Servicios públicos de transmisión de datos
Artículos 50,51,52
Airam Jardo Suárez
Pedro Claver Viola Conteras
Artículo 50Inspección y régimen sancionador
Las funciones de inspección en temas relacionados con las telecomunicaciones corresponde a:
.a) La Agencia Estatal de
Radiocomunicaciones.
b) La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
c) El Ministerio de Ciencia y Tecnología
Artículo 50La Agencia Estatal de Radiocomunicaciones
Artículo 50La Agencia Estatal de Radiocomunicaciones
Tiene como objetivo, dotar de mayor agilidad a la gestión del dominio público radioeléctrico
Se encarga de:
1. Propuesta de planificación, gestión y administración del dominio público radioeléctrico, así como la tramitación y el otorgamiento de los títulos habilitantes para su utilización.
2. Autorización e inspección de instalaciones radioeléctricas en relación con los niveles de emisión de radiación radioeléctrica.
3. Gestión de un registro público de radiofrecuencias, accesible a través de Internet.
Artículo 50La Agencia Estatal de Radiocomunicaciones
Se encarga de:1. Elaboración de proyectos y desarrollo de planes técnicos nacionales de
radiodifusión y televisión.2. Comprobación técnica de emisiones radioeléctricas para la
identificación, localización y eliminación de los sistemas de radiocomunicación.
3. Control e inspección de las telecomunicaciones, así como la propuesta de incoación de expedientes sancionadores en la materia, sin perjuicio de las competencias establecidas en este ámbito por la LGT 32/2003.
4. Gestión de la asignación de los recursos órbita-espectro para comunicaciones por satélite.
5. Gestión de tasas en materia de telecomunicaciones.
Artículo 50La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Artículo 50La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Los principales objetivos de la CMT son la concesión de licencias, controlar el desarrollo razonable del mercado, garantizar el cumplimiento de las reglas de interconexión de red y vigilar los precios de los servicios y de otras características del sector.
Artículo 50La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Se encarga de:1. Función arbitral entre operadores2. Control del cumplimiento de las obligaciones de servicio
público3. Asignación de numeración a los operadores4. Adopción de medidas para asegurar la libre competencia5. Informe de las propuestas de tarifas6. Fijación los precios máximos de interconexión a las redes
públicas7. Ejercicio de la potestad sancionadora
Artículo 50El Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Artículo 50El Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Se encarga de:1. La inspección de los servicios y de las redes de
telecomunicaciones2. De sus condiciones de prestación de las redes de
telecomunicaciones,3. De los equipos, aparatos, e instalaciones de las redes de
telecomunicaciones
El ministerio de ciencia y tecnología contará con un servicio central de inspección técnica de telecomunicaciones
Artículo 50Cooperación entre las entidades
Para la realización de determinadas actividades de
inspección técnica, tanto el Ministerio de Ciencia y Tecnología como la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, podrán solicitar la actuación
de la Agencia Estatal de RadiocomunicacionesEn el ejercicio de las funciones de inspección, cualquiera de las tres entidades, puede solicitar, a través de la autoridad gubernativa correspondiente, el apoyo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
Artículo 50Obligaciones de los operadores
Están obligados a facilitar al personal de inspección el acceso a sus instalaciones
Deben permitir que se lleve a cabo el control de las actividades que realicen, de las redes que instalen o exploten y de cuantos documentos están obligados a poseer o conservar
Artículo 50Obligaciones de los operadores
El personal pertinente, está obligado a poner a disposición cuantos libros, registros y documentos le sean requeridos por el personal de inspección; sin importar el tipo de formato en el que se encuentren:
1. programas informáticos
2. archivos magnéticos
3. Ópticos
4. Etc...
Todas estas obligaciones serán también exigibles a quienes, careciendo de
título, aparezcan como responsables de la prestación del servicio
Todas estas obligaciones serán también exigibles a quienes, careciendo de
título, aparezcan como responsables de la prestación del servicio
Artículo 50Desarrollo de las actividades
Las actuaciones llevadas a cabo por cualquiera de las tres agencias, puede desarrollarse, según sus servicios en:
a)En cualquier despacho, oficina o dependencia de la persona o entidad inspeccionada (durante su
jornada laboral)b) En los propios locales de la Agencia Estatal de
Radiocomunicaciones, del Ministerio de Ciencia y Tecnología o de la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones.
Artículo 51 Responsabilidad por las infracciones
en materia de telecomunicaciones. La responsabilidad por el incumplimiento de las normas
será exigible:
a) Por el incumplimiento de las condiciones establecidas para la explotación de redes o la prestación de servicios
a la persona física o jurídica que desarrolle la actividad
Artículo 51 Responsabilidad por las infracciones
en materia de telecomunicaciones
b) En las cometidas con motivo de la explotación de redes o la prestación de servicios sin haber efectuado la notificación a que se refiere el artículo 6 de esta ley
a la persona física o jurídica que realice la actividad, a la que tenga la disponibilidad de los equipos e instalaciones por cualquier título jurídico o careciendo de éste
Artículo 51 Responsabilidad por las infracciones
en materia de telecomunicaciones Cualquier otra infracción que, sin estar
comprendida en los apartados anteriores, realicen actividades reguladas en la normativa sobre telecomunicaciones.
a la persona física o jurídica a la que las normas correspondientes atribuyen específicamente la responsabilidad.
Sanciones de la CMT La CMT sanciona a Telefónica por trabar a sus rivales en ADSL:
http://www.cincodias.com/articulo/empresas/CMT/sanciona/Telefonica/trabar/rivales/ADSL/cdscdi/20080506cdscdiemp_2/Tes/
La CMT sanciona a R por infracción muy grave:
http://www.adslnet.es/index.php/2007/01/26/la-cmt-sanciona-a-r-por-infraccin-muy-grave/
La CMT expedienta al Ayuntamiento granadino de Atarfe por una presunta infracción en la prestación de servicios electrónicos:http://www.consumer.es/web/es/tecnologia/2004/04/16/98677.php
Artículo 52Clasificación de las infracciones.
Las infracciones por el incumplimiento de la ley en materia de telecomunicaciones se divide en tres grupos:
Leves Graves Muy graves
La descripción sobre cada tipo de infracción se detalla en el artículo 53
La descripción sobre cada tipo de infracción se detalla en el artículo 53