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  • 7/23/2019 Opinion OSCE 136-15 - Pre - Cuerpo Gral.bomberos Voluntarios Del Peru

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    Direccin Tcnico NormativaOpinin

    T.D.: 6788117

    7035885

    7315615OPININ N 136-015!DTN

    Entidad: Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per

    Asunto: Ejecucin de prestaciones adicionales de bienes y servicios

    Reerencia: a! Oicio "# $%&'&$(%'CGBVP)OC*b! Oicio "# $+,'&$(%'CGBVP)OC*c! Oicio "# ((-'&$(%'CGBVP)OC*

    1. "NT#$#D#NT#%

    .ediante los documentos de la reerencia/ la 0ea del 1r2ano de Control *nstitucionaldel Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per consulta sobre la ejecucin de

    prestaciones adicionales de bienes y servicios en el marco de la normativa decontrataciones del Estado3

    Antes de iniciar el desarrollo del presente an4lisis/ es necesario precisar 5ue lasconsultas 5ue absuelve este Or2anismo 6upervisor son a5uellas reeridas al sentido y

    alcance de la normativa de contrataciones del Estado/ planteadas sobre temas2en7ricos y vinculados entre s8/ sin 9acer alusin a asuntos concretos o espec8icos/de conormidad con lo dispuesto por el literal j! del art8culo %- de la ey deContrataciones del Estado/ aprobada mediante ;ecreto e2islativo "< ($(+ =enadelante/ la >ey?!/ y la 6e2unda ;isposicin Complementaria @inal de sure2lamento/ aprobado mediante ;ecreto 6upremo "< (-'&$$-'E@ =en adelante/ el>Re2lamento?!3

    En ese sentido/ las conclusiones de la presente opinin no se encuentran vinculadasnecesariamente a situacin particular al2una3

    . $ON%&'T"% ( "N)'I%I%

    as consultas ormuladas son las si2uientes:

    .1 *El Articulo 41.- Prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones, de laLey de Contrataciones del Estado; faculta a las entidades a ordenar y pagar

    directamente la ejecucin de prestaciones adicionales en caso de ienes y

    ser!icios "asta por el !einticinco por ciento #$%&' de su monto, siempre (ue

    sean indispensales para alcan)ar la finalidad del contrato. #*' +En (u

    documento del epediente de contratacin dee estar consignado la

    finalidad del contrato, dado (ue, depende de ello la procedencia/ #*' +Es

    lo mismo ojeto contractual (ue finalidad del contrato/+ =sic!3

    &3(3( 6obre el particular/ el primer p4rrao del art8culo ( de la ey establece 5ue>Excepcionalmente y previa sustentacin por el rea usuaria de la

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    contratacin, la Entidad puede ordenar y pagar directamente la ejecucin de

    prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta por el veinticinco

    por ciento (25%) de su monto, siempre ue sean indispensables para alcan!ar

    la "inalidad del contrato =!?3

    Por su parte/ el primer p4rrao del art8culo (+ del Re2lamento seala 5ue/>#ara alcan!ar la "inalidad del contrato y mediante resolucin previa, el$itular de la Entidad podr disponer la ejecucin de prestaciones adicionales

    hasta por el lmite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato

    original, para lo cual deber contar con la asignacin presupuestal necesaria

    =!?3

    Como se aprecia/ la normativa de contrataciones del Estado establece 5ue aeectos de aprobar la ejecucin de prestaciones adicionales de bienes yservicios '9asta por el veinticinco por ciento =&%D! del monto del contratoori2inal' es necesario 5ue el itular de la Entidad emita una resolucin previa y

    5ue la ejecucin de dic9as prestaciones sea indispensable para alcanFar lainalidad del contrato3

    &3(3& ;ic9o lo anterior/ es importante precisar 5ue los contratos celebrados en elmarco de la normativa de contrataciones del Estado tienen por objeto crear unarelacin jur8dica entre la Entidad y el postor 2anador de la Buena Pro/ en la5ue/ por un lado/ se encuentra la obli2acin del proveedor de entre2ar osuministrar un bien/ prestar un servicio o ejecutar una obra y/ por el otro/ laobli2acin de pa2ar la contraprestacin correspondiente por parte de laEntidad3

    Como se advierte/ el contrato tiene como uno de sus objetos la creacin de unaobli2acin a car2o del proveedor 'y por tanto' la prestacin 5ue representa sucontenido =bien/ servicio u obra!(3

    A9ora bien/ cabe sealar 5ue cuando la Entidad re5uiere la contratacin deal2una 'o al2unas' de las prestaciones antes mencionadas/ lo 9ace con lainalidad de satisacer una necesidad vinculada al cumplimiento de susunciones en esa medida/ se puede airmar 5ue ,a ina,ia /e er2ien ,a2#ntiae2 cano rea,i4an 22 contratacione2 con2i2te en /e ,a re2tacinien 2ervicio ora 2ea e9ectaa e ta, manera /e ermita 2ati2acer,enamente na nece2ia en artic,ar.

    &3(3H A9ora bien/ corresponde sealar 5ue la necesidad 5ue se pretende satisacercon una determinada contratacin =bienes/ servicios u obras! responde al deberde la Entidad de cumplir con objetivos institucionales/ es decir/ responde a unanecesidad aun mayor 5ue tambi7n debe ser satisec9a3

    En relacin con lo sealado/ el se2undo p4rrao del art8culo (H de la ey/establece 5ue el 4rea usuaria/ al plantear su re5uerimiento/ debe indicar lainalidad pblica de la contratacin del bien/ servicio u obra/ esto es/ precisar

    ( Al respecto/ Roberto ;romi seala 5ue/>=!El objeto del contrato, en otros

    t&rminos, es la consecuencia ue se persigue al celebrarlo como "actor determinantede la voluntad de las partes'? precisando 5ue/ >=!El objeto inmediato es unaobligacin y el objeto mediato una prestacinI3? ;RO.*/ Roberto3icitacin

    #*blica/ ima: Gaceta 0ur8dica 63A3/ &$$J/ p423 ((,3

    &

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    5u7 inter7s pblico en particular se desea satisacer con dic9a contratacin3

    Cabe sealar 5ue la satisaccin de un inter7s pblico implica 5ue la Entidad sevea en la necesidad de realiFar una o m4s contrataciones para proveerse de

    bienes/ servicios u obras en esa medida/ eKiste una relacin directa entre lainalidad publica 5ue se indica en el re5uerimiento y la contratacin 'ocontrataciones' 5ue va a permitir su satisaccin3

    En tal sentido/ a eectos de aprobar la ejecucin de prestaciones adicionales 'enel caso de bienes y servicios' el 4rea usuaria debe sustentar 5ue la prestacinre5uerida como adicional es indispensable para 5ue la entre2a o suministro delos bienes o la prestacin del servicio cumpla con el propsito de satisacer lanecesidad 5ue ori2in su contratacin/ en otras palabras/ para alcanFar ,aina,ia er2eia or ,a #ntia a, rea,i4ar ,a contratacin3

    . *0i el ojeto del contrato fue la ad(uisicin de determinada cantidad de

    ienes #unidades !e"iculares, e(uipos etc.' y no eiste documento (ue

    consigne la finalidad del contrato +Es suficiente (ue el rea usuaria

    re(uiera la ejecucin de prestaciones adicionales en el caso de ienes, en

    merito a lo dispuesto en los art2culos 413 de la Ley y 143 de su 5eglamento,

    para (ue la prestacin adicional, eistiendo recursos presupuestales, se

    apruee/+ =sic!3

    &3&3( al como se indic al absolver la consulta anterior/ si bien la inalidad pblicade la contratacin debe ser indicada en el re5uerimiento/ para 5ue una Entidadapruebe la ejecucin de prestaciones adicionales 'en el caso de bienes yservicios' el 4rea usuaria debe sustentar 5ue la prestacin re5uerida como

    adicional es indispensable para alcanFar la inalidad perse2uida por la Entidadal realiFar la contratacin/ esto es/ 5ue la entre2a o suministro de los bienes o laprestacin del servicio cumpla con el propsito de satisacer la necesidad 5ueori2ino su contratacin3

    Asimismo/ cabe recordar 5ue la normativa de contrataciones del Estadoestablece 5ue para ordenar la ejecucin de prestaciones adicionales/ la Entidaddebe contar con la asi2nacin presupuestal necesaria3

    &3H *Eiste alg6n pronunciamiento o 7irecti!a del 80CE (ue regule lasustentacin por el rea usuaria de la contratacin, para la procedencia de

    prestaciones adicionales en el caso de ienes/+ =sic!3

    &3H3( 6obre el particular/ debe sealarse 5ue la normativa de contrataciones delEstado no contempla dentro de sus normas re2lamentarias al2n eKtremo 5uere2ule de manera espec8ica la sustentacin 5ue debe realiFar el 4rea usuariacuando re5uiera prestaciones adicionales sin perjuicio de ello/ el art8culo ( dela ey dispone 5ue 'para el caso de bienes y servicios' corresponde al 4reausuaria de la contratacin sustentar 5ue la ejecucin de prestacionesadicionales resulta indispensable para alcanFar la inalidad del contrato

    perse2uida por la Entidad3

    3. $ON$'&%ION#%

    H3( El contrato tiene como uno de sus objetos la creacin de una obli2acin a car2odel proveedor 'y por tanto' la prestacin 5ue representa su contenido =bien/

    H

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    servicio u obra! por su parte/ la inalidad 5ue persi2uen las Entidades cuandorealiFan sus contrataciones consiste en 5ue dic9a prestacin sea ejecutada de talmanera 5ue permita satisacer plenamente una necesidad en particular3

    H3& A eectos de aprobar la ejecucin de prestaciones adicionales 'en el caso debienes y servicios' el 4rea usuaria debe sustentar 5ue la prestacin re5ueridacomo adicional es indispensable para 5ue la entre2a o suministro de los bieneso la prestacin del servicio cumpla con el propsito de satisacer la necesidad5ue ori2ino su contratacin/ en otras palabras/ para alcanFar la inalidad

    perse2uida por la Entidad al realiFar la contratacin3

    H3H a normativa de contrataciones del Estado no contempla dentro de sus normasre2lamentarias al2n eKtremo 5ue re2ule de manera espec8ica la sustentacin5ue debe realiFar el 4rea usuaria cuando re5uiera prestaciones adicionales sin

    perjuicio de ello/ el art8culo ( de la ey dispone 5ue 'para el caso de bienes yservicios' corresponde al 4rea usuaria de la contratacin sustentar 5ue la

    ejecucin de prestaciones adicionales resulta indispensable para alcanFar lainalidad del contrato perse2uida por la Entidad3

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