POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR
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PROCEDIMIENTO POLICIAL ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA
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ABUSO SEXUAL A UNA NIÑA “VIOLACIÓN”
Existe flagrancia cuando se aprehende al autor en el mismo momento de la comisión de la infracción o inmediatamente después de su comisión, si es aprehendido con armas, instrumentos, huellas o documentos relativos a la infracción recién cometida.
Art. 68.- Concepto de abuso sexual.- Constituye abuso sexual todo contacto físico, sugerencia de naturaleza sexual, a los que se somete un niño, niña o adolescente, aun con su aparente consentimiento, mediante seducción, chantaje, intimidación, engaños, amenazas, o cualquier otro medio.
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Art. 4.- Definición de niño, niña y adolescente.- Niño o niña que no ha cumplido doce años de edad.Adolescente doce y dieciocho años de edad
Art. 5.- Presunción de edad.- duda edad presumirá es niño o niña antes que adolescente; y que es adolescente, antes que mayor de dieciocho años.
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PROCEDIMIENTO• Acudir inmediatamente al lugar de
los Hechos:
• Evitar la fuga del autor.• Prestar el auxilio inmediato a las
victimas.• Desalojar a los curiosos y establecer
un cordón de protección, recopilando toda la información posible.
• Establecer vigilancia en los accesos del lugar.
• Prohibir el acceso de personas ajenas a la investigación.
•
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• Informar a la Central de Radio Patrulla de la existencia de la novedad:
• Para que exista un registro del procedimiento(datos exactos del lugar, la hora , nombre de la victima, sexo, edad, nombre del aprehendido, sexo, edad, nombre de quien toma el procedimiento).
• Para que se informe al oficial de control de la novedad.
• Para pedir la colaboración oportuna de otras unidades policiales.
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR• Proteger inmediatamente el lugar de los hechos:• La protección es responsabilidad del primer policía que se apersone
del lugar, por lo que se adoptarán medias oportunas para alejar a los curiosos y disponer de un cordón de seguridad que delimite la superficie en la que se considera pueden existir inicios de interés para la investigación, a esta protección se la considera preliminar, ya que a la llegada del personal especializado se verificará que esta se encuentre debidamente realizada y se realizarán las correcciones del caso para una mejor disposición del dispositivo de protección.
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR• De ser necesario solicitar la colaboración
del personal de criminalística : • Realicen el estudio científico del lugar de los
hechos. por medio de la protección, observación, búsqueda, localización, fijación, recolección, embalaje, rotulación, envío al laboratorio y conservación de todos los indicios encontrados en el lugar, observando la cadena de custodia.
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• Se trasladará a la victima a un centro de salud o a un hogar de protección.
• Para brindarles los primeros auxilios.
• Acompañados por sus padres, familiares y con un miembro policial.
• Reportara a la CRP, el nombre de la casa asistencial que va a ser traslado la niña.
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR• Se debe proteger a la
víctima sobre toda circunstancia.
• No se debe interrogar a la víctima bajo ninguna circunstancia sobre lo ocurrido ( no volver a re victimizar ).
• Se debe evitar el careo entre la víctima y el sospechoso del hecho.
• Se mantendrá en todo momento separados a la victima y agresor.
• Evitará que médicos y otras personas interroguen innecesariamente a la víctima.
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• Recabar información sobre lo ocurrido.
• Tomar datos exactos del lugar de los hechos.
• Nombres completos, edad, números de cedula, números telefónicos, del denunciante, victima, agresor, testigos (domicilio).
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR• Se debe trasladar a la
víctima y a sus familiares a la fiscalía.
• Para que presente la respectiva denuncia.
• Para que se le otorgue la orden de reconocimiento y se realice el examen médico legal.
• Art. 80.- Exámenes médico legales.- Los exámenes médico legales a un niño, niña o adolescente, se practicarán en estrictas condiciones de. confidencialidad y respeto a la intimidad e integridad físicas y emocional del paciente.
• La Junta Cantonal de Protección de Derechos también puede disponer los exámenes médicos legales de la víctima.
POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR• Ingreso al domicilio
• Previa autorización del dueño .
• Presencia del señor Fiscal o Procurador del menor
• Delito flagrante ingresamos inmediatamente, pero adoptando las debidas medidas de seguridad para el caso.
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• Se debe aprehender al autor
• Se procede a indicarle sus derechos contemplados en el Art 77 de la Constitución:
• Ponerlo a órdenes del señor fiscal de turno para la avalizacion de la detención.
• Que avoque conocimiento el juez de flagrancia para la respectiva audiencia de calificación de flagrancia
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• Sacar el respectivo certificado médico del aprehendido
• Y revisar en los archivos de la policía judicial para ver si el aprendido tiene antecedentes penales
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• Se debe realizar el parte de aprehensión dirigido al jefe provincial de la policía judicial, y el parte informativo al jefe del comando, para conocimiento de causa y se continúe con el trámite conforme a la ley.
• Los indicios en relación al hecho se procederá entregar en las oficinas de la policía judicial con la respectiva cadena de custodia.
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• SUBDIRECCIÓN TÉCNICO CIENTÍFICA DE LA POLICÍA JUDICIAL• UNIDAD DE APOYO CRIMINALÍSTICO DE LOS RÍOS
• • CADENA DE CUSTODIA• • Con fines periciales se recibe la evidencia:• ……………………………………………………………………………………
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• Oficio recibido: Nº 636-2008-MFD-X-IL. Suscrito por Dr. Iván León Rodríguez.
• Entregado por:……………………………...Firma…….………………CI……………….
• Recibido por:……..………………………... Firma……………………CI……………….
• Fecha:………………………………………..Hora:………………….• Observaciones……………………………………………………………………
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CI……………….• Recibido por:……..………………………... Firma……………………
CI……………….• Fecha:………………………………………..Hora:………………….• Observaciones……………………………………………………………………
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POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR• Se procederá dentro de las 24 horas
presentarle al aprehendido ante la autoridad correspondiente, con el parte pormenorizado de las circunstancias, las evidencias materiales y los posibles testigos para la formulación de cargo.
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MUCHAS GRACIAS