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Participación y Control social en el Marco Normativo y Estatutos
Autonómicos
Edwin Armata B. – Programa NINA3 de octubre de 2013
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Constitución Política del EstadoArt. 241 – 242. Sociedad civil organizada participará en:• Diseño y formulación de políticas públicas.• Control Social a Gestión Pública en todos los niveles (gobierno y
ETA), empresas e instituciones. Calidad de Servicios Públicos.• Colaborar en designación de cargos públicos, transparentar
postulaciones de candidatos.• Generar un manejo transparente de la información y el uso de
recursos.• Informes que fundamenten la solicitud de revocatoria de mandato.
La estructura, organización y composición de la PyCS será definida por la sociedad civil.
Necesidad de una Ley Marco para el ejercicio del Control Social.
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Ley Nº 18. Del Órgano Electoral (16.06.2010)
• “Participación” de las organizaciones en la designación de los miembros del TSE. El Presidente designa 1, y la ALP 6 vocales.
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Ley Nº 26. Ley del Régimen Electoral (30.06.2010).
Democracia directa y participativa: Se ejerce mediante la participación ciudadana en la formulación y decisión de políticas públicas, la iniciativa popular, el control social sobre la gestión pública y la deliberación democrática:
Referendo: carácter vinculante. Revocatoria de mandato: vinculante. Asambleas y Cabildos: carácter deliberativo.
• Consulta Previa, Libre e Informada: no vinculante (Art. 39)
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• Democracia comunitaria: Se ejerce mediante el autogobierno, la deliberación, la representación cualitativa y el ejercicio de derechos colectivos, según normas y procedimientos propios de las NyPIOCs.
• Control Social y transparencia: La sociedad civil participa directamente a través de los mecanismos establecidos del C.S., las misiones de acompañamiento y las acciones de fiscalización en el financiamiento y uso de recursos.
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c.) Ley Nº 25. Ley del Órgano Judicial (24.06.2010)
• Jurisdicción IOC: la vigencia y el ejercicio de las funciones jurisdiccionales y de competencia de las naciones y pueblos indígena originario campesinos se ejercen a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios
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d.) Ley Nº 27. Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (06.07.2010).
Procedimientos Constitucionales: Acciones de defensa:
• De Libertad:
• Amparo Constitucional.
• Protección de Privacidad.
• Cumplimiento.
• Acción Popular: tiene por objeto precautelar los derechos e intereses colectivos relacionados con el patrimonio, espacio, seguridad y salubridad pública, medio ambiente y otros de similar naturaleza. (Art. 94)
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e.) Ley Nº 31. Ley Marco de Autonomías y Descentralización (19.07.2010).
La participación activa de la Población es importante para la construcción de las autonomías:
• para adquirir la cualidad autonómica (Departamental, Regional, IOC) es necesaria la voluntad de la población, la decisión de la mayoría tiene un carácter vinculante (Art. 50. II).
• En la elaboración de Estatutos Autonómicos o Cartas Orgánicas (E.A. o C.O): “los órganos deliberativos elaborarán participativamente”(Art. 53. I).
• La aprobación de los E.A o C.O. mediante referendo y/o “normas y procedimientos propios” (Art. 54. III.)
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f.) Ley Nº 70. Ley de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” (20.12.2010
Participación Social Comunitaria. Es la instancia de participación de los actores sociales, actores comunitarios, madres y padres de familia con representación y legitimidad, vinculados al ámbito educativo. La participación social comunitaria comprende la estructura, mecanismos, composición y atribuciones dirigida al apoyo en el desarrollo de la educación, sujeta a reglamentación (Art. 90).
Objetivos de la Participación Social Comunitaria (Art. 91): Participar en la formulación y lineamientos de políticas educativas en todo el Sistema
Educativo Plurinacional, Garantizar el respeto a las atribuciones, roles y responsabilidades educativas específicas, Promover consensos entre los diferentes actores de la educación para la definición de
políticas educativas. Participar en la planificación, control, seguimiento y evaluación del proceso educativo,• Contribuir al logro de la transparencia administrativa a través de un control social
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g.) Ley Nº 04. Ley De Lucha Contra La Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo
Quiroga Santa Cruz” (10.03.2010).
Derechos y atribuciones del Control Social:a) Identificar y denunciar hechos de corrupción ante
autoridades competentes.b) Identificar y denunciar la falta de transparencia ante
las autoridades competentes.c.) Coadyuvar en los procesos administrativos y
judiciales, por hechos y delitos de corrupción (Art. 10)
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h.) Ley Nº 45. Contra el racismo y toda forma de discriminación (08.10.2010
Creación del Comité Nacional contra el Racismo y toda Forma de Discriminación, encargado de promover, diseñar e implementar políticas y normativa integrales contra el racismo y toda forma de discriminación (Art. 7)
El Comité estará conformado por: Instituciones Públicas. Organizaciones Sociales. Organizaciones IOC’s. Comunidades Interculturales y Comunidades Afrobolivianas.• Organizaciones Defensoras de los derechos (Art. 8)
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Participación y Control Social en las Autonomías IOC.
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Análisis de tres Propuestas de Estatuto Autonómicos IOC’s.
Gobierno autónomo Originario de Totora Awki Marka. Oruro.
Autonomía Indígena Originario Campesina de Mojocoya. Chuquisaca.
Autonomía Guaraní Charagua Iyambae. Santa Cruz.
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a.) Estructura de gobiernoTotora - Aymara Mojocoya - Qheshwa Charagua – GuaraníMáxima instancia de participación y decisión es el Jach’a Mara Tantachawi.Órgano Legislativo: factultades deliberativa, legislativa y fiscalizadora. Compuesto por 7 delegados de los ayllus. Duración 4 años.Órgano Ejecutivo: Jiliri Irpiri – Jiliri Arkiri. Elegidos por cada parcialidad por rotación. Duración 4 años.
Asamblea Legislativa: compuesta por 5 representantes con criterios de paridad y alternancia de género. Duración 5 años, reelegiblesÓrgano Ejecutivo: Jatun Kamachi..
Órgano de decisión colectiva (ODC) conformado por asambleas comunal, zonal y autonómica.Órgano Legislativo: responsable de normar decisiones adoptadas en el ODC. 12 miembros (6 varones y 6 mujeres). Duración 3 años.Órgano Ejecutivo: 6 ejecutivos zonales (ejecutar planes, programas y proyectos) y un coordinador (administrar recursos estratégicos y programas nacionales).
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b.) Forma de ElecciónTotora – Aymara Mojocoya - Qheshwa Charagua – Guaraní
Democracia comunitaria: Sara Thaki en Ayllus y Parcialidades de Totora Marka.
Normas y procedimientos propios para preselección: El ampliado zonal define 12 candidatos (4 para Jatun Kamachi y 8 para asambleístas).Mediante votación universal, directa, libre, secreta y obligatoria se elegirán los titulares para cada órgano.
Normas y procedimientos propios de cada una de las 6 zonas de Charagua.
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c.) Revocatoria de MandatoTotora - Aymara Mojocoya - Qheshwa Charagua – Guaraní
Por incumplimiento de deberes, desacato, negligencia, corrupción.Mecanismo: normas y procedimientos propios.
Será solicitada por instancias organizativas de la sociedad civil.Mecanismo: voto universal, directo, secreto y obligatorio.
Por incumplimiento de deberes.Mecanismo: normas y procedimientos propios
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d.) Participación y Control SocialTotora - Aymara Mojocoya - Qheshwa Charagua – Guaraní
Las autoridades originarias asumen la representación y Control Social en la planificación y gestión.Las decisiones serán informadas y analizadas en Jach’a Tantachawi.
Las organizaciones comunales ejercen el Control Social en tres niveles:Jatun Tantaykuy.Magno AmpliadoInstancias orgánicas (asambleas)Los titulares serán 5 personas representantes de zonas y centros poblados.
Niveles:Ñemboatimi: Asamblea Comunal.Ñemboati: Asamblea Zonal.Ñemboati Guasu: Gran Asamblea.