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7/26/2019 Sesion VII Derecho a La Salud
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CONSTITUCION YDERECHOS
HUMANOSSESIN 07
DERECHO A LA SALUD(GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y DEBIDO PROCESO)
DOCENTE:ABOG. EDWIN ANIBAL MENDOZA RAMIREZ
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DERECHO A LA SALUD
El derecho a la salud consiste en un
conjunto de medidas que el Estado debe
adoptar a efectos de prevenir las
enfermedades y el tratamiento de las
mismas una vez que se han declarado.
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CONCEPTO
Disfrute del ms alto nivel de salud fsica y mental quesea posible , lo cual supone algo ms que liberar alindividuo de afecciones o molestias y proveer lascondiciones que le permitan desarrollarse sanamente ygozar de un nivel de vida adecuado. Incorpora losfactores determinantes de la salud .
Se supera el concepto de salud con ausencia deenfermedades y el del derecho a la salud como derechoa la atencin de la enfermedad.
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CARACTERSTICAS
Derecho humano.
Derecho fundamental.
Universal .
Inclusivo: factores determinantes de la salud.
De cumplimiento progresivo: logrosirreversibles.
Participativo.
Justiciable.
Comporta tanto libertades como derechos.
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ELEMENTOS ESENCIALES
DISPONIBILIDAD:
ACCESIBILIDAD:
ACEPTABILIDAD:
CALIDAD:
Establecimientos, bienes y servicios pblicos de salud ycentros de atencin de la salud, as como de programas,incluidos los factores determinantes de la salud.
tica medica y culturalmente aceptables.
Desde el punto de vista cientfico y mdico y ser de buenacalidad.
Acceso sin discriminacinAccesibilidad fsica (alcance geogrfico)Accesibilidad econmica (asequibilidad)Accesibilidad a la informacin .
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ELEMENTOS ESENCIALES
O T R O S E L E M E N T O S E SE N CI A L E S:
Relacionadas con el momento de cumplir la obligacin.
Relacionadas con el tipo de actuacin que se demanda delEstado.
Relacionadas con el contenido mnimo del derecho.
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LA SALUD COMO DERECHO HUMANO
La Salud es un derecho, que est c o n sa g r a d o en n u m er o s o s t r a t a d o s i n t er n a ci o n a l es d e d er ech o s h u m a n o s, y t a m b i n en n u est r a Co n st i t u c i n N a c i o n a l , y por tanto,todos y todas tenemos derecho a su disfrute, y podramos utilizarnumerosos recursos legales para ello.
Pero llegar a esta formulacin demand muchos aos de esfuerzospor parte de mltiples actores no solo del campo de la salud sino
tambin del campo de losderechos humanos. SALUD y DERECHOy las obligaciones que resultan de su consagracin como tal, hansido y siguen siendo objeto de debates desde distintas reasdisciplinarias y diversas corrientes polticas. Por ese motivo, estos
conceptos son polmicos, abiertos y en permanente construccin.
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QUE ES EL DERECHO HUMANO ALA SALUD?
Salud(del latn "salus, -tis").
Definiciones ms simple, es aquella que dice: Salud es
la ausencia de enfermedad.
Otra ms general y comprensiva: como la de la O.M.S. que la definecomo"un estado de completo bienestar fsico, mental y social yno solamente la ausencia de dolencia o enfermedad.
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DERECHO HUMANO A LA SALUD (1)
En primer lugar la salud, tiene la caracterstica de ser por un lado underecho en s mismoy por el otro, ser condicin habilitantepara elejercicio de otros derechos.
No siempre la salud fue considerada un derecho.
Existi una divisin: Los Derechos Civiles y Polticos (ligados al ejede las libertades) y Los Derechos Econmicos y Sociales (ligados alasnecesidades).
En 1966 se firman dos pactos separados, con distinta eficacia yobligatoriedad. Unos inmediatamente exigibles y obligatorios;mientras que respecto a los otros los Estados debern "adoptarmedidas" para que "en forma progresiva" y "en la medida de los
recursos disponibles", puedan implementarse.
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DERECHO HUMANO A LA SALUD (2)
El derecho a la salud aparece en el Pacto Internacional de los derechoseconmicos, sociales y culturales .
El problema es la obligacin de adoptar medidas por parte de losEstados partes.
La obligacin de progresividad implica la de no regresividad. Bajoriesgo de incurrir en inconstitucionalidad.
A pesar de los obstculos, luego de muchos aos de trabajo, se halogrado consagrar la universalidad, interdependencia eindivisibilidadde estos derechos humanos. Siendo adems que estosderechos son inderogables, no pueden restringirse omenoscabarse.
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, en 1993,se concluye que estos derechos pertenecen a todos los miembros de la
familia humana (universales) y son reclamables al Estado, obligado a supromocin y proteccin.derechos.
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DERECHO HUMANO A LA SALUD(3)
E N Q U E CO N SI ST E E L D E R E CH O H U M A N O AL A SA L U D ?
E l D er ech o a l a Sa l u d d eb e en t en d er se co m o u n d er ech o a l d i sf r u t e d e t o d a u n a
g a m a d e f a ci l i d a d es, b i en es, ser v i c i o s y
co n d i ci o n es n ecesa r i o s p a r a a l ca n za r el
m s a l t o n i v el p o si b l e d e sa l u d ."
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DERECHO HUMANO A LA SALUD (4)
El derecho a la salud est consagrado en numerosos instrumentosde derecho internacional. La D ecl a r a c i n U n i v er sa l d e D er ec h o s H u m a n o s lo instaura en el artculo 25, prrafo 1,cuando afirma que "toda persona tiene derecho a un nivel de vidaadecuado que le asegure, asi como a su familia, la salud y enespecial la alimentacin, el vestido, la vivienda, la asistencia mdica
y los servicios sociales necesarios".
En el Sistema de Derechos Humanos Interamericano, elderecho a la Salud est expresamente consagrado en el Protocolo
Adicional de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos.Este Protocolo sobre los derechos econmicos, sociales y culturaleses conocido tambin como el Protocolo de San Salvador (1988).Aqu se entiende a la salud como el "disfrute del ms alto nivel debienestar fsico, mental y social".
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DERECHO HUMANO A LA SALUD (5) OBLIGACIONES DEL ESTADO RESPECTO A LOS DERECHOS
HUMANOS
En cuanto a las obligaciones contraidas por los Estados, estas
"incluyen tanto lo que cabe denominar obligaciones de comportamiento(adoptar medidas oportunas para hacer efectivos los derechosreconocidos), como obligaciones de resultado" O sea, alcanzar metasconcretas en materia de salud.
De acuerdo a los Principios de Limburgo (21 y 23) "La obligacin dealcanzar el logro progresivo de la completa aplicacin de los derechosexige que los Estados acten tan rpidamente como les sea posible en esadireccin.Resumiendo, habra tres niveles de obligaciones estatales:
O b l i g a c i n d e r esp et a r : implica que los gobiernos deben abstenerse de
toda medida que impida a la poblacin satisfacer estos derechos. O b l i g a c i n d e p r o t eg er : Aqu los gobiernos deben prevenir toda posibleviolacin a los derechos no solo de sus agentes sino de posibles terceraspartes, como consorcios, empresas, grupos multinacionales, etc..
O b l i g a ci n d e r ea l i za r . En comparacin con las anteriores, esta
obligacin es ms positiva e intervencionista.
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DERECHO HUMANO A LA SALUD(6)
EJERCICIO FSICO. El ejercicio fsico es cualquier movimientocorporal repetido y destinado a conservar la salud o recobrarla. El
ejercicio fsico se debe practicar con mesura y de forma equilibrada,prestando atencin a los cambios fsicos internos.
NUTRICIN. Una nutricin equilibrada es fundamental para
mantener una buena salud. Una nutricin sana y equilibrada
SALUD MENTAL.La salud mental es un concepto que se refiereal bienestar emocional y psicolgico del individuo.
LA PERSONALIDAD SALUDABLE. Platn remarcaba que labuena educacin es la que tenda con fuerza a mejorar la mentejuntamente con el cuerpo. As, estableca, especficamente, que elalma "buena", por su propia excelencia, mejora al cuerpo en todosentido.
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DERECHO HUMANO A LA SALUD (7)
FACTORES QUE INFLUYEN EN LA SALUD
Segn el reporte de LaLonde, del ao 1974 realizado en Canad, sugiere que
existen cuatro determinantes:
BIOLOGAHUMANA
Es el estudio de la vida del ser humano o la informacin gentica que cadaindividuo trae en sus genes, puede proteger o favorecer la aparicin de
enfermedades.
AMBIENTE
AMBIENTEDOMSTICO
FORMA DE VIDA
Son todos aquellos factores que provienen del exterior y sobre los cualesel ser humano "no tiene control".
Son todos aquellos factores que provienen del exterior y sobre los cualesel ser humano s tiene control.
Es la suma de decisiones por parte de los individuos que afectan a susalud de una u otra manera.
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DECLARACION UNIVERSAL
Art. 25 inciso 1:Toda persona tiene derecho aun nivel de vida adecuado que le asegure, ascomo a su familia, la Salud y el bienestar, y en
especial la alimentacin, el vestido, la vivienda,asistencia mdica y los servicios socialesnecesarios; tiene asimismo derecho a los
seguros en caso de desempleo, enfermedad,invalidez, viudez, vejez u otros casos de prdidade sus medios de subsistencia por circunstanciasindependientes de su voluntad.
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CONSTITUCION
Articulo 9.- El Estado determina la polticanacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y
supervisa su aplicacin. Es responsable de
disearla y conducirla en forma plural ydescentralizada para facilitar a todos el accesoequitativo a los servicios de salud.
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Articulo 10.- El Estado reconoce el
derecho universal y progresivo a todapersona a la seguridad social, para su
proteccin frente a las contingenciasque precise la Ley y para la elevacin
de su calidad de vida.
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Articulo 11.- El Estado garantiza ellibre acceso a prestaciones de salud y
a pensiones, a travs de entidadespblicas, privadas o mixtas. Supervisa
asimismo su eficaz funcionamiento.La Ley establece la entidad del
gobierno Nacional que administra losregmenes de pensiones a cargo delEstado.
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ACCIONES DE GARANTIA
SON GARANTAS CONSTITUCIONALES:
LA ACCIN DE HBEAS CORPUS. LA ACCIN DE AMPARO. LA ACCIN DE HBEAS DATA. LA ACCIN DE INCONSTITUCIONALIDAD. LA ACCIN POPULAR. LA ACCIN DE CUMPLIMIENTO.
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DEBIDO PROCESO
Es un principio jurdico procesal o
sustantivo segn el cual toda personatiene derecho a ciertas garantas
mnimas, tendientes a asegurar unresultado justo y equitativo dentro delproceso, y a permitirle teneroportunidad de ser odo y hacer valersus pretensiones frente al Juez.
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DEBIDO PROCESO
DERECHO AL DEBIDO PROCESO
En un Estado de Derecho, toda sentencia judicialdebe basarse en un proceso previo legalmentetramitado. Quedan prohibidas, por tanto, lassentencias dictadas sin un proceso previo. Esto es
especialmente importante en el rea penal. Laexigencia de legalidad del proceso tambin es unagaranta de que el juez deber ceirse a un
determinado esquema de juicio, sin poder inventartrmites a su gusto, con los cuales pudiera crear unjuicio amaado que en definitiva sea una farsajudicial.
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PODER JUDICIAL: Principios y Derechos.
Rol
TUTELA JUDICIAL EFECTIVA:- Acceso a los Tribunales- Sentencia fundada en derecho
- Eficacia de la Resolucin judicial- Derecho al Recurso
Incompatibilidad: Ley Constitucin
Control DifusoLa Jurisdiccin Militar: Finalidad
EL DEBIDO PROCESO
- El Juez Natural - Cumplimiento de los trminos- Derecho de Defensa - Uso del propio idioma- Motivacin escrita - Pluralidad de Instancias- Indemnizacin por errores judiciales - Administrar justicia: vaco de la ley- Inaplicabilidad por analoga
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- No ser penado sin proceso judicial- Juzgado en un plazo razonable
(Libertad o Derecho de Gracia)- La ley ms favorable en caso de duda o conflicto entre leyes penales.
Prohibicin de Revivir Procesos Fenecidos
InterpretacinRestrictiva: si perjudica
Extensiva: si es favorable
Art. 139, inciso 2 (Revisar)
El proceso es un medio de realizacin de la justicia COUTURE
Interferencia?
- Amnista- Indulto
- Derecho de Gracia: Perodo de InstruccinConmutacin de penas- Las Comunidades indgenas y nativas.