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Mirada InternacionaUruguay
el desafo del agua, ms
all del derecho humano
Contexto Nacional:Avances en la constitucionalizacin
del Derecho Humano al agua y los
servicios bsicos
DERECHO AL AGUA Y LOS
SERVICIOS BSICOS EN EL
DEBATE CONSTITUYENTE
Revista Semestral - Diciembre 200N2
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Derecho al agua y losServicios Bsicos en elDebate Constituyente
Diciembre - 2007
N 2
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AguaAmbiente, es una revista de publicacinsemestral que tiene el objetivo de aportar aldebate sobre los temas de agua y medio ambientecon artculos, entrevistas, coloquios y noticiasexpresando la diversidad de opiniones y las
controversias sobre temas legales y de polticaspblicas. La revista se difunde a nivel nacional yla versin digital se encuentra en la pgina web deAgua Sustentable.
Agua Sustentable, es una ONG, sin nes de lucro,cuyo objetivo es contribuir a la gestin sustentabledel agua y del medio ambiente a nivel nacionale internacional, a travs de la construccin deconocimientos, polticas, instituciones y normasjurdicas orientadas a generar el bienestar colectivo,
el desarrollo socio econmico y ambiental de laspoblaciones locales, y a travs del desarrolloy fortalecimiento de capacidades sociales ycomunitarias, promoviendo la participacin yresponsabilidad ciudadana en el cuidado y lagestin colectiva y participativa de las cuencas ylas fuentes de agua y los servicios derivados deluso de estas, teniendo como gua el principio delagua como derecho humano y la prelacin de usodel agua destinada a la vida entendida esta como
el consumo humano, las actividades productivasrelacionadas con la seguridad alimentara y elmedio ambiente
P
resentac
in
Edicin del texto:Ren Orellana Halkyer
Coordinacin de la Revista:Fabiola Rios Pool
Diseo y diagramacin:Pedro Guereca (www.taller64.com)
Fotografas:M.Vilela, P.Guereca, E. Cordero,MOMOS, G. Mondaca, C. Vargas,O. Campanini
Agua SustentableD. L.:2-3-48-07
Derechos ReservadosAgua Sustentable
El material contenido en la revista puede
ser citado siempre y cuando se d el
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Contenidos
Derecho al agua y derechos de agua en el proyecto deConstitucin de Bolivia Ren Orellana H.
El Agua: Un puente entre lo urbano y lo ruralOscar Campanini
Agua en la Constituyente: Un balance polticoJos De la Fuente J.
La Regulacin de los Servicios BsicosJos Volkmar F. Barragn B.
De la declaracin a la vigencia del Derecho Humano alAgua Fabiola Rios Pool
Alcances y limitaciones del Derecho Humano al AguaRoxana Castellon T.
El suma qamaa (vivir bien) y los servicios bsicosGonzalo Mondaca
5
Editorial
Contexto Nacional:
Juan Carlos Alurralde Tejada
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9
45
Conversatorio
Mirada InternacionalUruguay: el desafo del agua, ms all del derechohumano Carlos Santos
El Debate Constituyente
OpinionesEntrevistas a representantes sociales
Anexos:Artculos aprobados relativos al agua en el proyectode Constitucin
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En este hermoso pas nuestro, convulso, agitado porconfrontaciones, a veces parece que caminramos al abismo,sin embargo tenemos siempre la esperanza que cuando vemos
el fondo de ste, los adversos nos acercamos a comprendernos,
a concertar, reconocindonos y encontrando juntos un camino, o
haciendo uno, sabindonos diferentes y diversos, pero unidos en
esa complejidad. Creemos de verdad que parte al menos de ese
camino a construir juntos se expresa en el proyecto de Constitucin
Poltica del Estado que ha dado a luz la Asamblea Constituyente. Y
estamos seguros que una de las vetas mas valiosas de los aportes
del proceso constituyente es justamente el cuerpo de disposiciones
sobre agua y medio ambiente.
Cun difcil ser llegar a un acuerdo nacional sobre el reconocimiento
del agua como un derecho de la vida y del ser humano? Cun difcil
ser llegar a un acuerdo sobre la necesidad de gestionar el agua de
manera participativa, de garantizar agua clara, limpia y saludable
para beber, para regar, para producir, para sembrar, para dar vida
a la naturaleza? Cun difcil ser limitar, restringir y aprender a
controlar los daos al agua y al medio ambiente, compartiendo
responsabilidades entre todas las ciudadanas y ciudadanos para
tener una vida sana?
No parece que tengamos graves desencuentros sobre las
disposiciones aprobadas con respecto a agua y servicios bsicos
en el proyecto constitucional, de hecho la Comisin de Recursos
Hdricos de la Asamblea Constituyente aprob por unanimidad
un conjunto de artculos que fueron nalmente incorporados en el
proyecto constitucional. Pero si existieran desencuentros sobre el
texto, no creemos que se hayan cerrado las puertas a los ajustes
necesarios e imprescindibles.
En este segundo nmero de la
revista Aguaambiente deseamos
sinceramente contribuir a desarrollarestas reexiones, desde nuestra
comunidad institucional a la
que hemos denominado AGUA
SUSTENTABLE. Queremos ofrecer
a los lectores un conjunto de
reexiones sobre los avances del
proceso constituyente. Nuestra
institucin en particular se ha
involucrado con profunda vocacin
Edito
rial
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constructiva en este proceso de debate y redaccin de textos
constitucionales, acompaando a las organizaciones sociales,
en particular campesinos, indgenas, originarios, y tambin por
supuesto organizaciones de asociaciones de servicios de agua
potable, desde mediados de 2006.
Este nmero de la revista forma parte de esta voluntad de
abrir el teln, brindar un escenario y micrfonos a diversas
personas, que nos ayudan a reexionar sobre las disposiciones
proyectadas en relacin al agua y sus servicios.
Al menos 18 artculos del proyecto de Constitucin aprobado
por la Asamblea Constituyente en diciembre de 2007 tratan
o comprenden de manera especca o general sobre el tema
del agua. En esta edicin esperamos que algunas de estas
disposiciones proyectadas puedan ser comentadas desde la
perspectiva de los articulistas, comentaristas y entrevistados.
Se podr objetar que en este documento nos hemos concentrado
en mirar el proyecto constitucional y no hemos amplicado
nuestra visin a otras propuestas. Probablemente as sea, pero
la razn de esta mirada se explica por la preocupacin en sentido
que se habra aprobado un documento que condena al pas a
una suerte de proyecto comunitarista sin respetar los derechos
pluralidad de bolivianos y bolivianos que no son parte de una
realidad indgena y campesina. Nos parece fundamental despejar
estos temores, comentando y reexionando precisamente sobre
un tema que nos atinge a todos y que no puede tener una
mirada nicamente rural. Que mejor pretexto para hablar de los
derechos de todos, individuales y colectivos, sin distincin, sin
diferencias, que abordar el derecho y los derechos de aguas.
Esperamos sinceramente que los lectores, encuentren en este
documento algunos argumentos que contribuyan a la reexin
en momentos lgidos, en los que nuestro pas se conmueve,porque parecemos acercarnos nuevamente al abismo. Ojala
estas reexiones nos ayuden a construir puentes, juntos, todos,
en esta gran oportunidad y comunidad llamada Bolivia.
Juan Carlos Alurralde T.
Director Ejecutivo
Agua Sustentable
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Contexto Nacional
Derecho al agua y derechos de agua en el proyecto
de Constitucin de Bolivia
Ren Orellana H.1
Un principio general y bsico del proyecto constitucional es el agua para
la vida, lo cual marca un hito en la medida en que la vida en general
(la biodiversidad, la naturaleza incluyendo a la vida humana) tienen
carcter prioritario, y el Estado debe protegerla y garantizarla con acciones
especfcas que eviten por ejemplo la contaminacin, la construccin de
inraestructura que la aecte seriamente... operacionalizar esta obligacin
del Estado de proteger la vida va a implicar un reto que se debe traducir
en institucionalidad de control y regulacin, en prcticas regulatorias, en el
ejercicio jurisdiccional para perseguir y castigar el dao al agua que aecte
la vida, en la prevencin, mitigacin y compensacin
1 Socilogo Ph.D. Coordinador del rea Agua yMedio Ambiente de Agua Sustentable.
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.:. Introduccin
En el presente artculo desarrollaremosreexiones sobre los avances en el pro-
ceso constituyente en relacin al derechohumano al agua, a la eliminacin de la -gura de concesin de la legislacin comoacto jurdico que otorga derecho de usode aguas, al reconocimiento de los usosy costumbres y a la constitucionalizacinde la regulacin con participacin social.
Nos parece que estos son temas centra-les en las disposiciones proyectadas, sin
duda novedosas.
En el caso de la declaratoria del aguacomo derecho humano, analizaremos enparticular el acpite de Derechos Funda-mentalsimos correspondiente al CaptuloSegundo del Ttulo II de la Primera Partedel Proyecto de Constitucin.
:. Derecho Humano al Agua
La constitucionalizacin del derecho hu-mano al agua marca un hito en Bolivia,no encontramos un parangn en nues-tra historia de reformas constitucionales.No obstante s encontramos un debatenutrido sobre el tema en el escenario in-ternacional, iniciado ya por el Pacto de
Derechos Econmicos Sociales y Cultu-rales (PDESC)2. Sin embargo, la decla-ratoria del agua como derecho humanova ms all de los Derechos EconmicosSociales y Culturales, incluyndolo en elcuerpo de derechos fundamentalsimos,
es decir, en el conjunto de derechos cuyocumplimiento constituye el mximo de-ber y obligacin del Estado. Ciertamenteesta declaracin del derecho humano al
agua tiene como antecedente a los mo-vimientos sociales del agua, aunque noha sido precisamente una bandera socialplanteada con esa precisin hasta el ini-cio del proceso constituyente. Los temasfuertes en las banderas de las organiza-ciones sociales los ltimos aos han sidomas bien la eliminacin de la gura deconcesin, la prohibicin de la privatiza-cin, y la constitucin de un modelo de
regulacin con participacin social, te-
Artculo 20
I. Toda persona tiene derecho alacceso universal y equitativo a losservicios bsicos de agua potable,alcantarillado, electricidad, gas domi-ciliario, postal y telecomunicaciones.
II. Es responsabilidad del Estado,en todos sus niveles de gobierno, laprovisin de los servicios bsicos atravs de entidades pblicas, mixtas,cooperativas o comunitarias. En loscasos de electricidad, gas domicilia-rio y telecomunicaciones se podrprestar el servicio mediante contratoscon la empresa privada. La provisinde servicios debe responder a loscriterios de universalidad, responsa-bilidad, accesibilidad, continuidad,calidad, eciencia, ecacia, tarifasequitativas y cobertura necesaria;con participacin y control social.
III. El agua y alcantarillado consti-tuyen derechos humanos y no sonobjeto de concesin ni privatizacin.2 Un resumen breve de este debate internacional
se puede encontrar en Orellana, 2007b.
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mas sobre los que comentaremos masadelante.
La declaracin del agua como derecho
humano va a tener, sin embargo, impli-caciones importantes en la prctica; par-ticularmente en la prestacin de serviciosy en los derechos de aguas concedidosa operadores extractivos que tienen im-pacto sobre poblaciones locales, entreotros. Por otra parte, se abre un debatesobre la prelacin de usos, es decir, lasprioridades especcas de uso, una vezque se garantiza el agua para la vida:
el consumo humano (el agua como ser-vicio) y la produccin para la seguridadalimentaria. Los otros usos quedaran su-
jetos al cumplimiento de los primeros, yen particular del primero, si se respetaseel articulado que es parte eventualmentedel proyecto de Constitucin Poltica delEstado (CPE).
Un principio general y bsico del proyec-to constitucional es el agua para la vida(vase art. 374, pargrafo I), lo cual mar-ca tambin un hito en la medida en que lavida en general (la biodiversidad, la natu-raleza incluyendo a la vida humana) tie-nen carcter prioritario, y el Estado debeprotegerla y garantizarla con acciones es-peccas que eviten por ejemplo la con-taminacin o la construccin de infraes-
tructura que la afecte seriamente. Ahorabien, operacionalizar esta obligacin delEstado de proteger la vida va a implicarsin duda un reto que se debe traducir eninstitucionalidad de control y regulacin,en prcticas regulatorias, en el ejercicio
jurisdiccional para perseguir y castigarel dao al agua que afecte la vida, en laprevencin, mitigacin y compensacin,
entre otros. Quedar pendiente la tareade traducir la proteccin del agua para lavida en una ley general de aguas y encambios en la legislacin ambiental una
vez aprobada la Constitucin.Otro tema importante y que tiene relacincon conictos entre sectores de uso esel de calidad del agua y su impacto enla salud. En la medida en que el aguaes un derecho humano, el Estado debegarantizar que ese derecho se cumplatraducindose en agua de calidad paralas personas, es decir, en agua que no
afecte la salud de las personas sino quela proteja y la mejore. De modo que lacontaminacin generada por operadoresextractivos debera ser rigurosamente re-gulada, haciendo prevalecer el consumohumano y el riego para la produccin ali-mentaria.
Ahora bien, esto va a implicar no sola-
mente el desarrollo de prcticas regulato-rias ecaces en el control ambiental, sinotambin la revisin de derechos conce-didos, particularmente a operadores mi-neros, o la sancin a los mismos cuandoviolan el derecho al agua en condicionesde calidad que no afecten a la salud.
En cuanto a la prestacin de serviciosde agua potable, los temas que implican
debate estn relacionados con: tarifas,precios de conexin, cortes por falta depago, entre otros. El cumplimiento delderecho humano al agua debera implicarpriorizar a los pobres, a los ms vulnera-bles, cuyos derechos estn precisamen-te en situacin de precaria satisfaccin.En consecuencia, el Estado tendra laobligacin de desarrollar inversiones im-
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portantes en el sector, subvencionandouno de los mayores pesos en la tarifa:los costos de inversin en infraestructuray expansin de la cobertura. Esto tendra
un impacto importante en la tarifa, redu-cindola sustancialmente. Otra medidaen la que se podra traducir el derechohumano al agua es la implementacin desubsidios cruzados y de subsidios tarifa-rios y/o de precios de conexin a los maspobres En estos dos temas nuestro passe encuentra muy rezagado. Ciertamen-te muchos pases han avanzado sustan-cialmente sin necesidad de reconocer
el derecho humano al agua; Chile es unejemplo en el sector de agua potable, noobstante el incumplimiento en el respetoa derechos indgenas en lo que hace aderechos de aguas concedidos a mine-ros e hidroelctricos en detrimento de po-blaciones locales, Argentina tambin haimplementado medidas de subsidio a lospobres en situaciones de crisis3.
En nuestra opinin, no se trata de prio-rizar una u otra medida tcnica para elcumplimiento del principio constitucional,sino de articularlas en un conjunto que
haga a un enfoque de polticas pblicas,dirigidas a acercarse al cumplimiento ple-no del derecho. Es decir, lo que se plan-tea es una visin de poltica de Estadoque se traduzca en desarrollar mecanis-mos institucionales estatales operativos,cuya puesta en prctica permita:
Garantizar agua de calidad para lasalud.
Garantizar el acceso al agua paraconsumo humano a la poblacin, enparticular a los ms pobres y vulne-rablesGarantizar el acceso al agua para laproduccin destinada principalmentea la seguridad y la soberana alimen-taria.Garantizar el uso adecuado y la con-servacin del agua como elemento
del entorno ambiental en el cual sedesarrolla la vida incluyendo a la vidahumana.Garantizar la prelacin de usos delagua (para consumo humano y pro-duccin para la seguridad alimenta-ria) en casos de confrontacin consectores de uso de carcter extrac-tivo.
Ahora bien, cuando hablamos de meca-nismos y prcticas concretas podemosestar rerindonos entre otras a las si-guientes:
Planes de Inversin que permitanampliar la cobertura de los serviciosRegulacin adecuada que permi-
3 Sobre el tema vase Lentini, Gentes y Yaez/Poats: 2007.
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ta garantizar la prelacin de usos ycumplir con la obligacin estatal dehacer respetar el derecho humano alagua y el agua para la vida.
Planicacin concertada del uso delas aguas y las cuencas.Rgimen de derechos de aguas quefavorezca efectivamente a los usosdel agua destinados al consumohumano y al riego. Rgimen que yaexiste y que hay que desarrollarlo,a partir de las guras de Licenciasy Registros establecidas en la Ley2066 de Servicios de Agua Potable y
en la Ley 2878 de Promocin y Apo-yo al Sector Riego para la Produccin
Agropecuaria y Forestal.Obligacin legislada de los gobiernoslocales y regionales de presupuestarinversiones y desarrollar programasde asistencia tcnica.
Ahora bien, la vigencia del derecho fun-
damentalsimo al agua, no implica ne-cesariamente la gratuidad del servicio,sino ms bien la obligacin del Estadode generar condiciones para el accesoa los servicios particularmente a los msvulnerables, a aquellos cuyos derechosestn gravemente deteriorados por sucondicin de pobreza.
La legislacin especial deber trabajar
en detalle las implicaciones operativasdel derecho humano al agua.
.: Eliminacin de las Concesiones
La impresin que tendrn los lectores delpargrafo III del artculo 20 del proyectode Constitucin ser probablemente de
intriga. Por qu se proscribe la gura deconcesin y se la elimina del rgimen dederechos establecido en la legislacin?Acaso la palabra concesin implica al-
gn grado de afectacin a derechos so-ciales o al ejercicio del derecho humanoal agua? A qu enfoque legislativo y dedesarrollo corresponde ese acto jurdicoque otorga derecho denominado conce-sin?
Hay una explicacin para entender laoposicin social a la gura de concesiny tiene relacin con los conictos por elagua iniciados el ao 2000 y con las ini-
ciativas sociales que dieron lugar a cam-bios legislativos inaugurando un rgimende derechos diferente y contrario a lasconcesiones. Hagamos un examen de-tallado de este proceso histrico, de lascaractersticas de la concesin que des-pertaron oposicin y de las propuestassustitutivas a esta gura que podran darlugar al desarrollo de normas legales unavez aprobado el instrumento constitucio-
nal.
En abril del ao 2000, se produjo unconicto de graves repercusiones en Co-chabamba (Bolivia) denominado popular-mente Guerra del Agua. Durante variosdas la poblacin aglutinada en juntas ve-cinales, gremios, sindicatos campesinosy organizaciones de regantes tom la
Artculo 20
III. El agua y alcantarillado constitu-yen derechos humanos y no son ob-
jeto de concesin ni privatizacin.
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ciudad, producindose muchos heridosy un muerto como resultado de una vio-lenta represin. El conicto termin conla rescisin del contrato de prestacin de
servicios de agua potable suscrito por laSuperintendencia de Saneamiento Bsi-co y el consorcio Aguas del Tunari (en elcual el principal accionista era la empre-sa transnacional Bechtel) y la modica-cin de 36 artculos de la Ley 2029 de
Agua Potable y Alcantarillado Sanitarioa travs de la Ley 20664. Este conictocambi radicalmente el pas y puso en elmen de discusin el tema de los dere-
chos de agua.
Un cambio de fondo en la Ley fue la in-troduccin de dos actos jurdicos queotorgan seguridad jurdica en la presta-cin de servicios denominados Licenciay Registro, actos que deberan sustituira la Concesin. La Licencia a travs deresolucin conjunta con una Autorizacin
permite a las Entidades de Prestacin deServicios de Agua Potable (EPSA) contarcon seguridad jurdica sobre los activos,
el patrimonio en general, el rea de pres-tacin de servicios y contar con el dere-cho de uso de fuentes de Agua.
La Concesin, fue diseada como unacto jurdico que no otorga ciertamentederecho de propiedad plena sobre lasfuentes de agua pero en la ingeniera ju-rdica vigente, heredada del modelo neo-liberal, constituye una suerte de derechopropietario imperfecto, en la medida enque se agrega al patrimonio con ciertovalor. Lo que observamos en el sector deaguas son dos tipos de concesiones: 1)
concesiones sobre fuentes de agua (porfuentes o cuerpos de agua georeferen-ciables, y por caudales o volmenes deagua), y 2) concesiones de prestacin deservicios de agua potable y alcantarilladosanitario, esta ltima se otorga sobre elrea de prestacin de servicio (georefe-renciada) por un perodo determinado,paga tasa de regulacin a la superinten-
dencia (por un mximo de 2% del total desus ingresos operativos).
En resumen, la concesin y su congu-racin jurdica en el cuerpo legal vigenteheredada de un enfoque de desarrollomercantilista tiene las siguientes carac-tersticas:
Concesin: Acto jurdico que otorga
por un mximo de 40 aos el dere-cho de uso y aprovechamiento deun determinado recurso natural o elderecho de prestacin de un servicio.Se sustenta en un contrato suscritoentre el Estado (a travs de las su-perintendencias) y el titular (solici-tante o ganador de una licitacin); elcontrato constituye ley entre partes y
4 La Ley 2029 fue aprobada en noviembre de 1999,se trataba de una norma que no slo contenadisposiciones sobre servicios de agua potabley alcantarillado sanitario sino tambin sobrefuentes de agua natural en general. A travs deuna disposicin nal se introduca en esa ley unrgimen de derechos de aguas para todos los
usos (basados en la gura de concesin) y unmarco institucional regulatorio. En febrero de2000, el gobierno ya tena listos los reglamentosde la Ley 2029, con el n de promulgarlos atravs de un Decreto Supremo; la Guerra delAgua protagonizada en abril de 2000 detuvosu aprobacin. La modicacin de la Ley 2029a travs de la Ley 2066 inaugur otra etapa yun nuevo enfoque en el rgimen de derechosde aguas y de prestacin de servicios de aguapotable.
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determina mecanismos de resolucinde conictos, entre otros aspectos.
Al constituir el contrato, Ley entrepartes, la aprobacin de una nueva
norma legal o la modicacin de unaexistente que hace de contexto jurdi-co al contrato en cuestin, no sueletener efecto en trminos de cambioo modicaciones en el contrato, portanto, el contrato es impermeable ala nueva legislacin, y es resistentea la adecuacin o regularizacin enel marco de nueva legislacin. Porotra parte, la concesin, como ttulo
que otorga derechos especcos estransable no tanto porque as lo es-tablezca la Constitucin Poltica delEstado vigente, sino porque as seha legislado en normas de menor je-rarqua en el marco del modelo neoli-beral- y constituye un ttulo con valor,es decir, se puede comprar y vendero registrar como parte del patrimo-
nio, lo cual implica riesgos de lesinal estado porque un ttulo otorgadopor ste a un solicitante o postulanteen un proceso de licitacin, lo fue -almenos eso se presume- previo exa-men de las capacidades y condicio-nes adecuadas.
En el sector de agua potable, la gurade la concesin conduce a la inevitable
licitacin pblica del servicio una vezcaducado el plazo de la misma; la licit-acin implica la posible desaparicin delos prestadores de servicios y la adjudi-cacin del servicio al ganador, obligandoa la Entidad de Prestacin de Serviciosde Agua Potable (EPSA) saliente, a en-tregar sus activos al nuevo operador, loque equivale a una suerte de expropiacin
por ley5. La Superintendencia de Sanea-miento Bsico otorg concesiones por15 aos a varias cooperativas de SantaCruz, algunas de ellas, en el marco de la
ley de servicios de agua potable todavavigente, se veran obligadas a entregarsus activos no obstante el esfuerzo famil-iar y social invertido, cuando caduque laconcesin en 10 u 11 aos ms6.
El mecanismo homogenizante que pro-movi la poltica sectorial de saneamien-to en gestiones pasadas fue la gura deconcesin, la misma que fue promovi-
da como expresin de seguridad jurdicapara entidades modernas, con una ins-titucionalidad poco permeable a lo social,
5 Segn la Ley 2066 de Servicios de AguaPotable y Alcantarillado Sanitario, la denicinde EPSA comprende entre otras: empresapblica municipal, cooperativa de serviciospblicos, asociacin civil, pueblos Indgenasy originarios, comunidades indgenas y
campesinas, asociaciones, organizacionesy sindicatos campesinos, comits de agua,pequeos sistemas urbanos independientes,juntas vecinales y cualquier otra organizacinpara la prestacin de servicios de agua potabley/o alcantarillado sanitario.
6 Debemos reconocer, sin embargo, que en ungiro notable de visin de regulacin, la gestinde la Superintendencia de Saneamiento Bsico(SISAB) correspondiente al gobierno de EvoMorales suspendi la otorgacin de Concesiones
e inici un proceso de regularizacin de serviciosde agua potable y alcantarillado sanitario atravs de la otorgacin de Licencias y Registros.Hacia nales de 2007, estaba en marcha unplan de otorgacin de 490 licencias y registroscon nanciamiento del Banco Interamericanode Desarrollo. Este proceso permitira ampliar eluniverso de regulados y contar con un censo deEPSA locales que prestan servicios, censo cuyabase de datos podra permitir desarrollar planesde inversin y asistencia tcnica.
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salvo por procedimientos estrictamentereglados y mediatizados por el regulador.La Superintendencia de SaneamientoBsico (SISAB) y el Viceministerio de
Servicios Bsicos (VSB) estimularon enconsecuencia, en el pasado, la incorpora-cin forzada de entidades pequeas, decarcter rural o de comits o pequeascooperativas en la gura de concesin.
Ahora bien, surge seguramente la pre-gunta de cmo sustituir esta gura deconcesin en el desarrollo legislativo quese realizar a partir de la promulgacin de
la nueva Constitucin, una vez que stahaya sido aprobada por referndum. Yatenemos avances en este tema que pue-den ayudarnos a responder esta inquie-tud. Habamos dicho, pginas atrs, quela Ley 2066 de Servicios de Agua Potableha creado en el caso del uso de fuentesde agua la gura de Autorizacin (que vaunida a la Licencia, siendo esta ltima la
gura jurdica que formaliza la prestacinde servicios) para operadores urbanosprincipalmente y el Registro para pueblosy comunidades campesinas e indgenas.
La gura del Registro constituye un actojurdico a travs del cual los pueblos ind-genas originarios y campesinos cualquie-ra sea su forma de organizacin (puebloindgena, central comunal, intercomunal,
organizacin de regantes, asociacin deapoyo mutuo, como es el caso de lascooperativas o comits campesinos,etc.) son reconocidos como organiza-ciones colectivas que acceden y aprove-chan aguas naturales para la satisfaccinde necesidades colectivas e individuales,proveyndose del servicio de agua pota-ble a travs de sistemas de apoyo mutuo
sobre la base de usos y costumbres.
El registro se realiza de manera colecti-va, gratuita y expedita, establecindose
un artculo por el cual, la Superintenden-cia de Saneamiento Bsico, puede dele-gar a una institucin local, cercana a lascomunidades para que efecte el respec-tivo registro a travs de una resolucinadministrativa. De este modo se evitarnlargas colas y peregrinaciones hacia lasciudades por parte de representantes in-dgenas y campesinos7.
Por otra parte, el Registro es un acto ju-rdico que permite a sus titulares prestarel servicio durante el tiempo de vida tilde la infraestructura necesaria para elmismo, el cual no excluye las mejorasy obras de mantenimiento que se reali-cen, es decir, en los hechos no tiene unlmite de tiempo, siempre y cuando, porsupuesto, sus titulares garanticen una
adecuada provisin.
Por su parte, la Ley de Promocin y Apoyoal Sector Riego, aprobada en septiembrede 2004, introduce nuevamente la guradel Registro y la Autorizacin, amplindo-las, particularmente la primera para usoagrcola y forestal, y creando una entidadde regulacin y otorgacin de derechos
7 De hecho en el marco del proceso de otorgacinde 490 Licencias y Registros desarrollado por laSISAB hacia nales de 2007 y en el marco deuna Resolucin Administrativa, se estableci laconformacin de Comits Tcnicos de Registrosy Licencias (CTRL) a nivel departamental, comorganos con representacin de las EPSA,encargados de coadyuvar en el proceso deregularizacin (proceso de trmite de Licenciasy Registros) y de regulacin (control, monitoreo,seguimiento y fortalecimiento de la gestin).
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denominada Servicio Nacional de Riego(SENARI) con brazos departamentales:los Servicios Departamentales de Rie-go (SEDERI); ambos con participacin
social y estatal en el nivel de Directorio,incluyendo por supuesto al Prefecto en elnivel departamental
Por lo expuesto, podemos observar queuna de las demandas sociales mas con-sistentes relacionadas con las crticasal modelo de concesin ha tenido nal-mente como resultado la eliminacin desta mediante el proyecto constitucional
abriendo la posibilidad que los avanceslegislativos y las conquistas que stosexpresan puedan consolidarse luego de-sarrollando el marco legislativo que yatiene importantes bases.
.: Regulacin con Participacin Social
Las crticas al enfoque de desarrollo quese ha implementado en Bolivia a partirdel Programa de Ajuste Estructural in-cluyeron observaciones al diseo insti-tucional de regulacin basado en super-
intendencias, con un perl tecnocrtico,sin participacin social, con un carctercentralista y con pocos vnculos con lasdinmicas locales de gestin de los re-
cursos hdricos y los servicios de aguapotable.
El pargrafo I del artculo 374 abre la po-sibilidad de disear un nuevo marco insti-tucional de regulacin con participacinsocial. Ahora bien, surge la preguntasobre cuales sern las caractersticas deeste marco regulatorio. Ya existen avan-ces en esta direccin que conviene colo-
car en la agenda de reexin. Por ejem-plo la creacin de los Comits Tcnicosde Registros y Licencias (referidos pgi-nas atrs) como rganos coadyuvantesen la regulacin de servicios de agua po-table o los Servicios de Riego (SENARIy SEDERI).
Consideramos, sin embargo, que hay
que trabajar en modelos de regulacinan ms cercanos a las dinmicas loca-les de gestin de recursos hdricos. Lascuencas, por ejemplo, son escenarios degestin que bien podran constituir espa-cios de diseo social de rganos de re-gulacin en los cuales las institucionespblicas podran establecer alianzas conla participacin de entidades de regula-cin.
Se pueden hacer seguramente ejerciciosimaginativos con participacin social paradisear conguraciones regulatorias unavez que el texto constitucional entre envigencia. Lo importante es que la regula-cin no pierda su ecacia y que acte endistintos pisos o niveles (nacional, regio-nal, local), de modo que tengamos regu-
Artculo 374
I. El Estado proteger y garantiza-r el uso prioritario del agua para lavida. Es deber del Estado gestionar,regular, proteger y planicar el uso
adecuado y sustentable de los re-cursos hdricos, con participacinsocial, garantizando el acceso al
agua a todos sus habitantes. La leyestablecer las condiciones y limita-ciones de todos los usos.
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lacin nacional (con cierto nivel de parti-cipacin social) con capacidad ejecutiva,que acte coactivamente cuando corres-ponda, aunque ciertamente con criterios
edicantes, y que coordine con brazoscoadyuvantes de regulacin en niveleslocales y regionales, en los cuales la par-ticipacin social debera ser importante8.
.: Pluralizacin del Derecho del AguaConstitucionalizando los Usos y Cos-tumbres
La Constitucin Poltica del Estado vigen-te en Bolivia inaugur con el artculo 171el reconocimiento de las normas comu-nitarias en la gestin de recursos natu-rales, a travs de un texto que fue luegoincorporado con mayor precisin en elartculo 5 del la Ley del Servicio Nacional
de Reforma Agraria (SNRA), y que en lo
que respecta a aguas fue desarrollado enla Ley 2066 de Servicios de Agua Potabley en la Ley 2878 de Promocin y Apoyoal Sector Riego para la Produccin Agro-
pecuaria y Forestal, estas dos ultimasnormas incorporaron el reconocimientoexpreso de los usos y costumbres en lagestin del agua, siendo, en nuestra opi-nin, las predecesoras e inspiradoras deuna formulacin como la establecida enel proyecto constitucional en trminos dereconocimiento, respeto y proteccin delos usos y costumbres. Veamos las de-niciones establecidas en la Ley 2066 y la
Ley 2878 sobre el tema:
Ley 2066 de Servicios de Agua
Potable
Art. 8.- Deniciones
z) Usos y Costumbres para la pres-
tacin de servicios de agua potable
y alcantarillado sanitario: Prcticas
Comunitarias y sociales para el uso,
aprovechamiento y gestin de recur-sos hdricos para la prestacin de
servicios de agua potable y alcan-
tarillado sanitario, basadas en auto-
ridades naturales, indgenas y origi-
narios, comunidades campesinas e
indgenas y originarios y sindicatos
campesinos.
Ley 2878 de Promocin y Apoyo a
Sector Riego para la ProduccinAgropecuaria y Forestal
Artculo 3.- Deniciones.-
Usos y Costumbres.- Prcticas so-
ciales o comunitarias conocidas
y aceptadas, relacionadas con el
uso y aprovechamiento de fuentes
de agua con nes agropecuarios y
forestales y con la gestin de sis-
Artculo 374
II. El Estado reconocer, respetar yproteger los usos y costumbres delas comunidades, de sus autoridadeslocales y de las organizaciones ind-gena originaria campesinas sobre elderecho, el manejo y la gestin sus-
tentable del agua.
8 Para analizar en mayor detalle esta propuestade regulacin en diferentes niveles conparticipacin social, sugerimos consultar:Regulacin y Rgimen de Derechos de Aguasen Bolivia. Reexiones y sugerencias ms alldel debate sobre autonomas, pags. 19-26, enAguaambiente No.1, enero junio 2007, Orelana2007a.
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temas de riego basadas en autori-
dades naturales o constituidas, pro-
cedimientos y normas convenidas.
La disposicin del proyecto constitucio-nal analizado implica el reconocimientode dos dimensiones de los usos y cos-tumbres:
El DerechoEl Manejo y la gestin
Con respecto al primer punto la disposi-cin propuesta implica el reconocimien-
to de las normas propias, las formas deresolver conictos, las autoridades e ins-tituciones comunitarias y el rgimen dederechos de aguas que han desarrolladolas comunidades indgenas y campesinasen la gestin del recurso y sus servicios.El segundo implica el reconocimiento dela forma en que las comunidades se or-ganizan para acceder y usar las aguas, y
la forma en que gestionan el agua paradistintos usos (consumo humano y riego,por ejemplo).
Bibliografa
LENTINI, EmilioConictos de la empresa prstadora con
las prcticas regulatorias de los servi-cios de agua y alcantarillado y su im-pacto en la pobreza. El caso del contra-to de concesin del rea Metropolitanade Buenos Aires, en Servicios de AguaPotable, Regulacin y Pobreza, Yaez/Orellana (Coordinadores), Ed. AguaSustentable/IDRC, pags. 71-103, 2007
GENTES, IngoEl estatus jurdico y el debate entre de-rechos de aguas individuales y colecti-vos. Anlisis de la legislacin, la polticahdrica y la jurisprudencia sobre dere-chos de aguas y gestin ciudadana enChile, en Derechos de Agua y GestinCiudadana, Yaez/Poats (Coordinado-ras), pags. 143-191, Ed. Agua Susten-table/IDRC, 2007
ORELLANA, RenRegulacin y Rgimen de derechos deAguas en Bolivia. Reexiones y Suge-rencias ms all del debate sobre au-tonomas, en Agu@mbiente, No. 1, Ed.Agua Sustentable, 2007a, Cochabam-ba, Bolivia.
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Tierra, Territorio y Medio Ambiente en elProceso Constituyente. Anlisis y pro-puestas sobre el informe de la Comis-in de Recursos Naturales Renovables,Tierra, Territorio y Medio Ambiente dela Asamblea Constituyente de Bolivia,Consultora realizada para el PNUDdel proyecto Dilogo Democrtico yConstruccin de Consensos, PNUD/
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Contexto NacionalEL AGUA: UN PUENTE ENTRE LO URBANO Y LO RURAL
Consideraciones sobre el agua y los servicios bsicos como
derechos en el nuevo texto constitucional
Oscar campanini*
El agua es esencial para la vida. Ese es el principio, ms que probado
diariamente por todos los sectores de la poblacin, que da un impulso
en la construccin de polticas pblicas a nivel internacional sobre el
agua como derecho humano. Es de igual orma la razn por la cual esta
disposicin se consolida en el proceso constitucional boliviano como
uno de muchos consensos unnimes entre todas las uerzas polticas,organizaciones, regiones y sectores.
Es importante, sin embargo, destacar, describir y analizar el proceso
de construccin de dichos consensos pues debela muchos otros temas
que confguran procesos histrico-sociales iniciados muchos aos atrs
y marcarn el devenir de este proceso constituyente**.
En el presente artculo presentamos una breve sntesis del estado actualdel derecho humano en Bolivia como contexto y antecedente de la
discusin constitucional. A continuacin, el anlisis de los elementos
que surgieron durante el debate de las propuestas constitucionales,
remarcando los reeridos al agua y los servicios bsicos como derecho y
los puentes entre la problemtica rural y urbana que dichos debates nos
permiten visibilizar.
* Socilogo Responsable Regional Cochabamba y Coordinador del rea Agua para la Saludde Agua Sustentable.
** Se debe aclarar que al referirnos a proceso constituyente, nos referimos no solo al momento dedeliberacin de la Asamblea Constituyente y de aprobacin o rechazo del texto constitucional; sino alproceso de transformaciones del Estado impulsadas desde hace casi una dcada y media por diferentessectores sociales y al proceso de futuras transformaciones para hacer efectivo el cumplimiento del textoconstitucional.
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I. Antecedente y contexto:La situacin del derecho humano alagua en Bolivia
El cumplimiento del derecho humano alagua en Bolivia implica las siguientes di-mensiones:
.: En su dimensin fsica:
La cobertura de servicios bsicos se-gn el Plan Bolivia (2002-2007) para elsector de saneamiento bsico reeja
amplios dcits: ms de 2.5 millones dehabitantes sin agua potable y cerca de 5millones sin acceso a un servicio de al-cantarillado (resaltando las reas rurales:43% sin acceso al agua potable y 75%sin un sistema de saneamiento adecua-do) (VSB 2002:1). La cobertura de aguadel 63.16% a nivel nacional, segn INE,no reeja la calidad del servicio, ya que
solamente el 48% de la poblacin cuentacon agua potable y con servicio continuoy conable. Otros indicadores como con-tinuidad, consumo son importantes paradimensionar el nivel de cobertura.
En trminos de continuidad, segn datosdel Viceministerio de Servicios Bsicos(VSB 2005), el promedio de continuidaden horas para las conexiones domicilia-
rias oscila alrededor de las 20 horas dasin embargo se debe notar las grandesdiferencias que existen al interior de unamisma ciudad que se deben principal-mente a la falta de fuentes de agua cru-da, las caractersticas geogrcas y del
1 Este acpite constituye un breve resumen delartculo Derecho Humano de Acceso al Agua enBolivia , Campanini (2006).
sistema de agua potable e incluso el mis-mo estado de las redes de distribucin.En el caso del consumo el promedio porconexin/mes es de 17 m3 en las ciuda-
des metropolitanas, 16 en las ciudadesmayores, 15 en ciudades intermedias y11 en las menores. Tomando en cuentaque segn la OMS de la ONU, para vi-vir con dignidad y salubridad el consumomnimo es de 24.75 m3 siendo por tantoel consumo en Bolivia relativamente bajorespecto a estndares internacionales.Sin embargo nuevamente el promediono reeja las diferencias bastante am-
plias que existen en los centros pobla-dos, as por ejemplo en la ciudad de El
Alto existen familias que llegan a consu-mir un promedio de 8 m3/mes.
.: En su dimensin econmica:
Las tarifas de servicios de saneamien-
to bsico es aproximadamente 3 Bs/m3(VSB 2005). Como en la mayor partede los datos estos promedios no reejanlas diferencias: una quinta parte de la po-blacin paga hasta 28-13 Bs/mes., mien-tras que una quinta parte ms de 178-83Bs/mes.
Cabe resaltar que adems de la tarifaexisten otros costos asociados a la co-
nexin de los servicios. Si bien no se dis-ponen de datos para poder generalizaresta informacin los costos de conexinde agua potable y alcantarillado sanita-rio son en algunos casos tan altos quese convierten en un importante motivopara impedir el acceso a estos serviciosa la poblacin con bajos recursos. El altocosto que para un sector de la poblacin
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implican los servicios de agua potable sereejan en el importante rezago tarifarioque tienen las entidades prestadoras deservicios, rezago que a su vez repercute
sobre la calidad del servicio, continuidadde este, reposicin de tuberas y reser-vas para expansin de las redes.
.: Criterios de No Discriminacin:
A pesar de constituir la solidaridad unprincipio, dentro de la legislacin nacio-nal2, se puede advertir que existen gran-
des diferencias que no son tomadas enconsideracin para la prestacin del ser-vicio: en cuanto a cobertura entre gran-des ciudades y zonas periurbanas, ciuda-des menores y zonas rurales. Al interiorde estas ciudades de igual forma existendiferencias que se reejan en la tarifa ycostos de conexin que impiden reducirlos dcits de cobertura y generan ma-
yores diferencias en cuanto a consumo ycalidad del servicio. Son casi inexistentescriterios de subsidio cruzado, entendien-do estos mecanismos como formas dereducir estas diferencias y utilizar crite-rios de solidaridad en cuanto a la presta-cin y acceso del servicio.
.: Sobre Informacin: accesibilidad,
exigibilidad y participacin
La falta de informacin se considera unade las principales razones para los con-ictos existentes. Las diferentes entida-des pblicas del sector (SISAB, VSB yMDA) hasta el presente tienen limitacio-
2 Inc. c Art .53 de la Ley 2066 e Agua Potable yAlcantarillado Sanitario.
nes en cuanto a la promocin al accesoa la informacin sobre el sector, polticaspblicas y normativa. Por esta razn estetema ha sido de permanente demanda
de organizaciones sociales al igual quela participacin, es decir el ujo de vueltade la informacin. En este sentido seanelaborado diferentes propuestas que yahan tenido un avance inicial (CONIAG,SENARI, SEDERI, propuesta de modelode gestin pblico y/o sociales en la ciu-dad de El Alto, en la zona sur de Cocha-bamba, en el Norte de Potos, el consejotcnico social en el Ministerio del Agua,
etc.)
.: Sobre la sostenibilidad de losrecursos hdricos
Las fuentes de agua de las cuales seaprovecha para la prestacin del serviciode agua potable provienen de fuentes
superciales y subterrneas de acuerdoa la zona (las primeras principalmenteen la zona occidental y las segundas enzona de valles y zonas del oriente). Am-bos tipos de fuentes son susceptibles decontaminacin y reduccin considerablepor desequilibrios climticos. La falta derecoleccin y tratamiento de aguas resi-duales3, las actividades extractivas y enmenor medida agrotxicos son algunas
de las principales causas de contamina-cin de fuentes de agua tanto ros comofuentes subterrneas.
3 La cobertura de tratamiento de aguas residua-les es un problema que afecta a todas las zonas;sin embargo en las poblaciones metropolitanas esdonde su impacto es el ms preocupante porqueeste dcit afecta en gran manera la calidad de lasfuentes de agua subterrneas.
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.: Marco institucional de la Regulaciny Gestin:
El actual marco institucional sectorial es
el resultado de una fallida aplicacin deuna poltica de gestin de los recursosnaturales de carcter neoliberal y de unproceso de transformacin impulsadodesde la sociedad civil.
El modelo neoliberal, en el caso del aguapotable y alcantarillado, se implant en1997 con la concesin de Aguas del Illi-mani y se consolid el ao 1999 con la
promulgacin de la Ley 2029, donde secreaba la Superintendencia de Sanea-miento Bsico y se consolidaba el rgi-men de concesiones. Este modelo divideen tres principales actores al sector conuna divisin de funciones particular: el go-bierno central a travs del Viceministeriode Servicios Bsicos (VSB) norma, plani-ca y promueve la participacin de capi-tales privados en la prestacin del servi-
cio; la Superintendencia de SaneamientoBsico (SISAB) es la entidad reguladorarelativamente independiente del poderejecutivo que tiene la principal funcinde normar el funcionamiento del servicioestableciendo las metas, tarifas, tasas,precios y controlando el servicio velan-do por un buen servicio para el usuario;y nalmente las Entidades Prestadoras
de Servicio (EPSA) que son las entida-des encargadas de prestar el servicio deagua potable y alcantarillado que por leytienden a ser entidades independientes
del Estado y mas al contrario se fomentala participacin de capitales privados.
El marco regulatorio que se pretendi po-ner en prctica tuvo muchos problemasdesde su concepcin hasta su aplica-cin4, dicultando que estos garanticen elcumplimiento del agua como derecho hu-mano y mas al contrario contribuyendo afactores que imposibiliten esto. El inade-
cuado funcionamiento de la SISAB fueun factor importante para un incrementoinsuciente de coberturas, discriminacinen la expansin del servicio, falta de in-formacin o informacin tergiversada ylos grandes problemas que existen encuanto a funcionamiento y calidad delservicio5.
4 Algunas de estas: excesivo centralismo que nopermiti cumplir la labor con rapidez y efectividadnecesaria, menos aun poder resolver los conictosque surgan por el enfrentamiento con institucionesy normatividad locales; un poder excesivo respectoa otras entidades impidiendo un control a la instan-cia reguladora y no teniendo respuestas rpidasa los errores o problemas que pudiera generar suintervencin; unipersonalidad que cargaba sobreel superintendente todas estas facultades y res-ponsabilidades excluyendo as no solo a usuarios,y otras entidades del sector sino a marco regulato-
rios naturales ya existentes en muchas regiones denuestro pas.5 Las experiencias ms ilustrativas de aquello fue-ron: mecanismos de nanciamiento del sistemaregulatorio que recaen sobre el usuario, casos deparcialidad del regulador a favor de las empresasprestadoras del servicio en desmedro del usuario;mecanismos de regulacin que ocasionaron, encaso de conictos con las empresas prestadorasdel servicio, dicultades para tomar decisiones porparte del Estado frente a las amenazas de deman-das arbitrales internacionales.
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La gestin del agua potable se ha reali-zado a partir de iniciativas de los propiospobladores y en el caso de grandes ciu-dades a partir de los gobiernos municipa-
les. Por esta razn la mayor parte de losmodelos de gestin fueron: municipalesen las grandes ciudades donde existi unapoyo del Estado a travs del gobiernolocal, y cooperativo o social comunitarioen las regiones donde existi poco apoyoestatal. Es a partir del ao 1997 que sepromueve la participacin de la empresaprivada con la concesin de Aguas delIllimani y despus con el intento fallido
de Aguas del Tunari. Cabe resaltar queen la mayora de las grandes ciudadesse generan cada vez mas grandes zonasperiurbanas que encuentran no solo unafalta de atencin por parte del Estadosino tambin por parte de estas EPSAs;es esta la razn por la que se generanmecanismos de solucin del servicio deforma autnoma usualmente conforman-
do comits, asociaciones o pequeascooperativas de agua potable6.
.: Legislacin Nacional
El marco legal sobre el agua se carac-teriza por su dispersin, ambigedad yvacos. La ley de Dominio y Aprovecha-miento de Aguas se basa en un Decre-
6 As en la Ciudad de La Paz en la zona de lasladeras existen un par de decenas de comits deagua potable que utilizan vertientes como fuentesde agua; en la ciudad de Cochabamba existen cer-ca de medio millar de comits de agua potable entodas las zonas periurbanas del rea metropolitana,solo en la zona Sur existen 120 comits que atien-den a cerca de 100.000 habitantes; en la Ciudad deSanta Cruz las cooperativas periurbanas atienden amas de medio milln de habitantes
to del 8 de Septiembre de 1879 que sinmodicaciones fue elevada a rango deLey el 28 de Noviembre de 1906, por sudesactualizacin ha sido derogada a lo
largo de estos mas de cien aos en va-rias disposiciones por diferentes normassectoriales y modicaciones constitucio-nales; actualmente no existe una normapara el recurso hdrico sino un conjuntode normas sectoriales o principios cons-titucionales que no necesariamente con-cuerdan entre s.
Es este espacio de normativa y de pol-
ticas pblicas uno de los principales es-pacios donde los procesos y movimien-to sociales han desarrollado debates,luchas y avances signicativos. Algunosde estos avances: el reconocimiento dederechos consuetudinarios, el reconoci-miento de gestin local del agua, esta-blecimiento de formas de derecho de usoy prestacin del servicio diferentes a la
concesin, reconocimiento de derechoscomunitarios, tradicionales y consuetu-dinarios y el patrimonio social, mecanis-mos e instancias de participacin social(Opinin Tcnicamente Fundamentadaen la 2066, Entidad Coadyuvante en la
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otorgacin de Registros y Licencias,marco institucional descentralizado y conparticipacin social en la ley 2878). Estosavances resultados de diversos procesos
sociales son los que se plasman y sinteti-zan como base de las propuestas consti-tucionales y por tanto del texto aprobadopor la Asamblea Constituyente.
II. El proceso de construccin delagua como derecho humano.Elementos del debate constitucional
.: De los derechos al agua al aguacomo un derecho7
7 Barragn nos da una sinttica y completa vi-sin de tendencias en cuanto a polticas pblicascuyo centro son el desarrollo, adems de un muyacertado panorama de la situacin nacional desdela perspectiva de aplicacin de dichas tendenciasen polticas pblicas en el sector de agua y sanea-miento, mas aun por la experiencia que el autor tie-ne en la funcin pblica y puesto que en su gestin
se promovieron importantes polticas dentro de lasdistintas visiones por l mencionadas (neoliberalis-mo, institucionalismo). Sin embargo desalienta queen su anlisis del texto constitucional no aplique taninteresante sntesis y ms al contrario se reduzca acrticas superciales y subjetivas. Algunas conside-raciones sobre dichas crticas: En inicio, es importante mencionar que los dife-rentes hechos sociales si bien tienen como un actorcentral al Estado y organismos internacionales, nonos podemos olvidar a la sociedad civil y en particu-lar las organizaciones sociales como actores polti-
cos y por tanto su visin y rol en la construccin depolticas pblicas. Para poder tener una visin realy completa de las polticas pblicas en Bolivia, esimprescindible considerar tambin una visin hist-rica de la gestin del agua en Bolivia, cuyos actoresson instancias de carcter colectivo de la sociedadcivil. Las transformaciones en polticas pblicasresponden no solo a tendencias de organismos in-ternacionales y su aplicacin e interpretacin de losgobiernos nacionales, sino tambin a la realidad dela gestin del agua en Bolivia y los procesos impul-sados por organizaciones sociales.
Sobre la ecacia y eciencia, sin lugar a dudasuno de los principales objetivos en la prestacin delservicio es lograr estos principios a cuyo n debenapoyar las polticas pblicas, en este sentido el art20 inciso II del texto constitucional establece como
criterios de la prestacin de servicios bsicos: uni-versalidad, responsabilidad, accesibilidad, continui-dad, calidad, eciencia, ecacia, tarifas equitativasy cobertura necesaria. Es sin embargo necesarioestablecer otros criterios y disposiciones sobre te-mas especcos que coadyuven a la realizacin deestos principios y a la construccin de una institu-cionalidad que garantice su cumplimiento, siempreen relacin con la sociedad civil, principal interesa-do del servicio. Sobre los derechos, el percibir a los usuarios sim-plemente como consumidores de un servicio es sinlugar a dudas reducir la importancia de los servi-cios bsicos (o esenciales), es por esta razn queel texto constitucional establece los derechos a losservicios bsicos y al agua como un derecho fun-damentalsimo de todos los bolivianos. Asignandode esta forma un lugar central a este derecho; decumplimiento no solo del Estado como poder p-blico sino como un principio de cumplimiento portodos los y las bolivianas. Respecto a las restricciones al monopolio privado,esta consideracin surge a partir de la experiencia
negativa que atraves nuestro pas como parte delproceso de capitalizacin cuyos efectos ya fuerondescritos por Barragn. Esta disposicin es sinembargo restrictiva del sector privado, no constitu-yndose en la prohibicin del monopolio pblico ode sociedad pblico sociales. La sugerencia de laregulacin de sectores naturalmente monoplicosse responde de forma general para la economa bo-liviana en el Artculo 316 inciso 2. Respecto al anlisis realizado sobre el artculo 349y 373, cabe recordar la consideracin inicial sobreuna visin segmentada desde las tendencias inter-
nacionales en polticas pblicas obviando que laconstruccin de polticas pblicas responde a pro-cesos sociales. Si bien tericamente la concesinconstituye un derecho de uso y aprovechamiento yno as un derecho propietario, la exclusividad deluso, la falta de restricciones y de regulacin en suuso, su casi libre disposicin (propuestas de ventade derechos en varios proyectos de normas legalessobre recursos hdricos), incluso el registro comopatrimonio de su titular; han hecho que en la prc-tica social se constituya en una especie de ttulopropietario imperfecto (Orellana s/f: 9). Ahora pen-
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Como ya vimos anteriormente, los pro-cesos y movimiento sociales en Boliviacuyos miembros (usuarios, sistema co-munitarios de riego o agua para consumo
domstico, OTBs, etc.) han sido los prin-cipales actores en la gestin del agua, sehan desarrollado inicialmente en defensade los derechos consuetudinarios sobreel uso del agua y la prestacin de servi-cios. Las movilizaciones y conictos so-ciales han surgido en defensa de dichosderechos y en contra de la aplicacin depolticas que promovan la participacinde empresas privadas en detrimento de
estos derechos, desapropiando de lasfuentes de agua que tradicionalmenteestos actores haban gestionado.
Estos movimientos inician en las zonasrurales y periurbanas donde existen es-tos sistemas comunitarios de agua confuente propia. Ven amenazada la provi-sin del agua al ser restringido o condi-
cionado su acceso a la fuente medianteconcesiones a entidades privadas, estaes la razn por la que el centro de las de-mandas y del debate es el reconocimien-to de los derechos consuetudinarios, elreconocimiento de la existencia de estossistemas, el reconocimiento de la gestinsocial que realizan y, por tanto, de su rolen el sector como prestadores del servi-cio.
Las reacciones en el rea urbana se de-sarrollan, de igual forma, por la aplicacindel modelo de gestin neoliberal.
Este modelo otorga a las entidades pres-
sar que la concesin es la nica forma en la que elEstado puede otorgar derechos de uso y aprove-chamiento es sin lugar a dudas un error.
tadoras la obligacin de invertir8 promo-viendo el incremento de tarifas. Dicho in-cremento por un servicio con decienciasy la consecuente restriccin al acceso al
servicio para sectores de bajos recursosson la razn central para la movilizacinde sectores urbanos (tradicionalmenteno organizados).
En ambos casos, el rea rural y periurba-na, el principio de la restriccin al elemen-to vital agua, ya sea por desapropiacinde la fuente de agua o por condicionesde acceso al servicio ms restrictivas,
es el factor que une ambos sectores. Yes este mismo principio que pone comocentro de las reivindicaciones el derechohumano al agua.
.: Derecho al agua y derecho humanoal agua. Priorizacin de usos
Es importante resaltar uno de los deba-tes desarrollados en el proceso constitu-yente: la priorizacin de usos. Si bien elestablecimiento del agua como derechohumano, aparentemente, implica ya lapriorizacin del consumo humano; exis-ten otros usos que de acuerdo a las si-tuaciones particulares de competenciade usos para fuentes restringidas puedenser tan importantes como el mencionado.
Existen zonas (como es el caso del su-doeste potosino) donde por la escasesde agua natural el uso ambiental del aguaes tan vital como el agua en s misma, es-tas zonas dependen de la humedad parapoder albergar vida: las plantas, anima-les y el propio ser humano dependen de
8 Razn por la cual se fomenta la participacin decapitales privados como prestadores del servicio.
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un delicado equilibrio hdrico; el excesoen el uso de cualquiera de estos seresvivos puede llevar a un desequilibrio fa-tdico para todos ellos. En otras zonas
las actividades agrcolas y la produccinagrcola son tan importantes que el usoagrcola puede ser tan prioritario cono elconsumo domstico. Estos ejemplos nosllevan a la conclusin que el estableceruna priorizacin de uso depende en granmedida de las caractersticas particula-res de la zona donde existe competenciade usos, sin embargo se mantiene comocriterio universal en cuanto a priorizacin
el agua como elemento esencial de vida(inciso I art. 374)
En este mismo sentido, adems de esta-blecerse al agua en la categora de de-recho humano (inciso I art. 16) se esta-blece al agua como derecho fundamentalpara la vida (inciso I art. 373). Se estable-ce por tanto una visin de defensa de los
seres humanos y sus derechos pero ade-ms de sus diferentes actividades que endeterminadas situaciones pueden consi-derarse vitales y del medio ambiente enel que viven y del que dependen.
.: Dos caras del agua: recurso yservicio
Durante el proceso de regularizacin de
pequeos y medianos prestadores deservicios de agua potable y alcantarilla-do sanitario9 un tema de aclaracin fuela distincin entre el recurso natural aguay el servicio de agua para consumo do-mstico (muy estrechamente ligado alservicio de alcantarillado). El agua comorecurso natural hace referencia al aguaen sus diferentes usos: consumo doms-tico, industrial, agropecuario, recreacio-
nal, conservacin, etc. Mientras que elservicio hace referencia a un uso espe-cco, el uso para consumo domstico(incluyendo uso para la higiene), paracuyo desarrollo usualmente se necesitainfraestructura para la provisin de esteservicio.
En el caso de las reas rurales y hasta
cierto punto una parte de las reas pe-riurbanas, donde no existen grandes in-fraestructuras de servicios o no existeninguna y, ms al contrario, donde el usodel agua responde a una multiplicidad denecesidades (agrcola, pecuario, doms-tico, artesanal, etc.) esta diferencia entrerecurso y servicio no es clara. El uso delrecurso agua es mltiple y la visin sobreeste es holstica10.
En el caso de sectores urbanos, ocurrealgo muy diferente. Las ciudades se ca-
9 Este proceso si bien aplica disposiciones de laLey 2066 elaborada el ao 2000, recin inicia enjunio de 2006 con la aprobacin de una Gua deSolicitud de Registros y Licencias.10 Existe un desarrollo bastante amplio sobre la vi-sin y concepcin del agua en las diferentes cultu-ras de los pueblos, comunidades en Bolivia.
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racterizan por la concentracin de servi-cios, con grandes infraestructuras; queen el caso del agua sirven para captar,tratar, distribuir, recolectar agua cuyas
fuentes se encuentra a grandes distan-cias de los centros poblados. Esto haceque la poblacin de las reas urbanaspierda la visin del agua como recurso yslo mantengan la visin del servicio.
Durante el proceso constituyente se ge-neraron importantes debates alrededorde estas diferentes visiones. En casosdonde existe competencia de usos suelen
existir posiciones encontradas respecto ala priorizacin e incluso, en algunos mo-mentos de la construccin de propues-tas, sobre la propiedad de los recursosnaturales. El encontrar la dependenciasobre la fuente de agua de la ciudad,sus alrededores y las reas rurales y elaceptar el principio del agua para la vida,fue el factor que permiti desarrollar con-
sensos y unicar demandas y posicionesde reas rurales y urbanas (consensos:priorizacin de uso, agua derecho para lavida y propiedad de los recursos natura-les para el pueblo boliviano)
.: El agua como Servicio Bsico
Si bien en el caso del agua como servicio
bsico existen diferentes visiones en elrea rural respecto al rea urbana (en elprimer caso no se separa de una visinde recurso y en el segundo caso no sevisibiliza este como recurso) en el casode otros servicios bsicos la situacin esmuy diferente. La inexistencia completao parcial de ciertos servicios bsicos enla zona rural, es un factor que diferencia
esta de la zona urbana, donde existe unagran concentracin de servicios: serviciosde salud, educacin, agua, alcantarillado,electricidad, recoleccin de residuos sli-
dos, transporte, etc.Ahora bien esta existencia de serviciosbsicos en zonas urbanas, y parcialmen-te en zonas periurbanas, no signica quetoda la poblacin tenga acceso a estas.Ms al contrario, existen grandes porcio-nes de la poblacin urbana que no tienenestos servicios por las dicultades o res-tricciones en el acceso: insuciente ex-
pansin de infraestructura, insucientesrecursos para su expansin, precios res-trictivos para su acceso, tarifas restricti-vas para un uso adecuado de servicios,insucientes o inexistentes polticas deacceso a servicios.
Son las dicultades en el acceso a ser-vicios, ya sea por inexistencia en el rea
rural o por dicultades de acceso en elrea urbana, que permiten se desarrollendemandas y movimientos sociales comu-nes para ambos sectores11. Son estasdemandas y movimientos los que, a par-tir de las propuestas de acceso al agua,promovieron en el proceso constitucionalse desarrolle disposiciones para promo-ver el acceso a los servicios bsicos.
11 Adems del caso del agua, el caso de la elec-tricidad es otro movimiento social en Bolivia ilustra-tivo de lo antes mencionado. En diferentes depar-tamentos de Bolivia existen movimientos socialesrurales y urbanos que demandan un mayor accesoa la electricidad y mayores inversiones: en Cocha-bamba, sistemas de riego y de agua para consumodomstico que tienen pozos; en Oruro, juntas veci-nales periurbanas; en La Paz, federaciones de jun-tas vecinales; en Santa Cruz, cooperativas de aguapotable y alcantarillado y usuarios; en Sucre, juntasvecinales y usuarios.
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.: El Derecho Humano a los Servicios B-sicos y su cumplimiento
Sobre la base de lo antes mencionado,
el texto constitucional establece el de-recho humano a los Servicios Bsicos,mencionando como servicios bsicos elagua potable, alcantarillado, electricidad,gas domiciliario, postal y telecomunica-ciones12. En este sentido se promueveacceso universal y equitativo a estosservicios para todos los bolivianos y boli-vianas (inciso I art. 20).
A diferencia de otros textos constitucio-nales, el texto aprobado no solo esta-blece el derecho sino tambin principiosde mecanismos para su cumplimiento:establece la obligacin del Estado,en todos sus niveles de gobierno, (en) laprovisin de los servicios bsicos (inci-so II art. 20). De igual forma se estable-cen principios para la provisin de estos
servicios: universalidad, responsabili-dad, accesibilidad, continuidad, calidad,eciencia, ecacia, tarifas equitativas ycobertura necesaria; con participacin ycontrol social (inciso II art. 20).
12 Se debe destacar que esta enumeracin de
servicios como servicios bsicos, sin lugar a dudaspuede dejar de lado otros importantes servicios vi-tales para los seres humanos: como es el caso dela gestin de residuos slidos vital para los centrospoblados en el largo plazo y en el corto plazo paralas zonas cercanas a los botaderos; el alcantarilladopluvial en ciudades cuyas caractersticas geogr-cas las hace vulnerables a las lluvias, etc. Ser sinembargo tarea de las normas legales el desarrollarlas disposiciones especcas para incorporar estoscasos y los detalles necesarios para su aplicacinsegn los casos.
III. Breve anlisis de los cambios enel proceso de consolidacin del textoconstitucional
Es importante notar sin embargo loscambios que existieron en el proceso dedesarrollo y aprobacin del texto consti-tucional en sus diferentes etapas. Duran-te la fase de comisiones de trabajo, comi-siones mixtas, texto aprobado en grande,texto aprobado en detalle y texto nal.
Es importante notar los siguientes cam-bios realizados en las diferentes etapas
de aprobacin:
La enumeracin de servicios a manerade denir servicios bsicos, incorporaalgunos servicios (agua potable, alcan-tarillado, electricidad, gas domiciliario,postal y telecomunicaciones) y otros no,excluyendo del texto nal el servicio detransporte.
En primer lugar se debe notar que estadenicin puede dejar de lado otros im-portantes servicios vitales para los sereshumanos: como es el caso de la gestinde residuos slidos, vital para los centrospoblados en el largo plazo y en el cortoplazo para las zonas cercanas a los bo-taderos; el alcantarillado pluvial en ciuda-des cuyas caractersticas geogrcas las
hace vulnerables a las lluvias, etc. Sersin embargo tarea de las normas legalesel desarrollar las disposiciones espec-cas para incorporar estos casos y losdetalles necesarios para su aplicacin.Sin embargo, el hecho que se marginetransporte como servicio da la posibilidadque las normas legales excluyan este dela denicin de servicio bsico y por tanto
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de las disposiciones constitucionales re-lativas a estos.
La razn por la que se excluye este ser-
vicio de la categora de servicio bsico espor el carcter privado que actualmentecaracteriza al sector y la presin polti-ca que han sido capaces de ejercer13. Sibien la mayora de los transportistas noson grandes empresarios privados, semantienen como un servicio de carcterpblico pero cuyos prestadores del servi-cio son privados.
La incorporacin de agua como derechohumano y los cambios sobre la incorpo-racin de los servicios bsicos en generalcomo derecho humano. Es muy importan-te mencionar la incorporacin del aguacomo derecho humano, si bien ya en elcaptulo correspondiente a Recursos H-dricos se menciona que es un derechofundamentalsimo para la vida se precisa
de igual forma su categora de derechohumano en el acpite correspondiente aderechos fundamentalsimos. Esto per-mite que los diferentes acuerdos interna-cionales relativos a derechos humanossean aplicables al caso del agua.
Sin embargo es de lamentar el caso delos servicios bsicos. Es un gran avanceel declarar a los servicios bsicos como
derechos humanos, otorgndole la ca-
13 Se debe adems notar que este sector a nivelnacional ha demostrado una gran capacidad demovilizacin y se ha convertido en un importanteactor poltico no tradicional. Uno de los directivos dela Asamblea Constituyente, Angel Villacorta, era undirigente del sector de autotransporte.En su libro Pitaq kaypi kamachiq? , Gordillo, Ri-vera y Sulcata (2007) destacan a los transportistascomo los nuevos sectores de poder.
tegora necesaria al carcter esencialque tienen estos servicios bsicos. Sinembargo para la aprobacin nal esta re-daccin se modica dejando solamente
al agua y alcantarillado como derechoshumanos
La no concesin y no privatizacin delos servicios bsicos. Junto al estableci-miento del agua y los servicios bsicoscomo derecho humano est la disposi-cin de no concesionar ni privatizarlos.Ya mencionamos cuales fueron las razo-nes para esta armacin: la experiencia
de restriccin al acceso al agua y otrosservicios que trajo consigo el procesode capitalizacin y privatizacin. Al igualque en el caso anterior en un momentose establece la no concesin ni privati-zacin para los servicios bsicos, y enel texto nal esta disposicin se limita alagua y alcantarillado. Adems, se insertala posibilidad constitucional expresa de
hacer contratos con empresas privadasde electricidad, gas domiciliario y teleco-municaciones.
Es importante retomar un argumento defondo de la discusin respecto de la pro-piedad de los servicios bsicos. La expe-riencia boliviana sobre la privatizacin hadesembocado en la restriccin al accesoa un servicio de carcter pblico y esen-
cial para la vida, razn fundamental porla cual diferentes movimientos sociales14plantean como propuesta la no privatiza-
14 Adems de la Guerra del Agua en Cochabamba,las movilizaciones del El Alto, se desarrollaron mo-vilizaciones en diferentes puntos del pas: SudoestePotosino, Norte Potos, Chaco que lucharon contrapolticas o proyectos que buscaban promover parti-cipacin de entidades privadas en la prestacin delos servicios.
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cin de los servicios. Ahora bien, la res-puesta a esto por corrientes de carcterliberal ha sido la regulacin de estos sec-tores, no solo por la participacin de priva-
dos sino por las dicultades que podrangenerar los monopolios naturales quetienden a desarrollarse. Si bien es ciertoque se precisa de regulacin en los sec-tores de servicios bsicos es importanterecoger la inicial experiencia boliviana alrespecto. En Bolivia se pretendi apli-car un modelo de gestin neoliberal delos servicios bsicos consistente de unaforma de otorgacin de derechos, conce-
sin, cuyas caractersticas promueven laparticipacin de entidades privadas y unainstitucin reguladora, superintendencia,cuyos instrumentos estaban pensadospara regular entidades privadas. Ademsde las diferentes dicultades y errores enla aplicacin de este modelo de gestin,es innegable que la particular realidadboliviana impidi la exitosa aplicacin de
este. La existencia de mltiples prestado-res, de carcter principalmente social15,en un sector donde el Estado hasta hacepoco haba estado prcticamente ausen-te hace que sea difcil pensar en la pres-tacin de un servicio por una empresa
15 Se debe recalcar que usualmente se concibea entidades pblicas, relacionadas al Estado, y aentidades privadas, las no relacionadas al Estado.Dicha calicacin de espacios encontr muchas di-cultades en la construccin de normativa en los l-timos aos, ya que no se vean reejadas diferentesentidades que si bien no estn relacionadas al Es-tado no se consideran privadas en el sentido de noser de propiedad individual y no tener afn de lucro.Estas entidades: comunidades, ayllus, asociacio-nes, sindicatos, cooperativas, etc. son de carctercolectivo. Al ser estas entidades tan importantes enla vida econmica, cultural y poltica de Bolivia seprecis diferenciarlas de las empresas privadas.
privada16. De la misma forma, si bien esnecesaria la regulacin de los servicios,es importante desarrollar mecanismos yentidades reguladoras que respondan a
las caractersticas del sector en Bolivia17
IV. A manera de conclusiones.
El proceso de movilizaciones, que en unprimer momento defendan la provisinde agua para sistemas comunitarios deagua para consumo domstico o riego,fueron consolidando el derecho huma-
no al agua y su carcter esencial parala vida como centro de las propuestasnormativas desde las organizaciones so-ciales. Este proceso de construccin depropuestas tiene un hito en el estableci-miento de este derecho en el texto cons-titucional. Sin embargo, la construccinde propuestas normativas es solo una fa-ceta de un proceso de luchas y moviliza-
ciones sociales que buscan promover elacceso al servicio de agua y transformar
16 Solo a manera de ejemplo: se ensayaron la for-ma de Entidades Prestadoras de Servicios de AguaPotable como Sociedades Annimas Mixtas enMancomunidades de Municipios como un mecanis-mo de promover la conformacin de mercados deprestacin de servicios , que en la lgica del PlanBolivia (2002-2007), se constitua en un mecanis-mo para promover en un largo plazo espacios de
participacin de capitales privados. Sin embargola dispersin territorial fue uno de los factores quedetermin el fracaso de esta experiencia. Dicho fra-caso fue la razn para constituir Entidades Manco-munitarias Sociales.17 En este sentido, se desarrolla en este momentola aplicacin de una Gua de Licencias y Registroscomo un instrumento regulatorio, a travs de de-rechos de prestacin de servicios diferentes a laconcesin. Este proceso de igual forma impulsa laconstitucin de entidades coadyuvantes a la regu-lacin con participacin social.
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las entidades pblico sociales para querespondan a esta necesidad.
Es en este sentido que el agua como
servicio resalta como el punto comnde reivindicaciones y procesos socialesde carcter rural y urbano. Es durantela construccin de propuestas que losdiferentes debates descritos se desa-rrollan; adems promoviendo el derechoal acceso a otros servicios esenciales,o servicios bsicos, como reivindicacio-nes comunes a ambos sectores. De ahque el agua en el proceso constituyente
aparece como un puente entre estos dossectores que el debate conyuntural apa-renta haberlos dividido.
La construccin de propuestas norma-tivas si bien han llegado a un hito, auntienen un largo desarrollo legislativo apartir de un nuevo texto constitucional;pero se debe remarcar que el proceso
social de construccin de demandas,movilizaciones, propuestas conjuntas esel mayor avance que se ha logrado hastael momento. Estas demandas y transfor-maciones que se van impulsando (en elcaso de los servicios bsicos de formaconjunta entre reas urbanas y rurales)ms all del texto constitucional promo-vern transformaciones en las normas,polticas, planes e instituciones.
BIBLIOGRAFA
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AGUA EN LA CONSTITUYENTE:
Un Balance Poltico
Contexto Nacional
primeros aos del nuevo siglo. Es posibleque los cambios no sean del todo reco-nocibles o que identicados no terminen
de convencernos o, nalmente, que conconocimiento de causa los rechacemos,pero que ah estn es poco discutible.
La situacin general ha tomado un girohistrico, no hay duda. Aclarando quealudir a momentos histricos no quieredecir que los cambios sean buenos pordenicin o que sus resultados tengan
Jos De la Fuente Jeria1
Viendo en retrospectiva la AsambleaConstituyente y el proyecto de constitu-cin poltica aprobado, es difcil no pen-
sar en el proceso constituyente al mediode sus enormes dicultades y al pas en-tre tantas cosas que cambiaron en estos
1 Formado en derecho en la UMSS. Consultor deCIPCA para el apoyo tcnico de las Comisiones deDesarrollo Rural, Tierra Territorio y Recursos Natu-rales y Autonomas de la Asamblea Constituyente,de julio de 2006 a diciembre del 2007. Consultorindependiente, especialmente sobre cuestiones depolticas pblicas sociales e indgenas.
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que ser positivos por principio. No, sim-plemente es una constatacin, sin un
juicio de valor de por medio, de la exis-tencia de un parte aguas en la historia
boliviana con un antes y un despus delgobierno de Evo Morales. Lo que tampo-co quiere decir que el momento del cam-bio deba identicarse unvocamente consu gobierno, sino al momento alto y pa-radigmtico de un proceso de cambio demuchas mayores proporciones y del quede todas maneras el actual presidente esparte central.
Ese es el punto de partida del esbozo debalance poltico que pretendemos, con laprevencin de que se trata de un artculode corta extensin. Por ello partimos deque a pesar de nuestras obvias diferen-cias, dudas y oposiciones respecto delsentido y el alcance del proceso polticoque vivimos, no se afecta la certidumbrede que estamos en un momento de in-
exin que tiene como un elemento delepicentro a la Asamblea Constituyente,dentro el periodo democrtico ms largoe ininterrumpido de la historia del pas.Esto es lo que nos llama la atencin y so-bre ello queremos escribir: Cmo enten-der, aunque sea puntualmente, el proyec-to de constitucin poltica en el decursode la democracia boliviana, sobre la basede los nuevos signicados que aporta a
su construccin. Con mayor precisin,cmo identicar esos sentidos polticosque aport el debate constitucional, in-tentando escapar del inmediatismo delas evaluaciones polticas y los interesesideolgicos mimetizados. Saltamos el co-tilleo procedimentalista tan propio de lasposiciones conservadoras y leguleyescaso las aparentes razones tcnicas esgrimi-
das porque quienes intentan ponerse porencima pretextando sosticados anlisis,concentrndonos ms bien, en las lneasmaestras de la propuesta de constitucin
y los mensajes sin los cuales no puedeentenderse lo sucedido en nuestro tema.
.: El proceso poltico
Para ubicar la actual coyuntura en el con-texto mayor de las ltimas dos dcadasy media de democracia, debemos distin-guir dos grandes etapas en ese largo pe-
rodo y que pretendemos una referenciaineludible del proceso constituyente. Laprimera, que comprende desde la recu-peracin de la democracia de manos mi-litares y el veranillo catico del rgimenudepista, que salvo por lo dramtico ypenoso no qued para la historia. Y, loms representativo de esa primera etapa,especialmente para el anlisis que ha-
cemos, la sucesin de varios gobiernosque se identican con la poltica mundialde liberalizacin econmica, apertura demercados, privatizacin de las empresaspblicas y jibarizacin de los Estados,desarrollada en los aos 80 al medio deuna crisis econmica mundial y de espe-cial estancamiento en Amrica Latina.Estados que fueron reducidos y dismi-nuidos porque, a decir del presidente
norteamericano Reagan, eran parte delproblema y, consecuentemente, habaque sacricarlos en el altar del comerciointernacional para volver al supuesta-mente equilibrado reino de la sabiduradel mercado. En la dcada y media neo-liberal que el pas vivi en este proceso,rigi en solitario el modelo aperturista yprivatizador bajo la batuta de las famosas
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expresiones de el pas se nos muere yde exportar o morir del presidente quela inaugur, en 1985. Etapa que termin,simblicamente, el ao 2000, cuando la
democracia del neoliberalismo y del pac-to partidario que convivan administrandoel modelo, fue abruptamente interrumpi-da por la premonitoria Guerra del Agua,que enfrent en las calles cochabambinasa una transnacional y al gobierno que ladefenda en contra de amplios sectoressociales urbanos y rurales, que rechaza-ron enfurecidos la idea de hacer negociocon el agua de consumo humano, riego,
alcantarillado, etc.
La segunda etapa de la democracia, cuyoinicio periodizamos en abril del 2000, fuedenitivamente abierta por los bloqueosaltiplnicos de indgenas y campesinosde septiembre del mismo ao. Una movi-lizacin de corte tnico campesino quesell la creacin de un ideario nacional
que mezclaba en lo discursivo lo tnicoy lo social popular y que en lo concre-to articulaba la defensa de los recursosnaturales, la nacionalizacin de los hidro-
carburos, el acceso a la tierra y reclamospor los servicios pblicos, enfrentandoprogramaticamente al modelo neoliberalinclume hasta entonces. Una vez des-encadenada la movilizacin frontal encontra del modelo econmico y su siste-ma poltico, sucedieron acontecimientosque vistos uno delante del otro nos ubi-can linealmente en la actual coyuntura.Empezando de la candidatura del saliente
gobierno de entonces, los restos polticosde la banzerista ADN, que propugnandola pena de muerte como caballo de ba-talla electoral en las elecciones genera-les del 2002 acab muerta de pena,2mostrando, ms all de la mortuoriaancdota, la quiebra poltica del sectorms conservador de la derecha bolivianay adelantando del declive profundo en el
que se sumerga este conjunto poltico.
El punto alto de la crisis conservadorase evidenci cuando fue su candidatoestrella Sanchez de Lozada; el go-bernante de la participacin popular, lacapitalizacin y otras reformas de corteinstitucionalista el que gan las eleccio-nes generales del 2002 con 13 puntosporcentuales menos de lo que el mismo
haba conseguido en 1993 y a 1 puntoy algo ms por encima del inmediato; laoposicin radical: Evo Morales. Era lavirtual debacle, no slo que no convoca-ba sino que tena al frente a su anttesispoltica.
2 La expresin de Tito Hoz de Vila, candidato avicepresidente por el frente adenista.
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.: El descalabro de la derecha y suideario neoliberal
Esa coyuntura as resumida ya deca
bastante de la nueva correlacin de fuer-zas polticas a agosto del 2002 y de loscambios que se operaban al interior delsistema poltico, acompaados de la pa-ralela consolidacin de la ofensiva tni-ca y social, cuyo segundo lugar y casiempate electoral del MAS deca el res-to. La derecha haba quedado reducidaa su aparato partidario ms moderno yexitoso, que sala al ruedo electoral al
precio de abrir las maceradas heridas dela capitalizacin. El doloroso captulo dela disfrazada venta y privatizacin de lasempresas pblicas y evidencia materialde que la millonaria inversin extranjeraen hidrocarburos de la que tanto se lle-naban la boca los neoliberales dejabamigajas o de que en negocios multimillo-narios como el del gasoducto al Brasil la
mal llamada capitalizacin fue una estafaa favor de las transnacionales. Es decir,un pesado fardo de cuentas polticas conla sociedad boliviana y en especial conlos sectores sociales.
Salvo los primeros meses del nuevo go-bierno, que pasaron en el infructuosointento de armar una negociacin conlos principales movimientos sociales y la
rutina de la esta de n de ao, realmen-te no pas nada, aunque febrero negroestaba a la vuelta de la esquina. El mesdel 2003 en que el gobierno iba a cumplir6 meses de gestin y cuando parte delpas -especialmente el eje metropolitanode las ciudades de La Paz y El Alto- seincendi ante la pretensin gubernamen-tal de aumentar los impuestos persona-
les para paliar el creciente dcit scal.La situacin en el pas se descontrol alextremo de tener dos dramticos das singobierno y