planta de tratamiento de agua potable, yno deberá superar el 25%.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CRITERIOS DE MATERIAL DE TUBERIAS
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Se debe soportar la selección del materialutilizado en el proyecto de acueducto yalcantarillado mediante una comparaciónmulticriterio entre diversos materiales de lastuberías. Deben tenerse en cuenta, como mínimo,los siguientes aspectos: capacidad estructural,durabilidad, capacidad hidráulica, hermeticidad,compatibilidad con las características del aguaque se va a trasportar, características del suelo,costos y condiciones del mercado de la zona,facilidad de manejo, colocación e instalación yfacilidad de mantenimiento, reparación y/orehabilitación.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAUDAL DE DISEÑO
RESOLUCION 330 DE 2.017
COMPONENTE CAUDAL DE DISEÑO
Captación fuente superficial Hasta 2 veces QMD
Captación fuente subterránea QMD
Desarenador QMD
Aducción QMD
Conducción QMD
Tanque QMD
Red de Distribución QMH
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAUDAL DE DISEÑO 1
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Parágrafo 1°. El caudal de diseño para captación de fuentessuperficiales será hasta 2 veces el QMD; pero el excedentedebe devolverse a la fuente.
• Parágrafo 2°. Los factores de mayoración K1 y K2 debencalcularse para cada caso con base en los registros históricos demacromedición. En condiciones excepcionales en las que dichainformación no esté disponible, debe justificarse la selección delos valores empleados.
• Para poblaciones menores o iguales de 12.500 habitantes, alperiodo de diseño, en ningún caso el factor K1 será superior a1.3 ni el factor K2 superior a 1.6. Para poblaciones mayores de12.500 habitantes, al periodo de diseño, en ningún caso elfactor K1 será superior a 1.2 ni el factor K2 superior a 1.5
• Parágrafo 3°. En aquellos casos en que se cuente con sistemasde bombeo en la aducción, el caudal de diseño corresponde alcaudal máximo diario (QMD) proyectado al período de diseño,afectado por el porcentaje de horas diarias de bombeo.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAPACIDAD DE LA FUENTE SUPERFICIAL
RESOLUCION 330 DE 2.017
• El caudal correspondiente al 95% de tiempo de excedencia en la curva de duración de caudales diarios, Q95, debe ser superior al caudal máximo diario (QMD) más el caudal ecológico. Si una fuente es insuficiente para cumplir el requisito anterior durante algunas épocas del año, deben plantearse soluciones complementarias, tales como regulación o nuevas fuentes. En el caso de nuevas fuentes, el caudal máximo diario será la sumatoria de las fuentes disponibles, preservando el caudal ecológico de cada una de ellas. En caso extremo, se deberá disminuir los requerimientos de la dotación.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
REQUISITOS PARA EL DISEÑO DE POZOS PARA CAPTACIÓN DE AGUA SUBTERRÁNEA
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Una vez realizada la perforación exploratoria sedebe levantar la columna litológica, y registrosfísicos como Gamma rey, potencial espontáneoy resistividad, caliper y temperatura, con losresultados de estos registros se define el diseñodefinitivo del pozo profundo, diámetros,profundidad de filtros y tuberías ciegas, espesorde la puntera, etc.
• En esta etapa se ubican los estratos que sequieren utilizar para el abastecimiento,definiendo exactamente la longitud total defiltros y su ubicación en la perforación,adicionalmente se define si se colocara tuberíaen toda la profundidad del pozo exploratorio ono es necesario
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
TIPOS DE CAPTACIONES DE AGUA SUPERFICIAL
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
• 1. Toma lateral:
• 2. Toma sumergida:
• 3. Captación mixta:
• 4. Toma en dique:.
• 5. Captación flotante con elevaciónmecánica
Parágrafo: Se podrán emplear otros tipos decaptaciones, como por ejemplo, las torres decaptación, la captación de aguas lluvias, etc ocombinaciones de sistemas; siempre y cuando sepresente la justificación técnica, económica, yambiental del caso.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
REQUISITOS MÍNIMOS DE DISEÑO PARA DESARENADORES
RESOLUCION 1.096 DE 2.000
• Debe construirse un desarenador lo mas cerca posible a la captación de aguasuperficial, diseñado al menos con dos módulos que operen en formaindependiente ante la posibilidad de que no de ellos quede fuera de servicio.Cada módulo debe tener una capacidad hidráulica igual al caudal máximodiario (QMD) más las pérdidas que ocurran en el sistema y el consumo de laplanta
RESOLUCION 330 DE 2.017
Se ubicará lo más cerca posible al sitio de captación, tendrá un dispositivode rebose , ubicado cerca a la entrada del desarenador, no tendrá placa decubierta sino cerramiento que evite el ingreso de personas no autorizadas oanimales y cumplirá los siguientes requerimientos:
• Se requiere prever la eliminación de partículas con diámetro mínimo de0,1 mm, con una velocidad del asentamiento vertical calculada enfunción de la temperatura del agua y el peso específico de la partícula,teniendo en cuenta el régimen laminar, de transición o turbulento y sedeberá mantener una velocidad horizontal inferior a 0,25 m/s.
• El peso específico de las partículas de arena por remover será de 2.65gr/cm3; La relación entre la velocidad horizontal y la velocidad deasentamiento vertical será inferior a veinte. El tiempo de retención de laspartículas muy finas no debe ser menor de 20 minutos.
• Las estructuras deberán contar suficiente almacenamiento de arenas ycontar con sistemas hidráulicos con pendientes superiores al 10% paraobtener una eficiente evacuación del producto de desarenado.
• La unidad debe tener un sistema de paso directo con la capacidad paraoperar el caudal de diseño cuando la estructura esté en limpieza; ademásdeberá contar con los respectivos descoles a las fuentes receptoras delos caudales de exceso y del producto de desarenado.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 3 SISTEMAS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
ADUCCION CONDUCCION
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Se procurará que el trazado de la línea sea lo más corto posible, buscando vías o senderos públicos,evitando zonas de deslizamiento e inundaciones. En caso que se requiera el uso de predios privados, seránecesario determinar la correspondiente servidumbre.
• La velocidad mínima debe ser de 0.5 m/s. la velocidad máxima no deberá sobrepasar los límites develocidad recomendados para el material del ducto.
• La presión que debe soportar la tubería, incluyendo la onda de sobrepresión que genera el golpe deariete,No deberá exceder la presión de trabajo recomendada por el fabricante del ducto.
• El diseño debe contemplar los sitios de salida para mediciones piezométricas y de caudal, los cualespueden ser de uso permanente, o intermitente; deben localizarse al comienzo y al final de las líneas deconducción y/o aducción y en intervalos de máximo 1.500 m cuando la longitud de la tubería sea mayorque 2.000 m, antes y después de las válvulas y después de cada derivación de la conducción.
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ADUCCION CONDUCCION
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Para las líneas de impulsión, se hará el estudio del diámetro máseconómico en concordancia con las etapas de construcción,escogiéndose cuatro diámetros comerciales próximos al diámetroeconómico de referencia, dos por defecto y dos por exceso. Para cadauno de ellos, se determinará el costo total de suministro e instalación,costo anual de energía, operación y mantenimiento, intereses yamortización, seleccionando la alternativa de costo mínimo y eldiámetro óptimo resultante.
• Se deberá garantizar una presión dinámica mínima de cinco (5)metros en los puntos topográficos más elevados, tomando comoreferencia la cota clave del ducto.
• De ser necesaria la ubicación de tuberías en zonas de riesgo, se deberealizar un análisis en el cual se indique la amenaza, la vulnerabilidady el riesgo a los que se encuentra expuesto el tramo de tubería, y lasobras necesarias para la mitigación del mismo.
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CONDUCCIONES PROYECTOS RURALES
RESOLUCION 330 DE 2.017
Para proyectos rurales, será labor del diseñador proyectar líneas deaducción o conducción que garanticen presiones dinámicas en lasviviendas superiores a 5 m.c.a., generando una repartición decaudales uniforme mediante cámaras o estructuras distribuidorasque permitan la entrega de un mismo caudal domiciliar,independiente de la cota en la cual se encuentre la vivienda.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
MODELACIÓN DE REDES DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA
RESOLUCION 330 DE 2.017
. Todos los sistemas de redes dedistribución deben contar con unmodelo hidráulico, a través del cualse pueda predecir el comportamientofrente a diferentes condicionesoperativas, de mantenimiento o deexpansión
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SECTORIZACION HIDRAULICA
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
• Todas las redes deben estar sectorizadascon el fin de lograr la racionalización delservicio. El diseño de la sectorización debeestar basado en los resultados obtenidosen la modelación hidráulica.
• Parágrafo. Todos los sectores hidráulicosdefinidos deben contar con equipos demedición de caudal en todas las entradas,así como en todas las salidas hacia otrossectores.
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PRESIONES MINIMAS DE SERVICIO EN LA RED
RESOLUCION 330 DE 2.017
• La presión dinámica mínima en la red de distribución debe ser de 10 m.c.a. ensistemas con poblaciones de diseño de hasta 12.500 habitantes. Para poblacionesde diseño de más de 12.500 habitantes la presión dinámica mínima debe ser de15 m.c.a.
• Parágrafo. El área a abastecer con una presión dinámica inferior puedecorresponder hasta el 10% del área total, siempre que la presión mínima seasuperior o igual a 8 m.c.a para poblaciones de diseño de menos de 12.500habitantes y de 12 m.c.a para poblaciones de diseño mayor a 12.500 habitantes.
• Se puede abastecer con una presión dinámica hasta el 5% del área total, siempreque la presión mínima sea superior o igual a 5 m.c.a para poblaciones de diseñode menos de 12.500 habitantes y de 10 m.c.a para poblaciones de diseño mayora 12.500 habitantes.
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PRESIONES DE SERVICIO MAXIMAS
RESOLUCION 330 DE 2.017
• Para sistemas nuevos u optimizaciones, la presión estática máxima debe ser de50 m.c.a. Para cumplir con esta condición, la red de distribución debe estarsubdividida en tantas zonas de presión como se requieran.
• Parágrafo 1°. En una misma zona de presión se pueden presentar presionesestáticas mayores a la máxima definida; en este caso, el área a abastecer con unapresión estática superior puede corresponder al 10% del área de la zona depresión, desde que no se sobrepase una presión de 55 m.c.a. y hasta el 5% delárea de la zona de presión, desde que no sobrepase una presión de 60 m.c.a.
• Parágrafo 2°. El uso de cámaras de quiebre para la regulación de presiones estálimitado exclusivamente a líneas en las cuales se transporte agua cruda.
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DIÁMETRO INTERNO REAL MÍNIMO EN LA RED DE DISTRIBUCIÓN.RESOLUCION 330 DE 2.017
El diámetro mínimo en las redes de distribución no deberá serinferior a 75 mm para sectores urbanos, mientras que para sectoresrurales no deberán ser inferiores a 50 mm
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Válvulas de ventosa
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
. Las líneas de conducción y distribución debencontar con válvulas ventosas. Éstas se ubicaránen los sitios altos de la red, en cambios bruscosde pendiente de positiva a negativa, en tramosde tubería con pendiente constante y baja(≤3%), cada 300 m y en otras zonas en las quese considere necesario, de acuerdo con unanálisis técnico. El diámetro mínimo de lasventosas debe ser de 25 mm. En todos loscasos, el diámetro deberá calcularse para lascondiciones particulares de cada proyecto.
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VÁLVULAS DE PURGA.
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
Deben instalarse válvulas de purga en los puntosbajos de las redes, con el fin de permitir el lavadoy la descarga de las mismas. El diámetro de latubería de desagüe deberá estar entre 1/3 y 1/4del diámetro de la tubería principal, con unmínimo de 100 mm para tuberías mayores de100 mm. Para diámetros menores debeadoptarse el mismo diámetro de la tuberíaprincipal. Se deberán verificar las condiciones depresión y protección respectiva de la válvula paraevitar su daño.
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CAUDAL DE INCENDIOS
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
P Q RED No HIDRANTES DIST. MAX DIAM. HIDRANTE RED REQUERIDA
Hab lps Un m mm mm
<12.500 5 1 300 75 <150
>12500 10 3 300 100 >150
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MEDICIONES DE CAUDAL
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
• En todos los sistemas se deben instalar instrumentos de medición enla tubería y respetando las condiciones de instalación del tipo demedidor, que permitan la lectura y/o captura y almacenamiento dedatos.
• La medición debe hacerse como mínimo en los siguientes puntos:
• En la entrada de las plantas de tratamiento, por cada una de lasfuentes.
• En la entrada y salida de sistemas de bombeo, superficial o pozoprofundo.
• En la salida de las plantas de tratamiento.
• En la red de abastecimiento, en la entrada a los sectores hidráulicos.
• En la salida de los tanques de almacenamiento.
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MEDIDORES DE PRESIÓN.
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
Al interior de las redes de todos los sistemas deacueducto se debe contar con equipos que tengan lacapacidad de tomar y almacenar mínimo 50.000datos de presión al mes. Los medidores de presióndeben estar calibrados por un laboratorio acreditadopara tal fin por el ONAC.
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MICROMEDICION
RESOLUCION 1.096 DE 2.000 RESOLUCION 330 DE 2.017
• Para todos casos es obligatorio colocar medidoresdomiciliarios para cada uno de los suscriptoresindividuales del servicio de acueducto. Lasexcepciones a esta regla serán las establecidas endichas normas.
• Todos los micromedidores deben estar pre-equipados con sistemas que permitan instalarposteriormente sistemas de lectura remota delvolumen de agua consumido.
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SECCIÓN 5 PUESTA EN MARCHA, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ACUEDUCTO
RESOLUCION 330 DE 2.017
Presiones en la red de distribución. Con una frecuencia mínima semanaldeberá realizarse seguimiento a los resultados arrojados por los equipos demedición de presión instalados en las redes, de manera que se garantice que,en condiciones normales de operación, las presiones de servicio seencuentren dentro de los rangos establecidos.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
ACTUALIZACION DE LA MODELACION HIDRAULICA
RESOLUCION 330 DE 2.017
Los archivos de modelación hidráulica de las redes deberán actualizarse connueva información topológica, operativa, patrones de consumo, demandasbase y demás elementos, con una periodicidad mínima de cinco (5) años, ocuando se produzcan cambios significativos en la operación o en lainfraestructura. Una vez realizada esta actualización deberá llevarse a cabo unproceso de validación. Si los modelos no tienen la capacidad de representarde manera adecuada el comportamiento de las curvas de presión y caudalmedidas en campo, será necesario llevar a cabo un nuevo proceso decalibración.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 1 CONSIDERACIONES TÉCNICAS GENERALES DE POTABILIZACIÓN DE AGUAS
CAUDAL DE DISEÑO
• La capacidad de producciónde la planta de tratamientode agua potable (enadelante PTAP) debesatisfacer el caudal máximodiario (QMD) para lalocalidad en estudio, al añodel período de diseño
REQUSITOS PARA SELECCIÓN DE TECNOLOGIAS
Caracterizacion del agua cruda
Inspeccion sanitaria según requisitos POMCA
Cumplir requisitos de calidad del agua
Parametros para establecer alternativas de tratamiento
Analisis económico de la tecnología a utilizar
Disponibilidad de recursos y materiales en la region
Soluciones con el minimos uso de energia
Esquemas y modulación de las unidades de tratamientp
Presupuesto por etapas
Analisis de vulnerabilidad a la calidad del agua
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS DE TRATAMIENTO
FILTRACION MULTIPLES ETAPAS
ParámetroFiltración
lenta en arenaFiltro grueso
dinámicoFiltro grueso ascendente
Tasa de filtración
(m3/m2/d)7 – 14 48 – 72 7,2 – 14,4
Profundidad del medio (m)
0,8 – 1,00,6
(0,2 cada capa)0,4 – 0,9
FILTRACION AVANZADA
Tipo de procesoTipo de sustancia que se rechaza
Tamaño de poro
Microfiltración Material coloidal 0,1 – 0.2 µm
Ultrafiltración Macromoléculas 0,01 – 0,04 µm
NanofiltraciónAzúcares/sales
bivalentes> 0,001 µm
ElectrodiálisisAzúcares/sales
bivalentes> 0,001 µm
Ósmosis inversa Sales monovalentes 5 – 20 Ångström
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS DE TRATAMIENTO
TRATAMIENTO DE LODOS
Homogeneización: se tendrá que dimensionar una estructura en la cual se asegure mezcla completa, cuyo volumen sea como mínimo equivalente a poder almacenar el volumen de purga del sedimentador, más el 40% del volumen de lavado de un filtro
Espesamiento de lodos: deberá diseñarse un sistema con tasa de carga superficial para lodos de hidróxido entre 15 – 25 kg/m2/d y para lodos de ablandamiento entre 100 – 200 kg/m2/d, con tiempo de retención de entre 6 a 12 horas y concentración de sólidos media de salida del 6%.
Deshidratación por lechos de secado: es una técnica manual en donde se deben tener mínimo cuatro celdas. Su diseño depende del caudal de salida de la descarga de lodos o de espesamiento, con profundidades de aplicación de 0.3 a 0.9 metros
Deshidratación por lagunas de secado
Deshidratación mecánica: son los filtros prensa, filtros prensa de banda, filtros al vacío y centrifugas/decanter, que deben garantizar una concentración de sólidos entre 25% a 35% a la salida
DISPOSICION DE LODOS
Una vez los sólidos tratados, deberánser dispuestos en concordancia conlas indicaciones dispuestas por laautoridad ambiental local, previasolicitud y aprobación oficial de dichaentidad.
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CAPÍTULO 4 RECOLECCIÓN Y EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS Y PLUVIALES
RESOLUCION 330 DE 2.017
SEGUNDA SESION
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 1 CONSIDERACIONES TÉCNICAS GENERALES REDES DE ALCANTARILLADO
CAUDAL AGUAS RESIDUALES
Cuando se cuente con proyección de demanda de agua potable, se debe calcular con la siguiente ecuación:
Donde (DNETAp) es la demanda neta de agua potable por unidad de área tributaria (L/s.ha) y (A) es el área tributaria de drenaje (ha).
Cuando se cuente con proyección de demanda de agua potable por suscriptor, se debe calcular con la siguiente ecuación:
Donde (PS) es el número de suscriptores proyectados al periodo de diseño y (DNETAs) es la demanda neta de agua potable proyectada por suscriptor (m3/suscriptor-mes).
.
Cuando se utilice proyección de población, se debe calcular con la siguiente ecuación:
Donde (DNETA) es la dotación neta de agua potable proyectada por habitante (L/hab.día) y (P) es el número de habitantes proyectados al período de diseño.
El coeficiente de retorno (CR) debe estimarse a partir delanálisis de información existente en la localidad y/o de mediciones de campo realizadas por la persona prestadora del servicio. De no contar con datos de campo, se debetomar un valor de 0,85.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 2 REDES DE ALCANTARILLADO CONVENCIONAL DE AGUAS RESIDUALESDIÁMETRO INTERNO REAL MÍNIMO EN LOS ALCANTARILLADOS SANITARIOS
El diámetro interno real mínimopermitido en redes de alcantarilladosanitario es 170 mm.
Para poblaciones menores de 2.500habitantes el diámetro interno realpermitido es 140 mm.
CRITERIOS DE AUTOLIMPIEZA
La velocidad mínima real permitidaen el colector de alcantarilladosanitario es aquella que genere unesfuerzo cortante en la pared de latubería mínimo de 1,0 Pa. Loscriterios de velocidad y esfuerzocortante se deben determinar para elcaudal de diseño, en las condicionesiniciales y finales del período dediseño.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 3 REDES DE ALCANTARILLADO NO CONVENCIONAL DE AGUAS RESIDUALES
ALCANTARILLADOS SIMPLIFICADOS
Se deben adoptar soluciones de sistemaconvencional como regla general paratodas las poblaciones. La adopción desistemas no convencionales debe estarcompletamente justificada conargumentos técnicos como primeramedida, y con argumentossocioeconómicos, socioculturales,financieros, institucionales y dedesarrollo urbano, por otra parte. Laaceptación por parte de la comunidadde algunas de estas tecnologías esfundamental
ALCANTARILLADOS CONDOMINIALES
Los alcantarillados condominiales debendescargar a una estructura de conexiónde un alcantarillado simplificado oconvencional.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 3 REDES DE ALCANTARILLADO NO CONVENCIONAL DE AGUAS RESIDUALES
ALCANTARILLADOS SIN ARRASTRE DE SOLIDOS
Se debe asegurar la disponibilidadpermanente de equipos mecánicospara la extracción periódica de loslodos sedimentados en las cajasinterceptoras, y la disposiciónsanitaria de estos lodos en plantas detratamiento de aguas residuales o enterrenos apropiados para ello,cumpliendo las exigencias de laautoridad ambiental competente
REQUISITOS
Para dimensionamiento de las redes, se debe adoptar el caudal producido por el número probable de viviendas que estén realizando simultáneamente la descarga máxima posible, de acuerdo con cálculo de probabilidades y sumar el caudal de infiltraciones y de conexiones erradas.
El diámetro interno mínimo real de los colectores debe ser 95 mm
Se deben diseñar tanques interceptores de sólidos para cada vivienda, ubicados en la acera
El diámetro interno real mínimo de las conexiones domiciliarias debe ser de 95 mm, con pendiente mínima del 2.5%.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 4 REDES DE ALCANTARILLADO DE AGUAS PLUVIALES Y COMBINADAS
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
VELOCIDAD MÁXIMA EN LOS ALCANTARILLADOS PLUVIALES Y COMBINADOS
.La velocidad máxima real en un colector porgravedad no debe sobrepasar 5,0 m/s, determinadapara el caudal de diseño.
Parágrafo. En condiciones hidráulicas especiales ycomplejas como es el caso de topografías conpendientes superiores al 30%, colectores de grandiámetro iguales o superiores a 600 mm o caudalesde flujo superiores a 500 l/s, se permitiránvelocidades de flujo superiores a 5 m/s; sinembargo, la velocidad máxima no deberásobrepasar los límites de velocidad recomendadospara el material del ducto y/o de los accesorios aemplear y no deberá superar los 10 m/s.
.Las tuberías con velocidad de flujosuperior a 5 m/s deben seleccionarsecon revestimientos internosespeciales que permitan soportar elfenómeno de abrasión a largo plazo.El diseño deberá prever lasprotecciones del sistema y plantearlas soluciones de disipación deenergía necesarias
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
CAPÍTULO 5 SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES MUNICIPALES
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 1 CONSIDERACIONES TÉCNICAS GENERALES DE LOS SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES MUNICIPALESCAUDALES DE DISEÑO
Caudal Descripción Aplicación
Caudal medio de diseño Caudal medio diario de capacidad de la PTAR
- Caudal medio de referencia
- Caudal de diseño de unidades de tanques sépticos
- Sistemas lagunares
Caudal máximo horarioMáximo volumen en una hora, identificado en
los registros estudiados
- Dimensionamiento de sistemas de bombeo, procesos físicos (desarenadores, cribados, trampas de grasa y sedimentadores primarios y secundarios)
- Desarrollo de estrategias operativas
- Conductos de interconexión de unidades de proceso
Caudal máximo diarioMáximo volumen en un día, identificado en los
registros estudiados
- Dimensionamiento de tanques de regulación
- Dimensionamiento de sistemas de bombeo de lodos
- Dimensionamiento de dosificación química
Caudal máximo mensualCaudal promedio diario para el mes con el mayor volumen mensual identificado en los
registros estudiados
- Dimensionamiento de bioreactores.
- Dimensionamiento del almacenamiento de químicos
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
SECCIÓN 1 CONSIDERACIONES TÉCNICAS GENERALES DE LOS SISTEMAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES MUNICIPALES.
FACTORES PICOS PARA CAUDALES
Rango de caudales (l/s)
Factor máximo horario
Factor máximo diario
Factor máximo mensual
0 – 10 4 3 1,7
Los valores de los factores máximos horario, diario y mensual para caudales entre 10 y 90 l/s se interpolarán linealmente
90 2,9 2,1 1,5
Los valores de los factores máximos horario, diario y mensual para caudales entre 90 l/s y 700 l/s se interpolarán linealmente.
Mayor a 7002 1,5 1,2
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Tanques sépticos prefabricados
Para su dimensionamiento y localización sedeben tener en cuenta los mismos criteriosdados en el Artículo anterior, con excepcióndel numeral 2, cuando se utilicen otrasformas geométricas; en este caso deberájustificarse el diseño hidráulicocorrespondiente.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
DISEÑO TANQUES IMHOFFEsta tecnología se debe utilizar parapoblaciones entre 500 y 5.000 habitantes.
Los tanques Imhoff se deben dividir entres cámaras que son: cámara desedimentación, cámara de digestión delodos, y el respiradero o área deventilación del gas. El compartimento desedimentación requiere estar diseñadocon una tasa de desbordamientosuperficial de 25 a 40 (m³/m²/d) y untiempo de retención de 2 a 4 horas. Lacámara de digestión debe tener unacapacidad de almacenamiento de lodopara 6 meses.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
DISEÑO REACTORES UASBEl agua debe entrar al reactor por el fondo y fluirhacia la parte superior, manteniendo en pulsaciónel manto de lodos granular. Es necesario garantizarun sistema adecuadamente diseñado dealimentación del reactor, para una velocidadascendente uniforme entre 0,8 y 1,0 m/h. Laprofundidad del tanque debe estar entre 4,5 m y 6m. En la parte superior del tanque, cubriendo lasuperficie, debe disponerse una estructura derecolección de gas y separación de sólidos (SGSL),con el fin de que sean retornados al interior delreactor. En cuanto a la recolección del aguatratada, se debe contar con una canaletatransversal.
Los tiempos de retención hidráulica serán losmostrados en la siguiente Tabla.
.
Caudal influenteVelocidad ascendente
(m/h)
Caudal medio 0,5 – 0,7
Caudal máximo 0,9 – 1,1
Caudal pico temporal * <1,5
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Temperatura del agua residual (oC) Tiempo de retención hidráulica (horas)*
16 a 19 10 - 14
20 a 26 6 - 9
>26 >6
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
REACTORES ANAEROBICOS A PRESION -RAP
Temperatura (oC)Carga volumétrica (Kg
DQO/m3*d)
15 2 - 4
20 4 - 6
25 6 - 12
30 10 - 18
35 15 - 24
40 20 - 32
Temperatura (oC)Tiempo de retención
(horas)
16 – 19 10 - 14
22 – 25 7 - 9
>25 4 - 5
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
PROCESO DE LODOS ACTIVADOS
Proceso F/M (kgDBO/kgMLVSS.d)LV
(kgDBO/m3.d)td(h)
Ɵc(d)
XT(SSV)
Convencional 0,2-0,4 0,3-0,7 4-8 3-15 1.000-3.000
Completamente mezclado
0,2-0,6 0,3-1,6 3-5 3-15 1.500-4.000
Aireación escalonada 0,2-0,4 0,7-1 3-5 3-15 1.500-4.000
Alta tasa 1,5-2 1,2-2,4 1,5-3 0,5-2 200-1.000Estabilizador por
contacto:Contacto
Estabilización
0,2-0,6N/A
1-1,3 0,5-12-4
5-10N/A
1.000-3.0006.000-10.000
Aireación extendida 0,04-0,10 0,1-0,3 20-30 20-40 2.000-5.000
Zanjón de oxidación 0,04-0,10 0,1-0,3 15-30 15-30 3.000-5.000
Reactores secuenciales por tandas (SBR)
0,04-0,1 0,1-0,3 15-40 10-30 2.000-5.000
Oxígeno puro 0,5-1 1,3-3,2 1-3 1-4 2.000-5.000
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
DISEÑO DE FILTROS PERCOLADORESCaracterísticas de
diseñoBaja tasa Tasa intermedia
Alta tasaRoca
Alta tasaPlástico
Tratamiento grueso
Tipo de lecho Roca Roca Roca Plástico Roca/plásticoCarga hidráulica
m3/m2.d1-4 4-10 10-40 10-75 40-200
Carga orgánicakgDBO/m3.d
0,07-0,22 0,24-0,48 0,4-2,4 0,6-3,2 >1,5
Relación de recirculación
0 0-1 1-2 1-2 0-2
Moscas de filtro Muchas Varias Pocas Pocas PocasDesprendimiento
sIntermitentes Intermitentes Continuos Continuos Continuos
Profundidad, m 1,8-2,4 1,8-2,4 1,8-2,4 3-12,2 0,9-6Remoción DBO
(%)80-90 50-80 65-90 75-95 40-70
Calidad del efluente
Bien nitrificadoSomeramente
nitrificadoSin nitrificación Sin nitrificación Sin nitrificación
Consumo energético, KW/103 m3
2-4 2-8 6-10 6-10 10-20
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
DISEÑO DE LAGUNAS AIREADAS
Parámetro Unidad Laguna Aeróbica Laguna Facultativa
Sólidos (SST) en reactor mg/L 100-400 50-200
Edad de lodos D 3-6 Aprox. 100
Retención hidráulica D 3-6 4-10
Profundidad M 2-5 2-5
K de remoción de DBO 1/d 0,5-1,5 0,5-0,8
Régimen de mezcla - Mezcla parcial Mezcla parcial
Potencia mínima kW/1000 m3 5-8 1-1,25
Manejo de lodo - Sedimentador Dentro de la laguna
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
LAGUNAS DE ESTABILIZACION AEROBIAS
ParámetroAeróbicaTasa baja
AeróbicaTasa alta
Área - ha < 4 0,2 – 0,8
Tiempo de retención - d 10 – 40 4 - 6
Profundidad - m 0,9 – 1,2 0,3 - 0,45
Carga superficialDBO5 kg/ha*d
67 – 135 90 - 180
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALESL
AGUNAS DE ESTABILIZACION FACULTATIVASLAGUNAS DE ESTABILIZACON ANAEROBIAS
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PROCESOS CENTRALIZADOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
EMISARIOS SUBMARINOS
• Como mínimo, se debe efectuar un cribado con rejillas, para separar objetos flotantes no biodegradables que puedan regresar a las playas.
• En el diseño se requiere establecer las dimensiones: longitud, diámetro, ubicación y profundidad de descarga. Se debe buscar una profundidad tal en el vertimiento que garantice una dilución de 1:100 como mínimo.
• Es obligatorio tener completo el diseño hidráulico del difusor antes de iniciar la construcción.
• En el diseño final estructural se deben especificar los materiales de tubería, las técnicas de construcción y los requerimientos para sostener la tubería en el fondo.
• El sistema de instalación debe garantizar la estanqueidad de las juntas y el anclaje seguro de la tubería en el fondo.
• El difusor debe quedar instalado de tal forma que garantice el grado de dilución esperado.
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
Gestor:
Secretaria de
Infraestructura
RAS - TÍTULO 2 - REQUISITOS TÉCNICOS
CAPITULO 6 - SISTEMAS DE ASEO URBANO
220 Aspectos de recolección y transporte de sistemas sin aprovechamiento
221 Aspectos de diseño en sistemas con aprovechamiento
222Aspectos de localización y diseño de estaciones de transferencia y plantas de aprovechamiento
223 Aspectos de localización, diseño y construcción de rellenos sanitarios
224 Aspectos de la operación de rellenos sanitarios
225 Alternativas de tratamiento de disposición final – Incineración
226 Actualización de los requisitos técnicos para el sector de aseo.
Gestor:
Secretaria de
Infraestructura
TÍTULO 6 - CAPITULO 6 - SISTEMAS DE ASEO URBANO
En el sistema de recolección y transporte se definirán claramente los
siguientes aspectos para cumplir con los estándares de cobertura,
calidad y frecuencia en el perímetro del servicio:
1. Tipo de servicio de recolección a proporcionar
2. Tipo de sistema de recolección y equipos utilizados
3. Cantidad, tipo y tamaño de los vehículos recolectores en donde
debe tenerse en cuenta la capacidad de carga de las vías y
tráfico
4. Tamaño de la cuadrilla
5. Metodología general para la puesta en marcha rutas de
recolección
Resolución 330 de 2017 - RAS
Gestor:
Secretaria de
Infraestructura
TÍTULO 6 - CAPITULO 6 - SISTEMAS DE ASEO URBANO
Criterios mínimos:
1. Caracterización de los residuos de interés para el aprovechamiento, teniendo encuenta tecnologías de acondicionamiento y transformación que generen valoragregado y un mercado para los productos obtenidos.
2. Estudio de mercado (oferta, demanda, precios y frecuencia de venta) 3. Incorporar el análisis tarifario.
Resolución 330 de 2017 - RAS
Viabilidad socio-económica
Viabilidad técnica
Viabilidad financiera
Viabilidad ambiental
Concordancia con el PGIRS del municipio, distrito o región
El diseño en sistemas con aprovechamiento debe establecer:
Gestor:
Secretaria de
Infraestructura
TÍTULO 6 - CAPITULO 6 - SISTEMAS DE ASEO URBANO
ARTÍCULO 221. Aspectos de diseño en sistemas con aprovechamiento
1. Para la reutilización y reciclaje, los residuos sólidos deben
estar limpios y debidamente seleccionados por tipo de
material y características físicas.
2. Para la estabilización de la fracción de residuos sólidos
orgánicos biodegradables, aquella debe ser separada en
fuente, no debe estar contaminada con residuos peligrosos,
residuos de metales pesados u otros materiales que
imposibiliten o limiten su potencial de aprovechamiento y
valorización.
2. Para la generación de energía, se deben valorar parámetros
tales como composición química, poder calorífico y contenido
de humedad, entre otros.
Requerimientos
mínimos para la
utilización de los
residuos sólidos
en las diferentes
actividades de
aprovechamiento
Resolución 330 de 2017 - RAS
SI NO N.A.
X
X
15. Para el caso de proyectos de alcantarillado o sistemas de tratamiento de aguas residuales, debe incluir el
permiso de vertimientos expedido por la AAC
15.1 Copia del acto administrativo expedido por la Autoridad Ambiental Competente aprobando el PSMV,
anexando copia de dicho Plan donde se compruebe que el proyecto presentado hace parte de dicho Plan y esta
debidamente sustentado.
15.2 Certificación de la AAC de la jurisdicción donde conste que la Empresa Prestadora del Servicio de Alcantarillado
presentó el PSMV y que esta siendo evaluado
DOCUMENTOS REQUERIDOS
13. Licencia ambiental (en los casos que aplique de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1220 de 2005), aval
ambiental del proyecto, concesión de aguas o permiso de vertimientos expedida por la autoridad ambiental
competente.
14. Copia del acto administrativo por el cual se otorga la concesión de aguas expedido por la respectiva AAC o copia
de que esta en tramite
18. Ficha FSE-01 inicial total y debidamente diligenciada
19. Certificación sobre la capacidad total o residual disponible por el municipio para la inversión en el sector de agua
potable y saneamiento básico con los recursos de la Ley 1176 de 2007 con los respectivos soportes.
20. Certificación suscrita por el Alcalde o Gobernador, con el aval del secretario de Hacienda o quien haga sus veces,
en la que se de constancia que la entidad ha cumplido con la normatividad establecida por la Ley 617 de 2000.
16. Copia del acto administrativo por el cual se adopta el PGIRS por parte del municipio.
16.1 Copia del PGIRS donde se compruebe que el proyecto presentado hace parte de la alternativa seleccionada y se
encuentra debidamente sustentado de acuerdo con la Resolución 1045 de 2003 numerales 10.2, 10.3, 11, 11.1, 11.2
y 11.3
17. Formato diligenciado con la información de la entidad encargada de la administración, operación y mantenimiento
de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
24. Que el municipio este dento del Plan Departamental de Agua y Saneamiento.
21. Certificación del Alcalde sobre incorporación en el presupuesto de la vigencia fiscal de las partidas asignadas al
Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos - FSRI, para financiar el monto total de los subsidios otorgados
por el Concejo Muncipal a los usuarios subsidiables de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los
presupuestos anuales del municipio, con el aval del Secretario de Hacienda o quien haga sus veces y señalando que
estos recursos están siendo girados a las empresas prestadoras de dichos servicios públicos.
22. Certificación del Gerente de la empresa prestadora de los servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo en la
localidad, donde conste que ha recibido los recursos del SGP para cubrir el valor de los subsidios otorgados por el
Concejo Municipal y que se cumple con el equilibrio entre subsidios y contribuciones en los servcios, en
cumplimiento del Decreto 1013 de 2005.
23. Las entidades territoriales y sus entidades adscritas y vinculadas deberán presentar los respectivos paz y salvos
de los pagos por servicios públicos domiciliarios y alumbrado público . Dichos paz y salvos o certificaciones deberan
tener una vigencia.
LISTA DE CHEQUEO PARA EVALUACION DE PROYECTOS
NOMBRE DEL PROYECTO :
Departamentos:
VALOR TOTAL PROYECTO:
DOCUMENTOS REQUERIDOS SÍ NO OBSERVACIONES
X
Se presenta oficio de presentación y solicitud de asignación de recursos para la financiación del
proyecto sin fecha, con un costo de $1.350.839.582, valor que debe ser actualizado, así como los
demás datos consignados en la carta, debe ser actualizada.
XSe presenta oficio del 30 de noviembre de 2016, en donde se establece que el presente proyecto será
financiado con recursos del PDA CAQUETA en un 100%, por el secretario de hacienda, debe ser
actualizado.
X
Se presenta oficio del secretario de planeación e infraestructura y de las TIC´s en donde hace constar
que el presente proyecto se encuentra en concordancia con el Plan de Desarrollo, no se establece
nombre del Plan de Desarrollo, Eje y programa en donde está contenido el proyectos, oficio del 30 de
octubre de 2016, debe ser actualizado.
XNo presenta certificado de inclusión del Proyecto en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT, PBOT,
EOT).
XNo se presenta certificación de la inscripción del proyecto en el Banco de Proyectos de Inversión el
Municipio o Departamento.
X No se presenta permiso de vertimientos
XNo se presenta acto administrativo de aprobación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos
PSMV.
XNo se presenta certificación sobre la capacidad total o residual disponible por el municipio para la
inversión en el sector de agua potable y saneamiento básico con los recursos de la ley 1176 de 2007.
X
No se presenta certificación suscrita por el alcalde o gobernadore, con el aval del secretario de
hacienda o quien haga sus veces, en la que conste que la entidad ha cumplido con la normatividad
estblecida por la ley 617 de 2000.
X
Se presenta oficio fimado por el jefe de presupuesto de la Secretaría de Hacienda Municipal, del 30 de
noviembre de 2016, en donde se certifica que se creó el fondo de solidaridad y redistribución de los
ingresos y transfirieron recursos de subsidio de Agua Potable y Saneamiento Básico por valor $
89.647.681, durante la vigencia de 2016, se debe actualizar.
Fichas MGA y EBI, diligenciadas acorde con lo dispuesto en la
Resolución 0806 de 2005 o aquella que la adicione o modifique.X
Se presenta en físico, no está consignada en la información magnética, se presenta la Ficha EBI en
físico, es necesario actualizarla.
Documento que acredite la propiedad del inmueble por parte de la
Entidad Territorial o la persona prestadora de los servicios públicos
(certificado de libertad y tradición expedido dentro de los tres (3)
meses anteriores a la radicación del proyecto, o posesión y/o
permisos de servidumbre.
X
Se presenta oficio del 30 de noviembre de 2016, firmada por SHIRLEY STELLA VERDOOREN AVILA,
delegada de la Secretaría de Planeación, en donde certifica que el proyecto será ejecutado sobre vías
públicas, por lo que no necesita permiso de servidumbre, debe ser actualizado.
X
Se presenta para el proyecto los siguiente estudio y diseños: Diseño alcantarillado sanitario (en este se
realizan las proyecciones de poblacióndel 2015 al 2040, luego cuando están en el capítulo de diseño y
epecifican población de cada sector definen año futuro como 2041, no se presenta diagnóstico detallado
del sistema de alcantarillado con su respectiva modelación hidráulica, ni el análisis de alternativas, solo
diseño), presentan hojas de cálculo de PAVCO para el sector de Palmeras y El Limonar, Estudio de
geotecnia para la construcción del viaducto, estudio geológico y geomorfológico de la zona de
construcción del municipio (en medio físico, la carpeta digital está vacía), topografía, memoria de cálculo
estructural (en medio físico, no se encuentra en medio magnético).
X Se presenta memoria de calculo con la proyección de la población que incluye calculo de población
X
Los diseños hidráulicos fueron realizados por el ingeniero OSCAR JAVIER QUINTERO SÁNCHEZ con
MP 25202-097516 CND y se presenta oficio de aprobación de las memorias de cálculo, cantidades de
obra y sus correspondientes, APU, los planos, correspondientes a los diseños, de acuerdo con las
especificaciones técnicas del proyecto, firmado por SHIRLEY STELLA VERDOOREN AVILA, Profesional
Universitario de la Secretaría de Planeación, de fecha del 30 de noviembre de 2016.
X
Se presenta para el proyecto los siguiente estudio y diseños: Diseño alcantarillado sanitario (en este se
realizan las proyecciones de población del 2015 al 2040, luego en el capítulo de diseño, en donde
epecifican la población de cada sector definen año futuro como 2041, no se presenta diagnóstico
detallado del sistema de alcantarillado con su respectiva modelación hidráulica, ni el análisis de
alternativas, solo diseño), presentan hojas de cálculo de PAVCO para el sector de Palmeras y El
Limonar, Estudio de geotecnia para la construcción del viaducto, estudio geológico y geomorfológico de
la zona de construcción del municipio (en medio físico, la carpeta digital está vacía), topografía, memoria
de cálculo estructural (en medio físico, no se encuentra en medio magnético).X Se presentan planos de diseño hidráulicos y estructurales, en fisico no en digital.
XSe presenta el presupuesto al año 2017 con un valor de $ 1.461.672.465 y cantidades de obra, en medio
digital, en medio digital se debe actualizar
X Se presentan los respectivos APU´s actualizados a 2017.
X Se presentan la respectiva lista de equipos, materiales y elementos.
X Se presentan especificaciones técnicas en físico y digital.
X Se presentan especificaciones técnicas en físico y digital.
Formato diligenciado con la información de la entidad encargada de
la administración, operación y mantenimiento de los servicios
públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
XSe presenta el formato diagnóstico de entidad prestadora de servicios públicos firmado por Carlos
Andrés de fecha Abril de 2016.
Ficha FSE-01 inicial total y debidamente diligenciada XSe presenta ficha de seguimiento, la cual solo está diligenciada la primera hoja, la segunda y la tercera
debe ser diligenciada y hablan de acueducto regional El Libano del municipio de Suaza.
Formato resumen del proyecto debidamente diligenciado y firmado. X
Se presenta formato de resumen con las actividades correspondientes como lo son: información general
(en la cuantificación de la población no se incluye el No Total de viviendas futuras y el No. Viviendas
Beneficiadas Futuras, además, la población que tienen definida como actual (está en la celda de No.
Viviendas Beneficiadas) en realidad es futura, según su informe de diseño, y solo incluyen la población
de Palmeras, sin tener en cuenta El Limonar, tampoco está diligenciada la columna de Total Actual y
Urbana, en cobertura de alcantarillado con proyecto no se aumentará al 100%?, en la decripción del
sistema sin y con proyecto en el alcantarillado no se incluye la información con proyecto, ni
observaciones del mismo), descripción del proyecto (en la descripción del problema, es necesario
complementar, especificar más porque genera problemas el alcantarillado combinado, en el análisis de
alternativas se deben describir las alternativas analizadas para solucionar el problema, generalmente son
3 y en la descripción de la alternativa seleccionada es necesario especificar cual fue la alternativa
seleccionada y que se va a hacer en esta), parámetros de diseño (la tasa de crecimiento es negativa?,
falta máxima relación Q/Qo), plazo de ejecución del proyecto (se deben incluir el tiempo de contratación
que generalmente son 3 meses), resumen de presupuesto, plan financiero, plan de contratación,
componente de aseo, aspecto social (no se puede verificar la coincidencia de la población beneficiada
al finalizar la ejecución del proyecto con la información de la cuantificación de la población consignada al
inicio de la ficha, sin embargo, la población actual es mayor a esta, se debe complementar y verfiicar
VoBo:
Codigo:
CAQUETA
$ 1.461.672.465
CONSTRUCCION DE LA RED DE ALCANTARILLADO SANITARIO SECTOR BARRIOS LAS PALMERAS Y LIMONAR
DEL MUNICIPIO DE CARTAGENA DEL CHAIRA
1. Carta de presentación, firmada por el representante legal de la
Entidad Territorial dirigida al Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio,
precisando valor del proyecto, monto solicitado, contrapartida en caso
que corresponda.
En esta el ente territorial debe certificar haber dado cumplimiento a lo
previsto en la Ley 142 de 1994 (haber adelantado, se encuentre
adelantando, o vaya iniciar un proceso de mejoramiento en la Gestión
Empresarial o que haga parte de un plan de mejoramiento), que el
proyecto está incluido en el Plan de Desarrollo, en el Plan de
Ordenamiento Territorial o Esquema de Ordenamiento Territorial y
Banco de proyectos de inversión del municipio. Para aquellos
proyectos en los que el municipio aporta recursos, certificar la
disponibilidad de los mismos y adjuntar Certificado de Disponibilidad
Presupuestal. Documento que evidencie los permisos ambientales
según corresponda permiso de concesión de agua, permiso de
exploración pozo profundo, permiso de vertimiento, permiso de
ocupación de cauce, en caso de encontrarse en trámite anexar carta
de radicación ante la autoridad ambiental competente.
La entidad territorial solicitante, deberá autorizar el giro directo de
subsidios en favor de (los) prestador (es) de los servicios de
acueducto, alcantarillado y/o aseo que tengan relación con el proyecto
de conformidad con la normativa vigente.
Estudios y Diseños de los componentes del proyecto que cumplan
con el Reglamento Técnico del Sector - RAS en medio físico y digital
que incluya:
Formato resumen del proyecto, estudios topográficos, memorias de
cálculo, estudios y diseños hidráulicos, hidrogeológicos, hidrológicos,
estructurales, de suelos, eléctricos, electromecánicos, topografía, y
planos por cada uno de ellos, tanto los planos como los estudios y
memorias de cálculo deben venir firmados por el diseñador.
Especificaciones técnicas de construcción y equipos a adquirir,
presupuesto y análisis de precios unitarios, lista de equipos y
materiales, plan financiero del proyecto, cronograma y flujo de fondos
de inversión.
Se deberá incluir aprobación de los diseños por parte de la
interventoría.
Licencia Ambiental para construcción de presas, represas o
embalses, para construcción de sistemas de tratamiento de aguas
residuales superiores a 200.000 mil habitantes, construcción y
operación de rellenos sanitarios y plantas de aprovechamiento y
valorización de residuos mayores o iguales a 20.000 toneladas/año y
rectificación o desviación de cauces.
OBSERVACIONES GENERALES:
Tramite Dado: DEVUELTO PARA AJUSTES
Evaluador
MATPRA INGENIERIA SAS
SI NO N.A.
X
X
15. Para el caso de proyectos de alcantarillado o sistemas de tratamiento de aguas residuales, debe incluir el
permiso de vertimientos expedido por la AAC
15.1 Copia del acto administrativo expedido por la Autoridad Ambiental Competente aprobando el PSMV,
anexando copia de dicho Plan donde se compruebe que el proyecto presentado hace parte de dicho Plan y esta
debidamente sustentado.
15.2 Certificación de la AAC de la jurisdicción donde conste que la Empresa Prestadora del Servicio de Alcantarillado
presentó el PSMV y que esta siendo evaluado
DOCUMENTOS REQUERIDOS
13. Licencia ambiental (en los casos que aplique de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1220 de 2005), aval
ambiental del proyecto, concesión de aguas o permiso de vertimientos expedida por la autoridad ambiental
competente.
14. Copia del acto administrativo por el cual se otorga la concesión de aguas expedido por la respectiva AAC o copia
de que esta en tramite
18. Ficha FSE-01 inicial total y debidamente diligenciada
19. Certificación sobre la capacidad total o residual disponible por el municipio para la inversión en el sector de agua
potable y saneamiento básico con los recursos de la Ley 1176 de 2007 con los respectivos soportes.
20. Certificación suscrita por el Alcalde o Gobernador, con el aval del secretario de Hacienda o quien haga sus veces,
en la que se de constancia que la entidad ha cumplido con la normatividad establecida por la Ley 617 de 2000.
16. Copia del acto administrativo por el cual se adopta el PGIRS por parte del municipio.
16.1 Copia del PGIRS donde se compruebe que el proyecto presentado hace parte de la alternativa seleccionada y se
encuentra debidamente sustentado de acuerdo con la Resolución 1045 de 2003 numerales 10.2, 10.3, 11, 11.1, 11.2
y 11.3
17. Formato diligenciado con la información de la entidad encargada de la administración, operación y mantenimiento
de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo.
24. Que el municipio este dento del Plan Departamental de Agua y Saneamiento.
21. Certificación del Alcalde sobre incorporación en el presupuesto de la vigencia fiscal de las partidas asignadas al
Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos - FSRI, para financiar el monto total de los subsidios otorgados
por el Concejo Muncipal a los usuarios subsidiables de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los
presupuestos anuales del municipio, con el aval del Secretario de Hacienda o quien haga sus veces y señalando que
estos recursos están siendo girados a las empresas prestadoras de dichos servicios públicos.
22. Certificación del Gerente de la empresa prestadora de los servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo en la
localidad, donde conste que ha recibido los recursos del SGP para cubrir el valor de los subsidios otorgados por el
Concejo Municipal y que se cumple con el equilibrio entre subsidios y contribuciones en los servcios, en
cumplimiento del Decreto 1013 de 2005.
23. Las entidades territoriales y sus entidades adscritas y vinculadas deberán presentar los respectivos paz y salvos
de los pagos por servicios públicos domiciliarios y alumbrado público . Dichos paz y salvos o certificaciones deberan
tener una vigencia.