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UNIVERESIDAD FERMIN TOROVICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS´ESCUELA DE DERECHO
ALUMNA:AROCHA, Lilian
C.I: V-18501497SECCION: SAIA B
PROF: CIANGFONE, AntonellaBARQUISIMETO, ESTADO LARA
FILIACION
Es la relación de parentesco entre padres
e hijos.
FILIACION. Importancia:
Dentro del contexto de la familia, la filiación es el elemento fundamental y básico de su estructuración: de ahí su importancia, puesto que constituye el
origen y fuente del parentesco de consanguinidad, así como surge de la
patria potestad.
Objetivo de la determinación de la filiación: Es facilitar la constitución del estado filial,
mediante el establecimiento legal de tipos de hechos relativamente simples de constatar
en la práctica, y que sean una manifestación externa del criterio-base.
Determinación de la Filiación.
Mediante el parto. Éste se construye como un factor de determinación de
la filiación en un procedimiento natural, que se aplica sólo a la mujer.
Mediante la vieja y conocida regla del pater is est. Sólo opera en un procedimiento natural. Se establece que el
marido de la madre será considerado como padre del
hijo de ésta
Mediante el acto de reconocimiento de la
progenitura, paterna o materna.
Mediante sentencia firme. Este caso es aplicable para
adopciones, o para reclamaciones de paternidad
A través de la inscripción de su nacimiento en el
Registro Civil.
Principios de la Filiación.Toda filiación debe ser legalmente probada:
Jurídicamente no puede hablarse de filiación si no existe prueba de ella.
Los efectos de la filiación son independientes del medio que se use para
probarla: Los efectos que produce la filiación son siempre los mismos, cualquiera que haya sido el medio jurídico empleado
para su demostración.
Los efectos de la filiación son independientes del tiempo de su prueba: Cuando la filiación resulte
jurídicamente determinada, sus efectos se producen desde que el hijo existió y no a partir de la
constatación de la filiación, porque la prueba de la filiación la establece legalmente, más no la produce.
Tipos de Filiación.
Filiación legitima era la que provenía de una pareja casada, el hijo
que nace o es concebido de una
pareja casad
Filiación natural o ilegitima es la que proviene de una
pareja no casada, el nacimiento o concepción
de un hijo de una pareja no casada.
Filiación
Materna: Comprobar la maternidad es demostrar legalmente que el hijo nació de la mujer que pretende tener por madre. Se caracteriza por su facilidad dado
que resulta del parto (madre es quien da a luz al hijo) y éste es un hecho biológico aparente, notable,
susceptible de prueba directa
Paterna: Es el vínculo jurídico que une al hijo con su padre. La paternidad de los hijos nacidos o concebidos durante el matrimonio se determina, en principio, por
la presunción de paternidad