![Page 1: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/1.jpg)
![Page 2: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/2.jpg)
![Page 3: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/3.jpg)
• Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que:
• «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.»
![Page 4: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/4.jpg)
![Page 5: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/5.jpg)
• En esta convención se reafirma la fe en los derechos humanos, en el valor y la dignidad de derechos entre géneros. Además, considera que es necesario reafirmar el principio de No discriminación y proclama el principio de igualdad sin distinción alguna.
![Page 6: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/6.jpg)
• Establece que los Estados deben:
• Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y prácticas basadas en la inferioridad de una de los sexos.
• Garantizar una educación familiar que incluya la comprensión a la maternidad como función social y reconocimiento a la responsabilidad común de hombres y mujeres.
![Page 7: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/7.jpg)
![Page 8: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/8.jpg)
• Este código de aprobó en 1998, como marco jurídico básico para la protección integral de los derechos de los menores de edad.
![Page 9: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/9.jpg)
• Artículo 12: Declara el derecho inalienable de la niñez a la vida y la protección de sus derechos.
• Artículo 13: prohíbe cualquier trato cruel y degradante o forma de abuso y explotación de las personas menores de edad.
• Artículo 14: defiende el derecho de las niñas, niños y adolescentes a tener sus propias ideas y creencias y consagra su derecho a la libre expresión.
![Page 10: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/10.jpg)
• Artículo 19: Contempla la obligación de las instituciones públicas de brindar auxilio y protección a las personas menores de edad, frente a cualquier daño.
• Artículo 24: Establece el respeto a la integridad física, psíquica y moral.
• Artículo 25: Se refiere al derecho a la privacidad.
• Artículo 27: Se refiere al derecho de imagen.
![Page 11: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/11.jpg)
N ° 8589
![Page 12: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/12.jpg)
• Esta ley se aprobó el 25 de abril del 2007 y pretende eliminar la violencia doméstica ejercida contra las mujeres.
![Page 13: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/13.jpg)
• Artículo 21: impone una pena de 20 a 35 años de prisión a quien comenta un femicidio (asesinato de una mujer).
• Artículo 22: Se impondrá una pena de seis meses a dos años a aquella persona que agreda o lesione
• Artículo 25: Será sancionada con pena de prisión de seis meses a dos años, la persona que reiteradamente, de manera pública y privada lastime emocionalmente a una mujer.
![Page 14: Nuestra Constitución Política establece en su artículo 33, que: «Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062315/5665b4a21a28abb57c92d374/html5/thumbnails/14.jpg)
• Artículo 26: Restricción a la autodeterminación. Se le impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años a quien, mediante amenaza, violencia o intimidación u otro, mantenga una relación de unión obligatoria con una mujer.