MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN - TARAPOTO
El Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP
Oficina de Programación e Inversiones – OPI/MPSM
Ing. Javier Sinti Flores
Abril 2011
Estado CiudadanoProyecto deInversión Pública
El SNIP busca certificar la calidad de los proyectos
•El Sistema Nacional de Inversión Pública
Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestión que actúan como
normas de calidad (certifican conductas)
¿Qué es el ?
Sistema administrativo del Estado que actúa como un sistema de certificación de calidad de los proyectos de inversión pública.
Su finalidad es optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión a través de principios, procesos, metodologías y normas técnicas
Marco Normativo actual Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nos. 28522
y 28802 y por los D. Leg Nos1005 y 1091.
Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº 102-2007-EF, modificado por DS N°185-2007-EF, DS N° 038-2009-EF y Cuadragésima Quinta DF de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010.
Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº 002-2009-EF/68.01, modificada por RD N° 003-2009-EF/68.01 y RD N° 004-2009-EF/68.01.
Nueva Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº 003-2011-EF/68.01, publicada en el Diario “El Peruano” el 09-04-2011.
RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM Nº 314-2007-EF/15.
ANTESLey 27293ReglamentoDirectiva GeneralDirectiva de Gobiernos Regionales y LocalesDirectiva de PIP MenorDirectiva de Programas de InversiónRM de Delegaciones
HOY
Ley 27293 (modificada por Leyes 28802 y 28522; D. Leg. 1005 y 1091)
Reglamento
Directiva General
RM delegaciones
Normatividad del
Toda intervención limitada en el tiempo
Que utiliza total o parcialmente recursos públicos
Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, recuperar o rehabilitar la capacidad productora de bienes o servicios de una EntidadCuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto
Debe constituir la solución a un problema vinculado a los fines y competencias de una Entidad, pudiendo ejecutarse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.
Proyecto de Inversión Pública
NO SON PIPs:Las intervenciones que constituyen
gastos de operación y mantenimiento. La reposición de activos que:
◦ (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable;
◦ (ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; o
◦ (iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios.En general, la reposición de activos es el reemplazo
de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones
OJO
Se consideran Recursos Públicos a:
Todos los recursos financieros y no financieros;
de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público.
Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento.
Incluye a los recursos provenientes de cooperación técnica no reembolsable (donaciones y transferencias).
Incluye a todos los que puedan ser recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas a las normas del SNIP.
Recursos Públicos
Unidad(es) Ejecutora(s)
Unidad(es) Formuladora(s)
Oficina de Programación e Inversiones
AlcaldePresidenteMinistro
Órgano Resolutivo
En cada Gobierno Local
En cada Gobierno Regional
En cada Sector
DGPM
Integrantes del
Órganos Conformantes del SNIP
MEF
DGPM
ORGANO RESOLUTIVO
OPI
UE UF
29 Sectores
26 GR789 GL
844 OPIs
1936 UF
WWW.mef.gob.pe
Al rededor de 3500 funcionarios y técnicos involucrados
Órgano Resolutivo
RECORDAR: Designa al órgano que realizará las
funciones de OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local, debiendo ser distinto a los órganos encargados de la formulación y/o ejecución de los proyectos.
Designa al Responsable de la OPI, siendo de su responsabilidad que la persona cumpla con el Anexo SNIP 14 - Perfil Profesional del Responsable de OPI.
Esta designación no requiere Resolución ni documento adicional. Solamente requiere el Formato SNIP 02 firmado por el OR.
Oficina de Programación e Inversiones – OPI Es el órgano técnico del SNIP en cada Sector,
Gobierno Regional y Gobierno Local. En el nivel Regional o Local, sus FUNCIONES
están relacionadas al ámbito institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, en el marco de sus competencias, establecidas por la normatividad de la materia.
Las OPIs de los GR y GL declaran la viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que no se financien con endeudamiento, que sean de su competencia y formulados por sus UFs.
Las OPI Sectoriales aprueban los estudios de preinversión de los proyectos y Programas de Inversión financiados con endeudamiento.Para PIP > S/.10 millones, la OPI puede autorizar el “salto” de Perfil a Factibilidad siempre que en el Perfil se haya identificado, sustentado y definido la alternativa a ser analizada en el estudio de Factibilidad
Oficina de Programación e Inversiones – OPILas OPIs de los GR y GL declaran la
viabilidad de los PIP o Programas de Inversión que se financien con endeudamiento interno, siempre que el monto de inversión del PIP no supere los S/.10 millones.
Para los PIP o Programas de Inversión que no se financien con endeudamiento, aprueba expresamente los TdR de:
perfil > 30 UIT (+ de S/.106 500) prefactibilidad > 60UIT (+ de S/. 213
000) factibilidad > 120UIT (+ de S/. 426 000)
La aprobación expresa de la OPI es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio.
Oficina de Programación e Inversiones – OPI Suscribir los Informes Técnicos de evaluación, así
como los formatos que correspondan. Visar los Resúmenes Ejecutivos de los estudios de
preinversión. Velar por la aplicación de las recomendaciones
que formule la DGPM, así como, cumplir con los lineamientos que dicha Dirección emita.
La persona designada como Responsable de una OPI NO puede formar parte directa o indirectamente de una UF ni de una UE.
Opinión técnica sobre PIP en cualquier fase del Ciclo del Proyecto.
Opinión favorable sobre cualquier cambio de la información de un estudio o registro en el BP para PIPs que evalúa. La OPI podrá solicitar la información necesaria.
Unidad Formuladora - UF Elabora, suscribe y registra los estudios de
preinversión. Poner a disposición de DGPM u OPI toda la
información del PIP, en caso sea solicitada. Las UF-GR y UF-GL, solamente pueden
formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno.
Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicación de proyectos.
Cuando los gastos de O&M están a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF del PIP, debe solicitar la opinión favorable de dicha entidad antes de remitir el Perfil para su evaluación (independientemente del nivel de estudio con el que se pueda declarar la viabilidad)
Unidad Ejecutora - UE Debe ceñirse a la viabilidad para la elaboración de
Estudios Definitivos o Expedientes Técnicos y ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien los apruebe y del responsable de la UE.
Elabora y suscribe el Formato SNIP -15, informando sobre la consistencia entre el ED o ET detallado y el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad.
Elabora el Informe de Cierre del PIP.
Informa al órgano que declaró viabilidad, toda modificación en fase de inversión.
Retroalimentación
Fin
Postinversión
Operación y Mantenimiento
Inversión
Estudios Definitivos/Expediente
Técnico
Ejecución
Preinversión
Perfil
Pre factibilidad
Factibilidad
Idea
*
*La declaración de viabilidad es un requisito para pasar de la
fase de preinversión a la fase de inversión.
EvaluaciónEx post
Ciclo del Proyecto
Recordatorios En esta fase se elaboran Perfil,
Prefactibilidad y Factibilidad. La elaboración del perfil es obligatoria. En cada estudio de preinv. se busca
mejorar la calidad de la información proveniente del estudio anterior a fin de reducir el riesgo en la decisión de inversión.
El órgano responsable de la evaluación del PIP, podrá recomendar estudios adicionales a los requeridos para dar la viabilidad, dependiendo de las características o de la complejidad del proyecto.
Formulación de Estudios de Preinversión• RECORDAR: Los estudios de preinv. se
elaboran según Contenidos Mínimos, parámetros, metodologías y normas técnicas que se dispongan.
La responsabilidad por la formulación de los PIP es siempre de una Entidad del Sector Público sujeta a las normas del SNIP.
Los PIP registrados en el BP antes del 10.02.2009, mantienen la clasificación funcional programática en la que hubieren sido registrados.
Los PIP que se formulen y registren en el Banco de Proyectos a partir del 10.02.2009 se registran según nuevo Clasificador Funcional Programático
PIP MenorHasta S/. 1 200 000.Nuevo Perfil Simplificado (Formato SNIP 04)Nueva Ficha de Evaluación (Formato SNIP 06)Plazo de evaluación: 10 días hábilesNo aplica Protocolo de EvaluaciónSe copia a UF y DGPM Formatos de Evaluación
y de Viabilidad.Si durante la evaluación de un PIP “mayor” se
vuelve PIP Menor, la OPI puede evaluarlo como PIP Menor o “mayor”.
Ya no existe el PIP Menor de Equipamiento
Evaluación de Proyectos “mayores”Se utiliza el Protocolo de
Evaluación Cuando se declara la viabilidad
de un PIP ya sea con Perfil, Prefactibilidad o Factibilidad) se remite copia a DGPM de:◦Formato SNIP 09 (Declaración de
Viabilidad)◦Informe Técnico◦Protocolo de Evaluación
Plazo: 05 días hábiles
Declaración de ViabilidadLa viabilidad de un proyecto es
requisito previo a la fase de inversión. Se aplica a un PIP que a través de estudios de preinv. evidenció ser socialmente rentable, sostenible y compatible con los Lineamientos de Política.
La DGPM cautela que las declaraciones de viabilidad reúnan los requisitos de validez técnica y legal, dispone
las acciones respectivas según cada PIP, y las sustenta y registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP.
Declaración de Viabilidad
Solo podrá otorgarse si:La intervención es un PIP, de acuerdo a las
definiciones establecidas.No se trata de un PIP fraccionado.La UF tiene las competencias legales para
formular el PIP.La OPI tiene la competencia legal para
declarar la viabilidad del PIP.Los PIP no están sobredimensionados
respecto a la demanda prevista y los beneficios del proyecto no están sobreestimados
Declaración de ViabilidadPara que la OPI declare la viabilidad de
un PIP, debe contar como mínimo con:Perfil Simplificado: hasta S/.1’200,000Perfil (An. 5A): de S/.1’200,000 a
S/.6’000,000Perfil An. 5B + Prefactibilidad : de
S/.6’000,000 a S/.10’000,000Perfil (y Prefactibilidad) + Factibilidad: Más
de S/.10’000,000. OPI puede autorizar “salto”.
DGPM autoriza excepciones de niveles superiores de estudio. Plazo: 10dh
La ejecución de un PIP sólo deberá iniciarse si se efectuó el registro del Formato SNIP – 15 en el Banco de Proyectos.
Ejecución del PIP
Informe de Cierre
Lo elabora la UE cuando:PIP ha sido totalmente ejecutado y
liquidadoCuando ya no corresponde continuar con la
ejecución del PIPLa OPI institucional registra el Informe
de Cierre en el BP.
Registro no implica aceptación ni conformidad de la OPI sobre el contenido del mismo.
RECORDATORIOS: Un PIP se encuentra en la fase
de postinversión una vez que ha culminado totalmente la ejecución del PIP.
Comprende la operación y mantenimiento del PIP ejecutado, así como la evaluación ex post.
La Entidad a cargo de la O y M del PIP, ejecuta las actividades, operaciones y procesos necesarios para su producción de acuerdo a lo previsto en el estudio que sustentó su declaración de viabilidad.
El OR correspondiente debe velar por que el PIP cuente con un mantenimiento adecuado.
Fase de Postinversión
Convenio SNIP 11OBJETO: GL sujeto al SNIP encarga la
evaluación de sus PIP a otro GL sujeto al SNIP o a su GR.
GL encargante al incorporarse informa a DGPM que no tiene OPI y que ha suscrito este Convenio.
Si se encarga a otro GL, debe ser colindante al encargante o estar en su mismo departamento.
Convenio SNIP 11
Funciones que se encargan: Evaluación del PIP y Verificación de
viabilidadRegistros en el BP relacionadosEn general todas las que deba hacer una
OPILa OPI encargada registra Convenio en el
BP OJO: La DGPM remite la clave de acceso al BP a la
OPI encargada
Convenio SNIP 12OBJETO: GL sujeto al SNIP
formula, evalúa y declara viable PIPs de GL no sujeto.
OPI del GL sujeto al SNIP registra el Convenio en el BP
Cuando UF registra PIP del GL no sujeto, en el BP, debe dejar constancia del Convenio en la Ficha de Registro del PIP
Convenio SNIP 13OBJETO: GN ó GR pueden
formular PIPs de competencia municipal exclusiva, siempre que firmen este Convenio con el GL respectivo
La UF que formula PIP de competencia municipal exclusiva, registra Convenio en el BP
Debe indicarse expresamente el PIP objeto del Convenio
Mediante la COEJECUCIÓN, más de una Entidad va a participar en la ejecución de diferentes componentes o metas en un solo Proyecto de Inversión Pública. (Es posible tener más de una Unidad Ejecutora en un PIP).
Mediante el COFINANCIAMIENTO una Entidad transfiere a otra recursos para la ejecución de un Proyecto de Inversión Pública.
Coejecución y Cofinanciamiento
Muchas Gracias.
http://mef.gob.pe/DGPM