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AÑO L X V I I BARCELONA' 15 NOVIEMBRE 1912 NÚM. 21
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E l a b a r a t a m i e n t o de los p r e c i o s c u a n d o e l de los c o m ponen te s lejos de d i s m i n u i r h a n s u f r i d o u n a u m e n t o de c o n s i d e r a c i ó n , esa asquerosa g u e r r a m e r c a n t i l s i n p r e cedente en los anales de la f a r m a c i a , ese a f á n de busca r po r todos los m e d i o s el d e s c r é d i t o d e l c o m p e t i d o r , son m o t i v o s m á s q u e suf ic ientes p a r a l l a m a r l a a t e n c i ó » de l a i l u s t r a d a clase m é d i c a y d e l p ú b l i c o en g e n e r a l sobre esos n u e v o s Jarabes de h ipofosf i tos , p o r q u e c o r a »
o c u r r e en e l de nues t ra e l a b o r a c i ó n , no es m á s b a r a t o e l m e d i c a m e n t o q u e cueste menos , s i no e l q u e m e j o r r e i n t e g r a la s a l u d y m á s p r o n t o c o n d u c e a l r e s t a b l e c i m i e n t o de la n o r m a l i d a d f u n c i o n a l ; p o r q u e e c o n o m i z a r e l t i e m p o de la d u r a c i ó n de u n a e n f e r m e d a d es m á s e c o n ó m i c o q u e e c o n o m i z a r en e l va lo r d e l m e d i o c u r a t i v o
Mas como el nuestro nunca se ha distinguido orp otra denominación que la del mismo preparad» y autor aunque algunos lo designen por marca VIUDA, según ia interpretación que dan al dibujo que figura en nuestras etiquetas y que representa UNA SEÑORA SENTADA EN UN SILLON CON UN NlflO EN LOS BRAZOS-
C o n e l fin de q u e e l m é d i c o q u e l o f o r m u l a ó el c l i en t e q u e lo a d q u i e r a , n o se l l e v e n e l c o n s i g u i e n t e chasco, s i desconocen esas d e s i g n a c i ó n q u e l a fantas ia p o p u l a r m u y a c e r t a d a m a n t e c r e ó pa ra e v i t a r t r i s tes decepciones , es necesar io y asi se l o rogamos , que c u a n d o deseen a d q u i r i r e l p r i m i t i v o y v e r d a d e r o , l o p i d a n a s í :
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SUMARIO , A u t o de p r o c e s a m i e n t o . — L a benef icencia d o m i c i l i a r i a f a r m a c é u t i c a . —
N u e s t r o s c o m p a ñ e r o s de B i l b a o . — C o l e g i o F a r m a c é u c i c o P r o v i n c i a l . — F a r m a c i a p r á t i c a p o r D . J o s é L . C a p d e p o n . — I n f o r m a c i ó n de la J u n t a de G o b i e r n o . — F a r m a c i a s Popu l a r e s .— S e c c i ó n o f i c i a l . — N u e v o s med ica m e n t o s . — N o t i c i a s . — F o l l e t í n . '
A u t o d e p r o c e s a m i e n t o
Con fecha 26 de Julio de 1911 fué notificado á nuestro director, D. José Vallés y Ribo, el auto de procesamiento en méritos de la causa criminal por injurias que se le sigue á instancias de Antonio Fita, Luis Amargos, Francisco Sirera, Felipe Guasch, José Agell, Fernando Grau Inglada, Miguel Baltá y José Tarrés, individuos que componen el Sindicato Farmacéutico Español.
414 E! Restauradór Farmacéutico
La beneficencia domiciliaria fa rmacéu t ica
U n oficio de l Colegio a l € x c m o . ^r- J T l c a l d e
Q o n s i i i u c i o n a l de B a r c e l o n a
En la junta general del 31 del pasado Octubre, el Colegio tras un detenido estudio de las causas que motivan el progresivo aumento del importe de las recetas que con destino á la Beneficencia domiciliaria despachan los farmacéuticos de esta ciudad, acordó por unanimidad entregar al señor Alcalde la exposición que á continuación reproducimos:
«Excmo. Sr. •Hace ppcas semanas presentó el Colegio de Farmacéuticos de
•Barcelona á ese Excmo. Ayuntamiento de su digna presidencia, la ^cuenta de los medicamentos despachados para la Beneficencia domici-»li^ria durante el primer trimestre del año corriente, cuyo importe asciende á 50,146 pesetas con diez céntimos, cantidad que obliga á esta •Corporación á llamar la atención de V. E. sobre lo crecido del im-»porte de esta factura comparada con las de trimestres anteriores y so-»bre el progresivo aumento que viene experimentando esta partida »que gravita sobre el presupuesto municipal.
»El colegio de Farmacéuticos para quien tan sagrados y atendi-»bles son los intereses de los farmacéuticos como los del Municipio, al »darse cuenta de estos aumentos, quisiera entrar en el tondo de este •servicio para poder aquilatar las razones de estos sucesivos aumentos •y entonces con plena satisfacción ponerles su visto bueno, si apare-»cían justificados, ó en caso contrario aplicar las debidas correcciones • si la mala fé apareciese como una de las causas del aumento que se • observa.
•El Colegio de Farmacéuticos, es como V, E. sabe únicamente un »intermediario entre el Excmo. Ayuntamiento y¡los farmacéuticos; ca-•rece de facultades coercitivas para evitar posibles abusos, y si en va-»rias ocasiones en aras de su buen deseo ha denunciado alguna negli-•gencia en el despacho de recetas de beneficencia, no ha sido muy fe-• liz en sus gestiones. Por esta causa se limita hoy á llamar la atención •sobre el aumento de estas recetas, y por esta razón también recuerda
' El Restaurador Farmacéutico 4I5
»á V. E. y á la digna Corporación que preside, que las tarifas y bases »que para la ordenación de este servicio, presentó el Colegio hace dos »años á ese Excmo. Ayuntamiento tenían como objeto principal ade-»más de proporcionar una importante economía, colocar á esta entidad »profesional en condiciones de intervenir en el servicio en forma de >poder apreciar el porqué de esos aumentos y, en caso de necesidad • poder contenerlos dentro de sus naturales límites sino resultaban jus-»tificados-
»Esto no|obstante, y con el fin de demostrar á V. E. y á la digna •Corporación Municipal lo mucho que el Colegio de Farmacéuticos se »ha preocupado por estos aumentos, desea señalar aunque sea some-»ramente las causas primordiales de los mismos que, á su juicio, son »los siguientes:
»i.0 El carecer esta ciudad de un padrón de pobres, lo que se »presta muchas veces á que los Alcaldes de barrio obren sin verdadero •conocimiento de causa siéndoles difícil averiguar si realmente corres-»ponde conceder ese servicio á muchos que lo solicitan,
»2.0 La invasión cada día más acentuada del campo terapéutico »por medicamentos modernos de coste elevadísimo que se usan en do-»sis crecidas, lo cual, naturalmente, hace ascender de un modo extraor-^dinario el importe de las recetas; causa esta última que quizás pudier an atenuar los señores médicos municipales:
»Esto es cuanto deseaba esta Corporaciún manifestar á V. E. res-»pecto al particular, y tengo el honor de transmitir á ese excelentísimo »Ayuntamiento por acuerdo unánime de la junta general ordinaria celebrada por este Colegio en Octubre último.
•Dios guarde á V. E. muchos años. •Barcelona 7 de Noviembre de 1912.
• El Presidente • J. frenará
• Excmo. Sr. Alcalde Constitucional de JBarcalona».
Nos parece sumamente plausible la iniciativa del Colegio en esta materia. Como dice perfectamente el escrito anterior, el Colegio, inter-termediario entre el Ayuntamiento y los farmacéuticos prestatarios del sérvicio no podía en ningún modo permanecer indiferente ante unos aumentos que no justifica,—y menos en la proporción realmente alarmante que ha adquirido en estos últimos tiempos,=-el estado sanitario de la ciudad, tanto más cuando bien notorio es qué la salud pública en Barcelona viene mejorando sensiblemente desde hace muchos años.
4i6 El Restaurador Farmacéutico
Creemos que el oficio señala perfectamente las dos principales y casi exclusivas causas del mal, causas que no están dentro de las facultades del Colegio remediar y qne sólo toca al Ayuntamiento estudiar para resolver en su consecuencia. Pero como resulta que siempre la cuerda se rompe por su lado más delgado y en este caso el Colegio es el que presenta la cuenta, bueno es que sepa el Ayuntamiento que si la factura es subida no es culpa del cobrador sino del consumidor.
Es realmente inexplicable que en una ciudad como la nuestra en la que existen á centenares sociedades benéficas y montepíos á montones, ciudad donde el obrero y el pobre sienten el espíritu de previsión y casi siempre pertenecen á uno, cuando no dos ó tres montepíos á la vez que les dan asistencia médica y farmacéutica gratuitamente cuando está enfermo, lo cual justificaría todo lo contrario de lo que está ocurriendo, esta partida del presupuesto municipal vaya sufriendo recargos cada vez más acentuados.
Justo es que la opinión pública sepa á que atenerse respecto al particular y si, como es posible, este asunto se lleva nuevamente á la discusión de los ediles y á la prensa local, haya entre estos muchos que, enterados por el mismo Colegio de las causas efectivas del incremento de las recetas de beneficencia, puedan explicar los motivos verdaderos y no permitan que se extravie la opinión haciendo pagar los platos rotos á los farmacéuticos en general, que no tienen responsabilidad alguna en ello, y menos al Colegio que en al desempeño de su misión ha velado siempre dentro de sus escasísimas atribuciones con igual celo por los intereses del Municipio y por los de los prestatarios del servicio Benéfico Municipal.
Nos parece, pues, acertadísimo el oficio del Colegio al Alcalde, pues seguramente llegará un día que habrá de tratarse este asunto en el Ayuntamiento, y, entonces nadie podrá negar que el Colegio ha estado siempre á la altura de su misión y de la confianza que le otorgara el Municipio en 1892 y afirmar con razón que ha dejado pasar los meses y los años sin llamar la atención de quien correspondía sobre estos aumentos anormales.
Ya en 1907 presentó una tarifa reducida al Ayuntamiento, tarifa que no llegó siquiera á examinarse y en 1910, nuevamente presentó á la Corporación Municipal otras nuevas tarifas aún mas reducidas y unas bases muy meditadas conducentes á refrenar todos los posibles abusos que en ese servicio pudieran observarse.
¿Cabía y cabe hacer más? El Colegio, por lo que toca á su misión reguladora del servicio,
El Restaurador Farmacéutico 417
con las debidas facultades, llevaría éste hasta la perfección; en lo que nunca podrá el Colegio influir, en lo que no puede ni podía tener mediación ni ahora ni nunca, es en las causas señaladas en el oficio dirigido al Alcalde, causas evidentes de estos aumentos excesivos. Justo, pues, es. que se le exima de toda responsabilidad.
Nuestros compañeros de Bilbao Acuerdos honrosos
En la última sesión del Colegio celebrada el 11 del pasado, los socios del mismo, al enterarse del procesamiento del Sr. D. Manuel de Sa-ralegui, dignísimo presidente del Colegio',Provincial de Bilbao, de todos conocido por su tan brillante como tenaz campaña en defensa de los derechos legítimos de nuestra carrera, de los fueros de la Justicia y del respeto áj'nuestras leyes sanitarias y Ordenanzas de Farmacia, acordaron por aclamación nombrarle socio de honor en compensación por el percance sufrido y para que le sirva de estimulo en la ruda tarea que se ha impuesto tan noble como enérgicamente.
El Colegio, asi mismo, acordó felicitar eficacísimamente á los subdelegados de aquella ciudad que con voluntad viril y firme se negaron á resellar el atropello de que son victimas los profesores de Bilbao y, por ultimo acordó también hacer presente á los Sres. Soto, Artaza y Bolivar individuos del litre. Colegio de Farmacéuticos de Bilbao su alta estimación por la conducta noble y generosa por ellos observada en el ac to del juicio de conciliación, aceptando las mismas responsabilidades y unificando sus opiniones personales sobre el caso, con las de su ilustre presidente Sr. Saralegui.
E L RESTAURADOR no tiene que hacer en este momento la historia de cuanto está sucediendo desde hace mas de un año á los farmacéuticos de Vizcaya, ya en varias ocasiones ha ido enterando á sus lectores del desenvolvimiento de este gran proceso que llega ahora á su periodo mas agudo con el procesamiento de su compañero, digno entre los dignos y respetable, entre los mas distinguidos que constituyen nnestra gran colectividad; pero si, recomienda á los mismos lean cuanto sobre tan doloroso asunto ha trazado la pluma tan galana como justamente acerada del ilustre publicista, D. Luis Siboni, quien" en su Re-
418 El Restaurador Farmacéutico
vista «La Farmacia Moderna», ha dadojsiempre aliento á nuestros queridos compañeros de Bilbao, para no desmayar ante los atropellos de que son victimas y ha fustigado enérgicamente, desde que se inició el litigio, á los atropelladores de nuestras Ordenanzas de Farmacia y de nuestras prerrogativas profesionales.
E L RESTAURADOR, que en su dia recibió de la prensa profesional de Bilbao consuelos tan sinceros como los que ahora dirige á sus compañeros de tan industriosa ciudad,*felicita cordialmente á los farmacéuticos del Colegio Oficial|de Vizcaya por la honrosa distinción que á todos les ha hecho el Colegio de Barcelona y muy especialmente á D. Manuel de Saralegui y demás compañeros de los que antes se ha hecho especial mención y hace votos muy sentidos para que al final de la jornada los laureles de la victoria coronen los esfuerzos de tan meritísimos compañeros.
Colegio Farmacéutico Provincial El lunes dia 4 del corriente se celebró en el Colegio local de Bar
celona, la primera sesión de Junta de Gobierno del Colegio Provincial. La comisión gestora interina dió posesión de sus cargos á los indi
viduos de la junta de Gobierno en propiedad. Inmediatamente después de tomar posesión del Colegio, el presi
dente, D. Antonio Fortuny, pronunció un discurso prometiendo poner toda su actividad é inteligencia al servicio de los farmacéuticos de Barcelona y de la Provincia á los que agradecía infinito el honor que le hablan hecho y del que no se consideraba acreedor y que creia que ese honor iba más bien dirigido á sus antepasados los cuales, como era sabido, se habían siempre desvivido por la clase á la que tanto habian querido, por cuyo motivo el apellido Fortuny, que el habia heredado era conocido y respetado en la Provincia.
Manifestó, además, que era para el una carga muy pesada la del Colegio Provincial, por entender que este tendría que emprender una labor de fecundas energías y dadas sus multiples ocupaciones disponía de poco tiempo para atender á tantos deberes y que, solo para corresponde;: á la bondad de los compañeros y no dificultar en ningún modo la organización y funcionamiento del Colegio provincial habia aceptado el cargo.
Inmediatamente la junta de gobierno procedió al exámen de los
El Restaurador Farmacéutico 419
libros del Colegio Provincial, levantando acta de la forma en que se encuentran esos libros y tomó una serie de acuerdos conducentes todos á legalizar la situación del Colegio Oficial.
Acordó también ir á saludar al Gobernador civil de la Provincia y al Inspector de Sanidad para ofrecerles los servicios de la Junta y del Colegio Provincial.
Mucha labor tiene aun que verificar la Junta de Gobierno y actividad tendrá que desplegar para que en Enero al celebrarse, como marca el Reglamento la i.a sesión general del Colegio Provincial, este pueda tomar los acuerdos en la plenitud de su vida corporativa.
Por fin, la Junta acordó celebrar sus juntas de Gobierno, el primer lunes de cada mes y si este resultara festivo, el lunes de la semana próxima siguiente.
F A R M A C I A P R Á C T I C A p o r e l T D x . I D . J o s é X_J_ O a / p d . e p o n
A c e t a t o p l ú m b i e o l i q u i d o
(Conclusión)
6xámen quínj/co.—Se identifica y comprueba la pureza del acetato plúmbico líquido.—1) Determinando su densidad con el areómetro y comprobando su reacción alcalina con el papel rojo de tornasol, asi como su indiferencia para la solución de fenolftaleina.—2) Mezclando 2 gr. del mismo con solución de cloruro férrico: debe producirse una mezcla rojiza de la que se separa por reposo un precipitado blanco, quedando el líquido de color rojo-oscuro.—3) Agitando el precipitado obtenido por la solución de cloruro férrico con 160 gr. de agua destilada: debe disolverse por completo.—4) Mezclándolo con amoníaco erj exceso: debe dar precipitado blanco abundante y el liquido quedar incoloro (ausencia de cobre, hierro, etc.).—5) Con mucilago de goma arábiga, formará un abundante precipitado gelatinoso.—6) Mezclando 10 gr. del mismo con 10 gotas de ácido acético y algunas gotas de solución de ferrocianuro potásico con lo que se producirá un precipitado blanco puro (si hubiese cobre el precipitado sería rojizo y azul si existia
420 El Restaurador Farmacéutico
hierro.) Eventualmente puede separarse el cobre digiriendo el Extracto con limaduras de plomo finas, durante un dia y filtrando después. La operación se hace en baño de maria y en matraz lleno tapado con corcho; á falta de limaduras de plomo puede emplearse plomo metálico, precipitado por granalla de zinc de una parte de la solución de acetato plúmbico básico, acidulada previamente con ácido acético.— 7) Valorándolo con solución 1/1 o normal de ácido oxálico. Lávalo-ración puede hacerse poniendo en vaso de reacción una cantidad determinada del extracto de Saturno y añadiéndole mediante bureta la solución normal de ácido oxálico hasta que no forme ya precipitado ó mejor añadiéndole un exceso de este y ^determinando la cantidad no consumida en la precipitación, mediante solución 1/10 normal de permanganate potásico y por diferencia la gastada en la formación de oxalato. Cada c. c. de solución 1/10 normal gastada, equivale á 0,1367 de acetato plúmbico monobásico.
Conservación.— Debe conservarse en frascos llenos y bien tapados, porque el gas carbónico del aire precipita carbonato, disminuyendo su densidad y riqueza. Deben preferirse frascos ordinarios tapados con buenos corchos, porque los de tapón esmerilado se sueldan íacilmente. Como veneno metálico debe reponerse aparte y dispensarlo con precaución. Sin embargo puede dispensarse sin receta.
Jqcompatibilidades.—El gas cárbónico y carbonates solubles; los ácidos sulfúrico, fosfórico, clorhídrico y sus sales solubles; el agua común; el tanino; el borato sódico y los yoduros y bromuros solubles .
yicciól] terapéutica y usos-—El Extracto de Saturno tiene acción desecante y suavemente astringente; se usa al exterior, con mucha agua, en fomentaciones, en casos de quemaduras, contusiones, etc. También se usa en lociones, inyecciones, etc.; en linimento, mezclado con aceite y en pomada, mezclado con manteca, Su uso prolongado debe vigilarse pues puede producir la intoxicación saturnina.
El Extracto de Saturno se usa también para preparar el agua vegeto mineral, de que nos ocuparemos más adelante, y el licor de Villa-te, inscrito en la farmacopea francesa y usado en veterinaria. He aqui lo fórmula del Codex para su preparación:
Xicor de Villate—Xiqueur de Villate
(Veterinaria)
Sulfato cúprico cristalizado 15 gr. Sulfato de zinc oficinal. . . . . . . 15 *
El Restaurador Farmacéutico 421
Extracto de Saturno-Vinagre blanco. . .
30 » 200 »
Disuélvanse en el vinagre los sulfates pulverizados; añádase el extracto de Saturno.
Observación: Agítese fuertemente antes de usarlo. Consérvese en sitio aparte.
formulariólmagistral del €xfrado de Safurqo.
J¡gua oftálmica saturr¡iria
Rp.
Rp.
Extracto de Saturno, gr. 0'5 Ag-ua de rosas . . . > 120,0 Macilag-o de semillas
de membrillo. . . > 7,5
Cataplasma saturnina
Miga de pan. . . . gr. 150 Extracto de Saturno. > 15 Agua » 500
Hiérvase y hágase cataplasma. En eczemas y erupciones costráceas, como antiflogístico y antiinflamatorio.
Jnyección antiblenorrágica
Rp. Extracto de Saturno, gr. 1-2 Subnitrato de bismuto. > 4 Agua destilada, . . » 150 Agítese al usarlo .
Jnyección pallet
Rp. Extracto de Saturno, gr. 2 Sulfato de zinc. . . . luna Láudano de Sydenham, jegr. 20 Agua destilada. . . . gr. 100 Astringente y calmante; 2 á 6
veces al día, en la blenorragia.
Contentación antiflogística
Rp. Solución de acetato
amónico gr. 50 Extracto de Saturno . » 15 Agua destilada. . . » 935
Para compresas húmedas, en contusiones con derrame de sangre.
fomentación $ernatzik y Vogl
Rp. Extracto de Saturno, gr. 20 Alumbre en polvo. . » 1 Agua común. . . . » 200
Contra ulceraciones, con fuerte secreción.
Sininjento plúmbico ó saturnino
Rp. Extracto de Saturno, gr. 10 Aceite de olivas. . . « 20
Agítese fuertemente; para heridas superficiales de la piel.
Otro linimento saturnino
Rp. Extracto de Saturno, gr. 15 Yemas de huevo número I I Aceite de manzanilla, gr. 120
H. S. A. Como desecante; para compresas sobre escoriaciones y erupciones cutáneas húmedas.
Vet. Sininjento saturnino
Extracto de Saturno . gr. 20 Aceite de olivas ó col
za reciente. , . . > 100 Para animales domésticos grandes. Se aplica en escoriaciones, quemadu-
422 El Restaurador Farmacéutico
ras, etc, mediante Jas barbas de una pluma.
Vet Xiriimento saturnino opiado Rp. Del linimento anterior gr. 120
Tintura de opio simple » 10 Como el anterior, pero mucho más calmante.
Xocióq saturnina. (Biett).
Rp. Cocimiento de altea. . . gr. 500 Extracto de Saturno. . . » 5
En el eczema crónico, Jiquen, etc.
pomada saturnina (Devergie)
Rp. Extracto de Saturno gotas X I I ¡Creosota . . . - . . » X
Extracto tebaico . . , cgr. 20
Manteca » 30; H. pomada s. a. Para unturas mañana y tarde en sabañones ulcerados.
Porr¡ada saturnina alcanforada fBaumé)
Rp. Extracto de Saturno. . gr. 10 Alcanfor . , . , " » 5 Manteca ó vaselina. . . . » 30
H. s. a. pomada. Para unturas sobre eczemas y fisuras dolorosas cutáneas.
Vet. Ungüento populeón saturnino.
Rp. Ungüento populeón. . . gr. 85 Extracto de Saturno . . . > 5 Benjui pulverizado. . . . » 10 Mézclese según arte. Para curar
heridas y grietas en particular de la ranilla del caballo.
€xtracto de Saturiyo sólido
Si/]0¡]imia: Subacetato plúmbico cristalizado. Fórmula: 2 [Pb (C2Ha02)]. Pb (OH)2 Con los nombres citados designa Jeannel el producto que resulta
mezclando 6 p. de acetato plúmbico neutro y 2 p. de litargirio, hirviendo dos ó tres minutos la mezcla con i p. de agua destilada, en cápsula de porcelana, y filtrando enseguida por filtro de papel, en embudo caliente. Por enfriamiento del líquido se separan cristales sedosos, agrupados en forma de penacho, quedando muy poca agua madre.
Segan Hager se obtiene calentando á la ebullición 2 p. de acetato neutro cristalizado, i p. de litargirio y 3 p. de agua, filtrando en ca. líente y dejando cristalizar. La basicidad de la sal obtenida será mayor en este caso, que con la fórmula de Jeannel.
Uno y otro producto sirven para la preparación extemporánea del Extracto de Saturno y del agua vegeto-mineral, por lo que son útiles en las farmacias ambulantes de los ejércitos.
Desde 1889 usa el ejército alemán pastillas de €xtrado de SaturiJO preparadas por indicación de B, Fischer. La sal básica empleada en su preparación es la obtenida por la fórmula Hager. Estas pastillas son
= 49 =
denominarán con el nombre comercial impuesto por la casa antes mencionada.
Sqlicil-v asó genos a l 2 por 100 (1)
Vasógeno líquido simple . . 98 gr. Acido salicítilico . . . . 2 » v
Caliéntese á b. m. hasta disolución perfecta, que se consigue antes que haciéndolo en el mortero, como alguno ha aconsejado.
Alcanfor-cloroformo. — Vasógeno á partes iguales
Alcanfor 10 gr. Cloroformo 10 > Vasógeno líquido simple . 10 >
Se disuelve en el cloroformo el alcanfor y se adiciona el vasógeno.
Alquitrán.— Vasógeno al 25 por TOO
Dicen las revista se disuelvan 25 gramos de brea en 25 d e amoníaco alcohólico adicionados de 45 gramos de vasógeno líquido simple.
Operando de este modo no he Conseguido buenos resultados y en su vista procedo así. Tómese.
(1) E l p rospec to de la casa Peharson d ice d e b e n incorporarse3 los m e d i c a m e n t o s en e l m o m e n t o de p i e p a r a r e l v a s ó g e n o pe ro n o l o j u z g o necesario en l a m a y o r pa r t e de los casos, s i acaso ú n i c a m e n t e en e l N a f t o l - v a s ó g e n o .
Brea 2=; gr. Alcohol absoluto . . . . 20 » •
Incorporadas las dos substancias, agrego:
Vasógeno líquido simple . . 65 gr.
Caliento la mezcla, hasta que haya 'perdido 10 gramos de peso.
Y o do-vas ó geno a l 6 por 100
Yodo . . . . . . . . 6 gr. (1)
Vasógeno simple liquido . , 94 »
Se pulveriza el yodo é incorpora el vasógéno.
Yodo-vasógeno a l 10 por 100 Se prepara como el anterior, reemplazanda las cantidades.
' Creosota-vasógeno a l 5 por 100
Creosota de haya . . . . 5 gr. Vasógeno simple líquido . . 95 *
Creosota-vasógeno a l 20 por 100
Reemplazando las cantidades se prepara como el anterior, esto es, por simple mezcla y agitación.
(1) L o s y o d o - v a s ó g e n o s d e t r an spa ren t e s q u e son a l p r i n c i p i o v u é l v e n s e t u r b i o s t r a n s c u r r i d o a l g ú n t i e m p o . E n dos meses q u e hace h e m o s p r e p a r a d o u n o a l 3, o t r o a l 6 y o t r o a l 8 por 200, n o h e m o s a d v e r t i d o e n t u r b i a m i e n t o m á s q u e en el p r i m e r o de los c i t ados , l a causa n o nos l a e x p l i c a m o s ya q u e todos estaban p r e p a r a d o s en e l m i s m o d í a y expues tos á la m i s m a a a c i ó n de la l u z .
Ictiol-vasógeno a l 10 por 100
Ictiol . . . . . . . • . IO gr. Vasógeno simple líquido . . 20 »
Aconseja algún autor se mezclen las dos substancias y que se filtre después de un día de reposo, esta indicación también la hacen para el alquitrán-vasógeno, yo ni en uno ni en otro creo deba precederse á la filtración pues tal vez por ella quedan principios separados de utilidad no bien definida.
Mentol-vasógeno a l 2 por 100
M e n t o l . . . . . . . . 2 gr. Vasógeno simple líquido . . 98 »
Disuélvase por trituración.
Meniol-vasógeuo a l 25 por 100
Como el anterior, substituyendo las cantidades.
Yodoformo-vasógeno a l 1 y por 100
Yodoformo . . . . . . g r Vasógeno simple líquido . . 98*5 »
Se aconseja calentar hasta solución del yodoformo. Inútiles han sido mis tentativas para lograr un buen producto; operando sin calentar no se disuelve, colentando se consigue fácilmente pero tan pronto se enfría se precipita el yodoformo cristalizado;
se añade cloroformo ú otro disolvente á no ser en proporciones excesivas, sucede lo mismo. - -
Como Phearson dice está períectamente disuelto opino no dice verdad y acaso se limite á saturar con la cantidad que per-n^ítg y separe el r^sto.
La fórmula que empleo es:
Yodoformo . . . . . í '5 gr, Vasógeno simple líquido , 98-5 »
Se pulveriza el yodoformo finamente é incorpora el vasógeno. ,
Una pequeña parte queda di suelto, el resto se sedimenta, pero por agitación se vuelve á incorporar de modo uniforme.
La interposición es más duradera y la sedimentación más difícil si se prepara un vasógeno simple en que se substituya por 20 gramos de vaselina blanda 20 de la líquida.
Yodoformo-vasógeno a l 10 por 100
Lo dicho para el anterior, corresponde igualmente á éste.
Betanaftol-vasógeno a l 10 por 100
Naftol . . . . , . . . 10 gr. Vasógeno simple líquido . . 90 >
Se aconseja se disuelva el naftol en el vasógeno, verificado así, sencillamente no lo he conseguido, calentando la mezcla ha dado mejores resultados, pero se separa ai poco tiempo alguna cántidad de naftol: vertido en la cápsula en momento de la pre-
El Restaurador Farmacéutico 423
de seis gramos de peso y disolviendo una en un litro de agua,se obtiene extemporáneamente agua vegeto-mineral, mientras que disolviéndola en 21 gr. de agua el producto es análogo al extracto de Saturno de la farmacopea alemana.
Análogas son las llamadas:
tabletas friables de €ztracto de Saturno
Se preparan mediante máquina adecuada con arreglo á la fórmula siguiente:
Extracto de Saturno sólido, en polvo . . . * gr. 120 Alcohol absoluto , c. s.
Háganse tabletas friables n.0 100. Cada tableta es de 1,2 gr.de peso y por tanto 5 equivalen á una de las preparadas según las indicaciones de B. Fischer. El uso de las pastillas friables es preferible por la gran facilidad con que se disuelven en agua. Vienen en tubos de vidrio para evitar se deshagan en el transporte.
Información de la Junta de Gobierno y Patronato del Cuerpo de Farmacéuticos titulares
Señores de la Comisión parlamentaria que entiende en el Proyecto de Bases para una ley de Régimen local.
La Base X I del proyecto de ley de Régimen local incluye las farmacias populares entre los servicios de carácter general que pueden ser objeto de municipalización, y que siendo á la vez de primera necesidad, se presten ó puedan prestarse, dentro del término municipal, en beneficio de sus HABITANTES.
Se trata, pues, de conceder á los Ayuntamientos la facultad de establecer farmacias, no ya para el exclusivo fin de atender á la prestación de los servicios qne exige la Beneficencia municipal, sino también á los de iodo el vecindario, equiparando de esta suerte el de que se trata con los otros servicios de alumbrado, tranvías, baños públicos, pompas fúnebres, mataderos, mercados, panaderías, etc., etc.; y la Junta de Gobierno y Patronato del Cuerpo de Farmacéuticos titulares acude en representación de éstos, á la información abierta para impugnar la pro. yectada concesión de esa facultad por lo que se refiere á servicios de índole y carácter tan especial, exponiendo:
i.0 LEGISLACIÓN ACTUAL: El artículo 81 de la ley de Sanidad
424 El Restaurador Farmacéutico
dice: «Sólo los farmacéuticos, autorizados con arreglo á las leyes, podrán expender EN SUS BOTICAS medicamentos simples ó compuestos, no pudiendo hacerlo, sin receta de facultativos, de aquellos que, por su na-turaleza, lo exijan». Y más explícitas son aún, sobre este punto, las Ordenanzas de Farmacia, inspiradas en los principios que informan la expresada ley.
2.0 DERECHOS CREADOS AL AMPARO DE ESTA LEGISLACIÓN: Nuestra legislación, en efecto, tiende no sólo á garantizar el interés público con la competencia técnica y la confianza que supone el hecho de hallarse al frente de una botica el farmacéutico propietario de la misma, sino también el interés particular de la colectidad farmacéutica: asegurándola, como recompensa de costosos estipendios y larga carrera universitaria, el ejercicio exclusivo de su profesión y la consiguiente remuneración para e / ejercicio de ésta.
3.0 RESULTADOS DEFICIENTES, EN GENERAL, DE LOS SERVICIOS POR LA ADMINISTRACIÓN: Hasta hace muy poco tiempo, ha estado harto generalizada la idea completamente favorable á la municipaliza, ción de los servicios: pero determinados trabajos y estadísticas que vie-' nen publicándose respecto á su desastroso resultado en otros países van modificando progresivamente la opinión en sentido contrario.
Es desde luego indiscutible que el interés particular aquilata y desarrolla sus actividades, celo é inteligencia en la marcha de los negocios, obíeniendo, por ello, resultados positivos que nunca logra la Administración pública por muy perfecta y moralizada que sea su gestión. Y de que así es ofrecen testimonio evidentísimo estos dos servicios, entre otros muchos que pudieran puntualizarse, el de la renta de tabacos y el del impuesto de consumos. Ambos, en efacto, obtuvieron resultados bien prósperos luego que pasaron de las manos muertas de esa misma Administración á las siempre diligentes de empresas particulares.
4.0 LAS FARMACIAS MUNICIPALES: Antes de que se proyectara municipalizar este servicio, los Ayuntamientos de Almería, Huelva, Sevilla y otros lo llevaron á la practica, instalando farmacias para atender con ellas á la prestación del servicio benéfico para los pobres. ¿Cómo funcionan éstas?
A la vista tenemos la copia de un acta notarial que lleva el número 523 del protocolo del¡ notario de Almería D . Francisco Rico y Pérez; fechada en 30 de Agosto de 1903.
En ella, se hace constar: «que la dotación y surtido de la farmacia municipal se hallaban siempre en relación con la mayor ó menor dili-
E) Restaurador Farmacéutico 4.25
gencia que los señores alcaldes prestaban á la misma, hallándose á la sazón deficientemente surtida por no haberse hecho pedido alguno du* rante el mes de referencia. Que en aquella fecha ^carecía de tintura da yodo, yoduro potásico, [aceite de almendras, pomadas de todas clases, aceites en sus diversas variedades (con exclusión del de ricino), alcohol, tintura de castóreo, quina calizaya; sales de quinina (con excepción del sulfato), y que de ergotina solamente existían dos gramos.
Que de los diversos útiles y artefactos necesarios para la manipu-Inciones farmacéuticas y despacho de medicinas únicamente había un mortero; una espátula y dos balanzas; y
: Que la farmacia visitada se surtía de otra denominada «Central», de la oropiedad de un teniente alcaldeg.
El Municipio de Huelva, que cuenta con 21.000 almas, también estableció su farmacia con un presupuesto de 17.925 pesetas, cuya inversión no precisará esta Junta, para que no resulte sobradamente extenso el presente documento' pero sí ha de hacer constar que, con arreglo á dicha cifra resultaba ser de 87,50 pesetas el coste mínimo de la dispensación de medicamentos por cada cien habitantes.
El de Sevilla invirtió 49.760 pesetas, y hubo de demostrarse cumi plidaraente que los pobres beneficiados por este servicio eran los menos, DEBIENDO SER LOS ÚNICOS, y que la farmacia carecía de cápsulas y hasta de corchos para tapar los frascos, de cajas de cartón y madera, de papeles impermeables para preservar los medicamentos de la accióri del aire, la humedad y la luz, y que, por último, se despachaban las recetas con tres ó cuatro horas de retraso.
Pero para apreciar la equivocación y la enormidad también económicas resultantes de la prestación municipalízada de este servicio, rela^ clonándolo con el de las poblaciones en qué no lo está, basta que sefije la Comisión en el siguiente estado:
Las siguientes capitales que no tienen municipalizado el expresado servicio sufragaban su coste con las cantidades que arrojan las cifras siguientes:
Barcelona gastaba entonces 18,55 pesetas por cada 100 habitantes. Madrid id. id. 18,56 id. id. Valencia id. id. 12,20 id. id. Véase ahora lo que por el mismo concepto gastaban estas capita
les que tenían municipalizado el servicio; -Sevilla gastaba entonces 34,03 pesetas por cada 100 habitantes. Huelva id. id. 87,50 id. id. Almería, no hay datos concretos, por lo desastroso de su admi
nistración.
426 El Restaurador Farmacéutico
Y si en capitales como las tres últimamente citadas se han notado tan graves deficiencias, amén de resultar tan lesivo su coste en un servicio prestado únicamente á los enfermos pobres, ¿i qué extremo no llegarían aquéllas y éste si se ampliara ese mismo servicio á todo el vecindario en poblaciones de escasa importancia, en las que la autoridad local tiene descontada la fiscalización de la superior gubernativa?
Por otra parte, la implantación de tal servicio en los pueblos determinada, como consecuencia derivada de fuerza mayor, el cierre de las farmacias que en ellos estuviesen instaladas, y se baria intolerable, además, la situación^cuando las familias, lo mismo de la clase de pudientes que de la de pobres, se diesen cuenta de las graves deficiencias encontradas en la farmacia de Almería, y que carecían, en momentos de gran aprémio, de los medicamentos más indespensables para atender á sus enfermedades.
Hoy mismo viene observándose en los pueblos á que se refiere esta Junta que los alcaldes, desentendiéndose de disposiciones oficiales que regulan la prestación de este servicio, decretan á su antojo la con. cesión de la asistencia facultativa gratuita, incluyendo en las listas de pobres á vecinos que disfrutan de holgada posición. Y si ahora se ampliase la prestación del indicado servicio con la instalación de las farmacias populares, es evidente que, por hacerse extensivo á todas las familias, habrían de clausurar sus oficinas los profesores que, al amparo de las leyes, las instalaron.
Y siendo de carácter tan transitorio el ejercicio de la función municipal y tan frecuentes los casos en que el alcalde entrante encuentre agotada por el saliente partidas del presupuesto, arbitrariamente apli. cadas á otras atenciones, ¿quién respondería de cubrir las necesidades del presupuesto de esas boticas, cuando es sabido que los profesores que vienen prestando ese servicio rara vez consiguen cobrar íntegra su dotación, ó no la cobran, según ocurre en la provincia de Bajadoz, modelo de administración insolvente? ¿Quién había de responder? Pues la propia actual insolvencia, erigida en sistema, por virtud de la cual jtan enormes cantidades se adeudan á los actuales titulares!
Ahora bien, con tales precedentes y en estas condiciones, ¿es prudente confiar la prestación de servicio de tanta importancia y de trans-cencencia tan innegable para los intereses de la salud pública, á corporaciones que ninguna garantía positiva ofrecen de realizar aquélla con la normalidad que exigen la ciencia y la conciencia?
Y con tales precedentes y condiciones también consubstanciales á la Administración pública, ¿quién no prevé desde luego los gravísimos
£1 Restaurador Farmacéutico 427
conflictos que surgirían, para esa misma salud, del censo municipal al ser invadidos por la epidemia los pueblos en que estuviese municipali-zado este servicio, cuando tantos provocaron ya las municipalidades de las capitales citadas en épocas de normalidad sanitaria?
Otro aspecto de la cuestión: , 1.0 AMPLIACIONES QUE HABRÍAN DE HACERSE SI LLEGABA Á SER
LEY ESTE PROYECTO: Derogada la faculdad exclusiva que la vigente ley de Sanidad reconoce al farmacéutico para ejercer en botica propia, surgiría la inevitable consecuencia del otorgamiento de aquélla, no sólo á las Corporociones municipales, sino también, puesto que los hechos vienen demostrando, á otras entidades de carácter particular, como lo acontece con las llamadas Sociedades benéficas, que no son otra cosa que empresas industriales consagradas á la explotación del proletariado.
Y á propósito de este último extremo, bueno será recuerde esa respetable Comisión, que ya, en información amplísima efectuada por orden del Ministerio de la Gobernación en 1906, para conocer el funcionamiento de esas Sociedades, quedó justificada plenamente la inhumana explotación de que venían siendo victimas sus asociados. Ahora bien, como es lógico suponer que dichas Sociedades, para acrecentar sus rendimientos, habrían de recabar para ellas la facultad que se pretende otorgar á los Municipios, pretextando una finalidad humanitaria, habríase contribuido inconscientemente é imprudentemente también á aumentar los peligros que corre la salud pública, á fomentar un negocio de todo punto ilícito y á dejar anulada gradualmente, hasta su completa extinción, la genuina función profesional.
No ha de ampliar esta Junta las consideraciones expuestas por el temor de abusar de la benévola atención que le preste la Comisión, y porque también entiende que, si bien pudiera suministrarle muchos más datos, dirigidos todos ellos á impugnar el proyecto de ley en que se concede á los Ayuntamientos la facultad de instalar y explotar farmacias populares, considera haber aportado las suficientes para llevar al ánimo de los señores diputados que forman la Comisión la convicción de lo improcedente y perjudicial de la propuesta ministerial de que queda hecho mérito.
El Presidente El Secretario Joctquíij 7(uiz Jinjérjez fidet f e r n á n d e z
Madrid, 25 de Octubre de IQ12
428 El Restaurador Farmacéutico
F A R M A C I A S P O P U L A R E S
j f la Comisión del Coijgreso encargada del dictanjen acerca del proyectó de ley de gases para redactar y protr¡ulgar la del J{égimeij local, cuyo proyecto f u é presentado á virtud del 7{eal decreto de autorizaciórj del 15 de Octubre último.
I£l Colegio de Farmacéuticos-de Madrid en su nombre y en representación de los demás de España, ccude á la información abierta por la Comisión que entiende en el ptoyecto de ley ya expresado, con el propósito solamente que le impone un deber inexcusable y ejercitando un derecho con que le brinda la misma ilustrada Comisión para el mejor desempeño de su delicado cometido; y tal propósito se inspira en que se borre, por interés de la clase farmacéutica, y aun más por el de los pueblos, lo consignado en la base 11 entre los servicios municipales »De las farmacias populares».
Ha sorprendido á este Colegio la innovación que en el citado proyecto aparece referente al ejercicio de la profesión farmacéutica. Y ha sorprendido, sobre todo, porque, sin duda alguna, no es el adecuado sitio para legislar acerca de esta materia tan delicada é interesante á la salubridad pública y para subvenir en la medida que exige el progreso social y científico, al servicio farmacéutico en general, la ley de que se trata, dirigida á satisfacer necesidades y exigencias de la Administración local, que los Gobiernos, en cumplimiento de su deber, atienden con loable intención. Autorizar á los Municipios para que instalen y exploten, en beneficio del vecindario, «Farmacias populares»; es decir, farmacias dirigidas en la parte económica, claro es, por las Corporaciones municipales y destinadas á la dispensación de medicamentos mediante precio, significaría positivamente el rompimiento absoluto por este medio, que á primera vista aparece sencillo y por extremo be-ficioso, con el principio en nuestra legislación consagrado durante algunos siglos y en los demás países sin excepción, norma del ejercicio de la Farmacia, según el cual se atribuye á los profesionales Farmacéuticos, á ellos solbs, la facultad de elaborar y expender los medicamentos en oficinas ¿i? su propiedad; y aún suponiendo lo que rotundamente negamos que por impos.ciones en lo mudado de los tiempos, se estimara oportuna engolfarse en el estudio de tal reforma, nadie negará que no en el Régimen local y sí en la especial de Sanidad ó quizá mejor en la destinada al ejercicio de la Farmacia corresponde preceptuar
El Restaurador Farmacéutico 429
lo que se estime necesario, para que ese ejercicio responda dentro de las más altas previsiones á la defensa de los intereses públicos.
Y parecerá á todos natural y lógico, que estando sometido por el Gobierno á la deliberación de las Cortes el proyecto de bases para la ley de Sanidad, y ya discutido el dictamen correspondiente en su totalidad por la alta Cámara, cuyo dictamen consigna todo lo relativo á la Farmacia en su ejercicio, limitárase el proyecto del Régimen local á ratificar el sabio precepto, número 78, de la ley Municipal vigente, consignado también en las anteriores, según el cual «los funcionarios destinados á servicios profesionales tendrán la capacidad y condiciones que en las leyes relativas á aquéllos se determinen». Y así también se limitara el proyecto á mantener el dictado del artículo 73 de la misma ley donde dice en su número 6 que «las atribuciones de los Ayuntamientos en el ramo de Beneficiencia serán y se entenderán siempre sin perjuicio de la alta inspección que al Gobierno confiere la legislación vigente sobre beneficencia general y particular».
Con esto basta, á juicio del Colegio informante en nombre propio (Continuará)
TRIBUNAL SUPREMO
SENTENCIA
[Continuación)
Considerando por lo expuesto que la Audiencia provincial de esta Corte, al entenderlo así no ha incurrido en el error de derecho é infracción de ley que el recurso supone;
Fallamos que debemos declarar y declaramos no haber lugar al interpuesto por Baldomero«Galán y*Galán, á quien condenamos en las costas y al pago, si mejorase de fortuna, de ¡125 pesetas por razón de depósito no constituido. Comuniqúese esta resolución á la Audiencia •de esta Corte á los efectos oportunos.
43° El Restaurador Farmacéutico
Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Gaceta de jí/aúfoV/é insertará en la Colección legislativa, lo pronunciamos, manda mos y firmamos.=Alvaro Landeira.==Juan de D. Roldán.-^—M. López de Sá.=Nazario Vázquez.=Ricardo J. Ortiz.===Félix de Aramburu.= Jüan Francisco Ruiz.
Publicación.—Leida y publicada fué la anterior sentencia por el excelentísimo Sr. D. luán de D. Roldán, magistrado del Tribunal Supremo, celebrando audiencia pública en Sala de lo crimininal en el día de hoy de que certifico como secretario de ella.
Madrid, 13 de 1912.—José María Armada. (Gaceta del 23 de Septiembre de 1912).
Nuevos medicamentos
jflspirina soluble.—Con este nombre, la casa Bayer propone un producto que presenta algunas ventajas sobre la aspirina;este producto mejorado no es otra cosa que el acetilsalicilato de calcio. Este derivado es un polvo blanco, fácilmente soluble en el agua y que está en el co. mercio, yá en este estado, ó en forma de pastillas comprimidas; su sa-sabor es nulo. Es necesário no conservar más de dos ó tres dias estas soluciones ó mixturas conteniendo el medicamento, ya que puede haber una débil descomposición con formación de ácido acético: además se evitará la adición de productos ácidos. Este compuesto puede reemplazar a la aspirina en todos los casos.
¿(exal.—Es el sulfosalicilato de hexametilenetetramina (CH2)6N4. S03H.C6H3.OH.C02H. Es un polvo blanco, soluble en el agua, apenas sóluble en el alcohol. La solución calentada á 45o deja percibir el olor picante del formaldehido y da por adición de percloruro de hierro una bella coloración roja violeta. El hexal es utilizado en las inflamaciones crónicas ó agudas de la vegiga en la blenorragia, la diátesis úrica, las afecciones de los ríñones, etc. La dósis es de nn gramo, tres ó seis veces al día. Se encuentra este medicamento en polvo, ó en tablelas conteniendo 0*50 gramos de hexal.
El Restaurador Farmacéutico 431
Cannaphtol.—Es un producto de condensación del benzonaftol y el tannato de albúmina, se le emplea al interior contra la diarrea á la dosis de medio á un gramo, puede utiiizársele igualmente para uso externo en el tratamiento de llagas ó en forma de polvo contra los sudores miiy abundantes.
Se emplea también en medicina veterinaria, para los bueyes y c a ballos 8, IO y 25 gramos al día; para animales más pequeños la dosis serán de 1 á 3 gramos.
Xa federacióri Jnternacioqal ^ar¡r¡acéutica.—l^2L Federación Internacional Farmacética ha celebrado su primera reunión general el 25 de Septiembre de 1912, en La Haya.
Los delegados de los Gobiernos y de las Asociaciones nacionales, así como los miembros de la Comisión provisional, nombrada en el Congreso de Bruselas, se reunieron dicho dia en una de las salas de la Administración de Puentes y Carreteras, en donde fueron presentados á S. E, el Ministro del Interior.
En seguida se abrió la sesión bajo la presidencia de M. Schoepp, en reemplazo de M. Van Ledden-Hulsebosch, que no pudo asistir. Presidente de la Comisión provisional.
El presidente dió lectura á ur largo discurso, al que contestó el Ministro.
En 2.0 lugar se hizo la rendición de cuentas del Secretario general de la Comisión provisional, M. Hoffman,
3.0 NombramientoMel Comité central de la Federación Internacional Farmacéutica y dimisión de la Comisión provisional, constituida por el Congreso de Bruselas.
4.0 Nombramiento de una Junta compuesta de un Presidente, cuatro Vicepresidentes, un Secretario y un Secretario adjunto.
Fueron nombrados: Presidente, el Dr. L. van Itallie, de Leyden; Vicepresidentes: M. M. H. Salzmann, de Berlin; Dr. H. Martin, de París; Edm. White, de Londres, y Val. Haazen, de Amberes. Secretario: M. J. J. Hoffman, de La Haya, y Secretarios adjuntos: M. M. Dr. A. Schamelhout, de Bruselas, y H. J. Móller, de Copenhague.
La Asamblea se ocupó después de diferentes cuestiones, entre
432 El Restaurador Farmacéutico
otras de la fecha y lugar de la próxima Asamblea general, punto sobre el cual no ha sido posible ponerse de acuerdo, habiendo quedado encargada la Junta de solucionarlo.
Por la noche se reunieron en un banquete, al que asistió el Ministro del Interior, durante el cual éste comunicó á los reunidos la promoción de M. L. O. van, Ledden-Hulsebosch, á oficial de la Orden Orange-Nassau.
farmacéuticos njilifares.—Con el fin de cubrir diez vacantes de farmacéuticos segundos del Cuerpo de Sanidad militar, se ha dispuesto que se convoquen oposiciones, comenzando los ejercicios el día 2 de Enero próximo; á las diez de la mañana, en el Laboratorio cential de medicamentos de Madrid, establecido en la calle de Amaniel, número 36, con arreglo al reglamento y programa aprobados por real orden circular de 19 de Agosto último. Los doctores ó licenciados en Farmacia que deseen tomar parte en la convocatoria deberán presentar sus instancias documentadas en el negociado de Farmacia de la Sección de Sanidad militar del ministerio de la Guerra hasta el día 20 de Diciembre próximo á la una de la tarde, en que se cerrará el plazo para la firma de los actuantes.
J/ecrologia.—EX día 24 de Septiembre último falleció D. Manuel Roura Señan, padre del Farmacéutico de Guisona D. Enrique Roura.
Reciba el compañero y familia, nuestro más sentido pésame.
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ha adoptado las tres formas: granular, e l íxir é inyectable, teniendo cada una de ellas ventajas para suministrar al organismo los principios medicamentosos.
/0 Phosphorrenal- Robert (granular) Composición.—Gomo su nombre lo indica entra en su composición
el PhO y AsO combinados con el ONa4 y el OCa, el ácido nucleínico y la estrignina. Sirviéndole de vehículo la sacarosa.
Dosis . —Una cucharada pequeña, niños media cucharada. Después ó antes de las dos principales comidas
2.0 phosphorrenal-Robert con nuez de J(0¡a (granular) Compos ic ión .— La misma anterior más 10 0/0 de nuea de kola. Dosis.—Idem anterior.
3.° phosphorrenal- 7(oberi sin azúcar (granular) C o m p o s i c i ó n . —La misma que el 1.° pero con gluten en vez de azúcar. Dosis.—Idem que el primero.
•.0 phosphorrenal- Robert (elíxir) Composición.—La misma que el 1.° pero en forma de elíxir. Dosis.—Idem. I.0
5.° phosphorrenal- Robert ferruginoso (elíxir) Composición.—Idem anterior más metil-arsinato de hierro 3 */« cen
tigramos por cucharada pequeña. Dosis.—Idem l.0
5.° phosphorrenal-Robert con yodo (elíxir) Composic ión .—Idem anterior más 5 centigramos de yodo por cucha
rada pequeña. » Dosis.—Idem anterior.
r.0 phosphorrenal-7(obert (iuyectable) eomposición.—Como su nombre lo indica entra en su composición
el Ph, el As y el ácido nucleínico combinados con el Na y además la estrignina sirviéndoles de vehículo el agua destilada.
Dosis.—De 1 á 2 cm.3 5.° Phosphorrenal- Jtobert ferruginoso (inyectable)
Composición,—Idem anterior más 2 centigramos de cacodilato de Fe por I cm.3
Dosis.—De 1 á 2 cm.* 9.0 phosphorrenal-7{oberi recalcificador (grtnulat)
Composic ión.—Como su nombre lo indica entra en su composición le Ph y el As. Ademas el acido nucleínico, el fosfato tricalcio el carbonato calcio, óxido de magnesia y la cebada g-erminada (malte), sirviéndole de vehículo la sacarosa.
Dosis.—Idem. 1.°
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