Download - Seguridad
UNIVERSIDAD NACIONAL INPEC DE COLOMBIA
“Diseño, valoración e implementación de instrumentos científicos para el proceso de valoración, clasificación y seguimiento en el tratamiento
penitenciario de la población condenada en los establecimientos de reclusión del orden nacional consistente en sus dos primeras etapas: “Caracterización de escenarios y gestiones de los consejos de evaluación y tratamiento (CET)” y
“Definición de marcos conceptuales por área disciplinar”
ESTADO DE ARTE:
SEGURIDAD
Bogotá, Diciembre 2008
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 2
TABLA DE CONTENIDO
Página
INTRODUCCIÓN 4
SEGURIDAD 5
CLASIFICACIONES DE SEGURIDAD 8
CLASIFICACIONES DE SEGURIDAD SEGÚN SU NATURALEZA 8
CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD SEGÚN SUS INSTRUMENTOS 10
CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD SEGÚN SU ENFOQUE 12
CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD POR SU LUGAR DE
COBERTURA 13
CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD SEGÚN SU FUNCIÓN 13
CLASIFICACIÓN DE SEGURIDAD POR SU FORMA 14
CLASIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD SEGÚN SU CAMPO DE
APLICACIÓN 15
SEGURIDAD PENITENCIARIA 19
SEGURIDAD FÍSICA APLICADA A LOS ESTABLECIMIENTOS DE
RECLUSIÓN 20
ESTRUCTURA FÍSICA PENITENCIARIA, SEGURIDAD Y
TRATAMIENTO 23
CRITERIOS GENERALES DE SEGURIDAD EN LOS
ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN. 36
UBICACIÓN. 37
APARIENCIA DEL ESTABLECIMIENTO 37
TAMAÑO 37
TECNOLOGÍA 38
ALOJAMIENTOS 39
SALÓN DE PERMANENCIA DE LOS INTERNOS 40
DUCHAS Y BAÑOS 41
SECTOR DE ADMISIONES Y REMISIÓN 41
ADMINISTRACIÓN 41
OTROS CRITERIOS 42
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 3
CONVIVENCIA Y SEGURIDAD: CÁRCEL DISTRITAL 42
LA NUEVA INFRAESTRUCTURA DE LA CÁRCEL DISTRITAL 44
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA CÁRCEL DISTRITAL 47
MODELO PEDAGÓGICO Y ACTIVIDADES PARA LOS RECLUSOS 49
TRATAMIENTO PENITENCIARIO Y SEGURIDAD 50
MODELO DE TRATAMIENTO EN COLOMBIA Y SU RELACIÓN
CON EL CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA (CCV) 50
INFORME DEL PERSONAL DEL CUERPO DE CUSTODIA Y
VIGILANCIA EN EL MARCO DEL TRATAMIENTO PENITENCIARIO 53
SITUACIÓN DE UNA PERSONA. 55
SÍNTESIS EXPLICATIVA. 55
COMPETENCIAS LABORALES - PERFIL DEL FUNCIONARIO DEL
CUERPO DE CUSTODIA Y VIGILANCIA EN EL CONSEJO DE
EVALUACIÓN Y TRATAMIENTO 55
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 4
ESTADO DEL ARTE DE LA SEGURIDAD EN EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO
Introducción
Hablar de tratamiento penitenciario implica hacer referencia a la función y
finalidad de la pena que según el artículo 9 Código Penitenciario y Carcelario (Ley
65 de 1993) que afirma “la función tiene una función protectora y preventiva, pero
su finalidad fundamental es la resocialización”; para que sea posible la aplicación
de un adecuado tratamiento la seguridad se constituye en un elemento
fundamental y por ende del Cuerpo de Custodia y Vigilancia según el artículo 113
del C. P. C. (Ley 65 de 1993) encargado de:
“… mantener y garantizar el orden, la seguridad, la disciplina y los programas de resocialización en los centros de reclusión, la custodia y vigilancia de los internos, la protección de sus derechos fundamentales y otras garantías consagradas en la Constitución Política, en los pactos, tratados y convenios internacionales de derechos humanos, suscritos y ratificados por Colombia y en general asegurar el normal desarrollo de las actividades de los centros de reclusión”.
En este orden de ideas el presente documento pretende hacer un estado del
arte sobre el área de Seguridad aplicada al tratamiento penitenciario y una
definición de la participación e informe del funcionario de esta área en el Consejo
de Evaluación y Tratamiento (CET), para la elaboración de un estado del arte se
requirió identificar cuáles son las definiciones y clasificaciones de seguridad
aplicables al ámbito penitenciario, para ello se acudió a la realización de una
búsqueda documental rigurosa.
Como siguiente elemento, se entrevistó al Dr. Hugo Acero, Subsecretario de
Seguridad y Convivencia del periodo administrativo de Antanas Mockus, periodo
en el cual se realizó la modernización de la Cárcel Distrital, con el fin de obtener
información que diera cuenta de los elementos tanto físicos como estructurales
que en su momento se tuvieron en cuenta para el proceso de modificación de la
cárcel, es así como se vislumbra la importancia de la estructura física y cómo esta
puede ser un elemento que aporta al tratamiento penitenciario, por ello se inicia la
búsqueda documental sobre lo trabajado en diferentes países sobre estructura
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 5
física penitencia, elementos de seguridad en la estructura física e influencia de
estos en el tratamiento.
Los elementos que se aportan en adelante son producto de una revisión
documental de material bibliográfico producido como fruto de la experiencia
penitenciaria no solo en Colombia sino en otros países como Estados Unidos y
Argentina.
Para realizar una contextualización del desempeño del Cuerpo de Custodia y
Vigilancia al interior del Consejo de Evaluación y Tratamiento, se realizó una visita
al Establecimiento Carcelario Modelo EC. Bogotá, con el fin de entrevistar al
funcionario del Cuerpo de Custodia y Vigilancia para conocer el proceso que se
lleva a cabo para rendir el informe desde el área de seguridad, en esta visita el
funcionario de Custodia que participa en el CET aportó el formato que es utilizado
para la realización del informe (ver anexo 1), a partir del formato empleado en
este momento se hace un esbozo general sobre las características del informe del
personal de seguridad en el marco del tratamiento penitenciario.
De igual manera era necesario definir el perfil del funcionario del Cuerpo de
Custodia y Vigilancia que participaría en el Consejo de Evaluación y Tratamiento,
por ello se realizó una visita a la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique Low
Murtra, con el fin de determinar las áreas de capacitación y competencias
formadas en la escuela de los funcionarios encargados de la seguridad en los
establecimientos de reclusión, esta información permitió determinar el perfil del
funcionario de Cuerpo de Custodia y Vigilancia que participará en el CET.
La seguridad es un estado de tranquilidad, orden y paz; es un sistema de
combinación de métodos, procedimientos, técnicas y elementos que pretenden y
puede variar en sus clasificaciones, en este documento se encuentra inicialmente
una definición, funciones y elementos fundamentales de la seguridad, sus
clasificaciones según su naturaleza en seguridad pública y privada; según sus
instrumentos en seguridad física, lógica y psicológica; según su enfoque en
seguridad blanda y dura; por su lugar de aplicación en seguridad rural y urbana;
según su función en seguridad informal, institucional y social; por su forma en
seguridad blanca, integral y plana y finalmente según su campo de aplicación en
seguridad humana.
En segunda instancia se define la seguridad penitenciaria haciendo hincapié en
la seguridad física aplicada a los establecimientos de reclusión y cómo la
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 6
estructura física penitenciaria se relaciona con la seguridad y el tratamiento, en
este mismo apartado se hace referencia a los criterios generales de seguridad en
los establecimientos de reclusión tales como: ubicación, apariencia del
establecimiento, tamaño, tecnología, alojamientos, salón de permanencia de los
internos, duchas y baños, sector de admisiones y remisión.
En un tercer apartado se habla de Convivencia y Seguridad y cómo estos
conceptos fueron aplicados en la Cárcel Distrital de Bogotá en su proceso de
modernización, haciendo referencia a la nueva infraestructura de la Cárcel
Distrital, organización interna y modelo pedagógico y actividades para los
reclusos.
Finalmente se presenta el modelo de tratamiento penitenciario en Colombia y
su relación con el Cuerpo de custodia y Vigilancia, más específicamente sus
funciones dentro del CET, el informe que debe presentar y el perfil del funcionario
que participará.
Seguridad
La palabra seguridad se origina “del latín secur-tas, la cual se deriva del
adjetivo securus –de secura– que en su sentido más general significa estar libre
de cuidados” (La Rotta, 2002, p. 563); en el lenguaje común la seguridad es
entendida como “una cualidad de los sujetos que están libres de amenazas o de
agresiones a su individualidad” (Orozco, 2006, p. 163), el diccionario de la Real
Academia de la Lengua Española (2007) como adjetivo “seguro” lo define como
“libre y exento de todo peligro, daño o riesgo, cierto, indubitable y en cierta
manera infalible; firme, constante y que no está en peligro de faltar o caerse;
desprevenido, ajeno de sospecha”. En este sentido la seguridad es una palabra
polisémica1.
La seguridad es un estado de tranquilidad, orden y paz; es un sistema de
combinación de métodos, procedimientos, técnicas y elementos que pretenden: a)
proporcionar al individuo un estado de confianza y bienestar, b) ofrecer medidas
preventivas y preservativas tendientes a crear dispositivos para impedir que se
concrete una amenaza, c) contrarrestar el peligro, comprender el desacuerdo o la
1 Pluralidad de significados de una palabra o de una expresión.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 7
idea contraria: armonizar, d) entender los conflictos tomando en consideración la
idea de pertenencia y e) suministrar apoyo contra eventualidades que implican
amenaza.
Para mantener en una sociedad un estado de tranquilidad, orden y paz, es
necesario acudir a las tácticas de poder, a la normativa, a la forma y a la
disciplina; de aquí que la seguridad se conciba como el producto de la
racionalización de ciertas prácticas, disciplinas y formas de ejercer el poder y de
combinar lo individual con los social, entonces la seguridad también es la
sumisión a las reglas y el orden. En un sentido pedagógico, la seguridad es la
enseñanza de un sistema coherente de creencias donde la regla prescribe las
acciones que constituyen la alternativa para sobrevivir y cuya meta es crear un
contexto de tranquilidad.
Según La Rotta (2002) las funciones básicas de la seguridad son:
a) Percepción o atención selectiva para reconocer la amenaza, proteger
la vulnerabilidad y administrar el riesgo.
b) Prevención al cotejar las circunstancias observadas con las
experiencias, teniendo en cuenta las múltiples posibilidades de
interpretación.
c) Protección al poner a prueba los límites en los sucesos, que permiten
los hábitos y las creencias, e interpretar los hechos con una visión
proactiva, actuando para evitar lo indeseable y encontrar lo bueno.
d) Preservación al acondicionar y beneficiar el buen estado de la vida,
evitando las alteraciones. (p. 567)
La seguridad se constituye sobre unos elementos fundamentales:
a) Actitud: disposición física y emocional para aprender, crear, participar,
asumir, y reaccionar.
b) Estado: condición, orden o jerarquía de una persona u objeto.
c) Método: conjunto de reglas y ejercicios prácticos para enseñar o aprender.
d) Estrategia: solución como producto de una mezcla entre la percepción y el
razonamiento.
e) Sentimiento: frente a la manera de actuar justa o errónea, benévola y con
decoro.
f) Experiencia: aplicación de las mejores prácticas (lecciones aprendidas).
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 8
g) Actividad: conjunto de procedimientos, acciones o tareas racionales,
producto de la capacidad de obrar con diligencia, eficacia y prontitud.
h) Cultura: expresiones generadoras y reguladoras de las relaciones de las
personas consigo mismas y con los demás para la formulación de
adecuados estilos de vida.
i) Necesidad: motivación de los individuos para direccionar su
comportamiento hacia la satisfacción de una carencia.
j) Conjunto de medidas: poder ejercido a través de la norma para controlar la
disciplina y la individualidad.
Clasificaciones de seguridad
En su polisemia la seguridad cuenta con varias clasificaciones según su
naturaleza, sus instrumentos, su enfoque, su lugar de cobertura, su función, su
forma y su campo de aplicación (ver figura 1).
Figura 1.
Clasificaciones de seguridad.
Clasificación de la Seguridad
Naturaleza
Pública
Privada
Instrumentos
Física
Lógica
Psicológica
Enfoque
Dura
Blanda
Lugar de Aplicación
Rural
Urbana
Función
Informal
Institucional
Social
Forma
Blanda
Integral
Plana
Aplicación
Humana
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Clasificaciones de seguridad según su naturaleza
Según la naturaleza u origen de la seguridad y quien se encarga de
proporcionarla, esta se clasifica en pública o privada (ver figura 2)
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 9
Figura 2.
Clasificaciones de seguridad según su naturaleza.
• Regulación por normas• Compromiso• Confrontación• Control• Convivencia
SEGURIDAD PÚBLICA
• Realidad• Investigar• Adecuar• Tranquilidad
SEGURIDAD PRIVADA
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Seguridad pública.
Su función es conservar el orden público, la vida, la libertad y los bienes de los
ciudadanos sin sobrepasar la norma dentro del marco de la norma. Está
constituida por los organismos establecidos en la Constitución y las Leyes, que
incluyen a las fuerzas del orden, de la justicia y los cuerpos de investigación. La
política de seguridad pública tiene las siguientes responsabilidades:
a) Regular por medio de la norma los actos y conductas de los individuos y de la
población.
b) Reconocer el compromiso frente a la norma de disciplina y la de regulación.
c) Confrontar los movimientos de rebeldía y disidencia.
d) Controlar el crimen.
e) Establecer el marco de convivencia ciudadana: lo permitido y lo prohibido.
Seguridad privada.
Aplicación de medidas activas y pasivas que por propia iniciativa toman los
particulares, con el fin de limitar o neutralizar las amenazas que pesan
individualmente sobre ellos. Los propósitos de la seguridad privada incluyen:
a) Responder a una realidad real y sentida.
b) Estudiar e investigar las factibilidades antes de introducir nuevos proceso.
c) Adecuar la protección a la naturaleza y escala de la amenaza.
d) Proporcionar tranquilidad al protegido.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 10
Clasificación de seguridad según sus instrumentos
Para proporcionar seguridad es nec3esario el empleo de algunos instrumentos,
por ello la seguridad se clasifica en física, lógica y psicológica (ver figura 3).
Figura 3.
Clasificación de seguridad según sus instrumentos.
Seguridad según sus instrumentos
Física:
Activa
Pasiva
Humana
Lógica
Procesos
Psicológica:
Directos
Indirectos
Manejo de Información
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Seguridad física.
Organización de elementos tangibles, diseñados con el objeto de detectar,
resistir y disuadir los posibles ataques. Este concepto también incluye los
Dispositivos Electrónicos Portátiles (PED por su significado en inglés)2, que
transmiten energía electromagnética y están incorporados a un sistema de
protección.
El diseño de la seguridad física exige conocer las condiciones, características,
especificaciones técnicas, parámetros y criterios de la relación costo/beneficio. La
instalación requiere conocer la estructura, funcionalidad, los factores críticos y la
adecuación al modus operandi, la agresividad y la accidentalidad.
La seguridad física se clasifica en:
a) Activa: seguridad electrónica, iluminación, transporte, comunicaciones y
seguridad canina o con gansos.
b) Pasiva: elementos estáticos (espacios, formas y figuras de protección).
c) Humana: personas.
2 Portable Electronic Devices
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 11
Seguridad lógica.
Es la práctica de procesos de regulación de la vida como la disciplina, el orden,
la organización o el poder, que ejercen para permitir o prohibir conductas. Traza
parámetros, procedimientos y criterios para generar normalidad y control.
Así mismo da reglas, patrones de pensamiento, procedimientos para el uso de
los métodos y la ciencia, dando una dirección definitiva con un objetivo concreto.
Trata de uniformar las capacidades de las ocupaciones, imponiendo códigos para
actos y conductas individuales e instituciones homogéneas, para que cada
individuo conozca lo permitido y lo prohibido.
Seguridad psicológica.
Empleo de los procesos mentales superiores como la memoria, atención,
percepción y lenguaje para generar situaciones de tranquilidad y orden que
confluyan en una cultura de seguridad con el fin de prevenir y preservar
produciendo comportamientos de auto-cuidado y coherencia de roles y
responsabilidades de los habitantes.
Por medio de la cultura de seguridad se pretende sensibilizar y concientizar a
los individuos para generar actitudes y cambios cognitivos, conductuales y
emocionales que incremente la percepción de seguridad
La seguridad psicológica funciona a través de elementos disuasorios:
a) Directos: mediante la demostración de poder o rechazo.
b) Indirectos: mediante la generación de valores y moral.
c) De manejo de información: opera sobre el ambiente en tres dimensiones:
1) posibilitar la conciencia de tener una imagen social que eleva la moral y
estimula la confianza en la propia capacidad. 2) crear una dinámica de
circulación de ideas que conviertan el contexto en asociado para la
prevención. 3) debilitar la voluntad agresiva del transgresor demostrándole
que se posee suficiente información sobre él, sobre sus planes y sobre sus
movimientos, o restándole apoyo social.
El manejo de información tiene impacto sobre los elementos directos e
indirectos.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 12
Clasificación de seguridad según su enfoque
Según la orientación o enfoque que se da a los procedimientos para
proporcionar seguridad, se puede clasificar en seguridad blanda o dura (ver figura
4).
Figura 4.
Clasificación de seguridad según su enfoque.
Seguridad según el enfoque
Seguridad
BlandaSeguridad
Dura
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Seguridad blanda.
En su esencia se basa en la convicción, el conocimiento, el análisis de la
realidad, el auto-reconocimiento y el comportamiento conforme a las normas; es
la seguridad centrada en la observación del detalle, la prudencia, la cortesía, la
discreción, las buenas maneras como la disciplina, la sinceridad, la sencillez, y la
sobriedad; la fortaleza se encuentra en la moral, en lo ético, en la bondad, en el
control de lo emocional, en el manejo de la amabilidad y en la actitud interior de
los individuos. En la seguridad blanda prevalece más que la norma, la actitud del
individuo frente al cumplimiento de la misma.
Seguridad dura.
Es la seguridad caracterizada por la intimidación, su disuasión agresiva o
respuesta violenta pude darse de manera física, lógica o psicológica. Se basa en
la fuerza, lo brusco, lo rígido, lo inflexible.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 13
Clasificación de seguridad por su lugar de cobertura
La seguridad ha sido concebida para cubrir no sólo a los habitantes de las
grandes urbes, esta también ha sido pensada para cubrir los lugares apartados
rurales (ver figura 5).
Figura 5.
Clasificación de seguridad por su lugar de cobertura
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Seguridad rural.
Es la práctica de prevención, protección y preservación de la vida en el campo;
tanto de las personas como de los elementos de la naturaleza.
Seguridad urbana.
Es la seguridad que se presenta en las ciudades, tiene como fin proteger la
vida, libertad y bienes de la comunidad, así como velar por el ornato, la seguridad,
el tráfico y el tránsito.
Clasificación de seguridad según su función
Proporcionar seguridad exige que los procedimientos empleados ayuden al
cumplimiento de las funciones que organizacionalmente le sean atribuidas a la
seguridad, por ello la seguridad puede ser informal, institucional o social (ver
figura 6).
Seguridad informal.
Son las prácticas de prevención que presentan algunos ciudadanos de manera
esporádica y espontánea, cuya respuesta no es de tipo profesional u oficial sino
ocasional ante circunstancias emergentes.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 14
Figura 6.
Clasificación de seguridad según su función.
Seguridad según su función
Social
Institucional Informal
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Seguridad institucional.
Es la protección que ofrecen personas jurídicas o institucionales creadas para
defender la moral público conservar la autoridad del estado, es un tema específico
de ayuda a la ciudadanía.
Seguridad social.
Organización e infraestructura estatal que presupuestalmente asegura una
serie de prestaciones y beneficios sociales y sanitarios a la población, está
constituida por el sistema de previsión social ejercido por las instituciones a cargo
del estado.
Clasificación de seguridad por su forma
Hablar de seguridad implica hablar de procesos, visiones, ideologías y
conceptos, en este orden de ideas se habla de seguridad blanca, integral y plana
(ver figura 7).
Seguridad blanca.
Está basada en el razonamiento de pensamientos religiosos que orientan el
estilo de vida, tales como la piedad y la virtud; la seguridad blanda se refiere a las
creencias, la ética y la moral empleando una actitud concientizadora que no
emplea la represión en su aplicación.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 15
Figura 7.
Clasificación de seguridad por su forma.
Seguridad blanca
Seguridad integral
Seguridad plana
Nota: Elaborado a partir de los conceptos presentados por La Rotta (1998).
Seguridad integral.
Es producto de la unión del conocimiento, con la experiencia y la actitud tanto
del protector como del protegido de percibir, prevenir, proteger y preservar,
generando un ambiente de tranquilidad y paz en aspectos humanos, legales,
sociales, económicos y técnicos.
Seguridad plana.
Da a conocer determinados parámetros de conducta, sin estimular o reprimir al
individuo o a la sociedad.
Clasificación de la seguridad según su campo de aplicación
La seguridad ha sido aplicada en diferentes campos dando nominaciones
específicas a estos tipos de seguridad, entre ellos: seguridad humana, seguridad
industrial, seguridad personal, seguridad bancaria, seguridad portuaria, seguridad
aeroportuaria, seguridad residencial, seguridad comercial, seguridad ambiental,
seguridad nuclear, seguridad informática y, seguridad de la información, por
considerar de especial importancia para el trabajo que se realiza en este
documento, se desarrollará específicamente la seguridad humana.
Seguridad humana.
Concepto basado en las personas, con el cual se busca garantizar los recursos
alimentarios, sanitarios, ambientales, económicos y políticos de la persona y la
sociedad.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 16
El concepto de seguridad humana fue desarrollado por la Organización de
Naciones Unidas en 1994, el cual se encuentra inmerso en el paradigma
“desarrollo humano sostenible” diseñado por la misma organización a principios
de los años 90. Los cambios que empiezan a presentarse en el mundo a finales
de la década de los años 80 y la finalización de la guerra fría permitieron el
cuestionamiento de lo que hasta entonces se entendía por desarrollo.
En 1991 la ONU empieza a modificar el concepto de desarrollo económico que
hasta entonces había regido al mundo y construye un nuevo concepto al que
denomina desarrollo humano sostenible, entendiendo que esta modalidad de
desarrollo “no sólo suscita un crecimiento económico, sino que también distribuye
equitativamente los beneficios, regenera el medio ambiente en lugar de destruirlo
y fomenta la autonomía de las personas en lugar de marginarlas” (ONU, 1994).
En este orden de ideas, la noción de Seguridad Humana, se fundamenta en el
reconocimiento por el respeto a la vida y a la dignidad de todos los seres
humanos lo que incluye los siguientes componentes.
a) Seguridad económica: ingreso básico asegurado como producto de un
trabajo productivo y remunerado.
b) Seguridad alimentaria: todos, en todo momento, tengan acceso tanto físico
como económico al alimento.
c) Seguridad en salud: protección frente a las enfermedades y a la muerte
prematura.
d) Seguridad ambiental: persistencia de un medio físico y natural saludable.
e) Seguridad personal: representada fundamentalmente por la seguridad
respecto de la violencia física, cualquiera sea su procedencia y destino.
f) Seguridad de la comunidad: identidad cultural y un conjunto de valores que
den seguridad a las personas.
g) Seguridad política: la sociedad respeta los derechos humanos
fundamentales.
Es claro que el concepto de seguridad humana hace énfasis en las personas,
lo cual conlleva, a su vez a una resignificación del concepto de seguridad, que
estaban centrados en la defensa de la nación y de sus valores fundamentales, de
cara a los enemigos externos e internos que amenacen seriamente la integridad
del Estado. Bajo esta doctrina, el sujeto amenazado no era el ciudadano, y lo
relegaba así, a un segundo plano en su derecho a desenvolverse diariamente,
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 17
libre de amenazas a su vida o a sus bienes. El llamado es entonces a reentender
la seguridad desde la dimensión del ciudadano, esto es, la persona considerada
en tanto individuo y ser social (Salinas, M. Hoecker, L. 2002).
El Informe Mundial de Desarrollo Humano de la Organización de Naciones
Unidas de 1994 (PNUD, 2004), precisa que:
“Al hablar de seguridad o seguridad pública hacemos alusión a una dimensión más amplia que la mera supervivencia física. La seguridad es una creación cultural que hoy día implica una forma igualitaria (no jerárquica) de sociabilidad, un ámbito compartido libremente por todos. Esta forma de trato civilizado representa el fundamento para que cada persona pueda desplegar su subjetividad en interacción con los demás. De esta manera, está en juego no sólo la vida de la persona individual, sino igualmente la de la sociedad”
En esta línea, se puede asegurar que la razón de ser de la seguridad, según el
libro Políticas Públicas de Seguridad, de la Fundación Esquel (1994) es “el
ejercicio de la ciudadanía, basada en el desarrollo humano, el respeto y la
dignidad de la persona y la construcción de relaciones de confianza entre los
ciudadanos y entre éstos y las instituciones”, de tal forma que les permita ejercer
libremente sus derechos y cumplir con sus deberes. Este planteamiento tiene
implícitos dos elementos claves, el primero, entender la seguridad como “el sello
distintivo de una vida sin temor” (Red de seguridad humana, 1999) y el segundo,
la estrecha relación con el concepto de bienestar como “la búsqueda de una vida
donde las necesidades están satisfechas”. (Red de seguridad humana, 1999)
En Colombia, el derecho a la seguridad que tienen los ciudadanos, lo garantiza
el Estado, a través de las responsabilidades que la Constitución Nacional de 1991
delegó en cabeza del Presidente de la República, los gobernadores y los alcaldes.
En la tabla 1, se resumen los artículos en los que se expresa esta delegación,
observando en estos, como en el resto de la Constitución, la ausencia del
concepto de seguridad ciudadana y en su lugar, el de orden público.
Comúnmente, el concepto de orden público es equiparado al marco del
conflicto armado, sin embargo es importante resaltar que en Colombia, éste es
asumido como el orden de lo público, que puede ser alterado no sólo por acción
de los grupos armados al margen de la ley, sino por acciones del narcotráfico, de
la delincuencia organizada o común, e inclusive por hechos de corrupción. En
este sentido, se parte de reconocer que a los ciudadanos hay que garantizarles la
seguridad en todos los espacios donde el desarrollo humano se vea amenazado
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 18
por efectos de las actividades delincuenciales y violentas, ya sean estos los
delitos considerados menores o aquellos que atentan en contra de la estabilidad
institucional y el desarrollo.
Tabla 1.
Artículos de la Constitución Nacional de 1991 en los que se expresa la
responsabilidad de la seguridad en el Presidente de la República, los
gobernadores y los alcaldes.
Artículo Descripción Artículo 189. Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del
Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (…) 2. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas de la República. 3. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado. 4. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente. 5. Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia y la honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal autorización para repeler una agresión extranjera; y convenir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso.
Artículo 296. Para la conservación del orden público o para su restablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes del Presidente de la República se aplicarán de manera inmediata y de preferencia sobre los de los gobernadores; los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes.
Artículo 303. En cada uno de los departamentos habrá un gobernador que será jefe de la administración seccional y representante legal del Departamento; el gobernador será agente del Presidente de la República para el mantenimiento del orden público (…)
Artículo 315. Son atribuciones del alcalde: (…) 2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.
Artículo 330. De conformidad con la Constitución y las leyes, los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades y ejercerán las siguientes funciones: (…)
6. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.
Nota: Elaborado a partir de: Acero, H. (2005).
Se debe entonces entender, que los delitos y hechos violentos,
independientemente de su magnitud, terminan afectando a los ciudadanos en su
vida cotidiana y a partir de ello, las autoridades territoriales deben orientar y
emprender sus acciones para que de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 19
Nacional, sea el Estado el garante de la seguridad y la convivencia pacífica,
entendida ésta como el vivir con el otro bajo el precepto de la protección de la
libertad individual y de la de los demás, donde se establecen reglas mínimas que
se deben respetar y cumplir todas las personas para propender por una sana y
armónica interacción humana.
Recogiendo los planteamientos anteriores, es posible afirmar que en la
búsqueda de la seguridad ciudadana, es requisito fundamental que se
desarrollen, de manera paralela y simultánea, acciones concernientes al orden de
lo público y al fortalecimiento de la convivencia pacífica y armónica, lo anterior, en
perspectiva del desarrollo social y humano. Esta afirmación implica, el diseño y
desarrollo de estrategias que van desde el ámbito preventivo hasta el ámbito del
control y la coerción propios de un Estado de derecho. Este recorrido, se traduce
en acciones orientadas a la reconstrucción del tejido social y el fortalecimiento de
la cultura ciudadana hasta la instalación y mejoramiento de los equipamientos de
seguridad, defensa y justicia, entre otros.
Teniendo en cuenta el sentido polisémico de la seguridad, esta puede ser
aplicada a diferentes campos, dando cabida a un sinfín de clases de seguridad
entre ellas: seguridad industrial, seguridad personal, seguridad bancaria,
seguridad portuaria, seguridad residencial, seguridad comercial, seguridad
informática, seguridad de la información y seguridad penitenciaria, entre otras. Ya
que la seguridad penitenciaria es uno de los elementos fundamentales del
presente documento esta será abordada en un capítulo separado.
Seguridad penitenciaria
La seguridad penitenciaria hace referencia a la aplicación de métodos,
procedimientos, técnicas y elementos diseñados para disuadir, detectar, denegar,
demorar, aceptar o reaccionar con respecto a la amenaza en el ambiente
penitenciario, entendido este como todos los establecimientos de reclusión ya
sean, cárceles, penitenciarías, cárceles y penitenciarías especiales, reclusiones
de mujeres, cárceles para miembros de la Fuerzas Pública, colonias, casa-
cárceles, establecimientos de rehabilitación y demás centros de reclusión que se
creen en el sistema penitenciario y carcelario.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 20
Los establecimientos de reclusión son centros de privación de libertad que
persiguen dos fines para la administración de justicia y para la seguridad, según
afirma Acero, H (2004):
“En primer lugar, constituyen la salvaguarda de la sociedad de aquellas personas que han infringido la ley penal y puesto en peligro la vida, integridad o propiedad de otro sujeto y del Estado mismo, y en segundo lugar, es el espacio donde se lleva a cabo un proceso de readaptación o resocialización de los sujetos que han quebrantado la ley penal.”
Para el cumplimiento a cabalidad de los fines, los establecimientos deben
contar con unas condiciones físicas, de seguridad, de equipamiento y de logística
para el desarrollo de las gestiones y funciones administrativas.
Seguridad física aplicada a los establecimientos de reclusión
Las condiciones físicas de los establecimientos de reclusión han cambiado
según los objetivos y fines que se persigan mediante la privación de la libertad.
Las cárceles y prisiones convencionales, según la disposición de sus
alojamientos, sector clave en los edificios carcelarios y penitenciarios, guardan
una característica en común: la alineación de celdas o dormitorios, sean
exteriores o interiores, a lo largo de un corredor con lo cual la vigilancia es
ejercida en forma intermitente; un ejemplo antiguo, de establecimiento de
reclusión, es la casa de San Miguel en Roma cuya estructura agrupa una serie de
celdas exteriores en línea que brinda individualmente a los internos condiciones
higiénicas, de ventilación e iluminación.
La casa San Miguel estaba orientada al internamiento de jóvenes, pretendía el
aislamiento nocturno y el trabajo diurno en interacción con otros bajo la regla del
silencio; las celdas eran exteriores y se hallaban ubicadas en tres niveles a ambos
lados de un área rectangular que contaba con un altar en uno de sus extremos,
está área poseía unas ventanas para la iluminación. Según (Dubbini, 1986)
“El esquema general del edificio era similar a la nave de una iglesia a la cual se le adosaron bloques de celdas a ambos lados. De esta forma la sala, que durante el día servía de lugar de trabajo, a la hora de la misa se transformaba en capilla, pudiendo los internos seguir la celebración desde la ventana interior de las celdas”
Otro ejemplo de arquitectura se da en las penitenciarías de Filadelfia y de
Pentonville en Inglaterra, que se componen de corredores con celdas a ambos
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 21
lados que van a converger a un punto de observación central, manteniendo en
común la alineación de celdas ya sean interiores o exteriores, lo cual genera una
vigilancia intermitente (García, 1959). Por su parte la prisión de Auburn cuya
arquitectura consistió en ubicar un edificio, de dos filas de celdas alineadas “back
to back” en forma de “espina de pescado”, dentro de otro edificio que incluía el
anterior, también generó una vigilancia intermitente.
La realización de una vigilancia intermitente implica que el guarda debe hacer
recorridos por los pasillos con el fin de vigilar el comportamiento de los internos, lo
que permite que estén sin vigilancia durante los intervalos de tiempo de cada
recorrido; otra forma de vigilancia se da cuando el guardia se ubica en los puestos
de control, que por lo general se encuentran ubicados detrás de las barreras
físicas que les proporcionan seguridad, lo que reduce enormemente la posibilidad
de vigilancia del comportamiento del interno debido a la distribución interna de las
celdas. (Ver figura 8)
White (1935) afirma que “Los espacios que normalmente no permanecen bajo
vigilancia continua requieren mayor protección que aquellos comúnmente bajo
observación, dado que brindan una excelente oportunidad para que los internos
desarrollen conductas no permitidas”.
Figura 8.
Modelo lineal de vigilancia intermitente.
Nota: figura empleada por García, C. (2002).
La reunión de personas en un espacio físico delimitado, en especial en el
ambiente carcelario y penitenciario permite que surja la interacción de individuos
con características especiales de comportamientos culturales y sociales, que
terminan en la creación de subculturas con característica y códigos particulares.
Al interior de esas subculturas se encuentran elementos que se relacionan
directamente con la privación de la libertad tales como; la lucha por el liderazgo,
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 22
violencia, conductas desviadas, consumo de sustancias no permitidas, motines y
fugas, entre otros.
Las características de las relaciones en los establecimientos de reclusión,
mencionadas anteriormente, favorecen la inseguridad aunado a ello la estructura
física propicia aun más inseguridad debido a:
a) La distribución de las celdas a lo largo de corredores brinda a los internos la
oportunidad de presentar comportamientos violentos y destructivos sin que
la guardia lo perciba.
b) La vigilancia intermitente deja a los internos sin vigilancia por largos
periodos de tiempo, aun cuando la presencia de los guardias sea
permanente.
c) Sobrepoblación en las celdas y en el establecimiento de reclusión en
general, propiciando comportamientos agresivos y violentos.
d) Exceso de barreras físicas que dificultan la comunicación entre los
profesionales encargados del tratamiento y los internos, lo que obstruye la
ejecución de un adecuado tratamiento penitenciario.
En el ambiente penitenciario y en especial en el referente a seguridad, puede
ser frecuente encontrar una definición negativa del interno, que corresponde a
que estos desarrollarán comportamientos violentos e impredecibles, afirmación
que no se puede validar en general para la población interna. En este orden de
ideas estos prejuicios son el fundamento para el diseño de los establecimientos
de reclusión conforme a algunos erróneos parámetros como:
a) Todos los internos desarrollarán comportamientos violentos e
impredecibles.
b) Los internos pueden generar comportamientos violentos que minimicen la
guardia, por lo que las instalaciones físicas deben amortizar las falencias
del personal de la guardia.
c) Los establecimientos de reclusión recepcionan “lo peor” de la sociedad, por
lo que durante el tiempo de su internamiento desarrollarán comportamientos
violentos y destructivos, por esto las instalaciones físicas de los
establecimientos y sus equipamientos deben ser resistentes a los ataques y
casi indestructibles.
d) “Los establecimientos se construirán al menor costo posible. El alto valor de
los materiales y equipos de seguridad generarán un edificio caro por lo que
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 23
su abaratamiento se producirá mediante la reducción de superficies,
generalmente la destinada a los programas de tratamiento y a mejorar las
condiciones de vida intramuros” (Nagel, 1973)
A lo largo de las diferentes modificaciones y adaptaciones físicas de los
establecimientos de reclusión, se ha hablado de la construcción de
establecimientos para un número determinado de grupos pequeños conformados
por 20 o 30 internos, este principio se conoce como “principio del pequeño grupo”
e influye en la formulación de la Unidad Funcional (Nelson, 1988a).
La American Correctional Association (1990) afirma que:
La Unidad Funcional (Functional Unit Management) consiste en la subdivisión de la población penal en unidades semi autónomas. Sus principios son los siguientes: a) Cada unidad agrupa un número pequeño de internos, idealmente
menos de 150. b) Los internos son alojados en ella la mayor parte de su permanencia en
la institución. c) Los internos de cada unidad funcional son supervisados por un equipo
interdisciplinario asignado a la misma y cuyas oficinas se encuentran dentro de la unidad.
d) Los miembros del personal tienen autoridad para tomar decisiones en lo que al tratamiento de los internos allí alojados respecta, dentro de los lineamientos establecidos por la administración.
e) La asignación de los internos a cada unidad se basa en las necesidades de los internos, en lo que concierne a la supervisión, seguridad y programas ofrecidos.
Estructura física penitenciaria, seguridad y tratamiento
Los cambios en la seguridad física concretamente referida a la construcción, de
los establecimientos de reclusión, a lo largo de la historia, especialmente hasta los
años 60´s han presentado algunas modificaciones, entre ellas:
a) Las celdas ya no son elemento principal del establecimiento, pues no se
busca el internamiento solitario ni aislado, se ha pasado a una concepción
de dormitorio. De igual manera el tratamiento adopta la formación
profesional, el trabajo productivo, las actividades deportivas, e intervención
terapéutica que hacen que el establecimiento sea mucho más que un
conjunto de celdas; lo anterior confluye en una clasificación y movimiento de
los internos en condiciones de supervisión que generan establecimientos
especializados o sectorización de la estructura dentro de un mismo
establecimiento.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 24
b) Existe una predilección por los establecimientos pequeños, aun cuando el
elemento económico esté en contra de este principio.
c) El énfasis no se acentúa de manera tan marcada en la seguridad, hay una
tendencia a reemplazar los muros exteriores por mallas y alambrados que
permiten una mayor iluminación, las plantas físicas en un bloque único se
han desplazado por conjuntos de bloques pequeños. Se emplea la
tecnología para hacer que los dispositivos de seguridad se disimulen hasta
el punto de ser casi imperceptibles, con el fin de crear un ambiente de
apariencia normal.
d) Se presenta una preferencia por la construcción de celdas individuales con
ventanas al exterior, servicios sanitarios incluidos, asignación de una mayor
superficie a los espacios para el desarrollo de tratamiento, tales como aulas,
talleres o zonas deportivas (Johnston, 1961).
Resulta interesante analizar cómo Johnston en 1961 presenta tendencias
recientes, para la época, en la construcción de los establecimientos de reclusión
que hoy en día se aprecian fácilmente y sobresalen como característica en los
establecimientos.
Es importante tener en cuenta que el elevado número de internos de las
instituciones de reclusión dificulta el empleo del principio de pequeño grupo.
A finales de los años 50 se propuso la construcción de tres unidades
funcionales, de 400 internos, que se encontraban alrededor de un campo
deportivo, contando también con áreas comunes, cocina, servicios y talleres entre
otros. Cada una de las tres unidades funcionales se consideró como una
institución autónoma pequeña, cuyos sectores administrativos se encontraban
comunes al centro del edificio y los bloques de alojamientos dispuestos en forma
radial en ambos extremos (U.S. Federal Bureau of Prisons, 1960).
En 1968 el sistema de unidades funcionales fue implementado por el Federal
Bureau of Prisons inicialmente en los programas de tratamiento para la
recuperación de adictos a las drogas y posteriormente se empleó en las
instituciones correccionales.
Las unidades funcionales presentan como ventaja propiciar en los internos la
conformación de grupos homogéneos que desarrollan una identidad común entre
ellos y con el personal de tratamiento, lo que incrementa la frecuencia de
contactos y brinda mejores y mayores elementos para la realización de una
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 25
clasificación y tratamiento más individualizado. Además existe una mayor
observación y vigilancia de los internos, lo que facilita una mejor evaluación y
revisión de los programas de tratamiento, permitiendo la detección temprana de
problemas y mejora de la calidad de vida de internos, personal de tratamiento y
guardia.
El Federal Bureau of Prisons decide 1969 la construcción de tres centros
correccionales metropolitanos en Nueva York, San Diego y Chicago, el entonces
director Norman Carlson dispuso que las instalaciones se construyeran con el
concepto de unidades funcionales y que el diseño tanto físico como de seguridad
redujera al mínimo el empleo de elementos que recordaran a los internos que se
encontraban en un centro de reclusión con el fin de lograr un ambiente normal y
más humano, es decir, eliminando o reduciendo rejas, abarrotes y equipos anti
vandalismo y reemplazándolos por terminaciones, mobiliario y equipamiento de
características convencionales.
De igual manera se contempló la estructuración de cuartos individuales para
los internos, elemento que garantizaría la privacidad y la protección personal y
facilitaría el control por parte de la guardia. El diseño perseguía un doble objetivo:
primero promover en los internos una conducta positiva y segundo reducir los
costos de construcción y mantenimiento (Nelson, 1988b).
Los establecimientos que se construyeron se distanciaron del concepto
tradicional de reclusiones, las celdas fueron diseñadas como habitaciones
vinculadas a salas de estar, se emplearon acabados en madera, sanitarios de
porcelana, ventanas con vista al exterior y mobiliario liviano. El perímetro de
seguridad se limitaba a una sólida envolvente perimetral, lo que permitía una
relativa movilidad con libertad al interior del establecimiento.
En el centro correccional de Chicago, el personal de la guardia encargado de
custodiar las instalaciones se componía en un 20% de mujeres, y en el desarrollo
de sus funciones se veían abocados a interactuar directamente con los internos,
situación que anudada a las modificaciones físicas que incluyeron mobiliario
común, instalaciones sanitarias y terminaciones convencionales reflejó resultados
exitosos, logrando un alto grado en la seguridad y en la protección tanto de
internos como del personal de tratamiento y la guardia.
Este diseño y estilo de administración fue denominado “nueva generación” o
“Modelo Podular de Supervisión Directa”, el término “podular” fue propuesto para
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 26
diferenciarlo de “modular” y el término cárceles de “nueva generación” aplica a los
diseños que distribuyen celdas en torno a un espacio central, se debe hablar de
“nueva generación” únicamente cuando se combine el diseño arquitectónico
“podular” (ver figura 9) con el régimen de supervisión directa (Nelson, 1983).
Figura 9.
Modelo “Podular” de Supervisión Directa
Nota: figura empleada por García, C. (2002).
El empleo del Modelo Podular de Supervisión Directa produjo un incremento en
la privacidad y un prisma en la visión de opciones para las relaciones entre los
internos, el personal de tratamiento y la guardia; el aspecto informal del ambiente
fue percibido positivamente por los internos y por el personal; se evidenció un
mayor cuidado por las instalaciones y el vandalismo y los graffitti fueron casi
inexistentes (Wener & Olsen, 1980).
Respecto a la estructura física del módulo podular, este es conformado por
celdas alrededor de un espacio central multipropósito, que se convierte en el
espacio de interacción de los internos y de estos con la guardia; junto con las
celdas se encuentran otros salones, que son empleados para el tratamiento.
El contorno del establecimiento de reclusión es el único que conforma las
barreras físicas, desplazando así la multiplicidad de espacios con divisiones
rigurosas, facilitando una mayor movilidad de los internos y una mejor interacción
con la guardia, lo que reduce la posibilidad de enfrentamientos.
La estructura interior del establecimiento busca reducir al mínimo los efectos de
prisionización, mediante el empleo de elementos como: la iluminación natural,
empleo de colores y nuevos diseños (ver figura 10).
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 27
Figura 10.
Contraste de condiciones de iluminación y empleo de colores en establecimientos
de reclusión.
Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).
Por cada unidad que compone el establecimiento se emplea un número entre
48 y 64 celdas, según García (2002):
“Para la población penal general el número mínimo estaría en el orden de los 36 internos, si se toma como base una adecuada relación guardia-interno desde el punto de vista económico. Por otra parte parecería que el número máximo se encuentra en 72 internos, considerando como tope en el cual un agente puede desempeñarse con cierta efectividad”.
Las celdas del módulo podular deben ser individuales, con sanitarios en su
interior y puerta con una ventana pequeña que permite una visión restringida del
interior sin llegar a vulnerar la privacidad del interno.
El espacio central multipropósito o salón de permanencia de los internos tiene
la altura de dos niveles, bastante iluminación natural y amplias ventanas con vista
al exterior (ver figura 11).
El diseño del salón de permanencia busca crear espacios para propiciar en los
internos la conformación de grupos homogéneos que desarrollan una identidad
común entre ellos según sus características culturales o actividades de
preferencia.
El puesto de trabajo del guardia está compuesto por un escritorio, asignándole
un espacio pero sin barreras físicas entre él y los internos; desde su escritorio el
guardia tiene posibilidad de vigilar todos los lugares del pabellón.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 28
Figura 11.
Salón de permanencia de los internos.
Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).
A pesar del éxito del Modelo Podular de Supervisión Directa en los Centros
Correccionales Metropolitanos; en el sistema federal se resistieron a emplear el
modelo, aunque la estructura física fue empleada, se modificó ubicando un
guardia en un punto estratégico que le permitiera a la guardia tener una visión
completa del área de permanencia de los internos, teniendo un parecido con el
modelo “panóptico” de Bentham en el que la guardia ejercía una vigilancia
indirecta, al encontrarse separados de los internos por barreras físicas.
Las ventajas de este modelo Podular de Supervisión Directa modificado
respecto del modelo lineal (vigilancia intermitente) se presentan en la protección
de la guardia frente a eventuales ataques de los internos y en las mejores
condiciones de vigilancia; sin embargo a diferencia del modelo de Supervisión
Directa, la orientación del modelo modificado es reactiva, esto significa que los
internos mantienen la iniciativa dentro las instalaciones y, la guardia y el personal
de tratamiento, que sólo pueden realizar una observación pasiva de las
actividades, tienen la posibilidad de intervenir indirectamente en la disuasión de
conflictos.
Complementario a lo anterior, la ubicación de barreras físicas hace que los
grupos de celdas sean de un número menor y como resultado, su construcción
sea más costosa, debido a que un entorno reactivo requiere que las instalaciones
y el mobiliario, sean construidos para resistir al vandalismo; las condiciones de
seguridad que deben cumplir el puesto de la guardia, el equipamiento de
comunicaciones y mandos a distancia que deben ser empleados para el
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 29
adecuado funcionamiento del modelo podular modificado, conocido como “Modelo
Podular de Supervisión Remota”.
Como crítica al Modelo Podular de Supervisión Directa se afirma que este debe
ser empleado con internos de comportamientos no violentos ni vandálicos, por lo
que se dice que no puede ser empleado en establecimientos con internos que
requieran un nivel alto de seguridad en cuanto a las instalaciones.
A finales de los 70´s en el Condado de Contra Costa, California, se inició la
construcción de una cárcel, para la cual adoptaron el Modelo Podular de
Supervisión Directa, empleado en Chicago, teniendo en cuenta la evaluación
post-ocupacional realizada por el Centro Correccional Metropolitano de Chicago,
que tenía las siguientes observaciones:
a) Creación de más espacios abiertos para la recreación.
b) Los alojamientos deben incluir un mayor número y diversos espacios para el
uso de los internos.
c) Eliminar el uso de celdas dobles y alojamientos colectivos.
d) Evitar la construcción de edificios en altura debido al cuello de botella que
significa el empleo de ascensores. (Wener, Frazier y Farbstein, 1985)
La cárcel del condado de Contra Costa fue habilitada en enero de 1981, tiene
una capacidad para 383 internos y cuenta con la estructura de una planta irregular
de cuatro pisos, una superficie de 10.200 m2, nueve sectores de alojamiento, un
área de ingreso, oficinas administrativas y servicios de soporte.
La construcción de la cárcel incorporó mejoras respecto de los anteriores
centros de reclusión, la cárcel de Contra Costa fue sometida a una evaluación
tanto por parte de los internos como del personal de tratamiento y guardia,
arrojando los siguientes resultados según Wener, Frazier y Farbstein, 1985.
a) El modelo arquitectónico podular y el régimen de supervisión directa pueden
ser empleados en la construcción de otros establecimientos de reclusión,
obteniendo resultados satisfactorios.
b) La aplicación del modelo podular de supervisión directa redujo los
comportamientos violentos y mejoró las condiciones higiénicas del
establecimiento.
c) Los internos, el personal de tratamiento y la guardia reportaron mejoras en
las condiciones de vida.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 30
Después de análisis realizados a los establecimientos de reclusión que
emplean el modelo podular de supervisión directa, se han realizado algunas
modificaciones entre ellas, según Wener, 1995:
a) Celdas sin instalaciones sanitarias, esta modificación aplica cuando se
tienen internos de conducta predecible, el interno tiene acceso al servicio
sanitario comunitario por medio de un botón que libera la cerradura de la
celda. La modificación, se ha sugerido, también sea empleada en
instituciones semi-abiertas cuyo fundamento de tratamiento sea la
autodisciplina, en esta modificación los internos tienen la llave de su celda.
Estas modificaciones tienen ventajas económicas en la construcción de los
establecimientos.
b) Empleo del diseño arquitectónico “campus plan” (ver figura 12), que se
caracteriza por manejar una escala urbana, espacios verdes, ambientes
distendidos, recorridos naturales, y uso de sistemas de seguridad
computarizados, con el fin de reducir la dependencia de los internos del
personal de la guardia.
Figura 12.
Campus plan.
Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).
El empleo del diseño podular de supervisión directa ha sido empleado en
Canadá, Reino Unido, Israel, Australia, Nueva Zelandia, Argentina y Francia bajo
el nombre de “sécurité dynamique” (García, 1997).
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 31
Según García (1995) para el adecuado funcionamiento del modelo podular de
supervisión directa, es necesario tener en cuenta los siguientes elementos:
“Amplia movilidad del interno dentro del módulo, alto grado de interacción interno-
guardia, preciso sistema de clasificación de los internos, adecuado cumplimiento
del reglamento y personal debidamente capacitado”.
Las ventajas del modelo podular según (García 2002) son:
a) La guardia se encuentra en permanente contacto con los internos,
ejerciendo una acción positiva en orden a guiar las acciones de los internos
y a controlar su comportamiento, lo cual produce una reducción de
incidentes.
b) Se genera una atmósfera de trabajo en equipo al no existir barreras físicas
entre los internos y la guardia, facilitando la comunicación interpersonal y
reduciendo el sentimiento “ellos y nosotros”3.
c) Teniendo en cuenta la estructura del edificio, resulta factible el empleo de la
iluminación y la ventilación natural.
d) Generalmente se puede acceder al pleno de instalaciones4 de las celdas
desde el salón central o desde el exterior, lo que facilita las labores de
mantenimiento.
e) Al permanecer el personal dentro del módulo podular durante las 24 horas,
la observación de los internos es permanente, por lo que nunca quedan sin
supervisión. 3 El síndrome “Nosotros Vs. Ellos” se presenta como un elemento que sesga el comportamiento de los funcionarios del aparato judicial frente a los infractores de la ley, agudizando el conflicto que ya de hecho se presenta por la necesidad de seguridad de los funcionarios; generalmente se encuentra en los funcionarios que su motivación de trabajo es ayudar a las demás personas y marcar la diferencia; aunque esa es una motivación apropiada e incluso loable no contribuye a la adopción de conductas que le ayuden a sobrevivir en su trabajo, no obstante ese razonamiento determina quienes son “nosotros”, el término define al ciudadano perfecto sin antecedentes judiciales, no violento, educado, maduro, responsable y psicológicamente legítimo, probablemente con un núcleo familiar adecuado, estables en sus relaciones y con un comportamiento manejado por un fuerte sentido de la moral. Los funcionarios consideran que “nosotros” están limitados por la ley, por las políticas nacionales y por un código de ética. Los funcionarios también consideran que los infractores de ley que encuentran a menudo en su trabajo “ellos” tienen un comportamiento delictivo violento, destructivo, tienen un bajo o ningún nivel de educación, con talento para las relaciones interpersonales, se cuidan de ser manejados por el pánico, tienen enojo, miedo, provienen de familias descompuestas, permanecen intoxicados, tienen motivaciones suicidas, se cuidan de no tener sentimientos de culpa o remordimiento, son proclives al empleo de la violencia física y tiene un historial delincuencia. Los funcionarios consideran que “ellos” desafían abiertamente la autoridad, oponen resistencia a cualquier norma y desprecian cualquier principio ético (Bell, 2001). 4 Se denomina “pleno de instalaciones” al conducto por donde corren las cañerías de alimentación de agua, electricidad, comunicaciones y desagües cloacales. Comúnmente se trata de un espacio en forma triangular que se ubica entre dos celdas de forma de abastecer los servicios de ambas.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 32
f) La generación de un ambiente más normal transmite un mensaje positivo,
favoreciendo conductas razonables y permitiendo emplear materiales
adecuados para mejorar las calidades del entorno y reducir los niveles de
ruido.
g) Dado que el guardia es el responsable del lugar y “su” sector le pertenece,
los internos asumen el rol de “visitantes”, tratando con cuidado los
elementos y velando por la limpieza. El incumplimiento de estos aspectos
resulta en el inmediato apartamiento del interno a un sector de mayor rigor
disciplinario, con la consiguiente pérdida de beneficios.
h) Una de las principales casusa de violencia en las cárceles es la lucha
interna por el liderazgo, pues en cada sector sólo puede haber un líder, éste
debe ser necesariamente el guardia. En principio el guardia no tiene otra
seguridad que su propia autoridad, por lo que debe basar su relación con
los internos mediante el empleo de técnicas fundadas en la
intercomunicación personal.
i) La ausencia de liderazgos negativos en el sector trae una convivencia más
normal, por lo que los internos no sienten la necesidad de autoprotegerse,
lo que a su vez reduce la fabricación de armas con ese fin.
j) En general resulta menos costosa la construcción y operación. El empleo de
mobiliario y equipamiento comercial permite prescindir de instalaciones
“antivandalismo” característica de los entornos carcelarios.
k) Se pueden realizar importantes economías de personal mediante la
reducción de los movimientos dentro del establecimiento. Esto se logra
colocando determinados espacios a los cuales deben acceder los internos,
tales como: patios, zonas de visitas, consultorios, zonas de entrevistas, etc.
en las inmediaciones de la unidad habitacional.
Nelson en 1984 (Nelson 1988b) elaboró los principios y dinámicas del régimen
de supervisión directa, tomando como fundamento de la supervisión directa el
cambio de mentalidad del régimen penitenciario y de la metodología de
conducción del establecimiento y asignando a la guardia un papel activo y directo
en la supervisión de los internos.
Nelson (1988b) emplea el término de supervisión directa para referirse a una
metodología que se fundamenta en el contacto directo y personal de los guardias
y los internos, eliminando las barreras físicas y permitiendo a los guardias el
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 33
empleo de técnicas de disuasión de comportamientos conflictivos o violentos,
mediante la anticipación y prevención.
Nelson (1988b) plantea los siguientes principios y dinámicas del modelo
podular de supervisión directa:
1. Efectivo control: los internos deben estar bajo control constante por la
institución, no pueden ser dejados nunca sin supervisión, no deben existir
zonas de las instalaciones que estén fuera de la vigilancia de la guardia. El
contorno o perímetro del establecimiento debe ofrecer las condiciones de
seguridad necesarias, con el fin de ser proporcionar a los internos mayor
flexibilidad en la movilidad al interior del establecimiento; es importante que la
población de internos sea distribuida en grupos manejables.
2. Efectiva supervisión: La guardia debe estar en contacto directo con los
internos durante todo el tiempo excepto en horas de la noche cuando los
internos se encuentren en sus celdas; dentro de los módulos la guardia no
debe estar separada de los internos por barreras físicas, deben ejercer un
liderazgo positivo; la protección tanto de los internos, la guardia y el personal
de tratamiento debe hacerse mediante el empleo de técnicas de gestión de
grupos humanos y no a través del empleo de la fuerza o las barreras físicas.
3. Personal competente: para el adecuado funcionamiento de un
establecimiento con un modelo podular de supervisión directa, se debe hacer
una adecuada y cuidadosa selección de la guardia y el personal de tratamiento,
con un marcado perfil de liderazgo, pues el liderazgo del personal es
determinante en el adecuado funcionamiento del modelo y contribuye a la
capacitación permanente de los internos.
4. Protección de los internos, de la guardia y personal de tratamiento: el
establecimiento a través de su diseño y supervisión debe garantizar la
protección e integridad de los internos, de la guardia y personal de tratamiento,
no se debe tolerar ningún tipo de indisciplina, siempre es posible una rápida
intervención por parte de la guardia en el sector de las celdas. Hay que evitar
las clásicas reacciones tanto de internos como de la guardia cuando se convive
en un ambiente inseguro.
5. Economía operativa: un ambiente normal reduce la exigencia del empleo
de materiales de seguridad y antivandalismo que tradicionalmente se han
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 34
empleado en los establecimientos de reclusión, produciendo una reducción en
los costos de construcción.
De igual manera se reducen los costos operativos, primero teniendo en cuenta
la prolongada vida útil de los establecimientos y segundo por la reducción de
comportamientos destructivos y vandálicos que reduce el rubro que se emplea
por concepto de mantenimiento y cambio de equipos.
6. Comunicación efectiva: Este principio se fundamenta en que una
administración eficaz depende de una adecuada comunicación, por ello la
guardia debe ser entrenada en proporcionar una comunicación clara y efectiva,
de igual manera serán dotados con herramientas que les faciliten dicha
comunicación.
Teniendo en cuenta que la supervisión directa se basa en el permanente
contacto de los internos con la guardia, estos últimos deben ser capacitados en
técnicas de comunicación interpersonal; de igual manera es muy importante
que la comunicación de los guardias (personal operativo) con los comandantes
(personal directivo) se realice empelando técnicas modernas de transmisión de
la información, dejando de lado la tradicional comunicación mediante
memorandos.
7. Clasificación y orientación: se debe emplear una adecuada clasificación
que agrupé a los internos de acuerdo a sus características y se enmarque en
los principios de la ley; la adecuada clasificación es factor de éxito de cualquier
régimen penitenciario, esta determina que internos no cumplen con las
condiciones necesarias para hacer parte del régimen de supervisión directa.
Usualmente el 5% de la población interna requiere ser separada en un sector
de régimen más riguroso, debido a su inadaptabilidad.
El modelo considera que los internos son personas adultas normales y como tal
deben ser tratados mientras cumplan las reglas, por eso los internos son
informados a cerca de las conductas que son o no aceptadas y durante su
proceso de ingreso al establecimiento son informados y orientados sobre las
expectativas que de ellos se espera en el establecimiento.
8. Trato justo y equitativo: los internos deben recibir un trato acorde con los
principios legales, tanto la guardia como los profesionales de tratamiento deben
desempañar sus funciones de acuerdo al sistema; la guardia durante su
proceso de desarrollo de liderazgo inherentemente debe desarrollar la
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 35
capacidad de un trato equitativo a los internos pues cuando un interno es
tratado injustamente, este comportamiento se magnifica durante la reclusión.
9. Perroncello (1997) adicionó un último principio que denominó, aceptación
del modelo afirmado que “el personal penitenciario y muy especialmente el
personal ejecutivo deben aceptar el modelo, sentirse parte de él y que éste les
pertenece como condición previa a su aplicación”.
Si bien es cierto que para el adecuado funcionamiento de un establecimiento
de reclusión debe tenerse en cuenta la estructura y seguridad física, estos
elementos no son suficiente para garantizar ni el funcionamiento adecuado del
sistema penitenciario ni el adecuado tratamiento de los internos; por ello es
importante que desde el momento mismo en que se concibe la construcción de un
establecimiento de reclusión se tengan en cuenta un abordaje integral para la
planificación y materialización del mismo.
Según Garavano (1998), el siguiente listado agrupa una serie de elementos
que deben tenerse en cuenta para la planificación integral de un instituto
penitenciario:
a) Determinación de la necesidad: elaboración del Plan Maestro.
b) Objetivo del establecimiento.
• Su integración dentro del sistema penitenciario.
• Población penal a alojar.
i. Características y perfil.
ii. Evolución de la población penal.
iii. Promedio diario de los internos a alojar.
iv. Tiempo de estadía de los internos en el establecimiento.
v. Cantidad de ingresos y egresos de internos.
c) Principios operativos a aplicar.
• Organización del establecimiento.
• Relaciones funcionales de los espacios.
• Planta de personal.
d) Proceso de elaboración del Programa Operativo.
• Definición de la metodología operacional del establecimiento.
• Definición de los objetivos del establecimiento.
• Establecer la estructura organizativa.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 36
• Establecer la clasificación de los internos: perfiles y subdivisión de la
población penal.
• Determinar el nivel de seguridad del establecimiento.
• Estipular los programas de tratamiento a implementar.
• Definición de los procedimientos y normas operativas.
• Determinación de la planta de personal: este aspecto es
frecuentemente subestimado en el diseño de un instituto
penitenciario. Pero resulta de fundamental importancia determinar la
planta de personal antes y durante la realización del proyecto y no
después.
De igual manera Garavano (1998) plantea las siguientes consideraciones para
la formulación de un programa de necesidades penitenciarias:
a) Elaboración de diagramas funcionales, globales y por áreas.
b) Elaboración de los escenarios previstos para cada uno de los sectores.
c) Establecer los lineamientos del diseño.
d) Prever las posibilidades de crecimiento.
e) Definir los niveles de equipamiento.
f) Determinar los locales y las superficies
Criterios generales de seguridad en los establecimientos de reclusión.
Como se ha comentado a lo largo del documento los establecimientos de
reclusión velan no sólo por la seguridad del personal interno y de los funcionarios
del mismo sino también por realizar un adecuado tratamiento a quienes se
encuentran internados, estos dos procedimientos van de la mano, pues desde la
seguridad se deben ofrecer los criterios requeridos en el establecimiento para
garantizar la protección de los individuos y la creación de un ambiente que facilite
la realización del tratamiento adecuado.
En este orden de ideas el establecimiento de reclusión debe facilitar la
resocialización de los internos mediante la promoción de la integración del interno
con la comunidad y el empleo de estructuras con una visión menos
institucionalizada y más residencial; para que este proceso sea más fácil de llevar
a cabo se formulan los siguientes criterios.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 37
Ubicación
Tanto las penitenciarías como las cárceles deben ser construidas en lugares de
fácil acceso a los familiares de los internos y al personal que labora en la
institución; en el caso de las cárceles, estas deben estar ubicadas en sectores
con vías rápidas a las sedes judiciales donde se encuentren a disposición los
internos.
Es importante que ubicación del establecimiento no se vaya a convertir en el
futuro en un problema urbano, por ello es necesario disponer legalmente que no
se pueda construir (ningún tipo de construcción) a menos de 500 metros lineales
a la redonda del perímetro del establecimientos de reclusión. En otras palabras,
debe existir un plan de ordenamiento perimetral en razón de la seguridad de los
establecimientos y de los ciudadanos vecinos de la institución (Acero, 2004).
Apariencia del establecimiento
La apariencia del establecimiento debe alejarse de la imagen tradicional de los
centros de reclusión, evitando la presencia excesiva de muros, abarrotes, largos
corredores; el empleo de estos elementos de seguridad pueden ser evitados
mediante el empleo de materiales que creen en el establecimiento una apariencia
con un ambiente normal, claro está sin afectar la seguridad de las instalaciones.
Por ejemplo en el caso de ventanas a los exteriores el empleo de rejas y
abarrotes se puede emplear vidrio de seguridad que brinda unas mejores en el
ambiente en cuanto a las condiciones de iluminación, otorgando así una mejor
calidad de vida a los internos y al personal de guardia y tratamiento y crea un
mejor ambiente de trabajo.
Tamaño
El elevado número de internos en los establecimientos de reclusión produce un
ambiente tenso y estresante que genera una propensión tanto en los internos
como en la guardia a presentar comportamientos violentos y se constituye en un
inconveniente para realizar un adecuado tratamiento.
Teniendo en cuenta que el periodo de vida de un establecimiento de reclusión
es prolongado, debe hacerse una expansión del tamaño de los sectores del
establecimiento tales como: celdas o alojamientos, espacios para la realización de
tratamiento y áreas de servicios.
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Acero (2004) considera que con base en la experiencia adquirida en proyectos
carcelarios, es recomendable un proyecto modular con una sola administración
que puede controlar y garantizar la seguridad de cuatro o seis unidades de
reclusos, independiente una de la otra, cada una con 200 0 250 internos.
La seguridad de las unidades de reclusión brota del sistema de control de los
internos, lo cual es posible en la medida que las grandes poblaciones previstas se
subdividan en unidades manejables ya que se presentan dificultades para
administrar de manera adecuada, unidades carcelarias con altos volúmenes de
población y donde la relación guardias, personal administrativo y personal de
resocialización e internos sea baja, es decir que por cada uno de los funcionarios,
especialmente guardias, haya un alto número de internos.
Tecnología
El empleo de la tecnología es un elemento muy importante de seguridad en un
establecimiento, como se mencionó anteriormente, se emplea la tecnología para
hacer que los dispositivos de seguridad se disimulen hasta el punto de ser casi
imperceptibles, con el fin de crear un ambiente de apariencia normal, lo que
genera un mejoría en el ambiente y en la economía del establecimiento. Entre los
dispositivos se encuentra:
a) Circuito Cerrado de Televisión: ayuda a mejorar las condiciones de
seguridad, a través del empleo video grabadoras aporta un respaldo
operativo en eventos y situaciones de emergencias. Se emplea en el
perímetro del establecimiento, en los accesos y otros puntos sensibles.
b) Detectores de metales: es indispensable en los establecimientos, en el
control de accesos.
c) Comunicaciones: 1) Establecer una red de comunicaciones económica, que
permita mantener el contacto de los administrativos y la guardia, en casos
tales como cuando se realizan movimientos de internos fuera de las
instalaciones carcelarias y de menores. 2) Contar con equipos que permitan
la transferencia de información confidencial en forma segura. 3) Manejo de
bases de datos de reclusos, con archivos centralizados para mayor
veracidad y como método de respaldo. 4) Correo virtual, confiable y seguro,
para instrucciones directivas y para novedades. 5) Teleconferencias, con los
directores de los Centros (agilidad y economía), difusión de reglamentos. 6)
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Reducción al máximo de documentos en papel 7) Sistemas de
comunicación multicanal para asegurar información permanente de
actividades de las zonas y sus riesgos. (Acero2006).
d) Detección de incendios (Norma de contra-incendio): han ocurrido varios
incendios en los establecimientos de reclusión, por ello este es un elemento
adicional a tener en cuenta en el diseño de la institución junto con el empleo
de un adecuado sistema de detección y manejo de incendios, una
adecuada selección de materiales de construcción y un diseño de salidas
de emergencia.
e) Otros dispositivos de seguridad: detectores de movimiento, perimetral y
local; detectores de gas, detección de apertura de puertas, cierres
electromagnéticos, lectores de tarjetas, barreras infrarrojas, botones de
pánico, máquinas de rayos X, sistema de sonido externo e interno, consolas
de exclusas, seguridad electrónica perimetral, registro digital del recluso
(huella digital, fotografía, datos), registro digital de visitantes, contratistas y
funcionarios (huella digital, fotografía, datos), inspección electrónica de
personal y materiales para su ingreso, control de acceso a áreas sensibles
(armerillo), sistemas independientes y autónomos de energía e iluminación
en zonas críticas que aseguren su normal operación en casos de
emergencia.
Alojamientos
Las celdas o alojamientos deben ser diseñados para una sola persona, según
las disposiciones de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de
las Naciones Unidas, persiguiendo el objetivo de permitir al interno contar con un
espacio propio que le otorgue un grado de dignidad y protección ante las
agresiones y además que facilite la tarea de vigilancia de los guardias. Es
importante que cada interno tenga un espacio físico delimitado, ya que esta
delimitación evita los conflictos entre los internos (García 2008), la separación
puede ser física, visual o acústica (Ver figura 13).
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Figura 13.
Separaciones de celdas.
Nota: fotografías empleadas por García, C. (2008).
García (2008) establece en cuanto a las superficies que la recomendación más
baja es de 5 mts2, de igual manera dependiendo el número de horas de
permanencia del interno en la celda recomienda: hasta de 10 horas de 6 a 6.5
mts2 y más de 10 horas de 7 a 8 mts2.
Cada celda debe contar con una cama, una superficie para escribir, una silla y
un espacio que le permita al interno almacenar y mantener en orden sus
pertenencias, de igual manera debe contar con puerta con una ventana pequeña
que permite una visión restringida del interior sin llegar a vulnerar la privacidad del
interno y brinde unas adecuadas y suficientes condiciones de iluminación
(Garavano 1988).
Salón de permanencia de los internos o patios
Aledaño a las celdas debe estar el salón de permanencia de los internos,
donde desarrollaran las actividades programadas como parte del tratamiento, este
espacio contará con una buena iluminación natural. La conformación de patios
totalmente encerrados sobre sí mismos, con capacidad de 200 a 250 internos,
controlados por un único punto de guardia con visibilidad sobre todos los espacios
garantiza mayor seguridad.
El guardia se puede desplazar al nivel superior (lugares de las celdas) durante
el día, periodo durante el cual los internos permanecen en los patios (primer piso)
y donde desarrollan sus tareas. En la noche, una vez los internos están en sus
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celdas, el guardia puede movilizarse en los niveles altos para comprobar que
todos los internos descansan y no hay problemas de seguridad.
Por ningún motivo debe haber celdas en el primer piso pues éste se destinará a
la estadía permanente de los internos durante el día y del cual solo salen
exclusivamente los que se lo merezcan por su buen comportamiento para realizar
actividades en otras áreas de la cárcel y los que tengan que realizar diligencias
judiciales (Acero2006).
Duchas y baños
En la zona de las celdas deben encontrarse las duchas, cada ducha contará
con una división para garantizar la privacidad y evitar las agresiones entre los
internos, la proporción manejada por duchas es de una para ocho internos. En el
caso en que los sanitarios no se encuentren al interior de las celdas se ubicarán
también en espacios que aseguren la privacidad, con la misma proporción de 1 a
8, con buena ventilación. Los internos siempre tendrán acceso a los sanitarios y el
agua potable.
Sector de admisiones y remisión
La recepción y el sector de remisiones el primer sector con el cual los internos
tienen contacto con el establecimiento de reclusión lo que de una u otra manera
les puede llegar a generar estrés, por ello es necesario que estos espacios deban
tener una apariencia de orden y agradable, que brinde una percepción de
seguridad tanto a internos como al personal y a los visitantes.
En la recepción los internos son informados a cerca de las conductas que son o
no aceptadas y durante su proceso de ingreso al establecimiento además son
informados y orientados sobre las expectativas que de ellos se espera en el
mismo.
Administración
Construcción de unidades modulares controladas por una sola administración,
las cuales, eventualmente, pueden depender de un Sub-Director o responsable
del funcionamiento de la unidad, con total autoridad sobre todas las personas que
accedan al lugar, incluyendo visitas, guardias, trabajadores técnicos, internos, etc.
Igualmente, es necesario proponer un manejo transparente del movimiento dentro
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de la institución, con circulaciones separadas para los distintos elementos
involucrados, internos, visitantes, mantenimiento, suministros, excedentes, etc.
(Acero2006).
Estas unidades permiten agrupar a los internos por grados de peligrosidad y
similitud de delitos, ejercer mejor control individualizado, permitir el tratamiento
progresivo dentro del establecimiento y brindar servicios de readaptación. Se
debe hacer hincapié en que debe evitarse el movimiento de internos dentro de la
institución y la mezcla de diferentes grupos de peligrosidad.
Otros criterios
Se hace necesario capacitar al personal de seguridad existente en materia de
seguridad carcelaria, formulación y aplicación de manuales de procedimientos. El
control, administración y automatización centralizada de los sistemas de
seguridad debe hacerse por terceros, con el fin de mejorar la operación y control
de los establecimientos (Acero 2004).
Otro aspecto de seguridad tiene que ver con el cumplimiento de las normas
contenidas en los códigos de incendio como por ejemplo National Fire Protection
Association (NFPA) 101, u otras normas locales, que exigen el planteamiento de
medios de evacuación seguros, con distancias críticas de recorrido y llegada y
sistemas que aseguren la apertura pronta de las puertas de celdas por parte de la
guardia en caso de emergencia.
Convivencia y Seguridad: Cárcel Distrital
La Cárcel Distrital fue creada mediante el acuerdo 19 del 17 de mayo de 1934,
expedido por el Consejo de Bogotá, durante la alcaldía de Hernando de La Calle.
Desde su creación hace parte de la estructura de la Secretaría de Gobierno
Distrital, a través de la dirección de la Cárcel Distrital, la cual hace parte de la
Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana (Decreto
367 de 2001).
De acuerdo con el Código Penitenciario y Carcelario (ley 65 de 1993) artículo
17:
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“Corresponde a los departamentos, municipios, áreas metropolitanas y al Distrito Capital de Bogotá la creación, la fusión o la supresión, la dirección y organización, la administración, el sostenimiento y la vigilancia de las cárceles para las personas preventivamente y condenadas por contravenciones que impliquen privación de la libertad, por orden de autoridad policiva”
También se prevé que “el INPEC ejercerá la inspección y vigilancia de las
cárceles de las entidades territoriales” por lo tanto de la Cárcel Distrital de Bogotá.
En este sentido, aunque la Cárcel Distrital depende orgánicamente de la Alcaldía,
no por eso deja de estar bajo la vigilancia del INPEC, institución nacional
responsable de los asuntos carcelarios y penitenciarios.
Desde su creación, en 1934 y durante un largo periodo, hasta su
transformación algo reciente, la cárcel ha enfrentado, en general, desafíos muy
similares a los que ha padecido el sistema carcelario nacional, según Alcaldía
Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C. (1997) tales como:
a) Obsolescencia y ambigüedad de la cultura carcelaria,
b) Deficiencias en la gestión y administración del sistema,
c) Corrupción en la guardia penitenciaria,
d) Insuficiencia del presupuesto tanto de funcionamiento como de inversión,
e) Acelerado incremento de la población carcelaria,
f) Lentitud en el desarrollo de procesos carcelarios,
g) Falta de representación jurídica para reclusos de bajos ingresos
económicos,
h) Las condiciones de infraestructura disponible limitan la aplicación de los
criterios de clasificación del personal interno señalados por la ley.
De igual manera Martín y Ceballos (2004) plantean las siguientes situaciones:
a) Primero: se caracteriza por la carencia, deficiencia o escasez de los
servicios básicos penitenciarios como la alimentación, la atención médica, la
higiene y la asistencia jurídica.
b) Segundo: la infraestructura era poco adecuada y se presentaban índices de
hacinamiento y promiscuidad, así como las restricciones en las relaciones
familiares por las carencias de espacios e instalaciones adecuadas.
c) Tercero: los problemas asociados con el maltrato físico a detenidos y
familiares, el consumo de sustancias no permitidas muy generalizado y un
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régimen interno inadecuado de sanciones y de trabajos “forzados” y muchas
veces discriminatorios.
d) Cuarto: carencia de los programas carcelarios, principalmente en lo
relacionado con la falta de trabajo adecuado; bajos ingresos; talleres
anticuados; falta de materia primas, herramientas e implementos de trabajo,
y carencia de implementos deportivos y alternativas recreacionales y
culturales.
La nueva infraestructura de la Cárcel Distrital
Durante la primera administración de Antanas Mockus se destinó una inversión
de 16.000 millones de pesos (5,5 millones de dólares) para ampliar la Cárcel con
el propósito de que la ciudad tuviera una mayor y adecuada infraestructura
carcelaria. Los motivos que guiaron esta decisión fueron básicamente el no
aceptar condiciones de hacinamiento en instituciones distritales y mejorar la
infraestructura relacionada con delitos de impacto mayor, como el hurto (Martín y
Ceballos 2004).
Se construyeron dos modernas edificaciones unidas por un puente (ver figura
14), en la primera de ellas, de cuatro pisos, se encuentra el área administrativa, el
alojamiento de la guardia y el área social, con casino, gimnasio y una zona de
esparcimiento para los funcionarios; en la segunda edificación se encuentra el
reclusorio, el cual cuenta con seis pabellones, incluido uno para mujeres, con 44
celdas de protección y seguridad y capacidad total de retención de 1180 personas
(ver figura 15).
Cada pabellón se encuentra dotado de una cancha múltiple para microfútbol,
baloncesto y voleibol, una zona de comedores, lavaderos y baños, los pabellones
se encuentran vinculados a un gran pasillo central con servicios comunes y de
circulación para el personal de la cárcel y para los visitantes que remata en un
área de talleres y de trabajo que presta servicios programados para los internos
de cada patio. El área de reclusión puede contar con celdas de aislamiento y
seguridad (ver figuras 16 y 17)
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Figura 14.
Fachada externa Cárcel Distrital.
Nota: fotografía empleada por Acero, H (2006).
Figura 15.
Maqueta de la Cárcel Distrital.
Nota: fotografía empleada por Acero, H (2006).
Cada módulo de celdas (patios) se vuelca sobre sí mismo de manera
independiente con capacidad, cada uno, para 200 internos que se distribuyen en
50 celdas, las cuales cuentan con un planchón en concreto que hace las veces de
cama y con servicios sanitarios. Solo durante la noche los presos pueden acceder
a las celdas. Durante el día, unos permanecen en el patio en actividades varias y
otros van a la zona de talleres.
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Figura 16.
Corte longitudinal por área de patios.
Nota: figura empleada por Acero, H (2006).
Figura 17.
Corte longitudinal por cuerpo central de servicios
Nota: figura empleada por Acero, H (2006).
Acero (2006) afirma que “cada patio es una herradura en concreto y acero sin
visibilidad hacia el exterior que se vuelca sobre sí mismo, siendo casi imposible
acceder a la cubierta protegida por cuatro garitas con visibilidad de 360” (ver
figura 18).
La cárcel cuenta además, con un sistema de vigilancia y seguridad que
garantiza un óptimo control interno y externo de las instalaciones, equipada con
un circuito cerrado de televisión (CCTV), 96 cámaras, control de acceso,
detención de intrusos y monitoreo técnico, detección perimetral, detección de
incendios y sistema de perifoneo. Para garantizar la seguridad en las remisiones
de internos, el equipo de transporte está compuesto por dos furgones y una
camioneta, apoyados por dos motocicletas, suficientemente dotados con
armamento y elementos de seguridad para la guardia. Por otra parte la cárcel
tiene un auditorio, que es un espacio adecuado y equipado para realizar
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actividades culturales, conferencias, conversatorios y cine-foros, con una
capacidad para 140 personas (Martín y Ceballos 2004).
Figura 18.
Vista superior de la Cárcel Distrital
Nota: figura empleada por Acero, H (2006).
Organización interna de la Cárcel Distrital
La Cárcel Distrital depende de administrativamente de la Alcaldía Mayor de
Bogotá (Decreto 368 de 2001), Secretaría de Gobierno, específicamente de la
Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, elemento
que la hace diferente al resto de cárceles del país, las cuales en su mayoría
dependen del INPEC. El centro de reclusión cuenta con un reglamento interno
compilado en la Resolución 066 del 12 de julio de 2002, expedido por la dirección
de la Cárcel Distrital, en consonancia con la ley 65 de 1993 (Alcaldía Mayor de
Santa Fe de Bogotá, D.C. 1997).
Para garantizar el cumplimiento de su misión institucional, la cárcel está
organizada en grupos internos de trabajo, así:
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a) El primero de ellos es el grupo administrativo encargado de atender las
necesidades operativas que demanda la institución y desarrollar actividades
de planeación y ejecución presupuestal.
b) El segundo grupo es el de seguridad, el cual se encarga de organizar el
personal para garantizar la eficiente prestación de los servicios de custodia
y vigilancia y tomar las medidas de seguridad pertinentes.
c) El tercer grupo es el de atención integral, el cual está integrado por un
equipo interdisciplinario que desarrolla las labores relacionadas con el tema
jurídico y también cumple las labores de atención e intervención integral a
los internos, entre ellos: psicología, asistencia social, capacitación y
ocupación en talleres, coordinación de actividades asistenciales de
entidades externas y universidades, entre otras.
La misión de la cárcel es contribuir a mejorar la seguridad y convivencia en
Bogotá, a través del cumplimiento de las decisiones judiciales privativas de la
libertad, en materia de delitos de menor entidad, y promoviendo espacios
pedagógicos para la reflexión y el aprendizaje del ciudadano. Su visión se resume
en ser un potencial humano interdisciplinario con formación humanística,
comprometido con una gestión administrativa eficiente, en función de la
convivencia pacífica de la comunidad carcelaria, a fin de propender por un saldo
pedagógico y valorando normas para convivir en la ciudad.
Al igual que en todas las cárceles del país, en la Cárcel Distrital, se ingresa por
orden judicial. El proceso administrativo interno empieza con la reseña, la cual
consiste en una ficha biográfica que se les abre a todos los internos, en esta ficha
se describen las características morfológicas, acompañada de fotografía y huellas
dactilares. Es un proceso manual, las cartillas se guardan en fólderes o
legajadores que, a partir del momento de la reseña, contendrán toda la historia
carcelaria del individuo; manualmente se adiciona a ella todas las peticiones de
remisión, las diligencias judiciales, las notificaciones, las enfermedades, los
permisos por buena conducta, las sanciones por mala conducta o por violaciones
del régimen disciplinario. Los trabajos que desarrolla, las horas de trabajo, las
horas de estudio, etc. todo para ser compilado y tenerse en cuenta para conceder
resoluciones de favorabilidad.
Desde su fundación, las características de la Cárcel Distrital de Bogotá están
referidas a la reclusión en ella de contraventores, sindicados o imputados de
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delitos menores. Éstos en general suponen que no afectan de manera
considerable el tejido social, pero son objeto de tratamiento punitivo por parte del
Estado y tradicionalmente han estado tipificados en los códigos penales y de
policía, y demandan un tratamiento sancionatorio, consistente en la privación de
la libertad y con medidas relativamente cortas en el tiempo.
La Cárcel Distrital al igual que otras cárceles del país, está dividida en patios y
el número de patios está determinado por el tipo de delito: menos graves en el
patio 1, más graves en el patio 6, por ejemplo. Pero también los patios están
numerados atendiendo a la peligrosidad de los reclusos: de bajo perfil patio 1, o
de alto perfil patio 6. Por otro lado la cárcel cuenta con una biblioteca con cuatro
ambientes para desarrollo de actividades como lectura, audio lectura, multimedia
y juegos de lógica y concentración (Martin y Caballos 2004).
Modelo pedagógico y actividades para los reclusos
La función social fundamental de la Cárcel Distrital es interrumpir la trasgresión
de normas, lo cual es posible si se concibe que la institución carcelaria gira en
torno a una finalidad básica: promover el respeto por las normas. La atención e
intervención integral que se realiza sobre los internos están puestas en la
promoción de una cultura de respeto a las normas, de manera que el paso de los
internos por el establecimiento se manifiesta en un avance en la comprensión de
la racionalidad del orden regulativo, y en el desarrollo de unas disposiciones
favorables a un comportamiento social respetuoso de los derechos de todas las
personas.
Se trata de un proceso educativo, limitado en el tiempo, centrado en propiciar
interacciones en las cuales sea posible reflexionar sobre las normas y participar
en la construcción de una convivencia razonada. A través de un proceso de
reflexión-acción sobre la regulación de la convivencia, en un marco de aplicación
de la acción comunicativa, la Cárcel Distrital contribuye a la necesidad de
interrumpir el circuito de la trasgresión de normas (Martin y Caballos 2004).
Los talleres se apoyan en personal interdisciplinario y en profesionales en
formación que realizan su práctica profesional, basándose en los términos de
referencia dados por la universidad; para la ejecución del programa educativo de
la cárcel. Para la ocupación, capacitación y enseñanza de los internos con los
talleres de: ebanistería, lavandería industrial, taller de rancho, panadería, taller de
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 50
juegos (billar y ping-pong, esparcimiento dirigido), taller laboratorio de vida
(recorrido de un laberinto en el que se encuentran diseñadas las etapas de la
vida, el interno logra reconocer la importancia de vivir responsablemente)
(Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C. 1997).
También hay un programa de formación juvenil en el que participan los internos
entre los 18 y 26 años, en tres módulos: nivelación escolar, acompañamiento
psicosocial y formación técnica; los talleres se apoyan en un modelo pedagógico
que fue diseñado por la Cárcel Distrital, en coordinación con la Secretaría de
Gobierno, ya que según (Martin y Caballos 2004) “se consideró que el modelo
pedagógico propuesto por el INPEC, y que fue aplicado en la Cárcel Distrital
antes del proceso de modernización física, debía ser adaptado a las realidades de
los internos”.
Con el modelo pedagógico propuesto se busca unificar todas las actividades de
atención e intervención que se dirigen a los internos, desde un mismo marco
filosófico y desde unos principios teóricos y prácticos, con el objetivo de evitar que
se desarrollen actividades formativas, educativas, laborales, recreativas, lúdicas o
de cualquier otro tipo sin atender a los objetivos que defina el modelo; el modelo
pedagógico permite definir una atención y una intervención basada en pensar
coherente, actuar consecuente y lograr una dinámica consistente en el tiempo.
La Cárcel Distrital cuenta con una emisora a la cual tienen acceso los internos,
quienes intervienen directamente y en forma programada hacia los pabellones. En
esta se encuentra un espacio de participación y difusión de los diferentes asuntos
propios de la institución, como adelantar campañas de promoción y prevención de
la salud; crear espacios narrativos; emitir videos, audio, libros y música;
promocionar el ingreso a talleres; motivar acciones reflexivas; abarcar los temas y
problemáticas que afectan al interno; entre otros.
Tratamiento penitenciario y seguridad
Modelo de tratamiento en Colombia y su relación con el Cuerpo de Custodia y Vigilancia (CCV)
La administración penitenciaria en los diferentes países, tradicionalmente ha
sido liderado por personal de las fuerzas armadas evidenciándose esta situación
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 51
en que la experiencia de los directores de las instituciones penitenciarias y
carcelarias se encuentra ligada con la formación en las fuerzas armadas, en
contraposición se hace necesario que se incremente el liderazgo civil en la
dirección de los establecimientos y la administración de los sistemas
penitenciarios con el fin de garantizar los derechos humanos de los internos y
desarrollar las funciones penitenciarias en un marco ético que impida el abuso de
poder por parte de las autoridades del establecimiento.
En Colombia se emplea el sistema penitenciario progresivo, este sistema es de
origen europeo Jiménez (2001). Según el código penitenciario y carcelario de
Colombia (Ley 65 de 1993) en su artículo 142 el objetivo del tratamiento
penitenciario es “preparar al condenado, mediante su resocialización para la vida
en libertad”, este tratamiento es progresivo y en la medida de lo posible ser
individualizado.
El sistema de tratamiento progresivo en Colombia está compuesto por las
siguientes fases (ver figura 19):
a) Observación, diagnostico y clasificación del interno.
b) Alta seguridad: comprende el periodo cerrado, no se trabaja fuera del
penal, hay restricción de las comunicaciones.
c) Mediana seguridad
d) Mínima seguridad
e) De confianza
En el Sistema Penitenciario Colombiano, según el artículo 113 del Código
Penitenciario y Carcelario (Ley 65 de 1993), es el Cuerpo de Custodia y Vigilancia
el encargado de:
“… mantener y garantizar el orden, la seguridad, la disciplina y los programas de resocialización en los centros de reclusión, la custodia y vigilancia de los internos, la protección de sus derechos fundamentales y otras garantías consagradas en la Constitución Política, en los pactos, tratados y convenios internacionales de derechos humanos, suscritos y ratificados por Colombia y en general asegurar el normal desarrollo de las actividades de los centros de reclusión”
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 52
Figura 19.
Fases del tratamiento penitenciario colombiano
Nota: figura elaborada por el autor.
Para la adecuada aplicación del tratamiento del sistema progresivo existe la
participación del Consejo de Evaluación y Tratamiento cuyas funciones se
encuentran claramente definidas en la resolución 7302 de 2005 en los artículos 9,
10, 11, 12 y 13; es importante tener en cuenta que dentro de los funcionarios del
CET se encuentra el funcionario del Cuerpo de Custodia y Vigilancia, cuya
funciones según el Plan de Acción y sistema de Oportunidades es:
“el encargado de garantizar un adecuado comportamiento en comunidad, propendiendo por un clima amable y el desarrollo de relaciones interpersonales adecuadas –de liderazgo y subordinación-, en los espacios de comunes de alojamiento, trabajo y educación. Para cumplir con esta función, desarrolla las siguientes actividades: • Constatar la programación e informar a los diferentes estamentos sobre
las actividades que realizan los internos en cada uno de los espacios del establecimiento.
• Cumplir con el reglamento del régimen interno, trabajando en un marco de disciplina, acatamiento de órdenes y respeto a las figuras de autoridad.
• Supervisar el desempeño de los internos en los frentes laborales, en los programas sugeridos para el tratamiento integral, y en todo tipo de actividades que generen información básica para la intervención”
En este momento es muy importante hacer la salvedad que no se encontró
información documental que corroborara que en algún país se vincula el personal
de Custodia y Vigilancia con el tratamiento penitenciario, es más en algunos
países como Estados Unidos, Australia, Inglaterra y Gales se han privatizado los
establecimientos de reclusión, proceso que no desvincula de la privatización a la
guardia, para no ir más lejos en la Cárcel Distrital el Bosque y en la Reclusión de
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 53
Mujeres de la ciudad de Barranquilla actualmente la seguridad es contratada con
la empresa privada, obteniendo hasta el momento adecuados resultados.
Si bien es cierto no hay información al respecto, es importante aclarar que el
proceso que viene desarrollando el INPEC de vincular al Cuerpo de Custodia y
Vigilancia al tratamiento penitenciario no es equívoco, siempre y cuando no se
pierda de vista que la función principal de estos funcionarios es velar por la
seguridad del establecimiento y todo lo que ello implica, por eso esa participación
más allá de la participación en la construcción de un informe interdisciplinario
debe estar encaminada a la participación como ente ejemplarizante de las
conductas de convivencia y seguridad que deben reinar en el régimen al interior
del establecimiento.
Informe del personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia en el marco del tratamiento penitenciario
Uno de los pasos de mayor importancia en lo que refiere al concepto que debe
realizar el Cuerpo de Custodia y Vigilancia consiste en proporcionar al Consejo de
Evaluación y Tratamiento CET su apreciación profesional pertinente al
comportamiento relacionado con aspectos de seguridad de los internos, de tal
manera que integrado a las visiones de los otros profesionales permita obtener
una visión integral de la problemática del sujeto.
En este orden el Cuerpo de Custodia y Vigilancia debe reorientar su proceso
evaluativo e incorporar nuevos elementos que admitan efectuar una estimación
orientada a establecer las circunstancias y necesidades en materia de seguridad
del privado de la libertad, pero además que le permitan establecer el grado de
supervisión que requiera el interno y así mismo le permita tener un punto de
partida para sugerir el tipo y modalidad de tratamiento que más favorece.
Es de anotar que el proceso de evaluación, requiere el uso de diversas
técnicas de recolección de información que permiten disminuir el sesgo
atribucional propio del sujeto, que lo lleva a ser subjetivo, dado que permite
triangular la información, generando a su vez estándares científicos que permiten
que se cumpla con dos criterios importantes: la contrastabilidad y la verificabilidad
de los resultados.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 54
En este orden, a continuación se describen algunas técnicas de recolección de
información que pueden ser utilizadas para proporcionar el concepto técnico del
Cuerpo de Vigilancia y Custodia:
Tabla No. 2.
Técnicas de recolección de información.
Técnica de recolección de información Uso
Entrevista semiestructurada
Generalmente la entrevista en esta área busca ser desarrollada con el interno. Tiene como objetivo identificar factores de riesgo criminógeno, factores protectores, comportamientos de riesgo y características del actuar.
Observación de pautas conductuales y relacionales
En este apartado se evalúa el manejo del poder del interno, la interiorización de normas, la capacidad de adaptación a los diferentes espacios sociales y el manejo de autoridad, capacidad de liderazgo y toma de decisiones.
Estudio del expediente Esta busca realizar la identificación de problemas disciplinarios o de convivencia que ha tenido durante su estancia en el establecimiento penitenciario.
Aplicación de pruebas seleccionadas
Se realiza la aplicación de pruebas si es considerado pertinente.
Nota: Elabora por el autor a partir de diferente autores.
Ahora bien, producto del proceso de evaluación se efectúa el concepto técnico
que el documento que se elabora con el fin de conocer las características de los
internos en cuanto a su aprehensión de normas y cumplimiento de directrices de
convivencia y seguridad, a partir de la evaluación que se realiza se posibilita la
toma de decisiones por parte del Consejo de Evaluación y Tratamiento en cuanto
a la medidas y el programa al que debe ser vinculado el infractor.
Es así que el concepto debe reflejar las necesidades de los individuos
evaluados y servir como base en el establecimiento del plan de atención e
intervención individual del interno a fin de disminuir la probabilidad de
reincidencia o la presentación de comportamientos que atente contra la seguridad
del centro penitenciario, del mismo sujeto o de sus compañeros.
En este orden la elaboración de dicho concepto debe obedecer a un proceso
estandarizado que se lleva a cabo en la construcción del informe, con el fin de
obtener los datos suficientes, relevantes y pertinentes en esta área de evaluación,
orientando el proceso de toma de decisiones
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 55
Para efectos de este estudio se indicará la metodología en términos generales
a seguir en la construcción del informe.
El proceso de construcción del informe, busca seguir las características del
método científico en los que se posibilite la formulación y comprobación de
hipótesis y de esta manera el plan a seguir con el privado de la libertad, en el
particular de lo relacionado a los aspectos de convivencia y seguridad. A
continuación se explicará cada una de las partes que comprende la metodología.
El informe constituye una de las partes más importantes del proceso evaluativo,
dado que debe denotar la técnica científica de forma clara, coherente y completa,
dando respuesta a los interrogantes que en materia de seguridad y convivencia
se solicitan, pero además, es el espacio donde el profesional de la seguridad
debe escribir solo aquello que está seguro de poder sustentar de manera precisa
y con respaldo teórico - empírico. En este se debe mencionar de forma detallada y
en orden cada uno de los pasos que se llevaron a cabo para la recolección y
análisis de información, así como la manera como se llega a conclusiones de la
evaluación. Es importante mencionar los tiempos invertidos y el número de
observaciones que se desarrollaron para obtener el resultado.
En términos generales debe contener los siguientes aspectos:
Situación de una persona.
Se suele indagar sobre la reincidencia del sujeto en un medio carcelario y los
antecedentes de su comportamiento en cuanto a faltas o sanciones disciplinarias
a las que haya sido objeto.
Síntesis explicativa.
El profesional de la seguridad emite como resultado del estudio, la valoración.
Esta síntesis deberán seguir los criterios de precisión de términos, claridad
expositiva y argumentativa.
Competencias laborales - Perfil del funcionario del Cuerpo de Custodia y Vigilancia en el Consejo de Evaluación y Tratamiento
Este proceso requiere, entonces de un profesional en seguridad con un perfil
particular como a continuación se denota. Por un lado, este personal debe reunir
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 56
aquellos aspectos propios del personal de seguridad que demanda el INPEC; de
otro lado, están las competencias específicas para el trabajo dentro de los CET.
Entre los primeros, se puede diferenciar aquellos aspectos, cualidades o
competencias que el personal de guardia y custodia debe poseer con antelación
al ingreso a la carrera de guardia y que, de hecho, permiten acceder a dicha
carrera. En segundo lugar, están las competencias que se pueden adquirir a lo
largo del curso básico de formación de guardias, el cual los aspirantes deben
superar satisfactoriamente para quedar nombrados en el cargo.
Funcionario de Cuerpo de Custodia y Vigilancia. Tal como lo expresa el artículo
117 de la ley 65 de 1993 (Código Penitenciario y Carcelario), este cuerpo es de
carácter civil y permanente, integrado por personal uniformado, jerarquizado con
régimen y disciplina especial, encargado de velar por la seguridad, vigilancia y
disciplina de los establecimientos carcelarios y penitenciarios, que se encuentra
conformado por oficiales y suboficiales.
En este orden, el funcionario que conceptué para Consejo de evaluación y
tratamiento debe ser un oficial, preferiblemente capitán o mayor con conocimiento
en seguridad y formación universitaria en una ciencia social como derecho,
sociología, psicología, antropología, psiquiatría, entre otras.
En este mismo orden debe tener habilidades y conocimientos en el área de la
seguridad, lo que implica manejo de comportamientos de riesgo que atenten
contra la convivencia, predicción de daño potencial sobre sí mismo o sobre la
comunidad. Y en sus características personales es primordial contar con una
persona que exhiba estabilidad emocional, manejo de poder, liderazgo y
formación ética que le permitan responder a las exigencias del cargo. De forma
específica, tenemos:
1. Competencias previas al ingreso a la carrera de guardia: A partir de
convocatorias que el INPEC ha realizado por medio de la Comisión
Nacional del Servicio Civil para el ingreso a la carrera de personal de
custodia y vigilancia (por ejemplo, la convocatoria CNSC-CM- 01 DE 2008),
los aspirantes deben poseer:
a) Aptitud físicoatlética (Art.2.1.1.2): resistencia aeróbica y capacidad
óptima del organismo para metabolizar el óxigeno en la sangre.
b) Personalidad: se mide personalidad general, mediante la prueba MMPI-2
y una entrevista grupal, aunque no se específica que aspectos
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específicos de personalidad interesa medir y que niveles se consideran
óptimos en los aspirantes.
c) Pruebas de inteligencia: se tiene en cuenta el razonamiento verbal,
numérico, mecánico y espacial y rapidez y exactitud perceptiva.
d) Uso del lenguaje: ortografía y uso adecuado del lenguaje (detección de
errores sintácticos, de puntuación, y uso de letras mayúsculas.
e) Memoria visual.
f) Como aspectos complementarios, de acuerdo a entrevistas realizadas a
personal docente de la Escuela Penitenciaria Nacional (Acosta, D.
Comunicación Personal, 9 de marzo del 2009) se sugiere tener en
cuenta la estabilidad psicosocial de la familia del aspirante y evaluar el
posible consumo de drogas).
g) Valores: De acuerdo al decreto 407 DE 1994, se espera del personal
penitenciario y carcelario que su desempeño en el cargo se ajuste a una
serie de principios que implican, en términos prácticos la interiorización
de valores como:
• Igualidad, imparcialidad y protección
• Naturaleza del servicio penitenciario y carcelario nacional
• Oposición a la corrupción
• Respeto a la ley, obediencia y armonía
• Respeto a la dignidad humana
• Cumplimiento de la ley
2. Competencias resultantes de la formación recibida en el Curso de
Dragoneantes: para aspirar al nombramiento como dragoneante, el
aspirante debe superar con éxito este curso que reúne materias de
psicología, seguridad, tratamiento y desarrollo, administración penitenciaria,
ética y metodología de la investigación, entre otros aspectos. Además de
ello, el/la aspirante debe superar asignaturas de preparación física,
prácticas y otras asignaturas extracurriculares y electivas.
Posteriormente, los dragoneantes que cuenten con un título universitario de
pregrado pueden acceder al curso para oficiales y, superado éste, pueden
entrar a hacer parte del CET.
Seguridad y Tratamiento Penitenciario 58
3. De acuerdo al diagnóstico de miembros de los CET llevados a cabo para
este proyecto, se destacan como cualidades que deben reunir los miembros
de los CET, sin diferenciar por cargo o profesión, las siguientes:
a) Resistencia a la frustración
b) Resistencia al trabajo bajo presión
c) Tolerancia, honestidad, compromiso y responsabilidad, entre otros
valores
d) Interés por escuchar y aprender de las personas
Los miembros dragoneantes de lo CET entrevistados en el marco del
diagnóstico de este cuerpo colegiado, tienden a indicar que su trabajo no se
relaciona con las familias o las redes sociales de los internos/as. Frente a ello,
consideramos que las oportunidades de visitas de familiares y amigos que recibe
el personal interno pueden constituir oportunidades para el personal de guardia y
custodia para recabar información de estas fuentes de apoyo social - información
útil para las funciones de los CET-, ya que ingreso, permanencia y egreso de las
visitas al establecimiento está a cargo básicamente del personal de custodia y
vigilancia.
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