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Residuos Peligrosos
Módulo 4.
Ing. Martin Monsivais
4.9 Acopio y recolección
ACOPIO DE RESIDUOS PELIGROSOS
Acción de reunir los residuos de una o
diferentes fuentes para su manejo.
CENTRO DE ACOPIO DE RESIDUOS PELIGROSOS
Instalación autorizada por la Secretaría para la prestación
de servicios a terceros en donde se reciben, reúnen,
trasvasan y acumulan temporalmente residuos peligrosos
para después ser enviados a instalaciones autorizadas
para su tratamiento, reciclaje, reutilización, co-
procesamiento o disposición final;
REGLAMENTO De La Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos,
TÍTULO PRIMERO, DISPOSICIONES PRELIMINARES, Art. 2. Fracc. I, II y V
ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS
Acción de retener temporalmente los residuos peligrosos en áreas que cumplen con las condiciones
establecidas en las disposiciones aplicables para evitar su liberación, en tanto se procesan para su
aprovechamiento, se les aplica un tratamiento, se transportan o se dispone finalmente de ellos.
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos -
,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 82, Fracc. I.
◆ a) Estar separadas de las áreas de oficinas y de
almacenes.
◆b) Estar ubicadas en zonas de bajo riesgos.
◆c) Contar con dispositivos para contener posibles
derrames.
◆d) Fosas de retención con capacidad para contener
una quinta parte.
◆e) Contar con pasillos.
◆f) Contar con sistemas de extinción de
incendios y equipos de seguridad para atención
de emergencias.
◆g) Contar con señalamientos y letreros alusivos
a la peligrosidad de los residuos peligrosos.
◆h) El almacenamiento debe realizarse en
recipientes identificados.
◆i) La altura máxima de las estibas será de tres
metros.
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
-,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 82, Fracc. I.
Áreas cerradas:
◆a) No deben existir conexiones con drenajes o
cualquier otro tipo de apertura
◆b) Las paredes deben estar construidas con
materiales no inflamables;
◆c) Contar con ventilación natural o forzada.
◆d) Contar con ventilación suficiente para evitar
acumulación de vapores peligrosos y con iluminación
a prueba de explosión.
◆e) No rebasar la capacidad instalada del almacén.
Áreas abiertas:
◆a) Estar localizadas en sitios libre de
inundación.
◆ b) Los pisos deben ser lisos y de material
impermeable resistentes a los residuos peligrosos
◆c) En los casos de áreas no techadas, no
deberán almacenarse residuos peligrosos a
granel o deben estar cubiertos con algún material
impermeable para evitar su dispersión por viento.
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CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Punto 6.3, apartado 6.3.5
El área de almacenamiento temporal de residuos peligrosos biológico-infecciosos debe:
a) Estar separada de las áreas de pacientes, almacén de medicamentos y materiales para la atención de los mismos, cocinas,
comedores, instalaciones sanitarias, sitios de reunión, áreas de esparcimiento, oficinas, talleres y lavanderías.
b) Estar techada, ser de fácil acceso, para la recolección y transporte, sin riesgos de inundación e ingreso de animales.
c) Contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles, el acceso a esta
área sólo se permitirá al personal responsable de estas actividades.
d) El diseño, construcción y ubicación de las áreas de almacenamiento temporal destinadas al manejo de residuos peligrosos
biológico-infecciosos en las empresas prestadoras de servicios, deberán ajustarse a las disposiciones señaladas y contar
con la autorización.
e) Los establecimientos generadores de residuos peligrosos biológico-infecciosos que no cuenten con espacios disponibles
para construir un almacenamiento temporal, podrán utilizar contenedores plásticos o metálicos para tal fin.
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Punto 5.1EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Punto 6.3, apartado 6.3.3
El periodo de almacenamiento temporal estará sujeto al tipo de establecimiento
generador, como sigue:
(a) Nivel I: Máximo 30 días.
(b) Nivel II: Máximo 15 días.
(c) Nivel III: Máximo 7 días
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
-,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 46, Fracc. I-V
◆Identificar y clasificar los residuos peligrosos.
◆ Manejar separadamente los residuos peligrosos y no mezclar
aquéllos que sean incompatibles entre sí.
◆Envasar los residuos peligrosos generados de acuerdo con su estado
físico, en recipientes cuyas dimensiones, formas y materiales reúnan las
condiciones de seguridad
◆Marcar o etiquetar los envases que contienen residuos peligrosos con
rótulos que señalen nombre del generador, nombre del residuo
peligroso, características de peligrosidad y fecha de ingreso al almacén.
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-054- SEMARNAT-1993 EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
-,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 71, Fracc. I EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
CUMPLIR CON CONDICIONES BÁSICAS PARA LAS
ÁREAS DE ALMACENAMIENTO
Los grandes generadores de residuos peligrosos
deberán presentar anualmente ante la Secretaría
un informe mediante la Cédula de Operación
Anual
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos -,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 72
Las bitácoras de los grandes y pequeños
generadores se conservarán durante cinco años.
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos -,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 75, Fracc. I. Los seguros se propondrán para dar certeza
sobre la reparación de los daños que se pudieran
causar por la generación de residuos peligrosos,
durante la prestación de servicios en esta materia
y al término del mismo, incluyendo los daños por
la contaminación así como la remediación del
sitio.
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos -,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 76, Fracc. IIEMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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Recolección y Transporte
de Residuos Peligrosos
Ing. Martin Monsivais
Cumplimiento para la recolección y transporte de
residuos peligrosos
◆Verificar el etiquetados e identificados, también
envasados y embalados.
◆Contar con un plan de contingencias.
◆Capacitación al personal de transporte.
◆Solicitar al generador manifiesto (original y dos
copias).
◆Revisión de compatibilidad
◆RPBI debe transportarse por separado.
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos -,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 85, Fracc. I-VI
NOMBRE DEL GENERADOR: THYSSENKRUPP BILSTEIN SASA FECHA:
DOMICILIO: EJE 124 Nº 125 ZONA INDUSTRIAL AREA:
CIUDAD: SAN LUIS POTOSI EDO. S.L.P. C.P. 78395 TELEFONO: 444 870 70 61
NOMBRE DEL RESIDUO:
DESTINATARIO FECHA DE ENVIO:
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA: EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
DOMICILIO: PINTORES No. 175, PARQUE INDUSTRIAL IMPULSO, S.L.P. TELEFONO: 444 824 2429
CIUDAD: SAN LUIS POTOSI EDO. S.L.P. N.R.A.: EAMBB2402811 (24-II-02-2010)
DURANTE SU MANEJO O EMERGENCIA CARACTERISTICAS
USE EL SIGUIENTE EQUIPO DE SEGURIDAD CORROSIVIDAD C
REACTIVIDAD R
TRAJE TYVEX EXPLOSIVIDAD E
CASCO PROTECTOR TOXICIDAD T
LENTES DE SEGURIDAD X AMBIENTAL X Te
GUANTES DE SEGURIDAD X AGUDA Th
BOTAS DE SEGURIDAD X CRONICA Tt
RESPIRADOR CON FILTROS INFLAMABILIDAD I
MASCARILLA BILOLOGICA-INFECCIOSO BFAM -016
18-Oct-08
PROHIBIDA SU DISPOSICION EN SITIOS NO AUTORIZADOS POR SEMARNAT
CODIGO DE PELIGROSIDAD DE
LOS RESIDUOS (CPR)
RESIDUOS PELIGROSOS
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Cumplimiento para la recolección y transporte de
residuos peligrosos
◆Por cada embarque de residuos, el generador
deberá entregar al transportista un manifiesto
◆El transportista conservará una de las copias, el
destinatario de los residuos peligrosos conservará
otra de las copias del manifiesto
◆Entrega de original un plazo de sesenta días
naturales.
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los
Residuos -,DOF Noviembre 30, 2006, Título Cuarto, Capítulo IV, Art. 86, Fracc. I-IV
Unidad para el
transporte de Residuos
Biológicos Infecciosos
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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Unidad para el
transporte de
Residuos Peligrosos
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
DESTINO DE LOS RESIDUOS
conducción de la política en materia de
prevención, valorización y gestión integral de los
residuos
RECICLAJEREUTILIZACIÓN CO-PROCESAMIENTO
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos -,DOF octubre 8,
2003, Título Primero Disposiciones Generales, Art. 2, Fracc. III
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Posibles procesos que permiten restituir
economicamente y ambientalmente viable
Minimización, reducción
Aprovechamiento, recuperación y reciclaje
Tratamiento físico, químico y/o biológicoEsterilización
Co-procesamiento
Confinamiento
Basura industrial, Textil contaminado, Envases vacíos, Equipo de seguridad contaminado y
Lodos aceitosos
Lodos contaminados, tierra contaminada, desechos de laboratorio,
químicos caducos
Aceite sucio, Solvente sucio, Agua contaminada, escorias con
metales pesados, metales,..
Lodos contaminados con metales pesados, polvos de proceso, lodos tratados
Capacitación y Asesoría
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
Incineración No anatómicos, punzocortantes, anatómicos, cultivos, cepas
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos -,DOF octubre 8,
2003, Título Primero Disposiciones Generales, Art. 2, Fracc. VIII y XII
Fundición de escorias con metales pesados
Destiladora Aceite sucio y Solvente sucio
Planta de tratamiento de Agua contaminada
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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Planta de tratamiento físico-químicoPlanta de
Tratamiento
Esterilización
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
Co-procesamientos
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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12
Incineración
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
Confinamiento controlado
EMPRESA AMBIENTAL, S.A. DE C.V.
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13
Gracias!Alguna
duda?
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