Download - Reglamento Grados y Titulos 2010
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
(Reg-título)
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
DIRECCIÓN DE ESCUELA
GRADOS Y TITULOS
REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNASAM
PARA OPTAR EL TITULO EN LA FIIA.
• Modalidad I TESIS
• Modalidad II CIAP- UNASAM
• Modalidad III PRESTACION DE SERVICIOS
PROFESIONALES
• Modalidad IV EXAMEN DE SUFICIENCIA
PROFESIONAL
HUARAZ - ANCASH
2010
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TITULOS Resolución N° 309-2009-UNASAM 23/09/09
CAPITULO I
GENERALIDADES
ART. 1° El presente Reglamento, tiene por finalidad establecer las normas para el
otorgamiento de los Grados Académicos, Título profesional y Duplicado de los mismos, a los
egresados de las Escuelas Académico Profesionales de las Facultades y Escuela de Post Grado
de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”.
ART. 2° Las bases legales que sustentan este Reglamento son:
a) Ley Universitaria N° 23733.
b) Decreto Legislativo N° 739. Modificaciones de la Ley Universitaria
c) Ley N° 28626, de Duplicados de Diplomas
d) Resolución N° 1895-2006-ANR Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados
y Títulos Profesionales.
e) Ley N° 25064. De Registro Nacional de Grados y Títulos
f) Resolución N° 897-2002-ANR de Reglamento Nacional de Grados y Títulos
Profesionales.
Resolución N° 028-2007-UNASAM del 12-01-2007 con la que se aprueba el
Estatuto de la UNASAM.
g) Resolución de Consejo Universitario N° 351-2007-UNASAM del 14-09-2007 con
la que se aprueba el Reglamento General de la UNASAM.
h) Resolución de Consejo Universitario N° 351-2008-UNASAM del 04-11-2008, con
la que se aprueba el Reglamento General de Estudios UNASAM.
ART. 3° El presente Reglamento, alcanza a los egresados, bachilleres, docentes y autoridades
de las Escuelas Académico Profesionales, Facultades, Escuela de Post Grado y dependencias
Académicas y Administrativas de la UNASAM.
CAPITULO II
DE LA CONSTANCIA DE EGRESADO
ART. 4° Para ser considerado egresado de la Escuela Académico Profesional de las
Facultades de la UNASAM se requiere:
a) Cumplir con el Plan de Estudios del Currículum correspondiente.
b) Acumular los créditos y asignaturas exigidos por la Escuela Académico Profesional
correspondiente, e informe individual de conformidad sobre convalidación (es) de
asignatura (s) silo hubiere.
c) Presentar la constancia (s) de Práctica (s) Pre-profesionales de acuerdo al tiempo
establecido por la Escuela Académico Profesional correspondiente.
d) Acreditar el conocimiento del idioma inglés de acuerdo al nivel establecido por la
Escuela Académico Profesional correspondiente.
e) Cumplir con todas las obligaciones y compromisos contraídos con la UNASAM.
ART. 5° La Constancia de Egresado es emitido por la Dirección de la Escuela Académico
Profesional de cada una de las Facultades.
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ART. 6° Para ser egresado de la Escuela de Post Grado se requiere:
a) Cumplir con el Plan de Estudios de la Maestría o del Doctorado, o de la Segunda
Especialización, según el caso.
b) Acreditar el conocimiento de un (01) idioma extranjero diferente al Castellano, para
el caso de grado de maestro y de dos (02) idiomas extranjeros diferentes al castellano,
para el grado de doctor, según certificado emitido por la Escuela de Postgrado de la
UNASAM.
c) Cumplir con todas las obligaciones y compromisos contraídos con la Escuela de
Post Grado - UNASAM.
ART. 7° La Constancia de Egresado es emitido por la Secretaria Académica de la Escuela de
Post Grado.
CAPITULO III
DEL GRADO ACADEMICO DE BACHILLER
ART. 8° En la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, el Grado Académico de
Bachiller, se otorga a los egresados de cada una de las carreras profesionales ofertadas, a
través de las Escuelas Académico Profesionales correspondiente. Los requisitos mínimos para
la obtención del Grado Académico son:
a) Haber alcanzado y aprobado el mínimo de cursos y créditos establecidos en el Plan
de Estudios y otros requisitos establecidos en el currículum de estudios de la carrera
profesional respectiva.
b) Haber obtenido la Constancia de Egresado de la Escuela Académico Profesional
correspondiente.
c) No adeudar bienes, valores y otros a su Facultad y a la UNASAM.
d) Abonar los derechos por grado y otros que exija la Universidad.
e) Cumplir con los demás requisitos establecidos en el Plan de Estudios de cada
Escuela Académico Profesional y otros que considere la Facultad.
f) No estar sujeto a medida disciplinaria en la Universidad
ART. 9° Para obtener el Grado Académico de Bachiller de manera automática, el egresado
deberá presentar a la Decanatura, la siguiente documentación:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad respectiva.
b) Certificados de estudios originales (RCI) de educación superior expedida por la
Oficina General de Estudios.
c) Constancia de Ingreso original expedida por la Oficina Central de Admisión.
d) Constancia de egresado original, expedida por la Facultad respectiva.
e) Constancia de no adeudo de bienes ni otros valores.
f) Recibo de pago por derecho de Grado Académico de Bachiller.
g) Copia legalizada del DNI.
h) Cinco fotografías de frente, tamaño pasaporte a colores con fondo blanco, recientes.
ART. 10° El Decano, elevará al Consejo Universitario el expediente del solicitante junto con
la Resolución de Consejo de Facultad, para que se le confiera el Grado de Bachiller y se emita
la Resolución correspondiente.
ART. 11° La Unidad de Grados y Títulos (Secretaria General), es la encargada de verificar la
conformidad de los documentos para el otorgamiento de los Grados Académicos de Bachiller
y emitir el informe correspondiente para su tratamiento en el Consejo Universitario.
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ART. 12° El Consejo Universitario es el encargado de conferir el Grado Académico de
Bachiller y emitir la resolución respectiva.
CAPITULO IV
DE LOS TITULOS PROFESIONALES
ART. 13° El Consejo de Facultad, aprobará el otorgamiento del Título profesional, el que será
conferido por el Consejo Universitario.
ART. 14° Se consideran aptos para optar el Título Profesional a través de las diferentes
modalidades, a todos aquellos egresados que hayan optado el Grado Académico de Bachiller.
ART. 15° La obtención del Título Profesional que confiere la Universidad a nombre de la
Nación exige los requisitos siguientes:
a) Tener el Grado Académico de Bachiller en la especialidad. En el caso de los
Bachilleres egresados de otras Universidades Nacionales, estos deben de presentar el
Certificado de Estudios Originales expedido por su Universidad.
b) Adecuarse a una de las siguientes modalidades:
La presentación, sustentación y aprobación de la tesis ante un Jurado.
Después de ser egresado y haber prestado servicios profesionales durante tres (3)
años consecutivos en labores propias de la especialidad, debiendo presentar un
trabajo, proyecto o investigación que así lo acredite
Aprobar el programa de titulación profesional o de actualización profesional o
capacitación programados por la Facultad correspondiente.
Aprobar el examen de suficiencia profesional.
Otras modalidades que serán establecidas en el reglamento respectivo.
c) Lo establecido en el Texto Procedimientos Administrativo de la Universidad
(TUPA); y
d) Todos los demás que establece el Reglamento de Grados y Títulos de cada una de las
Escuelas Académicos Profesionales.
ART. 16° La modalidad optada, por la presentación y aprobación de una Tesis se efectuará
previa aprobación por el Consejo de Facultad del Plan de investigación y con la sustentación
ante un jurado designado por el Consejo de Facultad.
ART. 17° La modalidad optada, por la presentación y aprobación de un Proyecto, se efectuará
previa aprobación por el Consejo de Facultad del Plan de Proyecto y con la sustentación ante
un jurado designado por el Consejo de Facultad.
ART. 18° La modalidad optada por la Prestación de Servicios Profesionales, se efectuará
previa aprobación del plan de trabajo, proyecto o investigación por el Consejo de Facultad y
en las siguientes condiciones:
a) Exposición del informe del trabajo, Proyecto o Investigación, realizado acorde a lo
establecido por la Facultad.
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ART. 19° Ciclo de Actualización Profesional, podrá optar por esta modalidad de titulación el
bachiller con tres (03) o más años de egresado. Inscribiéndose en un programa de
actualización de conocimientos.
a) Podrán optar por esta modalidad los bachilleres de la UNASAM y de otras
Universidades Nacionales del país, que cumplan los requisitos exigidos.
b) El ciclo de actualización comprende el desarrollo de asignaturas o proyectos con un
total no menor de 160 horas lectivas y una duración de 04 meses.
c) El bachiller inscrito en el programa asistirá al desarrollo de un Ciclo de
Actualización de conocimientos y elaborará un informe de suficiencia.
d) Las Facultades que implementen esta modalidad, lo reglamentarán de acuerdo a su
naturaleza el proceso del mismo.
ART. 20° El Examen de Suficiencia Profesional, será convocado en fechas que cada Facultad
programe. A él se presentan los bachilleres, de acuerdo a la convocatoria y las exigencias que
considere cada Facultad.
a) Podrán optar por esta modalidad los bachilleres de la UNASAM y de otras
Universidades Nacionales del país y que cumplan los requisitos exigidos por la
Facultad.
b) Las Facultades que implementen esta modalidad, lo reglamentarán de acuerdo a su
naturaleza el proceso del mismo.
ART. 21° El Programa de Titulación Profesional. Los graduados, podrán optar por esta
opción de titulación luego de haber realizado y aprobado dicho programa, en el cual se
contará con un Comité de Evaluación y Supervisión.
a) Podrán optar por esta modalidad los bachilleres de la UNASAM y de otras
Universidades Nacionales del país, y que cumplan los requisitos exigidos.
b) Las Facultades que implementen esta modalidad, lo reglamentarán de acuerdo a su
naturaleza el proceso del mismo.
ART. 22° El servicio civil de graduados SECIGRA DERECHO, será considerado de carácter
facultativo para obtener el Título Profesional de abogado.
ART. 23° El Título profesional de Abogado se obtiene después de ser graduado acogiéndose a
cualquiera de las siguientes modalidades.
a) Presentación, sustentación y aprobación de una tesis;
b) Sustentación oral de expedientes judiciales;
c) Prestación de servicios, presentación, aprobación de un trabajo de investigación, y
sustentación del mismo.
ART. 24° Los requisitos mínimos en las diferentes modalidades establecidas para obtener el
Título Profesional son:
a) Tener el Grado académico de Bachiller.
b) Haber aprobado el proceso establecido en la modalidad correspondiente.
c) No adeudar bienes y/o valores a la UNASAM.
d) Abonar los derechos por Título Profesional.
ART. 25° Podrán optar el Título Profesional los egresados de otras Universidades Nacionales
siempre que sus currículos de estudios sean compatibles con las Escuelas Académico
Profesionales de la UNASAM.
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ART. 26° Para obtener el Título Profesional por cualquier modalidad optada por el graduado,
éste deberá presentar en la Decanatura de la Facultad correspondiente, la siguiente
documentación:
a) Solicitud dirigida al Decano de la respectiva Facultad.
b) Copia autenticada por el Secretario General de la Universidad, del Grado Académico
de Bachiller.
c) Acta de sustentación o copia legalizada de la misma según modalidad.
d) Constancia de no adeudo de bienes ni otros valores a la UNASAM.
e) Recibo de pago por derecho de Título Profesional.
f) Copia legalizada del DNI.
g) Cinco fotografías recientes de frente tamaño pasaporte a colores y fondo blanco.
h) Presentar un (os) ejemplar (es) de la Tesis, Proyecto, Monografía o Informe de
Suficiencia, según exigencia de la Facultad, siendo uno de ellos parte del expediente.
ART. 27° El Consejo de Facultad aprueba el expediente del interesado, el Decano, eleva al
Consejo Universitario junto con la Resolución de aprobación, para que se le confiera el Título
Profesional correspondiente.
ART. 28° La Unidad de Grados y Títulos Secretaria General, es la encargada de verificar la
conformidad de los documentos para el otorgamiento de los Títulos Profesionales y emitir el
informe correspondiente, para su tratamiento en el Consejo Universitario.
ART. 29° El Consejo Universitario es el encargado de conferir los Títulos Profesionales y
emitir la resolución respectiva.
DURACION DEL PROCESO DE TITULACIÓN
ART. 30° El bachiller dispondrá del siguiente plazo para presentar y sustentar su tesis,
proyecto o informe:
a) Dos (02) años, a partir de la oficialización de su plan de tesis, o
b) Un (01) año, a partir de la oficialización de su plan de informe de su experiencia
profesional, o
c) Seis (06) meses, a partir de la culminación del Ciclo de Actualización.
ART. 31° Excepcionalmente, el Decano con la recomendación del Consejo Directivo de la
Escuela Académico Profesional y autorización del Consejo de Facultad, podrá ampliar los
plazos establecidos hasta por un (01) año para la tesis y seis (06) meses para los informes, a
solicitud del interesado.
Vencido dichos plazos se dará por concluido el proceso de Titulación.
CAPITULO V
DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO
ART. 32° Los estudios de Postgrado se desarrollarán en los siguientes niveles:
a) Programas de Segunda Especialidad;
b) Programas de Maestría;
c) Programas de Doctorado.
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ART. 33° Los estudios de Postgrado conducen a la obtención de los Títulos de Segunda
Especialidad y de los grados académicos de Maestro y Doctor. La Escuela de Postgrado
certifica a quienes hayan concluido satisfactoriamente los cursos de la malla curricular
correspondiente.
DE LA SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN
ART. 34° Los programas de estudios para la obtención del título de Segunda Especialidad,
tiene una exigencia mínima de dos (02) años o cuatro (04) ciclos académicos, y comprende un
mínimo de 64 créditos otorgado por los cursos avanzados, los seminarios y prácticas
especializadas, estas dos últimas deben abarcar no menos del 50% del total, de créditos.
ART. 35° Para seguir estudios de Segunda Especialidad es requisito previo el Título
Profesional.
ART. 36° Cumplir con todas las obligaciones y compromisos contraídos con la Universidad
DEL GRADO ACADEMICO DE MAESTRO
ART. 37° Los programas de estudios conducentes a la obtención del Grado Académico de
Maestro, tiene una exigencia mínima de dos (02) años o cuatro (04) ciclos académicos y
comprende un mínimo de 64 créditos otorgado por los cursos generales, específicos y de
investigación.
ART. 38° Para obtener el Grado Académico de Maestro, el egresado deberá presentar a la
Dirección de la Escuela de Post Grado la documentación siguiente:
a) Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Post Grado.
b) Certificados de estudios originales de la Escuela de Post Grado, expedidos por la
Oficina General de Estudios.
c) Constancia de egresado original, expedida por la Escuela de Post Grado.
d) Constancia de no adeudo de bienes ni otros valores a la UNASAM.
e) Copia del Grado de Bachiller autenticada por la Universidad de origen.
f) Certificado de conocimiento de un idioma extranjero, expedido por la Escuela de
Post Grado.
g) Presentar seis (06) ejemplares del trabajo de Investigación (Tesis) y Acta de
sustentación de la Tesis original y una copia en formato original.
h) Recibo de pago por derecho de Grado Académico de Maestro.
i) Copia legalizada del DNI.
j) Cinco fotografías recientes de frente tamaño pasaporte a colores y fondo blanco.
ART. 39° El Consejo Directivo de la Escuela de Postgrado aprueba el otorgamiento del Grado
de Maestro, y eleva al Consejo Universitario el expediente del solicitante junto con la
Resolución de aprobación del mismo y para que se le confiera el Grado de Maestro
correspondiente.
ART. 40° La Unidad de Grados y Títulos (Secretaria General), es la encargada de verificar la
conformidad de los documentos para el otorgamiento de los Grados de Maestro y emitir el
informe correspondiente, para su tratamiento en el Consejo Universitario.
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ART. 41° El Consejo Universitario es el encargado de conferir el Grado Académico de
Maestro y emitir la resolución respectiva.
DEL GRADO ACADEMICO DE DOCTOR
ART. 42° Los programas de estudios conducentes a la obtención del grado académico de
Doctor, tiene una exigencia mínima de dos (02) años o cuatro (04) semestres académicos y
comprende un mínimo de 72 créditos otorgado por los cursos generales, específicos y de
investigación.
ART. 43° Para obtener el Grado Académico de Doctor, el egresado deberá presentar a la
Dirección de la Escuela de Postgrado la documentación siguiente:
a) Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Postgrado.
b) Certificados de estudios originales de la Escuela de Postgrado, expedido por la
Oficina General de Estudios.
c) Constancia de egresado original, expedida por la Escuela de Post Grado.
d) Constancia de no adeudo de bienes ni otros valores a la UNASAM.
e) Certificado de conocimiento de dos idiomas extranjeros, expedidos por la Escuela
de Post Grado, con una vigencia no mayor a un año.
f) Copia del Grado de maestro autenticado por la Universidad de origen.
g) Acta de sustentación de la Tesis.
h) Seis (06) ejemplares del trabajo de Investigación (Tesis), y una copia en forma
digital.
i) Recibo de pago por derecho de Grado Académico de Doctor.
j) Copia legalizada del DNI.
k) Cinco (05) fotografías recientes de frente tamaño pasaporte a colores y fondo
blanco.
ART. 44° El Consejo Directivo de la Escuela de Postgrado aprueba el otorgamiento del Grado
de Doctor y eleva al Consejo Universitario el expediente del solicitante junto con la
Resolución Directoral de aprobación del mismo para que se le confiera el Grado de Maestro
correspondiente.
ART. 45° La Unidad de Grados y Títulos (Secretaria General), es la encargada de verificar la
conformidad de los documentos para el otorgamiento de los Grados de Doctor y emitir el
informe correspondiente, para su tratamiento en el Consejo Universitario.
ART. 46° El Consejo Universitario es el encargado de conferir el Grado Académico de
Doctor y emitir la resolución respectiva.
CAPITULO VI
DEL JURADO
ART. 47° Con la finalidad de conducir la sustentación de tesis, el proyecto o exposición del
Informe de Servicios Profesionales u otras modalidades para optar el Título Profesional, se
constituirán Jurados designados por el Consejo de Facultad a propuesta del Consejo Directivo
de cada Escuela Académico Profesional de la Facultad, según corresponda.
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ART. 48° El jurado estará integrado por docentes nombrados de la UNASAM, que tengan
especialidad afín con el tema investigado, o exposición de informe de servicios profesionales,
cuya conformación será la siguiente:
• Un Presidente.
• Un Secretario.
• Un vocal.
ART. 49° Excepcionalmente y sólo en caso de las Facultades, que no cuenten con un número
suficiente de docentes nombrados en la especialidad requerida, podrán nombrar como jurados
a docentes contratados con 05 años de experiencia profesional o de investigación.
ART. 50° El Jurado tendrá las siguientes atribuciones:
a) Revisar los proyectos de tesis, Plan de Proyectos, Informes o monografías
presentados, observando de ser necesario a fin de que luego de subsanado por el
interesado, emita el informe de conformidad al Director de la Escuela Académico
Profesional correspondiente
b) Revisar los borradores de tesis, Proyectos, Informes, o monografías presentados.
c) Dar la conformidad o disponer el reajuste de Planes de Tesis, informes,
Monografías y borradores (informes finales) de los mismos presentados para su
sustentación.
d) Fijar la fecha, hora, local, donde debe realizarse la sustentación de tesis, de
proyectos y exposición de informe u otra forma de optar el Título profesional.
e) Calificar la sustentación de la Tesis, proyectos y exposición de informe u otra forma
de optar el Título profesional.
f) Elaborar y firmar el acta de sustentación de Tesis, Proyecto o Exposición de
Informe con los resultados obtenidos por el Titulando.
g) Elevar el Acta de sustentación de Tesis, Proyecto o Exposición de Informe al
Consejo de Facultad.
ART. 51° El plazo del que dispone el Jurado para dar su conformidad para revisar y evaluar la
tesis, el proyecto o el informe, es de (30) treinta días calendario contados a partir del día
siguiente de la entrega del documento a los integrantes del Jurado, dando conformidad luego
de subsanadas las observaciones.
ART. 52° La aprobación de la sustentación será por consenso. Son menciones o
calificaciones:
Aprobado con excelencia: 19 y 20
Aprobado con distinción:17 y 18
Aprobado: 14- 16
Desaprobado: 00-13
ART. 53° En los casos en que el graduando resulte desaprobado, podrá volver a solicitar una
nueva y única oportunidad de sustentación en un plazo no mayor de 3 meses contados a partir
del día siguiente de la fecha de sustentación bajo la misma modalidad.
ART. 54° La desaprobación anulará todo el proceso de titulación y dará por concluido el
trámite, pudiendo el bachiller iniciar un nuevo proceso.
ART. 55° Los postulantes a Título Profesional presentarán (03) ejemplares del borrador de la
tesis, del Proyecto, del Informe u otro acompañando el informe del Asesor respectivo, para su
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revisión y conformidad por el jurado. En caso de presentarse en el documento durante la
sustentación estos cambios deberán ser verificados por quien los sugirió, antes del empaste
del documento y la emisión de la resolución respectiva.
ART. 56° Los postulantes que se acojan a otras modalidades de titulación deberán acogerse al
artículo que antecede.
ART. 57° Los postulantes a Título Profesional, una vez que el Jurado haya dado su
conformidad, presentarán 05 ejemplares y el CD correspondiente conteniendo la tesis, el
Proyecto o el Informe.
CAPITULO VII
DE LOS ASESORES
ART. 58° El Asesor es el encargado de orientar y supervisar el desarrollo de la Tesis, del
Proyecto o del Informe declarando conforme al borrador mediante informe para su
presentación al Jurado a través de la Dirección de la Escuela Académico Profesional
solicitando la revisión correspondiente. Es un profesor ordinario de la especialidad con
experiencia profesional e investigación en el tema, excepcionalmente podrá ser un docente
contratado de la especialidad con más de 05 años de experiencia profesional.
ART. 59° El plazo del que dispone el Asesor para dar su conformidad, para revisar y evaluar
la tesis, el proyecto o el informe, es (20) veinte días luego de recibido el ejemplar.
CAPITULO VIII
DE LA REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
ART. 60° La revalidación de estudios, Grados Académicos y Títulos Profesionales realizados
y obtenidos en Universidades Extranjeras se efectúa teniendo en cuenta las siguientes
condiciones:
a) Los estudios, Grados y Títulos así como las revalidaciones deben estar relacionados
con las carreras profesionales y especialidades que ofrece la UNASAM.
b) Que la revalidación solicitada esté amparada en Acuerdos Internacionales y Leyes
Nacionales.
ART. 61° Los requisitos mínimos para la revalidación de estudios, grados y títulos, son:
a) Presentar documentos probatorios de los estudios realizados, Grados y Títulos
obtenidos, según sea el caso.
b) Abonar el pago por derecho de revalidación, según el TUPA de la UNASAM.
c) Fotocopia del documento de identidad.
d) Otros que determine la Facultad respectiva.
CAPITULO IX
DE LA EXPEDICIÓN DE DIPLOMAS
ART. 62° El Diploma de Grado Académico, Grado de Maestro, Grado de Doctor o Título
Profesional será firmado por el Decano de la Facultad, el Secretario General, el Interesado y
refrendado por el Rector.
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ART. 63° La Secretaria General emitirá la Resolución en la que se confiere el Grado
Académico, Grado de Maestro o Doctor o Título Profesional.
ART. 64° Los Diplomas de Grados Académicos serán entregados en Ceremonia especial en
cada una de las Facultades, cuya organización estará a cargo de la misma, en coordinación
con la Secretaría General.
ART. 65° La entrega de los Títulos Profesionales será en Ceremonia Especial donde se hará el
Juramento de Ley y estará a cargo de la Secretaria General. Programándose 04 ceremonias al
año en los meses de: Marzo, Junio, Setiembre y Diciembre.
ART. 66° La entrega de los Grados de Maestro y/o Doctor se entregará en Ceremonia
Académica Especial y estará a cargo de la Secretaria General, en coordinación con la Escuela
de Post Grado.
ART. 67° Los Titulados que no participen en la ceremonia de entrega, podrán recabar su
Título Profesional por mesa de partes al día siguiente útil de haberse realizado la ceremonia
correspondiente.
CAPITULO X
DE LA EXPEDICIÓN DE DUPLICADOS
ART. 68° La UNASAM, otorgará Duplicados de Grados y Títulos, así como de segunda
especialización a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación,
siempre que cumplan con las formalidades y requisitos.
DUPLICADOS DE DIPLOMAS POR MOTIVO DE PÉRDIDA
ART. 69° Para efectuar los trámites para la obtención de duplicados de Diplomas de Grados
Académicos y Títulos Profesionales, así como de segunda especialidad, el interesado deberá
presentar una solicitud al Rector acompañado los siguientes requisitos:
1. Solicitud dirigida al Rector
2. Recibo de pago por el derecho de duplicado.
3. Constancia de la Denuncia Policial
4. Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea
Nacional de Rectores.
5. Copia de la Resolución del Consejo Universitario que confiere el Grado Académico o
Título Profesional certificada por el Secretario General de la UNASAM.
6. Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad de Huaraz del aviso de
pérdida del diploma y de la solicitud de duplicado.
7. 04 Fotografías a color tamaño pasaporte, con fondo blanco, sin lentes.
DUPLICADOS DE DIPLOMAS POR MOTIVO DE
DETERIORO O MUTILACIÓN
ART. 70° Para efectuar los trámites para la obtención del duplicado de Diploma de Grados
Académicos y Títulos Profesionales, así como de segunda especialidad, el interesado deberá
presentar una solicitud dirigida al Rector acompañando los siguientes requisitos:
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1. Solicitud dirigida al Rector.
2. Recibo de pago por el derecho de duplicado.
3. Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea
Nacional de Rectores
4. Devolución del Diploma deteriorado o mutilado.
5. Copia de la Resolución del Consejo Universitario, que confiere el Grado Académico o
Título Profesional, certificada por el Secretario General de la UNASAM
6. 04 Fotografías a color tamaño pasaporte con fondo blanco, sin lentes
ART. 71° Se expedirá Duplicados de Grados y Títulos así como de Segunda Especialización
previo acuerdo de Consejo Universitario y emisión de la correspondiente Resolución
ART. 72° La expedición de los duplicados de Grados Académicos, Títulos Profesionales así
como de segunda especialización, automáticamente anula los originales manteniendo vigente
sus antecedentes.
CAPITULO XI
DEL REGISTRO DE GRADOS Y TITULOS
ART. 73° El procedimiento para el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales
estará a cargo de la Secretaría General a través de la Unidad de Grados y Títulos.
ART. 74° La Secretaria General es la encargada de remitir a la Asamblea Nacional de
Rectores las fichas de Registros de Grados y Títulos de acuerdo á lo dispuesto al Reglamento
Nacional del Registro de Grados y Títulos Profesionales.
ART. 75° La Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayo10”, a través de la Secretaria
General, remitirá información de los duplicados expedidos de Grados Académicos, Títulos
Profesionales así como de segunda especialización a la Asamblea Nacional de Rectores, para
su registro correspondiente.
CAPITULO XII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- Los procedimientos para el trámite de solicitudes de los interesados en las
Facultades serán establecidos por ellas mismas, teniendo en cuenta las normas prescritas en la
Ley de Procedimientos Administrativos N° 27444.
SEGUNDA.- Las denominaciones de los Grados Académicos y Títulos Profesionales, serán
establecidos por las Facultades y ratificados por el Consejo Universitario.
TERCERA.- Los Reglamentos de Grados y Títulos de las Escuelas Académico Profesionales
de las Facultades, deberán ser aprobados por el Consejo de Facultad y ratificados por el
Consejo Universitario.
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CUARTA.- El incumplimiento u omisión de las normas establecidas en el presente
Reglamento, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N°
276 y su respectivo Reglamento, aprobado por el D.S. N° 005-90-PCM. Y el Reglamento del
Procedimiento Disciplinario General de la UNASAM, aprobado con Resolución N° 390-
2007-UNASAM.
QUINTA.- Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Consejo
de Facultad y el Consejo Universitario en lo que les corresponda.
SEXTA.- El presente reglamento, será visto y aprobado en el Consejo Universitario y entrará
en vigencia al día siguiente de haberse emitido la Resolución correspondiente.
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(Reg-Tesis)
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FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
DIRECCIÓN DE ESCUELA
GRADOS Y TITULOS
1. REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNASAM.
PARA OPTAR EL TITULO EN LA FIIA.
• Modalidad I TESIS
HUARAZ – ANCASH
2010
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
MODALIDAD I
REGLAMENTO DE TESIS PARA OPTAR EL TITULO
R.D. Nº 025-98-UNASAM –FIIA C.F. 18 / 09 /98
FORMATO DE INSCRIPCIÓN Y APROBACION DE PROYECTO DE TESIS
1. Código del Proyecto (No llenar)
2. Título:
3. Tesista: ………………………………………………………….
Patrocinador (es): ……………………………………………….
………………………………………………
4. Lugar de Ejecución:
5. Fecha de Recepción del Expediente por la Comisión:
Fecha de Aprobación por la Comisión:
Fecha de entrega al Jurado:
Fecha de Aprobación por el Jurado:
Fecha de Aprobación por el Consejo de Facultad: ………………….
6. Observaciones:
…………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
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7. Miembros del Consejo Directivo:
Directora de Escuela: .....................................................
MIEMBROS:
Primer Miembro ………………………………….
Segundo Miembro…………………………………
Tercer Miembro…………………………………...
8. Miembros del Jurado:
Presidente: .....................................................
Secretario: .....................................................
Vocal: ....................................................
9. Códigos:
ATT..........Trabajos del Area de Tecnología de los Alimentos
ATC..........Trabajos del Area de Ciencia de los Alimentos
AII........... Trabajos del Area de Ingeniería de los Alimentos
AIB...........Trabajos del Area de Ingeniería Industrial
LA DIRECCIÓN DE ESCUELA FIIA - UNASAM
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REGLAMENTO DE TESIS
RD N° 025-98 UNASAM FIIA C.F. 18-09-98
Art. 1°.- El presente Reglamento tiene por objetivo normar para el Bachiller de la Facultad
de Ingeniería de Industrias Alimentarias, pueda obtener el título Profesional de
Ingeniería de Industrias Alimentarias.
Art. 2°.- La Tesis debe referirse a un trabajo de Investigación Original e Individual que
permite el desarrollo avance regional y nacional en las áreas de Competencia de la
Industria Alimentaria.
CAPITULO II
DEL PROYECTO DE TESIS
Art. 3°.- La presentación del proyecto de Tesis sólo será válida cuando el estudiante de la
FIIA, haya aprobado 180 créditos, y que deberá ser aprobado por el consejo de
Facultad previo informe del Consejo Directivo de la FIIA. Las tesis que incluyen
Diseño, Construcción, Puesta en marcha y Evaluación de Equipos, Maquinarias e
Instrumentos para el procesamiento y Control de Alimentos en función al grado de
dificultad y costos podrán ser ejecutados hasta por un máximo de tres tesistas.
Art. 4°.- Podrán ser Patrocinador ó patrocinadores (02) docente(s) ordinario(s) de la
UNASAM. Por lo menos uno de ellos adscrito a la FIIA. Preferentemente de la
especialidad.
Art. 5°.- El financiamiento del proyecto de Tesis es responsabilidad del patrocinador y del
interesado, el mismo que será real y que garantice la culminación del mismo.
Art. 6°.- La presentación del proyecto de Tesis, deberá estar sujeto a la siguiente secuencia:
a) El estudiante conjuntamente con el Patrocinador elegirá el tema a investigar.
b) El proyecto de Tesis, se estructurará de conformidad con las normas técnicas
señaladas en el anexo N° 01, debiendo acompañar una solicitud y el formato
de inscripción con la firma del profesor patrocinador y del interesado
Art. 7°.- El Consejo Directivo de la FIIA, revisará los requisitos de presentación (Esquema
Anexo 01) declarando su conformidad. Posteriormente designará el jurado de
Tesis, el que estará integrado por tres (03) docentes adscritos a la FIIA. Luego
dará conocimiento al Consejo de Facultad para su ratificación y la emisión de la
Resolución correspondiente.
En caso de la Tesis que incluya el Diseño y Construcción de equipos participarán
dos Docentes de la FIIA y un Docente de otra Facultad, de acuerdo a la naturaleza
del proyecto de Tesis.
Art. 8°.- Los jurados evaluarán y se pronunciarán haciendo las observaciones que crean
necesario en un plazo máximo de quince (15) días útiles a partir de la recepción
del Informe. Para la ejecución y evaluación del proyecto de Tesis en el caso de
Diseño, Construcción, Puesta en Marcha y Evaluación de Equipos, Maquinarias
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e Instrumentos para el Procesamiento y Control de Alimentos se deberá tener en
cuenta los siguientes parámetros.
Los diseños deben ser originales, en caso de ser detectados como copia serán
descartados.
Deben pasar por un período de prueba a determinar por el Jurado.
El grado de innovación será evaluado por los Jurados.
Los equipos a diseñar deberán ser maquinarias, equipos e instrumentos
innovadores y funcionales que permitan medir, evaluar y controlar los
parámetros de las operaciones unitarias o procesos según sea el caso.
El diseño debe incluir los principios de operación y funcionamiento de los
mismos.
El equipo debe estar sustentado con los respectivos planos.
Los materiales de construcción de los equipos deben respetar las normas de cada
proceso alimentario.
Junto al Plan de Tesis deben presentar una maqueta del proyecto innovador.
Con respecto a la participación de 1 a 3 tesistas se tendrá en cuenta lo siguiente:
Un participante para una inversión de $ 2000
Dos participantes para una inversión de $ 4 000
Tres participantes para una inversión de $ 6 000
En los costos de valorización del proyecto la parte del diseño no debe superar el
30%.
La evaluación en la sustentación será personal.
Art. 9°.- En el caso de que el Jurado haga observaciones al proyecto de tesis, será
devuelto por intermedio de la Comisión al interesado quien conjuntamente con el
patrocinador harán las modificaciones planteadas.
Art. 10°.- Vencido el plazo límite para el dictamen del Jurado, y en caso de que éste, no se
hubiera pronunciado, el Consejo Directivo, aprobará el Plan de Tesis, dando
cuenta al Consejo de Facultad para la emisión de la Resolución de Aprobación
del proyecto de tesis. Así mismo se informará al Consejo de Facultad el
incumplimiento del Jurado de Tesis con copia a su file personal.
Art. 11°.- Aprobado el proyecto de tesis, el patrocinador y el tesista presentarán en original 3
copias al Consejo Directivo como requisito para su aprobación en Consejo de
Facultad y emisión de la Resolución Decanatural. Los tres volúmenes se
remitirán al Consejo Directivo, a la Biblioteca y al Consejo de Facultad.
Art. 12°.- La vigencia del proyecto de tesis una vez aprobado, hasta su sustentación será de
2 años. Si el tesista no ha sustentado en este período de tiempo el Consejo
Directivo, solicitará a los interesados la reactualización del Proyecto o el
cambio por otro.
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CAPITULO III
SUSTENTACION DE LA TESIS
Art. 13°.- El trabajo de tesis concluido, será presentado siguiendo normas técnicas de
investigación científica, de acuerdo al Reglamento de Tesis, redactado de
acuerdo a las Normas Técnicas de redacción y ortografía, la misma que será de
responsabilidad de Tesista y del Asesor o Patrocinador.
Art. 14°.- El borrador del trabajo de tesis redactado, será revisado y aprobado por el
profesor patrocinador, quien remitirá al Consejo Directivo y este a su vez
derivará a los miembros del jurado.
Art. 15°.- Los miembros del jurado previa reunión a citación del presidente harán las
observaciones correspondientes dentro de un plazo máximo de treinta (30) días
calendario. Si no hubiera observaciones en el plazo indicado, el Consejo
Directivo elegirá la fecha y hora de la sustentación.
Art. 16°.- De encontrarse ausente algún miembro del jurado se solicitará su cambio, en caso
de encontrarse fuera de la localidad por un período mayor a un mes, a partir del
momento en que el patrocinador y/o el graduado envíen el borrador del trabajo de
tesis.
Art. 17°.- La sustentación de la tesis se llevará a cabo en la fecha y la hora determinada por
el Presidente del Jurado previo conocimiento a la dirección de Escuela quien a
su vez deberá publicar la fecha de sustentación.
Art. 18°.- La sustentación será en acto público y ante la mayoría de los miembros del
jurado.
Art. 19°.- La calificación se hará teniendo en cuenta:
a) Aporte científico
b) Sustentación del trabajo
c) Absolución de las preguntas formuladas.
Art. 20°.- Terminada la Sustentación el graduado será invitado a abandonar la sala y el
jurado procederá a emitir su calificación, el mismo que será individual secreto y
obligatorio, calificando como aprobado o desaprobado.
Art. 21°.- En caso de haber sido aprobado se tendrán la siguiente escala de calificaciones:
Aprobado con excelencia: 19 y 20
Aprobado con distinción: 17 y 18
Aprobado: 14- 16
Desaprobado: 00-13
Art. 22°.- En caso de haber sido aprobada la tesis, el Presidente reabrirá el acto público para
comunicar el resultado, con la entrega del Acta de sustentación. En caso
contrario, el jurado abandonará la sala.
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Art. 23°.- Efectuado la calificación la que será irrevocable e inapelable, el secretario,
levantará el Acta (6 copias) que será firmado por todos los integrantes del jurado
presente en la sustentación, las que serán entregados al Interesado y archivo.
Art. 24°.- El graduado desaprobado podrá presentarse después de treinta (30) días
calendario a una nueva sustentación previa regularización de los trámites
pertinentes.
Art. 25°.- El autor de la tesis deberá cumplir con las observaciones planteadas por el
jurado en el momento de la sustentación, la misma que será visada por el
Patrocinador o Asesor y enviado al presidente del Jurado, quien emitirá un acta
de conformidad de levantamiento de las observaciones con los demás miembros
del Jurado para su impresión posterior. Luego será presentado a la Comisión de
Tesis 6 ejemplares debidamente impresos de acuerdo a las normas Técnicas de
redacción científica.
La distribución de ejemplares se realizará de la siguiente manera:
Biblioteca especializada de la FIIA (02)
Biblioteca de la UNASAM (01)
Centro de Investigación de la FIIA (01)
Decanatura (01)
Secretaría General (01)
Además presentará dos files, uno original y otra fotocopia legalizada con los
siguientes requisitos:
Solicitud dirigida al Decano
Fotocopia del grado de Bachiller legalizado
Constancia del Acta de Sustentación de Tesis o Fotocopia del libro de
sustentaciones.
Acta del levantamiento de observaciones de la sustentación.
Recibo de la Tesorería de la UNASAM.
Constancia de no adeudar a la UNASAM (últimos 15 días)
05 fotografías tamaño pasaporte a colores con fondo blanco (sport
elegante)
06 ejemplares de la tesis debidamente empastados.
Un CD , conteniendo la tesis, el Proyecto o el Informe.
Art. 26°.- Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento será resuelto en
primera instancia por Consejo Directivo de la FIIA, y en última instancia por el
Consejo de Facultad.
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art. 27°.- Los egresados que realicen trabajos de investigación o tesis para optar el Título
Profesional se adecuarán a las normas establecidas en el presente Reglamento.
Art. 28°.- El color del empastado de los volúmenes del trabajo final es de color azul
marino con letras doradas.
Art. 29°.- Todos los equipos, maquinarias e instrumentos para el procesamiento y control
de alimentos diseñados bajo esta modalidad formarán parte del patrimonio de la
FIIA –UNASAM.
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ANEXO Nº 1
ESQUEMA PARA PRESENTAR EL PROYECTO DE TESIS
TITULO DEL PROYECTO O PLAN DE TESIS
1. EL PROBLEMA
1.1. Selección del problema
1.2. Justificación del estudio
1.3. Objetivos de la investigación
1.3.1. General
1.3.2. Específicos
2. BASES TEORICAS
2.1. Antecedentes del problema (Estudios)
2.2. Planteamientos teóricos atingentes
3. HIPOTESIS
4. METODOLOGIA
4.1. Materiales y lugar de ejecución
4.1.1. Lugar
4.1.2. Materia prima
4.1.3. Insumos,
4.1.4. Equipos
4.1.5. Otros.
4.2. METODOS
4.2.1. Técnicas de recolección de datos
4.2.2. Diseño Experimental
4.2.3. Diseño Estadístico
5. ADMINISTRACION DEL PLAN DE INVESTIGACION
5.1. Cronograma
5.2. Responsable
5.3. Presupuesto
6. BIBLIOGRAFIA
7. ANEXOS
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CRITERIOS BASICOS PARA EL DISEÑO Y ELABORACION DEL
PROYECTO DE TESIS
1.- EL PROBLEMA
Nombrar el problema que da origen a la investigación, y si es posible o conveniente,
indicar aquellos con los que se relaciona al integrar el conjunto de problemas o
problemática de una determinada área de la realidad.
1.1. Selección del problema Dar razones por los cuales el tesista ha seleccionado este problema de entre
aquellos que constituyen la problemática de un área determinada de la realidad.
1.2. Justificación del estudio
Precisar para quienes es necesario estudiar este problema, y para quién o quiénes es
conveniente este estudio. El quién o quiénes son generalmente personas,
instituciones o sectores poblacionales.
1.3. Objetivos de la investigación
1.3.1. Objetivo general
Responder a la pregunta ¿para qué se realiza investigación?
1.3.2. Objetivos específicos
Desagregar con especificación conductal los logros concatenados que se
pretende conseguir.
2.- BASES TEORICAS
Supone revisión bibliográfica
2.1. Antecedentes del problema: Estudios anteriores sobre el problema.
2.2. Planteamientos teóricos atingentes teorías o partes de teóricos directamente
relacionadas con el problema tema.
3. HIPOTESIS.- Alternativa de solución o respuesta con poder explicativo o predictivo.
4. METODOLOGIA
4.1. Materiales y lugar de ejecución
4.1.1. Lugar 4.1.4. Equipos
4.1.2. Materia prima 4.1.5. Otros
4.1.3. Insumos,
4.2. METODOS
4.2.1. Técnicas de recolección de datos
4.2.2. Diseño experimental
4.2.3. Diseño Estadístico
5. ADMINISTRACION DEL PLAN DE INVESTIGACION
5.1. Cronograma
5.2. Responsable
5.3. Presupuesto
6. BIBLIOGRAFIA: Revisada para hacer el proyecto.
7. ANEXOS: Cuestionario de la encuesta, guía de entrevista, guía de observación, etc.
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NORMAS TECNICAS DE PRESENTACION Y REDACCION DE
UN TRABAJO DE TESIS
I . LA PRESENTACION
El informe Final del Trabajo de Tesis (IFTT) definitivo para cada uno de los miembros
del jurado debe ser presentado sin empastar, con carátula de cartulina o de plástico de
buena calidad. Se recomienda el espiralado y debidamente vizado y firmado por
patrocinador.
Una vez sustentado y aprobado el IFTT original será empastado con un empaste de color
azul y letras doradas en la cubierta (no debe tener recuadro) y debe figurar lo siguiente:
El Escudo de la Universidad
Universidad Nacional de Ancash “Santiago Antunez de Mayolo”
Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias
Título del trabajo
Tesis para optar el título de ingeniero en Industrias Alimentarias
Nombre y Apellido del Graduado(Minúscula)
Lugar y Año
Ver Anexo 1.1
II. ESTRUCTURA Y REDACCION
2.1 ESTRUCTURA
El IFTT debe presentarse a doble espacio con las siguientes partes:
1. Cubierta: Empastada, Tamaño 30 x 20cm. El titulado según ejemplo (anexo 1.1)
2. Hoja en blanco. No se enumera.
3. Portada: En papel A4 80 gr con el mismo contenido de la cubierta, procedida de una
hoja en blanco (Dorado).
4. Acta de Sustentación (Original)
5. Dedicatoria. Es numerado con cifras romanas y se inicia con (II)
6. Agradecimiento. Es numerado (III)
7. Indice General. Es numerado (IV)
Indice de Cuadros
Indice de figuras
Indice de Anexos
8. Abstract .Resumen en Ingles, (sin numeración).
9. Resumen en Castellano, (sin numeración).
10. INTRODUCCIÓN: Se presenta en resumen, la naturaleza del IFTT. Incluye la
metodología empleada. Debe captar el interés del lector, cuales son sus objetivos,
indica el método de investigación, menciona los principales resultados, señala las
conclusiones derivadas de los resultados. Por eso se redacta al término del informe.
(Comienza la enumeración arábiga, la página primera se enumera pero no se
visualiza).
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11. Cuerpo: Es el desarrollo del IFTT.
11.1 Partes del Cuerpo. Comprende los siguientes:
Revisión Bibliográfica
Materiales y Métodos: Diseños Experimental y Diseño estadístico. Se redacta
en tiempo pasado y en orden cronológico y secuencial.
Resultados y Discusión: Los resultados sintetiza lo que está aportando al
mundo académico. Señala el cumplimiento de los objetivos, se redacta en
tiempo pasado. Y la discusión muestra las relaciones existentes entre los
hechos observados, con otros temas. Explica el significado de los resultados y
su aporte a la ciencia
Conclusiones: Son las respuestas a los objetivos. Debe reforzar la importancia
de la Tesis.
Bibliografía: Son las fuentes que sirvieron de base a su trabajo. La cantidad no
indica calidad. Consigne solo lo relevante y publicado. Citar con precisión.
Anexos (Deben numerarse y llevar un título)
Currículum Vitae (Incluir fotografía, Escaneada. Datos resumidos)
2.2 REDACCION
Aspectos a considerar. Ver Anexo 2.2.
* La paginación: Las primeras páginas hasta el índice inclusive, se numeran con
cifras romanas. A partir de la introducción. Se emplean cifras arabes. El
número de la página va en el ángulo superior derecho con puntos, ejemplo 4.
Ver Anexo 2.3.
* Los márgenes :
Superior 4 cm
Inferior 4 cm incluyendo las notas referencias ;
Margen Izquierdo 3.5 cm
Margen Derecho 2.5 cm
Pie de página: Es un texto explicativo a simple espacio al pie de página,
separado del texto por una línea horizontal que va desde el lado izquierdo
hasta el medio de la página. Se enumeran.
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2.3 BIBLIOGRAFÍA: es la clasificación por orden alfabético de los autores que han sido
empleados en el IFTT.
1. LIBRO: Debe contener los siguientes datos, en este orden: apellido, nombre del autor;
año de publicación entre paréntesis; título y subtítulo (si lo hubiera); número de
edición (si no se trata de la primera); ciudad; casa editorial.
UN autor:
GEANKOPLIS, Christie J. (1982) Procesos de transporte y operaciones
unitarias. México, Compañía Editorial Continental S. A. 749 p.
Dos autores:
SKOOG, Douglas. A. y WEST, Donald M.( 1989). Química analítica. 4ª ed.
Madrid, McGraw-Hill, 725p.
Tres autores:
UREÑA, Milber O, D´ARRIGO, Matilde, y GIRÓN, Octavia. (1999)
Evaluación sensorial de los alimentos: aplicación didáctica. Lima, Edi Agraria,
199 p.
Más de tres autores
BRUCE, A., BRAY, D., LEWIS, J., RAFF, M., ROBERTS, K. y WATSON, J.
D. (1996) Biología Molecular de la célula. 3ª ed. Barcelona, Omega, 1387p.
Autor institucional
INTERNATIONAL STANDARIZATION ORGANIZATION. Information
Références bibliographiques. Partie 2: Documents électroniques, documents ou
parties de documents. Norme international ISO 690-2: 1997 (F).Genève: ISO,
1997, 18 p.
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2. TESIS
Autor (es) de la tesis. Título de la tesis, memoria y/o seminario. Mención o grado al
que se opta. Lugar de publicación. Institución patrocinante. Año de publicación.
Paginación
HERRERA Núñez, José Carlos. Ahorro energético en la extracción por
lixiviación del pigmento del maíz morado (Zea mays L.). Tesis (Ingeniero en
Industrias Alimentarias). Lima, Perú. Universidad Nacional Agraria La
Molina, Facultad de Industrias Alimentarias. 2005. 114 p.
3. ARTÍCULO DE REVISTA
Autor(es) del artículo. Título del artículo. Título de la revista de índices y resúmenes.
Volumen. Número de la referencia citada, entre paréntesis. Paginación. Año de la
revista de índices y resúmenes.
MORENO, M., VILORIA, A. Y LÓPEZ, E. Estabilidad de antocianinas en
jugos pasteurizados de mora (Rubus glaucus benth). Archivo Latinoamericano
de Nutrición. 53(2) 181-186. 2002.
Referencia de una revista en la que no figura el volumen
Así como en el caso anterior para identificar las publicaciones periódicas, no basta con
señalar el nombre de la revista, sino también el número o volumen
CAVELL, Stanley (2007) La bondad del cine, pp 28-50. En revista Hueso, N°-
50.
4. ENTREVISTA
En el primer ejemplo la entrevista no ha sido publicada. En cambio en el segundo caso
si lo ha sido por ello se considera que el autor de la entrevista es el entrevistador pues
es el responsable del contenido de la publicación.
BOWERS Edgar (1990). Entrevista personal con el autor. 5 de Setiembre
5. DIARIO Título del artículo. Título del diario (subrayado). Lugar de publicación. Fecha (día,
mes y año). Páginas. Nº de columna.
PREPARESE contra la influenza o gripe. El Comercio, Lima, Perú, 19 de
febrero de 2006. D-1.
6. PATENTE
Autor (es) de la patente (solicitante). Título de la invención. Responsabilidad
subordinada. Notas. País u oficina que lo emite. Clasificación de la patente. Número
de la patente. Fecha de publicación del documento
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VEREECKE, P. Insullating building materials and their manufacte. Eur. Pat
Appl. EP 530.902 (CI C 04B28/00), 10 mar 1993; (BE Appl. 91/822), 4 sep.
1991.
7. REFERENCIA DE UN ENLACE EN INTERNET
El primer ejemplo es la referencia de un portal en la web, no de un texto en particular.
Por este motivo no se puede colocar un título. A cambio de ello debe colocarse una
breve descripción de lo que se encuentra en el portal. La fecha de consulta debe
colocarse con precisión día, mes y año. Cuando el enlace no señala fecha alguna debe
colocarse el año.
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS ONU (2003)
(http://www.un.org/spanish/) Sitio web oficial de la ONU [consultado: 2 de
Febrero 1999].
En el ejemplo si se tiene un texto específico y con un autor específico .En este caso la
URL se coloca después del título.
QUINTANILLA, Tammy (1997). La globalización en el comercio [consultado: 20
de julio de 2005]. (http://www.un.org/globalización/)
8. MATERIAL CARTOGRÁFICO: MAPAS, CARTAS METEOROLÓGICAS,
FOTOGRAFÍAS AÉREAS
Título del material y Autor (es), personal o institucional. Edición (excepto la primera).
Escala, proyecciones, etc. Lugar de publicación. Editorial. Año de publicación.
Cantidad de mapas, dimensiones, color (si tiene esa característica).
DESSERTIFICATION map of the world. FAO. Esc. 1:25.000.000. Rome, FAO
1977. Color.PERU, Instituto Geográfico (1995) Carta nacional. Escala
1:1´000,000.
9. GRABACIONES SONORAS: CINTAS, CASSETTES, DISCOS, DISCOS
COMPACTOS, PELÍCULAS, VIDEOS
Autor(es). Título. Tipo de material entre corchetes. Lugar de publicación. Editorial.
Año de publicación. Descripción física: incluya el tiempo total de duración de la
proyección; presencia de sonido o ausencia; velocidad de la proyección y dimensiones.
FERRER, LL. Los flavonoides del vino como agentes protectores del síndrome
metabolico [diapositivas]. Mursia. 2004.
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10. CONGRESO, CONFERENCIA O REUNIÓN
Nombre completo del congreso, seminario o reunión. Número de la conferencia, año y
lugar del evento, entre paréntesis. Título de la publicación. Lugar y país de
publicación. Editorial, o Institución (es) que lo patrocinan. Año de publicación.
Número total de páginas si las hubiere.
CONGRESO Iberoamericano de Ingeniería de Alimentos (IV, 2003, Valparaíso,
Chile). Proyectando el procesamiento de alimentos: Desde la nanotecnología a la
ingeniería clásica. Valparaíso, Chile. International Union of Food Science and
Technology IUF o ST, Pontificia Universidad Católica de Chile, Pontificia
Universidad Católica de Valparaíso, Universidad de La Frontera y Universidad de
Santiago de Chile. 2003. 54 p.
11. REFERENCIA DE CORREOS ELECTRÓNICOS
Autor del mensaje, título del mensaje original (en letra cursiva), tipo de medio [entre
corchetes], lugar de publicación, editor. Fecha de envío del mensaje, fecha de consulta
entre corchetes, ubicación dentro del mensaje original.
CORIO, Robert.APA Guide deadline, [en línea]. Mensaje a Margaret E.
SOKOLIK. 1 Junio 1998 [fecha de consulta: 5 Junio 1998]. Comunicación
personal
12. REFERENCIA DE UNA LEY
Número de la ley. Nombre de la ley o decreto, si lo tiene. Título de la publicación en
que aparece oficialmente. Lugar de publicación. Fecha de publicación (día, mes y
año). Paginación si hubiera.
Ley N° 28044. Ley General de Educación. Ley que Regula el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y sus organismos operadores. El Peruano Normas Legales. Lima, Perú, 17 de julio de 2003. 13p.
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ANEXO 1.1
CUBIERTA 30 x 20 cm
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH
“SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
ELABORACION DE SALCHICHAS
FRANKFURTER
TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE
INGENIERO EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
Verena Aracely De Paz Ortiz
HUARAZ-PERU
2010
ANEXO 2.2
ESQUEMA FINAL DE UN TRABAJO DE TESIS ASPECTOS A CONSIDERAR
n
m
l
k
CONCLUSIONES
j
i
h
CUERPO
INTRODUCCION
RESUMEN
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
e
d (Numerado en cifras arábicas)
INDICE
AP
PORTADA IV
CUBIERTA, AGRADECIMIENTO
E INDICE GENERAL
II (Numerado en cifras romanas)
LEYENDA: AP: Ante Propósito; Dedicatoria y Agradecimiento d : Lista de cuadros
e: Lista de Gráficos
h : Revisión Bibliográfica
i : Materiales y Métodos : Diseño Experimental
Diseño Estadístico
j : Resultados y Discusión
k : Conclusiones
l : Bibliografía
m : Anexos
n : Nota Bibliográfica del Autor
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
ANEXO 2.3
DISEÑO DE PAGINA A4.
Paginación
4 cm
--------------------
Margen Superior
TAMAÑO DE PAPEL A4
TEXTO A DOBLE ESPACIO
TIPO DE LETRA: TIMES NEW ROMAN
3.5 cm (ó) ROMAN 2.5 cm
TAMAÑO DE LETRA: 12
TITULOS EN MAYUSCULA Y NEGRITA
Margen Inferior
---------------------
4 cm
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
UNIVERSIDAD NACIONAL “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
ACTA DE SUSTENTACIÓN
MODALIDAD: TESIS
Los miembros del Jurado que suscriben, se reunieron en acto público para calificar la Sustentación de la Tesis presentada por la Bachiller:
VERENA ARACELY DE PAZ ORTIZ
TITULADA
“ELABORACION DE SALCHICHAS FRANKFURTER” Después de haber escuchado el informe y las respuestas a las preguntas formuladas, lo declararon APTO para optar el TITULO PROFESIONAL con el calificativo de:
APROBADO CON LA NOTA DE CATORCE. (14)
En consecuencia, la sustentante de acuerdo a la Ley Universitaria y las normas estatutarias queda en condición de recibir el Título de Profesional de:
INGENIERO EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
Huaraz, Marzo de 2010 -------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Presidente Secretario
-----------------------------------------------------
Vocal
------------------------------------------------------
Patrocinador
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
(Reg-PTP)
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
DIRECCIÓN DE ESCUELA
GRADOS Y TITULOS
1. REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNASAM.
PARA OPTAR EL TITULO EN LA FIIA.
• Modalidad II PTP - UNASAM
HUARAZ - ANCASH
2010
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
MODALIDAD II
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ACTUALIZACION PROFESIONAL
PARA OPTAR EL TITULO
R.D.FIIA – Nº 026-98
RR. Nº 412 – 97 RR. Nº 336 - 98
FORMATO DE SOLICITUD DE APROBACION DE PROYECTO DE INVERSION
1. Código del Proyecto (No llenar)
2. Título:
3. Tesista: ………………………………………………………….
Patrocinador (es): ……………………………………………….
………………………………………………
4. Lugar de Ejecución:
5. Fecha de Recepción del Expediente por la Comisión:
Fecha de Aprobación por la Comisión:
Fecha de entrega al Jurado:
Fecha de Aprobación por el Jurado:
Fecha de Aprobación por el Consejo de Facultad: ………………….
6. Observaciones:
…………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
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7. Miembros de la Comisión del Proyecto de Inversión:
Director ………………………………….
Subdirector …………………………………
8. Miembros del Jurado:
Presidente: .....................................................
Secretario: .....................................................
Vocal: ....................................................
9. Códigos:
ATT..........Trabajos del Area de Tecnología de los Alimentos
ATC..........Trabajos del Area de Ciencia de los Alimentos
AII........... Trabajos del Area de Ingeniería de los Alimentos
AIB...........Trabajos del Area de Ingeniería Industrial
LA DIRECCIÓN DE ESCUELA FIIA - UNASAM
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
II Reg-ptp
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ACTUALIZACION PROFESIONAL
PARA OPTAR EL TITULO
R.D.-FIIA Nº 026-98
R. R. Nº 412-97 R. R. Nº 336-98
C O N T E N I D O
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I : Finalidad y Alcance
CAPITULO II : Fines y Objetivos
CAPITULO III: De La Naturaleza, Funciones y Acciones
TITULO II: DE LA ORGANIZACIÓN DEL PTP
CAPITULO I : Estructura Orgánica
CAPITULO II: Funciones de los Organos Estructurales
TITULO III: DE LA ADMISION DE BACHILLERES
CAPITULO I : De la Admisión
CAPITULO II: Derecho y Deberes de los Bachilleres
CAPITULO III: De Las Sanciones a los Bachilleres
TITULO IV: DE LOS ESTUDIOS EN EL PTP
CAPITULO I : Régimen Académico
CAPITULO II: Del Plan de Estudios y Evaluaciones.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICION TRANSITORIA
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Reg-PTP
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
FINALIDAD Y ALCANCE
Art. 1º.- El presente Reglamento, tiene como finalidad establecer las normas y
procedimientos Académico - Administrativo del Programa de Actualización
Profesional de la Universidad Nacional de Ancash “Santiago Antúnez de Mayolo”
PTP -UNASAM.
Art. 2º.- La Creación y Funcionamiento del PTP -UNASAM sustentan su base legal en la
Ley Universitaria Nº 23733, modificadora Decreto ley 739 art. 22 Inc. c ;
Resolución Rectoral 412-97, Resolución Rectoral Nº336-98-UNASAM, Resolución
Decanatural 027-98 UNASAM -FIIA y el presente Reglamento.
Art. 3º.- El alcance del presente Reglamento corresponde a la organización y
funcionamiento académico-administrativo del PTP -UNASAM.
CAPITULO II
FINES Y OBJETIVOS
Art. 4º.- El programa del PTP -UNASAM, persigue los siguientes fines y objetivos:
A) FINES:
Tiene como finalidad optar el Titulo profesional vía el Programa de
Actualización Profesional de los Bachilleres de la Universidad Nacional de
Ancash “Santiago Antúnez de Mayolo” UNASAM y la especialización y
Proyectos de Inversión para Profesionales egresados de Centros Universitarios.
B) OBJETIVOS:
1) Titulación de los Bachilleres a través de la elaboración y sustentación de
proyectos de interés Nacional, Regional o Local.
2) Ejecutar los Programas de Actualización Profesional en la UNASAM en
Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión.
3) Capacitar a los Bachilleres de la UNASAM y profesionales interesados en el
diseño, implementación y evaluación de proyectos productivos.
4) Conformar una cartera de proyectos productivos para el desarrollo de la
Región Chavín.
5) Propiciar el desarrollo de la Región con trabajos concertados con organismos
públicos.
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CAPITULO III
DE LA NATURALEZA, FUNCIONES Y ACCIONES
Art. 5º.- El PTP es un sistema académico creado para facilitar la profesionalización de
Bachilleres egresados de la UNASAM, y la especialización en proyectos
productivos.
Art. 6º.- La creación del PTP depende del Consejo Universitario y su funcionamiento de la
Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.
Art. 7º.- Las Facultades proporcionarán las facilidades necesarias para el desarrollo del
programa y para el cumplimiento de los objetivos del PTP -UNASAM.
Art. 8º.- El PTP -UNASAM tiene funciones básicas de: Planear, organizar, dirigir,
coordinar, controlar y evaluar las actividades Académicas y Administrativas, como
una de las modalidades de Titulación de Bachilleres egresados de la UNASAM, y
especialización de profesionales.
Art. 9º.- Las actividades que realiza el PTP -UNASAM son los siguientes:
a) Programar, ejecutar y evaluar el Plan de Estudios el cual deberá ser aprobado
por el Consejo de Facultad.
b) Planear, organizar y ejecutar el proceso de admisión de Bachilleres y
Profesionales.
c) Aplicar métodos, técnicas y procedimientos para el desarrollo de cursos del Plan
de Estudios, durante el ciclo propedeútico y de taller.
d) Informar al término del ciclo y a la facultad sobre las actividades Académico -
Administrativo de los bachilleres.
e) Administrar los ingresos y egresos de fondos del PTP de acuerdo al presupuesto
aprobado por el Consejo de Facultad, y normas establecidas por la Oficina de
Economía de la UNASAM.
TITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN DEL PTP-UNASAM
CAPITULO I
ESTRUCTURA ORGANICA
Art.10º.- La estructura orgánica del PTP -UNASAM, comprende los órganos Siguientes:
ORGANOS DE GOBIERNO a) Consejo Universitario.
b) Consejo de Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.
ORGANO DE DIRECCION
c) Consejo Directivo.
.
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CAPITULO II
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS ORGANOS
Art.11º.- Son funciones del Consejo Universitario:
a) Cumplir y hacer cumplir el funcionamiento del Programa de Actualización
Profesional en Formulación y Evaluación de Proyectos como modalidad de
Titulación de Bachilleres y especialización en Proyectos.
b) Ratificar el Reglamento del PTP aprobado por las Facultades.
c) Ratificar el Plan de Estudios y presupuesto del PTP, presentado por las
facultades.
d) Ratificar el informe de resultados académico y administrativo del PTP
presentado por las facultades.
e) Ratificar los Títulos otorgados por las facultades en la modalidad del PTP-
UNASAM.
f) Otros que la ley le asiste con relación al PTP -UNASAM.
Art. 12º. Son funciones del Consejo de Facultad:
a) Cumplir y hacer Cumplir los acuerdos del Consejo Universitario respecto al
PTP-UNASAM.
b) Designar los miembros del Consejo Directivo del PTP –UNASAM-FIIA.
c) Aprobar y elevar al Consejo Universitario el Reglamento, el Plan de Estudios, el
Informe académico y administrativo del PTP, así como informar a la Facultad
sobre los resultados académicos seguidos por los bachilleres y profesionales
participantes.
d) Nombrar los jurados para la revisión y sustentación de los proyectos a propuesta
del Consejo Directivo.
e) Aprobar y proponer la ratificación de la titulación de los bachilleres de la
UNASAM que cumplan con el plan de Estudios del PTP-UNASAM.
f) Otorgar la Constancia de Especialista en Formulación y Evaluación de Proyectos
a los bachilleres y profesionales que aprobaron el Plan de Estudios.
g) Aprobar el programa de actividades de cada Semestre.
h) Otros que le otorgan las normas vigentes con relación al PTP-UNASAM.
Art.13º.- El Consejo Directivo es un órgano ejecutivo del PTP-UNASAM integrado por dos
(2) miembros representantes de las Facultad con cargos de: Director y Subdirector
Académico; sus funciones son:
a) Planear, organizar, dirigir, coordinar e informar las actividades académicas del
PTP -UNASAM.
b) Elaborar y hacer cumplir el Reglamento y el Plan de Estudios del PTP -
UNASAM.
c) Programar y ejecutar las actividades del PTP – UNASAM por Semestre.
d) Administrar los recursos del PTP e informar al Consejo de Facultad.
e) Coordinar con la facultad los trámites de Titulación de Bachilleres de la FIIA-
UNASAM que aprobaron el PTP -UNASAM.
f) Seleccionar la plana docente y nombrar asesores para el grupo de proyectistas
en coordinación con la Comisión de Tesis de la Facultad.
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g) Proponer los miembros que conformarán el Jurado para la sustentación de los
Proyectos que se desarrollen en cada Semestre.
h) Ser los representantes directos del PTP ante trabajos con organismos de la
Región.
i) Supervisar directamente el cumplimiento de convenios del PTP-UNASAM
celebrados con entidades de la Región.
j) Otros Fines que le asigne el Consejo de facultad.
TITULO III
DE LA ADMISION DE BACHILLERES
CAPITULO I: DE LA ADMISION
Art. 14º.- La admisión es el proceso por el cual se determina el ingreso de bachilleres al
PTP-UNASAM; para lo cual los postulantes deben cumplir los requisitos
siguientes:
a) Presentar el Curriculum Vitae narrativo
b) Presentar Certificados de Estudios autenticados
c) Presentar el Grado de Bachiller autenticado
d) Haber llevado el curso de Proyectos en el Estudio de PRE-GRADO
e) Alcanzar vacantes pre-establecidas
f) Conocer y aceptar los alcances del Reglamento, Plan de Estudios y Programa de
Actividades.
Art.15º El consejo de Facultad aprobará el número de vacantes a propuesta del Consejo
Directivo.
Art. 16º.- El proceso de admisión se convoca por los medios de comunicación Pública.
CAPITULO II
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PARTICIPANTES
Art.17º.- Son participantes del PTP -UNASAM, todos aquellos que hayan cumplido con los
requisitos establecidos para su admisión y estar debidamente matriculados.
Art.18º.- La condición de participantes del PTP -UNASAM se pierde para el ciclo
programado cuando el alumno no paga las cuotas mensuales establecidas y tiene
ausencia injustificada superior al 20% en cada etapa del ciclo y/o incumpla con el
cronograma de ciclo de talleres.
Art. 19º.- El bachiller incurso en el Art. 18, mantiene la deuda contraída con el PTP; y para
cualquier trámite en la UNASAM, debe cancelar previamente.
Art. 20º.- Son derechos de los participantes:
a) Recibir formación académica idónea y actualizada con cursos acorde al perfil
del PTP-UNASAM.
b) Ser participe activo en el desarrollo de cada una de las etapas del ciclo.
c) Expresar libremente sus ideas en el desarrollo de los cursos.
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d) Participar en diversas actividades organizadas por el PTP-UNASAM.
e) Recibir asesoría de los docentes del PTP-UNASAM.
f) Recibir asesoría especializada para el desarrollo del proyecto exigido por el
PTP-UNASAM.
g) Recibir el apoyo académico y administrativo del Consejo Directivo con fines de
titulación y/o especialización en Proyectos.
h) Participar en los trabajos inter-institucionales celebrados con el PTP-UNASAM.
i) Otros que les asisten en condición de alumnos.
Art.21º.- Son deberes de los Bachilleres participantes:
a) Cumplir el presente Reglamento, Plan de Estudios y el Programa de Actividades
b) Dedicarse con responsabilidad al estudio de los cursos del PTP-UNASAM y a
la elaboración de proyectos tendiente a su titulación y/o especialización.
c) Culminar con éxito el Ciclo Propedéutico y de Taller, según la escala de
calificación
d) Cumplir con los pagos de los derechos de enseñanza establecidos previa firma
del contrato.
e) Asistencia obligatoria en las actividades académicas y de taller, salvo
justificación expresa por fecha.
f) Contar con asesor (es) para la elaboración del proyecto previamente aprobado.
g) Contar con un jurado para la sustentación del proyecto elaborado.
h) Participar en trabajos de campo de programa el PTP, cumpliendo el plan de
estudios y/o convenios celebrados con otras entidades.
CAPITULO III
DE LAS SANCIONES DE LOS PARTICIPANTES
Art.22º.- Es aplicable a los participantes del PTP-UNASAM la separación por un semestre
por incumplimiento de pagos, del reglamento y/o programa de actividades.
Art. 23º.- La deuda motivo del artículo anterior no dispensa el pago posterior de la misma.
Art. 24º.- También son causas de separación de un participante por:
a) Conducta inmoral reprensible.
b) Acto grave en indisciplina.
c) Otra previa calificación por el Consejo Directivo.
TITULO IV.
DE LOS ESTUDIOS EN EL PTP
CAPITULO I
REGIMEN ACADEMICO Y ADMINISTRATIVO
Art. 25º.- El régimen curricular del PTP-UNASAM es de dos (2) períodos consecutivos de
estudios y talleres.
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Art. 26º.- El Plan de Estudios comprende los ciclos propedéuticos y de talleres con cursos
relacionados a la Formulación de Proyecto de Inversión.
El desarrollo del PTP, comprende disertación de clases, investigación, talleres y
elaboración de proyectos. La evaluación académica será permanente.
Art.27º.- La Programación académica estará a cargo del Subdirector Académico. Su
aprobación corresponde al Consejo Directivo.
Art.28º.- El PTP-UNASAM facilitará la identificación de proyectos de interés Nacional,
Regional y local, a través de relaciones institucionales para ser desarrollados por el
grupo de proyectistas.
CAPITULO II
DEl PLAN DE ESTUDIOS Y EVALUACIONES.
Art. 29º.- El Plan de estudios del PTP es aprobado por el Consejo de Facultad y contendrá:
a) Los objetivos del PTP.
b) Justificación.
c) El perfil del especialista en Formulación y Evaluación de Proyectos de
Inversión.
d) Organización.
e) Normas Académicas:
- Duración del PTP
- Participantes
- Admisión
- Plan de Estudios del PTP
- Metodología
- Aprobación
- Titulación
- Horario
- Sumillas de los cursos y talleres.
Art.30º.- El contenido de los cursos estará enmarcados en los objetivos del PTP
Art. 31º.- El régimen de estudios se organiza bajo el sistema propedéutico y talleres por
créditos y con curriculum rígido.
Art. 32º.- La escala de calificación de los cursos es de 0 a 20, siendo el mínimo aprobatorio
13.
Art. 33º.- Para la obtención del promedio final de cada curso, se tomará en cuenta el número
entero y el decimal. En caso de resultar la nota con un decimal se le sumará 0.5 y se
tomará el entero resultante.
Art.34º.- La matrícula es un acto formal por la que, el participante se compromete llevar los
cursos de cada sistema en estricto cumplimiento con los requisitos establecidos en
el Art. 14 y 21 del presente reglamento.
Art. 35º.- La evaluación de cada curso será establecida por el docente a cargo.
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Art. 36º.- La certificación de los estudios será administrada por el Subdirector Académico del
PTP -UNASAM.
CAPITULO III
APROBACION Y TITULACION
Art. 37º.- La escala de calificación de cursos es de 0 a 20, siendo el mínimo aprobatorio de
13.
Las condiciones para optar el Título Profesional y/o el Certificado de Formulación
y Evaluación de Proyectos son:
a) Haber Formulado un Proyecto de Inversión y haber sustentado satisfactoriamente ante
un jurado calificador, con la participación máxima de 02 alumnos del PTP-UNASAM-
FIIA.
La escala de calificación será consenso. Son menciones o calificaciones:
Aprobado con excelencia: 19 y 20
Aprobado con distinción:17 y 18
Aprobado: 14- 16
Desaprobado: 00-13
b) No haber sido desaprobado en curso alguno del PTP.
c) Cumplir con el Reglamento, Plan de Estudios y Cronograma de Actividades.
d) Haber efectuado los trabajos de campo programados por convenios con otras entidades.
Art. 38º.- Para efectos de titulación y/o especialista en proyecto de inversión se requiere:
- Haber aprobado los cursos del PTP.
- Haber elaborado el proyecto en estricto cumplimiento al cronograma de
Talleres.
- Sustentar y aprobar en acto público el proyecto grupal ante un Jurado
nominado por el Consejo de Facultad.
- La calificación de la sustentación es individual, de acuerdo al Art. 37 inc. (a),
teniendo en cuenta dos calificaciones: evaluación de la calidad del proyecto y
la exposición.
Art. 39º.- Los informes del Jurado de sustentación serán contemplados en la Facultad con
fines de aprobar la titulación para luego derivarlo al Consejo Universitario para su
ratificación.
Art. 40º.- Los informes del jurado de sustentación con fines de especialización serán
remitidos a la facultad con fines de aprobación y posterior otorgamiento del
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Certificado por el PTP –UNASAM. Los participantes cumplirán además con el Art.
37, inciso (a y b).
Art. 41º.- Los bachilleres de la UNASAM tramitarán sus expedientes individuales ante la
facultad luego de haber aprobado la sustentación del Proyecto de Inversión
elaborado en grupo o individualmente; para lo cual, deberán presentar:
Seis (06) volúmenes de Tesis
Un CD, con el contenido del proyecto terminado.
Art. 42º.- La Sustentación de los proyectos se evaluará en base a la tabla de calificación
correspondiente.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- El funcionamiento del PTP –UNASAM, será autofinanciado por los
participantes de cada ciclo.
SEGUNDA.- La Plana de Docentes y Administrativos será remunerado o bonificado de
acuerdo al presupuesto aprobado.
TERCERA.-Los excedentes netos que genere el PTP serán distribuidos de acuerdo al Art.
Nº308 del Estatuto de la UNASAM.
CUARTA.- El Consejo Directivo está facultado de coordinar con las diferentes Facultades
de la UNASAM para el fiel cumplimiento del presente Reglamento y Objetivos del PTP -
UNASAM.
QUINTA.-Las oficinas de Planificación, Economía, Abastecimiento y Servicios Auxiliares
brindarán atención prioritaria a los requerimientos del Consejo Directivo del PTP, por ser un
programa especial.
SEXTA.-Una vez presentado los Planes de Proyectos ante el Consejo de Facultad, este
nombrará al jurado (a propuesta del Consejo Directivo) quien revisará el proyecto y se
pronunciará en el término de 15 días calendario para su posterior aprobación en el Consejo de
Facultad.
SEPTIMA.-La presentación de los volúmenes se efectuará siguiendo las normas de redacción
de tesis con respecto a empastado, formatos, espacios, cuadros, otros.
OCTAVA.-Los docentes serán profesionales especializados y destacados de la UNASAM o
de otras universidades.
NOVENA.-Los Asesores serán docentes de la UNASAM especializados en proyectos y no
observados en designaciones anteriores como tales.
DECIMA.-Los Jurados serán docentes de la UNASAM con especialización en Proyectos y
que no tuvieron observaciones en nominaciones anteriores para fines del PTP -UNASAM.
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DECIMA PRIMERA.-Los docentes que aceptan ser asesores y/o jurados firmarán contrato
con el PTP -UNASAM en la cual sus vacaciones no deben interferir con las obligaciones
contraídas con el PTP.
DECIMA SEGUNDA.-Los docentes asesores y jurados no podrán serlo simultáneamente,
salvo que se trate de proyectos diferentes y que falte docentes con conocimientos de
proyectos.
DECIMA TERCERA.-Los miembros del Consejo Directivo no podrán asumir el dictado del
curso, asesoría y jurado mientras mantengan el cargo.
DECIMA CUARTA.-Los docentes que participen en el programa PTP -UNASAM están
obligados a trabajos grupales que establezca el Consejo Directivo con fines estratégicos.
DECIMA QUINTA.-Los proyectos aprobados en sustentación podrán ser ejecutados con la
Dirección de sus autores y financiado por entidades o inversores particulares.
DECIMA SEXTA.-Los proyectos para ser ejecutados recibirán el aval institucional de la
UNASAM a través del Consejo Directivo del PTP -UNASAM.
DECIMA SEPTIMA.-El Consejo Directivo está autorizado a realizar negociaciones con
entidades públicas o privadas conducentes al desarrollo estratégico del PTP -UNASAM, para
luego ser oficializadas por los órganos de gobierno de la UNASAM.
DECIMA OCTAVA.-El Consejo Directivo está autorizado a promocionar el paquete de
proyectos desarrollados en cada ciclo del PTP -UNASAM, a través de medios adecuados con
fines de financiamiento y desarrollo de la Región Chavín.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.-El Consejo Directivo del PTP propondrá al Consejo Universitario por
intermedio del Consejo de Facultad la adecuación del Reglamento de Grados y Títulos de la
UNASAM que incorpore la opción de Titulación a través de la modalidad del PTP -
UNASAM.
SEGUNDA.- Mientras se determine la viabilidad legal y académica de los bachilleres
egresados de otras universidades del país; con fines de Titulación, los interesados pueden
participar para Especialización en Proyectos de Inversión cumpliendo estrictamente los
mismos requisitos para la Titulación de los Bachilleres de la UNASAM.
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UNIVERSIDAD NACIONAL “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
ACTA DE SUSTENTACIÓN
PROYECTO DE INVERSION
MODALIDAD PTP -UNASAM
Los miembros del Jurado que suscriben, se reunieron en acto público para calificar la Sustentación del Proyecto de Inversión, presentada por la Bachiller:
Poner nombre de los Bachilleres de cualquiera de ellos
TITULADA
Título de su tesis Después de haber escuchado el informe y las respuestas a las preguntas formuladas, lo declararon APTO para optar el TITULO PROFESIONAL con el calificativo de:
APROBADO CON LA NOTA DE CATORCE. (14) La que sacaron
En consecuencia, la sustentante de acuerdo a la Ley Universitaria y las normas estatutarias queda en condición de recibir el Título de Profesional de:
INGENIERO EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
Huaraz, Marzo de 2010 -------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Presidente Secretario
-----------------------------------------------------
Vocal
------------------------------------------------------
Patrocinador
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(Reg-Prof)
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
DIRECCIÓN DE ESCUELA
GRADOS Y TITULOS
1. REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNASAM.
PARA OPTAR EL TITULO EN LA FIIA.
• Modalidad III
PRESTACION DE SERVICIOS
PROFESIONALES
HUARAZ - ANCASH
2010
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
MODALIDAD III
REGLAMENTO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA
OPTAR EL TITULO
R.D. Nº 033-98-UNASAM –FIIA C.F. 18 / 12 /98
R.D. Nº 024 – 99 - C.F. 27/07/99
Acuerdo del CU 17/08/99 – R.C.U. 191 - 99
FORMATO DE INSCRIPCIÓN Y APROBACION DE PRESTACION DE SERVICIOS
PROFESIONALES
1. Código del Proyecto (No llenar)
2. Título:
3. Tesista: ………………………………………………………….
Patrocinador (es): ……………………………………………….
………………………………………………
4. Lugar de Ejecución:
5. Fecha de Recepción del Expediente por la Comisión:
Fecha de Aprobación por la Comisión:
Fecha de entrega al Jurado:
Fecha de Aprobación por el Jurado:
Fecha de Aprobación por el Consejo de Facultad: ………………….
6. Observaciones:
…………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
7. Miembros del Consejo Directivo:
Directora de Escuela: .....................................................
MIEMBROS:
Primer Miembro ………………………………….
Segundo Miembro…………………………………
Tercer Miembro…………………………………...
8. Miembros del Jurado:
Presidente: .....................................................
Secretario: .....................................................
Vocal: ....................................................
9. Códigos:
ATT..........Trabajos del Area de Tecnología de los Alimentos
ATC..........Trabajos del Area de Ciencia de los Alimentos
AII........... Trabajos del Area de Ingeniería de los Alimentos
AIB...........Trabajos del Area de Ingeniería Industrial
LA DIRECCIÓN DE ESCUELA FIIA - UNASAM
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
REGLAMENTO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
PARA OPTAR EL TITULO DE INGENIERO EN INDUSTRIAS
ALIMENTARIAS R.D.034-98 C.F. 18-12-1998 R.D 024-99 C.F. 27-07-99
Acuerdo del C.U. 17-08-99 R.C.U. 191-99
((RREEGG--PPRROOFF))
CCAAPPIITTUULLOO II
GENERALIDADES
Art. 1º.- La Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias pone a disposición de sus
graduados el presente documento, que contiene las normas generales que rigen los
procedimientos conducentes a la obtención del Titulo Profesional de Ingeniero en
Industrias Alimentarias vía Prestación de Servicios Profesionales
Art. 2º.- Las bases legales que sustentan este reglamento son:
a) Ley Universitaria N° 23733.
b) Decreto Legislativo N° 739. Modificaciones de la Ley Universitaria
e) Ley N° 25064. De Registro Nacional de Grados y Títulos
f) Resolución N° 897-2002-ANR de Reglamento Nacional de Grados y Títulos
Profesionales.
g) Resolución N° 028-2007-UNASAM del 12-01-2007 con la que se aprueba el
Estatuto de la UNASAM.
h) Resolución de Consejo Universitario N° 351-2007-UNASAM del 14-09-2007
con la que se aprueba el Reglamento General de la UNASAM.
j) Acuerdo del Consejo de Facultad 18 de Diciembre de 1998 - R.D. Nº 034-98-
FIIA.
k) Acuerdo del Consejo de Facultad 27 de Julio de 1999 R.D. 024-99-FIIA
Art. 3º.- Esta modalidad de optar el título se tomará cuando los interesados lo soliciten.
CAPITULO II
DE LA OBTENCION DE LA CONDICION DE EXPEDITO PARA RENDIR EL
EXAMEN
Art. 4º.- El graduado elegirá su Asesor de la plana docente de la FIIA, con quien elaborará
el expediente de acuerdo a los requisitos que se exigen en el siguiente artículo.
Art.5º.- Son requisitos para obtener la condición de expedito para rendir el Examen:
a. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad pidiendo acogerse al Examen.
b. Constancia de trabajo, boletas de pago y/o contrato por servicios profesionales,
que ameriten la antiguedad de tres años consecutivos en labores propias de la
especialidad. Pudiendo haber desarrollado en uno, dos ó tres instituciones
públicas o privadas de reconocido prestigio.
c. Curriculum Vitae documentado (2 ejemplares). En la carátula se indicará los
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
documentos que contiene.
d. Informe (3 ejemplares) anillados de toda la actividad desarrollada de acuerdo a
Normas de Redacción Técnica.
CAPITULO III
DEL EXAMEN ESCRITO
Art.6º.- Cumplidos los requisitos del Art. precedente y estructurado el expediente del
graduado el Presidente del Consejo Directivo informará que el interesado cumple
con los requisitos y ordenará la cancelación del derecho de Examen, (ver
disposiciones finales) cuyo recibo se remitirá al Decanato para la emisión de la
Resolución de expedito.
Art.7º.- A solicitud de la Comisión de Grados y Títulos previa reunión con el Consejo
Directivo y los Jefes de las Secciones sugerirán el Jurado para el examen escrito y
oral al Consejo de Facultad.
El Jurado para exámenes orales estará compuesto por 3 miembros, nombrados por
oficio, y estará integrado del modo siguiente:
- 01 Presidente, quien deberá ser el docente de mayor categoría y antiguedad del
Jurado.
- 02 Vocales que serán profesores asociados ó auxiliares del DACTA.
El Quórum para la apertura de la sesión será de todos sus miembros.
Art.8º.- El Jurado nominado tendrá un plazo de 15 días calendario para emitir opinión para
efectos de sustentación. De ser desfavorable el interesado con su Asesor tendrá, 15
días calendario para corregir las observaciones y presentarlo al Jurado quienes
tendrán nuevamente 15 días para dar su opinión.
Art.9º.- El Examen constará de dos pruebas consecutivas
a. Una prueba escrita.
b. Una prueba oral.
La desaprobación ó inasistencia a la prueba escrita inhabilita al interesado a rendir
la prueba oral.
Dichas pruebas serán en función a balotarios elaborados para el efecto, en función a
las principales asignaturas de la especialidad del plan de estudios de la Facultad.
Los balotarios constarán de por lo menos 100 preguntas divididas en un mínimo de
cuatro áreas de exámenes, de las cuales un área será elegida por el interesado y
tendrá el peso del 50 % y las otras áreas la asignará la Facultad y comprenderá el
50% del peso.
Del mismo modo se evaluará al graduado en relación a su criterio para resolver
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problemas inherentes a la especialidad y conocimientos generales sobre conceptos
que deben ser de dominio de todo profesional de la especialidad.
Art.10.- Las preguntas, se debe consignar las cinco alternativas de respuestas (no considerar
los términos: todo lo anterior, ninguno de las anteriores).
CAPITULO IV
DEL EXAMEN ORAL
Art.10º.- El Examen Oral para la obtención del Título Profesional se realizará en fecha única
y en sesión pública, previa convocatoria, que se hará de conocimiento general,
(Publicación no menor de 3 días), en la Facultad.
Art.11º.- El Examen Oral se realizará del modo siguiente:
- El Presidente del Jurado ordenará el inicio de la sesión pública de Examen Oral.
- El Secretario leerá la convocatoria a la sesión pública de Examen respectivo.
- El Presidente invitará a los demás miembros del Jurado (empezando por el que
ubique al extremo derecho de la mesa y concluyendo en el otro extremo) a que
formulen las preguntas respectivas, debiendo cada una de ellos realizar por lo
menos 4 preguntas, las que deberán ser respondidas de inmediato por el
examinado.
- Concluido las preguntas y observaciones, el Presidente indicará al secretario,
que invite al evaluado y a los demás asistentes a retirarse de la sala, para definir
el resultado de la evaluación.
- En caso de haber sido aprobada el examen, el Presidente reabrirá el acto público
para comunicar el resultado, con la entrega del Acta de sustentación.
- El Secretario leerá el acta final luego el Presidente entregará al recién aprobado
una copia del acta respectiva. El Presidente del Jurado invitará al flamante
Ingeniero a sentarse a la mesa a departir con el jurado breves minutos.
- El Presidente levantará la sesión de examen respectivo.
- En caso de ser el resultado desaprobado, el Secretario comunicará al graduado
sobre dicha situación.
- Si resultara desaprobado, podrá presentarse a un nuevo examen, luego de
transcurrido como mínimo 30 días, debiendo para ello presentar los siguientes
documentos:
Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión de Grados y Títulos
pidiendo fecha para la sustentación con un nuevo examen.
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Recibo de pago cancelado en caja por el derecho respectivo.
CAPITULO V
DISPOSICIONES FINALES
El pago por derecho de examen por prestación de servicios profesionales es de (Dos
Mil soles S/. 2000 nuevos soles)
Los Miembros del Jurado seleccionados para el Examen de prestación de servicios
profesionales, recibirán la subvención para ejecutar el desarrollo de todo el proceso del
Examen de prestación de servicios profesionales. La subvención correspondiente será
la equivalente a S/ 300 soles por miembro de Jurado.
El Asesor (a), percibirá la subvención de S/ 300 soles
Los Miembros del Jurado (03), recibirán S/ 300 soles, cada uno
Las preguntas son 100, divididas en 25 preguntas por cada área. El costo por
pregunta es de S/ 5.00
Luego de la sustentación y aprobación, si hubiera correcciones planteadas por el
jurado, deberá levantar las observaciones para luego recabar el acta del jurado que
autoriza el empastado
Se presentará a la Decanatura FIIA seis (6) ejemplares y los requisitos para obtener el
Título de Ingeniero en Industrias Alimentarias, según normas del Reglamento de
Tesis.
El Reglamento de Tesis servirá como referencia para los casos de redacción y
presentación.
El presente Reglamento entrará en vigencia una vez que haya sido aprobado por el
Consejo de Facultad.
Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Consejo
de Facultad a propuesta de la Comisión de Grados y Títulos.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Por acuerdo del Consejo de Facultad del 26 de Noviembre de 1999
En caso de que el Bachiller desapruebe el examen escrito, tendrá por única vez, una
segunda opción de dar el mencionado examen, dentro de los siguientes treinta días, previo
pago del 25% del monto pagado por derecho del primer examen. De desaprobar el segundo
examen no tendrá más oportunidades de optar el título profesional por esta modalidad
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UNIVERSIDAD NACIONAL
“SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
ACTA DE SUSTENTACIÓN
MODALIDAD : PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES
Los miembros del Jurado que suscriben, se reunieron en acto público para calificar el Examen
Oral sustentado por el Bachiller:
MARIA ARTURO GARCIA CACHAYDANIEL
FELICIANO DE TITULADO
“ALMACENAMIENTO Y CONTROL DE CALIDAD DE ALIMENTOS, EN EL
PRONAA-HUARAZ” ““FUNCIONE S
DESEMPEÑADAS EN SALUD AMBIAREA
HIGIENE DE LOS ALIMENTOS”
Después de haber escuchado la sustentación Oral y las Respuestas a las preguntas
formuladas, lo declararon APTO para optar el TITULO con el calificativo de:
……………………………………………………………….…………………………………
En consecuencia, el sustentante de acuerdo a la Ley Universitaria y las normas estatutarias
queda en condición de recibir el Título de Profesional de:
INGENIERO EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
Huaraz, Marzo de 2010.
--------------------------------------- ----------------------------- --------------------------------------
Presidente Secretario Vocal
--------------------------------------- Patrocinador
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(Reg-ESP)
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ANCASH “SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO”
FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
DIRECCIÓN DE ESCUELA
GRADOS Y TITULOS
1. REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNASAM.
PARA OPTAR EL TITULO EN LA FIIA.
• Modalidad IV
EXAMEN DE SUFICIENCIA
PROFESIONAL
HUARAZ - ANCASH
2010
UNASAM – BARRANCA – FIIA – SEMINARIO DE TESIS – ANGEL QUISPE TALLA – 2013-I
MODALIDAD IV
REGLAMENTO DE EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL PARA OPTAR
EL TITULO INGENIERO EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
R.D. Nº ……….-UNASAM –FIIA C.F. 12/02/2010
Acuerdo del CU 23/09/09 – R.C.U. N° 309-2009
FORMATO DE EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
1.Bachiller:
2. Fecha de Recepción del Expediente por la Comisión:
Fecha de Aprobación por la Comisión:
Fecha de entrega al Jurado:
Fecha de Aprobación por el Jurado:
Fecha de Aprobación por el Consejo de Facultad:
Observaciones:
3. Miembros de la Comisión de Grados y Títulos:
Presidente: ..................................................... ...............................................
Secretario: ..................................................... ...............................................
Miembros: .................................................... ...............................................
.................................................... ...............................................
.................................................... ..............................................
4. Miembros del Jurado:
Presidente: ..................................................... ...............................................
Secretario: ..................................................... ...............................................
Vocal: .................................................... ...............................................
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IV
REGLAMENTO DE EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL PARA OPTAR
EL TITULO DE INGENIERO EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
R.D………. C.F. 12/02/2010
Acuerdo del CU 23/09/09 – R.C.U. N° 309-2009
((EEXX--SSUUFFIICC))
CCAAPPIITTUULLOO II
GENERALIDADES
ART. 1° La Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias pone a disposición de sus
graduados el presente documento, que contiene las normas generales que rigen los
procedimientos conducentes a la obtención del Titulo Profesional de Ingeniero en Industrias
Alimentarias, vía Examen de Suficiencia Profesional.
ART. 2° Las bases legales que sustentan este Reglamento son: a) Ley Universitaria N° 23733.
b) Decreto Legislativo N° 739. Modificaciones de la Ley Universitaria
c) Ley N° 25064. De Registro Nacional de Grados y Títulos
d) Resolución N° 897-2002-ANR de Reglamento Nacional de Grados y Títulos Profesionales.
e) Resolución N° 028-2007-UNASAM del 12-01-2007 con la que se aprueba el Estatuto de la
UNASAM.
f) Resolución de Consejo Universitario N° 351-2007-UNASAM del 14-09-2007 con la que se
aprueba el Reglamento General de la UNASAM.
g) Resolución de Consejo Universitario N° 351-2008-UNASAM del 04-11-2008, con la que se
aprueba el Reglamento General de Estudios UNASAM.
ART. 3° Esta modalidad de optar el título se tomará cuando los interesados lo soliciten.
CAPITULO II
DE LOS REQUISITOS DEL EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
ART. 4° El examen de Suficiencia Profesional es aplicable sólo a los que demuestren tener
como mínimo un año de Bachiller.
ART. 5° El graduado elegirá su Asesor de la plana docente de la FIIA, con quien elaborará
el expediente de acuerdo a los requisitos que se exigen en el siguiente artículo.
ART. 6° Son requisitos para obtener la condición de expedito para rendir el Examen:
a. Constancia de pertenecer al Tercio Superior.
b. Grado Académico de Bachiller Original o copia autenticada por Secretaría
General, o Universidad de Procedencia.
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c. Constancia de trabajo, boletas de pago y/o contrato por servicios profesionales,
que ameriten la antigüedad, de un año consecutivo, en labores propias de la
especialidad. Pudiendo haber desarrollado en uno, dos ó tres instituciones
públicas o privadas de reconocido prestigio.
d. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, con hoja FUT, pidiendo acogerse
al Examen.
e. Dos fotografías tamaño pasaporte.
f. Currículo Vitae Simple
g. Certificado de Estudios Original o copia autenticada por Secretaría General
h. Constancia de no adeudar a las Jefaturas y unidades de la UNASAM y a la
FIIA, éste requisito será solo para egresados de la UNASAM.
i. Constancia de ingreso o admisión autenticada de la Universidad de
procedencia( egresados de otra Universidad)
j. Recibo por derecho de examen de Suficiencia Profesional (Costo: mil
quinientos soles S/. 1 500), otorgado por la Tesorería de la UNASAM.
k. Recibo por derecho de examen de Suficiencia Profesional (Costo: dos mil
soles S/. 2 000), otorgado por la Tesorería de la UNASAM, para los egresados
de otras Universidades.
l. Copia legalizada del DNI.
CAPITULO III
DE LA ELABORACION Y EVALUACION DEL EXAMEN DE SUFICIENCIA
ART. 7° Cumplidos los requisitos del Art. precedente y estructurado el expediente del
graduado el Presidente de la Comisión de Grados y Títulos informará que el interesado
cumple con los requisitos para la emisión de la Resolución Decanatural.
ART. 8° El examen de Suficiencia Profesional es una evaluación de conocimientos,
habilidades y destrezas necesarias para el ejercicio profesional, adquiridos durante los
estudios universitarios.
ART. 9° El examen de Suficiencia profesional .Consta de dos etapas:
a) Examen de Conocimientos Escrito con un peso de 60%.
b) Examen Oral con un peso de 40%.
ART. 10° A solicitud de la Comisión de Grados y Títulos, previa reunión con los Jefes de las
Secciones sugerirán el Jurado para el examen escrito y oral al Consejo de Facultad.
ART. 11° El Jurado para el examen de Suficiencia profesional, estará compuesto por 3
miembros, de cada área de la especialidad, nombrados por oficio, y estará integrado del modo
siguiente:
01 Presidente: Docente de mayor categoría y antigüedad del Jurado.
01 Secretario: Docente asociado ó auxiliar del DACTA.
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01 Vocal: Docente asociado ó auxiliar del DACTA.
El Quórum para la apertura de la sesión será por mayoría.
CAPITULO IV
DEL EXAMEN ESCRITO
ART. 12° La prueba escrita, de naturaleza objetiva con 05 alternativas, será en función a
balotarios elaborados para el efecto, en función a las principales asignaturas de la especialidad
del plan de estudios de la Facultad.
Los balotarios constarán de por lo menos 100 preguntas divididas en las áreas de la
especialidad. En la calificación del examen se utiliza la escala vigesimal.
Cada pregunta bien contestada: 04 puntos
Mal contestada: - 1 punto
En Blanco: Cero (0)
ART. 13° La prueba escrita es elaborada para resolverla en un tiempo máximo de tres (3)
horas. Al término de la prueba, en el mismo acto, cada miembro del jurado la califica.
ART. 14° La desaprobación ó inasistencia a la prueba escrita, inhabilita al interesado a rendir
la prueba oral.
CAPITULO V
DEL EXAMEN ORAL
ART. 15° El Examen Oral para la obtención del Título Profesional, se realizará en fecha
única, previa convocatoria, que se hará de conocimiento general, en la Facultad 24 horas
después de haber rendido y aprobado el examen escrito, en la Facultad y en Sesión Pública.
ART. 16° La exposición del examen oral versa principalmente sobre las áreas, unidades
temáticas y preguntas que motivaron la prueba escrita.
ART. 17° En el examen oral el procedimiento es el siguiente:
1. El Presidente del Jurado ordenará el inicio de la sesión pública de Examen Oral.
2. El Secretario leerá la convocatoria a la sesión pública de Examen respectivo.
3. El Presidente invitará a los demás miembros del Jurado, a que formulen las
preguntas respectivas, debiendo cada una de ellos realizar no mas de 10 preguntas,
las que deberán ser respondidas de inmediato por el examinado
4. Terminado el acto, el presidente del jurado invita al candidato a la titulación y al
público a desocupar la sala para proceder a la calificación.
5. El Presidente indicará al Jurado el resultado de la calificación, y se asentará dicho
resultado en el acta respectiva e invitará a los interesados y a los demás asistentes
al reingreso a la sala para reiniciar la sesión pública.
ART. 18° El secretario leerá el acta final del proceso, luego el Presidente entregará al recién
aprobado una copia del acta respectiva.
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Las notas del examen escrito y oral son promediadas y se consigna en el acta final que es
firmada por los miembros del jurado. Solo se procede a obtener el promedio si es que algunas
de las pruebas no tiene un calificativo inferior a once (11). El promedio de la calificación
escrita y oral tendrán las ponderaciones de (0.6) y (0.4), respectivamente; el medio punto
favorece al Bachiller. Obtenido el promedio se redacta el acta de titulación final, la que es
firmada por los miembros del jurado luego de su lectura por el secretario.
ART. 19° El candidato a la titulación que desaprueba el examen oral, puede solicitar nueva
fecha después de haber transcurrido treinta (30) días calendarios, contados a partir de la
desaprobación, debiendo para ello presentar los siguientes documentos:
Solicitud dirigida al Presidente de la Comisión de Grados y Títulos pidiendo fecha
para dar un nuevo examen oral.
Recibo de pago cancelado en caja por el derecho respectivo.
CAPITULO VI
DISPOSICIONES FINALES
1. El presente Reglamento entrará en vigencia una vez que haya sido aprobado por el
Consejo de Facultad.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA: En caso de que el Bachiller desapruebe el examen escrito, tendrá por única vez,
una segunda opción de dar el mencionado examen, después de los noventa días, previo pago
del 100%. De desaprobar el segundo examen no tendrá más oportunidades de optar el
título profesional por esta modalidad.
SEGUNDA: Los Miembros del Jurado seleccionados para el Examen de Suficiencia
Profesional, recibirán la subvención para ejecutar el desarrollo de todo el proceso del Examen
de Suficiencia Profesional (elaboración de preguntas del examen escrito y oral, digitación de
la prueba, calificación, publicación de resultados y presentación del Informe al Consejo de
Facultad).La subvención correspondiente será la equivalente a S/ 350 soles por miembro de
Jurado.
TERCERA: Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el
Consejo de Facultad a propuesta de la Comisión de Grados y Títulos.
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ACTA DE CALIFICACION DEL EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
Los Miembros del Jurado que suscriben, se reunieron para la calificación oral y escrita del
Bachiller: ………………………………………………………………………………
EVALUACIÓN NOTA
Examen Escrito
Examen Oral
PROMEDIO
En consecuencia el Bachiller, queda en condición de recibir el Título de Ingeniero en
Industrias Alimentarias por el Consejo Universitario, de conformidad con las normas
estatuarias y la ley Universitaria.
Huaraz,...............................................
.................................... ...................................... PRESIDENTE SECRETARIO
....................................... VOCAL
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ANEXOS
ORDEN DE PRESENTACION PARA TESIS
1. Cubierta. Empastada (Modelo Anexo 1.1)
2. Hoja en blanco
3. Portada, el mismo contenido de la cubierta. No se enumera.
4. Acta de Sustentación
5. Dedicatoria. Es numerado (II)
6. Agradecimiento. Es numerado (III)
7. Indice de Materia. Es numerado (IV)
Indice de Cuadros
Indice de figuras
8. Resumen en Inglés (Sin numeración)
9. Resumen en Castellano (Sin numeración)
10. Partes del Cuerpo
INTRODUCCIÓN (Comienza la enumeración arábica, la página primera se
enumera pero no se visualiza).
REVISION BIBLIOGRAFICA
MATERIALES Y METODOS: Diseño Experimental y Diseño estadístico
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFIA
ANEXOS (Deben numerarse y llevar un título)
11. Currículum Vitae (Incluir fotografía, Escaneada. Datos resumidos).
ORDEN DE PRESENTACION PARA PROYECTOS DE INVERSION PTP (2008)
1. Cubierta. Empastada (Modelo Anexo 1.1)
2. Hoja en blanco
3. Portada, el mismo contenido de la cubierta. No se enumera
4. Acta de Sustentación
5. Dedicatoria. Es numerado (II)
6. Agradecimiento. Es numerado (III)
7. Indice de Materia. Es numerado (IV). Indice de cuadros, Indice de figuras, también
va numerado en romanos.
8. Resumen en Inglés (Sin numeración)
9. Resumen en Castellano (Sin numeración)
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10. Partes del Cuerpo
CAPITULO I
Introducción (Comienza la enumeración arábica, la página primera se enumera
pero no se visualiza).
CAPITULO II
Resumen Ejecutivo
CAPITULO III
Estudio de Mercado
CAPITULO IV
Tamaño
CAPITULO V
Localización
CAPITULO VI
Ingeniería del Proyecto
CAPITULO VII
Organización del Proyecto
CAPITULO VIII
Inversión y Financiamiento
CAPITULO IX
Presupuestos
CAPITULO X
Estados Financieros
CAPITULO XI
Evaluación del proyecto
CAPITULO XII
Conclusiones
CAPITULO XIII
Recomendaciones
CAPITULO XIV
Bibliografía
CAPITULO XV
Anexos (Deben numerarse y llevar un título)
11. Planos (Enmicados)
12. Currículum Vitae (Incluir fotografía, Escaneada. Datos resumidos).
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ORDEN DE PRESENTACION DEL MODELO SNIP-PTP(2008)
CAPITULO I. RESUMEN EJECUTIVO
A. Nombre del Proyecto de Inversión Pública (PIP)
B. Objetivo del proyecto.
C. Balance oferta y demanda del servicio del PIP.
D. Descripción técnica del PIP
E. Costos del PIP
F. Beneficios del PIP
G. Resultados de la evaluación social.
H. Sostenibilidad del PIP
I. Impacto ambiental
J. Organización y Gestión
K. Plan de implementación
L. Conclusiones y recomendaciones.
M. Marco Lógico.
CAPITULO II. ASPECTOS GENERALES
2.1. Nombre del Proyecto
2.2. Unidad Formuladora y la Unida Ejecutora
2.3. Participación de las Entidades Involucradas y de beneficiarios.
2.4. Marco de Referencia.
CAPITULO III. IDENTIFICACIÓN
3.1. Diagnostico de la situación actual.
3.2. Definición del problema y sus causas.
3.3. Objetivos del proyecto
3.4. Alternativas de solución
CAPITULO IV. FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN
4.1. Análisis de la Demanda
4.2. Análisis de la Oferta
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4.3. Balance Oferta Demanda
4.4. Planteamiento Técnico de Alternativas
4.5. Costos
4.6. Beneficios
4.7. Evaluación Social
4.8. Análisis de Sensibilidad
4.9. Análisis de Sostenibilidad
4.10. Impacto Ambiental.
4.11. Selección de Alternativa
4.12. Plan de Implementación
4.13. Organización y Gestión
4.14. Matriz de Marco Lógico para alternativa seleccionada.
CAPITULO V. CONCLUSIONES
CAPITULO VI. RECOMENDACIONES
CAPITULO VI. ANEXOS.
ORDEN DE PRESENTACION DE LA MONOGRAFÍA-PTP (2009)
RESUMEN
INTRODUCCION
1.1 Justificación
Precisar por qué es conveniente estudiar este problema, y para quién o quiénes es conveniente
este estudio, el quién o quiénes son generalmente empresas públicas y privadas o sectores de
la población.
1.2 Objetivos
12.1 Objetivo general
Precisar lo que se pretende obtener y lo que se hará con los resultados de la investigación.
12.2 Objetivos específicos
Se refieren a la obtención de resultados o a la realización de actividades para apoyar el
objetivo general.
II. MARCO TEORICO
2.1 Antecedentes del estudio
Estudios anteriores sobre el tema en los últimos años.
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2.2 Bases teóricas
Teorías o enfoques teóricos directamente relacionados con el estudio - terna.
2.3 Definición de términos básicos o glosario de términos de ser estrictamente necesario
III. MATERIALES Y MÉTODOS (Descriptivo)
Se debe especificar la calidad y cantidad de equipos, instrumentos, materiales y reactivos
disponibles para ejecutar la monografía.
Describa los métodos usados. Puede referirse a los protocolos de la investigación.
IV. RESULTADOS Y DISCUSION
En esta sección, todos los datos resultantes deben tabularse y, si es el caso, graficarse,
Discutir los resultados encontrados con los antecedentes citados en la monografía.
V. CONCLUSIONES
Concluir de acuerdo a los objetivos; tantas conclusiones corno objetivos planteados.
VI. RECOMENDACIONES
Es la sección en la cual el investigador propone sugerencias tecnológicas para el desarrollo de
trabajos similares o a instituciones o personas quienes tengan autoridad o mando en el cambio
o arreglo del problema.
VII. BIBLIOGRAFIA
Debes reportar la bibliografía consultada, según las normas técnicas de la redacción.
VIII. ANEXOS
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