7/16/2019 NORMAS QUE RIGEN EN COLOMBIA PARA MI PROFESIÓN
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INSTITUCIONAL IV NORMAS QUE RIGEN EN COLOMBIA PARA MI PROFESIÓN
(ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS)
PRESENTADO POR:
RODRIGO ERNESTO RAMÍREZ CASTILLO
DOCENTE:
JOHN VARGAS ORTÍZ
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
INSTITUCIONAL IV
NEIVA-HUILA
2013
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INSTITUCIONAL IV NORMAS QUE RIGEN EN COLOMBIA PARA MI PROFESIÓN
(ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS)
De acuerdo al marco legal de mi profesión, Administración de empresas, se
enmarca legalmente en la ley 60 de 1981 por la cual se reconoce la profesión de
Administración de Empresas y se dictan normas sobre su ejercicio en el país; en
esta ley se fijan artículos como por ejemplo; el articulo primero que identifica
claramente el contenido de la administración de empresas; la implementación de
los elementos y procesos encaminados a planear, organizar, dirigir y controlar
toda actividad económica organizada para la producción, transformación,
circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios;en su articulo segundo, reconoce a la administración de empresas como una
profesión a nivel superior universitario y de carácter científico cuyo ejercicio en el
país queda autorizado y amparado mediante la ley nombrada anteriormente.
La profesión de Administrador de empresas tiene un amplio campo de aplicación;
organización de recursos materiales y humanos, ser administrador implica
detectar, prevenir y corregir errores en la planeación de los trabajos de las
personas; comprende todas las Organizaciones Humanas; es de destacar que laprofesión de Administrador de empresas siempre busca emprender el trabajo
humano, el comprender el área de calidad humana; entre otras cosas para poder
ejercer esta magnifica profesión se debe tener el titulo profesional expedido por la
Institución de Educación Superior aprobada por el Gobierno Nacional, Matricula
Profesional, expedida por el Consejo Profesional de Administración de Empresas,
es pertinente precisar que esos títulos profesionales y matriculas deben estar,
refrendados y registrados por la Universidad respectiva, autenticado por la
autoridad competente y legalizado e inscrito en el Ministerio de EducaciónNacional. También mediante esta ley se creó un cuerpo colegiado “el Consejo
Profesional de Administración de Empresas” el cual está integrado por: El Ministro
de Educación Nacional o su delegado. El Ministro de Desarrollo Económico o su
delegado. Dos representantes de las Facultades o Escuelas Universitarias,
oficialmente aprobadas que otorguen el título de Profesional en Administración de
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INSTITUCIONAL IV Empresas, elegidos por los Decanos y Directivos respectivos. Por lo menos uno
de los representantes deberá pertenecer a una Facultad o Escuela Universitaria
que tenga su sede fuera de Bogotá. Dos representantes de la Asociación de
Administradores de Empresas o sus equivalentes, que estén legalmente
constituidas, los cuales serán elegidos en la Asamblea General de Asociaciones.
Por lo menos uno de estos representantes deberá pertenecer a una Asociación
que tenga su sede fuera de Bogotá. Un representante de las agremiaciones
empresariales elegido por la Presidencia de la República. Otro punto a destacar es
que quien ejerza esta profesión ilegalmente se sancionará con multas sucesivas
de acuerdo con la reglamentación que al respecto dicte el Gobierno Nacional. En
la Ley se fijan las áreas específicas de la actividad de los Administradores de
Empresas, a ejercer en forma individual o asociada; se entiende por firma u
organización de Administradores de Empresas Asociados, la persona jurídica que
se dedica a la prestación de servicios propios de la Administración de Empresas,
bajo la dirección y responsabilidad de estos y previa autorización de
funcionamiento del Consejo Profesional de Administración de Empresas. Cuando
los profesionales en Administración de Empresas obtienen su titulo profesional,
tiene un plazo de dos años para cumplir con el requisito de inscripción y obtención
de la matricula nombrada anteriormente. Actualmente la Ley 60 de 1981 así como
la Tarjeta y la Matrícula Profesional tienen plena vigencia, vale la pena recordar
que por el Decreto 1122 de 1999 (estatuto antitrámites), se pretendió eliminar las
tarjetas profesionales, pero esto fue declarado inconstitucional, según la Sentencia
C-923 de 1999 de la Corte Constitucional. Otra de las normas que reglamentan o
rigen La Administración de Empresas ; es el Acuerdo No. 003, Julio 9 de 1987
Por el cual se dicta el Código de Ética Profesional para los Administradores de
Empresas, principalmente para la actuación que deben seguir los profesionales.
En Conclusión; para mejorar el desempeño actual de los administradores de
empresas es importante que se actualice el código de ética; ya que esté es muy
viejo y existen otros lineamientos a observar; me ha sido de gran importancia
detenerme a observar las leyes que rigen mi carrera por cuanto me ayudarán a un
mejor desempeño en mi futuro como profesional; y más importante aun que todos
los que sean profesionales y aun no lo somos; apliquemos en su totalidad las
leyes que nos rigen.