Marzo de 2006
Secretaría de la Contraloría General
Contraloría Social en Programas Sociales
Federales
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Contraloría Social
Es la participación de la ciudadanía en elcontrol, vigilancia y evaluación de las obras o acciones que realiza el gobierno, para contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realice en términos de eficacia, honradez y transparencia.
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La participación activa y responsable de todos los sectores de la sociedad :
a) Lucha contra la corrupción y
b) Promoción de una cultura de la transparencia y rendición de cuentas.
Contraloría Social
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Contralor Social
Es un ciudadano con el interés de asegurarse de que el manejo de los recursos públicos se realiza con honradez.
– Voluntario– Honorífico
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Perfil del Contralor Social
Actitud de servicio a la comunidad Honesto Responsable Emprendedor Propositivo y con espíritu de equipo Con habilidad para relacionarse Observador y analítico Siempre dispuesto a aprender y a enseñar
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Ventajas de tener Contralores Sociales
Son los “ojos y oidos” del Contralor Municipal en cada una de las localidades.
Informar sobre:
cantidad y tipo de materiales utilizados en las obras,en dónde se empleó el material,el avance de las obras.
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Así mismo, apoyarán la participación ciudadana, pues:
La comunidad recibirá información sobre obras, programas, proyectos, acciones o servicios.
Darán a conocer al resto de la comunidad su participación como Contralores Sociales.
Ventajas de tener Contralores Sociales
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Adicionalmente, pueden apoyar en acciones de Blindaje Electoral en los programas sociales.
Ventajas de tener Contralores Sociales
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Contraloría Social en las elecciones
Busca contribuir a:
Transparentar y accesibilizar información al beneficiario de
programas sociales y ciudadanía en general
Prevenir el desvío de recursos públicos y vigilar el desempeño de
los servidores públicos.
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Contraloría Social en las elecciones
Busca contribuir a:
Evitar manipulación y condicionamiento de los programas
de gobierno
Fomentar el respeto de derechos sociales y políticos
Denunciar irregularidades en el manejo de los recursos y en la actuación de los
servidores públicos, a fin de que se apliquen las sanciones correspondientes
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Programas sociales federales
Empleo Temporal
3 X 1 para Migrantes
Opciones Productivas
Hábitat
Jornaleros Agrícolas
Microrregiones
Apoyo a Adultos Mayores
Oportunidades
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Programas sociales federales
Escuelas de Calidad
Pareib
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Programas sociales federales
Fondos Regionales
Organización Productiva para Mujeres Indígenas
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Programas sociales federales
Apoyo al Empleo
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Marco jurídico
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Ley de Gobierno y Administración Municipal
Capítulo PrimeroDisposiciones generales
Artículo 6º. El Ayuntamiento deberá:
VI.- Promover y fomentar la participación ciudadana, así como el desarrollo cívico y cultural de sus habitantes;
Capítulo CuartoDe la participación ciudadana
Artículo 23. El Ayuntamiento promoverá la participación de sus habitantes en el desarrollo del Municipio,…
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Ley de Gobierno y Administración Municipal
Capítulo SextoDe las facultades y obligaciones del
Presidente Municipal
Artículo 65. El Presidente Municipal tiene las siguientes obligaciones:
XVII.- Promover y respetar los mecanismos de participación ciudadana para el desarrollo integral de los municipios;
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Ley General de Desarrollo Social
Artículo 61.- El Gobierno Federal, los de las entidades federativas y los municipios garantizarán el derecho de los beneficiarios y de la sociedad a participar de manera activa y corresponsable en la planeación, ejecución, evaluación y supervisión de la política social.
Capítulo VIParticipación social
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Ley General de Desarrollo Social
Artículo 69.- Se reconoce a la Contraloría Social como el mecanismo de los beneficiarios, de manera organizada, para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.
Capítulo VIIIDe la Contraloría Social
Artículo 70.- El gobierno federal impulsará la contraloría social y le facilitará el acceso a la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
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Ley General de Desarrollo Social
Artículo 71.- Son funciones de la contraloría social:
I.- Solicitar la información a las autoridades federales, estatales y municipales responsables de los programas de desarrollo social que considere necesaria para el desempeño de sus funciones;
II.- Vigilar el ejercicio de los recursos públicos y la aplicación de los programas de desarrollo social conforme a la Ley y a las reglas de operación;
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Ley General de Desarrollo Social
III.- Emitir informes sobre el desempeño de los programas y ejecución de los recursos públicos;
IV.- Atender e investigar las quejas y denuncias presentadas sobre la aplicación y ejecución de los programas, y
V.- Presentar ante la autoridad competente las quejas y denuncias que puedan dar lugar al fincamiento de responsabilidades administrativas, civiles o penales relacionadas con los programas sociales.
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Ley de Coordinación Fiscal
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal
Los estados y municipios deberán:I.- Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios;
III.- Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados;
Capítulo VArtículo 33
II.- Promover la participación de las comunidades beneficiarias en su destino, aplicación, y vigilancia, así como en la programación, ejecución y control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar,
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“Alentar la participación ciudadana en el desarrollo de esquemas y prácticas
sistemáticas y transparentes de contraloría social, especialmente en áreas
y programas que ejercen recursos públicos de alto impacto social, como son
los relacionados con la asignación de subsidios directos y la ejecución de obras
públicas”.
Eje Rector 5: Gobierno Eficiente y Honesto
Objetivo No. 1: Reinvención de la Función Pública
Plan Estatal de Desarrollo 2004 - 2009
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