Reunión Técnica 013
Bogotá, 18 Agosto de 2011
• Documentos Soporte:• D-072 de 2009
• Situaciones de indisponibilidad:I. El generador declara disponible la planta, sale despachado, pero se
declara indisponible por indisponibilidad del gas causado por eventos atribuibles al productor o al transportador.
II. El agente la declara disponible y en el despacho el CND no la tiene en cuenta, entonces el agente le hace mantenimientos y cuando el CND la redespacha la planta es declarada indisponible.
III. El generador declara disponible la planta, no sale en el despacho, pero si es redespachado, cuando, cuando hace la renominación el gas no es aprobado.
IV. El agente vende el gas en el mercado secundario y cuando lo redespachan prefiere mantener el compromiso del mercado secundario y declararse indisponible.
V. El agente tiene el gas del mercado secundario pero la renominación no es aceptada por el transportador
VI. El generador declara disponible la planta pero no tiene el gas y espera hasta el final de los 6 periodos
Resoluciones 140 y 161
• Documentos Soporte:• Res Creg 125
• Propuesta de la CREG:I. Las plantas que después de enviar la oferta con la disponibilidad
real de la planta, disminuyan la disponibilidad declarada, se les considerará la nueva disponibilidad durante las 24 horas del respectivo Día de Operación, y
II. Las plantas que en el Día de Operación disminuyan la disponibilidad declarada, se les considerará la nueva disponibilidad durante las 24 horas del día operación y se les aplicará el valor correspondiente a la desviación. Si la planta venía generando continuamente desde el día anterior al Día de Operación, se tenía en cuenta la nueva disponibilidad durante las horas restantes del Día de Operación.
Los mayores incentivos de dicha regulación eran: eficiencia, continuidad, eficacia, simplicidad, reciprocidad y transparencia . Adicionalmente establece que el CND deberá reportar a la SSPD la información de las plantas que disminuyan su disponibilidad en el Día de Operación.
Resoluciones 140 y 161
• Documentos Soporte:• Res Creg 125
• Luego de este proyecto de resolución, salió el D-110 de 2009 con los comentarios que habían realizado los agentes y se agruparon principalmente en los siguientes temas: – Continuidad en la generación,– Funciones Incentivos IHF– Compensación Arranque Firmeza
La CREG tomó algunos de los comentarios sobre los aspectos técnicos y realizó ajustes de redacción a la propuesta, pero la respuesta se enfocó en que querían que “los generadores declaren la mejor estimación de su disponibilidad”. Traslado a la SSPD para que si lo considera ejerza sus funciones de vigilancia y el control, e inicie investigaciones de ser necesario. Según la CREG, no hay afectación del IHF.
Resoluciones 140 y 161
• Documentos Soporte:• Res Creg 140
• Como resultado se obtiene la Res. CREG 140 de 2009 que establece lo siguiente:
I. Se mantiene la Situación 1 del proyecto y II. Las plantas que en el Día de Operación no logren arrancar o
incrementar la generación dentro de las dos primeras horas de generación que se les asignó en el Despacho, se les considerará una disponibilidad de cero (0) MW o derrateada, según el caso, durante las 24 horas del día operación, y se les aplicará el valor correspondiente a la desviación al Programa No Cumplido.
Resoluciones 140 y 161
• Documentos Soporte:• D-132 de 2009 y Res 161 de 2009
• Flexibilizó un poco la Situación 2 y permite a los agentes la indisponibilidad hasta el momento en el que se cumplan (2) condiciones: 1) que haya sido declarada disponible y 2) que el CND la requiera según los criterios de redespacho.
Resoluciones 140 y 161
• Comentarios para discusión:
1. Doble afectación ya que en el caso de situación 2, se toman acciones retroactivas.
2. Si el CND no necesita el recurso, no le aprueban el hecho de haber superado la indisponibilidad técnica.
3. Evaluación expost de la medida, para ver si los objetivos se cumplieron.
4. De la información que entrego el CND, se pudo obtener que durante el 2010, solo se ejecutó dicha media en 17 casos, de los cuales, 16 fueron por problemas técnicos y solo uno por problemas de gas, motivo por el cual se tomaron estas medidas.
5. Dar traslado a la SSPD.6. Llevar este tema al CNO y buscar los fundamentos técnicos
necesarios para demostrarle a la CREG que esta medida no tiene sentido.
Resoluciones 140 y 161
Pruebas de Disponibilidad
Fuente ANDEG- Datos XM
Frente a la Res CREG 140 y 161 de 2009 las fallas se clasifican en:
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Aplicación Res. CREG 140/09 - Clasificación de las fallas presentadas 2009-2011
Pruebas de Disponibilidad
Fuente ANDEG- Datos XM
• La principal causa de falla es el suministro de transporte o suministro de combustibles en el agregado.
• Para las plantas que se mantienen por seguridad el número de ocurrencias por combustibles se elimina después de la finalización del niño.
• Las principales causas en el segundo semestre están asociadas a fallas en la caldera.
2009-I 2009-II 2009-III 2009-IV 2010-I 2010-II 2010-III 2010-IV 2011-1 2011-20
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150
200
250
Indisponibilidades de las Plantas Térmicas - Aplicación Res CREG 140/09 (2009-2011)
No identificados
Otras
Suministro y/o transporte de combustible
• Propuestas:
1. Propuesta Pruebas de Disponibilidad documento Termocandelaria
2. Dados los análisis es conveniente que se elimine la situación creada con las Res 140 y 161, pues no alcanzan el objetivo para el cual fueron creadas.
Resoluciones 140 y 161
Anexo 6 Res CREG 071 2011
• Problemática:
– La remuneración de las plantas por el CxC de acuerdo con la liquidación del ASIC, al pasar la OEF anual al ajuste mensual y luego diario, esta generando acotamientos entre:
OEF KWH-DIA vs CEN
– Lo anterior genera unos diferenciales en los momentos en los cuales la OEFD > DCC de la planta pues siempre se liquida con la regla:
min (OEFD, DCC)
Anexo 6 Res CREG 071 2011
• Efectos:En los días de mayor consumo la OEFD > ENFICC > CEN
Cálculos
Anexo 6 Res CREG 071 2011
• Efectos Económicos para el primer trimestre de 2011:
• El efecto se presenta en las plantas con IHF bajos
Diferenica TYP TSJ Gecelca PRG Gensa TCD ANDEG MercadoEnero - 12.222.851 - - 26.972.720 1.553.221 40.748.792 620.441.945 Febrero - 16.063.202 - - 11.886.617 10.262.565 38.212.384 1.052.842.372 Marzo - 14.072.346 - - 19.130.987 10.661.300 43.864.633 1.158.018.760
TSJ1 TCD1 TCD2 PPA1 PPA2 PPA3 PPA4IHF 0,8731 2,7413 18,2596 - 5,0376 5,6740 1,0958Delta Enero 12.222.851 1.553.221 - - - - 26.972.720 Delta FebreroDelta Marzo 14.072.346 10.661.300 - 83.680 - - 19.047.306
Anexo 6 Res CREG 071 2011
• A futuro esos diferenciales pueden afectar el IHF de las plantas. La Res 148 de 2010 tiene el ajuste en la capacidad disponible equivalente >> HI y HD
Propuesta:
• Elaborada por TEBSA.
• Obligaciones de Energía Firme Año = Donde: • Obligaciones mensuales =
Donde: OMEFRi,j,m : Obligación Mensual de Energía Firme respaldada por la planta o unidad de generación i
del generador j en el mes m.EAi,j: ENFICC asignada al generador j en la Subasta o en el mecanismo que haga
sus veces y respaldada con la planta o unidad de generación i. Dm: Demanda Objetivo del mes m.
Dj: Demanda Objetivo para el primer año del Período de Vigencia de la
Obligación asignada al generador j.
• Obligaciones Diarias =Donde:ODEFR j,d,m : Obligación Diaria de Energía Firme respaldada por la planta o unidad de generación i
del generador j en el día d del mes m.OMEFRi,j,m : Obligación Mensual de Energía Firme respaldada por la planta o unidad de generación i
del generador j en el mes m.DCd,m: Demanda Comercial Total Doméstica del sistema para el día d del mes m.
DCm: Demanda Comercial total Doméstica del sistema para el mes m.
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Situación Actual
• Determinar la Energía Firme mensual =
Donde – EFm: Enficc correspondiente al mes m.
– Dm: Enficc correspondiente al mes m
– EAi,j: ENFICC del generador j respaldada con la planta o unidad de generación i.
• Obligaciones de Energía Firme Mes =
Donde: OMEFRi,j,m : Obligación Mensual de Energía Firme respaldada por la planta o unidad de generación i
del generador j en el mes m.EAi,j: ENFICC del generador j respaldada con la planta o unidad de generación i.
DOm: Demanda Objetivo del mes m.
EFm: Enficc correspondiente al mes m.
• Obligaciones de Energía Firme Diaria =
ODEFRi,j,m : Obligación Mensual de Energía Firme respaldada por la planta o unidad de generación i
del generador j en el mes m.
m
mjimji DOEFEAOMEFR ,,,
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mjimji DOEFEAODEFR ,,,
Anexo 6 Res CREG 071 2011